A l 1º de enero de 2006

A l 1º de enero de 2007

Ambos sexos

Hombres

Mujeres

Ambos sexos

Hombres

Mujeres

0 a 4 años

2.570.482

1.322.666

1.247.816

2.616.164

1.346.962

1.269.202

5 a 9 años

2.759.615

1.414.934

1.344.681

2.643.618

1.354.913

1.288.705

10 a 14 años

3.244.610

1.654.319

1.590.291

3.176.436

1.623.806

1.552.630

15 a 19 años

3.144.151

1.596.309

1.547.842

3.185.310

1.617.582

1.567.728

20 a 24 años

2.682.242

1.348.775

1.333.467

2.804.461

1.411.284

1.393.177

25 a 29 años

2.194.791

1.103.322

1.091.469

2.244.445

1.129.013

1.115.432

30 a 34 años

1.950.620

979.580

971.040

1.985.467

998.649

986.818

35 a 39 años

1.671.734

818.507

853.227

1.718.778

845.095

873.683

40 a 44 años

1.621.998

790.523

831.475

1.615.401

783.707

831.694

45 a 49 años

1.380.960

677.596

703.364

1.454.743

713.514

741.229

50 a 54 años

945.077

459.719

485.358

1.007.832

490.700

517.132

55 a 59 años

606.677

292.139

314.538

668.440

321.710

346.730

60 a 64 años

355.794

176.605

179.189

343.031

169.198

173.833

65 a 69 años

468.036

219.050

248.986

457.345

214.133

243.212

70 a 74 años

302.904

134.719

168.185

317.749

143.597

174.152

75 a 79 años

224.965

96.413

128.552

223.559

94.432

129.127

80 y más años

188.032

59.892

128.140

201.044

67.309

133.735

Total

26.312.688

13.145.068

13.167.620

26.663.823

13.325.604

13.338.219

Cuadro 2

Población permanente por composición étnica

Al 1º de enero de 2007

Al 1º de enero de 2006

Ambos sexos

Hombres

Mujeres

Ambos sexos

Hombres

Mujeres

Uzbekos

21.542.348

6.719.082

14.823.266

21.170.568

6.601.163

14.569.405

Karakalpakos

583.790

332.813

250.977

574.671

326.736

247.935

Rusos

931.590

876.183

55.407

952.243

895.835

56.408

Ucranios

86.854

75.230

11.624

88.774

77.006

11.768

Belorrusos

20.851

16.721

4.130

21.074

16.926

4.148

Kazajos

879.551

350.887

528.664

899.195

360.760

538.435

Georgianos

3.654

2.870

784

3.690

2.903

787

Azerbaiyanos

40.432

32.051

8.381

40.459

32.117

8.342

Lituanos

1.156

1.025

131

1.161

1.027

134

Moldavos

4.888

2.586

2.302

4.940

2.623

2.317

Letones

215

103

112

225

111

114

Kirguises

238.322

29.699

208.623

235.395

29.370

206.025

Tayikos

1.306.875

440.767

866.108

1.288.801

435.163

853.638

Armenios

39.101

37.944

1.157

39.638

38.469

1.169

Turcomanos

160.712

31.060

129.652

158.641

30.623

128.018

Estonios

566

469

97

572

472

100

Tártaros

236.223

217.155

19.068

242.332

222.569

19.763

Judíos

10.643

10.018

625

10.781

10.151

630

Alemanes

4.861

3.180

1.681

4.951

3.257

1.694

Coreanos

150.094

123.007

27.087

152.978

125.257

27.721

Otros

421.099

281.762

139.337

421.600

282.518

139.082

Total

26.663.825

9.584.612

17.079.213

26.312.689

9.495.056

16.817.633

Cuadro 3

Indicadores demográficos

2005

2006

2007 *

Población permanente a finales del año, en miles de personas

26.312,7

26.663,8

27.071,8

Tasa de crecimiento de la población

101,1

101,3

101,5

Población urbana, porcentaje

36,1

35,9

35,8

Población rural, porcentaje

63,9

64,1

64,2

Densidad de población (número de habitantes por  kilómetro cuadrado ) a finales del año

58,6

59,4

60,3

Nacimientos por 1.000 habitantes

20,3

20,9

22,4

Defunciones por 1.000 habitantes

5,4

5,3

5,2

Tasa total de fecundidad o tasa global de natalidad

2,36

2,39

Esperanza de vida al nacer:

Ambos sexos

71,8

72,5

Hombres

69,6

70,2

Mujeres

74,1

74,9

Porcentaje de personas dependientes (población menor de 15 y mayor de 65 años)

36,3

36,1

* Estimación.

Cuadro 4

Composición media de los hogares

(Habitantes)

2005

2006

2007

Composición media de los hogares

5,1

5,1

5,1

Cuadro 5

Distribución porcentual de los hogares por sexo del cabeza de familia, 2006

Sexo del cabeza de familia

Porcentaje

Hombres

82,2

Mujeres

17,8

Indicadores sociales, económicos y culturales

Cuadro 6

Mortalidad infantil y materna

Año

2003

2004

2005

2006

2007

Mortalidad infantil por 1.000 nacidos vivos

16,3

15,4

14,9

14,5

13,7

Mortalidad materna por 100.000 nacidos vivos

32,2

30,2

29,2

24,8

Cuadro 7

Utilización de anticonceptivos e interrupción del embarazo por prescripción médica

2005

2006

Porcentaje de mujeres en edad de procreación que utilizan anticonceptivos

60,4

59,1

Interrupción del embarazo por prescripción médica como porcentaje del total de nacidos vivos

0,6

0,6

Mujeres de:

H asta 15 años

3,1

-

15 a 19 años

0,7

0,9

20 a 34 años

0,5

0,5

35 a 50 años

7,7

5,8

51 años o más

-

-

Cuadro 8

Incidencia de algunas enfermedades infecciosas y parasitarias

Por 1 00 .000 habitantes

2005

2006

Total

Mujeres

Total

Mujeres

Infecciones intestinales

Fiebre tifoidea

0,4

0,2

0,3

0,2

Infecciones por salmonelosis

5,5

5,1

6,1

5,7

Infecciones agudas del tracto gastrointestinal

139,7

130,3

133,9

124,7

En particular disentería bacteriana

14,6

14,3

12,8

12,7

Hepatitis víricas

Hepatitis víricas, total

115,8

110,3

112,9

108,9

E n particular:

0,0

0,0

Hepatitis А grave

105,0

100,5

104,0

101,1

Hepatitis В grave

8,9

8,2

7,3

6,4

Hepatitis С grave

1,6

1,3

1,4

1,3

Infecciones transmitidas por el aire y la saliva

Difteria

-

-

-

-

Tos ferina

0,5

0,5

0,4

0,4

Sarampión

2,8

2,7

3,2

2,8

Rubéola

1,7

1,5

1,1

0,9

Escarlatina

3,5

2,9

3,4

3,2

Parotiditis epidémica

6,8

5,8

6,6

5,4

Varicela

15,5

14,6

16,2

14,9

Infección meningocócica

0,2

0,2

0,3

0,2

Infecciones agudas de las vías respiratorias

2.267,6

2.100,9

2.110,1

1.957,4

Gripe

5,6

4,7

4,7

4,0

Infecciones por protozoos y zooantroponosis

Carbunclo

-

-

0,0

0,0

Tularemia

-

-

-

-

Brucelosis, primer diagnóstico

2,2

0,9

1,8

0,9

Fiebre hemorrágica

-

0,0

0,0

0,0

Pediculosis

83,1

138,6

86,5

137,0

Paludismo, primer diagnóstico

0,4

0,3

0,3

0,2

Enfermedades parasitarias

Ascaridosis

24,5

20,8

20,1

18,8

Tricocefalosis

1,7

1,3

1,6

1,5

Enterobiasis

842,7

992,4

800,6

753,0

VIH

7,0

3,2

9,3

6,3

SIDA

0,0

0,0

0,0

0,0

Cuadro 9

Morbilidad de la población por clases principales de enfermedades

Por 100.000 habitantes

Total

Mujeres

2005

2006

2005

2006

Total de enfermedades registradas, en particular:

46.797,9

47.360,4

53.360,5

53.221,2

Algunas enfermedades infecciosas y parasitarias

1.254,6

1.236,8

1.286,2

1.243,1

Neoplasias

185,3

176,4

221,4

199,4

Enfermedades del sistema endocrino, trastornos de la alimentación y del metabolismo

2.825,7

2.644,7

3.570,3

3.236,6

Enfermedades hematológicas y de los órganos hematopoyéticos y algunos trastornos que afectan al mecanismo de la inmunidad

8.253,5

8.555,9

11.627,4

12.008,3

Trastornos psíquicos y de la conducta

220,5

208,1

122,5

114,6

Enfermedades del sistema nervioso

1.877,6

1.807,2

1.864,7

1.824,7

Enfermedades y trastornos oculares

1.342,5

1.376,4

1.378,5

1.422,4

Enfermedades óticas y de la apófisis mastoide

1.145,3

1.240,4

1.158,5

1.264,1

Enfermedades del sistema circulatorio

1.451,4

1.541,8

1.438,5

1.528,8

Enfermedades de los órganos respiratorios

12.000,2

11.990,2

12.820,1

12.371,5

Enfermedades del sistema digestivo

5.944,9

5.759,8

6.304,4

6.168,5

Enfermedades del sistema genitourinario

2.554,0

2.662,2

3.352,0

3.525,6

Enfermedades de la piel y del tejido subcutáneo

2.115,6

2.219,6

2.117,1

2.188,2

Enfermedades del sistema osteomioarticular y del tejido conjuntivo

833,9

878,0

842,1

836,6

Anomalías congénitas (defectos del desarrollo), deformación y trastornos genéticos

57,7

56,1

58,2

54,5

Síntomas, indicios y desviaciones de la norma detectadas en estudios clínicos y de laboratorio, que no están clasificados en otros epígrafes

125,3

116,0

121,7

117,0

Traumatismos, intoxicaciones y otras consecuencias de factores externos

3.319,8

3.548,7

2.964,3

2.935,8

Cuadro 10

Tasas de mortalidad por clases principales de sus causas

(Defunciones por 100.000 habitantes)

2005

2006

Total de defunciones por todas las causas, en particular :

535,3

525,2

Enfermedades del sistema circulatorio

301,3

304,1

Neoplasias

37,7

36,5

Accidentes, intoxicaciones y traumatismos

38,7

36,5

Enfermedades del sistema respiratorio

43,7

40,6

Enfermedades del sistema digestivo

33,5

33,4

Enfermedades infecciosas y parasitarias

15 ,0

15,4

Enfermedades del tracto genitourinario

10,6

10,2

Enfermedades del sistema nervioso

10 ,0

10,1

Enfermedades del sistema endocrino

13 ,0

13,8

Trastornos psíquicos

1,3

1,2

Enfermedades hematológicas

1,2

1,0

Cuadro 11

Relación del número de profesores y alumnos en las instituciones docentes estatales

(Comienzo del curso)

2005/06

2006/07

2007/08

Número de alumnos por un profesor

Escuelas de enseñanza general

12,5

12,3

11,7

Liceos académicos

8,4

9,4

10,6

Colegios profesionales

15,3

16,6

15,3

Instituciones de enseñanza superior

10,5

10,8

10,7

Cuadro 12

Nivel de alfabetización de la población

2005

2006

Tasa de alfabetización de la población adulta

0,994

0,995

Cuadro 13

Índices de ocupación del nivel de desempleo

Indicadores

2005

2006

2007 *

Nivel oficial de desempleo, porcentaje

0,3

0,2

0,2

Número de personas ocupadas en diversas ramas de la economía, total (miles de personas), en particular:

10.196,3

10.467,0

10.735,4

Industria

1.347,5

1.402,4

1.445,5

Agricultura y silvicultura

2.967,4

2.935,9

2.930,1

Transporte y comunicaciones

488,1

506,9

527,7

Construcción

848,5

876,6

910,1

Comercio, industria de la alimentación, ventas, abastecimiento

903,9

977,2

1.055,4

Vivienda y servicios

316,4

331,2

346,4

Sanidad, cultura física, deporte, asistencia social

735,5

768,1

801,4

Educación, cultura, artes, ciencias y servicios científicos

1.385,1

1.434,5

1.481,8

Finanzas, crédito, seguros

54,2

54,9

58,4

Otros

1.149,7

1.179,3

1.178,6

Empleados en el sector estructurado de la economía (miles de personas)

4.642,8

4.562,8

4.587,7

Empleados en el sector no estructurado de la economía (miles de personas)

5.553,5

5.904,2

6.147,7

Población activa (miles de personas) **

10.224,0

10.492,5

10.758,6

* Estimación.

** La población económicamente activa se define como la suma de las personas empleadas y las que se reconocen oficialmente como desempleadas.

Cuadro 14

Número de afiliados a los sindicatos, por industria, y parte que representan en la fuerza de trabajo total, 2007

Nombre del sindicato

Número de trabajadores, estudiantes y alumnos

Número de afiliados (parte que representan del total de trabajadores y estudiantes)

Sindicato de empleados de la aviación

23.153

23.122 (99,8%)

Sindicato de trabajadores del transporte por carretera, fluvial y eléctrico y de mantenimiento vial

102.853

102.853 (100%)

Sindicato de trabajadores del complejo agroindustrial

2.230.150

2.229.993 (99,99%)

Sindicato de trabajadores de organismos estatales y administración pública

269.580

268 . 561 (99,6%)

Sindicato de trabajadores y constructores ferroviarios

73 . 229

73 . 229 (100%)

Sindicatos de trabajadores de la salud

709 . 457

709 . 457 (100%)

Sindicato de trabajadores de la cultura

98 . 745

97 . 505 (98,7%)

Sindicato de trabajadores de la industria ligera, de muebles y servicios comunales y públicos

212 . 909

212 . 909 (100%)

Sindicato de trabajadores de la industria metalúrgica y de maquinaria pesada

120 . 371

116 . 820 (97%)

Sindicato de trabajadores de la enseñanza y la ciencia

1 . 882 . 051

1 . 882 . 051 (100%)

Sindicato de trabajadores de las comunicaciones

60 . 896

60 . 879 (99,9%)

Sindicato de trabajadores de la construcción y la industria de materiales de construcción

75 . 206

73 . 064 (97,1%)

Sindicato de trabajadores de la industria energética, de combustibles, geológica y química

242 . 284

241 . 659 (99,7%)

Sindicato de trabajadores del comercio, las cooperativas de consumo y empresarios

302 . 689

302 . 567 (99,9%)

El 43,2% de la fuerza de trabajo general (14.791.900 personas) está afiliado a los sindicatos.

Cuadro 15

Ingresos por habitante

(Saldo de ingresos y gastos)

(En miles de sum)

2005

2006

2007

Ingresos per cápita

371,8

489,1

628,0

Cuadro 16

Producto interno bruto en 2003-2007

Unidad de medición

2003

2004

2005

2006

2007

Producto interno bruto (PIB)

Miles de millones de sum

9.837,8

122.661,0

15.923,4

20.759,3

28.186,2

Tasa de crecimiento del PIB

Porcentaje

104,4

107,7

107,0

107,3

109,5

Cuadro 17

Índice de precios de consumo

(En porcentaje)

2003

2004

2005

2006

2007

3,8

3,7

7,8

6,8

6,8

B . Estructura constitucional, política y jurídica del Estado

38.La República de Uzbekistán se creó el 31 de agosto de 1991 en el territorio de la antigua República Socialista Soviética de Uzbekistán, que formaba parte de la URSS. Uzbekistán es un Estado unitario con una forma presidencial de gobierno. La obtención de la soberanía estatal puso en marcha reformas radicales y transformaciones políticas.

39.La Constitución de la República de Uzbekistán, que se aprobó el 8 de diciembre de 1992, refleja la voluntad, el espíritu, la conciencia social y la cultura del pueblo. Ante todo hay que destacar que la Constitución es fiel a los valores universales y a los principios y normas generalmente reconocidos del derecho internacional. No contiene las limitaciones implícitas en una ideología política única ni de lucha de clases sociales ni de dictados de partidos. Tampoco hay una presión excesiva del Estado sobre los ciudadanos.

40.La Constitución establece el principio de la división de poderes en legislativo, ejecutivo y judicial.

a) El poder legislativo

41.Ejerce el poder legislativo el Oliy Maylis -el Parlamento de la República- máximo órgano representativo del Estado. Después de la celebración del referendo, en 2005 se formó un Parlamento bicameral, integrado por la cámara alta -el Senado- y la Cámara Baja, el Oliy Maylis. La creación de un Parlamento bicameral fortaleció considerablemente la estabilidad del Estado. En primer lugar, aumentaron las competencias constitucionales del Parlamento y se está perfeccionando de forma notable el mecanismo de equilibrio y contrapeso entre los poderes legislativo, ejecutivo y judicial. En segundo lugar, ha aumentado la representación democrática de las regiones en el poder. En tercer lugar, ha mejorado notablemente la calidad del proceso legislativo. En cuarto lugar, se ha logrado la transición a un Parlamento profesional.

42.La composición y la condición jurídica del Parlamento se definen en la Constitución de la República de Uzbekistán (arts. 76 a 88), la Ley constitucional del Senado del Oliy Maylis y la Ley de la Cámara Legislativa del Oliy Maylis, así como la Ley de elecciones al Oliy Maylisy la Ley de la condición jurídica de los diputados de la Cámara Legislativa y de los miembros del Senado del Oliy Maylis de la República del Uzbekistán.

43.El mandato de la Cámara Legislativa y del Senado tiene una duración de cinco años. La Cámara Legislativa está integrada por 120 diputados de distintos partidos elegidos por las circunscripciones electorales territoriales. Su labor se basa en las actividades regionales y permanentes de todos los diputados de la Cámara.

44.La Cámara Legislativa está integrada por comités y comisiones. De acuerdo con el reglamento de dicha Cámara se han creado los siguientes diez comités: el Comité de Presupuesto y Reformas Económicas, el Comité de Legislación y Cuestiones Judiciales y Jurídicas, el Comité del Trabajo y las Cuestiones Sociales, el Comité de Defensa y Seguridad, el Comité de Relaciones Exteriores y Relaciones Interparlamentarias, el Comité de Cuestiones Agrarias, Económicas y Ecología, el Comité de Industria, Construcción y Comercio, el Comité de Ciencia, Educación, Cultura y Deportes, el Comité de Instituciones Democráticas, ONG y Órgano de Gobierno Autónomo y el Comité de Tecnologías de Información y las Comunicaciones.

45.Las comisiones de la Cámara Legislativa se crean para realizar tareas concretas y están integradas por diputados de la Cámara.

Cuadro 18

Número de diputados de la Cámara Legislativa del Oliy Maylis de la República de Uzbekistán

Provincia

Hombres

Mujeres

Total

Ciudad de Tashkent

10

1

11

Andiján

11

-

11

Bujara

5

2

7

Djizak

3

1

4

Kashkadar

9

1

10

Navoi

2

2

4

Namangán

7

2

9

Samarcanda

13

-

13

Syrdarya

3

-

3

Surjandarín

7

1

8

Tashkent

8

4

12

Fergana

11

3

14

Jorezm

5

2

7

República de Karakalpakstán

5

2

7

Total

99 (82,5%)

21 (17,5%)

120

46.El Senado es la cámara de representación territorial y está integrado por los miembros del Senado (senadores). Los miembros del Senado del Oliy Maylis son elegidos en igual número, a razón de seis personas, de entre los diputados de la República de Karakalpakstán, las provincias y la ciudad de Tashkent mediante votación secreta en las correspondientes reuniones conjuntas de los diputados del Jokargy Kenes (Parlamento) de la República de Karakalpakstán, los órganos representativos del poder estatal de las provincias, los distritos y las ciudades. El Presidente de la República nombra a 16 miembros del Senado del Oliy Maylis de entre los ciudadanos que gozan de mayor autoridad, tienen gran experiencia práctica y han prestado servicios especiales en el ámbito de la ciencia, el arte, la literatura, la producción y otras esferas de la actividad estatal y social.

Cuadro 19

Número de miembro del Senado , por provincia y sexo

Provincia

Hombres

Mujeres

Total

Ciudad de Tashkent

4

2

6

Andiján

6

-

6

Bujara

5

1

6

Djizak

5

1

6

Kashkadar

6

-

6

Navoi

5

1

6

Namangán

4

2

6

Samarcanda

5

1

6

Sirdarín

5

1

6

Surjandarín

6

-

6

Tashkent

6

6

Fergana

5

1

6

Jorezm

5

1

6

República de Karakalpakstán

6

-

6

Por decreto del Presidente

12

4

16

Total

85

15

100

Partidos políticos

47.Actualmente en la Cámara Legislativa están representadas fracciones de cinco partidos políticos.

48.a) Partido Socialdemócrata de Uzbekistán Adolat. Fundado el 18 de abril de 1995. Actualmente el número de miembros de ese partido es superior a 59.000 personas. El Partido Socialdemócrata de Uzbekistán Adolat tiene como base las capas medias y de bajos ingresos de la población y tiene por objeto representar su voluntad política y social, contribuir a su protección social, apoyándose en los principios de la justicia social. La fracción de dicho partido en la Cámara Legislativa del Oliy Maylis está integrada por diez diputados.

49.b) Partido Democrático de Uzbekistán Miliy Tiklanish. Este partido se fundó el 3 de junio de 1995 y está inscrito oficialmente como fuerza política que une a intelectuales, propietarios y empresarios, a los que se dedican al trabajo intelectual y creativo, a los jóvenes y estudiantes fieles a los ideales de independencia, a los representantes de las zonas agrícolas que expresan los intereses del pueblo y otras capas sociales de la población que apoyan la actividad del partido. El objetivo principal del partido es activar los procesos de desarrollo de la conciencia nacional y educar a la población en el espíritu de patriotismo. El partido tiene más de 75.000 afiliados. La tarea principal del partido es crear las bases de un nuevo Estado uzbeko, edificar un estado de derecho democrático y una sociedad civil y seguir fortaleciendo la autoridad internacional de Uzbekistán. En la Cámara Legislativa del Oliy Maylisla fracción del partido está integrada por 11 diputados.

50.c) Movimiento de empresarios y hombres de negocios - Partido Liberal Democrático de Uzbekistán. Se fundó el 3 de diciembre de 2003 y está integrado por 149.000 afiliados. Es una organización política a escala nacional que expresa y defiende los intereses de clase de los propietarios, los representantes de pequeñas empresas, granjas agrícolas y los dekham, los especialistas altamente cualificados de la producción, la administración y los hombres de negocios. En la Cámara Legislativa del Oliy Maylis hay 41 afiliados a ese partido.

51.d) El Partido Nacional Democrático Fidokorlar se fundó el 28 de diciembre de 1998. En 2000 se produjo la fusión del partido Fidokorlar (Abnegados) y Vatan tarikkiyoti (Progreso de la patria) debido a la similitud de las ideologías. Tienen más de 71.000 afiliados. Actualmente el partido defiende principalmente los intereses de los jóvenes y de los empresarios. Después de la formación del Parlamento bicameral (años 2004 y 2005), 18 personas ocuparon escaños en la Cámara Legislativa.

52.e) El Partido Popular Democrático de Uzbekistán . Fundado el 1º de noviembre de 1991, representa a la izquierda de los partidos políticos del país y expresa la voluntad política de diversos sectores y grupos sociales. Al 1º de enero de 2007, el Partido Popular Democrático contaba con 343.800 miembros. Sobre la base de los resultados de las elecciones de 2004, el partido formó su fracción en la Cámara Legislativa, integrada por 28 diputados.

53.Las actividades de los partidos políticos en Uzbekistán están reglamentadas por la Constitución, la Ley de partidos políticos, la Ley de financiación de los partidos políticos, la Ley constitucional de fortalecimiento de la función de los partidos políticos en la renovación y la mayor democratización de la administración estatal y modernización del país.

Cuadro 20

Composición de la Cámara Legislativa del Oliy Maylis , por partidos políticos y regiones

Provincia

Adolat

Liberal democrático

Miliy Tiklanish

Fidokorlar

Partido Popular Democrático

Grupo de Ciudadanos Independientes

Total

Ciudad de Tashkent

1

4

2

1

1

2

11

Andiján

-

4

1

1

3

2

11

Bujara

1

3

-

1

2

-

7

Djizak

-

2

1

1

-

-

4

Kashkadar

2

3

-

1

3

1

10

Navoi

-

2

-

-

1

1

4

Namangán

1

3

-

1

3

1

9

Samarcanda

2

2

-

3

4

2

13

Sirdarín

-

2

1

-

-

-

3

Surjandarín

-

-

1

2

4

1

8

Tashkent

1

3

2

3

3

-

12

Ferganá

1

9

-

1

2

1

14

Jorezm

-

2

2

1

1

1

7

República de Karakalpakstán

1

2

1

2

1

-

7

Total

10 (8,33%)

41 (34,17%)

11 (9,7%)

18 (15%)

28 (23,33%)

12 (10%)

120

b) El poder ejecutivo

54.El Presidente de la República de Uzbekistán es el Jefe del Estado desde el 1º de enero de 2008. Es elegido por los ciudadanos mediante el sufragio universal, igual, directo y secreto por un plazo de siete años (artículo 90 de la Constitución). Pueden ser elegidos presidentes los ciudadanos de la República de Uzbekistán mayores de 35 años, que dominen el idioma oficial y que hayan residido ininterrumpidamente en el territorio de Uzbekistán como mínimo diez años inmediatamente antes de las elecciones (ibíd.).

55.De acuerdo con la Constitución, la misma persona no puede ser Presidente de la República más de dos mandatos seguidos. Con arreglo al artículo 93 de la Constitución, el Presidente es el garante de la observancia de los derechos y libertades de los ciudadanos, de la Constitución y de la legislación de la República de Uzbekistán. Además, sus competencias incluyen lo siguiente:

-La adopción de medidas necesarias para defender la soberanía, seguridad e integridad territorial del país;

-La representación de la República dentro del país y en las relaciones internacionales;

-La celebración de negociaciones y la firma de acuerdos de la República de Uzbekistán, así como la garantía de su cumplimiento;

-La formación del aparato del poder ejecutivo y su dirección;

-La garantía de la interacción de los órganos supremos del poder y de la administración de la República;

-La creación y la eliminación de ministerios, comités estatales y otros órganos de administración estatal;

-El nombramiento y la democión de los jueces provinciales, regionales, interregionales, municipales, militares y económicos;

-El Presidente es el Jefe Supremo de las fuerzas armadas;

-La formación del Servicio de Seguridad Nacional y del control estatal;

-La solución de los problemas de la ciudadanía.

56.El Consejo de Ministros ejerce el poder ejecutivo. Está integrado por el Primer Ministro de la República, sus adjuntos, los ministros, los presidentes de los comités estatales, así como el Jefe del Gobierno de la República de Karakalpakstán.

57.El Presidente de la República determina la composición del Consejo de Ministros. Las cámaras del Oliy Maylis de la República, a propuesta del Presidente, examinan y aprueban la candidatura del Primer Ministro tras celebrar consultas con cada una de las facciones de los partidos políticos representados en la Cámara Legislativa del Oliy Maylis y los diputados elegidos por los grupos de iniciativa de los ciudadanos. El Primer Ministro puede ser liberado de su función a propuesta de las fracciones de los partidos políticos en la Cámara Legislativa, por votación promovida por el Presidente de la República, si obtiene en la Cámara Legislativa y el Senado del Oliy Maylis mayoría de dos tercios del total de los diputados de ambas cámaras.

58.El Consejo de Ministros se encarga de la dirección de las esferas económica, social y espiritual, y de la aplicación de las leyes de la República de Uzbekistán, las decisiones del Oliy Maylis y los decretos, resoluciones y decisiones del Presidente de la República y, de conformidad con la legislación vigente, promulga disposiciones y dicta decretos de obligatorio cumplimiento en todo el territorio de la República por todos los órganos, empresas, instituciones, organizaciones, funcionarios y ciudadanos. Las actividades del Consejo de Ministros están reglamentadas por la Constitución (cap. XX) y la Ley del Consejo de Ministros de la República de Uzbekistán.

59.El Consejo de Ministros presenta su renuncia ante el nuevo Oliy Maylis elegido.

c) El poder judicial

60.El poder judicial en Uzbekistán actúa con independencia de los poderes legislativo y ejecutivo, los partidos políticos y otras asociaciones públicas (artículos 106 a 116 de la Constitución). El poder judicial se ejerce por las autoridades judiciales:

a)El Tribunal Constitucional de la República examina la constitucionalidad de los actos de los poderes legislativo y ejecutivo;

b)El Tribunal Supremo, que es la jurisdicción superior de la jerarquía en materia civil, penal y administrativa;

c)El Tribunal Económico Superior, que dirime los contenciosos que surgen en el ámbito económico;

d)El Tribunal Supremo de la República de Karakalpakstán;

e)El Tribunal Económico de la República de Karakalpakstán;

f)Los tribunales provinciales, regionales, municipales y económicos y el Tribunal Municipal de Tashkent.

61.Desde el 1º de enero de 2000, después de la aprobación del decreto presidencial sobre la mejora del sistema judicial de la República de Uzbekistán, se procedió a la especialización de los tribunales para que examinaran causas civiles y penales. Así pues, sobre la base de los tribunales de jurisdicción general se crearon: el Tribunal Supremo para Causas Civiles de la República de Karakalpakstán, el Tribunal Municipal de Tashkent y los tribunales provinciales e interregionales para causas civiles.

62.La especialización sobre la base de los tribunales de jurisdicción general se llevó a cabo también en el ámbito de las causas penales. Por consiguiente, se crearon el Tribunal Supremo de la República de Karakalpakstán para causas penales, el Tribunal Municipal de Tashkent y los tribunales provinciales, regionales y municipales para causas civiles.

63.Con arreglo al artículo 112 de la Constitución y a la Ley de los tribunales, los magistrados son independientes y sólo están subordinados a la ley. Se prohíbe toda injerencia en la labor de los jueces en la administración de justicia, ya que entrañará responsabilidad penal. La ley garantiza la inmunidad de la judicatura. Los jueces no pueden ser senadores ni diputados de los órganos representativos del poder estatal. Los jueces no pueden ser miembros de partidos o movimientos políticos ni pueden ocupar otro cargo remunerado, como no sean actividades científicas y docentes. Los jueces pueden ser revocados antes de que venza su nombramiento únicamente por las razones previstas por la ley.

64.Los órganos del poder estatal a nivel local. Además de los órganos supremos del poder estatal (Oliy Maylis, Presidencia de la República y el Consejo de Ministros), el sistema de los órganos del poder estatal incluye también los órganos de administración local que se ocupan de los problemas sociales a nivel de provincia, distrito y ciudad: se trata de los consejos de diputados del pueblo y de los jokimos. Sus derechos y competencias también se determinan en la Constitución y la Ley del poder estatal a nivel local. El Presidente presenta la candidatura de los jokimos para que lo refrende el Consejo de Diputados Populares tras celebrar consultas con los representantes de los grupos de los partidos que trabajan en el Consejo. Los grupos de los partidos representados en los Consejos de Diputados Populares tienen derecho a presentar al Presidente de la República sus conclusiones sobre el carácter insatisfactorio de la labor del jokim de la provincia.

65.Los jokimos de todos los niveles desempeñan sus funciones de acuerdo con el principio del mando único. En el marco de las atribuciones que se les han conferido, los jokimos adoptan decisiones que son vinculantes para todas las empresas, instituciones, organizaciones, asociaciones y también funcionarios y ciudadanos de su territorio (artículo 104 de la Constitución).

66.Los Consejos de Diputados Populares, son los órganos representativos a nivel local, ejercen sus funciones bajo la dirección del jokim.

El sistema electoral de la República de Uzbekistán

67.En Uzbekistán las bases de la organización del sistema electoral y sus principios están reflejados en la Constitución, uno de cuyos capítulos, el capítulo XXIII, está dedicado enteramente al sistema electoral, así como en las leyes del referéndum en la República de Uzbekistán (1991), la Ley de las elecciones a la Presidencia de Uzbekistán (1991), Ley de las elecciones al Oliy Maylis (1993), la Ley de las elecciones a los consejos de diputados del pueblo a nivel provincial, regional y municipal (1999), la Ley de garantías de los derechos electorales de los ciudadanos (1994) y la Ley de la Comisión Electoral Central (1998).

68.Al establecer el principio de la electividad, la Constitución le otorga a todo ciudadano:

a)El derecho a elegir y a ser elegido en los órganos representativos del poder estatal;

b)La igualdad y la libertad de manifestar su voluntad;

c)El derecho de ser simultáneamente diputado de no más de dos órganos representativos.

69.Todo ciudadano que haya cumplido 18 años disfruta de los derechos constitucionales. La Ley fundamental establece excepciones solamente con respecto a determinadas categorías de personas; no pueden participar en las elecciones:

a)Los ciudadanos cuya incapacidad ha sido reconocida por un tribunal;

b)Las personas que se encuentren recluidas en un establecimiento penitenciario.

70.De acuerdo con las últimas elecciones presidenciales en la República, celebradas el 23 de diciembre de 2007, en el país 16 millones de personas gozan de derechos electorales.

Cuadro 21

Datos sobre el número de votantes en los años 2002-2007

Territorios

Referéndum de la República de Uzbekistán de 27 de enero de 2002

Elecciones a la Cámara Legislativa del Oliy  Maylis de 26 de diciembre de 2004

Elecciones a Presidente de la República de Uzbekistán de 23 de diciembre de 2007

Número de votantes

República de Karakalpakstán

785.707

841.310

960.000

Provincia de Andiján

1.205.846

1.297.947

1.485.100

Provincia de Djizak

770.042

828.978

972.300

Provincia de Bujara

471.547

510.243

609.800

Provincia de Kashkadar

1.104.091

1.226010

1.404.200

Provincia de Navoi

433.766

474.086

514.700

Provincia de Namangán

1.041.553

1.137.009

1.283.100

Provincia de Samarcanda

1.420.285

1.540.761

1.724.300

Provincia de Surjandarín

893.726

967.762

1.107.500

Provincia de Sirdarín

326.328

338.307

409.500

Provincia de Tashkent

1.246.756

1.446.440

1.597.200

Provincia de Ferganá

1.535.684

1.629.942

1.803.600

Provincia de Jorezm

744.579

829.920

894.700

Ciudad de Tashkent

1.246.732

1.233.947

1.531.400

Total

13.226.642

14.302.662

16.297.400

71.Solamente los ciudadanos de Uzbekistán disfrutan de derechos electorales. Los extranjeros y los apátridas no tienen ese derecho.

72.La Ley de las elecciones a los consejos de diputados del pueblo provinciales, regionales y municipales establece los principios fundamentales en que se basan las elecciones:

a)Un sistema multipartidista de elecciones;

b)El derecho electoral general, igual y directo;

c)Votación secreta;

d)Carácter público de los resultados.

73.Todos los ciudadanos gozan de los mismos derechos electorales, independientemente de su origen, condición social, origen racial o nacional, sexo, idioma, nivel de instrucción, situación personal, social y material.

74.Al presentar candidatos a diputados, de acuerdo con la legislación de Uzbekistán el número de mujeres debe constituir al menos el 30% del número total de candidatos.

75.El sistema electoral de Uzbekistán es una de las variantes del sistema mayoritario. De acuerdo con la Ley de elecciones al Oliy Maylis se considera electo el candidato que haya recibido más de la mitad de los votos de los electores que participaron en la votación.

Condición y reglamentación jurídica de las actividades de las organizaciones no gubernamentales

76.Hoy día en el Ministerio de Justicia y sus subdivisiones locales aparecen inscritas oficialmente 3.446 ONG, de las cuales 1.587 son ONG sin fines de lucro. La reglamentación jurídica de las actividades de las ONG sin fines de lucro se basa tanto en el derecho público como en el privado.

77.El Estado aplica una política que propicia la creación de asociaciones sociales y desarrolla activamente las organizaciones de la sociedad civil. En cumplimiento de la Ley de garantías de la actividad de las ONG sin fines de lucro, el Estado puede prestar asistencia a estas organizaciones en forma de subvenciones, subsidios y encargos sociales. En junio de 2005 se creó la Asociación nacional de ONG sin fines de lucro de Uzbekistán que representa sus intereses en sus relaciones con el Estado. Se ha creado también un fondo de apoyo a las ONG sin fines de lucro de Uzbekistán.

78.En la República se han adoptado medidas legislativas que determinan y garantizan las actividades de las ONG: la Constitución, el Código Civil, la Ley de asociaciones públicas, la Ley de organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro, la Ley de fundaciones públicas, la Ley de propietarios de viviendas, la Ley de órganos de autogobierno de los ciudadanos, la Ley de las elecciones de los presidentes de los órganos de autogobierno de los ciudadanos, la Ley de garantías de las actividades de las ONG sin fines de lucro y la Ley de beneficencia. La Constitución contiene un capítulo especial (cap. XII), dedicado a las asociaciones públicas.

79.De conformidad con la Constitución de Uzbekistán, el Estado garantiza la observancia de los derechos e intereses legítimos de las asociaciones públicas y vela por que éstas gocen de igualdad de oportunidades jurídicas para participar en la vida pública. Está prohibido que los órganos y funcionarios públicos se injieran en las actividades de las asociaciones públicas, de la misma manera que se prohíbe que las asociaciones públicas se injieran en las actividades de los órganos y funcionarios públicos. El artículo 57 de la Constitución prohíbe la creación y las actividades de las asociaciones públicas cuyo objetivo sea utilizar la violencia para alterar el orden constitucional, se pronuncien contra la soberanía, la integridad territorial o la seguridad de la República, o bien contra los derechos y las libertades constitucionales de sus ciudadanos, que hagan propaganda en favor de la guerra o del odio social, nacional, racial o religioso o que atenten contra la salud o la moral de la población, o se basen en criterios étnicos o religiosos.

80.Se prohíbe la creación de sociedades y asociaciones secretas.

81.El órgano principal donde se inscriben las ONG sin fines de lucro es el Ministerio de Justicia de la República.

82.De conformidad con la Ley de organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro, el organismo de justicia que haya aceptado los documentos para la inscripción estatal de la ONG sin fines de lucro los examina en el plazo de dos meses y adopta la decisión sobre la inscripción en el registro estatal de dicha organización y entrega a los fundadores de la organización en el plazo de tres días a partir de la adopción de la decisión un certificado de inscripción en el registro estatal, o bien un documento en que se señalan las disposiciones concretas de la legislación cuya infracción ha causado la denegación de inscripción en el registro. De acuerdo con la Constitución (art. 62), la disolución, prohibición o limitación de las actividades de las asociaciones públicas sólo se pueden producir sobre la base de la decisión de un tribunal.

83.En el artículo 2 de la Ley de organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro se estipula de forma clara e inequívoca que se considerará sin fines de lucro la organización:

a)Cuyo objetivo principal no sea la obtención de beneficios (utilidades);

b)Que no distribuya los ingresos obtenidos entre sus participantes.

84.Estas organizaciones tributan como personas jurídicas, una vez descontada la financiación de la actividad estatutaria socialmente útil. El ingreso sobre la renta (beneficios) se paga únicamente en función de las actividades empresariales.

El sistema de administración de justicia

85.La Constitución de Uzbekistán establece los principios fundamentales de los procedimientos judiciales y de administración de justicia:

-Independencia de los tribunales e inviolabilidad de los jueces (arts. 106 y 108);

-Independencia de los jueces y su subordinación únicamente a la ley (art. 112);

-Incompatibilidad del cargo de juez con el mandato de diputado (arts. 108 y 112);

-Incompatibilidad del cargo de juez con la militancia en partidos políticos y movimientos políticos (arts. 108 y 112);

-Apertura y transparencia de las actuaciones judiciales en todos los tribunales; las audiencias a puerta cerrada se permiten únicamente en los casos establecidos por la legislación (art. 113);

-Celebración de los juicios en el idioma oficial y en los idiomas nacionales de la mayoría de la localidad correspondiente (art. 115);

-Participación del abogado defensor en todas las etapas de las diligencias previas y de las actuaciones judiciales (art. 116);

-Obligatoriedad de los actos del poder judicial para todos los órganos estatales, las empresas, las instituciones y organizaciones, las asociaciones públicas, los funcionarios y los ciudadanos (arts. 109, 110 y 114).

86.El sistema judicial de Uzbekistán es relativamente complicado. Tiene tres elementos, puesto que el país está constituido por la República de Karakalpakstán y 12 provincias. Además, el Tribunal Municipal de Tashkent tiene el estatuto de un tribunal provincial y es superior jerárquicamente a los tribunales de distrito dentro de la capital de la República.

87.En Uzbekistán la vista de las causas tiene lugar en distintas instancias. Por ejemplo, el tribunal penal de distrito o el tribunal penal entre distritos realizan una función solamente, la de tribunal de primera instancia. El Tribunal Supremo de la República de Karakalpakstán, los tribunales provinciales y el Tribunal Municipal de Tashkent entienden de causas en el ámbito de sus competencias en la forma de apelación o casación, o control. Además, controlan las actividades judiciales de los tribunales de distrito (municipales) y entre distritos (artículo 30 de la Ley de los tribunales). Asimismo, el Tribunal Supremo, que es en la práctica el órgano superior del poder judicial en materia civil, penal y administrativa, también está facultado para tramitar como tribunal de primera instancia y como entidad de control. Además, las causas de las que entiende el Tribunal Supremo en primera instancia pueden ser tramitadas por el mismo tribunal también en forma de apelación o casación. Una causa examinada como apelación no puede ser tramitada como casación (artículo 13 de la Ley de los tribunales).

88.Toda causa se examina en la instancia judicial correspondiente siguiendo unas normas de procedimiento determinadas que tienen un objetivo preciso. Por ejemplo, las normas de procedimiento en Uzbekistán están establecidas en una serie de actos normativos y jurídicos: el Código de Procedimiento Penal (1994), el Código de Procedimiento Civil (1997) y el Código de Procedimiento Administrativo (1997).

89.Según la norma general una causa puede ser tramitada en dos instancias, primera y segunda. La revisión de las causas no se considera tercera instancia ya que se permite en casos excepcionales.

90.Cuando se examina una causa en un tribunal de primera instancia, se trata de la vista en cuanto al fondo con la finalidad de condenar o absolver al encausado en las causas penales y acceder a la demanda o denegarla en las causas civiles. Todos los tribunales en el ámbito de su competencia tramitan las causas en primera instancia.

91.Las causas más complejas se tramitan en tribunales de jerarquía superior hasta el Tribunal Supremo de Uzbekistán.

92.En las vistas de las causas en cuanto al fondo suele ocurrir que el tribunal con la participación de jurados o sin su participación analiza las pruebas y establece todos los hechos importantes. Después del examen de la causa penal, el tribunal dicta sentencia y en las causas civiles emite un fallo.

93.Las sentencias judiciales pueden ser objeto de apelación ante un tribunal de jerarquía superior antes de hacerse efectivas en un plazo de 10 días si se trata de causas penales y de 20 días en las causas civiles.

94.Los fallos y las sentencias de los tribunales que se han hecho efectivas y no han sido objeto de apelación pueden presentarse ante un tribunal de jerarquía superior en forma de casación en el plazo de un año a partir de la fecha en que el tribunal emitió su pronunciamiento.

95.Asimismo, las sentencias judiciales que se hayan hecho efectivas pueden ser revisadas en procedimientos de inspección fiscal, pero únicamente a instancias de un fiscal, del presidente del tribunal o de sus adjuntos, a quienes la legislación de Uzbekistán ha otorgado ese derecho.

96.La administración de justicia en lo constitucional se lleva a cabo en cumplimiento de la Ley del Tribunal Constitucional.

Datos estadísticos sobre la delincuencia

Gráfico 22

Número total de homicidios premeditados

97.En los últimos cinco años se ha observado en el país una tendencia a la disminución del número total de homicidios premeditados: si en 2003 y 2004 se registraron 963 y 962 respectivamente, en 2005 hubo 910 casos. En 2006 se registraron 891 casos, lo cual es un 5,4% menos que en el 2005; en 2007, 815, que es un 5,3% menos que en 2006.

98.De acuerdo con el artículo 15 del Código Penal de Uzbekistán, los delitos se clasifican según el carácter y el grado de peligrosidad social, en particular: que no representan un gran peligro público, menos graves, graves y especialmente graves.

99.A la categoría de delitos que no representan un gran peligro público pertenecen los delitos premeditados que, según la legislación, se sancionan con privación de libertad por un período no superior de tres años, así como los delitos por imprudencia que se sancionan con privación de libertad de no más de cinco años.

100.Entre los delitos menos graves figuran los delitos premeditados que se sancionan con la privación de libertad por más de tres años, pero menos de cinco, así como los delitos cometidos por imprudencia que la legislación sanciona con privación de libertad por más de cinco años.

101.En la categoría de graves entran los delitos premeditados que se sancionan con la privación de libertad por más de cinco años pero menos de diez.

102.La categoría de delitos especialmente graves comprende los delitos para los que se prevén penas de privación de libertad por más de diez años o cadena perpetua.

Cuadro 23

Número de delitos registrados, por grado de peligrosidad social, sexo y edad

2003

2004

2005

2006

2007

Total de delitos registrados

78.925

79.129

79.883

82.352

83.905

En particular:

Sin gran peligrosidad social

35.084

36.080

38.098

40.209

40.492

Menos graves

24.636

24.642

23.892

24.615

25.747

Graves

12.716

12.030

11.618

11.224

11.089

Especialmente graves

6.489

6.377

6.275

6.304

6.600

Número de personas que han cometido delitos

71.688

70.486

71.405

74.558

78.044

Por 100.000 habitantes

28

27,3

27,3

28,2

29,3

En particular:

Hombres

62.383

64.413

61.720

64.097

66.517

Proporción por 100.000 habitantes

24,4

24,9

23,6

24,3

24,9

Mujeres

9.305

9.073

9.685

9.461

11.527

Proporción por 100.000 habitantes

3,6

3,5

3,7

3,6

4,3

Menores

2.974

2.837

2.727

2.826

2.853

Con antecedentes penales

11.579

10.797

10.485

10.355

9.326

Empleados

27.553

25.701

24.705

27.950

31.496

En estado de embriaguez

6.140

5.750

5.558

5.257

4775

de 13 a 15 años

624

614

582

580

604

de 16 a 17 años

2.350

2.223

2.145

2.246

2.249

de 18 a 24 años

12.333

11.824

14.734

14.919

14.958

de 25 a 29 años

9.718

9.410

12.908

12.905

13.283

Asesinatos registrados

963

962

910

891

815

Proporción por 100.000 habitantes

3,8

3,7

3,4

3,4

3,1

Número de encausados por delitos penales de agresión

986

1.069

Por 100.000 habitantes

3,8

4,1

5,49

5,60

6,23

Número de encausados por robo

1.436

1.430

1.439

1.712

1.805

Por 100.000 habitantes

5,6

5,5

5,5

6,4

6,7

Número de sancionados con detención

12.899

11.195

10.518

10.353

10.087

Proporción de detenidos por 100.000 habitantes

50,5

43,3

40,2

39,2

37,8

Causas remitidas a tribunales penales

40.777

39.888

40.118

39.787

39.753

Número de causas remitidas a tribunales

51.024

42.687

48.880

48.463

48.763

Por 100.000 personas

199,9

165,4

187,1

183,4

182,8

Número de violaciones registradas

572

576

492

506

475

Número de personas con causas penales por violación

568

627

739

711

829

Proporción por 100.000 habitantes

2,2

1,0

2,8

2,7

3,1

Plazos máximos y medios de detención preventiva

103.Durante la reforma del sistema judicial y jurídico se ha reducido de dos años a uno la duración máxima de la investigación preliminar, y de un año y medio a nueve meses el período de detención preventiva del acusado, y a un año en casos excepcionales. Asimismo, se ha limitado el ámbito de aplicación de esas medidas cautelares.

104.Además, para garantizar la protección eficaz de los derechos y las libertades constitucionales a la inviolabilidad de la persona, la protección contra un enjuiciamiento penal infundado y las actuaciones judiciales imparciales, a partir del 1º de enero de 2008 en la República se ha transferido a los tribunales la competencia de dictar órdenes de detención, en vista de lo cual mediante la Ley Nº 3RU-100, de 11 de julio de 2007, se han incorporado las modificaciones correspondientes en los artículos del Código de Procedimiento Penal que reglamentan los plazos de detención y las formas de ampliarlos. Actualmente, de acuerdo con el artículo 245 del Código de Procedimiento Penal:

"El plazo de detención durante la investigación de un delito no es superior a tres meses. La posibilidad de prorrogar el plazo de detención establecido por las normas corresponde al tribunal a petición del:

a)Fiscal de la República de Karakalpakstán o el Fiscal provincial de la ciudad de Tashkent y los fiscales de jerarquía equivalente, hasta cinco meses;

b)Fiscal General de la República de Uzbekistán, hasta nueve meses;

c)Fiscal General de la República de Uzbekistán en caso de investigación de causas especialmente complejas relacionadas con personas acusadas de la comisión de delitos graves y especialmente graves, hasta un año.

No se permite una nueva prórroga de ese plazo. Al examinar dichas peticiones, el tribunal tiene en cuenta el fundamento de los materiales presentados y el cumplimiento de las normas y los requisitos procesales."

105.El artículo 247 del Código de Procedimiento Penal determina el procedimiento de prórroga del plazo de detención.

106.Con una antelación mínima de seis días antes de la expiración del plazo de detención del acusado, el fiscal correspondiente decide la presentación de una petición sobre la prórroga de la detención que se envía al tribunal. En dicha petición deben indicarse las causas de las demoras de la investigación, las versiones y las circunstancias que han de comprobarse durante la prórroga solicitada.

107.La solicitud de prórroga de la detención es examinada personalmente por el juez del tribunal de distrito (municipal) encargado de causas penales o del tribunal castrense de la circunscripción territorial en que se haya cometido el delito o se haya practicado la investigación preliminar; en ausencia del juez o si se dan circunstancias por las que deba ser recusado se someterá la petición al juez de otro tribunal competente según las indicaciones del Presidente del Tribunal Supremo de la República de Karakalpakstán para causas penales, el tribunal provincial o municipal de Tashkent para causas penales y el Tribunal Militar de la República de Uzbekistán.

108.Las peticiones de prórroga de la detención se examinan antes de transcurridas 72 horas desde su presentación en una audiencia a puerta cerrada del tribunal.

109.La petición de prórroga del plazo de detención se examina con la participación del fiscal, el acusado, el abogado defensor, si este último participa en la causa. En caso necesario el juez de instrucción podrá ser convocado.

110.La petición de prórroga puede ser examinada por el tribunal sin la participación del acusado en caso de estar este último internado en una institución médica sometiéndose a peritaje psiquiátrico. En ese caso la participación del abogado defensor es obligatoria.

111.Una vez examinada la petición de prórroga de la detención, el juez adopta una de las siguientes decisiones:

a)Prorrogar el plazo de detención;

b)Denegar la prórroga del plazo de detención.

112.La resolución del juez sobre la prórroga o sobre su denegación entra en vigor desde el momento de su pronunciamiento y debe ejecutarse inmediatamente. Esa resolución se envía al fiscal para su ejecución, al acusado y a su abogado defensor, para su conocimiento. La resolución del juez puede ser objeto de un recurso de apelación según las normas previstas en la segunda parte del artículo 241 del Código, en el plazo de 72 horas.

113.El tribunal de la instancia de apelación, tras examinar el recurso de apelación o la impugnación, puede, mediante su resolución:

a)Ratificar la decisión judicial y desestimar el recurso de apelación o la impugnación;

b)Revocar la decisión judicial y denegar la prórroga o prorrogar el plazo de detención. En caso de prórroga de la detención del acusado, que se encuentra en libertad tras la expiración del plazo de detención, el tribunal debe aplicarle la sanción de detención.

Número de casos de defunción durante el período de detención

114.Desde 2005 a 2007 en los centros de detención provisional tres detenidos se suicidaron mediante ahorcamiento.

115.En las instituciones penitenciarias en 2005 fallecieron 10 personas, en 2006, 15, y en 2007, 10 presos. En 29 casos la muerte fue consecuencia de tuberculosis, enfermedades del aparato digestivo y patologías cardíacas y circulatorias, y en 6 casos fue consecuencia del suicidio o de un accidente.

Número de empleados de interior por 100.000 personas

116.Hay 11 empleados de los órganos del interior encargados de la lucha contra la delincuencia y la defensa del orden público por cada 100.000 habitantes.

