Naciones Unidas

CRC/C/SR.1837

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

29 de agosto de 2017

Español

Original: francés

Comité de los Derechos del Niño

64º período de sesiones

Acta resumida de la 1837ª sesión

Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el lunes 30 de septiembre de 2013, a las 15.00 horas

President a :Sra. Sandberg

Sumario

Examen de los informes de los Estados partes (continuación)

Informes periódicos tercero y cuarto combinados de Luxemburgo sobre la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño (continuación)

Se declara abierta la sesión a las 15.10 horas.

Examen de los informes de los Estados partes (continuación)

Informes periódicos tercero y cuarto combinados de Luxemburgo sobre la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño (CRC/C/LUX/3-4; CRC/C/LUX/Q/3-4; CRC/C/LUX/Q/3-4/ Add.1 ) (continuación)

1. Por invitación de la Presidenta, la delegación de Luxemburgo toma asiento en la mesa del Comité.

2.La Presidenta, hablando en calidad de miembro del Comité, pregunta de qué manera el Estado parte hace frente a las dificultades relacionadas con el multilingüismo, cuáles son las causas del abandono escolar y cuál es la duración de la enseñanza obligatoria. Querría saber más sobre la educación y la protección de la primera infancia y si el Estado parte tiene la intención de limitar la duración de la acogida en instituciones o establecer procedimientos de seguimiento de ella.

3.El Sr. Hoscheit (Luxemburgo)dice que la cuestión de los niños en los conflictos armados es una de las preocupaciones principales de Luxemburgo, que actualmente preside el Grupo de Trabajo del Consejo de Seguridad sobre los Niños y los Conflictos Armados. De hecho, el país está dispuesto a acoger en su territorio a niños provenientes de países asolados por la guerra, en particular a niños sirios no acompañados.

4.La Sra. Sevenig (Luxemburgo)dice que el Gobierno considera que el multilingüismo es una riqueza y no una fuente de dificultades. Con el fin de promover la práctica del luxemburgués, que hoy es la lengua materna de una de cada dos familias únicamente, se ofrecen cursos optativos para los niños desde los 3 años de edad. En virtud de la Ley de Organización de la Educación Básica, de 2009, se establecieron clases de acogida para facilitar la integración de los niños extranjeros, la mayoría originarios de Portugal y los Balcanes, que no hablan ninguno de los idiomas oficiales del Estado parte. Esos niños aprenden en grupos pequeños el alemán, primer idioma de instrucción. Sin embargo, teniendo en cuenta que es un idioma difícil para los hablantes de lenguas romances, las autoridades consideran la posibilidad de alfabetizar a esos niños en francés, idioma de instrucción en la enseñanza secundaria, aunque temen que esa decisión sea perjudicial para la cohesión social. Al llegar al territorio, los niños extranjeros en edad de asistir a la enseñanza secundaria son enviados a clases para extranjeros correspondientes a su nivel educativo, donde se les enseña francés para que al año siguiente puedan ingresar a la escuela ordinaria. Los niños de familias que necesitan protección internacional y llegan cuando ya ha transcurrido parte del año escolar asisten a una de las dos clases creadas especialmente para ellos, en espera de que se determine su condición. Sin duda alguna, para algunos niños, la barrera del idioma es una de las causas de abandono escolar, que es particularmente elevado en Luxemburgo. Sin embargo, los estudiantes que han abandonado la escuela siguen teniendo posibilidades de educación si se inscriben en la “escuela de segunda oportunidad”, creada en 2011. Cabe señalar que la enseñanza es obligatoria para todos los niños de 4 a 16 años de edad. La educación preescolar, dirigida a los niños de 3 a 6 años, se centra en el razonamiento lógico matemático, las competencias lingüísticas y el desarrollo psicomotor del niño.

5.El Sr. Meisch (Luxemburgo)dice que con el sistema de los “cheques de servicio para la acogida” se ha quintuplicado el número de plazas en las guarderías. El número de docentes también se ha quintuplicado y, para contratar personal cualificado, Luxemburgo ha prestado especial atención a la formación y recurrido a trabajadores provenientes de los países vecinos. Para recibir la licencia, las nuevas instituciones de atención de la primera infancia deben cumplir normas de seguridad e higiene muy estrictas.

