Naciones Unidas

CRC/C/SR.1462

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

2 de noviembre de 2010

Español

Original: inglés

Comité de los Derechos del Niño 53º período de sesiones

Acta resumida de la 1462ª sesión (sala A)Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el miércoles 13 de enero de 2010, a las 15.00 horas

Presidenta :Sra. Lee

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes (continuación)

Informe inicial de Estonia con arreglo al Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía

La presente acta podrá ser objeto de correcciones.

Las correcciones deberán redactarse en uno de los idiomas de trabajo. Deberán presentarse en forma de memorando, incorporarse en un ejemplar del acta y enviarse, dentro del plazo de una semana a partir de la fecha del presente documento, a la Dependencia de Edición, oficina E.4108, Palacio de las Naciones, Ginebra.

Las correcciones que se introduzcan en las actas de las sesiones públicas del Comité se reunirán en un documento único que se publicará poco después del período de sesiones.Se declara abierta la sesión a las 15.05 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes (continuación)

Informe inicial de Estonia con arreglo al Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (CRC/C/OPSC/EST/1; CRC/C/OPSC/EST/Q/1 y Add.1; HRI/CORE/1/Add.50/Rev.1)

1. Por invitación de la Presidenta, los miembros de la delegación de Estonia toman asiento a la mesa del Comité.

2.El Sr. Kokk (Estonia) dice que, si bien en varios planes de desarrollo se han cubierto en los últimos años diferentes aspectos relacionados con los derechos y la protección de los niños, hasta 2010 no se han iniciado las tareas para redactar el Plan de Desarrollo de Políticas para el Niño y la Familia. Incluirá temas que afectan a los derechos de los niños y al bienestar de la familia. En 2009 se empezó a aplicar el Plan de Desarrollo de Lucha contra la Violencia. Se ha centrado en impedir los delitos cometidos por los niños o contra ellos, la violencia en el hogar y la trata de personas. El Ministerio de Justicia ha coordinado su desarrollo, con la participación de varios organismos del Gobierno, organizaciones no gubernamentales (ONG) y foros de ciudadanos.

3.Desde 2005, la máxima prioridad en su país ha sido la lucha contra los delitos sexuales de que son víctimas los niños. Entre las medidas tomadas en este sentido figura el incremento de las sanciones por los delitos sexuales contra los niños, la elaboración de medidas legislativas que penalicen el "engatusamiento" (grooming), la introducción de restricciones relativas al trabajo con los niños y la emisión de órdenes de alejamiento y prisión preventiva si procede.

4.En 2010, la policía se dedicó a combatir los delitos cometidos contra o por los menores. Se ha hecho siempre hincapié en garantizar la rapidez de los procedimientos incoados por delitos que implican a menores y en procurar traumatizar lo menos posible a los niños. A partir de 2010, en todas las prefecturas de policía del país se han creado servicios de protección especiales para los niños. Los funcionarios encargados de las actuaciones penales en las que hay víctimas infantiles son personas que han recibido una formación especial y que están cualificadas para tratar a los niños víctimas de delitos penales. La policía está tomando también medidas para ayudar a los delincuentes juveniles a reintegrarse en la sociedad.

5.La difusión de los delitos por Internet, y en especial el incremento del volumen y la magnitud de los problemas relacionados con el maltrato de los niños, se ha convertido en un nuevo objetivo prioritario para la policía en 2010. Se han supervisado los sitios en Internet más visitados por los niños y, por ende, más atractivos para los sospechosos de pedofilia, así como los sitios de creación de redes sociales y los utilizados para la prostitución. Se ha hecho un gran hincapié en la labor preventiva con los niños, los padres y la sociedad en general. En 2009, la Unión Estonia para el Bienestar de la Infancia, en colaboración con otros organismos, solicitó adherirse al Programa para una Internet más segura de la Comisión Europea, a fin de establecer una línea telefónica directa con miras a denunciar los contenidos inadecuados en Internet y una línea telefónica de ayuda para prestar asesoramiento.

