CRCConvención sobre los Derechos del Niño

Distr. GENERAL

CRC/C/SR.761 10 de junio de 2004

ESPAÑOL Original: INGLÉS

COMITÉ DE LOS DERECHOS DEL NIÑO

29º período de sesiones

ACTA RESUMIDA DE LA 761ª SESIÓN

celebrada en el Palais Wilson, Ginebra,el martes 22 de enero de 2002, a las 10.00 horas

Presidente : Sr. DOEK

SUMARIO

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTAODS POR LOS ESTADOS PARTES ( continuación )

Informe inicial de Mozambique

__________________

La presente acta podrá ser objeto de correcciones.

Las correcciones deberán redactarse en uno de los idiomas de trabajo. Deberán presentarse en forma de memorando, incorporarse en un ejemplar del acta y enviarse, dentro del plazo de una semana a partir de la fecha del presente documento , a la Sección de Edición de los Documentos Oficiales, oficina E.4108, Palacio de las Naciones, Ginebra.

Las correcciones que se introduzcan en las actas de las sesiones públicas del Comité se reunirán en un documento único que se publicará poco después del período de sesiones.

GE.02-40161 (EXT)

Se declara abierta la sesión a las 10.10 horas .

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES (tema 4 del programa) ( continuación )

Informe inicial de Mozambique (CRC/C/41/Add.11; CRC/C/Q/MOZ/1; respuestas presentadas por escrito del Gobierno de Mozambique a las preguntas de la lista de cuestiones (documento sin signatura distribuido en la sala de reuniones únicamente en inglés))

1. Por invitación del Presidente, los miembros de la delegación de Mozambique toman asiento a la mesa del Comité .

2. El Sr. de CASTRO (Mozambique) presenta el informe y dice que hay varios factores que son responsables de las elevadas tasas de pobreza de Mozambique: el limitado desarrollo económico, el analfabetismo, 30 años de guerra, la deuda externa y los periódicos desastres naturales. Desde la independencia del país los sucesivos Gobiernos han concedido prioridad al bienestar de los niños, dado que más de la mitad de la población es menor de 18 años. Como consecuencia de ese compromiso se aprobó, en 1979, la Declaración de los Derechos del Niño Mozambiqueño, y se ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño y la Carta Africana sobre los Derechos y el Bienestar del Niño. Se están realizando preparativos para ratificar el Convenio de la OIT Nº 182 sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación, de 1999, así como los dos Protocolos Facultativos a la Convención sobre los Derechos del Niño. La elaboración del informe inicial ha sido un trabajo colectivo realizado conjuntamente por organismos del Gobierno, asociaciones de la sociedad civil y particulares, que ha servido para evaluar la situación de los derechos del niño en los niveles central, provincial y de distrito.

3. Para facilitar la aplicación de la Convención no sólo se han elaborado nuevas políticas sino que se han establecido nuevas instituciones, como el Ministerio de la Mujer y de Coordinación de la Acción Social. Los esfuerzos por divulgar la Convención han consistido en campañas informativas, desarrollo de medios para los funcionarios públicos y debates en las escuelas y en las agrupaciones comunitarias. Como consecuencia de la importancia que se concede al derecho del niño a expresar su opinión, se celebró en 2001 la primera reunión del parlamento de los niños. En el contexto del Movimiento Mundial en favor de la infancia y de la campaña "Di sí a los niños", se ha pedido a los niños que indiquen cuáles son sus prioridades para el futuro. Las tres prioridades más principales que han indicado son los esfuerzos para luchar contra el VIH/SIDA, el bienestar y la educación de los niños.

4. Teniendo presente que más del 60% de la población vive en una absoluta pobreza, el Gobierno ha tratado de elevar el nivel de vida estableciendo programas especiales, como los relativos al abastecimiento de agua en las zonas rurales, la prestación de servicios de salud de bajo costo y el desarrollo agrícola. También se ha aprobado un plan nacional para la reducción de la extrema pobreza. Varios programas de salud, entre ellos el Programa Ampliado de Vacunación y el Programa de Salud Maternoinfantil tienen como fin principal ayudar a los niños. En materia de educación, los esfuerzos por dar un nuevo impulso al sistema se han centrado en la puesta a disposición de aulas adicionales, la reeducación de los maestros, el suministro de libros a los niños más pobres, el mejoramiento de la enseñanza primaria y la promoción de la educación destinada a las niñas.

