Naciones Unidas

CRC/C/SR.1836

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

30 de agosto de 2017

Español

Original: inglés

Comité de los Derechos del Niño

64º período de sesiones

Acta resumida de la 1836ª sesión

Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el lunes 30 de septiembre de 2013, a las 10.00 horas

President a :Sra. Sandberg

Sumario

Examen de los informes de los Estados partes (continuación)

Informes periódicos tercero y cuarto combinados de Luxemburgo

Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas.

Examen de los informes de los Estados partes (continuación)

Informes periódicos tercero y cuarto combinados de Luxemburgo (CRC/C/LUX/3-4, CRC/C/LUX/Q/3-4 y Add.1)

1.Por invitación de l a President a , la delegación de Luxemburgo toma asiento a la mesa del Comité.

2.El Sr. Hoscheit (Luxemburgo), presentando el informe del Estado parte (CRC/C/LUX/3-4), dice que la situación de Luxemburgo es bastante especial y se caracteriza por una gran afluencia de migrantes y un grado excepcional de multiculturalismo, lo que crea verdaderos problemas en la integración de los niños, en particular, su integración en el sistema escolar. La población de Luxemburgo ha crecido en más de un 22% desde 2001 y el número de niños y jóvenes de 0 a 19 años ha crecido más del 14%. Ello ha repercutido en las prioridades políticas y en las necesidades de inversión e infraestructura; así, por ejemplo, el número de plazas de acogida en servicios de asistencia parental de día o de noche y en servicios para la primera infancia se ha más que quintuplicado y el número de alumnos en el ciclo posprimario aumentó en un 20%.

3.En marzo de 2013, el Consejo de Gobierno estableció un mecanismo estructurado de consultas, llamado Diálogo con los jóvenes. El primer tema del programa del nuevo mecanismo fue la Iniciativa de Oportunidades para la Juventud (“Garantie jeunes”), puesta en marcha por los Ministros de Empleo europeos.

4.En julio de 2013, los Ministros de Educación, Igualdad de Oportunidades, Familia y Salud lanzaron el Programa Nacional de Promoción de la Salud Afectiva y Sexual y anunciaron un marco conjunto de política a fin de poner en marcha un plan de acción para 2013-2016.

5.En septiembre de 2013, el Ministerio de Salud y el Centro de Investigación Pública para la Salud publicaron dos informes sobre la salud de los recién nacidos y sus madres. En general, Luxemburgo tuvo en cuenta las recomendaciones de la Oficina Estadística de la Unión Europea (Eurostat) relativas a la compilación de datos sobre el embarazo y el parto, a fin de que el seguimiento fuese fiable.

6.Recientemente se han introducido importantes enmiendas en la legislación sobre violencia doméstica, tras celebrar consultas con la sociedad civil, los círculos políticos, la policía y el poder judicial. Los derechos de las víctimas, sean o no menores de edad, ahora están más protegidos.

7.Se está llevando a cabo una importante reestructuración de la educación secundaria y, en el segundo trimestre de 2013, se presentó un nuevo proyecto de ley al Parlamento. El desafío más importante es la diversidad social y lingüística de los estudiantes. Al tener más en cuenta la gran variedad de perfiles, es posible que un número mayor de estudiantes ingrese a la educación superior. Se están estableciendo mecanismos de orientación educativa y un nuevo sistema de evaluación de los alumnos y se está estudiando la posibilidad de introducir la educación ética.

8.Se ha puesto en marcha un proyecto piloto destinado a ayudar a las personas llegadas recientemente al país a integrarse en el sistema general de enseñanza, que toma en cuenta sus conocimientos lingüísticos y les ayuda a mejorar sus aptitudes de aprendizaje.

9.En lo que respecta a los derechos de los niños con discapacidad, se ha de efectuar un estudio sobre la inclusión, con el objetivo de difundir ese concepto en las escuelas; las medidas a corto plazo que se tomaron hasta la fecha están resultando insuficientes. En diciembre de 2013 se llevó a cabo una campaña publicitaria de televisión para demostrar que, muchas veces, la discapacidad es más un producto de los obstáculos de la vida cotidiana que de la propia discapacidad. También se prevé crear un centro social y de rehabilitación para niños con discapacidad entre 5 y 16 años de edad y un proyecto piloto sobre actividades extraescolares para niños con autismo.

