CRCConvención sobre los Derechos del Niño

Distr. GENERAL

CRC/C/SR.765 10 de junio de 2004

ESPAÑOL Original: INGLÉS

COMITÉ DE LOS DERECHOS DEL NIÑO

29º período de sesiones

ACTA RESUMIDA DE LA 765ª SESIÓN

celebrada en el Palais Wilson, Ginebra,el jueves 24 de enero de 2002, a las 10.00 horas

Presidente : Sr. DOEK

SUMARIO

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES ( continuación )

Informe inicial de Malawi

__________________

La presente acta podrá ser objeto de correcciones.

Las correcciones deberán redactarse en uno de los idiomas de trabajo. Deberán presentarse en forma de memorando, incorporarse en un ejemplar del acta y enviarse, dentro del plazo de una semana a partir de la fecha del presente documento , a la Sección de Edición de los Documentos Oficiales, oficina E.4108, Palacio de las Naciones, Ginebra.

Las correcciones que se introduzcan en las actas de las sesiones públicas del Comité se reunirán en un documento único que se publicará poco después del período de sesiones.

GE.02-40191 (EXT)

Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas .

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES (tema 4 del programa) ( continuación )

Informe inicial de Malawi (CRC/C/8/Add.43; CRC/C/Q/MALA/1; respuestas por escrito del Gobierno de Malawi a las preguntas formuladas en la lista de cuestiones (documento sin signatura distribuido en la sesión en inglés únicamente))

1. Por invitación del Presidente, los miembros de la delegación de Malawi toman asiento como participantes a la mesa del Comité .

2. La Sra. DAFTER (Malawi), que introduce el informe inicial de Malawi (CRC/C/8/Add.43), dice que desde la ratificación de la Convención en 1991 Malawi ha hecho progresos significativos en el ámbito de los derechos del niño. Tras la transición en 1994 de un régimen político de partido único a un sistema de gobierno multipartido, Malawi ha emprendido varias reformas de gobierno encaminadas a garantizar que todos los ciudadanos puedan disfrutar de las libertades establecidas por la Constitución. La Constitución prevé específicamente algunos derechos y la protección del niño en la Carta de Derechos, que afirma que “todos los niños, independientemente de las circunstancias de su nacimiento, tienen derecho a un trato igual ante la ley”.

3. Además de ofrecer educación primaria gratuita, el Gobierno ha adoptado medidas para abordar los problemas recurrentes que afectan a los niños en la escuela. El acceso a la educación básica ha ido ocupando un papel central en las estrategias de reducción de la pobreza a medida que aumentaba progresivamente la financiación de las escuelas primarias en todo el país. El Gobierno intenta ahora resolver el problema de la disparidad entre niños y niñas en lo referente al acceso a la educación.

4. Se ha hecho mayor hincapié en el suministro de servicios primarios y preventivos de atención de la salud en un intento por abordar las cuestiones de la morbilidad y la mortinatalidad, la mortalidad infantil y la mortalidad materna. Según el Programa Nacional de Salud para el período comprendido entre 1999 y 2004 se han introducido una serie de medidas, incluido un programa para extender la inmunización con la doble finalidad de prevenir la transmisión del VIH/SIDA de la madre al hijo y controlar las enfermedades de la primera infancia, por una parte, y proporcionar servicios de salud y de asesoramiento voluntario a los jóvenes. En Malawi hay una enorme incidencia del VIH/SIDA, lo cual tiene un efecto negativo en los programas del Gobierno, puesto que se tienen que destinar recursos extraordinarios para ayudar a los niños huérfanos por causa del SIDA, que representan hasta dos millones.

5. Mediante los programas de acogida y adopción el Gobierno continúa proporcionando atención a los niños privados de un entorno familiar. Asimismo se han concebido programas para ayudar a los niños que han infringido la ley. Se ha creado un programa piloto para niños que han cometido algún delito, que se centra en soluciones orientadas a la comunidad en lugar de en sentencias privativas de libertad. Los funcionarios del Gobierno hacen frecuentes visitas a las prisiones para supervisar el bienestar de los niños de corta edad que viven en ellas con sus madres, y actualmente estos niños reciben vacunas y alimentos suplementarios como parte de la política oficial de atención de la salud. Se están llevando a cabo esfuerzos para separar a los menores de los reclusos adultos.

6. Para proteger a los niños de los malos tratos el Gobierno ha creado un grupo de tareas nacional para examinar todas las cuestiones relacionadas con el trabajo infantil, que está muy extendido en Malawi, en especial en el sector agrícola. Toda la nueva legislación para regular el trabajo infantil ha sido refrendada por el Parlamento. Asimismo se han adoptado varias iniciativas para abordar la cuestión de la explotación sexual de niños con fines comerciales, incluida la trata de niños.