5. Desde que finalizó la guerra, en 1992, 4,5 millones de personas internamente desplazadas y 1,7 millones de refugiados han regresado a sus comunidades. Mediante un programa de reunificación familiar se ha logrado ayudar a 16.000 huérfanos o niños abandonados a regresar a su entorno familiar. Mozambique ha sido incluso un país de acogida para los refugiados de otras zonas afectadas por la guerra, como Angola, Burundi y los países de la región de los Grandes Lagos.

6. El Gobierno ha realizado recientemente un estudio sobre las causas y los efectos del trabajo infantil, con miras a redactar una estrategia para la eliminación de sus peores formas. También se están realizando esfuerzos para proporcionar una rehabilitación y atención a las víctimas de la explotación sexual. Pese a los progresos realizados en los últimos años para aplicar la Convención, la situación todavía deja mucho que desear. En el contexto de los esfuerzos por reducir la pobreza, es necesario realizar más actividades para proporcionar a los niños los servicios sociales básicos necesarios para su desarrollo.

7. El PRESIDENTE dice que el regreso de los desplazados internos y de los refugiados en los años que siguieron al final de la guerra ha sido una operación que se ha desarrollado con gran éxito. Elogia al Gobierno de Mozambique por su contribución a este esfuerzo. También merece elogios la reconstrucción del sistema de educación después de la guerra. Mozambique ha realizado progresos sustanciales en la reapertura de escuelas, el 60% de las cuales estaban destruidas o cerradas en 1992, y en la inversión de la tendencia al aumento del analfabetismo. El producto interno bruto ha aumentado en un 7,5% desde el final de la guerra, debido, en parte, a la considerable asistencia internacional, que ha incluido el alivio de la deuda.

8. Sin embargo, Mozambique sigue siendo uno de los países más pobres del mundo, y ocupa el lugar 168 en el índice de desarrollo internacional. Como un 75% de la población vive en la pobreza, alrededor de un millón de ciudadanos mozambiqueños han emigrado a Sudáfrica en busca de trabajo. Pero al reducirse las oportunidades de empleo en ese país, el sustento de esos trabajadores también puede verse amenazado en breve plazo. Otras causas de preocupación han sido las graves inundaciones y los desórdenes políticos del año 2000, que fueron acompañados de un descenso de los resultados obtenidos en la esfera de los derechos humanos. El problema más grave que amenaza a los mozambiqueños es la extensión de la epidemia de VIH/SIDA. El 14,5% de la población adulta ya está infectada, casi 250.000 niños han perdido a sus padres a causa de esta enfermedad, y se teme que esta cifra aumente a un millón en el año 2005. Se cree que el promedio de esperanza de vida descenderá a 36 años en el año 2010.

9. En la preparación del informe inicial se han invertido ocho meses, y en este trabajo han colaborado numerosas organizaciones no gubernamentales y comités multidisciplinarios en 11 provincias, así como los ministros competentes. Ha sido una excelente ilustración de cómo el proceso de preparación de informes puede convertirse en un valioso ejercicio de aprendizaje para todas las personas que participan en él. El Presidente agradece también la detallada información y la sinceridad del informe.

10. Respecto de las medidas generales de aplicación y la definición del niño, pide más detalles sobre el contenido del proyecto de ley de la familia que ha sido sometido recientemente al Parlamento. En el contexto del proceso de revisión de la legislación, agradecería que se le diera información sobre el plazo propuesto para la aplicación de las nuevas leyes. La estrategia global del Gobierno para la aplicación de la Convención se redactó en 1993 como Plan Nacional de Acción para la Infancia, y de nuevo en 1998 como Estrategia de la Acción Social para la Infancia. ¿Cómo sirve la Estrategia de la Acción Social para la Infancia para mejorar los programas de educación que se centran en la Convención? Desearía que la delegación facilitara el título exacto de los ministerios designados de diversos modos que tratan de las cuestiones de la mujer y de la acción social, y que diga si entre sus actividades figura la evaluación. Si ello es así, desearía saber lo que ya se ha hecho o planificado. Elogia asimismo la creación de un órgano independiente para vigilar la aplicación de la Convención y recibir denuncias.

11. La Sra. CHUTIKUL felicita a la delegación por su excelente informe y sus respuestas transmitidas por escrito, y por el hecho de que en su preparación hayan participado con éxito organizaciones no gubernamentales y organismos de las Naciones Unidas. Pero desea saber qué papel han desempeñado los niños y los medios de información en su preparación. ¿Se han incorporado las opiniones del Parlamento de los Niños? Sería interesante saber si existen planes para crear un órgano específico de vigilancia que trabaje junto con el Ministerio de Acción Social anteriormente mencionado.

