Naciones Unidas

CRC/C/MUS/Q/3-5

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

18 de julio de 2014

Español

Original: inglés

Comité de los Derechos del Niño

68º período de sesiones

12 a 30 de enero de 2015

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes presentados por los Estados partes

Lista de cuestiones relativa a los informes periódicostercero a quinto combinados de Mauricio

Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional y actualizada, de ser posible antes del 15 de octubre de 2014 (en un máximo de 10.700 palabras).

En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.

Parte I

En esta sección se pide al Estado parte que presente sus respuestas a las siguientes preguntas.

1.Rogamos aclaren en qué medida el marco del "trabajo conjunto" ha mejorado la coordinación entre los diversos departamentos e instituciones gubernamentales a todos los niveles e indiquen si el Estado parte prevé establecer un mecanismo de coordinación de alto nivel para garantizar la adecuada coordinación en la aplicación de la Convención. Proporcionen también una evaluación de la influencia de la labor del Comité de Vigilancia de los Derechos Humanos, dependiente del Ministerio de Igualdad de Género, Desarrollo Infantil y Bienestar Familiar, en el ejercicio de los derechos del niño.

2.Aclaren hasta qué punto las medidas adoptadas en el contexto del Plan Nacional de Acción para los Derechos Humanos 2012-2020 han contribuido a aplicar las disposiciones de la Convención y describan los progresos registrados hasta la fecha gracias a la puesta en práctica del Plan de Acción.

3.Sírvanse indicar qué medidas, de haberlas, se han adoptado para aumentar la independencia de la Oficina del Defensor del Niño y dotarla de recursos humanos y financieros adecuados, en particular personal cualificado y formado para que funcione eficazmente. Aclaren asimismo las medidas adoptadas para que la Oficina mejore sus campañas de sensibilización sobre los derechos del niño, para vigilar la aplicación de la Convención, en particular investigando las denuncias de los niños, y para revisar sistemáticamente toda ley o política del ámbito de la infancia. Indiquen en qué medida los niños son conscientes del mandato de la Oficina del Defensor del Niño y tienen acceso efectivo a ella.

4.Rogamos aporten información sobre el estado actual del proyecto de ley sobre la infancia, teniendo en cuenta la recomendación anterior del Comité (CRC/C/MUS/CO/2, párr. 11) y expliquen los motivos del retraso en su aprobación. Indiquen además si el proyecto de ley incluirá todos los principios y disposiciones de la Convención y si contemplará el respeto a los derechos de los niños por todos los actores, incluido el sector empresarial.

5.Aporten información actualizada sobre los programas de formación organizados entre 2011 y 2013 para jueces, abogados, agentes del orden, personal de instituciones y centros de detención, docentes y demás profesionales que trabajan con niños en las diversas partes del país. Indiquen si se ha integrado la Convención sobre los Derechos del Niño en el currículo de formación de docentes y en los programas de estudios de todos los niños.

6.Sírvanse indicar si se ha puesto en vigor la Ley de Igualdad de Oportunidades Nº 42 de 2008. Indiquen igualmente qué medidas prácticas se han adoptado para combatir la discriminación y estigmatización de que son víctimas los niños en situaciones de vulnerabilidad, como los niños de la calle, los niños con discapacidad y los niños en conflicto con la ley, en particular en lo concerniente a su acceso a la educación y a los servicios sociales básicos, como la asistencia psicológica. Describan también las medidas adoptadas para que los hijos de padres encarcelados no sufran ningún tipo de discriminación.

7.A la luz de la anterior recomendación (CRC/C/MUS/CO/2, párr. 32), indiquen qué medidas se han adoptado para que el derecho del niño a expresar plenamente su opinión esté garantizado en los procedimientos judiciales y administrativos, especialmente en los casos de divorcio o separación de los padres y asignación de la custodia, en las escuelas y en la sociedad en general.

8.Rogamos indiquen qué avances se han logrado para prohibir todas las formas de castigo corporal en todos los entornos sin excepción, incluso en el hogar, como instó el Comité en sus anteriores observaciones finales (CRC/C/MUS/CO/2, párr. 38) e indiquen igualmente si el proyecto de ley sobre la infancia contiene una prohibición inequívoca de todo castigo corporal en todos los contextos.