10.El Sr . Gurán (Relator para el país) dice que el Comité agradece el papel activo desempeñado por Luxemburgo en foros y actividades europeos sobre los derechos del niño y felicita al Estado parte por la profesionalidad de su informe y sus claras respuestas por escrito.

11.Con respecto al marco institucional para la aplicación de la Convención, recuerda que, en sus anteriores observaciones finales (CRC/C/15/Add.250), el Comité recomendó que el Estado parte formulase y aplicase un plan de acción nacional para los niños. Según las respuestas escritas a la lista de cuestiones (CRC/C/LUX/Q/3-4/Add.1), el Estado parte ha establecido recientemente un grupo de trabajo interministerial para preparar un plan de acción y coordinar las iniciativas del Gobierno. Pide que se aclare la estructura y el mandato del grupo de trabajo.

12.Se pregunta qué medidas se propone adoptar el grupo de trabajo en un futuro próximo con respecto a la coordinación, especialmente con la Oficina Nacional de la Infancia (ONE). En ese sentido, también desea recibir información sobre el mandato de la Oficina y el apoyo que recibe del Estado.

13.Pregunta de qué manera participan las organizaciones no gubernamentales y los propios niños en esa labor. No está claro si existe un verdadero apoyo para que los niños participen en las cuestiones que los afectan en los diversos niveles de la sociedad, incluidas las comunidades y las escuelas.

14.Respecto de la cuestión de la supervisión independiente, señala que el Ombuds‑Comité de los Derechos del Niño (ORK) está vinculado a un Ministerio, lo que plantea interrogantes acerca de su independencia. También le gustaría saber más sobre las cualificaciones profesionales de los miembros del Ombuds-Comité.

15.Pregunta cómo se garantiza el mecanismo de denuncias para los niños y si estos conocen el Ombuds-Comité y su derecho a presentar denuncias. A ese respecto, también se pregunta si el Estado parte se propone ratificar el Tercer Protocolo Facultativo de la Convención relativo a un procedimiento de comunicaciones.

16.Desde un punto de vista estadístico, el gran número de niños extranjeros que vive en el Estado parte de alguna manera se encuentra en desventaja y la tasa de abandono escolar es más elevada para ese grupo. Pregunta qué hace el Estado parte para asegurarse de que esos niños tengan las mismas oportunidades que los demás.

17.La Sra . Winter (Relatora para el país), refiriéndose a las anteriores observaciones finales del Comité, pregunta si el Estado parte se ha planteado con mayor detenimiento la posibilidad de retirar sus reservas a los artículos 2, 6, 7 y 15 de la Convención. Las reservas a los artículos 2, 6 y 15 ya no son necesarias y pueden ser retiradas sin problema alguno. La reserva al artículo 7 podría discutirse.

18.No parece que el principio del interés superior del niño se haya incorporado plenamente en la legislación nacional. El principio de tomar en cuenta las opiniones del niño parece haber sido incorporado parcialmente, en la medida en que, partir de los 9 años, los niños tienen derecho a expresar su opinión sobre cuestiones legales; es importante que los niños de todas las edades puedan expresar su opinión, sin embargo se pregunta si se pediría la opinión de un niño de 4 años, por ejemplo, en un caso de divorcio.

19.El Sr. Kotrane dice que el Estado parte ha ratificado casi todos los instrumentos internacionales de derechos humanos. Sin embargo, no ha ratificado la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares. Ello podría ayudar a reforzar los derechos de ese grupo. Tampoco ha ratificado el Convenio de La Haya relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional y se pregunta si se prevé hacer algo al respecto.

20.En cuanto al derecho del niño a conocer a sus padres y a los derechos de los niños nacidos fuera del matrimonio, el orador observa con satisfacción el proyecto de ley sobre la filiación mencionado en las respuestas escritas del Estado parte, en el que se abordarán las cuestiones relativas al nacimiento anónimo y se pondrá fin a la utilización de términos como “ilegítimo”. Sigue sin saber si, en caso de que un niño desee investigar su filiación mediante pruebas de ADN, es posible negarse a ellas.

