NACIONES UNIDAS

CRC

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr.GENERAL

CRC/C/SR.120611 de Agosto de 2009

ESPAÑOLOriginal: FRANCÉS

COMITÉ DE LOS DERECHOS DEL NIÑO

44º período de sesiones

ACTA RESUMIDA DE LA 120 6 ª SESIÓN*

celebrada en el Palais Wilson, Ginebra,el jueves 18 de enero de 2007, a las 10.00 horas

Pr e sident e : Sr. DOEK

SUMARIO

Examen de los informes presentados por los Estados partes (continuación)

Segundo informe periódico de Malí sobre la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño

Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas.

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES (tema 4 del programa) (continuación)

SEGUNDO INFORME PERIÓDICO DE MALÍ SOBRE LA APLICACIÓN DE LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO (CRC/C/MLI/2; lista de cuestiones que se deben abordar(CRC/C/MLI/Q/2); respuestas presentadas por escrito por el Estado parte a la lista de cuestiones (CRC/C/MLI/Q/2/Add.1))

1. Por invitación del Presidente , la delegación de Malí toma asiento a la m esa del Comité .

2.La Sra.  DIALLO M’Bodji SENE (Malí) dice que el informe objeto de examen se ha redactado de conformidad con las directrices generales para la presentación de los informes periódicos, con la participación de diferentes departamentos ministeriales y de organizaciones no gubernamentales, en el marco de un proceso participativo en el que los niños intervinieron por medio del representante del Parlamento Infantil y las asociaciones infantiles. En el informe se exponen las numerosas medidas de orden legislativo, normativo y administrativo adoptadas en el período 1999‑2004, entre ellas la aplicación del Programa de desarrollo sanitario y social y el Programa de desarrollo de la justicia, así como el Marco Estratégico de Lucha contra la Pobreza. Todos estos programas, que se benefician de un esfuerzo sostenido de los asociados técnicos y financieros, se llevan a cabo bajo la supervisión del Ministerio de Promoción de la Mujer, el Niño y la Familia.

3.El Código de Protección de la Infancia y las convenciones internacionales ratificadas por Malí garantizan plenamente en la actualidad el derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo del niño maliense. El Programa de desarrollo de la educación ha permitido registrar los progresos reales, sobre todo en cuanto a la escolarización de las niñas y la educación no académica. Así, entre 1992 y 2004 las tasas brutas de escolarización aumentaron del 46,7% al 71% en el caso de los niños y del 32,3% al 56,6% en el de las niñas, y la diferencia entre ambos grupos sigue disminuyendo.

4.Los asociados en el desarrollo, entre ellos las instituciones especializadas de las Naciones Unidas y las organizaciones no gubernamentales nacionales e internacionales, han desempeñado una función primordial en los progresos conseguidos. Las organizaciones de la sociedad civil complementan en particular la insuficiencia de recursos humanos y financieros del Estado en las actividades de asistencia e integración en favor de los niños y sus familias. Esta escasez de recursos es particularmente manifiesta en los sectores de la salud y la inserción social a la hora de afrontar los problemas de la mendicidad, la trata y el trabajo infantil, entre otros.

5.La elevada tasa de analfabetismo, en particular de la población femenina, y la persistencia de ciertas tradiciones explican la lentitud de los progresos, pero Malí tiene intención de perseverar en sus actividades de información y educación y está convencido de que el fortalecimiento de la cooperación internacional permitirá mejorar los resultados de los mecanismos nacionales y reforzar las asociaciones, internas y externas, entre las diferentes partes interesadas.

6.La Sra.  OUEDRAOGO observa con satisfacción que, si bien se presenta con algún retraso, el informe de Malí se ajusta a las directrices del Comité y se ha preparado con la participación de representantes de la sociedad civil. Sin restar importancia a la grave falta de recursos que afronta el Estado parte, dice que es lamentable que no se haya renovado el Plan de acción nacional, puesto que solo mediante un plan de acción integrado se pueden abordar los derechos de manera interdependiente e indivisible. La cuestión está en saber si en el Plan estratégico del Ministerio de Promoción de la Mujer, el Niño y la Familia, que constituye el marco de la política de promoción de la infancia, se tienen en cuenta la totalidad de los derechos consagrados por la Convención.