Cuadro 24

Monto de los daños materiales obtenid o judicialmente por las víctimas de delitos penales

Año

Monto total determinado en los  actos judiciales (en millones de sum )

Monto reclamado total

Millones de sum

Porcentaje

2005

17.444,5

11.649,6

66,8

2006

74.246,0

72.040,2

97,0

2007

33.062,0

29.557,4

89,4

II. MARCO GENERAL DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS

A. Aprobación de normas internacionales de derechos humanos

Cuadro 25

Nombre del tratado

Información sobre la adhesión

Reservas y declaraciones

Reducción del incumplimiento de los compromisos

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales , 1966

31 de agosto de 1995

-

-

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos , 1966

31 de agosto de 1995

-

-

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial , 1965

31 de agosto de 1995

-

-

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, 1979

6 de mayo de 1995

-

-

Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, 1984

31 de agosto de 1995

-

-

Convención sobre los Derechos del Niño, 1989

9 de diciembre de 1992

-

-

Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, 1990

-

-

-

Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de los niños en los conflictos armados, 2000

En proceso de examen

-

-

Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, 2000

En proceso de examen

-

-

Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos relativos a las comunicaciones de individuos, 1966

31 de agosto de 1995

-

-

Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte, 1989

En proceso de examen

-

-

Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer relativo a las comunicaciones individuales y sus procedimientos de examen, 1999

31 de agosto de 1995

-

-

Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes sobre el sistema de visitas periódicas a cargo de órganos internacionales y nacionales en que se encuentren personas privadas de su libertad, 2002

-

-

-

a ) Ratificación de otros acuerdos de derechos humanos de las Naciones Unidas y acuerdos conexos

Cuadro 26

Acuerdo

Información sobre la adhesión

Reservas y declaraciones

Reducción del incumplimiento de las obligaciones

Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio de 1948

20 de agosto de 1999

-

-

Convención sobre la esclavitud de 1926 con las enmiendas de 1955

-

-

-

Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena de 1949

1 2 de diciembre de 2003

-

-

Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967

-

-

-

Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954

-

-

-

Convención para reducir los casos de apatridia de 1961

-

-

-

Estatuto de Roma del Tribunal Penal Internacional de 1998

-

-

-

Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional de 2000

Firmado el 13 de diciembre de 2000

Ratificado el 30 de agosto de 2003

-

-

Protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional

Firmado el 28 de junio de 2001

-

-

Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños de la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada

Firmado el 28 de junio de 2001

-

-

b ) Ratificación de otros acuerdos internacionales conexos

Cuadro 27

Acuerdo

Información sobre la adhesión

Reservas y declaraciones

Reducción de las infracciones

Convenios de la Organización Internacional del Trabajo

Convenio de 1921 sobre el descanso semanal (industria) (N º 14)

-

-

-

Convenio de 1930 sobre el trabajo forzoso (Nº 29)

30 de agosto de 1997

-

-

Convenio de 1947 sobre la inspección del trabajo (Nº 81)

-

-

-

Recomendación de 1949 sobre los trabajadores migratorios (Nº 86)

-

-

-

Convenio de 1948 sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación (Nº 87)

-

-

-

Convenio de 1949 sobre los trabajadores migrantes (Nº 97)

-

-

-

Convenio de 1949 sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva (Nº 98)

30 de agosto de 1997

-

-

Convenio de 1951 sobre la igualdad de remuneración (Nº 100)

30 de agosto de 1997

-

-

Convenio de 1951 sobre la seguridad social (norma mínima) (Nº 102)

-

-

-

Convenio de 1957 sobre la abolición del trabajo forzoso (Nº 105)

30 de agosto de 1997

-

-

Convenio de 1957 sobre el descanso semanal (comercio y oficinas) (Nº 106)

-

-

-

Convenio de 1958 sobre la discriminación (empleo y ocupación) (Nº 111)

30 de agosto de 1997

-

-

Convenio de 1962 sobre la igualdad de trato (seguridad social) (Nº 118)

-

-

-

Convenio de 1964 sobre la política del empleo (Nº 122)

6 de mayo de 1995

-

-

Convenio de 1969 sobre la inspección del trabajo (agricultura) (Nº 129)

-

-

-

Convenio de 1970 sobre la fijación de salarios mínimos (Nº 131)

-

-

-

Convenio de 1970 sobre las vacaciones pagadas (revisado) (Nº 132)

-

-

-

Convenio de 1973 sobre la edad mínima (Nº 138)

Aprobado en la Cámara Baja del Parlamento (marzo de 2008)

-

-

Convenio de 1975 sobre los trabajadores migrantes (disposiciones complementarias) (Nº 143)

-

-

-

Recomendación de 1975 sobre los trabajadores migrantes (Nº 151)

-

-

-

Convenio de 1978 sobre las relaciones de trabajo en la administración pública (Nº 151)

-

-

-

Convenio de 1981 sobre seguridad y salud de los trabajadores (Nº 155)

-

-

-

Convenio de 1981 sobre los trabajadores con responsabilidades familiares (Nº 156)

-

-

-

Convenio de 1989 sobre pueblos indígenas y tribales (Nº 169)

-

-

-

Convenio de 1999 sobre las peores formas de trabajo infantil (Nº 182)

Aprobado en la Cámara Baja del Parlamento (marzo de 2009)

-

-

Convenio de 2000 sobre la protección de la maternidad (Nº 183)

-

-

-

Acuerdo

Información sobre la adhesión

Reservas y declaraciones

Reducción del incumplimiento de las obligaciones

Convenios de Ginebra y otros tratados de derecho internacional humanitario

(Convenio I) (1949) para aliviar la suerte que corren los heridos y los enfermos de las fuerzas armadas en campaña

3 de septiembre de 1993

-

-

Convenio de Ginebra para aliviar la suerte que corren los heridos, los enfermos y los náufragos de las fuerzas armadas en el mar (Convenio II) (1949)

3 de septiembre de 1993

-

-

Convenio de Ginebra relativo al trato debido a los prisioneros de guerra (Convenio III) (1949

3 de septiembre de 1993

-

-

Convenio de Ginebra relativo a la protección de vida a las personas civiles en tiempo de guerra (Convenio IV) (1949)

3 de septiembre de 1993

-

-

Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales (Protocolo I) (1977)

3 de septiembre de 1993

-

-

Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados sin carácter internacional (Protocolo II) (1977)

3 de septiembre de 1993

-

-

B. Marco jurídico de la protección de los derechos humanos a escala nacional

Base legislativa de la protección de los derechos humanos

117.Al 1º de febrero de 2007, en la República estaban vigentes 15 códigos, 368 leyes, 361 decretos y 156 disposiciones del Presidente, 2.445 resoluciones del Consejo de Ministros y 1.206 instrumentos normativos departamentales. La abundante legislación creada en los años de la independencia ha sentado las bases de una reglamentación plena de las relaciones socioeconómicas y sociopolíticas. Prácticamente todas las disposiciones de la Declaración Universal de Derechos Humanos que se vieron reflejadas en la Constitución siguieron desarrollándose en la legislación vigente.

118.En la Ley orgánica sobre los fundamentos de la independencia estatal de la República de Uzbekistán se establece que en el territorio de la República se estableció la ciudadanía uzbeka de acuerdo con la Declaración Universal de Derechos Humanos. Todos los ciudadanos de la República de Uzbekistán, independientemente de su origen étnico o nacionalidad, gozan de los mismos derechos civiles y están protegidos por la Constitución de la República y su legislación.

119.En la Constitución se interrelacionan orgánicamente los valores populares, nacionales y estatales y los ideales universalmente reconocidos de la cultura jurídica de la humanidad.

120.En el preámbulo de la Constitución se confirma el estatuto especial de las normas de derecho internacional en los siguientes términos:

"El pueblo de Uzbekistán, declarando solemnemente su adhesión a los derechos humanos y al principio de soberanía estatal, reconociendo la responsabilidad primordial para con las generaciones presentes y futuras, basándose en la experiencia histórica del desarrollo del Estado uzbeko, fiel a los ideales de la democracia y la justicia social, reconociendo la primacía de las normas de derecho internacional universalmente reconocidas, anhelando ofrecer una vida digna a los ciudadanos de Uzbekistán, y asumiendo la tarea de establecer un Estado democrático y humano con el fin de garantizar la paz y la concordancia nacional, representado por sus representantes plenipotenciarios, aprueba la presente Constitución."

121.La Constitución de Uzbekistán se basa en el principio general de que el valor supremo es el ser humano, su vida, libertad, honor, dignidad y sus derechos inalienables (art. 13). Este postulado fundamental es una de las bases del orden constitucional de Uzbekistán que predetermina la función y la importancia que se atribuye en la Constitución a los derechos humanos y las libertades.

122.Con arreglo al artículo 31 de la Constitución, se garantiza a todos la libertad de conciencia. Toda persona tiene derecho a profesar una religión o a no profesar ninguna. Se prohíbe inculcar doctrinas religiosas por la fuerza.

123.En el artículo 43 de la Constitución se establece la obligación del Estado de garantizar los derechos y las libertades de los ciudadanos consagrados en la Constitución y las leyes. De conformidad con el artículo 44 de la Constitución, se garantiza a cada ciudadano la protección jurídica de sus derechos y libertades, así como el derecho a recurrir ante los tribunales cualquier acto ilegítimo de los órganos estatales, los funcionarios o las asociaciones públicas.

124.Además de estas normas generales relativas a las garantías, cuando se establece prácticamente cada derecho y libertad concretos se indican las condiciones y los métodos para garantizarlos.

125.Las garantías constitucionales de los derechos humanos abarcan todos los recursos jurídicos que aseguran el ejercicio y la protección de las libertades y los derechos humanos en las diferentes ramas del derecho en la República de Uzbekistán.

126.Como es natural, las garantías de los derechos y las libertades de los ciudadanos no se limitan a lo establecido en la Constitución.

127.En la República de Uzbekistán los derechos humanos se establecen jurídicamente en leyes constitucionales, códigos y en un conjunto de leyes de aplicación directa. El Parlamento ha aprobado más de 300 leyes que regulan las libertades y los derechos humanos fundamentales. Los parámetros generales de la garantía y protección de los derechos y las libertades de los ciudadanos se definen en las normas de la legislación sectorial de la República. Los principios más importantes de la garantía de las libertades y los derechos humanos figuran en las normas del Código Penal, el Código de Procedimiento Penal y el Código de Responsabilidad Administrativa de la República de Uzbekistán.

128.Son parte integrante del sistema jurídico del país los programas de orientación social que el Gobierno aprueba anualmente, pues cada año se dedica a la solución de problemas sociales concretos. Por lo general, estos programas contienen una parte legislativa y medidas concretas para mejorar el bienestar de los grupos de población socialmente vulnerables, a saber, las familias, las madres, los niños, los ancianos, las personas con discapacidad y los jóvenes. Los programas son financiados por el Estado, y se ejecutan con la participación de las ONG.

129.En enero de 2008 entraron en vigor las leyes sobre abolición de la pena de muerte, la transferencia a los tribunales de la facultad de dictar órdenes de detención, las garantías de los derechos del niño, y la Ley constitucional sobre el fortalecimiento del papel de los partidos políticos en la renovación y democratización de la dirección del Estado y la modernización del país.

130.En la práctica, en la República de Uzbekistán se utilizan como mecanismos de aplicación los programas nacionales y los planes de acción para el cumplimiento de las recomendaciones que formulan los órganos de las Naciones Unidas creados en virtud de tratados como resultado del examen de los informes nacionales de Uzbekistán.

Papel de los tratados internacionales sobre derechos humanos en el derecho nacional

131.A principios de 2008 la República de Uzbekistán concertó más de 900 tratados y convenios multilaterales y bilaterales y se adhirió a más de 170 de los convenios y tratados internacionales más importantes, incluidos 60 sobre libertades y derechos humanos.

132.Si se analiza la legislación nacional desde la perspectiva del establecimiento y la aplicación de la primacía del derecho internacional sobre el derecho nacional, se observará que la legislación sectorial de la República parte del reconocimiento de que las normas de los tratados internacionales prevalecen sobre las leyes nacionales. De ese modo, de conformidad con el artículo 1 del Código Penal, la legislación penal de la República de Uzbekistán se basa en la Constitución y en las normas universalmente aceptadas del derecho internacional y está contenida en dicho Código.

133.El artículo 4 del Código de Ejecución Penal está redactado de forma concluyente: "La Ley de ejecución de sanciones penales tiene en cuenta los principios y las normas del derecho internacional relativos al cumplimiento de las condenas y al trato a los condenados".

134.Las normas de la Ley de ejecución de sanciones penales no pueden contradecir los instrumentos internacionales sobre la protección contra la tortura y otros tratos inhumanos o degradantes de las personas privadas de libertad.

135.Si existieran discrepancias entre las normas de un tratado internacional suscrito por la República de Uzbekistán y las previstas en la Ley de ejecución de sanciones penales, prevalecerán las normas del tratado internacional.

136.La redacción que se utiliza con más frecuencia es la que presupone una remisión a las normas del derecho internacional en general. La variante más empleada es la que figura en el artículo 9 del Código de la Familia de la República de Uzbekistán, a saber: "Si en un tratado internacional en que la República de Uzbekistán es parte se estableciesen normas diferentes a las contenidas en el Código de la Familia de la República de Uzbekistán, prevalecerían las normas del tratado internacional". En esta situación se trata solamente de la primacía en cuanto a la aplicación cuando en el tratado se establecen "normas diferentes" sólo para un caso concreto, circunstancia que no influye en la validez de los preceptos de la ley en su conjunto, sino que da lugar a una excepción para una situación determinada. En ese caso el tratado no prevalece sobre la ley, pues de lo que se trata es de la primacía de la aplicación en un caso concreto. Sobre esta base puede considerarse que se tienen en cuenta "otras normas" que revocan o modifican las normas de la ley y no que dan lugar a excepciones en un caso concreto.

137.La primacía de los tratados internacionales en casos concretos se establece claramente, por ejemplo, en instrumentos normativos, como los Códigos del Trabajo y de la Tierra. Esta primacía se aplica a las normas de todos los tratados internacionales en que la República de Uzbekistán es parte y que han entrado en vigor, por cuanto sus normas han pasado a ser parte del derecho uzbeko y, por consiguiente, son de aplicación directa.

138.De conformidad con la Ley de los tratados internacionales suscritos por la República de Uzbekistán, de 25 de diciembre de 1995, "los tratados internacionales en los que Uzbekistán es parte están sujetos a aplicación estricta y obligatoria por parte de Uzbekistán de conformidad con las normas del derecho internacional".

Sistema de órganos estatales que adoptan decisiones sobre cuestiones de derechos humanos

139.En la República de Uzbekistán los órganos facultados para resolver cuestiones de derechos humanos son:

a)La Cámara Legislativa y el Senado del Oliy Maylis, así como los órganos locales del poder estatal;

b)El Presidente de la República;

c)El Consejo de Ministros y los departamentos e instituciones pertenecientes a los órganos del poder ejecutivo;

d)Los órganos del sistema judicial;

e)La Fiscalía General.

140.El Oliy Maylis es el órgano legislativo supremo de la República de Uzbekistán, que constituye el fundamento jurídico de la garantía y la protección de los derechos humanos. Desde que el país obtuvo la independencia, el Oliy Maylis ha elaborado y aprobado más de 1.000 leyes, la mayor parte de las cuales se orienta a la protección directa de las libertades y los derechos concretos de los ciudadanos. El Parlamento del país lleva a cabo el proceso de ratificación de los tratados internacionales sobre derechos humanos. Los comités de las Cámaras Alta y Baja del Parlamento verifican periódicamente el cumplimiento de los tratados internacionales sobre derechos humanos y de las leyes vigentes en esta esfera. De ese modo, en 2006 el Senado del Oliy Maylis realizó un control parlamentario sobre el cumplimiento de lo dispuesto en la Convención sobre los Derechos del Niño en las regiones del valle de Fergana, y en el bienio 2005-2006 el Comité de relaciones interparlamentarias de la Cámara Legislativa realizó un control sobre el cumplimiento de las disposiciones de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes en la región de Tashkent.

141.En 1995, en la estructura del Oliy Maylis se creó la Comisión sobre el respeto de los derechos y las libertades constitucionales de los ciudadanos (que más tarde se transformó en la Comisión sobre el respeto de los derechos y las libertades constitucionales de los ciudadanos adjunta al Ombudsman del Oliy Maylis).

142.En 1995 se estableció adscrito al Oliy Maylis el puesto de Ombudsman, facultado para examinar las denuncias de violaciones de los derechos humanos. Este órgano desarrolla su actividad de conformidad con la ley. Sobre la base de las denuncias recibidas, el Ombudsman realiza investigaciones independientes, al final de las cuales se formulan recomendaciones dirigidas a los funcionarios y órganos del Estado, a fin de que resuelvan las situaciones denunciadas. Asimismo, el Ombudsman da seguimiento a los casos de violación de los derechos humanos. Las estadísticas anuales de las denuncias y el análisis de su contenido y de las decisiones adoptadas se presentan en un informe dirigido a las dos Cámaras del Oliy Maylis y se publican en Internet.

143.Con arreglo al artículo 93 de la Constitución, el Presidente es el garante de la observancia de los derechos y libertades de los ciudadanos, de la Constitución y de la legislación de la República de Uzbekistán.

144.El Presidente del país tuvo la iniciativa de elaborar el Programa de realización de reformas prioritarias en el ámbito de la modificación y de la mayor liberalización del sistema judicial y jurídico. En relación con esas reformas prioritarias hasta el momento se han adoptado siete decretos, tres disposiciones y tres resoluciones presidenciales. Las leyes de abolición de la pena de muerte e introducción del procedimiento de hábeas corpus se adoptaron en el marco de la iniciativa legislativa del Presidente. También a propuesta del Presidente se han establecido instituciones nacionales de derechos humanos. En todas las intervenciones que el Jefe de Estado realiza durante las sesiones conjuntas del Parlamento dedica especial atención al aseguramiento de los derechos humanos.

145.El Consejo de Ministros de la República de Uzbekistán, órgano supremo del poder ejecutivo, se encarga del cumplimiento directo de las leyes y los reglamentos aprobados por el Parlamento del país, así como de los decretos y disposiciones del Presidente de la República.

146.A fin de que en la legislación se reflejen las normas universalmente aceptadas del derecho internacional en materia de derechos humanos y que éstas se cumplan plenamente, el Gobierno de la República de Uzbekistán ha adoptado diversos programas estatales de orientación social.

147.Los órganos judiciales forman parte del sistema de órganos estatales de protección de los derechos humanos. En este sistema desempeña un importante papel el Tribunal Constitucional de la República de Uzbekistán, que examina las causas relacionadas con las acciones constitucionales de los poderes legislativo y ejecutivo. Desde su establecimiento el Tribunal Constitucional ha adoptado 14 resoluciones y decisiones relativas a la interpretación de normas legislativas y a la protección de libertades y derechos humanos específicos.

148.El sistema de tribunales de jurisdicción general se encarga de proteger los derechos y de restablecerlos cuando han sido transgredidos. En las sesiones del Pleno del Tribunal Supremo dedicadas a analizar la práctica judicial se presta especial atención a todos los tipos de derechos humanos. Los fallos del Pleno del Tribunal Supremo constituyen actos de interpretación del derecho y son de obligatorio cumplimiento para todos los órganos judiciales y encargados de hacer cumplir la ley. De ese modo, en 2007, en relación con el establecimiento del procedimiento de hábeas corpus y la abolición de la pena de muerte, el Pleno del Tribunal Supremo aprobó disposiciones sobre algunas cuestiones relativas a la aplicación de la pena de cadena perpetua y sobre la aplicación por los tribunales de medidas coercitivas en forma de detención preventiva en la etapa de las diligencias previas.

149.Los órganos de la Fiscalía se encargan de la protección especializada de los participantes en el proceso penal. El estatuto jurídico de la Fiscalía está definido en la Constitución de la República de Uzbekistán y en la Ley de la Fiscalía, de 29 de agosto de 2001, de conformidad con la cual "el Fiscal General de la República y los fiscales que se le subordinan supervisan el cumplimiento estricto y uniforme de la ley por todos los ministerios, comités y organismos del Estado, órganos de control estatal y jokims, así como por las instituciones, empresas y organizaciones, con independencia de a qué entidades se subordinen o pertenezcan y de su forma de propiedad, unidades militares, organizaciones sociales, funcionarios y ciudadanos". Si bien la Fiscalía supervisa la legalidad en general, forman parte de su estructura dos dependencias especiales relacionadas directamente con los derechos humanos: la Dirección de supervisión del cumplimiento de la ley en los centros de detención y prisión preventiva durante el cumplimiento de condenas y otras medidas coercitivas impuestas por los tribunales y la Dirección de protección de los intereses legítimos de la persona, la sociedad y el Estado.

150.Al Ministerio de Justicia se le han otorgado considerables facultades en el ámbito de la garantía de las libertades y los derechos humanos. De conformidad con los párrafos 2 y 6 de su reglamento, una de las tareas más importantes del Ministerio es garantizar los derechos humanos y libertades reconocidos en la Constitución y la legislación, desarrollar de manera cabal las instituciones de la sociedad civil y fortalecer sus principios jurídicos.

151.La dependencia especializada del Ministerio de Justicia de la República de Uzbekistán que se encarga directamente de proteger las libertades y los derechos humanos es la Dirección de Protección de los Derechos Humanos, creada en virtud de la Resolución Nº 370 del Consejo de Ministros, de 27 de agosto de 2003, sobre medidas para seguir perfeccionando la actividad del Ministerio de Justicia de la República de Uzbekistán. De conformidad con la resolución, en el Ministerio de Justicia de la República de Karakalpakstán y en las dependencias de justicia de la ciudad de Tashkent se han creado departamentos de protección de los derechos humanos que forman parte del sistema de la Dirección.

152.Las funciones principales de la Dirección son las siguientes:

a)Analizar la legislación en materia de derechos humanos, formular propuestas para su perfeccionamiento y mejorar la labor dirigida a garantizar el cumplimiento de esas leyes;

b)Contribuir al desarrollo de instituciones de la sociedad civil y al fortalecimiento de sus bases jurídicas;

c)Garantizar la protección de las libertades y los derechos humanos establecidos en la Constitución y en las leyes.

153.La Dirección de Protección de los Derechos Humanos del Ministerio de Justicia:

a)Elabora medidas para fomentar los conocimientos jurídicos de la población en materia de libertades y derechos humanos y para difundir en la sociedad el respeto a los derechos humanos;

b)Contribuye a fortalecer la función de la abogacía en la protección de las libertades y los derechos humanos, a desarrollar las instituciones de la sociedad civil y a fortalecer sus bases jurídicas;

c)Coopera con las organizaciones internacionales y no gubernamentales dedicadas a la protección de los derechos humanos que desarrollan su actividad en la República de Uzbekistán.

154.A fin de establecer un mecanismo encargado de velar por que la base jurídica y legislativa que se está creando y la aplicación práctica de las leyes respondan a los objetivos y cometidos de la reforma y la modernización del país, por Decreto del Presidente de la República de Uzbekistán de 15 de diciembre de 2005 se estableció el Centro de supervisión de la aplicación de instrumentos normativos y jurídicos.

155.Los órganos del Ministerio del Interior desempeñan un importante papel en la protección de las libertades y los derechos humanos. La investigación de los delitos es la actividad de estos órganos en que con más frecuencia y de forma más palpable se ven afectados los derechos y las libertades de los ciudadanos involucrados en un proceso penal. De conformidad con los párrafos 1 y 2 del Reglamento del Ministerio del Interior de la República de Uzbekistán, aprobado por resolución del Consejo de Ministros de 25 de octubre de 1991, "el Ministerio, dentro de su esfera de competencia, garantiza la protección de los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos, el orden y la seguridad sociales y la lucha contra el delito".

156.El 21 de agosto de 2003, mediante un protocolo conjunto suscrito por la Dirección Central de Investigaciones del Ministerio del Interior y el Colegio de Abogados de la República, se aprobó el Reglamento para garantizar el derecho de los detenidos, sospechosos y acusados a la asistencia letrada durante la investigación y el interrogatorio preliminares. De conformidad con el Reglamento, se han adscrito abogados a cada unidad de investigaciones de los órganos del Ministerio del Interior. En las unidades de investigación se ha establecido un régimen de abogados de guardia que permite asegurar asistencia letrada a los detenidos desde el momento en que son conducidos a los órganos del Ministerio del Interior. Este procedimiento ya se aplica en todas las unidades de los órganos del Ministerio del Interior.

157.Mediante una orden del Ministro del Interior de 30 de septiembre de 2005, entre las dependencias de la Dirección de aseguramiento jurídico y relaciones con los medios de difusión se incluyó un Departamento de protección de los derechos humanos y cooperación con las organizaciones internacionales. Sus principales funciones consisten en velar, conjuntamente con el Ombudsman del Oliy Maylis y el Centro Nacional de Derechos Humanos, por el respeto de las libertades y los derechos humanos, cooperar e intercambiar información con las organizaciones internacionales a los efectos de garantizar las libertades y los derechos humanos, contribuir a ampliar la cultura jurídica del personal del Ministerio del Interior y ofrecerle información sobre las principales disposiciones relativas al aseguramiento y la protección de las libertades y los derechos humanos.

Utilización por los órganos judiciales de referencias a los tratados internacionales sobre derechos humanos

158.En el sistema jurídico nacional de la República de Uzbekistán se reconoce la primacía del derecho internacional sobre la legislación nacional. Además, para que un tratado internacional pueda ejecutarse, tiene que haberse incorporado a la legislación nacional. Una vez incluidas en la legislación nacional, las normas de derecho internacional pasan a ser parte de la legislación interna y son de obligatorio cumplimiento. No es común que los órganos judiciales de Uzbekistán se remitan directamente a los tratados internacionales; esa práctica se aplica en muy pocas ocasiones.

Recursos de protección jurídica contra violaciones de los derechos humanos

159.En la legislación de Uzbekistán están definidos de manera precisa los recursos de protección jurídica contra violaciones de los derechos. Dichos recursos se mencionan en instrumentos normativos, como el Código Civil y el Código de Procedimiento Civil, la Ley de los tribunales, la Ley de la Fiscalía, la Ley de denuncias de los ciudadanos, la Ley de impugnación judicial de decisiones y actos que violen los derechos y libertades del ciudadano, la Ley del Ombudsman, la Ley de la abogacía, la Ley de las organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro, el Reglamento del Ministerio de Justicia y el Reglamento del Ministerio del Interior.

160.En la República de Uzbekistán existen diversas vías de protección jurídica contra violaciones de los derechos humanos que pueden dividirse convencionalmente en recursos administrativos y judiciales. Estos recursos no se contradicen entre sí, y se complementan mutuamente. Son, entre otros, los procedimientos de mediación y reconciliación y otras formas más específicas de garantías jurídicas.

161.Procedimiento administrativo para denunciar un hecho que constituye una violación de los derechos humanos. En caso de que un funcionario o institución incurra en violaciones de los derechos humanos, la persona afectada puede recurrir ante la instancia administrativa superior. La denuncia se tramitará en el curso de un mes, tras lo cual la persona afectada deberá recibir una respuesta por escrito con la debida fundamentación. Este procedimiento se aplica con bastante frecuencia y es eficaz.

162.En caso de violación de los derechos humanos, la persona afectada puede presentar a la Fiscalía una denuncia, que se tramitará en el curso de un mes. Los órganos de la Fiscalía tramitan cada denuncia concreta mediante un proceso de supervisión fiscal, como resultado del cual el fiscal puede prescribir medidas de carácter jurídico en relación con el funcionario que incurrió en la violación de los derechos humanos. La presentación de denuncias a la fiscalía también es un procedimiento suficientemente firme y eficaz para restablecer los derechos.

163.Desde 2005 en el Ministerio de Justicia funciona la Dirección de protección de los derechos humanos, una de cuyas funciones es el examen de las reclamaciones y denuncias de violaciones de los derechos humanos. Entre otros servicios, la Dirección ofrece asistencia jurídica gratuita a toda persona que recurra a los tribunales, en caso de que la necesite. En los últimos años se han prestado muchos servicios de asistencia jurídica a empresarios, granjeros y habitantes de zonas rurales.

164.El Departamento de protección de los derechos humanos y cooperación con organizaciones internacionales, perteneciente al Ministerio del Interior, participa en el mecanismo de examen de las denuncias de violaciones de los derechos humanos cometidas por miembros del Ministerio del Interior.

165.Dentro del sistema de instituciones estatales, el Ombudsman del Oliy Maylis y el Centro Nacional de Derechos Humanos de la República de Uzbekistán se encargan también de la protección extrajudicial de los derechos de los ciudadanos. El examen por el Ombudsman de las denuncias de los ciudadanos incluye una investigación especial independiente, tras la cual se emite un fallo que tiene carácter de recomendación para los funcionarios encargados de adoptar una decisión sobre el caso. El número de denuncias que se presentan al Ombudsman y la solución positiva de estas cuestiones demuestra la confianza de los ciudadanos en este órgano. El Centro Nacional de Derechos Humanos también examina las denuncias de la población por violaciones de sus derechos, función que es parte de la labor de supervisión que realiza el Centro.

166.Procedimiento judicial de protección contra la violación de los derechos. La utilización del procedimiento administrativo de interposición de denuncias por violación de los derechos humanos no impide recurrir a un tribunal para que se restablezcan esos derechos. A diferencia del procedimiento administrativo, el judicial entraña gastos y su terminación depende de la duración del examen de la causa.

167.Entre los recursos de protección jurídica figuran la abogacía, que consta de una red de firmas y bufetes de abogados estatales y no estatales. Además, en las escuelas de derecho de la República funcionan servicios de asistencia jurídica que se prestan gratuitamente a los ciudadanos. Asimismo las organizaciones sociales pueden proteger los derechos humanos participando en los juicios como representantes legítimos del demandante.

Instituciones y mecanismos nacionales que velan por el ejercicio de los derechos humanos

168.De conformidad con la Declaración y Programa de Acción de Viena, en Uzbekistán se han creado las siguientes instituciones nacionales de derechos humanos: el Ombudsman del Oliy Maylis, el Centro Nacional de Derechos Humanos y el Instituto de seguimiento de la legislación vigente, adscrito a la Presidencia.

169.En el ejercicio de las funciones de control destinadas a garantizar el cumplimiento de la legislación sobre derechos humanos desempeña un importante papel el Ombudsman del Oliy Maylis, quien con los recursos que se le han asignado contribuye, en particular, no sólo a restablecer los derechos violados, sino también a perfeccionar la legislación de la República de Uzbekistán.

170.El examen de las solicitudes de los ciudadanos y la asistencia a éstos en el restablecimiento de sus derechos y libertades son actividades prioritarias del Ombudsman en el desempeño de la labor destinada a continuar desarrollando la cooperación con los órganos estatales, los tribunales y las fuerzas del orden, a fin de que las libertades y los derechos humanos se respeten y protejan plena y eficazmente en Uzbekistán.

171.Por ejemplo, en 2006 la oficina del Ombudsman recibió 7.655 solicitudes; de ellas 4.753 en la oficina central, 1.377 en las representaciones regionales, y 848 repetidas, y se ofrecieron 647 consultas y aclaraciones jurídicas por el "teléfono de confianza". De las solicitudes dirigidas al Ombudsman sobre violaciones de los derechos, las libertades y los intereses legítimos de los ciudadanos se dio seguimiento a 1.434. En el período correspondiente al informe se resolvieron favorablemente 351 solicitudes y el resto se está procesando. Se recibieron por correo 3.444 solicitudes dirigidas al Ombudsman del Oliy Maylis; y 1.309 fueron entregadas personalmente en sus oficinas. Un total de 2.439 solicitudes fueron presentadas por mujeres y 1.856 por hombres; se recibieron también 456 denuncias colectivas.

172.El 31 de octubre de 1996, mediante decreto del Presidente de la República, se estableció el Centro Nacional de Derechos Humanos de la República de Uzbekistán, con el objetivo de coordinar las actividades de todas las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales que se ocupan de la defensa de los derechos humanos. El Centro investiga distintos aspectos de la protección y la garantía de los derechos humanos en el plano nacional e internacional, prepara los informes nacionales sobre cumplimiento de las obligaciones internacionales de Uzbekistán en materia de derechos humanos que se presentan a los órganos de las Naciones Unidas creados en virtud de tratados, organiza programas de capacitación, seminarios, ciclos de conferencias y viajes de estudio, presta asistencia en la elaboración y aplicación de programas de estudio sobre derechos humanos; compila y difunde información sobre este tema; fomenta la colaboración técnica y los vínculos informativos con los centros u organizaciones internacionales que se ocupan de los derechos humanos ; coordina la actividad en el país de los organismos internacionales que prestan asistencia técnica para la democratización, la gestión y la protección de los derechos humanos, y recibe y tramita las denuncias de la población relativas a violaciones de los derechos humanos.

173.El Instituto de seguimiento de la legislación vigente es la dependencia de investigación del sistema de órganos del poder ejecutivo, y tiene la función de supervisar la legislación y de examinar desde el punto de vista jurídico las leyes que se adoptan.

174.El Centro nacional de reinserción social de menores se encarga de los problemas de los niños socialmente vulnerables de Uzbekistán. Es una organización independiente, creada por resolución del Consejo de Ministros de Uzbekistán. Su función principal es coordinar, supervisar y evaluar la protección social de los niños y analizar y elaborar instrumentos normativos en materia de aseguramiento y protección de los derechos e intereses de los grupos de niños socialmente vulnerables.

175.Asimismo, en el país funciona en estrecha coordinación con los órganos estatales una red de ONG dedicadas a proteger y estimular algunos tipos de derechos humanos.

176.En 2005 se creó la Asociación Nacional de ONG sin fines de lucro, con el objetivo de coordinar las actividades de estas organizaciones. La Asociación cuenta ya con 330 organizaciones miembros de todas las esferas de la vida social que realizan su labor en diferentes ámbitos (social, jurídico, en la esfera de la mujer, la juventud, el medio ambiente, y otros).

177.El Comité de la Mujer de Uzbekistán asesora al Gobierno sobre las cuestiones de la política relativa a la mujer. El Comité se creó en 1991 como organización presupuestada, es decir, financiada con los recursos del Estado. Este mecanismo nacional tiene la característica singular de que su Presidenta es al mismo tiempo Viceprimera Ministra, lo que faculta a la organización para coordinar la cooperación social de los organismos estatales con las organizaciones sociales y no gubernamentales. El Comité de la Mujer de Uzbekistán propone, coordina y lleva a cabo la política, los programas y los proyectos del Gobierno encaminados a mejorar la situación de la mujer, asesora al Gobierno sobre las cuestiones relacionadas con las mujeres y difunde entre éstas la información pertinente sobre sus problemas. A fin de mantener los ritmos de adelanto de la condición de la mujer, el Comité dedica una atención fundamental a los siguientes cinco aspectos prioritarios de los programas: el empleo y el bienestar económico de la mujer; la protección de la salud y los derechos reproductivos de la mujer; la mujer y su participación en la vida social, con énfasis especial en su participación en la labor de dirección y adopción de decisiones; la mujer y el derecho, en particular, la eliminación de la discriminación contra la mujer; y la educación, con particular hincapié en el desarrollo de su preparación y competencia profesionales. Asimismo, el Comité de la Mujer es el organismo responsable de la participación de la República de Uzbekistán en reuniones internacionales sobre los problemas de la mujer.

178.El Comité de la Mujer es la mayor organización femenina de Uzbekistán, con filiales en todas las regiones de la República.

179.Diversas ONG sin fines de lucro desarrollan su actividad en la esfera de la protección de los derechos de los niños.

180.En 1993, por iniciativa de la sociedad en general, se estableció la Fundación no gubernamental internacional "Soglom Avlod Uchun" (Por una generación saludable), cuya misión fundamental es crear condiciones favorables para el nacimiento de los niños y el desarrollo armonioso de su personalidad. A fin de lograr este objetivo la Fundación elabora y lleva a cabo programas humanitarios, de salud y educacionales, proyectos de apoyo a los niños superdotados y a la promoción de un modo de vida saludable, así como programas que benefician a grupos vulnerables de la población, entre ellos los niños y los jóvenes.

181.La Fundación está representada en 14 regiones de Uzbekistán; en cada una de las cuales funciona un centro de apoyo. En total posee 180 representaciones locales, y más de 250 personas de toda la República, incluidos médicos, pedagogos y economistas, trabajan activamente en la ejecución de los programas en curso y en la elaboración de nuevos programas. Se encarga de la coordinación el aparato central de la Fundación, que consta de cinco departamentos, a saber: protección de la maternidad y la infancia, asistencia humanitaria, organización y metodología, control financiero y contabilidad. Las actividades principales de la Fundación se financian mediante contribuciones monetarias de patrocinadores locales e internacionales, y con el producto de las actividades previstas en los estatutos de sus filiales. En la actualidad, la Fundación es una de las organizaciones benéficas sin fines de lucro más prestigiosas de Uzbekistán y participa activamente en la solución de cuestiones de la política social del Estado y de problemas actuales de la sociedad.

182.El Fondo es uno de los promotores de publicaciones como la revista Soglom avlod uchun, y los periódicos Soglom avlod (Generación saludable), Oila va Zhamiyat (Familia y sociedad), Tong-yulduzi (Estrella matutina) y Klass!.

183.En 2002 comenzó a funcionar en Uzbekistán el Fondo Social Republicano para la Infancia "Sen Yolgiz Emassan" (No estás solo). Su misión fundamental es contribuir por todos los medios a la creación de las condiciones necesarias para que los niños vivan con dignidad y se desarrollen plenamente, apoyar la primacía de la familia y asegurar la aplicación de las medidas necesarias para proteger al máximo los intereses de los niños más necesitados de apoyo social (niños huérfanos, sin amparo de los padres, con discapacidad y de familias de bajos ingresos).

184.El Fondo "Sen Yolgiz Emassan" desarrolla su labor de conformidad con los programas de protección social a largo plazo en favor de los niños.

185.El objetivo y la misión fundamental de la labor del Fondo consisten en resolver los diversos problemas de la infancia, a saber:

a)Defensa de los derechos y los intereses legítimos de los niños necesitados de protección social;

b)Desarrollo armonioso de la personalidad del niño;

c)Educación espiritual y moral de los niños;

d)Asistencia material, sanitaria, jurídica y de otra índole;

e)Asistencia en la prevención de enfermedades y la protección de la salud de los niños;

f)Mejoramiento del estado moral y psicológico de los niños.

186.La actividad del Fondo se financia con las contribuciones filantrópicas de entidades y personas radicadas o no en la República de Uzbekistán. La plantilla del Fondo es de 15 personas.

187.Una de las mayores ONG dedicadas a las cuestiones de los derechos de los jóvenes es el Movimiento Social Juvenil Kamolot. Su prioridad máxima es agrupar a los jóvenes progresistas de la República, formar a los ciudadanos de Uzbekistán independiente de manera que crezcan físicamente sanos, adquieran madurez espiritual y se eduquen en un espíritu de adhesión a los ideales y la ideología nacionales, sobre la base de los valores nacionales y universales y los principios democráticos; representar y proteger los intereses de los jóvenes, y convertir el Movimiento en un verdadero bastión de la juventud.

188.El Movimiento posee una estructura ramificada que consta de 14 departamentos provinciales y 199 regionales (con una plantilla de 1.200 colaboradores). Se han creado 15.800 organizaciones de base para el trabajo con los jóvenes en todas las instituciones de educación, unidades militares, organismos, diversos centros de producción y granjas de la República.

189.En la actualidad el Movimiento agrupa a más de 4,5 millones de jóvenes entre 14 y 30 años y junto con los miembros del movimiento infantil Kamalak(Arcoiris) (4 millones de niños de 10 a 14 años) es una de las mayores organizaciones sociales basadas en el desarrollo de diversas formas de autonomía, que contribuyen a formar las instituciones "de base" de la sociedad civil.

190.Mediante la celebración de 7.800 actividades de educación espiritual, "mesas redondas", debates, seminarios y charlas, actividades culturales de masas y actividades deportivas, la labor del Movimiento ha llegado a unos 6 millones de jóvenes de toda la República, se han elaborado 20 manuales metodológicos, folletos y carteles y se han publicado más de 200 artículos temáticos.

191.El Estado apoya activamente al Movimiento Kamolot. De ese modo, en 2006 el Presidente de la República de Uzbekistán emitió el Decreto sobre el apoyo al Movimiento Social Kamolot y el aumento de la eficacia de su actividad, en virtud del cual se estableció por primera vez sobre la base de la cooperación un fondo de recursos procedentes de las pequeñas empresas. Además, mediante un acuerdo con el Ministerio de Finanzas, la Comisión Tributaria y el Banco Central de la República de Uzbekistán, las estructuras del Movimiento están exentas de auditoría y se les aplican tarifas reducidas por los servicios bancarios.

192.Uzbekistán es un país multinacional donde funcionan más de 140 centros culturales nacionales. En virtud de la Resolución Nº 10 del Consejo de Ministros, de 10 de enero de 1992, se instituyó el Centro cultural de las nacionalidades de la República. El Centro coordina las actividades y presta ayuda práctica y metodológica a los centros culturales nacionales, y de ese modo participa activamente en la satisfacción de las necesidades de los representantes de las distintas naciones y nacionalidades que habitan el país. Su plantilla de 33 personas es financiada por el Ministerio de Finanzas de la República.

193.En 1991 se creó la Sociedad Uzbeka de Discapacitados. Esta organización cuenta con 114 filiales en todas la provincias de la República y 120.000 miembros (en Uzbekistán hay 850.000 personas con discapacidad). La Sociedad posee alrededor de 100 sucursales, en las que trabajan personas con discapacidad. Su actividad principal consiste en rehabilitar socialmente a las personas con discapacidad, ayudarlas a obtener educación y crear oportunidades para que puedan ejercer sus derechos en pie de igualdad.

194.A fin de aumentar la eficacia de la política estatal de la República de Uzbekistán en el ámbito de la protección social de los veteranos y ampliar el papel que éstos desempeñan en el fortalecimiento de la independencia y la soberanía de la República, mediante Decreto del Presidente de 4 de diciembre de 1996 se creó el Fondo Nuroniy de apoyo social a los veteranos.

195.De conformidad con dicho decreto y con los estatutos del Fondo, éste constituye una ONG sin fines de lucro, autónoma y autofinanciada, que lleva a cabo una actividad independiente. Su labor principal consiste en participar activamente en la aplicación de una política social firme, en especial en relación con el respeto a los veteranos, las personas con discapacidad y los ancianos, y en crear un ambiente social favorable para su vida mediante actividades destinadas a ofrecerles apoyo material, médico y moral.

Reconocimiento de la jurisdicción del tribunal regional de derechos humanos

196.La República de Uzbekistán no es parte en los convenios regionales de derechos humanos y por lo tanto no reconoce la jurisdicción de los tribunales regionales de derechos humanos.

C. Mecanismos de promoción de los derechos humanos a nivel nacional

Difusión de los tratados de derechos humanos

197.En la República de Uzbekistán se han traducido al idioma uzbeko y se han publicado en grandes tiradas más de 100 de los principales documentos internacionales de derechos humanos, en estrecha cooperación con asociados internacionales como el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) y el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR). En los últimos ocho años se han publicado en idioma uzbeko los siguientes instrumentos internacionales:

-Declaración Universal de Derechos Humanosm, Tashkent, 2008;

-Declaración de Principios sobre la tolerancia, Tashkent, 2000;

-Documentos internacionales relativos a los derechos de los menores, Tashkent, 2002, 232 págs.;

-La República de Uzbekistán y los tratados internacionales de derechos humanos, Tashkent, Adolat, 2002, 270 págs.;

-Derecho internacional humanitario, Colección de los Convenios de Ginebra, Tashkent, 2002;

-Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa, La dimensión humana, Helsinki, 1975-1999, Tashkent, 2002;

-Documentos sobre normas internacionales de la UNESCO, Tashkent, Аdolat, 2004, 298 págs.;

-Documentos internacionales relativos a la actividad de los órganos encargados de hacer cumplir la ley, Tashkent, Adolat, 2004, 212 págs.;

-Documentos internacionales sobre derechos humanos, Tashkent, Adolat, 2004, 520 págs.;

-Documentos internacionales sobre derechos humanos, Tashkent, 2004;

-Convención sobre los Derechos del Niño, Tashkent, 2004;

-Protección de los derechos del niño, material didáctico para parlamentarios, Tashkent, UNIСEF, 2006;

-Derechos humanos, material didáctico para parlamentarios, Tashkent, 2007;

-Democracia y parlamento en el siglo XXI, material didáctico para parlamentarios, Tashkent, 2007;

-Colección de convenios y recomendaciones fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo, Tashkent, Centro Nacional de Derechos Humanos, 2008, 240 págs.;

-Erradicación de las peores formas de trabajo infantil: Guía práctica para la aplicación del Convenio Nº 182 de la Organización Internacional del Trabajo, material didáctico para parlamentarios Nº 3/2002, Tashkent, Centro Nacional de Derechos Humanos, 2008.

198.Desde que Uzbekistán obtuvo la independencia, en el país se han publicado más de 200.000 ejemplares de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

Estudio de los derechos humanos por funcionarios estatales y miembros de los órganos encargados de hacer cumplir la ley

199.En la República de Uzbekistán funciona una red de instituciones de educación que se encargan de la capacitación y recalificación de especialistas en derecho y del personal de los órganos encargados de hacer cumplir la ley. Forman parte de esas instituciones las facultades de derecho de las universidades, el Instituto Estatal de Derecho de Tashkent, la Academia del Ministerio del Interior, el Instituto del Servicio de Seguridad Nacional, el Centro de formación de especialistas en derecho y los cursos superiores de capacitación de la Fiscalía General de la República de Uzbekistán.

200.En la Academia de la Construcción Estatal y Social adscrita a la Presidencia se imparte el curso Derechos Humanos. Como parte del curso se organizan clases prácticas consistentes en visitas al Centro Nacional de Derechos Humanos y a la oficina del Ombudsman.

201.En la Academia del Ministerio del Interior de la República de Uzbekistán las cuestiones relativas a la aplicación de las normas del derecho internacional en la actividad de los órganos del Ministerio del Interior se imparten mediante las asignaturas Teoría general de los derechos humanos (40 horas), Procedimiento penal (180 horas), Derecho Penal (270 horas), Derecho internacional (50 horas) y Las diligencias previas en los órganos del Ministerio del Interior (234 horas).

202.Para los alumnos de los cursos académicos superiores de la especialidad Organización de la dirección de los órganos del Ministerio del Interior se imparte el curso Cooperación internacional en la lucha contra el delito, al que se asignan 24 horas lectivas. Asimismo, los alumnos de los cursos académicos superiores estudian la asignatura Los derechos humanos y la actividad de los órganos del Ministerio del Interior durante 30 horas.

203.Como parte de la formación de los miembros de los órganos del Ministerio del Interior, en los cursos superiores de sargentos se incluye en la preparación jurídica el acápite Derechos humanos y labor de los órganos dependientes del Ministerio del Interior durante 16 horas. En los cursos mencionados se dedica especial atención a las normas de derecho internacional en la esfera de las libertades y los derechos humanos, en particular a las garantías establecidas en el derecho internacional para la protección de los derechos de los acusados, procesados y condenados; las reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos, y la protección de todas las personas contra la tortura y otros tratos y penas crueles, inhumanos o degradantes.

204.En la Facultad de capacitación de oficiales de los órganos del Ministerio del Interior se efectúan reuniones periódicas de capacitación y recalificación. En los planes de estudios temáticos acordados con los servicios interesados del Ministerio del Interior se prevé impartir un total de 176 horas lectivas, incluidas clases sobre los temas Normas internacionales de derechos humanos en el marco de las actuaciones penales y Aplicación de las normas de la Ley de procedimiento penal sobre la admisibilidad de las pruebas, de conformidad con la Resolución Nº 12 del Pleno del Tribunal Supremo de la República de Uzbekistán, de 24 de septiembre de 2004.

205.La capacitación sobre garantías de los derechos humanos en la actividad de los órganos del Ministerio del Interior, en la que se tiene en cuenta el estudio de las normas internacionales de derechos humanos, se destina en primer lugar a los funcionarios encargados directamente de la investigación de delitos, en particular, oficiales investigadores, inspectores de la policía judicial y de lucha contra el terrorismo, inspectores zonales de prevención y personal del sistema penitenciario.

206.El Centro de formación de especialistas en derecho es la institución docente estatal encargada de la capacitación y recalificación de los funcionarios de los órganos de justicia, los tribunales, la abogacía, los profesores de derecho y el personal de los servicios jurídicos.

207.El Centro dedica especial atención a la difusión de conocimientos sobre el sistema de normas de derecho internacional para la protección de las libertades y los derechos humanos. El plan de estudios incluye los programas La legislación nacional de la República de Uzbekistán y las normas internacionales en el ámbito de la justicia, Fundamentos del derecho humanitario internacional, Fundamentos jurídicos de la lucha contra el delito internacional, Lugar y función de las normas internacionales respecto de la protección de los derechos humanos en la actividad de los órganos encargados de hacer cumplir la ley, La legislación nacional de la República de Uzbekistán y las normas del derecho internacional relativas a los derechos humanos y Estatuto jurídico de la población en el derecho internacional.

208.Los alumnos reciben clases sobre los aspectos teóricos y prácticos de la inclusión de las normas internacionales en la legislación nacional, en particular, los derechos a la vida, a la libertad y la integridad física, a la defensa del honor y la dignidad, a la intimidad, a un juicio imparcial y a la presunción de inocencia, a protección contra la tortura, y a la libertad de pensamiento, expresión, convicciones, conciencia y culto.

209.En virtud del Decreto del Presidente de la República de 7 de noviembre de 2007 relativo al establecimiento de los cursos superiores de la Fiscalía General de la República de Uzbekistán, se disolvió el Centro de asuntos relativos al fortalecimiento de la legalidad y al perfeccionamiento del personal de la Fiscalía y sobre su base se crearon los cursos superiores de la Fiscalía General.

210.El programa de recalificación de los dirigentes tiene seis meses de duración, y el de capacitación, un mes como máximo.

211.En los últimos tres años (de 2005 a 2007) en el Centro se impartieron clases sobre los temas Normas internacionales de administración de justicia de menores, Problemas de la aplicación del procedimiento de hábeas corpus en la etapa de las diligencias previas, Interacción de los órganos de la Fiscalía y del Ombudsman para la garantía de los derechos y las libertades de los ciudadanos, Instrumentos de derecho internacional en el ámbito de la dimensión humana y Normas de las Naciones Unidas relativas los funcionarios encargados de la investigación e instrucción de delitos.

212.En el plan de estudios del Instituto del Servicio de Seguridad Nacionalse incluye el estudio de la asignaturaDerechos humanos como disciplina independiente, con una duración de 24 horas lectivas.

213.Las clases de esta asignatura se imparten con una perspectiva interdisciplinaria e incluyen los aspectos generales de los derechos humanos y los requisitos prácticos específicos de su observancia, que deberán cumplir los futuros miembros de los órganos del Servicio de Seguridad Nacional en su actividad dirigida a hacer cumplir la ley.

214.Además del estudio de esta disciplina independiente, algunos aspectos de los derechos humanos se examinan en otras disciplinas jurídicas, como Teoría del Estado y el derecho, Derecho penal, Derecho administrativo, Derecho civil y Procedimiento civil.

215.En el Instituto funciona el Centro de derecho de los conflictos armados, en el que también se imparten clases sobre derechos humanos.

216.El estudio de las normas internacionales de derechos humanos, además de estar incluido en la capacitación del personal de investigaciones y de los jueces, figura en el plan de estudios de las instituciones docentes del Ministerio de Defensa de la República de Uzbekistán. Este tema comenzó a impartirse en el año escolar 2005 como asignatura opcional, y desde 2006, en el ciclo Fundamentos del derecho militar se incluyeron los acápites Derecho humanitario y Derecho de los conflictos armados, en los que se dedican de 10 a 12 horas a los temas de derechos humanos.

217.En la formación y recalificación de los médicos del sistema del Ministerio de Salud Pública se dedica atención concreta al estudio de los derechos humanos. En particular, en todos los centros de enseñanza de la medicina de nivel medio, en las clases de la asignatura Medicina forense se explican los derechos del especialista y el perito, así como de la persona que es objeto del examen forense. Se imparte también la asignatura Fundamentos jurídicos del ejercicio de la medicina. En ese sentido se dedica atención especial a las cuestiones relacionadas con los derechos y las libertades de las personas, incluidos los derechos a la vida, a la libertad y la integridad física, la defensa contra los atentados y la inadmisibilidad de la utilización de la tortura y la violencia. Asimismo, se aclara por qué es inadmisible realizar experimentos médicos o científicos en seres humanos sin su consentimiento. Estas cuestiones se examinan desde la perspectiva del paciente y del personal médico.

Estudio de los derechos humanos en las instituciones de enseñanza de los distintos niveles (escuelas, liceos, institutos y universidades)

218.De conformidad con las disposiciones del Oliy Maylis sobre el programa nacional de elevación de la cultura jurídica de la sociedad, y sobre el programa nacional de formación profesional y la Ley de la educación, en la República se ha creado un sistema de enseñanza y educación jurídica permanentes que consta de las siguientes etapas:

Etapa I:educación jurídica en la familia;

Etapa II:educación y enseñanza iniciales en las instituciones de enseñanza preescolar;

Etapa III:educación jurídica en las instituciones de enseñanza media;

Etapa IV:educación y formación jurídica en liceos académicos e institutos profesionales;

Etapa V:educación y formación jurídica en centros de enseñanza superior.

