Naciones Unidas

CRC/C/SR.1590

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

14 de marzo de 2012

Español

Original: francés

Comité de los Derechos del Niño

56º período de sesiones

Acta resumida de la 1590ª sesiónCelebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el jueves 20 enero de 2011, a las 10.00 horas

President a:Sra. Lee

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes (continuación)

Segundo y tercer informes periódicos de Singapur acerca de la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño

Se declara abierta la sesión a las 10 .00 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes (continuación)

Segundo y tercer informes periódicos de Singapur acerca de la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño (CRC/C/SGP/2-3; CRC/C/SGP/Q/2-3; CRC/C/SGP/Q/2-3/Add.1)

1. Por invitación de la Presidenta, la delegación de Singapur toma asiento a la mesa del Comité.

2.El Sr. Balakrishnan (Singapur) dice que la delegación de Singapur está compuesta de representantes del Ministerio de Desarrollo Comunitario, Juventud y Deportes, del Ministerio de Educación, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Salud, de la Fiscalía General y de una organización no gubernamental (ONG). Un comité interministerial de larga data coordina e integra las políticas y programas destinados a la infancia a nivel nacional. Singapur estima que para realizar sus potencialidades, los niños necesitan unas relaciones familiares sólidas, el apoyo de una comunidad cohesionada y un entorno seguro y favorable.

3.Desde que se examinó el informe inicial, se han modificado varios textos legislativos de importancia en este ámbito, en particular la Ley de la infancia y la juventud, la Carta de la Mujer, el Código de Procedimiento Penal y el Código Penal, y se han promulgado dos nuevas leyes: la Ley sobre facultades mentales, que prevé la designación por un tribunal de tutores para los menores con capacidad de discernimiento alterada, y la Ley sobre el secuestro internacional de niños, que da efecto a la Convención sobre los aspectos civiles del secuestro internacional de niños.

4.En Singapur, la tasa de mortalidad infantil se cuenta entre las más bajas del mundo. Más del 90% de los niños están vacunados contra la tuberculosis, la difteria, la poliomielitis, la hepatitis B, el sarampión, la rubéola y las paperas. Gracias a una mejor nutrición, la proporción de los niños escolarizados con sobrepeso ha bajado del 14% al 9,5% entre 1992 y 2006. En los últimos años se ha venido prestando más atención a la salud mental, en particular con la creación en 2006 de un grupo de trabajo nacional sobre la salud mental.

5.Más del 20% del presupuesto del Estado se destina a la educación. La tasa de analfabetismo no supera el 4% y más del 92% de los alumnos de la escuela primaria pasan a la secundaria y luego a diversos tipos de formación adaptados tanto a la multitud de talentos como a las necesidades del mercado de trabajo. Entre 1997 y 2009 la tasa de abandono escolar bajó del 5,3% al 1,2%; entre los 65 países abarcados por el estudio PISA 2009, Singapur figura en los lugares quinto, segundo y cuarto, respectivamente, en lo que se refiere a lectura, matemáticas y ciencias.

6.Singapur ha adoptado un enfoque integrado que capta a múltiples asociados (el enfoque "Con la Ayuda de Todos") con el fin de sensibilizar a la población acerca de la protección de la infancia y de intervenir rápidamente en los casos de maltrato o descuido. Se brinda consejo, atención médica y seguimiento a las víctimas.

7.Los créditos presupuestarios destinados a las personas con discapacidad van en aumento, y el país dispone de un plan general de fomento de la autonomía de las personas con discapacidad y de un programa de intervención precoz para los niños y bebés, en el marco del cual los discapacitados de menos de 6 años de edad se benefician de servicios sociales y educativos y de terapias y reciben subsidios. Para los mayores, el territorio cuenta con 20 escuelas especializadas, a las que se suman los cursos especializados que se les imparten en el seno de las escuelas ordinarias. De los 12.500 niños con discapacidad que están escolarizados, unos 7.600 lo están en los planteles regulares; en un afán de integración se han creado lazos de asociación entre las escuelas especializadas y las escuelas ordinarias.

