Naciones Unidas

CCPR/C/UZB/Q/3/Add.1

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Distr. general

8 de diciembre de 2009

Español

Original: ruso

Comité de Derechos Humanos

Respuestas a la lista de cuestiones (CCPR/C/UZB/Q/3) que deben abordarse al examinar el tercer informe periódico de Uzbekistán (CCPR/C/UZB/3) *

[4 de diciembre de 2009]

Índice

Párrafos Página

Respuesta a la pregunta 11–33

Respuesta a la pregunta 244

Respuesta a la pregunta 35–94

Respuesta a la pregunta 410–117

Respuesta a la pregunta 512–138

Respuesta a la pregunta 614–168

Respuesta a la pregunta 717–2110

Respuesta a la pregunta 822–2512

Respuesta a la pregunta 92614

Respuesta a la pregunta 102715

Respuesta a la pregunta 1128–3315

Respuesta a la pregunta 1234–3518

Respuesta a la pregunta 1336–4019

Respuesta a la pregunta 144121

Respuesta a la pregunta 1542–4322

Respuesta a la pregunta 1644–4523

Respuesta a la pregunta 1746–5224

Respuesta a la pregunta 1853–5727

Respuesta a la pregunta 195829

Respuesta a la pregunta 2059–6029

Respuesta a la pregunta 2161–6230

Respuesta a la pregunta 2263–6431

Respuesta a la pregunta 2365–6732

Respuesta a la pregunta 2468–7333

Respuesta a la pregunta 257436

Respuesta a la pregunta 2675–7636

Respuesta a la pregunta 2777–7937

Respuesta a la pregunta 2880–8339

Respuesta a la pregunta 2984–8540

Respuestas

Marco constitucional y jurídico de aplicación del Pacto y del Protocolo Facultativo, derecho a interponer un recurso efectivo (artículo 2)

1. Sírvanse facilitar ejemplos de casos en que las disposiciones del Pacto hayan sido invocadas directa o indirectamente ante los tribunales del Estado parte o por éstos, y aclarar si el Pacto es directamente aplicable como ley del país.

1.El derecho internacional impone obligaciones a los Estados, pero el procedimiento de su cumplimiento dentro del país está determinado por el derecho interno, si en la norma jurídica internacional no se especifica otra cosa. En la resolución del Instituto de Derecho Internacional se dice que, en principio, es precisamente el sistema jurídico de cada Estado el que define los medios y procedimientos más adecuados de garantizar la aplicación del derecho internacional a nivel nacional. El derecho interno presta creciente atención a la cuestión de la interacción con el derecho internacional. Al mismo tiempo, parte del principio de que la determinación de los métodos de cumplimiento de las obligaciones internacionales a nivel nacional forma parte de las competencias del Estado. Las bases de la interacción están determinadas por el derecho constitucional. El análisis de ese derecho y de la práctica de su aplicación confirma que el mecanismo para la acción del derecho nacional no sirve para la reglamentación de las relaciones internacionales, de la misma forma que el derecho internacional no puede reglamentar las relaciones dentro de una sociedad. Por ello la expresión "acción directa de las normas del derecho internacional" en el sistema jurídico del país tiene un carácter condicional, lo cual significa que las reglas contenidas en esas normas son de aplicación directa después de que el derecho interno les dé la fuerza jurídica correspondiente.

2.Por tanto, para poder reglamentar las relaciones con la participación de personas físicas y jurídicas, las normas contenidas en el derecho internacional deben entrar en el sistema jurídico del país según el procedimiento determinado por éste. Ese proceso suele denominarse transformación, refiriéndose a la transformación de las normas del derecho internacional en normas del derecho nacional. En realidad, la norma del derecho internacional no se transforma, sino que conserva su condición, mientras que su contenido adquiere la condición de una norma del derecho nacional. De hecho, se trata de la aplicación de la norma internacional por medio del derecho nacional. Todo lo dicho permite llegar a la conclusión de que las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos se aplican en la República de Uzbekistán no de forma directa, sino por medio de su incorporación en la Constitución y en diversas partes de la legislación, que los tribunales invocan al formular sus dictámenes.

3.Los órganos creados en virtud de tratados de las Naciones Unidas recomiendan a los tribunales de la República de Uzbekistán que, al adoptar decisiones judiciales, se remitan a las normas del derecho internacional en materia de derechos y libertades humanos y que las apliquen directamente al evaluar los actos que infringen esos derechos y libertades. En Uzbekistán se están poniendo en práctica paulatinamente los procedimientos de aplicación directa de las normas del derecho internacional en la práctica judicial y en las actividades de los órganos de la fiscalía. En estos momentos se están preparando las explicaciones del Pleno del Tribunal Supremo y del Tribunal Económico Superior de Uzbekistán acerca de las bases jurídicas internacionales de las actividades de los tribunales nacionales.

2. Sírvanse describir los procedimientos vigentes para la aplicación de los dictámenes del Comité con arreglo al Protocolo Facultativo. Les rogamos indiquen también las medidas adoptadas por el Estado parte para aplicar cabalmente los numerosos dictámenes del Comité con arreglo al Protocolo Facultativo, en particular respecto de las comunicaciones Nº 915/2000, Sultanova c. Uzbekistán ; Nos. 1017/2001 y 1066/2001, Strakhov y Fayzullaev c. Uzbekistán ; Nº 1043/2002, Chikunova c. Uzbekistán ; Nº 1041/2002, Tulyaganov c. Uzbekistán ; Nº 1017/2002, Agabekova c. Uzbekistán ; y Nº 1140/2002, Khudayberganov c. Uzbekistán . En vista de que el Comité consideró insatisfactorias las respuestas del Estado parte respecto de las comunicaciones Nº 1150/2002, Uteev c. Uzbekistán ; Nº 917/2000, Arutyunyan c. Uzbekistán; Nº 931/2000, Hudoyberganova c. Uzbekistán , y Nº 911/2000, Nazarov c. Uzbekistán , sírvanse indicar las medidas adicionales adoptadas para la aplicación de los dictámenes.

4.En la República de Uzbekistán se ha examinado la práctica de las respuestas por parte de los órganos estatales a las medidas provisionales recomendadas por el Comité de Derechos Humanos, en particular, la suspensión de la ejecución de la pena de muerte respecto de las personas cuyas causas estaba examinando el Comité y sobre las cuales existía una solicitud de dicho Comité dirigida al Gobierno del país. Teniendo en cuenta que la pena de muerte se abolió en Uzbekistán el 1º de enero de 2008, la adhesión del país al Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte, y la presentación de información al Comité sobre las medidas adoptadas para aplicar ese Protocolo, la cuestión de la aplicación de medidas provisionales de protección a las personas condenadas a muerte ha perdido vigencia en Uzbekistán. Cabe observar que: a) en la República de Uzbekistán se ha abolido la pena de muerte en relación con los delitos cometidos no solamente en tiempos de paz, sino también durante actos bélicos; b) de hecho, desde marzo de 2005 rige una moratoria sobre la condena a la pena de muerte y su ejecución, es decir, que no se ha ejecutado ni una sola sentencia que prevea la pena de muerte; y c) todas las sentencias en que se imponía la pena de muerte han sido sustituidas por la privación de libertad prolongada y perpetua.

3. Sírvanse indicar si el Comisionado para los Derechos Humanos (Ombudsman) del Oliy Maylis es una institución nacional de derechos humanos conforme a los Principios de París. Les rogamos expliquen también si se han aplicado totalmente las recomendaciones formuladas por el Comisionado sobre las denuncias individuales. ¿Tiene previsto el Estado parte reforzar el mandato del Comisionado, especialmente en lo que se refiere al seguimiento de las recomendaciones relativas a las denuncias individuales?

5.El modelo uzbeco de Ombudsman corresponde plenamente a los Principios de París:

En primer lugar, el Ombudsman parlamentario es un órgano constitucional independiente. El procedimiento para el nombramiento del Ombudsman está plasmado en la Constitución de Uzbekistán y en las Leyes constitucionales de la Cámara Legislativa del Oliy Maylis, de 12 de diciembre de 2002, y del Senado del Oliy Maylis, de 12 de diciembre de 2002.

En segundo lugar, sus competencias en cuanto a la defensa de los derechos humanos están reflejadas en la Ley especial del Comisionado para los Derechos Humanos del Oliy Maylis de la República de Uzbekistán ( Ombudsman ), de 24 de agosto de 2009 (en su nueva redacción).

En tercer lugar, el Ombudsman es autónomo y actúa independientemente de los órganos y funcionarios estatales en el desempeño de sus funciones, y todos los años presenta informes a ambas cámaras del Parlamento.

En cuarto lugar, las competencias del Ombudsman no solamente incluyen el control de las actividades de los órganos ejecutivos, sino también la cuestión del respeto y defensa de los derechos humanos por parte de los tribunales y los organismos de orden público, las organizaciones, las instituciones y las empresas, independientemente de las formas de propiedad de éstas.

En quinto lugar, el Ombudsman es elegido por ambas cámaras por un mandato de cinco años. Los requisitos que tiene que reunir un candidato al puesto de Ombudsman son análogos a los de los candidatos a parlamentarios.

En sexto lugar, bajo la presidencia del Ombudsman se ha creado la Comisión de Supervisión de los Derechos y las Libertades Constitucionales, cuya composición también es refrendada por ambas cámaras del Parlamento. Forman parte de la Comisión personajes públicos destacados, representantes de la ciencia y de los medios universitarios, así como de la sociedad civil (colegios de abogados, sindicatos, asociaciones de médicos, organizaciones de defensa de los derechos humanos, organismos de administración autónoma de los ciudadanos, parlamentarios), respetándose al mismo tiempo el equilibrio de género (22 personas, de las cuales 5 son mujeres).

En séptimo lugar, se ha creado un sistema de representantes del Ombudsman sobre el terreno para garantizar el acceso de la población en cada zona de Uzbekistán.

En octavo lugar, el Ombudsman complementa el mecanismo extrajudicial de examen de las denuncias de los ciudadanos. Pueden dirigirse a él particulares y terceras personas, en particular organizaciones no gubernamentales (ONG).

6.Al examinar las denuncias, así como al comprobar por propia iniciativa los casos de vulneración de los derechos, libertades e intereses legítimos de los ciudadanos, el Ombudsman tiene derecho a:

Dirigirse a las organizaciones y a los funcionarios para que le ayuden en la comprobación de las circunstancias que deben aclararse;

Invitar a representantes de organizaciones y funcionarios para comprobar las circunstancias que deben aclararse; visitar sin obstáculos las organizaciones y a los funcionarios, solicitar y recibir de las organizaciones y los funcionarios documentos, materiales y otros datos;

Recibir explicaciones de los funcionarios;

Encargar a organizaciones y especialistas la preparación de conclusiones sobre las cuestiones que deben aclararse;

Participar en las comprobaciones realizadas por las organizaciones y los funcionarios de las cuestiones que afectan los derechos, las libertades o los intereses legítimos de la persona;

Encontrarse y hablar con los reclusos o las personas detenidas;

Solicitar a los órganos pertinentes que los funcionarios cuyos actos hayan violado los derechos humanos y las libertades fundamentales rindan cuentas.

El Ombudsman participa en el proceso de perfeccionamiento de la legislación, en particular presenta propuestas sobre la ratificación de tratados internacionales de derechos humanos. Además, supervisa el cumplimiento por Uzbekistán de los tratados internacionales de derechos humanos. Para garantizar las actividades del Ombudsman y de la Comisión se ha creado una Secretaría del Ombudsman, cuya labor se financia con cargo al presupuesto estatal. El Ombudsman es una personalidad jurídica autónoma y tiene su despacho en un edificio independiente, al que la población tiene acceso. Asimismo, el Ombudsman desempeña funciones de información y formación sobre los derechos humanos. Se organizan seminarios y cursos de formación y se editan publicaciones. A propuesta del Ombudsman se ha introducido el curso especial "Mecanismo nacional de defensa de los derechos humanos" en las instituciones docentes del Ministerio de Justicia y del Ministerio del Interior y el curso titulado "Instituciones nacionales de derechos humanos" para los doctorados de la Universidad de Economía Mundial y Diplomacia. El Ombudsman, junto con el Centro Nacional de Derechos Humanos, es el cofundador de la revista Democratización y derechos humanos.

7.El Ombudsman parlamentario colabora estrechamente con las organizaciones internacionales y los organismos de las Naciones Unidas y la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), en particular enviando información sobre el control del cumplimiento de las recomendaciones de los órganos creados en virtud de tratados de las Naciones Unidas. El Ombudsman coopera con eficacia con las instituciones de la sociedad civil. Representantes de las ONG son miembros del Consejo de Expertos del Ombudsman y de sus representaciones regionales. Se han concertado acuerdos de cooperación con el Consejo de la Federación de Sindicatos, el Colegio de Abogados y el Centro para el estudio de los derechos humanos y el derecho humanitario. El Ombudsman atribuye gran importancia a la prevención de las violaciones de los derechos humanos en las actividades de los tribunales y los órganos de orden público. Con este fin se han concertado acuerdos de cooperación con el Tribunal Constitucional, la Fiscalía General, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Sanidad, el Centro de investigación adscrito al Tribunal Supremo y el Centro Nacional de Derechos Humanos.

8.El Comisionado para los Derechos Humanos (Ombudsman) del Oliy Maylis es un órgano de defensa extrajudicial que debe admitir y examinar las quejas de los ciudadanos que han agotado otros recursos judiciales de defensa de sus derechos y libertades. El Ombudsman contribuye a restablecer los derechos vulnerados de las personas mediante la presentación de recomendaciones sobre la forma de solucionar el conflicto entre un órgano estatal y el ciudadano. Cada año los ciudadanos dirigen con más frecuencia denuncias al Ombudsman, lo cual se refleja en las estadísticas. Por ejemplo, en 2008 el Ombudsman recibió 9.962 quejas de los ciudadanos (en 2007, 8.611, y en 2006, 7.655). En 2008 el Ombudsman admitió 1.891 quejas de los ciudadanos, de las cuales 302 se consideraron fundamentadas, y por parte de los funcionarios se adoptaron medidas para restituir los derechos y los intereses legítimos vulnerados de los ciudadanos. El análisis de las respuestas recibidas en relación con las solicitudes y conclusiones del Ombudsman en los últimos años muestra que por parte de los órganos estatales y los funcionarios el cumplimiento de las recomendaciones del Ombudsman derivadas de las quejas de los ciudadanos constituyen un promedio del 20 al 25% de las comunicaciones admitidas de los ciudadanos. Este índice corresponde a las actividades de la mayoría de los Ombudsman instituidos en los países de reciente democracia.

9.Para fortalecer las garantías jurídicas de las actividades del Ombudsman, en abril de 2009 el Parlamento de Uzbekistán aprobó la Ley de enmiendas y adiciones a algunos actos legislativos con el fin de perfeccionar las actividades del Comisionado para los Derechos Humanos (Ombudsman) del Oliy Maylis de la República de Uzbekistán. En particular, de acuerdo con las modificaciones introducidas en los Códigos de Procedimiento Penal y de Ejecución Penal, se han fortalecido las garantías de la protección de los derechos de las personas detenidas cuando se dirigen al Ombudsman. La legislación prohíbe la censura de la correspondencia de los encausados dirigida al Ombudsman, y se crean las condiciones necesarias para que los detenidos, presos y condenados puedan celebrar encuentros y conversaciones con el Ombudsman. Además, para realizar comprobaciones derivadas de una queja, el Ombudsman tiene derecho a visitar las instituciones penitenciarias sin un permiso especial. En 2009 en todas las zonas del país se inició la supervisión de la aplicación de las leyes del Comisionado para los Derechos Humanos (Ombudsman) del Oliy Maylis y de las denuncias de los ciudadanos. El análisis de la práctica del cumplimiento de los derechos relacionado con la aplicación de la Ley del Ombudsman tiene por objeto examinar la situación en las zonas del país en cuanto a la garantía de los derechos de los ciudadanos, los procedimientos de tramitación de las quejas en los órganos estatales, los procedimientos de trabajo relacionados con las comunicaciones de los ciudadanos e informar a los funcionarios de las disposiciones de la legislación relativa al Ombudsman y detectar los problemas que surgen en las relaciones del Ombudsman con los órganos del poder estatal y la administración. Está previsto utilizar los resultados de la supervisión para elaborar propuestas destinadas a mejorar la Ley del Comisionado para los Derechos Humanos (Ombudsman) del Oliy Maylis y la legislación vigente, así como su aplicación.

4. ¿Tiene previsto el Estado parte llevar a cabo una investigación independiente, con observadores internacionales, sobre las presuntas ejecuciones extrajudiciales y el uso excesivo de la fuerza por los agentes del orden en Andiyán en mayo de 2005?