6.Además de esas iniciativas específicas, se están aplicando varias medidas de apoyo más generales a fin de combatir la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía. El Gobierno está cooperando con las ONG, con miras a fomentar relaciones positivas entre padres e hijos, ha llevado a cabo campañas de promoción de opciones responsables en materia de salud sexual y se ha adherido a la campaña del Consejo de Europa para evitar los castigos corporales. El Ministerio de Asuntos Sociales ha creado una línea telefónica directa a nivel nacional para los niños que necesitan ayuda o protección, que facilita información y asesoramiento tanto a niños como a adultos. Se están realizando esfuerzos para transformar la labor de prevención basada en proyectos en una labor de prevención más sistemática y coherente, que incluya la utilización de prácticas respaldadas por pruebas y principios de detección y de intervención precoces.

7.A comienzos de 2010 se va a establecer un nuevo departamento de políticas para la infancia y la familia en el seno del Ministerio de Asuntos Sociales, a fin de coordinar más eficazmente las medidas relativas al bienestar del niño y la familia. En 2010, se dedicará a configurar el Plan de Desarrollo de Políticas para el Niño y la Familia, que servirá para mejorar la Ley de protección del niño, e incluirá la adopción de disposiciones de prohibición de los castigos corporales a los niños, fomentando las aptitudes parentales y evitando la violencia contra los niños.

8.Se está debatiendo en la actualidad la posibilidad de crear el cargo Defensor del Niño. Se han organizado varias mesas redondas a diferentes niveles entre representantes del Parlamento, ministerios, la Oficina del Canciller de Justicia y varias ONG.

9.El Gobierno ha firmado el Convenio para la acción contra la trata de seres humanos y el Convenio para la protección de los niños contra la explotación y el abuso sexual del Consejo de Europa que prevé ratificar. En octubre de 2008, la Relatora Especial sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía visitó su país y formuló recomendaciones muy útiles que han contribuido a alcanzar muchos de los resultados obtenidos. Su Gobierno es consciente de que aún queda bastante por hacer, por lo que agradecerá las observaciones del Comité.

10.El Sr. Kotrane (Relator para el país) solicita que se aclare cuál es el órgano responsable de coordinar las medidas destinadas a aplicar las disposiciones del Protocolo Facultativo. Convendría saber si se ha implantado un mecanismo permanente para recibir las quejas de los niños y de sus familias acerca de las violaciones de los derechos de los niños en general y de los derechos plasmados en el Protocolo Facultativo, en especial.

11.Pregunta si, en la legislación penal del Estado parte, la definición de venta de niños incluye el obligar a un niño a realizar un trabajo forzoso y el actuar en calidad de intermediario para la adopción de un niño, en violación de los instrumentos jurídicos internacionales aplicables en materia de adopción, como se prevé en el artículo 3 del Protocolo Facultativo. El Comité agradecerá también una explicación de por qué no se ha prohibido la utilización de niños entre 14 y 18 años en algunas actividades relacionadas con la producción de material pornográfico, como se indica en el párrafo 67 del informe inicial del Estado parte.

12.Acoge con satisfacción el hecho de que la venta o la compra de niños por una persona jurídica sea un delito punible. Sin embargo, no ha quedado claro si el Estado parte ha hecho efectiva su jurisdicción con respecto a los delitos contemplados en el Protocolo Facultativo cuando el presunto autor sea nacional del Estado parte o tenga residencia habitual en su territorio o cuando la víctima sea nacional del Estado parte.

13.Pregunta por qué los niños testigos mayores de 14 años no tienen obligatoriamente el derecho a ser oídos en presencia de un funcionario de protección de la infancia, de un trabajador social o de un psicólogo.

14.La Sra. Ortiz pregunta qué medidas se han adoptado para impedir que haya personas que actúen como intermediarias en la adopción de niños, en violación de los instrumentos jurídicos internacionales aplicables en materia de adopción y si esas medidas han resultado eficaces. Desea saber también qué disposiciones ha tomado el Estado parte para divulgar el contenido del Protocolo Facultativo entre las autoridades competentes y los niños y sus familias, de forma que puedan entenderlo con facilidad.

15.El Sr. Puras pregunta qué lecciones ha extraído el Estado parte del caso al que se le dio mucha difusión, de un ciudadano relacionado con los derechos del niño que fue condenado por abusar sexualmente de los niños. Sería especialmente útil saber qué medidas han adoptado las autoridades para ayudar a los niños que fueron las víctimas de esos delitos.

