Naciones Unidas

CRC/C/SR.1821

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

11 de mayo de 2017

Español

Original: francés

Comité de los Derechos del Niño

64º período de sesiones

Acta resumida de la 1821 ª sesión

Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el miércoles 18 de septiembre de 2013, a las 15.00 horas

Presidenta :Sra. Sandberg

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes (continuación)

Informe inicial de la República de Moldova sobre la aplicación del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía

Se declara abierta la sesión a las 15.05 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes (continuación)

Informe inicial de la República de Moldova sobre la aplicación del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (CRC/C/ OPSC / MDA /1, CRC/C/ OPSC / MDA /Q/1, CRC/C/ OPSC / MDA /Q/1/ Add.1 )

1 Por invitación de la Presidenta, la delegación de Moldova toma asiento a la mesa del Comité.

2.El Sr. Moraru (República de Moldova) dice que en la formulación de la estrategia de protección del niño y de la familia para el período 2013-2020 se han tenido en cuenta las recomendaciones formuladas por el Comité en 2009, tras el examen de los informes periódicos segundo y tercero sobre la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño. La Ley de Protección Especial de los Niños en Situación de Riesgo y de los Niños Separados de sus Padres, aprobada en 2013, contiene disposiciones innovadoras, como la relativa a los procedimientos de evaluación de la situación de los niños y a la cooperación entre las autoridades. Además, en 2012 se realizó una evaluación general de la situación de los niños en situación de dificultad y de los niños cuyos padres están en el extranjero. En diciembre de 2012, la República de Moldova se sumó a la Global Alliance Against Child Sexual Abuse Online. El artículo 206 del Código Penal (Trata de Niños) fue modificado en 2011 y 2012 con el objetivo de reforzar las sanciones contra la trata de niños. Además, recientemente se modificó el Código de Procedimiento Penal a fin de garantizar una mayor protección de los niños menores de 14 años que prestan declaración en actuaciones penales relativas al abuso sexual o la violencia doméstica.

3.En 2013, se creó un centro de lucha contra la ciberdelincuencia que depende de la Dirección General de Policía. El centro, que está bajo la dirección del Ministerio del Interior, se ocupa de combatir los delitos sexuales cometidos en Internet.

4.El 8 de agosto de 2013, el presidente del centro internacional La Strada Moldova y el jefe de Inspección de Policía firmaron un acuerdo de cooperación para la prevención y la represión de la pornografía y la explotación sexual infantil.

5.La Sra. Winter (Relatora para la República de Moldova) felicita al Estado parte por las importantes medidas que ha adoptado para combatir los delitos que abarca el Protocolo Facultativo, como las modificaciones del Código Penal, la aprobación de la Ley de Prevención y Lucha contra la Trata de Personas, la ratificación del Convenio del Consejo de Europa para la Protección de los Niños contra la Explotación y el Abuso Sexual, la adopción de un plan nacional para facilitar la aplicación del Protocolo Facultativo y la creación del Centro de Lucha contra la Ciberdelincuencia.

6.El Sr. Gurán (Relator para el país) solicita más información acerca de las facultades y competencias del grupo de trabajo interinstitucional creado para aplicar las disposiciones del Protocolo Facultativo. Teniendo en cuenta que, según las respuestas escritas a la lista de cuestiones, no se registró ningún caso de utilización de niños en la pornografía en 2010, afirmación que no coindice con la información de que dispone el Comité, quisiera obtener información sobre el sistema de recogida de datos relativos a los actos previstos en el Protocolo Facultativo.

7.El orador pregunta si se ha aprobado la Estrategia Nacional para la Protección de la Infancia y la Familia. Además, quisiera recibir información sobre los servicios de los que se benefician las personas que han sido víctimas de la explotación sexual en el extranjero tras su repatriación a la República de Moldova, así como información adicional sobre el acuerdo de cooperación firmado entre la organización La Strada y la Inspección de Policía.