21.La Sra. Oviedo Fierro pregunta qué está haciendo el Estado parte para hacer frente a la demanda de servicios cada vez mayor a que da lugar la afluencia de migrantes. Asimismo, se pregunta de qué manera participan los niños migrantes en los procesos de consultas, como el Diálogo con los Jóvenes; su participación es importante ya que pueden aportar una perspectiva diferente a los debates. En general, desea saber cuándo comenzó el Diálogo y cómo se utilizarán sus conclusiones.

22.Dice que no ha encontrado información sobre la participación de los niños en las redes sociales ni sobre las medidas adoptadas para vigilar los efectos de Internet en los adolescentes. Internet puede exponer a los niños a situaciones no necesariamente positivas y desea saber qué está haciendo el Estado parte a ese respecto.

23.El Sr. Gastaud pregunta si la sociedad civil y las asociaciones de jóvenes han participado en la preparación del informe del Estado parte; de qué manera el Estado parte dio publicidad a la Convención, en particular entre las personas que trabajan con niños y los propios niños y con qué resultados y si sigue existiendo el Parlamento de la Juventud; de ser así, pregunta cómo se eligen sus miembros y cuál es su competencia en relación con el Gobierno y el Parlamento.

24.La S ra. Wijemanne pregunta qué asignación presupuestaria se proporciona al Plan de Acción Nacional y si el Estado parte tiene una base de datos sobre niños, con información desglosada por cuestiones o necesidades.

25.La S ra. Khazova pregunta si la nueva legislación sobre filiación permitirá acabar con todas las consecuencias negativas de los nacimientos fuera del matrimonio. Según el Código Civil, por ejemplo, un hijo nacido fuera de matrimonio de un progenitor casado con otra persona puede ser criado por ese progenitor únicamente con el consentimiento de su cónyuge; se pregunta qué sucede con los niños si el cónyuge se niega a esta solución. La misma cuestión se plantea cuando ambos progenitores están casados con otras personas en el momento del nacimiento ¿qué sucede con el niño si los cónyuges de ambos se niegan a criar al niño? Desea saber en qué medida esa disposición del Código Civil tiene en cuenta el interés superior del niño y si el Estado parte tiene la intención de retirar su reserva sobre la base de esa disposición.

Se suspende la sesión a las 11.00 horas y se reanuda a las 11.20 horas.

26.El S r. Hoscheit (Luxemburgo) dice que la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares plantea una cuestión compleja e importante para el Gobierno de Luxemburgo y, de hecho, todos los miembros de la Unión Europea comparten los mismos problemas. Ningún país europeo ha ratificado ese instrumento y Luxemburgo tampoco tiene la intención de hacerlo.

27.El S r. Janizzi (Luxemburgo) dice que el Gobierno ha establecido un mecanismo de coordinación para los derechos del niño y está tratando de determinar prioridades a largo y a corto plazo. El objetivo es preparar un plan de acción nacional en que cada departamento gubernamental desempeñe una función determinada. La Oficina Nacional de la Infancia (ONE) fue establecida en 2008 con el mandato de hallar las mejores soluciones para los problemas que aquejan a los niños.

28.El Presidente del Ombuds-Comité es nombrado por el Ministerio de Familia e Integración. Se están tomando disposiciones para que el Ombuds-Comité tenga mayor independencia y ya se ha creado una estructura presupuestaria independiente cuyos miembros son todas las organizaciones de beneficencia sin relación contractual con el Gobierno.

29.Luxemburgo ratificará próximamente el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones. Ya ha firmado el Convenio de La Haya sobre la Protección de los Niños y la Cooperación en materia de Adopción Internacional, que pronto será aplicable en él.

30.En cuanto al nacimiento anónimo, dice que es un medio de protección para que las mujeres embarazadas no se vean obligadas a dar a luz en entornos no clínicos o a recurrir al aborto a falta de otra solución. El Gobierno tiene la intención de crear un registro confidencial con información relativa a la filiación del niño. Las madres y los niños tendrán derecho a elegir si desean conocerse.

31.El Sr. Kotrane dice que es normal que el Comité se interese en la difícil situación de las madres, puesto que los niños las necesitan. Sin embargo, existen dos intereses en conflicto, a saber, el derecho de la madre al anonimato y el derecho de los niños a conocer a sus padres, no solo a su madre, sino también a su padre y a sus hermanos. De conformidad con la Convención, debe respetarse el principio del interés superior del niño.

