Naciones Unidas

CERD/C/MEX/18-21

Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

25 de agosto de 2017

Original: español

Español, francés e inglés únicamente

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 9 de la Convención

Informes periódicos 18º a 21º que los Estados partes debían presentar en 2016

México * , **

[Fecha de recepción: 29 de junio de 2017]

Acrónimos

ACNUR

Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados

CCNI

Casas y Comedores del Niño Indígena

CDI

Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas

CDPIM

Comisión para el Diálogo con los Pueblos Indígenas de México

CJF

Consejo de la Judicatura Federal

CNDH

Comisión Nacional de los Derechos Humanos

CNEGSR

Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva

COMAR

Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados

CONAPRED

Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación

CONEVAL

Consejo Nacional para la Evaluación de la Política de Desarrollo Social

CPEUM

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

DOF

Diario Oficial de la Federación

EIC 2015

Encuesta Intercensal 2015

FEADLE

Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión

GT-CERD

Grupo de Trabajo para el seguimiento de las recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

IFDP

Instituto Federal de Defensoría Pública

INALI

Instituto Nacional de Lenguas Indígenas

INE

Instituto Nacional Electoral

INEE

Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación

INEGI

Instituto Nacional de Estadística y Geografía

INM

Instituto Nacional de Migración

INMUJERES

Instituto Nacional de las Mujeres

LFPED

Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación

LGDNNA

Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

LPPDDHP

Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas

OIM

Organización Internacional para las Migraciones

OIT

Organización Internacional del Trabajo

OSC

Organizaciones de la Sociedad Civil

PANITLI

Padrón Nacional de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas

PEM

Programa Especial de Migración 2014-2018

PGR

Procuraduría General de la República

PND

Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018

PROFEDET

Procuraduría de la Defensa del Trabajo

RENAPO

Registro Nacional de Población

SCJN

Suprema Corte de Justicia de la Nación

SEDESOL

Secretaría de Desarrollo Social

SEGOB

Secretaría de Gobernación

SEP

Secretaría de Educación Pública

SINACEM

Sistema Nacional de Control Escolar de Población Migrante

SNDIF

Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia

SRE

Secretaría de Relaciones Exteriores

STPS

Secretaría del Trabajo y Previsión Social

UNICEF

Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia

UPM

Unidad de Política Migratoria/Secretaría de Gobernación

I.Introducción

1.México sustentó su informe consolidado XVI-XVII en febrero de 2012. Derivado del proceso de sustentación, se creó el Grupo de Trabajo para el seguimiento de las recomendaciones hechas a México por el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (GT-CERD), conformado por 50 instituciones públicas de los distintos poderes y órdenes de gobierno, y de entidades federativas. Ha sostenido 12 reuniones de trabajo, así como diálogos con especialistas internacionales en la materia.

2.En 2015, se llevó a cabo la primera reunión de alto nivel y la primera reunión con Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC).

3.Los días 17 y 18 de noviembre de 2015 se realizó un foro de consulta para la elaboración del presente informe, con el objetivo de establecer un diálogo entre OSC mexicanas dedicadas al tema de discriminación racial y representantes de las instituciones públicas competentes, sobre los avances y retos de México en la materia, a la luz de las recomendaciones del Comité.

4.Las discusiones del foro se dividieron en mesas de trabajo temáticas de conformidad con los artículos de la Convención y las recomendaciones del Comité, a saber: i) combate a la discriminación racial: fortalecimiento institucional, políticas públicas, medidas legislativas; ii) datos estadísticos; iii) afrodescendientes; iv) pueblos indígenas; v) personas migrantes; vi) derecho a la consulta; vii) acceso y procuración de justicia; y, viii) educación, enseñanza y cultura.

5.Durante las mesas de trabajo, en las que participaron aproximadamente 30 OSC y representantes de más de 20 instituciones públicas, se analizaron las recomendaciones del Comité, identificando los avances y retos en la materia. Asimismo, se elaboraron propuestas concretas para fortalecer las acciones del Estado para la eliminación de la discriminación racial en diferentes ámbitos y con énfasis en grupos en situación de vulnerabilidad.

II.Cumplimiento de los artículos 1 a 7

6.La información correspondiente a los artículos 1, 2 y 3 de la Convención, se encuentra en el Documento Básico Común de México.

Artículo 4

7.Como parte del compromiso del Estado mexicano de adoptar medidas para erradicar la discriminación, se trabaja con las entidades federativas en la creación de leyes locales antidiscriminación a partir de una ley modelo para prevenir y eliminar la discriminación que incorpora las obligaciones en la materia establecidas en más de 50 tratados internacionales.

8.En 2014 se decidió replicar la experiencia en redes sociales de la campaña “No hate speech movement” del Consejo de Europa, adaptándola a las circunstancias específicas del país para generar la campaña “Jóvenes, versión SinTags”, detonadora de procesos sociales y comunitarios en internet, para combatir el discurso de odio y sus expresiones en línea y fuera de esta.

9.El público meta de la campaña fueron personas jóvenes entre 13 y 18 años, ampliándose en 2015 hasta la edad de 24 años. La campaña busca generar entre jóvenes y personas de todas las edades que quieran sumarse a la lucha por la igualdad, una dinámica de intercambio de información, opiniones, fotografías y videograbaciones, entre otros materiales, con mensajes para combatir el discurso de odio en las redes sociales.

10.En Facebook la campaña obtuvo un total de 223.500 personas inscritas y el post “Mi ropa no significa inferioridad, representa riqueza cultural”, sobre diversidad cultural, alcanzó a un total de 26.912 personas y 2.463 me gusta, comentarios y veces que se compartió. En twitter, el hashtag #SinTags llegó a un total de 1.059.631 impresiones, con 790.696 cuentas alcanzadas.

11.En el ámbito judicial, cabe señalar que no existe disposición alguna ni interpretación judicial que permita sugerir que deba agravarse en perjuicio del imputado el proceso penal o sus consecuencias por motivos de su origen étnico o racial. Sin embargo, desde el punto de vista de la víctima del ilícito, es decir que el hecho delictivo recaiga sobre una persona que pertenezca a un grupo vulnerable por su raza o etnia, los juzgadores están en posibilidad de aplicar el artículo 410 del Código Nacional de Procedimientos Penales, con una perspectiva de igualdad, valorando el contexto y la existencia de motivos raciales del ilícito como una circunstancia que agrave la culpabilidad del responsable.

12.De 2012 a 2016 se identificaron ocho juicios de amparo indirecto relacionados con el racismo o la discriminación racial, en dos de ellos se celebró audiencia constitucional y se emitió sentencia. En los demás se desechó la demanda de amparo o se tuvo por no interpuesta.

13.A fin de que las víctimas de discriminación con recursos limitados no teman el costo y la complejidad del proceso judicial, se brinda el servicio de asesoría jurídica, a través de 143 asesores jurídicos, garantizando un trato no discriminatorio a las personas cualquier motivo.

14.En cuanto a la carga de la prueba en los juicios civiles en los que se sustancien casos de discriminación racial, se señala que la misma recae en la víctima de discriminación, toda vez que es imposible probar actos negativos.

15.A fin de garantizar la protección a los derechos en materia indígena, se brinda asistencia técnica y jurídica a los Congresos locales para realizar las adecuaciones normativas a nivel constitucional y legal y reconocer los derechos de los pueblos y comunidades indígenas. A la fecha, 25 estados reconocen derechos a favor de la población indígena y 24 tienen una ley en materia indígena.

Artículo 5

16.En materia de protección de defensores de derechos humanos y periodistas, México cuenta con la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas (LPPDDHP) y su Reglamento.

17.Si bien la adopción de la Ley representó un avance significativo en la materia, se requería adecuar diversas leyes secundarias que la hiciesen operativa; situación que fue solventada mediante la publicación del Decreto que reformó y adicionó diversas disposiciones legales al Código Federal de Procedimientos Penales; la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y del Código Penal Federal; a través de las cuales se facultó a la autoridad federal para asumir la competencia de delitos contra la libertad de expresión, sin que esto implicara relevar a las autoridades estatales de la obligación de esclarecer, en su caso, los hechos presuntamente constitutivos de delito e identificar a sus probables responsables.

18.Del 4 de mayo de 2013 al 29 de febrero de 2016, la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión (FEADLE) ejerció la facultad de atracción de 44 indagatorias iniciadas por ilícitos como: abuso de autoridad, amenazas, daño en propiedad ajena, homicidio, lesiones, privación ilegal de la libertad, robo y tentativa de homicidio.

19.Derivado de la LPPDDHP, se creó el Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, a cargo de la Secretaría de Gobernación (SEGOB). Desde su establecimiento, el Mecanismo ha atendido en total 472 solicitudes de medidas de protección, las cuales derivaron en medidas cautelares de distinto tipo, otorgadas por el Mecanismo, el Titular de la Unidad para la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos de SEGOB (TUPDDH) y la FEADLE.

20.Las medidas se otorgaron a 262 periodistas, 176 hombres y 86 mujeres, así como 387 personas defensoras de derechos humanos, 200 hombres y 187 mujeres, incluyendo a los familiares o personas a cargo (colaboradores) que tienen relación inmediata con la víctima directa y las personas que hayan sufrido daños al intervenir para asistir a la víctima en peligro o para prevenir la victimización, así como instalaciones de los medios de comunicación afectados o en situación de vulnerabilidad.

21.Actualmente, el Mecanismo atiende 15 expedientes, correspondientes a 46 beneficiarios indígenas, 14 mujeres y 32 hombres.

22.Asimismo, se creó el Fondo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas con el propósito de destinar recursos económicos para la implementación y operación de las medidas preventivas, medidas de protección y medidas urgentes de protección. El Fondo opera a través de un fideicomiso público constituido en octubre de 2012.

23.En la implementación y operación de las medidas de protección, al 31 de enero de 2017 se erogaron recursos por un total de 248.696.179,40 pesos con cargo al patrimonio del Fondo. A esa fecha, el Fondo contaba con un saldo patrimonial de 297.885.144,34 pesos (15.558.018,25 dólares de los Estados Unidos).

24.El Mecanismo también difunde legislación específica sobre la protección de los defensores de derechos indígenas y sostiene mesas de trabajo con funcionarios de las procuradurías a nivel federal y estatal, y representantes de comunidades indígenas, asesores y abogados, para defender los casos en donde se vulneran la libertad, integridad física y emocional de defensores de derechos humanos.

25.Estos esfuerzos se acompañan con acciones de prevención, entre las que destaca el programa de capacitación de la Procuraduría General de la República (PGR) a nivel nacional, impartido con base en la homogenización de criterios de actuación de las autoridades relacionadas con la investigación de delitos cometidos contra la libertad de expresión, y para proporcionar a periodistas, reporteros, fotógrafos, editores, estudiantes de comunicación, directores y dueños de medios de comunicación, instrumentos o herramientas que les permitan evaluar su situación de riesgo y vulnerabilidad.

26.En relación con la aplicación de medidas para poner fin a la violencia en el país, en 2013 se estableció el Programa Nacional de Prevención del Delito, a fin de coordinar los esfuerzos de diversas secretarías de Estado, dependencias federales y los tres niveles de gobierno. Durante sus cuatros años de existencia, las acciones del Programa han recibido más de 10.000 millones de pesos que se distribuyen a gobiernos locales bajo la forma de subsidios destinados a implementar proyectos que atendieran los factores de riesgo y de protección contra la violencia y el delito.