8.El Estado procura apoyar a la familia en el desempeño de su función y subrayar la importancia de esta para el buen desarrollo del niño, junto con organismos no gubernamentales como el Consejo Nacional de la Familia. La iniciativa "Dads for Life" tiene por objeto crear conciencia de la función decisiva del padre, y las familias en situación difícil tienen a su disposición diversos servicios sociales: ayuda financiera, asistencia telefónica e incluso apoyo en la búsqueda de empleo.

9.Siendo un Estado multirracial y multiconfesional, Singapur se esfuerza por promover el intercambio cultural, tanto en la escuela como en la comunidad. Buen ejemplo de ello fue la acogida de los Juegos Olímpicos de la Juventud en agosto de 2010, que a su vez contribuyó a promover los valores deportivos.

10.El Sr. Koompraphant (Relator para Singapur) se felicita de los buenos resultados obtenidos por Singapur en muchos ámbitos, en particular la educación y la salud, por ejemplo el descenso de la tasa de mortalidad infantil de 26,3 por cada 1.000 nacidos vivos en 1965 a tan solo 2,2 en 2009. La enmienda de la Ley de la infancia y la juventud es otro paso encaminado a garantizar el bienestar del niño. Por lo visto los marcos y mecanismos establecidos tienden a favorecer el trabajo con el niño mismo más que con este y sus padres, es decir, con toda la familia; quizá convendría que se crearan nuevas estructuras para la aplicación de la ley enmendada. Sin duda, cabría revisar los protocolos de identificación de las víctimas de malos tratos, desarrollar las modalidades de apoyo a los niños víctimas e instituir un programa de protección de las víctimas y los testigos para facilitar las declaraciones y testimonios.

11.Las numerosas declaraciones y reservas formuladas por el Estado parte hacen pensar en la necesidad de algunas mejoras en lo que concierne a los niños apátridas, los niños extranjeros, el derecho del niño a ser oído, los medios de información y los niños en conflicto con la ley. Además, se ruega a la delegación que indique de qué manera recoge el Estado los datos sobre el maltrato y el descuido y sobre la trata y la explotación de niños, entre otras cuestiones.

12.El Sr. Filali pregunta si el Estado parte tiene previsto retirar sus declaraciones y reservas respecto de muchas disposiciones de la Convención, y si se ha iniciado el debate relativo al matrimonio de las niñas de menos de 18 años, que es tolerado en las comunidades musulmanas. Se invita a la delegación a precisar si la revisión de la Ley de la infancia y la juventud está terminada y si todos los niños de madre singapurense pueden ahora adquirir la nacionalidad singapurense independientemente de su fecha de nacimiento, en cuyo defecto la ley carecería de objetividad. Convendría también que se indicara de qué modo afecta a los niños la Ley de seguridad interior, y en particular si el hecho de que sea posible condenar a los niños de entre 16 y 18 años de edad a recibir bastonazos significa que estos niños son juzgados como los adultos.

13.La Sra. Aidoo (Relatora parar Singapur) invita a la delegación a esclarecer la definición del niño y del joven, dado que en ciertos textos, como la Ley del empleo, el término "niño" designa a las personas de menos de 15 años y el término "joven" a las de 15 y 16 años, por lo que cabe preguntarse si se considera adultos a los niños de 16 a 18 años. En otras instancias, en particular el Consejo Nacional de la Juventud, se entiende por "joven" toda persona de menos de 25 años de edad, lo que lleva a suponer que las personas de 18 a 25 años son mayoritarias en el Consejo y que por tanto los niños en el sentido de la Convención están mal representados en él.

14.También hacen falta precisiones con respecto a la actitud general de la población singapurense hacia los niños, dado que algunos términos traicionan una visión paternalista, alejada de la de la Convención, que reconoce a los niños como sujetos de derecho. Resultan estigmatizantes ciertas expresiones como "niños que escapan al control de sus padres" o "familias disfuncionales", que deberían descartarse y sustituirse por fórmulas más neutras como niños o familias "en situación de riesgo". Por lo visto, la Ley de la infancia y la juventud no enuncia expresamente el derecho del niño a ser oído.