8.La Sra. Winter (Relatora para el país) pregunta si el Estado parte ha adoptado medidas para combatir el turismo sexual y si existen estadísticas al respecto. Quisiera saber también si todos los actos que se enumeran en el Protocolo Facultativo se incluyeron en el Código Penal, en particular, comerciar con órganos de niños, someter a los niños a trabajo forzoso, contactar en Internet con niños mayores de 16 años con fines sexuales, ser cómplice en la comisión de cualquiera de los actos previstos en el Protocolo Facultativo e inducir indebidamente a alguien a que preste su consentimiento para la adopción de un niño. Pregunta, asimismo, si en el Código Penal o los tratados internacionales se establece la posibilidad de extraditar a un ciudadano moldovo que haya cometido en el extranjero alguno de los actos contemplados en el Protocolo Facultativo. Por último, la oradora subraya que al Comité le preocupa profundamente que los niños víctimas o testigos de delitos puedan ser interrogados por la policía en reiteradas ocasiones.

9.La Sra. Khazovapregunta si el Estado parte ha establecido garantías suficientes en la esfera de la adopción internacional, en particular en lo que respecta al control después de la adopción.

10.La Sra. Aidoo solicita información sobre el mandato del Consejo Nacional de Protección de los Derechos del Niño y del grupo de trabajo encargado de la aplicación de las disposiciones del Protocolo Facultativo. Quisiera saber qué órgano es responsable de velar por que las actividades de aplicación se coordinen de forma adecuada.

11.El Sr. Kotrane pregunta si todos los niños menores de 18 años están protegidos frente a todos los actos que figuran en el Protocolo Facultativo. Dado que en el artículo 206 del Código Penal se incluyen en el concepto de “trata” la mayoría de los actos definidos en el Protocolo Facultativo, pregunta si el Estado parte tiene previsto introducir en el Código Penal la noción de “venta de niños”. Desearía tener más información sobre el grado de aplicación de las leyes.

12.El Sr. Kotrane pregunta, además, si el Estado parte tiene previsto ampliar la responsabilidad de las personas jurídicas no solamente a los casos de trata de niños, sino también a los de prostitución infantil, utilización de niños en la pornografía y venta de niños. Por último, quisiera saber si, al enterarse de la comisión en el extranjero, por un nacional moldovo o un extranjero que viva en la República de Moldova, de un acto contemplado en el Protocolo Facultativo, el Estado parte aplica la norma enunciada en el párrafo 2 del artículo 4 del Protocolo Facultativo e inicia un procedimiento penal contra esa persona, al margen de cualquier solicitud de extradición.

13.La Sra. Wijemanne pregunta si el Estado parte ha adoptado medidas con miras a reducir la vulnerabilidad de los grupos de niños especialmente vulnerables y a mejorar la seguridad en Internet para los niños. Quisiera saber también si la línea telefónica creada por el Estado parte para denunciar los actos previstos en el Protocolo Facultativo está accesible a todos los niños; qué tipo de programas de formación sobre las disposiciones del Protocolo Facultativo ha llevado a cabo el Estado parte para los agentes del orden, los fiscales, los trabajadores sociales, los docentes y otros profesionales que trabajan con niños; y si se elaboran códigos de ética destinados a las agencias de viaje y al sector hotelero a fin de prevenir el turismo sexual.

14.El Sr. Gastaud pregunta si existen programas de información sobre el Protocolo Facultativo destinados a los niños y si se ha evaluado la eficacia de los programas de formación sobre las disposiciones del Protocolo Facultativo destinados a los profesionales que trabajan con niños.

15.El Sr. Mezmur pregunta qué lecciones ha aprendido el Gobierno sobre la red de pedofilia descubierta en Chisinau, en lo que respecta a la aplicación del Protocolo Facultativo, y de qué modo vela por que los niños no vuelvan a ser maltratados durante las actuaciones judiciales.

16.La Sra. Aldoseri pregunta qué medidas se adoptaron con respecto a las agencias de viajes procesadas por haber promovido el turismo sexual.

17.La Sra. Oviedo Fierro pregunta qué medidas se están adoptando para evitar que los funcionarios de la policía y del poder judicial traten como delincuentes a los niños víctimas de los actos contemplados en el Protocolo Facultativo y si las instituciones creadas con el objetivo de aplicar el Protocolo Facultativo disponen de presupuesto suficiente para cumplir adecuadamente su mandato a largo plazo.

18.La Sra. Winter (Relatora para la República de Moldova) pregunta si existen programas de reinserción de los niños víctimas y si se han firmado acuerdos regionales, bilaterales y multilaterales con los países vecinos para prevenir y combatir la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía.

19.La Sra. Muhamad Shariffquisiera recibir más información sobre los programas de sensibilización.

Se suspende la sesión a las 15.55 horas y se reanuda a las 16.25 horas.