27.El Programa plantea objetivos y estrategias que, desde un enfoque integrador de seguridad ciudadana, derechos humanos, género y cohesión comunitaria, prevengan, atiendan y erradiquen las diversas manifestaciones de la violencia y la delincuencia en México, asegurando el enfoque de seguridad ciudadana en la seguridad pública con pleno apego a los derechos humanos. En 2013, se seleccionaron 57 demarcaciones de intervención prioritaria y para 2015 este número alcanzó 81.

28.En 2013 se transfirieron las facultades de la Secretaría de Seguridad Pública a la Secretaría de Gobernación, creando la Comisión Nacional de Seguridad, a fin de alinear y coordinar mejor la actuación de todas las dependencias en cuestiones de seguridad.

No ciudadanos: refugiados, desplazados, migrantes, solicitantes de asilo, apátridas

29.El Programa Especial de Migración (PEM) es el instrumento rector de la política migratoria del Estado mexicano, a través del cual se garantiza el ejercicio pleno de los derechos de las personas migrantes consagrados en la Ley de Migración. Se basa en los principios de corresponsabilidad y coordinación, para implementar una política migratoria explícita, integral, transversal y multisectorial que incorpora los enfoques de derechos humanos; perspectiva de género; seguridad humana; criterios diferenciados; migración y desarrollo; bienestar de la persona migrante y cultura de la migración.

30.El PEM cuenta con un mecanismo de seguimiento que permite identificar y difundir las medidas emprendidas por las instituciones federales y desde 2015 mantiene un diálogo constructivo con las Entidades Federativas para promover la incorporación de la perspectiva migratoria y la protección efectiva de derechos para las cuatro dimensiones de la migración, de manera que se cuenta con un primer análisis de los avances respecto al desarrollo de proyectos.

31.En cuanto las niñas, niños y adolescentes migrantes, la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA) incluye un capítulo sobre las medidas especiales de protección que se deben adoptar para garantizar sus derechos cuando estos se encuentren acompañados, no acompañados o separados; sean nacionales, extranjeros o hayan sido repatriados, estableciendo obligaciones para todas las autoridades mexicanas.

32.En 2015 se presentó el Protocolo de atención para niñas, niños y adolescentes migrantes no acompañados o separados que se encuentran albergados, el cual se actualizó en marzo de 2017, para fortalecer los procedimientos de actuación que los Sistemas Estatales y Municipales DIF y de OSC, deben implementar sistemáticamente.

33.Para ello, se emplea un mecanismo de identificación de perfiles migratorios diferenciados que permite detectar y atender las necesidades específicas de niñas, niños y adolescentes migrantes no acompañados y, de ser necesario, brindar el acceso a sus derechos mediante la canalización a las instancias competentes. Asimismo, se busca fortalecer y homologar los criterios y el desempeño del personal operativo dentro de los albergues. Además, establece un mecanismo para la evaluación del interés superior de la niñez, el cual toma en consideración la participación informada de niñas y niños.

34.Asimismo, se elaboró el Protocolo para la atención consular de niñas, niños y adolescentes migrantes no acompañados, dirigido a menores migrantes mexicanos, que garantiza la protección y atención consular en el exterior, mediante una evaluación inicial para identificar aspectos de vulnerabilidad y necesidades especiales de protección, iniciando así, la activación de una cadena de protección en el lugar donde se encuentra el o la menor de edad.

35.También en 2015, se presentó un programa piloto para la detección de necesidades de protección internacional en niñas, niños y adolescentes migrantes no acompañados o separados, en la estación migratoria de Iztapalapa. El proyecto fue revisado por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) en 2016 culminando en un protocolo de evaluación inicial para la identificación de indicios de necesidades de protección internacional en niñas, niños y adolescentes no acompañados o separados. El instrumento se emplea en las entrevistas de detección, tomando en consideración las características de desarrollo infantil y adolescente, así como los efectos de haber vivido episodios de violencia u otras situaciones traumáticas durante el proceso migratorio.

36.En agosto de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Protocolo de actuación para asegurar el respeto a los principios y la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en procedimientos administrativos migratorios, para asegurar que los procedimientos administrativos migratorios que involucren a menores privilegien el interés superior de la niñez.

37.En agosto de 2016 se presentó la Guía práctica para la protección y restitución de derechos de niñas, niños y adolescentes, dirigida al personal de las Procuradurías de Protección con el propósito de brindar las bases para la elaboración del plan de restitución de derechos. La Guía toma como punto de partida el principio del interés superior de la niñez y se integran las propuestas metodológicas del procedimiento para la determinación, coordinación y seguimiento de las medidas de protección especial y una caja de herramientas para su implementación.

38.En ese mismo año, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se establece el procedimiento interno para la restitución de derechos y medidas de protección a niñas, niños y adolescentes y los Lineamientos para la restitución de derechos y medidas de protección de niñas, niños y adolescentes, instrumentos normativos que fortalecen la protección y restitución de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

39.En materia de protección a personas migrantes, sin importar su nacionalidad, se llevan a cabo, entre otras, las siguientes actividades:

Programa de repatriación humana. Ofrece gratuitamente a los mexicanos repatriados, información sobre los apoyos donde se realiza su internación al país y en su lugar de residencia; agua y una porción de alimentos; atención médica y psicológica; facilidades para comunicarse vía telefónica con su familia o la representación consular mexicana más cercana; traslados locales; canalización a albergues temporales y expedición de una constancia de recepción de mexicanos repatriados.

Grupos Beta de Protección al Migrante. Tienen por objeto la protección y defensa de los derechos humanos de las personas migrantes, con independencia de su nacionalidad o situación migratoria, durante su trayecto por territorio nacional y durante la repatriación de migrantes mexicanos.

Oficiales de Protección a la Infancia. Personal especializado en protección de la infancia. Entrevistan a las personas migrantes que se encuentren en situación de vulnerabilidad durante el procedimiento administrativo migratorio y en los procedimientos de reunificación familiar, regularización de estancia, reconocimiento de la condición de refugiado y retorno asistido.

Memorándum de entendimiento entre los gobiernos de México, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua para la repatriación digna, ordenada, ágil y segura de nacionales centroamericanos migrantes vía terrestre. Busca garantizar que los nacionales de los países centroamericanos que no acrediten su estancia legal en México, reciban el traslado de manera expedita y sin que medie un procedimiento administrativo de expulsión.

Programa 3X1 para migrantes (P3X1) . Apoya las iniciativas de los migrantes organizados para realizar proyectos que contribuyan al desarrollo de sus localidades de origen, mediante la aportación de los tres órdenes de gobierno: federal, estatal y municipal, así como de organizaciones de migrantes en el extranjero. Por cada peso que aportan los migrantes, el Gobierno Federal, los estados y los municipios, destinan otro tanto a manera de financiamiento de proyectos.

40.Con objeto de combatir la discriminación y xenofobia contra los migrantes, en 2012 se presentó el cuadernillo de la Encuesta Nacional sobre Discriminación 2010, resultados sobre Personas Migrantes, señalando las prácticas de discriminación más recurrentes en la sociedad mexicana y las actitudes explícitas de xenofobia y discriminación hacia las personas migrantes.

41.El 27 de marzo de 2015, dio inicio la campaña nacional de información Te Acompañamos Que la desinformación no sea un riesgo más, para contribuir a la protección y al empoderamiento de las personas migrantes en tránsito por México, reflejada en los resultados de la Encuesta Nacional.

42.Bajo el lema XeNoFobia, Los prejuicios son su carga se lanzó el 31 de agosto de 2015 una versión extendida de la campaña destinada a combatir la xenofobia en su versión “Personas migrantes” a fin de generar un cambio cultural en favor de las personas migrantes y extranjeras; así como informar acerca de la importancia de promover y garantizar los derechos de este grupo de población. El post inicial de la campaña alcanzó en su primer día un total de 302.634 personas. En Facebook desde su lanzamiento hasta el 30 de noviembre de 2016 se impactó a 2,1 millones de personas.

43.A partir del 1 de octubre de 2015 se dirige la campaña contra la xenofobia y discriminación a personas migrantes en México, a fin de sensibilizar a la población acerca de la intolerancia de la que son objeto y contrarrestar la discriminación. Fue lanzada en medios digitales, principalmente en redes sociales, obteniendo en un mes más de 39 millones de impresiones (vistas por usuario) y 900.000 clics.

44.De enero a diciembre de 2015 se desarrolló el Programa Temporal de Regularización Migratoria, estableciendo requisitos flexibles para beneficiar a las personas de origen extranjero que ingresaron a territorio nacional antes del 9 de noviembre de 2012 y que al 13 de enero de 2015 se encontraban en México de manera irregular, facilitando la obtención de la condición de estancia de residente temporal con vigencia de cuatro años, con la posibilidad de cambiar la condición de estancia a la residencia permanente, de acuerdo a lo previsto en la Ley de Migración.

45.Otros beneficios residen en la reducción de costos, al no aplicar multas y eximir del pago de derechos. Lo que representa un ahorro monetario de aproximadamente el 77%.

46.A través de este programa se documentó a 1.9612.994 personas extranjeras como residentes temporales por cuatro años. De manera general, se benefició a las personas extranjeras que contaban con arraigo o vínculo familiar, laboral o negocios, reduciendo así, el riesgo a su seguridad jurídica y personal, los obstáculos a su desarrollo personal, profesional y familiar, la vulnerabilidad a diversos abusos por parte de autoridades y de terceros; las dificultades para acceder a diferentes servicios públicos y privados. Una segunda emisión del programa se aplicará del 9 de enero al 19 de diciembre de 2017. A la fecha, ocho personas han obtenido su residencia temporal.

47.Para garantizar el acceso a servicios de salud, se afilia a las personas migrantes al Seguro Popular por un período de 90 días, a fin de que tengan acceso a los servicios del Catálogo Universal de Servicios de Salud. Al 31 de enero de 2017 había 8.039 migrantes con derechos vigentes, principalmente de Guatemala, Honduras y El Salvador.

48.En julio de 2013, el Programa IMSS-PROSPERA inició el otorgamiento de servicios de salud para la población migrante. Al cierre de 2016 contaba con 9 puntos de atención ubicados en Chiapas (5), Oaxaca (1), Tamaulipas (2) y Baja California (1), mediante los cuales otorgó 84.851 consultas.

49.Para atender a las mujeres migrantes, se instrumenta el programa Promoción de los derechos de las mujeres en las migraciones y sus familias, con tres líneas de acción: sensibilización y fortalecimiento de capacidades; coordinación y vinculación interinstitucional, y promoción y difusión. Dentro de las acciones específicas se encuentran:

El diseño y difusión del curso en línea “Mujeres que migran”, en el proyecto Portal Mujer Migrante. Se ha impartido desde 2013 hasta la fecha.

Realización del concurso Mujer migrante, cuéntame tu historia, a fin de impulsar el conocimiento y la difusión de las condiciones, problemáticas y experiencias exitosas vividas por las mujeres migrantes, así como su participación mediante la presentación de propuestas para la resolución de problemas específicos. El concurso se dirige a migrantes internacionales que viven en México y a mexicanas que han migrado dentro o fuera del país.

El 17 de enero de 2017 se instaló el Grupo Técnico para la incorporación de la perspectiva de género en las políticas de atención y protección de las Mujeres Migrantes, con el objetivo de establecer estrategias para la incorporación de la perspectiva de género y la instrumentación de acciones afirmativas en las normas y procedimientos administrativos y en las políticas públicas migratorias que permitan a las mujeres migrantes el acceso y ejercicio de sus derechos.