12. Después de que en 1994 se interrumpiera el Plan Nacional de Acción ¿se ha realizado algún intento por formular un plan para aplicar las recomendaciones de la Cumbre Mundial en Favor de la Infancia de 1990? Si bien aplaude la existencia de planes nacionales para el abastecimiento de agua en las zonas rurales y para combatir el VIH/SIDA, se pregunta si existe un plan nacional destinado exclusivamente a los niños.

13. Pide detalles del plan de acción descrito en el párrafo 26 del informe, que difiere algo de la idea que se tiene habitualmente de los planes nacionales para la infancia. Pregunta también si existe algún órgano que coordine los datos desagregados para utilizarlos en la planificación de la política.

14. La Sra. AL-THANI dice que aunque es consciente de la extrema pobreza que existe en Mozambique y de los efectos negativos de la guerra civil y los desastres naturales, le preocupa que actualmente se gaste en servicios sociales menos del 40% del presupuesto requerido a tal efecto. ¿Podría facilitar la delegación las cifras reales de ese gasto?

15. ¿Está en lo cierto al pensar que sólo algunas partes de la Convención se han traducido y divulgado? ¿Cómo se da a conocer realmente la Convención a través de los medios? Aunque el alistamiento de los niños en el ejército pertenece al pasado, desearía saber cuál es la edad mínima para el alistamiento voluntario. La edad para contraer matrimonio -16 años para los chicos y 14 para las chicas- no sólo es demasiado baja sino también discriminatoria. ¿No podrían armonizarse y elevarse a 18 años?

16. El Sr. AL-SHEDDI pregunta si existe un órgano que coordine las medidas adoptadas por los ministros y otras instituciones en favor de la infancia y, en caso afirmativo, cuál es su estructura y qué proyectos ha ejecutado. Tampoco ha hallado ninguna referencia a un órgano de vigilancia independiente. ¿Qué plan nacional de acción existe para la infancia y cómo se ejecuta? También desearía saber qué artículos de la Convención se han divulgado y en qué se ha basado su selección. Por último, sabiendo que no existe ninguna ley que prohíba la discriminación contra los niños, desearía que le aclararan si ello se debe a que esa ley no se considera necesaria o a que las autoridades tienen dificultad para promulgarla.

17. La Sra. SARDENBERG se asocia a los colegas que han elogiado el completo e ilustrativo informe de Mozambique, y expresa su satisfacción por el paso de la guerra a la paz, y sobre todo a los derechos humanos y a los derechos de los niños en particular.

18. El Gobierno ha realizado valientes esfuerzos teniendo como fondo una situación de pobreza, y ha celebrado en 1999 elecciones libres y justas que han sentado las bases para la democratización del país y la aplicación de la Convención. Habida cuenta de que Mozambique no ha presentado informes sobre instrumentos de derechos humanos, confía en que su informe inicial al Comité sea el primero de una serie de informes a los demás órganos creados en virtud de tratados. Insta al Gobierno a que exprese su compromiso con los derechos humanos ratificando el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y de esa forma complete su ratificación de todos los instrumentos pertinentes.

19. Acoge satisfecha el hecho de que hasta el año 2001 se hayan recogido 25.000 armas para ser destruidas, y pregunta qué planes hay para la segunda fase. Dada la importancia que tiene la remoción de minas, pregunta qué efectos han causado las inundaciones y otros desastres naturales en el proceso de desminado que sean importantes para la protección de los niños. Alienta a las autoridades a proseguir con las medidas descritas en el párrafo 13 del informe, que dan fe del firme compromiso del Gobierno y de la implicación en las mismas de la sociedad civil y resume ampliamente los principios en los que se basa la Convención.

20. Pregunta cuál es la función exacta de la Declaración de los Derechos del Niño Mozambiqueño y si se divulga en el país. Dado que en la preparación del informe inicial han participado algunos comités, pregunta si existen también planes para descentralizar la aplicación de las actividades planificadas. Desearía saber, asimismo, cómo es la acción social en favor de la mujer que se lleva a cabo a través del Ministerio de la Mujer y de la Coordinación de la Acción Social.

