Naciones Unidas

CRC/C/SR.1630

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

16 de marzo de 2012

Español

Original: inglés

Comité de los Derechos del Niño

57 º período de sesiones

Acta resumida de la 1630ª sesión

Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el viernes 10 de junio de 2011, a las 10.00 horas

President e :Sr. Zermatten

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes (continuación)

Cuarto informe periódico de Costa Rica sobre la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño

Se declara abierta la sesión a las 10. 0 0 horas .

Examen de los informes presentados por los Estados partes ( continuación)

Cuarto informe periódico de Costa Rica sobre la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño (CRC/C/CRI/4; CRC/C/CRI/Q/4; CRC/C/CRI/Q/4/ Add .1)

1. Por invitación del Presidente, la delegación de Costa Rica toma asiento a la mesa del Comité.

2.El Sr. Dengo (Costa Rica) dice que se han aprobado numerosas leyes para incorporar las disposiciones de la Convención a la legislación nacional, en particular la Ley general de la persona joven, la Ley de ejecución de las sanciones juveniles, una ley para prohibir el castigo corporal denominada "Derechos de los niños, niñas y adolescentes a la disciplina sin castigo corporal ni trato humillante", la Ley de protección al adolescente trabajador "Prohibición del trabajo peligroso e insalubre para personas adolescentes trabajadoras", la ley de "Fortalecimiento de la lucha contra la explotación sexual de las personas menores de edad" y la ley denominada "Modificación al Código de Niñez y Adolescencia, protección a los derechos de las personas adolescentes trabajadoras domésticas". Además, el Código Penal ya excluye del beneficio de la ejecución condicional de la pena a las personas victimarias de delitos contra las personas menores de edad. Costa Rica ha elevado la edad legal del matrimonio a 15 años y ratificado la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad.

3.Sin embargo, la aplicación de la Ley de protección a víctimas y testigos de delito no ha avanzado y la Asamblea Legislativa aún no ha aprobado el proyecto de ley que elimina las trabas administrativas al Patronato Nacional de la Infancia (PANI) y el proyecto de ley que modifica la Ley del fondo de asignaciones familiares.

4.El Sr.Dengoexplica que la Sala Constitucional ha ordenado la creación de un centro especializado para la atención de las personas menores de edad que consumen drogas y validado el principio de confidencialidad de las denuncias. Asimismo, la Sala Constitucional revirtió su voto 2008-218: ahora, la imagen parcial de las personas menores de edad sometidas a un proceso penal juvenil o por ser víctima de delito no puede publicarse. La Sala también declaró inconstitucional la jurisprudencia que permitía la adopción nacional o internacional por medio de entregas directas de personas menores de edad a los padres adoptivos.

5.Costa Rica ha emitido ya la Política Nacional para la Niñez y la Adolescencia, política obligatoria para todos los sectores y que constituye uno de los mecanismos de garantía de los derechos de la niñez y la adolescencia, y actualmente todas las instituciones, con la asistencia técnica del UNICEF, trabajan en la construcción de un plan de acción que permita cumplir, ejecutar, monitorear y evaluar dicha política. Asimismo, el país también adoptó, entre otras, las políticas siguientes: Política Nacional de Juventud (2011-2013), la Política Integral y sostenible de seguridad ciudadana y promoción de la paz social (2011‑2021), la Política Nacional de sexualidad (2010-2021) y la Política de Seguridad Alimentaria y Nutricional (2011-2021).

6.El Plan Nacional de Desarrollo considera fundamentales los temas relacionados con la primera la infancia, como la lucha contra la violencia en contra de las personas menores de edad, la reducción de la pobreza y la concesión de becas. En el período examinado se pusieron en marcha dos planes nacionales contra la explotación sexual comercial, dos planes nacionales de acción para la prevención, la erradicación del trabajo infantil y para la protección especial de las personas adolescentes trabajadoras. Se confeccionó una hoja de ruta relativa a la trata de menores y por primera vez en su historia el PANI tiene un plan estratégico que orienta el accionar de sus responsabilidades constitucionales.