219.La primera etapa de la enseñanza y la educación jurídicas se inicia en el hogar. Como la familia es la célula fundamental de la sociedad, se considera que es la base de la formación de la personalidad del niño y de su pleno desarrollo espiritual. Dados sus objetivos y cometidos, la familia tiene un lugar especial en la formación y el desarrollo de la educación y la enseñanza jurídicas en cada etapa de este proceso continuo.

220.En las instituciones preescolares, la enseñanza y la educación jurídicas se inician mediante clases y juegos cotidianos. Estas clases se destinan a los niños de los grupos intermedios, superiores y preparatorios. En el año los grupos intermedios y superiores reciben 16 clases de Lecciones sobre la Constitución en forma de juegos, y realizan 7 actividades matutinas y 2 recreativas sobre este tema; los grupos preparatorios también reciben 16 horas de clases y realizan 8 actividades matutinas y 2 recreativas.

221.Del primero al cuarto grado de las escuelas de enseñanza media general se introducen los conceptos de ley, deber y obligación, teniendo presentes las particularidades de la edad de los alumnos. Se dedican 40 horas lectivas al año al estudio de la asignatura Abecé de la Constitución.

222.Del quinto al séptimo grados de la enseñanza media general, este contenido se hace más complejo con la inclusión de ejemplos reales de la relación mutua entre el Estado y las personas, se introducen los temas de la independencia personal, la igualdad de derechos, la libertad de expresión, la libertad para recibir información, y la responsabilidad penal de los ciudadanos menores de edad. En cada grado se dedican 51 horas anuales al curso Viaje al mundo de la Constitución.

223.En el octavo y noveno grados de las escuelas de enseñanza media general la principal misión de la educación y la enseñanza jurídicas consiste en:

a)Inculcar a los alumnos un sistema de conocimientos sobre el desarrollo socioeconómico, politicojurídico y cientificocultural del Estado;

b)Formar a personas de pensamiento creador, capaces de expresar su actitud ante los problemas de la vida.

224.En cada uno de estos grados se dedican 34 horas anuales al estudio de los Fundamentos del derecho constitucional.

225.En los grados 10º y 11º de la enseñanza general se imparten conocimientos sobre las ramas del derecho en las clases de Estudios del derecho, a las que se dedica un total de 68 horas.

226.En noviembre de cada año, el Ministerio de Educación Nacional, conjuntamente con las filiales regionales del Fondo para la Infancia, celebra en todas las escuelas, instituciones extraescolares y clubes Mejrabonlik la semana de estudio de la Convención sobre los Derechos del Niño, durante la cual se celebran los concursos ¿Conoces tus derechos? y ¿Qué es el derecho?

227.Desde 2005 con la asistencia del UNICEF conjuntamente con el Ministerio de Educación Nacional se está aplicando el programa Escuela amiga del niño, destinado a que los maestros y alumnos adquieran conocimientos que les permitan resolver los problemas de forma amistosa y tolerante, evitando situaciones de conflicto, y que los maestros estén mejor informados sobre la inadmisibilidad de la aplicación de tratos crueles a los alumnos.

228.De conformidad con las normas estatales de educación, en los planes de estudio de los centros de enseñanza superior y media especializada se incluye también el estudio de los derechos humanos en el marco de las siguientes asignaturas:

-Para los estudiantes de cuarto año de bachillerato: Derechos humanos, (81 horas), Estudio del derecho y Constitución de la República de Uzbekistán (108 horas), y Derecho constitucional (120 horas);

-Para los estudiantes del segundo año de estudios de maestría: Derechos humanos (40 horas) y Constitución de la República de Uzbekistán (27 horas);

-Para los estudiantes de los liceos académicos e institutos profesionales se imparten los cursos Estudio del derecho y Constitución de la República de Uzbekistán con un total de 80 horas lectivas.

Labor de concienciación sobre las cuestiones relativas a los derechos humanos con la ayuda de los medios de difusión

229.La Empresa de Radio y Televisión de Uzbekistán se encarga de garantizar que en los canales de radio y televisión de la República se den a conocer las cuestiones más importantes del desarrollo sociopolítico y socioeconómico del país y de la defensa de las libertades y los derechos humanos. La Empresa procura que la población reciba información amplia y periódica sobre derechos humanos mediante la producción de diversos programas de radio y televisión y su difusión en estos medios. En este sentido en los últimos años se observa un aumento sostenido de los indicadores de cantidad y calidad de los programas de radio y televisión dirigidos a garantizar los derechos económicos, sociales, culturales, individuales y políticos. Se dedica atención constante a mejorar la operatividad, el contenido y la claridad de los distintos programas dirigidos al examen amplio de los problemas relacionados con la elevación del nivel de instrucción de los ciudadanos y su cultura política y jurídica.

230.La mayoría de los programas de radio y televisión dedicados a los derechos humanos se produce y difunde por el canal de radio y televisión O'zbekiston. Entre 2005 y 2007 se dedicaron a este tema 1.837 programas. Se transmitió un total de 752 ciclos de programas de radio y televisión sobre la garantía de los derechos económicos, sociales, culturales, individuales y políticos; en 414 programas de radio y televisión se examinaron aspectos relativos a los tratados internacionales de derechos humanos, y se difundieron 2.820 cuñas informativas sobre esta cuestión. Cabe señalar que se han transmitido sistemáticamente documentales y reportajes sobre ese tema, en particular en los programas informativos Аjborot, Таjlilnoma, Аssalom Uzbekiston! y Окshom-tulkinlarida.

231.Asimismo, por los canales de televisión Yoshlar, Sport y Toshkent se transmiten programas periódicos dedicados a los derechos humanos. En 2007 se ofreció un total de 410 programas de radio y televisión (se transmitieron sistemáticamente documentales y reportajes sobre el tema por los programas informativos Davr, Davr jafta ichida, Poytajt y Mash'al ly y Yoshlar), y por los canales de radio y televisión Sport y Toshkent, 84 y 34 respectivamente.

232.Se presta gran atención a la producción de cuñas informativas y materiales de sensibilización sobre derechos humanos. Las 29 cuñas transmitidas se dedicaron a nueve temas fundamentales, a saber: protección de los derechos del consumidor, ecología y salud, apoyo a los estudiantes talentosos, becas estudiantiles; apoyo a la actividad empresarial, apoyo a los niños huérfanos y a los niños con discapacidad; cultura y arte, apoyo a los maestros y apoyo a las mujeres.

233.En la República de Uzbekistán se publican más de 30 revistas y periódicos de carácter jurídico sobre temas relativos a la defensa de los derechos.

234.Se ha creado una base informativa de la legislación vigente en Uzbekistán que está disponible en Internet.

Papel de la sociedad civil en la promoción y la defensa de los derechos humanos

235.En Uzbekistán se han creado más de 5.000 organizaciones sociales de ciudadanos, muchas de las cuales poseen representaciones regionales y locales y un conjunto de derechos y obligaciones que les permiten participar activamente en la reforma de la sociedad.

236.En el marco de la reforma administrativa que se lleva a cabo en Uzbekistán se dan pasos prácticos para democratizar la actividad de asesoramiento en materia de dirección. Como formas eficaces de asesoramiento mutuo entre los órganos del poder ejecutivo y las organizaciones de la sociedad civil, se crean grupos de trabajo conjuntos con las organizaciones sociales; los representantes de estas organizaciones se incorporan a los mecanismos deliberativos adscritos a los órganos del poder ejecutivo, se crean comisiones sociales para velar por el cumplimiento de programas específicos y se estudian las cuestiones relativas al acceso de las organizaciones sociales sin fines de lucro a procedimientos concretos relacionados con la utilización de los recursos presupuestarios.

237.Entre las formas de organización jurídica de la participación de los ciudadanos en la dirección del Estado adquiere cada vez más importancia la evaluación del público sobre las decisiones de los órganos del poder ejecutivo. En este contexto, las organizaciones sociales dedicadas al medio ambiente tienen derecho a recomendar que sus representantes participen en la evaluación del medio ambiente que realiza el Estado, así como a realizar su propia evaluación del medio ambiente (que se convierte en una obligación vinculante una vez que los órganos especializados del Estado confirman sus resultados); así como a exigir que el Estado efectúe una evaluación del medio ambiente.

238.Últimamente en la actividad del Oliy Maylis de la República de Uzbekistán se está ampliando la utilización de evaluaciones independientes de los proyectos de ley con la participación de organizaciones autónomas.

239.Las instituciones nacionales de derechos humanos, como el Ombudsman y el Centro Nacional de Derechos Humanos desarrollan y amplían la cooperación con las ONG y con otras instituciones de la sociedad civil.

240.Estas instituciones contribuyen al perfeccionamiento de la actividad de las ONG y las apoyan plenamente para que amplíen su eficacia el ámbito de los derechos humanos mediante:

-Seminarios y actividades de capacitación especiales para las ONG;

-La incorporación de las ONG en las actividades de información sobre derechos humanos organizadas para el personal de los órganos encargados de hacer cumplir la ley;

-La vigilancia del cumplimiento de la legislación sobre derechos humanos con la participación de las ONG;

-La inclusión de las ONG como ejecutantes en los planes nacionales de acción para el cumplimiento de las recomendaciones formuladas por los Comités de las Naciones Unidas como resultado del examen de los informes nacionales de Uzbekistán sobre el cumplimiento de sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos;

-La obtención de la información correspondiente sobre la observancia de los derechos humanos, a fin de incluirla en los informes nacionales de Uzbekistán sobre la garantía de los derechos humanos;

-La celebración de actividades conjuntas de sensibilización encaminadas a ampliar los conocimientos de la población sobre derechos humanos.

241.En Uzbekistán las actividades de defensa de los derechos recaen principalmente sobre los activistas de diversas ONG que no sólo defienden los derechos de sus miembros, sino que han llegado a entender la importancia de que en el país se establezca un sistema de vigilancia y control sociales sobre la actividad de los órganos del Estado. Se trata, en primer lugar, de ONG dedicadas a los niños, las mujeres, al medio ambiente, a las personas con discapacidad y a los ancianos, centros sobre cuestiones de género y sociedades profesionales, fundaciones, asociaciones, uniones y comités que agrupan a los ciudadanos según sus intereses

242.Entre las ONG realizan una gran contribución en la defensa de los derechos de los ciudadanos la Sociedad Internacional de la Media Luna Roja, la Sociedad de Ciegos, la Sociedad de Sordos, la Sociedad de Discapacitados, la Federación de Sindicatos de Uzbekistán, la Fundación Majallia, el Fondo Internacional e Intergubernamental Ecosan, la Fundación internacional no gubernamental Soglom Avlod Uchun, el Fondo Nuroniy, el Centro para el estudio de los derechos humanos y el derecho humanitario, el Centro para el estudio de la opinión pública Ijtimoi fiar, la Asociación de Jueces de la República de Uzbekistán, la Asociación de EmpresariasTadbirkor Ayol, el Colegio de Abogados de Uzbekistán, el Comité de la Mujer de Uzbekistán, la Cámara de Comercio e Industria de Uzbekistán, la Asociación de Abogadas de Uzbekistán, la Asociación de ONG de mujeres Mejr, la Asociación de Científicas Olima, y el Movimiento Social Juvenil Kamolot, entre otros.

243.Constituyen una importante vía para contribuir a la aplicación de las normas internacionales de derechos humanos en Uzbekistán las investigaciones que llevan a cabo algunas ONG para determinar las causas y condiciones que propician la violación o limitación de los derechos de algunas categorías de ciudadanos.

244.En particular, en 2005 el Centro no gubernamental científicopráctico "Oila", conjuntamente con el Fondo para la Infancia, realizó una investigación sobre las cuestiones de los niños con discapacidad, en la que se analizaron los resultados de la supervisión de la labor de los hogares infantiles Muruvvat y las escuelas internas de Tashkent, a fin de determinar en qué medida los niños con discapacidad estaban ejerciendo sus derechos a la educación, la atención médica y la satisfacción de sus necesidades culturales.

245.En el mismo año, el Centro no gubernamental de estudio de los problemas jurídicos, con el apoyo de la OIT, analizó la legislación vigente y los mecanismos de cumplimiento de la ley de Uzbekistán, a fin de determinar hasta qué punto se ajustaban a los Convenios de esa Organización.

246.Las investigaciones que realizan las ONG contribuyen a revelar oportunamente los factores que impiden asegurar el ejercicio de los derechos humanos, y a esclarecer las causas y condiciones que propician la violación de los derechos de ciertas categorías de ciudadanos, así como a formular propuestas para perfeccionar la legislación y la aplicación de la ley en materia de derechos humanos.

247.Las ONG participan activamente en la elaboración y el perfeccionamiento de proyectos de ley encaminados a determinar el estatuto jurídico de las ONG y sus relaciones con el Estado. Las ONG participaron directamente en el examen de las siguientes leyes:

-Ley de las agrupaciones sociales;

-Ley de las organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro;

-Ley de los órganos de autónomos de los ciudadanos;

-Ley de fundaciones sociales;

-Ley del Comisionado para los Derechos Humanos (Ombudsman) del Oliy Maylis;

-Ley de garantías de las actividades de las organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro;

-Ley de actividades benéficas;

-Ley de las garantías de los derechos del niño;

-Ley de los medios de difusión.

D. Adelantos en la presentación de informes a nivel nacional

248.De conformidad con una resolución del Gobierno, el Centro Nacional para los Derechos Humanos de Uzbekistán se ocupa de recopilar la información y preparar los informes nacionales de conformidad con lo dispuesto en los tratados internacionales sobre derechos humanos. El Centro Nacional es un organismo jurídico que se ocupa de elaborar los informes nacionales sobre el cumplimiento de las obligaciones contraídas por la República de Uzbekistán en materia de derechos humanos.

249.En los diez años que lleva funcionando, el Centro Nacional para los Derechos Humanos ha logrado crear un sistema adecuado de recopilación y análisis de la información que se proporciona en los informes nacionales sobre derechos humanos, lo que le ha permitido redactar y enviar oportunamente sus propios informes a los órganos creados en virtud de tratados de las Naciones Unidas.

250.Los informes nacionales se preparan sobre la base de los siguientes documentos:

a)Normativas que rigen la presentación de informes a los órganos encargados de la vigilancia del cumplimiento de los tratados internacionales sobre derechos humanos;

b)Observaciones generales formuladas por los comités creados en virtud de tratados;

c)Observaciones finales de los órganos creados en virtud de tratados sobre los resultados de su examen de los informes periódicos de la República de Uzbekistán;

d)Tratados internacionales sobre derechos humanos;

e)La práctica más reciente en materia de aplicación y protección de los derechos.

251.Desde su fundación, el Centro Nacional para los Derechos Humanos de Uzbekistán ha elaborado procedimientos especiales para la preparación de los informes nacionales sobre el cumplimiento a nivel nacional de las obligaciones contraídas en materia de derechos humanos. La aplicación de estos procedimientos ha evolucionado en varias etapas:

-Recepción de la comunicación del comité correspondiente de las Naciones Unidas acerca de la necesidad de que la República de Uzbekistán presente informes nacionales que serán examinados en determinado período de sesiones de ese comité;

-Creación de un grupo de trabajo del Centro Nacional encargado de preparar un proyecto de informe nacional;

-Solicitud de información analítica, estadística y de expertos de los organismos estatales y las ONG pertinentes, que el Centro Nacional utilizará para la redacción de los correspondientes capítulos del informe nacional;

-Preparación del proyecto de informe nacional sobre la base de la información recibida, de conformidad con los requisitos establecidos por las Naciones Unidas para la preparación de informes;

-Envío del proyecto de informe nacional para su examen por los expertos de los órganos estatales y no gubernamentales pertinentes;

-Revisión del proyecto de informe nacional, teniendo en cuenta las observaciones y recomendaciones de esos órganos;

-Preparación de la versión definitiva del informe nacional y envío al Ministerio de Relaciones Exteriores para que lo remita al comité correspondiente, según las normas establecidas;

-Recepción del mensaje del comité, en que se notifica la fecha de examen del informe nacional y del cuestionario del Presidente del comité relacionado con el examen del informe en ese período de sesiones;

-Remisión del cuestionario del Presidente del comité a los órganos estatales y no gubernamentales pertinentes y recepción de sus respuestas;

-Preparación de las respuestas al cuestionario del Comité para apoyar el examen del informe nacional de Uzbekistán y envío al Ministerio de Relaciones Exteriores para que las remita al comité correspondiente;

-Examen del informe nacional de Uzbekistán en el período de sesiones del Comité y respuesta a las preguntas de los miembros del Comité;

-Recepción de las observaciones finales y las recomendaciones del comité sobre los resultados de su examen del informe nacional;

-Preparación de respuestas a esas observaciones y envío al Ministerio de Relaciones Exteriores;

-Preparación del plan de acción nacional para aplicar las recomendaciones del Comité;

-Vigilancia permanente de la aplicación de las disposiciones del plan de acción nacional en cumplimiento de las recomendaciones del Comité.

252.Como se evidencia en esa lista, la preparación de los informes nacionales relativos al cumplimiento por la República de Uzbekistán de sus compromisos internacionales es una actividad fundamental que el Centro Nacional para los Derechos Humanos lleva a cabo concienzudamente y la demostración del sistema de análisis y coordinación establecido para el cumplimiento de las funciones que se le han encomendado. La preparación de ese importante documento de carácter nacional toma mucho tiempo y requiere esfuerzos de muchos órganos estatales, ONG, centros de investigación científica, especialistas y expertos de distintos sectores.

253.Este procedimiento complejo y apoyado en un sistema para la preparación del informe nacional se debe complementar con el principio de transparencia y objetividad en la presentación de la información y la combinación armónica de las fuentes de información enviada tanto por los órganos estatales como por las ONG. Esta es precisamente la forma de proceder respecto de la información que utiliza el Centro Nacional al preparar sus informes. Además se atribuye gran importancia a los materiales obtenidos de investigaciones a fondo de carácter científico y sociológico realizadas.

254.Tras analizar distintas opiniones sobre determinados aspectos de la garantía de los derechos humanos y diversas interpretaciones de las definiciones y categorías relacionadas con los derechos humanos, el Centro Nacional para los Derechos Humanos destaca en su informe la evolución del pensamiento sociopolítico y jurídico sobre los distintos aspectos de los derechos humanos y procura que los organismos internacionales lleguen a conocer hasta dónde se ha avanzado en el ejercicio, la observancia y la protección de los derechos humanos en Uzbekistán.

255.En la preparación de los informes se atribuye suma importancia a explicar en detalle los mecanismos jurídicos y organizativos con que se garantizan en Uzbekistán los derechos humanos. En el informe se explica en detalle la legislación, se señalan los objetivos y las tareas de las instituciones encargadas de llevar a la práctica las disposiciones jurídicas sobre derechos humanos y se informa acerca de las formas y tendencias de la coordinación de la actividad de los órganos estatales responsables de garantizar los derechos humanos. Precisamente esa información presenta una imagen clara de los mecanismos nacionales de derechos humanos y de la eficacia de la aplicación de las normas internacionales en esa esfera.

256.Los planes de acción nacionales para aplicar las observaciones finales de los órganos de las Naciones Unidas creados en virtud de tratados son aprobados por el Grupo de trabajo interinstitucional encargado de estudiar la situación de la observancia de los derechos humanos por parte de los organismos de la administración pública, creado en virtud de la Resolución Nº 12-R del Gobierno del país el 24 de febrero de 2004.

257.Las actas de las sesiones y las decisiones adoptadas por el Grupo de trabajo interinstitucional se utilizan en la preparación de los informes nacionales. En las distintas etapas de preparación de los informes, el Grupo de trabajo interinstitucional delibera sobre los proyectos. Las decisiones que adoptan los órganos interinstitucionales creados por resolución del Consejo de Ministros son de obligatorio cumplimiento para todos los órganos estatales que forman parte de ellos.

258.En julio de 2007 el Grupo de Trabajo había examinado y aprobado:

-El Plan de Acción Nacional para la aplicación de las recomendaciones del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas adoptadas tras el examen del segundo informe periódico de la República de Uzbekistán;

-El Plan de Acción Nacional para la aplicación de las recomendaciones del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas tras el examen de los informes periódicos primero y segundo de la República de Uzbekistán;

-El Plan de Acción Nacional para la aplicación de las recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de las Naciones Unidas formuladas tras el examen de los informes periódicos tercero a quinto de la República de Uzbekistán;

-El Plan de Acción Nacional para la aplicación de las recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de las Naciones Unidas;

-El Plan de Acción Nacional para la aplicación de las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño.

259.En la reunión del Grupo de trabajo interinstitucional, celebrada en diciembre de 2007, se examinaron los progresos alcanzados en el cumplimiento del Plan de Acción Nacional para la aplicación de las recomendaciones del Comité de Derechos Humanos.

260.Con miras a mejorar la actividad de preparación de los informes nacionales de Uzbekistán, que lleva a cabo el Centro Nacional para los Derechos Humanos en relación con el cumplimiento de los compromisos internacionales en la esfera de los derechos humanos, periódicamente se celebran mesas redondas y seminarios, en los que participan representantes de las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales y se analizan los problemas de actualidad relacionados con la aplicación de las recomendaciones de los órganos creados en virtud de tratados, así como algunos aspectos de los planes de acción nacionales.

III. INFORMACIÓN SOBRE LA NO DISCRIMINACIÓN Y LA I GUALDAD Y SOBRE MEDIOS EFICACES PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS

261.En la Constitución de la República de Uzbekistán se consagra la idea de la igualdad ante la ley, la protección de las leyes en condiciones de igualdad y la prohibición de la discriminación. El texto del artículo 18 de la Constitución es el siguiente:

"Todos los ciudadanos de la República de Uzbekistán gozan de los mismos derechos y libertades y son iguales ante la ley sin distinción por razón del género, la raza, la nacionalidad, el idioma, la religión, el origen social, las creencias o la condición personal o social."

La Constitución dedica un artículo aparte a la igualdad de derechos del hombre y la mujer (art. 46).

262.En la Constitución se consagran todos los principios fundamentales de la igualdad ante la ley y de la prohibición de la discriminación dimanantes de los instrumentos internacionales a los que se ha adherido Uzbekistán. En la actualidad, la República de Uzbekistán es parte en los siguientes tratados internacionales por los que se prohíbe la discriminación, y aplica sus disposiciones: Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, Convención sobre la eliminación de la discriminación contra la mujer, Convención relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza, Convenio relativo a la discriminación en materia de empleo y ocupación, Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer, Declaración sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones. Además en su condición de miembro de la OSCE, la República de Uzbekistán ha contraído las obligaciones relacionadas con las minorías étnicas (artículo VII del Acta Final de Helsinki, 1975), así como en otros instrumentos de la OSCE sobre la dimensión humana.

263.El concepto de prohibición de la discriminación, reafirmado en el sistema jurídico de Uzbekistán, protege no solo los derechos de cada individuo, sino los de los grupos de ciudadanos como tales. El artículo 18 y el capítulo X de la Constitución de Uzbekistán tratan de las garantías de los derechos y las libertades de los ciudadanos y persigue el objetivo de crear el fundamento jurídico de la protección no solo de los derechos individuales sino de los colectivos, entendiéndose por estos últimos los derechos de categorías de población como son los jóvenes, los ancianos y los discapacitados.

264.El principio de igualdad de los ciudadanos ante la ley y la prohibición de la discriminación se reafirman también en leyes específicas que reglamentan los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales: el Código del Trabajo, el Código de la Familia, el Código Penal, las leyes sobre la enseñanza, los fundamentos de la política nacional para la juventud, el trato a los ciudadanos y otras. Dicho principio se consagra también en la jurisprudencia, incluso en el Código de Procedimiento Penal (art. 16), el Código de Procedimiento Civil (art. 6) y el Código de Procedimiento Administrativo (art. 7).

265.Los principios de no discriminación e igualdad de derechos se consagran no sólo en artículos concretos que los reafirman, sino que se garantizan mediante el ejercicio de todos los derechos y libertades establecidos en la Constitución como el derecho a la vida, a la libertad, a la seguridad y a la libertad de pensamiento. En el artículo 18 de la Constitución, no se establece el derecho a la igualdad por separado sino que se hace hincapié en la protección de todos los derechos humanos y las libertades.

266.En el sistema jurídico de Uzbekistán se prevén sanciones severas para los casos de violación de la igualdad de derechos de los ciudadanos. En el Código de Responsabilidad Administrativa de Uzbekistán se establece que la violación del derecho de los ciudadanos a la libre elección del idioma para la educación y la enseñanza, así como la interposición de obstáculos y limitaciones al uso del idioma, el desprecio por el idioma oficial o las otras lenguas de las naciones y etnias que habitan en Uzbekistán se castigarán con multas.

267.En el artículo 141 del Código Penal se prevén sanciones penales por la violación de los derechos de los ciudadanos. Además este tipo de violaciones son el objeto del capítulo VII del Código Penal, en el que se establecen las penas por violaciones de los derechos constitucionales y las libertades del ciudadano.

268.Cabe señalar que el concepto de discriminación que figura en el artículo 141 del Código Penal es prácticamente una cita textual del artículo 1 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial. La diferencia entre ambos consiste en que, según la Convención, la discriminación tiene por objeto: "anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural o en cualquier otra esfera de la vida pública". El hecho de que en las disposiciones del artículo 141 del Código Penal no se haga referencia al objeto de la discriminación no influye en la tipificación del acto propiamente dicho.

269.Según lo dispuesto en el artículo 156 del Código Penal, se aplicarán sanciones penales a todo acto que denigre premeditadamente el honor y la dignidad nacionales con el ánimo de instigar la hostilidad, la intolerancia o la animadversión hacia grupos de la población por motivo de su origen nacional, racial o étnico, así como la de restricción de derechos o el otorgamiento de privilegios, ya sea de manera directa o indirecta, por razón del origen nacional, racial o étnico.

270.El artículo 153 del Código Penal establece penas de privación de libertad de 10 a 20 años por genocidio, es decir, la imposición premeditada de condiciones de vida conducentes al exterminio físico, total o parcial, de personas de un mismo grupo nacional, étnico, racial o religioso, la reducción forzosa del número de nacimientos o la entrega de los hijos de determinado grupo de personas a otro, así como el ordenar que se cometan tales actos.

271.Para la prevención de la discriminación en todas sus formas y manifestaciones en el marco de la política estatal se aplican las medidas siguientes:

-En primer lugar, esta obligación se refleja en la prohibición de constituir partidos políticos según criterios raciales o étnicos (artículo 57 de la Constitución), organizaciones sociales que tengan por objeto instigar la animadversión racial o religiosa (artículo 3 de la Ley de organizaciones sociales).

-La prohibición de utilizar la religión para instigar la hostilidad, el odio o la animadversión interétnicos (artículo 5 de la Ley de libertad de conciencia y organizaciones religiosas de 1991 y enmienda de 1998).

-En tercer lugar, la prohibición de utilizar los medios de información para instigar el odio nacional, racial o religioso (Ley de los medios de comunicación de 1997).

-En cuarto lugar, la Ley sobre los principios y garantías de la libertad de información de 2002, que regula las relaciones en los medios de información en el marco del ejercicio del derecho constitucional de buscar, recibir, investigar, transmitir y difundir información libremente y sin trabas.

-En quinto lugar, la prohibición de limitar a los ciudadanos en el ejercicio de su derecho a elegir libremente el idioma que usan en el trato con otras personas, la educación y la enseñanza (artículo 24 de la Ley del idioma oficial de 1989 y enmiendas y complementos de 1995).

-En sexto lugar, el fomento de la igualdad del hombre y la mujer en la vida política y social. En ese sentido, según la Ley relativa a las elecciones al Oliy Maylis de la República de Uzbekistán, se establecen determinadas cuotas (no menos del 30%) del número total de candidatos a diputados propuestos por cada uno de los partidos políticos.

272.Desde hace algunos decenios, cada año se dedica a la solución de alguna tarea de importancia social y a la protección de determinados grupos vulnerables de la población. Por ejemplo, 1999 fue el Año de la mujer, 2000 el Año de la generación saludable, 2002 el Año de la protección de los intereses de las personas de tercera edad, 2006 el Año de las obras benéficas y los trabajadores de la medicina, 2007 el Año de la protección social, 2008 el Año de la juventud. En consonancia con las ideas y el símbolo del año, el Gobierno aprueba un programa nacional especial que contiene medidas y actividades encaminadas a apoyar a los correspondientes grupos vulnerables de la población y en el que se prevé la cuantía de los fondos concretos para la aplicación de esas medidas y la formulación de los instrumentos normativos y jurídicos correspondientes.

273.En el marco del programa estatal del Año de la protección social, 35.000 veteranos recibieron tratamiento médico en clínicas de rehabilitación, 50.000 familias necesitadas recibieron en propiedad varias cabezas de ganado, se crearon 3.000 puestos de trabajo para discapacitados con posibilidades de trabajar y se prestó ayuda material a 3 millones de ancianos, discapacitados y jubilados que viven solos y a familias necesitadas.

274.En el marco de ese programa se asignó el 40% del total de gastos del presupuesto estatal a la financiación de la enseñanza. Con arreglo a ese programa se repararon todos los hogares infantiles para niños huérfanos y discapacitados de Uzbekistán y se les dotó de muebles, equipo especial y transporte.

275.En años anteriores se adoptaron medidas análogas en relación con otros grupos vulnerables de la población.

276.El Fondo Nuroniy de Ayuda Social a los Veteranos apoyó la iniciativa del Movimiento Juvenil Kamolot de crear a nivel local grupos Zabota para prestar ayuda material y moral a ciudadanos discapacitados y veteranos de la guerra y del trabajo que viven solos. Bajo los auspicios de estos grupos, en 2007 se prestó atención a más de 23.000 ciudadanos. El Consejo de Ministros aprobó la Resolución Nº 520, de 7 de diciembre de 1999 titulada Programa de medidas para apoyar la protección social directa de ancianos jubilados y discapacitados que viven solos, 2000-2005 y el Presidente de la República aprobó la Resolución Nº 459, de 7 de septiembre de 2006, titulada Programa de medidas para seguir apoyando la protección social y los servicios sociales para ancianos, jubilados y discapacitados que viven solos en 2007-2010.

277.A los efectos de llevar a la práctica las medidas encaminadas a garantizar la igualdad, en el Parlamento de Uzbekistán se están redactando o aprobando los siguientes proyectos de ley sobre igualdad de oportunidades para hombres y mujeres y modalidades de asociación social.

IV. INFORMACIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES DEL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS

Artículo 1. Derecho a la libre determinación

1. Reconocimiento del derecho de los pueblos a la libre determinación

278.La República de Uzbekistán, en su condición de sujeto de derecho internacional con todos los fueros, reconoce que "el ejercicio y el respeto del derecho de libre determinación de los pueblos contribuyen al establecimiento de relaciones de amistad y de cooperación entre los Estados y al fortalecimiento de la paz y la comprensión internacionales". Uzbekistán se opone a todo acto que viole o socave, totalmente o en parte, la integridad territorial o la unidad política de los Estados independientes soberanos que observan los principios de igualdad y libre determinación de los pueblos y que, por consiguiente, tienen gobiernos que representan los intereses de toda la nación comprendida en su territorio sin distinciones de clase alguna. Uzbekistán reconoce el derecho de todos los pueblos a la libre determinación.

279.La política exterior de la República de Uzbekistán se basa en el principio de la igualdad soberana de todos los Estados, la no utilización de la fuerza o de la amenaza de utilizarla, la inviolabilidad de las fronteras, la solución pacífica de las controversias, la no injerencia en los asuntos internos de otros Estados y en otros principios y normas universales del derecho internacional (artículo 17 de la Constitución).

280.Según lo dispuesto en la Ley de fundamentos de la política exterior de Uzbekistán, de 26 de diciembre de 1996, la República de Uzbekistán establecerá con todos los Estados relaciones de igualdad y beneficio mutuo, que excluyan toda posibilidad de injerencia en los asuntos internos, menoscabo de la independencia y la soberanía e ideologización de las relaciones entre los Estados. Uzbekistán participará activamente en las actividades de las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales destinadas a la prevención y solución de conflictos en la región y más allá de sus límites.

281.La puesta en práctica en Uzbekistán del principio de respeto al derecho de los pueblos a la libre determinación está vinculada indisolublemente con el fortalecimiento de la paz mundial y la seguridad y con la observancia consecuente de los principios de derecho internacional que gozan del reconocimiento general de todos los Estados Partes en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

282.La libre determinación del pueblo de Uzbekistán se basa en la soberanía del Estado que es el portavoz por excelencia de la voluntad soberana del pueblo en su conjunto y de cada nación y nacionalidad que lo integran en particular.

283.De conformidad con el artículo 2 de la Constitución de Uzbekistán, "el Estado es la expresión de la voluntad del pueblo y sirve a sus intereses". Uzbekistán garantiza el respeto de los idiomas, las costumbres y las tradiciones de las naciones y nacionalidades que viven en su territorio y la creación de las condiciones para que se desarrollen. Según el artículo 8 de la Constitución, "el pueblo de Uzbekistán está integrado por los ciudadanos de la República de Uzbekistán, sea cual sea su nacionalidad". Todos los ciudadanos de la República de Uzbekistán tienen los mismos derechos y libertades en pie de igualdad ante la ley sin distinción por motivo de sexo, raza, nacionalidad, idioma, religión, origen social, convicciones, situación personal y posición social.

284.De conformidad con la Ley sobre los fundamentos de la independencia estatal de la República de Uzbekistán, de 31 de agosto de 1991, "la frontera estatal y el territorio de Uzbekistán son inviolables e indivisibles y no se podrán modificar sin el consentimiento libremente expresado de su pueblo".

285.Forma parte de la República de Uzbekistán la República soberana de Karakalpakstán, que tiene su propia Constitución, en la que se establece su estructura administrativa y territorial y el sistema de los órganos de administración estatal. Las relaciones entre la República de Uzbekistán y la República de Karakalpakstán están reglamentadas mediante acuerdos y tratados bilaterales. La República de Uzbekistán protege la soberanía de la República de Karakalpakstán (art. 70). En la Constitución de la República de Uzbekistán se establece el derecho de la República de Karakalpakstán de dejar de pertenecer a la República de Uzbekistán si así se determina en un referendo general del pueblo de Karakalpakstán (art. 74).

286.En Uzbekistán rige un solo espacio jurídico. La legislación uzbeka se aplica por igual en el territorio de la República de Karakalpakstán y las leyes de la República de Karakalpakstán no contradicen la legislación uzbeka. La República soberana de Karakalpakstán adopta su Constitución mediante sus representantes plenipotenciarios (la Constitución, aprobada el 9 de abril de 1993, fue enmendada y actualizada para seguir democratizando la estructura política de la sociedad, inicialmente el 26 de febrero de 1994 en el 15º período de sesiones de la 12ª legislatura del Consejo Supremo de la República de Karakalpakstán y posteriormente en los períodos de sesiones 4º y 13º de la primera legislatura del Jokargy Kenes (Parlamento) de la República de Karakalpakstán, el 31 de octubre de 1995 y el 15 de diciembre de 1997), resuelve de manera autónoma las cuestiones relativas a su estructura administrativa y territorial y establece el sistema de autoridades estatales y órganos administrativos de conformidad con el principio de la separación de poderes.

287.Las relaciones entre la República de Uzbekistán y la República de Karakalpakstán se rigen por tratados y acuerdos bilaterales. Las controversias entre ambas repúblicas deben resolverse mediante procedimientos de conciliación. Como sujeto de relaciones entre Estados, la República de Karakalpakstán tiene todos los atributos de un Estado: tiene sus propios órganos y tribunales superiores estatales y administrativos, establecidos de conformidad con su propia legislación. Los ciudadanos de Karakalpakstán son también ciudadanos de Uzbekistán y tienen los mismos derechos y obligaciones

2. Apoyo al ejercicio del derecho a la libre determinación

288.Dado que Uzbekistán es a la vez un Estado unitario y multiétnico, el concepto de "libre determinación" se interpreta como "libre determinación cultural" y se expresa en el apoyo a los esfuerzos de las minorías étnicas encaminados a preservar su identidad y simultáneamente su integración en la sociedad multiétnica de Uzbekistán (para más detalles, véase el artículo 27).

289.La formación de un Estado multinacional en Uzbekistán es el resultado de un proceso histórico de desarrollo durante muchos siglos. Según datos históricos, hace 100 años en el territorio del actual Uzbekistán vivían unas 70 naciones. Pasados 30 años la cifra aumentó a 91, en 1959 a 113 y en 1979 llegó a 123. Los datos del último censo de población realizado en la República en 1989 indican que actualmente viven 136 naciones y nacionalidades.

290.El enorme potencial y los excepcionales recursos minerales y otras riquezas naturales contribuirán al progreso del país y al aumento del bienestar del pueblo. Hoy día Uzbekistán se encuentra en una nueva etapa de reforma y modernización social, de realización de objetivos a largo plazo que garanticen un desarrollo acelerado, la prosperidad del país y su ingreso en el concierto de Estados desarrollados. La tarea primordial en la que se concentra la atención del Estado sigue siendo el aumento del nivel de vida de la población.

3. Fundamento económico del derecho del pueblo a la libre determinación y derecho a disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales

291.Uzbekistán posee una gran riqueza económica, es rico en recursos minerales, materias primas, combustible y recursos energéticos y laborales de gran utilidad.

292.Según el artículo 7 de la Ley sobre los fundamentos de la independencia estatal de la República de Uzbekistán, la propiedad es el principio material de la independencia de la República como Estado.

293.La tierra y su subsuelo, las aguas, los bosques, la fauna y la flora, los recursos naturales y de otra índole en el territorio de la República y sus valores intelectuales son patrimonio nacional y propiedad de Uzbekistán.

294.Los ciudadanos de Uzbekistán tienen derecho a disfrutar de las riquezas y los recursos naturales de todo Uzbekistán, incluidos los de la República de Karakalpakstán.

Artículo 2. Observancia y respeto por Uzbekistán de los derechos consagrados en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

1. Fundamentos jurídicos del respeto y las garantías consagrados en el Pacto sin discriminación de ningún tipo

295.Los derechos civiles y políticos fundamentales reconocidos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos se enuncian en la Constitución y otras leyes de Uzbekistán.

296.En el artículo 18 de la Constitución se estipula que todos los ciudadanos, sin distinciones por razones de sexo, raza, nacionalidad, idioma, religión, origen social, convicciones y situación personal y social, gozan de igualdad de derechos ante la ley y los tribunales.

297.En la Constitución se establecen los medios para la protección de los derechos y las libertades del ciudadano.

298.En el artículo 35 de la Constitución se reconoce el derecho de toda persona a presentar, a título personal o conjuntamente con otros, declaraciones, propuestas y denuncias a los órganos estatales, a las instituciones o a los representantes populares, y en el artículo 44 se garantiza a cada ciudadano la protección judicial de sus derechos y libertades, el derecho a denunciar en los tribunales los actos ilícitos de los órganos estatales, los funcionarios y las asociaciones públicas.

299.Según el artículo 44 de la Constitución, todos los ciudadanos tienen garantizada la protección jurídica de sus derechos y libertades, el derecho a denunciar ante los tribunales los actos ilícitos de los órganos estatales, los funcionarios o las asociaciones públicas. La práctica judicial de examen de las denuncias es un medio seguro de protección de los derechos de los ciudadanos frente a los actos ilícitos de los funcionarios. La garantía está en que las vistas de las causas se celebran en tribunales independientes que no están sujetos a la influencia ni a los intereses de las administraciones; el ciudadano se encuentra en igualdad de condiciones y tiene derecho a defender activamente sus propios intereses. Cuando se examina la denuncia de un ciudadano relativa a decisiones y actos de los órganos y los funcionarios, el tribunal comprueba la legalidad de los actos de los órganos de poder, revoca el acto ilícito y reclama daños y perjuicios al culpable.

300.El procedimiento que se sigue en estos casos está reglamentado por las normas del Código de Procedimiento Civil (arts. 264 a 268) y el Código de Responsabilidad Administrativa de Uzbekistán.

301.La Ley de enjuiciamiento de actos y decisiones que vulneran los derechos y las libertades de los ciudadanos (de 30 de agosto de 1995) garantiza el derecho de los ciudadanos a presentar denuncias ante los tribunales, si consideran que sus derechos y libertades han sido vulnerados por actos (decisiones) ilícitos de órganos estatales, empresas, instituciones, organizaciones, asociaciones públicas, órganos de autogobierno de los ciudadanos o funcionarios.

302.La Ley sobre el trato a los ciudadanos, de 12 de diciembre de 2002 no sólo reitera el principio de inadmisibilidad de la discriminación del ciudadano (art. 11), sino que prevé garantías en el trato de los distintos órganos y medios para la protección de este derecho: la obligatoriedad de admitir y examinar denuncias de los ciudadanos y el derecho a reclamar ante una instancia superior o directamente ante los tribunales en caso de denegarse la admisibilidad y el examen de la denuncia.

303.En el artículo 23 de la Constitución se estipula que, los extranjeros y los apátridas que se encuentran en territorio de Uzbekistán gozan de los derechos y libertades previstos en las normas de derecho internacional. Sus deberes son los que se establecen en la Constitución, la legislación y los tratados internacionales, en los que Uzbekistán es parte.

304.En la Constitución de Uzbekistán se establecen detalladamente las limitaciones de los derechos de los ciudadanos y de los extranjeros. Los extranjeros y los apátridas, al igual que cualquier ciudadano común, tienen derecho a la vida, a la libertad y a la inviolabilidad de la libertad personal, a la presunción de inocencia, a la protección contra la tortura y los atentados contra la vida personal; a la libertad de pensamiento, expresión y culto y también a la libertad de conciencia.

305.Los derechos de los extranjeros en Uzbekistán se ven limitados únicamente en los siguientes aspectos: el derecho a elegir y a ser elegidos, el derecho a ocupar puestos directivos en los órganos de poder estatal y en la administración y el derecho a circular libremente por el territorio nacional.

306.Los ciudadanos extranjeros también tienen el derecho de presentar denuncias ante los tribunales según las normas establecidas en la ley, a menos que en un tratado o acuerdo internacional suscrito por la República de Uzbekistán prevea otra cosa. Los apátridas tienen los mismos derechos que los ciudadanos uzbecos de presentar denuncias en los tribunales.

307.En consecuencia, los ciudadanos de Uzbekistán, los extranjeros y los apátridas tienen derecho a la protección judicial frente a cualesquiera actos (decisiones) ilícitos de órganos y funcionarios estatales y de otra índole, así como atentados contra su vida y salud, honor y dignidad, libertad personal y bienes y cualesquiera otros derechos y libertades.

2. Medios eficaces de protección jurídica contra la discriminación

308.En la Constitución de Uzbekistán y en los códigos administrativo, civil, penal, de la familia y otros, se establecen las garantías legislativas para la protección jurídica de las personas contra la discriminación.

309.En el Código Penal, el Código Civil, el Código de la Familia, el Código del Trabajo y otros y en las leyes de Uzbekistán figuran disposiciones relativas a la igualdad de los ciudadanos ante la ley sin ningún tipo de discriminación.

310.Con el objeto de proteger al ciudadano contra cualesquiera formas de discriminación, en Uzbekistán se establece la responsabilidad penal por las violaciones de los derechos civiles (artículo 141 del Código Penal), por la violación de las disposiciones sobre el trato a los ciudadanos (artículo 144 del Código Penal), por la violación del derecho al trabajo (artículo 148 del Código Penal) y se prevén las penas que se impondrán en caso de violación directa o indirecta o de restricción de los derechos civiles y políticos que tenga características de discriminación.

311.La responsabilidad administrativa por las violaciones de los derechos que infrinjan las disposiciones de la legislación nacional sobre idioma nacional (art. 42), trato a los ciudadanos (art. 43), denegación infundada de la admisión de documentos (art. 44), trabajo (art. 49), denegación de admisión al trabajo de ciudadanos asignados para ocupar puestos en la administración pública (art. 50), prevista en el Código de Responsabilidad Administrativa, contribuye a la prevención de posibles violaciones de las disposiciones de la Constitución y las leyes nacionales sobre inadmisibilidad de la discriminación.

3 . Información sobre los derechos consagrados en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

312.Cabe señalar que en Uzbekistán se ha creado un sistema de información y educación de los empleados públicos y de la población en general acerca de los derechos humanos consagrados en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Este sistema abarca también a los estudiantes de secundaria, institutos y centros de enseñanza superior; a los alumnos de escuelas medias especializadas y de las universidades; a los oyentes de cursos de readiestramiento y superación profesional que organizan los distintos ministerios y organismos administrativos del país.

313.En los centros de enseñanza preescolar, se imparten nociones de derechos humanos en las clases de Constitución para los grupos de nivel medio, intermedio y preparatorio (seis clases al año) en forma de juegos en horas de la mañana.

314.Los escolares de primero a 11º grados de enseñanza básica tienen la posibilidad de aumentar sus conocimientos de los derechos humanos y las leyes del país: en los primeros grados se imparten clases elementales sobre Constitución, que ocupa 40 horas lectivas al año; en los grados 5º a 7º se imparte Viaje al mundo de la Constitución, durante 51 horas al año; en 8º y 9º se imparte Fundamentos constitucionales de los derechos humanos durante 34 horas al año y en 10º y 11º grados, Ejercicio de los derechos, durante 68 horas en dos cursos.

315.El plan de estudios de cada grado incluye temas relacionados con los derechos humanos. Cuando se imparten las clases, los maestros invitan no solo a los padres sino a los representantes de majales, de las organizaciones sociales y de los organismos de orden público. En esas clases, los alumnos reciben información sobre la historia de la aprobación de la Convención sobre los Derechos del Niño, sus principios fundamentales, la importancia de ese documento internacional para la protección de los derechos del niño, así como sobre el contenido de la Ley nacional sobre garantías de los derechos del niño, aprobada en 2007.

316.El Ministerio de Educación, junto con las filiales regionales del Fondo para la Infancia de Uzbekistán, todos los años en noviembre organiza en todas las escuelas, instituciones extracurriculares y casas de rehabilitación de la Sociedad de Ayuda Mutua Mekhribonlik la semana de estudio de la Convención sobre los Derechos del Niño, durante la cual se celebran concursos como ¿Conoces tu derechos? y ¿Qué es un derecho?

317.En los cursos de superación profesional del profesorado se tratan temas relacionados con los derechos civiles y políticos y las libertades fundamentales. En 2005 participaron 4.291 maestros, en 2006 fueron 3.165 y en 2007 un total de 2.474 dirigentes y maestros de preescolar y de enseñanza elemental.

318.De conformidad con las normas nacionales sobre la enseñanza, en los planes de estudios de los centros de enseñanza media especializada y superior se incluyen las siguientes asignaturas:

-Para estudiantes del cuarto año de licenciatura: Derechos humanos durante 81 horas; Administración de justicia y Constitución de Uzbekistán, 108 horas; Derecho constitucional, 120 horas;

-Para estudiantes de segundo año de maestría: Derechos humanos durante 40 horas; Constitución de Uzbekistán, 27 horas;

-Para estudiantes de institutos y escuelas técnicas, dos cursos: Administración de justicia y Constitución de Uzbekistán durante 80 horas.

319.El curso de derechos humanos abarca los siguientes temas: conceptos fundamentales de la asignatura Derechos humanos; cuestiones relacionadas con los derechos humanos en la instrucción política y jurídica; condición jurídica de la persona y del ciudadano; generaciones de derechos humanos; instituciones internacionales de derechos humanos; colaboración regional entre los Estados en materia de derechos humanos; protección judicial de los derechos y las libertades de la persona y los ciudadanos; derechos de la mujer; derechos del niño; papel de las instituciones nacionales en la promoción de los derechos humanos y lugar que ocupan esas instituciones.

320.En el Centro Nacional de Perfeccionamiento Profesional de Abogados, adscrito al Ministerio de Justicia de Uzbekistán, se presta atención especial a las cuestiones relacionadas con la divulgación de los conocimientos sobre el sistema jurídico internacional de protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales. En el plan de estudios del Centro se incluyen programas de enseñanza sobre legislación nacional y normas internacionales en materia de justicia, fundamentos del derecho internacional humanitario, fundamento jurídico de la lucha contra la delincuencia internacional, lugar y función de las normas internacionales sobre protección de los derechos humanos en las actividades de los órganos encargados de hacer cumplir la ley, la legislación nacional de Uzbekistán y las normas internacionales de derechos humanos, condición jurídica de la población en el derecho internacional, Ley de Uzbekistán sobre introducción de enmiendas y adiciones a algunos instrumentos legislativos a propósito de la abolición de la pena capital: garantía del cumplimiento de los principios de imparcialidad y humanismo y la Ley sobre enmiendas y adiciones a algunos instrumentos legislativos en relación con el traspaso a los tribunales de la competencia de imponer penas de privación de libertad son la garantía de la legalidad y de la protección de los derechos humanos y las libertades civiles en la República de Uzbekistán, cuyo contenido refleja las disposiciones fundamentales del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

321.Cuando se elaboran programas de estudios de los cursos superiores para el personal de la fiscalía, se tienen en cuenta las normas de la Constitución y las leyes nacionales, así como las normas internacionales sobre derechos humanos y libertades fundamentales. En 2006 se dictaron 18 conferencias sobre los temas: Métodos de protección de los derechos e intereses de las empresas agrícolas; Métodos de supervisión fiscal de la garantía de los derechos humanos y las libertades civiles durante las actuaciones e investigaciones judiciales. Se dedicaron 1.410 horas a estos estudios, de las cuales más de 500 versaron sobre la protección de los derechos civiles.

322.En 2007 se organizaron 11 cursillos, en los que participaron 50 fiscales municipales y de distrito, 57 investigadores y fiscales adjuntos y se dictaron conferencias para 44 jóvenes especialistas y 66 secretarios encargados de comisiones sobre asuntos de la juventud. Se impartieron clases sobre los siguientes temas: Supervisión fiscal de la observancia de las leyes sobre derechos y libertades civiles y Cuestiones relacionadas con la protección social del ciudadano.

323.Entre 2005 y 2007, conjuntamente con representantes de la Academia del Ministerio del Interior de Uzbekistán, se celebraron cursillos prácticos regionales, con la participación también de trabajadores de los órganos de la fiscalía y del sistema penitenciario, en los que se impartió instrucción sobre normas internacionales relativas a los derechos de los reclusos. Gracias a estos cursillos, se formularon propuestas concretas encaminadas a mejorar el mecanismo de protección de los derechos y las libertades en los establecimientos penitenciarios.

324.Una de las actividades principales de los órganos judiciales es la participación en la labor de divulgación de los conocimientos jurídicos entre los ciudadanos. Todos los trabajadores de la enseñanza superior intervienen sistemáticamente en los medios de comunicación de masas, la radio y la televisión, publican folletos, libros y monografías.

Cuadro 28

2005

2006

2007

Total

Total de actividades

84

71

83

238

De ellas:

Conferencias, discursos

48

50

51

149

Medios de comunicación de masas

22

11

25

58

Radio

9

6

3

18

Televisión

5

4

4

13

325.De conformidad con el plan de estudios de enseñanza nocturna de la Academia del Ministerio del Interior de Uzbekistán, se imparten las siguientes asignaturas: Teoría general de los derechos humanos (40 horas), Actuaciones judiciales (180 horas), Derecho penal (270 horas) y Derecho internacional (50 horas) y Actuaciones preliminares de los órganos del interior (234 horas), teniendo en cuenta las particularidades profesionales de la preparación de especialistas para los órganos del Ministerio del Interior. Entre 2005 y 2007, participaron en esos cursos más de 2.000 oyentes a los que se instruyó sobre cuestiones de la aplicación de las normas jurídicas internacionales y la actividad de los órganos encargados de hacer cumplir la ley en Uzbekistán.

326.El Instituto de Ciencias Jurídicas de Tashkent, principal institución docente cuya tarea es el estudio y la divulgación de los conocimientos sobre derechos humanos, realiza su actividad docente basándose en los requisitos establecidos en los instrumentos internacionales de aplicación universal, a saber, la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Declaración y el Programa de Acción de Viena de 25 de junio de 1993.

327.En el plan de estudios del Instituto del Servicio de Seguridad Nacional se incluyen los derechos humanos como asignatura independiente que se imparte durante 24 horas lectivas. La enseñanza de esta asignatura se imparte en forma interdisciplinaria y abarca todos los aspectos generales de la teoría de los derechos humanos, así como los requisitos prácticos concretos de su observancia, por los que deberán guiarse los futuros funcionarios de los órganos del Servicio de Seguridad Nacional en su actividad cotidiana de aplicación de los derechos humanos. Además de esta asignatura independiente, en otras asignaturas de la instrucción jurídica se imparten conocimientos sobre los distintos aspectos de los derechos humanos como la teoría del Estado y el derecho, derecho penal, derecho administrativo, derecho civil, procedimiento penal y procedimiento civil.

328.En el Instituto del Servicio de Seguridad Nacional hay un Centro que se ocupa del derecho durante los conflictos armados, en el que también se imparten conocimientos sobre derechos humanos.