16.Deberá facilitarse información suplementaria sobre cómo se identifican los grupos vulnerables y cómo aborda el Estado parte las causas primordiales de los delitos con arreglo al Protocolo Facultativo. Dado el elevado número de niños internados en instituciones, pregunta qué medidas proactivas se han tomado para proteger a esos niños de los delitos incluidos en el Protocolo Facultativo.

17.Desea saber qué disposiciones se han adoptado para garantizar que se mantengan normas estrictas y se utilicen en todos los casos técnicas respetuosas con los niños al tratar con niños víctimas de delitos. Dado el riesgo de que los niños padezcan una doble victimización si son estigmatizados por los servicios que se ocupan de su caso, al orador le interesaría saber qué resultados favorables y qué desafíos puede mencionar el Estado parte en ese sentido.

18.Convendría averiguar si el Estado parte se plantea la posibilidad de restablecer la especialidad profesional de psiquiatría infantil para adolescentes. En términos más generales, solicita a la delegación comentarios sobre la competencia de todos los profesionales que trabajan con los niños, como la policía, los fiscales, los trabajadores sociales y los psicólogos.

19.La Sra. Villarán de la Puente pide más detalles sobre los recursos humanos y presupuestarios asignados a la prevención y el castigo de los delitos enumerados en el Protocolo Facultativo. Sería particularmente útil conocer qué medidas se están tomando para enseñar a la policía a combatir esos delitos a nivel local, como recomendó la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía.

20.La Sra. Aidoo pregunta si el nuevo departamento para la infancia y la familia que se creará en el seno del Ministerio de Asuntos Sociales estará en condiciones de cooperar, con miras a la plena aplicación del Protocolo Facultativo, con otros departamentos y ministerios que, en otros aspectos, pueden gozar de mayores atribuciones. En segundo lugar, señala que no parece existir un mecanismo sistemático para recopilar y analizar los datos específicos relativos a las esferas cubiertas por el Protocolo Facultativo, y se pregunta si se está llevando a cabo algún estudio sobre la venta de niños, la prostitución infantil o el turismo sexual relacionado con la infancia, que permita al Gobierno planificar una estrategia. En ese sentido, se pregunta si el Gobierno cuenta, o prevé contar con un plan estratégico rector que abarque todos los aspectos del Protocolo Facultativo.

21.El Sr. Citarella dice que el Estado parte debe tener mucho cuidado de no confundir la trata de personas con la venta de niños, pues son dos fenómenos diferentes. Pregunta qué disposiciones preventivas está adoptando el Gobierno para alertar a los padres y a los trabajadores sociales de los peligros de Internet y si la policía tiene poderes para cerrar cualquier sitio de Internet que infrinja la normativa sobre utilización de niños en la pornografía y prostitución infantil.

22.El Sr. Gurán solicita información actualizada sobre los planes para crear la figura del Defensor del Niño y un mecanismo de control independiente que abarque todos los aspectos del Protocolo Facultativo. Subraya la importancia de la cooperación internacional para la prevención de la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía; esa cooperación requerirá buenos contactos y el intercambio de información con otros países. Se pregunta a ese respecto qué medidas está tomando Estonia, que es un gigante mundial en la informatización de datos, respecto del proyecto europeo establecido por la Presidencia sueca de la Unión Europea a fin de afrontar los peligros de Internet para los niños.

23.La Presidenta, hablando en su calidad de miembro del Comité, dice que desea disipar la confusión que existe entorno a la edad mínima de consentimiento para participar en la producción de material erótico. El Protocolo Facultativo estipula que la edad mínima es de 18 años y no la edad mínima de consentimiento sexual de Estonia. En cuanto a la institución del Canciller de Justicia, indica que no existe ninguna disposición legislativa que ofrezca específicamente a los niños el acceso a un mecanismo de denuncia. El Comité recomienda que el Gobierno apruebe un código de conducta al respecto.

Se suspende la sesión de las 15.55 horas a las 16.25 horas para permitir a la delegación de Estonia estudiar sus respuestas a las preguntas del Comité.

24.La Sra. Tikerpuu (Estonia) señala que el nuevo departamento, que se implantará a finales de febrero de 2010, contará con una plantilla de seis personas. La cooperación y la coordinación son fáciles en un país pequeño, ya que todos los ministerios pertinentes siguen la estrategia nacional de protección de los niños. El Ministerio de Justicia está elaborando un documento de estrategia sobre la forma de combatir la violencia contra los niños, mientras que las otras modalidades de protección corresponden al Ministerio de Asuntos Sociales. Los dos ministerios cubren entre ellos todos los aspectos del Protocolo Facultativo.