7.El Comité nacional encargado del seguimiento y la evaluación del Plan de acción nacional vigila la debida coordinación de las distintas actividades en favor de la infancia. Es evidente la necesidad de asignarle más recursos, puesto que en el informe se indica que ha tenido un funcionamiento escaso desde su creación, y de integrar en él los comités sectoriales de coordinación. El hecho de que se considere también que este órgano interministerial tiene que garantizar el control de la aplicación de las medidas plantea otro problema, porque el seguimiento se debería confiar a una estructura independiente.

8.La tasa de registro de los nacimientos se mantiene en un nivel bajo; la delegación tal vez pueda indicar las medidas adoptadas a fin de contrarrestar los obstáculos para el registro de los nacimientos que se mencionan en el informe y señalar en particular cuál es la situación del Plan de acción 2004‑2008 para la mejora del registro civil.

9.También convendría saber si la madre maliense transmite su nacionalidad a sus hijos.

10.Hay que congratularse por el establecimiento de una comisión de censura cinematográfica, pero no se sabe si este órgano está dotado de suficientes recursos humanos y financieros. El informe no contiene información sobre las posibles iniciativas adoptadas para promover la lectura y el acceso a las bibliotecas, así como para proteger a los niños de la información inapropiada a la que podrían tener acceso en los cibercafés y videoclubs, cada vez más numerosos en Malí, y añade que agradecería recibir información al respecto.

11.La Sra.  SMITH pregunta por qué no ha retirado Malí su reserva al artículo 16 de la Convención y desea que la delegación explique si la población tiene conocimiento de que puede invocar directamente la Convención ante los tribunales y si se ha producido ya esto alguna vez.

12.Sería conveniente que se facilitara más información sobre la fecha prevista de entrada en vigor de los decretos de aplicación del Código de Protección de la Infancia y elCódigo de la Persona y la Familia. Aunque, según el proyecto de Código de la Persona y la Familia, la edad legal para contraer matrimonio se debe establecer en 18 años para ambos sexos, en la práctica las niñas de ciertas comunidades se ven obligadas con frecuencia a contraer matrimonios precoces. En las familias se producen además casos de maltrato, castigo corporal y mutilación genital femenina. Conviene que la delegación presente las medidas que se han adoptado para educar y sensibilizar a los padres sobre las consecuencias de estas prácticas.

13.Se deberían prohibir los castigos corporales no sólo en todos los centros (incluidas las escuelas coránicas), sino también en el hogar. Además, se plantea la cuestión de saber a quién se debe dirigir un niño para denunciar la violencia de la que es objeto y si se ha establecido un plan de acción contra la violencia doméstica.

14.Por último, la delegación podría indicar si es cierto que los padres pueden, con independencia de cualquier decisión judicial, internar a uno de sus hijos en una institución debido a problemas de comportamiento y aportar más información sobre el Ombudsman, así como sobre la Comisión Consultiva Nacional de Derechos Humanos, que según ciertas fuentes apenas ha celebrado reuniones.

15.El S r .  KOTRANE observa que en el párrafo 19 de su informe el Estado parte indica que su reserva al artículo 16 de la Convención ha quedado obsoleta, lo que debería inducir a retirarla.

16.La delegación tal vez pueda indicar si los magistrados malienses tienen formación sobre la Convención.

17.La Sra.  KHATTAB desea saber si las organizaciones no gubernamentales que han participado en la elaboración del informe han podido leerlo antes de su publicación.

18.Pregunta si Malí ha organizado programas de sensibilización orientados a promover la escolarización de las niñas y ha tomado medidas encaminadas a aplicar la Iniciativa de las Naciones Unidas para la Educación de las Niñas que puso en marcha el Secretario General con motivo del Foro Mundial sobre la Educación. Sería preciso tener información más amplia sobre las campañas de alfabetización organizadas por la sociedad civil y sobre los esfuerzos realizados a fin de inducir a los niños de las escuelas coránicas que mendigan en la calle a asistir a las escuelas ordinarias.

