Acta resumida de la 1552ª sesión (Sala A)

Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el jueves 16 de septiembre de 2010 a las 10.00 horas

President a :Sra. Lee

Sumario

Examen de los informes de los Estados partes (continuación)

Informe inicial de Bosnia y Herzegovina en relación con el Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados

Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas.

Examen de los informes de los Estados partes (continuación)

Informe inicial de Bosnia y Herzegovina en relación con el Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados (CRC/C/OPAC/BIH/1, CRC/C/OPAC/BIH/Q/1 y Add.1)

Por invitación de la Presidenta, la delegación de Bosnia y Herzegovina toma asiento como participante a la mesa del Comité.

La Sra. Djuderija (Bosnia y Herzegovina) dice que el Protocolo facultativo, que su Gobierno aprobó y ratificó en 2003, prevalece sobre la legislación nacional. El Gobierno no realizó ninguna reserva al ratificar el Protocolo y, por lo tanto, subrayó su compromiso de aplicar sus disposiciones. Asimismo, entregó una declaración vinculante al Secretario General, por la cual el Estado se compromete a prohibir el alistamiento o el reclutamiento en las fuerzas armadas de cualquier persona menor de 18 años. La Ley de defensa de Bosnia y Herzegovina, de 1 de enero de 2006, suprime el reclutamiento.

Ninguna de las personas acusadas de crímenes de guerra por la Corte Penal Internacional o por los tribunales nacionales era menor ni había reclutado ni utilizado a niños.

El Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados preparó el informe presentado al Comité, con las contribuciones de otros ministerios e instituciones gubernamentales. Con posterioridad, se organizaron debates públicos destinados a informar al público en general de las obligaciones asumidas por Bosnia y Herzegovina de conformidad con el Protocolo.

El Sr. Gurán (Relator para el país del Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados) dice que comenzará realizando varias preguntas relativas a la Convención y no al Protocolo facultativo. En primer lugar, pregunta cómo afecta la descentralización de Bosnia y Herzegovina a la aplicación de la Convención y el Protocolo. El Comité entiende que las atribuciones de la autoridad central son muy limitadas y, a ese respecto, el orador pregunta cuál es el ministerio competente a nivel nacional encargado de la aplicación del Protocolo. En segundo lugar, agradecería obtener más información sobre la estructura de los procedimientos independientes de supervisión y desearía saber si un niño puede presentar solicitudes o quejas ante las autoridades. Aunque desde hacía algún tiempo se contaba con un ombudsman, la República Srpska nombró uno especial para que velara por los derechos del niño. El orador pregunta cómo coordinan su trabajo los dos funcionarios y si todos los niños tienen igual acceso a las instituciones independientes. En tercer lugar, parece que la labor de las potencias extranjeras ha tenido más que ver con algunos de los logros de Bosnia y Herzegovina que la del propio Gobierno, y el orador pregunta si se va a seguir llevando a cabo esa labor. Por ejemplo, el Consejo para la Infancia de Bosnia y Herzegovina, creado en 2003, al parecer cesó sus actividades en 2007. El orador considera apropiado que el Comité pida al Gobierno que garantice, antes de las próximas elecciones, que va a seguir avanzando a partir de sus anteriores logros.

El orador acoge favorablemente el hecho de que, con su ratificación del Protocolo facultativo, el Gobierno se haya comprometido a no reclutar a niños y al reclutamiento voluntario de los adultos. Sin embargo, pregunta qué ocurriría si un niño decidiera alistarse en las fuerzas armadas que se encuentran fuera del país. Además, el Comité entiende que no existen escuelas militares en Bosnia y Herzegovina, pero que los niños pueden asistir a esas escuelas en Belgrado, por ejemplo. El orador pregunta si se han celebrado acuerdos con otros países (quizá Croacia, pero muy especialmente Serbia) que cuenten con escuelas militares a las que puedan asistir los niños de Bosnia y Herzegovina. Asimismo, pregunta si todavía se ofrece protección a los niños víctimas del conflicto que se produjo entre 1992 y 1995. Por último, solicita más información sobre las actividades del país relacionadas con la remoción de las minas terrestres.

La Sra. Ortiz, tras elogiar la ratificación por parte de Bosnia y Herzegovina del Protocolo facultativo sin formular reservas, pregunta cómo y entre qué destinatarios se difunde el Protocolo. Los destinatarios más importantes son las fuerzas armadas, los niños y los padres, ya que son los grupos que más necesitan saber que está prohibido reclutar a personas menores de 18 años. Aunque el informe es detallado, no proporciona suficiente información específica sobre el Protocolo. Además, la oradora pregunta si los funcionarios competentes reciben capacitación sobre las disposiciones del Protocolo y cuál ha sido su resultado.