25.El Sr. Kokk (Estonia) dice que, así como el Ministerio de Justicia se encarga del derecho penal, el Ministerio de Asuntos Sociales es responsable de la protección de la infancia. Es evidente que existe una duplicación; pero conviene mantener el carácter universal del derecho penal y no fragmentarlo entre varios ministerios. En cuanto al nuevo departamento, esa ampliación constituye un hecho raro en Estonia que, entre los preparativos para adherirse en 2011 a la Eurozona, se está dedicando a reducir el número de funcionarios. Un departamento de seis personas representa un despliegue importante de recursos, sobre un total de 200 a 300 empleados.

26.La Sra. Ploom (Estonia) indica que no existe una ley específica para el Protocolo Facultativo, pero que el Código Penal abarca todos los delitos pertinentes. El artículo 133 del Código Penal (esclavitud) cubre el delito de trabajo forzoso. Además el Ministerio de Justicia tiene muy avanzada la redacción de medidas legislativas sobre la trata de personas. En cuanto al límite de edad para participar en actuaciones sexuales, en diciembre de 2009 se presentó un proyecto de ley al Parlamento por el que se modifica el artículo 177 del Código Penal (utilización de una persona menor de 18 años en la producción de una obra de carácter pornográfico) y esa disposición sufrirá en breve una nueva modificación a fin de añadirle un párrafo titulado "Utilización de menores en la producción de obras eróticas". En ambos casos, se fijará una edad límite de 18 años, como se estipula en la Convención. Se permitirán algunas excepciones, pero aún así, los menores de 14 años o los menores de 18 años especialmente vulnerables serán objeto de una protección especial. Con el objetivo de adherirse al Convenio del Consejo de Europa para la protección de los niños contra la explotación y el abuso sexual, Estonia ha tipificado también la participación de menores en actuaciones tanto pornográficas como eróticas. Se ha impuesto la necesidad de esa medida por el rápido desarrollo de Internet, donde se pueden contemplar escenificaciones sexuales. Estonia penalizará también la asistencia voluntaria a una representación pornográfica o erótica.

27.El Sr. Kotrane (Relator para el país) se congratula de que Estonia esté modificando su legislación. Sugiere, sin embargo, castigar de forma más severa las obras en que aparezcan niños menores de 14 años. Señala también que, en virtud de lo dispuesto en el Protocolo Facultativo, la posesión de material en que aparezcan niños es asimismo sancionable y se pregunta si el Gobierno introducirá una disposición en ese sentido.

28.La Sra. Ploom (Estonia) dice que la posesión ya está considerada un delito, aunque no existe ninguna disposición que se refiera explícitamente a él. Los tribunales y los fiscales están muy concienciados respecto de la política del Gobierno en ese sentido. Agrega que el "engatusamiento" sexual también se va a tipificar, y no sólo en la red.

29.El Sr. Aru (Estonia) ofrece un panorama de las tareas y del funcionamiento de la institución del Canciller de Justicia y explica que es independiente del poder legislativo, del poder ejecutivo y del poder judicial y que no se trata de un órgano político o encargado de velar por el cumplimiento de la ley.

30.El Canciller de Justicia no ha recibido muchas denuncias relacionadas con el Protocolo Facultativo, ya que la mayoría de esas quejas son tramitadas por la policía y la fiscalía. Se dará traslado a esos organismos de cualquier denuncia sobre trata de niños o prostitución infantil que reciba el Canciller de Justicia.

31.La Presidenta pone de relieve que no es frecuente contar con un representante del Ombudsman como miembro de la delegación del Estado parte y dice que, si la Oficina del Canciller de Justicia es independiente, convendría que pudiera facilitar información más critica e independiente al Comité en su reunión privada anterior al período de sesiones. Alienta firmemente a la Oficina del Canciller de Justicia a enviar un informe y un representante a esa reunión en el futuro.

32.El Sr. Puras dice que el Comité promueve la creación de un Defensor del Niño en Estonia y pide a la delegación que formule más observaciones sobre el debate suscitado por esa cuestión y sobre las ventajas y desventajas de una institución de esa índole.