7.Aunque Costa Rica, como muchos países en desarrollo, tiene dificultades para invertir en niñez y adolescencia, concluyó una propuesta de un observatorio de los derechos de la niñez y la adolescencia e intenta integrar el registro único de beneficiarios de los programas sociales selectivos, bajo la responsabilidad del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. El Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia está revisando la normativa de los centros de asistencia integral y las funciones del Consejo de Atención Integral. El PANI fortaleció el subsidio económico a las organizaciones no gubernamentales (ONG) que brindan atención a las personas menores de edad y se propone fortalecer los Hogares Solidarios como un modelo cercano a la familia para la protección de esas personas. La política de equidad de género incluye a la niñez y la adolescencia. La Asamblea Legislativa estudia el proyecto de ley para reformar el Código de la Familia con el que se pretende eliminar la figura de las entregas directas y someter a un control administrativo y judicial el proceso de adopción. El PANI obtuvo la certificación ISO‑2001-2008, que es un mecanismo para segurar la calidad en la atención de las personas menores de edad separadas de sus familias.

8.Se ha ampliado la red de servicios de salud de primer nivel y se ha incrementado el esquema básico de vacunas. La mortalidad infantil se ha reducido al pasar del 11,15% en 2002 al 9,46% en 2010, y recientemente se formuló el Plan estratégico nacional de salud de la persona adolescente (2010-2015). En fecha reciente se creó también el Banco de Leche Materna, el primero en su género, como parte de un proyecto de cooperación con el Brasil.

9.La parte del PIB destinada a la educación no ha cesado de aumentar al pasar del 4,7% en 2002 al 7,2% en 2010; en estos momentos se tramita una reforma constitucional que obligará al Estado a destinar al menos un 8% del PIB a la educación y que podría entrar en vigor a partir de 2012. Se han modificado los criterios para la asignación del Bono Escolar para hacerla efectiva a las personas migrantes en situación regular. En el Plan Nacional de Desarrollo se propone la creación de 90 ofertas educativas en la enseñanza técnica. En los últimos años también se ha incrementado la educación bilingüe y la educación internacional en el sector público y la adecuación normativa de la educación indígena se definió en un plan de acción, financiado por el Banco Mundial, a raíz de la celebración del primer congreso de educación intercultural en 2009. El Ministerio de Educación Pública cuenta ahora con un Departamento de Educación Intercultural.

10.En breve se aplicará la hoja de ruta intersectorial e interinstitucional del Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia, donde se fijan compromisos institucionales, bajo la responsabilidad del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Además, la Ley sobre incentivo de la responsabilidad social corporativa turística obliga a involucrar a todos los actores del sector a erradicar la explotación sexual comercial de personas menores de edad y a suscribir un código de ética para obtener el Certificado de Sostenibilidad Turística.

11.La Sra. Maurás Pérez (Relatora para Costa Rica) destaca el aumento del coeficiente de Gini y de la proporción de la población que vive por debajo del umbral de pobreza y pide a la delegación que explique las medidas adoptadas para proteger a los niños de los efectos de la crisis. También desearía saber si el PANI dispone de los recursos técnicos y financieros necesarios para garantizar la coordinación entre los planes de las distintas instituciones en los planos nacional y local.

12.Se pregunta cuáles son las próximas etapas de la elaboración del plan de acción nacional 2011-2014 y pregunta si la sociedad civil y los niños participan en su concepción. También desearía saber si incluye indicadores que permitan hacer un seguimiento de su aplicación y si se va a articular con los otros planes estratégicos. Solicita pormenores sobre los sistemas locales de protección integral que deberán implantarse en 2014. En cuanto a las actividades del sector privado, pregunta si existen leyes que regulen, entre otras cosas, los efectos sobre la calidad del agua o la vida de las familias y los niños, en particular en las zonas vulnerables.

13.También desearía saber si los medios de comunicación tienen que observar un código de conducta. Expresa preocupación por la elevada tasa de analfabetismo de los niños indígenas, que no pueden tener acceso a una enseñanza bilingüe intercultural, así como por la situación de los niños migrantes o refugiados, que trabajan en sectores informales de la economía sumergida y viven en zonas alejadas de los servicios de protección. También desearía saber si Costa Rica prevé ratificar la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares.