21. La Sra. TIGERSTEDT-TÄHTELÄ dice que está impresionada por la calidad del informe, que es analítico, progresista y sincero. Aunque ha habido un alto grado de cooperación, no está totalmente claro cómo cooperan las autoridades con la sociedad civil. Pregunta si lo hacen a través de un contrato, si facilitan fondos presupuestarios, cómo se vigila esa cooperación y si el sector privado está sujeto a las mismas normas que el sector público. También desearía saber si se da a las autoridades locales y a las organizaciones no gubernamentales información sobre la realización de sus servicios.

22. Dada la gran lentitud de la administración, pregunta cuáles son sus planes, si los hubiere, para la descentralización de la administración general, además de los relativos a la educación, como se menciona en el informe. Muchos países consideran que el ajuste estructural es un impedimento para el ejercicio de los derechos. ¿Qué consecuencias ha tenido el largo proceso de ajuste estructural de Mozambique sobre los niños?

23. La Sra. OUEDRAOGO dice que, al parecer, aunque las convenciones internacionales se incluyen automáticamente en la legislación interna, esta última tiene algunas veces prioridad. ¿Qué lugar ocupan realmente las convenciones internacionales en la legislación interna? La revisión de la legislación del país podría incluir la redacción de un código de los derechos del niño, un instrumento único que contenga todas las disposiciones sobre la infancia. Desearía saber si las autoridades utilizan las estructuras tradicionales y religiosas de la sociedad para aplicar la Convención. Otros países han afirmado que esto facilita la aceptación de la Convención, en particular por lo que respecta al niño como sujeto del derecho. ¿Se da difusión a la Convención con objeto de recoger los comentarios del público, incluidos los niños?

24. El Sr. CITARELLA expresa su aprecio por el informe inicial, que es completo y sincero. Pregunta si existe algún programa especial para frenar la infección por el VIH/SIDA, en particular entre los niños. Respecto del lugar que ocupa la Convención en el sistema constitucional del país, pregunta si la legislación interna promulgada antes y después de la ratificación de la Convención tiene prioridad sobre ésta. Desearía saber los efectos de la Convención en el derecho consuetudinario y qué medidas está adoptando el Gobierno para armonizar éste último con la legislación oficial.

25. Respecto de la definición del niño, la edad de 21 años fijada como el final de la niñez es bastante elevada comparada con la de otros países, y es probablemente un vestigio del período colonial portugués. Con todo, aun cuando en el párrafo 56 del informe se dice que la edad mínima de responsabilidad penal son los 16 años, algunas veces parece que la edad desciende hasta los 10 años o asciende hasta los 21. ¿Puede explicarlo la delegación?

26. La Sra. KARP pregunta quién decide qué ley es más favorable para el niño, en cuyo caso, prevalece, como se afirma en las respuestas escritas. Desea saber también si eso es una mera práctica o se invoca el derecho consuetudinario. Pregunta si en la revisión de la legislación existente el Gobierno ha considerado la posibilidad de establecer un código de la infancia que refleje todos los derechos de los niños, incluidos los principios de la Convención, que no parecen estar reflejados en la legislación.

27. Le intriga el concepto básico que se tiene de los derechos de los niños en el país, cuya Declaración de los Derechos del Niño Mozambiqueño de 1979 es anterior a la Convención. Desea saber qué extraño rasgo cultural llevó a su formulación, cómo se refleja en los programas y políticas el criterio basado en los derechos y en qué se diferencia de un criterio de bienestar social aplicable a los niños. Respecto de las actitudes cultural y pública, la oradora dice que ha leído con interés lo que se dice del enfoque multicultural del Plan Estratégico Nacional contra el SIDA del país, que también abarca la salud reproductiva, la sexualidad y el comportamiento social positivo e incluso los preservativos. ¿Cómo funciona esto en una sociedad islámica y qué eficacia ha tenido?

28. Por último, en un país con una tasa tan elevada de analfabetismo ¿cómo se divulga la cuestión de los derechos de los niños al bienestar social de una forma que pueda ser comprendida por las personas analfabetas?

Se suspende la sesión a las 11.35 horas y se reanuda a las 11.50 horas .