19.Convendría que la delegación expusiera los resultados del Programa nacional de lucha contra la escisión, que indicase − en el caso de que la falta de recursos comprometa la ejecución − si Malí ha pedido ayuda a la comunidad internacional, que detallase el grado de compromiso de los responsables políticos y de los jefes religiosos o tradicionales en favor de las campañas contra la escisión y que señalase si se ha pedido a los medios de comunicación nacionales que respalden estas iniciativas y se pronuncien en favor de una evolución de la mentalidad.

20.Sería útil saber si las 16 prácticas perjudiciales enumeradas en el país constituyen infracciones penales, recibir una aclaración sobre el limado de los dientes y la dieta excesiva con miras al matrimonio, prácticas que figuran en esta lista, y explicar de qué manera pretende erradicar el Estado parte la escisión, en ausencia de una ley que la prohíba expresamente. Por último, habría que conocer la cuantía de los recursos asignados al Comité Nacional de Acción para el Abandono de las Prácticas Perjudiciales para la Salud de la Mujer y el Niño y saber si se ha evaluado su trabajo.

21.La Sra.  ALUOCH pregunta de qué manera combate Malí la trata transfronteriza de niños, teniendo en cuenta que ha firmado acuerdos regionales a este respecto, pero que las comisiones encargadas de aplicarlos han dejado de reunirse.

22.La delegación tal vez pueda aclarar si hay unidades móviles para el registro de los nacimientos en el país, si el Gobierno ha adoptado una estrategia orientada a solucionar los problemas vinculados a las escuelas coránicas y cuál es la reglamentación que se aplica a estos centros.

23.El Sr .  LIWISKI se muestra sorprendido por el hecho de que los recursos presupuestarios asignados a los niveles de preescolar y secundaria hayan sido en 2005 inferiores a los de 2004 y se pregunta si esta disminución se puede atribuir a una mala gestión del presupuesto.

24.Desea que la delegación indique si se ha establecido un mecanismo para recibir las denuncias de los menores que se hayan visto sometidos a actos de tortura y malos tratos en las comisarías de policía y los centros de detención y si estas denuncias se consignan en un registro. También habría que saber si los menores víctimas de violaciones de este tipo se benefician de programas de readaptación, si se condena a los responsables y si los miembros de las fuerzas del orden organizan actividades de prevención de la tortura y los malos tratos.

25.El Sr .  SIDDIQUI pregunta qué vinculaciones hay entre el Centro Nacional de Documentación e Información sobre la Mujer y el Niño y la Dirección Nacional de Estadística e Información, si el Centro publica regularmente informes sobre la situación de los niños en Malí, si colabora con el UNICEF a fin de mejorar la calidad de su trabajo, si realiza investigaciones independientes sobre cuestiones relacionadas con los derechos del niño y si dispone de suficientes recursos financieros y humanos para cumplir su mandato.

26.Convendría que la delegación especificara si se ha realizado alguna auditoría a fin de determinar si el presupuesto del Estado se distribuye de manera racional y que indicase si existe algún mecanismo encargado de velar por que los recursos destinados a los servicios sociales, en particular a los niños, se les asignen efectivamente.

27.El S r .  ZERMATTEN pregunta si se ha evaluado la eficacia del Parlamento Infantil, si se han puesto a su disposición medios suficientes y si se han creado también parlamentos infantiles a nivel regional y local.

28.Desea saber si, en el marco de un procedimiento relativo a un litigio familiar, el juez debe escuchar obligatoriamente al niño, y en caso afirmativo a partir de qué edad. Por último, pide a la delegación que cite las decisiones judiciales o administrativas en las cuales el interés superior del niño haya sido el criterio determinante.

29.El PRESIDENTE pregunta de cuántas denuncias presentadas por niños se ha ocupado el Ombudsman y si éste dispone de un servicio especializado para ello.