14.La Sra. Nores de García (Relatora para Costa Rica) dice que Costa Rica, que no ha escatimado esfuerzos para eliminar el analfabetismo, es un modelo en América Latina, donde este problema es particularmente agudo. También desearía saber en qué medida la economía de Costa Rica ha sufrido las consecuencias de la crisis, que se caracteriza principalmente por una disminución del crecimiento económico, que pasó del 2,8% del producto interno bruto (PIB) en 2008 al 1,3% del PIB en 2009, y cuáles han sido los efectos de los numerosos proyectos puestos en marcha para tratar de contenerla. Agradecería especialmente saber en qué consiste el programa de protección social y estímulo económico destinado a ayudar a los grupos sociales más vulnerables, y cuáles han sido sus resultados, teniendo en cuenta que la tasa de pobreza ha alcanzado ya un 17,7%.

15.Sería interesante saber si el Estado parte ha logrado dedicar el 8% del PIB a la educación como había previsto, aun cuando, como consecuencia de la disminución del PIB, este importe era inferior en términos absolutos a la de los créditos asignados a este sector en los años anteriores.

16.La delegación de Costa Rica podría indicar cómo pretende luchar el Estado parte contra la pobreza estructural, cuyo nivel se mantuvo entre el 15% y 20% en los últimos veinte años, y si prevé a tal fin recurrir a los programas integrales de desarrollo territorial, que han demostrado su eficacia en el resto del continente.

17.Por último, sería particularmente útil saber si el Estado parte ha adoptado una estrategia específica de lucha contra la pobreza y la exclusión para cada uno de los cuatro grupos de población más vulnerables del país, que constituyen el 20% de la población total: los 75.000 indígenas dispersos en 24 territorios aislados y distantes, los migrantes temporales (de 500.000 a 1 millón), procedentes de Nicaragua y Panamá, que trabajan en el cultivo del café, los 300.000 niños hijos de migrantes nicaragüenses, panameños y colombianos y los 85.000 niños afrocostarricenses.

18.El Sr. Kotrane celebra las enmiendas introducidas en el Código de la Niñez y la Adolescencia para proteger a los niños empleados domésticos contra la explotación económica, incluso la explotación sexual, pero lamenta que, en general, el país se demore en aplicar las leyes, por lo que pregunta si los jueces sistemáticamente tienen en cuenta el interés superior del niño en todas las decisiones que le afectan. En particular, se refiere a los votos de la Sala Constitucional mencionados en el párrafo 74 del informe examinado y señala que no parece que sistemáticamente favorezcan el interés del niño, en particular el voto 2008-218, relativo a la autorización de difundir la imagen de un menor en conflicto con la ley en los medios de comunicación, por el motivo de que la imagen estaba parcialmente cubierta y el asunto revestía un interés público. De hecho, la lectura de esta jurisprudencia plantea la cuestión de saber si los jueces están realmente formados en una materia como los derechos del niño.

19.El Sr. Kotrane observa también que, aunque las normas internacionales en principio primen sobre las leyes internas, en el informe no se menciona ningún asunto en que la Convención se haya invocado ante los tribunales.

20.Por último, la delegación de Costa Rica tal vez desee indicar si el Estado parte tiene previsto adherirse próximamente a la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares.

21.El Sr. Cardona L l orens lamenta que los niños puedan consentir en mantener relaciones sexuales desde la edad de 13 años, ya que ello equivale a considerar que pueden expresar su consentimiento a una edad precoz. Lamenta que el fin de la edad de escolarización obligatoria, fijada en 15 años y medio, sea superior a la edad mínima de admisión al empleo, fijada en 15 años. Además, considera preocupante que, según se indica en un estudio realizado por el Gobierno de Costa Rica en 2002, más del 10% de los niños y adolescentes de 5 a 17 años estén empleados en el Estado parte en puestos poco cualificados, como el trabajo doméstico o la venta ambulante, por lo que desearía saber qué medidas ha adoptado el Estado parte para combatir este fenómeno.

22.Haciendo referencia a un estudio nacional sobre la juventud llevado a cabo en 2008, considera preocupante que la gran mayoría de los jóvenes tanto en las zonas rurales como urbanas declaren haber comprobado la existencia de muchos motivos de discriminación en la sociedad costarricense, entre ellos, la discapacidad, el origen nacional, la orientación sexual o incluso la condición socioeconómica.

23.Por último pregunta por el motivo de que el Estado parte no haya ampliado el Programa de Nutrición y Desarrollo Infantil mencionado en el párrafo 599 del informe a los territorios indígenas y por qué razón los niños no tienen derecho a fundar asociaciones políticas o con fines de lucro.