7. Reconociendo que el desarrollo precoz de los niños es crucial para el desarrollo del capital humano de Malawi, el Gobierno ha emprendido una amplia serie de programas para promover el desarrollo infantil. Éstos incluyen un proyecto para el tratamiento de las enfermedades de la primera infancia y el Programa comunitario de servicios de puericultura, que dan prioridad a los niños de las zonas rurales. La mayoría de las actividades mencionadas fueron llevadas a cabo como parte del Programa Nacional de Acción para la Supervivencia, el Crecimiento y el Desarrollo del Niño, que se adoptó en 1993.

8. Se reconoce que la mayoría de las iniciativas no tendrán éxito de no verse acompañadas de la aprobación de leyes nacionales destinadas a abordar estas cuestiones. Por consiguiente, el Gobierno tiene por objeto lograr que la legislación, la política y la práctica sean conformes con las disposiciones de la Convención.

9. El Sr. CITARELLA constata que desde la adopción de la Constitución del Estado Parte en 1995 se han hecho esfuerzos por incorporar la Convención al derecho interno. Sin embargo, no queda clara todavía la situación en que se encuentra la Convención. No se ha puesto en marcha ningún programa específico en relación con el interés superior del niño.

10. La extrema pobreza del país es obviamente un obstáculo para la aplicación de la legislación en la esfera de la política social. Otro obstáculo lo constituye el hecho de que casi el 90 por ciento de la población vive en zonas rurales donde tradicionalmente se aplican leyes consuetudinarias. Como consecuencia, muchas de las leyes constitucionales adoptadas en 1995 todavía no se han puesto en práctica a nivel regional. La Constitución prevé la creación de tres órganos oficiales independientes para promover los derechos humanos, a saber, la Comisión de Derechos Humanos, la Comisión Jurídica y la Oficina del Defensor del Pueblo. Sin embargo, sin una legislación adecuada, éstos no pueden cumplir sus mandatos.

11. Dos órganos parecen ser responsables de coordinar la aplicación de la Convención: la Dependencia de Promoción de los Derechos del Niño, adjunta a la Comisión de Derechos Humanos, y la División de Asuntos de la Infancia del Ministerio de Promoción de la Mujer, la Juventud y los Servicios Comunitarios; la función de ambos órganos coincide en parte; sin embargo, ninguno de los dos es responsable de adoptar medidas concretas para coordinar la aplicación de la Convención.

12. Otro asunto que merece atención es el carácter discriminatorio de muchas de las disposiciones de la Constitución. Por ejemplo, la Constitución no prevé una definición clara del niño; a efectos de los derechos humanos, ésta define al niño como cualquier persona menor de 16 años; sin embargo, se considera que los niños tienen capacidad penal a la edad de siete años. Además, la ley diferencia entre niños y niñas por lo que respecta a la edad de consentimiento sexual. Las prácticas culturales prevalecen en las zonas rurales, y a menudo son discriminatorias respecto a los niños. Otros grupos que sufren discriminación son los niños refugiados y los niños discapacitados. Resulta desconcertante que con arreglo a la Ley de registro de nacimientos y defunciones la inscripción de los nacimientos en el Registro Civil sea obligatoria únicamente para los niños nacidos de padres que no son de origen africano. Por último, el orador subraya el hecho de que el trabajo infantil es un problema grave.

13. El PRESIDENTE invita a los miembros del Comité a formular preguntas a la delegación sobre las medidas generales de aplicación y la definición del niño.

14. La Sra. OUEDRAOGO dice que el informe y otras fuentes de información puestas a disposición del Comité revelan un enfoque fragmentario de la aplicación de la Convención en Malawi. El Programa Nacional de Acción para la Supervivencia y el Desarrollo del Niño en el decenio de 1990 no tiene en cuenta todas las disposiciones de la Convención.

15. El informe revela que el derecho consuetudinario, que tiene una fuerte influencia en Malawi, no toma necesariamente en consideración los principios de la Convención. Sería interesante saber qué medidas se han tomado para resolver las contradicciones. Por ejemplo, ¿participan los líderes tradicionales en la aplicación de los derechos del niño?

16. El Estado Parte debe proporcionar más información sobre el funcionamiento de la Comisión de Derechos Humanos. ¿De qué recursos económicos y humanos dispone? ¿Cuál es exactamente su función? ¿Está representada a nivel local? Es preciso hacer más aclaraciones acerca de la relación de la Comisión de Derechos Humanos con el Comité Especial sobre los Derechos del Niño a que se refiere el párrafo 27 del informe inicial.

17. Es preciso facilitar información complementaria sobre educación y formación. El informe no menciona qué tipo de formación reciben los profesionales que trabajan con los niños y en su nombre, ni tampoco se indica si la Convención se ha incorporado o no a los planes de estudios escolares. Asimismo es necesario disponer de información adicional sobre la cooperación del Gobierno con las organizaciones no gubernamentales (ONG). La oradora entiende que existe una coalición de organizaciones no gubernamentales que trabajan directamente con el Gobierno. ¿Podría el Estado Parte indicar cómo coordinan éstas sus actividades?