329.En la Academia de Construcción del Estado y la Sociedad, adscrita a la Oficina de la Presidencia de la República, se imparte la asignatura de derechos humanos para los oyentes de la Academia. En 2005-2007, se impartieron en la Academia cursillos prácticos y se organizaron encuentros en los que participaron colaboradores del PNUD en Uzbekistán; el especialista de la OIT en Uzbekistán; el coordinador en Uzbekistán del proyecto del Alto Comisionado para los Derechos Humanos en Asia central, un especialista de ese proyecto, el jefe interino del Centro de la OSCE en Tashkent, un especialista de ese Centro, especialistas de la representación del CICR en Asia central y otras personalidades. En 2006 se impartió capacitación sobre cuestiones relacionadas con la mujer en seis provincias de Uzbekistán para las jokims adjuntas, con una asistencia de 150 personas.

4. Maneras de acogerse a la protección jurídica de los derechos y las libertades civiles

330.En la República de Uzbekistán han seguido desarrollándose los medios de protección y reparación en casos de violación de los derechos civiles, como se explica a continuación.

331.En primer lugar, las demandas presentadas a los órganos estatales correspondientes que, con arreglo a la ley, admiten, examinan y resuelven sobre toda demanda civil tras la comprobación de los alegatos del demandante y el envío al interesado de una respuesta por escrito sobre las medidas adoptadas para el restablecimiento de sus derechos (protección administrativa). Según la Ley relativa al trato a los ciudadanos, queda prohibido presentar demandas ante los mismos órganos contra los cuales se denuncian decisiones y acciones, divulgar datos sobre la vida privada de los ciudadanos y hostigar al ciudadano y a sus familiares por haber presentado la apelación ante los órganos estatales. Los órganos estatales encargados de examinar las demandas de los ciudadanos están en la obligación de garantizar al demandante el derecho de utilizar los servicios de un abogado o de su representante, así como de adoptar medidas inmediatas para dejar sin efecto todo acto ilícito (negligencia) y disponer lo necesario para la debida indemnización por daños y perjuicios materiales y morales, que haya sufrido el ciudadano como resultado de la violación de sus derechos, libertades e intereses legítimos.

332.En segundo lugar, la interposición de denuncias ante un tribunal en relación con actos o decisiones ilícitos de órganos estatales o funcionarios públicos (protección judicial). Durante el primer semestre de 2007, los tribunales civiles celebraron audiencias sobre más de 283.000 causas. Se dio curso al 98% de las demandas. Mejoró ostensiblemente la calidad de las investigaciones de los casos. Si en el primer semestre de 2006 se rechazó el 0,7% de las demandas judiciales, la cifra actual es de 0,5%.

333.En tercer lugar, la presentación de demandas ante el Comisionado para los Derechos Humanos del Oliy Maylis ( Ombudsman ) en relación con violaciones de los derechos y las libertades civiles, cuando ya se han agotado todos los recursos antes mencionados y los medios de protección de sus derechos (protección extrajudicial). El Ombudsman está facultado para examinar denuncias de los ciudadanos uzbekos y de extranjeros y apátridas que residan en su territorio y llevar a cabo su propia investigación del caso. El Ombudsman no se ocupa de cuestiones relacionadas con la competencia de los tribunales. Tras verificar los argumentos expuestos por el demandante, remite sus conclusiones al órgano estatal correspondiente con sus recomendaciones para que se restablezcan sus derechos.

334.En 2006, la institución del Ombudsman recibió 7.655 comunicaciones, de ellas se presentaron 4.753 en la oficina central, 1.377 ante los representantes regionales, 878 por segunda vez, y por el teléfono de ayuda se atendieron 647 consultas jurídicas y solicitudes de aclaración. De las denuncias recibidas sobre violaciones de los derechos, las libertades y los intereses legítimos de los ciudadanos, se admitieron 1.434, de las cuales 351 se resolvieron satisfactoriamente.

335.El Comisionado para los Derechos Humanos preparó 17 conclusiones, de las cuales 10 se remitieron al Tribunal Supremo, 4 a la Fiscalía General de la República, 1 a la fiscalía provincial y al jokimato provincial de Samarcanda, 1 al tribunal provincial encargado de asuntos penales de Zhizak y 1 a la fiscalía provincial de Zhizak.

336.Las denuncias de los ciudadanos, en la mayoría de los casos, versaban sobre cuestiones relacionadas con los derechos sociales y económicos (1.563, o sea 33%), con el ejercicio del derecho a la vida, a la libertad y a la integridad personal, al trato humano y al respeto de la dignidad (1.104, o sea 23%) y con la celebración de un juicio imparcial (1.009, o sea 21%).

337.En 2007, en ejercicio de su derecho constitucional a presentar demandas ante distintos órganos estatales, 8.611 ciudadanos presentaron demandas y denuncias ante el Ombudsman, de ellas 1.244 ante los representantes regionales 7.367 ante la oficina central; además, 2.848 comunicaciones fueron enviadas por mujeres; 19 procedían de establecimientos penitenciarios y 1.250 se enviaban por segunda vez. En relación con 715 demandas presentadas por "teléfono de ayuda" se formularon recomendaciones y se prestó asesoramiento jurídico. De las denuncias de violación de los intereses legítimos de los ciudadanos presentados ante la oficina central del Comisionado para los Derechos Humanos, se admitieron 2.053. Además, ya se han examinado 1.499 demandas, de las cuales 360 quedaron resueltas satisfactoriamente.

338.El Comisionado para los Derechos Humanos recibió a los ciudadanos en distintos viajes a regiones del país para conocer sus demandas, en particular en Bujara, Namangan, Samarcanda, Fergana y Tashkent.

339.El Comisionado para los Derechos Humanos preparó ocho conclusiones, de las cuales se remitieron cuatro al Tribunal Supremo de Uzbekistán y una a la fiscalía provincial de Tashkent.

340.En las denuncias presentadas por los ciudadanos al Comisionado para los Derechos Humanos del Oliy Maylis de Uzbekistán, al igual que en 2006, la mayoría de los problemas planteados guardaban relación con el ejercicio de los derechos sociales y económicos (2.082, o sea 38,8%), la libertad e integridad personal, el trato humano y el respeto de la dignidad personal (1.210, o sea 22,5%), la observancia del derecho a la celebración de un juicio imparcial (1.164, o sea 21,7%).

341.En cuarto lugar, denuncias ante los órganos de la fiscalía que se encargan de vigilar el cumplimiento de las leyes en los ministerios y administraciones públicas, empresas, instituciones, organizaciones y jokims y supervisan la realización de las actuaciones preliminares en casos de delito y las condiciones de reclusión en los establecimientos penitenciarios. Los órganos de la fiscalía examinan las denuncias y demandas de los ciudadanos y adoptan medidas para restablecer sus derechos violados. Ante la existencia de pruebas, el fiscal está facultado para incoar una causa penal o presentar un trámite administrativo por violación contra las autoridades que violaron los derechos humanos, así como para presentar y apoyar una demanda ante los tribunales, si el ciudadano cuyos derechos han sido violados, por razones de salud o de edad, no estuviese en condiciones de reclamar personalmente sus derechos ante los tribunales.

Cuadro 29

Denuncias de actos ilícitos cometidos por empleados de los órganos judiciales y administrativos, interpuestas por los ciudadanos ante los órganos judiciales

Período

2005

2006

2007

Total de denuncias de actos ilícitos

3.070

2.275

2.385

Contra funcionarios de los órganos del Ministerio del Interior

2.292

1.737

1.728

Contra funcionarios de órganos de la fiscalía

107

51

19

Contra funcionarios del Servicio de Seguridad Nacional

15

10

4

342.El resto de denuncias por actos ilícitos se interpusieron contra funcionarios de otros órganos administrativos y encargados de hacer cumplir la ley.

343.Como resultado de las comprobaciones realizadas en relación con las denuncias mencionadas, se presentaron demandas judiciales por causas penales debido al uso de amenazas y otros métodos de coacción (artículo 235 del Código Penal): en 2005, 3 causas contra 5 personas, en 2006, 6 causas contra 9 personas y en 2007, 6 causas contra 14 personas.

344.Debido a que no pudieron comprobarse los hechos, se rechazó la interposición de demandas: en 2005 en relación con 1.203 denuncias; en 2006 en relación con 1.313 y en 2007 en relación con 1.292; respecto de las demás comunicaciones, se ofrecieron explicaciones o se remitieron a otras instancia de los órganos correspondientes.

345.En quinto lugar, en la Constitución y las leyes nacionales se establece que los órganos judiciales encargados de garantizar la protección de los derechos humanos y las libertades entenderán de las denuncias presentadas y realizarán un análisis objetivo de todos los aspectos de las denuncias de los ciudadanos sobre violaciones de sus derechos constitucionales y sus libertades y se adoptarán medidas al respecto de conformidad con lo dispuesto en las leyes.

346.Por ejemplo, en 2007 los órganos judiciales recibieron 4.302 denuncias y demandas de los ciudadanos, de las cuales se examinó el fondo de 4.260 (99,0%) y se atendieron 1.032 (23,9%), se ofrecieron aclaraciones de carácter jurídico en relación con 1.486 (34,5%), se rechazaron 363 y 1.309 se remitieron a los órganos correspondientes.

347.El análisis de las demandas recibidas demostró que la mayoría de los ciudadanos se quejaban del funcionamiento de los órganos encargados de las actuaciones preliminares y de la investigación de hechos delictivos, así como del examen de las causas por los tribunales civiles y penales y de las violaciones de los derechos en los tribunales administrativos. Del total de denuncias de los ciudadanos, 14,9% correspondía a disconformidad con el fallo del tribunal; 50,2% a otros asuntos, algunos de los cuales se referían a actos ilícitos realizados por funcionarios de los órganos encargados de hacer cumplir la ley.

348.El análisis general de la labor de atención de las demandas demostró que en el 31% de los casos es posible restablecer los derechos del demandante utilizando los medios de los órganos judiciales.

349.En la esfera de los derechos humanos en particular, con el objeto de eliminar las violaciones de la ley detectadas se formularon 725 recomendaciones. Por ejemplo, se suspendió el cumplimiento de dos fallos de los tribunales administrativos sobre violaciones de los derechos; se revocó la aplicación de 77 fallos, 20 de ellos por parte del jokimato, 11 por órganos encargados de hacer cumplir la ley, 15 por dependencias de salud pública, 4 por dependencias de trabajo y seguridad social; 2 por departamentos de educación y 25 por otros órganos y organizaciones; se aplicaron sanciones disciplinarias contra 1.028 culpables, entre ellos 153 funcionarios del jokimato, 109 de dependencias de trabajo y protección social, 91 de dependencias y departamentos de educación, 80 de dependencias de salud pública, 62 de órganos encargados de hacer cumplir la ley y 533 de otros órganos y organizaciones; se separó de sus cargos a 81 personas, de ellas 14 en el jokimato, 5 de dependencias de salud pública, 10 de dependencias de trabajo y seguridad social; 2 de departamentos de educación, 6 de órganos encargados de hacer cumplir la ley y 44 de otras organizaciones.

350.Además, con el fin de eliminar las violaciones de la ley que se han detectado, se pronunciaron 181 amonestaciones y 183 mandamientos judiciales en juicios sobre responsabilidad administrativa; 173 propuestas que sirvieron de base para exigir responsabilidad administrativa a 181 culpables y se presentaron 27 propuestas para que se exigiera responsabilidad penal a 18 personas.

351. Se presentaron ante los tribunales 1.400 demandas por un total de 617 millones de sum, de las cuales se admitieron 1.217 por un total de 569 millones de sum; aunque se han atendido en total 1.040 por valor de 461 millones de sum; en cumplimiento de fallos judiciales, en 57 demandas se exigió a 30 funcionarios el pago de indemnizaciones por daños materiales y morales por un total de 186.160 sum y 849.000 sum, respectivamente.

352.En sexto lugar, acceso a los servicios de abogados, que prestan asistencia letrada a personas físicas y jurídicas sobre la base del principio de independencia de los abogados, la observancia rigurosa de la ética profesional, el secreto profesional y la aplicación de métodos y medios de protección que no están prohibidos en la legislación. Actualmente en Uzbekistán funcionan 23 colegios de abogados, 348 bufetes y 438 notarías en las que trabajan 3.834 abogados. En la Ley relativa al ejercicio de la abogacía, de 27 de diciembre de 1996, y la Ley sobre garantías del ejercicio de la abogacía y la protección social de los abogados, de 25 de diciembre de 1998, así como en el Código de Procedimiento Civil, el Código de Procedimiento Penal y el Código de Procedimiento Administrativo, se establecen los derechos y deberes de los abogados.

353.En séptimo lugar, acceso a las ONG que, con arreglo a sus estatutos, están facultadas para defender los derechos de sus miembros (participantes). Por ejemplo, la Asociación Nacional de las ONG de Uzbekistán se ocupa de prestar apoyo multilateral a las ONG y contribuye a las actividades para las que fueron creadas y al fortalecimiento de su función en todas las esferas de la vida social. En 2007, el órgano ejecutivo de la Asociación prestó ayuda jurídica e informativa en relación con más de 1.500 comunicaciones (verbales y por escrito). Cuando la Asociación Nacional interviene en la solución de cuestiones y problemas que atañen a sus miembros, participa en las negociaciones con los órganos de poder estatal y las dependencias administrativas de manera tal que ayuda a desarrollar y perfeccionar el mecanismo de interacción entre las ONG y los órganos de poder estatal y realiza la función de intermediario y garante de la observancia de sus derechos.

Artículo 3. Garantía de la igualdad de derechos civiles y políticos para hombres y mujeres

354.Desde que se declaró Estado independiente, la República de Uzbekistán ha demostrado su adhesión a los principios de la igualdad entre los géneros. En 1995 Uzbekistán se adhirió a la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y empezó a desarrollar de forma sistemática las bases jurídicas e institucionales del mecanismo nacional para mejorar la situación de la mujer.

355.La adhesión a la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, así como a la Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer, el Convenio sobre la protección de la maternidad y la Plataforma de Acción de Beijing, aprobada en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, sentó las bases jurídicas internacionales necesarias para elaborar medidas nacionales concretas destinadas a aplicar las normas internacionales en la legislación y la práctica de los órganos del Estado.

356.Uzbekistán, como Estado signatario de la Declaración del Milenio, se ha comprometido también a incluir los objetivos de la Declaración en los programas de desarrollo del país y a cumplir con el cronograma para la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio hasta el año 2015, incluido el objetivo 3, "Promover la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer".

357.Las disposiciones de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer están recogidas en la Constitución de la República de Uzbekistán y en las leyes relativas a las elecciones, la familia, el derecho laboral, el derecho penal y el derecho administrativo, entre otras. Se promulgaron los decretos especiales del Presidente de Uzbekistán sobre el fortalecimiento del papel de la mujer en el desarrollo del Estado y la sociedad, de 2 de marzo de 1995, y sobre las medidas complementarias en apoyo de las actividades del Comité de la Mujer de Uzbekistán, de 24 de mayo de 2004, y el Consejo de Ministros de Uzbekistán aprobó las disposiciones correspondientes para dar cumplimiento a los decretos presidenciales antes mencionados.

358.La Constitución de Uzbekistán establece las bases de la igualdad de derechos entre los hombres y las mujeres, define los principios relativos a la protección de la maternidad y la infancia y, lo que es más importante, prohíbe la discriminación de las personas por motivo de sexo, edad, origen nacional, condición social o creencias religiosas. Las disposiciones de la Constitución no reflejan asimetrías entre los géneros y todos los ciudadanos gozan de los mismos derechos políticos y civiles, sociales, económicos y culturales.

359.En Uzbekistán existe un mecanismo jurídico con el fin específico de garantizar la igualdad de derechos de hombres y mujeres. En el artículo 46 de la Constitución se consagra la igualdad de derechos de hombres y mujeres y se establece un sistema de garantías para hacer efectiva dicha igualdad. Este sistema garantiza la igualdad de oportunidades entre el hombre y la mujer de participar en la vida social, política y cultural, acceder a la educación y la formación profesional y obtener un empleo y la remuneración correspondiente; la adopción de medidas especiales de protección del trabajo y la salud de la mujer; el pago de pensiones; la creación de condiciones que permitan a la mujer conciliar las responsabilidades del trabajo con las obligaciones de la maternidad; la protección jurídica; y el apoyo material y moral de la maternidad y la infancia, incluida la licencia de maternidad remunerada y otras prestaciones a las mujeres embarazadas y las madres. La igualdad entre los géneros se consagra, además, en el Código Civil, el Código del Trabajo, el Código de la Familia, el Código Penal y otros.

360.En Uzbekistán se han tipificado como delitos la violencia contra la mujer, la trata de mujeres y el acoso sexual: artículos 118, 119 y 121 del Código Penal (delitos contra la libertad sexual), artículos 128, 129 y 131 del Código Penal (delitos contra la familia, los jóvenes y la moral) y artículos 135 y 136 del Código Penal (delitos contra la libertad, el honor y la dignidad).

361.Un objetivo importante de la política del Estado es erradicar la discriminación contra la mujer en todas las esferas. A ese fin, el Centro Nacional para los Derechos Humanos de la República de Uzbekistán, conjuntamente con organismos del Estado, organizaciones sociales y ONG, elaboró un proyecto de ley sobre las garantías del Estado respecto de la igualdad de derechos y oportunidades para los hombres y las mujeres, que fue examinado por expertos nacionales e internacionales y enviado en marzo de 2006 a la Asamblea Legislativa del Oliy Maylis (Parlamento) de la República de Uzbekistán para su estudio. Dicha ley es de gran importancia para la solución de muchos problemas relacionados con el género y tiene por objeto reglamentar el fundamento jurídico para la prohibición de la discriminación directa, indirecta y soterrada por motivo de género y la violación de la igualdad de derechos en las esferas de la cultura y la educación, la planificación reproductiva y las relaciones familiares.

362.En Uzbekistán se ha creado un sistema de elaboración de informes nacionales sobre el cumplimiento de las disposiciones de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y de los planes de acción nacionales para la aplicación de las recomendaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. El primer informe nacional de Uzbekistán acerca de la aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer se elaboró en 1999 y fue examinado por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer el 29 de enero de 2001 en su 24º período de sesiones. Con el objetivo de aplicar las recomendaciones del Comité, se elaboró y aprobó el Plan de acción nacional para 2001-2006.

363.El 10 de agosto de 2006, en su 36º período de sesiones, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer examinó los informes periódicos segundo y tercero de la República de Uzbekistán acerca del cumplimiento de las obligaciones que le impone la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. El Comité de la Mujer y el Centro Nacional para los Derechos Humanos de la República de Uzbekistán, conjuntamente con los organismos del Estado y las ONG pertinentes, elaboraron el Plan de acción nacional para la aplicación de las recomendaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer para 2007-2010, en que se prevé la adopción de medidas concretas para fortalecer la participación de la mujer en todas las esferas de la vida nacional.

364.Gracias a las modificaciones introducidas en la legislación nacional por iniciativa de organizaciones gubernamentales y no gubernamentales dedicadas a la mujer y a la promulgación en 1995 y 2004 de los decretos especiales del Presidente de la República en apoyo de las ONG de mujeres y que se ocupan de promover la participación de la mujer en la vida política, aumentó considerablemente el número de mujeres diputadas. En el cuarto párrafo del artículo 22 de la Ley relativa a las elecciones al Oliy Ma y lis de la República de Uzbekistán, de 29 de agosto de 2003, se prevé que las mujeres constituyan el 30% del número total de candidatos a diputados al Parlamento propuestos por los partidos políticos. Actualmente 21 mujeres (18%) son diputadas de la Asamblea Legislativa, mientras que 15 mujeres (15%) sirven en el Senado del Oliy Ma y lis; en 1999 había un total de 12 diputadas. Son mujeres las que ocupan los cargos de Presidenta de la Asamblea Legislativa del Oliy M ay lis, de Plenipotenciaria del Oliy Maylis sobre derechos humanos y de Vicepresidenta del Senado del Oliy Maylis.

365.Las mujeres ocupan el 16% de los puestos de los órganos superiores del poder del Estado y el 15,2% de los puestos de los órganos legislativos y representativos locales.

Cuadro 30

Composición de los órganos estatales al 1º de enero de 2006

Desglose como porcentaje del total

Desglose por sexo

Mujeres

Hombres

Mujeres

Hombres

Total en los órganos de poder estatal

100,0

100,0

15,9

84,1

En órganos del poder legislativo y representativo

84,2

88,2

15,3

84,7

Oliy Maylis de la República de Uzbekistán, que incluye:

3,1

3,0

16,6

83,4

Asamblea legislativa

1,8

1,6

17,6

82,4

Senado

1,3

1,4

15,3

84,7

Jokargy Kenes de la República de Karakalpakstán

0,8

1,3

10,5

89,5

Consejos de los Diputados del Pueblo de las provincias y Tashkent

7,2

9,8

12,1

87,9

Consejos de diputados del pueblo de los distritos

59,8

63,1

15,2

84,8

Consejos urbanos de diputados del pueblo

13,3

10,9

18,8

81,2

En los órganos ejecutivos, que incluyen:

0,2

1,0

3,4

96,6

Consejo de Ministros de la República de Uzbekistán

0,1

0,5

3,4

96,6

Dirigentes del más alto nivel

0,1

0,1

11,1

88,9

Ministros y presidentes de comités estatales

-

0,4

-

100,0

En los órganos del poder judicial, que incluyen:

15,7

10,9

21,5

78,5

Tribunal Constitucional

0,3

0,2

23,5

76,5

Tribunal Supremo

0,6

0,4

23,3

76,7

Tribunal Administrativo Superior

0,8

0,9

13,8

86,2

Tribunales supremos de la República de Karakalpakstán, tribunales provinciales y urbanos de Tashkent; tribunales interregionales, regionales y municipales

12,3

7,9

22,8

77,2

Tribunales administrativos de la República de Karakalpakstán y las provincias

1,6

1,4

17,3

82,7

366.Se observa una tendencia al aumento del número de mujeres que se afilian a partidos políticos en Uzbekistán. Por ejemplo, en 2005 las mujeres constituían el 34,2% del total de miembros del Partido Demócrata Popular; 33,1% de los miembros del Partido Liberal Demócrata; el 45,6% de los miembros del Milliy Tiklanish; el 40,7% del Fidokorlar; y el 38% del Adolat.

367.En todos los partidos políticos del país se ha creado un "ala femenina" que realiza actividades encaminadas a preparar la participación de la mujer en las elecciones. Se ha creado un banco de datos de las dirigentes de partidos políticos y se realiza un análisis estadístico de la presencia de la mujer en sus filas. De gran importancia para el aumento de la actividad y los conocimientos jurídicos se considera la labor realizada por el club político el 14 de abril de 2006 en la Academia de Construcción del Estado y la Sociedad, adjunta a la Oficina del Presidente de la República.

368.Uzbekistán ha estado aplicando una política encaminada a aumentar el número de mujeres en los órganos del poder ejecutivo. Por ejemplo, actualmente las mujeres ocupan el 15,3% de los cargos de dirección de los órganos del poder ejecutivo, que se desglosa como sigue: 16,7% en el Consejo de Ministros, 12,5% en el Consejo de Ministros de la República de Karakalpakstán y 11,9% son jokims y jokims adjuntas de la ciudad de Tashkent.

Cuadro 31

Número de hombres y mujeres en cargos directivos por sector de actividad económica al 1º de enero de 2006

Personal directo

Porcentaje del total

Desglose por género (porcentaje)

Mujeres

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

Hombres

Total

49.009

130.396

100,0

100,0

27,3

72,7

Industria

5.816

25.439

11,9

19,5

18,6

81,4

Agricultura y silvicultura

460

10.600

0,9

8,1

4,2

95,8

Transportes

877

5.503

1,8

4,2

13,7

86,3

Comunicaciones

995

2.019

2,0

1,5

33,0

67,0

Construcción

1.163

5.161

2,4

4,0

18,4

81,6

Comercio, alimentación, servicios técnicos y compras

863

3.188

1,8

2,4

21,3

78,7

Vivienda y servicios públicos

725

4.518

1,5

3,5

13,8

86,2

Salud, educación física, deportes y servicios sociales

3.481

6.157

7,1

4,7

36,1

63,9

Educación

24.519

29.145

50,0

22,4

45,7

54,3

Arte y cultura

1.490

1.849

3,0

1,4

44,6

55,4

Investigaciones científicas y académicas

462

1.237

0,9

1,0

27,2

72,8

Finanzas, crédito y seguros

1.303

4.675

2,7

3,6

21,8

78,2

Otros sectores

6.855

30.905

14,0

23,7

18,2

81,8

369.En Uzbekistán, la Presidenta del Comité de la Mujer ocupa al mismo tiempo el cargo de Viceprimera Ministra, mientras que las presidentas de los comités provinciales de la mujer son jokims adjuntas de sus correspondientes territorios (14 a nivel provincial y 219 a nivel de distrito (municipales)).

370.En Uzbekistán los puestos de Ministro de la Industria Mobiliaria y dos viceministros primeros (de finanzas y economía) son ocupados por mujeres; también uno de los puestos ejecutivos de una organización social (el Consejo de la Federación de Sindicatos), el de presidente del bloque parlamentario del Partido Adolat y de tres importantes fundaciones públicas están ocupados también por mujeres.

371.La mujer uzbeka está asimismo plenamente representada en los órganos del poder judicial. Por ejemplo, al 1º de enero de 2006 las mujeres constituían el 23,5% de la fuerza de trabajo del Tribunal Constitucional de Uzbekistán; el 23,3% de la del Tribunal Supremo de Uzbekistán; el 22,8% en el caso del Tribunal Supremo de la República de Karakalpakstán y los tribunales provinciales y distritales y municipales de la ciudad de Tashkent; el 13,8% del personal del Tribunal Supremo Administrativo, y el 17,3% del personal de los tribunales administrativos de la República de Karakalpakstán y las provincias.

372.Las mujeres y los hombres participan en la economía de Uzbekistán con un 44 y un 56%, respectivamente. Las mujeres han solido ocupar tradicionalmente puestos de trabajo en la enseñanza, la salud, la cultura, el arte, la ciencia y las investigaciones científicas.

373.En Uzbekistán se atribuye importancia especial al empleo de la mujer. Todos los años se crean miles de nuevos puestos de trabajo, de los cuales más del 40% son ocupados por mujeres. Sólo en 2006 se crearon más de 147.000 nuevos puestos de trabajo para mujeres, para lo cual se destinaron más de 40.000 millones de sum.

374.En lo que respecta al empleo y el aumento de los ingresos de la población, reviste gran importancia el Decreto presidencial sobre medidas complementarias de apoyo material y moral a las familias jóvenes, de 18 de mayo de 2007, en que se prevé mejorar la situación social de las familias jóvenes y prestarles la ayuda necesaria para iniciarse en la vida laboral, así como el Decreto presidencial sobre las medidas destinadas a promover una cooperación más amplia entre las grandes empresas industriales y la prestación de servicios sobre la base del desarrollo del trabajo a domicilio, de 5 de enero de 2006.

375.A principios de 2007 se registró un aumento considerable del nivel de empleo de la población, en particular de la mujer, gracias al desarrollo de nuevas formas de trabajo a domicilio. Solamente durante el primer trimestre de 2007, sobre la base de acuerdos con grandes empresas industriales, se crearon 8.800 puestos de trabajo, al tiempo que se creaban 13.100 puestos de trabajo en empresas familiares. El trabajo a domicilio ha ofrecido a la mujer una gran oportunidad de ampliar sus posibilidades económicas, conciliar los quehaceres del hogar con la actividad productiva y obtener ingresos sin alejarse de la familia.

376.Con el fin de mejorar la situación en la esfera del empleo, el Gobierno de Uzbekistán aprobó programas territoriales de empleo de la mujer para 2005-2007. Esos programas prevén la creación del número necesario de puestos de trabajo, fundamentalmente mediante el fomento de la pequeña empresa, la esfera de los servicios y el trabajo a domicilio. Se otorgan préstamos a las pequeñas empresas que utilizan fundamentalmente el trabajo de las mujeres y están dirigidas por mujeres. Los bancos destinaron 90.870 millones de sum a las mujeres empresarias, lo que representa 214% más que en 2006. Por ejemplo, los accionistas del banco comercial Microcrédito asignó más de 11.076 millones de sum, o sea 2,7 veces más que en 2006, a mujeres que desean dedicarse a la actividad empresarial.

377.En Uzbekistán las mujeres gozan de los mismos derechos que los hombres en todas las esferas de actividad, incluida la educación. Actualmente, las niñas en edad escolar tienen la obligación de asistir a la escuela y terminar como mínimo el noveno grado. En todo el sistema de educación de Uzbekistán hay más de 6,5 millones de alumnos matriculados, de los cuales el 48,4% son mujeres. La tasa de alfabetización de las mujeres es del 92,8%. En los centros de enseñanza general y especializada no hay segregación por sexo y los jóvenes de ambos sexos estudian juntos. La matrícula de los centros de enseñanza superior se desglosa como sigue:  39,2% de muchachas que estudian licenciatura y 33,2%, maestría.

378.Las mujeres constituyen el 38% del total de especialistas y profesionales científicos, de ese porcentaje, 8 son profesoras universitarias, 16% (310 personas) son doctoras en ciencias y 33% (3.025) son candidatas a doctoras en ciencias. Las mujeres también representan determinado porcentaje de los dirigentes de instituciones científicas y docentes: actualmente 20 mujeres son prorrectoras de centros de enseñanza superior; 2 son rectoras, 34 decanas de facultades y 390 jefas de cátedra.

379.Las mujeres de Uzbekistán realizan una importante función en la búsqueda de soluciones a problemas de importancia local. En el país funcionan 9.942 órganos de gobierno autónomos. Son 1.043 las mujeres que presiden igual número de órganos de gobierno autónomos. En los majalis se creó el puesto de consultor, ocupado solamente por mujeres, para las reuniones con los ciudadanos sobre cuestiones relacionadas con la enseñanza religiosa y el desarrollo moral y espiritual. Su tarea fundamental es formular y poner en práctica medidas encaminadas a garantizar la estabilidad y a crear un entorno moral y espiritual favorable en los majalis. Actualmente en las reuniones con los ciudadanos trabajan 8.167 consultoras, de las cuales 6.056 trabajan en los majalis; 1.569 en los asentamientos, 998 en las ciudades y l41 en las aldeas.

380.En la actualidad, las ONG de la mujer contribuyen de manera sustancial a la solución de los problemas relacionados con el logro de la igualdad entre los sexos. Hoy día, en el registro del Ministerio de Justicia de Uzbekistán figura un total de 210 ONG de la mujer, tanto nacionales como locales, incluidas las filiales de esas organizaciones nacionales.

381.En 1991 se estableció un sistema nacional para el fortalecimiento del papel de la mujer y la ampliación de sus oportunidades con la creación del Comité de la Mujer de Uzbekistán, organización social que tiene filiales en todas las regiones. La singularidad de este sistema consiste en que la Presidenta del Comité de la Mujer es a la vez Viceprimera Ministra, lo que otorga a esta organización el derecho a encargarse de la coordinación de las modalidades de asociación entre las organizaciones gubernamentales y las no gubernamentales.

382.Hoy por hoy, el Comité de la Mujer de Uzbekistán es la mayor y más diversificada de las ONG de la mujer de Uzbekistán. En prácticamente todos los tumans (distritos) y viloyats (provincias) del país funcionan sus dependencias y su labor tiene suma importancia para la garantía, el ejercicio, la protección y la promoción de los derechos de la mujer en su conjunto. Según se establece en sus estatutos, sus objetivos y tareas fundamentales son aplicar la política estatal en materia de apoyo social y jurídico a la mujer, proteger la maternidad y la infancia, estimular la participación de la mujer en el desarrollo del Estado y la sociedad y aumentar la cultura y los conocimientos jurídicos de la mujer.

383.Las ONG de las mujeres se ocupan muy activamente de informar a la población sobre cuestiones relacionadas con el género y se encargan de investigar y supervisar todo lo que atañe a los derechos de la mujer.

384.En ese sentido, el Centro de Apoyo a las Iniciativas de los Ciudadanos (CAIC), que realiza sus actividades en territorio de Uzbekistán desde 2004, apoya las iniciativas de los ciudadanos encaminadas a la solución de cuestiones relacionadas con la difusión de un modo de vida saludable, el fortalecimiento de la familia, el aumento de las oportunidades profesionales, creativas y espirituales de las mujeres y contribuye además a ampliar sus posibilidades en la adopción de decisiones.

385.En 2005-2007, el CAIC formó a 20 expertos nacionales en la preparación de informes al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer y la supervisión de la aplicación de la Convención y a 20 expertos en cuestiones relacionadas con el género; se celebraron mesas redondas en todas las regiones de la República con el tema Uzbekistán en el camino hacia la igualdad entre los sexos, teniendo en cuenta la Plataforma de Acción de Beijing, la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y los Objetivos de Desarrollo del Milenio.

386.El Centro publicó la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y su Protocolo Facultativo en el idioma nacional y en ruso y se aseguró de que se distribuyera a todas las organizaciones gubernamentales y ONG, así como a los medios de comunicación de masas. El Centro fue uno de los promotores de la preparación de un informe sobre la vigilancia del cumplimiento de las disposiciones de la Convención en Uzbekistán y además, preparó un folleto en inglés y ruso titulado Uzbekistán en marcha hacia la igualdad entre los sexos, en el que se incluyeron el informe nacional sobre el cumplimiento de la Convención y los resultados de la vigilancia del cumplimiento en Uzbekistán de sus disposiciones; además se grabó un vídeo con el mismo título y se publicó el compendio estadístico Mujeres y hombres en Uzbekistán en tres idiomas con la colaboración técnica del PNUD, en el que se presentaron los indicadores de las estadísticas demográficas sobre salud, educación, ocupación y desempleo, protección social y violaciones de los derechos, desglosados por sexo.

387.El Centro se encargó de hacer analizar por expertos jurídicos la concordancia entre las leyes nacionales y el derecho internacional en materia de igualdad entre los sexos. Los resultados del análisis del Código de la Familia y el Código del Trabajo realizado por los expertos se publicaron en tres idiomas y se preparó una segunda edición del vídeo didáctico titulado Uzbekistán en marcha hacia la igualdad entre los sexos.

388.Es necesario destacar además la actividad que realiza la Asociación Nacional de las ONG de Uzbekistán, creada el 18 de mayo de 2005 por iniciativa de los representantes de 150 ONG del país. La labor de la Asociación se centra en estimular y apoyar la actividad de sus organizaciones miembros. La Asociación Nacional de las ONG lleva a cabo su labor en las siguientes esferas fundamentales: derecho; la mujer y la juventud; ecología y economía, y social y humanitaria. Los miembros de la Asociación Nacional de las ONG participan activamente en la labor de información a la sociedad acerca de las cuestiones relacionadas con la igualdad entre los sexos. Es importante destacar que algunos de sus expertos representaron a la Asociación en el 36º período de sesiones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer.

389.A los efectos de recaudar y acumular fondos, así como de prestar ayuda técnica a los miembros de la Asociación, se estableció un fondo de ayuda a las ONG de Uzbekistán. Hasta la fecha el Fondo ha llevado a cabo cuatro rondas de asignación de subsidios.

390.En Uzbekistán se realiza una importante labor de educación jurídica entre las mujeres tanto a nivel central como en las localidades. Esta actividad informativa y educativa está en manos de organismos estatales y ONG que trabajan conjuntamente con las organizaciones internacionales.

Artículo 4. Condiciones en que pueden restringirse los derechos y las libertades del ciudadano

391.La política estatal de Uzbekistán gira en torno a la inadmisibilidad de la restricción infundada de los derechos y las libertades del ciudadano. Ese tipo de restricción no podrá imponerse por motivo de sexo, raza, nacionalidad, religión, idioma, origen, convicciones, situación personal o posición social.

392.En el artículo 19 de la Constitución de Uzbekistán se establece el siguiente principio: "los derechos y las libertades de los ciudadanos, refrendados por la Constitución y la legislación, son inalienables. Nadie está facultado para privar al ciudadano de esos derechos y libertades ni para restringírselos, salvo por decisión judicial". Sólo se podrán restringir los derechos del ciudadano a la libertad y la inviolabilidad de la persona, la libertad de circulación, de pensamiento y a su ejercicio por los motivos previstos por la ley, cuya supremacía se establece en el artículo 15 de la Constitución de Uzbekistán.

393.En este sentido, la legislación y la práctica en Uzbekistán coinciden en su totalidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, que estipula que toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática, así como de cumplir las disposiciones análogas del artículo 4 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el artículo 4 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en que se reconoce que no se admitirá desviación alguna respecto del cumplimiento de las disposiciones de los artículos 6 a 8, 11, 15, 16 y 18 del Pacto.

394.En Uzbekistán se procura garantizar los derechos humanos en situaciones de emergencia. El 20 de agosto de 1999 entró en vigor la Ley sobre la protección de la población y del territorio en situaciones de emergencia provocadas por naturales o fallos técnicos, en la que se consagraron los principios de protección de la población civil en situaciones de emergencia, a saber, humanismo, prioridad para la vida y la salud del ser humano, transparencia, información oportuna y veraz, medidas preventivas de protección en situaciones de emergencia. En la ley se determinan las funciones fundamentales de los organismos estatales (centrales y locales) relacionadas con la protección de la población y del territorio en situaciones de emergencia, así como los derechos de los ciudadanos, los extranjeros y los apátridas a la protección de su vida y su salud, el acceso a los órganos estatales y la obtención de indemnización por daños y perjuicios sufridos en situaciones de emergencia.

395.En agosto de 2007, el Gobierno de Uzbekistán aprobó un Programa nacional de pronóstico y preparación previa ante situaciones de emergencia, cuyo objetivo es garantizar determinado grado de protección de la población y del territorio, reducir y mitigar los riesgos y las consecuencias provocadas por accidentes, catástrofes, desastres naturales, etc. en la República de Uzbekistán.

396.De conformidad con el artículo 93 de la Constitución (párr. 19), el Presidente de la República, en circunstancias excepcionales (amenaza externa real, desórdenes públicos, grandes catástrofes, desastres naturales, epidemias) con el objeto de garantizar la seguridad de la población declarará el estado de emergencia en todo el territorio o en determinados lugares del país y en las siguientes 72 horas presentará la decisión adoptada al Oliy Maylis de Uzbekistán para su aprobación. Las condiciones y el procedimiento durante la situación de emergencia se reglamentarán mediante una ley especial.

397.En la actualidad, Uzbekistán está analizando la posibilidad de preparar un proyecto de ley sobre el estado de emergencia. En esa ley se determinan las condiciones, los fundamentos y la manera de declarar un estado de emergencia, así como la actividad de los órganos estatales, los organismos autónomos y las ONG sin fines de lucro en tales circunstancias. Un aspecto al que se presta atención especial en esa ley es cómo garantizar los derechos humanos de los ciudadanos y las personas jurídicas en un estado de emergencia: administración de justicia exclusivamente por los tribunales sin necesidad de crear ningún tipo de órgano extrajudicial; prohibición de limitar el derecho a la vida; libertad de pensamiento, conciencia y religión en la interpretación de esos derechos y libertades, tal como se establece en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; prohibición de aplicar retroactivamente la legislación penal en la que se establecen los actos punibles o las penas con agravantes; derecho de todo ciudadano a recibir indemnización por daños y perjuicios sufridos debido a la implantación del estado de emergencia.

Artículo 5. Prohibición de la restricción ilícita de los derechos del ciudadano

398.En el artículo 19 de la Constitución de Uzbekistán se estipula que "los derechos y las libertades de los ciudadanos, refrendados por la Constitución y la legislación, son inalienables. Nadie está facultado para privar al ciudadano de esos derechos y libertades ni para restringírselos, salvo por decisión judicial".

399.La legislación de Uzbekistán establece requisitos concretos para que el Estado pueda imponer legalmente restricciones a los derechos y libertades de la persona.

a)Las restricciones deben basarse exclusivamente en la ley.

b)Se imponen con el objetivo de que se respeten los derechos y libertades de otros, de manera compatible con las normas morales, el orden público y el bienestar general de una sociedad democrática. En circunstancias excepcionales se permitirá la restricción de derechos y libertades.

400.En las leyes de Uzbekistán, en las que se regula el procedimiento y se establece el mecanismo para el ejercicio de los derechos humanos y las libertades se establecen condiciones y fundamentos precisos y claros respecto de determinadas categorías de derechos y libertades del ciudadano consagrados en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

401.Así, en el artículo 25 de la Constitución de Uzbekistán se establece que todos tienen derecho a la libertad y la inviolabilidad de la persona y que no podrá detenerse ni encarcelarse a nadie salvo en los casos previstos por la ley.

402.Los motivos para detener a una persona en relación con la comisión de un delito, según el artículo 221 del Código de Procedimiento Penal son los siguientes:

-Cuando se ha sorprendido a una persona en el momento de cometer un delito o inmediatamente después de cometerlo;

-Cuando los testigos, incluidas las víctimas directas, han identificado a una persona como autora del delito;

-Cuando se ha descubierto en la persona, en su entorno inmediato o en su hogar indicios claros de haber cometido un delito;

-Cuando hay indicios que permiten sospechar que la persona ha cometido un delito y si la persona ha intentado huir o carece de residencia permanente, o cuando no puede determinarse su identidad.

403.No se podrá retener al detenido por más de 72 horas a partir del momento en que se le entrega a la guardia nacional o a cualquier otro órgano encargado de hacer cumplir la ley (artículo 226 del Código Penal). De conformidad con el artículo 236 del Código Penal de Uzbekistán, la razón para optar por la medida cautelar de detención preventiva puede ser la sospecha fundada de que el inculpado o acusado trata de eludir la instrucción del sumario, las diligencias previas y la comparecencia ante el tribunal por la sola razón de la peligrosidad del delito cometido, como se prevé en los párrafos 4 y 5 del artículo 15 del Código Penal.

404.En lo que respecta a las personas que esperan su internamiento en una institución de salud para la realización de un reconocimiento médico y a las declaradas con locura transitoria o como enfermos mentales después de cometido el delito, se podrán aplicar medidas cautelares con el objeto de impedir que se fuguen y cometan otros actos que constituyan un peligro para la sociedad y se garantizará la ejecución de la decisión del tribunal de que se apliquen medidas coercitivas de carácter médico.

405.Cabe señalar que, tanto los detenidos como los sospechosos pueden presentar una queja y reclamación contra el fiscal, el testigo o el investigador. Se podrá presentar ante un tribunal, el Fiscal General, el Ministerio del Interior, el Servicio de Seguridad Nacional y el Comisionado para los Derechos Humanos del Oliy Maylis una demanda de indemnización por daños y perjuicios causados a una persona por todo acto o decisión ilícita de los órganos encargados de la investigación y sus consecuencias o por el mantenimiento de una persona en detención arbitraria o bajo custodia, si posteriormente respecto de esa persona se dicta una sentencia absolutoria que la libera de culpabilidad.

406.La aprobación por el Presidente de la República del Decreto sobre el traspaso a los tribunales de facultades para imponer penas de encarcelamiento el 1º de agosto de 2005 tenía como finalidad el aumento de la eficacia de la protección judicial de los derechos civiles consagrados en los artículos 19, 25 y 44 de la Constitución de Uzbekistán.

407.En ese decreto se prevé que, a partir del 1º de enero de 2008, los magistrados que entiendan de delitos penales podrán imponer penas de cárcel.

408.En la ley por la que se introducen enmiendas y adiciones a algunos instrumentos legislativos de la República de Uzbekistán en relación con el traspaso a los tribunales de facultades para imponer penas de encarcelamiento, aprobada conforme a las normas de derecho internacional reconocidas se establecen las disposiciones siguientes.

409.En la ley se formula el nuevo texto del párrafo 2 del artículo 18 del Código de Procedimiento Penal en los siguientes términos "nadie podrá ser detenido ni encarcelado, a menos que se haya emitido un mandato judicial".

410.Los tribunales, según lo establecido en el artículo 29 del Código de Procedimiento Penal, están facultados para examinar las quejas y reclamaciones contra la aplicación de medidas cautelares como la detención preventiva o la prórroga de la detención preventiva.

411.Cuando existan razones suficientes para la aplicación de medidas cautelares, como la detención preventiva, durante la instrucción del sumario de un sospechoso o inculpado, se ha establecido el procedimiento que utilizará el fiscal, o el juez de instrucción con la anuencia del fiscal, para presentar la petición correspondiente.

412.De conformidad con esta disposición, "cuando concurran las circunstancias previstas en la ley para optar por la aplicación de medidas cautelares como la detención preventiva durante la instrucción del sumario, el fiscal o el juez de instrucción, con la anuencia del fiscal, determinarán si presentan una petición de que se aplique ese tipo de medida cautelar".

413.El fiscal, previa verificación de los fundamentos de la instancia presentada en relación con la aplicación de una medida cautelar como la detención preventiva, si está de acuerdo con ella, remitirá al tribunal la petición de detención preventiva y la documentación necesaria. Si la petición se presenta en relación con un sospechoso o inculpado detenido, la petición correspondiente y la documentación mencionada se presentarán al tribunal con 12 horas de antelación a la expiración del plazo de detención.

414.Por su parte, el tribunal, dentro de las 12 horas siguientes, examinará los documentos presentados en una audiencia pública en la que participarán el fiscal, el abogado defensor, si este último ya está en funciones, y el sospechoso o inculpado detenido. En este proceso tienen derecho a participar el representante legal del sospechoso o inculpado y el juez de instrucción. En la ley se prevé también que el juez de instrucción comparezca, de ser necesario.

415.Dicha norma crea las premisas necesarias para que el tribunal dicte un fallo legítimo en relación con la aplicación de una medida cautelar como la detención preventiva tras verificar las pruebas presentadas por las partes sobre la base del principio de argumentación (contestación).

416.Con arreglo al nuevo texto del artículo 243 del Código de Procedimiento Penal, los tribunales, tras examinar la petición de aplicación de una medida cautelar de detención preventiva contra un sospechoso o inculpado, emite uno de los fallos siguientes:

a)Aplicar la medida cautelar de detención preventiva;

b)Rechazar la aplicación de la medida cautelar de detención preventiva;

c)Prorrogar el plazo de detención preventiva por no más de 48 horas para que las partes puedan presentar otras pruebas a favor o en contra de la aplicación de la medida cautelar de detención preventiva.

Artículo 6. Garantía del derecho a la vida como derecho humano inalienable

1. Protección jurídica del derecho a la vida

417.Según el artículo 24 de la Constitución de Uzbekistán, "el derecho a la vida es un derecho inalienable de cada persona. Su violación constituye uno de los delitos más graves".

418.Esta disposición se recoge en el Código Penal de la República de Uzbekistán, en el que 26% de las normas establecen la responsabilidad penal por causar daños a la vida de una persona. Se trata, por ejemplo de homicidio premeditado, en particular en circunstancias agravantes (art. 97), homicidio premeditado cometido por un enfermo mental grave (art. 98), infanticidio (art. 99), homicidio por extralimitación en el ejercicio de la legítima defensa (art. 100), homicidio por extralimitación en la aplicación de medidas cautelares a personas que hayan cometido actos de peligrosidad social (art. 101), homicidio por negligencia (art. 102) e incitación al suicidio (art. 102), así como lesiones corporales causadas con premeditación con peligro para la vida en el momento de causarlas (art. 104).

419.El procedimiento de examen de las denuncias de desaparición de personas se establece en el Decreto Nº 31 del Fiscal General de la República, de 9 de diciembre de 2004, según el cual los fiscales de ciudades y regiones deciden directamente sobre tales actos. Cuando existen pruebas de que la persona desaparecida ha sido víctima de un delito, se incoa un proceso penal.

420.En el Código Penal de la República de Uzbekistán se garantiza el derecho a la vida exigiendo responsabilidades por hacer propaganda en favor de la guerra, es decir por la divulgación en cualquier forma que sea de opiniones, ideas y llamamientos en favor del ataque de un país contra otro (art. 150), la agresión (art. 151), la violación de las leyes y costumbres de la guerra (art. 152), el genocidio (art. 153), el mercenarismo (art. 154) y el terrorismo (art. 155).

421.Por ejemplo, la lucha contra el terrorismo es un asunto que se encuentra bajo la constante vigilancia de los órganos del poder legislativo y ejecutivo. En 2005-2007, el Comité de Defensa y Seguridad de la Cámara Legislativa del Oliy Maylis de la República de Uzbekistán llevó a cabo una verificación parlamentaria de la aplicación de la Ley relativa a la lucha contra el terrorismo en prácticamente todas las provincias del país, también durante ese período celebró una conferencia práctica científica con el tema Lucha contra el terrorismo, el extremismo y el radicalismo: tarea de actualidad en nuestros tiempos en la República de Karakalpakstán y en las provincias de Bujará, Samarcanda, Sirdarín, Tashkent, Navoi, Namangán, Kashkadar y otras.

422.La política estatal de Uzbekistán, encaminada a garantizar el derecho a la vida, se basa en que un factor importante que influye en la disminución de la mortalidad de la población es la prestación de servicios médicos de calidad oportunamente a los ciudadanos y la mejora constante del sistema de salud.

423.En 2005 Uzbekistán comenzó a ejecutar el Programa nacional de enriquecimiento de la harina con microelementos y vitaminas, financiado con cargo a aportaciones del Gobierno de Uzbekistán y a un subsidio de la Alianza Mundial para mejorar la nutrición por un total de 6 millones de dólares de los EE.UU. En el marco de este programa, se dotó de micronutrientes y de equipos especiales para la elaboración de harina enriquecida a 58 molinos harineros de todo el país, incluidos 13 de propiedad privada. En la actualidad, los molinos harineros producen y venden a la población más de 1,3 millones de t de harina enriquecida con minerales y vitaminas de primera calidad y de calidad superior.

424.Con miras a prevenir enfermedades endocrinas entre la población, en mayo de 2007 se aprobó la Ley de prevención de enfermedades causadas por la carencia de yodo. Los centros de control, junto con el personal de medicina social y los comités regionales de la mujer distribuyen preparados a base de yodo a las embarazadas, los niños y los adolescentes. En 2007 las embarazadas y los niños que integran el grupo de riesgo de patologías de la glándula tiroides recibieron en total 65.000 paquetes de preparados a base de yodo.

425.Durante la ejecución del programa de distribución de vitamina A se realizaron nueve rondas de visitas a niños de 6 meses a 5 años de edad y a sus madres durante las primeras ocho semanas después del parto. Entre 2003 y 2007 se visitó al 72% de los menores y a más de 100.000 madres.

426.Con el fin de reducir la mortalidad infantil, el Ministerio de Salud Pública, junto con el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el Comité de la Mujer, la Fundación Soglom Ablod Uchun (Por una generación saludable), la Fundación Sen Elguiz Emassan (No estás solo), la Fundación Majallia, el Movimiento Juvenil Kamolot y otras ONG se han encargado de la tarea de formar familias saludables y de reducir los casos de nacimiento de bebés con defectos congénitos y de discapacitados desde la infancia.

427.Gracias a las medidas de prevención y lucha contra las epidemias llevadas a cabo con calidad y oportunamente, en los últimos años se ha logrado mejorar los indicadores relacionados con determinadas enfermedades infecciosas.

428.Desde 1996 no se ha registrado en el país un solo caso de poliomielitis, desde 2002 no se registra uno solo de difteria y se ha logrado prevenir los casos mortales de sarampión.

429.Desde 2004, el país se autoabastece de vacunas para inmunizar a niños de hasta 2 años de edad.

430.Anualmente se logra inmunizar un 95 a 98% de los niños de hasta 2 años de edad contra la difteria, la tos ferina, el tétanos, la polio, la tuberculosis, el sarampión y el virus de la hepatitis B, lo que contribuye al bienestar epidemiológico en relación con dichas infecciones.

431.En 2007 se llevó a cabo una campaña masiva en todo el país para la inmunización general de la población contra el sarampión y la rubeola. Se inmunizó a 8.129.804 personas de 10 a 30 años de edad (99,8%) contra esas enfermedades.

432.En 2007 no hubo que declarar en todo el país cuarentena alguna contra infecciones tan peligrosas como la peste, el cólera, la tularemia, las fiebres hemorrágicas y la gripe aviar. Se adoptan medidas para impedir la entrada al país de estas infecciones procedentes de otros países que las padecen.

433.En 2007 se logró reducir en 1,6 veces la morbilidad causada por la fiebre tifoidea, en 23,5% la brucelosis, en 3,4% la tuberculosis, en 9,5% la sífilis, en 8,9% la disentería bacteriana, en 33,3% la infección meningocócica, en 29,9% el virus de la hepatitis B y en 6,7% las infecciones intestinales agudas.