32.La Sra. Herczog observa que la práctica de la adopción internacional y la adopción secreta parece ser la misma. Sería útil saber si, según la legislación luxemburguesa, los niños tienen derecho a obtener información sobre la identidad de sus padres a partir de una edad determinada. Pregunta si el Gobierno ofrece servicios de toma de conciencia y de apoyo para mujeres respecto de esas difíciles cuestiones.

33.El S r . Janizzi (Luxemburgo) dice que el nacimiento anónimo puede compararse perfectamente con la adopción internacional. Con arreglo a las nuevas normas propuestas, tanto la madre como el niño podrán poner fin a la confidencialidad.

34.La Presidenta pregunta cómo, en la práctica, tanto la madre como el niño pueden tomar esa decisión. También desea saber si esa norma se aplica únicamente a los niños de más de 18 años de edad.

35.El Sr Janizzi (Luxemburgo) dice que existen dos posibilidades: el niño que busca a su madre y la madre que busca a su hijo. En cualquier caso, la persona buscada decide si acepta el contacto y en ambos el niño debe ser mayor de 18 años.

36.En lo que respecta a la participación de organizaciones no gubernamentales en la preparación del informe, dice que el Gobierno ha optado por preparar su propio informe. Sin embargo, también se ha preparado un informe alternativo, con el apoyo del Ministerio de Familia y de Integración, que trabaja en estrecha colaboración con esas organizaciones en la formulación de normas y programas.

37.El Sr. Meisch (Luxemburgo) dice que se ha redactado un proyecto de ley a fin de establecer un marco de referencia para la educación de los niños y un programa de estudios destinado a todas las instituciones educacionales. Existe en la actualidad una iniciativa para organizar consejos de niños en las comunidades locales.

38.El Parlamento de la Juventud está abierto a la participación de todos los jóvenes que lo deseen. Tiene una amplia autonomía y organiza sus propias reuniones, en que los miembros pueden debatir cualquier tema de interés. Los participantes se dividen en pequeños comités y presentan propuestas al pleno que, a su vez, aprueba las resoluciones que luego transmite a los ministerios.

39.Cuando el Parlamento recibe un proyecto de ley en la materia, los jóvenes parlamentarios pueden participar en las sesiones en que se debata. Existe un programa de información móvil que se desplaza por todo el país con el objeto de dar a conocer la labor del Parlamento de la Juventud, que también participa en un diálogo estructurado con la Unión Europea.

40.En el plano local, las casas de la juventud han estado trabajando para tender puentes entre la cultura luxemburguesa y las culturas migrantes, con el objetivo de integrar a los jóvenes migrantes en la sociedad.

41.El Sr. Kotrane observa que Luxemburgo no ha ratificado el Convenio europeo sobre la participación de los extranjeros en la vida política a nivel local. Dado que los adultos extranjeros no pueden participar en la vida pública, resulta interesante que Luxemburgo haga una excepción de ese tipo para los niños.

42.El Sr. Hoschei t (Luxemburgo) dice que esa idea es errónea. Todos los ciudadanos europeos que viven en Luxemburgo se encuentran plenamente integrados en la vida pública; el 43% de la población es extranjera y desempeña un papel importante en la sociedad. El Tratado de Maastricht ha abierto el camino a la integración política.

43.El S r . Meisch (Luxemburgo) dice que la integración es realmente un gran desafío para un país en que el 43% de la población está compuesta de inmigrantes. En opinión del Gobierno, las mujeres y los niños deben participar en la construcción del futuro de la sociedad luxemburguesa.

44.La Sra. Sevenig (Luxemburgo) dice que el sistema escolar también refleja la heterogeneidad social. Es necesario hacer una distinción entre la nacionalidad y los idiomas hablados en la escuela. Muchos niños hablan un idioma en el hogar y otro en la escuela.

45.El Gobierno ha creado clases especiales para los niños que no pueden integrarse al sistema de educación pública por limitaciones de idioma. También ha organizado un sistema de educación preescolar para niños desde los 3 años de edad a fin de ayudarlos a aprender el idioma desde una edad temprana.