10.La República de Uzbekistán, siendo un Estado soberano e independiente donde hay supremacía del poder estatal en el ámbito de la política interna y exterior, ha adoptado todas las medidas necesarias para investigar los delitos cometidos en mayo de 2005 en Andiyán y enjuiciar y sancionar a los culpables, de lo cual Uzbekistán informó detalladamente a la comunidad internacional entre los años 2005 y 2007. En el proceso participaron no solamente las numerosas víctimas, los demandantes civiles y los testigos, sino también más de 100 representantes de medios de comunicación extranjeros y locales, misiones diplomáticas y organizaciones internacionales de derechos humanos, como Human Rights Watch y la American Bar Association. Durante el proceso, los observadores internacionales tuvieron ocasión de conocer todos los materiales de la investigación, las declaraciones de los testigos, las víctimas y los demandantes civiles y todas las pruebas existentes (materiales de audio y vídeo, conclusiones de múltiples análisis de expertos, protocolos de inspección del lugar de los hechos, armas incautadas, tanto durante el ataque a objetivos militares como importadas por los terroristas). De hecho, tuvieron ocasión de seguir todo el proceso de investigación por el tribunal de las pruebas enumeradas. Todas estas actuaciones judiciales se llevaron a cabo respetando las normas de procedimiento y en estricta conformidad con las normas internacionales y las disposiciones de la legislación nacional. Durante el proceso se garantizó la equiparación jurídica entre la acusación y la defensa, lo cual aseguró también el desarrollo imparcial de las actuaciones judiciales.

11.Conforme a las normas del derecho internacional, una investigación internacional se lleva a cabo en caso de que el Estado la haya solicitado por incapacidad de las autoridades locales o colapso del Estado, o si la situación creada afecta directamente al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales. La República de Uzbekistán ha presentado en numerosas ocasiones este argumento en todas las reuniones internacionales dedicadas al examen de las consecuencias de los acontecimientos en Andiyán. No hay necesidad de realizar una investigación internacional independiente de esos acontecimientos. Además, el 27 de octubre de 2009 el Consejo de Asuntos Exteriores de la Unión Europea decidió cancelar todas las medidas restrictivas con respecto a Uzbekistán adoptadas en 2005 en relación con los acontecimientos de Andiyán.

Medidas de lucha contra el terrorismo, situaciones excepcionales y respeto de los derechos recogidos en el Pacto

5. En vista de la anterior recomendación del Comité, ¿cómo garantiza el Estado parte que sus leyes vigentes sobre los estados de excepción sean acordes con el artículo 4 del Pacto? ¿Puede una persona interponer un recurso efectivo durante un estado de excepción? Sírvanse proporcionar información también acerca de la situación y el contenido del nuevo proyecto de ley sobre el estado de emergencia.

12.La República de Uzbekistán presta gran atención a la aplicación de las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, lo cual está expuesto con detalle en el tercer informe periódico (CCPR/C/UZB/3). En particular, en la Constitución de Uzbekistán figura la disposición de que la decisión sobre la declaración de un estado de emergencia en todo el territorio o en determinadas localidades de la República es competencia del Presidente de la República con el acuerdo de ambas cámaras del Oliy Maylis. Se indica en la Constitución que el estado de emergencia se declara en casos excepcionales:

Amenaza externa real;

Desórdenes públicos;

Grandes catástrofes;

Desastres naturales;

Epidemias.

De acuerdo con la Constitución de la República de Uzbekistán, las condiciones y el procedimiento para declarar la situación de emergencia se reglamentarán mediante la legislación.

13.En el contexto del desarrollo de las disposiciones constitucionales sobre el estado de emergencia, se han aprobado la Ley sobre la protección de la población y del territorio en situaciones de emergencia provocadas por catástrofes naturales o fallos técnicos, de 20 de agosto de 1999, el Programa Nacional de pronóstico y preparación previa ante situaciones de emergencia, de 3 de agosto de 2007, y se ha iniciado la elaboración del concepto y del proyecto de ley sobre el estado de emergencia. El Plan Nacional de Acción para la aplicación de las recomendaciones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas derivadas de los resultados del examen del informe de Uzbekistán en el marco del examen periódico universal (diciembre de 2008) prevé elaborar el concepto y el proyecto de ley del estado de emergencia (cuarto trimestre de 2009 a primer trimestre de 2010) y celebrar una conferencia internacional sobre los derechos y las libertades humanos en las condiciones del estado de emergencia (primer trimestre de 2010). La información sobre la situación y el contenido del nuevo proyecto de ley del estado de emergencia se presentará después de un amplio debate y de la preparación de la versión definitiva. No obstante, cabe observar que, sin duda alguna, en dicha ley se establecerán las garantías de los derechos de los ciudadanos en las condiciones de un estado de emergencia.

6. Les rogamos informen sobre la definición que da el Estado parte de "actos terroristas" y aclaren si la legislación al respecto cumple todas las garantías dispuestas en el Pacto.

14.En el artículo 2 de la Ley de lucha contra el terrorismo figura una definición de "acto terrorista", según la cual un acto terrorista es la comisión de un delito de carácter terrorista en forma de toma o retención de rehenes, atentado contra la vida de una personalidad estatal o social, contra representantes de grupos nacionales, étnicos, religiosos y de otro tipo de la población, contra Estados extranjeros y organizaciones internacionales, la toma, daños o aniquilación de objetivos de importancia estatal o social, la voladura, incendio, utilización o amenaza de utilización de artefactos explosivos, radiactivos, biológicas, químicos u otras sustancias tóxicas, la toma, el secuestro, los daños y la destrucción de medios de transporte terrestre, fluvial, marítimo o aéreo, el fomento del pánico y la provocación de desórdenes en lugares de concentración de la población o durante la celebración de actos masivos, los daños o la amenaza a la vida y la salud pública, a los bienes personas físicas o jurídicas mediante averías o catástrofes provocadas de carácter tecnológico, la difusión de amenazas por cualesquiera medios y maneras, y otros actos de carácter terroristas previstos en la legislación de la República de los Uzbekistán y en las normas universalmente reconocidas del derecho internacional. La legislación de Uzbekistán de lucha contra el terrorismo corresponde plenamente a las garantías previstas en el Pacto. En virtud del artículo 4 de la mencionada ley, uno de los principios fundamentales de la lucha contra el terrorismo es la legitimidad y prioridad de los derechos, las libertades y los intereses legítimos de la persona. De acuerdo con las disposiciones del artículo 28 de dicha ley, las personas que participen en actividades terroristas serán punibles de acuerdo con la legislación. En caso de una renuncia voluntaria a participar en la actividad terrorista, o información sobre esta actividad a los órganos estatales competentes y la contribución activa a impedir que se produzcan las graves consecuencias y la realización de los objetivos de los terroristas, una persona puede ser eximida de la responsabilidad de acuerdo con la legislación.

15.La responsabilidad por el terrorismo está prevista en el artículo 155 del Código Penal, de modo que todos los principios de ese Código que figuran en la parte general se extienden a las personas sospechosas y acusadas de terrorismo. De acuerdo con las disposiciones del artículo 24 del Código de Procedimiento Penal, el sospechoso, acusado y encausado tienen derecho a la defensa. El derecho a la defensa está garantizado por la obligación del encargado del sumario, el juez instructor, el fiscal y el tribunal de explicar al sospechoso, acusado y encausado los derechos que se le otorgan y adoptar las medidas para que tengala posibilidad de hecho de utilizar todos los medios y procedimientos previstos en la legislación para su defensa. Esta norma abarca también a las personas que han participado en la comisión de delitos relacionados con el terrorismo. En virtud del Código Penal, los delitos relacionados con la comisión de actos terroristas entran en la categoría de delitos contra la paz y la seguridad de la humanidad. De acuerdo con el artículo 155 del Código Penal, el terrorismo abarca los siguientes actos ilícitos:

La violencia;

El uso de la fuerza;

Otros actos que pongan en peligro la vida humana o los bienes;

La amenaza de comisión de esos actos;

Las actividades en apoyo de la existencia, el funcionamiento o la financiación de una organización terrorista, la preparación y la comisión de actos de terrorismo, así como la provisión directa o indirecta o la recaudación de fondos de cualquier tipo, recursos u otros servicios para organizaciones terroristas o personas que prestan ayuda o participan en actividades terroristas;

El atentado contra la vida;

Un acto que cause lesiones físicas a un funcionario estatal o figura pública o a un representante de la autoridad o los actos previstos en los párrafos 1 y 2 del artículo 155 del Código Penal que provocaran:

a)La muerte de una persona;

b)Otras consecuencias graves.

16.Cabe destacar que a las personas que hayan cometido actos terroristas se les garantizan, de acuerdo con los artículos 2, 6, 7, 9 y14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos:

En virtud del artículo 5 del Código Penal, la igualdad de derechos ante la ley independientemente del sexo, raza, nacionalidad, idioma, religión, origen social, convicciones y situación personal y social;

El derecho a la vida, puesto que el artículo 155 del Código Penal no prevé la sanción de la pena de muerte debido a su abolición en Uzbekistán;

El derecho a no ser sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en cumplimiento del artículo 235 de Código Penal;

El derecho a la seguridad personal y a la protección de la detención y prisión arbitrarias a consecuencia de la implantación en Uzbekistán de la institución del hábeas corpus, previsto en los artículos 242 y 243 del Código de Procedimiento Penal, así como el derecho de ser oído en un tribunal independiente e imparcial, a recurrir la decisión judicial mediante apelación, casación o revisión, de acuerdo con el Código de Procedimiento Penal de Uzbekistán.

Discriminación contra la mujer y violencia doméstica (párrafo 1 del artículo 2 y artículos 3, 7 y 26)

7. Sírvanse describir las medidas adoptadas por el Estado parte a fin de luchar contra el secuestro de mujeres jóvenes para forzarlas a casarse. Les rogamos indiquen también si la poligamia está prohibida por ley en cualquier circunstancia y proporcionen información sobre las medidas adoptadas para aplicar esa prohibición. Sírvanse aclarar asimismo si el Estado parte ha enmendado la Ley sobre la edad mínima de las niñas para contraer matrimonio.

17.Las cuestiones del matrimonio y de las relaciones familiares están reglamentadas en el Código de la Familia de Uzbekistán, cuyas disposiciones principales están destinadas a proteger los derechos de las mujeres en la familia y a impedir la discriminación en las relaciones familiares. La reglamentación de las relaciones familiares se basa en el principio de la voluntariedad del matrimonio del hombre y la mujer y la igualdad de los derechos individuales y patrimoniales de los cónyuges. De acuerdo con el Código de la Familia, el matrimonio se reconoce inválido en caso de:

Incumplimiento de las condiciones y del procedimiento de la celebración del matrimonio;

La celebración de un matrimonio ficticio, es decir, si los cónyuges o uno de ellos han registrado el matrimonio sin la intención de fundar una familia;

La ocultación por uno de los contrayentes al otro de la existencia de una enfermedad venérea o de la infección por el virus de inmunodeficiencia humana (VIH), si el cónyuge lo exige en un tribunal.

El reconocimiento de la invalidez de un matrimonio se efectúa únicamente de forma judicial. En Uzbekistán está prohibido el secuestro de mujeres para obligarles a contraer matrimonio. El artículo 136 del Código Penal prevé la responsabilidad penal por obligar a una mujer a contraer matrimonio o por impedir que lo haga. En el artículo 136 del Código Penal ("Coacción contra una mujer para que contraiga matrimonio o obstaculización del matrimonio") se establece que quien ejerza coacción contra una mujer para que contraiga matrimonio o continúe la convivencia conyugal, o la secuestre para que contraiga matrimonio en contra de su voluntad, así como quien impida que una mujer contraiga matrimonio, será sancionado al pago de una multa equivalente a 25 veces el salario mínimo, o a una pena de tres años de trabajo en un centro correccional, o a cumplir hasta seis meses de arresto o a una pena de privación de libertad de hasta tres años.

18.En el Código Penal no existe una norma especial que prevea la responsabilidad penal por el secuestro de mujeres jóvenes, ya que dicho acto, teniendo en cuenta la intención del secuestrador, está enmarcado en la norma general de la legislación penal que prevé la responsabilidad penal por el secuestro de una persona. En cada causa penal de esta categoría los jueces adoptan medidas de prevención de los delitos mediante resoluciones particulares. De acuerdo con el artículo 137 ("Secuestro"), el secuestro de una persona cuando no existen los indicios previstos en el artículo 245 ("Toma de rehenes") de dicho Código, se sanciona con la privación de libertad de tres a cinco años. Los mismos actos cometidos:

a)En relación con un menor;

b)Por móviles codiciosos u otros móviles sórdidos;

c)Por confabulación previa con un grupo de personas;

d)Por segunda vez o por reincidentes peligrosos,

se castigan con la privación de libertad de 5 a 10 años (la redacción de la sanción corresponde a la Ley Nº 254-II, de 29 de agosto de 2001).

El mismo acto:

a)Cometido por un delincuente reincidente especialmente peligroso;

b)Que ha tenido graves consecuencias,

se castiga con la privación de libertad de 10 a 15 años (la redacción de la sanción corresponde a la Ley Nº 254-II, de 29 de agosto de 2001).

19.El artículo 126 del Código Penal prevé también la responsabilidad penal por la poligamia, es decir, la cohabitación con dos o más mujeres en una economía única. Durante ocho meses de 2008, en cumplimiento del artículo 136 del Código Penal, los tribunales de lo penal de la República de Karakalpakstán vieron 45 causas, en las cuales, en virtud del artículo 66 del Código Penal de Uzbekistán, se dictó el sobreseimiento de las causas penales en vista de la reconciliación de las partes. También en 2008 se incoaron 16 procesos penales en virtud del artículo 126 del Código Penal (Poligamia). En el Uzbekistán actual el rapto de la novia ha perdido vigencia y vitalidad y ya no es un fenómeno generalizado que vulnere los derechos de las mujeres. Los matrimonios se contraen voluntariamente, y la coacción para contraer matrimonio está prohibida por la legislación. La costumbre de raptar a la novia se ha conservado en parte en la República de Karakalpakstán, en los distritos Tamdinsky y Kanimejsky de la provincia de Navoiy, donde la mayoría de los habitantes son kazajos. El ritual del rapto de la novia tiene carácter simbólico y por lo general se celebra de mutuo acuerdo de las partes, el novio y la novia. A continuación el matrimonio se inscribe en las oficinas del registro civil y, por tanto, se respetan los derechos de la novia.

20.De acuerdo con la encuesta sociológica realizada por el Centro de opinión pública en 2009, el 96,5% de los ciudadanos considera obligatoria la inscripción del matrimonio en las oficinas del registro civil. Por tanto, los casos de rapto de novias por lo general son aislados y propios de la mentalidad, las tradiciones y las costumbres de la población local. Los jóvenes, al igual que la mayor parte de la población, no apoyan esa costumbre y son fieles a los usos modernos. El Comité de Mujeres de la República de Karakalpakstán, junto con las instituciones de orden público y judiciales, lleva a cabo una labor de prevención y divulgación entre la población, especialmente entre los jóvenes, para impedir el rapto de muchachas con fines matrimoniales. El Centro de difusión científica Oilatrabaja activamente en las escuelas, los liceos y colegios, así como las majallias, para elevar la formación jurídica y preparar a los jóvenes para la vida familiar. Por ejemplo, en los últimos tres años en todas las escuelas de Tashkent se celebraron seminarios dedicados a la preparación de las muchachas para la vida familiar. Gracias a las investigaciones realizadas en el Centro Oila se detectó la necesidad de revisar la edad mínima para contraer matrimonio establecida en el Código de la Familia de Tayikistán. Las organizaciones estatales y públicas han presentado las propuestas correspondientes a ambas cámaras del Oliy Maylis. Cabe observar que cuando en 2008 el Centro para la supervisión de la aplicación de los actos jurídicos y normativos del Ministerio de Justicia de la República de Uzbekistán examinó la correspondencia de la legislación de Uzbekistán con las normas del derecho internacional en el ámbito de la igualdad de género, se presentó una propuesta de incorporación de modificaciones al Código de la Familia para establecer en 18 años la edad para contraer matrimonio para las mujeres. Hasta la fecha no se han incorporado las modificaciones al Código de la Familia sobre la edad mínima de matrimonio para las jóvenes.

21.Al mismo tiempo, las investigaciones sociológicas realizadas en 2009 por el Centro de opinión pública en 12 provincias del país sobre la sociedad y la familia mostraron una tendencia constante al aumento del número de ciudadanos que consideraban que los hombres debían contraer matrimonio a una edad más madura que las mujeres. A juicio de la mayoría de los encuestados, la mejor edad para contraer matrimonio para los hombres es entre los 21 y 23 años, y para las mujeres, entre los 18 y 20 años.

8. Sírvanse indicar si el Estado parte ha aprobado una ley que tipifique específicamente como delito la violencia doméstica y si las víctimas disponen de recursos efectivos, como refugios. De ser así, les rogamos informen detalladamente sobre su alcance y contenido. ¿Qué medidas ha adoptado el Estado parte para que se investiguen, enjuicien y sancionen de manera eficaz los actos de violencia doméstica? Sírvanse proporcionar también al Comité la definición de violación que figura en el Código Penal e indicar si incluye los casos de violación por el marido, así como los actos no consentidos aunque no se ofrezca resistencia. En vista de la anterior recomendación del Comité, ¿ha realizado el Estado campañas de prevención?