18. La oradora acoge favorablemente el hecho de que el Estado Parte esté tomando medidas para superar las incompatibilidades en sus definiciones legales del niño. La Constitución garantiza a todas las personas el derecho a la educación y estipula que la enseñanza primaria debe tener una duración mínima de cinco años; sin embargo en opinión del Comité, cinco años de educación obligatoria no son suficientes y agravan el problema del trabajo infantil. La Ley sobre el empleo de niños y adolescentes prevé que no haya contratos por escrito para los niños menores de 12 años; a juicio del Comité, la edad fijada es muy baja y contradice el artículo 23 de la Constitución que estipula que los niños menores de 16 años no pueden trabajar.

19. La oradora expresa su preocupación por que si bien la Constitución recomienda los 18 años como la edad para contraer matrimonio para todas las personas, no prohíbe expresamente que un niño se case. Las prácticas culturales predominantes en las zonas rurales implican que, durante los ritos de iniciación, se prepara para un posible matrimonio incluso a niñas de apenas 10 años. Es imprescindible que se proporcione a las niñas una mayor protección.

20. La Sra. CHUTIKUL se congratula de que las organizaciones no gubernamentales hayan participado activamente en la preparación del informe inicial. Encomia asimismo al Estado Parte por haber creado un órgano de coordinación para las organizaciones no gubernamentales a nivel nacional. La oradora desearía conocer más acerca de la función de la Dependencia de Promoción de los Derechos del Niño, que fue creada en 1999 dentro de la Comisión de Derechos Humanos con el objetivo de promover los derechos del niño. ¿Dispone de un mecanismo para recibir denuncias de violaciones de los derechos del niño? Convendría saber si la dependencia incluye representantes que se ocupan de los asuntos relacionados con los derechos de supervivencia, desarrollo y protección. Asimismo sería interesante conocer con qué obstáculos ha tropezado la dependencia en el cumplimiento de su misión, y qué medidas se pueden adoptar para superar estas dificultades. Se ha creado cierta confusión porque el informe revela que el Ministerio de Promoción de la Mujer, la Juventud y los Servicios Comunitarios ha creado una División de Asuntos de la Infancia para coordinar todas las políticas que afectan a los intereses y bienestar del niño. El Estado Parte debe aclarar las funciones de las instituciones de coordinación, puesto que no queda claro cuál es responsable en última instancia de supervisar la aplicación de la Convención. El Comité también agradecería más información sobre el funcionamiento del ministerio a nivel local. Se ha hecho referencia a las dependencias de distrito encargadas de coordinar la planificación; sería útil saber si estas dependencias tienen una condición jurídica y si el texto de la Convención se ha distribuido de manera que el personal de éstas sea consciente del papel que les corresponde.

21. Los proyectos comunitarios mencionados en la declaración introductoria del Estado Parte ponen de manifiesto el importante papel que desempeñan las comunidades a la hora de ayudar al Gobierno en su labor de promoción de los derechos del niño. Resultaría interesante saber qué medidas se han previsto a nivel comunitario para tomar conciencia de la Convención y de la necesidad de modificar las prácticas tradicionales nocivas.

22. La Sra. TIGERSTEDT-TÄHTELÄ se muestra impresionada por la estructura de la administración pública en el Estado Parte, que comprende el gobierno central, el gobierno local y las autoridades tradicionales. El informe revela que las autoridades locales son responsables de proporcionar una serie de servicios, y que los consejeros locales son elegidos por la comunidad. Resultaría interesante saber si éstas reciben una asignación presupuestaria del Estado o si dependen de los ingresos provenientes de los impuestos locales.

23. La oradora reconoce que el porcentaje de la partida presupuestaria nacional para salud y educación es baja a causa de los problemas económicos a los que tiene que hacer frente el país: los datos estadísticos para 1998 revelan que sólo se destinó el 5,4% del presupuesto a la educación y el 2,8% a la salud. ¿Indican las estadísticas recientes un aumento o un descenso en las partidas presupuestarias asignadas a estos sectores? ¿Qué sector de la sociedad recibe la principal partida presupuestaria?

24. Según el informe, el primer Marco Político para el Programa de Alivio de la Pobreza ha identificado a los jóvenes y a los huérfanos como grupos vulnerables. ¿Se han evaluado los resultados del programa? ¿Ha conseguido el programa reducir la pobreza? En diciembre de 2000 se aprobó un nuevo programa, en estrecha colaboración con el Fondo Monetario Internacional. ¿Qué repercusiones han tenido las políticas de ajuste estructural en los servicios destinados a los niños?