33.La Sra. Ortiz indica que le preocupa que el 8% de la población en Estonia sea apátrida, ya que eso la hace más vulnerable a la explotación recogida en el Protocolo Facultativo. Pregunta si el Estado parte se ha planteado la posibilidad de firmar la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas y si esas personas son más vulnerables a la explotación.

34.El Sr. Kotrane (Relator para el país) insta enérgicamente al Estado parte a crear la figura del Defensor del Niño. Pregunta si se dan a conocer a los turistas en Estonia los peligros de practicar el turismo sexual y cuáles son las sanciones previstas y si se informa a la opinión pública de Estonia de los casos de personas que son perseguidas penalmente por practicar el turismo sexual. Solicita también estadísticas sobre esos procesamientos. Para terminar, pide más información sobre la línea telefónica directa y su funcionamiento.

35.El Sr. Kokk (Estonia) dice que el Estado parte no utiliza el término de "apátrida"; define, a su vez, a esas personas como aquéllas que no han elegido su nacionalidad. Explica que las personas pueden elegir entre la nacionalidad estonia o la rusa y que los que no han optado por ninguna de las dos reciben un pasaporte de extranjero. Como ese pasaporte permite a las personas viajar más fácilmente a Rusia y dentro de Europa, algunas prefieren esta fórmula a la ciudadanía estonia. Si los padres de los niños nacidos en Estonia solicitan la nacionalidad estonia para su hijo, se les concede automáticamente. El número de personas que no han elegido su nacionalidad ha disminuido considerablemente a lo largo del tiempo y los menores son menos de 1.000. No existe prueba alguna de que ninguno de los niños carentes de nacionalidad sea más vulnerable o tenga más problemas que los demás niños.

36.Señala que, antes de que se celebren los futuros períodos de sesiones con el Comité, estudiará la posibilidad de que participe la Oficina del Canciller de Justicia. Estonia tiene un cuerpo de funcionarios muy reducido y el Gobierno recibe presiones para reducir el gasto público. Le resulta, por tanto, muy problemático establecer más servicios. No obstante, se está debatiendo la cuestión de crear la figura de un Defensor del Niño y está convencido de que la idea llegará a cuajar con el tiempo, aunque probablemente no en el plazo de dos años.

37.La Sra. Ploom dice que el turismo sexual no es un tema que suscite muchos debates en la sociedad estonia. En un futuro próximo se introducirá en el plan de acción pertinente la iniciativa de alentar a las empresas de turismo a utilizar el Código Ético Mundial para el Turismo de la Organización Mundial del Turismo.

38.La línea telefónica directa lleva abierta un año y ofrece un servicio de 24 horas, impartiendo asesoramiento y consejos en estonio, ruso e inglés. El personal de la línea comunica a la policía y al municipio local las noticias que recibe de niños en peligro, ya que no tiene ni recursos ni autoridad para hacer frente a esos casos. La línea telefónica directa también recopila los resultados de los casos notificados por los municipios locales. La oradora admite que en Estonia no todos conocen la línea directa y que la tarea de sensibilización es uno de los desafíos a los que se enfrenta el proyecto. Acaba de concluir la segunda campaña para informar a la población acerca de la línea directa.

39.Estonia ha participado en la red de investigación EUKidsOnline (Niños Europeos en la Red) y, gracias a ello, ha reunido una información muy amplia sobre el uso de Internet por los niños. El reto estriba ahora en saber qué hacer con esa información. En 2008, se creó una red en la que participan organismos, la policía, ONG, ministerios, empresas del sector privado y proveedores de servicios para hacer más visibles los peligros de Internet y evitar asimismo la duplicación del trabajo en ese sector. Se creó un sitio web que ofrece una capacitación virtual para los padres sobre la seguridad en Internet y se están llevando a cabo otras actividades, como consultas con los niños y jóvenes acerca de los riesgos que pueden surgir en Internet. Se van a celebrar actividades de sensibilización, en el contexto de la solicitud de Estonia de entrar a formar parte del Programa de la Unión Europea para una Internet más segura. La seguridad en Internet es una materia que se imparte en las lecciones de TI (Tecnología de la Información) en las escuelas.