24.La Sra. Aidoo lamenta la falta de datos desglosados por sexo, edad, entorno socioeconómico y cultural, así como la falta de datos sobre los niños vulnerables, los niños discapacitados, los niños indígenas y los niños de la calle, por lo que se pregunta cómo se propone el Estado parte reforzar los mecanismos de reunión y análisis de datos para luchar mejor contra las desigualdades sociales y favorecer el desarrollo económico del país. Pregunta si el observatorio que el Estado parte se propone crear para reunir y analizar datos estadísticos tendrá el mandato de participar en la formulación de políticas y programas de desarrollo en favor de los derechos del niño.

25.El Sr. Koompraphant pregunta cómo un niño cuyos derechos han sido violados puede hacerse oír y recurrir a los tribunales de menores si el autor de los hechos que se propone denunciar es uno de sus progenitores ¿Qué mecanismos han establecido esos tribunales para detectar los actos de violencia cometidos contra niños, y qué prevé la Ley contra la violencia doméstica para restablecer la comprensión, el amor y la concordia en el seno de un hogar destruido por la violencia.

26.La Sra. Wijemanne desearía saber si en el registro de nacimientos se inscriben también los hijos de migrantes y los hijos de trabajadores estacionales procedentes sobre todo de Nicaragua o de Panamá ¿Cuáles son las medidas previstas para combatir los castigos corporales en las escuelas? ¿Se propone el Estado parte elevar la edad del consentimiento sexual —que es de 13 años— y la edad mínima para contraer matrimonio —que es de 15 años—, sabiendo que un embarazo a tan temprana edad puede poner en peligro la vida de la madre y presentar riesgos para la salud del niño?

27.La Sra. Sandberg, basándose en fuentes dignas de crédito, según las cuales no se oye a los niños ni en los procedimientos administrativos ni judiciales que les afectan, ni en el marco de las decisiones que sobre ellos adoptan las autoridades escolares, desea saber si la Defensoría de la Infancia ya ha recibido denuncias por este motivo, y lo que se propone hacer el Estado parte para que se respete el derecho del niño a ser oído, en particular en los procedimientos de asilo y en la escuela. También desearía saber si cuando la justicia convoca a un niño este comparece directamente ante el juez o en una sala aparte, para que se sienta menos intimidado y si el interrogatorio lo efectúa un equipo interdisciplinar.

28.Por último, se invita a la delegación de Costa Rica a que indique las medidas que ha adoptado el Estado parte para velar por que los jóvenes participen realmente en las decisiones que les afectan en el seno de la sociedad, así como en la formulación y aplicación de los programas en su favor.

29.El Sr. Madi pregunta si es el propio PANI quien diseña los programas que aplica conjuntamente con las ONG o si a tal efecto consulta a dichas organizaciones y a los beneficiarios de los programas, es decir, los niños.

30.También sería interesante saber qué programas se han implantado en las escuelas para velar por que todos los niños conozcan los principios de la Convención, incluidos los hijos de inmigrantes y solicitantes de asilo, y si se imparten cursos de formación en derechos del niño a los miembros de las fuerzas del orden, los docentes, los trabajadores sociales y los jueces de menores.

31.El Sr. Guran desea conocer el mandato de la Defensoría de la Infancia, el número de personas empleadas por esta institución y sus competencias, el número y el carácter de denuncias que se le han transmitido y los principales problemas encontrados en el ejercicio de su mandato. Pregunta quién nombra a los especialistas en derechos del niño que se reúnen cada mes en los foros de reflexión sobre la infancia.

32.El Sr. Gastaud pregunta qué medida ha adoptado el Estado parte para fortalecer la eficacia de la cooperación internacional y la ayuda para el desarrollo en las esferas financiera y administrativa, y cuáles son los procedimientos y las normas jurídicas en cuya formulación se ha tenido en cuenta la contribución de los niños.

33.El Sr. Pollar pregunta qué proyectos ha puesto en marcha el Estado parte para mejorar el ejercicio de los derechos consagrados en el artículo 6 de la Convención, en particular, para luchar contra los accidentes de carretera, los suicidios y otros accidentes, y para velar por que los indígenas disfruten de dichos derechos en las mismas condiciones que el resto de la población.

34.El Presidente desearía saber si los establecimientos escolares que lo desean pueden impartir cursos de educación religiosa distinta de la católica.