El Sr. Puras recuerda que el Comité, en las observaciones finales que realizó tras su examen del informe inicial de Bosnia y Herzegovina (CRC/C/15/Add.260), recomendó que el Estado parte siguiera llevando a cabo campañas de concienciación sobre el problema de las minas y ampliara la asistencia a los niños afectados por la explosión de minas y otras consecuencias del conflicto armado. Es posible que el problema ya no sea tan apremiante, pero el orador agradecería obtener más información sobre la actual situación de los centros de rehabilitación física y salud mental. Parece que están infrautilizados, y pregunta si asistir a ellos constituye un estigma. Es necesario adoptar un enfoque más multisectorial. Asimismo, el orador pregunta sobre la actual situación operacional y de financiación de los centros de actividades relativas a las minas establecidos en el marco de la estrategia del Gobierno sobre las minas terrestres. Por último, pide a la delegación de Bosnia y Herzegovina que comente el papel que desempeñan las organizaciones no gubernamentales en la prestación de servicios a los niños víctimas de las minas terrestres.

La Sra. Al-Asmar pregunta si el reclutamiento de niños en las fuerzas armadas constituye un delito penal. Asimismo, pregunta si la delegación de Bosnia y Herzegovina conoce casos de niños que asistan a escuelas militares de otros países y si se considera un delito penal desempeñar un papel fundamental para facilitar esa asistencia. Por último, pregunta si existe alguna ley contra el tráfico o la exportación de armas a países que participan en conflictos armados.

La Sra. Aidoo dice que el Comité necesita mucha más información sobre el grado de conocimiento del Protocolo facultativo dentro de Bosnia y Herzegovina. Desea que se le asegure que no solo lo conocen los funcionarios. En particular, desea saber si existe algún programa sistemático estatal que tenga por objetivo incluir la educación para la paz en el sistema educativo. Entiende que las organizaciones no gubernamentales están llevando a cabo esa labor, pero que también son necesarias medidas oficiales.

El Sr. Kotrane, tras elogiar las medidas adoptadas por el Estado parte para aplicar la Convención y los dos Protocolos facultativos, dice que el Comité podría proponer que Bosnia y Herzegovina, que ha ratificado casi todos los instrumentos internacionales de derechos humanos, ratificara también el Convenio de La Haya relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional. Acoge con satisfacción que Bosnia y Herzegovina haya aprobado legislación sobre las personas que buscan asilo y que haya proporcionado asistencia a las organizaciones no gubernamentales que trabajan con grupos vulnerables, como los romaníes. Sin embargo, pregunta qué programas de capacitación existen para asegurar que siempre se observe el interés superior del niño y si se han difundido los Protocolos facultativos de la manera adecuada. Asimismo, pregunta si los niños víctimas de la trata disponen de asistencia jurídica. Por último, señala que el Comité, en sus observaciones finales sobre el informe inicial del Estado parte (CRC/C/15/Add.260), pidió que se fortaleciera el Consejo para la Infancia de Bosnia y Herzegovina. Parece que ha ocurrido lo contrario. Además, se describe al Consejo como “independiente” y, al mismo tiempo, se dice que tiene una función de coordinación. El orador no entiende cómo el Consejo puede ajustarse a ambas descripciones. Por último, observa que el Código Penal no prohíbe de manera expresa el reclutamiento de menores. Por consiguiente, el Estado parte debe reformar su legislación.

El Sr. Citarella pregunta si alguna ley del Estado parte prohíbe que los niños participen en conflictos armados de países que no sean Bosnia y Herzegovina. Desea saber si alguna ley prohíbe la venta de armas a países en los que se sospecha que los niños pueden utilizarlas en las zonas de conflicto.

La Presidenta pregunta si se ha completado el proceso de unificación de las funciones de los tres ombudsman del Estado parte. Con respecto a la cuestión de la discriminación, cree que se discrimina en la cuantía de las prestaciones sociales que reciben las personas civiles y los niños víctimas de la guerra. Parece que un porcentaje importante de los hogares del Estado parte poseen armas ligeras o armas pequeñas lícitas o ilícitas, lo que permite la posibilidad de participar en grupos militares ilegales. Asimismo, parece que existen cerca de 1 millón de minas en 30.000 campos de minas situados cerca de zonas escolares y de juegos, y la Presidenta pregunta qué se está haciendo para desminar esas zonas.

Se suspende la sesión a las 10.45 horas y se reanuda a las 11.10 horas.

La Sra. Djuderija (Bosnia y Herzegovina) dice que, de conformidad con los Acuerdos de Paz de Dayton de 1995, el Estado parte se formó a partir de dos entidades: la Federación de Bosnia y Herzegovina y la República Srpska, además del Distrito de Brčko. A cada uno de los diez cantones de la Federación se le otorgó su propia constitución, y el conjunto forma una estructura compleja en la que se transfieren numerosas responsabilidades a las autoridades locales y los municipios, mientras que el Estado conserva unas pocas.

El Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados es el competente en materia de protección del niño y aborda todas las cuestiones relacionadas con los instrumentos internacionales de derechos humanos aprobados por el Estado parte, entre ellas la supervisión de su aplicación, la preparación de informes periódicos y la reunión de datos. Se ha establecido un departamento dentro del Ministerio para que se ocupe específicamente de las quejas y las denuncias relativas a los derechos humanos presentadas por adultos y niños. La institución, recientemente unificada, del Ombudsman de los Derechos Humanos de Bosnia y Herzegovina tiene un departamento independiente dedicado a la protección de los derechos del niño que recibe quejas relativas a la discriminación contra los menores. La labor del Consejo para la Infancia de Bosnia y Herzegovina, órgano consultivo formado por expertos independientes, se suspendió en 2007 tras la retirada de los representantes de la República Srpska. Se va a crear un nuevo órgano centrado en los derechos del niño y se mantendrá informado al Comité sobre los progresos realizados a ese respecto.

Se seguirán supervisando los derechos del niño en el Estado parte. El Tribunal Constitucional puede recibir quejas y denuncias relativas a las violaciones de los derechos de los adultos y del niño, incluidos los niños a los que se presta asistencia social, y puede ordenar la derogación de leyes, cuando proceda. Las diferentes autoridades registran todos los casos individuales de discriminación, que se reúnen de manera centralizada en el Ministerio de Derechos Humanos. De los 6.000 casos individuales de discriminación que se encuentran actualmente en los archivos, 15 tienen que ver con niños. El Protocolo tiene el mismo rango que la legislación de Bosnia y Herzegovina y se difunde en las escuelas y las universidades en el marco del plan de estudios sobre los derechos humanos y la democracia.

Unos 15 años después de la finalización del conflicto, todavía está muy solicitada la rehabilitación psicosocial para las víctimas de la guerra. Los servicios existentes se encuentran descentralizados y, por lo tanto, ha sido difícil elaborar un enfoque unificado para tratar a las víctimas de lesiones físicas o de trauma psicológico. En 2009, el Consejo de Ministros de Bosnia y Herzegovina empezó a colaborar con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en la elaboración de una estrategia estatal sobre la justicia de transición, que abarcará, entre otros temas, el desarrollo de la capacidad institucional en todo el país para asistir a las víctimas de la guerra, entre ellos los niños víctimas. Los servicios de salud mental y protección social existentes en el Estado parte son insuficientes para responder a la demanda actual. Dada la compleja estructura política y administrativa de Bosnia y Herzegovina, la coordinación de los servicios y la elaboración de nuevas estrategias para asistir a las víctimas de la guerra constituye una tarea difícil.

El Sr. Gurán (Relator para el país del Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados) dice que la estrategia estatal sobre la justicia de transición va a ser un documento muy importante en lo que respecta a la prestación de asistencia a las víctimas de la guerra, y desea saber qué ministerio se encargará de garantizar su aplicación a nivel nacional.

La Sra. Djuderija (Bosnia y Herzegovina) dice que los ministerios que asumirán la responsabilidad primordial de administrar los diferentes elementos de la estrategia sobre la justicia de transición serán los siguientes: el Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados, el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Asuntos Civiles. La estrategia abordará los problemas de las reparaciones, el esclarecimiento de los hechos y la creación de monumentos conmemorativos, así como el desarrollo de la capacidad institucional a nivel estatal y en los cantones. El grupo de trabajo encargado de la elaboración de la estrategia también incluye a representantes del Ministerio de Salud, las organizaciones no gubernamentales y el PNUD. Resulta útil trabajar en un único proyecto estatal que reúna a todos los agentes; en el pasado, la comunidad internacional ha mostrado un enfoque un tanto fragmentado de los problemas de Bosnia y Herzegovina.

El Sr. Gurán (Relator para el país del Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados) dice que ha sido muy importante conocer la participación de los diferentes ministerios en la elaboración de la estrategia y destaca especialmente la función del Ministerio de Salud, dado que numerosas víctimas de la guerra del Estado parte no tienen seguro médico.

La Sra. Taraba (Bosnia y Herzegovina) dice que, en virtud de la legislación de Bosnia y Herzegovina, se han aprobado numerosos instrumentos internacionales de derechos humanos. Está de acuerdo en que es importante garantizar la supervisión independiente de la aplicación de las normas internacionales de derechos humanos. Una de las instituciones independientes ante las que un niño o su tutor pueden solicitar la protección de sus derechos es la oficina del Ombudsman de los Derechos Humanos, creada recientemente y con carácter totalmente independiente, que ha establecido un departamento específico para examinar las cuestiones relacionadas con la violación de los derechos del niño. Además de las atribuciones del Tribunal Constitucional, en 2009 se nombró en el Parlamento un comisionado militar independiente cuya función es colaborar con la inspección general de las fuerzas armadas, e informará al Ombudsman de los Derechos Humanos de las irregularidades que afecten a los derechos del niño en las fuerzas armadas.