22.Cabe observar que la legislación nacional de todo Estado tiene su propia terminología que se basa en la necesidad de que la población comprenda los términos jurídicos. En la legislación nacional de Uzbekistán no existe el término "violencia doméstica", aunque en la práctica los delitos "contra la vida", "contra la salud", "los delitos peligrosos para la vida y la salud", "los delitos contra la libertad sexual" y "los delitos contra la libertad del honor y la dignidad" cometidos en el entorno doméstico con la utilización de la violencia están tipificados en el artículo correspondiente del Código Penal. La legislación nacional de Uzbekistán garantiza la investigación preliminar y el enjuiciamiento, así como la sanción de las personas culpables de haber cometido violencia doméstica. En el Código Penal de Uzbekistán está prevista la responsabilidad penal por la violación, y esos delitos incluyen también los casos de violación dentro del matrimonio, así como la violación cometida sin el consentimiento y la falta de resistencia de la víctima (inconsciencia, fuerte intoxicación alcohólica o por estupefacientes). La responsabilidad penal por la violación está prevista en el artículo 118 del Código Penal. La legislación penal especifica el concepto de violación como una relación sexual con la víctima con el uso de violencia, amenazas o utilización de su estado de impotencia. Se entiende por amenaza de violación la presión psicológica sobre la víctima con el fin de socavar su voluntad a resistirse. El carácter de la amenaza y la posibilidad de utilizarla deben colocar a la víctima en una situación en que no puede oponerse a las instancias del culpable. La amenaza puede expresarse con palabras o gestos, puede consistir en la intimidación con la utilización de armas u otros objetos capaces de dañar la salud o los bienes de la víctima.

23.Se entiende por utilización de la situación de impotencia de la víctima la realización del acto sexual con una persona que no comprende el carácter ni el significado de las acciones a que está sometida y, en caso de que comprenda el sentido del acontecimiento, debido a su estado físico no tiene posibilidad alguna de resistirse al violador. El apartado b) del párrafo 3 del artículo 118 del Código Penal establece la responsabilidad penal por la violación de un familiar cercano. La legislación penal determina que se entiende por familiares cercanos o políticos los padres, hermanos y hermanas, cónyuges, hijos, incluidos los adoptivos y nietos, así como los padres y los hermanos de los cónyuges. Las relaciones sexuales de uno de los cónyuges dentro del matrimonio con el uso de violencia, amenazas o utilización de la situación de impotencia del otro están tipificadas en el apartado b) del párrafo 3 del artículo 118 del Código Penal y sancionadas con la privación de libertad de 10 a 15 años. En el Código Penal de Uzbekistán se determinan los indicios del delito de violación:

"Artículo 118. Violación

La violación, es decir, el acto sexual con el uso de violencia, amenazas o la utilización de la situación de impotencia de la víctima, se castiga con la privación de libertad de 3 a 7 años. La violación:

a)De dos o más personas;

b)Cometida por segunda vez, por un reincidente peligroso o una persona que ya haya cometido el delito previsto en el artículo 119 del presente Código;

c)Cometida por un grupo de personas;

d)Acompañada de amenaza de asesinato,

se castiga con la privación de libertad de 7 a 10 años. La violación:

a)De una persona que, a sabiendas del violador, no haya cumplido 18 años;

b)De un familiar cercano;

c)Cometida por el participante en desórdenes públicos;

d)Cometida por un reincidente especialmente peligroso;

e)Que acarrea graves consecuencias,

se castiga con la privación de libertad de 10 a 15 años. La violación de una persona que, a sabiendas del violador, es menor de 14 años, se castiga con la privación de libertad de 15 a 20 años."

24.Actualmente se están adoptando medidas para descubrir las causas del recurso a la violencia física contra las mujeres. Así pues, de acuerdo con la encuesta sociológica del Centro de Opinión Pública (2009), más del 24,9% de los encuestados consideraron motivo de violencia doméstica la desobediencia de la mujer ante el marido, la falta de entendimiento en la familia, y el 40% no supo contestar a esa pregunta. En Uzbekistán se están realizando importantes esfuerzos por dar a conocer a la población las disposiciones del Código de la Familia y aclarar los derechos y obligaciones de la mujer y el hombre en el matrimonio y en las relaciones familiares, así como las cuestiones de prevención de la violencia contra la mujer y el niño. Las ONG sin fines de lucro hacen una importante contribución a la labor de sensibilización de las mujeres y a la prestación de asistencia jurídica a la población sobre cuestiones de conflictos familiares. En casi todas las regiones del país hay una ONG sin ánimo de lucro especializada en cuestiones de apoyo a la mujer y protección de la familia. Por ejemplo, con la contribución del Comité de Mujeres de Uzbekistán, el Comité de Mujeres de la provincia de Ferganá, adscrito a la Dirección de Justicia de esa provincia y con el apoyo del Fondo de Población de las Naciones Unidas, el 10 de septiembre de 2007 se inscribió en el registro el Centro de apoyo sociojurídico a las mujeres y los niños "Kalb nuri". El objetivo del Centro es prestar servicios sociojurídicos en el ámbito del logro de la igualdad de género, la prevención de la violencia de género, la consolidación de la institución de la familia, la educación y la formación de una persona desarrollada ampliamente y de forma armoniosa y el aumento de las actividades sociopolíticas de las mujeres. En Uzbekistán se están creando instituciones especiales para prestar ayuda a la mujer víctima de la violencia: centros de crisis, líneas directa para las víctimas, centros para la mujer, centros de salud y muchos otros centros de ayuda social y psicológica, que funcionan en distintas regiones del país.

25.Actualmente sólo en la provincia de Bujará funcionan 40 centros. Por ejemplo, el Centro de bienestar social de la familia "Oydin Nur", de la provincia de Bujará, creado en 1999, presta los siguientes tipos de servicios: coordina el funcionamiento de las líneas telefónicas confidenciales; ofrece apoyo psicológico; ofrece consultas jurídicas; se desempeña como defensor público de la mujer; y ofrece refugio temporal a las víctimas de la violencia. El 14 de noviembre de 2007 empezó a funcionar un refugio temporal adscrito al Centro, en que desde enero de 2007 hasta abril de 2008 se refugiaron 13 mujeres con 12 niños.

Derecho a la vida (artículo 6)

9. Tras la abolición de la pena de muerte, ¿tiene previsto el Estado parte conmutar todas las penas de muerte por otro tipo de sanción penal? En ese caso, sírvanse proporcionar información sobre la revisión de los fallos correspondientes e indicar qué otras formas de sanción se prevén y cuál es el órgano encargado de adoptar las decisiones. ¿Cómo se informa de la conmutación de esas penas a los familiares y abogados de las personas afectadas? Les rogamos faciliten también estadísticas sobre la imposición y ejecución de la pena de muerte durante el período reseñado hasta su abolición, con inclusión del número de presos condenados a muerte, el número de personas ejecutadas y los motivos de la condena. ¿Qué medidas ha adoptado el Estado parte para aplicar la anterior recomendación del Comité de informar a los familiares de las personas ejecutadas en el Estado parte sobre el lugar en que han sido enterradas y la expedición del certificado de defunción?

26.Con motivo de la aprobación de la Ley de introducción de enmiendas y adiciones en la legislación de Uzbekistán relativas a la abolición de la pena de muerte, de 11 de julio de 2007, el Tribunal Supremo de la República de Uzbekistán modificó las sentencias en 35 causas penales relativas a 48 personas condenadas a la pena de muerte. En el caso de 33 personas, la pena de muerte se conmutó por una sanción de cadena perpetua, y en el caso de las 15 restantes, por períodos prolongados de privación de libertad. Los familiares y abogados de los 48 condenados fueron informados sobre las decisiones relacionadas con la conmutación de la pena de muerte por una sanción de privación de libertad. Aunque de jure la pena de muerte no debía aplicarse únicamente después de la aprobación de la mencionada ley, de facto la pena de muerte como sanción penal no se aplicaba en Uzbekistán desde 2005, con motivo de la aprobación del Decreto del Presidente de la República de Uzbekistán sobre la abolición de la pena capital en el país, de 1º de agosto de 2005. La ejecución de las sentencias de muerte anteriores a 2005 fueron comunicadas a los familiares de los ejecutados según el procedimiento previsto en la legislación.

Prohibición de la tortura y los tratos crueles, inhumanos o degradantes, libertad y seguridad de la persona, y trato otorgado a los presos (artículos 7, 9 y 10)

10. Según recomendó anteriormente el Comité, así como el Comité contra la Tortura, ¿tiene previsto el Estado parte armonizar la definición de la tortura que figura en su Código Penal con el artículo 7 del Pacto y el artículo 1 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes?

27.El artículo 235 del Código Penal de Uzbekistán corresponde al artículo 1 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Al mismo tiempo, el examen de la cuestión de la armonización del artículo 235 (Utilización de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes) del Código Penal con las disposiciones del artículo 7 del Pacto y el artículo 1 de la Convención contra la Tortura está previsto en el Plan Nacional de Acción elaborado sobre la base de las observaciones finales y recomendaciones del Comité contra la Tortura. En vista de ello, dicha cuestión se examinará en el curso de la aplicación del Plan Nacional. De acuerdo con el apartado 1.2 del párrafo 1 del Plan Nacional de Acción de aplicación de las observaciones finales y recomendaciones del Comité contra la Tortura (CAT/C/UZB/CO/3), el 3 de marzo de 2009 en el Instituto Jurídico Estatal de Tashkent se celebró una conferencia científica y práctica sobre el tema "Responsabilidad por la aplicación de torturas y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes". Participaron en la labor de esa conferencia diputados, senadores, representantes del Ombudsman, de la Fiscalía General, del Ministerio de Justicia, del Ministerio del Interior y de otros ministerios e instituciones competentes. Sobre la base de los resultados de la conferencia se han elaborado propuestas destinadas a mejorar la legislación penal en ese ámbito. Esa cuestión se examinó también en agosto de 2008 en una reunión del Grupo de Trabajo Interinstitucional sobre la garantía de los derechos humanos en las actividades de los órganos de orden público.

11. En vista de las numerosas denuncias de tortura y maltrato durante la privación de libertad, sírvanse facilitar información adicional sobre las medidas adoptadas para prevenir la tortura y otros tipos de maltrato de las personas privadas de libertad, incluso las que se encuentran en prisión preventiva. Les rogamos comenten la información de que los reglamentos internos permiten que el personal de los cuerpos de seguridad tenga amplio arbitrio para tratar a los presos. Sírvanse proporcionar más información sobre las investigaciones de las denuncias de tortura presentadas por personas privadas de libertad, entre otras cosas, sobre el número y el carácter de las penas impuestas a los autores. ¿Tiene previsto el Estado parte establecer un mecanismo independiente para investigar las denuncias de tortura y otros malos tratos presentadas por personas privadas de libertad?

28.La República de Uzbekistán aplica una política consecuente en el cumplimiento de las disposiciones de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. En sus sesiones 789ª y 792ª (CAT/C/SR.789 y CAT/C/SR.792), celebradas el 9 y 12 de octubre de 2007, y en sus sesiones 807ª y 808ª (CAT/C/SR.807 y CAT/C/SR.808), celebradas el 22 de noviembre de 2007, el Comité contra la Tortura examinó el tercer informe periódico de Uzbekistán (CAT/C/UZB/3) en que se presentó información completa sobre la aplicación de todas las disposiciones de dicha Convención. Para poner en práctica las observaciones finales del Comité contra la Tortura (CAT/C/UZB/CO/3) formuladas tras el examen del informe de Uzbekistán, en 2008 se elaboró el Plan Nacional Acción que prevé más de 60 medidas destinadas a mejorar la legislación y la práctica de los cuerpos de seguridad en lo que respecta a la inadmisibilidad de la tortura. En el marco de la puesta en práctica del Plan Nacional de Acción se hizo una síntesis de las causas penales incoadas y tramitadas en virtud del artículo 235 del Código Penal. Los resultados de la síntesis se examinaron en una reunión de la Mesa del Tribunal Supremo, y a consecuencia de ello se aprobó la disposición sobre la práctica judicial de la tramitación de las causas penales por los tribunales relacionadas con el uso de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, en que se observó que los tribunales deben responder mediante resoluciones particulares sobre los empleados de los cuerpos de seguridad que hayan permitido infracciones de la legislación. Los resultados de esa síntesis muestran que se exigió responsabilidad penal en dicha categoría de causas principalmente a integrantes de los organismos de interior.

29.En 2008 los órganos de la Fiscalía recibieron 2.222 denuncias (en 2007, 2.385), solicitudes y comunicaciones sobre actos ilícitos de los agentes del orden; 104 (189) de ellas estaban relacionadas con la utilización de torturas, amenazas, tormentos y otros métodos de coacción; 12 (29), con detenciones ilegales; 5 (3), con utilización de medidas represivas ilícitas; 18 (12), con registros y confiscaciones ilegales; y 171 (154), denuncias y solicitudes sobre falta de objetividad en las investigaciones y las diligencias previas. Del total de denuncias, solicitudes y comunicaciones recibidas sobre actos ilícitos, 1.643 (1.728) se referían a actos ilícitos de funcionarios de los órganos del Ministerio del Interior; 195 (207), del sistema tributario; 60 (96), del Comité Estatal de Aduanas; 29 (42), del Departamento de lucha contra los delitos cambiarios y tributarios y legalización de ingresos ilícitos; y 7 (4) denuncias de actos ilícitos de los integrantes del servicio de seguridad nacional. Sobre la base de los materiales obtenidos en las comprobaciones de las denuncias y solicitudes se incoaron 269 (229) causas penales, en particular 9 (13) causas penales de utilización de torturas, amenazas, tormentos y otros medios de coacción. Fueron sancionados con medidas disciplinarias 78 (254) trabajadores. A consecuencia de las investigaciones, se sobreseyeron 20 (31) causas penales, se interrumpieron 16 (14), siguen las diligencias en 24 causas, 209 (222) causas penales se han remitido al tribunal con una conclusión condenatoria, de ellas en 180 (174) con una sentencia condenatoria que ha entrado en vigor. Las 9 causas penales incoadas por actos de tortura, amenazas, tormentos y otros métodos de coacción corresponden a integrantes de los organismos del Ministerio del Interior. En diciembre de 2008 se emitió la orden de ese Ministerio sobre la aprobación del Plan de medidas básicas en el Ministerio del Interior para el cumplimiento del Plan Nacional de Acción de aplicación de las observaciones finales y recomendaciones del Comité contra la Tortura, que fue enviado a todas las subdivisiones del Ministerio. De acuerdo con esa orden, todos los servicios del Ministerio del Interior y los organismos territoriales de interior presentan mensualmente a la Dirección de Protección de los Derechos Humanos y servicios jurídicos del Ministerio datos sobre las medidas adoptadas para prevenir la tortura.

30.El 10 de diciembre de 2004 el Ministerio del Interior firmó un Acuerdo de cooperación con el Ombudsman, el 25 de septiembre de 2008, con el Centro Nacional de Derechos Humanos, y el 27 de octubre, con la Fiscalía General y el Ministerio de Justicia, que prevén realizar medidas conjuntas de garantía y protección de los derechos de los acusados y encausados y la organización de encuentros y charlas con los detenidos o las personas privadas de libertad, así como el examen conjunto de las denuncias y solicitudes para restituir de forma eficaz los derechos violados de los ciudadanos. Además, dentro del Ministerio del Interior está desarrollando actividades una inspección especial del personal que vigila las actividades de todos los trabajadores de interior y hace investigaciones laborales independientes en cada caso de violación de los derechos humanos por el personal. El Ministerio del Interior, en el marco del Plan Nacional de Acción de aplicación de las observaciones finales y recomendaciones del Comité contra la Tortura (CAT/C/UZB/CO/3), junto con el Consejo Internacional para la Rehabilitación de las Víctimas de la Tortura, ejecutó un proyecto de formación destinado a capacitar al personal sanitario de las instituciones del sistema penitenciario que trabaja en el ámbito de la determinación, evaluación y documentación de los presuntos casos de utilización de torturas. Al día de hoy 132 trabajadores del sistema penitenciario (104 médicos y 28 trabajadores sanitarios) recibieron capacitación sobre los métodos de detección, evaluación y documentación de los casos de tortura y otros tratos inadmisibles y sobre la metodología del tratamiento y rehabilitación de las personas que los han padecido. Para mejorar la formación profesional del personal a fin de que responda a los requisitos contemporáneos, en la base del Centro Docente de la ciudad de Almalyk, de la Escuela Militar y Técnica de Tashkent y la Academia del Ministerio del Interior de Uzbekistán se han organizado cursos de readiestramiento y formación profesional de los trabajadores del sistema penitenciario.