35.El Sr. Dengo (Costa Rica) dice que el objeto de la nueva Ley general de transferencia de competencias del poder ejecutivo a las municipalidades es transferir recursos del presupuesto de la República y la titularidad de las competencias administrativas del poder ejecutivo a los gobiernos locales.

36.Costa Rica no ha ratificado la Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares porque la coyuntura política no es la adecuada, pero los poderes públicos se esfuerzan por dar un trato equitativo a todos los migrantes, de conformidad con la Ley general de migración y extranjería, que recoge muchas de las disposiciones de la Convención. Con la aprobación del Plan Escudo, que contempla una serie de medidas de ajuste destinadas a defender los intereses de las clases más desfavorecidas, se pretende hacer frente a la reciente crisis económica.

37.El Sr. Ching (Costa Rica) dice que la coordinación del Sistema Nacional de Protección Integral está prevista en el Código de la Niñez y la Adolescencia, que distingue tres niveles de ejecución de las medidas: el Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia, las juntas de protección y los comités tutelares. El Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia está integrado por actores del sector privado, instituciones gubernamentales, representantes de los sindicatos y ONG de defensa de los derechos del niño. En el marco de la Ley general de transferencia de competencias del poder ejecutivo a las municipalidades, una comisión interinstitucional se encarga de coordinar la ejecución de las actividades y de los planes de carácter local.

38.La Sra. Maurás Pérez pide que se expliquen las funciones y recursos de los comités tutelares y de las juntas de protección de la niñez y la adolescencia.

39.El Sr. Ching (Costa Rica) explica que con la asistencia técnica del UNICEF y las ONG, el Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia ha adoptado una estrategia que se articula en torno de la creación de subsistemas locales de protección. Estos subsistemas, que ya están implantados en 14 comunidades y deberían estarlo en todas las 81 comunidades, tienen por objetivo velar por la correcta coordinación de las políticas nacionales en favor de la infancia a nivel local y de establecer las necesidades y las deficiencias a fin de permitir la elaboración de un plan de acción focalizado. El Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia han encargado la revisión del marco normativo del Sistema Nacional de Protección Integral a un comité técnico asesor.

40.En consulta con el UNICEF, los poderes públicos elaborarán un conjunto de indicadores para evaluar el grado de aplicación del Plan Nacional para la Niñez y la Adolescencia. En el marco de la cooperación con el sector privado, se firmaron 120 acuerdos de cooperación con ONG de protección de los derechos de la niñez, y diversos organismos, en particular las universidades. Además, se ofrece la posibilidad de participar en proyectos de formación para la creación de empresas a los jóvenes que han sido víctimas de explotación sexual y comercial. Se ha emprendido un proceso de revisión de los indicadores del Sistema de Información y Estadística de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia y los datos que se obtengan servirán de base para los trabajos del observatorio de los derechos de la niñez y la adolescencia.

41.Por falta de recursos suficientes, el Observatorio aún no está en fase operacional, pero se basará en 35 indicadores y en los datos estadísticos de estudios recientes para realizar sus actividades de promoción de los derechos del niño. El censo que se confecciona en estos momentos y las encuestas periódicas sobre los hogares deberían permitir determinar mejor las necesidades y prioridades en el área de la infancia.

42.El Presidente pregunta cuál es el mandato del observatorio de los derechos de la niñez y la adolescencia y si tiene una influencia en las políticas públicas. Asimismo, desea que se proporcionen pormenores sobre los datos reunidos en las encuestas entre familias.

43.El Sr. Ching (Costa Rica) puntualiza que el observatorio está aún en fase de proyecto, pero que estará adscrito al PANI. Su función será velar por la conformidad y la coherencia del derecho interno con la Convención, así como reunir y analizar datos sobre la situación de los niños y los adolescentes.

44.La Sra. Maurás Pérez pregunta si las investigaciones que se prevé realizar como parte de las actividades del observatorio dependen del Sistema Nacional de Estadística.

45.El Sr. Ching (Costa Rica) responde que el observatorio no depende del Instituto Nacional de Estadística y Censos, pero que se encargará de reunir y analizar la información.

46.Explica que el registro de los nacimientos se hace en los establecimientos de salud y que los niños que no han sido inscritos al nacer pueden serlo más tarde. Las autoridades organizan regularmente campañas de inscripción de los nacimientos en las regiones donde viven los grupos indígenas y se procede a su inscripción con carácter retroactivo en las oficinas del Registro Civil, con independencia de la edad del niño. Se podrá inscribir en el Registro Civil a los niños nacidos en el extranjero de padres costarricenses, en las mismas condiciones que los niños nacidos en el territorio nacional.