15.El Estado parte debería tomar en consideración la evolución de la mentalidad con respecto a los castigos corporales y reconsiderar su posición, teniendo presente en particular el estudio del Secretario General de las Naciones Unidas sobre la violencia contra los niños. Lisa y llanamente debería prohibirse la administración de bastonazos, que está regida por directivas ministeriales y reservada únicamente a los niños varones, lo que resulta discriminatorio.

16.El Sr. Guran pide precisiones sobre el mandato y la estructura del Comité Interministerial encargado de la Convención sobre los Derechos del Niño y del Comité Interministerial sobre las familias disfuncionales y quisiera saber cómo funciona el Consejo Nacional de la Familia. Pregunta si Singapur tiene la intención de establecer un mecanismo independiente encargado de velar por el respeto de los derechos del niño y de recibir las denuncias al respecto.

17.El Sr. Puras pregunta de qué modo se garantiza el derecho de los niños, en particular los adolescentes, a la vida privada, y cómo garantiza la legislación el acceso de los niños a la información apropiada, protegiéndolos contra el acceso a información nociva.

18.El Sr. Kotrane dice que con la promulgación de ciertas leyes sería posible que Singapur retirara ya sus reservas al artículo 7 y al artículo 32 de la Convención, así como la declaración relativa al artículo 12. Pregunta si Singapur tiene la intención de ratificar otros instrumentos internacionales, en particular el Protocolo facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la participación de niños en la pornografía, si la Convención puede ser invocada directamente en los tribunales y si los jueces conocen sus disposiciones y procuran mejorar la condición jurídica de los niños.

19.El Sr. Zermatten, advirtiendo una contradicción entre las diferentes medidas relativas al derecho del niño a ser oído, quisiera que se explicara el lugar que ocupa el niño en los procesos de adopción de las decisiones que le conciernen y se pregunta por el significado de los párrafos 99 y 126 del informe examinado, que subraya que el derecho del niño a ser oído apunta al objetivo de determinar su interés superior, que a veces es contrario a sus preferencias.

20.En Singapur, las iniciativas en favor de los niños son organizadas por los adultos para los niños, lo que denota una actitud paternalista, siendo que conviene ofrecer a los niños los medios para que sean los actores de su propio destino. Las libertades consagradas por los artículos 13, 14 y 15 de la Convención son objeto de control y de declaraciones, cosa que preocupa dado que estos artículos ya autorizan restricciones. Por otra parte, convendría saber cuál es la situación de nacionalidad de un niño nacido en Singapur de una madre solicitante de asilo.

21.El Sr. Pollar pregunta si Singapur se propone unificar la definición del niño, si todos los niños son tratados de la misma manera, cualquiera que sea su nacionalidad, y si los niños nacidos fuera del matrimonio son víctimas de discriminación.

22.La Sra. Al-Asmar pregunta de qué manera las autoridades asocian a las ONG a la aplicación de la Convención, si los agentes de control fronterizo y las padres reciben una formación sobre la Convención y por qué razón la edad mínima de admisión al empleo solo se ha elevado de 12 a 13 años, edad que sigue siendo muy precoz.

23.La Sra. Ortiz pregunta qué se hace para proteger a los niños contra el acceso a información inapropiada difundida por los medios electrónicos y si se dan consejos de utilización a los niños y a los padres. También hace falta saber de qué manera las autoridades promueven la adopción de un código deontológico que permita proteger la vida privada de los niños y adolescentes y reprimir a los medios de información que denigran a los niños, alimentando o agravando con ello los prejuicios, la discriminación e incluso la explotación.

24.La Sra. Varmah quisiera saber si Singapur tiene previsto reconsiderar su política nacional de nacionalidad para los niños apátridas a fin de eliminar toda forma de discriminación y si un niño nacido en Singapur de padres extranjeros que trabajan en el país puede adquirir la nacionalidad singapurense. Se invita además a la delegación a indicar si las autoridades se proponen reconsiderar las políticas de guarda y de protección de los niños y ayudar a los padres a criar a sus hijos en un entorno familiar seguro.