31.Para proteger los derechos de los acusados y encausados, incluidas las personas privadas de libertad, mediante la Ley de enmiendas y adiciones a algunos instrumentos legislativos de la República de Uzbekistán destinadas a perfeccionar la abogacía, en el Código de Procedimiento Penal se han establecido nuevas normas, según las cuales se ha otorgado al detenido, sospechoso y acusado el derecho a realizar una llamada telefónica a su abogado o familiar próximo para comunicarle su detención y el lugar en que se encuentra desde el momento de la detención. Además, el detenido puede negarse a prestar testimonio y a ser informado de que su testimonio puede utilizarse como prueba en la causa penal contra él. Se permite el acceso del abogado defensor en la causa penal en cualquier etapa de la investigación preliminar, y en caso de detención, desde el momento de limitación de facto del derecho a la libertad del detenido. Los órganos de orden público deben garantizar la entrevista a solas del detenido con el abogado defensor desde el momento de la detención, antes de que se celebre el primer interrogatorio, y se ha establecido el derecho del abogado a reunirse con el defendido sin limitación de tiempo ni del número de las entrevistas, sin autorización de los organismos de orden público ni de los funcionarios responsables por la investigación de la causa penal. Todos los reglamentos internos de los cuerpos de seguridad de la República de Uzbekistán se han elaborado sobre la base de las leyes del país y no sobrepasan sus límites. No existen reglamentos que otorguen a los cuerpos de seguridad amplias atribuciones en cuanto al trato que dispensan a los detenidos. El análisis de las solicitudes y denuncias de los actos ilícitos de los miembros de los cuerpos de seguridad en el período de 2004 a 2008 muestra que en Uzbekistán se observa una tendencia anual hacia la disminución de los incidentes de aplicación por estos trabajadores de torturas y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. En 2004 se recibieron 3.427 comunicaciones, de las cuales 457 estaban relacionadas con amenazas y otros medios de coacción; 2.541, con los trabajadores del Ministerio del Interior; 115, relativas a los trabajadores de la fiscalía, 26, a los trabajadores del Servicio Nacional de Seguridad. Los indicadores análogos en 2008 eran de 2.222 comunicaciones, de las cuales 104 se referían a la utilización de amenazas y otros métodos de coacción, 1.643, a los trabajadores del Ministerio del Interior, 42, a los trabajadores de la fiscalía, y 7, a los trabajadores del Servicio Nacional de Seguridad. A consecuencia de las comprobaciones de las comunicaciones acerca de la utilización de torturas y otros tratos ilícitos, en 2008 se incoaron 9 causas penales, y los trabajadores a quienes se les exigió responsabilidad penal fueron suspendidos de sus puestos de acuerdo con la legislación vigente.

32.El análisis de las causas penales tramitadas en los tribunales en el período de 2004 a 2008, en relación con 45 acusados de delitos de la utilización de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, demuestra que en cumplimiento de las sentencias, 25 personas fueron condenadas a períodos prolongados de privación de libertad, 5 a trabajo correccional y 13 fueron absueltas con ocasión de las leyes de amnistía. En Uzbekistán funciona un sistema de control interinstitucional y externo de las actividades de los centros penitenciarios. El cumplimiento de la legislación en los centros de detención y penitenciarios está controlado por los organismos de la Fiscalía de la República de Uzbekistán. Actualmente en cada institución penitenciaria hay un buzón para las comunicaciones dirigidas a la fiscalía, y el derecho a abrirlo correspóndelo únicamente al personal de la fiscalía. La correspondencia en ese buzón no se censura y la abren directamente los trabajadores de la fiscalía. La respuesta a ese tipo de comunicaciones está determinada directamente por los órganos de la fiscalía encargados del control del respeto de la legalidad en los lugares de privación de libertad y los centros de detención provisional. Para garantizar el control de las condiciones de detención y el trato de los presos, representantes de las entidades y de los servicios de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias realiza inspecciones sobre el terreno para comprobar la situación en las instituciones dependientes. Además, supervisan los centros de detención diputados y senadores del Oliy Maylis de la República, el Ombudsman y el Centro Nacional de Derechos Humanos.

33.En 2008 grupos de delegados del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) realizaron 19 visitas a colonias penitenciarias y centros de detención provisional (de la ciudad de Tashkent, de la provincia de Tashkent y de las provincias de Andiyán, Bujará y Navoiy), 10 de las cuales eran segundas visitas. Las instituciones del sistema penitenciario fueron visitadas en repetidas ocasiones por expertos de la Unión Europea, representaciones diplomáticas de los Estados Unidos, Francia, Alemania, Gran Bretaña, Italia, Países Bajos, Rusia, Irán y otros países, por corresponsales de las agencias de información Reuters, France Presse, Associated Press, BBC y otras agencias de noticias. En junio de 2004, la representante de Freedom House en Tashkent, Sra. Mjusa Sever, y la Asesora en cuestiones socioeconómicas y políticas de la Embajada de los Estados Unidos de América en Uzbekistán, Sra. Sylvia Curran, visitaron una prisión ubicada en Zhaslyk, en la República de Karakalpakstán. El Centro de información y educación Intilish (Aspiración) y el Instituto de la mujer y la sociedad realizaron actividades de supervisión en relación con la introducción en la legislación nacional de Uzbekistán de las normas del derecho internacional en favor de las mujeres que cumplen penas de prisión. En 2008, el número total de visitas a los centros de reclusión de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias fue el siguiente: CICR 19; visitas conjuntas de diversas organizaciones 4; la Fundación Konrad Adenauer con el Ombudsman 10; el Ministerio de Salud 1; la OMS 2; el Comité de Mujeres 1. Además, hubo 9 inspecciones conjuntas y 10 inspecciones de control.

12. Sírvanse facilitar más información sobre el establecimiento de un órgano totalmente independiente encargado de verificar las condiciones existentes en los centros penitenciarios. ¿Cómo pueden acceder actualmente los órganos internacionales independientes de inspección, como el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), a los centros de internamiento y en qué condiciones?

34.Para garantizar el control independiente de los centros penitenciarios está previsto y establecido legislativamente el control parlamentario a cargo del Comisionado del Oliy Maylis en la República de Uzbekistán para los Derechos Humanos ( Ombudsman ), los comités de la Cámara Legislativa y del Senado del Oliy Maylis. Durante el examen de las denuncias, así como la supervisión por iniciativa propia de los casos de violación de los derechos, libertades e intereses legítimos de los ciudadanos, el Comisionado para los Derechos Humanos ( Ombudsman ) tiene derecho a visitar sin obstáculos las instituciones penitenciarias. Para seguir desarrollando la cooperación, se ha elaborado un proyecto de disposición sobre el representante del Comisionado para los Derechos Humanos en las instituciones penitenciarias. El 17 de enero de 2001, el Gobierno de la República de Uzbekistán y el CICR firmaron el Convenio de actividades humanitarias relacionadas con los detenidos y reclusos. En cumplimiento de ese Convenio, el Departamento de Instituciones Penitenciarias del Ministerio del Interior de Uzbekistán coopera con el Comité Internacional de la Cruz Roja. Desde el 30 de enero de 2004 está en vigor una instrucción sobre visitas a las instituciones penitenciarias de diplomáticos, representantes de ONG internacionales y nacionales sin fines de lucro y periodistas nacionales y extranjeros. De acuerdo con dicha instrucción, para obtener el permiso de visita y examinar las condiciones de reclusión de las personas privadas de libertad, los representantes del cuerpo diplomático, de las ONG internacionales y de los medios de comunicación extranjeros dirigen la correspondiente solicitud al Ministerio del Relaciones Exteriores, a las ONG inscritas en el Ministerio de Justicia, es decir, al Ministerio de Justicia de la República de Uzbekistán. La autorización para visitar los centros penitenciarios por las ONG nacionales e internacionales, así como otros representantes de la sociedad civil, garantiza el acceso a todas las categorías de presos que se encuentran en las instituciones penitenciarias de Uzbekistán.

35.El Departamento de Instituciones Penitenciarias, gracias a su cooperación ha creado las condiciones y ofrecido todas las oportunidades para la organización de las visitas del CICR a las instituciones penitenciarias de Uzbekistán, pues el Comité ha visitado prácticamente todas las instituciones penitenciarias del Ministerio del Interior de Uzbekistán (en 2001 4; en 2002 5; en 2003 30; en 2004 46; en 2007 1; en 2008 19; y en 2009 3). Desde principios de 2009 los representantes del CICR visitaron 3 instituciones del sistema penitenciario. De acuerdo con el artículo 1 del Convenio, las visitas de los representantes del CICR a los centros de detención tienen un carácter exclusivamente humanitario. De acuerdo con el artículo 3 del Convenio, el CICR tiene acceso a todos los detenidos y a las personas que entran dentro de sus competencias específicas, en todas las etapas de la reclusión. El CICR tiene acceso a todos los centros de detención en la República de Uzbekistán (centros de detención provisional, cárceles, colonias, comisarías, instituciones médicas). De acuerdo con el artículo 5 del Convenio, los representantes del CICR tienen derecho a realizar y repetir visitas a todos los centros de detención, sin limitaciones de tiempo. Independientemente del lugar de la reclusión, de la duración de la visita, del número de presos y del número de representantes participantes del CICR, las visitas completas se organizan y se realizan de acuerdo con los procedimientos corrientes del CICR e incluyen lo siguiente:

Primer encuentro con la administración de cada centro de reclusión;

Visita a todos los locales del centro reclusión;

Encuentros a solas con los presos e inscripción de los presos;

Encuentro final con la administración del centro de reclusión;

Visitas de supervisión y visitas especiales extraordinarias (art. 6).

El Departamentos de Instituciones Penitenciarias garantiza la adscripción a cada grupo de representantes del CICR de un funcionario de coordinación, cuyas funciones incluyen asegurar el desarrollo adecuado de la visita, mantener contacto continuo con la administración del centro de detención y con las autoridades territoriales y centrales y organizar los encuentros con éstas a petición de los representantes del CICR.

13. Les rogamos faciliten más información sobre la Ley de hábeas corpus de 2008, en particular si permite que una persona privada de libertad u otra persona en su nombre presente una petición para impugnar la legalidad de la privación de libertad, como se exige en el artículo 9 del Pacto. Sírvanse informar también sobre las peticiones formuladas con arreglo a dicha ley desde su entrada en vigor, así como los resultados.

36.La aprobación de la Ley de introducción de enmiendas y adiciones en algunos actos legislativos de la República de Uzbekistán en el marco de la transferencia a los tribunales de la competencia para la detención constituyó uno de los factores más importantes de la garantía de la protección de los derechos humanos y tiene por objeto continuar democratizando el sistema judicial y jurídico. El artículo 243 del Código de Procedimiento Penal prevé el procedimiento de la aplicación de la medida cautelar de privación de libertad, que sólo puede aplicarse a un detenido sospechoso o a una persona involucrada en el proceso como acusada. Cuando se reúnan las circunstancias previstas por la legislación y durante la instrucción preliminar se elige la medida cautelar consistente en la privación de libertad, el encargado de la investigación, con el acuerdo del fiscal, dictamina el inicio del procedimiento de aplicación de la medida cautelar de libertad. En la decisión sobre el inicio del procedimiento se exponen las bases que hacen necesario privar de libertad al detenido sospechoso o al inculpado, y la imposibilidad de aplicar otra medida cautelar. Se adjuntan a la decisión los materiales necesarios que fundamentan el procedimiento. El fiscal, tras comprobar si la petición de aplicación de la medida de privación de libertad está fundamentada, en caso de estar de acuerdo, transmite a un tribunal la decisión sobre el inicio del procedimiento y los materiales necesarios. Si el procedimiento se inicia en relación con un detenido sospechoso o acusado, la decisión y dichos materiales deben presentarse al tribunal a más tardar 12 horas antes de que termine el plazo de detención.

37.La petición de aplicar la medida cautelar de detención será examinada personalmente por el juez del tribunal provincial (municipal) encargado de las causas penales o del tribunal militar de la circunscripción territorial en que se haya cometido el delito o se haya practicado la investigación preliminar, y de no disponer esos tribunales de un juez o si se dieran circunstancias por las que éste debiera ser recusado del examen del auto en que se solicita la sanción de detención, se someterá la petición al juez de otro tribunal competente según indicación del presidente del Tribunal Penal Supremo, del tribunal penal provincial y municipal de Tashkent y del Tribunal Militar de Uzbekistán. La petición de aplicación de la medida de privación de libertad se examinará a puerta cerrada antes de que transcurran 12 horas de la presentación del auto, pero no más tarde del plazo mínimo de la detención. La petición de detención se examinará en presencia del fiscal, del detenido sospechoso o acusado y del abogado defensor, si éste participara en la causa. El sospechoso detenido o acusado es trasladado a la audiencia judicial, en la que tiene derecho a participar el representante legítimo del sospechoso o acusado, así como el investigador. En caso de necesidad, puede ser convocado al juicio el investigador. La no comparecencia de las personas informadas del lugar, fecha y hora de la audiencia no es obstáculo para el examen de la petición sobre la aplicación de la sanción de privación de libertad, excepto los casos de la no comparecencia del acusado. La petición sobre la aplicación de la sanción de privación de libertad a un acusado que está en búsqueda se examina sin su participación. El examen de la petición de aplicación de la detención empieza por el informe del fiscal que fundamenta la necesidad de aplicar dicha sanción. A continuación se escucha al sospechoso o acusado, al abogado defensor, y a otras personas que han comparecido en el juicio, y se examinan los materiales presentados. Acto seguido el juez se retira a una habitación separada para pronunciar el dictamen.

38.Tras examinar la petición de aplicación de la sanción de detención, el juez toma una de las siguientes determinaciones:

Aplicación de la sanción de detención;

Rechazo de la aplicación de la sanción de detención;

Prórroga de la detención por un plazo no superior a las 48 horas para que las partes presenten pruebas adicionales del fundamento o falta de fundamento de la aplicación de la sanción de detención.

La decisión del juez de aprobar o rechazar la petición de aplicación de la sanción de detención se hará firme en el momento en que se dé a conocer y se aplicará de inmediato. La decisión del juez se comunicará al fiscal para su aplicación y al acusado y al abogado defensor para su información. La decisión de juez podrá ser impugnada o recurrida por vía de apelación, siguiendo las normas previstas en el apartado 2 del artículo 241 del Código de Procedimiento Penal. Una vez examinado el auto de apelación, el tribunal de apelación tendrá derecho a ejercer su criterio y:

Ratificará la decisión del juez sin modificaciones y desestimará la impugnación o apelación; o

Revocará la decisión del juez y pondrá en libertad al sospechoso o acusado o bien ordenará su detención como medida cautelar.

39.El artículo 241 del Código de Procedimiento Penal prevé la posibilidad de impugnar o recurrir contra la decisión de aplicar una medida cautelar. La impugnación de esa decisión se presenta al fiscal responsable de la investigación que puede anularla o modificarla. El fiscal debe examinar la queja en el plazo de tres días desde el momento de su recepción e informar a la persona que ha presentado la queja de su decisión. El auto del tribunal sobre la aplicación de la medida cautelar de detención en la etapa de la investigación preliminar o la prórroga del plazo de la detención puede impugnarse, o ser objeto de un recurso de apelación en el plazo de 72 horas después de la decisión. La queja y la impugnación se presentan por medio del tribunal que dictó el auto, que debe, en el plazo de 24 horas, transmitirla junto con los materiales al tribunal de apelación. Éste deberá examinar dichos materiales junto con la queja o la impugnación a más tardar 72 horas después del momento de su recepción. La presentación de la queja o de la impugnación no detiene la puesta en práctica de la decisión sobre la aplicación de la medida cautelar. Desde el día de la entrada en vigor de esta ley, la Dirección Principal de Investigaciones ha implantado la supervisión del estado diario de los detenidos y de la decisión sobre la aplicación a ellos de la medida cautelar de detención.

40.El análisis de la práctica de las investigaciones ha demostrado que en 12 meses de 2008 fueron puestos en libertad de los centros de detención provisional por improcedente, es decir, porque no era necesario aplicar al sospechoso detenido la medida cautelar de detención, 453 sospechosos o acusados. El número de personas puestas en libertad en los centros de detención provisional en el período de 6 meses de 2009 en total ascendió a 240 acusados; de ellos, por decisión de los tribunales, 77; por los organismos del Ministerio del Interior, 127; y por los organismos de la fiscalía, 36. En el mismo período en 2008 fueron puestos en libertad de los centros de detención provisional un total de 216 acusados. En Uzbekistán continúa la labor para aumentar la preparación y la profesionalidad de los jueces, de los trabajadores de los organismos de la fiscalía y de los organismos de interior en la aplicación práctica de la institución del hábeas corpus. En la organización de seminarios, cursos de formación y conferencias sobre este tema participan activamente organizaciones internacionales y extranjeras, tales como el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), la Fundación Friedrich Ebert y la Fundación Konrad Adenauer. Por ejemplo, el 17 de junio de 2008 se celebró una conferencia internacional titulada "Hábeas corpus: la garantía más importante de los derechos humanos en el ámbito de la justicia", que organizaron el Ministerio de Justicia de Uzbekistán, el Centro Nacional de Derechos Humanos, la Fundación Friedrich Ebert y la Fundación Konrad Adenauer.

14. El Comité recomendó anteriormente que, en vista del tiempo excesivo (72 horas) que transcurre antes de que un sospechoso detenido sea llevado ante un juez, el Estado parte se cerciorara de que un juez examinase, a su debido tiempo, toda detención para verificar su legalidad. Sobre la base del informe, el Comité entiende que no se han introducido cambios en relación con el período de 72 horas. Sírvanse explicar cuál es la razón.