434.Desde 2005, el Ministerio de Salud Pública, conjuntamente con el UNICEF, llevan a cabo un programa encaminado a seguir reduciendo la mortalidad infantil. En el marco de este programa se han organizado seminarios de instrucción sobre reanimación y fundamentos sobre el cuidado del recién nacido para 3.000 neonatólogos, obstetras y comadronas de seis regiones piloto (República de Karakalpakstán, Joresm, Bujará, Fergana, la provincia y la ciudad de Tashkent). El UNICEF entregó certificados de "Enseñanza de las relaciones afectivas con el bebé" a 102 maternidades y 74 policlínicos y centros médicos rurales.

435.A partir de abril de 2006 comenzó a administrarse tratamiento antirretroviral a niños infectados por VIH. Actualmente hay 200 niños que reciben tratamiento antirretroviral. Se realizan actividades con 48 embarazadas seropositivas de VIH para prevenir la transmisión del VIH de la madre al hijo.

436.En 2008 se ha previsto la entrega de instrumental y equipo médico moderno en el marco del proyecto Dotación de instrumental médico moderno a la Clínica Ginecoobstétrica del Instituto de Investigación Científica por valor de 3,5 millones de dólares de los EE.UU. El Ministerio de Salud Pública preparó los proyectos Apoyo a la salud reproductiva 3 y Dotación de equipos médicos modernos a los hospitales infantiles de provincias y a las clínicas del Instituto de Pediatría de Tashkent y del Instituto de Investigación Científica en Pediatría por un total de 15 millones de euros, que se llevarán a cabo en el marco de la colaboración con la República Federal de Alemania en 2008-2009.

2. Abolición de la pena capital

437.Desde los primeros años de su independencia, la República de Uzbekistán, haciéndose eco de la Observación general Nº 6 del Comité de Derechos Humanos, redujo paulatinamente la cantidad de artículos del Código Penal, en los que se estipulaba la pena capital.

438.Hasta el 29 de agosto de 1998, en 13 artículos del Código Penal se establecía la pena capital como pena máxima por un delito. Gracias a la activa función desempeñada por los órganos de protección extrajudicial (el Centro Nacional de Derechos Humanos, el Ombudsman y varias ONG), el 29 de agosto de 1998 el Oliy Maylis promulgó una ley por la que se enmendaban y actualizaban determinadas leyes y se estipulaba que ya no se impondría la pena capital en relación con los cinco tipos de delitos siguientes: sodomización forzada (párrafo 4 del artículo 199); violación de las leyes y costumbres de la guerra (art. 152); intento de magnicidio (párrafo 1 del artículo 158); organización de una asociación delictiva (párrafo 1 del artículo 242); y contrabando (párrafo 2 del artículo 246).

439.En 2001 volvió a reducirse el número de delitos por los que se imponía la pena capital. Con arreglo a la Ley Nº 254-II, de 29 de agosto de 2001, sólo se impondría la pena de muerte por fusilamiento en relación con cuatro delitos: homicidio cualificado (párrafo 2 del artículo 97); agresión (párrafo 2 del artículo 151); genocidio (art. 153); y terrorismo (párrafo 3 del artículo 155).

440.El 13 de diciembre de 2003, el 13º período de sesiones del Oliy Maylis suprimió la pena capital en relación con otros dos artículos del Código Penal: el artículo 151 (Agresión) y el artículo 153 (Genocidio). De este modo, en la actualidad sólo hay dos artículos del Código Penal en los que está prevista la pena capital, a saber, el párrafo 2 del artículo 97 (Homicidio cualificado) y el párrafo 3 del artículo 155 (Terrorismo resultante en la muerte de una persona u otras consecuencias graves).

441.Un importantísimo resultado de las reformas llevadas a cabo en Uzbekistán con el fin de liberalizar y humanizar el sistema de administración de justicia fue la abolición total de la pena capital. El 1º de agosto de 2005 se aprobó el Decreto Nº UP-3641 del Presidente de la República sobre la abolición de la pena capital en el país, en que se establece que a partir del 1º de enero de 2008 quedará abolida la pena capital como tipo de sanción penal y su sustitución por una condena a cadena perpetua o privación de libertad por un período prolongado.

442.Desde la aprobación del Decreto presidencial sobre la abolición de la pena capital en el país de 1º de agosto de 2005 no se ha ejecutado ninguna condena de este tipo contra nadie, es decir se estableció de facto una moratoria sobre la ejecución de las condenas a la pena capital.

443.Cabe destacar que en países como Alemania y Polonia se puede imponer la pena de cadena perpetua por la comisión de 5 tipos de delitos, en Bélgica y la Federación de Rusia por 6, en Dinamarca por 9, en Georgia por 11, en Suecia por 13, en Belarús por 14, en el Japón y Azerbaiyán por 16, en Kazajstán y Corea por 17, en Francia por 18, en Holanda por 19, en Moldova por 24 y en Uzbekistán por 2.

444.El 11 de julio de 2007, el Oliy Maylis de Uzbekistán aprobó la ley por la que se introducen enmiendas y adiciones a algunas normas legislativas de la República de Uzbekistán en relación con la abolición de la pena capital.

445.En virtud de la Ley Nº ZRU-99 de 11 de julio de 2007, se introdujeron las correspondientes enmiendas en el Código Penal de Uzbekistán (arts. 15, 43, 50, 51, 58, 59, 60, 64, 69, 73, 76, 97 y 155).

446.De conformidad con las enmiendas introducidas en el Código Penal, en lugar de la pena capital se podrán imponer penas de cadena perpetua por la comisión de dos tipos de delito: homicidio cualificado (párrafo 2 del artículo 97) y terrorismo, resultante en la muerte de una persona u otras consecuencias graves (párrafo 3 del artículo 155). En el Código Penal se establece la definición de cadena perpetua (art. 51), se establece el período máximo de privación de libertad por un período prolongado (de 20 a 25 años) en casos de homicidio cualificado y terrorismo. No se podrá condenar a cadena perpetua o a penas de privación por un período prolongado a mujeres, menores de edad y hombres mayores de 60 años. En el Código Penal se prevé también la posibilidad de indultar a la persona condenada a cadena perpetua cuando haya cumplido ya 25 años en prisión.

Artículo 7 . Prohibición de la tortura y otros tratos o penas crueles

447.Uzbekistán ha declarado públicamente que no tolerará el uso de la tortura en ninguna de sus formas, a nivel del poder legislativo, ejecutivo y judicial, decisión que quedó refrendada de la manera siguiente:

-Introducción en 1992 en el artículo 26 de la Constitución de Uzbekistán del texto de la disposición de que "nadie será sometido a torturas, violencia, ni a otros tratos crueles o degradantes";

-Adhesión de Uzbekistán a la Convención contra la Tortura en 1995;

-Establecimiento de la responsabilidad penal por la aplicación de la tortura en el artículo 235 del Código Penal de Uzbekistán;

-Formación del procedimiento de participación de las cámaras del Oliy Maylis de Uzbekistán en la vigilancia de la aplicación de la Convención contra la Tortura;

-Garantía de la observancia del principio de inadmisibilidad de las pruebas obtenidas mediante la tortura, con la aprobación de la resolución del Pleno del Tribunal Supremo, de 24 de septiembre de 2004, sobre algunas cuestiones relacionadas con la aplicación de las normas del Código de Procedimiento Penal a la admisibilidad de las pruebas, en la que se establece que se considerarán ilícitas las pruebas obtenidas cuando la persona encargada de las diligencias previas, el juez de instrucción, el fiscal o el tribunal no hayan aplicado y observado rigurosamente las normas establecidas, sean cuales sean los motivos;

-Introducción en la práctica de la revisión de las sentencias condenatorias basadas en pruebas obtenidas mediante tortura, como se establece en la resolución Nº 17 del Pleno del Tribunal Supremo, de 19 de diciembre de 2003, sobre la aplicación por los tribunales de las leyes que garantizan el derecho de defensa de los sospechosos y los inculpados y la Nº 12, de 24 de septiembre de 2004 sobre algunas cuestiones relacionadas con la aplicación de las normas del Código de Procedimiento Penal a la admisibilidad de las pruebas.

448.Teniendo en cuenta las recomendaciones del Comité de Derechos Humanos, Uzbekistán introdujo en la práctica algunas medidas encaminadas a recibir quejas de los ciudadanos por acciones realizadas por los órganos o los funcionarios y medidas para investigar en forma operativa las denuncias sobre uso de la tortura, así como llevar ante los tribunales y castigar a los culpables de esas acciones; se crearon mecanismos especiales para la protección de los derechos humanos en el Ministerio de Justicia, la Fiscalía General y el Ministerio del Interior, que son los encargados de atender las reclamaciones y comunicaciones de los ciudadanos, incluidas las cuestiones relacionadas con la tortura.

449.Para facilitar una reacción rápida ante las posibles advertencias de los ciudadanos en el sentido de que se producen casos de tortura en las dependencias del Ministerio del Interior, en el Decreto Nº 334 del Ministerio del Interior, de 18 de febrero de 2003, se establece un procedimiento único de trámite de quejas y denuncias de tortura y un registro especial de las quejas por el uso de métodos ilícitos durante las diligencias previas y la instrucción cuya verificación se supervisa de manera especial.

450.La verificación de las denuncias de tortura se ha asignado, con arreglo a la distribución de competencias, a unidades especiales encargadas de la seguridad interna (inspecciones especiales del personal), que actúan bajo las órdenes directas del Ministro del Interior. Estas unidades son prácticamente independientes, puesto que no les compete la lucha contra la delincuencia ni la investigación de delitos y no reciben órdenes de los órganos y las dependencias encargados de la lucha contra la delincuencia.

451.Cuando se examinan casos de tortura, y en especial aquellos en los que se produjo la muerte de los detenidos o presos o que hayan causado gran alarma social, en la investigación participan representantes de las organizaciones sociales y de la sociedad civil y en ocasiones expertos extranjeros.

452.El establecimiento de un mecanismo especial que se ocupa de proteger los derechos humanos en el Ministerio del Interior, el mejoramiento de la tramitación de quejas y denuncias de los ciudadanos, las investigaciones especiales del servicio que llevan a cabo las dependencias de seguridad interna del Ministerio del Interior y la imposición de sanciones penales a determinados oficiales de la policía con arreglo al artículo 235 del Código Penal por parte de la Fiscalía demuestran en conjunto que se está velando en la práctica por la aplicación de la ley. Los datos estadísticos concretos sobre las sanciones penales con arreglo al artículo 235 lo demuestran claramente.

453.Tras la comprobación de la veracidad de las denuncias interpuestas por ciudadanos se han abiertos las siguientes causas en virtud del artículo 235 del Código Penal: en 2002: 1 causa contra 1 persona; en 2003, 4 contra 4 personas; en 2004, 3 causas contra 3 personas; en 2005, 3 causas contra 5 personas; en 2006, 6 causas contra 9 personas, y en el primer semestre de 2007, 3 causas contra 4 personas; en total, se instruyeron 20 causas contra 26 personas.

454.Como continuación lógica de la labor de protección de los derechos humanos, el 24 de septiembre de 2004 el Pleno del Tribunal Supremo aprobó una resolución sobre algunas cuestiones que plantea la aplicación del derecho procesal en el marco de la admisibilidad de las pruebas, en la que se establece que se considerarán ilícitas las pruebas obtenidas cuando el funcionario judicial que practica las diligencias previas, el juez de instrucción, el fiscal o el juez no hayan aplicado y observado rigurosamente las normas jurídicas, sean cuales sean los motivos. Entre las pruebas inadmisibles figuran, entre otras, los testimonios, comprendidas las confesiones, obtenidos mediante torturas, violencia u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, así como mediante engaños u otros métodos ilícitos. El Pleno del Tribunal Supremo ha instruido a los tribunales sobre la necesidad de pronunciarse ante las infracciones de las normas del derecho procesal relativas a la práctica de las pruebas mediante dictámenes (disposiciones) particulares y, de ser necesario, la instrucción de causas penales contra los culpables.

455.En el período transcurrido tras la aprobación de esas resoluciones del Tribunal Supremo de 2003 y 2004, los tribunales del país han dispuesto en diversas ocasiones que los casos vuelvan a instruirse por inadmisibilidad de las pruebas obtenidas mediante la utilización de tortura, violencia o engaños.

456.El Comisionado para los Derechos Humanos del Oliy Maylis (Ombudsman) también examina e investiga reclamaciones y denuncias de actos ilícitos de funcionarios de los organismos encargados de hacer cumplir la ley.

457.Según información facilitada por el Ombudsman, en 2006 se presentaron 314 apelaciones por desacuerdo con la actuación de funcionarios de los organismos encargados de hacer cumplir la ley, de las cuales se dio curso a 112. Además, se recibieron 13 reclamaciones contra funcionarios de los servicios penitenciarios, de las cuales se dio curso a 8.

458.Entre 2005 y 2007, el Ombudsman y los funcionarios del Centro Nacional de Derechos Humanos inspeccionaron más de 20 establecimiento penitenciarios y visitaron 12 reformatorios y pabellones penitenciarios junto con visitantes extranjeros (miembros de la Cámara baja del Parlamento y diplomáticos de Alemania y representantes de la Fundación Conrad Adenauer en Uzbekistán).

459.Durante la visita del Ombudsman en 2006 estuvo presente una delegación de Alemania presidida por H. Haibach, Vicepresidente del Comité de Derechos Humanos y Ayuda Humanitaria del Bundestag; y en 2007 participaron М. Маyеr, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Alemania, U. Berndt, Secretario de la Embajada de Alemania, y S. Petke, Diputado del Parlamento provincial de Brandenburgo.

460.Tras estas visitas se publican notas de prensa, se difunde información entre las organizaciones interesadas y se dan a conocer los datos en las páginas web correspondientes. Se ocupan de esta labor representantes de las ONG siguientes: Colegio Médico y Colegio de Abogados de Uzbekistán, sindicatos, Fundación Majallia y otras.

461.Por invitación del Gobierno de Uzbekistán, el Sr. Theo van Boven, Relator Especial sobre la tortura de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, visitó el país en 2002 y en 2004, el Sr. Latif Huseinov, Experto independiente de la Comisión, quienes durante su visita celebraron reuniones con los dirigentes de ministerios y administraciones, visitaron cárceles y centros de detención y se reunieron con representantes de distintas organizaciones internacionales, ONG y de protección de los derechos y con distintos ciudadanos uzbekos. Para cumplir las recomendaciones de los relatores especiales de las Naciones Unidas, en particular en relación con la tortura, el Gobierno de Uzbekistán aprobó en 2004 un Programa de acción nacional para la aplicación de la Convención contra la Tortura, que se ejecutó en 2007.

462.En Uzbekistán funciona un sistema de enseñanza de los derechos humanos cuya finalidad es ampliar los conocimientos acerca de las disposiciones de la Convención contra la Tortura para los funcionarios de los órganos encargados de hacer cumplir la ley, celebrar periódicamente ciclos de conferencias, seminarios y mesas redondas, con la participación de expertos del PNUD, la OSCE, las fundaciones extranjeras y las ONG, con miras a la incorporación de las disposiciones de la Convención en la legislación nacional, así como para aclarar las novedades legislativas de la institución del hábeas corpus y la abolición de la pena capital. Todas estas medidas se reafirman mediante la difusión de esa información en los periódicos y las revistas jurídicas y en los demás medios de información del país.

463.El Gobierno de Uzbekistán mantiene su colaboración permanente con organizaciones internacionales como el Consejo de Derechos Humanos, la Tercera Comisión de las Naciones Unidas, los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos, el PNUD, la OSCE y ha presentado oportunamente al Comité contra la Tortura sus informes nacionales periódicos relativos a la aplicación de la Convención contra la Tortura.

464.A partir del 1º de enero de 2008, se instituyó en Uzbekistán el hábeas corpus. Los tribunales tienen ahora competencia para ordenar la detención preventiva de personas a los efectos de aumentar el control judicial sobre las investigaciones. La labor de incorporación de este recurso en Uzbekistán comenzó en agosto de 2005 en dos direcciones: la formulación de una ley sobre la introducción de enmiendas al Código de Procedimiento Penal y la realización de actividades de información y educación tanto entre los funcionarios de los órganos encargados de hacer cumplir la ley como entre la población.

465. En Uzbekistán se analizan públicamente los problemas relacionados con la tortura. Del 16 al 18 de agosto de 2005, en el Centro de Capacitación, el Departamento Central de Servicios Penitenciarios llevó a cabo un cursillo práctico sobre el tema Detección y documentación de casos de tortura y otros tratos crueles, en el que participaron Bent Sorenson (Copenhague (Dinamarca)), asesor principal del Consejo Internacional de Rehabilitación de Víctimas de la Tortura, y Nile Roon Christiansen, Coordinador de l programa; Onder Ozkalipci (Turquía), asesor internacional y capacitador internacional; Mariam Djishkariani (Georgia), médico, asesora internacional y capacitadora internacional , y Z. Giyasov, jefe de la Oficina Principal de Peritaje.

466.El 30 de septiembre de 2005, en el Centro de Capacitación del Departamento Central de Servicios Penitenciarios del Ministerio del Interior (en la ciudad de Tashkent) se inauguró la sección de documentación del centro de la OSCE en esa ciudad, adscrito al Centro de Capacitación del Departamento Central de Servicios Penitenciarios del Ministerio del Interior.  En la inauguración participaron representantes del centro de la OSCE en Tashkent, M. U. Usmanov, Jefe de la secretaría del Comisionado de Derechos Humanos del Oliy Maylis de Uzbekistán, el Embajador Miroslav Encha, Jefe del centro de la OSCE en Tashkent e Ildar Faizullin, Coordinador del centro de la OSCE en Taskhent.

467.El seminario donde se debatió el tema Perfeccionamiento del sistema penitenciario en materia de organización de la vigilancia y observancia de los derechos de los reclusos se celebró en el pabellón penitenciario IZ-8 de la ciudad de Termez los días 22 y 23 de febrero de 2007, en IZ-3 de la ciudad de Bujará los días 26 y 27 de abril de 2007 y en IZ-12 de la ciudad de Namangán los días 26 y 27 de junio de 2007.

468.El seminario donde se debatió el tema Cuestiones de actualidad relativas a las relaciones entre el Ombudsman y los órganos estatales y ONG con miras a garantizar y proteger los derechos humanos, se celebró en colaboración entre el Ombudsman y el Fondo Conrad Adenauer en la ciudad de Bujará los días 27 y 28 de febrero de 2006; en la ciudad de Urguench los días 26 y 27 de abril de 2006; en Samarcanda con la participación de D. Shipanski, Presidente del Landtag de Turingia el 26 de mayo de 2006; en Namangán los días 29 y 30 de junio de 2006; en Nukús los días 17 y 18 de agosto de 2006; en Karshi los días 1º y 2 de noviembre de 2006 y en Tashkent los días 12 y 13 de diciembre de 2006.

469.Este seminario se celebró también en Gulistán los días 26 y 27 de enero de 2007; en Zhizak los días 22 y 23 de marzo de 2007; en Termez los días 15 y 16 de mayo de 2007; en Andiján los días 26 y 27 de junio de 2007; y en Nukús los días 4 y 5 de septiembre de 2007.

470.En cada una de esas actividades participaron unos 50 representantes de jokimatos (juzgados), órganos del Ministerio del Interior, fiscalías, sindicatos, comités de mujeres y otras ONG locales y de órganos de gobierno autónomo, como majalis e institutos de enseñanza superior. En total participaron unos 600 especialistas.

471.En los distintos canales de la televisión se explican los problemas existentes y los logros alcanzados en el sistema penitenciario. Se examinan las condiciones de detención de los reclusos, se explican las actividades llevadas a cabo en el sistema de establecimientos penitenciarios, y se entrevista a los reclusos. En programas informativos de la televisión nacional, como Achborot, se transmiten noticias sobre: las leyes sobre el indulto aprobadas y la celebración de festividades en los establecimientos penitenciarios. Estas cuestiones se tratan además en los periódicos nacionales Narodnoe Slovo, Pravda Vostoka, Na Postu y en revistas jurídicas especializadas.

472.También se ha establecido la colaboración entre la Dirección General de Centros Penitenciarios y los representantes de ONG sin fines de lucro. En 2005, el Centro de Investigaciones Jurídicas supervisó uno de los reformatorios de la provincia de Tashkent (UY‑64/3, colonia Tavaksai) para verificar la situación del respeto de los derechos sociales y económicos de los reclusos, mientras que la ONG sin fines de lucro Yoshlar Markaz visitó un establecimiento penitenciario en la provincia de Navoi (UY-64/29) para verificar si se respetaba el derecho de defensa de los reclusos.

473.La Dirección General de Centros Penitenciarios y el Comisionado para los Derechos Humanos del Oliy Maylis han elaborado en forma conjunta un proyecto de resolución sobre el representante del Comisionado para los Derechos Humanos del Oliy Maylis en los establecimientos penitenciarios de la Dirección General de Centros Penitenciarios del Ministerio del Interior de la República de Uzbekistán. Este funcionario apoyará la tarea del Comisionado para los Derechos Humanos del Oliy Maylis de supervisión parlamentaria del respeto de los derechos de los inculpados, detenidos y condenados, así como de los derechos del personal de las instituciones de la Dirección General de Centros Penitenciarios del Ministerio del Interior. En el ejercicio de sus funciones respecto de los reclusos, el Ombudsman estará subordinado e informará al Comisionado para los Derechos Humanos del Oliy Maylis.

474.Cabe señalar que en Uzbekistán se ha creado en el Parlamento un sistema de control y supervisión de la aplicación de la Convención contra la Tortura. Por ejemplo, en 2005, el Comité sobre asuntos internacionales y relaciones interparlamentarias de la Cámara Legislativa del Oliy Maylis se encargó de supervisar la aplicación de la Convención en la provincia de Tashkent, conjuntamente con el Centro Nacional de Derechos Humanos, el Ombudsman y los órganos nacionales encargados de hacer cumplir la ley.

475.Del 16 al 18 de junio de 2006 se celebró un seminario científico y práctico sobre aplicación de las disposiciones de la Convención contra la Tortura en la legislación nacional de la República de Uzbekistán. Esta actividad fue organizada por el Comité sobre asuntos exteriores y relaciones interparlamentarias del Oliy Maylis de Uzbekistán y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo. El 11 de diciembre de 2006 se celebró una mesa redonda con el tema Perfeccionamiento de la legislación relacionada con la aplicación de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Esta actividad fue organizada también por el Comité sobre asuntos exteriores y relaciones parlamentarias de la Cámara Legislativa del Oliy Maylis de Uzbekistán, conjuntamente con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo.

476.Las cuestiones relacionadas con la prohibición de la tortura son también un tema de atención constante por parte de la Cámara alta del Parlamento, es decir el Senado del Oliy Maylis de la República. El Comité de Asuntos de Política Exterior del Senado celebró los días 15 de febrero y 14 de marzo de 2008 sesiones especiales dedicadas a las conclusiones del examen del Comité contra la Tortura sobre el tercer informe periódico de Uzbekistán relativo al cumplimiento de las disposiciones de la Convención contra la Tortura.

Artículo 8. Prohibición de la esclavitud y de la trata de esclavos

477.Pese a que la República de Uzbekistán no es Parte en la Convención suplementaria sobre la abolición de la esclavitud, la trata de esclavos y las instituciones y prácticas análogas a la esclavitud, en su territorio se observan las disposiciones fundamentales de esa Convención. En Uzbekistán está prohibido todo tipo de trabajo forzoso.

478.La Constitución de la República de Uzbekistán en su artículo 37 estipula que toda persona tiene derecho al trabajo, a la elección libre del trabajo, a unas condiciones justas de trabajo y a la protección contra el desempleo, según las normas establecidas por la legislación.

479.Se prohíben los trabajos forzados a menos que sean en cumplimiento de una pena dictada por un tribunal o en otros casos previstos por la ley.

480.Las relaciones laborales se rigen por las normas del Código del Trabajo de 1994. Quedan nulos y sin valor los acuerdos y contratos laborales que empeoren la situación del trabajador respecto de lo que establecen la legislación y otros instrumentos normativos. En el artículo 6 del Código del Trabajo se prohíbe la discriminación en el trabajo: todos los ciudadanos tienen los mismos derechos laborales y los ejercen por igual. Será inadmisible, debido a que constituye discriminación, el establecimiento de limitaciones o el otorgamiento de privilegios laborales por motivos de sexo, edad, raza, nacionalidad, idioma, condición social, posición basada en los ingresos o el cargo, actitud hacia la religión, creencias o pertenencia a organizaciones sociales o por otras circunstancias que no guarden relación con la calificación laboral de los trabajadores y los resultados de su trabajo. No se considerará discriminación el establecimiento de diferencias laborales en razón de las características peculiares de un tipo de trabajo o el amparo especial del Estado a aquellas personas que necesiten mayor protección social (mujeres, menores de edad, discapacitados, etc.). La persona que estime que ha sido víctima de discriminación laboral podrá exigir reparación ante los tribunales y que se le indemnice por los daños materiales y morales que ésta le haya causado.

481.En los últimos años, debido al aumento de la migración laboral en todo el mundo, se ha agudizado el problema de la trata de personas, variante contemporánea de la trata de esclavos. Para hacer frente a este problema desde una perspectiva jurídica, el 29 de agosto de 2001 se aprobó el texto revisado del artículo 135 del Código Penal (contratación de personas con fines de explotación), en el que se establece que la contratación de personas para su explotación sexual o de otro tipo se castigará con una multa de 100 a 200 veces el salario mínimo o trabajo reeducativo por un período de hasta tres años, o con una pena de cárcel por un período de hasta seis meses. En caso de comisión de ese mismo delito por reincidencia o por un reincidente peligroso o por acuerdo previo entre un grupo de personas o en relación con un menor, se impondrá una pena de privación de la libertad por un período de hasta cinco años. El mismo delito, cuando se comete con el fin de trasladar personas fuera del territorio de la República de Uzbekistán, se castigará con una pena de privación de libertad de entre cinco y ocho años.

482.Teniendo en cuenta la importancia de este problema, actualmente se estudia y debate al respecto en los organismos estatales y en las organizaciones de la sociedad civil. En la Cámara Legislativa del Oliy Maylis de Uzbekistán se celebraron intensos debates sobre un proyecto de ley relativo a la lucha contra la trata de personas, que quedó aprobado en segunda lectura. Lastareas fundamentales previstas en esa ley son: establecimiento de los fundamentos jurídicos y organizativos del sistema de lucha contra la trata de personas en la República de Uzbekistán; garantía de la seguridad de la persona y la sociedad frente a las actividades delictivas de individuos que se dedican a la trata de personas en todas sus formas; garantía del respeto de los derechos e intereses legítimos de las víctimas de la trata de personas; determinación de la condición jurídica de las víctimas de la trata de personas y previsión de su rehabilitación social y jurídica; organización de la actividad de prevención, detección y represión de la trata de personas y minimización de sus consecuencias, detección y eliminación de las causas y condiciones que contribuyen a la trata de personas, así como garantía del principio de que la trata de personas no quedará impune. En dicha ley se prevé la creación de un organismo estatal especial encargado de la lucha contra la trata de personas y de prestar ayuda jurídica y social y asesoramiento a las víctimas de la trata. La tarea especial de ese órgano y de sus dependencias orgánicas en las regiones será prestar ayuda a los menores que han sido víctimas de la trata de personas.

483.El 15 de enero de 2007, el Gobierno de Uzbekistán aprobó el Programa de acción nacional para garantizar el bienestar de los niños uzbekos y un conjunto de medidas para su aplicación, entre las que se prevé el establecimiento y perfeccionamiento de los mecanismos de vigilancia del trabajo infantil, así como la ratificación de los Convenios de la OIT Nº 138 de la OIT sobre la edad mínima de admisión al empleo y Nº 182 relativo a la prohibición y eliminación inmediata de las peores formas de trabajo infantil. Recientemente la Cámara Legislativa del Oliy Maylis adoptó la decisión de ratificar dichos convenios de la OIT y remitió la propuesta al Senado del Oliy Maylis de la República para su adopción.

484.Cabe destacar que el 7 de enero de 2008, por recomendación del Comité sobre los Derechos del Niño, se aprobó en Uzbekistán la Ley de garantías de los derechos del niño, entre los que figuran prácticamente todas las disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño. En el artículo 10 de la ley se prevé la protección estatal del niño contra todas las formas de explotación, ya sea física o psicológica, la violencia sexual, la tortura y demás formas de trato cruel, brutal o humillante para la dignidad humana, el acoso sexual, la incitación a cometer delitos y el ejercicio de la prostitución.

485.Para garantizar la protección de los derechos, las libertades y los intereses legítimos del niño, en dicha ley se prevé el establecimiento de un órgano encargado de los derechos del niño (Comisionado para los Derechos del Niño) plenamente facultado para coordinar la actividad de los órganos estatales y de otra índole y organizar la protección de los derechos del niño.

486.La legislación de Uzbekistán prohíbe todo tipo de trabajo forzoso. Se prohíbe el trabajo forzoso, es decir la obligación de llevar a cabo tareas bajo amenaza de imponer cualquier tipo de castigo (incluso como medio de mantener la disciplina laboral). No se considera trabajo forzoso aquella labor que deba realizarse en cumplimiento de instrumentos legislativos relativos al servicio militar o a los servicios sociales alternativos, en situaciones de emergencia, en cumplimiento de un mandato judicial legítimo o en otras circunstancias previstas por la ley.

487.Según lo dispuesto en los artículos 43 y 64 del Código Penal, se podrá imponer a toda persona que en un juicio sea declarada culpable de haber cometido un delito una sanción equivalente al trabajo de reeducación que consistirá en la obligatoriedad de esa persona de realizar un trabajo remunerado, de cuyos emolumentos el Estado retendrá entre 10 y 30%, que cumplirá, conforme a la sentencia dictada por el tribunal, en su lugar de trabajo o en el lugar que determinen los órganos encargados de hacer cumplir esa sentencia. El trabajo de reeducación se impondrá por un período de entre seis meses y tres años. Este tipo de sanción no se aplicará a personas que hayan cumplido la edad de jubilación, que estén discapacitados, a embarazadas o a mujeres con licencia de maternidad ni a militares.

488.La reglamentación del cumplimiento por los ciudadanos uzbekos del servicio militar obligatorio y la prestación de esos servicios se establece en la Ley sobre el servicio militar obligatorio, de 12 de diciembre de 2002 (con las consiguientes enmiendas).

489.El servicio militar obligatorio incluye el entrenamiento de los ciudadanos para el servicio militar, el reclutamiento (el ingreso) en el servicio militar, el servicio militar activo tras el reclutamiento o por contrato, el servicio en la reserva, el servicio social alternativo, el cumplimiento de las normas de control militar y las actividades de la defensa civil en situaciones de emergencia o en caso de agresión militar contra la República de Uzbekistán.

490.El servicio social alternativo es una manera de cumplir el deber militar del ciudadano que sustituye al servicio militar y consiste en la realización de trabajos que no requieren calificación (auxiliares) en distintas ramas de la economía y en la esfera social, o trabajos de reparación a raíz de percances, catástrofes, desastres naturales y otras circunstancias extraordinarias.

491.Los ciudadanos con edades entre 18 y 27 años tienen derecho a prestar servicios sociales alternativos, que cuentan como servicio militar para lo cual se les recluta, si son miembros de organizaciones religiosas debidamente inscritas, cuyas doctrinas les prohíben el uso de armas ni el servicio en las Fuerzas Armadas. El servicio social alternativo dura 24 meses, y en el caso de los ciudadanos que pertenezcan a dichas organizaciones, 18 meses.

492.En la actualidad se acogen al derecho de prestar servicios sociales alternativos los ciudadanos uzbekos que sean miembros de las siguientes organizaciones religiosas: Unión de Iglesias evangélicas bautistas; Testigos de Jehová, Iglesia Cristiana de los Adventistas del Séptimo Día, Concilio de Iglesias Evangélicas de Cristianos Bautistas.

493.Entre 2003 y 2007, un total de 7 personas prestaron servicios sociales alternativos, a saber 5 en 2003, 1 en 2004 y 1 en 2005.

494.En la Ley sobre la protección de la población y del territorio en situaciones de emergencia provocadas por naturales o fallos técnicos, de 20 de agosto de 1999, se estipula también el derecho de los órganos del gobierno autónomo a convocar a los ciudadanos para eliminar las consecuencias de las situaciones de emergencia. Este tipo de trabajo no se considera obligatorio para el ciudadano, sino que guarda relación con la necesidad de garantizar la protección de su vida y su salud y la seguridad de sus bienes. El trabajo que los ciudadanos realizan durante situaciones de emergencia está protegido por el Estado. En el artículo 15 de la mencionada ley se reconoce el derecho de los ciudadanos a recibir gratuitamente servicios médicos, indemnización y beneficios de otro tipo por el trabajo realizado en zonas que se encuentren en situación de emergencia y se les garantiza una pensión en caso de pérdida de la capacidad de trabajo debido al cumplimiento de estas tareas.

Artículo 9. Garantía del derecho a la libertad y la seguridad personales

1. Prohibición de la detención y del arresto arbitrarios

495.En la Constitución de la República se proclama y garantiza el derecho a la libertad y a la inviolabilidad de la persona: "No podrá detenerse ni encarcelarse a nadie salvo en los casos previstos por la ley" (art. 25).

496.De conformidad con el artículo 234 del Código Penal, "la detención probadamente ilícita, es decir la restricción de la libertad por un período breve de una persona por un investigador, un juez de instrucción o un fiscal, sin fundamento jurídico alguno, se castigará con multa de hasta 50 veces el salario mínimo o privación de libertad por un período de hasta seis meses. La detención o la retención bajo custodia policial probadamente ilícitas se castigará con multa de 50 a 100 veces el salario mínimo o privación de libertad por un período de hasta tres años" (artículo 234 del Código Penal).

497.Al funcionario judicial encargado de una investigación o juez de instrucción o fiscal que exija responsabilidad a una persona inocente por la comisión de un acto peligroso para la sociedad se le impondrá una pena de privación de libertad de hasta cinco años. Si el hecho se hubiese llevado a cabo en circunstancias que denotasen un acto grave o especialmente peligroso para la sociedad, se impondrá una pena de privación de libertad de entre cinco y ocho años (artículo 230 del Código Penal).

498.En la decisión del Pleno del Tribunal Supremo de la República de Uzbekistán, de 19 de diciembre de 2003, se precisan los plazos de prisión preventiva de los sospechosos. En la disposición se señala, en particular, que "debe tenerse en cuenta que, cuando se detenga a una persona con arreglo a las circunstancias contempladas en el artículo 221 del Código de Procedimiento Penal, se considerará sospechosa a esa persona desde el momento de su detención efectiva, aunque el acta de detención se redacte una vez haya sido conducido el detenido al centro de la milicia u otro órgano de orden público". Precisamente desde ese momento el detenido goza de todos los derechos del sospechoso, entre ellos, el derecho a la asistencia letrada. Se encuentran en situación análoga las personas que hayan presentado a los órganos estatales competentes una declaración de reconocimiento de culpabilidad (artículo 113 del Código de Procedimiento Penal).

499.El sospechoso o inculpado será sometido a interrogatorio inmediatamente o antes de que transcurran 24 horas desde el momento de su detención, su comparecencia en virtud de una citación para declarar, su ingreso en prisión preventiva o su presentación ante un tribunal con arreglo a los requisitos establecidos en el artículo 111 del Código de Procedimiento Penal para proceder al primer interrogatorio del sospechoso o inculpado.

500.Por regla general, la instrucción del sumario puede demorar entre 6 y 22 horas, salvo en los casos previstos en el párrafo 3 de la parte 2 del artículo 88 del Código de Procedimiento Penal.

2. Institución del recurso de hábeas corpus

501.En Uzbekistán, la institución del recurso de hábeas corpus se fue introduciendo por etapas: debate amplio a nivel de todas las instancias del poder del Estado y en las organizaciones de la sociedad civil acerca de la intención de establecer dicho recurso, aprobación por el Presidente de la República del Decreto sobre la transferencia a los tribunales de las competencias para dictaminar sobre la detención preventiva; formulación de propuestas de inclusión en la ley de las disposiciones sobre la transferencia a los tribunales de las competencias para dictaminar sobre la detención preventiva.

502.En Uzbekistán se ha estado estudiando y debatiendo sobre la cuestión del ejercicio del recurso de hábeas corpus desde 2003. Los días 20 y 21 de octubre de 2003 concretamente, el Centro Nacional de Derechos Humanos de Uzbekistán, conjuntamente con la Asociación Americana de Juristas, la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos de la OSCE y el PNUD y con la participación de la Dirección General de Investigaciones del Ministerio del Interior y el Colegio de Abogados de la ciudad de Tashkent, celebraron una mesa redonda sobre Reforma del Código de Procedimiento Penal: Vigilancia judicial y protección de los derechos de los inculpados en la instrucción del sumario, en la que se analizó la conveniencia de introducir el recurso de hábeas corpus y se formularon las recomendaciones correspondientes.

503.El 31 de octubre de 2006 se celebró un seminario científico práctico con el tema Transferencia a los tribunales de las competencias para dictaminar sobre la detención preventiva y cuestiones relacionadas con la garantía de los derechos humanos en el proceso penal, que coincidió con el décimo aniversario del Centro Nacional de Derechos Humanos de Uzbekistán. En el seminario, organizado conjuntamente con el proyecto del PNUD titulado Desarrollo del potencial de las instituciones nacionales de derechos humanos, participaron diputados del Oliy Maylis, representantes de los tribunales, la Fiscalía, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Justicia, el Servicio Nacional de Seguridad, abogados, instituciones nacionales de derechos humanos, científicos y expertos. El 4 de julio de 2007 se celebró en el Instituto Estatal de Ciencias Jurídicas de Tashkent una mesa redonda internacional sobre el tema Abolición de la pena capital y transferencia a los tribunales de las competencias para dictaminar sobre la detención preventiva: etapa fundamental de la reforma de la administración de justicia, con el apoyo del proyecto de la Sociedad Alemana de Cooperación Técnica. El 24 de julio de 2007, en el Instituto de Estudios de la Sociedad Civil y con la colaboración del Fondo Conrad Adenauer y el Instituto de Supervisión de la Legislación Vigente adscrito a la Oficina del Presidente de la República, se celebró una mesa redonda sobre Cuestiones conceptuales de la liberalización y la humanización de la legislación penal: situación actual y profundización ulterior de la reforma de la administración de justicia. El 3 de diciembre de 2007 se celebró una conferencia científica y práctica sobre Tendencias fundamentales de la liberalización del sistema judicial de Uzbekistán, organizada por la Academia del Ministerio del Interior.

504.El 8 de agosto de 2005, el Presidente de la República aprobó el Decreto Nº UP-3644 sobre la transferencia a los tribunales de las competencias para dictaminar la detención preventiva, por el que se garantiza el derecho de defensa contra la incoación de un proceso judicial arbitrario y la injerencia en la vida privada, la inviolabilidad de la persona y también el derecho a un juicio imparcial.

505.En la ley por la que se introducen enmiendas y adiciones a algunas normas legislativas de la República de Uzbekistán en el marco de la transferencia a los tribunales de las competencias para la detención, de 11 de julio de 2007, aprobada por recomendación del Comité de Derechos Humanos, se introdujeron las siguientes disposiciones: se modificó el texto del artículo 18 del Código de Procedimiento Penal en los siguientes términos "nadie podrá ser detenido ni encarcelado, a menos que se haya emitido un mandato judicial"; dicha norma se refleja en las enmiendas introducidas al artículo 10 de la Ley sobre los tribunales; se transfirió a los tribunales la competencia para examinar quejas y reclamaciones contra la aplicación de medidas cautelares como la detención preventiva o la prórroga del período de detención preventiva, según lo dispuesto en el artículo 29 del Código de Procedimiento Penal.

506.Cuando existan razones suficientes para la aplicación de medidas cautelares, como la detención preventiva, durante la instrucción del sumario de un sospechoso o inculpado, se ha establecido el procedimiento que utilizará el fiscal, o el juez de instrucción, con la anuencia del fiscal, para presentar la petición correspondiente. De conformidad con esta disposición, "cuando concurran las circunstancias previstas en la ley para optar por la aplicación de medidas cautelares como la detención preventiva durante la instrucción del sumario, el fiscal o el juez de instrucción, con la anuencia del fiscal, determinarán si presentan una petición de que se aplique ese tipo de medida cautelar". El fiscal, previa verificación de los fundamentos de la instancia presentada en relación con la aplicación de una medida cautelar como la detención preventiva, si está de acuerdo con ella, remitirá al tribunal la petición de detención preventiva y la documentación necesaria. Si la petición se presenta en relación con un sospechoso o inculpado detenido, la petición correspondiente y la documentación mencionada se presentarán al tribunal con 12 horas de antelación a la expiración del plazo de detención. Por su parte, el tribunal, dentro de las 12 horas siguientes, examinará los documentos presentados en una audiencia pública en la que participarán el fiscal, el abogado defensor, si este último ya está en funciones, y el sospechoso o inculpado detenido. En este proceso tienen derecho a participar el representante legal del sospechoso o inculpado y el juez de instrucción. En la ley se prevé también que el juez de instrucción comparezca, de ser necesario.

507.Dicha norma crea las premisas necesarias para que el tribunal dicte un fallo legítimo en relación con la aplicación de una medida cautelar como la detención preventiva tras verificar las pruebas presentadas por las partes sobre la base del principio de argumentación (contestación).

508.Con arreglo al nuevo texto del artículo 243 del Código de Procedimiento Penal, los jueces, tras examinar la petición de aplicación de una medida cautelar de detención preventiva contra un sospechoso o inculpado, emitirán uno de los fallos siguientes:

a)Aplicar la medida cautelar de detención preventiva;

b)Rechazar la aplicación de la medida cautelar de detención preventiva;

c)Prorrogar el plazo de detención preventiva por no más de 48 horas para que las partes puedan presentar otras pruebas a favor o en contra de la aplicación de la medida cautelar de detención preventiva.

509.Esta ley reafirma las garantías procesales de la protección de los derechos constitucionales y las libertades del ciudadano durante un proceso judicial, como se pone de manifiesto en lo siguiente.

510.En primer lugar, en la ley se estipulan rigurosamente las condiciones y el procedimiento para la aplicación de la medida cautelar de detención preventiva.

511.Así, en la ley se establece que la imposición de la medida coercitiva de detención preventiva se podrá imponer sólo a un sospechoso en detención o a personas que hayan sido inculpadas de delitos cometidos con premeditación para los que en el Código Penal se prevean penas de privación de libertad de más de tres años o delitos por negligencia para los que en el Código Penal se prevean penas de privación de libertad de más de cinco años. Se establece la posibilidad de que el fiscal o el juez de instrucción, con la anuencia del fiscal, soliciten la imposición de la medida cautelar de detención preventiva en casos en que resulte imposible aplicar otra medida menos severa.

512.Por lo mismo, la introducción de estas normas garantiza la correlación entre las dos formas de control, la del fiscal y la del tribunal, en relación con el respeto de la protección de los derechos humanos mientras se practican las diligencias previas. Teniendo en cuenta el carácter restrictivo de la medida cautelar de detención preventiva, por medio de la inspección fiscal se evita que el juez de instrucción facultado para proponer una medida cautelar de esa índole cometa una arbitrariedad. De esta manera aumenta la responsabilidad del juez de instrucción en lo que respecta a la fundamentación y legalidad de la detención del ciudadano. Si el fiscal está de acuerdo con la solicitud interpuesta, deberá probar en la audiencia del tribunal la necesidad de imponer la medida cautelar de detención preventiva, por cuanto la validez del procedimiento está sujeta a control judicial.

513.En segundo lugar, en la ley figura la lista de personas que están llamadas a examinar la solicitud de aplicación de la medida cautelar de detención preventiva, en particular, el fiscal, el abogado defensor, si ha sido designado, y el sospechoso o inculpado detenido. Además, una de las principales garantías procesales previstas en la Ley es la garantía del principio de contestación y del derecho a la protección mediante la reafirmación de la norma relativa a la presencia obligatoria del sospechoso o inculpado detenido en la audiencia del tribunal en que se examinará la aplicación de la medida cautelar de detención preventiva.

514.En tercer lugar, en la ley se estipula rigurosamente el plazo de detención y el procedimiento para prorrogarlo. Por eso, se podrá mantener bajo arresto a una persona durante 72 horas prorrogables otras 48 horas a instancia de las partes: el procurador y el sospechoso o inculpado detenido y sus abogados de la defensa. El plazo señalado es necesario para que las partes presenten las pruebas complementarias necesarias para demostrar si se justifica o no la aplicación de la medida cautelar de detención preventiva. Transcurrido ese plazo no se podrán solicitar nuevas prórrogas.

515.En cuarto lugar, en las leyes que estaban vigentes antes de que se aprobara el Código de Procedimiento Penal, aunque se preveía, en casos excepcionales, la posibilidad de imponer la detención preventiva por delitos que no constituyesen un grave peligro para la sociedad, no se especificaban estos casos. Esto, a su vez, podía dar lugar al surgimiento de distintas interpretaciones del concepto de caso excepcional y al subjetivismo por parte de los funcionarios facultados para aplicar dicha medida cautelar. Con el objeto de reafirmar las garantías procesales de la protección de los derechos y libertades consagrados en la Constitución de las personas a las que se puede aplicar una medida cautelar de detención preventiva y evitar que exista un sinnúmero de interpretaciones de dicha norma, en la ley se determinan esos casos excepcionales. Entre ellos está la carencia de domicilio permanente del inculpado (sospechoso) en el territorio de Uzbekistán, la imposibilidad de establecer la identidad del inculpado (sospechoso), el hecho de no haber cumplido una medida cautelar menos severa que se le haya impuesto anteriormente o de haberse ocultado durante las investigaciones y no comparecer a juicio y la comisión del delito mientras cumplía una pena de detención o privación de libertad.

516.En quinto lugar, en la ley se establece el procedimiento de apelación de la decisión del tribunal sobre la aplicación o no de la medida cautelar de detención preventiva. Concretamente, la decisión del tribunal se puede apelar dentro de las 72 horas a partir del día en que se adoptó ante el tribunal que la pronunció.

517.En sexto lugar, la ley establece determinados plazos para la detención preventiva y el procedimiento para su prórroga. Por ejemplo, el plazo de detención preventiva durante las actuaciones judiciales no será mayor de tres meses. En las normas establecidas por ley se prevé la posibilidad de prorrogar ese plazo hasta cinco meses previa solicitud interpuesta por el Fiscal de la República de Karakalpakstán o el fiscal de la provincia y la ciudad de Tashkent y otros fiscales de igual jerarquía; hasta siete meses si la presenta el Fiscal General Adjunto de la República; hasta nueve meses si se trata del Fiscal General de la República; hasta un año por solicitud del Fiscal General de la República en casos de investigación de delitos de una complejidad particular en relación con los inculpados por haber cometido delitos graves o muy graves. Transcurridos esos plazos no se admitirán nuevas prórrogas.

518.Es necesario señalar que, anteriormente era el juez de instrucción quien determinaba sobre la solicitud de prórroga del plazo de detención preventiva. Actualmente, según esa misma ley, esta facultad compete al fiscal, lo que aumenta su responsabilidad de velar por que se practiquen las diligencias previas y se respete el período de duración de la detención preventiva. Por ejemplo, de conformidad con la ley, en caso de ser necesario prorrogar el período de detención preventiva, el fiscal deberá formular la petición correspondiente.

519.La aprobación de dicha ley garantiza la protección de los derechos constitucionales y las libertades del ciudadano, así como la observancia de la norma de derecho internacional según la cual "nadie podrá ser detenido ni encarcelado, a menos que se haya emitido un mandato judicial".

3. Liberalización del sistema de sanciones penales

520.El proceso de liberalización del sistema penitenciario, que se lleva adelante de conformidad con las leyes vigentes en Uzbekistán, ha permitido transformar de manera radical el procedimiento de instrucción del sumario y las actuaciones judiciales en cuanto a la aplicación de medidas cautelares y la imposición de sanciones menos severas. Se han ampliado de manera efectiva las posibilidades de absolver y exonerar de responsabilidad penal a las personas que cometan por primera vez un delito que no sea de gran peligrosidad social o un delito menos grave.

521.Como resultado de las enmiendas y adiciones introducidas en el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal y el Código de Ejecución de Sanciones Penales de Uzbekistán, se ha reducido el número de reclusos de 76.000 a 40.000, es decir en más de 1,9 veces.

522.La introducción de la práctica del indulto anual para los condenados a privación de libertad tiene suma importancia para la garantía del derecho a la libertad y a la inviolabilidad de la persona.

523.En 2005, de conformidad con una resolución sobre el indulto aprobada por el Senado, quedaron en libertad más de 3.000 personas que se encontraban cumpliendo condena en establecimientos penitenciarios y que no representaban un grave peligro para la sociedad; de esa cifra 354 eran mujeres, 8 jóvenes que habían cometido delitos antes de cumplir la mayoría de edad, 42 hombres mayores de 60 años, 254 extranjeros, 77 discapacitados de primero y segundo grados, 558 enfermos de tuberculosis, 129 que habían cometido delitos por imprudencia, 417 condenados por primera vez por delitos de menor cuantía y que no representaban un grave peligro para la sociedad, así como 1.796 a los que les quedaban menos de dos años para acabar de cumplir su condena.

524.En 2006, con arreglo a una resolución del Senado sobre el indulto, quedaron en libertad más de 3.500 personas, que estaban cumpliendo condena en establecimientos penitenciarios y que no representaban un peligro de consideración para la sociedad. De esa cifra, 43 eran mujeres, 26 adolescentes, 4 hombres mayores de 60 años, 19 extranjeros, 25 discapacitados en primero y segundo grados, 183 enfermos de tuberculosis, 113 que cometieron delitos por imprudencia, 461 que habían sido condenados por primera vez por delitos de menor cuantía y que no constituían un gran peligro para la sociedad, 2.544 a los que les quedaban menos de dos años para acabar de cumplir su condena y algunas personas condenadas por participar en actividades de organizaciones prohibidas y que demostraron buena conducta.

525.En virtud de una resolución sobre el indulto aprobada por el Senado el 13 de noviembre de 2007, quedaron en libertad más de 3.500 personas que estaban cumpliendo condena en establecimientos penitenciarios y no representaban un peligro de consideración para la sociedad.  De esa cifra 18 eran mujeres, 21 adolescentes, 6 hombres mayores de 60 años, 130 extranjeros, 63 discapacitados de primero y segundo grados, 378 enfermos de tuberculosis, 167 que cometieron delitos por imprudencia, 354 que habían sido condenados por primera vez por delitos de menor cuantía y no representaban un peligro para la sociedad, 2.194 a los que les quedaban menos de dos años para acabar de cumplir su condena y algunas personas condenadas por participar en organizaciones prohibidas y que demostraron buena conducta.

Artículo 10. Trato humano de los reclusos

1. Derecho a recibir un trato humano

526.En el Código de Ejecución de Sanciones Penales de Uzbekistán (1997) se otorga a los reclusos los derechos siguientes: a recibir información sobre el régimen y las condiciones del cumplimiento de la condena y sobre sus derechos y obligaciones; presentar sugerencias, declaraciones y quejas en su idioma materno o en otro idioma a la administración del centro o al órgano encargado de velar por el cumplimiento de la condena, así como a otros órganos estatales y asociaciones de voluntarios; obtener respuesta a sus sugerencias, declaraciones y quejas en el mismo idioma en que éstas fueron presentadas; ofrecer explicaciones y mantener correspondencia y, de ser necesario, utilizar los servicios de un traductor; disponer de materiales de estudio, artísticos o informativos; recibir atención sanitaria, inclusive atención médica, tanto ambulatoria como hospitalaria, según se indique en el dictamen médico; así como a recibir prestaciones sociales y las pensiones que establezca la legislación.

527.El 26 de septiembre de 2003 se emitió un Decreto del Presidente de la República de Uzbekistán sobre la atenuación de las condiciones de cumplimiento de las penas por personas condenadas por primera vez a privación de libertad, en el que se preveía que quienes cometieran por primera vez delitos menos graves cumplieran su pena en establecimientos penitenciarios comunes, mientras que las que hubiesen cometido delitos graves o especialmente graves, lo hiciesen en establecimientos penales de régimen estricto. De esta manera, las personas condenadas por primera vez por un delito menos grave cumplen su condena prácticamente sin separarse de su familia y tienen la posibilidad no sólo de contribuir a su sostén económico, sino de participar en la educación de sus hijos. Estas medidas beneficiaron a unas 15.000 personas.

528.En la continuación de la 12ª sesión del Oliy Maylis de la República de Uzbekistán, celebrada en agosto de 2003, se aprobó una ley sobre la introducción de enmiendas y adiciones en 30 artículos del Código de Ejecución de Sanciones Penales de Uzbekistán.

529.En virtud de esas enmiendas, se aumentó en un monto equivalente a 3 veces el salario mínimo la suma total de dinero que se autoriza a gastar a los reclusos de los establecimientos penales de régimen común. En los penitenciarios de régimen estricto esta suma equivale a 2,5 veces el salario mínimo; en los de régimen especial, equivale a 2 veces el salario mínimo; en las cárceles, a 1,5 veces; y en los centros de reeducación, a 3,5 veces (artículo 75 del Código de Ejecución de Sanciones Penales).