50.En relación con los trabajadores migrantes, la legislación mexicana no excluye categoría alguna de trabajadores, independientemente de su situación migratoria, en el acceso a la justicia laboral, así como en las inspecciones laborales. Asimismo, se proporciona asistencia jurídica a los trabajadores migrantes en caso de conflictos y abusos laborales, se les brinda el derecho a acceder a tribunales o mecanismos de protección laboral y se reconoce el derecho al acceso a la atención de salud para todas las personas en territorio nacional, sea cual sea su situación migratoria.

51.México firmó en octubre de 2016 un Memorándum de Entendimiento en Materia de Cooperación Laboral, con El Salvador, Guatemala y Honduras para fijar las bases de un programa migratorio laboral temporal que permite a trabajadores de los tres países que laboren en México hasta por 180 días en los sectores agrícola y de servicios, durante épocas de mayor demanda. De enero de 2012 a diciembre de 2016 se expidieron 86.177 Tarjetas de Visitante Trabajador Fronterizo.

52.En diciembre de 2016 se firmó un acuerdo con el Gobierno de los Estados Unidos para garantizar una migración laboral legal, ordenada y segura de jornaleros mexicanos elegidos para trabajar en granjas de ese país.

53.Para proteger a los migrantes trabajadores menores de edad y erradicar el trabajo infantil migrante, se diseñó un sistema de gestión y atención de niños y niñas adolecentes separados del trabajo infantil o en riesgo de incorporarse al mercado laboral, y protocolos de actuación de autoridades federales y estatales para la atención integral de los menores migrantes ocupados laboralmente.

54.De igual forma, se emite el Distintivo Empresa Agrícola Libre de Trabajo Infantil como reconocimiento a las empresas agrícolas que brindan a los jornaleros y sus familias condiciones de trabajo y vida dignas, con el fin de que las niñas y niños no sean incorporados al trabajo. Hasta 2016 se han otorgado 392 distintivos a centros de trabajo agrícolas de 22 entidades federativas.

55.También se expidió la Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI 2015 en Igualdad Laboral y No discriminación que establece los requisitos para que los centros de trabajo públicos, privados y sociales implementen prácticas para la igualdad laboral y no discriminación por ninguna causa, incluida la situación migratoria, para tener acceso y mantener el empleo. Asimismo, se actualizó la Guía para interponer quejas y denuncias en materia laboral de manera telefónica y se diseñó una estrategia de atención a quejas de migrantes, incluyendo un campo dentro del sistema de captura que considera la dimensión migratoria e identifica el tipo de apoyo que requiere el migrante.

56.A través del Programa Formación de gestores comunitarios en derechos humanos, laborales y agrarios con perspectiva de género, se asesora a trabajadores rurales, indígenas y migrantes en sus comunidades de origen, así como durante el tránsito a las entidades de destino y en los centros de trabajo y localidades de destino. Y con el objetivo de fortalecer la empleabilidad de los trabajadores del campo a través del reconocimiento oficial de sus habilidades y competencias laborales, se estableció el Programa Acreditación de habilidades y certificación de competencias laborales de las y los jornaleros agrícolas.

57.A fin de mejorar la situación de las personas migrantes en materia educativa, a través del Programa para laInclusión y la Equidad Educativa se establecen líneas de atención para la niñez en riesgo de exclusión y contexto de vulnerabilidad en escuelas de tipo básico, buscando beneficiar a escuelas y/o servicios públicos con acciones de fortalecimiento académico, apoyos específicos, contextualización de contenidos y equipamiento. En ese marco, los servicios de educación migrante atendieron en el período 2014-2015 a 47.176 alumnos, con la participación de más de 2.000 docentes.

58.Asimismo, el Sistema Nacional de Control Escolar de Población Migrante (SINACEM) coadyuva a la continuidad de estudios de educación básica de niñas y niños migrantes, permitiendo ubicar de forma específica a cada niña y niño en edad escolar o extraescolar, otorgando nuevas oportunidades de integrarse a un plantel de educación media superior, dando seguimiento académico y de control educativo de cada niña o niño que migra con la familia a diferentes partes del país y que se integra a algún centro escolar. En el período 2014-2015, se brindaron 47.176 servicios.

59.Por otra parte, el 4 de febrero de 2015 se conformó el Grupo Interinstitucional sobre Derecho a la Identidad y Acceso a la Educación de las Personas Migrantes, con dos objetivos: garantizar el ingreso, permanencia y tránsito en el sistema educativo nacional para nivel básico y medio superior, de niñas, niños y adolescentes migrantes en México, sin importar su nacionalidad; y garantizar el derecho a la identidad de niñas, niños y adolescentes de origen mexicano, nacidos en EUA y que se encuentran en México como resultado de un proceso de retorno forzado o voluntario de su padre y/o madre, a fin de promover el ejercicio del derecho a la doble nacionalidad.

60.Entre los resultados del Grupo de Trabajo, se encuentra la Modificación del Acuerdo Secretarial núm. 286, a través del cual se facilita el acceso al sistema educativo nacional en los niveles básico y medio superior a niñas, niños y adolescentes migrantes, al eximir el requisitos como la apostille en documentos de identidad y académicos; y la traducción al español por perito traductor de dichos documentos, en tanto que esta podrá ser realizada por el propio estudiante o madre o padre.

61.En el caso de personas migrantes repatriadas que no cuentan con documentación, se diseñaron diversos mecanismos contenidos en las Normas de Control Escolar relativas a la Inscripción, Reinscripción, Acreditación, Promoción, Regularización y Certificación de la Educación Básica, a partir del ciclo escolar 2015-2016, en las cuales se establece que no se requiere presentar apostille del documento de identidad, ni del antecedente académico para ingresar a la educación básica.

62.Las Normas son difundidas entre padres de familia, directivos, docentes e integrantes de la comunidad escolar en el ámbito federal y local, a fin de que conozcan las disposiciones vigentes y verifiquen su cumplimiento en las instituciones educativas del tipo básico.

63.Se destaca que el 15 de febrero de 2016 se publicaron los criterios para el ingreso, permanencia, tránsito y egreso en la educación media superior que simplifican los criterios para la documentación que se necesita para la inscripción de estudiantes mexicanos y extranjeros sin importar su situación migratoria.

64.Respecto al derecho a la identidad, se contrataron servicios de verificación electrónica de registros de nacimiento hechos en EUA, con lo que se agiliza la inserción de actas de nacimiento en el Registro Civil de México, mediante la simplificación del trámite de apostille, mismo que constituía una barrera a la obtención de la (bi)nacionalidad.

65.Esto dio origen al programa Soy México, Registro de Nacimiento de la Población México-Americana, presentado el 20 de septiembre de 2016, el cual garantiza el derecho a la identidad y la doble nacionalidad a las personas que nacieron en los EUA, de origen mexicano, con particular énfasis en las niñas, niños y adolescentes que regresan a México como consecuencia del retorno voluntario de sus familiares o de un procedimiento migratorio ejecutado por la autoridad estadounidense.

66.Entre los beneficios de este contrato se encuentran: la gratuidad del trámite, la constancia de la consulta podrá imprimirse en español, se entregará la inscripción del nacimiento ocurrido en los EUA en un acta de nacimiento mexicana y se otorgará la Clave Única de Registro de Población (CURP), garantizando el reconocimiento a la doble nacionalidad.

67.Por otro lado, en el marco del Grupo Interinstitucional sobre Derecho a la Identidad y Acceso a la Educación de las Personas Migrantes se estableció una Coordinación Interinstitucional Especializada cuyo objetivo específico es la determinación de la población potencialmente beneficiaria del Programa, de manera que se estimó que 258.794 menores de edad entre 0 a 17 años son nacidos en EUA con ascendencia mexicana y 86% está en edad escolar. A noviembre de 2016, se realizaron 3.688 verificaciones eléctricas que han permitido la inserción de nacimientos en el Registro Civil de México.

68.El 27 de enero de 2016, se firmó el Convenio Marco de Colaboración para promover y garantizar el derecho a la identidad de la población indígena. Entre las actividades desarrolladas destacan: la entrega de más de 5.000 actas en el acto de firma del convenio; la instalación de 33 módulos de registro civil para población indígena; la entrega de casi 18.000 actas y el desarrollo de cuatro campañas interestatales de registro civil para atender a personas radicadas fuera de su entidad. Con estas acciones se prevé atender a lo largo de este año a más de 115.000 personas indígenas acercando a sus comunidades los trámites de registro de nacimiento, correcciones, actualizaciones y reposición de actas.

69.En mayo de 2016 se presentó el Formato Único de Acta de Nacimiento, que articula los registros civiles en todas las Entidades Federativas y Oficinas Consulares para homologar el documento de identidad primigenio.

70.En cuanto a la capacitación de funcionarios encargados de atender a personas migrantes, de 2012 a la fecha se ha capacitado al personal migratorio en: legalidad y derechos humanos, perspectiva de género, medidas para la igualdad, derecho a la no discriminación, principios de protección a la niñez, persona humana y su dignidad, interés superior del niño y protección internacional.

71.A fin de atender los casos de violación a los derechos humanos de las personas migrantes y sancionar a las autoridades migratorias implicadas, de enero de 2012 a diciembre de 2016 se emitieron once recomendaciones: tres en 2012, dos en 2013, una en 2014, cuatro en 2015 y una en 2016. Las seis primeras han sido resueltas sin haberse impuesto sanción alguna a autoridades migratorias. Las cinco últimas se encuentran en proceso de investigación.

72.En materia judicial, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha sostenido que tratándose del delito de “trafico” se requiere del ánimo de lucro a efecto de evitar que las labores de asistencia y ayuda humanitaria a favor de migrantes no constituyan un delito. Asimismo, los Tribunales Colegiados de Circuito y los Juzgados de Distrito, han resuelto 23 sentencias a nivel nacional, relativas a los temas trabajadores migratorios.

73.En 2013 se publicó el Protocolo de actuación para quienes imparten Justicia en casos que afecten a personas migrantes y sujetas a protección internacional, el cual busca, con base en los principios e instrumentos jurídicos de origen nacional e internacional, sistematizar las reglas mínimas de actuación para garantizar el respeto de los derechos humanos de las personas migrantes y sujetas de protección internacional en el quehacer jurisdiccional.

74.La 2ª edición del Protocolo, ha sido consultada en línea más de 6.000 veces entre 2013 y 2015, y se han distribuido 9.000 ejemplares entre jueces federales y locales, OSC y universidades e instituciones de educación. El protocolo reconoce que, con motivo de la reforma constitucional de 2011 el Poder Judicial a través del juicio de amparo, tiene la oportunidad de primar las normas —sean de origen nacional o internacional— que signifiquen una mayor protección a los derechos humanos de las personas migrantes y sujetas de protección internacional, y para sentar precedentes que supriman las barreras que les impiden el acceso efectivo a la justicia.

Pueblos indígenas

75.En relación con el respeto de los sistemas tradicionales de justicia de los pueblos indígenas, la CPEUM, en el artículo 2, apartado A, fracción II reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y comunidades indígenas a la libre determinación y autonomía para la aplicación de los sistemas normativos en la solución de sus conflictos internos.