41.La detención consiste en una breve privación de libertad de la persona sospechosa de la comisión de un delito para detener sus actividades delictivas, impedir la fuga y la ocultación o eliminación de las pruebas. De acuerdo con el artículo 226 del Código de Procedimiento Penal, el plazo de detención no excederá las 72 horas desde el momento de la entrega del detenido a los organismos de interior u otro organismo de orden público. Teniendo en cuenta que durante la detención el encargado del sumario y el investigador deben realizar un trabajo bastante laborioso relacionando con la reunión de pruebas que confirmen o refuten la participación del sospechoso en la comisión del delito y decidir la cuestión de la aplicación de la medida cautelar o la puesta en libertad del detenido, el plazo de 72 horas se considera el más admisible. De acuerdo con la Ley de incorporación de modificaciones y adiciones en algunos actos legislativos de la República de Uzbekistán en el marco del perfeccionamiento de la institución de la abogacía, de 31 de diciembre de 2008, el detenido, desde el momento mismo de la detención, disfruta de los mismos derechos que el sospechoso, en particular del derecho al contacto sin obstáculos con el abogado defensor para que participe en la causa, y el ejercicio de los derechos reglamentados en el artículo 48 del Código de Procedimiento Penal, independientemente de que se haya incoado una causa penal o se haya dictaminado su participación en la causa como sospechoso y su detención, el derecho de conocer de qué se le sospecha, de prestar testimonio sobre la sospecha formulada contra él o sobre cualesquiera otras circunstancias del caso, o negarse a prestar testimonio, así como el derecho de saber que su testimonio puede utilizarse como prueba en la causa penal contra él, de ejercer su derecho a una llamada telefónica o comunicar a su abogado defensor o un familiar cercano su detención y el lugar donde se encuentra. Al mismo tiempo, la Dirección Principal de Investigación del Ministerio del Interior de Uzbekistán ha presentado una serie de propuestas concretas para mejorar la legislación vigente. Entre éstas figura la propuesta de revisar el plazo de detención de los sospechosos, reduciéndolo de 72 a 48 horas.

15. Les rogamos faciliten más información sobre la existencia de centros de internamiento para delincuentes juveniles, en particular de centros separados para las menores delincuentes, y sobre las condiciones de internamiento en esos centros.

42.En las instituciones especiales, en particular en los centros de detención provisional de los organismos de interior, está previsto el internamiento de menores, en particular de muchachas menores de edad. Al mismo tiempo, de acuerdo con los requisitos de la orden del Ministerio del Interior, pueden disfrutar durante el internamiento de condiciones de favor: las mujeres están separadas de los hombres, y los menores, de los adultos (en determinados casos se permite, con el acuerdo del fiscal y por decisión del tribunal, que los menores permanezcan en la misma celda que los adultos); además de las normas principales, los menores, así como las mujeres embarazadas y las mujeres con niños pequeños tienen derechos adicionales de realizar un paseo diario de hasta 2 horas (por lo general es 1 hora). Cabe observar que en 2009 el Comité de la Cámara Legislativa del Oliy Maylis de Uzbekistán para las instituciones democráticas, las ONG y los organismos de administración autónoma de los ciudadanos realizó una supervisión parlamentaria de la aplicación del párrafo 3 del artículo 10 del Pacto por parte del Departamento de Instituciones Penitenciarias del Ministerio del Interior. La supervisión parlamentaria mostró que en el sistema del Departamento se ha creado una colonia infantil en que permanecen varones de 13 a 21 años. Actualmente su número asciende a 180, de los cuales 3 niños son huérfanos. Al ingresar en la colonia, los nuevos educandos son objeto de un reconocimiento exhaustivo del médico y del psicólogo para determinar su nivel de conocimientos, el dominio de idiomas y las capacidades que poseen, se efectúa un encuentro con el pedagogo y el educador y se determina la necesidad de que sigan estudiando en una escuela de enseñanza general o en una escuela profesional.

43.Los menores encausados se encuentran en la colonia por separado, dependiendo de la edad (hasta los 16 años, separados) y el número de veces que hayan sido condenados (los que han sido condenados por primera vez están separados). Tienen el derecho y la posibilidad de establecer contacto con sus familiares mediante correspondencia, conversaciones telefónicas y entrevistas que se permiten 12 veces al año (6 de ellas, prolongadas, y 6 breves) y el derecho a recibir paquetes y envíos. La colonia de menores recibe visitas constantes de representantes de ONG sin fines de lucro, en particular de la Fundación Kamolot y otras. Funciona adscrito a la colonia un Comité de padres, se celebran días "de puertas abiertas", festivales, concursos, competiciones, así como seminarios, conferencias y charlas. Tres meses antes de la puesta en libertad empieza la preparación para la vida en libertad con la asistencia de los Centros de adaptación social, según el lugar de residencia. De acuerdo con los datos obtenidos durante la supervisión parlamentaria, actualmente en la colonia de mujeres se encuentran separadas 8 muchachas menores de edad que, al igual que los varones menores, estudian en una escuela de enseñanza general y en cursos profesionales. En la sección de niños de la colonia de mujeres se educan 15 niños de mujeres condenadas, que están divididos en 3 grupos dependiendo de la edad. De acuerdo con la supervisión parlamentaria de la colonia infantil y de mujeres del Departamento de Instituciones Penitenciarias del Ministerio del Interior, se presentaron recomendaciones relacionadas con la mejora de la alimentación de los niños, el aumento del nivel de la enseñanza y de las actividades culturales y de difusión, teniendo en cuenta las características especiales debidas a la edad y otras características del desarrollo de los niños.

Eliminación de la esclavitud y la servidumbre, así como del trabajo infantil (artículos 8 y 24)

16. Sírvanse facilitar información acerca de la situación y el contenido del proyecto de ley sobre la trata de seres humanos. ¿Qué salvaguardias legales existen para los derechos de las víctimas de la trata, en particular su derecho a la asistencia y la rehabilitación? ¿Qué medidas ha adoptado el Estado parte para proporcionarles asistencia médica, psicológica, social y letrada?

44.Con motivo de la ratificación por la República de Uzbekistán del Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena y para adoptar medidas eficaces de lucha contra la trata de personas, el Parlamento aprobó el 17 de abril de 2008 la Ley de lucha contra la trata de personas, que tiene por objeto reglamentar las relaciones en el ámbito de la lucha contra la trata de personas y determinar los organismos estatales que se dedican a la lucha contra la trata y sus atribuciones. Gracias a la ley, el problema de la prestación de asistencia y protección a las víctimas de la trata se planteó a nivel estatal. Para aplicar la ley, el 8 de julio de 2008, el Presidente aprobó una resolución sobre medidas orientadas a mejorar la eficacia de los esfuerzos por luchar contra la trata de personas, a consecuencia de la cual se ha establecido una Comisión nacional interinstitucional para la lucha contra la trata de personas, integrada por representantes de organismos estatales y de orden público y ONG. Teniendo en cuenta la función coordinadora de la Fiscalía General de Uzbekistán en la lucha contra la delincuencia y con el fin de mejorar las actividades de lucha contra la trata de personas, se nombró Presidente de esa Comisión al Fiscal General de la República. Para aplicar la Ley de lucha contra la trata de personas y en cumplimiento de la resolución del Presidente de la República de Uzbekistán, de 8 de julio de 2008, sobre medidas orientadas a mejorar la eficacia de los esfuerzos de lucha contra la trata de personas, el 5 de noviembre de 2008, el Consejo de Ministros aprobó una resolución sobre el establecimiento del Centro de Rehabilitación de la República para ayudar y proteger a las víctimas de la trata de personas. Los objetivos y funciones del Centro de Rehabilitación son los siguientes:

Ofrecer a las víctimas de la trata condiciones adecuadas de vida e higiene personal, alimentación, medicamentos y artículos de uso médico;

Prestar asistencia urgente médica, psicológica, social, jurídica y todo tipo de ayuda imprescindible a las víctimas de la trata; y velar por la seguridad de las víctimas de la trata;

Contribuir a los contactos con los familiares de las víctimas de la trata de personas;

Proporcionar a las víctimas de la trata, a sus familiares y tutores información sobre los derechos y los intereses legítimos de las víctimas de la trata de personas;

Contribuir a la rehabilitación social de las víctimas de la trata.

45.El Comité de Mujeres, junto con las organizaciones estatales, públicas y no gubernamentales sin fines de lucro, lleva a cabo una labor sobre el terreno de prestación de asistencia a las víctimas de la trata. Así pues, al 1º de enero de 2009 se prestó ayuda psicológica a 123 víctimas; asistencia médica, a 164; asistencia jurídica, a 149; 32 personas tuvieron la posibilidad de cursar estudios de formación profesional; 47 mujeres obtuvieron trabajo y 92 recibieron asistencia social.

17. Les rogamos informen sobre la eficacia de las medidas adoptadas por el Estado parte para aplicar las disposiciones legales (Ley de [garantías] de los derechos del niño, de 2008) destinadas a erradicar el trabajo infantil, incluso de niños muy pequeños, por ejemplo en la industria del algodón.

46.En Uzbekistán se ha creado un sistema legislativo que garantiza la protección segura de los derechos del niño. En la Ley de garantías de los derechos del niño, aprobada en 2008, se reflejan de forma concentrada los principales mecanismos de protección de los niños, se establecen los derechos y las obligaciones de los organismos de la administración estatal, de las instituciones públicas y de los ciudadanos para la garantizar los derechos inviolables de cada niño. La ratificación por Uzbekistán en marzo de 2008 de los Convenios de la Organización Mundial del Trabajo (OIT) Nº 138 sobre la edad mínima de admisión al empleo y Nº 182 sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación fue un paso importante que confirma la adhesión del país a los valores universales de la protección de los derechos del niño. El Gobierno ha aprobado y está poniendo en práctica el Plan Nacional de Acción para la aplicación de las disposiciones de los mencionados Convenios, que ha contado con la aprobación en las organizaciones internacionales competentes. En Uzbekistán se han creado y se están desarrollando instituciones estatales para la protección del niño en el ámbito del trabajo:

Dentro del organigrama del Gobierno funciona una dependencia de protección de la familia, la maternidad y la infancia encabezada por el Viceprimer Ministro de la República de Uzbekistán, que coordina las actividades de los organismos estatales de administración y gestión en la aplicación de los derechos del niño garantizados en la Constitución;

Adscrita al Consejo de Ministros se ha creado una Comisión de Asuntos de Menores, encabezada por el Fiscal General de la República, cuyas competencias incluyen la solución de prácticamente todos los problemas relacionados con la situación de los niños en la sociedad, en particular el control sobre la prohibición de la violación de los derechos de los jóvenes en el ámbito del trabajo.

47.Actualmente, para establecer y fortalecer la responsabilidad de las empresas y las personas físicas, en particular los padres, por la incorporación de los niños a las peores formas de trabajo infantil, así como por la infracción de la legislación laboral sobre los menores de 18 años, se ha elaborado un proyecto de ley de incorporación de adiciones al Código de la República de Uzbekistán de responsabilidad administrativa, que se ha presentado a examen a la Cámara Legislativas del Oliy Maylis. Mediante una disposición conjunta del Ministerio de Trabajo y Protección Social de la Población y la Unión de la Federación de Sindicatos de Uzbekistán (Nº 78, de 31 de diciembre de 2008, y Nº 10-22, de 24 de diciembre de 2008), se ha aprobado el Procedimiento de admisión al empleo de los niños menores de 16 años, que se distribuyó sobre el terreno para notificar a los empleadores y llevar a cabo una labor de información y difusión. Teniendo en cuenta los requisitos del Convenio de la Organización Mundial del Trabajo (OIT) Nº 138 sobre la edad mínima de admisión al empleo y el Convenio Nº 182 sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación, el Ministerio de Trabajo y Protección Social de la Población y el Ministerio de Sanidad firmaron una disposición conjunta para establecer los límites máximos para levantar y trasladar pesos por personas menores de 18 años. Esa disposición fue aprobada mediante la resolución Nº 40 del Consejo de Ministros de Uzbekistán, de 11 de febrero de 2009 (Disposición sobre el procedimiento de realización de las prácticas de trabajo por los alumnos de las escuelas profesionales en las empresas, las instituciones y organizaciones); y mediante la resolución Nº 216 del Consejo de Ministros, de 29 de julio de 2009 (Medidas de desarrollo y ampliación de las empresas familiares y las actividades artesanales) fue aprobada la Disposición sobre la labor de las empresas familiares y las actividades artesanales.

48.El control y la supervisión de la aplicación de los Convenios Nos. 138 y 182 de la OIT se llevan a cabo de la siguiente manera: en marzo de 2009, la Comisión de Asuntos de Menores, adscrita al Consejo de Ministros, con la participación de la Fiscalía General, el Ministerio de Cultura y Deportes, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Enseñanza Superior y Secundaria Especializada, el Ministerio de Instrucción Pública, el Ministerio de Trabajo y Protección Social de la Población y del Ministerio de Sanidad, hicieron viajes a Karakalpakstán y a la provincia de Bujará para prestar asistencia práctica y examinar el estado del proceso educativo y docente, la prevención del descuido infantil y la prohibición y eliminación de las peores formas de trabajo infantil. El análisis de los resultados de las investigaciones se examinó en la Comisión de Asuntos de Menores, adscrita al Consejo de Ministros, y en los jokimyat provinciales, y se han planificado las actividades correspondientes para subsanar los problemas. En 2008 los organismos de la Fiscalía realizaron 231 inspecciones, cuya consecuencia fue la aprobación de 383 resoluciones, se formularon advertencias a 336 personas, se impugnaron 347 documentos ilegales, 548 funcionarios fueron objeto de medidas disciplinarias, 224, de medidas administrativas, a 81 se exigió responsabilidad material y se incoaron 9 procesos penales. En el primer trimestre de 2009 se realizaron 47 inspecciones, a consecuencia de las cuales se formularon 78 resoluciones, 74 personas recibieron advertencias, se impugnaron 122 documentos ilegales, 175 funcionarios fueron objeto de medidas disciplinarias, 64, de medidas administrativas, a 15 se exigió responsabilidad material, se incoaron 7 procesos penales y se restituyeron los derechos de 15 niños.

49.Los organismos del Ministerio del Interior, junto con las dependencias y las asociaciones públicas competentes, realizaron 700 redadas especiales, durante las cuales se exigió responsabilidad administrativa a 28 funcionarios con altos cargos por la infracción de la legislación laboral, se enviaron 17 resoluciones a los organismos de administración autónoma de los ciudadanos, 34 resoluciones, a las administraciones de escuelas, 19, a colegios y liceos profesionales, 2, a instituciones de enseñanza superior y 37, a otras organizaciones. El Ministerio de Instrucción Pública, el Ministerio de Enseñanza Superior y Secundaria Especializada y el Movimiento social de jóvenes Kamolot, el 3 de noviembre de 2008 aprobaron y están poniendo en práctica una resolución conjunta sobre las medidas de aplicación en el sistema de enseñanza del Convenio de la Organización Mundial del Trabajo (OIT) Nº 138 sobre la edad mínima de admisión al empleo y el Convenio Nº 182 sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación, de acuerdo con la cual se asegura el control de la asistencia de los alumnos y se establece la responsabilidad personal de los administradores de las instituciones docentes por garantizar el contingente de alumnos y su asistencia. Se ha organizado la supervisión y el control de la lucha contra la utilización del trabajo forzoso de los alumnos de las escuelas de enseñanza general, colegios profesionales y liceos académicos. Mediante orden del Centro de Enseñanza Profesional Especializada, de 25 de febrero de 2009, se han aprobado instrucciones para la realización de supervisiones de la asistencia de los alumnos en las instituciones docentes y se ha organizado un grupo para llevar a cabo una supervisión constante. Durante la supervisión se detectaron 7.016 alumnos que por diversas razones no asistían a clase. Gracias a las medidas adoptadas, 6.410 alumnos volvieron a las aulas. Se adoptaron medidas disciplinarias contra 78 administradores de instituciones docentes.

50.El Ministerio de Instrucción Pública, la Fundación Majallia, el Comité de Mujeres y el Consejo de Notables de Uzbekistán aprobaron una orden y disposición conjuntos sobre la organización de centros de cooperación "Familia-majallia- escuela". En estos momentos en las escuelas se han creado 7.200 centros de ese tipo. La Comisión de Asuntos de Menores, adscrita al Gabinete de Ministros, ha enviado las instrucciones pertinentes sobre el terreno acerca de la organización del control público por parte de las majallias para impedir la utilización del trabajo forzoso infantil. El Consejo de Ministros de la República de Karakalpakstán, los jokimyat provinciales y la ciudad de Tashkent aprobaron las resoluciones correspondientes. En los formularios estadísticos estatales para 2009, aprobados mediante resolución Nº 5 del Comité Estatal de Estadística de Uzbekistán, de 10 de noviembre de 2008, se han incluido los indicadores correspondientes que reflejan el número de trabajadores menores de 18 años. Mediante la orden Nº 191 del Ministerio de Trabajo y Protección Social de la Población, de 29 de septiembre de 2008, en el Ministerio y sus subdivisiones estructurales y territoriales se han creado "líneas calientes" telefónicas que funcionan permanentemente para hablar de las cuestiones del trabajo infantil. El Ministerio de Instrucción Pública y el Ministerio de Trabajo y Protección Social de la Población aprobaron una orden conjunta en octubre de 2008, según la cual se creó un grupo de trabajo y se aprobó un programa de supervisiones sobre el terreno para impedir la utilización del trabajo forzoso de los alumnos de las escuelas de enseñanza general durante la recolección de algodón.