30.Desea saber quién toma las decisiones en el seno del Gobierno en relación con la distribución de la ayuda internacional y si los donantes tienen algo que decir al respecto.

31.El S r .  FILALI pide más información sobre la difusión de la Convención, sobre todo en el medio rural.

32.La delegación también podría aportar detalles relativos a la función y la composición de la Comisión Consultiva Nacional de Derechos Humanos e indicar si esta institución incluye a representantes de ONG y cuenta con oficinas regionales.

Se suspende la sesión a las 11.20 horas y se reanuda a las 11.35 horas .

33.El S r . TRAORÉ (Malí) dice que el Plan de acción 1992‑2000 en favor de los niños no se ha renovado y que se habrá de elaborar un plan de acción para 2002‑2011 a fin de dar continuidad al documento «Un mundo apropiado para los niños», aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su período extraordinario de sesiones sobre la infancia (2002). Sin embargo, se han puesto en marcha programas decenales en las esferas de la educación, la justicia, la lucha contra la pobreza y la promoción de la mujer, el niño y la familia, elaborados teniendo debidamente en cuenta los principios consagrados en la Convención, que contrarrestan en cierta medida la ausencia de un plan de acción global para 2002‑2011.

34.Con respecto a la tasa de registro de los nacimientos, el Plan de acción 2004‑2008 tiene por objeto sensibilizar a la población mediante medidas concretas organizadas en la capital y en las zonas rurales sobre la necesidad de declarar todos los nacimientos. En 2006 se aprobó y entró en vigor una nueva Ley del registro civil, que en su artículo 1 establece la gratuidad de los registros del estado civil. Se incluyen las actas de nacimiento, de matrimonio y de defunción.

35.Según el derecho maliense, en la actualidad la madre no transmite su nacionalidad a sus hijos, pero en el Código de la Persona y la Familia, que se ésta elaborando, figurará una disposición relativa a esta cuestión.

36.Todavía no se ha aprobado el decreto de aplicación del Código de Protección de la Infancia. Este texto contiene dos disposiciones importantes: la creación de los cargos de delegados para la protección de la infancia y de delegados para la libertad vigilada. Las facultades de los primeros ya se han definido − pueden intervenir de manera directa si tienen conocimiento de que un niño ha sido maltratado o lo constatan  −, pero no se los ha nombrado todavía. Tras su nombramiento recibirán formación acerca de la Convención sobre los Derechos del Niño, y luego se los destinará a los distintos gobiernos regionales. Aún no se ha aprobado el texto relativo a los delegados para la libertad vigilada, cuya función consistirá en seguir la evolución de los niños en prisión y, si procede, atenuar su sanción.

37.La Sra.  DIALLO M’Bodji SENE (Malí) indica que el decreto de nombramiento de los delegados para la protección de la infancia se presentó al Consejo de Ministros hace dos o tres meses y está pendiente de decisión.

38.El S r . TRAORE (Malí) dice que el Presidente de la República nombra al Ombudsman de la República para un período de siete años y que la independencia de éste es total. Su nombramiento sólo se puede revocar si ha cometido una falta grave. Interviene como intercesor cuando surge un problema entre los administrados y la administración. Todos los años debe preparar un informe para presentarlo al Presidente de la República y al Presidente de la Asamblea Nacional.

39.La Sra.  ALUOCH observa que el Ombudsman no se ocupa específicamente de los niños y pregunta si su nombramiento por el Presidente no compromete su independencia.

40.La Sra.  OUEDRAOGO alienta a Malí a nombrar a los delegados para la protección de la infancia y los delegados para la libertad vigilada y pregunta si está previsto informar a los niños de la existencia de estas estructuras a fin de que puedan utilizarlas.

41.El P RESIDENTE pregunta qué organismo garantiza el seguimiento y la coordinación de los planes sectoriales nacionales y regionales,qué medidas se han adoptado para promover el registro de los nacimientos, si el Ombudsman ha examinado denuncias presentadas por niños y, en caso afirmativo, qué curso les ha dado.