46.La Presidenta pide más aclaraciones sobre las reservas que serían retiradas en virtud del nuevo proyecto de ley.

47.El S r. Thyes (Luxemburgo) dice que el nuevo proyecto de ley que modifica el Código Civil derogará el artículo 334-6; una vez que se aprueba el proyecto, el Ministerio de Justicia notifica al Ministerio de Relaciones Exteriores que, a su vez, formula la ley por la que se retira la reserva. El Ministerio de Justicia no puede retirar una reserva; ello compete al Ministerio de Relaciones Exteriores. A juicio del Ministerio de Justicia, se podría entonces retirar la reserva en su integridad; sin embargo, los demás ministerios podrían plantear otras objeciones.

48.Si un padre se niega a hacerse una prueba de paternidad, el Estado debe asumir las consecuencias. En cuanto a la cuestión de qué ocurre si los cónyuges se niegan a aceptar a otros niños en sus familias, en la enmienda propuesta se prevé abolir la norma del consentimiento.

49.La S ra. Ney (Luxemburgo) dice que el concepto del interés superior del niño ha existido durante muchos años y ha sido incorporado en la jurisprudencia. Cuando los padres se divorcian, se tiene en cuenta la opinión del niño. Sin embargo, no es razonable esperar que un niño de 4 años de edad escoja a uno u otro de sus padres. En un divorcio contencioso, un abogado experto, nombrado y remunerado por el Estado, pasa un tiempo con el niño, luego ambos transmiten la opinión del niño al tribunal y, además, el abogado prepara una opinión sobre el interés superior del niño.

50.La Sra. Winter pregunta si es obligatorio pedir la opinión del niño.

51.La Sra. Ney (Luxemburgo) dice que es difícil fijar una edad; no todos los niños son iguales. Se tienen en cuenta la edad y la madurez y también se procura no agravar el conflicto entre los padres. El niño siempre está presente en las audiencias en que tenga interés y el juez puede hacerle preguntas directamente en público o en privado.

52.El Sr. Kotrane pregunta si es obligatorio que el juez recabe las opiniones del niño. En su observación general núm. 12 relativa al artículo 12, el Comité pidió a los Estados partes que exigieran a los tribunales escuchar a los niños; además, la decisión del tribunal debe ser apelable ante un tribunal superior.

53.La Presidenta dice que se pueden hacer muchas preguntas a un niño de 4 años, sin pedirle directamente que escoja entre sus padres.

54.La Sra. Ney (Luxemburgo) dice que en los juicios de divorcio los principales intereses del niño están relacionados con la guarda y los derechos de visita de los progenitores. Los jueces en casos de divorcio no tienen la obligación de escuchar la opinión del niño y, en la práctica, muchos niños prefieren no darla porque no quieren quedar atrapados en el conflicto. Quienes quieren expresar su opinión tienen la oportunidad de hacerlo, principalmente a través de su abogado.

55.La S ra. Khazova pregunta si existe una edad mínima por debajo de la cual el tribunal no nombra abogados para los niños.

56.La S ra. Ney (Luxemburgo) dice que no hay una edad mínima y que incluso ha habido casos en que se ha asignado un abogado a un bebé. Los hijos nacidos fuera del matrimonio gozan de los mismos derechos que los nacidos dentro de él; la única diferencia radica en la competencia de los jueces para decidir cuestiones relativas a la guarda y las visitas si los padres de los niños están separados. En el caso del niño nacido fuera del matrimonio, la decisión compete al juez de tutelas, mientras que en el caso de los niños nacidos dentro del matrimonio es competente el juez encargado de las diligencias urgentesdurante el trámite de divorcio y luego lo es el tribunal de menores.

57.El S r. Kotrane dice que habría que examinar la cuestión de las discrepancias en cuanto a la competencia de los jueces. Es encomiable que el Gobierno haya tratado de eliminar todas las distinciones entre las categorías de niños en la legislación, pero estas subsisten en la práctica. Cita como ejemplo un documento reciente del Ministerio de Salud que alude a los hijos legítimos e ilegítimos.

58.La S ra. Ney (Luxemburgo) dice que, en efecto, todavía existe la distinción en la ley, pero esta quedará eliminada una vez que se apruebe el proyecto de ley sobre filiación. En ese momento, se adoptarán todas las medidas administrativas necesarias para eliminar todas esas distinciones en la práctica.