6.La Sra. Wagener (Luxemburgo) dice que, para prevenir los embarazos no deseados y evitar que las jóvenes vayan al extranjero para practicarse un aborto, en enero de 2012 se puso en marcha un programa de anticonceptivos destinado a las menores de 25 años. Además, se está revisando la Ley de la Interrupción Voluntaria del Embarazo y en el programa nacional para la salud emocional y sexual se presta especial atención a la toma de conciencia y la información, la formación y la contratación de profesionales y la cooperación con los pabellones de maternidad y los hospitales para atender los embarazos de riesgo de manera temprana.

7.Desde 2005 Luxemburgo no escatima esfuerzos por mejorar la oferta de atención psiquiátrica, como lo demuestra la creación de una “plataforma psiquiátrica”. El estudio de la salud mental de los niños y adolescentes realizado por los ministerios competentes y los asociados sobre el terreno ha dado lugar al establecimiento de métodos para reunir datos adicionales sobre algunas patologías y sobre el suicidio, en particular sobre las circunstancias en que se presentan y los factores de riesgo. Gracias a ellos es posible detectar prontamente los perfiles de riesgo y aprovechar las redes de profesionales en contacto con los jóvenes para prevenir los suicidios en ese grupo.

8.La Sra. Wijemanne pregunta si el Estado parte intenta determinar las causas profundas del suicidio y los trastornos del comportamiento entre los jóvenes, como las lesiones autoinfligidas y si se propone establecer un sistema de atención y prevención adecuados.

9.La Sra. Wagener (Luxemburgo) señala que Luxemburgo dispone de servicios de psiquiatría infantil y juvenil, que colaboran con los servicios médicos escolares para mejorar la prevención. Numerosas asociaciones, como la Asociación Nacional de Matronas y Pediatras, participan en la ejecución del plan quinquenal 2011-2015 para la promoción de la lactancia materna, en que se puso en marcha una iniciativa destinada a dar a conocer a sindicatos y empleadores los beneficios de esta práctica para la salud de madres e hijos. Sin embargo aún queda mucho por hacer en esta materia.

10.La Sra. Wijemanne lamenta que no se haya realizado ninguna auditoría en los hospitales “amigos del niño” sobre la observancia de los indicadores estadísticos a cuyo seguimiento deben proceder. Pregunta si la baja tasa de lactancia materna en el Estado parte podría atribuirse al gran número de partos por cesárea o a la distribución de sucedáneos de la leche materna en los pabellones de maternidad.

11.La Sra. Wagener (Luxemburgo) dice que las autoridades de salud se proponen hacer un seguimiento de los indicadores aplicables a los hospitales “amigos del niño”, como prueba de calidad de los pabellones de maternidad. Según un estudio reciente, la tasa de lactancia materna entre las mujeres que se han sometido a una cesárea (30%) es prácticamente idéntica a la de las mujeres que han tenido partos naturales, lo que refleja la labor de instrucción realizada en los pabellones de maternidad. Habrá que llevar a cabo campañas para alentar a las madres jóvenes a que continúen amamantando a sus hijos durante los seis primeros meses.

12.El Sr. Nogueira Neto desearía saber cómo tiene en cuenta el Estado parte las necesidades de los jóvenes transgénero y transexuales.

13.La Sra. Wagener (Luxemburgo) responde que, si bien ningún texto se refiere específicamente a los transexuales y transgénero, el nuevo programa nacional sobre salud emocional y sexual dispone que se deben tener en cuenta las necesidades específicas e individuales de la persona.

14.En las comparaciones internacionales, Luxemburgo se encuentra en ocasiones entre los países que tienen una tasa de suicidio de jóvenes particularmente elevada; sin embargo, hay que tener presente que, en los Estados pequeños, las estadísticas no son representativas. Por ejemplo, un ligerísimo aumento del número de suicidios puede traducirse en una variación considerable de la tasa correspondiente.