25. La Sra. AL-THANI , toma nota de que recientemente se ha creado una oficina contra la corrupción y pregunta si ésta es efectiva.

26. Dada la importancia y la influencia de los dirigentes de las aldeas en la vida cotidiana, ¿se ha hecho algún esfuerzo por señalar a su atención las disposiciones de la Convención?

27. La Convención ha sido publicada en chichewa y chitumbuka. La oradora pregunta si Malawi tiene la intención de traducirla al resto de los principales idiomas del país.

28. La Sra. SARDENBERG pregunta si el Parlamento participa en la aplicación de la Convención.

29. La oradora señala que el Ministerio de Promoción de la Mujer, la Juventud y los Servicios Comunitarios ha sido responsable de preparar el informe y de aplicar la Convención. Cabe suponer que el término “joven” se aplica a un individuo de hasta 16 años; esta definición no es conforme a la Convención, que abarca a las personas menores de 18 años.

30. La oradora solicita más información sobre los talleres regionales organizados para la elaboración del informe.

31. Felicita a Malawi por incluir un enfoque de derechos humanos en sus programas y por la creación de numerosas instituciones de derechos humanos, y pregunta si la Oficina del Defensor del Pueblo tiene potestad para ocuparse de los derechos de los niños. El hecho de que el Marco Político para el Programa de Alivio de la Pobreza se centre en los jóvenes y los huérfanos es un paso positivo. En este contexto, la oradora pregunta si el programa a largo plazo “Visión 2020” tiene en cuenta las necesidades del niño.

32. Tras señalar que se ha hecho un esfuerzo por armonizar la legislación nacional con la Convención, pregunta si se ha ultimado el borrador del folleto “Los niños y la ley” y si se han sometido al Parlamento las propuestas de enmienda a las leyes sobre los niños que contiene dicho folleto.

33. La oradora quisiera saber si se han elaborado y aplicado las directrices de política sobre los huérfanos, la política sobre el desarrollo de la primera infancia y la iniciativa de la gestión integrada de las enfermedades infantiles.

34. La Sra. KARP pregunta hasta qué punto los distritos recaudan impuestos.

35. También pregunta si supervisan las decisiones adoptadas por los dirigentes de las aldeas. ¿Influyen los dirigentes de las aldeas en la adopción de decisiones de las autoridades locales, o ambos toman las decisiones conjuntamente? ¿Cómo se protege a un niño con respecto a las decisiones tomadas por los dirigentes de las aldeas? Según parece, el derecho consuetudinario prevalece sobre el derecho estatutario en muchos aspectos de la vida de los niños. ¿Cómo protege el Gobierno los derechos del niño en los distritos con ingresos bajos? ¿Existe un sistema para compensar estos desequilibrios? ¿Reciben los dirigentes tradicionales y las autoridades locales formación sobre cómo tener en cuenta las disposiciones de la Convención en sus decisiones? ¿Qué se ha hecho para armonizar el derecho consuetudinario con los requisitos de la Convención y proteger a los niños cuando se violan sus derechos como consecuencia del derecho consuetudinario? ¿Tiene la Comisión Jurídica la intención de llevar a cabo un estudio de esta cuestión?

36. A su juicio, la inscripción de los nacimientos y las defunciones es obligatoria sólo para los niños que no son de origen africano. Por consiguiente, los padres no tienen ningún incentivo para inscribir en el Registro Civil el nacimiento de sus hijos. Siendo este el caso, ¿cómo se reúnen los datos estadísticos? ¿Cómo puede determinar el Gobierno la tasa de mortinatalidad y otros indicadores decisivos de interés para la aplicación de la Convención?

37. Asimismo la oradora pregunta si se puede invocar la Convención en los tribunales y si éstos pueden hacer referencia a ella en sus decisiones.

38. El Sr. AL-SHEDDI dice que, según la información de que dispone, existe una ley que estipula la cadena perpetua para los menores que hayan mantenido relaciones sexuales con una niña menor de 13 años. ¿Significa esto que los niños pueden ser condenados a cadena perpetua?

39. La Sra. DAFTER (Malawi) se refiere a una serie de proyectos de ley relacionados con asuntos relativos a la familia y a los niños, uno de los cuales trata de frenar la incidencia de la violencia en el hogar y otro versa sobre los testamentos y la herencia.

40. La Convención ha sido debatida y ratificada por el Parlamento. El Gobierno trabaja codo con codo con las organizaciones no gubernamentales en muchos proyectos de relevancia para los niños. Recientemente se ha aprobado legislación sobre las organizaciones no gubernamentales. Cuando una organización no gubernamental tiene una contribución que hacer al Parlamento, esta es objeto de deliberaciones.