Se suspende la sesión a las 11.10 horas y se reanuda a las 11.35 horas.

25.La Sra. Ong Su Min (Singapur) dice que las disposiciones y principios de los instrumentos internacionales ratificados por Singapur se incorporan en el derecho interno, pero que los principios fundamentales de la Convención, en particular el de no discriminación, ya estaban consagrados en el derecho interno incluso antes de que Singapur pasara a ser parte en ella. También la participación de los niños está consagrada, concretamente en la Ley sobre los medios de prueba. Los tribunales siempre tienen en cuenta el interés superior del niño a la hora de adoptar una decisión que le concierne. El derecho del niño a ser oído en los procedimientos que le conciernen está consagrado en la Ley de la infancia y la juventud, la Ley de libertad condicional, la Carta de la Mujer y la Ley sobre la interrupción del embarazo.

26.En los procedimientos administrativos y judiciales, los niños son oídos por un consejero de la infancia, nombrado por el tribunal, que se encarga de obtener sus opiniones y toda la información que ayude al juez a decidir sobre la custodia. Desde que el tribunal de apelación pronunció su fallo en el caso CX c. CY, la custodia conjunta es más corriente. El juez puede optar por interrogar directamente al niño. Los jueces se forman en Singapur y en Australia. Hay planes de guarda personalizados para los niños acogidos a la tutela del Estado y planes de acogimiento permanente de niños victimas de malos tratos. Los niños en situación difícil tienen acceso a diversas redes, entre ellas el servicio de ayuda telefónica de la Sociedad de la Infancia de Singapur.

27.El Sr. Citarella pregunta si el juez tiene la obligación de oír a un niño en todos los procedimientos que le conciernen.

28.La Sra. Ong Su Min (Singapur) responde que los jueces no están obligados a oír a un niño, pero es eso lo que de hecho hace la mayoría de ellos.

29.El Sr. Kotrane pregunta si el juez debe motivar su decisión de no oír a un niño.

30.La Sra. Ong Su Min (Singapur) señala que la ley no obliga al juez a motivar su decisión de no oír a un niño, salvo en los casos de apelación.

31.El Sr. Lau (Singapur) dice que en virtud de la enmienda introducida en el artículo 122 de la Constitución en abril de 2004, a partir de esa fecha un niño nacido en el extranjero de madre singapurense adquiere automáticamente la nacionalidad singapurense; antes la adquiría solo si la madre solicitaba su inscripción en el registro civil de Singapur. Los niños nacidos en Singapur de padres extranjeros no obtienen automáticamente la nacionalidad singapurense, pero no son apátridas porque pueden adquirir la nacionalidad del país de origen de sus padres.

32.El Sr. Filali observa con preocupación que los niños nacidos antes de la enmienda del artículo 122 de la Constitución y los nacidos después de ella son tratados de manera diferente en materia de adquisición de la nacionalidad, y considera que el Estado parte debería contemplar la posibilidad de aplicar el principio de retroactividad.

33.El Sr. Balakrishnan (Singapur) señala que, según tiene entendido, ningún niño se ha visto en situación de apatridia a raíz de esta disposición de la Constitución.

34.El Sr. Ho (Singapur) dice que en Singapur se habla de organizaciones voluntarias de protección social más que de ONG, que los miembros de estas organizaciones son profesionales voluntarios y que todas ellas forman parte del Consejo Nacional de Servicios Sociales. Es este un organismo de tipo federativo que no pertenece al Gobierno y que fue establecido en 1992 para agrupar a todas estas organizaciones con el fin de coordinar y orientar mejor su acción para aumentar su eficacia. Estas organizaciones acuden directamente en ayuda de los niños y el Consejo supervisa un amplio abanico de programas en múltiples campos; por ejemplo, colabora con las autoridades escolares para ayudarlas a introducir medios de lucha contra el matonaje y ha establecido centros para la acogida de los alumnos después de la escuela, que son administrados y dirigidos por organizaciones voluntarias y cuyos empleados son remunerados por el Consejo.

