NACIONES UNI DA S

CRC

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr.GENERAL

CRC/C/SR.121011 de agosto de 2009

ESPAÑOLOriginal: FRANCÉS

COMITÉ DE LOS DERECHOS DEL NIÑO

44º período de sesiones

ACTA RESUMIDA DE LA PRIMERA PARTE (P ÚBLICA ) * DE LA 1210 ª S ESIÓN

celebrada en el Palais Wilson, Ginebra,el lunes 22 de enero de 2007, a las 10.00 horas

Pre sident e : Sr . DOEK

SUMARIO

Examen de los informes presentados por los Estados partes (continuación)

Segundo informe periódico de las Islas Marshall sobre la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño

Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas .

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES (tema 4 del programa) (continuación )

SEGUNDO INFORME PERIÓDICO DE LAS ISLAS MARSHALL SOBRE LA APLICACIÓN DE LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO (CRC/C/93/Add.8; documento básico (HRI/CORE/1/Add.95); lista de cuestiones que se deben abordar(CRC/C/MHL/Q/2))

1.El P RESIDENTE da lectura a un mensaje transmitido la víspera por la Misión de las Islas Marshall ante las Naciones Unidas en Nueva York, en el que se informa al Comité de que, debido a circunstancias imprevistas, la delegación no podrá acudir a Ginebra, pero que las respuestas por escrito se enviarán cuanto antes a la Secretaría.

2.Señala que el Estado parte se sustrae así por segunda vez a la obligación que le incumbe de enviar una delegación a presentar el segundo informe periódico, cuyo examen ya se rechazó durante el 42º período de sesiones debido a la ausencia de la delegación, y ha advertido al Comité demasiado tarde para que pudiera modificar su programa de trabajo en consecuencia. Así pues, corresponde al Comité decidir si desea conceder un plazo suplementario al Estado parte o si por el contrario desea realizar sin dilación el examen del informe, aprobar las observaciones finales y comunicárselas al Gobierno de las Islas Marshall.

3.La Sra. SMITH subraya que el informe data de 2004 y que el Estado parte no ha enviado todavía sus respuestas por escrito a la lista de cuestiones que se deben abordar, por lo que el Comité no dispone de información suficientemente completa y actualizada para examinar el informe en ausencia de la delegación y aprobar las observaciones finales. Se necesitaría en particular información reciente sobre la situación económica del país, a fin de poder determinar si es oportuno incluir en las observaciones finales recomendaciones con repercusiones financieras importantes.

4.La Sra. KHATTAB considera que el examen del informe se debe aplazar a un período de sesiones posterior, porque las observaciones finales corren el riesgo de quedar en papel mojado si no se formulan al final de un diálogo.

5.La Sra. LEE, con el respaldo del Sr.  KRAPPMANN, dice que el Comité podría realizar el examen del informe incluso en ausencia de la delegación y que, a fin de paliar la falta de información actualizada, se podrían plantear las cuestiones a los representantes del UNICEF presentes en la sala, dado que este organismo tiene una oficina en el Estado parte y elaboró en 2003 un informe muy completo sobre la situación de los niños en las Islas Marshall. Los miembros del Comité que participaron en el examen del informe inicial (CRC/C/28/Add.12) en 2000 podrían exponer además a los otros miembros sus impresiones acerca de este primer diálogo con el Estado parte.

6.Si el Comité aplaza el examen del informe a un período de sesiones posterior y el Estado parte falta por tercera vez a su obligación de enviar una delegación a Ginebra, se producirá un precedente nefasto que pueden invocar otros Estados partes.

7.La Sra. VUCKOVIC ‑SAHOVIC, adhiriéndose a esta declaración, dice que, si el Comité decide examinar el informe en ausencia de la delegación, se podría encargar el seguimiento de las observaciones finales a un miembro, por ejemplo uno de los relatores, y enviarlo sobre el terreno a fin mantener conversaciones con el Gobierno de las Islas Marshall y verificar, en colaboración con la oficina local del UNICEF, si se aplican las recomendaciones del Comité.

8.El Sr.  ZERMATTEN, con el apoyo del Sr.  LIWSKI, aprueba esta propuesta e indica que una vez realizada esta misión de seguimiento el Comité debería modificar sus observaciones finales teniendo en cuenta la información recogida sobre el terreno por el miembro designado a este efecto.

9.La Sra. OUEDRAOGO, suscribiendo estas propuestas, lamenta vivamente como relatora para las Islas Marshall la ausencia de la delegación, pero recuerda que durante el examen del informe en 2000 la delegación contaba con una sola persona, que por añadidura procedía de la Misión en Nueva York. Por consiguiente, parece inútil hacer un informe del examen, porque, incluso si viniera a Ginebra una delegación, el diálogo probablemente no sería satisfactorio para el Comité.

10.El Sr.  FILALI añade que el Comité podría indicar al Estado parte que existe la posibilidad de examinar el contenido de las observaciones finales en el marco de un debate con el Comité y que para ello se debe fijar con la Secretaría la fecha de una reunión y enviar una delegación a Ginebra. Este tipo de solución sería un buen precedente.

11.El PRESIDENTE constata que se ha llegado a un consenso sobre la necesidad de realizar un examen técnico del segundo informe de las Islas Marshall en ausencia de la delegación. A falta de objeciones, considera que el Comité desea elaborar sus observaciones finales tras la conclusión del examen técnico basándose en la información que tiene a su disposición y estudiar la posibilidad de enviar a uno de sus miembros en misión al Estado parte.

12. Así queda acordado.

La primera parte ( pública ) de la sesión concluye a las 10 .30 horas .

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