15.A fin de prevenir los suicidios, se ha establecido una red de apoyo, compuesta principalmente de psicólogos presentes en las escuelas y servicios médicos escolares. Es probable que ahora haya que procurar que los médicos generalistas cobren conciencia de la cuestión y alentar la colaboración entre los diferentes profesionales.

16.El Sr. Hoscheit (Luxemburgo) añade que se han establecido dos líneas de asistencia, una para los niños y la otra para adolescentes y adultos.

17.La President apregunta si los psicólogos escolares están presentes en las escuelas todos los días de la semana.

18.La Sra. Wagener (Luxemburgo) responde que los psicólogos siempre están presentes en las instituciones de enseñanza secundaria y que, en las escuelas primarias, pueden estarlo miembros de los equipos multidisciplinarios que se formaron en un principio para facilitar la inclusión de los niños con discapacidad.

19.Al igual que el suicidio, los accidentes de tránsito fueron objeto de diversas campañas de prevención. Además, se ejecutan proyectos de lucha contra la obesidad en la mayoría de las escuelas y comunas. En 2006 se ejecuta un programa integral de lucha contra la obesidad de los Ministerios de Educación, Agricultura, Deporte, Salud y Familia. Es alentador observar que la tasa de obesidad ha bajado por tercer año consecutivo.

20.El Sr. Hoscheit (Luxemburgo) hace notar que sus observaciones sobre las distorsiones estadísticas propias a los pequeños países respecto del suicidio también se aplican al consumo de alcohol. Además, los trabajadores fronterizos de hecho compran gran parte del alcohol que se vende en el territorio, que se consume posteriormente fuera de las fronteras de Luxemburgo.

21.La Sra. Sevenig (Luxemburgo) dice que los padres deciden en última instancia si se educa al niño con discapacidad en una escuela ordinaria o en una especializada. No obstante, la Ley de 2009 tiene por objeto facilitar la integración de todos en las escuelas ordinarias y, a esos efectos, se envían equipos multidisciplinarios del Servicio de Educación Diferenciada a todas las escuelas. De ser necesario, una comisión redacta un plan de atención personalizada, en colaboración con los padres, para que el niño aprenda a su propio ritmo. En el año escolar 2012/13, 629 niños con discapacidad asistieron a escuelas ordinarias y 578 a instituciones especializadas.

22.El Sr. Cardona Llorens considera que la proporción de niños en las escuelas ordinarias es demasiado baja. Teme que confiar a los padres la elección del tipo de institución no contribuya necesariamente al interés superior del niño ya que a menudo los padres son sobreprotectores.

Se suspende la sesión a las 16.30 horas y se reanuda a las 16.45 horas.

23.La Sra. Wagener (Luxemburgo) explica que la experiencia ha demostrado lo contrario: los padres tienden a optar, en general, por inscribir a sus hijos en la escuela del barrio, al menos en los primeros años de enseñanza. La mayoría de los niños que asisten a instituciones especializadas necesitan atención que difícilmente sería compatible con la vida escolar ordinaria. Con frecuencia estas instituciones están ubicadas cerca de las escuelas ordinarias, con las que pueden emprender proyectos conjuntos. Incluso puede tratarse de clases especializadas dentro de una escuela ordinaria. Próximamente se publicará un libro de instrucción sobre la inclusión escolar. Por último, la Ley de Ajustes Razonables garantiza el derecho de los niños con discapacidad o que padecen de alguna enfermedad a ciertos ajustes al momento de dar exámenes, como darles más tiempo para responder o la posibilidad de usar una computadora, material en braille o una sala separada.

24.El Sr. Cardona Llorens solicita más información sobre las medidas adoptadas para facilitar la integración de las personas con discapacidad fuera de la escuela.

25.El Sr. Thyes (Luxemburgo) dice que, a su entender, la única obligación prevista en la ley es que todos los edificios públicos sean accesibles a las personas con discapacidad.