51.El 2 de octubre de 2008, la Asociación de Granjas Agrícolas, el Consejo de la Federación de Sindicatos y el Ministerio de Trabajo aprobaron una declaración conjunta sobre la inadmisibilidad de la utilización del trabajo forzoso de niños en las labores agrícolas. En abril y mayo de 2009 se celebraron seminarios y mesas redondas, en que participaron más de 50 responsables de granjas agrícolas de cada provincia. Para impedir la utilización del trabajo infantil en la recolección de algodón, el Ministerio de Instrucción Pública emitió una orden, de 23 de septiembre de 2009, en que se aprobaba un plan de actividades para la adopción de medidas inmediatas para eliminar las peores formas de trabajo infantil y la utilización de niños en la recolección de algodón. El Ministerio de Trabajo y Protección Social de la Población, junto con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), celebró el 20 de agosto de 2009 una mesa redonda con la participación de representantes de la Fiscalía General, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Instrucción Pública, el Ministerio de Sanidad, el Centro de Enseñanza Profesional Especializada, el Consejo de la Federación de Sindicatos, el Movimiento Kamoloty la Fundación Majallia. Se han elaborado y se están enviando sobre el terreno recomendaciones sobre los derechos de los menores que deben garantizar los empleadores, así como folletos que explican el contenido de los Convenios ratificados y un compendio de documentos normativos. Los órganos territoriales de la fiscalía, junto con las direcciones de trabajo, han preparado y están difundiendo carteles y folletos entre los organismos de administración autónoma de los ciudadanos. Los organismos del Ministerio del Interior han celebrado 25.122 encuentros, charlas y conferencias, en particular, 9.736 con padres en las majallias, 12.456 en las escuelas, 187 con estudiantes de instituciones de enseñanza superior y 2.743 con alumnos de colegios y liceos.

52.El Centro de Enseñanza Profesional Especializada, junto con la OIT, ha preparado un programa docente de módulos, de 80 horas de duración, titulado "Fundamentos de la empresa y del negocio", que se ha introducido en el proceso docente de los liceos académicos y colegios profesionales. Teniendo en cuenta los requisitos de los Convenios, se ha revisado al programa de módulos "Derecho laboral", que se incluyó en el programa docente "Jurisprudencia" a partir de 2010. El Ministerio de Trabajo y Protección Social de la Población y el UNICEF han firmado y ejecutan el proyecto de apoyo a la puesta en práctica del Plan Nacional de Acción sobre el trabajo infantil que forma parte del plan de trabajo anual del programa "Protección del niño", que prevé la creación de un grupo de trabajo conjunto; la realización de investigaciones sobre la protección social de los niños vulnerables; el aumento de los conocimientos sobre los problemas del trabajo infantil; la elaboración de materiales de información y materiales didácticos y metodológicos; la celebración de seminarios de formación y la creación de centros experimentales; la elaboración de normas mínimas para los niños con necesidades especiales y otras actividades.

18. Sírvanse proporcionar más información, incluyendo datos estadísticos, sobre las solicitudes de visados de salida presentadas por ciudadanos del Estado parte que hayan sido rechazadas. Les rogamos expliquen en qué medida, a juicio del Estado parte, el requisito del visado de salida es compatible con el artículo 12 del Pacto. Les rogamos comenten también las denuncias que dan cuenta de que, en cumplimiento de ese requisito, a menudo se impide viajar al extranjero a representantes de ONG. Sírvanse informar asimismo sobre el sistema de registro de la residencia (propiska) y su compatibilidad con el artículo 28 de la Constitución del Estado parte, así como con el Pacto. Sírvanse incluir información sobre la influencia de ese sistema en el acceso a los servicios públicos.

53.La tramitación de los documentos de salida del país de los ciudadanos de la República de Uzbekistán se regula en la resolución Nº 8 del Consejo de Ministros de la República de Uzbekistán, de 5 de enero de 1995. De conformidad con los requisitos establecidos en dicha resolución, los servicios de entrada en el país y salida al extranjero y de ciudadanía del Ministerio del Interior del lugar de residencia permanente del ciudadano le hacen entrega de una pegatina en la que se consigna el permiso de salida del país. Las limitaciones para la salida de los ciudadanos al extranjero están previstas en la parte III de la resolución mencionada. En el primer semestre de 2009 se denegó el permiso de salida a 49 ciudadanos uzbecos. De conformidad con la sección III del Reglamento del sistema del pasaportes de la República de Uzbekistán, aprobado en virtud del Decreto presidencial Nº VII-2240, de 26 de febrero de 1999, el empadronamiento (propiska) consiste en el registro por los órganos del Ministerio del Interior, con arreglo a lo dispuesto en la ley, de la estancia permanente o temporal de los ciudadanos en un lugar de residencia determinado en el territorio de la República; el empadronamiento será permanente cuando la persona tenga la intención de radicarse permanentemente en una localidad determinada. Tienen derecho al empadronamiento permanente en el territorio de la República:

Los ciudadanos uzbecos;

Los ciudadanos extranjeros, incluidos los de Estados miembros de la Comunidad de Estados Independientes, y las personas apátridas que posean el permiso de residencia expedido debidamente por los órganos del Ministerio del Interior.

54.El empadronamiento temporal se realiza por el período en que la persona permanecerá en el lugar de residencia que indique. Una empadronamiento temporal por un período de tres días a seis meses no implica que el ciudadano sea dado de baja en el registro de su lugar de residencia permanente. Una solicitud de empadronamiento temporal por más de seis meses, implicará la baja del solicitante en el registro de su lugar de residencia permanente. Están sujetos al trámite de empadronamiento temporal:

Los ciudadanos uzbecos que se trasladen temporalmente de una localidad a otra de la República;

Los ciudadanos de los Estados miembros de la Comunidad de Estados Independientes (CEI);

Los ciudadanos extranjeros y los apátridas que hayan llegado a Uzbekistán con visado de entrada.

Los ciudadanos uzbecos que trasladan de manera temporal su residencia de una localidad a otra por un plazo de hasta seis meses se registran temporalmente sin causar baja en su lugar de residencia permanente, y en su documento de identidad se estampa el cuño en que se consigna el empadronamiento (propiska). Los que se trasladen temporalmente a otra localidad del país por un plazo superior a seis meses están obligados a darse de baja en su lugar de residencia y registrarse en el lugar donde residirán temporalmente, excepto los que lo hagan en comisión de servicio, para tomar vacaciones, descansar en una casa de campo o recibir tratamiento médico.

55.Para tramitar el empadronamiento temporal o permanente en el lugar donde establecerán su residencia temporal o permanente, los ciudadanos uzbecos deben presentar:

Una solicitud en el formato establecido;

El documento oficial de identidad de ciudadano de la República de Uzbekistán;

Una certificación de nacimiento, en el caso de personas menores de 16 años que no viven con sus padres (tutores o curadores);

La tarjeta militar o de identidad en el caso de los militares que no residen en cuarteles o buques;

El comprobante de pago del gravamen estatal.

El empadronamiento de los niños menores de 16 años que viven con sus padres (tutores o curadores) se efectúa sobre la base de la certificación de nacimiento, cuyos datos se asientan en los libros de registro (tarjetas de empadronamiento). Las personas que deben empadronarse tienen la obligación de presentar a los órganos del Ministerio del Interior los documentos establecidos en un plazo de tres días a partir de la fecha de su llegada a la localidad. Los propietarios de viviendas tienen derecho a empadronar a los miembros de su familia, a ciudadanos uzbecos, y a ciudadanos extranjeros o apátridas que posean permiso de residencia en la República, con independencia de las dimensiones de la vivienda. Si una persona posee varias viviendas, sólo podrá estar registrada en una de ellas.

56.En virtud de un decreto presidencial, en el Consejo de Ministros y en los jokimyat de la República de Karakalpakstán y de la ciudad de Tashkent se han creado comisiones especiales para examinar las cuestiones relacionadas con el otorgamiento de permisos de residencia a ciudadanos extranjeros, incluidos los de los Estados miembros de la CEI, y las personas apátridas, y su empadronamiento permanente en el territorio de la República de Uzbekistán. Las comisiones territoriales están encabezadas por el Presidente del Consejo de Ministros de la República de Karakalpakstán y los jokim de las provincias y de la ciudad de Tashkent. A fin de regular los procesos de entrada de ciudadanos que deseen residir de forma permanente en la ciudad de Tashkent, el 27 de febrero de 1999 se adoptó la resolución Nº 92 del Consejo de Ministros, que reglamenta la adquisición de viviendas por ciudadanos extranjeros y personas apátridas en la República de Uzbekistán y su entrada al país para establecer residencia permanente en la ciudad de Tashkent. De conformidad con el Reglamento general sobre las comisiones especiales mencionadas, que están encargadas de la expedición de los permisos de residencia a los extranjeros, incluidos los ciudadanos de países de la CEI y las personas apátridas, y del empadronamiento permanente en el territorio de Uzbekistán, aprobado en virtud de la resolución Nº 178 del Consejo de Ministros, de 16 de abril de 1999, los órganos del Ministerio del Interior preparan un conjunto de documentos y los transmiten a la Comisión especial del jokimyat de la ciudad de Tashkent para que los examine. En un plazo de una semana la Comisión examina los documentos presentados y emite debidamente sus conclusiones sobre el empadronamiento.

57.El procedimiento establecido en Uzbekistán para la obtención de un visado de salida del país y el empadronamiento permanente o temporal no contradicen el artículo 12 del Pacto, por cuanto tiene por objeto contabilizar el número de personas que entran y salen del país, controlar los procesos migratorios y garantizar la seguridad pública. El empadronamiento no influye sobre el acceso a empleos en la administración pública, pues en la selección de candidatos a empleos en las instituciones del Estado se da prioridad a la calificación profesional. La Asociación Nacional de las ONG de Uzbekistán informó de que en sus tres años de funcionamiento no había recibido ninguna comunicación de ONG del país, ni disponía de información, sobre casos en que se hubiera impedido salir del país a representantes de esas organizaciones. Los miembros y funcionarios de la Asociación y otros representantes de las ONG participan sistemáticamente en diversos eventos internacionales que se celebran en el extranjero. Cabe señalar que el procedimiento para obtener el visado de salida se aplica por igual a todos los ciudadanos uzbecos y no tiene relación alguna con la labor de las ONG.

19. Sírvanse formular observaciones sobre las denuncias de acoso constante a periodistas en el ejercicio de su profesión y el estricto control gubernamental de los medios de información no públicos, es decir, independientes. Les rogamos comenten también las denuncias de que se enjuicia y encarcela sistemáticamente a los defensores de los derechos humanos.

58.Las denuncias sobre la persecución de periodistas y defensores de los derechos humanos son infundadas. Según los datos de que dispone la Unión Creativa de Periodistas de Uzbekistán ningún periodista de los medios de comunicación de la República había comunicado a esa organización que estuviera siendo perseguido en relación con su labor profesional ni que los medios de comunicación independientes estuvieran sometidos a un estricto control gubernamental. Tampoco la Asociación Nacional de las ONG ha recibido comunicaciones de ningún representante de los medios de comunicación, ni posee información, sobre casos de persecución de periodistas en relación con el desempeño de su profesión, ni de estricto control gubernamental sobre los medios de comunicación no gubernamentales, es decir, independientes. Por el contrario, en su actividad la Asociación nacional de las ONG coopera activamente con los medios de comunicación y en primer lugar con la Asociación Nacional de medios electrónicos de comunicación y el Fondo de apoyo a los medios de comunicación impresos, que agrupan a los medios independientes y funcionan con libertad y eficacia en todo el territorio de Uzbekistán. La Asociación nacional de las ONG no ha recibido ninguna comunicación de defensores de los derechos humanos ni posee información sobre casos en que éstos hayan sido procesados judicialmente y privados de libertad. Vale decir que entre los miembros de la Asociación nacional de las ONG hay organizaciones defensoras de los derechos humanos que desarrollan sin trabas su actividad, como la Sociedad de Derechos Humanos Ezgulik y la Sociedad de las Nacionalidades de Uzbekistán para la defensa de los derechos humanos.

Expulsión de extranjeros (artículo 13)

20. En vista de las anteriores recomendaciones del Comité, sírvanse indicar si el Estado parte tiene previsto aprobar una ley que reconozca el estatuto de los refugiados e incluya, en particular, el principio de no devolución de las personas que puedan sufrir en el país al que regresen una violación de los derechos que les asisten en virtud del artículo 7 del Pacto. A falta de dicha legislación, les rogamos describan los dispositivos vigentes para garantizar dicho principio. Sírvanse también facilitar al Comité información específica, incluidos datos estadísticos, sobre los solicitantes de asilo que hayan sido devueltos a sus países de origen.

59.En la actualidad en la República de Uzbekistán poseen el estatuto de refugiados 663 ciudadanos de la República Islámica del Afganistán, incluidos 87 familias y 103 niños. Teniendo en cuenta la estabilización de la situación en el Afganistán, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Uzbekistán informó al Ministerio del Interior de que el 17 de abril de 2006 había cesado en sus funciones la representación de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) en la República de Uzbekistán, por lo que las funciones del ACNUR habían sido transferidas provisionalmente a la representación del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en Uzbekistán. Por el momento el Ministerio del Interior no tiene la intención de expulsar del país por carecer de visado y no estar inscritos en los registros a los ciudadanos afganos que han poseído hasta ahora el estatuto de refugiados, estaban registrados en el ACNUR y figuraban en las listas oficiales del PNUD. El Ministerio de Relaciones Exteriores transmite una información mensual al Ministerio del Interior, a la que adjunta las notas del PNUD, sobre la no adopción de medidas en relación con las categorías indicadas de ciudadanos.

60.De conformidad con la información del PNUD, antes de fines de 2009 serían recibidas en terceros países todas las personas con el estatuto de refugiado que permanecen aún en el territorio de la República de Uzbekistán. De ese modo, en ocho meses de 2009 se trasladó a 78 personas a terceros países (Canadá, Estados Unidos, Suecia, Noruega y Dinamarca). La República de Uzbekistán no ha ratificado la Convención sobre el estatuto de los refugiados de 1951 ni el Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados de 1967.

Derecho a un juicio con las debidas garantías (artículo 14)

21. En vista de las denuncias de que se siguen utilizando en los tribunales pruebas obtenidas mediante maltrato, es decir, "confesiones" forzadas, sírvanse indicar si el Estado parte ha adoptado medidas para asegurar la aplicación efectiva de la decisión del Tribunal Supremo de 24 de septiembre de 2004 sobre la inadmisibilidad de dichas pruebas. Les rogamos proporcionen información detallada del número y el carácter de las causas que se han revisado tras la adopción por el Tribunal Supremo de las decisiones al respecto.

61.Es necesario señalar que en el artículo 44 de la Constitución de la República de Uzbekistán se garantiza el derecho de toda persona a la protección judicial de sus derechos y a impugnar ante los tribunales los actos ilegales de los órganos y funcionarios del Estado, incluidos los órganos de instrucción. Se establece el mismo derecho en la Ley de apelación contra los actos y decisiones violatorios de los derechos y libertades civiles. El principio fundamental de un procedimiento judicial imparcial es la presunción de inocencia, que está consagrado en el artículo 25 de la Constitución, el artículo 10 de la Ley de los tribunales y el artículo 23 del Código de Procedimiento Penal de la República. En virtud del artículo 22 de este último queda prohibido tratar de obtener declaraciones de sospechosos, acusados, procesados, víctimas, testigos y demás participantes en una causa mediante violencia, amenazas, el menoscabo de sus derechos y otros actos ilegales. En la resolución aprobada el 24 de septiembre por el Pleno del Tribunal Supremo sobre algunas cuestiones relacionadas con la aplicación de las normas del Código de Procedimiento Penal y la admisibilidad de las pruebas se establece que son inadmisibles las pruebas obtenidas por los instructores, el fiscal y el tribunal con métodos que se aparten del cumplimiento y la aplicación estrictos de las normas del derecho material y procesal, independientemente de los motivos de la utilización de esos métodos. En este sentido, el Pleno indicó a los tribunales que ante las violaciones de las normas del derecho procesal relativas a los métodos de obtención de pruebas debían emitir observaciones incidentales, y cuando fuera necesario, incoar causas penales contra los responsables.

62.El Tribunal Supremo de la República de Uzbekistán elaboró un resumen de las causas penales incoadas y examinadas en virtud del artículo 235 del Código Penal. Los resultados de esta labor se debatieron en una sesión del Presídium del Tribunal Supremo, que adoptó una resolución sobre la práctica judicial del examen en los tribunales de causas penales relacionadas con la utilización de torturas y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. En la resolución se dispone que los tribunales deberán emitir observaciones incidentales en relación con los funcionarios de las fuerzas del orden que violen la ley. Los resultados del resumen evidencian que en las causas de esa categoría se ha exigido responsabilidad penal principalmente a funcionarios de los órganos del Ministerio del Interior.

22. Sírvanse formular observaciones sobre las denuncias de que, pese a la anterior recomendación del Comité, en la práctica no se suele respetar el derecho a reunirse con un abogado, especialmente durante la instrucción del sumario y la detención preventiva, y que se suele denegar a los abogados defensores la posibilidad de consultar la información relacionada con la causa de su cliente.

63.En marzo de 2003 el Departamento Central de Investigaciones preparó y aprobó, en colaboración con la presidencia del Colegio de Abogados de la ciudad de Tashkent, el Procedimiento para garantizar el derecho a asistencia letrada de los detenidos, sospechosos y encausados, en el que se reglamenta con precisión la participación de los abogados en las causas penales, el mecanismo por el que se garantiza la defensa de oficio y el procedimiento de renuncia a la asistencia letrada, y se establece el procedimiento de denuncia de las violaciones del derecho a asistencia letrada de los detenidos, sospechosos o encausados. A cada unidad de instrucción le corresponde una consultoría jurídica, en la que funciona un sistema de guardias de abogados que en cuanto son convocados deben personarse ante los instructores del sumario para defender los derechos e intereses de los detenidos. De este modo ha sido posible eliminar algunos obstáculos burocráticos relacionados con la citación de los abogados por los instructores y garantizar en todos los casos la defensa real de los derechos e intereses de los detenidos. En la actualidad la Dirección de Protección de los Derechos Humanos y asistencia letrada del Ministerio del Interior y la Cámara de Abogados elaboran conjuntamente un nuevo convenio de cooperación en materia de derechos humanos. La Ley de enmiendas y adiciones a algunos instrumentos legislativos de la República de Uzbekistán destinadas a perfeccionar la abogacía, adoptada a fines de 2008, confirió a los abogados un amplio espectro de facultades, como resultado de lo cual se fortaleció la aplicación del principio de contradicción y la igualdad de derechos procesales de la fiscalía y la defensa. El Ministerio del Interior ha establecido un control especial y riguroso sobre la fundamentación del traslado de los sospechosos a los órganos de las fuerzas del orden y su detención.