42.El Sr. TRAORE (Malí) dice que el texto por el que se establece el cargo de Ombudsman no especifica si los niños pueden dirigirse a él en caso de malos tratos, pero no lo excluye; los niños pueden recurrir a los tribunales de menores directamente o por medio de otras instancias mencionadas en el Código de Protección de la Infancia, que parecen de acceso más fácil.

43.La Sra.  SMITH pregunta si se ha fijado un plazo para la designación de los delegados encargados de la libertad vigilada y si los niños recurren en la práctica a los tribunales de menores.

44.El Sr. TRAORE (Malí) responde que hasta ahora no se ha presentado ninguna denuncia en los tribunales de menores porque los niños no saben cómo iniciar estos procedimientos. No hay un servicio de ayuda telefónica para declarar los malos tratos.

45.Las personas que declaran un nacimiento de manera tardía no reciben ninguna sanción. Una vez vencido el plazo, los padres se benefician de un sistema de resoluciones judiciales sustitutivas del acta de nacimiento.

46.El Sr.  FILALI subraya que el sistema de resoluciones judiciales sustitutivas es costoso y poco práctico para las poblaciones rurales, que viven lejos de los tribunales, y pregunta si sería posible prever una regularización administrativa en lugar de judicial.

47.El Sr.  BARRY (Malí) dice que el sistema de registro ambulante establecido por el Ministerio de Promoción de la Mujer, el Niño y la Familia, con el respaldo del UNICEF y del PNUD, permite realizar registros agrupados de nacimiento y de matrimonio.

48.El Sr.  SIDIBE (Malí) dice que se han tomado medidas para retirar la reserva relativa al artículo 16. El artículo 116 de la de la Constitución de Malí otorga de manera efectiva un valor superior a los acuerdos internacionales, entre ellos la Convención sobre los Derechos del Niño, y el hecho de que no se haya invocado jamás ante los tribunales se explica por la falta de información.

49.El Sr. CISSE  (Malí) dice que las escuelas coránicas no sustituyen la educación nacional, al contrario de lo que sucede con las madrazas. Todavía no se conocen los resultados del estudio realizado sobre las escuelas coránicas, encargado por el UNICEF. El Departamento de Educación ha organizado seminarios de formación destinados a los maestros coránicos, a fin de poner sus enseñanzas en conformidad con los derechos del niño. Se han creado escuelas nómadas para instruir a los niños tuaregs durante sus desplazamientos. Con la ayuda del Programa Mundial de Alimentos se han establecido comedores escolares para que los alumnos puedan permanecer en la escuela.

50.La Sra.  KHATTAB pregunta si existen estadísticas sobre los niños acogidos a estas medidas.

51.La Sra.  OUEDRAOGO desea una aclaración sobre la diferencia entre las madrazas y las escuelas coránicas.

52.El Sr. FILALI pregunta por qué, si el Gobierno tiene interés en conservar las escuelas coránicas, no las pone bajo la tutela del Ministerio de Asuntos Religiosos a fin de controlarlas, puesto que es intolerable que los maestros coránicos enseñen a los niños a mendigar.

53.El Sr.  CISSE (Malí) explica que las madrazas forman parte de la educación nacional e imparten un programa escolar parecido al de las escuelas en las que se enseña francés. Las escuelas coránicas, por el contrario, se limitan a la enseñanza religiosa. Esta formación está a cargo de maestros coránicos que no dudan en enseñar a sus alumnos a mendigar para satisfacer sus necesidades. El Gobierno es contrario a esta práctica y se esfuerza por reorganizar este sector, pero la tarea es difícil.

54.La Sra.  KHATTAB pregunta si el Gobierno supervisa las enseñanzas que se imparten en las escuelas coránicas o si carece totalmente de control sobre ellas y se pregunta en particular cuál es el riesgo de tendencias extremistas.

55.El Sr.  CISSE (Malí) responde que no hay tendencias extremistas y que al Gobierno le preocupa mucho la organización de la enseñanza en estas escuelas y la formación de los morabitos.