En cuanto a la difusión de las normas de derechos humanos, la oradora explica que todas las normas ratificadas por el Parlamento se publican en el Boletín Oficial, entre ellas el Protocolo, y en los sitios web de todos los ministerios que se ocupan de los derechos humanos se puede consultar el texto de dicho instrumento. Es obligatorio que los funcionarios públicos y la judicatura reciban capacitación sobre la Convención y sus Protocolos, y al público se le informa a través de programas comunitarios de educación.

El Sr. Kotrane pregunta qué medidas se han adoptado para garantizar que los principios consagrados en el Protocolo facultativo se difundan entre los niños, que estos participen en la preparación del informe del Estado parte y que tengan a su disposición programas específicos de educación para la paz, en particular aquellos que hayan participado en conflictos armados.

La Sra. Djuderija (Bosnia y Herzegovina) dice que no existe ningún programa específico de capacitación sobre el Protocolo facultativo, pero que en los planes de estudios se incluye una asignatura que enseña los valores consagrados en la Convención y sus Protocolos facultativos, como la cultura de paz, la coexistencia y la democratización. Se considera que es importante conocer las obligaciones internacionales de Bosnia y Herzegovina en todos los niveles del sistema educativo.

La Sra. Taraba (Bosnia y Herzegovina) dice que en los planes de estudios se incluye una asignatura obligatoria que trata de los fundamentos de la democracia y los derechos humanos y que abarca determinados aspectos de la Convención sobre los Derechos del Niño, la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros instrumentos que garantizan los derechos del niño. La asignatura se enseña con mayor profundidad en la educación superior.

El Sr. Citarella desea saber si se ofrece al personal militar una capacitación específica sobre el Protocolo facultativo, que considera esencial.

La Sra. Aidoo pregunta qué capacitación sobre derechos humanos se ofrece al personal militar de Bosnia y Herzegovina que participa en las operaciones de mantenimiento de la paz, en concreto con respecto a los derechos del niño. Esa capacitación es fundamental para garantizar que dicho personal tenga una buena comprensión de los requisitos de protección de los derechos del niño en los conflictos armados.

El Sr. Radojčič (Bosnia y Herzegovina) dice que el personal de todas las categorías de las fuerzas armadas, es decir, los soldados profesionales, los suboficiales y los oficiales, reciben capacitación una vez al año. Tras la supresión del reclutamiento en las fuerzas armadas, este se lleva a cabo a través de un proceso de selección. Una vez reclutado en las fuerzas armadas, el personal asiste a un curso de capacitación de tres meses, que cuenta con un plan de estudios claramente definido que abarca el derecho internacional humanitario, las leyes de la guerra y todos los convenios y convenciones internacionales relativos a los conflictos armados, entre ellos el Protocolo facultativo. A partir de la reciente participación de Bosnia y Herzegovina en operaciones de mantenimiento de la paz, sobre todo en el Afganistán, se ha proporcionado capacitación a los suboficiales y los oficiales sobre el derecho internacional humanitario, las leyes de la guerra y la protección de los niños de conformidad con todos los tratados, las convenciones y los convenios de los que Bosnia y Herzegovina es signataria.

El Sr. Hadžikadunić (Bosnia y Herzegovina) dice que hasta la fecha han tenido lugar cuatro ciclos de capacitación. Ningún menor de 18 años puede solicitar su incorporación al ejército, pero en la práctica la media de edad de los solicitantes es de 27 años y los soldados profesionales pueden servir hasta los 35 años. Los posibles reclutas solicitan su ingreso a través de campañas de reclutamiento abiertas y periódicas o presentándose como candidatos para las vacantes específicas anunciadas en la prensa.

La Sra. Taraba (Bosnia y Herzegovina), en respuesta a la pregunta de la Presidenta sobre las iniciativas que se están llevando a cabo para la remoción de minas terrestres, dice que se han proporcionado detalles en el informe del Estado parte (CRC/C/OPAC/BIH/1), como, por ejemplo, la información sobre la aprobación en 2004, por parte del Consejo de Ministros, de la Estrategia de actividades relativas a las minas para Bosnia y Herzegovina. La estrategia requerirá el apoyo financiero a largo plazo de la comunidad internacional y de los países donantes. Como signataria de la Convención sobre la prohibición del empleo, almacenamiento, producción y transferencia de minas antipersonal y sobre su destrucción, Bosnia y Herzegovina se ha comprometido a la remoción de minas terrestres de su territorio antes de marzo de 2019, y a tal fin se ha establecido una estructura operacional a nivel estatal. Además, las instituciones públicas y las organizaciones no gubernamentales están colaborando para aplicar medidas preventivas a largo plazo, como, por ejemplo, las campañas de divulgación en las escuelas sobre los peligros de las minas terrestres.