47.La Sra. Varmah pregunta qué sucede con los niños nacidos en las plantaciones y cuyos padres no tienen la posibilidad de que un funcionario inscriba el nacimiento en el Registro Civil.

48.El Sr. Ching (Costa Rica) explica que para la inscripción del nacimiento de su hijo los padres tienen la posibilidad de recurrir al centro de salud más próximo, que remitirá la información al Registro Civil.

49.El Presidente pregunta por la suerte de los niños nacidos en el territorio costarricense de padres migrantes.

50.El Sr. Guillermet Fernández (Costa Rica) explica que la gran mayoría de los niños costarricenses están inscritos en el Registro Civil, y que también se puede inscribir a los niños nacidos en el extranjero y que se encuentran en el territorio en situación irregular.

51.El Sr. Ching (Costa Rica) dice, refiriéndose a los medios de comunicación, que la Sala Constitucional enmendó el voto mencionado en el párrafo 74 del informe periódico, argumentando que el hecho de proporcionar información que permita identificar a un niño constituye una violación del derecho a la imagen. Sin embargo, reconoce que los jueces no están lo suficientemente sensibilizados sobre la necesidad de tener en cuenta el interés superior del niño, pero que el PANI, a través del Centro de Cultura de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia, colabora estrechamente con las facultades de derecho para organizar actividades de sensibilización sobre los derechos del niño dirigidas a los jueces.

52.El Presidente celebra la existencia de la Ley para la protección de las niñas y los niños víctimas y testigos en los procesos penales y pregunta si se trata de una ley de carácter penal y si la aplican los tribunales penales.

53.El Sr. Ching (Costa Rica) responde que los tribunales aplican la Ley para la protección de las niñas y los niños víctimas y testigos en los procesos penales únicamente en los asuntos penales y que la protección es esencialmente policial.

54.Algunos tribunales han autorizado la adopción de niños acogidos en instituciones de protección infantil por personas con las que habían creado vínculos por medio de ONG, sin haber examinado a fondo si esos niños realmente estaban preparados para la adopción y en particular, sin haber descartado toda posibilidad de que pudiesen ser acogidos por familiares ni haber tenido en cuenta la opinión del niño, lo que va en contra de los dispuesto por Convenio de La Haya sobre la Protección de los Niños y la Cooperación en materia de Adopción Internacional, así como con las disposiciones del Código de Familia, del Código de la Niñez y la Adolescencia y del Reglamento de Adopciones Nacionales e Internacionales del Patronato Nacional de la Infancia (PANI). De hecho, no todos los niños que han sido objeto de una declaración de abandono reúnen necesariamente las condiciones para ser adoptados, por lo que el Consejo Nacional de Adopciones y el Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia examinan de manera muy rigurosa la situación de los niños antes de declarar que son aptos para la adopción.

55.En estos momentos están en fase de estudio dos proyectos de ley en materia de trabajo infantil: uno sobre trabajos peligrosos y el otro sobre el trabajo doméstico. Una vez aprobados, será necesario formular un plan de acción para su aplicación. La hoja de ruta es un elemento fundamental de la lucha contra el trabajo infantil, la explotación sexual con fines comerciales y la trata. Las autoridades costarricenses se esfuerzan en mejorar su difusión para que las instituciones locales tengan conocimiento de los compromisos contraídos por el Estado en esas esferas.

56.El PANI colabora con la Dirección General de Migración y Extranjería en la formulación de una política específica para los niños migrantes. Con el apoyo técnico del UNICEF, también trabaja en el establecimiento de otros protocolos operativos y de coordinación, como el protocolo relativo a los niños no acompañados y el protocolo relativo a la regularización de los niños en situación irregular. Este último protocolo tiene por objetivo expedir un documento de identidad a un gran número de niños indocumentados acogidos en centros de protección alternativa, a fin de que puedan tener acceso a los servicios, en particular a los de la seguridad social.

57.El Presidente pide información adicional sobre los créditos presupuestarios dedicados a la infancia, en particular a la educación, la salud y la ayuda a los más pobres.