35.La Sra. Aidoo (Relatora para Singapur) pregunta si el Consejo Nacional de Servicios Sociales participa en las actividades del Comité Interministerial encargado de la Convención sobre los Derechos del Niño y cómo se reparten las diferentes responsabilidades en el ámbito de la infancia, en particular qué órgano define las normas de protección y qué órgano vela por el respeto de los derechos del niño en todos los sectores.

36.El Sr. Balakrishnan (Singapur) dice que el Consejo Nacional del Servicios Sociales colabora estrechamente con el Comité Interministerial encargado de la Convención sobre los Derechos del Niño, que se encarga principalmente de supervisar la política de los ministerios competentes en el ámbito de la infancia, mientras que el Consejo Nacional se ocupa de la ejecución y coordinación de la mayoría de los servicios y programas sociales. El Consejo Nacional propone programas al Estado para conseguir un financiamiento público parcial. Este sistema de colaboración entre el Consejo Nacional y el Estado da excelentes resultados y permite evitar toda injerencia estatal en los programas de las organizaciones voluntarias de asistencia social.

37.El Sr. Citarella quisiera saber cuál es el procedimiento que debe seguirse para crear una asociación o una ONG, en particular si el Gobierno da su acuerdo antes de su registro oficial.

38.El Sr. Balakrishnan (Singapur) contesta que todos los trámites necesarios para fundar una asociación o una ONG están publicados en un sitio web, cuya dirección será comunicada ulteriormente al Comité. Centenares de ONG trabajan libremente en Singapur, y el Gobierno alienta a todos los ciudadanos a crear asociaciones.

39.La Sra. Ghoh (Singapur) dice que un niño solo es sustraído a la familia en los casos muy graves en que está expuesto a un peligro inminente; es puesto en un entorno seguro, y su acogimiento solo puede ser decidido por un tribunal que debe basarse en una amplia gama de criterios no arbitrarios. El período de acogimiento varía según la situación del niño y sus necesidades, y siempre se toma en consideración su interés superior. Cada caso es revisado cada cuatro meses por un comité integrado por psicólogos y expertos independientes.

40.La expresión "familias disfuncionales" ha suscitado polémica en Singapur; se ha preferido optar por la claridad y calificar de "disfuncionales" a las familias con problemas complejos y necesidades múltiples. Esta expresión no refleja ninguna estigmatización de parte de las autoridades y de la sociedad.

41.En caso de denuncia de violencia contra un niño, se realiza una investigación social que primero se dirige al niño y luego a los miembros de su familia para determinar el origen del problema y definir un plan de acción que permita mejorar la situación en la familia. Si el caso llega a manos de la justicia, el juez tiene en cuenta la opinión del niño víctima basándose en la investigación social. Además, el Estado ha instituido un programa de reuniones familiares que permiten tomar en consideración la opinión del niño.

42.El Sr. Cheong (Singapur) señala que los niños extranjeros o apátridas tienen acceso a las escuelas públicas, pero que la enseñanza no es enteramente gratuita. La mayoría de los niños están escolarizados y pueden hacer oír su voz en el entorno escolar.

43.La Sra. Bhalla Ajay (Singapur) indica que toda persona, cualquiera que sea su origen, tiene derecho a la atención médica en función de sus necesidades. El Estado financia en gran parte las estructuras de sanidad y ha establecido una red de seguridad social.

44.La Sra. Ong Toon Hui (Singapur) explica que los castigos corporales están autorizados en las instituciones para menores delincuentes, las escuelas y las familias, como método disciplinario de último recurso en casos aislados y por faltas graves. El empleo de estas prácticas está regido por directivas y reglamentos, pero se procura siempre dar a conocer a los padres y a las instituciones otros métodos disciplinarios.