La Sra. Djuderija dice que los centros de actividades relativas a las minas también están llevando a cabo en las escuelas campañas permanentes sobre los riesgos de las minas terrestres.

La Sra. Horic (Bosnia y Herzegovina), con respecto al tema de la cooperación internacional, dice que Bosnia y Herzegovina está asistiendo a otros países de conformidad con el Convenio Europeo de Asistencia Judicial en Materia Penal y otros convenios y convenciones pertinentes, que incluyan disposiciones sobre la extradición y la jurisdicción extraterritorial. Asimismo, ha celebrado memorandos de entendimiento con países vecinos, como Serbia, y ha promulgado leyes que prohíben a los ciudadanos de Bosnia y Herzegovina llevar a cabo el adiestramiento y el servicio militar en otros países. Con arreglo a los memorandos de entendimiento celebrados con los países vecinos, los ministerios gubernamentales tienen que informarse entre ellos sobre la legislación vigente y proporcionar información de interés mutuo. Por ejemplo, será obligatorio proporcionar información sobre los ciudadanos de Bosnia y Herzegovina que estén actualmente realizando el servicio militar en Serbia.

La Presidenta pregunta si, como consecuencia del memorando de entendimiento celebrado con Serbia, Bosnia y Herzegovina puede identificar a los niños que se envían a las escuelas militares de aquel país.

La Sra. Horic (Bosnia y Herzegovina) dice que, de acuerdo con lo establecido en el memorando de entendimiento, cualquier ministerio gubernamental de una de las partes signatarias tendrá que proporcionar información a petición del ministerio de la otra parte y, por lo tanto, el ministerio competente de Bosnia y Herzegovina tendrá que solicitar a su contraparte serbia que proporcione información sobre los niños que asisten a escuelas militares de Serbia.

La Presidenta pregunta si Bosnia y Herzegovina ha solicitado esa información a Serbia y si la ha recibido.

La Sra. Djuderija (Bosnia y Herzegovina) sugiere que sería pertinente, en esa coyuntura, que el Sr. Radojčič explicara la situación con respecto a la doble ciudadanía en Bosnia y Herzegovina y Serbia.

El Sr. Radojčič (Bosnia y Herzegovina) dice que la doble ciudadanía en Bosnia y Herzegovina y Serbia ha causado algunos problemas en el sistema educativo. Hasta 2006, se permitía que todos los niños asistieran a las escuelas de enseñanza secundaria y a las academias militares de Serbia, pero esa práctica se interrumpió en 2007 y, durante el período de transición, los niños que ya estaban matriculados finalizaron su educación en Serbia antes de regresar a Bosnia y Herzegovina. No se matricula a nuevos estudiantes en las academias militares de Serbia, aunque estos o sus padres tengan doble ciudadanía. La situación es similar con respecto a Croacia, pero con menos personas afectadas.

El Sr. Hadžikadunić (Bosnia y Herzegovina) dice que no existen acuerdos sobre el adiestramiento militar firmados con los países vecinos y que todos los oficiales vienen de escuelas civiles de Bosnia y Herzegovina. No debe pasarse por alto la función de las fuerzas armadas en la remoción de minas terrestres; el batallón especial de desminado de las fuerzas armadas ya ha logrado importantes resultados, pero necesita más fondos para poder ser aún más eficaz.

El Sr. Radojčič (Bosnia y Herzegovina), en respuesta a la preocupación expresada en relación con el tráfico y la exportación de armas pequeñas y armas ligeras, dice que las fuerzas armadas están abordando el problema a través del Comité de Coordinación para el control de las armas pequeñas y armas ligeras de Bosnia y Herzegovina, establecido por el Consejo de Ministros en julio de 2005, que trabaja en estrecha cooperación con el Centro de documentación de Europa Sudoriental y Oriental sobre la lucha contra la proliferación de armas pequeñas. En cuanto al considerable número de personas civiles del Estado parte que poseen armas pequeñas y armas ligeras, en 1996 se inició un campaña conocida como “operación Harvest”, encaminada a alentar a las personas civiles a entregar sus armas para su destrucción. El Ministerio de Defensa, junto con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), está trabajando para destruir los excedentes de municiones, los dispositivos explosivos y todas las armas pequeñas y armas ligeras existentes en Bosnia y Herzegovina.

La Sra. Aidoo solicita información sobre los resultados conseguidos hasta el momento, ya que existe una enorme cantidad de armas pequeñas y armas ligeras, excedentes de municiones y dispositivos explosivos que destruir.