29. El Sr. PESSANE (Mozambique) dice que la Secretaría de Estado para la Acción Social fue creada en 1990. Sustituyó a la Dirección Nacional de Acción Social dependiente del Ministerio de Salud, que hasta entonces había sido responsable de la prestación de la asistencia social. Entre sus objetivos figuraba el de promover el bienestar de los niños. El crecimiento de los servicios sociales en Mozambique ha exigido la transformación de la Secretaría de Estado en un Ministerio de Coordinación de la Acción Social (MICAS), y se decidió que se daría prioridad a la familia, a las mujeres y a los niños, a los discapacitados y a las personas de edad. El MICAS ha cambiado recientemente su nombre por el de Ministerio de la Mujer y de Coordinación de la Acción Social (MMCAS), para indicar la importancia cada vez mayor que se atribuye a la función que desempeña la mujer en la sociedad, en particular en la educación de los niños y la orientación de las familias.

30. En relación con la cuestión de la coordinación entre los órganos gubernamentales, el Estado Parte reconoce que una organización sola no puede ocuparse de la multitud de problemas con que actualmente se enfrenta Mozambique. Los ministros y los sectores sociales realizan esfuerzos conjuntos para promover los derechos del niño, de la mujer y de los grupos vulnerables. Pero es necesario coordinar la acción de cada institución. El Gobierno se esfuerza por descentralizar el sistema de asistencia social; es importante que las medidas adoptadas por el Gobierno central se dejen sentir al nivel de la comunidad. El Gobierno cuenta con el apoyo de las ONG, las organizaciones civiles y las asociaciones religiosas; estas últimas desempeñan un papel particularmente importante en la labor que se realiza para promover los derechos de los niños. Hace hincapié en que cada institución es responsable de su propio presupuesto. La función del Ministerio de la Mujer y de Coordinación de la Acción Social tiene que vigilar las actividades de cada organización para lograr que se tome en consideración el interés superior de los grupos vulnerables.

31. La Sra. SALES (Mozambique) dice que la Convención se halla disponible en portugués y que algunos artículos han sido traducidos a otras lenguas nacionales. En Mozambique existe una gran variedad de lenguas y dialectos nacionales, razón por la cual la tarea de traducir la Convención a todas las lenguas nacionales es un proceso lento. El Gobierno está traduciendo la Convención por etapas, empezando por sus principios generales y por la parte que trata de los niños en situaciones de emergencia. El Gobierno cuenta con el apoyo de la sociedad civil, de las ONG y de las iglesias para dar a conocer la Convención. Los medios informativos son una herramienta importante para divulgar la información sobre los derechos del niño; la radio nacional, por ejemplo, transmite información sobre la Convención en idioma portugués y en otras lenguas nacionales. Se han publicado también folletos, algunos de los cuales van dirigidos especialmente a los niños. También se ha preparado un vídeo sobre los derechos del niño en una lengua local para ser utilizado en las escuelas con objeto de lograr una mayor difusión de la Convención. También se están realizando esfuerzos para resolver cuestiones basadas en las creencias religiosas y tradicionales que son contrarias a las disposiciones de la Convención.

32. La Sra. PINTO (Mozambique), respondiendo a una pregunta sobre la definición del niño, dice que en Mozambique la edad legal de la mayoría son los 21 años. Con arreglo al Código Civil la ley considera que a esa edad un individuo ha adquirido plena capacidad para ejercer sus derechos y es responsable de su propia persona. Pero a tenor del Código Penal, la responsabilidad penal se adquiere a la edad de 16 años. La ley establece que los menores de edades comprendidas entre 16 y 21 años tienen una responsabilidad limitada, razón por la cual están protegidos contra la aplicación de sentencias de prisión prolongadas. Los menores recluidos tienen que estar separados de los adultos. El Gobierno tiene la intención de crear reformatorios para esos niños. Por desgracia el país no cuenta actualmente con ninguna institución o autoridad que se ocupe exclusivamente del cuidado de los niños menores de 16 años culpables de delitos con arreglo al Código Penal. Al no existir ese tipo de medidas, la práctica actual en relación con los niños menores de 16 años que han infringido la ley se limita a amonestaciones y reprimendas. Los niños son puestos en libertad y devueltos a sus familias.

33. Por lo que respecta al ejercicio de los derechos políticos, la Constitución otorga capacidad electoral a los ciudadanos mayores de 18 años, que pueden votar o ser elegidos, excepto aquellos que han sido privados legalmente de ese derecho. Con arreglo al Código del Trabajo, la capacidad legal para trabajar se adquiere a la edad de 15 años. Pero existen excepciones especiales que permiten a los jóvenes de entre 12 y 15 años trabajar de forma eventual. Las personas mentalmente retrasadas están consideradas niños y no adquieren ninguna responsabilidad, cualquiera que sea su edad.