530.Además, se incrementó el número de visitas de corta y larga duración concedidas a las diferentes categorías de reclusos y el de conversaciones telefónicas, bultos postales y paquetes con provisiones. La administración de los penitenciarios está ahora en la obligación de facilitar a los reclusos la comunicación telefónica, y no solamente cuando existan las condiciones técnicas para ello. Además, la administración de los establecimientos penales tiene ahora la obligación de respetar el derecho de los reclusos a una llamada telefónica a sus familiares al ingresar en el establecimiento penal, de modo que los familiares puedan informarse oportunamente de cualquier traslado del recluso antes de que la administración del establecimiento lo notifique oficialmente. Los reclusos de determinadas categorías que necesitan medicamentos y alimentación reforzada pueden recibir un mayor número de paquetes de provisiones y bultos postales, previa presentación de un certificado médico.

531.En los reformatorios se han levantado las restricciones a las visitas a los reclusos en su tiempo libre. Se ha aumentado la duración de los paseos diarios de los reclusos confinados a sus celdas o que cumplen medidas disciplinarias. En los reformatorios se han establecido vacaciones pagadas de 15 días laborables al año, con derecho a salir del reformatorio (artículo 91 del Código de Ejecución de Sanciones Penales).

532.Cabe destacar que, a las embarazadas, a las madres con hijos menores de 3 años, a las personas con derecho a jubilarse y a los menores de edad no se les imponen penas de privación de libertad por los delitos antes mencionados.

533.Como resultado de la atenuación de la legislación penal y penitenciaria se excluyeron del Código Penal varios actos punibles con sanción penal.

534.Por ejemplo, se excluyó del Código Penal el abandono sin autorización de un reformatorio (artículo 222 del Código Penal de Uzbekistán). Este acto ya no se tipifica como delito de fuga, sino que se considera una violación grave del régimen de reclusión punible con una medida disciplinaria que puede llegar al traslado (o el retorno) del recluso a un reformatorio de régimen cerrado.

535.Conforme a la legislación vigente, se garantiza a los menores todas las condiciones de detención apropiadas.

536.Actualmente se encuentran internados en reformatorios cerca de 200 menores condenados. Los menores no pueden permanecer en reclusión junto con los adultos. Se les mantiene en pabellones separados del penal o en centros de reeducación especializados. En los reformatorios se ha establecido la separación: los menores condenados a la edad de 16 años están separados de los reos que son mayores de edad; los que cumplen su primera condena de privación de libertad están separados de los que han cumplido condenas anteriores de privación de libertad.

537.Los internados en reformatorios tienen derecho a 6 visitas de corta duración y 6 de larga duración; 12 llamadas telefónicas; 6 bultos postales o paquetes con provisiones; 6 materiales impresos.

538.Se les podrá estimular con asistencia a espectáculos culturales y actividades deportivas fuera de los predios del establecimiento penitenciario; permisos de salida de hasta ocho horas de duración acompañados de sus padres, tutores o familiares cercanos, otorgados en lugar de una visita de corta duración; reducción del período de permanencia y puesta en libertad antes de que expire la condena.

2. Régimen y condiciones de ejecución de la condena a cadena perpetua

539.En relación con la conmutación de la pena capital por la de cadena perpetua, en el Código de Ejecución de Sanciones Penales de Uzbekistán, así como en el capítulo especial V Ejecución de la condena a cadena perpetua, se establecen las disposiciones relativas a la reclusión de los condenados a cadena perpetua en establecimientos penitenciarios de régimen especial.

540.Los condenados a cadena perpetua cumplen su condena en establecimientos penitenciarios con un régimen especial de reclusión. Se les aplica un régimen de reclusión especial, que tiene en cuenta las características descritas en los párrafos que siguen. En las celdas que ocupan no puede haber más de dos personas. Por solicitud propia o en caso de necesidad, se les puede recluir en celdas individuales.

541.Los condenados a cadena perpetua cumplen su condena en régimen de reclusión severo, normal o atenuado. Los primeros 10 años de reclusión se cumplen en un régimen severo. Transcurridos no menos de 10 años, el condenado a cadena perpetua que no haya sido objeto de medidas disciplinarias por violar el régimen establecido, podrá pasar al régimen de reclusión normal. Transcurridos no menos de 15 años, si no son objeto de medidas disciplinarias por violar el régimen establecido, pueden beneficiarse del régimen de reclusión atenuado.

542.Todos los condenados a cadena perpetua tienen derecho a ocupar una superficie que no puede ser menor de 4 m2.

543.Los condenados a cadena perpetua, que estén cumpliendo su condena en un régimen severo, tienen derecho a adquirir mensualmente alimentos y artículos de primera necesidad por un valor equivalente al 75% del salario mínimo mensual establecido con cargo a los recursos de que dispongan en sus cuentas personales, a recibir en el transcurso del año una visita de corta duración, a una llamada telefónica, un bulto postal o paquete con provisiones y un material impreso.

544.Los condenados a cadena perpetua, que estén cumpliendo su condena en un régimen de reclusión normal, tienen derecho a adquirir mensualmente alimentos y artículos de primera necesidad por un valor equivalente al salario mínimo mensual establecido con cargo a los recursos de que dispongan en sus cuentas personales, a recibir en el transcurso del año una visita de corta duración y una de larga duración, a dos llamadas telefónicas, dos bultos postales o paquetes con provisiones y dos materiales impresos.

545.Los condenados a cadena perpetua, que estén cumpliendo su condena en un régimen atenuado, tienen derecho a adquirir mensualmente productos alimenticios y artículos de primera necesidad por un valor equivalente a mes y medio de salario mínimo establecido, con cargo a los recursos de que dispongan en sus cuentas personales, a recibir en el transcurso del año una vista de larga duración y dos de corta duración, a tres llamadas telefónicas, tres bultos postales o paquetes con provisiones y tres materiales impresos.

546.Todos los condenados a cadena perpetua, independientemente de su régimen de reclusión, tienen derecho a un paseo diario de una hora y media de duración.

547.El trabajo de los condenados a cadena perpetua se organiza para las personas en régimen normal y atenuado, en los pabellones de trabajo.

548.Los condenados a cadena perpetua pueden beneficiarse de las medidas de estímulo previstas en el artículo 102 del Código de Ejecución de Sanciones Penales. Los condenados que pasen del régimen de reclusión normal a un régimen atenuado pueden recibir como estímulo una visita más o una llamada telefónica más.

549.De conformidad con las recomendaciones del Comité de Derechos Humanos, en Uzbekistán se estableció un sistema de inspección de los establecimientos penitenciarios. Al respecto, entre 2003 y 2007, el Ombudsman, conjuntamente con el Centro Nacional de Derechos Humanos de Uzbekistán, los órganos de la fiscalía y ONG y organizaciones internacionales, visitó todos los establecimientos penitenciarios del país.

550.La Dirección General de Centros Penitenciarios y la Oficina del Comisionado para los Derechos Humanos del Oliy Maylis han elaborado en forma conjunta un proyecto de resolución sobre el Comisionado para los Derechos Humanos del Oliy Maylis para los establecimientos penitenciarios de la Dirección General de Centros Penitenciarios del Ministerio del Interior de la República de Uzbekistán.

551.El representante del Comisionado para los Derechos Humanos del Oliy Maylis para los centros penitenciarios de la Dirección General de Centros Penitenciarios del Ministerio del Interior de la República de Uzbekistán o el Ombudsman para los Derechos de los Reclusos, contribuirán al cumplimiento de la tarea de supervisión parlamentaria del respeto de los derechos de los acusados, los detenidos y los condenados, así como de los derechos del personal de los establecimientos penitenciarios. En el ejercicio de sus funciones, el Ombudsman para los Derechos de los Reclusos está subordinado e informa al Ombudsman para los Derechos Humanos. A fin de facilitar el trabajo con los reclusos y las consultas sobre asuntos personales, la administración del penal debe destinar un local especial para el Ombudsman para los derechos de los reclusos en el bloque de las celdas y en el pabellón de trabajo.

552.Sobre la base del plan del Consejo de Ministros de la República de Uzbekistán, de 9 de marzo de 2004, relativo a la aplicación de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes se preparó un proyecto experimental de desarrollo y perfeccionamiento futuros del sistema de ejecución de sanciones para 2005-2010 en el Ministerio del Interior, al que se le introdujeron cambios y adiciones teniendo en cuenta las propuestas formuladas por el Ministerio de Justicia, la Oficina del Comisionado del Oliy Maylis para los Derechos Humanos (Ombudsman) y la Fiscalía General de la República.

553.La puesta en práctica de estas ideas permite garantizar la ejecución efectiva de las condenas, mejorar las condiciones de reclusión y trato de los reclusos, crear condiciones reales para la rehabilitación de los condenados mientras cumplen su condena y tras su puesta en libertad y aumentar el nivel de preparación profesional del personal del sistema y su protección social.

Artículo 11. Prohibición del encarcelamiento arbitrario por incumplimiento de una obligación contractual

554.Conforme a lo dispuesto en el Código Civil de la República de Uzbekistán, de 25 de diciembre de 1995, se entiende por convenio el acuerdo concertado entre dos o más personas para implantar, modificar o suspender los derechos civiles y los deberes del ciudadano (artículo 353 del Código Civil). Los derechos de los ciudadanos están protegidos en virtud de la jurisdicción correspondiente establecida por la ley sobre procedimiento civil o un convenio, el tribunal de lo civil, el tribunal económico o un tribunal arbitral.

555.Cuando una parte en un convenio incumple sus obligaciones, se aplican los mecanismos de protección judicial de los derechos civiles, establecidos en el Código Civil de la República de Uzbekistán, que incluyen compensación por las pérdidas, imposición de multa, indemnización por daños morales y otros. Estos medios de protección de los derechos civiles nada tienen que ver con la privación de libertad de quien incumplió sus obligaciones contractuales.

556.En Uzbekistán no se ordena la detención o privación de libertad de una persona por haber incumplido sus obligaciones contractuales.

557.Por otra parte, en lo que respecta a la atenuación de la política en materia penal, en Uzbekistán cuando se comete un delito de índole económica, como causar daños a la propiedad mediante engaño o abuso de confianza (artículo 170 del Código Penal), falta de cuidado en la protección de la propiedad (artículo 172 del Código Penal), destrucción intencional o daños intencionales a la propiedad (artículo 173 del Código Penal) sin agravantes se podrá imponer una pena que no sea la de privación de libertad, a saber, multa o trabajo reeducativo.

Artículo 12. Derecho a la libertad de circulación y a elegir libremente la residencia

558.De conformidad con el artículo 28 de la Constitución, los ciudadanos de Uzbekistán tienen derecho a circular libremente por el territorio de la República, así como a entrar y salir del país, salvo en los casos que prescriba la ley.

559.Según lo dispuesto en la resolución Nº 8 del Consejo de Ministros sobre el régimen de salida al exterior de los ciudadanos de Uzbekistán, de 6 de enero de 1995, los ciudadanos de Uzbekistán tienen derecho a viajar libremente al exterior por asuntos personales o públicos, a tener residencia permanente, como turistas, por estudios, trabajo, tratamiento médico o en comisión de servicios.

560.Este régimen se aplica a los viajes que realicen los ciudadanos a otros países con excepción de los Estados miembros de la CEI, para lo cual no hace falta legalizar documentos de viaje.

561.Los ciudadanos de la República de Uzbekistán, que tengan intenciones de viajar al exterior, solicitan ante los órganos del Ministerio del Interior donde residen el formulario de solicitud establecido junto con el pasaporte nacional. Esos órganos examinan la solicitud en un plazo de 15 días y colocan una pegatina con un permiso vigente por dos años para viajar al exterior. En el transcurso de esos dos años, el ciudadano puede viajar al exterior sin tener que solicitar un nuevo permiso de salida. Si el ciudadano no tiene pasaporte, el trámite de entrega de este documento y del permiso de salida no debe demorar más de 15 días.

562.Para las personas que viajen para residir permanentemente en el exterior, los órganos del Ministerio del Interior tienen prevista una pegatina que no lleva fecha de caducidad del permiso de salida. En el caso de personas que viajen para residir permanentemente en el exterior, el plazo de tramitación de los documentos no debe ser mayor de 30 días.

563.Para entrar a otro país, los viajeros solicitan visado en las oficinas diplomáticas y consulares de esos Estados.

564.Las solicitudes de permiso se distribuyen a ciudadanos mayores de 18 años. La salida de menores de 18 se aprueba mediante el trámite presentado por sus representantes legales. Cuando un menor de 14 a 18 años viaja para irse a residir permanentemente en otro país, es necesario presentar documentos legalizados ante notario que confirmen el consentimiento de los viajeros.

565.Para la salida permanente del país, hace falta presentar documentos legalizados ante notario que confirmen el consentimiento de los padres, los cónyuges y, en caso de muerte, una copia del certificado de defunción.

566.La tramitación de viaje al exterior para trabajar con un contrato privado tiene que contar con el visto bueno del Ministerio de Trabajo y Bienestar Social de la República de Uzbekistán.

567.Las personas que viajen al exterior y posean información que constituya secreto estatal presentarán, junto con la solicitud de permiso, un acta firmada por el director del organismo para el que trabaja acerca del grado de confidencialidad.

568.Los órganos del Ministerio del Interior encargados de legalizar la salida al exterior del ciudadano cuentan con una lista de los organismos que figuran entre los relacionados directamente con el secreto estatal.

569.De 2005 a 2007, los servicios de inmigración y extranjería del Ministerio del Interior de Uzbekistán colocaron en los pasaportes de nuestros ciudadanos 395.204 pegatinas con el permiso de salida del país, de las cuales 4.763 eran para salida permanente, 390.441 para viajes de corta duración, cifra que a su vez se desglosa en comisión de servicios (33.503), turismo (347.053) y asuntos personales (9.885).

570.Se denegó la salida del país a 198 personas por las razones previstas en la ley.

571.Ejemplos de razones para denegar la salida al exterior son los siguientes:

a)Si la persona posee información clasificada como secreto estatal o si pesan sobre ella obligaciones contractuales, que impidan su salida al exterior, cuando cese esa obligación;

b)Si la persona está inculpada en un proceso penal, hasta que termine el proceso;

c)Si la persona ha sido declarada reincidente de alta peligrosidad por veredicto de un tribunal o se encuentra bajo vigilancia de la policía económica, hasta que cumpla (o se anule) la sentencia o se suspenda la vigilancia;

d)Si la persona elude el cumplimiento de una obligación impuesta por un tribunal, ‑hasta que haya cumplido su obligación;

e)Si la persona a sabiendas presentó información falsa;

f)Si la persona compareció ante un tribunal en una causa civil, hasta que termine el proceso;

g)Si la persona se ha alistado en el servicio militar o está en la obligación de cumplir el servicio militar activo, hasta que transcurra el período de servicio activo o quede exonerado de ello conforme a lo dispuesto en la ley.

572.Se podrá apelar la denegación del derecho a viajar al exterior por las razones previstas en la ley y la demora en los trámites de salida más allá del plazo establecido ante la instancia superior del órgano que está en la obligación de dar una respuesta a más tardar en el plazo de un mes y en caso de desacuerdo con su decisión, ante los tribunales. No se podrá presentar apelación si la causa de denegación del derecho a viajar al exterior es alguna de las que figuran en los apartados b) y g) supra.

573.Los ciudadanos de Uzbekistán con residencia permanente en otro país tienen derecho a entrar libremente al país y salir de él, así como a regresar para instalarse permanentemente de nuevo en Uzbekistán.

574.Con el objeto de reglamentar las cuestiones de la emigración e inmigración laboral, el 19 de octubre de 1995 se aprobó la resolución Nº 408 del Consejo de Ministros de la República de Uzbekistán sobre la actividad laboral de ciudadanos uzbekos en el exterior y de los extranjeros en Uzbekistán; se redactó un Decreto sobre el régimen de captación y utilización de fuerza de trabajo extranjera en Uzbekistán; se aprobó la resolución Nº 505 del Consejo de Ministros de la República de Uzbekistán de 12 de noviembre de 2003 sobre perfeccionamiento de la organización de la actividad laboral de los ciudadanos uzbekos en el extranjero; se aprobó el Decreto sobre el Organismo de Migración Laboral; en las ciudades de Tashkent, Fergana, Karshi y Nukús se crearon bolsas regionales del trabajo para los ciudadanos en el exterior, que son empresas estatales con personalidad jurídica subordinadas directamente al Ministerio de Trabajo y Protección Social de Uzbekistán.

575.Las tareas fundamentales del Organismo y las oficinas regionales encargadas de la migración laboral al exterior son: apoyar la gestión de los ciudadanos uzbekos que buscan trabajo en el exterior; distribuir información a los ciudadanos uzbekos sobre las posibilidades y condiciones de trabajo en el exterior; seleccionar candidatos que cumplan los requisitos establecidos por los empresarios extranjeros para enviarlos a trabajar en el exterior; prestar ayuda a los ciudadanos uzbekos en la tramitación de sus documentos de viaje, incluso en la obtención de visados y otro tipo de documentación necesaria para formalizar su contrato de trabajo en el exterior.

576.Actualmente se están redactando los elementos de un proyecto de ley sobre emigración laboral, que se ha presentado a los correspondientes ministerios y administraciones para su aprobación.

577.De conformidad con la resolución Nº 408 del Consejo de Ministros de Uzbekistán de 21 de noviembre de 1996 sobre el régimen migratorio, la residencia y el tránsito de extranjeros y apátridas a Uzbekistán, los extranjeros pueden entrar y salir de Uzbekistán para asuntos personales y de trabajo, como turistas, para descansar, estudiar, recibir tratamiento médico o fijar su residencia permanente mediante un visado de entrada que otorgan los consulados de la República de Uzbekistán en el extranjero.

578.El visado de entrada en Uzbekistán, con excepción del de tránsito, es válido en todo el territorio nacional, menos en los lugares u obras donde está prohibida la visita de extranjeros.

579.Los extranjeros que permanezcan en el territorio por tres días o más están en la obligación de registrarse temporalmente en los órganos del Ministerio del Interior (en los departamentos de inmigración y extranjería) del lugar de residencia temporal o registrarse en hoteles, excepto en los lugares u obras donde está prohibida su visita.

580.Los extranjeros pueden tener residencia permanente en Uzbekistán, si han obtenido el correspondiente permiso y tienen permiso de residencia. El permiso de residencia en Uzbekistán se otorga a los extranjeros, de conformidad con el Decreto sobre permiso de residencia en Uzbekistán para extranjeros y apátridas y documentación de los apátridas.

581.El permiso de residencia permanente de un extranjero en Uzbekistán se otorga con arreglo a lo dispuesto en la ley previa presentación por el interesado de una solicitud al Ministerio del Interior de Uzbekistán.

582.Se podrá denegar la entrada a la República de Uzbekistán a un extranjero:

a)Para garantizar la seguridad nacional o la protección del orden social;

b)Si es necesario para la protección de los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos de Uzbekistán y de otras personas;

c)Si la persona no ha cumplido o tiene pendiente aún una condena por violación de la legislación nacional;

d)Si la persona participa en las actividades de organizaciones extranjeras terroristas, extremistas o delictivas de otro tipo;

e)Si la persona ha comunicado a sabiendas datos falsos o no ha presentado los documentos necesarios;

f)Si durante su estancia anterior se determinó que había violado el régimen migratorio o las normas de permanencia en el país o las leyes aduaneras, de divisas o cualquier otro instrumento legislativo del país (texto de la resolución Nº 178 del Consejo de Ministros de 16 de abril de 1999);

g)Si la persona tiene una enfermedad o afección que podría ser una amenaza para la seguridad y la salud de la población y dicho padecimiento figura en la lista ratificada por el Ministerio de Salud Pública de Uzbekistán.

583.No se permitirá la salida de Uzbekistán de un extranjero, si:

a)Su salida va en contra de los intereses de la seguridad del Estado, hasta que dejen de existir las circunstancias que impiden su salida;

b)Tiene pendiente el cumplimiento de obligaciones contractuales que impiden su salida al exterior para residir allí permanentemente, hasta que se hayan cumplido esas obligaciones;

c)Se ha interpuesto contra esa persona una causa penal, hasta que termine el juicio o se dicte un fallo judicial contra ella;

d)Ha sido condenado por cometer un delito, hasta que cumpla la sentencia o sea exonerado de cumplirla;

e)Se niega a cumplir las obligaciones impuestas por un tribunal, hasta que termine de cumplir esas obligaciones;

f)Ha comunicado datos falsos a sabiendas;

g)Se ha dictado un mandato judicial contra esa persona, hasta que el tribunal dicte su sentencia y quede ésta cumplida.

Artículo 13. Causas de expulsión de los extranjeros

584.La legislación vigente en la República de Uzbekistán consagra los derechos y deberes de los extranjeros y los apátridas en el territorio de la República, así como los fundamentos para exigirles responsabilidad.

585.Se exigirá responsabilidad administrativa y penal por violaciones del régimen migratorio de Uzbekistán.

586.Según el artículo 225 del Código de Responsabilidad Administrativa de Uzbekistán se podrá exigir responsabilidad administrativa por violación del reglamento de permanencia de un extranjero o un apátrida en Uzbekistán, es decir por residir sin documentación (derecho de residencia) en Uzbekistán o con documentos vencidos, por el incumplimiento del reglamento de inscripción, registro, traslado o elección del lugar de residencia, negarse a abandonar el país al vencer el permiso de estancia, así como por la violación de las normas de tránsito por el territorio de la República de Uzbekistán. La pena que se puede imponer por este tipo de violación es multa de 50 a 100 veces el salario mínimo o expulsión del país.

587.Según el artículo 224 del Código Penal de la República de Uzbekistán se podrá exigir responsabilidad penal por esos delitos, si se cometen después de haberse aplicado una sanción administrativa de multa de 50 a 100 veces el salario mínimo o la privación de libertad de uno a tres años.

588.Los extranjeros podrán ser expulsados del país en las siguientes circunstancias:

a)Si sus actividades van en contra de los intereses de la seguridad del Estado o de la protección del orden social;

b)Si es necesario para proteger la salud y la moral de la población y con miras a la protección de los derechos y los intereses legítimos de los ciudadanos uzbekos y demás personas.

589.En 2007 se expulsó de la República de Uzbekistán a 303 extranjeros y apátridas.

590.Los extranjeros y apátridas contra los que se ha dictado orden de expulsión, tienen derecho a interponer recurso de apelación de la decisión ante la instancia superior, que está en la obligación de enviar su respuesta en un plazo no mayor de un mes, y si están en desacuerdo con esta decisión, ante un tribunal.

591.Los órganos del Ministerio del Interior de Uzbekistán son los encargados de la extradición de extranjeros. Las personas que se nieguen a abandonar Uzbekistán en el plazo fijado por los órganos del Ministerio del Interior, podrán ser objeto de detención administrativa, necesaria para su expulsión por la fuerza (bajo escolta).

592.La detención y expulsión de extranjeros por la fuerza (bajo escolta) se ejecuta por orden del Ministerio del Interior, la Dirección de Asuntos Internos y el fiscal que dicta la sanción del lugar de residencia del expulsado. Los gastos de expulsión de extranjeros corren por cuenta del organismo que adopte la decisión y en los casos en que éste no pueda sufragarlos, por cuenta de los órganos del Ministerio del Interior.

593.En los pasaportes de extranjeros o apátridas expulsados de la República de Uzbekistán, la Dirección de Inmigración y Extranjería o Departamento de Inmigración y Extranjería del Ministerio del Interior y la Dirección de Asuntos Internos estampará un sello con la reducción del período de vigencia del visado y el registro temporal y se anotará la orden de expulsión.

594.Las cuestiones relacionadas con extradición, expulsión y repatriación de personas respecto de las cuales existan serias razones para suponer que puedan ser objeto de tortura, en sentido general, se rigen por las normas de convenios bilaterales (casi siempre se trata de acuerdos sobre asistencia jurídica y relaciones legales respecto de asuntos civiles, familiares y penales). Uzbekistán ha concertado acuerdos de esa índole con algunos países y con todos los Estados miembros de la Comunidad de Estados Independientes (CEI).

595.Este tipo de acuerdos suelen regirse por disposiciones modelo (de los artículos sobre Delitos que pueden dar lugar a la extradición), con arreglo a los cuales:

"1.Cada parte contratante se compromete, de conformidad con las disposiciones del tratado (sobre asistencia judicial y relaciones jurídicas en asuntos civiles, penales y de familia) a extraditar, a petición de la otra parte y a los efectos de su enjuiciamiento o de la ejecución de un fallo judicial, a personas que se encuentren en sus territorios respectivos;

2.Se autoriza la extradición por la realización de actos que constituyan delitos con arreglo a la legislación de ambas partes contratantes y que entrañen una pena de privación de libertad superior a un año u otra sanción más grave."

596.Se autoriza la extradición a efectos de ejecutar una sentencia judicial cuando el interesado haya sido condenado a una pena de privación de libertad superior a seis meses o a otra más grave.

597.Se podrá denegar la extradición, cuando:

a)La persona reclamada sea ciudadana del Estado al que se haya solicitado la extradición o cuando se le haya concedido el derecho de asilo en ese Estado;

b)La legislación de las partes contratantes disponga que sólo podrán incoarse diligencias penales a instancia de la víctima;

c)En el momento de recibirse la solicitud no pueda incoarse un proceso según la legislación de la parte a la que se haya solicitado la extradición o bien no pueda ejecutarse una sentencia judicial por haber prescrito el plazo pertinente o por cualquier otro motivo lícito;

d)Se haya dictado en el territorio de la parte a la que se haya solicitado la extradición una sentencia o un fallo con fuerza ejecutoria para sobreseer el proceso contra la persona reclamada por el mismo delito.

598.También puede denegarse la extradición cuando el delito en cuestión se haya cometido en el territorio del Estado al que se formule la solicitud.

599.En caso de que se deniegue una solicitud de extradición, la parte requerida deberá notificar a la parte requirente los motivos de la denegación.

600.En el artículo 10 del Código de Procedimiento Penal y en el artículo 57 del Convenio de la Comunidad de Estados Independientes (CEI) sobre asistencia y relaciones jurídicas en asuntos civiles, de familia y penales de 1993, así como en los acuerdos y convenios bilaterales suscritos por Uzbekistán con otros Estados, figura una lista exhaustiva de factores que impiden la extradición de una persona de Uzbekistán.

601.Por otra parte, en el artículo 17 del Código de Procedimiento Penal se establecen normas según las cuales nadie puede ser sometido a tortura, coacción u otros tratos crueles o degradantes; se prohíbe la realización de actividades o la imposición de decisiones, que sean humillantes o degradantes, la divulgación de datos sobre circunstancias de su vida personal, poner en peligro su salud o ser sometida a sufrimientos físicos y morales sin razón alguna.

602.En lo que respecta a la extradición de Uzbekistán a otro Estado, se procede a la entrega del culpable para que responda por sus cargos en relación con delitos cometidos en ese territorio sólo después de que los órganos competentes de esos Estados hayan dado las garantías prescritas en la legislación de la República de Uzbekistán.

603.Por su parte, la Fiscalía General de la República de Uzbekistán, cuando solicite la extradición de personas que hayan cometido delitos en territorio de Uzbekistán para que comparezcan a juicio por esos delitos, presentará a ese otro Estado los convenios y acuerdos internacionales sobre garantías necesarias para la solución de esa cuestión.

Artículo 14. Igualdad de los ciudadanos ante los tribunales

604.En la Constitución y en la legislación de la República de Uzbekistán, aprobada con arreglo a sus disposiciones, se consagran principios de justicia como:

-Igualdad de los ciudadanos ante la ley y ante los tribunales;

-Respeto del honor, la dignidad y los derechos de la persona;

-Accesibilidad del idioma en que se lleva a cabo el procedimiento judicial;

-Apertura y transparencia en la administración de justicia;

-Principio del juicio contradictorio;

-Derecho de defensa;

-Independencia del tribunal y su subordinación exclusivamente a la ley.

605.En el Código de Procedimiento Penal, el Código de Procedimiento Civil y el Código de Procedimiento Administrativo de la República de Uzbekistán se especifican los mecanismos que garantizan la aplicación de esos principios.

606.La justicia en Uzbekistán se administra sobre la base de la igualdad de los ciudadanos ante la ley y los tribunales, sin distinción de sexo, raza, nacionalidad, idioma, religión, origen social, creencias religiosas, situación personal o posición social.

607.Los jueces, el fiscal, el juez de instrucción y el oficial investigador están en la obligación de respetar el honor y la dignidad de todo acusado. Nadie puede ser sometido a tortura, coacción u otro trato cruel o denigrante de su honor y su dignidad humana. Se prohíbe llevar a cabo acciones o imponer decisiones, que menoscaben el honor y la dignidad de la persona, la divulgación de datos sobre circunstancias de su vida personal, poner en peligro su salud o someterlo a sufrimientos físicos y morales sin razón alguna.

608.Los juicios de delitos penales se celebrarán en idiomas uzbeko y karakalpaco en el idioma de la mayoría de la población del lugar de que se trate. Los participantes en el proceso que no dominen o conozcan poco el idioma en que se celebra el juicio, tendrán derecho a formular declaraciones verbales o por escrito, prestar testimonio y dar explicaciones, presentar solicitudes y reclamaciones, expresarse ante el tribunal en su idioma natal o en cualquier otro idioma que domine. En estos casos, así como cuando se les instruye el sumario, los encausados, según se establece en la ley, tienen derecho a solicitar los servicios de un intérprete. El sumario y los demás documentos judiciales, que se deben entregar al inculpado, al reo o a cualquier participante en el juicio, deberán traducirse a sus idiomas natales o a cualquier otro idioma que dominen.

609.Todas las audiencias serán públicas, con excepción de los casos en que sea necesario proteger el secreto estatal, así como en los casos en que se examinen delitos sexuales.

610.El tribunal determinará además si se celebra audiencia privada en casos de delitos de personas menores de 18 años de edad, así como en otros casos con el fin de prevenir la divulgación de información sobre la vida privada del ciudadano o datos que vayan en detrimento de su honor y dignidad y en casos en que así lo exija la necesidad de proteger la seguridad de la víctima, un testigo u otras personas relacionadas con el caso, así como la familia directa o parientes cercanos.

611.La correspondencia y los telegramas personales se podrán dar a conocer en audiencia pública sólo con el consentimiento de las personas que enviaron y recibieron esas cartas o comunicaciones. De no ser así, se examinarán e investigarán en audiencia privada.

612.La vista del caso en audiencia privada se hará respetando todas las normas procesales. La decisión del tribunal de examinar el caso en audiencia privada puede referirse a la causa en su totalidad o a partes de ella. Esta decisión se aplica al público y no a las partes en el proceso.

613.El tribunal podrá determinar que los parientes cercanos del inculpado y de la víctima, así como otras personas comparezcan durante la celebración de la audiencia privada, previa advertencia de la responsabilidad en que incurrirían de divulgarse información sobre las circunstancias examinadas en esas audiencias. El tribunal podrá prohibir que determinadas personas estén presentes en la sala durante las audiencias públicas, si fuese necesario para mantener el orden durante la vista.

614.En la sala del tribunal se permite tomar notas, hacer fotografías y grabar vídeos y películas solamente con permiso del magistrado que presida la audiencia.

615.Las sentencias, decisiones y fallos de los jueces se darán a conocer públicamente en todos los casos.

616.Para ampliar la transparencia en la administración de justicia, los jueces podrán, en caso necesario, pasar información a los representantes de los medios de información, las organizaciones sociales y asociaciones pertinentes sobre los próximos juicios, así como celebrarlos directamente en las empresas, instituciones y organizaciones.

617.Todo sospechoso, inculpado o procesado será considerado inocente hasta que se demuestre su culpabilidad con arreglo a derecho y por medio de una sentencia firme de un tribunal.

618.El sospechoso, inculpado o procesado no está en la obligación de demostrar su inocencia. Toda duda de su culpabilidad, si ya se han agotado las posibilidades de eliminarla, deberá resolverse en favor del sospechoso, inculpado o procesado. Asimismo, toda duda que surja en relación con la aplicación de la ley deberá resolverse en favor del sospechoso, inculpado o procesado.

619.El sospechoso, inculpado o procesado tiene derecho de defensa, que está garantizado ya que el juez de instrucción, el investigador, el fiscal y los jueces están en la obligación de explicar al sospechoso, inculpado o procesado sus derechos y a adoptar medidas para que tenga efectivamente la posibilidad de valerse de todos los mecanismos y recursos previstos en la ley para defenderse de los cargos que se le imputan.

620.En la vista del caso en primera instancia, así como durante su examen en las instancias superiores, se aplicará el principio del juicio contradictorio.

621.Durante la vista del caso en el tribunal, las funciones de acusador y defensor y la solución del caso están separadas entre sí y no pueden dejarse en manos de un mismo órgano o de un mismo funcionario.

622.El acusador fiscal, el acusado, el representante legal de éste si es menor de edad, el abogado defensor, el abogado designado, así como la víctima, el demandante, el demandado y sus representantes participan en la vista del caso en calidad de partes y gozan de igualdad de derechos para presentar pruebas, participar en su investigación, presentar demandas y expresar su opinión sobre cualquier asunto que tenga importancia para la justa solución del caso.

623.El juez no podrá ponerse de parte de la acusación ni de la defensa ni expresar ningún tipo de interés. Deberá conservar la objetividad e imparcialidad y crear las condiciones necesarias para que las partes en el proceso puedan cumplir sus obligaciones y ejercer los derechos que se les han reconocido.

624.El poder judicial en Uzbekistán actúa, de conformidad con el artículo 106 de la Constitución, con independencia del poder legislativo y ejecutivo y de los partidos políticos y demás organizaciones públicas.

625.El sistema judicial está formado por el Tribunal Constitucional, el Tribunal Supremo, el Tribunal Administrativo Superior, los tribunales supremos de la República de Karakalpakstán que examinan las causas civiles y penales y el Tribunal Administrativo de la República de Karakalpakstán, cuyo mandato es de cinco años, así como por los tribunales provinciales, los tribunales municipales de Tashkent que se ocupan de las causas civiles y penales, los tribunales interregionales, regionales y municipales que examinan las causas civiles y penales, y los tribunales militares y administrativos establecidos por un plazo similar. Se prohíbe la creación de tribunales extraordinarios.

626.El texto del artículo 112 de la Constitución es el siguiente: "Los jueces son independientes y sólo estarán subordinados a la ley. Es inadmisible toda intromisión en la labor de administración de justicia de un juez y se exigirán responsabilidades de conformidad con la ley".

627.La ley garantiza la inmunidad de los magistrados.

628.Los magistrados no pueden ser senadores ni diputados de los órganos representativos del poder del Estado. Los magistrados no pueden ser miembros de partidos políticos ni participar en movimientos políticos ni realizar ningún tipo de actividad remunerada, que no sea científica o pedagógica.

629.Sólo se podrá liberar del cargo a un juez mientras esté habilitado de plenos poderes por las razones establecidas en la ley.

630.La vista de los casos en los tribunales se basa exclusivamente en la ley, con arreglo a los procedimientos establecidos en el Código de Procedimiento Penal, el de Procedimiento Civil y el de Procedimiento Administrativo, sin que ninguna de las partes pueda ejercer influencia alguna.

631.Los fallos de los tribunales se basan en la ley, son de obligatorio cumplimiento y pueden volver a examinarse según lo establecido en la ley en otras instancias: los tribunales de apelación y casación y la inspección fiscal.

632.Al examinar un caso, el tribunal se guiará por los principios de objetividad e imparcialidad, transparencia y apertura, e igualdad de las partes en la vista de la causa.

633.Los tribunales funcionan y realizan sus actividades con cargo al presupuesto estatal, y los jueces tienen derecho a velar por sus intereses en el marco de la ONG de la que pueden ser miembros, el Colegio de Magistrados.

634.La selección de las candidaturas para ocupar puestos en los tribunales está a cargo de comisiones competentes integradas por magistrados que toman en consideración las cualidades profesionales y morales y la competencia sin ningún tipo de discriminación.

635.En la Ley sobre los tribunales se garantizan el mandato de los magistrados, su independencia, su seguridad, su remuneración y las condiciones del servicio.

636.La garantía del acceso de los ciudadanos a la administración de justicia consiste en que el Estado adopta las medidas necesarias para informar a los ciudadanos acerca de los medios de protección de sus derechos ante un tribunal, así como para simplificar, acelerar y reducir el costo de las audiencias sobre asuntos civiles, penales, administrativos y económicos. El Estado adopta las medidas pertinentes para informar a la población sobre la localización y competencia de los tribunales, así como el procedimiento para acudir a ellos.

637.Una parte importante del problema del acceso de los ciudadanos a la administración de justicia es la solución de la cuestión del acceso a la información jurídica y judicial.

638.La información jurídica y judicial relativa a las notificaciones de casos concretos, los participantes en un juicio, los hechos, los acontecimientos, los documentos que se consideran en causas penales, civiles, económicas y administrativas se refieren a documentación restringida, cuya obtención y utilización se regula en las leyes de procedimiento penal, procedimiento civil y procedimiento administrativo de la República de Uzbekistán.

639.Si nos remitimos al Código de Procedimiento Penal de la República de Uzbekistán podemos observar una lista de los sujetos con acceso a información judicial y jurídica, es decir de las personas físicas y jurídicas que tienen derecho de acceso a la información relacionada con un procedimiento penal. Se trata sobre todo de los encausados en un proceso penal: el sospechoso, acusado, condenado, la víctima, el abogado defensor, los representantes legales del inculpado y de la víctima, el demandante y el demandado, así como otras personas como testigos, testigos presenciales, especialistas, intérpretes, expertos, el acusador fiscal y otros representantes de la comunidad, de los colectivos obreros y de los medios de información.

640.Además del acusado, su abogado defensor tiene todo derecho a recibir esa información judicial y jurídica. Según lo dispuesto en el artículo 53 del Código de Procedimiento Penal, el abogado defensor tiene derecho a que se le informe de los cargos que pesan sobre su defendido, a recibir permiso por escrito para conocer de las actuaciones de los órganos de investigación preliminar y judicial, del tribunal, a enterarse del contenido de los documentos de las actuaciones judiciales, con todos los materiales del caso, a tomar nota de los datos que necesita, a recibir información que constituya secreto estatal, información confidencial comercial o de otra índole, con el acta de la audiencia y formular sus observaciones al respecto, así como a conocer todo tipo de reclamación o protesta sobre el caso y a la réplica.

641.De suma importancia para el grado de independencia y la eficacia de los tribunales es su aseguramiento financiero, técnico y material.

642.En los últimos años, ha mejorado considerablemente la dotación técnico y material de los tribunales. Ha aumentado en 2,7 veces el volumen de recursos asignados con esos fines. Sólo en 2005 se construyeron y realizaron obras de reparación general en 60 edificios destinados a tribunales y se adquirieron 14 nuevos edificios, para lo cual se destinaron más de 1.300 millones de sum.

643.La financiación de los tribunales corre por cuenta del presupuesto estatal y del Fondo para el Desarrollo de los Tribunales y los órganos de justicia. En el presupuesto estatal se asigna una partida específica a los recursos destinados al mantenimiento de los tribunales.

644.El 20 de julio de 2007 en Uzbekistán se adoptaron medidas para perfeccionar la organización de la actividad de los tribunales mediante la introducción de enmiendas y adiciones a la Ley de tribunales, con arreglo a las cuales la organización de la actividad de los tribunales de jurisdicción general y los tribunales administrativos se ajusta estrictamente a los principios de independencia de los jueces y su subordinación exclusivamente a la ley, Comisión Superior encargada de seleccionar y recomendar a las personas aptas para desempeñar los cargos de jueces, adscrita a la Presidencia de la República de Uzbekistán.

645.El Jokargy Kenes (Parlamento) de la República de Karakalpakstán elige o nombra a los jueces de la República a propuesta del Presidente del Jokargy Kenes, previo acuerdo del Presidente de la República de Uzbekistán. Posteriormente se somete a la aprobación del Presidente de la República de Uzbekistán sobre la base de las conclusiones de la Comisión Superior encargada de seleccionar y recomendar a las personas aptas para desempeñar los cargos de jueces, adscrita a la Presidencia de la República.

646.El Presidente de la República de Uzbekistán, a propuesta de la Comisión Superior encargada de seleccionar y recomendar a las personas aptas para desempeñar los cargos de jueces, adscrita a la Presidencia de la República de Uzbekistán, nombra a los jueces de los tribunales provinciales de Tashkent, municipales, interregionales, distritales (municipales) y militares.

647.La investidura de los magistrados de los tribunales de jurisdicción general y administrativos puede quedar suspendida por decisión del correspondiente colegio de magistrados de la Comisión Superior encargada de seleccionar y recomendar a las personas aptas para desempeñar los cargos de jueces, adscrita a la Presidencia de la República de Uzbekistán.

648.El Senado del Oliy Maylis de la República de Uzbekistán podrá suspender anticipadamente las atribuciones de los jueces del Tribunal Supremo, del Tribunal Económico Superior a propuesta del Presidente de la República; el Presidente de la República de Uzbekistán, a propuesta de la Comisión Superior encargada de seleccionar y recomendar a las personas aptas para desempeñar los cargos de jueces, adscrita a la Presidencia de la República de Uzbekistán podrá suspender a los jueces de tribunales provinciales, de la ciudad de Tashkent, de tribunales intermunicipales y municipales (de ciudad) y de tribunales militares y económicos de las provincias y de la ciudad de Tashkent; el Jokargy Kenes de la República de Karakalpakstán, a propuesta del presidente de su Presidente, presentada sobre la base de las conclusiones de la Comisión Superior encargada de seleccionar y recomendar a las personas aptas para desempeñar los cargos de jueces, adscrita a la Presidencia de la República de Uzbekistán, podrá suspender a los jueces de los tribunales de la República de Karakalpakstán.

649.La formación de la reserva y la selección de candidaturas para ocupar puestos de magistrado se lleva a cabo teniendo en cuenta la especialización de los postulantes de entre los jueces o juristas más preparados y con la mayor calificación profesional de los órganos encargados de hacer cumplir la ley, las instituciones y las organizaciones.

650.Los colegios de magistrados correspondientes reciben las solicitudes de quienes desean ser incluidos en la reserva o incorporarse como suplentes de vacantes concretas para la formación de la reserva de candidatos a jueces de tribunales civiles interurbanos y urbanos (de ciudad) y tribunales penales municipales (de ciudad), tribunales militares de distrito y territoriales de la República de Karakalpakstán, de los tribunales económicos de provincias y de la ciudad de Tashkent (con excepción de quienes son ascendidos a presidentes y vicepresidentes de tribunales económicos). En la reserva de candidatos a juez de dichos tribunales pueden figurar ciudadanos uzbekos mayores de 25 años, graduados de estudios superiores de ciencias jurídicas, con experiencia de trabajo en su especialidad de tres años como mínimo. No podrán formar parte de la reserva las personas que hayan sido condenadas.

651.Los colegios de magistrados organizan el examen de la calidad profesional, moral y personal de cada candidato y en un plazo de no más de dos meses después de haber recibido la documentación convocan a exámenes, cuyos resultados deciden la inclusión en la reserva o el rechazo de candidatos a jueces. Estos órganos se encargan también de los estudios de personas que forman parte de la reserva de candidatos a jueces y de los jueces nombrados por primera vez en tribunales civiles y penales intermunicipales y municipales (de ciudad), tribunales militares de distrito y territoriales, jueces del tribunal económico de la República de Karakalpakstán y de los tribunales económicos de provincias y de la ciudad de Tashkent, en cursos especiales organizados en el Centro de perfeccionamiento de juristas del Ministerio de Justicia de Uzbekistán. El certificado de terminación de estudios especiales tiene validez durante tres años a partir de la fecha de expedición.

652.Entre 2005 y 2007, recibieron instrucción en el Centro 475 funcionarios del Tribunal Supremo y 28 del Tribunal Económico Superior.

653.En 2007 asistieron como oyentes a los cursos de recalificación 158 miembros de la reserva, presidentes y vicepresidentes nombrados por primera vez y jueces de tribunales penales municipales (de ciudad), presidentes, vicepresidentes y jueces de tribunales militares de distrito y territoriales, 72 jueces de tribunales civiles intermunicipales, municipales (de ciudad), 59 jueces del tribunal económico de la República de Karakalpakstán y de tribunales económicos de provincias y de la ciudad de Tashkent. En total asistieron a los cursos de recalificación 289 miembros de la reserva de jueces.

654.Para los jueces de tribunales penales y civiles municipales y provinciales, el período de instrucción dura 30 días; para los presidentes y vicepresidentes de tribunales, 15 días.

Artículo 15 . Tipificación de los delitos y las penas

655.En Uzbekistán la tipificación de los delitos y de las penas se basa en los principios universales del derecho penal.

656.En el párrafo 1 del artículo 13 del Código Penal se estipula que un acto se tipifica como delito y se castiga con arreglo a la legislación vigente en el momento en que se cometió; en el párrafo 2 se disponen las excepciones a esta regla general y se establece que cuando una persona ha cometido un acto delictivo antes de que entre en vigor una nueva ley o esté cumpliendo o haya cumplido condena, es decir con antecedentes penales, se le aplicará la nueva ley si con arreglo a ésta el acto deja de considerarse delito, se prevé una condena más leve o se favorece de otro modo a tal persona. Por otra parte, en el párrafo 3 se establece que toda ley que tipifique un acto como delito, aumente la pena impuesta o perjudique a la persona afectada carecerá de fuerza retroactiva, es decir, no podrá aplicarse a actos cometidos antes de que entrara en vigor o de que las personas cometieran esos actos. Se entiende por ley, por la que se anula la criminalidad de un acto, aquella por la que éste se elimina de una lista de delitos.

657.Desde el momento en que la nueva ley entre en vigor, quedarán sobreseídas las causas penales abiertas contra una persona por los órganos de instrucción y los tribunales, se absolverá a las personas condenadas por tal acto y a las personas que hayan cumplido condena por ese delito se las considerará exentas de antecedentes penales. Se entiende por ley por la que se reduce una pena la que: a) reduce el grado máximo de la pena principal o complementaria; b) reduce el grado mínimo de la pena principal o complementaria; c) excluye la pena más rigurosa de entre varias posibles; d) contempla una pena alternativa más leve como pena principal; e) establece un procedimiento administrativo anterior al juicio; f) excluye la pena complementaria si las penas principales fueran equivalentes; g) excluye la obligatoriedad de la pena complementaria si las penas principales fueran equivalentes; y h) contempla una pena complementaria más leve si las penas principales fueran equivalentes.

Artículo 16. Personalidad jurídica de los ciudadanos

658.Con arreglo a los principios generales del ordenamiento jurídico, la personalidad jurídica no puede depender del sexo, la raza, el origen social ni la religión.

659.Según el artículo 17 del Código Civil de la República de Uzbekistán, por capacidad legal se entiende la capacidad de ejercer derechos civiles y contraer obligaciones, que se reconoce por igual a todos los ciudadanos. La persona adquiere capacidad legal desde el momento en que nace y la pierde al fallecer.

660.En el artículo 18 del Código Civil se define la capacidad legal del ciudadano. "Los ciudadanos pueden poseer bienes en virtud del derecho de propiedad; a heredar y legar bienes; a poseer ahorros en el banco; a ocuparse de alguna actividad empresarial, agrícola y cualquier otra actividad que no esté prohibida por ley; a contratar trabajo asalariado; a establecer una personalidad jurídica; a tener un negocio y a contratar créditos; a exigir indemnización por daños y perjuicios; a elegir el tipo de ocupación y un lugar de residencia; tiene derecho a ser autor de obras científicas, literarias y artísticas, invenciones y otros resultados de su actividad intelectual protegidos por la ley ".

661.Los ciudadanos pueden tener también otros derechos de propiedad o no de índole personal.

662.Según lo dispuesto en el artículo 22 del Código Civil, la capacidad legal del ciudadano es la capacidad de adquirir por sus propias acciones y ejercer sus derechos civiles, crear para sí deberes civiles y cumplirlos. La plena capacidad de obrar de la persona se adquiere con la mayoría de edad, es decir cuando cumple los 18 años de edad.

663.Los ciudadanos que contraigan matrimonio legalmente antes de la mayoría de edad adquieren la plena capacidad de obrar con el acto matrimonial. La plena capacidad de obrar se mantiene aun cuando el matrimonio fuera declarado nulo antes de que esa persona hubiera cumplido los 18 años.

664.Al anular un matrimonio, el tribunal podrá disponer que los cónyuges que fueran menores de edad pierdan la plena capacidad de obrar desde el momento que estime oportuno el tribunal.

665.En el artículo 23 del Código Civil se establece la inadmisibilidad de que se restrinja la capacidad jurídica o de obrar del ciudadano. No podrá restringirse la capacidad jurídica o de obrar de nadie salvo en las circunstancias y con arreglo al procedimiento que prevé la ley. El incumplimiento de las normas jurídicas que rigen las condiciones y el régimen de imposición de restricciones a la capacidad de obrar de los ciudadanos dejan sin efecto cualquier restricción impuesta por un órgano estatal.

666.La renuncia total o parcial de un ciudadano a ejercer su capacidad jurídica o capacidad de obrar, así como cualquier otra disposición para restringirlas, carecerán de efecto salvo cuando la ley así lo permita.

667.Según la ley, los ciudadanos que hayan sido declarados incapacitados por un tribunal no podrán ser elegidos ni participar en las elecciones a la Presidencia. La única manera de declarar incapacitada a una persona es por decisión de un tribunal basada en las conclusiones de una comisión médica, creada a nivel provincial, municipal o de ciudad por el Ministerio de Salud Pública. Se podrá apelar de dicho fallo del tribunal en la instancia superior.

668.Con arreglo al Código Penal, incurren en responsabilidad las personas físicas en posesión de sus facultades que tuvieran más de 16 años en el momento de cometer un delito.

669.Por persona en posesión de sus facultades se entiende aquella que, en el momento de cometer el delito fuera consciente de la peligrosidad social de su acto y lo cometiera a sabiendas.

670.No incurre en responsabilidad la persona que en el momento de cometer un delito socialmente peligroso no estuviera en posesión de sus facultades, es decir, no fuera capaz de comprender el significado de sus actos o no pudiera controlarlos por una enfermedad mental crónica, un trastorno mental transitorio, retraso mental moderado o cualquier otra perturbación mental.

671.Las personas que hubieran delinquido con 13 años cumplidos sólo incurrirán en responsabilidad penal en el caso de homicidio calificado (párrafo 2 del artículo 97 del Código Penal).

672.Las personas que hubieran delinquido con 14 años cumplidos incurrirán en responsabilidad penal por los actos tipificados en el párrafo 1 del artículo 97, los artículos 98, 104 a 106, 118, 119, 137, 164 a 166, 169, párrafos 2 y 3 del artículo 173, artículos 220, 222, 247, 252, 263, 267 y 271 y los párrafos 2 y 3 del artículo 277 del Código Penal.

673.Las personas que hubieran delinquido con 18 años cumplidos incurrirán en responsabilidad penal por los actos previstos en los artículos 122, 123, 127, 144, 146, 193 a 195, 205 a 210, 225, 226, 230 a 232, 234, 235 y 279 a 302 del Código Penal.

674.Las personas que hubieran cometido delitos sin haber cumplido los 18 años incurrirán en responsabilidad penal con arreglo a las disposiciones generales y teniendo en cuenta las condiciones específicas previstas en la sección 6 de la Parte general del Código Penal.

Artículo 17. Inviolabilidad de la persona

675.En Uzbekistán todos tienen derecho a la protección contra atentados a su honor y dignidad, la injerencia en su vida privada y a la inviolabilidad de su domicilio. Nadie tiene derecho a allanar una vivienda, practicar búsquedas o registros ni violar el secreto de la correspondencia y las conversaciones telefónicas salvo en los casos y en el modo que establece la ley. El artículo 27 de la Constitución tiene por objeto proteger y defender los derechos no materiales de la persona, así como su honor y dignidad, su vida privada y la inviolabilidad del domicilio.

676.El artículo 100 del Código Civil (Protección del honor, la dignidad y el prestigio profesional) establece que el ciudadano tiene derecho a exigir que se refute ante un tribunal toda afirmación que ponga en entredicho su honor, dignidad o prestigio profesional, a menos que quien haya divulgado dichas afirmaciones demuestre su veracidad.

677.El Código de Responsabilidad Administrativa establece una norma común de responsabilidad por la divulgación de testimonios que puedan causar daños morales o materiales a un ciudadano. En el artículo 46 se dispone que "se incurrirá en responsabilidad según lo prescrito en la ley en caso de divulgación de información médica o comercial de carácter confidencial o la violación del secreto de correspondencia o de otras comunicaciones, de actos notariales, operaciones y cuentas bancarias, así como de cualquier otra información que pueda causar daños morales o materiales a la persona o a sus derechos y libertades".