20.La Sra. Mişcoi (República de Moldova) dice que la aplicación del Protocolo Facultativo es responsabilidad del Gobierno, en particular del Ministerio del Interior, en cooperación con la Oficina del Fiscal y las autoridades nacionales competentes. El Consejo Nacional de Protección de los Derechos del Niño, creado en 1998, se ocupa de elaborar y aplicar las políticas relativas a la protección de la infancia. El grupo de trabajo interinstitucional sobre la implementación del Protocolo Facultativo, que reúne a representantes de diversos ministerios, se ocupa de preparar los informes iniciales y periódicos que el Estado parte debe presentar en virtud de los instrumentos internacionales sobre derechos humanos que ha ratificado, y trabaja en estrecha cooperación con el Consejo Nacional de Protección de los Derechos del Niño y con la comisión nacional encargada de presentar los informes iniciales y periódicos.

21.La Sra. Moraru (República de Moldova) dice que aún no se ha adoptado el proyecto de estrategia nacional para la protección de la familia y del niño, vinculado a un plan de acción que tiene el objetivo de prevenir y combatir la violencia y la explotación infantil.

22.El Sr. Moraru (República de Moldova) dice que el texto del acuerdo de cooperación con La Strada, que ha dado lugar al establecimiento de una línea telefónica de emergencia para la denuncia de casos de violencia sexual contra los niños, puede consultarse en el sitio web de esa organización no gubernamental y en el del Servicio de la Inspección General de Policía.

23.Tras el caso de la red de pedofilia en Chisinau se modificó el Código de Procedimiento Penal y se ha centrado la atención en la lucha contra la delincuencia trasnacional.

24.Las personas que organizan la trata o se benefician de ella para fines de adopción o trasplante de órganos están sujetas a la misma pena. En virtud de uno de los proyectos de ley para modificar el Código Penal, las personas que utilicen niños en la pornografía serán castigadas con una pena de hasta siete años de prisión, en lugar de la pena actual de tres años. Las personas que manipulen psicológicamente a niños con fines sexuales ( grooming ) estarán sujetas a una pena máxima de cinco años de prisión.

25.En la Ley sobre la Ciberdelincuencia se exige a los proveedores de Internet que bloqueen el acceso a determinadas páginas que tienen contenidos ilícitos.

26.La República de Moldova ha ratificado el Convenio Europeo de Asistencia Judicial en Materia Penal y ha firmado varios acuerdos regionales, por ejemplo, con los países de la Comunidad de Estados Independientes. La República de Moldova no extradita a los ciudadanos moldovos que hayan cometido un delito en el extranjero, pero puede iniciar acciones penales contra ellos y acepta las cartas rogatorias que se le remiten.

27.La Sra. Moraru (República de Moldova) dice que en la nueva ley sobre la adopción, que entró en vigor en 2010, se tienen en cuenta las disposiciones del Convenio de La Haya relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional. Las organizaciones que trabajan en la esfera de la adopción internacional deben estar acreditadas por las autoridades moldovas para poder ejercer sus actividades. Dicha acreditación es válida por un año y su renovación corresponde al Ministerio de Trabajo tras examinar los informes periódicos sobre la situación de los niños adoptados. En caso de no presentar informe sobre alguno de los niños, la organización se arriesga a que no se renueve su acreditación.

28.El Sr. Gastaud pregunta si el Estado parte cuenta con los medios para asegurarse de que toda la información contenida en los informes se ajusta a los hechos.

29.La Sra. Moraru (República de Moldova) dice que ese control es responsabilidad de las autoridades nacionales y de las embajadas.

30.La Sra. Mişcoi(República de Moldova) dice que en los últimos años se han llevado a cabo muchos programas de prevención y sensibilización.

31.El Sr. Gastaud pregunta si los niños de las zonas rurales y remotas se benefician de esos programas.

32.La Sra. Mişcoi(República de Moldova) dice que la Oficina de Representación del UNICEF en la República de Moldova acaba de completar la primera fase del programa de formación de 115 educadores que se encargarán de la prevención de la violencia contra los niños a nivel local y de enseñar a las posibles víctimas a identificar y evitar las trampas que pueden tender los delincuentes. El Instituto Nacional de Justicia organiza también cursos de formación sobre los principios consagrados en los tratados en los que la República de Moldova es parte, y el Centro Nacional para la Prevención del Maltrato Infantil, en colaboración con el Ministerio de Justicia y el Ministerio del Interior, ha realizado una evaluación de las investigaciones de los delitos cometidos contra niños. Se han organizado otros talleres y cursos destinados a policías y jueces sobre la justicia juvenil, los medios de recibir las demandas y los testimonios de los niños que son víctimas de abuso sexual, y la lucha contra la ciberdelincuencia, la pornografía infantil en Internet y la trata de personas. Por su parte, los policías recibieron formación en la utilización de la base de datos de Interpol a fin de mejorar la cooperación a nivel internacional en esa esfera.