76.Asimismo, la Ley Agraria establece que en los juicios en los que una o ambas partes sean indígenas se considerarán los usos y costumbres de los pueblos o comunidades indígenas a los que pertenezcan mientras no contravengan lo dispuesto por la CPEUM y la propia Ley.

77.El nuevo Sistema de Justicia Penal, que entró en vigor el 18 de junio de 2016, reconoce la jurisdicción indígena; es decir, que los indígenas puedan acudir ante las autoridades tradicionales para la resolución de conflictos no graves y que la decisión correspondiente sea, al igual que la del Estado, producto de un juicio justo, adecuado a la perspectiva cultural y normativa local.

78.En el ámbito de la impartición de justicia, la SCJN, resolvió que: “Toda persona sujeta a un proceso penal quien se ha auto-declarado indígena, debe procurársele los derechos que otorga el artículo 2 constitucional”. También elaboró el Protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren derechos de personas, comunidades y pueblos indígenas, que ofrece una aportación práctica que abone a una aproximación renovada sobre ciertos fenómenos jurídicos derivados del reconocimiento de derechos específicos de los pueblos y comunidades indígenas.

79.El Estado mexicano busca garantizar el pleno acceso de las personas indígenas a servicios de interpretación culturalmente apropiados durante los procedimientos judiciales, muestra de ello es el criterio adoptado por la SCJN en el sentido de que contar con un intérprete y un defensor es un derecho no solo de los procesos penales sino de todo indígena que participe en un juicio ante la jurisdicción del Estado, lo cual no es derecho exclusivo de indígenas monolingües. El derecho a traductor o intérprete no puede estar condicionado por el bajo nivel de castellanización del indígena, sino que es un derecho pleno que le asiste.

80.Uno de los principales retos en la materia es la certificación de un mayor número de abogados públicos federales para defender a las personas indígenas involucradas en un conflicto con la ley. A la fecha se cuenta con únicamente 24 abogados certificados. Las lenguas en las que están certificados los defensores públicos federales son: maya, purépecha, náhuatl, rarámuri, huichol, chinanteco, mazateco, mixteco, mixe, tzeltal, tzotsil, triqui, otomí, yaqui, amuzgo, chol, zapoteco y zoque. Asimismo, existen 664 intérpretes y traductores registrados en el Padrón Nacional de Intérpretes y Traductores en Lenguas Indígenas (PANITLI).

81.Para solventarlo se instrumentan procedimientos para que los defensores públicos federales vigilen con especial cuidado la eficacia de los derechos de las personas que se auto reconozcan como indígenas, a través de un Cuerpo de Atención a Indígenas integrado por: 25 defensores públicos federales, 21 oficiales administrativos, un perito en etnopsicología y un perito práctico en antropología. En su conjunto hablan 34 lenguas y variantes lingüísticas indígenas, quienes se trasladan a cualquier parte del país, y adicionalmente participa el defensor público propio de la adscripción en donde se sigue el juicio o procedimiento. En 2016 se otorgó servicio de defensa pública en materia penal, a 677 indígenas de los cuales 74 son mujeres y 603 hombres. También se proporcionan peritos intérpretes al juez de distrito o magistrados de circuito para apoyar en las notificaciones o diligencias o emisión de dictámenes, sobre todo tratándose de causas penales.

82.Ante la entrada en vigor del Nuevo Sistema de Justicia Penal se capacitó a 198 abogados indígenas en la materia, dando cobertura a 25 lenguas y a algunas de sus variantes. A fin de establecer mecanismos adecuados para dar cumplimiento a los marcos de tiempo establecidos para la implementación de dicho sistema a nivel nacional en junio de 2016, el 29 de octubre de 2015, se firmó el Convenio Marco de Colaboración para la Implementación del Sistema de Justicia Penal con una Visión Intercultural y Multilingüe.

83.Este Convenio tiene como objetivo garantizar un acceso pleno a la justicia a este sector de la población, quienes por primera vez contarán con abogados bilingües gratuitos e intérpretes, que además de su idioma, también conocerán sus usos y costumbres. Cabe señalar que en el período que abarca este informe, los Juzgados de Distrito y los Tribunales Colegiados de Circuito reportan 590 asuntos en los que el promovente pertenecía a un grupo étnico indígena y no hablaba español.

84.En materia de capacitación a jueces y auxiliares de justicia en materia indígena, se han firmado diversos Convenios Marco y Específicos con instituciones del Poder Judicial.

85.En el marco de la Instrucción Presidencial núm. 219 “Apoyar el Programa de Excarcelación de Mujeres Indígenas, específicamente a través de la CDI, con capacitación a abogados que puedan hablar las lenguas indígenas y puedan apoyar jurídicamente a mujeres”, se suscribió el 30 de abril de 2014, un Convenio Específico de Colaboración, para realizar de manera coordinada tres cursos de actualización en materia penal para abogados y abogadas indígenas bilingües, a efecto de integrar un Padrón Nacional de Abogados Indígenas Bilingües y generar medios para garantizar a la población indígena el acceso a la jurisdicción del Estado.

86.Con el propósito de capacitar, actualizar y sensibilizar al personal de PGR, se incorporan de manera permanente en la agenda institucional de actividades para la profesionalización, cursos de capacitación referentes a los derechos humanos de los pueblos y comunidades indígenas, dirigidos primordialmente al personal sustantivo (Agentes del Ministerio Público de la Federación, de la Policía Federal Ministerial y peritos), así como al personal administrativo.

87.En relación con el caso del señor Hugo Sánchez Ramírez, indígena Mazahua, se informa que el 23 de octubre de 2012 fue liberado del Penal de Santiaguito, Estado de México, al haber sido desestimada la causa núm. 29/2007-VII de ámbito local, y exonerado por la SCJN del delito federal que le había sido imputado. La causa se desestimó debido a que durante el proceso penal al que estuvo sujeto, fue víctima de diversas violaciones constitucionales, como lo son las garantías de legalidad, debido proceso, presunción de inocencia y defensa adecuada.

88.A fin de garantizar el debido proceso y/o sentencia de personas indígenas, la SCJN ha sustentado que el estándar para analizar si existió acceso pleno a la jurisdicción del Estado, tratándose de personas indígenas vinculadas a un proceso, no es igual al que es aplicable en cualquier proceso judicial, en virtud de que sus especificidades culturales obligan a todas las autoridades a implementar y conducir procesos susceptibles de tutelar sus derechos, eliminar las barreras lingüísticas existentes y dar certeza al contenido de la interpretación. En ese sentido, conforme al parámetro de la regularidad constitucional, el Estado Mexicano debe garantizar el derecho fundamental de las personas indígenas a contar con un acceso pleno a la tutela jurisdiccional.

89.Asimismo, determinó que en todo tipo de juicio o procedimiento en el que sean parte, individual o colectivamente, deben tomarse en cuenta sus costumbres y especificidades culturales, así como que en todo tiempo sean asistidas por intérpretes y defensores que tengan conocimiento de su lengua y cultura.

90.Con la finalidad de continuar con las acciones en materia de derechos político electorales de la población indígena, el 28 de febrero de 2014, se suscribió un Convenio Específico de Colaboración Interinstitucional, realizando, entre otras, las siguientes actividades:

Diálogo intercultural sobre sistemas normativos electorales, para conocer el sistema de relevo de autoridades de comunidades indígenas, y brindar capacitación en la comunidad sobre el sistema de justicia electoral, la perspectiva de género y los derechos de la ciudadanía; para fortalecer y promover la vigencia de los derechos políticos-electorales de la población indígena, mediante el intercambio y análisis de conocimientos, ideas y experiencias sobre los procesos que implican los sistemas normativos indígenas y los no indígenas en materia electoral.

Curso sobre derechos electorales y justicia electoral, para abogados indígenas bilingües.

Curso-Taller: Justicia y litigio Electoral, para capacitar a 42 abogadas y abogados indígenas bilingües de Chiapas, Guerrero, Estado de México, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, San Luis Potosí, Tabasco, Veracruz y Yucatán.

91.Se elaboró la Guía de Acción Pública Elecciones sin discriminación, la cual identifica problemas y áreas de oportunidad para la acción y toma de decisiones incluyentes, y sugiere medidas inmediatas y de largo aliento para garantizar a todas las personas la igualdad de trato en las elecciones, sin importar su origen étnico y social, género, discapacidad, opinión, apariencia, preferencia sexual, creencia religiosa o cualquier otra condición individual o colectiva.

92.También se reconocen los usos y costumbres en materia electoral, conforme a la tesis: “Comunidades indígenas. debe maximizarse el derecho de asociación en el procedimiento de registro de partidos políticos”.

93.Por lo que se refiere a la adopción de una ley en materia de consulta indígena, en el Congreso de la Unión existen iniciativas para expedir la normatividad que garantice el ejercicio del derecho de consulta a los pueblos y comunidades indígenas en los tres órdenes de gobierno.

94.Considerando la obligación del Estado Mexicano de consultar a los pueblos y comunidades indígenas siempre que haya posibles afectaciones a sus intereses y/o derechos, durante la presente administración federal, se desarrollan 44 procesos de consulta libre, previa e informada, con el fin de asegurar que los miembros de los pueblos y comunidades indígenas, tengan conocimiento de todos los posibles riesgos. Cada uno de esos procesos se desarrolla con un protocolo ad hoc, que cumple con los estándares internacionales en la materia.

95.En febrero de 2013 se aprobó el Protocolo para la implementación de consultas a pueblos y comunidades indígenas de conformidadcon estándares del Convenio núm. 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, el cual detalla los elementos metodológicos para desarrollar un proceso de consulta. Se trata de una herramienta de apoyo para la implementación del derecho a la consulta y la participación de los pueblos indígenas, previa a la emisión de permisos, concesiones, licencias o autorizaciones en tierras en donde habita población indígena. La implementación del Protocolo puede ser solicitada por las partes interesadas.

96.Con el propósito de promover la participación de los pueblos y comunidades indígenas en su propio desarrollo comunitario, a partir de la publicación del “Protocolo para la Implementación de consultas a pueblos y comunidades Indígenas”, el 23 de febrero de 2013, y hasta el 31 de diciembre de 2016, se asesoró a 13 dependencias federales para la elaboración de los Protocolos de Consulta Indígena específicos, según la acción institucional de cada una. Todas estas consultas están relacionadas con proyectos de desarrollo, políticas públicas, reformas legislativas o solicitadas por las comunidades. En cada una de ellas, se brinda asesoría técnica y metodológica en materia indígena a las instituciones federales, así como a los estados, municipios y a las organizaciones que lo soliciten.

97.Cabe destacar que la reforma constitucional en materia energética contempló el derecho a la consulta previa de comunidades y pueblos indígenas. En la Ley de Hidrocarburos y la Ley de la Industria Eléctrica, se estableció la obligación de llevar a cabo la consulta previa en proyectos de hidrocarburos y de la industria eléctrica que pudieran afectar los derechos e intereses de las comunidades indígenas. Los reglamentos de ambas leyes incluyen disposiciones para normar el procedimiento de consulta previa.

98.También, la SCJN elaboró el Protocolo de actuación en casos relacionados con proyectos de desarrollo e infraestructura, mediante el cual aporta a los impartidores de justicia herramientas para que realicen su labor con base en las mejores prácticas internacionales en el juzgamiento de asuntos que involucren a personas de pueblos o comunidades indígenas.