9.Sírvanse proporcionar información detallada sobre la eficacia de las medidas para facilitar la atención, recuperación y reintegración de los niños víctimas de abusos, actos de violencia y abandono e indicar cuántos niños se han beneficiado de esos servicios. En particular, indiquen si la Dependencia de Desarrollo del Niño cuenta con recursos suficientes y personal debidamente formado, en particular psicólogos, para facilitar la recuperación, rehabilitación y reintegración de los niños víctimas de violencia, maltrato, abuso sexual o explotación, y para brindarles protección en albergues.

10.Dado el aumento denunciado de la explotación sexual de niños, y en particular de la prostitución infantil, en el Estado parte, indiquen las medidas de prevención adoptadas y si los responsables de esa explotación deben rendir cuentas sistemáticamente.

11.Aclaren las medidas adoptadas para prestar a las familias que tienen dificultades para criar a sus hijos el apoyo necesario, en particular servicios de tutoría y asesoramiento. Describan qué medidas se han tomado, si las hubiera, para eliminar la posibilidad de que, con arreglo al artículo 18 de la Ley de Jóvenes Infractores, los padres internen a un hijo en un centro juvenil de rehabilitación previo juramento ante un tribunal de menores de que se trata de un "niño imposible de controlar".

12.En relación con la situación de los niños separados de sus padres, rogamos aporten información sobre las medidas adoptadas para mejorar las opciones de cuidado alternativo fuera de las instituciones, sobre las alternativas para evitar la colocación en instituciones de niños menores de 3 años y sobre los mecanismos para controlar la calidad de los centros de acogida. Asimismo, describan cómo se ayuda a los niños a mantener el contacto con su progenitor encarcelado.

13.Proporcionen información sobre el estado del nuevo proyecto de ley de adopción y sobre las otras medidas tomadas para que las decisiones judiciales relativas a las adopciones estén fundamentadas en información pertinente sobre la condición real del niño y de los padres adoptantes para que la adopción responda al interés superior del niño. Aclaren también cómo se evalúa a los futuros padres adoptivos o guardadores, cómo se determina la adoptabilidad del niño y si existe algún organismo público habilitado para supervisar todo el proceso.

14.Sírvanse aportar información actualizada sobre las medidas adoptadas para desarrollar la educación integradora, en particular la formación profesional, de los niños con discapacidad en todo el país y para garantizar su más plena integración social posible sin estar separados de los otros niños. Proporcionen también información sobre las medidas adoptadas para implantar un sistema nacional de detección temprana, remisión e intervención para asistir a los niños con discapacidad y sus familias y señalen si los niños con discapacidad acogidos en albergues reciben atención social o apoyo psicológico de personal suficientemente formado.

15.Rogamos describan las estrategias para resolver el problema del bajo peso al nacer e indiquen las medidas adoptadas para mejorar la salud de las madres. Rogamos informen también de los programas de salud adolescente en curso, en particular del acceso a la información y los servicios confidenciales de salud reproductiva, y aclaren si la educación integral en salud sexual y reproductiva es parte obligatoria del currículo escolar y se dirige a los adolescentes de ambos sexos, haciendo hincapié en la prevención de los embarazos precoces y las infecciones de transmisión sexual. Aclaren además si se ha integrado la sensibilización sobre las drogas en el currículo escolar obligatorio.

16.En relación con la anterior recomendación del Comité (CRC/C/MUS/CO/2, párr. 19) y la información facilitada por el Estado parte (CRC/C/MUS/3-5, párrs. 14 a 17), aporten información sobre las medidas adoptadas para resolver las disparidades entre zonas urbanas y rurales en, entre otros ámbitos, la educación, la atención de la salud y el apoyo a las familias y los niños que viven por debajo del umbral de pobreza relativa. Proporcionen asimismo información detallada sobre las medidas adoptadas para garantizar un nivel de vida adecuado a los niños y combatir la exclusión social, especialmente en el caso de los niños de familias monoparentales, familias con tres o más hijos y familias pertenecientes a minorías étnicas. Faciliten información sobre las medidas adoptadas para garantizar el acceso al agua potable y al saneamiento en todo el país, y en particular en Rodrigues.