El Sr. Hadžikadunić (Bosnia y Herzegovina) dice que un informe del Comité de Coordinación para el control de las armas pequeñas y armas ligeras de Bosnia y Herzegovina de 2009 indicó que existe una gran cantidad de armas pequeñas y armas ligeras y excedentes de municiones en posesión de las fuerzas armadas y las personas civiles, pero que la “operación Harvest” está logrando resultados positivos.

El Sr. Radojčič (Bosnia y Herzegovina) dice que últimamente se han intensificado los esfuerzos para destruir todas las armas pequeñas y armas ligeras, los excedentes de municiones y los dispositivos explosivos. El PNUD ha proporcionado fondos para incrementar la capacidad de unas instalaciones especiales en las que se están destruyendo armas pequeñas y armas ligeras. Asimismo, el Ministerio de Defensa ha celebrado un acuerdo con una empresa civil de Sarajevo para destruir minas terrestres y dispositivos explosivos.

La Presidenta dice que el Comité está preocupado por los informes que señalan que el 16% de los hogares poseen armas pequeñas y armas ligeras. ¿Qué eficacia ha tenido la “operación Harvest”? ¿Se está ejecutando realmente?

El Sr. Radojčič (Bosnia y Herzegovina) dice que la operación es un éxito, pero que existe una gran cantidad de armas que destruir. No obstante, se está haciendo todo lo posible para acelerar el proceso.

La Sra. Djuderija (Bosnia y Herzegovina) dice que la operación no ha logrado su objetivo final de destruir todas las armas ilícitas que están en posesión de las personas civiles, pero que la campaña de recuperación está en marcha y se necesita más tiempo para llevar a buen término la operación.

La Presidenta pide que se aclare qué ministerio es el encargado de aplicar el Protocolo facultativo.

La Sra. Djuderija (Bosnia y Herzegovina) dice que el Ministerio de Derechos Humanos es el principal encargado de supervisar la aplicación del Protocolo facultativo y de cooperar con otras autoridades, pero que el Ministerio de Defensa, el Ministerio del Interior y el Ministerio de Educación y Ciencia también desempeñan funciones en ese ámbito.

La Sra. Taraba (Bosnia y Herzegovina) dice que, aunque el Código Penal no prohíbe de manera expresa la participación de niños en los conflictos armados, se incluye una prohibición indirecta en el artículo 162 a) del Código Penal y en el artículo 9, párrafo 1 h), de la Ley de las fuerzas armadas. Además, de conformidad con la Constitución, se pueden invocar directamente en los tribunales nacionales las disposiciones del Protocolo facultativo.

La Sra. Djuderija (Bosnia y Herzegovina) dice que, a pesar del carácter indirecto de la prohibición, no hay duda de que, en Bosnia y Herzegovina, la participación de menores en los conflictos armados es contraria a la ley.

El Sr. Kotrane dice que, si bien la legislación interna del Estado parte permite la invocación directa de las disposiciones del derecho internacional en los tribunales, para que las disposiciones invocadas sirvan de fundamento para el enjuiciamiento y la sanción penal, es necesario que determinen las penas para los delitos que establecen. Sin embargo, las disposiciones del Protocolo facultativo no determinan las penas, sino que dejan esa tarea a la discreción de los Estados partes.

Además, es importante que las penas establecidas para los actos relativos a la participación de niños en los conflictos armados se determinen expresamente en la legislación penal del Estado parte, ya que la mayoría de los Estados consideran que dichos actos merecen un castigo más severo que el correspondiente a la movilización ilícita de adultos por una fuerza militar, como se establece en el artículo 162 a), del Código Penal del Estado parte.

Con respecto a la cuestión de la jurisdicción extraterritorial, a fin de garantizar el cumplimiento del Protocolo facultativo, el Estado parte debe prohibir expresamente los actos descritos en él que cometan sus nacionales fuera de su territorio, independientemente de la nacionalidad de las víctimas.

El orador acoge con satisfacción la ratificación de Bosnia y Herzegovina del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, que tipifica como crímenes de guerra el reclutamiento o el alistamiento de niños menores de 15 años en las fuerzas armadas nacionales o su utilización para participar de manera activa en las hostilidades.

Todo lo anteriormente mencionado subraya la necesidad de que el Estado parte reforme su legislación penal a fin de prohibir de manera expresa el reclutamiento de niños en los conflictos armados y ampliar el ámbito de su jurisdicción para incluir el enjuiciamiento de los delitos enumerados en el Protocolo facultativo que se cometan fuera de su territorio.