99.Por otra parte, se elaboró el Tomo IX sobre Derecho a la Consulta de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanasen torno a proyectos de desarrollo y explotación de recursos naturales, que analiza la situación del derecho a la consulta en México, con el propósito de ofrecer datos y recomendaciones que contribuyan a que el Estado cumpla con la obligación de garantizar el ejercicio pleno de este derecho en relación con estos grupos de población.

100.El análisis se centra en esclarecer los sujetos del derecho a la consulta, la obligación y materias a consultar, el procedimiento de consulta y sus efectos, así como comparar los aspectos básicos de este derecho establecidos por los estándares internacionales más altos con las normas mexicanas vigentes, de lo cual se desprende una propuesta genérica sobre aquellas leyes que deberían ser reformadas para garantizar el derecho a la consulta a estos pueblos y comunidades.

101.En cuanto a los derechos de los pueblos indígenas y la tenencia de la tierra, particularmente en los casos donde se busca explotar los recursos naturales en ellas, el artículo 27 de la CPEUM establece acciones con objeto de brindar certeza jurídica para la tenencia de la tierra mediante programas de certificación, y reconoce y protege los derechos individuales y colectivos de los indígenas en los núcleos agrarios.

102.Para ello, se cuenta con 55 Tribunales Agrarios, órganos con autonomía para dictar resoluciones sobre las reclamaciones que presentan los pueblos indígenas relativas al reconocimiento de tierras. Asimismo se defienden los derechos de los ejidos, comunidades y sus integrantes, mientras que el Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal vigila el pago de indemnizaciones y el cumplimiento de la causa de utilidad pública en expropiaciones de bienes ejidales y comunales, y en su caso, propone la reversión de tierras con apego a derecho.

103.Como parte de los esfuerzos para asegurar la plena participación de las personas indígenas en todas las instituciones de toma de decisión, en particular en las instituciones representativas y en los asuntos públicos, el 22 de mayo de 2015, se publicó el decreto por el que se reforma la fracción III, del Apartado A, del artículo 2 de la CPEUM, que tiene por objeto garantizar que las mujeres y hombres indígenas disfruten y ejerzan su derecho a votar y ser votados en condiciones de igualdad de acuerdo con sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales, y que puedan acceder y desempeñar cargos públicos y de elección popular para los que hayan sido electos o designados, en un marco que respete el pacto federal y la soberanía de los estados.

104.En marzo de 2014 se instaló la Mesa Interinstitucional Mujeres Rurales, Indígenas y Campesinas con el objetivo de establecer las bases de colaboración entre las dependencias afines para que trabajen conjuntamente en el desarrollo humano de las mujeres en estos sectores, teniendo como puntos de partida la identidad jurídica de las mujeres y el acceso a la tenencia de la tierra.

105.La Mesa ha tenido, entre otros, los siguientes resultados: la reforma al artículo 37 de la Ley Agraria (19 de diciembre de 2016); el Proyecto de Identidad Jurídica de las Mujeres; la traducción de las reglas de operación de los programas sociales a las lenguas indígenas más representativas y campañas interestatales del Registro Civil.

106.El 15 de octubre de 2014 se firmó el Convenio Interinstitucional que dio origen al Observatorio de Participación Política de las Mujeres en México, con el objetivo de coordinar las acciones entre instituciones federales a favor de la participación política y en la toma de decisiones públicas de las mujeres en México, para lograr sinergias que cierren las brechas de género en la materia, desde un enfoque de igualdad sustantiva ente mujeres y hombres.

107.El 28 de abril de 2015, se suscribió otro Convenio Específico de Colaboración Interinstitucional, que tuvo entre sus principales objetivos la realización de tres foros regionales de capacitación a mujeres indígenas, para dar continuidad a los procesos iniciados en 2013 y generar nuevos grupos de lideresas indígenas con miras a la consolidación de liderazgos de mujeres en los pueblos y comunidades de frente al proceso electoral 2018.

108.El Gobierno mexicano promueve la realización de mesas de diálogo con los pueblos indígenas, para el logro de acuerdos concretos. Ejemplo de ello es el Consejo Consultivo de CDI, el cual cuenta con 13 grupos de trabajo que abordan líneas de trabajo en torno al desarrollo económico sustentable; infraestructura comunitaria y urbana; red de comunicaciones; medio ambiente y recursos naturales; salud, nutrición y medicina tradicional; vigencia de derechos y autonomía; participación y representación de pueblos indígenas; tierras y territorios; educación intercultural; desarrollo cultural; equidad y género; migrantes indígenas y asuntos internacionales.

109.A fin de favorecer métodos alternos de resolución de conflictos en materia de derechos humanos y derechos de los pueblos indígenas, el 26 de febrero de 2014, se realizó el Foro “Derechos Indígenas y Armonización Legislativa”, en el que participaron 160 representantes indígenas, 190 representantes de la sociedad civil, académicos y funcionarios. Con base en las propuestas y aportaciones de los 350 participantes se elaboró un documento de conclusiones, que ha servido como base para realizar estudios y propuestas legislativas en materia indígena.

110.Para atender los conflictos que presentan los pueblos y comunidades indígenas, se diseña un procedimiento de información y gestión que incorpora instrumentos para la gestión integrada, participativa y multisectorial de los conflictos, mediante la sistematización de información.

111.Por lo que se refiere a la atención del desplazamiento interno, el Gobierno de México considera que es un fenómeno social que impacta negativamente en el bienestar, el patrimonio y la integridad física de las personas afectadas. Por ello, de 2006 a 2013, a través del Proyecto para la Atención a Indígenas Desplazados, ha otorgado a familias indígenas desplazadas, bienes e insumos para su reinserción en el entorno social y el mejoramiento en su calidad de vida.

112.En 2014 y 2015, el proyecto se incluyó en el Programa de Derechos Indígenas, en el tipo de apoyo para el acceso a los derechos de indígenas desplazados, para apoyar a las familias indígenas mexicanas que se han visto forzadas u obligadas a escapar o huir de su lugar de residencia habitual, como resultado o para evitar los efectos de hechos de intolerancia religiosa, política, cultural o étnica, proporcionándoles recursos para la adquisición de bienes e insumos para su reinserción en el entorno social y la reproducción de su identidad cultural, de acuerdo con la normatividad vigente aplicable.

113.Los apoyos consisten en tierras para cultivo, solares urbanos y materiales para la construcción de vivienda. Durante 2012 se apoyó con 22,9 millones de pesos a 292 familias indígenas desplazadas de los estados de Chiapas y Guerrero. En 2013, se erogaron 21,84 millones de pesos para apoyar a 305 familias del estado de Guerrero, mientras que en 2014 se apoyó con 3 millones de pesos a 59 familias del estado de Chiapas. En 2015 el apoyo consistió en 13 millones de pesos para 225 familias de los estados de Chiapas y Guanajuato.

114.Entre los principales retos que se identifican en esta materia, se encuentran contar con un presupuesto base asignado y con una legislación nacional aplicable en la materia; así como con el reconocimiento de la problemática por parte de los Gobiernos Federal, Estatal y Municipal.

115.Con el propósito de abatir el rezago social de la población indígena, el Estado mexicano determina dentro de sus presupuestos anuales recursos específicos para su atención y desarrollo. En el período 2010-2016, el monto asignado fue de poco más de 480.000 millones de pesos.

116.En las últimas dos mediciones de la pobreza en México (2012 y 2014), se señala que se han logrado avances en materia indígena respecto al año 2010. El indicador de pobreza extrema en la población indígena disminuyó de 37,8 a 30,6 en 2012, es decir, un descenso del 19%. Asimismo, la medición de pobreza 2014 refiere que el indicador de pobreza extrema indígena aun cuando muestra un repunte, se mantiene considerablemente por debajo del registrado en 2010 en un 16%. Este comportamiento indica efectividad en los programas sociales para contener los procesos de empobrecimiento de la población indígena.

117.En el período 2010-2014, el indicador de población con al menos una carencia social en el contexto indígena mantiene una tendencia descendente, de 93,6 a 92,1, con un valor intermedio de 92,6 para la medición de 2012. Misma tendencia descendente se observa en el indicador de población con al menos tres carencias sociales, para la población indígena pasó de 64,6 en 2010 a 56,1 en 2012 y 54,8 en 2014, lo que significa que en el período referido se tiene una disminución del 15,2%.

118.Por lo que se refiere a la evolución 2010-2014, de los indicadores específicos para población indígena de rezago educativo, acceso a los servicios de salud, seguridad social, calidad y espacios en la vivienda, servicios básicos en la vivienda y acceso a la alimentación en todos los casos es descendente.

119.En materia educativa, el rezago disminuyó 6,6%; en acceso a servicios de salud, 45,9%; en acceso a la seguridad social, 2,5%; en calidad por espacios en la vivienda, 20%; acceso a los servicios básicos en la vivienda, 6,6% y en acceso a la alimentación, 2,2%.

Porcentaje de población por indicador de pobreza, según pertenencia étnica 2010‑2014

Población indígena ( porcentaje )

Indicadores

2010

2012

2014

Pobreza

Población en situación de pobreza

74 , 8

72 , 3

73 , 2

Población en situación de pobreza extrema

37 , 8

30 , 6

31 , 8

Privación social

Población con al menos una carencia social

93 , 6

92 , 6

92 , 1

Población con al menos tres carencias sociales

64 , 6

56 , 1

54 , 8

Indicadores de carencia social

Rezago educativo

36 , 2

34 , 1

33 , 9

Carencia por acceso a los servicios de salud

36 , 0

24 , 3

19 , 5

Carencia por acceso a la seguridad social

81 , 5

81 , 0

79 , 4

Carencia por calidad y espacios en la vivienda

40 , 2

34 , 3

32 , 2

Carencia por acceso a los servicios básicos en la vivienda

65 , 3

59 , 7

61 , 0

Carencia por acceso a la alimentación

39 , 7

34 , 4

38 , 8

120.En el período 2013-2016, el Estado mexicano realizó diversas acciones para garantizar que los pueblos indígenas vivan en condiciones sociales y económicas dignas, dentro de un marco de igualdad e interculturalidad, a través de cinco ejes de atención del Programa Especial de los Pueblos Indígenas 2014-2018, derivado del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018.

121.Entre 2013 y 2014, con una inversión total de 20.238 millones de pesos, se realizaron 43.127 obras y acciones en beneficio de la población indígena, entre las que se encuentran: infraestructura de agua, comunicación terrestre, drenaje y electrificación; así como vivienda indígena y apoyos a la educación, la cultura, salud, derechos indígenas y proyectos productivos y otras actividades de apoyo administrativo.

122.Para 2015, con una inversión de 9.396 millones de pesos se realizaron 22.038 obras y/o acciones. En 2016 con una inversión total de 8,558 millones de pesos se llevaron a cabo 22.069 obras y/o acciones.

123.En el tema de educación, se cuenta con el Programa de Apoyo a la Educación Indígena, que desde la década de los años sesenta ha contribuido en la permanencia en la educación de niños y jóvenes indígenas inscritos en escuelas públicas, a través de diferentes modalidades de atención, priorizando aquéllos que no tienen opciones educativas en su comunidad.

124.El Programa opera anualmente de forma directa 1.064 Casas y Comedores del Niño Indígena (CCNI), brindando servicios de alimentación y hospedaje a 28.669 beneficiarias y 31.538 beneficiarios indígenas. En la modalidad de apoyos a instancias comunitarias y OSC que operan CCNI, el Programa apoya a 258 grupos mediante los cuales se benefician a 7.291 mujeres y 7.862 hombres.