26.El Sr. Meisch (Luxemburgo) dice que la situación de los niños en conflicto con la ley se ha incluido en el debate democrático del país desde hace unos veinte años. La postura dominante y que subyace todo el sistema de Luxemburgo es que los infractores menores de 18 años deben ser tratados como víctimas. Por ello Luxemburgo se ha negado durante mucho tiempo a construir centros cerrados. Sin embargo, varios casos conllevaron la reclusión de menores en los últimos años. Por lo tanto se decidió construir una unidad de seguridad para menores, que pronto estará en funcionamiento. Estará bajo la autoridad del Ministerio de la Familia y tendrá una capacidad de hasta 12 niños y niñas. Los demás centros para menores son abiertos o semicerrados. Si bien la reclusión en régimen de aislamiento en teoría es posible, por una duración máxima de diez días, en la práctica solo se ha impuesto una vez, en el caso de un joven extremadamente violento con los demás jóvenes y con los docentes.

27.La Sra. Winter (Relatora para Luxemburgo) pregunta si la ley fija una edad mínima, por debajo de la cual no se puede recluir a un niño.

28.El Sr. Meisch (Luxemburgo) dice que aún no es el caso, pero es posible que se llegue a ese punto gracias a la atención que ha suscitado la cuestión. Una recomendación del Comité podría contribuir al respecto.

29.La Sra. Ney (Luxemburgo) dice que no hay un derecho penal de menores en Luxemburgo, lo que significa que los menores en conflicto con la ley nunca son considerados delincuentes y, por ello, no son condenados. Cuando son objeto de una medida privativa de libertad, se hace hincapié en la rehabilitación y reintegración tras una evaluación de la situación familiar y escolar y en la preparación de un “proyecto para el futuro” en forma concertada con el juez de menores. En la institución, un educador supervisa al menor y lo apoya en su proceso de reintegración.

30.La Sra. Winter (Relatora para Luxemburgo) pregunta si es posible que un joven de 16 años comparezca ante un tribunal para adultos.

31.El Sr. Gastaud pregunta quién prepara el proyecto para el futuro y cuál es la tasa de reincidencia de los menores.

32.La Sra. Oviedo Fierro pregunta si la familia participa en el proyecto de reintegración.

33.La Sra. Ney (Luxemburgo) explica que en realidad se recluye a muy pocos menores ya que se prefieren medidas extrajudiciales, como la mediación. Los menores internados en instituciones se mantienen en estrecho contacto con el juez de menores y son objeto de seguimiento de un educador de la Oficina Nacional de la Infancia. La familia colabora estrechamente en el proceso de reintegración del menor y, de ser necesario, cuenta con asistencia de los servicios sociales.

34.La Sra. Herczog pregunta cuál es la duración media de la colocación en instituciones y por qué no se recurre más a menudo al acogimiento en hogares de guarda.

35.El Sr. Meisch (Luxemburgo) responde que la duración del internamiento varía en función de la edad del niño. Cada vez hay más hogares de guarda, pero a veces es difícil encontrar una familia adaptada a las necesidades del niño y que comparta afinidades culturales.

36.La Sra. Herczog pregunta si las instituciones que acogen a jóvenes infractores tienen en cuenta la diversidad cultural y pide información sobre la capacitación que se imparte a los miembros de los hogares de guarda.

37.El Sr. Meisch (Luxemburgo) dice que los docentes, los educadores y los psicólogos escolares se encargan principalmente de detectar los problemas familiares en una etapa temprana y remitir a los niños y a las familias a los servicios adecuados. Con la Ley de 2008 de Ayuda al Niño y a la Familia se han asignado más recursos a la prevención de riesgos y a la atención temprana de los niños vulnerables. Los hogares de guarda se escogen en función de criterios lingüísticos y culturales para que el niño sea acogido en buenas condiciones.

38.La Sra. Ney (Luxemburgo) dice que, en caso de que se trate de un delito grave, se podrá juzgar excepcionalmente al joven mayor de 16 años como adulto. Sin embargo, en muy raras ocasiones se da el caso de que el fiscal solicite la remisión del menor a la justicia ordinaria.