59.El S r. Gurán dice que, según información que obra en poder del Comité, la propuesta de reforma de la Constitución presta más atención a los derechos de los padres que a los del niño y pide a la delegación que formule observaciones al respecto.

60.El S r. Thyes (Luxemburgo) dice que la reforma de la Constitución es parte de un proceso largo, complicado y que todavía no está claro cuál será el resultado. La propuesta inicial fue elaborada en consulta con la Comisión de Venecia del Consejo de Europa. El Gobierno no cree que la propuesta preste más atención a los derechos de los padres que a los del niño.

61.El S r. Hoscheit (Luxemburgo) dice que su país no tiene un sistema dualista y que los instrumentos internacionales suscritos por Luxemburgo prevalecen sobre la legislación nacional.

62.La Sra. Winter pregunta si la propuesta de reforma de la Constitución contiene una referencia específica al interés superior del niño.

63.El S r. Hoscheit (Luxemburgo) dice que no puede responder a la pregunta.

64.El S r. Gurán pregunta si el Gobierno estaría dispuesto a que el Comité formulara sugerencias acerca de la reforma de la Constitución.

65.El S r. Kotrane pregunta si la delegación puede citar casos en que los tribunales hayan aplicado directamente la Convención u otros instrumentos internacionales de derechos humanos dándole primacía sobre el derecho nacional.

66.El S r. Hoscheit (Luxemburgo) dice que no puede hablar en nombre del Primer Ministro u otros miembros del Gobierno acerca de la forma en que se proponen llevar a cabo el proceso de reforma constitucional. En vista de la tradición internacionalista de Luxemburgo, no se han presentado muchos casos en que la legislación nacional haya entrado en conflicto con instrumentos internacionales. No obstante, los tribunales han adoptado esa postura en algunos casos y las decisiones no han causado controversia.

67.La S ra. Ney (Luxemburgo) dice que una de esas decisiones se refería a las distintas disposiciones relativas a la patria potestad común de los hijos nacidos dentro del matrimonio en comparación con los nacidos fuera de matrimonio. El Tribunal declaró inconstitucionales esas disposiciones, que pronto serán enmendadas en la ley sobre filiación.

68.La S ra. Winter pregunta si el Gobierno ha formulado estrategias para disuadir a los niños de publicar en línea contenido sexual en que aparezcan. Desea saber si todas las formas de castigo corporal están prohibidas en el hogar y en las instituciones. Pregunta si es cierto que los tribunales de menores pueden colocar a los niños en conflicto con la ley en las mismas prisiones que los adultos durante un período indeterminado como castigo por comportamiento delictivo o problemático. De ser así, esa situación parece vulnerar los derechos del niño.

69.Desea saber si existen establecimientos penitenciarios especiales para niños y si, de hecho, el Estado tiene un sistema de justicia de menores ya que el sistema vigente parece ser una combinación de justicia penal y asistencia social y es difícil entenderlo. Los niños que se encuentran en la cárcel pueden permanecer en régimen de aislamiento durante un período de hasta diez días, lo que a su juicio es demasiado tiempo. Pregunta qué tipo de sistemas de supervisión existen para documentar el tiempo que los niños pasan en régimen de aislamiento, si se prevé modificar la ley respecto de esa cuestión y por qué el establecimiento penitenciario para niños de 16 a 18 años recientemente construido aún no está en funcionamiento.

70.El S r. Gurán pregunta si se ha realizado algún estudio recientemente sobre la situación de los niños encarcelados con adultos. Desea recibir más información sobre los programas existentes destinados a atender las necesidades de los niños migrantes que viven en Luxemburgo.

71.La S ra. Herczog acoge con satisfacción el establecimiento de una escuela de padres, pero pregunta qué hace el Gobierno para que la formación que allí se imparte llegue a las familias que más la necesitan. Desea saber más acerca del asesoramiento que reciben los padres y las mujeres embarazadas sobre las necesidades emocionales de los niños.

72.Se pregunta por qué el Gobierno parece preferir la atención institucional para los niños en lugar de la atención comunitaria, pese a todas las pruebas de que la institucionalización es perjudicial para el desarrollo de los niños. Pregunta si el Gobierno ha tomado en consideración las Directrices comunes europeas para la transición de la atención institucional a la atención comunitaria.