678.La legislación en materia de procedimiento penal establece varias normas sobre la justificación, procedimiento y trámites necesarios para la intervención, inspección y confiscación de comunicaciones postales y telegráficas, así como sobre la justificación y procedimiento para la escucha de conversaciones telefónicas u otros sistemas de comunicación. Con arreglo al artículo 166 del Código de Procedimiento Penal, la persona encargada de la investigación inicial o de la instrucción podrá disponer la intervención de cualquier comunicación postal o telegráfica establecida con otras personas por un sospechoso, acusado o encausado o en su nombre, siempre que exista fundamento suficiente para suponer que éstas contienen información sobre el delito cometido o bien documentos u objetos de importancia sumarial. En estos casos, la persona encargada de la investigación inicial o de la instrucción dictará un auto que deberá obtener la autorización del fiscal o bien el tribunal dictará una decisión judicial. Las normas de procedimiento penal relativas a las comunicaciones postales y telegráficas se aplican a las cartas de cualquier clase, a los telegramas y los radiogramas, así como a los despachos, las encomiendas y los paquetes postales. El registro o la confiscación de las comunicaciones postales y telegráficas se lleva a cabo, de conformidad con el artículo 167 del Código de Procedimiento Penal, en las oficinas de correos y en presencia de testigos de asistencia y, de ser necesario, en presencia también de un perito y las personas encargadas de la investigación inicial o de la instrucción. Se considerará justificada la escucha de conversaciones mantenidas por teléfono u otros medios si se han reunido suficientes pruebas en relación con el caso (artículo 169 del Código de Procedimiento Penal). En los casos que no admitan demora, las personas encargadas de la investigación inicial o de la instrucción podrán dictar un auto de escucha sin haber obtenido autorización del fiscal, aunque deberán advertirle inmediatamente de ello por escrito (artículo 170 del Código de Procedimiento Penal).

679.El derecho a la inviolabilidad del domicilio implica que nadie, sin un mandato judicial, puede allanar una vivienda que esté ocupada temporal o permanentemente contra la voluntad de sus moradores. Este derecho se aplica a todas las viviendas, casas y edificios. Sea cual sea el régimen de propiedad, todo ciudadano que ocupe una casa o apartamento gozará de este derecho. El allanamiento de la vivienda sólo está permitido en los casos y de la manera que se establecen rigurosamente en la ley.

680.En el artículo 9 del Código sobre Vivienda de la República de Uzbekistán se define el concepto de "vivienda": se entiende por vivienda un lugar que cumpla todos los requisitos sanitarios, de protección de incendios y técnicos establecidos, cuya finalidad sea alojar al ciudadano con carácter permanente, así como ser utilizado según lo establecido como hogar especializado (albergues, casas del fondo de viviendas de reserva, casas de rehabilitación para discapacitados, veteranos, ancianos que estén solos, así como los hogares infantiles y otras viviendas para fines especiales).

681.En el artículo 10 del Código sobre Vivienda de la República de Uzbekistán se definen los tipos de viviendas. Se trata de casas, apartamentos situados en edificios, habitaciones y otros locales habitables, situados en otros edificios destinados al alojamiento.

682.Según el artículo 158 del Código de Procedimiento Penal, el oficial que realiza las investigaciones preliminares y el juez de instrucción podrán practicar registros, si tienen razones suficientes para suponer que en determinada vivienda, lugar de servicios o de producción o en cualquier otro lugar o en poder de determinada persona se encuentran objetos o documentos de importancia para un caso. El registro se podrá practicar también a los efectos de hallar a prófugos, así como cadáveres. La confiscación o el registro se practicarán a propuesta del oficial encargado de las actuaciones preliminares o del juez de instrucción ya sea por decisión del tribunal que está encargado de ordenar la confiscación o el registro al órgano de investigación preliminar o al juez de instrucción.

683.En el mandato judicial o la orden de ejecución de una confiscación o registro se deberá indicar dónde y quién tiene que encargarse de la confiscación o practicar el registro y qué artículos o documentos deberán hallarse y confiscarse. En el registro o la confiscación participan los testigos presenciales, y de ser necesario también un especialista y un intérprete. Cuando se lleva a cabo una confiscación o un registro se deberá garantizar la presencia de las personas a quienes se practica el registro o la confiscación, de no ser así una persona mayor de edad de su familia. Si resulta imposible garantizar su presencia, se invitará a un representante del jokimato correspondiente o de un órgano de gobierno autónomo. Las confiscaciones y los registros en lugares ocupados por empresas, instituciones, organizaciones y unidades militares se realizarán en presencia de sus representantes. Antes de comenzar la confiscación o el registro, se explicará a la persona a quien se practica el registro, al testigo presencial, a los especialistas, a los representantes de empresas, instituciones, organizaciones y unidades militares que el oficial encargado de las actuaciones preliminares o el juez de instrucción tienen derecho a estar presentes en todo momento y formular declaraciones sobre esas acciones. Se dejará constancia en acta de dichas declaraciones.

684.Según el Código Penal de Uzbekistán se exigirá responsabilidad en caso de violación del domicilio y de la persona (art. 142) y por no respetar el secreto de la correspondencia, las conversaciones telefónicas y las comunicaciones telegráficas o de otra índole (art. 143).

685.Con el objeto de garantizar los derechos y libertades de la persona, la seguridad, los intereses de la sociedad y el Estado, se está preparando un proyecto de ley sobre actividad de búsqueda operativa. En esa ley se define el concepto de actividad de búsqueda operativa, sus tareas y principios. En la ley se consagran los principios de respeto de los derechos y libertades de la persona mientras se realiza la actividad de búsqueda operativa, así como el derecho a apelar de las acciones y decisiones de los órganos (funcionarios) ante la instancia superior, el fiscal o el tribunal. Corresponde a los órganos de la fiscalía supervisar el cumplimiento de la ley por los órganos que llevan a cabo la actividad de búsqueda operativa. En particular tienen el deber de examinar la documentación relativa a la realización de actividades de búsqueda operativa, en los que se restringen los derechos y libertades constitucionales del ciudadano al secreto de la correspondencia, las conversaciones telefónicas y de otra índole, las comunicaciones postales, telegráficas y demás, transmitidas por canales de comunicación, así como el derecho a la inviolabilidad del domicilio.

686.Cuando queda demostrado que se han violado los derechos y las libertades de la persona, los órganos encargados de la actividad de búsqueda operativa están en la obligación de adoptar medidas inmediatas para reparar e indemnizar por los daños y perjuicios causados y exigir responsabilidad a los culpables.

Artículo 18. Garantía de la libertad de conciencia

1. Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión

687.En Uzbekistán se garantiza a todos la libertad de conciencia. Toda persona tiene derecho a practicar cualquier religión o a no practicar ninguna. Se prohíbe inculcar doctrinas religiosas por la fuerza (artículo 31 de la Constitución). La Ley sobre la libertad de conciencia y las organizaciones religiosas de 1998, reglamenta las relaciones sociales que surgen en el ejercicio de los derechos a la libertad de conciencia.

688.En la actualidad 16 confesiones religiosas realizan sus actividades en el país, además algunas de ellas no son las que se han conocido tradicionalmente en Uzbekistán.

689.Se sobreentiende que la más numerosa por tradición y por razones históricas sea la religión musulmana o Islam. Actualmente en el territorio funcionan la Sección musulmana de Uzbekistán, el Kaziyat (Consejo de Ancianos) musulmán de Karakalpakstán, el Instituto Islámico de Tashkent, 10 seminarios conciliares y 1.862 mezquitas, 90% de las cuales abren los viernes. Desde la independencia se han construido o restaurado mezquitas conciliares como Kalián (Bujara), Jeque Zainuddin y Hoja Akhror (Tashkent), con una capacidad entre 10.000 y 30.000 fieles.

690.La actividad de la Sección musulmana de Uzbekistán se centra en la creación de todas las condiciones posibles para que los ciudadanos celebren sus ritos islámicos sin ningún obstáculo, para fortalecer la unidad y cohesión de los musulmanes, para promover y establecer relaciones interconfesionales mutuamente ventajosas en el país.

691.La Sección musulmana de Uzbekistán tiene sus propios órganos de prensa, el periódico Islom Nuri, que se publica cada quincena, y la revista mensual Hidoyat. En la Dirección Espiritual funciona la editorial especial Maverannachr.

692.Para los musulmanes creyentes se han creado condiciones que les permiten cumplir sin obstáculos los cinco pilares, que son los preceptos básicos del islamismo, a saber la profesión de fe, las cinco plegarias diarias en dirección a La Meca, dar limosna (zakat), ayunar en el mes del Ramadán, así como marchar en peregrinación (Hajg) a La Meca (Arabia Saudita).

693.En 2005 viajaron 2.354 personas en la Umra o peregrinación menor y 5.212 en la Hajg o peregrinación mayor; en 2006 en la peregrinación menor Umra participaron 2.978 personas, y en la mayor o Hajg 5.028 personas; en 2007 participaron en la Umra 4.075 personas y en la Hajg, 5.088 personas.

694.La libertad de culto garantizada en la legislación vigente ha creado todas las condiciones necesarias para atender las necesidades religiosas de todos los demás ciudadanos que representan a más de 130 nacionalidades y grupos étnicos, que practican casi todas las corrientes del cristianismo, así como el budismo, el bahaísmo, el hinduismo y las doctrinas de Krishna.

695.Actualmente, en la República realizan sus actividades 187 organizaciones religiosas de 16 confesiones distintas, entre ellas la ortodoxa, la católica, la luterana, la bautista, la evangélica, los adventistas y otras iglesias cristianas, así como comunidades religiosas de hebreos de Bujara y hebreos europeos, bahaíes, seguidores de Krishna y budistas.

696.Anualmente más de 120 representantes de estas comunidades religiosas organizan peregrinaciones a los santos lugares de sus religiones en Israel, Grecia y Rusia, aprovechando las prerrogativas reconocidas a los creyentes que viajan al exterior. En los años transcurridos desde la independencia se han construido o restaurado cientos de iglesias, sinagogas y casas de oración, incluidos templos ortodoxos en Tashkent, Samarcanda y Navoi, una iglesia católica en Tashkent, una iglesia apostólica armenia en Samarcanda, un templo budista en Tashkent y muchos otros.

697.Una de las confesiones religiosas más extendidas en Uzbekistán es la Iglesia ortodoxa rusa. Constituida hace más de 125 años, la Iglesia ortodoxa rusa de Uzbekistán agrupa actualmente a más de 30 asociaciones religiosas y 3 monasterios. Las diócesis cuentan con un seminario conciliar en el que se están formando más de 20 seminaristas. La Iglesia ortodoxa cuenta con varias publicaciones, entre las que destaca por su circulación el periódico Palabra de vida. Para celebrar el 125 aniversario de la fundación de la Iglesia ortodoxa, se restauraron los templos de Tashkent, Samarcanda y Chirchik, al tiempo que se levantó una nueva sede diocesana.

698.La República de Uzbekistán es un Estado laico. La religión está separada del Estado, lo que equivale a la no injerencia del Estado en los asuntos internos de las agrupaciones religiosas y a que se deniegue a las organizaciones religiosas la participación en los asuntos de Estado. Las normas de las doctrinas religiosas no constituyen fuente de derecho para el Estado. La ley prohíbe la incitación al odio y la animadversión contra las creencias religiosas.

699.Las organizaciones religiosas están en la obligación de atenerse a los requisitos establecidos en la legislación vigente. Se prohíbe el uso de la religión con fines de propaganda anticonstitucional y en contra del Estado, la incitación al odio, la animadversión ni la discordia entre nacionalidades, la violación de los principios morales y de las normas de convivencia, la divulgación de calumnias, que desestabilicen el orden social, la creación de pánico entre la población y la realización de todo tipo de actividad en contra del Estado, la sociedad y las personas. Se prohíbe la actividad de organizaciones, tendencias, sectas y otras organizaciones religiosas, que contribuyan al terrorismo, al narcotráfico y a la delincuencia organizada o que persigan otros intereses egoístas.

700.Sobre cualquier intento de ejercer influencia en los órganos y las administraciones de poder estatal, en los funcionarios o de llevar a cabo alguna actividad religiosa ilícita de otra índole recaerá todo el peso de la ley.

2. Prohibición de la obligación de adoptar una religión

701.El Estado garantiza el derecho de los ciudadanos a la libertad de conciencia. De conformidad con el artículo 145 del Código Penal (Delitos contra la libertad de conciencia),  "quien impida la realización de actividades lícitas de una organización religiosa o la celebración de ceremonias religiosas podrá ser castigado con una multa de hasta 50 veces el salario mínimo o la privación de determinados derechos por un plazo de hasta cinco años o una pena de trabajo correccional de hasta dos años.

702.La captación de menores en organizaciones religiosas y el hecho de inculcarles doctrinas religiosas en contra de su voluntad, la de sus padres o la de quienes ocupen su lugar se castigan con una multa de entre 50 y 75 veces el salario mínimo o una pena de trabajo correccional de entre dos y tres años o de privación de libertad de hasta tres años.

703.Las actividades religiosas que puedan impedir a los ciudadanos el ejercicio de sus derechos civiles o el cumplimiento de sus obligaciones civiles, que prescriban la entrega forzosa de donativos o cuotas por parte de los creyentes, o medidas que denigren el honor y la dignidad de los fieles u obliguen a las personas a recibir instrucción religiosa o dar a conocer su actitud hacia la religión, hacia la práctica o no de la religión y hacia la participación o no en las liturgias, ritos y ceremonias religiosas, así como la organización de ceremonias religiosas que puedan provocar daños corporales de carácter leve o medio, se castiga con multas de entre 75 y 100 veces el salario mínimo o con un plazo de detención de hasta seis meses o la privación de libertad de entre tres y cinco años.

704.El artículo 156 del Código Penal de la República de Uzbekistán establece la responsabilidad por incitar a la animadversión nacional o religiosa. Así, "los actos que denigren premeditadamente el honor y la dignidad nacionales u ofendan los sentimientos del ciudadano por motivo de sus creencias religiosas o su ateísmo, guiados por el ánimo de instigar la hostilidad, la intolerancia o la animadversión hacia grupos de la población por motivo de su origen nacional, racial, étnico o religioso, así como el establecimiento de restricciones de derechos o el otorgamiento de privilegios, ya sea de manera directa o indirecta, por razón del origen nacional, racial o étnico o por la actitud hacia la religión, se castigarán con penas de privación de libertad de hasta cinco años".

705.De conformidad con el párrafo 1 del artículo 202 del Código Penal de Uzbekistán, la inducción a participar en actividades prohibidas en Uzbekistán por parte de asociaciones públicas u otras organizaciones, grupos o sectas religiosas se castiga con multas de 5 a 10 veces el salario mínimo o con penas de detención administrativa de hasta 15 días.

706.La ley prohíbe toda actividad religiosa ilícita. En el artículo 240 (Violación de las leyes sobre las organizaciones religiosas) se estipula que "las actividades religiosas ilícitas, la negativa de los dirigentes religiosos a inscribir los estatutos de sus organizaciones, la organización y celebración por parte de servidores de cultos y miembros de organizaciones religiosas de asambleas dirigidas especialmente a los niños y a los jóvenes, así como el establecimiento de clubes y grupos laborales, literarios o de otra índole que no guarden relación con el culto se castigarán con multas de entre 5 y 10 veces el salario mínimo o con penas de detención administrativa de hasta 15 días".

707.La labor de conversión de los creyentes de una religión a otra (proselitismo) y otras actividades de apostolado se castigarán con multas de entre 5 y 10 veces el salario mínimo o con penas de detención administrativa de hasta 15 días.

708.El Estado protege el derecho del niño a la libertad de conciencia. Por eso, la infracción de las normas de instrucción religiosa, la instrucción religiosa sin formación especializada y sin autorización del órgano central de la organización religiosa de que se trate, así como la instrucción religiosa a título particular se castigarán con multas de entre 5 y 10 veces el salario mínimo o con penas de detención administrativa de hasta 15 días (artículo 241 del Código Penal).

709.En Uzbekistán sе presta gran atención a la garantía de los derechos de los reclusos a la libertad de conciencia. En el Código de Ejecución de Sanciones Penales se añadió un nuevo artículo 12 (Garantías de la libertad de conciencia de los presos), con arreglo al cual se garantiza al reo la libertad de conciencia y el derecho de practicar cualquier religión o ninguna. Las personas que están detenidas o cumpliendo condenas de privación de libertad pueden recibir, previa solicitud, la visita de representantes de organizaciones religiosas debidamente registradas. Se autoriza a los condenados a celebrar ritos religiosos, así como a utilizar objetos de culto y literatura religiosa. La observancia de ritos religiosos es voluntaria y no debe violar el reglamento interno del establecimiento penitenciario ni menoscabar los derechos e intereses legítimos de los demás.

710.El Estado procura que imperen la tolerancia y el respeto mutuos entre los ciudadanos que profesen o no las distintas religiones, entre organizaciones religiosas de distintas creencias y no admite el fanatismo y el extremismo religioso o de otra índole ni la instigación de animadversión entre las distintas confesiones.

711.No se permitirá a ninguna religión o culto otorgar prerrogativas o imponer limitaciones a las demás.

712.La coordinación de las relaciones mutuas entre los organismos estatales y las organizaciones religiosas y el control del cumplimiento de la legislación sobre la libertad de conciencia y las organizaciones religiosas competen al Comité de Asuntos Religiosos del Consejo de Ministros de la República de Uzbekistán.

713.La inscripción de los órganos centrales de dirección de las organizaciones religiosas compete al Ministerio de Justicia de la República de Uzbekistán, y de otras organizaciones religiosas, según corresponda, al Ministerio de Justicia de la República de Karakalpakstán, las dependencias de ese Ministerio en las provincias y en la ciudad de Tashkent, previo consentimiento del Comité de Asuntos Religiosos del Consejo de Ministros de la República de Uzbekistán.

714.Se podrá denegar la inscripción de una organización religiosa si las disposiciones de sus estatutos y otros documentos que contravengan lo dispuesto en la correspondiente ley o en otros instrumentos jurídicos de la República de Uzbekistán.

715.En Uzbekistán se ha vuelto algo común organizar actividades encaminadas a garantizar la aquiescencia entre religiones y confesiones. Así pues, se celebraron una reunión de expertos regionales de la Organización Islámica para la Educación, la Ciencia y la Cultura (ISESCO) con el tema Papel de los organismos oficiales y las organizaciones no gubernamentales en el diálogo y la amistad entre civilizaciones del 13 al 15 de agosto de 2007; la Conferencia internacional Aportación de Uzbekistán al desarrollo de la civilización islámicalos días 14 y 15 de agosto de 2007; la Conferencia internacional Uzbekistán: patria de grandes pensadores islámicos los días 13 y 14 de noviembre de 2007.

716.Representantes de las comunidades musulmana, ortodoxa y hebrea participaron en la labor del seminario Experiencia de Uzbekistán en el logro de la armonía interconfesional, organizado en Londres el 31 de mayo de 2007 por iniciativa del fondo social internacional Three Faiths Forum (Gran Bretaña).

Artículo 19. Ejercicio de la libertad de pensamiento y de convicciones

717.En la República de Uzbekistán "todos tienen derecho a la libertad de opinión, de expresión y convicciones. Todos tienen derecho a procurar, obtener y divulgar cualquier información, excepto la que atente de manera directa contra el orden constitucional vigente o transgreda otras limitaciones establecidas en la ley. La libertad y la expresión de la opinión pueden restringirse por la ley cuando se trate de secretos de Estado o de otra índole" (artículo 29 de la Constitución de Uzbekistán).

718.La libertad de expresión es el derecho de cada cual a expresar libremente sus opiniones y puntos de vista sobre todas las cuestiones de la vida sociopolítica y estatal, evaluar acontecimientos y documentos, hacer públicas las deficiencias y los avances de la actividad de los órganos del Estado, formular propuestas para mejorar su actividad y participar en el examen de todas las cuestiones.

719.Las limitaciones establecidas por el Estado al ejercicio del derecho a la libre expresión de las opiniones, de conformidad con las Observaciones generales Nº 10 adoptadas por el Comité de Derechos Humanos, de 29 de junio de 1983, no menoscaban el principio mismo del ejercicio de este derecho.

720.La libertad de expresión no puede utilizarse en detrimento de la paz y la democracia, contradecir los intereses de la sociedad y el Estado ni transgredir los derechos de los demás ciudadanos, por lo que en Uzbekistán se prohíbe la propaganda en favor de la guerra, el odio nacional y racial, y la propagación de calumnias.

721.En Uzbekistán el ejercicio de la libertad de expresión se basa en lo establecido en la Ley de principios y garantías de la libertad de información, la Ley de quejas de los ciudadanos, y la Ley de los medios de comunicación.

722.En la Ley de principios y garantías de la libertad de información, de 7 de febrero de 2003, a tenor de lo dispuesto en el artículo 29 de la Constitución, se otorga el derecho al acceso a la información y se definen el procedimiento y los plazos para obtenerlo. La información podrá denegarse solamente si es confidencial, es decir, de acceso limitado de conformidad con la ley, o si su divulgación pudiera redundar en perjuicio de los derechos e intereses legítimos de una persona, o de los intereses de la sociedad o del Estado.

723.De conformidad con la Ley de quejas de los ciudadanos, de 12 de diciembre de 2002, todos tienen derecho a presentar solicitudes, propuestas y quejas ante los órganos del Estado. Es posible recurrir a estos órganos de forma oral o escrita y de manera individual y colectiva. En cada órgano del Estado se fija un horario de atención al público a estos efectos, de manera que cualquier ciudadano pueda ejercer su derecho a la libertad de expresión. Los ciudadanos tienen derecho a que se les informe sobre la tramitación de las comunicaciones presentadas, a exponer personalmente sus conclusiones y dar explicaciones, conocer los documentos relativos al examen de su comunicación, presentar documentación complementaria y utilizar los servicios de un abogado o un representante.

724.En la Ley de los medios de comunicación, de 15 de enero de 2007, se define el concepto de libertad de los medios de comunicación, que significa que toda persona tiene derecho a hacer uso de la palabra y expresar abiertamente sus opiniones y convicciones en los medios de comunicación, si la ley no establece otra cosa. Los medios de comunicación tienen derecho a procurar, recibir y divulgar información, y asumen la debida responsabilidad por la objetividad y fiabilidad de la información que difunden.

725.De conformidad con el artículo 6 de la Ley de medios de comunicación, no se permite utilizar los medios de comunicación para:

-Exhortar a cambiar por medios violentos el régimen constitucional existente y la integridad territorial de la República de Uzbekistán;

-Incitar a la guerra, la violencia y el terrorismo, y propagar las ideas del extremismo religioso, el separatismo y el fundamentalismo;

-Dar a conocer informaciones que constituyen secretos de Estado o secretos de otra índole amparados por la ley;

-Difundir información que incite a la hostilidad nacional, racial, étnica, o religiosa;

-Promocionar sustancias narcóticas, psicotrópicas y sus precursores, si otra cosa no se establece en la ley;

-Promocionar la pornografía;

-Realizar otras acciones tipificadas en la ley como delito penal o de otro tipo.

726.Se prohíbe utilizar los medios de comunicación para mancillar el honor, la dignidad o la reputación profesional de los ciudadanos y para inmiscuirse en su vida privada.

727.Se prohíbe publicar materiales de las investigaciones o las diligencias previas de un proceso judicial sin la autorización escrita del fiscal, el investigador o el encargado de las diligencias previas, anticipar los resultados de una causa específica antes de que el tribunal emita su fallo o influir de otro modo sobre el tribunal antes de que la sentencia sea firme.

728.De conformidad con el artículo 7 de la Ley de los medios de comunicación, en la República de Uzbekistán no está permitida la censura de estos medios. Nadie tiene derecho a exigir que las noticias o los materiales que se publican en los medios de comunicación sean objeto de conciliación previa o modificación, ni que sean retirados totalmente de la prensa escrita o las transmisiones audiovisuales.

729.El sistema de radio y televisión de Uzbekistán está constituido por medios de comunicación electrónicos estatales o no, incluidos 50 estudios de televisión, 13 estaciones de radio y 36 estudios de televisión por cable.

730.La mayor entidad de radio y televisión de la República es la Empresa de Radio y Televisión de Uzbekistán, en la que trabajan unas 6.000 personas, incluidos periodistas, artistas y técnicos. La Empresa transmite por cuatro canales de televisión y cuatro de radio con un volumen medio diario de transmisiones de 54 y 93,2 horas respectivamente y un alcance de hasta el 98% del territorio de la República.

731.Se han creado las condiciones juridicoorganizativas y técnicas necesarias para establecer y desarrollar estructuras e instituciones sociales y no estatales en la esfera de la información. En la República desarrollan su actividad la Unión Creativa de Periodistas, la Unión de Escritores de Uzbekistán, la Asociación Nacional de Medios de comunicación electrónicos, el Fondo social de apoyo y fomento de los medios de comunicación, y muchas otras agrupaciones sociales.

732.Las profundas transformaciones que tienen lugar en el campo de la información repercuten positivamente sobre el desarrollo de los medios de comunicación impresos, cuyo número se ha duplicado en los últimos diez años. En la actualidad en el país se publican 683 periódicos y 198 revistas, y funcionan 55 editoriales y 4 agencias de información.

733.Por iniciativa de la Unión de Escritores, la Unión Creativa de Periodistas, de otras organizaciones sociales, así como de diversas publicaciones y agencias de información, se creó en Uzbekistán el Fondo social de apoyo y fomento de los medios de información impresos y las agencias de información independientes. El Fondo tiene como objetivos centrales estimular y apoyar a los medios de comunicación impresos y las agencias de información independientes en su amplia labor de divulgación de los procesos de democratización y renovación de la sociedad y de reforma y modernización del país, y fortalecer el papel y la importancia de los medios de comunicación en la construcción de una sociedad civil fuerte, la defensa de los derechos humanos, la divulgación y expresión de la opinión pública, así como en el fortalecimiento de la cultura jurídica y política y la actividad social y política de los ciudadanos.

734.El Parlamento de Uzbekistán dedica atención a la labor de los medios de comunicación. En la actualidad la Cámara Legislativa del Oliy Maylis de la República de Uzbekistán tiene ante sí los proyectos de ley de la radio y la televisión, de la televisión social y de la televisión por cable. El Comité para las instituciones democráticas y los órganos de autogobierno de los ciudadanos y el Comité de las tecnologías de la información y las comunicaciones, ambos de la Cámara Legislativa, celebran reuniones anuales para la supervisión parlamentaria del cumplimiento de la Ley de los medios de comunicación, y conferencias y seminarios sobre este tema.

735.Los medios de comunicación impresos de la República de Uzbekistán se editan en uzbeko, ruso, inglés, kazajo, tayiko, karakalpako y coreano.

736.En la República existen y funcionan con carácter privado unas 30 estaciones de televisión y 10 estaciones de radio de frecuencia modulada en uzbeko, ruso e inglés. Aumenta de año en año el número de usuarios de Internet, que está cada vez más al alcance de la población del país. Los usuarios de Internet ya ascienden a 500.000.

737.El servicio informativo REGION INFORM fue creado conjuntamente por el Fondo social de apoyo y fomento de los medios de comunicación impresos y las agencias de información independientes, conjuntamente con otras entidades interesadas. Este servicio incluye el portal informativo trilingüe REGION.UZ, que se actualiza durante las 24 horas, y el periódico semanal REGION.UZ, que se publica en idioma uzbeko.

738.El portal informativo REGION.UZ es una recopilación de noticias de la vida sociopolítica y socioeconómica de la capital y las regiones del país. Su estructura consta de múltiples niveles de diversos recursos y servicios que se actualizan en tiempo real. El principio que rige la labor del portal es ofrecer a los usuarios un servicio integral de información variada, actualizada y operativa, informar de manera oportuna y objetiva a la población del país y a los usuarios extranjeros sobre los acontecimientos de la vida sociopolítica y socioeconómica del país, recopilar y procesar información y propiciar su intercambio entre las regiones del país; crear un sistema único de información mediante la unión de los recursos informativos de todas las regiones, y formar un espacio único de información de las noticias regionales. El portal se actualiza cada hora. Al día se reciben más de 15 nuevos materiales informativos.

739.El periódico semanal REGION.UZ es la versión impresa del portal del mismo nombre y ofrece información sobre los acontecimientos socioeconómicos y sociopolíticos más actuales e importantes de la República.

Artículo 20. Prohibición de la propaganda en favor de la guerra

1. Leyes que prohíben la propaganda en favor de la guerra

740.Desde los primeros años de la independencia Uzbekistán ha reconocido la primacía de los principios y normas universales del derecho internacional. En el artículo 17 de la Constitución se establece que la política exterior de Uzbekistán se basa en los principios de la igualdad soberana de todos los Estados, la no utilización de la fuerza o de la amenaza de utilizarla, la inviolabilidad de las fronteras, la solución pacífica de las controversias, la no injerencia en los asuntos internos de otros Estados y en otros principios y normas universales del derecho internacional. Estos preceptos se exponen ampliamente en el artículo 57 de la Constitución, que prohíbe la creación y la actividad de partidos políticos y otras agrupaciones sociales que realicen propaganda en favor de la guerra.

741.El Código Penal de la República de Uzbekistán contiene el capítulo especial VIII sobre los delitos contra la paz y la seguridad de la humanidad, en el que se tipifica como delito la propaganda en favor de la guerra (art. 150), la agresión (art. 151), la transgresión de las leyes y costumbres de la guerra (art. 152), el genocidio (art. 153), el mercenarismo (art. 154), el ingreso y reclutamiento para prestar servicios en el ejército, los órganos de seguridad, la policía, los órganos de justicia militar u otros órganos similares de un Estado extranjero (art. 154-1), el terrorismo (art.155), y la incitación al odio nacional, racial, étnico o religioso (art. 156).

742.La propaganda en favor de la guerra, es decir, la difusión por cualquier medio, de opiniones, ideas o llamamientos con el fin de instigar a una parte a que agreda a otra, se castiga con penas de privación de libertad de entre cinco y diez años (artículo 150 del Código Penal).

743.En la práctica policial y judicial de Uzbekistán hasta la fecha no se han registrado causas penales por propaganda en favor de la guerra.

2. Inadmisibilidad del odio nacional, racial y religioso

744.De conformidad con el artículo 156 del Código Penal (Incitación al odio nacional, racial o religioso), "los actos que denigren premeditadamente el honor y la dignidad nacionales y ofendan los sentimientos de los ciudadanos por motivo de sus creencias religiosas o de su ateísmo, guiados por el ánimo de instigar el odio, la intolerancia o la animadversión hacia determinadas comunidades por motivo de su origen nacional, racial o étnico, o de sus creencias religiosas; así como el establecimiento de derechos o el otorgamiento de privilegios, ya sea de manera directa o indirecta, por razón del origen nacional, racial o étnico, o por la actitud hacia la religión, se castigarán con penas de privación de libertad de hasta cinco años. Los mismos actos, cuando a) se cometan de modo tal que se ponga en peligro la vida de otras personas; b) se cometan de modo tal que ocasionen graves lesiones corporales; c) vayan acompañados del desalojo de los ciudadanos de sus hogares;d) sean cometidos por un funcionario superior, y e) sean cometidos mediante colusión previa o por un grupo de personas, podrán castigarse con penas de privación de libertad de entre cinco y diez años".

Artículo 21. Libertad de reunión pacífica y razones para su restricción

745.De conformidad con el artículo 33 de la Constitución, los ciudadanos tienen derecho a participar en actos públicos, mítines, reuniones y manifestaciones con arreglo a la legislación de la República de Uzbekistán.

746.Para que los ciudadanos puedan ejercer este derecho el Estado tiene la obligación de garantizar el orden y la seguridad públicos, los derechos y legítimos intereses de los ciudadanos y el cumplimiento estricto de las leyes vigentes.

747.El procedimiento establecido en la República de Uzbekistán para la organización de reuniones, mítines, marchas y manifestaciones es el siguiente.

748.Con diez días de antelación como mínimo respecto de la fecha de inicio de la actividad prevista, se presenta al jokim ato una solicitud de permiso, en la que se indica el objetivo, el formato, el lugar o itinerario, la hora de inicio y terminación de la actividad, el número previsto de participantes y los nombres y apellidos, lugar de residencia y centro de trabajo o estudios de sus organizadores, así como la fecha de presentación de la solicitud.

749.Pueden presentar estas solicitudes los ciudadanos que hayan cumplido los 18 años y representen a colectivos de trabajadores, empresas, instituciones y organizaciones, órganos de cooperativas y otras entidades sociales, órganos sociales autónomos y agrupaciones de ciudadanos.

750.El jokim ato tramita la solicitud y comunica su decisión a los organizadores a más tardar cinco días antes de la fecha prevista para la actividad. De ser necesario, el jokim ato está facultado para proponer a los solicitantes una nueva fecha y lugar de celebración de la actividad.

751.Los solicitantes pueden impugnar dicha decisión ante el órgano ejecutivo y administrativo superior según el procedimiento establecido en la legislación vigente.

752.El jokimato autoriza por escrito la celebración de la actividad indicada en la solicitud.

753.En el artículo 201 del Código de Responsabilidad Administrativa de la República deUzbekistán se tipifica como delito el incumplimiento del procedimiento establecido para la celebración de reuniones, mítines, marchas y manifestaciones.

754.En caso de que no se acaten las prohibiciones emitidas por el jokimato o se incumplan las condiciones establecidas respecto de la celebración de una actividad de masas; no se solicite el permiso correspondiente, se modifiquen los objetivos, el formato y lugar de celebración, la hora de inicio y terminación o el número de participantes previsto; se produzcan alteraciones del orden público y la seguridad durante la actividad; sus participantes porten armas y objetos preparados y adaptados especialmente que pudieran utilizarse para atentar contra la vida y la salud de las personas; se ocasionen daños materiales a organizaciones estatales o sociales y a los ciudadanos; y de que se incumplan las exigencias legítimas de los representantes de los órganos estatales de poner fin a una actividad de masas no autorizada, se exigirá responsabilidad a los organizadores de dicha actividad.

755.Se podrá exigir responsabilidad administrativa por la transgresión del procedimiento de celebración de reuniones, mítines, marchas, y manifestaciones solamente a los participantes en dichas actividades.

756.Las causas sobre infracciones de la ley previstas en el artículo 201 serán examinadas por jueces administrativos (art.245).

757.En la Constitución y en otros instrumentos legislativos de Uzbekistán no se hace referencia al derecho de huelga como medio de resolver conflictos laborales colectivos. La legislación laboral establece el procedimiento para la solución de conflictos laborales. Las controversias individuales de trabajo se resuelven de conformidad con la legislación en las comisiones para la solución de controversias laborales de las empresas o en los tribunales.

758.Todo trabajador tiene derecho a elegir el órgano que dirimirá su controversia con su empleador.

Artículo 22. Libertad de a sociación

759.El artículo 34 de la Constitución otorga el derecho de afiliarse a sindicatos y partidos políticos y otras asociaciones públicas, así como de participar en movimientos de masas.

760.La actividad de las ONG en Uzbekistán ha abarcado importantes aspectos y esferas de la vida de la sociedad. Entre los ámbitos en que las ONG han obtenido mayores éxitos y reconocimiento cabe mencionar los siguientes:

-Lucha por la protección del medio ambiente y la solución de múltiples problemas ecológicos, y actividades para asegurar el abastecimiento de agua a la población;

-Contribución a la promoción de los programas más prometedores y modernos en materia de educación y enseñanza, incluida la difusión de la experiencia de los países más avanzados y desarrollados del mundo en la educación superior y especial;

-Contribución al logro de la igualdad entre los géneros; labor de educación jurídica y social entre las mujeres;

-Contribución al desarrollo de la actividad empresarial de las mujeres; incorporación de la mujer en la actividad de negocios;

-Lucha contra la violencia en el hogar, particularmente en relación con las mujeres y los niños, y labor de prevención en esta esfera;

-Apoyo social a las capas de la población socialmente vulnerables, ancianos que viven solos, familias numerosas y de bajos ingresos y madres solteras;

-Apoyo social a las personas con discapacidad, contribución a su plena incorporación social, en particular ofreciéndoles la posibilidad de obtener educación y trabajo permanente;

-Información a la población del país, especialmente a los jóvenes, sobre salud reproductiva y la necesidad de una conducta responsable en cuanto a la reproducción, labor en materia de prevención del VIH/SIDA y otras infecciones de transmisión sexual.

761.La República de Uzbekistán cuenta con un conjunto de leyes que regulan la actividad de las agrupaciones sociales de los ciudadanos. En este sentido cabe mencionar la Constitución (art.13), la Ley de sindicatos y de derechos y garantías que amparan su actividad, la Ley sobre las asociaciones públicas, la Ley de los partidos políticos y la Ley de organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro.

762.El estatuto jurídico (los derechos y deberes) de las ONG se estableció también en la Ley de fundaciones públicas, la Ley de actividades benéficas, la Ley de garantías de la actividad de las ONG sin fines de lucro y otros instrumentos normativos.

763.En las leyes mencionadas se establecen los principios de voluntariedad e igualdad de derechos de sus miembros, autonomía, legalidad y transparencia, sobre cuya base se crean las agrupaciones sociales de los ciudadanos, incluidos los partidos políticos. En la ley se establecen ciertas limitaciones a fin de prohibir la creación de organizaciones cuya actividad podría perjudicar a la sociedad y a algunos ciudadanos, y el principio de inadmisibilidad de la injerencia de los órganos y funcionarios del Estado en el funcionamiento de las agrupaciones sociales. Una agrupación social o un partido político que haya transgredido sus estatutos o la ley podrá suprimirse solamente por decisión judicial.

764.En diciembre de 2006 se aprobó en Uzbekistán la Ley de garantías de la actividad de las organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro. Esta ley se aplica a todas las ONG, independientemente de su estructura jurídica y organizativa, incluidos sindicatos, partidos políticos, organizaciones religiosas y otras organizaciones no gubernamentales. En la ley se establecen las garantías de los derechos de las ONG consagrados en la legislación, a saber: derecho a la libertad de acción, el derecho al acceso a la información, y el derecho a la propiedad (arts. 5 a 7). En todos los artículos en que se establecen garantías se señala que el Estado ampara estos derechos. El aspecto más positivo de la Ley de garantías de la actividad de las organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro consiste en que establece formas de apoyo estatal a las ONG, como subsidios, donaciones y solicitudes de servicios de carácter social.

765.En la Ley de actividades benéficas, de 2 de mayo de 2007, se define el estatuto de las ONG dedicadas a esta labor. En particular, se entiende por organización benéfica una ONG sin fines de lucro creada para llevar a cabo actividades benéficas en favor de la sociedad, y en particular de determinadas categorías de personas y entidades. Estas organizaciones pueden ser agrupaciones sociales, fundaciones públicas o adoptar otras formas previstas en la legislación (art. 6).

766.En la actualidad el Ministerio de Justicia y sus dependencias locales han inscrito en el registro estatal a 1.587 ONG, y en el registro contable, a 3.446.

767.El Ministerio de Justicia ha inscrito a seis agrupaciones sociales y ONG de derechos humanos.

768.El objetivo fundamental del Comité de protección de los derechos del individuo en Uzbekistán (inscrito el 14 de julio de 1996) es la protección y reafirmación del principio de la igualdad de derechos para todos en todas las esferas de la actividad humana en Uzbekistán.

769.La representación de la organización internacional Human Rights Watch en Uzbekistán (inscrita el 18 de marzo de 2004) se encarga de vigilar la observancia y el cumplimiento de las disposiciones sobre derechos humanos contenidas en los Acuerdos de Helsinki de 1975.

770.El Centro de Estudios de Derechos Humanos y Derecho Humanitario (inscrito el 28 de abril de 1997) se dedica a la difusión de ideas y conocimientos para desarrollar los derechos humanos y la democracia, y realiza una labor de educación de la población en materia de derecho humanitario en cumplimiento de las normas internacionales, los tratados y los principios de las Naciones Unidas.

771.La Organización independiente de derechos humanos de Uzbekistán (inscrita el 4 de marzo de 2002) se encarga de detectar violaciones de los derechos humanos de carácter político, socioeconómico y cultural, así como en las relaciones interétnicas y otras esferas de la vida del país, las da a conocer ampliamente y desarrolla una labor dirigida a defender los derechos de los ciudadanos que han sido transgredidos.

772.La Sociedad de Derechos Humanos de Uzbekistán Ezgulik (inscrita el 19 de marzo de 2003 y nuevamente el 26 de mayo de 2006) se dedica a defender los derechos e intereses legítimos de las personas, las libertades y los derechos humanos y la seguridad social.

773.El Instituto de Democracia y Derechos Humanos (inscrito el 19 de noviembre de 2004) contribuye al fortalecimiento de la legislación sobre derechos humanos, al fomento de la conciencia jurídica de la población, y a la participación de los ciudadanos en las transformaciones democráticas.

774.Los ciudadanos extranjeros y los apátridas, en pie de igualdad con los ciudadanos uzbekos, pueden fundar ONG y participar en éstas como miembros, excepto en los casos establecidos en las leyes y en los tratados internacionales en que la República de Uzbekistán es parte.

775.El Ministerio de Justicia se encarga de la inscripción de los partidos, con arreglo a la Ley de los partidos políticos, la Ley de financiación de los partidos políticos, y otros instrumentos normativos relacionados con la actividad de las ONG sin fines de lucro.

776.Se denegará la inscripción de todo partido político cuyo estatuto, objetivos, propósitos o métodos de trabajo vulneren la Constitución de la República de Uzbekistán, la Ley sobre los partidos políticos u otros instrumentos legislativos, o bien si anteriormente ya se ha inscrito otro partido político o movimiento social con un nombre análogo.

777.Si se denegara la inscripción, el Ministerio de Justicia informará de ello por escrito a un representante del órgano rector del partido político citando las disposiciones legislativas que hayan quedado incumplidas en la documentación presentada. Una vez recibida la denegación, los representantes del órgano rector del partido en cuestión dispondrán de un plazo de un mes para solicitar un nuevo trámite al Ministerio de Justicia, siempre y cuando la documentación se haya ajustado por completo a lo establecido en la Constitución y la legislación vigente.

778.La denegación de inscripción de un partido político puede ser impugnada ante el Tribunal Supremo de la República de Uzbekistán de conformidad con los procedimientos establecidos.

779.En la actualidad desarrollan su actividad en Uzbekistán cinco partidos políticos.

780.El Partido Socialdemócrata de Uzbekistán Adolat se fundó el 18 de abril de 1995. En la actualidad tiene más de 59.000 miembros. Las capas medias y de bajos ingresos de la población constituyen la base de este partido, cuyo objetivo es representar la voluntad política y social de sus miembros y contribuir a su protección social sobre la base de los principios de justicia social. La fracción del partido Adolat en la Cámara Legislativa del Oliy Maylis está integrada por diez diputados.

781.El Partido Democrático de Uzbekistán Milliy Tiklanish se fundó el 3 de junio de 1995. Este partido, que agrupa a más de 75.000 miembros, está inscrito oficialmente como la fuerza política que une a intelectuales, propietarios y empresarios, a personas dedicadas al trabajo intelectual y creativo, a los jóvenes y estudiantes consagrados a los ideales de la independencia, representantes del campesinado que expresan los intereses del pueblo y otras capas de la población que apoyan la actividad del partido.

782.La fracción del partido en la Cámara Legislativa del Oliy Maylis está integrada por 11 diputados.

783.El Movimiento de empresarios y hombres de negocios - Partido Liberal Democrático de Uzbekistán se inscribió el 3 de diciembre de 2003, y está integrado por 149.000 afiliados. Es una organización política de alcance nacional que expresa y defiende los intereses de clase de los propietarios, pequeños empresarios, granjeros y campesinos individuales, especialistas de alta calificación en la producción y dirección, y hombres de negocios. En la Cámara Legislativa del Oliy Maylis el partido está representado por 41 afiliados.

784.El Partido Nacional Democrático Fidokorlar se fundó el 28 de diciembre de 1998. En 2000 se produjo la fusión de los partidos Fidokorlar ("Abnegados") y Vatantarakkiyoti ("Progreso de la patria"), debido a su similitud ideológica. El partido Fidokorlar cuenta con más de 71.000 afiliados. En la actualidad defiende principalmente los intereses de los jóvenes y los empresarios. En 2004-2005, cuando se constituyó el Parlamento bicameral, 18 de sus miembros ocuparon escaños en la Cámara Legislativa.

785.El Partido Popular Democrático de Uzbekistán, fundado el 1º de noviembre de 1991, representa la izquierda de las fuerzas políticas del país y expresa la voluntad política de diversos sectores y grupos sociales. Al 1º de enero de 2007 contaba con 343.800 miembros. Sobre la base de los resultados de las elecciones de 2004, el partido formó su fracción en la Cámara Legislativa, integrada por 28 diputados.

786.En Uzbekistán existen sindicatos desde 1925. Agrupados en torno a la Federación de Sindicatos de Uzbekistán, los sindicatos son organizaciones sociales no gubernamentales sin fines de lucro, autónomas y voluntarias integradas por trabajadores a los que unen intereses comunes relacionados con el tipo de actividad que realizan, ya sea productiva o no productiva, personas con ocupación parcial y temporalmente desempleadas, estudiantes de la enseñanza media y superior, jubilados que no están trabajando y otras categorías de la población.

El número de afiliados a los sindicatos desglosado por ramas de la industria y su proporción en la fuerza de trabajo total figuran en el cuadro 32

787.En la actualidad forman parte de la Federación de Sindicatos de Uzbekistán 14 sindicatos de ramas de la industria con un total de 6.394.669 miembros, a saber.

Nombre del sindicato

Número de trabajadores y es tudiantes de la enseñanza media y superior

Número de afiliados (parte que representan del total de trabajadores y estudiantes)

Sindicato de empleados de la aviación

23.153

23.122

(99,8%)

Sindicatos del transporte por carretera, fluvial y eléctrico y de mantenimiento vial

102.853

102.853

(100%)

Sindicato de trabajadores del complejo agroindustrial

2.230.150

2.229.993

(99,99%)

Sindicato de trabajadores de organismos estatales y servicios públicos

269.580

268.561

(99,6%)

Sindicato de ferroviarios y constructores viales

73.229

73.229

(100%)

Sindicato de trabajadores de la salud

709.457

709.457

(100%)

Sindicato de trabajadores de la cultura

98.745

97.505

(98,7%)

Sindicato de trabajadores de la industria ligera, de muebles y servicios comunales y públicos

212.909

212.909

(100%)

Sindicato de la industria metalúrgica y de maquinaria pesada

120.371

116.820

(97%)

Sindicato de trabajadores de la enseñanza y la ciencia

1.882.051

1.882.051

(100%)

Sindicato de trabajadores de las comunicaciones

60.896

60.879

(99,9%)

Sindicato de trabajadores de la construcción y la industria de materiales de construcción

75.206

73.064

(97,1%)

Sindicato de la industria energética, de combustibles, geológica y química

242.284

241.659

(99,7%)

Sindicato de trabajadores del comercio, de cooperativas de consumidores, y de empresarios

302.689

302.567

(99,9%)

788.El número de afiliados a los sindicatos (14.791.900 personas) constituye el 43,2% de la fuerza de trabajo.

789.De conformidad con los convenios colectivos, cada año unos 3 millones de trabajadores disfrutan de licencias básicas ampliadas, y aproximadamente 2 millones, de licencias adicionales. Más de 130.000 trabajadores pasan cursos de capacitación, readiestramiento y aumento de la calificación sufragados por las empresas.

790.Como formas eficaces de asesoramiento mutuo entre los órganos del poder ejecutivo y las organizaciones de la sociedad civil, se crean grupos de trabajo conjuntos con las organizaciones sociales; los representantes de estas organizaciones se incorporan a los mecanismos deliberativos adscritos a los órganos del poder ejecutivo, se crean comisiones sociales para velar por el cumplimiento de programas específicos y se estudian las cuestiones relativas al acceso de las organizaciones sociales sin fines de lucro a procedimientos concretos relacionados con la utilización de los recursos presupuestarios.

791.Entre las formas de organización jurídica de la participación de los ciudadanos en la dirección del Estado adquiere cada vez más importancia la evaluación del público sobre las decisiones de los órganos del poder ejecutivo. En este contexto, las organizaciones sociales dedicadas al medio ambiente tienen derecho a recomendar que sus representantes participen en la evaluación del medio ambiente que realiza el Estado, así como a realizar su propia evaluación del medio ambiente (que se convierte en una obligación vinculante una vez que los órganos especializados del Estado confirman sus resultados); así como a exigir que el Estado efectúe una evaluación del medio ambiente

792.Últimamente en la actividad del Oliy Maylis de la República de Uzbekistán se está ampliando la utilización de evaluaciones independientes de los proyectos de ley con la participación de organizaciones autónomas.

793.El Centro Nacional de Derechos Humanos desarrolla y amplía la cooperación con las ONG y con otras instituciones de la sociedad civil. El Centro establece y mantiene contactos estrechos con ONG y agrupaciones sociales que participan de manera directa o indirecta en la promoción y protección de los derechos humanos, apoyándolas plenamente para que amplíen su eficacia en el ámbito de los derechos humanos, mediante:

-Seminarios y actividades de capacitación especiales para las ONG;

-La incorporación de las ONG en las actividades de información sobre derechos humanos organizadas para el personal de los órganos encargados de hacer cumplir la ley;

-La vigilancia de la legislación sobre derechos humanos con la participación de las ONG;

-La inclusión de las ONG como ejecutantes en los planes nacionales de acción para el cumplimiento de las recomendaciones formuladas por los comités de las Naciones Unidas como resultado del examen de los informes nacionales de Uzbekistán sobre el cumplimiento de sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos;

-La obtención de la información correspondiente sobre la observancia de los derechos humanos, a fin de incluirla en los informes nacionales de Uzbekistán sobre el aseguramiento de los derechos humanos;

-La celebración de actividades conjuntas de sensibilización encaminadas a ampliar los conocimientos de la población sobre derechos humanos.

794.El 15 de junio de 2007 el Centro celebró una conferencia sobre el tema "Interacción del Centro Nacional de Derechos Humanos de la República de Uzbekistán con las organizaciones no gubernamentales en la esfera de la protección de los derechos humanos", en la que se examinaron nuevas formas de cooperación del Centro con las ONG.

795.Entre las ONG realizan una gran contribución en la defensa de los derechos de los ciudadanos la Sociedad Internacional de la Media Luna Roja, la Sociedad de Ciegos, la Sociedad de Sordos, la Sociedad de Personas con Discapacidad, la Federación de Sindicatos de Uzbekistán, el Fondo de Beneficencia Majalla, el Fondo Internacional e Intergubernamental ECOSAN, la Fundación internacional no gubernamental Soglom Avlod Uchun, el Fondo Nuroniy, el Centro para el estudio de los derechos humanos y el derecho humanitario, el Centro para el estudio de la opinión pública (Ijtimoi fikr) la Asociación de Jueces de la República de Uzbekistán, la Asociación de Empresarias Tadbirkor Ayol, la Asociación de Abogados de Uzbekistán, el Comité de la Mujer de Uzbekistán, la Cámara de Comercio e Industria de Uzbekistán, la Asociación de Abogadas de Uzbekistán, la Asociación de organizaciones no gubernamentales femeninas Mejr, la Asociación de Científicas Olima, y el Movimiento Social Juvenil Kamolot, entre otros.

796.El Gobierno de Uzbekistán presta asistencia en el establecimiento de oficinas de las ONG internacionales en Uzbekistán. Diversas ONG internacionales y fundaciones, como Mercy Corps, la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), la Fundación Conrad Adenauer y la Fundación Eurasia, entre otras, tienen oficinas en Uzbekistán.

Artículo 23. Apoyo social y jurídico y protección de la familia

797.La familia es la célula fundamental de la sociedad y se encuentra bajo la protección del Estado.

798.En Uzbekistán independiente, la familia se considera un elemento estructural autónomo que constituye la base de la sociedad civil en formación y desempeña funciones de importancia social, en primer lugar la procreación y educación de los niños y el cuidado de los ancianos.

799.El Gobierno adopta todas las medidas necesarias para fortalecer a la familia como institución fundamental de la sociedad civil. El capítulo 14 de la Constitución de la República está dedicado a la familia y a las relaciones familiares. Los mecanismos de aplicación de lo establecido en ese capítulo se reglamentan en el Código de la Familia, aprobado en 1998.

800.Sobre la base del respeto de los derechos y la autoridad de la familia, el Estado no está facultado para inmiscuirse en su funcionamiento interno ni en las relaciones entre cónyuges y entre padres e hijos; no obstante, si la injerencia estatal resultara indispensable, deberá realizarse sin transgredir los derechos e intereses de los miembros de la familia, los preceptos constitucionales y demás normas jurídicas, ni las tradiciones nacionales.

801.En Uzbekistán los matrimonios se inscriben en los órganos del registro civil. Los derechos y obligaciones de los cónyuges entran en vigor desde la fecha de registro oficial del matrimonio, que se realiza en presencia de los contrayentes un mes después de que éstos han presentado la solicitud correspondiente a los órganos del registro civil. Sobre la base de las tradiciones nacionales creadas en el curso de muchos años, una vez que el matrimonio queda inscrito en el registro civil los cónyuges pueden celebrar también una boda religiosa ante el guía espiritual de la mezquita.