39.El Sr. Thyes (Luxemburgo) dice que Luxemburgo ratificó en 2002 el Protocolo Facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados y que el Código Penal tipifica el reclutamiento de niños en los conflictos armados, considerado crimen de guerra. En virtud del Código de Procedimiento Penal, los tribunales de Luxemburgo pueden ejercer jurisdicción extraterritorial para someter a juicio a los autores de delitos contemplados en el Protocolo Facultativo, incluso si los ha cometido una empresa de seguridad privada.

40.El Sr. Hoscheit (Luxemburgo) añade que Luxemburgo aumentó de 17 a 18 años la edad de reclutamiento en el ejército del país.

41.El Sr. Gúran (Relator para Luxemburgo) pregunta si se han establecido mecanismos para detectar a los menores no acompañados que pueden haber sido utilizados como niños soldados.

42.El Sr. Thyes (Luxemburgo) responde que, a su entender, nunca se ha presentado ese caso, pero que la cuestión merece ser examinada, aun cuando sea teórica.

43.La Presidenta, hablando en calidad de miembro del Comité, pregunta si se han adoptado medidas para impedir la devolución de menores no acompañados.

44.El Sr. Meisch (Luxemburgo) dice que, en virtud de la directiva europea por la que se aprueban normas para la acogida de los solicitantes de protección internacional (Directiva 2013/33/UE), Luxemburgo creará un centro de acogida para menores no acompañados, con el que se podrá acoger a los migrantes, cada vez más numerosos, en mejores condiciones.

45.La Presidenta, hablando en calidad de miembro del Comité, pregunta si es cierto que el Estado parte tiene la intención de confeccionar una lista de delincuentes sexuales. Asimismo, desearía más información sobre los servicios prestados a las familias necesitadas.

46.El Sr. Meisch (Luxemburgo) dice que la Ley de Ayuda al Niño y a la Familia dispone que los servicios sociales pueden orientar a las familias necesitadas hacia servicios especializados u organismos de asistencia social.

47.La Sra. Ney (Luxemburgo) indica que la policía reúne estadísticas sobre las denuncias recibidas, lo que le permite distinguir entre los delitos sexuales y de otro tipo; ahora bien, que ella sepa, nunca se ha tenido la intención de confeccionar una lista de delincuentes sexuales.

48.El Sr. Mezmur pregunta cuál es el plazo de prescripción de los delitos sexuales contra menores. Pregunta además si el Estado parte ha considerado la posibilidad de procesar a los padres que han sometido a sus hijas a mutilación genital en el extranjero.

49.La Sra. Ney (Luxemburgo) dice que la Ley de Víctimas de Delitos, de octubre de 2009, prevé que, en los delitos de atentado al pudor y violación cometidos después de 1 de enero de 2010, el plazo de prescripción comienza a correr cuando la víctima alcanza la mayoría de edad.

50.La Sra. Wagener (Luxemburgo) explica que la migración internacional es un fenómeno reciente en Luxemburgo y que la mutilación genital femenina no es muy común. Aun así, se distribuyó entre numerosos profesionales de la salud y familias en riesgo un folleto informativo sobre esa práctica preparado en 2011. Dice que, a su entender, la ley aún no prevé la posibilidad de someter a juicio a los padres que han sometido a sus hijas a ese tipo de mutilación en el extranjero.

51.El Sr. Meisch (Luxemburgo) dice que, en el marco del programa Bee Secure, financiado por la Comisión Europea, Luxemburgo puso en marcha un sitio web en que el público puede denunciar de manera anónima contenidos ilegales en Internet. Como parte de la iniciativa, se han dado más de 50 charlas de formación a jóvenes y se han organizado numerosas sesiones de información para padres y docentes.

52.La Sra. Winter (Relatora para Luxemburgo) dice que la situación de los niños en Luxemburgo en general es muy satisfactoria, pero que el Estado debería inspirarse en las buenas prácticas de otros países para resolver ciertos problemas, en particular los relativos a la justicia de menores.

53.El Sr. Hoscheit (Luxemburgo) dice que el debate ha sido muy instructivo y enriquecedor y las preguntas y sugerencias han permitido hacer un examen de la situación del país. Las autoridades competentes estudiarán cuidadosamente las recomendaciones del Comité.

Se levanta la sesión a las 17.55 horas.