41. Con respecto al empleo, la oradora comenta que se ha adoptado nueva legislación sobre el trabajo infantil. El empleo de los niños menores de 14 años está prohibido, como también lo está el empleo de niños de entre 14 y 18 años en ocupaciones que sean nocivas para su desarrollo moral. La legislación prevé penas de hasta cinco años de prisión por infracciones.

42. El Sr. KAWG’OMBE (Malawi) dice que no existe conflicto alguno entre los jefes locales y los consejeros electos. La tarea de los jefes es garantizar que se mantengan los valores tradicionales y que los programas sean conformes a los valores existentes. A veces los mismos jefes están de acuerdo en poner fin a tradiciones inaceptables. Los funcionarios electos saben que tienen que respetar las costumbres. Si quieren romper con éstas, tienen que negociar con los jefes.

43. Recientemente se ha pedido a todos los ministerios que preparen planes de transferencia de competencias por sectores y que decidan qué actividades deberían descentralizarse y cuáles deberían seguir dependiendo del Gobierno central. Por ejemplo, el Gobierno central decide sobre la creación de centros preescolares a nivel de distrito, supervisando así los criterios, los planes de estudios y los libros de texto. Las decisiones sobre las cuestiones cotidianas quedan en manos de las autoridades locales.

44. En cuanto a la pregunta sobre los ingresos, cada distrito tiene un fondo de desarrollo, que mancomuna los recursos. Cada asamblea de distrito recauda ingresos provenientes de los impuestos sobre bienes raíces, el impuesto de matriculación y similares. Parte de estos ingresos van al Gobierno central, pero la mayoría se queda en el distrito. Cada distrito tiene una base de ingresos distinta, y el Gobierno central destina fondos a las asambleas pobres que no pueden recaudar suficientes ingresos para llevar a cabo sus actividades.

45. Respecto a la pregunta sobre el Defensor del Pueblo, el orador dice que a menudo la prensa recoge casos en que los padres han presentado quejas al Defensor porque su hijo no ha sido tratado adecuadamente por el profesor; si es pertinente, éste impone una multa. Ello demuestra que el Defensor del Pueblo tiene potestad para ocuparse de los asuntos relacionados con los niños.

46. La oficina contra la corrupción está haciendo un buen trabajo, no sólo por lo que respecta al número de casos tratados, sino también porque hace tomar conciencia respecto de los peligros que comportan las prácticas corruptas.

47. El Sr. KILEMBE (Malawi) dice que, antes de 1994, Malawi era una sociedad muy cerrada con un sistema doble de justicia penal. La mayoría de la legislación de Malawi dimana del sistema multipartido. Tras la independencia, Malawi ha continuado utilizando las leyes británicas. Cuando entró en funcionamiento el sistema multipartido, hubo un intento de sincronizar los diferentes sistemas tribales. La población de Malawi vive principalmente en las zonas rurales; los valores tradicionales y las leyes consuetudinarias son muy influyentes y a veces entran en conflicto con el common law .

48.Incluso hoy en día existe confusión sobre la definición del niño. Para la Constitución, la mayoría de edad es a los 16 años, mientras que la Ley de la juventud y la Ley de libertad condicional fijan la mayoría de edad a los 18, y la Ley de adopción define a los niños como menores de 21 años.

49. Tras la adopción de una nueva Constitución en 1995, la Comisión Jurídica ha empezado a revisar el derecho malawiano con vistas a lograr una mayor uniformización. En el contexto de este examen, la Ley de la infancia y la juventud, la Ley de matrimonio y la Ley de filiación tienen gran relevancia por lo que respecta a los derechos del niño.

50. La Sra. KARP pregunta si la Comisión Jurídica está examinando el derecho consuetudinario con el fin de adaptarlo a los requisitos de la Convención.

51. El Sr. KILEMBE (Malawi) dice que es muy difícil cambiar el derecho consuetudinario debido al carácter predominantemente rural y tradicional de las comunidades malawianas. La labor de la Comisión Jurídica engloba en efecto el derecho consuetudinario, pero lograr cambios es un proceso largo, que comporta un diálogo constante con las comunidades locales. La estrategia desarrollada en el Programa Nacional de Acción para la Supervivencia y el Desarrollo del Niño, que está estrechamente vinculado con el de la Plataforma Nacional de Acción para la Promoción de la Mujer, fundada en 1996, tiene previsto, entre otras cosas, la introducción de cambios en el derecho consuetudinario. Sin embargo, la aplicación de los programas de reforma se ha visto retrasada por problemas económicos y la aparición de la pandemia del VIH/SIDA. Se ha creado un grupo de tareas para idear métodos destinados a mitigar los efectos del VIH/SIDA, y una Dependencia de Promoción de los Derechos del Niño ha empezado a trabajar dentro de la Comisión de Derechos Humanos para supervisar la aplicación de la Convención.