802.La política demográfica de Uzbekistán tiene por objeto regular el número de nacimientos con vistas a fortalecer la salud de la madre y el niño. Este objetivo no alude en modo alguno a una reducción de la natalidad ni del número de hijos. Se trata exclusivamente de crear una cultura de regulación de la natalidad y espaciamiento entre nacimientos. Cada familia decide por sí sola cuántos hijos debe tener. El Estado no tiene derecho a inmiscuirse en esta esfera de la vida familiar; no obstante, está facultado para ayudar activamente a que la familia tenga la cantidad de hijos sanos que desee sobre la base de una política demográfica científicamente fundamentada. En los últimos años han tenido lugar cambios considerables en el número de hijos que desean tener los matrimonios, por lo que se observa una rápida tendencia a que las familias del país dejen de ser muy numerosas y tengan un número medio de hijos. Según datos de investigaciones realizadas en los últimos años, casi el 40% de las familias tienen tres o cuatro hijos, y aumenta de año en año el número de matrimonios jóvenes que desean tener solamente uno o dos.

803.El Código de la Familia garantiza la igualdad de derechos y deberes de los cónyuges. Cada uno de ellos es libre de elegir su ocupación, profesión y sus lugares de estancia y residencia. Las cuestiones relacionadas con el funcionamiento de la familia se resuelven conjuntamente por los cónyuges sobre la base del principio de igualdad entre ambos. Sus derechos y deberes, y en particular sus derechos patrimoniales, durante el matrimonio y en caso de divorcio, se definen en los artículos correspondientes del Código de la Familia. La inclusión en el Código de la Familia del derecho a concertar un contrato de matrimonio ofrece a los cónyuges la posibilidad de determinar mediante este acuerdo sus derechos y obligaciones patrimoniales durante el matrimonio y en caso de su disolución.

804.La base de la política del Estado es el apoyo a la familia, la maternidad y la infancia. En caso de divorcio, la ley protege los derechos de los hijos, especialmente en los artículos correspondientes del Código de la Familia. En enero de 2008 entró en vigor la Ley de garantías de los derechos del niño. Esta ley garantiza los derechos, las libertades y los legítimos intereses de los niños, en particular, la protección de su vida, salud, honor y dignidad; la igualdad de sus derechos y posibilidades; el perfeccionamiento de los fundamentos jurídicos de las garantías de sus derechos y la observancia de la legislación relativa a esas garantías, la labor clara y transparente de los órganos y funcionarios estatales encargados de garantizar y proteger dichos derechos, libertades y legítimos intereses, y la contribución al desarrollo físico, intelectual, espiritual y moral de los niños.

805.El Estado garantiza que cada niño disfrute de los derechos y libertades del hombre y el ciudadano consagrados en la Constitución de la República de Uzbekistán y en otros instrumentos legislativos. Los niños nacidos dentro y fuera del matrimonio reciben protección equitativa y plena. Cada niño tiene derecho a vivir y educarse en una familia, conocer a sus padres, residir con ellos y estar bajo su amparo, excepto en los casos en que esa circunstancia vaya en contra de sus intereses. La disolución o anulación del matrimonio de los padres, o la residencia de éstos en viviendas separadas no influyen en los derechos del niño, quien podrá mantener comunicación con sus padres, abuelos y abuelas, hermanos y hermanas y otros familiares. El niño tiene derecho a comunicarse con sus padres incluso si residen en Estados diferentes.

806.La República de Uzbekistán lleva a cabo una política de apoyo estatal centrada en la familia, de protección social y servicios sociales dirigidos específicamente a los niños, las mujeres, los ancianos, los jubilados, las personas con discapacidad y las personas que viven solas. Se adoptan medidas frecuentes para elevar de manera sostenida el nivel de ingresos y de vida de la población y fortalecer el apoyo social a la familia; a esos efectos se emiten periódicamente decretos presidenciales sobre aumentos de sueldos, pensiones, estipendios y prestaciones. Solamente en 2007 se emitieron tres decretos presidenciales (de 23 de octubre, 10 de julio y 2 de mayo de 2007), tres en 2006 (de 12 de octubre, 9 de junio y 6 de abril de 2006), y dos en 2005 (de 14 de septiembre y 13 de abril de 2005).

807.En el contexto del apoyo social a la familia se adoptan medidas para aumentar el nivel de empleo de la población, crear nuevos puestos de trabajo y ofrecer apoyo material a las familias jóvenes.

808.El 7 de septiembre de 2006 se emitió el Decreto presidencial Nº 459 sobre el Programa de medidas para seguir apoyando la protección social y los servicios sociales para ancianos, jubilados y discapacitados que viven solos para el período 2007-2010. El programa prevé continuar perfeccionando el sistema de servicios sociales para los ancianos y las personas con discapacidad que viven solos; ampliar el alcance de los servicios de tratamiento médico y prevención, mejorar la calidad de la asistencia gerontológica y geriátrica y las condiciones de vida de los ancianos, jubilados y discapacitados que viven solos; mejorar el abastecimiento de materiales y equipo de los hogares Sajovat y Muruvat y de los sanatorios, e introducir nuevas formas, métodos y tecnologías para la prestación de servicios sociales.

809.Con motivo de la proclamación de 2007 Año de la Protección Social y a fin de llevar a cabo un conjunto de medidas específicas para fortalecer la protección social de la población, de ofrecer una ayuda más selectiva, diferenciada y eficaz a los grupos de la población y las familias más necesitados, a las personas con discapacidad y a los ancianos que viven solos, y de impedir una brusca polarización en el nivel de ingresos de la población, se aprobó la Resolución Nº 573, de 23 de abril de 2007, del Presidente de la República de Uzbekistán relativa al programa estatal del Año de la Protección Social, de conformidad con el cual se ejecutaron medidas de protección social de la población, aseguramiento del apoyo social necesario a las familias de bajos ingresos, perfeccionamiento del mecanismo de estímulo y remuneración del trabajo del personal del sistema de protección social, y fortalecimiento del abastecimiento material y técnico de las instituciones de seguridad social. Se emitió el Decreto presidencial Nº 3864, de 19 de marzo de 2007, titulado Medidas para seguir perfeccionado y fortaleciendo el sistema de protección social de la población.

810.A fin de continuar fortaleciendo el apoyo moral y material que se presta a las familias jóvenes y de ofrecerles la ayuda necesaria cuando inician su actividad laboral y su vida independiente, de crear estímulos y mecanismos eficaces para crear fuentes estables de ingresos y mejorar sus condiciones de vida, se adoptó el Decreto presidencial Nº 3878, de 18 de mayo de 2007, sobre medidas complementarias de apoyo material y moral a las familias jóvenes.

811.De conformidad con el decreto, en 2007 los bancos comerciales destinaron 50.000millones de sum a la concesión de hipotecas, créditos para el consumo y microcréditos con condiciones preferenciales a familias jóvenes a fin de que establecieran pequeños negocios y empresas privadas, construyeran, reconstruyeran, adquirieran o alquilaran viviendas a precios asequibles, habilitaran sus hogares y compraran muebles y otros artículos fundamentales de uso duradero.

812.El Decreto presidencial Nº 3706, de 5 de enero de 2006, sobre las medidas destinadas a promover una cooperación más amplia entre las grandes empresas industriales y la prestación de servicios sobre la base del desarrollo del trabajo a domicilio sentó las bases para aumentar el empleo de la población como factor fundamental del aumento de sus ingresos y su bienestar, seguir desarrollando la infraestructura del mercado laboral, fortalecer el sistema de protección social de la población, dinamizar el papel de los órganos de trabajo y protección social de la población y aumentar la responsabilidad de dichos órganos en la solución de estas cuestiones. A fin de perfeccionar su funcionamiento, se aprobó la Resolución presidencial Nº 616, de 6 de abril de 2007, titulada "Medidas para aumentar el empleo y perfeccionar la actividad de los órganos de trabajo y protección social de la población". De conformidad con la resolución se elaboró el Programa de medidas para aumentar el empleo y perfeccionar la actividad de los órganos de trabajo y protección social de la población.

813.Con vistas a continuar aplicando una política dirigida específicamente a aumentar sostenidamente los ingresos y el bienestar de la población, fortalecer por todos los medios la atención a los ancianos, aumentar sus pensiones, y perfeccionar progresivamente el sistema de pensiones, el 17 de septiembre de 2007 se emitió el Decreto presidencial Nº 3921, titulado Medidas para fortalecer la asistencia social a los jubilados.

814.Las ONG que desarrollan su labor en Uzbekistán aportan una enorme contribución a la asistencia a las familias y capas de la población socialmente vulnerables. En este contexto, en la actualidad la Fundación Soglom Avlod Uchun es una de las organizaciones benéficas sin fines de lucro más prestigiosas de Uzbekistán y participa activamente en la solución de cuestiones de la política social del Estado. La mayor parte de las actividades incluidas en el mandato de la Fundación está constituida por proyectos de importancia social en la esfera de la medicina. Ya hace 11 años que la Fundación ejecuta el Programa asistencia medicosocial, que ha pasado a ser un programa estatal. El programa tiene por objeto estudiar de manera permanente y planificada la situación médico social de las familias de bajos ingresos, detectar a tiempo a las mujeres y niños que necesitan asistencia médica, social y psicológica, y protección jurídica, y ofrecer a estas familias la ayuda posible, que en muchos casos no pueden recibir por residir a gran distancia de los centros regionales y provinciales.

815.Entre 2005 y 2007 las brigadas móviles de asistencia medicosocial de la Fundación, con apoyo de los jokim atos territoriales, los consejos de las majallias, el comité de mujeres y las instituciones de salud pública, estudiaron sistemáticamente el clima psicológico y la situación de la salud de los miembros de 123.628 familias de las 5.474 aldeas y las 7.313 majallias situadas en los lugares más remotos de la República. Se realizaron exámenes médicos a 713.384 personas, de ellas 375.939 mujeres, 217.564 niños y 102.718 adolescentes.

816.En los países de la Comunidad de Estados Independientes no ha habido ningún proyecto análogo al Programa de asistencia medicosocial, que ha recibido el reconocimiento de los especialistas. Solamente en los últimos cinco años se han dedicado a su ejecución más de 350.000 dólares de los EE.UU., provenientes del presupuesto y de los recursos propios de la Fundación. Los asociados de la Fundación para la ejecución del programa son las empresas Karl Zeiss, Dimler Chrysler, y la organización benéfica internacional AmeriCares.

817.La prioridad fundamental de la actividad del Movimiento Social Juvenil Kamolot es agrupar a la juventud progresista de la República, y formar a los ciudadanos de Uzbekistán independiente de manera que crezcan físicamente sanos y adquieran madurez espiritual.

818.Una de las tareas fundamentales del Movimiento consiste en crear puestos de trabajo para los jóvenes. A principios de 2007, junto con empresarios jóvenes, el Movimiento formuló la iniciativa de organizar granjas y pequeñas empresas. De ese modo se organizaron 52 granjas y empresas en las que se crearon 656 puestos de trabajo. En la actualidad están concluyendo las labores relativas a la organización de 14 granjas y empresas.

819.Durante 2007 las estructuras del Movimiento Kamolot organizaron "Ferias del trabajo", destinadas a ofrecer empleo a los jóvenes. En 2007 se ofreció ayuda práctica en ese sentido a 23.123 personas. En el segundo semestre de 2001 el Movimiento aseguró trabajo a 25.026 personas que estaban desempleadas, en 2002, a 14.512; en 2003, a 32.587; en 2004, a 35.815; en 2005, a 19.084; en el primer semestre de 2006, a 11.054; y en 2007, a 23.132 personas.

820.En cumplimiento del Decreto presidencial sobre medidas complementarias de apoyo material y moral a las familias jóvenes, de 18 de mayo de 2007, en los Centros del Movimiento Kamolot encargados de prestar servicios sociales a los jóvenes se han creado los clubes denominados "Familia joven: aval psicológico". Como resultado de la labor de vigilancia realizada por dichos clubes en toda la República con el apoyo del Movimiento, un total de 2.150 familias jóvenes han recibido créditos hipotecarios por valor de 1.818.104.900 sum; y otras 2.282, créditos para el consumo por valor de 1.079.749.799 sum, y 3.037 empresarios jóvenes se han beneficiado de microcréditos por un valor total de 2.501.818.600 sum.

821.En el marco de la asistencia prestada a las personas afectadas por desastres naturales para reparación de viviendas, compra de materiales de construcción y otras necesidades, las dependencias del Movimiento han ayudado a jóvenes en 46 ocasiones, para lo cual han dedicado 1.763.000 sum.

Cuadro 32

\s

822.El número de casos en que se prestó asistencia a familias afectadas por desastres naturales ascendió a 107 en 2002, 214 en 2003, 138 en 2004, 49 en 2005, 25 en el primer semestre de 2006, y 46 en 2007.

823.Se han llevado a cabo diversas medidas destinadas a crear condiciones para que los jóvenes practiquen deportes. Por ejemplo, por iniciativa de las dependencias provinciales y regionales (urbanas) del Movimiento y a fin de popularizar el deporte entre los jóvenes se han creado 289 áreas deportivas. De ellas, 144 comenzaron a funcionar con un apoyo financiero del Movimiento Kamolot ascendente a 11.053.000 sum, y 145 se crearon con asistencia de asociados (15.103.000 sum). Con la participación directa de las dependencias del Movimiento se han creado 102 áreas deportivas en 2002, 94 en 2003, 108 en 2004, 45 en 2005, 28 en el primer semestre de 2006, y 144 en 2007.

\s Cuadro 33

824.El número de casos en que se ha prestado asistencia organizativa y financiera a niños con discapacidad física, de familias de bajos ingresos y a adolescentes que se encuentran bajo el control de la Comisión de supervisión de menores figura en el cuadro 34.

Cuadro 34

\s

825.Segundo semestre de 2001: 1.570 casos, 2002: 2.243 casos, 2003: 2.108 casos, 2004:  5.877 casos, 2005: 1.948 casos, primer semestre de 2006: 924 casos, y 2007: 14.670 casos.

Artículo 24. Protección de los derechos y libertades del niño

826.La República de Uzbekistán ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño en 1992, lo que contribuyó a la formulación de la política estatal para la protección de los derechos del niño, que es, en lo esencial, la actividad científicamente fundamentada y normada que realizan progresivamente los órganos estatales a fin de crear un mecanismo eficaz para la regulación juridicoorganizativa de las relaciones derivadas del ejercicio y la protección de los derechos del niño. En la actualidad el objetivo prioritario de la política de Uzbekistán es crear las condiciones jurídicas y organizativas necesarias para garantizar el respeto y la protección de los derechos del niño.

827.El Estado y la sociedad examinan y resuelven los problemas de la atención a la infancia en los niveles legislativo, programático, ejecutivo y educativo, lo que presupone la existencia de determinados mecanismos jurídicos concretos.

828.Los derechos del niño se identifican con los derechos del hombre y el ciudadano enunciados en la sección segunda de la Constitución de Uzbekistán. En esa sección se proclaman los derechos individuales y las libertades de las personas, sus derechos políticos, económicos y sociales, y las garantías del ejercicio de las libertades y los derechos humanos, incluidos los derechos de los niños. En el artículo 45 de la Constitución se define como objetivo prioritario la protección estatal de los derechos de los menores, las personas con discapacidad laboral, las personas que viven solas y los ancianos.

829.Además de las normas constitucionales mencionadas, los preceptos de la Convención de los Derechos del Niño se han plasmado en las leyes relativas a los fundamentos de la política del Estado hacia la juventud, la educación, la ciudadanía, la cultura física y el deporte, la protección de la salud, los órganos locales de poder estatal, los órganos de autogobierno de los ciudadanos, la fiscalía, y la protección social de las personas con discapacidad, así como en los Códigos Civil, de la Familia, del Trabajo, Penal, y de Procedimiento Penal de la República de Uzbekistán.

830.El 7 de enero de 2008 se aprobó en Uzbekistán la Ley especial de garantías de los derechos del niño, cuya elaboración y aprobación había sido una de las medidas del Plan nacional de acción para la aplicación de las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, aprobado por el Gobierno en 2001.

831.En dicha ley se reflejaron los principios y preceptos fundamentales de la Convención de los Derechos del Niño; prácticamente se trata de una "Constitución para los niños", en la que se consagran todos los derechos de los niños enunciados en la Convención. La ley tiene carácter de base y marco, por cuanto no constituye una exposición formal de todos los derechos de los niños, sino que establece las direcciones concretas de la actividad del Estado y la sociedad para garantizar y realizar esos derechos. La adopción de la Ley de garantías de los derechos del niño ha contribuido a fortalecer el estatuto jurídico de los niños en la sociedad y a crear mecanismos precisos para proteger y garantizar sus derechos.

832.Las normas legislativas mencionadas sobre los derechos de los niños se ponen en práctica en primer lugar en el nivel de los programas.

833.El 25 de enero de 2005 se aprobó el programa estatal "Año de la salud", que prevé actividades de protección para madres y niños, fortalecimiento de la salud maternoinfantil, mejoramiento de la salud reproductiva, fomento de la cultura médica y de un modo de vida sano en el seno de la familia, y actividades para lograr el nacimiento y el desarrollo armonioso de niños físicamente fuertes.

834.En Uzbekistán se declaró 2006 Año de la beneficencia y de los trabajadores de salud. Con miras a aplicar un conjunto de medidas para intensificar y ampliar las actividades de beneficencia, fomentar la contribución del sector no comercial y de las empresas en apoyo de los sectores socialmente vulnerables de la población, se aprobó el Programa estatal de asistencia a las personas con discapacidad, los ancianos y las familias y niños con escasos recursos. Dicho programa prevé la realización de todo un conjunto de medidas para mejorar la situación de los niños huérfanos, los niños con discapacidad, los niños de familias con escasos recursos y, en particular la prestación de asistencia económica para impartirles educación, mejorar su salud y familiarizarlos con los valores culturales.

835.En el programa estatal "Año de la protección social", aprobado en 2007, también se incluyó y llevó a cabo una serie de actividades de carácter jurídico y organizativo para la protección de los derechos socioeconómicos de los niños.

836.La estrategia, las prioridades y los objetivos de desarrollo en la esfera de la protección de los derechos de los niños se plasmaron en el Programa Nacional de acción en favor y en nombre del bienestar de los niños de Uzbekistán para el período 2007-2011, aprobado por el Gobierno el 15 de enero de 2007. Entre las medidas prioritarias para la aplicación de este programa nacional, que refleja las recomendaciones del Comité de Derechos Humanos, se prevé no solamente adoptar la Ley de garantías de los derechos del niño, sino también realizar un examen de las cuestiones relacionadas con el establecimiento del sistema de justicia de menores en Uzbekistán, el perfeccionamiento de la legislación que regula la aplicación de los derechos de los niños y la creación en Uzbekistán del puesto de "Ombudsman para los niños".

837.La proclamación de 2008 como "Año de la Juventud" en Uzbekistán demuestra una vez más la atención prioritaria que se dedica al ejercicio y la protección de los derechos de los jóvenes y niños.

838.Desde el punto de vista orgánico, a nivel nacional y local se ocupan de los derechos de la infancia los órganos de protección social de la población, educación, salud y orden interior, así como organizaciones sociales, benéficas, y dedicadas a la juventud y la infancia. De hecho, en Uzbekistán se ha creado un sistema para garantizar la protección de los derechos del niño integrado por órganos de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, la Fiscalía y la abogacía, y por un gran número de entidades sociales dedicadas a garantizar la protección de esos derechos.

839.El Departamento de análisis de la información sobre cuestiones de la educación, la salud pública y la protección social del Consejo de Ministros de la República de Uzbekistán se encarga de coordinar las actividades que realizan las entidades estatales correspondientes en cumplimiento del Plan nacional de acción para la aplicación de las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño.

840.El Ombudsman, que examina las comunicaciones de los ciudadanos por violaciones de los derechos de los niños y vela por la observancia de esos derechos en las regiones del país, participa activamente en la aplicación del Plan nacional.

841.El Centro Nacional de Derechos Humanos presta asistencia a los órganos estatales encargados del cumplimiento de los aspectos correspondientes del plan proporcionándoles información sobre las normas internacionales de protección de la infancia, ofreciendo capacitación (seminarios y charlas) para funcionarios públicos y representantes de las ONG, y publicando instrumentos internacionales y literatura especializada sobre los derechos de los niños en el idioma oficial y en los de los pueblos de la República de Uzbekistán.

842.En Uzbekistán funcionan también Comisiones de Asuntos de Menores adjuntas a los jokim atos de distritos, ciudades, provincias, y de la ciudad de Tashkent, al Consejo de Ministros de la República de Karakalpakstán y al Consejo de Ministros de la República de Uzbekistán.

843.En Uzbekistán ya ha madurado la idea de que es necesario establecer el puesto de Ombudsman de los derechos del niño, de conformidad con las obligaciones asumidas por Uzbekistán como Parte en la Convención sobre los Derechos del Niño. El Ombudsman está llamado a ejercer vigilancia constante sobre la observancia de los derechos del niño y velar por la situación en esa esfera.

844.Desde que Uzbekistán pasó a ser Parte en la Convención sobre los Derechos del Niño comenzó a realizarse una amplia labor divulgativa de sus disposiciones entre la población, que ha continuado en los últimos años. En 2004 se editó en uzbeko la Convención de los Derechos del Niño en una tirada de 3.000 ejemplares, y en 2005, se publicó una edición de 2.000 ejemplares también en uzbeko, con la utilización de los alfabetos cirílico y latino. La Convención se ha distribuido en diferentes centros de enseñanza superior, escuelas, institutos y liceos, y se ha suministrado como donación a las bibliotecas infantiles de la República. En 2006 el UNICEF aseguró la traducción y publicación del documento de la Unión Interparlamentaria titulado Los  derechos del niño: qué pueden hacer los parlamentarios. Este manual incluye recomendaciones prácticas y metodológicas concretas para los diputados al Parlamento sobre los mecanismos que permiten garantizar y proteger los derechos de los niños en los procesos legislativo y de control parlamentario.

845.En 2008 el Centro Nacional de Derechos Humanos elaboró y publicó en ruso y en uzbeko, con apoyo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el manual para parlamentarios titulado Erradicación de las peores formas de trabajo infantil, que constituye una guía práctica para la aplicación del Convenio Nº 182 de la OIT. Además, el Centro publicó en uzbeko la colección Principales convenios y recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo, en la que se dan a conocer las normas internacionales de derechos laborales.

846.Después de la independencia Uzbekistán ha establecido un sistema de rendición de cuentas por el cumplimiento de las disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño.

847.En 1999 la República de Uzbekistán presentó al Comité de los Derechos del Niño su primer informe sobre la aplicación de las disposiciones de la Convención.

848.En dos sesiones del 42º período de sesiones del Comité, celebradas el 19 de mayo de 2006, se examinó el segundo informe periódico de Uzbekistán con la participación de la delegación uzbeka.

849.Las ONG que desarrollan su labor en Uzbekistán hacen una importante contribución a la garantía de los derechos de los niños. El Fondo Social Republicano para la Infancia Sen Yolgiz Emassan (No estás solo), ONG de carácter social y benéfico sin fines de lucro se fundó el 22 de noviembre de 2002. Su misión consiste en contribuir por todos los medios a la creación de condiciones para que los niños vivan con dignidad y se desarrollen plenamente, apoyar la primacía de la familia y asegurar la aplicación de las medidas necesarias para proteger al máximo los intereses de los niños más necesitados de apoyo social (niños huérfanos, sin amparo de los padres, niños de la calle, con discapacidad, y de familias de bajos ingresos). Los días 5 y 6 de mayo de 2005 el Fondo celebró el Foro internacional "Formas y métodos eficaces de ayuda a los niños socialmente vulnerables". Como resultado del Foro se elaboró un documento final que incluye recomendaciones sobre aspectos metodológicos, organizativos, jurídicos y éticos de la adaptación y la protección sociales de los niños de grupos socialmente vulnerables (niños huérfanos y sin amparo de los padres, con necesidades especiales, que se encuentran en riesgo desde el punto de vista sociojurídico, y que han sido víctimas de desastres naturales y de actos terroristas), que se presentó al Sector de Asuntos Sociales del Consejo de Ministros de la República de Uzbekistán.

850.El Foro internacional "Reformas del sistema de protección social de los niños", celebrado los días 15 y 16 de noviembre de 2006, y la conferencia Perspectivas de desarrollo del sistema de protección social de los niños en la República de Uzbekistán, celebrada los días 29 y 30 de noviembre de 2007, contribuyeron a perfeccionar la coordinación de la actividad conjunta de todas las estructuras dedicadas a la protección social de los niños en el marco de los aspectos fundamentales de la política social del Estado para mejorar la situación de la infancia.

851.Gracias a la labor consecuente de los foros antes mencionados se han elaborado los proyectos de Ley de garantías de los derechos del niño (aprobado el 7 de enero de 2008) y de justicia de menores, el Reglamento de adopción de menores y su incorporación a las familias (aprobado en agosto de 2007 con un nuevo texto), el Reglamento sobre los hogares infantiles de tipo familiar (aprobado el 31 de julio de 2007), y otros documentos normativos.

852.En el Fondo se ha establecido un servicio especial de carácter social y psicológico que presta ayuda concreta a los niños privados de sus familias. El servicio ofrece asesoramiento y realiza los trámites necesarios para resolver los importantes problemas sociales que afrontan estos niños, y representa sus intereses ante los órganos del Estado y los tribunales en procesos sobre violaciones de la legislación vigente que afecten a niños sin amparo de los padres. El Servicio Social ayudó a que 40 egresados de los hogares Mejribonlik obtuvieran viviendas, en particular logró que mediante fallo judicial 19 niños de hogares infantiles recuperaran los apartamentos que habían perdido, y que se restableciera la inscripción en el registro de residencia obligatorio de 12 personas que habían vivido en hogares Mejribonlik; 8 niños que vivían en condiciones difíciles fueron instalados en estos hogares, y el Fondo contribuyó a que 6 niños que solicitaron su ayuda fueran adoptados oficialmente, se consiguió trabajo para 50 personas; se restablecieron los derechos de propiedad de 4 niños de hogares Mejribonlik; se ofreció asistencia para que 58 personas de familias disfuncionales fueran privadas de la patria potestad, y se prestó ayuda a 78 egresados de los hogares Mejribonlik para que se inscribieran en las listas de solicitudes de vivienda de los jokimatos regionales y urbanos.

853.El Fondo contribuyó a la realización de unas 50 intervenciones quirúrgicas y tratamientos de rehabilitación, tanto de niños de los hogares Mejribonlik y Maliutok, como de niños huérfanos de familias de bajos ingresos que necesitaban tratamiento quirúrgico urgente. Se adquirieron medicamentos para niños por valor de unos 500.000 sum, y se entregaron medicamentos y equipo médico de una carga procedente de Alemania por valor total de 46.190 euros para el tratamiento de niños de los hogares Mejribonlik, escuelas internas especiales y hospitales pediátricos especializados.

854.La política estatal de apoyo a fundaciones como Kamolot, Umid, Sen-Elgiz Emassan, Soglom Avlod Uchun y el Fondo de la Infancia, constituye de por sí una importante contribución al aumento de las posibilidades de desarrollo y protección social de los niños y los jóvenes.

855.En Uzbekistán se dedica gran atención al perfeccionamiento de la educación sobre los derechos de los niños. En el marco del proyecto de elaboración e inclusión del curso especial Derechos del Niño en el programa de enseñanza de los centros de formación jurídica, se celebró en 2008, con el apoyo de la representación del UNICEF en Uzbekistán, un seminario de preparación para la impartición del curso, destinado a los profesores del Instituto Estatal de Derecho de Tashkent, la Universidad de Economía Mundial y Diplomacia y la Universidad Nacional de Uzbekistán, y se presentó el manual "Derechos del Niño" con la participación de representantes del UNICEF y de la magistrada y experta internacional Renata Winter. Los participantes en el seminario llegaron a las siguientes conclusiones: el curso especial Derechos del Niño debería impartirse en todas las instituciones de enseñanza general (escuelas, institutos y centros de enseñanza superior), incluirse en los planes de estudios de los centros universitarios de derecho, pedagogía y medicina, y de las facultades de periodismo y psicología; podría utilizarse para difundir conocimientos sobre los derechos del niño entre todas las capas de la población; debería concederse especial importancia a la difusión de dichos conocimientos entre el personal de los órganos de justicia y de todo el sistema de las fuerzas del orden; y el conocimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño debe ser uno de los criterios de evaluación del personal.

Artículo 25. Prohibición de la discriminación en el ejercicio de los derechos políticos y civiles

856.La Constitución de la República de Uzbekistán proclama en su artículo 18 que "todos los ciudadanos de la República de Uzbekistán gozan de iguales derechos y libertades y son iguales ante la ley, sin distinción por motivos de sexo, raza, nacionalidad, idioma, religión, extracción social, convicciones o condición personal o social".

857.Los ciudadanos uzbekos tienen derecho a participar en la dirección de los asuntos de la sociedad y el Estado directamente y por intermedio de sus representantes. Esta participación se lleva a cabo mediante el autogobierno, los referendos y la formación democrática de los órganos del Estado (artículo 32 de la Constitución).

858.La participación directa de los ciudadanos de la República en la dirección de los asuntos de la sociedad y el Estado adopta una forma directa y personal en los referendos populares, en las elecciones de diputados a la Cámara Legislativa del Oliy Maylis y a los kenges locales de diputados del pueblo, así como en el debate popular de los proyectos de ley.

859.El procedimiento para la participación de los ciudadanos en los referendos se define en la Ley especial de referendos de la República de Uzbekistán, de 31 de agosto de 2001. En dicha ley el referendo se define como el voto de todos los ciudadanos sobre las cuestiones más importantes de la vida de la sociedad y el Estado con vistas a la adopción de las leyes de la República y otras decisiones. El referendo y las elecciones son expresión directa de la voluntad del pueblo, sus resultados tienen fuerza jurídica suprema, y sólo pueden anularse o modificarse mediante referendo.

860.Todo ciudadano de la República que el día de la celebración de un referendo o con anterioridad haya cumplido los 18 años, incluso si se encuentra fuera del territorio nacional, tiene derecho a participar en el referendo. Los únicos ciudadanos que no tienen derecho a participar en el referendo son los declarados incapacitados por un tribunal y las personas que se encuentren en prisión cumpliendo una pena de privación de libertad por sentencia judicial. Cabe destacar que corresponde formular una iniciativa sobre la celebración de un referendo a los ciudadanos, al Oliy Ma y lis y al Presidente de la República de Uzbekistán.

861.En el artículo 12 de la Ley de referendos se determina el procedimiento para su realización. El derecho a celebrar referendos se ejerce del siguiente modo: un grupo de no menos de 100 ciudadanos promueve la iniciativa de recoger firmas en apoyo a la celebración de un referendo. Si el número de firmas reunidas asciende como mínimo al 5% del total de ciudadanos con derecho a participar en un referendo, y están distribuidas uniforme y proporcionalmente por todas las regiones administrativas de Uzbekistán, los ciudadanos uzbekos tendrán derecho a llevar a cabo la iniciativa de celebrar el referendo.

862.El 27 de enero de 2002 se celebró en Uzbekistán un referendo en el que participaron 13.226.642 personas. La votación popular favoreció la creación de un Parlamento bicameral y la extensión del período de mandato del Presidente de la República de cinco a siete años. A raíz del referendo se elaboraron varias leyes en que se definen el estatuto y el funcionamiento de la Cámara Legislativa y el Senado del Oliy May lis, se celebraron elecciones a la Cámara Legislativa y se formó el Senado.

863.El 26 de diciembre de 2004 se celebraron las elecciones al nuevo Parlamento bicameral sobre la base del nuevo texto de la Ley de las elecciones al Oliy May lis de la República de Uzbekistán y de conformidad con los principios del derecho internacional relativos a la celebración de elecciones, a saber: universalidad, igualdad, inmediatez, claridad y transparencia en el ejercicio del voto secreto. En las elecciones parlamentarias participaron 14.302.662 personas (el 85,1% del electorado), que expresaron su apoyo a 495 candidatos postulados por partidos políticos y a 54 propuestos directamente por grupos de electores. El mayor número de diputados elegidos, que ascendió a 41 (34,2%), pertenecía al Partido Liberal-Democrático; 28 (23,3%), al Partido Popular-Democrático; 18 (15%), al partido Fidokorlar; 11 (9,17%), al partido Milliy Tiklanish; 10 (8,33%), al partido Adolat; y 12 (10%), a grupos de electores independientes.

864.En las elecciones presidenciales celebradas el 23 de diciembre de 2007 participaron 16.297.400 electores (en las elecciones presidenciales de 9 de enero de 2000 emitieron  su voto 12.746.303 electores). Al igual que en las elecciones parlamentarias, los candidatos a la presidencia son propuestos por los ciudadanos directamente o mediante los partidos políticos.

865.Por decisión de la Comisión Electoral Central de la República de Uzbekistán se permitió la participación en las elecciones presidenciales de las siguientes entidades: Partido Socialdemócrata Adolat, Partido Nacional-Democrático Fidokorlar, Partido Democrático Milliy Tiklanish, Partido Popular Democrático de Uzbekistán, Movimiento de empresarios y hombres de negocios - Partido Liberal Democrático de Uzbekistán y grupo de electores independientes creado en Tashkent el 5 de octubre de 2007.

866.Constituyó una importante etapa de las elecciones el proceso de recogida de firmas de los electores en apoyo a que los partidos políticos y la agrupación de ciudadanos independientes postularan a sus candidatos a la presidencia. De conformidad con la Ley de elección del Presidente de la República de Uzbekistán, cada partido o agrupación debía reunir unas 815.000 firmas (como mínimo el 5% de las firmas del total de electores de la República) correspondientes por lo menos a ocho regiones de la división administrativa. De ese modo, ya en la etapa de recogida de firmas participaron en el proceso de preparación de las elecciones alrededor de 4 millones de electores, lo que hace patente el alto nivel de democracia y rivalidad de la campaña electoral

867.Una vez concluida la recogida de firmas, se celebraron los congresos de los partidos políticos y la reunión del grupo de electores independientes, que se dedicaron a la postulación de candidatos.

868.Junto con los candidatos de los partidos que ocupan un lugar cada vez más firme en la arena política del país, participó por primera vez como aspirante a la presidencia de Uzbekistán un candidato postulado por una agrupación de electores independientes. También fue la primera ocasión en que una mujer fue candidata a la presidencia, lo que es resultado de la política del país dirigida a aumentar la participación de la mujer en la dirección de los asuntos del Estado y la sociedad.

869.De conformidad con la Constitución de la República y con la legislación electoral nacional, pueden participar en las elecciones presidenciales los ciudadanos que hayan alcanzado la edad de 18 años y posean derecho a voto, con independencia de su origen, situación social y económica, origen racial o nacional, sexo, nivel de instrucción, actitud hacia la religión, y tipo de ocupación. En la actualidad disfrutan de este derecho más de 16 millones de ciudadanos uzbekos. La participación en las elecciones presidenciales del 90,6% del electorado inscrito en las listas evidencia el alto nivel de cultura jurídica y política de los ciudadanos y su deseo de participar activamente en las transformaciones democráticas del país.

870.El ejercicio del derecho a participar en el debate popular de los proyectos de ley y a recurrir a los órganos estatales de cualquier nivel para presentar quejas o propuestas es una forma importante de participación directa de los ciudadanos en la adopción de decisiones.

871.De conformidad con la Ley de debate popular de los proyectos de ley, de 14 de diciembre de 2000, pueden participar en el debate los ciudadanos, los órganos de autogobierno de los ciudadanos, los partidos políticos y otras agrupaciones sociales de la ciudadanía. Su participación no se limita al examen abierto, transparente y accesible de los proyectos de ley mediante la libre expresión de sus opiniones al respecto, sino que también pueden formular observaciones y propuestas al Parlamento, al Gobierno y otros órganos del Estado, así como a partidos políticos, otras organizaciones sociales y a los medios de comunicación. Asimismo, los ciudadanos tienen derecho a participar en encuentros con diputados y representantes de los órganos de poder y dirección del Estado. Los ciudadanos pueden ejercer de manera efectiva el derecho a participar en la discusión de los proyectos de ley, toda vez que éstos se publican en los medios de comunicación.

872.No existe ninguna limitación al ejercicio de los derechos de los ciudadanos a participar en el debate popular de los proyectos de ley y nadie está facultado para impedirlo. Además, con arreglo a la Ley de instrumentos normativos, de 14 de diciembre de 2000, el órgano que se encuentre elaborando una ley u otro instrumento normativo está obligado a realizar un estudio de la opinión pública durante este proceso. Asimismo, tendrá derecho a encomendar la preparación de proyectos alternativos no sólo a varios órganos e instituciones científicas estatales, sino también a determinados ciudadanos y a organizar concursos para seleccionar el mejor proyecto. Ya constituye una práctica habitual el establecimiento de comisiones de expertos integradas por especialistas y representantes del sector no gubernamental, adjuntas a cada comité de la Cámara Legislativa del Oliy Ma y lis, a fin de estudiar la opinión pública y aplicar los resultados de esas investigaciones a la elaboración de las leyes.

873.Cabe destacar que la presentación por los ciudadanos de quejas, denuncias o propuestas a los órganos estatales de cualquier nivel del modo establecido en la Ley de quejas de los ciudadanos es un derecho político cuyo ejercicio directo y activo contribuye a perfeccionar la dirección del Estado, a determinar las causas y condiciones de las transgresiones de la legislación, y a adoptar medidas para perfeccionar el funcionamiento del aparato estatal.

874.Es necesario destacar que en Uzbekistán se dan pasos para crear y desarrollar las bases jurídicas de la administración pública, se han aprobado las leyes de la Fiscalía, de los tribunales, del servicio tributario, y del servicio aduanero; se está elaborando la ley base y marco de la administración pública, en la que se determinará el estatuto jurídico de los funcionarios públicos, los criterios para la selección y ubicación del personal y para los nombramientos en puestos públicos. Uno de los importantes principios de la administración pública es su accesibilidad. De acuerdo con el Código de Trabajo de la República de Uzbekistán, no existen limitaciones de carácter discriminatorio relativas a la admisión en cargos públicos. Además, para la selección del personal que ocupará puestos de administración pública en el ejército, la diplomacia o las fuerzas del orden, se establecen requisitos especiales relacionados con características profesionales (nivel educacional, estado de salud y antecedentes penales).

875.En la actualidad en Uzbekistán tiene lugar una reforma radical de la administración pública, dirigida no solamente a democratizar los procesos de selección y designación de los funcionarios públicos, sino también a elevar su nivel de profesionalismo y ampliar su capacidad para resolver con eficacia los problemas que deben afrontar los órganos de la administración central y local del Estado.

Artículo 26. Igualdad ante la ley

876.La Constitución y las leyes de la República de Uzbekistán se basan en el principio de que todas las personas que viven en el territorio del país son iguales ante la ley y poseen las mismas facultades y posibilidades para defender sus derechos y libertades constitucionales y sus intereses legítimos. La tónica de cada uno de los preceptos de la Constitución es el respeto a todos los ciudadanos y a sus derechos y libertades.

877.De ese modo, en el artículo 4 de la Constitución se señala que la República de Uzbekistán garantiza el respeto a los idiomas, costumbres y tradiciones de todas las nacionalidades que viven en su territorio y la creación de las condiciones necesarias para su desarrollo. En el artículo 8 se subraya que el pueblo de Uzbekistán está compuesto por todos los ciudadanos de la República, independientemente de su origen étnico, y en el artículo 12 se afirma que en la República de Uzbekistán la vida social se desarrolla sobre la base de la diversidad de instituciones políticas, ideologías y opiniones.

878.En el artículo 13 de la Constitución se afirma que el valor supremo es el ser humano, su vida, libertad, honor, dignidad y otros derechos inalienables. El Estado estructura su funcionamiento sobre la base de los principios de justicia social y legalidad en aras del bienestar de las personas (artículo 14 de la Constitución), sin distinción por motivos de sexo, raza, nacionalidad o por otras consideraciones. En el artículo 16 de la Constitución se proclama el principio fundamental de las relaciones entre el Estado y la persona, que se manifiesta en lo siguiente: todos los ciudadanos de la República de Uzbekistán gozan de los mismos derechos y libertades y son iguales ante la ley sin distinción por razón de a) sexo; b) raza; c) nacionalidad; d) idioma; e) religión; f) origen social; g) creencias; y h) condición personal y social. La definición de las manifestaciones de discriminación que figura en la Constitución de Uzbekistán concuerda plenamente con la enunciada en el artículo 26 del Pacto.

879.El principio de no discriminación e igualdad ante la ley se consagra no sólo en la Constitución, sino también en otras leyes. De ese modo, las manifestaciones de discriminación mencionadas en la ley se definen en los Códigos del Trabajo (art. 6), Penal (art. 5), de Procedimiento Penal (art. 16), en los artículos 3 respectivos de las leyes de elecciones al Oliy Ma y lis, y de elecciones de diputados del pueblo a los kenges provinciales, de distrito y urbanos; y en el artículo 11 de la Ley de quejas de los ciudadanos. En este artículo en particular se establece de manera precisa lo siguiente "se prohíbe la discriminación por motivos de sexo, raza, nacionalidad, idioma, religión, origen social, convicciones, y condición personal y social, respecto del ejercicio por los ciudadanos del derecho a presentar quejas".

880.En el artículo 141 del Código Penal se tipifica como delito el menoscabo de la igualdad de derechos de los ciudadanos con el siguiente enunciado: "La privación directa o indirecta, o la limitación de los derechos, o el establecimiento de ventajas directas o indirectas de los ciudadanos en dependencia de su sexo, raza, nacionalidad, idioma, religión, origen social, convicciones y situación personal o social se castigan con una multa de hasta 50 veces el sueldo mínimo o con la privación de un determinado derecho de hasta tres años o bien con trabajos correccionales de hasta dos años. Si esas mismas acciones se han realizado con violencia: se castigan con trabajos correccionales de dos a tres años o con penas de detención de hasta seis meses o de privación de libertad de hasta tres años".

881.Cabe señalar que de conformidad con las normas internacionales no se consideran discriminatorias las medidas especiales destinadas a establecer lo antes posible la igualdad entre hombres y mujeres y a crear condiciones favorables y dignas para los niños. Las disposiciones del Código del Trabajo de la República de Uzbekistán relativas al ejercicio por las mujeres de su función de madres, y a los privilegios concedidos a los jóvenes estudiantes, constituyen medidas de discriminación positiva.

882.En Uzbekistán se lleva a cabo una amplia labor educativa para impedir la discriminación de las personas en todas sus manifestaciones.

883.En ese contexto, del 19 al 23 de septiembre de 2005 se celebró en Tashkent el seminario de capacitación "Preparación de expertos nacionales en la aplicación y el seguimiento de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer" con la participación de instructores sobre el tema procedentes de Rusia. Organizaron el seminario el Centro Nacional de Derechos Humanos de la República de Uzbekistán, el Ombudsman del Oliy Ma y lis; el Centro de apoyo a las iniciativas civiles, el Centro de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) en Tashkent; la representación del Banco Asiático de Desarrollo y la Embajada de Suiza en Uzbekistán. El programa del seminario incluyó capacitación para el estudio de las disposiciones de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, su correspondencia con la legislación nacional, y cuestiones relativas a la elaboración de los informes nacionales y alternativos. Participaron en el seminario representantes de organizaciones gubernamentales y ONG.

884.El 16 de noviembre de 2005, en la Universidad de Economía Mundial y Diplomacia, se celebró una mesa redonda en el marco del proyecto "Foro de ciudadanos sobre la tolerancia en la sociedad uzbeka: de la teoría a la práctica". La actividad fue organizada conjuntamente por el Comité nacional de coordinación del Programa de Gestión de las Transformaciones Sociales (MOST) de la UNESCO, la Cátedra de la UNESCO para los derechos humanos, la democracia, la paz, la tolerancia y la comprensión mutua internacional de la Universidad de Economía Mundial y Diplomacia, el Centro para el estudio de la opinión pública (Ijtimoi fikr), y la Fundación Friedrich Ebert.

885.El 1º de diciembre de 2006 se celebró una mesa redonda sobre el tema "La Constitución de la República de Uzbekistán: fundamento jurídico de la tolerancia entre las nacionalidades y las religiones". La mesa redonda estuvo dedicada al Día Internacional para la Tolerancia, al décimo aniversario de la Creación del Centro de Derechos Humanos de la República de Uzbekistán, y al papel de la Constitución de la República de Uzbekistán como base jurídica de la tolerancia interétnica e interconfesional.

886.El 31 de marzo de 2007 se celebró la conferencia cientificopráctica "Nuestra fuerza está en la unidad", organizada por el Centro cultural de las nacionalidades de la República, el Instituto de Filosofía y Derecho, de la Academia de Ciencias de la República de Uzbekistán, la Academia de construcción estatal y social adjunta a la Presidencia y el Comité de Asuntos Religiosos del Consejo de Ministros de la República de Uzbekistán, y el 6 de diciembre de 2007 se celebró una conferencia cientificopráctica dedicada al 15º aniversario de la Constitución sobre el tema "Bases constitucionales de la concordia entre las nacionalidades de la República de Uzbekistán". La conferencia fue organizada por el Centro de formación de especialistas en derecho conjuntamente con el Centro cultural de las nacionalidades de la República.

Artículo 27 . Derechos de las minorías

887.Las buenas relaciones interpersonales e interétnicas, arraigadas desde tiempos inmemoriales, constituyen una de las más antiguas tradiciones basadas en principios humanistas de los pueblos de Asia Central. Sobre la base de la rica tradición etnocultural de las relaciones de buena vecindad, el Gobierno de Uzbekistán lleva a cabo una intensa actividad para restablecer esta noble tradición y tiene el propósito de continuar desarrollando una cooperación constructiva en todos los ámbitos de la política nacional.

888.La República de Uzbekistán garantiza el respeto de los idiomas, las costumbres y las tradiciones de las naciones y nacionalidades que viven en su territorio. De conformidad con el artículo 18 de la Constitución,"todos los ciudadanos de la República de Uzbekistán tienen los mismos derechos y libertades y son iguales ante la ley sin distinción por motivo de sexo, raza, convicciones, situación personal y posición social". Se han creado condiciones para que los representantes de las minorías desarrollen y preserven su cultura, tradiciones y costumbres, y estudien su idioma. La proclamación de la independencia abrió nuevas posibilidades para que las distintas nacionalidades desarrollaran y preservaran su cultura autóctona.

889.Todos los ciudadanos que viven en la República de Uzbekistán, independientemente de su ciudadanía, y las personas que residen de manera temporal en el país, tienen iguales derechos basados en los principios universales según los cuales el valor supremo es el ser humano, su vida, libertad, honor, dignidad y otros derechos inalienables. La Constitución de la República de Uzbekistán garantiza la protección de esos derechos.

890.Todo ciudadano uzbeko, independientemente de su origen nacional, tiene el derecho y la posibilidad de ejercer:

-El derecho a la igualdad ante la ley y todos los demás órganos de administración de justicia. El proceso judicial se realiza en los idiomas uzbeko y karakalpako o bien en el idioma mayoritario del lugar de que se trate. A las partes en una causa que no dominen o no conozcan suficientemente el idioma en que se realizan los procedimientos, se les garantizará el derecho a expresarse en el idioma que conocen, así como a utilizar los servicios de un intérprete y recibir los documentos del juicio traducidos a su idioma materno.

-El derecho a participar en la solución de los asuntos del Estado en calidad de electores o a presentar su candidatura para un puesto electivo y ocupar puestos públicos, según su capacidad.

-El derecho a la propiedad, a la herencia y a la vivienda, de conformidad con la legislación.

-El derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión, y el derecho de reunión con fines pacíficos y de asociación.

-El derecho a la educación, la formación profesional, la asistencia médica, la seguridad social y los servicios sociales.

-El derecho a participar en la vida cultural.

891.En la República de Uzbekistán viven los representantes de más de 130 nacionalidades. Todas las nacionalidades que habitan en Uzbekistán no sólo tienen derecho a mantener su cultura, idioma, tradiciones y ritos, sino también a hacer gala de ellos en las fiestas estatales Navruz, Mustakillik y otras.

Cuadro 35

Población permanente de la República de Uzbekistán por nacionalidad al 1º de enero de 2007

1.

Uzbekos

21.542.348

2.

Karakalpakos

583.790

3.

Rusos

931.590

4.

Ucranios

86.854

5.

Belarusos

20.851

6.

Kazajos

879.551

7.

Georgianos

3.654

8.

Azerbaiyanos

40.432

9.

Lituanos

1.156

10.

Moldavos

4.888

11.

Letones

215

12.

Kirguises

23.822

13.

Таyikos

1.306.875

14.

Armenios

39.101

15.

Turkmenos

160.712

16.

Estonios

566

17.

Tártaros

236.223

18.

Judíos

10.643

19.

Alemanes

4.861

20.

Coreanos

150.094

21.

Otros

421.099

22.

Total

26 . 663 . 825

892.En Uzbekistán la enseñanza se imparte en 7 idiomas. Además de las escuelas en que se utiliza el uzbeko, en 697 se emplea el ruso; en 521 el kazajo; en 372 el karakalpako; en 316 el tayiko; en 68 el kirguís; y el turkmeno en 51. Además, en las escuelas se estudian como idiomas extranjeros el inglés, francés, alemán, español, árabe, persa, hindi, coreano, chino, urdu y hebreo. Se han abierto escuelas dominicales, círculos y aulas para que los inmigrantes puedan estudiar en sus idiomas maternos.

893.En Uzbekistán se editan libros, periódicos y revistas no sólo en uzbeko, sino también en ruso, karakalpako, kazajo, tayiko, kirguís, turkmeno, coreano, inglés y otros idiomas.

894.El Parlamento (Oliy Ma y lis) tiene carácter multinacional y en él están representadas todos los grandes grupos de nacionalidades. En la actividad empresarial desarrollan su labor ciudadanos uzbekos de 86 nacionalidades distintas.

895.En Uzbekistán funcionan actualmente unos 150 centros culturales de las nacionalidades del país, dedicados fundamentalmente al desarrollo y la preservación de su cultura, tradiciones y costumbres, así como al estudio de sus idiomas. Además, los centros participan activamente en la vida social del país, desarrollan actividades conjuntas con otras organizaciones sociales, resuelven problemas internos relacionados con la vida de los distintos miembros del centro y educan a la juventud con un profundo espíritu de patriotismo e internacionalismo.

896.Mediante el ejercicio de la igualdad de derechos y oportunidades otorgados por la Constitución y las leyes de Uzbekistán, los representantes de las distintas nacionalidades trabajan con eficacia en las diversas esferas de la economía, la ciencia y la cultura y contribuyen dignamente al florecimiento de la patria, al fortalecimiento de su independencia, al aumento de su prestigio en el mundo y a la ejecución eficaz de las reformas. La dirección y el Gobierno del país reconocen el mérito de esta labor. Baste decir que ciudadanos uzbekos de diversas nacionalidades de la República han sido condecorados con el honroso título de Héroe de Uzbekistán, y un total de 13 han recibido la orden Buyuk jizmatlari uchun (Por méritos extraordinarios). Después de la independencia de Uzbekistán representantes de 24 nacionalidades han recibido altas condecoraciones del Gobierno.

897.La Constitución y la Ley de libertad de conciencia y organizaciones religiosas, de 1998 otorgan iguales derechos a todas las confesiones. En el artículo 5 de la Ley se establece que "en la República de Uzbekistán la religión está separada del Estado. Se prohíbe establecer limitaciones u otorgar privilegios a una religión o credo determinados con respecto a otras religiones".

898.Uzbekistán, el país más multiétnico y multiconfesional del mundo, está en contra de toda política de discriminación racial basada en la primacía de una raza o etnia. La República de Uzbekistán es Parte en la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y ha puesto en práctica un sistema de rendición de cuentas sobre el cumplimiento de la Convención.

899.En sus sesiones 1428ª y 1433ª, , celebradas respectivamente el 18 y 23 de agosto de 2000, el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial examinó los informes periódicos primero y segundo de Uzbekistán.

900.En el período comprendido entre el 20 de febrero y el 10 de marzo de 2006 se celebró en Ginebra el 68º período de sesiones del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, en el que se examinaron los informes nacionales tercero, cuarto y quinto de la República de Uzbekistán sobre la aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial.

901.Como resultado del examen del informe de Uzbekistán, el Comité formuló sus observaciones finales sobre la aplicación de la Convención. El Grupo interinstitucional de trabajo para los derechos humanos debatió las observaciones finales con vistas a elaborar una estrategia ulterior para hacer frente a las cuestiones planteadas, y se adoptó un Plan de acción nacional para el cumplimiento de las observaciones finales derivadas del examen de los informes nacionales tercero, cuarto y quinto de Uzbekistán relativos a la aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial.

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