34. El PRESIDENTE dice que sigue sin estar clara la cuestión de la edad mínima para la responsabilidad penal. Por ejemplo, ¿puede un niño de ocho años, ser detenido y recibir una amonestación antes de ser devuelto a su familia? ¿Puede ser procesado un niño menor de 16 años que es culpable de un delito grave o que ha infringido repetidas veces la ley?

35. La Sra. KARP está de acuerdo en que debería facilitarse más información sobre la administración de la justicia juvenil para niños menores de 16 años. Puesto que no existen instituciones o autoridades dedicadas a cuidar a los niños ¿cómo reaccionan las autoridades cuando los niños cometen delitos graves?

36. La Sra. PINTO (Mozambique) dice que la edad mínima para la responsabilidad penal son los 16 años. Como no existen reformatorios las autoridades no pueden hacer otra cosa que amonestar. Con todo, si se considera que un niño menor de 16 años representa una amenaza real para la sociedad o pone su propia vida en peligro, como sucede algunas veces con los niños de la calle, pueden adoptarse medidas para detener al niño durante cierto tiempo hasta que pueda reintegrarse en la sociedad.

37. Aunque en Mozambique los instrumentos jurídicos internacionales y el derecho consuetudinario forman parte de su ordenamiento jurídico, en casos de incompatibilidad prevalece la legislación interna. Sin embargo, como existe en el país una gran variedad de modelos culturales es muy difícil para el Gobierno adoptar una postura excesivamente rígida. El objetivo siempre es tomar en consideración el interés superior del niño.

38. Respondiendo a una pregunta acerca de la edad mínima para contraer matrimonio, dice que en Mozambique los chicos se pueden casar a los 16 años y las chicas a los 14; dicho de otra forma, la legislación nacional no se ajusta a la Convención. Es cierto que la legislación actual sobre el matrimonio establece una discriminación contra las chicas, a las que se permite contraer matrimonio a una edad más temprana, porque el entorno tradicional y religioso influye en la definición de la edad mínima para el matrimonio. La diferencia de edad entre chicos y chicas se debe a que éstas alcanzan la pubertad antes que los chicos y, por término medio, la mujer tiene su primera experiencia sexual dos años y medio antes que el hombre. En el marco de la actual reforma de la Ley de la familia y la herencia, se hace una recomendación para que la edad para contraer matrimonio en ambos sexos sean los 18 años, y se indica que el Gobierno está adoptando medidas para adaptar la legislación nacional a las normas internacionales. La oradora cree que eso va a ser muy difícil de aplicar.

39. Respondiendo a una pregunta sobre el conjunto de leyes que se refieren a los menores, dice que en 1994 el Ministerio de Coordinación de la Acción Social inició un estudio preliminar de las leyes anteriores y posteriores a la independencia, las normas jurídicas y los decretos referentes a los menores con objeto de identificar y compilar los textos legislativos que necesitaban ser redactados de nuevo para ajustarlos al espíritu de la Convención. El proyecto se interrumpió poco después de iniciarse por falta de fondos y se reanudó a comienzos de 1998 con la asistencia del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y de la Organización Mundial de la Salud (OMS). En Mozambique, antes de ratificar un instrumento jurídico internacional como la Convención, diversas instituciones nacionales y otros sectores pertinentes llevan a cabo un estudio para asegurarse de que no existe ninguna incompatibilidad mayor entre el ordenamiento jurídico del país y los preceptos del instrumento internacional. Se han creado brigadas nacionales para difundir información acerca de los instrumentos jurídicos internacionales y otras cuestiones, como la importancia de inscribir a los niños en el registro de nacimientos y de administrarles vacunas. Con todo, se tropezó con algunas dificultades a causa del gran número de lenguas diferentes que se hablan en todo el país y del analfabetismo.