33.El Sr. Moraru (República de Moldova) dice que en las oficinas de los fiscales se han habilitado salas especiales para velar por que los testimonios de los niños testigos o víctimas menores de 14 años no sean traumatizantes. Los interesados son acompañados por sus padres o su representante legal, además de pedagogos y psicólogos que traducen en términos sencillos las preguntas del juez o de la otra parte. Se han instalado salas similares en dos tribunales de apelación en Chisinau y en el norte del país. En las comisarías de policía se han adoptado procedimientos policiales adaptados a los niños. En ocasiones, los interrogatorios policiales se realizan en el Centro Nacional “La Strada”, que pone a disposición de los investigadores personal cualificado, especializado en el cuidado de la infancia.

34.Los niños de 14 a 18 años de edad no siempre se benefician de esos procedimientos más flexibles, y corresponde al juez decidir sobre su aplicación en cada caso. La Oficina del Fiscal General ha elaborado directrices relativas a la declaración de los niños testigos, víctimas o autores de delitos, que se aplican a todos los niños.

35.El Sr. Gurán (Relator para la República de Moldova) pregunta si en los interrogatorios se respeta el principio de confidencialidad, así como la privacidad de los interesados.

36.El Sr. Moraru (República de Moldova) dice que los medios técnicos permiten modificar la voz del niño para que no sea reconocida. El orador señala que los delitos sexuales son castigados con penas más severas según la edad de la víctima, ya que ese aspecto constituye una circunstancia agravante. Por ejemplo, la violación de un niño de entre 14 y 18 años se castiga con una pena de 8 a 12 años de prisión, mientras que la pena es de 15 a 20 años de prisión en el caso de que la víctima sea menor de 14 años.

37.El orador aclara que la República de Moldova es un país de origen y no de destino de la trata y, por consiguiente, la explotación de las víctimas generalmente ocurre en el extranjero. Además, la cuestión de la indemnización de las víctimas se examinará durante una conferencia regional que se celebrará en noviembre de 2013. En la actualidad, las víctimas pueden solicitar una indemnización mediante la interposición de una demanda civil.

38.La Sra. Moraru (República de Moldova) dice que el Centro de Asistencia y de Protección de las Víctimas y Posibles Víctimas de la Trata proporciona atención médica, psicológica y social a los niños víctimas de la violencia sexual, favorece su reinserción escolar y vela por que los niños más vulnerables sean enviados temporalmente a internados o familias de acogida. Los propios establecimientos escolares también ofrecen atención psicológica para los niños que la necesitan.

39.La Sra. Mişcoi(República de Moldova) dice que la Secretaría del Comité Nacional de Lucha contra la Trata de Personas ha elaborado un programa nacional de recopilación de datos de todas las instituciones pertinentes que permite evaluar el alcance y la naturaleza de ese fenómeno a fin de crear medios de lucha eficaces. El programa ha permitido reunir datos desglosados por sexo sobre las víctimas que son obligadas a prostituirse, trabajar o mendigar, tanto en el país como en el extranjero.

40.El Sr. Gurán (Relator para la República de Moldova) acoge con satisfacción el diálogo constructivo entablado con la delegación moldova y señala que el Comité publicará próximamente sus observaciones finales relativas a la aplicación por el Estado parte del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía.

41.El Sr. Moraru (República de Moldova) dice que, en el marco de la actual reforma del sistema judicial, el Gobierno de Moldova velará por aplicar las medidas necesarias para prevenir los delitos mencionados en el Protocolo Facultativo, realizar investigaciones más eficaces y mejorar los mecanismos de protección de las víctimas. Para ello, el Gobierno asignará un papel más importante a los trabajadores sociales, las autoridades locales, los establecimientos escolares y los diferentes actores a fin de prevenir y combatir todas las formas de violencia contra los niños.

Se levanta la sesión a las 18.00 horas.