64.Es obligación de los funcionarios de los órganos del Ministerio del Interior:

Asegurar la participación sin trabas del defensor en la causa.

Asegurar el ejercicio pleno de los derechos del sospechoso establecidos en el artículo 48 del Código de Procedimiento Penal, con independencia de que se haya incoado una causa penal o se haya dictado un auto de procesamiento y detención.

Informar al sospechoso desde el momento de la detención de sus derechos, el delito de que es sospechoso, su derecho a prestar declaración sobre la sospecha que recae sobre él y cualquier otra circunstancia del caso, o a negarse a prestar declaración, y de la posibilidad de que su declaración sea utilizada como prueba de cargo en una causa penal en su contra.

De conformidad con el artículo 225 del Código de Procedimiento Penal, levantar el acta de detención del sospechoso con arreglo a los artículos pertinentes del Código de Procedimiento Penal (artículos 221, 224 ó 227). Al mismo tiempo, explicar al detenido o sospechoso los derechos que le asisten en virtud de la ley, incluido el derecho a realizar una llamada telefónica o a comunicar su detención y paradero a un abogado o un familiar cercano.

No permitir que al abogado defensor se le exija, como requisito para reunirse con el sospechoso o acusado, otra documentación que su documento de identidad y la certificación de su entidad de que está facultado para encargarse de la causa de que se trata.

Registrar a su debido tiempo las informaciones presentadas por el defensor, reunidas de conformidad con el artículo 87 del Código de Procedimiento Penal, y evaluarlas posteriormente.

Permitir que las personas que defienden sus intereses en el proceso penal realicen copias de la documentación cuando conozcan el contenido del expediente.

De conformidad con el artículo 66 del Código de Procedimiento Penal, informar a los testigos, antes de interrogarlos, de su derecho a asistencia letrada y a no prestar declaración contra sí mismos.

Las unidades de instrucción de los órganos del Ministerio del Interior dedican especial atención a la educación y concienciación de la población, y en este sentido realizan una amplia labor para informar a los ciudadanos sobre sus derechos en sus tratos con los órganos de las fuerzas del orden.

23. Les rogamos formulen observaciones sobre las denuncias de que, pese a las medidas vigentes (informe del Estado parte, párrs. 63 y 641 a 654), el poder judicial del Estado parte sigue adoleciendo de falta de independencia.

65.La afirmación de que los tribunales de la República de Uzbekistán siguen adoleciendo de falta de independencia carece de fundamento. Con arreglo al artículo 112 de la Constitución, los magistrados son independientes y sólo están subordinados a la ley. Toda injerencia en la labor de administración de justicia de los jueces es inadmisible y entraña responsabilidad penal. La ley garantiza la inmunidad de la judicatura. El 30 de agosto de 1997 el Oliy Maylis de la República de Uzbekistán ratificó su adhesión a los Principios básicos relativos a la independencia de la judicatura, adoptados en el Séptimo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en 1985. De conformidad con estos Principios, la independencia de los jueces de Uzbekistán está consagrada en la Constitución y las leyes de la República. Los tribunales tienen competencia sobre todas las cuestiones de índole judicial. Sólo los jueces administran justicia. Nadie tiene derecho a inmiscuirse en el proceso de administración de justicia, y las decisiones de los tribunales se revisan del modo establecido, mediante los procedimientos de apelación, casación y amparo. Los tribunales examinan las causas de la forma prevista en los Códigos de Procedimiento Penal, de Procedimiento Civil y de Procedimiento Administrativo de la República de Uzbekistán.

66.El Estado ha creado las condiciones técnicas y materiales necesarias para el funcionamiento de los tribunales y la protección social de los jueces. En virtud de la resolución Nº 383 del Consejo de Ministros, de 22 de septiembre de 2001, se creó en el Ministerio de Justicia el Departamento de ejecución de decisiones judiciales y apoyo material, técnico y financiero a los tribunales. Los tribunales de todas las instancias se financian y sus necesidades de materiales y equipo se atienden con cargo al presupuesto de la República y al Fondo para el desarrollo de los tribunales y los órganos de justicia. El Departamento se encarga de la distribución de los recursos presupuestarios y de su entrega a los tribunales en el orden establecido para las entidades presupuestadas. Los jueces de Uzbekistán, como todo miembro de la sociedad, tienen derecho a crear sus asociaciones. En el país funciona la Asociación de Jueces, que tiene por objeto defender los intereses de estos profesionales. El modelo de selección y nombramiento de los jueces establecido en el país permite designar en este puesto a personas que posean la formación correspondiente y altas cualidades morales. La duración del mandato de los jueces, su remuneración y sus condiciones de trabajo y pensión se garantizan en virtud de la Ley de los tribunales y otros instrumentos normativos.

67.Los jueces de Uzbekistán tienen derecho a mantener el secreto profesional y la confidencionalidad de la información obtenida en el desempeño de sus funciones. En la ley se regulan todos los procedimientos de sanción y destitución de los jueces. A fin de reforzar la independencia de los tribunales, en las normas legislativas se han realizado las modificaciones necesarias para impedir la injerencia de los órganos de la fiscalía en los procedimientos judiciales. En el proceso judicial ya se aplica en la práctica el principio de contradicción, es decir, la igualdad de derechos entre el fiscal y el abogado. Además, en el Plan de Acción Nacional aprobado el 21 de agosto de 2009, que se elaboró sobre la base del resultado del examen periódico universal de Uzbekistán, se prevén medidas para seguir fortaleciendo la independencia de los tribunales, como el estudio de la práctica de la designación de los jueces (párr. 2.1) y una encuesta sociológica entre los jueces sobre las cuestiones relacionadas con la designación para ese puesto (párr. 2.2).

24. ¿Qué medidas se han instaurado para que los abogados puedan ejercer su profesión libremente? Sírvanse informar asimismo sobre la reciente sustitución de la Asociación de Abogados por la "Cámara de Abogados", y en particular si todos los abogados están obligados a pertenecer a ella. Les rogamos expliquen los motivos que han llevado a exigir que se reconsideren todas las licencias para el ejercicio de la abogacía concedidas anteriormente.

68.De conformidad con el Decreto presidencial sobre las medidas para profundizar la reforma de la abogacía en la República de Uzbekistán, de 1º de mayo de 2008, sobre la base de la Asociación de Abogados se creó la Cámara de Abogados, a la que están obligados a pertenecer todos los abogados de la República. La actividad de la Cámara tiene por objeto asegurar la unidad de la abogacía como cuerpo profesional, representar y defender los intereses de los abogados, regular la actividad de sus agrupaciones, asegurar la adopción y el respeto de las normas de ética profesional de la abogacía, crear condiciones para la formación y el aumento del nivel profesional de los abogados, y asegurar que la asistencia jurídica que éstos ofrecen sea accesible y de alta calidad. En la Ley de la abogacía están instituidas las normas que determinan la condición jurídica de la Cámara de Abogados y de sus direcciones regionales, sus tareas principales, órganos, funcionarios y fuentes de financiación. Para prevenir la fragmentación organizativa de la abogacía o la creación de organizaciones paralelas con dirección autónoma en este ámbito profesional, se ha prohibido crear otras organizaciones con funciones y facultades análogas a las de la Cámara de Abogados de Uzbekistán. A fin de completar las filas de la abogacía con profesionales altamente cualificados, se han establecido nuevos requisitos para la selección de los candidatos, entre ellos, poseer una experiencia en la especialidad jurídica de no menos de dos años y, en particular, haber pasado las prácticas de seis meses como mínimo en una agrupación de abogados. Antes de la implantación de estos requisitos, en algunos casos se aceptaba en la profesión a personas sin la experiencia profesional necesaria, con un bajo nivel de conocimientos y que pasaban a ejercer la abogacía después de haber sido separados de las fuerzas del orden por conductas impropias. Esta situación deterioraba la calidad de los servicios y no contribuía a la aplicación real de la norma constitucional que establece el derecho de los ciudadanos a la asistencia letrada.

69.Anteriormente en la legislación no se habían establecido requisitos para el aumento del nivel profesional de los abogados, por lo que en la práctica muchos de ellos carecían de los conocimientos especializados necesarios. En la ley se establece la obligación de los abogados de perfeccionar continuamente sus conocimientos, y de realizar por lo menos cada tres años actividades de capacitación profesional de la manera que determine la Cámara de Abogados. La ley limita la posibilidad de que los abogados obtengan ingresos suplementarios por otros medios y prohíbe que se desempeñen en otras labores, excepto actividades científicas y pedagógicas en la Cámara y sus direcciones territoriales. Estas medidas tienen por objeto elevar el nivel profesional de los abogados y asegurar el ejercicio del derecho de los ciudadanos a recibir una asistencia jurídica cualificada. En los últimos años el sistema de licencias para el ejercicio de la abogacía en Uzbekistán no estimulaba a quienes la recibían a desempeñar realmente la profesión. De aproximadamente 7.000 titulares de estas licencias ejercían como abogados menos de 4.000, es decir, muchos obtenían las licencias como una segunda opción, y no para dedicarse a la abogacía. Como consecuencia de esta situación, algunos ex funcionarios de las fuerzas del orden que eran titulares de licencias podían abrir agrupaciones de abogados inmediatamente después de concluir su servicio en esos órganos.

70.Con vistas a crear un mecanismo eficaz de concesión de licencias, se han establecido requisitos, en virtud de los cuales las personas que han obtenido debidamente las licencias tienen la obligación de prestar juramento como abogados en el curso de tres meses y crear agrupaciones de abogados, ya sea individualmente o junto con otros titulares de licencia, o ingresar en una de las agrupaciones ya existentes. El incumplimiento de este requisito conlleva la suspensión de la licencia. Además, se han establecido los motivos concretos de suspensión y revocación de la licencia y de suspensión temporal de la condición de abogado. Anteriormente en la legislación se enunciaban como formas organizativas para el ejercicio de la abogacía el colegio de abogados, la firma de abogados y el bufete de abogados, y aunque estas agrupaciones tenían objetivos y cometidos comunes, se diferenciaban según los métodos de organización, de administración y otras características. Sin embargo, en la legislación no figuraba una reglamentación jurídica de esas diferencias. Por esa razón en la ley se han establecido normas que delimitan con precisión la condición jurídica de cada una de las agrupaciones de abogados, a saber: el bufete es una agrupación en la que la abogacía se ejerce de manera individual; la firma es una agrupación de abogados basada en una asociación y constituida por dos o más abogados; el colegio es una agrupación de abogados integrada por no menos de diez abogados; y la consultoría jurídica es una estructura territorial de la Cámara de Abogados que carece de personalidad jurídica y que se establece cuando en una localidad no hay un número de abogados suficiente.

71.Antes de la creación de la Cámara de Abogados en Uzbekistán no existían normas únicas de ética profesional para todos los abogados, y por consiguiente, no había un mecanismo para la vigilancia del cumplimiento de dichas normas. A pesar de que las Normas de ética profesional adoptadas por la Asociación de Abogados de Uzbekistán se aplicaban solamente a sus miembros (menos del 50% de los abogados en ejercicio), no se controlaba su aplicación. Por esa razón, en la ley se define como una de las tareas fundamentales de la Cámara de Abogados, teniendo en cuenta sus atribuciones, velar por que los abogados cumplan la legislación, las Normas de ética fundamental y el juramento de abogado. Asimismo, en la ley se han incluido normas para perfeccionar los procesos disciplinarios relacionados con los abogados, que definen un nuevo procedimiento para llevar los expedientes disciplinarios. En particular, en la legislación se han establecido fundamentos concretos y los órganos facultados para abrir expedientes disciplinarios. Al mismo tiempo, teniendo en cuenta que la Cámara es el órgano autónomo de la abogacía, las comisiones de selección y recomendación se han transferido del Ministerio de Justicia a la Cámara de Abogados. En el Código de Responsabilidad Administrativa de Uzbekistán se ha incluido el artículo 197(1) (Obstáculos al ejercicio de la abogacía), en el que se enuncia lo siguiente:

"El que obstaculice el ejercicio de la abogacía al no dar respuesta a una petición de un abogado o al ejercer cualquier tipo de presión para impedir su participación en una causa u obligarlo a adoptar una determinada posición contraria a los intereses de su cliente (defendido) será sancionado con una multa por una suma equivalente a entre el duplo y el quíntuplo del salario mínimo."

72.En virtud de la Ley de enmiendas y adiciones a algunos instrumentos legislativos de la República de Uzbekistán destinadas a perfeccionar la abogacía, de 31 de diciembre de 2008, también se introdujeron adiciones a la Ley de la abogacía, de 27 de diciembre de 1996. En los artículos 121 a 124 de dicha ley figuran las siguientes disposiciones:

"La Cámara de Abogados es una organización sin fines de lucro cuya base es la participación obligatoria de todos los abogados de la República de Uzbekistán.

La Cámara de Abogados y sus direcciones territoriales en la República de Karakalpakstán, en las provincias y en la ciudad de Tashkent forman un sistema único de dirección autónoma de la abogacía.

La Cámara de Abogados funciona sobre la base del principio de no injerencia en la actividad legítima de los abogados.

No se permite la creación de organizaciones con funciones y facultades análogas a las de la Cámara de Abogados.

Los abogados no son responsables de las obligaciones de la Cámara de Abogados y sus direcciones territoriales, y la Cámara de Abogados y sus direcciones territoriales no son responsables de las obligaciones de los abogados.

Las decisiones que adopten la Cámara de Abogados y sus direcciones territoriales en el marco de su competencia son vinculantes para todos los abogados y sus agrupaciones.

La Cámara de Abogados se financia con cargo a las cuotas de ingreso y de participación de sus miembros, cuyo monto se determina en la Conferencia de la Cámara de Abogados, y a otros recursos que no estén prohibidos por la legislación.

Las misiones fundamentales de la Cámara de Abogados son:

Coordinar de forma centralizada la actividad de las agrupaciones de abogados; contribuir al desarrollo de la abogacía, al aumento de su prestigio y al fortalecimiento de su papel en la defensa de las libertades y los derechos humanos;

Realizar medidas de divulgación jurídica encaminadas a aumentar la cultura y los conocimientos jurídicos de la población;

Formular propuestas encaminadas a perfeccionar la legislación y la aplicación práctica de las leyes y asegurar la reglamentación jurídica integral y la aplicación uniforme de las normas legislativas;

Participar en la elaboración de los proyectos de instrumentos normativos que regulan el ejercicio de la abogacía y preparar propuestas relativas a esos proyectos;

Representar y proteger los intereses legítimos de los abogados, en particular en sus relaciones con los órganos de la administración del Estado, así como ante los tribunales;

Adoptar medidas para proteger a los abogados contra persecuciones, limitaciones y atentados en relación con el ejercicio de su profesión;

Organizar la formación y el aumento del nivel profesional de los abogados;

Asegurar el acceso de la población a la asistencia jurídica mediante la creación de consultorías jurídicas en los territorios y las ciudades;

Recopilar y estudiar los datos estadísticos sobre la actividad de la abogacía, difundir las experiencias positivas y prestar ayuda metodológica a las agrupaciones de abogados;

Velar por que los abogados respeten la legislación, las Normas de ética profesional, el secreto profesional y el juramento de abogado."

73.La Cámara de Abogados puede realizar otras tareas de conformidad con la legislación. En la resolución Nº 60 del Consejo de Ministros de la República de Uzbekistán, de 9 de marzo de 2009, de la mejora del procedimiento de concesión de licencias para el ejercicio de la abogacía y la creación de agrupaciones de abogados, se estableció la obligación de las agrupaciones de abogados existentes al 1º de enero de 2009, y de sus abogados, de armonizar con lo establecido en la Ley de la forma administrativa y jurídica de sus organizaciones, así como las licencias y la condición jurídica de los abogados. Se ha encomendado al Ministerio de Justicia y a la Cámara de Abogados la creación conjunta de la Comisión Superior de selección y recomendación de la Cámara de Abogados de la República de Uzbekistán y las comisiones de selección y recomendación de las direcciones territoriales de la Cámara; la reinscripción de las agrupaciones de abogados existentes, la repetición de los exámenes de selección de sus abogados y la concesión a éstos de licencias para ejercer el nuevo modelo de abogacía y la entrega de tarjetas de abogado. De este modo, en Uzbekistán se han adoptado medidas que son fruto de una profunda reflexión, a fin de perfeccionar el ejercicio de la abogacía, ampliar los derechos de los abogados y aumentar la eficacia de la asistencia letrada que éstos ofrecen.