La Sra. Djuderija (Bosnia y Herzegovina) explica que Bosnia y Herzegovina no ha asumido hasta hace muy poco la jurisdicción extraterritorial en relación con los delitos prescritos, dado que su sistema jurídico tiene su origen en el derecho continental, y no en el common law. El Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados tiene autoridad para revisar las leyes y solicitar su armonización con los instrumentos internacionales, entre ellos el Protocolo facultativo. Por supuesto, se tendrán en cuenta las propuestas del Sr. Kotrane.

La Sra. Taraba (Bosnia y Herzegovina) dice que el artículo 12, párrafo 1 c), del Código Penal dispone que la legislación penal bosnia es aplicable a todo aquel que, fuera del territorio estatal, cometa un delito penal que Bosnia y Herzegovina esté obligada a sancionar de conformidad con las disposiciones del derecho internacional y los tratados internacionales o los acuerdos intergubernamentales.

Recordando el importante papel desempeñado por las organizaciones de la sociedad civil en la promoción y la protección de los derechos del niño en Bosnia y Herzegovina, la oradora señala que la cooperación entre los sectores gubernamentales y no gubernamentales está regulada a través del memorando de entendimiento firmado por el Gobierno y el Consejo de organizaciones no gubernamentales, que establece la participación de estas en todas las actividades del Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados.

La Sra. Djuderija (Bosnia y Herzegovina) dice que, desde su creación, hace diez años, el Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados siempre ha incluido a los representantes de las organizaciones no gubernamentales en los grupos de trabajo creados para la elaboración de legislación, estrategias y planes. Tanto en la fase inicial de redacción como en las posteriores, los representantes de las organizaciones no gubernamentales tienen libertad para formular comentarios u objeciones o para proponer alternativas. Además, el Ministerio organiza con frecuencia conferencias y otros actos en colaboración con las organizaciones no gubernamentales. De hecho, varias de estas organizaciones concibieron la idea de crear el Consejo para la Infancia. Las organizaciones no gubernamentales están trabajando actualmente en colaboración con el Ministerio para establecer los criterios de varias estrategias relativas a los derechos del niño, como, por ejemplo, la lucha contra la violencia contra el niño y la explotación infantil.

Para sus relaciones con la sociedad civil, es fundamental la excelente colaboración de Bosnia y Herzegovina con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), con el que lleva a cabo investigaciones y estudios conjuntos, algunos de los cuales se han elaborado en respuesta a las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño. El Gobierno coteja continuamente la información sobre la situación de los niños para actuar de acuerdo con unas estadísticas fidedignas, de las que se ha carecido en el pasado.

En respuesta a la cuestión relativa a los centros de rehabilitación psicosocial, la oradora señala que Bosnia y Herzegovina es un país abrumado no solo por el trauma de la guerra, sino también por la tradición, ya que existe una serie de estereotipos muy negativos que rodean a las instituciones que, en el marco del proceso de transición, actúan de manera diferente a como lo hacían en el pasado. Algunas veces, se considera que dichas instituciones constituyen mecanismos inadecuados de ayuda a los niños, debido quizá a la actitud de los padres con respecto a la crianza de los hijos. En los últimos años, las iniciativas del Gobierno se han centrado en la promoción, a través del sistema de enseñanza oficial, de los servicios ofrecidos a los niños en los centros de salud mental.

La nueva generación de niños disfruta de un mejor acceso al sector de la salud, excepto en la esfera de la protección social, ya que Bosnia y Herzegovina, al igual que otros muchos países que se encuentran en período de transición, no tiene recursos para prestar una protección social adecuada a determinadas categorías de niños. Sin embargo, a nivel local, todas las categorías de niños tienen a su disposición todos los servicios, como, por ejemplo, los centros de bienestar social y de atención primaria de la salud.

La oradora recuerda que han pasado más de 15 años desde la finalización de la guerra, y que muchos de los niños que estuvieron expuestos a los traumas causados por la guerra han alcanzado ahora la edad adulta. Por lo tanto, los servicios ofrecidos a las víctimas de dichos traumas se dirigen principalmente a adultos. Existe una nueva área de rehabilitación psicosocial que implica tratar el fenómeno del síndrome de estrés postraumático, que está muy extendido en Bosnia y Herzegovina, a través de una terapia in situ en los lugares concretos donde numerosas personas sufrieron durante la guerra. En la actualidad, se han puesto en marcha iniciativas con el objetivo de desarrollar la capacidad institucional para abordar el síndrome de esa manera, pero plantean grandes desafíos con respecto a la obtención de la voluntad política necesaria y exigen la utilización de una gran cantidad de los ya escasos recursos públicos. Aunque la Ley de protección social puede responder en parte a esos desafíos estableciendo una cooperación directa con las organizaciones no gubernamentales en la ejecución de dichos programas, el Gobierno desea dar prioridad al fortalecimiento de sus propias capacidades, para que los servicios prestados por las organizaciones no gubernamentales sean simplemente un complemento a los proporcionados por el Estado, al contrario de la situación que ha imperado en el período inicial de recuperación posterior a la guerra.