58.El Sr. Ching (Costa Rica) dice que Costa Rica no dispone de todos los recursos financieros que necesitaría para que puedan ser respetados todos los derechos de todos los niños. La aplicación de programas sociales prioritarios está garantizada por el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS).El Consejo del Sector Social y Lucha contra la Pobreza tiene por misión gestionar la asignación de fondos para la protección y el bienestar de los niños a fin de racionalizar los gastos y mejorar la eficacia de los programas de ayuda. De hecho, es frecuente que algunos beneficiarios reciban por error varios subsidios, mientras que las personas que necesitan una ayuda no la reciben. Por consiguiente, es preciso mejorar el sistema de información y de seguimiento de las asignaciones, entre otras cosas, mediante la creación de un registro único de beneficiarios, tarea que lleva a cabo el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. El Ministerio de Hacienda ha previsto una reducción del 20% en todos los presupuestos de las instituciones públicas, pero el PANI ha obtenido una exención basándose en los compromisos contraídos por el Estado en virtud de la Política Nacional de Niñez y Adolescencia. Además, en un proyecto de ley se prevé la posibilidad de que los fondos no utilizados por el PANI al final de un ejercicio presupuestario se transfieran al presupuesto del siguiente, en lugar de ser devueltos al presupuesto general del Estado.

59.La Sra. Maurás Pérez (Relatora para Costa Rica) dice que, en 2007, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales consideró que las medidas encaminadas a luchar contra la violencia doméstica eran insuficientes. En 2008 en el marco del Comité contra la Tortura y en 2009 en el examen periódico universal (EPU) se formuló esta misma observación. La Sra. Maurás Pérez pregunta qué ha hecho el Estado parte para reforzar esas medidas y si tiene la intención de modificar la Ley contra la violencia doméstica de 1996, a fin de penalizar esos actos y prever sanciones para los autores.

60.Destaca que en Costa Rica uno de cada cinco niños es hijo de una madre menor de 19 años y que, en las poblaciones indígenas, el 40% de los nacimientos son madres menores de 15 años. Señala además que los abortos clandestinos son muy numerosos, por lo que pregunta si se ha previsto enmendar el artículo 121 del Código Penal, que permite el aborto cuando la vida de la madre está en peligro, pero impone límites estrictos a los profesionales. Se declara también muy preocupada por las informaciones relativas a la falta de medios anticonceptivos de urgencia y por la insuficiencia de las medidas preventivas, en particular por la falta de programas de educación sexual en las escuelas, programas de información pública y servicios de asesoramiento en los centros de salud. Invita a la delegación a que exponga sus observaciones sobre estas cuestiones.

61.Se pregunta si las autoridades costarricenses consideran la posibilidad de adecuar su legislación al Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil de la Organización Internacional del Trabajo (Convenio Nº 182) e imponer normas a las empresas privadas que comercializan productos de empresas familiares del sector de la pesca y la agricultura, así como en el sector de los servicios o la construcción.

62.Por último, la Sra. Maurás Pérez considera que es sumamente preocupante la situación de los niños pertenecientes a la minoría de ngabe-buglé, cuya inscripción en el Registro resulta difícil y que a menudo se ven privados del acceso a la educación y a los servicios de salud debido a la compleja situación migratoria que conlleva el cultivo del café. También le preocupa la discriminación de los niños afrodescendientes.

63.La Sra. Nores de García (Relatora para Costa Rica) pregunta si la resolución dictada por la Corte Suprema de Justicia en materia de familia, que ha declarado inconstitucional la adopción nacional e internacional directa, permite eliminar definitivamente ese tipo de adopción. También desea saber si las autoridades costarricenses tienen conocimiento de casos de adopciones internacionales que acarrearían un beneficio material indebido a las personas responsables.

64.Expresa, además, su preocupación por el hecho de que la tasa de escolarización en la enseñanza secundaria sea solo del 38%, que, en el caso de los niños indígenas, es de la mitad. La creación de un sistema de becas de estudios, un sistema de transporte escolar y de un programa de comedores escolares no parece haber dado los resultados esperados y habría que saber lo que el Estado parte pretende hacer para que todos los niños vulnerables puedan acogerse a los programas establecidos para luchar contra el abandono escolar. También habría que saber si el objetivo principal del Gobierno es solo mantener a los niños en el sistema escolar o si desea también mejorar el nivel de la enseñanza. En algunas regiones del país, los alumnos de secundaria se quejan del poco interés que suscitan los programas de estudios y los métodos didácticos, así como de que las enseñanzas que se les imparten no les permiten adquirir las competencias necesarias para conseguir un empleo. Habría que saber si se han revisado los métodos pedagógicos a fin de promover una mayor participación del alumnado.