Sin embargo, la tarea no es fácil, debido a diversos factores. Con frecuencia son los padres quienes deciden enviar a su hijo a la escuela coránica. Es posible seguir las dos enseñanzas.

56.La Sra.  DIALLO M’B odji SENE (Malí) dice que la verdadera escuela coránica no es incompatible con el acceso a la educación. Muchos niños asisten a ella para aprender las oraciones antes ir a la escuela ordinaria. Por desgracia, ciertos morabitos empujan a los niños a la mendicidad en lugar de enseñarles la religión, pero el Gobierno se esfuerza por solucionar este problema.

57.La práctica consistente en imponer una dieta a las muchachas antes de su matrimonio es una tradición cultural que cada vez se respeta menos. Desde 1999 funciona un Comité de Lucha contra las Prácticas Perjudiciales para la Salud y se aplica un programa nacional de lucha contra la práctica de la escisión. Se ha observado un ligero retroceso de esta práctica y Malí ha decidido combatirla por medio de la educación y la sensibilización y no por la represión penal, puesto que ha constatado que las leyes aprobadas al respecto en ciertos países vecinos eran difícilmente aplicables e incitaban a las familias a practicar escisiones clandestinas en el extranjero, sobre todo en Malí.

58.La Sra. OUEDRAOGO pregunta dónde van los refugiados tras su paso por el centro de tránsito y qué trato reciben los niños en estos centros, en particular si tienen acceso a los servicios médicos, si se les ayuda a encontrar a su familia y si se adoptan medidas para protegerlos − en particular a las niñas − contra posibles violencias.

59.Sería oportuno que la delegación facilitara información acerca de la ayuda que se presta a los niños de la calle, que no todos son mendigos (garib ús); a veces hay en la calle hasta familias enteras a causa de la pobreza.

60.La Sra.  SMITHpregunta cuáles son los riesgos relacionados con la adopción internacional que se mencionan en el informe. El procedimiento que se aplica en Malíparece muy completo y debería bastar para evitar las adopciones ilegales. La adopción de protección, establecida por el artículo 58 del Código de la Familia, es igualmente un procedimiento importante, puesto que se ajusta a las normas consuetudinarias, mediante la celebración de un juicio en audiencia pública al final de una investigación, pero cabe preguntarse si se hace esto realmente en la práctica. El Estado parte no especifica si hay hogares para niños.

61.Todo parece indicar que el centro especializado de detención, reeducación y reinserción de menores de Bollé no sólo acoge a los varones en conflicto con la ley, sino también a los niños enviados allí debido a su comportamiento o por sus padres, sin que se sepa si están mezclados con los otros o si hay unidades especiales reservadas para ellos. En cuanto al centro de mujeres, es evidente que acoge a mujeres adultas y menores sin distinción. En general, en el informe no se especifica si en los centros de detención se separa a los niños de los adultos y si se les proponen programas educativos. Convendría saber además si el control que se ejerce sobre los dos centros de Bollé es satisfactorio.

62.Convendría que la delegación indicase cuántos profesionales del sector de la justicia de menores han recibido una formación específica,cuántos tribunales de menores hay y por qué no funcionan. También sería interesante tenerinformación sobre el recurso al procedimiento de mediación, destinado a sustituir los procesamientos.

63.El Sr.  KRAPPMANNlamenta la falta de información sobre la educación preescolar. El acceso a la enseñanza primaria y secundaria ha mejorado, pero queda mucho por hacer, sobre todo en el caso de las niñas. Las tasas de repetición y de abandono escolar siguen siendo demasiado elevadas y no se sabe si hay programas para alentar a los niños no escolarizados a que reanuden sus estudios. Las escuelas privadas cuentan aparentemente con un gran número de alumnos, pero no se ha especificado si siguen el mismo programa que las escuelas públicas y si están bajo el control del Ministerio de Educación. Por último, parece que los maestros son muy poco numerosos, su formación es insuficiente, están mal pagados y poco considerados por la sociedad: sería útil saber qué medidas se adoptan para corregir esta situación.