40.La Sra. Aas dice que la policía ha puesto en marcha un programa específico de vigilancia de Internet, que lleva aparejado el control diario de los sitios web estonios y rusos sobre la base de términos concretos, a fin de hacer un seguimiento del tráfico que podría estar relacionado con la pornografía infantil. Posteriormente se hace llegar esa información a los investigadores. Se elaboran informes semanales sobre los resultados del programa y de los investigadores. A lo largo del año que el programa ha estado funcionando a nivel nacional, se han investigado entre 10 y 15 casos, aunque no todos ellos han acabado en los tribunales.

41.La Sra. Villarán de la Puente pregunta si, dado el reducido número de casos que figura en las estadísticas facilitadas por el Estado parte, no se notifica alguno de ellos debido a la desconfianza de las autoridades o a la falta de resultados, o si todos los casos de venta de niños, prostitución infantil y utilización de niños en la pornografía se están investigando realmente dentro del marco del sistema judicial.

42.La Sra. Aas dice que a menudo no se informa de los delitos recogidos en el Protocolo Facultativo, pero que deben ser identificados e investigados por la policía, por ejemplo, mediante la vigilancia de Internet. Desde 2007 la confianza pública en la policía ha alcanzado cotas bastante altas, de forma que ésta recibe a veces informes de delitos graves cometidos contra los niños, pero en general tienen que ser ellos los que identifiquen personalmente los casos.

43.Estonia cuenta con 4.000 agentes de policía, incluidos los 1.000 de la policía judicial; 110 oficiales de policía se han especializado en los delitos cometidos contra los niños. Catorce investigadores que se dedican exclusivamente a ese tipo de delitos trabajan en unidades especiales creadas recientemente en las comisarías locales de policía y otros 50 oficiales de policía, asignados a unidades regionales, han recibido cierta capacitación en ese ámbito. Por desgracia, Estonia no puede permitirse el lujo de contar con investigadores especializados en todas las comunidades. Los fiscales reciben una capacitación similar.

44.La Sra. Aidoo, tras señalar que en muchos casos están implicadas niñas y mujeres, pregunta si en la capacitación que recibe la policía se tiene en cuenta el género. Tras elogiar el eficaz sistema de apoyo a las víctimas infantiles de Estonia, pregunta si las autoridades han adoptado alguna medida para reunir a las víctimas infantiles con su familia.

45.La Sra. Aas (Estonia) dice que la formación no se centra específicamente en cuestiones de género, pero que se tiene en cuenta la perspectiva de género a la hora de entrevistar a los niños y en los contactos con los miembros de la familia de la víctima. La policía y las autoridades de la fiscalía disponen de directrices para tratar a los menores y una de sus secciones gira específicamente en torno a la forma de ayudar a que las víctimas se reúnan con su familia y a reintegrarlas en la sociedad. En las directrices se exige a la policía que informe a los organismos de bienestar social y protección de la infancia de los casos de niños que hayan sido víctimas de delitos y que procedan de familias con problemas sociales o que experimenten dificultades escolares. Abarcan también los casos en que los padres no pueden hacerse cargo nuevamente del niño.

46.La Sra. Tikerpuu (Estonia) dice que, en 2007, se modificó la legislación para incluir la mediación familiar en los servicios de apoyo a las víctimas. El objetivo de la mediación familiar consiste en reunir a los miembros de las familias, pero un niño víctima de violencias sexuales no puede reintegrarse en el seno familiar si el autor del delito es otro miembro de su familia. Se están tomando medidas para mejorar los servicios de rehabilitación y tratamiento de los delincuentes.

47.El Sr. Kotrane (Relator para el país) señala que sería útil disponer de alguna información sobre la cooperación de Estonia con los países vecinos en el procesamiento de los autores de los delitos recogidos en el Protocolo Facultativo. Se pregunta si se han adoptado disposiciones específicas. Por ejemplo, ¿ha concertado Estonia algún acuerdo en ese sentido?

48.El Sr. Kokk (Estonia) dice que la cooperación entre Estonia y los proveedores nacionales de Internet es excelente. Si la policía detecta que se está exhibiendo un material inapropiado en algún sitio web, lo cierra. Los problemas surgen con los ciberdelitos transfronterizos. Aunque existen acuerdos, a menudo es muy difícil obtener información de otros países y, en especial de la Federación de Rusia. En 2007, Estonia fue el blanco de ataques en Internet y se solicitó en repetidas ocasiones información a las autoridades rusas, pero la cooperación no fue muy fluida.