40. El Sr. de CASTRO (Mozambique) dice que el Gobierno ha recabado la contribución de todos los ministerios pertinentes para preparar el informe del país. El Ministerio de la Mujer y de Coordinación de la Acción Social ha proporcionado el marco y los distintos ministerios se han encargado de idear sus propios programas y estrategias teniendo en cuenta la obligación de prestar la debida atención a los derechos del niño. Todas las organizaciones no gubernamentales que trabajan en la esfera de los derechos de los niños reciben orientación del Ministerio, que coordina la aplicación con las ONG. La sociedad civil desempeña un papel de primer orden en el esfuerzo por garantizar el bienestar del niño. En su Plan Nacional para la Reducción de la Extrema Pobreza Mozambique se ha fijado el objetivo de reducir los niveles de pobreza. Se presta especial asistencia a los niños que no tienen nadie a quien recurrir. Las prioridades especiales establecidas para mejorar la educación, la atención sanitaria, la agricultura, el agua potable y la educación primaria y secundaria tienen un efecto social y medioambiental. El Plan Nacional, que tiene también un componente de desarrollo rural, ayudará a resolver muchos de los problemas con que se enfrenta la asistencia a los niños. La mayoría de la población es analfabeta y muy pocas personas pueden leer la legislación; por ello las campañas de información se llevan a cabo oralmente. El Gobierno envía expertos a las provincias para solicitar su apoyo con miras a la adopción de la legislación relativa a las convenciones internacionales. Las organizaciones comunitarias, las familias y las autoridades locales participan en estas discusiones. Se celebran debates en la televisión y en la radio y programas semanales para divulgar informaciones sobre las convenciones, para que la sociedad civil pueda participar en el proceso de adopción de decisiones. Se necesitan más recursos para actividades de capacitación sobre esta materia. Con la ayuda de la comunidad internacional Mozambique tuvo una iniciativa para la cancelación de su deuda; los recursos así liberados se utilizan en la atención sanitaria y la educación. Es evidente que existe un problema de recursos, y Mozambique cuenta en gran medida con sus asociados internacionales, como el UNICEF y el Save the Children Fund.

41. El PRESIDENTE , volviendo a las cuestiones de los principios generales, los derechos cívicos y las libertades, y al entorno familiar, alude al párrafo 89 del informe del país, en el que se reconoce que no existe una aceptación uniforme o sistemática de la importancia del concepto del interés superior del niño. ¿Se ha hecho algo o se está planeando algo para remediar esta situación? ¿Quién decide cuándo es apropiado escuchar las opiniones del niño? ¿Depende esa decisión del juez? ¿Es la edad del niño un factor?

42. El informe cita una práctica preocupante que se sigue en una institución de atención a la infancia en una aldea SOS (párrs. 131 y 132): a los niños admitidos en la aldea se les considera como "adoptados" y se les cambian los nombres. Al Comité le preocupan las consecuencias que pueda tener tal práctica en la identidad de los niños y el hecho de que esta institución sea contraria a los contactos entre los niños y sus familias a fin de preservar la nueva personalidad.

43. Desearía tener más detalles sobre la suspensión de los derechos parentales (párrs. 205 y 206). Si un padre abusa de un niño ¿quién tiene la obligación de informar al respecto? ¿Quién pone el caso en conocimiento de las autoridades y quién lo lleva ante los tribunales? ¿Existen en Mozambique asistentes sociales y servicios de protección del niño?

44. La Sra. OUEDRAOGO dice que le complace saber que Mozambique tiene la intención de hacer que la edad de la mayoría sea la misma para chicos y chicas, y lo alienta a que refuerce su campaña de información para lograr un cambio en las actitudes de la población a este respecto.

45. Tomando en consideración el proceso Beijing + 5, pregunta si se han realizado progresos para garantizar la protección jurídica de los derechos de la mujer, en particular el derecho a heredar y a poseer propiedades.

46. Volviendo al derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo, dice que se siente preocupada por la elevada tasa de mortalidad existente a causa de los abortos clandestinos. ¿Cómo se disuade a las adolescentes de abortar?

47. El informe muestra que se han realizado algunos esfuerzos para lograr que se tengan en cuenta en la familia las opiniones del niño. ¿Qué políticas se siguen para que la población tome más conciencia de este derecho?

48. Pregunta acerca de la violencia contra y entre los niños. ¿Se ha establecido algún programa en el contexto de las iniciativas de la SADEC para combatir este fenómeno?

49. Desearía saber cómo promueve Mozambique la inscripción en el registro de los nacimientos. Habida cuenta de la elevada tasa de analfabetismo que existe ¿qué políticas se prevén para alertar a la población de la importancia de registrar a los niños para garantizar sus derechos como ciudadanos?

50. El PRESIDENTE pregunta si el Gobierno tiene la intención de aprobar las peticiones a las que se hace referencia en el informe para que amplíe el plazo de registro de los nacimientos de 30 a 90 días.