45.La Dirección de Fomento de los Medios de Información ha elaborado directivas para sensibilizar a los niños y los padres sobre la utilización razonable y en toda seguridad de las tecnologías de la información. Hay programas de sensibilización en todos los niveles del sistema de educación, y los proveedores de acceso a Internet tienen la obligación de ofrecer filtros a sus clientes para bloquear el acceso a determinados sitios.

46.Los programas de promoción de la natalidad están destinados a los hijos de matrimonios, pero el Estado ha establecido programas de ayuda social en favor de todos los niños, cualquiera que sea su situación familiar.

47.Singapur tiene previsto ratificar el Protocolo facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la participación de niños en la pornografía, y examina actualmente su legislación con el fin de ajustarla a las disposiciones de este instrumento.

48.La Sra. Aidoo (Relatora para Singapur) pregunta si se han instituido mecanismos de seguimiento de las familias o programas sociales para la detección temprana de los niños expuestos a caer en la delincuencia con el fin de evitar que se los coloque en una institución, si se han realizado estudios para determinar las causas de la estigmatización que sufren ciertos grupos socioeconómicos o socioculturales, y por qué razón hay más niñas que niños sustraídos a la tutela parental.

49.La oradora quisiera saber también qué medidas se están tomando frente al aumento de los casos de enfermedades sexualmente transmisibles entre los jóvenes de 10 a 19 años, contra la propagación del VIH/SIDA y contra el aumento de la tasa de suicidio infantil.

50.El Sr. Koompraphant (Relator para Singapur) pregunta cómo pueden detectar los organismos de protección de la infancia los casos de violencia contra los niños y descuido de estos en la familia, cómo pueden los niños presentar denuncias, y si los profesionales tienen la obligación de notificar tales casos. Invita además a la delegación a señalar si existen programas destinados a proteger a los niños víctimas o testigos.

51.La Sra. Maurás Pérez pregunta cuál es el volumen de la asistencia oficial para el desarrollo suministrada por Singapur, si parte de esta asistencia se destina a programas en favor de la infancia, habida cuenta de la modesta contribución de Singapur al UNICEF, y si Singapur ha elaborado directivas destinadas a las empresas privadas para que respeten los derechos humanos en general y los derechos del niño en particular.

52.El Sr. Puras quisiera saber qué respuesta ha dado Singapur a las recomendaciones formuladas en 2003 por el Comité con respecto a la lactancia materna y el fortalecimiento de los servicios de salud para los adolescentes. El excesivo control paternal que se ejerce sobre los adolescentes puede atentar contra su salud mental. Hay una cierta contradicción entre los novedosos programas de desarrollo de la autoestima entre los adolescentes y la legislación que penaliza ciertos comportamientos que son bastante normales entre los adolescentes, en particular las relaciones sexuales entre menores que no han alcanzado la edad mínima de libre consentimiento. Sería útil disponer de información sobre las diversas medidas tendientes a mejorar la salud mental de niños y adolescentes y en particular a prevenir el suicidio.

53.La Sra. Al-Asmar, observando que algunos niños con discapacidad son colocados en una institución especializada que financia el Estado y administran organizaciones voluntarias, pregunta de qué manera controla el Estado la calidad de la educación impartida en estas instituciones y su funcionamiento interno, tanto más cuanto que los castigos corporales no están prohibidos, y cómo vela por que los niños con discapacidad ejerzan al igual que todos los demás niños su derecho a la libertad de expresión y a la información.

54.El Sr. Pollar pregunta si el Estado parte ha concertado acuerdos con los países vecinos para luchar contra los traslados y la retención ilícitos de niños en el extranjero y si hace frente a prácticas tradicionales nocivas como la mutilación genital femenina, la preferencia por los niños varones, la alimentación forzada de las niñas, los matrimonios precoces, los tabúes que rodean los métodos anticonceptivos y los crímenes por motivos de honor.

55.El Sr. Zermatten pregunta si se han establecido programas para tratar a los niños toxicómanos y medidas preventivas en la materia.

56.La Presidenta pregunta si los hospitales disponen de servicios de atención neonatal.

Se levanta la sesión a las 13 .00 horas.