52. El Sr. CITARELLA dice que sin la reunión de datos desglosados será difícil evaluar el impacto de las reformas. Según la Constitución, los niños se definen a efectos de derechos humanos como personas menores de 16 años. Entiende que la definición del niño difiere de una ley a otra, pero que el sistema judicial otorga a los jueces el derecho de declarar inconstitucional una ley. En este contexto, y en comparación con el derecho nacional, el orador apreciaría una explicación sobre la situación de la Convención.

53. La Sra. KARP dice que no queda claro hasta qué punto la Dependencia de Promoción de los Derechos del Niño de la Comisión de Derechos Humanos ha asumido una función de coordinación de la política de derechos del niño dada la falta de recursos del Ministerio de Promoción de la Mujer, la Juventud y los Servicios Comunitarios. Solicita una aclaración sobre si la Dependencia de Promoción de los Derechos del Niño es responsable de la supervisión y si el Defensor del Pueblo ha recibido quejas por violaciones de los derechos del niño. La delegación debería explicar si ambos órganos cooperan e intercambian información entre sí.

54. El Sr. KILEMBE (Malawi) dice que el Ministerio de Promoción de la Mujer, la Juventud y los Servicios Comunitarios formula políticas sobre el cuidado y la protección del niño pero que, debido a las dificultades financieras, cuenta con una red de asociados, incluida la Dependencia de Promoción de los Derechos del Niño, que llevan a cabo algunas de dichas políticas. El Defensor del Pueblo recibe quejas sobre violaciones de los derechos humanos de adultos y niños, y está facultado para someter las quejas a la Dependencia de Promoción de los Derechos del Niño para que sean investigadas. A causa de las restricciones presupuestarias, la reunión de datos continúa siendo un problema, pero el Gobierno también se basa en las estadísticas procedentes de otras fuentes, tales como las organizaciones no gubernamentales activas en la esfera de los derechos humanos.

55. La Sra. TIGERSTEDT-TÄHTELÄ pregunta si algún otro ministerio además del Ministerio de Promoción de la Mujer, la Juventud y los Servicios Comunitarios participa en la aplicación de la Convención.

56. El Sr. KILEMBE (Malawi) dice que su Gobierno es consciente de que los derechos del niño cubren cuestiones que requieren su incorporación en una serie de sectores. El Ministerio de Promoción de la Mujer, la Juventud y los Servicios Comunitarios coordina las actividades de numerosas organizaciones no gubernamentales, organizaciones religiosas y departamentos del gobierno, tales como el Ministerio de Educación y el Ministerio de Sanidad, todos los cuales desempeñan un papel en la aplicación de la Convención.

57. La Sra. CHUTIKUL pide que se le confirme que no existe ningún órgano único responsable de coordinar la aplicación global de la Convención. El enfoque parece ser principalmente sectorial, con un grado de coordinación por parte del Ministerio.

58. El Sr. KILEMBE (Malawi) reconoce que diferentes ministerios elaboran políticas en sus sectores particulares. No obstante, el Ministerio de Promoción de la Mujer, la Juventud y los Servicios Comunitarios elabora directrices para todas las actividades relacionadas con los derechos del niño, que los demás departamentos deben seguir.

59. La Sra. DAFTER (Malawi) dice que se ha traducido la Convención a tres lenguas locales, a saber, yao, chichewa y chitumbuka. Asimismo el Gobierno ha colaborado con las organizaciones no gubernamentales y los grupos juveniles de la comunidad en la organización de seminarios y talleres destinados a divulgar la Convención.

60. El Sr. KILEMBE (Malawi) dice que su Gobierno prosigue una política de descentralización, que hace hincapié en que aumente progresivamente la adopción de decisiones por parte de los comités de distrito y de las comunidades locales. Por ejemplo, el Grupo de Tareas Nacional para la Protección de los Huérfanos fue ayudado en su labor por varios subcomités técnicos a nivel de distrito. El Programa de Asistencia a los Huérfanos se puso en marcha en 1996 para responder al creciente número de huérfanos cuyos padres han fallecido de SIDA. El programa fue creado para proporcionar asistencia comunitaria a los huérfanos y a otros niños vulnerables, incluidos los que viven en la calle.

61. Se han hecho esfuerzos para introducir la inscripción obligatoria de los nacimientos y las defunciones, pero se ha topado con una resistencia considerable a nivel comunitario. Según los planes del Gobierno, la inscripción la haría el jefe del poblado, quien posteriormente informaría de los datos a la administración del distrito.

62. En virtud de la Ley de la Infancia y la Juventud, los niños menores de 18 años no pueden ser condenados a muerte. La administración de justicia de menores hace hincapié en la rehabilitación y la educación, y se han hecho esfuerzos para abordar los problemas en la comunidad que han podido llevar al niño a cometer un delito.