73.El S r. Kotrane observa con agrado que se ha mejorado la situación de los niños no acompañados que solicitan asilo, pero le preocupa que sigan colocados en centros de estancia temporal de inmigrantes y, a veces, hasta compartan su estancia con adultos. Pregunta cómo hace el Gobierno para asegurarse de que los niños migrantes, en caso de regresar a su país de origen, no sean objeto de explotación.

74.En 2007, el Comité recomendó que Luxemburgo velara por que el incumplimiento de las disposiciones relativas al reclutamiento y la participación de niños en hostilidades, que se recogen en el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados, quedara expresamente tipificado en su legislación. También recomendó que Luxemburgo estableciera la jurisdicción extraterritorial para esos delitos cuando los hubiese cometido una persona o se cometiesen contra un nacional del Estado parte o alguien que tuviese otros vínculos con el país.

75.La S ra. Wijemanne pregunta si se ha hecho algún estudio para determinar las causas del aumento de la tasa de suicidios y los problemas de salud mental entre los jóvenes. Desea saber qué tipos de servicios se ofrecen a los jóvenes afectados por esos problemas. Observando que la tasa de lactancia materna exclusiva está en baja y que solamente dos hospitales del país han sido calificados de “amigos del niño”, pregunta cómo se propone el Gobierno revertir esa tendencia, si se ha proporcionado capacitación periódica sobre la lactancia materna a los trabajadores de la salud y si existen reglamentos sobre la distribución de leche maternizada en los hospitales.

76.En vista del aumento del número de jóvenes involucrados en accidentes de tráfico, pregunta qué medidas preventivas y educativas se están tomando al respecto. Las tasas de obesidad entre los niños también han aumentado, al igual que el consumo de alcohol entre los jóvenes. Pregunta si el Gobierno ha elaborado algún plan de acción para revertir esas tendencias y promover la salud emocional y sexual de los jóvenes. Según parece, se recetan en exceso medicamentos psicotrópicos a niños con trastornos de conducta y la oradora pide a la delegación que formule observaciones al respecto. Por último, pregunta si se ha hecho algún estudio para determinar la razón por la que se interrumpen un número cada vez mayor de embarazos.

77.El S r. Mezmur pregunta si se ha avanzado en la iniciativa destinada a establecer una lista de agresores sexuales de niños. Desea saber si se reúnen las estadísticas de los dos centros de atención telefónica para casos de maltrato de niños existentes en el país y de la unidad de policía especializada en protección de menores. Pregunta si es cierto que las estadísticas policiales no distinguen entre el maltrato de niños y otros delitos relacionados con la niñez.

78.El S r. Cardona Llorens pregunta qué medidas concretas está tomando el Estado parte para promover la integración de los niños con discapacidad, en particular en la educación y en los deportes y las actividades recreativas. Entiende que los niños con discapacidad intelectual y psicosocial pueden ser recluidos en instituciones psiquiátricas únicamente con el consentimiento de los padres. En tales casos, desea saber en qué medida se tiene en cuenta la opinión del niño. Por último, pregunta qué alternativas existen al sistema de justicia penal para los niños en conflicto con la ley como, por ejemplo, la mediación.

79.La S ra. Oviedo Fierro dice que, según información que obra en poder del Comité, el maltrato de niños, incluido el abuso sexual, está en aumento en Luxemburgo. Pregunta si la información es correcta y, en la afirmativa, qué medidas de prevención está tomando el Gobierno. Solicita datos estadísticos sobre el suicidio en la adolescencia, que al parecer está aumentando, y pregunta qué medidas se están adoptando para prevenirlo.

80.La S ra. Winter pregunta por qué los padres pierden automáticamente la patria potestad sobre sus hijos cuando se interna a los niños en una institución. Desea saber si la legislación nacional incluye definiciones claras de pornografía infantil y prostitución infantil. Pregunta si los agentes de policía reciben formación sobre el trato que se debe dispensar a los niños. Por último, desea saber quién sería competente en el hipotético caso de un niño de 8 años acusado de asesinato y dónde se colocaría a ese niño.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.