49.La Sra. Tikerpuu (Estonia) señala que la cooperación en la región del Báltico es excelente y Estonia es miembro de dos grupos de trabajo sobre niños en situación de riesgo. El objetivo principal de esos órganos consiste en hacer frente a la explotación y malos tratos sexuales de los niños, lo que incluye los problemas relacionados con el uso de Internet y la trata de personas. Fruto de esa cooperación ha sido una iniciativa, gracias a la cual los Estados afectados han establecido puntos de contacto para niños no acompañados y objeto de trata, con miras a coordinar los esfuerzos destinados a abordar esos casos y mejorar la asistencia ofrecida a las víctimas. Se están tomando medidas para potenciar la cooperación entre la policía y los puntos de contacto, que a veces no reciben a tiempo la información sobre los niños víctimas de la trata, de las autoridades encargadas de velar por el cumplimiento de la ley. Los puntos de contacto han arrojado excelentes resultados; sin embargo, Estonia también trabaja en estrecha relación con la Europol y la Interpol, el Consejo de Europa y la Unión Europea respecto de cuestiones relacionadas con la trata de niños. Tras adherirse al Programa para una Internet más segura, Estonia está muy interesada en trabajar con las redes Insafe e INHOPE. En noviembre de 2009, se celebró en Moscú una conferencia sobre la seguridad en Internet. Se trata de un hecho destacable, ya que la pornografía infantil suele tener su origen en la Federación de Rusia.

50.La Sra. Villarán de la Puente pregunta si se ha incoado algún procedimiento en relación con un delito definido en el Protocolo Facultativo.

51.La Sra. Ploom (Estonia) señala a la atención de la oradora anterior la página 1 de las respuestas escritas de Estonia (CRC/C/OPSC/EST/Q/1/Add.1), que contiene un cuadro con cifras relativas a los delitos cometidos entre 2006 y 2008 que guardan relación con el Protocolo Facultativo.

52.La Sra. Tikerpuu (Estonia), en referencia a varias preguntas formuladas sobre la adopción, dice que no existen informes de ningún caso de adopción ilegal. Estonia cumple rigurosamente lo dispuesto en el Convenio de La Haya sobre la Protección de los Niños y la Cooperación en materia de Adopción Internacional. En la actualidad únicamente tres países pueden adoptar niños en Estonia: los Estados Unidos de América, Suecia y Finlandia. Al año sólo se producen unos 20 casos de adopción internacional; la mayoría de los niños adoptados son mayores y tienen alguna discapacidad física. En general, el Gobierno procura estimular la adopción nacional.

53.Estonia está llevando a cabo una gran reforma del sistema de apoyo institucional, con el objetivo de promover el cuidado de los niños en un contexto familiar. Se ha puesto en marcha un proyecto para construir pequeñas instalaciones de tipo familiar y se han introducido normas en la legislación en materia de protección de los niños internados en un establecimiento. En la actualidad, no se puede colocar a más de ocho niños en un hogar de tipo familiar y, a partir de 2011, no se podrá colocar a más de seis. Cuantos menos niños haya en un hogar, más fácil será prestarles la atención adecuada e impedir los abusos sexuales por parte de los adultos. El personal que trabaja en esas instalaciones recibe una capacitación intensiva. Se están tomando medidas para mejorar la supervisión de los derechos de los niños en las instituciones, sobre la base de los resultados satisfactorios de la experiencia de Noruega. El Código Penal prohíbe a los autores de delitos sexuales contra los niños trabajar en establecimientos para la infancia.

54.El Sr. Kotrane (Relator para el país) dice que el diálogo constructivo con la delegación de Estonia refleja la firme determinación del Estado parte de aplicar las disposiciones del Protocolo Facultativo de la Convención de los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía.

55.El Sr. Kokk (Estonia), indica que los esfuerzos para combatir la ciberdelincuencia en la que están implicados niños se convertirán en el eje de las preocupaciones de su Gobierno durante algún tiempo aún. Estonia está decidida a aplicar en su integridad el Protocolo Facultativo y espera con interés conocer las observaciones y recomendaciones del Comité.

Se levanta la sesión a las 17.55 horas.