Libertad de religión e igual protección de la ley (artículos 18 y 26)

25. Sírvanse indicar las medidas adoptadas para aplicar las anteriores recomendaciones del Comité sobre las limitaciones de facto de la libertad de religión y de creencias, y la tipificación del proselitismo como delito. Les rogamos formulen observaciones sobre las denuncias de que se sigue enjuiciando y condenando a activistas religiosos.

74.En el tercer informe nacional de la República de Uzbekistán sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (CCPR/C/UZB/3) se describen en detalle las medidas que aplican el Estado y la sociedad para asegurar el ejercicio del derecho humano a la libertad de conciencia (párrs. 687 a 716). En virtud de la política que desarrolla la República de Uzbekistán, los ciudadanos eligen libremente sus convicciones religiosas, sin ninguna influencia externa; esta política no apoya las actividades de los creyentes para captar adeptos (proselitismo) ni otras realizadas por misioneros. En Uzbekistán esos actos dan lugar a responsabilidad administrativa. Las denuncias de que se sigue enjuiciando y condenando a activistas religiosos carecen totalmente de fundamento y son ficticias.

26. ¿Qué medidas tiene previsto adoptar el Estado parte para armonizar las disposiciones de la Ley sobre el servicio militar obligatorio y demás obligaciones militares que se refieren al servicio alternativo con los artículos 18 y 26 del Pacto, a fin de que se respeten plenamente los derechos de los objetores de conciencia al servicio militar?

75.De conformidad con la Ley del servicio militar general y obligatorio, de 12 de diciembre de 2002, el servicio militar obligatorio consiste en la preparación militar obligatoria de los ciudadanos para la defensa de la República de Uzbekistán y se establece a fin de asegurar el personal necesario para completar las filas de las Fuerzas Armadas y preparar al personal de la reserva. El servicio militar obligatorio incluye el entrenamiento de los ciudadanos para el servicio militar, el reclutamiento (el ingreso) en el servicio militar, el servicio militar activo por reclutamiento o por contrato, el servicio en la reserva, el servicio alternativo, el cumplimiento de las normas de control militar y las actividades de la defensa civil en situaciones de emergencia o en caso de agresión militar contra la República de Uzbekistán. El servicio alternativo es una forma del servicio militar obligatorio que sustituye al servicio en unidades militares y que consiste en el cumplimiento de trabajos de baja calificación (auxiliares) en diferentes sectores de la economía, los servicios sociales, y labores de eliminación de las consecuencias de accidentes, desastres, catástrofes naturales y otras situaciones de emergencia. Tienen derecho a prestar el servicio alternativo los ciudadanos con edades entre 18 y 27 años, inscritos en el registro militar y aptos para el servicio, que son miembros de organizaciones religiosas debidamente registradas, cuyas doctrinas les prohíben el uso de armas y el servicio en las Fuerzas Armadas. El servicio alternativo tiene una duración de 24 meses, y en el caso de los graduados de la enseñanza superior, de 18 meses. El servicio alternativo se cumple en empresas, instituciones y organizaciones situadas en el lugar de residencia del recluta o en otras regiones del país. El Consejo de Ministros determina la lista de las empresas, instituciones y organizaciones donde se cumplirá el servicio alternativo y de los trabajos y profesiones que podrán desempeñar los reclutas.

76.Los reclutas del servicio alternativo pasan un período de campamento (clases) de preparación militar en que adquieren la especialidad de registro militar, que no está relacionada con la utilización ni manipulación de armas y hacen el juramento militar. A los ciudadanos que cumplen el servicio alternativo se les aplica la legislación laboral. El tiempo correspondiente al servicio alternativo se incluye en el tiempo total de trabajo del ciudadano. Los ciudadanos que pierdan su capacidad laboral mientras estén cumpliendo el servicio, los familiares de los fallecidos durante el cumplimiento del servicio alternativo y sus dependientes tendrán derecho a recibir las mismas prestaciones y pensiones que la legislación establece para los reclutas que pasan su servicio en unidades militares. El ciudadano que se acoge el servicio alternativo está obligado a cumplirlo en el lugar establecido, respetar las condiciones previstas en la ley y en los reglamentos laborales internos vigentes en el lugar de trabajo, así como las condiciones del contrato de trabajo. Una vez cumplido el servicio, tiene derecho a reincorporarse a su trabajo anterior o a uno equivalente o al establecimiento educacional donde estudiaba antes de ser llamado a filas. La baja de los ciudadanos que han cumplido el plazo establecido del servicio alternativo se realiza con arreglo a una resolución del Presidente de la República. La baja anticipada del servicio alternativo puede tener lugar en caso de cambios en el estado civil del ciudadano que le den derecho al aplazamiento o la exoneración del cumplimiento del servicio militar, de acuerdo con la ley. Corresponde al Ministerio de Defensa de la República de Uzbekistán adoptar la decisión relativa a la baja anticipada del servicio alternativo.

Libertad de asociación y derecho a participar en la dirección de los asuntos públicos (artículos 22 y 25)

27. De conformidad con las anteriores recomendaciones del Comité, ¿qué medidas ha adoptado el Estado parte para que en sus leyes y la aplicación de éstas en el ámbito del registro de los partidos políticos y asociaciones públicas, entre otras las ONG, no se impongan restricciones que excedan de las permitidas en el artículo 22 del Pacto? Sírvanse informar del número de partidos políticos y asociaciones públicas que han solicitado registrarse durante el período reseñado, el número de solicitudes rechazadas y los motivos para ello, así como el número de ONG clausuradas. ¿A qué controles financieros o de otro tipo están sometidas las ONG?

77.El Ministerio de Justicia de la República de Uzbekistán ha registrado a 4 partidos políticos y 3 movimientos sociales:

Partido Popular Democrático de Uzbekistán;

Partido Socialdemócrata de Uzbekistán Adolat;

Partido Democrático de Uzbekistán Miliy Tiklanish (resultado de la fusión del Partido Nacional Democrático Fidokorlar y del Partido Democrático de Uzbekistán Miliy Tiklanish en 2008);

Movimiento de empresarios y hombres de negocios – Partido Liberal Democrático de Uzbekistán;

Movimiento Khalk birligi de Uzbekistán;

Movimiento Social de Jóvenes de la República de Uzbekistán Kamolot;

Movimiento Ecológico de Uzbekistán.

Hasta agosto de 2009 se habían inscrito en el registro estatal del Ministerio de Justicia 44 representaciones de ONG extranjeras, a saber, 20 de los Estados Unidos de América, 4 de Alemania (Fundación Konrad Adenauer, Fundación Friedrich Ebert, Instituto Goethe e Instituto de Cooperación Internacional de la Asociación Alemana de Universidades Populares), 3 de Francia (Agence d'Aide à la Coopération Technique et au Développement (ACTED), Centre Opérationnel Franco-Ouzbek pour le Traitement des Images Satellitaires (COFUTIS) y "Caravansarais (albergues de caravanas) en la ruta de la seda"), 2 de Gran Bretaña (Partnership for development organization y Mercy Project), 2 de Corea, 2 de los Países Bajos (Médicos sin Fronteras y Fundación Este-Oeste sobre el SIDA), 2 de la Federación de Rusia, 1 de Israel, 1 de Suiza (Friendship and Hope Intemational (FHI), 1 de la India, 1 de la República Checa (Fondo de Beneficencia Janzen), 1 del Canadá (representación de la International Secretariat for Water ), 1 de Suecia (Operación Mercy), 1 de Kuwait, 1 de Australia (Heritage Central Asia) y 1 de Kazajstán.

78.En la legislación uzbeka no se establece una condición jurídica particular para los defensores de los derechos humanos, por cuanto todas las ONG se dedican en mayor o menor grado a la protección de los derechos humanos, por lo que puede considerarse que en su mayoría son defensoras de estos derechos. En Uzbekistán funcionan con eficacia organizaciones como el Comité para la defensa de los derechos individuales, el Centro de Estudios de Derechos Humanos y Derecho Humanitario, la Organización independiente de derechos humanos de Uzbekistán, la Sociedad de Derechos Humanos de Uzbekistán Ezgulik y el Instituto de Democracia y Derechos Humanos. En 2005, a fin de coordinar la actividad de las ONG en Uzbekistán se creó la Asociación Nacional de las ONG de Uzbekistán, integrada por 325 ONG del país, que abarcan todos los ámbitos de la vida de la sociedad y desarrollan su labor en diferentes direcciones (entre otros, apoyo social, jurídico, apoyo a la mujer, a la juventud y protección del medio ambiente). La Asociación ha creado el Fondo de apoyo a las ONG. En julio de 2008 el Kengash (la Mesa) del Oliy Maylis de la República y el Kengash del Senado del Oliy Maylis adoptaron una resolución conjunta relativa a las medidas para fortalecer el apoyo a las ONG sin fines de lucro y otras instituciones de la sociedad civil, que constituye un nuevo paso en el apoyo y la cooperación entre el Estado y la sociedad civil. En virtud de esta resolución se establecieron el Fondo Social de Apoyo a las ONG y demás instituciones de la sociedad civil y una comisión parlamentaria formada por representantes de ONG y representantes del Parlamento. Las ONG pueden beneficiarse de donaciones y recibir subsidios del Fondo Social de Apoyo. Se ha creado una Comisión de auditoría encargada de velar por la utilización de los recursos del presupuesto del Estado.

79.Cabe señalar que el procedimiento de registro de las ONG y la posibilidad de presentar un recurso contra la denegación del registro están claramente enunciados en los artículos 25 y 26 de la Ley de las ONG. En Uzbekistán las cuestiones relativas al registro y la suspensión de los partidos políticos y las ONG son competencia del Ministerio de Justicia. De conformidad con la legislación vigente, los órganos del Estado y las ONG no interfieren en sus actividades respectivas. La Asociación Nacional de las ONG no ha recibido información de que se haya denegado el registro a ONG. No se ejerce ningún control sobre la actividad de las ONG, aunque éstas deben rendir cuentas, en particular sobre cuestiones financieras. De acuerdo con el artículo 8 de la Ley de las ONG, la ONG tiene la obligación de permitir que el órgano en que está registrada tenga acceso a sus actividades, y de presentar informes sobre su funcionamiento a los organismos tributarios y estadísticos correspondientes. En la resolución presidencial de 24 de noviembre de 2008 se establece que el Departamento del Ministerio de Finanzas encargado de la coordinación y la contabilidad de la asistencia humanitaria y de la asistencia técnica y del control de su utilización para los fines previstos exigirá cuentas y ejercerá vigilancia sobre el uso de esos recursos.

28. Sírvanse indicar si el Estado parte ha aprobado disposiciones sobre la protección de las minorías y, en ese caso, facilitar información sobre las garantías que contienen esas disposiciones. Les rogamos indiquen también en qué medida el Estado financia las actividades de las asociaciones culturales de las minorías étnicas, lingüísticas y religiosas.

80.Las principales garantías de la protección de los derechos y libertades de las minorías nacionales están consagradas en la Constitución, en particular:

El pueblo de Uzbekistán está constituido por los ciudadanos de la República, independientemente de su nacionalidad (art. 8);

Todos los ciudadanos de la República de Uzbekistán disfrutan de los mismos derechos y libertades y son iguales ante la ley sin distinción de sexo, raza, nacionalidad, idioma, religión, origen social, convicciones, y posición personal y social (art. 18);

La República de Uzbekistán asegura el respeto a los idiomas, las costumbres y las tradiciones de las naciones y los pueblos que viven en su territorio, y crea las condiciones para su desarrollo" (art. 4).

81.El Centro cultural de las nacionalidades de la República, creado a iniciativa del Presidente en enero de 1992, casi inmediatamente después de la obtención de la independencia, contribuye al fortalecimiento de las relaciones entre las nacionalidades, el desarrollo de la espiritualidad y la cultura y la recuperación de las tradiciones y las costumbres del pueblo multinacional de Uzbekistán. Desde su fundación el Centro ha realizado un gran trabajo en la coordinación de las actividades de aproximadamente 150 centros culturales de las nacionalidades que funcionan bajo su égida y a los que presta ayuda y asistencia de todo tipo. Los centros han sido creados por personas de 27 nacionalidades, y 14 de ellos tienen categoría de entidades de la República. Después de la independencia muchos centros culturales de las nacionalidades pasaron a ser organizaciones sociales capaces de atender cuestiones de carácter educativo y cultural, espiritual y social y que desempeñan un papel rector en la preservación de los idiomas, las tradiciones y las costumbres de las distintas etnias de Uzbekistán. En el órgano legislativo supremo del país —el Oliy Maylis— están representados los diferentes pueblos y naciones. El presidente del Centro cultural de la nacionalidad rusa, S. Guerasimov, laureado con la distinción de Maestro del Pueblo, es senador del Oliy Maylis. En todas las esferas participan con éxito representantes de todas las nacionalidades, y no pocos de ellos dirigen empresas y organizaciones importantes que gozan de gran prestigio y respeto en el país.

82.En Uzbekistán se aplica un programa estatal de formación de profesionales, con arreglo al cual los miembros de las grandes diásporas pueden recibir educación en su idioma materno. Actualmente en las escuelas y centros de enseñanza superior se imparte enseñanza en siete idiomas. Se han abierto 382 escuelas de enseñanza en idioma karakalpako, 785 en ruso, 549 en kazajo, 344 en tayiko, 88 en kirguís y 49 en turkmeno. En los centros de enseñanza superior hay cátedras de filología rusa, kirguisa, tayika, kazaja y turkmena. Se emiten programas de radio y televisión y se publican periódicos y revistas en diez idiomas (por ejemplo, los periódicos Nurly Zholy y Ovozi tozhik, se editan en kazajo y tayiko respectivamente). En los centros culturales de las nacionalidades funcionan escuelas y círculos dominicales en las que se enseña el idioma materno. De este modo, en las escuelas dominicales de Tashkent han estudiado chino 420 personas, y georgiano, 180; más de 1.000 personas han estudiado tártaro y más de 1.500, polaco en el Aula Polaca; por otra parte, más de 240 personas han asistido a las clases de ucranio en la Escuela Nº 2. Un total de 12.792 personas han asistido a los cursos de coreano que se han abierto en localidades de alta densidad de población de esta minoría. Más de 300 personas han asistido a los círculos para el estudio del alemán organizados en Tashkent, Bujará, Samarcanda y Ferganá. Los jóvenes que ya tienen dominio suficiente de su lengua materna han podido obtener becas para el ingreso en instituciones de enseñanza superior de las nacionalidades.

83.Los centros de las nacionalidades de las distintas etnias mantienen estrechos contactos de trabajo, celebran conjuntamente festividades del Estado y folclóricas, se prestan ayuda mutua para organizar eventos como los festivales de la amistad y la cultura de la República dedicados al Día de la Independencia: "Uzbekistán, nuestra casa común", "Una patria única para todos" y "Nuestra fuerza está en la unidad y la cohesión". Para la celebración de estas actividades de masas, el Centro cultural de las nacionalidades de la República facilita gratuitamente a los centros culturales de las nacionalidades un salón de actos e instalaciones teatrales del Estado. Los representantes de Uzbekistán participan sistemáticamente en actividades internacionales dedicadas a los problemas de las minorías nacionales. Uno de los últimos eventos de este tipo fue una mesa redonda para examinar las Recomendaciones de Bolzano/Bozen sobre las minorías nacionales en las relaciones interestatales y su aplicación en la región de la OSCE, celebrada en Berlín el 19 de octubre de 2009. En la mesa redonda participaron delegaciones de países de Asia central, incluida la delegación de Uzbekistán, y representantes de la Federación de Rusia, Kazajstán, Kirguistán y Tayikistán.

Difusión de información relacionada con el Pacto (artículo 2)

29. Sírvanse comunicar las medidas que ha adoptado el Estado parte para difundir la información relacionada con el Pacto, la presentación de su tercer informe periódico, su examen por el Comité y las anteriores observaciones finales de éste sobre el segundo informe periódico. Les rogamos que también suministren más información sobre la participación de la sociedad civil y la institución nacional de derechos humanos en la preparación del informe.

84.En el párrafo 3 del tercer informe periódico de Uzbekistán sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (CCPR/C/UZB/3) se examinó en detalle la cuestión relativa a la información de los funcionarios de los órganos del Estado, representantes de instituciones de la sociedad civil y de la población en general sobre los derechos humanos consagrados en el Pacto (párrs. 312 a 329). Para complementar esa información es necesario señalar que el 21 de agosto de 2009 el Grupo de Trabajo Interinstitucional para el estudio del cumplimiento de los derechos humanos por los órganos de las fuerzas del orden aprobó el Plan Nacional de Acción (2009-2011) para la aplicación de las recomendaciones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas derivadas de los resultados del examen del informe de Uzbekistán en el marco del examen periódico universal , elaborado en diciembre de 2008. El Plan Nacional de Acción contiene una sección de derechos civiles y políticos, destinada a seguir perfeccionando la aplicación de las disposiciones del Pacto por el Estado y la sociedad, y otra de educación en materia de derechos humanos, que incluye medidas especiales para fortalecer la labor de educación y concienciación sobre los problemas vigentes de los derechos humanos y las libertades fundamentales. En dicha sección (párr. 24.1) se prevé elaborar una concepción para fomentar una cultura de los derechos humanos en los órganos y las instituciones del Estado.

85.En el tercer informe periódico nacional sobre la aplicación de las disposiciones del Pacto figura la lista de los órganos del Estado y las ONG que participaron en la elaboración del informe.