63. El Sr. KAWG’OMBE (Malawi), en respuesta a una pregunta sobre hasta qué punto la pobreza ha dificultado los esfuerzos por aplicar la Convención, dice que el 65 por ciento de la población vive en situaciones de extrema pobreza, y que el 70 por ciento de ese porcentaje son mujeres. En vista de la dimensión de género de la pobreza, su Gobierno ha intentado habilitar a las mujeres mediante el acceso a programas de formación y alfabetización. El plan ha permitido a muchas mujeres poder ganarse la vida, lo que ha beneficiado indirectamente a sus hijos.

64. El PRESIDENTE solicita información sobre el proceso “Visión 2020” en el país, en relación con la erradicación de la pobreza.

65. El Sr. KILEMBE (Malawi) dice que el proceso “Visión 2020” es una estrategia a largo plazo para lograr una economía sostenible basada en la productividad y no en el consumo y la dependencia. Un plan es aumentar el capital humano del país para producir bienes y servicios, centrándose en los niños como una inversión para el desarrollo futuro. Sin embargo, “Visión 2020” está desfasado porque la agravación de la pobreza y el endeudamiento nacional han impedido un mayor gasto en cuestiones sociales. Las autoridades han pasado a adoptar una estrategia de reducción de la pobreza, previa negociación con el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional (FMI), que permita al país desviar a gastos sociales los ahorros conseguidos gracias a la iniciativa sobre los países pobres sumamente endeudados. Esos planes permitirán reducir al 75 por cierto la tasa de analfabetismo, el enorme desequilibrio en la disponibilidad de plazas escolares y las maneras de mitigar los efectos del VIH/SIDA, que, a causa del gran número de personas internadas en los hospitales o que se ocupan de los enfermos, redunda en grave detrimento de la productividad de las comunidades.

66. Se han examinado los medios de abordar la pobreza extrema mediante el programa de la red de seguridad social, en particular para los grupos más vulnerables, que comprenden varios subsectores, incluidos los niños discapacitados, los huérfanos y la elevada tasa de desnutrición. En un esfuerzo por mejorar el desarrollo precoz de los niños, se ha puesto en marcha un programa piloto comunitario destinado al desarrollo emocional y psicosocial de los niños en 13 distritos, que será introducido en todo el país en un esfuerzo por reducir la tasa de deserción escolar.

67. La Sra. DAFTER (Malawi) dice que pese a que la mayoría de los huérfanos por causa del VIH/SIDA fueron colocados en orfanatos, donde recibieron formación, actualmente se ha introducido el cuidado a domicilio.

68. La Sra. AL-THANI pregunta si los derechos humanos, y la Convención en particular, se han incorporado al currículo escolar.

69. El Sr. KILEMBE (Malawi) dice que pese a que los derechos humanos no existen como tales en el plan de estudios, en las escuelas primarias y secundarias se imparten a los niños y los jóvenes conocimientos sobre la vida activa como asignatura no sujeta a examen. Estos conocimientos incluyen la prevención y los efectos del VIH/SIDA y de las enfermedades de transmisión sexual, se enseña a los niños a ejercer sus derechos y se les anima a presentar una denuncia si consideran que éstos han sido violados. Las organizaciones no gubernamentales de jóvenes se han encargado de difundir la Convención en las escuelas y las iglesias. Ésta se ha traducido al chichewa, la lengua local más común, y al chitumbuka, la lengua más hablada en el norte, y se traducirá a otras.

70. El PRESIDENTE invita a los miembros del Comité a formular a la delegación preguntas complementarias, así como preguntas relativas a los principios generales, los derechos y libertades civiles, el entorno familiar y otro tipo de tutela.

71. El Sr. CITARELLA observa que no existen programas o políticas específicos que se ocupen directamente del interés superior del niño; tampoco se hace mención alguna al respecto en la Constitución. ¿Qué prácticas tradicionales se considera respetan el interés superior del niño? Según el informe inicial, los castigos corporales en el hogar y en la escuela se consideran buenos para los niños. ¿Qué se está haciendo para educar a las bases sobre sus efectos adversos y sobre qué comporta realmente el interés superior del niño?

72. Según parece, existe una grave discriminación en todas las esferas. Si bien es el objeto de una disposición en la Constitución, no existe ninguna prohibición en su contra. De hecho, alguna reglamentación la aprueba abiertamente o incluso la introduce. Los huérfanos por causa del VIH/SIDA son a menudo víctimas de abandono o descuido, y los niños con necesidades especiales son también menospreciados dentro de la familia y la sociedad. Asimismo el orador desearía saber cómo se adquiere o pierde la nacionalidad. ¿La delegación podría hacer algún comentario sobre los niños cuyos nombres se cambian de acuerdo con la posición social que adquieren en las diferentes etapas de su vida? ¿Existen planes para modificar la ley que obliga a la inscripción del nacimiento en el Registro Civil únicamente a los individuos no africanos? Otra fuente de discriminación es la utilización del inglés como la principal lengua de instrucción, lo que sólo puede contribuir a aumentar la tasa de analfabetismo.