64.Sería oportuno dar detalles de la revisión en curso de los programas educativos para adaptarlos a la realidad socioeconómica del país. También habría que saber si se alienta a los maestros a utilizarmétodos que favorezcan la participación de los alumnos.

65.En el informe se menciona la existencia de centros de enseñanza para el desarrollo, sin que por otra parte se indique su número ni cómo funcionan o cuántos alumnos acogen. En general, contiene escasa información sobre la formación técnica y profesional, por lo que no se sabe, por ejemplo, si también está orientadaa las muchachas.

66.La delegación tal vez pueda especificar si en la escuela se imparte educación relativa a los derechos humanos en todos los niveles y si es obligatoria.

67.El Sr.  FILALIpregunta qué duración tiene ladetención preventiva, si los mediadores penales pertenecen al poder judicial y cuáles son su formación y su número. Habría que saber también si las medidas sociales (o alternativas) en materia no penal son objeto de una evaluación y si la detención es únicamente una medida que se aplica como último recurso.

68.En el caso de algunos de los problemas propios de los jóvenes se requieren medidas del Gobierno, por ejemplo con respecto a su éxodo hacia las ciudades o el extranjero, la moda de la despigmentación en el caso de las muchachas y el consumo de estupefacientes por los jóvenes desocupados. Interesa recibir información más completa sobre estas cuestiones.

69.Por último, sería útil conocer las medidas adoptadas para combatir la trata de niños, que está adquiriendo proporciones alarmantes.

70.La Sra.  AL ‑THANI lamenta señalar que ciertas regiones carecen de centros médicos, que la cobertura de los programas de vacunación es insuficiente (inferior al 85%) y que la tasa de mortalidad infantil sigue siendo elevada. El acceso al agua potable sigue siendo muy limitado. El Comité desea saber lo que se hace a este respecto.

71.Los jóvenes se ven particularmente afectados por las enfermedades de transmisión sexual y los embarazos precoces, problemas frecuentes debido a la falta de información. Habría que saber, pues, si tienen acceso a servicios de salud reproductiva y mental. No se ha facilitado ninguna estadística relativa a los suicidios y habría que colmar esta laguna.

72.A pesar del considerable aumento de medios destinados a la lucha contra el SIDA, la situación apenas ha mejorado; la delegación tal vez podría indicar el motivo y especificar lo que se hace para identificar a los huérfanos como consecuencia de esta enfermedad y prestarles ayuda.

73.La Sra.  KHATTABpregunta si Malíha solicitado ayuda exterior, por ejemplo para reformar su sistema de justicia de menores,y si ha previsto hacer un censo de los niños de la calle y realizar un estudio a fondo de su situación.

74.También sería útil saber si el Gobierno ha tratado de sensibilizar a la población acerca del problema de la violencia doméstica, por ejemplo mediante los medios de comunicación, y si tiene previsto elaborar un plan de acción nacional para la aplicación de las recomendaciones del Secretario General sobre la violencia contra los niños.

75.La delegación tal vez desee exponer las medidas adoptadas en favor de las niñas empleadas en el servicio doméstico, al parecer todas migrantes.

76.La Sra.  ALUOCHpregunta si la Asamblea Nacional ha aprobado ya el proyecto de Código de la Persona y la Familia y si hay programas de ayuda a la atención parental.

77.Pregunta en qué punto está la traducción a las lenguas nacionales del Código de Protección de la Infancia y otros textos relativos a los derechos del niño. También desea recibir detalles sobre la puesta en conformidad de la legislación con la Convención para proteger mejor a los niños privados de su entorno familiar.

78.Tradicionalmente,los niños abandonados o huérfanos han sido acogidos por familias extensas, pero no se sabe si éstas están siempre en condiciones de hacerlo, porque en ciertos países de África donde los huérfanos son muy numerosos no suele ocurrir esto. También sería útil disponer de más información acerca de los servicios sociales que se ocupan de los niños cuando las familias extensas no pueden hacerse cargo de ellos.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas .

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