125.En la tercera modalidad de apoyo de Becas a Estudiantes Indígenas de Nivel Superior, el Programa de Apoyo a la Educación Indígena otorga anualmente en promedio 1.815 Becas económicas, a 870 hombres y 945 mujeres.

Concepto

2012

2013

2014

2015*

2016

Inversión ( Mdp )

910

946

964

1 183

1 016

Beneficiarias

34 789

35 687

36 687

36 379

36 036

Beneficiarios

39 672

40 770

41 534

40 448

39 449

* Cifras de beneficiarias y beneficiarios preliminares al corte de diciembre de 2016 .

126.En materia de salud, a través del tipo de apoyo para el acceso a la atención médica de tercer nivel, se atiende el problema de acceso a los servicios de atención médica especializada que presenta la población indígena derivado de los altos niveles de pobreza, del aislamiento geográfico y de la escasa cobertura de la infraestructura hospitalaria de tercer nivel en las regiones indígenas.

127.De acuerdo con la Encuesta de Satisfacción de Usuarios del Sistema de Protección Social en Salud, publicada en el primer trimestre de 2016, la población indígena representa el 29,5% de los usuarios de los servicios de primer nivel de atención, suponen el 21,8% en el segundo nivel y 15,0% en el tercer nivel. Este patrón no se repite en todas las entidades federativas, pues se incrementó en las que tienen más usuarios indígenas.

128.Como parte de las acciones que se realizan para otorgar servicios de calidad a los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud, el proceso de acreditación incluye la evaluación de servicios de atención médica especializada que otorgan alguna de las intervenciones del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos o del Seguro Médico Siglo XXI. A la fecha, hay 1.133 establecimientos para la atención médica acreditados en las 32 entidades federativas.

129.El proceso de acreditación de unidades del Sistema de Protección Social en Salud, desde 2008 incorporó criterios de “interculturalidad” para unidades de salud de 1er nivel y unidades móviles y desde 2013, se incluyen estos criterios en unidades de salud de 2º nivel, hospitales básicos y comunitarios y unidades de IMSS PROSPERA. Los criterios consideran la presencia de intérpretes o mecanismos de traducción en lengua indígena, promoción de los programas en lengua y la sensibilización intercultural del personal de salud.

130.Lo anterior ha contribuido a la erradicación de la brecha de discriminación en razón de pertenencia indígena, al atender el rezago en el acceso a los servicios especializados de salud, para lo cual en el período de 2012-2016 se proporcionaron 21.773 apoyos económicos, de asesoría y gestión para el acceso y atención en los servicios médicos especializados del sector salud a 13.277 pacientes indígenas provenientes en su mayoría, de los municipios de alta y muy alta marginación del país.

131.A través de convenios interinstitucionales se desarrollan proyectos transversales cuyo propósito es construir Unidades Médicas Rurales, adquirir y equipar Unidades Médicas Móviles destinadas a municipios y localidades indígenas; en el ámbito educativo, se ha apoyado con acciones de infraestructura y equipamiento de Universidades Interculturales; y en el tema de vivienda, se construyen viviendas en localidades indígenas de alta y muy alta marginación.

132.Asimismo, de 2013 a 2016 se impulsó una acción para apoyar a 92.075 familias indígenas con carencia o riesgo alimentario de comunidades de Chiapas, Guerrero, Oaxaca, mediante la entrega de granos básicos. A fin de brindar una atención de salud de calidad a las comunidades indígenas, se incluyeron líneas de acción en el Programa Sectorial de Salud para difundir y fortalecer las acciones de sensibilización intercultural respetando las prácticas terapéuticas de la medicina tradicional.

133.A fin de brindar una atención de salud de calidad a las comunidades indígenas y población en general, se incluyeron líneas de acción en el Programa Sectorial de Salud para difundir y fortalecer las acciones de sensibilización intercultural que incluye la promoción de los derechos humanos, la diversidad cultural, las medicinas complementarias y la promoción y respeto a las prácticas terapéuticas de la medicina tradicional.

134.Durante 2015-2016, las autoridades estatales de salud designaron a los “enlaces de interculturalidad” de 17 entidades federativas, quienes realizaron actividades de promoción e implementación, la capacitación y sensibilización intercultural a 10.630 personas, entre ellas, promotores de salud, psicólogos, médicos, enfermeras, personal administrativo y de trabajo social de hospitales y unidades de salud. Asimismo, se establecieron criterios de evaluación relativos al tema de interculturalidad en las cédulas de acreditación vigentes, que coadyuvan en el cumplimiento de lineamientos de interculturalidad y profesionales de salud capacitados en la materia.

135.Desde la creación del Seguro Popular, la población indígena fue considerada como un sector prioritario, formulando estrategias para su atención, como el proyecto de apoyo al Sistema de Protección Social en Salud que, a través del Sistema de Radiodifusoras Culturales Indigenistas, se transmiten mensajes sobre los derechos y obligaciones de los afiliados, sumando alrededor de 22.800 impactos en español y 48.870 en 45 variantes de 31 lenguas indígenas, en las 21 emisoras de AM distribuidas en el país. Asimismo, da amplia difusión al Manual de Inducción al enfoque intercultural en la atención a la salud de la población indígena, entre los gestores del Seguro Popular y equipos de salud en zonas indígenas, y en 2016 ofreció el curso de capacitación en línea Discriminación, Salud y Pueblos Indígenas para 649 participantes; en su mayoría médicos gestores del Seguro Popular.

136.A febrero de 2016, la afiliación al Seguro Popular en municipios con más de 40% de población que habla alguna lengua indígena ascendió a 7,1 millones de personas, de los cuales, 3.737.738 son mujeres y 635.021 son niñas y niños.

Población indígena

Entidad

Población total

Porcentaje

Cantidad

Total de beneficiarios al Seguro Popular

Beneficiarios estrategia de embarazo saludable

Beneficiarios Seguro Médico Siglo XXI

Beneficiarios indígenas Seguro Popular

Beneficiarias indígenas estrategia de embarazo saludable

Beneficiarios indígenas Seguro Médico Siglo XXI

Aguascalientes

1 312 544

11 , 69

153 395

375 216

14 412

50 348

43 851

1 684

5 884

Baja California

3 315 766

8 , 54

283 055

1 065 657

35 160

75 264

90 971

3 001

6 425

Baja california Sur

712 029

14 , 47

103 034

202 539

11 742

24 239

29 308

1 699

3 507

Campeche

899 931

44 , 54

400 811

482 607

22 180

47 136

214 943

9 879

20 993

Coahuila

2 954 915

6 , 93

204 890

743 302

42 825

83 837

51 540

2 969

5 813

Colima

711 235

20 , 43

145 297

257 232

8 968

26 940

52 549

1 832

5 504

Chiapas

5 217 908

36 , 15

1 886 104

3 570 431

96 438

325 180

1 290 595

34 859

117 542

Chihuahua

3 556 574

11 , 28

401 195

1 258 173

50 796

118 104

141 927

5 730

13 323

Ciudad de México

8 918 653

8 , 80

784 605

2 780 205

74 133

215 329

244 584

6 522

18 943

Durango

1 754 754

7 , 94

139 407

773 640

30 410

79 922

61 462

2 416

6 349

Guanajuato

5 853 677

9 , 13

534 438

3 112 864

125 216

314 403

284 203

11 432

28 705

Guerrero

3 533 251

33 , 92

1 198 362

2 270 271

87 027

228 905

770 001

29 517

77 637

Hidalgo

2 858 359

36 , 21

1 035 059

1 689 527

55 675

154 860

611 806

20 161

56 077

Jalisco

7 844 830

11 , 12

872 531

3 072 948

157 933

322 429

341 785

17 566

35 862

México

16 187 608

17 , 00

2 751 672

7 128 100

251 445

723 085

1 211 680

42 742

122 915

Michoacán

4 584 471

27 , 69

1 269 309

2 369 058

78 786

213 827

655 924

21 814

59 203

Morelos

1 903 811

28 , 11

535 249

1 000 000

46 839

92 844

281 146

13 169

26 103

Nayarit

1 181 050

22 , 18

262 007

627 891

22 859

48 037

139 293

5 071

10 657

Nuevo León

5 119 504

6 , 88

352 282

1 200 000

69 917

141 746

82 574

4 811

9 754

Oaxaca

3 967 889

65 , 73

2 607 917

2 679 192

97 596

219 609

1 760 914

64 146

144 339

Puebla

6 168 883

35 , 28

2 176 593

3 361 976

130 645

353 576

1 186 220

46 096

124 754

Querétaro

2 038 372

19 , 17

390 844

903 252

38 828

110 725

173 192

7 445

21 231

Quintana roo

1 501 562

44 , 44

667 336

625 393

38 930

51 944

277 942

17 302

23 085

San Luis Potosí

2 717 820

23 , 20

630 604

1 506 565

49 398

150 147

349 562

11 462

34 838

Sinaloa

2 966 321

12 , 83

380 625

1 107 108

65 606

111 700

142 059

8 418

14 333

Sonora

2 850 330

17 , 83

508 165

894 435

42 295

90 997

159 462

7 540

16 223

Tabasco

2 395 272

25 , 77

617 203

1 515 503

90 969

144 309

390 508

23 440

37 185

Tamaulipas

3 441 698

6 , 30

216 685

1 344 603

63 238

123 797

84 655

3 981

7 794

Tlaxcala

1 272 847

25 , 24

321 310

865 929

37 555

76 890

218 590

9 480

19 410

Veracruz

8 112 505

29 , 25

2 373 093

4 269 098

131 301

299 968

1 248 809

38 409

87 747

Yucatán

2 097 175

65 , 40

1 371 625

979 071

29 661

92 904

640 346

19 399

60 762

Zacatecas

1 579 209

7 , 61

120 226

892 166

32 080

94 191

67 921

2 442

7 171

Totales

119 530 753

21 , 49

25 694 928

54 923 952

2 130 863

5 207 192

13 300 322

496 435

1 230 068

137.Asimismo, se implementa el Plan de Comunicación Indígena, enfocado a mejorar las actitudes y aptitudes de los beneficiarios del Programa de Inclusión Social PROSPERA, en torno al autocuidado de la salud, bajo un esquema de sensibilidad intercultural, equidad y respeto a los usos y costumbres, mediante la generación, distribución y apoyo de diversos materiales educativos con temas de salud.

138.Actualmente se trabaja con 23 lenguas indígenas, con la participación comunitaria y mediante material impreso y audiovisual (cápsulas de radio y videos) en lenguas maternas.

139.El Programa IMSS-PROSPERA otorga servicios de salud sin condicionamiento a la población carente de seguridad social que vive en comunidades marginadas de México. A 2016, la cobertura en salud en localidades predominantemente indígenas ascendió a 3,9 millones de personas, contándose con 1.350 unidades médicas de primer y segundo nivel de atención.

140.El sistema de salud desarrolló las Guías de implantación de modelos interculturales, que promueven habilidades directivas para implementar una medicina abierta a opciones multiculturales eficaces, éticas, con pertinencia cultural y aceptabilidad social, con respeto a los derechos humanos y a la diversidad cultural. Las Guías se entregaron a 230 jefes de Jurisdicción de las 32 entidades federativas, así como los manuales y el documento Modelo para la Atención Intercultural a la Salud de los Pueblos Indígenas y Afrodescendientes en el marco de las acciones de interculturalidad.