73. La Sra. OUEDRAOGO pregunta si el Gobierno tiene la intención de aumentar la duración mínima de la enseñanza obligatoria, que es de cinco años. Pese a que el aborto está prohibido, la tasa de aborto entre las adolescentes es todavía muy alta. ¿Existen prácticas tradicionales que sean perjudiciales para la salud de los niños? ¿Es el infanticidio algo frecuente? Respecto a los derechos y libertades civiles, la oradora pregunta si existen archivos policiales en un país donde los únicos documentos de identidad son el pasaporte y el permiso de conducir, documentos de los que la gran mayoría de la población carece.

74. El Sr. AL-SHEDDI hace hincapié en el hecho de que los niños sean juzgados en sesiones abiertas, sin ninguna consideración para su intimidad, y retenidos en las mismas celdas que los adultos difícilmente puede redundar en su interés superior. Pregunta si se ha seguido la recomendación del Examen Técnico Constitucional de que el interés superior del niño fuera incorporado a la Constitución. ¿Podría la delegación arrojar luz sobre la acción del Gobierno respecto a la desaparición de niños, a veces en relación con las prácticas tradicionales?

75. La Sra. AL-THANI pregunta qué se está haciendo para erradicar la discriminación contra las niñas, que no disfrutan del derecho de sucesión, y los niños discapacitados, que se ven privados de un acceso adecuado a la salud y la educación. Si bien las opiniones del niño pueden ser respetadas en los tribunales, éste no es el caso en los juicios presididos por los jefes de la aldea, que juzgan y dictan sentencia sobre la mayoría de casos relacionados con la familia. Asimismo, ¿cómo están abordando las autoridades el hecho de que los niños nacidos fuera del matrimonio a menudo no tienen nombre o tienen uno que es humillante? ¿Puede la delegación justificar la práctica de dar la custodia al progenitor con mayor seguridad económica -invariablemente el padre- y decir qué planes existen para cambiarla sobre la base del interés superior del niño y no de la situación económica de los padres?

76. La Sra. KARP pregunta si la delegación puede facilitar ejemplos de decisiones judiciales en que se haya invocado la Convención. Asimismo, si bien el Parlamento de los Niños ha señalado el maltrato dado a los niños, incluido el maltrato por parte de los profesores, como un problema importante, parece ser que no existe una política coherente para resolverlo. La oradora pregunta si existe alguna estrategia para frenar la violencia contra los niños en el colegio, en el hogar y en las instituciones. ¿Imponen los tribunales la pena del castigo corporal?

77. La oradora pregunta si existen servicios para tratar a los niños víctimas de malos tratos, si el país posee los conocimientos profesionales necesarios para tratar el trauma resultante del incesto y de abusos similares y si existen planes para llevar a cabo un estudio sobre el abuso sexual en el hogar. La falta de una infraestructura en este sentido ha creado un círculo vicioso, en el que los niños no presentan quejas porque no existe infraestructura y viceversa. El sistema de iniciación abusivo que da derecho al jefe de la aldea a mantener relaciones sexuales con las niñas que hayan alcanzado la pubertad es plenamente incompatible con el derecho del niño a la protección contra el abuso sexual.

78. La Sra. SARDENBERG desea conocer la situación actual de las iniciativas mencionadas por la delegación respecto a los huérfanos y otros niños vulnerables, y pregunta si éstas se han concretado. En cuanto a los principios generales, la oradora dice que el artículo 12 es uno de los pilares de la Convención y estipula que las opiniones de los niños deben ser escuchadas siempre que ello afecte a sus vidas. Evidentemente la sociedad de Malawi no está preparada para cumplirlo y no existe una política encaminada a fomentar la participación de los niños en la sociedad. Puesto que esta situación predomina a nivel de las bases en virtud del derecho anglosajón, ¿qué planes tiene el Gobierno para remediarla mediante la promulgación de leyes?

79. El PRESIDENTE , toma nota de que el papel de la familia ampliada está perdiendo importancia en las zonas urbanas y pregunta si se tiene la intención de fomentarlo o de aceptar simplemente este hecho. Pese a que la red de seguridad social se ocupa de la mayor parte de los hogares encabezados por mujeres, ¿qué proyectos especiales existen para ayudar a los más pobres entre los pobres? Pese a lo difícil que resulta hacer respetar el pago de la pensión alimenticia cuando los hombres no tienen medios económicos, ¿se han tomado medidas para garantizar que los hombres paguen la pensión a la mujer cabeza de familia en los casos en que se lo pueden permitir?

Se levanta la sesión a las 13.00 horas .