65.La Sra. Nores de García asimismo se pregunta sobre las medidas adoptadas para garantizar a los niños indígenas una educación de calidad y si se tiene previsto incluir el estudio de la cultura indígena en los programas de la educación nacional para no discriminar a esas poblaciones.

66.Aparentemente los recursos dedicados a la aplicación de textos legislativos y de programas destinados a luchar contra la explotación sexual de los niños son insuficientes. Se ha retrasado incluso la aplicación de la hoja de ruta. Sería necesario saber qué actividades se llevan a cabo para formar adecuadamente a los agentes de policía y a los funcionarios que trabajan en estas cuestiones, qué información se difunde entre la población de riesgo, en particular los niños de la calle y los niños toxicómanos, cuáles son los procedimientos para interponer una denuncia por explotación sexual, cuántas denuncias se han presentado y en cuántas de ellas han dado lugar a un fallo condenatorio, de qué medidas de protección se benefician las víctimas y qué medidas específicas existen para luchar contra la trata y la explotación sexual de las que son víctimas un gran número de niños afrodescendientes de la provincia de Limón.

67.La Sra. Herczog pide más información sobre las cuestiones relativas a la salud mental de los niños y los adolescentes, en particular sobre las depresiones, los suicidios, los trastornos del comportamiento y el recurso a la medicación para los trastornos mentales. Pregunta si existen servicios de prevención y servicios de intervención y si el Estado parte dispone de la infraestructura y del personal competente para atender a los niños que tienen problemas de salud mental o cuyos padres padecen de tales problemas.

68.La Sra. Lee pregunta si el PANI interviene en la identificación y la atención de las víctimas de la trata. También desearía disponer de más información sobre los textos de aplicación de la nueva legislación en materia de inmigración, así como sobre los gastos que deben sufragar los niños refugiados y los solicitantes de asilo. Por último, expresa su preocupación por el hecho de que las cifras presentadas en las respuestas escritas a la lista de cuestiones ponen de relieve un aumento de los casos de violencia sexual contra niños, por lo que desea saber cuántos de esos casos dieron lugar a una sentencia condenatoria, qué penas se impusieron a los autores y las medidas que ha tomado el Estado parte para solucionar esta situación.

69.La Sra. Varmah pregunta si el Estado parte dispone de cifras sobre los niños que no han sido inscritos al nacer y qué ocurre en estos casos, en particular en lo que se refiere al acceso a los diferentes servicios destinados a los niños.

70.La aplicación de los diferentes instrumentos relativos a las personas con discapacidad suscritos por Costa Rica es parcial y muy lenta. El acceso de los niños discapacitados, en particular a la educación, plantea problemas debido a la falta de una infraestructura adecuada. No existen servicios especializados para la rehabilitación de los niños discapacitados y los servicios de salud se concentran principalmente en las zonas urbanas. Desearía saber las medidas que tiene la intención de adoptar el Gobierno para promover la integración de los niños y adolescentes discapacitados en el sistema educativo ordinario y promover su participación en la vida de la sociedad y su acceso a los servicios de salud, los transportes, los servicios sociales, prestando una especial atención a las zonas rurales.

71.La educación sexual que se ha incorporado a los programas escolares no se imparte de manera sistemática y no satisface unas normas de calidad suficiente. Faltan las capacidades necesarias para difundir entre los niños la información sobre la sexualidad, el VIH/SIDA y otras enfermedades o infecciones de transmisión sexual. Pide a la delegación que indique las medidas adoptadas para que los adolescentes puedan recibir en la escuela y fuera de ella una educación sobre la sexualidad y la prevención de las enfermedades de transmisión sexual.

72.El Sr. Cardona Llorens destaca que en virtud de la legislación en materia de justicia juvenil la prisión provisional de los jóvenes de edades comprendidas entre los 12 y los 18 años es una medida excepcional, y, según la información de que dispone, más del 50% de los jóvenes de entre 15 y 18 años que están privados de libertad están en prisión provisional. Pregunta qué medidas tiene intención de adoptar el Estado parte para solucionar esta situación.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.