El Sr. Puras pregunta si el Gobierno ha determinado o abordado los problemas con los que se encuentran los hijos de personas que han sufrido directamente los traumas causados por la guerra, a los que pueden haber afectado las consecuencias de las experiencias traumáticas de sus padres.

La Sra. Djuderija (Bosnia y Herzegovina) dice que, sin duda, el problema existe, pero que el Gobierno no tiene capacidad para proteger a todas las familias afectadas. En la actualidad, está elaborando un sistema de alerta temprana en las escuelas, según el cual los profesores de preescolar detectarán los problemas y los señalarán a la atención de los centros de protección social. Bosnia y Herzegovina es todavía una comunidad tradicional que no está acostumbrada a abordar los problemas psicológicos fuera de la familia, ya que se considera que pertenecen al ámbito de la privacidad y, con frecuencia, van unidos a un estigma. Además de estas dificultades, cada vez existen más problemas económicos y sociales que afectan a los niños. El Gobierno está intentando desarrollar la capacidad profesional a fin de prestar servicios psicosociales en todas las comunidades, pero carece de recursos financieros para hacerlo. Por desgracia, los traumas causados por la guerra constituyen un fenómeno que afecta a la mayoría de la población, y el Gobierno no ha encontrado todavía la manera de abordarlo adecuadamente. Se está haciendo todo lo posible para lograrlo mediante la aplicación de la estrategia sobre la justicia de transición; sin embargo, es un proceso largo y arduo.

La Presidenta solicita información adicional sobre los informes que señalan que los derechos a las prestaciones sociales de las víctimas civiles de la guerra no son iguales en todo el territorio.

La Sra. Djuderija (Bosnia y Herzegovina) dice que el Gobierno está elaborando una ley de bases nacional sobre la protección de las víctimas civiles de la guerra y las víctimas de la tortura. Su objetivo es armonizar los procedimientos para conceder las prestaciones sociales a las que dichas víctimas tienen derecho, a fin de garantizar que todas ellas disfruten de los mismos derechos en todo el territorio estatal. Dicha legislación requiere voluntad política, y se espera que, tras las próximas elecciones, el nuevo Parlamento y Consejo de Ministros la aprueben. Las víctimas de la guerra reciben protección, pero las diferencias en la legislación de las Entidades han obstaculizado la movilidad de las prestaciones cuando un ciudadano se traslada dentro del país de la República Srpska a la Federación de Bosnia y Herzegovina, o viceversa. No cabe duda de que es necesario que exista un marco legislativo común o un enfoque armonizado de las Entidades, pero esas soluciones requieren un consentimiento previo de ambas Entidades, y, hasta la fecha, no se ha dado. No obstante, se están llevando a cabo negociaciones a tal efecto.

La Presidenta pregunta si el Gobierno tiene previsto establecer departamentos especiales dentro de sus ministerios para abordar los derechos del niño o si tiene previsto restablecer el desaparecido Consejo para la Infancia.

La Sra. Djuderija (Bosnia y Herzegovina) dice que se ha intentado lograr un compromiso con objeto de reactivar la labor del Consejo para la Infancia, y que se están manteniendo negociaciones según esos criterios. La idea sería otorgar al Consejo un mandato independiente que le permitiera dedicarse por completo a tareas tales como la coordinación institucional, el asesoramiento, la reunión de datos y la elaboración de medidas para los niños en las esferas de la prevención y la promoción.

El Sr. Gurán (Relator para el país del Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados) dice que han transcurrido 15 años desde la firma del Acuerdo Marco General de Paz en Bosnia y Herzegovina. Aunque el Estado parte ha avanzado mucho en la esfera legislativa, ya es hora de que desarrolle su fortaleza interna y que deje de depender de la asistencia internacional. El primer aspecto que hay que abordar es la mejora de la ayuda y la coordinación de las Entidades a nivel nacional, a fin de evitar una situación en la que el Estado se encuentre demasiado descentralizado y ya no pueda garantizar el cumplimiento de sus obligaciones internacionales, entre otras las establecidas en la Convención y los dos Protocolos facultativos. La estrategia sobre la justicia de transición constituye un primer paso fundamental, al que después debe seguir la reconstrucción de las estructuras institucionales. Asimismo, es importante mantener el marco para la cooperación regional como medio para garantizar la paz en los Balcanes, y las cuestiones relativas a los niños pueden proporcionar un punto de partida útil. Aunque parece que la aplicación del Protocolo facultativo en el Estado parte no ha planteado ningún problema importante, se puede mejorar la aplicación de los derechos del niño en general y la garantía de la igualdad en el disfrute de esos derechos por todos los niños en todo el territorio estatal.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.