141.Asimismo, el programa IMSS-PROSPERA capacitó a 12.640 integrantes de su personal, con objeto de fortalecer la prestación de servicios de salud a la población indígena.

142.En el período 2014-2016 se adquirieron y pusieron en operación 139 Unidades Médicas Móviles que benefician aproximadamente a 508.209 personas de localidades mayoritariamente indígenas. Se construyeron 25 Unidades Médicas Rurales de primer nivel en Chiapas, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Puebla San Luis Potosí y Veracruz.

143.En relación con los servicios de segundo nivel se inauguró un Hospital Rural en San Luis Potosí; se construyeron dos albergues comunitarios que proporcionarán servicios de alimentación, hospedaje y actividades que fomentan el cuidado de la salud en beneficio de población indígena de Chihuahua y San Luis Potosí; y se encuentran en proceso de ampliación dos Hospitales Rurales en Hidalgo.

144.El Programa también promueve el enfoque intercultural en salud en su planilla laboral y con la finalidad de que la atención proporcionada sea de mayor calidad e integralidad mediante el diálogo, el reconocimiento y el respeto a las particularidades culturales de la población beneficiaria. Bajo esta perspectiva se capacitó a 19.535 integrantes del personal de salud.

145.En enero de 2013 se inició la integración del Programa de Acción Promoción de la salud de los pueblos indígenas 2013-2018 como respuesta a la necesidad de contar con políticas públicas que atiendan la salud de esta población, con un enfoque de derechos humanos, equidad de género, determinantes sociales, pertenencia cultural y lingüística. El programa está conformado intersectorialmente, con dependencias del sector salud, instancias extra sectoriales y OSC.

146.A través de enlaces interculturales estatales, se impulsa la conformación de los “Grupos Interinstitucionales e Intersectoriales para la Atención a la Salud de los Pueblos Indígenas y Afrodescendientes”, a fin de promover un abordaje integral e interinstitucional a la problemática de salud de estas poblaciones, en seis entidades federativas.

147.Asimismo, se certificó a 71 personas en el Estándar de Promoción de Programas Públicos de Salud en 12 lenguas, mientras que tres gestores del Seguro Popular en Michoacán, médicos de profesión y hablantes de la lengua purépecha, se certificaron durante 2016 en los estándares de competencia EC0076 Evaluación de la competencia de candidatos con base en Estándares de Competencia y EC0196 Promoción de los programas públicos de salud en la población hablante de lengua Indígena para atender a la población indígena en su lengua materna en los hospitales de los municipios de Cherán y Los Reyes.

148.Respecto a la medicina tradicional, se impulsa y difunde a nivel nacional un Modelo de Fortalecimiento, además de incorporar dos indicadores que refieren a consultas no médicas por terapeuta tradicional y parto en posición vertical en el sistema de información en salud.

149.Para mejorar el acceso a la atención de la salud de mujeres y niños indígenas, y a fin de reducir las muertes materno-infantiles, se dio capacitación teórico práctica en el modelo de atención a la mujer durante el embarazo, parto y puerperio con enfoque humanizado, intercultural y seguro a personal de hospitales de Chiapas, Sonora, Tabasco y Tlaxcala que atienden población indígena. En este último estado se han incorporado algunos Centros de Salud a la atención obstétrica. Asimismo, se cuenta con 592 Unidades Médicas Móviles acreditadas que otorgan servicios en el Catálogo Universal de Servicios de Salud (CAUSES).

Salud materna y perinatal

150.Para mejorar la calidad de la atención obstétrica fortaleciendo entre la población indígena la credibilidad y confianza en los servicios de salud a través del encuentro respetuoso entre las diversas culturas de las usuarias hablantes de lengua indígena y el personal de salud, se destinan recursos presupuestarios para la contratación de traductores hablantes de lengua indígena en unidades hospitalarias que atienden a mujeres embarazadas, cubriendo 17 lenguas indígenas.

151.Asimismo, se realizaron dos talleres para la traducción escrita y oral de 16 materiales informativos dirigidos a la población sobre temas de salud materna y perinatal y embarazo en adolescentes. Los materiales se tradujeron a 22 variantes lingüísticas en 250 municipios.

152.Se impulsa la instalación de Posadas de Atención a la Mujer Embarazada, que integran espacios físicos ubicados cerca de hospitales resolutivos, donde las mujeres que residen en localidades dispersas o que se ubican a más de dos horas de distancia de los servicios de salud pueden recibir hospedaje, alimentación e incluso apoyo en el cuidado de sus hijas/os mientras se atiende su salud. Se encuentran operando 69 Posadas en municipios con población indígena.

153.También se promueve la articulación de autoridades municipales, de salud, de OSC y comunidad en general que se integran en redes sociales de apoyo a las mujeres embarazadas, a fin de facilitar el acceso a los servicios de salud, sobre todo ante una emergencia obstétrica, y contribuir al abatimiento de la mortalidad materna y perinatal. Esta estrategia se desarrolla principalmente en municipios con alta incidencia de muerte materna y de alta marginalidad.

154.Las acciones fundamentales para el desarrollo de esta estrategia, parten de la capacitación brindada en talleres específicos que enfatizan y sensibilizan a los diferentes actores sobre la mortalidad materna y perinatal, la importancia de su articulación y del trabajo comunitario, así como sobre la responsabilidad de todos sobre el tema.

155.Asimismo, se impulsa la identificación dentro de la comunidad, de personas dispuestas a acompañar a la gestante durante el control prenatal, la atención del parto y la vigilancia del puerperio, con el propósito de orientarla y apoyarla en el cuidado de su salud. A estos personajes se les denominó Madrinas y Padrinos comunitarios y reciben capacitación por parte del personal de salud para realizar un acompañamiento efectivo. Esta estrategia opera en 186 municipios con población indígena.

Prevención y Atención a la Violencia Familiar y de Género

156.A través del Programa de Prevención y Atención a la Violencia Familiar y de Género, se cuenta con un Modelo Integrado incluyente, que responde a los criterios establecidos en la “NOM-046-SSA2-2005 Violencia familiar, sexual y contra las mujeres”. Criterios para la prevención y atención”, que tiene por objetivos reducir los daños a la salud provocados por la violencia; además de promover y difundir acciones enfocadas a una vida libre de violencia. La población beneficiaria de las acciones e intervenciones del programa, son mujeres de 15 años y más, sin derechohabiencia.

157.Para ello, el proceso de acreditación ha incorporado criterios de evaluación del primer nivel de atención, con el objetivo de que los establecimientos de atención médica lleven a cabo acciones preventivas y atención psicológica de las víctimas en caso de violencia familiar y de género.

158.En materia de salud sexual y reproductiva de mujeres indígenas, se implementa el proyecto “Casas de la Mujer Indígena” (CAMI), que tiene como objetivo contribuir a la prevención y atención de la violencia contra las mujeres y a la salud sexual y reproductiva en zonas indígenas, a través del apoyo a proyectos con enfoque intercultural orientados a atender la problemática de violencia contra las mujeres y/o promover la salud sexual y reproductiva.

2012

2013

2014

2015*

2016

19 CAMI en 13 Estados

21 CAMI en 14 Estados

24 CAMI en 14 Estados

24 CAMI en 14 Estados

29 CAMI en 15 Estados

Beneficiarias: 5839

Beneficiarios: 1465

Total: 7 304

Beneficiarias: 14332

Beneficiarios: 4462

Total: 18 794

Beneficiarias: 17212

Beneficiarios: 4238

Total: 21 450

Beneficiarias: 17234

Beneficiarios: 4996

Total: 22 230

Beneficiarias: 13620

Beneficiarios: 3146

Total: 16 766*

159.El Programa de Planificación Familiar y Anticoncepción 2013-2018 reconoce la necesidad de impulsar acciones para hacer efectivos los derechos sexuales y reproductivos de la población con enfoque intercultural. Una de sus principales metas es reducir la demanda no satisfecha de métodos anticonceptivos para evitar embarazos no planeados, con énfasis en el grupo de adolescentes, en población indígena y en áreas rurales. Asimismo, se promueve la prestación de servicios de planificación familiar y anticoncepción con enfoque intercultural.

160.De 2013 a 2016 se capacitó a 1.110 prestadores de servicios de salud de 11 entidades federativas, incluyendo personal médico, de enfermería, psicología, trabajo social, parteras, promotores y auxiliares de salud. Este personal está en contacto directo con las y los adolescentes y realiza acciones de promoción en salud sexual y reproductiva y prevención del embarazo. Se cuenta con un total de 3.452 brigadistas juveniles indígenas, ubicados en 208 localidades, correspondientes a 104 municipios indígenas en 10 entidades federativas.

161.En materia educativa, el Programa Nacional de Becas en su componente de Apoyo para la Educación Básica de Madres Jóvenes y Jóvenes Embarazadas, tiene por objetivo contribuir a asegurar mayor cobertura, inclusión y equidad educativa entre todos los grupos de la población mediante el otorgamiento de becas para el acceso, la permanencia y el egreso de la población estudiantil, específicamente a través del otorgamiento de becas a niñas y jóvenes (entre los 12 y los 18 años 11 meses de edad) en contexto y situación de vulnerabilidad agravada por el embarazo y la maternidad temprana que les permita acceder, permanecer y concluir la educación básica. Lo cual provee mayores pautas de formación y acceso a información que permita tomar decisiones.

162.En 2015, 4.558 becarias lograron concluir la educación básica. Se otorgaron 16.780 becas a madres jóvenes y jóvenes embarazadas; 4.001 becarias recibieron orientación en torno a salud sexual y reproductiva, mediante pláticas y talleres impartidos por diversas instituciones.

163.El Fascículo VII “La Salud” del Marco Curricular de la Educación Inicial indígena y de la población Migrante, establece que la salud de la mujer indígena implica trabajar desde el embarazo sobre el tema de higiene, alimentación y relaciones afectivas con el bebé antes y después del parto, y recomendaciones sobre los cuidados de la madre durante el parto con una perspectiva cultural.

164.A partir de 2007, se desarrolló el Modelo de atención intercultural a la mujer en el embarazo, parto y puerperio, el cual pretende identificar y erradicar las barreras culturales y de género que dificultan el acceso a los servicios de salud, repercutiendo incluso en la muerte materna, reconociendo la diversidad cultural existente entre las mujeres de México, especialmente indígenas, así como por las propuestas de enriquecimiento de la atención del parto con elementos de la partería tradicional.

165.De abril de 2008 a diciembre de 2015 se realizaron capacitaciones teórico prácticas del modelo con personal de salud de 43 hospitales y centros de salud. Desde 2009 se desarrollan procesos de sensibilización con personal de salud de 81 hospitales y centros de salud. Mientras que en 2016 se capacitó y/o sensibilizó a 243 personas de las áreas de atención obstétrica de 48 hospitales y centros de salud ampliados de Puebla, Sonora, Tabasco, Jalisco, Chiapas y Tlaxcala. También se realizaron encuentros de enriquecimiento mutuo entre personal de salud y parteras tradicionales.

166.Para respetar el derecho constitucional de las mujeres indígenas a atenderse con medicina y partería tradicional en condiciones de seguridad, se cuenta con el modelo de Unidad de Parto Humanizado, que es una ampliación de un hospital de carácter resolutivo donde se atiende el parto de forma desmedicalizada, pudiendo contratar a parteras tradicionales en zonas indígenas.