51. La Sra. CHUTIKUL pregunta si se ha elaborado un plan nacional de acción para el adelanto de la mujer como consecuencia de la Conferencia Mundial sobre la Mujer de Beijing. ¿Existe una estrategia global que abarque no sólo la educación de las niñas sino su condición jurídica en general? ¿Qué éxito ha tenido el programa de Mozambique para la educación de las niñas, y qué se está haciendo por incrementar los esfuerzos para eliminar la discriminación basada en el sexo?

52. El Sr. CITARELLA , volviendo a la cuestión de la responsabilidad penal, señala que el párrafo 550 del informe dice que ninguna persona menor de 16 años puede estar sujeta a responsabilidad penal, mientras que el párrafo 551 dice que a los menores de edades comprendidas entre 10 y 14 años que hayan actuado sin saber lo que hacían no se les puede considerar penalmente responsables y que, con arreglo al párrafo 552, si el delincuente tenía menos de 18 años en el momento de cometer el delito, no puede en ningún caso recibir un castigo mayor que una pena de prisión de dos a ocho años. Agradecería que se le diera una explicación sobre esas edades diferentes que figuran en la legislación penal de Mozambique.

53. La falta de datos estadísticos acentúa el problema del registro de nacimientos, porque es imposible saber qué porcentaje de niños han sido inscritos. En Mozambique la institución de la familia tropieza actualmente con graves dificultades. En el informe se reconoce que los padres no cumplen su obligación de orientar a los menores que están bajo su responsabilidad. Al parecer, muchos niños abandonan sus familias para evitar los malos tratos. La libertad de una joven para contraer matrimonio sigue condicionada por la persistencia del dominio que ejercen en la familia los hombres, cuyos derechos son mucho más amplios que los de las mujeres.

54. La Sra. TIGERSTEDT-TÄHTELÄ dice que no cree que sea difícil introducir una legislación que garantice la igualdad de trato. Mozambique ha hablado de "salvaguardar los intereses de los menores"; insta a este país a que introduzca la noción de "el interés superior del niño".

55. La Sra. AL-THANI señala a la atención el problema de la discriminación contra los niños discapacitados. Le preocupan también la protección especial y las instituciones, que constituyen un grave problema en Mozambique. Hay muchos huérfanos que necesitan una protección especial. Pide detalles sobre cómo se vigila a un huérfano en una familia ampliada, en una familia sustitutiva y en una institución, y si se establecerán normas para las instituciones del Estado, que Mozambique reconoce que no reúnen las condiciones necesarias, están escasamente financiadas y faltas de personal.

56. El PRESIDENTE , refiriéndose al párrafo 152 del informe, pregunta si Mozambique tiene algún plan para proteger la intimidad de los niños en esos establecimientos.

57. El Sr. AL-SHEDI afirma que ha leído un informe que dice que en la televisión y en la prensa se muestran imágenes de niños sospechosos de haber cometido un delito, y pregunta si eso es legal. Si no lo es, ¿qué piensa hacer Mozambique para poner fin a esa práctica?

58. La Sra. SARDENBERG desea que se le facilite información sobre el programa de desminado y el programa para la recogida de armas. También desearía saber cuál es la participación de las asociaciones religiosas en la aplicación de la Convención.

59. ¿Considerará el Gobierno la posibilidad de condonar la multa a aquéllos que han registrado tarde el nacimiento de niños en las zonas rurales? Respecto de la edad mínima de la responsabilidad penal, pregunta cuáles son las instalaciones donde se mantiene detenido a los niños menores de 16 años. ¿De qué personal están dotadas esas instalaciones?

60. Pregunta si existe un programa que garantice la aplicación de la ley consuetudinaria de una forma compatible con la Convención, y si existe algún programa para cambiar las actitudes discriminatorias hacia los niños con discapacidades y promover su incorporación a la sociedad.

61. La Sra. KARP desea saber cuál es el procedimiento mediante el cual los niños pueden presentar denuncias contra sus maestros o sus padres o por la violación de sus derechos. ¿Es cierto que existe un teléfono para llamadas de urgencia, pero que no es gratuito?

62. ¿Dónde son llevados los niños menores de 16 años cuando son peligrosos para ellos mismos o para los demás, y quién decide que se adopte esa medida? Debería haber un sistema para ocuparse de los niños que representan un peligro y de los delincuentes juveniles. El informe hacía referencia a muchos casos de niños pequeños que habían sido detenidos durante mucho tiempo antes de que se determinara su edad. ¿No hay ninguna forma de determinar la edad del niño antes de recluirlo?

Se levanta la sesión a las 13.10 horas .