17.Sírvanse aclarar si el sistema educativo ha incorporado métodos pedagógicos modernos basados en la libertad de expresión de los niños. Indiquen en qué medida la lengua en que se imparten las clases incide en el acceso a la educación, así como en las tasas de finalización de estudios y de abandono escolar. Describan las formas de asistencia, si la hubiera, prestada a los niños de lengua creole (criollo) para que puedan acceder a la educación, que se imparte fundamentalmente en inglés o francés. Informen del nivel de implantación de la educación privada en el Estado parte y analicen su impacto en la accesibilidad y asequibilidad de la educación.

18.Rogamos aporten información sobre los patrones del trabajo infantil y sobre las medidas adoptadas para prevenir y eliminar las peores formas de trabajo infantil, como la prostitución infantil.

19.Informen también de las medidas adoptadas para mejorar la situación de los niños de la calle.

20.Sírvanse indicar la actual edad mínima de responsabilidad penal y describir los progresos logrados en la organización de un sistema especializado de justicia juvenil, en particular si se han creado los tribunales especiales con jueces de menores, con investigadores especiales formados en justicia juvenil. Aporten también información sobre el trato que se dispensa a los niños detenidos o encarcelados y aclaren las denuncias de que a los niños privados de libertad no se los informa de sus derechos y se los mantiene sistemáticamente esposados. Asimismo, indiquen si los niños detenidos o encarcelados son separados de los adultos, como exige el artículo 8 de la Ley de Jóvenes Infractores.

Parte II

En esta sección el Comité invita al Estado parte a presentar una breve puesta al día (en tres páginas como máximo) de la información proporcionada en su informe en relación con:

a)Los nuevos proyectos de ley o nuevas leyes y sus respectivos reglamentos;

b)Las nuevas instituciones (y sus mandatos) o reformas institucionales;

c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente y su alcance y financiación;

d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos, estadísticas y demás información de que se disponga

1.Rogamos faciliten datos estadísticos, desglosados por género, edad, ubicación geográfica y entorno socioeconómico, sobre el número de niños menores de 18 años que viven en Mauricio y el porcentaje de la población total que representan, en particular el número de niños que viven en hogares de guarda. Indiquen si se han recopilado los datos estadísticos de forma coordinada y aclaren si las estadísticas actualizadas se han publicado en las correspondientes páginas web gubernamentales.

2.Sírvanse aportar datos estadísticos sobre el alcance del impago de las pensiones alimenticias para niños y sobre las correspondientes sanciones en los años 2011 a 2013.

3.Proporcionen información, desglosada por género, edad, ubicación geográfica y entorno socioeconómico, sobre el número de niños:

a)Separados de sus padres;

b)Colocados en familias de guarda;

c)Colocados en instituciones, incluidos los centros juveniles de rehabilitación;

d)Entregados en adopción nacional o internacional;

e)Cuyos padres están encarcelados;

f)De la calle.

4.Especifiquen el número de niños menores de 18 años con discapacidad, desglosado por género, edad, ubicación geográfica, entorno socioeconómico y tipo de discapacidad, referido a los años 2011 a 2013:

a)Que viven con sus familias;

b)Que viven en instituciones;

c)Colocados en hogares de guarda;

d)Que asisten a escuelas ordinarias;

e)Que asisten a escuelas especiales;

f)Que no asisten a la escuela;

g)Sometidos a violencia en escuelas, instituciones y entornos domésticos.

5.Sírvanse aportar datos estadísticos sobre:

a)El número de niños que han sido víctimas de malos tratos y abusos y el número de denuncias, investigaciones, juicios y condenas al respecto;

b)El número de niños que han sido víctimas de abusos sexuales y explotación, incluidas las víctimas de la trata, y el número de denuncias presentadas, investigaciones realizadas y juicios celebrados al respecto;

c)El número de niños que trabajan, desglosado por género, edad, ubicación geográfica y entorno socioeconómico.

6.Rogamos faciliten además datos estadísticos sobre las personas investigadas, acusadas, condenadas y castigadas por explotación sexual de niños.

7.Además, el Estado parte puede citar esferas que afecten a los niños y que considere importantes con respecto a la aplicación de la Convención.