167.Se realizó un conversatorio con 33 parteras tradicionales y 14 funcionarios de los Servicios Estatales de Salud, para identificar problemáticas referentes a la afectación de los derechos de mujeres indígenas y de parteras tradicionales en la atención del parto con el modelo tradicional, así como para identificar caminos para subsanar dichas problemáticas.

Comunidades basadas en la ascendencia: afromexicanos

168.En julio de 2013, se publicó el perfil sociodemográfico de localidades con presencia de población afromexicana de Oaxaca. Este documento es un estudio regional que bajo un enfoque territorial, muestra las condiciones de vida de la población residente en las localidades reconocidas con presencia de población afromexicana, tomando como base los resultados del Censo de Población 2010.

169.El estudio se realizó respecto a 106 localidades de 17 municipios de Oaxaca, reconocidas con asentamiento histórico, social y organizacional comunitario predominantemente afrodescendiente. La finalidad fue tener una aproximación sobre la situación demográfica y social que viven estos pueblos.

170.Asimismo, se desarrolló en 2016 el perfil sociodemográfico de la población afrodescendiente, a partir del análisis de los resultados de la Encuesta Intercensal 2015. El estudio presenta el panorama demográfico y socioeconómico de la población afrodescendiente, en particular de la que reside en los 100 municipios con al menos 10% de población afrodescendiente, en comparación con el promedio nacional, y será de utilidad para la definición de políticas públicas y para la implementación de acciones concretas en beneficio de este grupo de la población.

171.Mayor información estadística sobre la población afrodescendiente se ubica en el apartado de seguimiento de la encuesta intercensal (párrafo 173 de este documento).

172.A partir de enero de 2015, la batería de preguntas sobre discriminación se incorporaron de manera permanente al cuestionario base de las Encuestas sobre Migración en la Fronteras Norte y Sur de México, principalmente para los flujos procedentes de los EUA, vía terrestre y aérea, así como a los mexicanos devueltos de Estados Unidos y a los procedentes de México o EUA, y a los guatemaltecos, hondureños y salvadoreños devueltos por México o EUA.

173.Dicho Módulo permite indagar sobre la situación de discriminación que viven las personas migrantes mexicanas y extranjeras, en particular las personas afrodescendientes e indígenas. A través de preguntas como: “De acuerdo con su historia, cultura y tradición, ¿se considera usted afrodescendiente?” (Encontrando una población reducida en los flujos entre 0,08% y 2,2%), además de comprobar el trato que reciben en México y en EUA las personas migrantes indígenas y afrodescendientes, entre otros grupos poblacionales.

174.Destacan los siguientes datos de la Encuesta sobre Migración en la Frontera Sur: El 37% de las personas de origen guatemalteco calificó como regular el trato que recibieron por parte de las autoridades migratorias cuando fueron retenidas la última vez.

175.Por su parte, la Encuesta en la Frontera Norte señala que: 6.004 personas migrantes declararon que se sintieron discriminadas. De ese universo, consideran que fueron discriminados por su apariencia (39,9%), por ser indígena o afrodescendiente (37,8%) y por su color de piel (24,9%). Mientras que la población migrante mexicana afirmó que lo que consideraron que las autoridades estadounidenses tomaron en cuenta para darles el trato que recibieron fue: por su condición de migrante o extranjero (76,8%), por no tener documentos (73,6%), por su apariencia (48,6%) y por su color de piel (22%).

176.Derivado de la recomendación 58/2015 relacionada con violaciones de derechos humanos, a la seguridad jurídica, a la libertad personal y de tránsito, y a la no discriminación en agravio de personas de nacionalidad mexicana; se conformó un grupo de trabajo para el diseño y desarrollo de un programa de capacitación integral y permanente sobre derechos humanos y multiculturalismo, dirigido a Agentes Federales de Migración, con el objetivo general de “Comprender la obligación de proteger los derechos humanos de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, durante el ejercicio de la gestión migratoria, de acuerdo con el marco jurídico aplicable”.

177.Durante 2016 se capacitó a un total de 237 agentes quienes se desempeñan en las entidades donde se ha identificado un mayor flujo de población afrodescendiente e indígena. La meta del proyecto es capacitar a 3.212 Agentes Migratorios.

178.A fin de reconocer a la población afrodescendiente y promover sus derechos, en octubre de 2015 se publicó el tomo Derechos colectivos y reconocimiento constitucional de las poblaciones afromexicanas del estudio Legislar sin Discriminación. Este tomo analiza el reconocimiento constitucional de poblaciones afrodescendientes, donde se plantea un estudio de derecho comparado y de derecho internacional de derechos humanos, y lo contrasta con la legislación nacional para hacer propuestas de reconocimiento constitucional.

179.Hasta octubre de 2016, se habían presentado dos iniciativas con proyecto de decreto en el Senado de la República, para reformar los artículos 2, 27, 28 y 115 de la CPEUM: el 11 de febrero de 2016 se presentó la iniciativa con objeto de reconocer a las “comunidades afrodescendientes”, como parte de la composición pluricultural de la Nación, así como una serie de derechos colectivos a su favor; y el 27 de septiembre de 2016, se presentó una iniciativa con el objeto de reconocer a “los pueblos y comunidades afromexicanas”, como parte de la composición pluricultural de la Nación.

180.Respecto a los derechos colectivos, las iniciativas reconocen, de manera homologada para comunidades afrodescendientes, los derechos contemplados en el artículo 2 constitucional para pueblos indígenas, adicionando el término “y afrodescendientes”, en el caso de la iniciativa de febrero de 2016, y “afromexicanos”, en el caso de la iniciativa de septiembre de 2016, en los párrafos y fracciones que lo integran, incluyendo los Apartados A y B de ese numeral. Ambas promueven la protección a la integridad de las tierras afrodescendientes.

181.A fin de garantizar la participación política y pública de las personas afrodescendientes, en 2011, en el marco del Año Internacional de los Afrodescendientes, se llevó a cabo una Consulta para la Identificación de las Comunidades Afrodescendientes de México, en los Estados de Coahuila, Chiapas, Guerrero, Michoacán, Oaxaca y Veracruz abarcando 34 municipios y 165 localidades.

182.A través de la consulta se logró identificar a las comunidades afrodescendientes de México y sus principales características, con el propósito de favorecer la autodefinición de los pueblos afrodescendientes; determinar la ubicación geográfica de las localidades con población afrodescendiente; contribuir al conocimiento sociocultural de los pueblos afrodescendientes de México; promover la participación de los pueblos afrodescendientes en los asuntos sociales, económicos, culturales y políticos que les conciernen; identificar a los sujetos de derecho; y establecer las bases necesarias para lograr el reconocimiento jurídico de los pueblos afrodescendientes.

183.En atención a la solicitud del Comité sobre los resultados de la encuesta de 2015 del Censo de Población y Vivienda, se informa que con la finalidad de subsanar la carencia de información estadística sobre la población afrodescendiente de México, en la Encuesta Intercensal 2015 (EIC 2015), se incluyó una pregunta que, bajo el enfoque del auto reconocimiento, permite estimaciones sobre el total de esta población, su distribución en el territorio y sus características sociodemográficas.

184.La pregunta aplicada fue resultado de un proceso de consulta y acuerdo con instituciones del gobierno federal y de algunos estados, así como de organismos de la sociedad civil y especialistas en la materia del ámbito académico. Como resultado se encontró que 1.381.853 personas se consideran afrodescendientes (676.924 hombres y 704.929 mujeres), mientras que 591.702 personas se consideran en parte afrodescendientes (291.564 hombres y 300.138 mujeres).

185.Con los datos de la EIC 2015 es posible generar diversos indicadores socioeconómicos que permiten caracterizar a las personas que se auto identifican afrodescendientes.

186.Atendiendo a la solicitud del Comité de informar sobre las medidas en cumplimiento del Foro Nacional sobre las Personas de Ascendencia Africana en México, se informa que los días 19 y 20 de agosto de 2015, se llevó a cabo el Encuentro Nacional. Debate sobre Avances y Retos de la Inclusión de los Pueblos Afromexicanos y Personas Afrodescendientes: Reconocimiento, Justicia y Desarrollo, con la finalidad de contribuir a la inclusión y auto identificación de los pueblos afromexicanos, con la participación de organismos afromexicanos de seis estados del país. Ahí, las OSC resaltaron los retos para la inclusión de los pueblos afromexicanos y personas afrodescendientes, y elaboraron propuestas de cambio, intervención y solución.

187.En septiembre de 2016 se llevó a cabo en el Senado de la República el Foro sobre los derechos colectivos de los pueblos y las comunidades afromexicanas cuyo objetivo fue reflexionar y revisar una de las iniciativas de reforma para el reconocimiento constitucional de los pueblos afrodescendientes. Participaron OSC, academia, dependencias de gobierno y público en general.

188.En seguimiento a la información proporcionada por el Estado mexicano a la recomendación 10 del Comité sobre la población afromexicana, se informa que como parte de los estudios, campañas de sensibilización y programas para la promoción de los derechos de la población afromexicana, se realizó la campaña “¡Soy afro! Me reconozco y cuento” para conocer e identificar a las poblaciones afrodescendientes como sujetos colectivos de derecho.

189.A través de la plataforma educativa en línea “Conéctate” se imparte el curso El derecho a la igualdad y a la no discriminación de la población afromexicana, que tiene por objetivo reflexionar acerca del racismo y la discriminación racial que enfrenta la población afromexicana a partir de los contextos histórico y actual, para promover el derecho a la igualdad y la no discriminación.

190.Durante 2015 y hasta septiembre de 2016 el curso tuvo 19 aperturas en las que se sensibilizaron 2.300 personas, 1.587 integrantes del servicio público pertenecientes a instituciones públicas y 713 representantes de OSC y público en general.

191.En 2013 en el marco del GT-CERD se elaboró un Plan de Trabajo en torno al Decenio Internacional de los Afrodescendientes, mismo que fue presentado el 23 de marzo de 2015. El Plan de trabajo incluye más de 50 acciones de 18 instancias en torno a la población afrodescendiente y se estructura a partir de los ejes del Decenio Internacional: Reconocimiento, Justicia y Desarrollo y algunas de las actividades específicas que el Programa de Trabajo de la ONU estableció para cada uno.

192.El Programa Nacional por la Igualdad y no Discriminación, cuenta con ocho estrategias y 13 líneas de acción, entre ellas, el impulso para una reforma constitucional para el reconocimiento de la población afromexicana y reformas legislativas para el disfrute de derechos y elaborar diagnósticos de la situación de las comunidades afrodescendientes para el diseño de políticas públicas.

193.México participa en el Proyecto para Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial Afrodescendiente en América Latina, en cuyo marco, en 2013 coeditó y publicó en dos volúmenes Salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial de los afrodescendientes en América Latina, que contiene los informes sobre la situación afrodescendiente en 12 países. En 2015 se realizó el video Fandango. Son de Artesa, que es una expresión del patrimonio cultural inmaterial afrodescendiente que se mantiene vivo en la Costa Chica de Guerrero y Oaxaca.

194.En 2014, se realizó la segunda edición del libro Recetario Mascogo de Coahuila, que documenta las prácticas y saberes de la cocina propia de los mascogos, localizados en El Nacimiento, municipio de Múzquiz, Coahuila. En 2015, con el apoyo del Programa de Apoyo a las Culturas Municipales y Comunitarias (PACMYC) se alentó la edición del disco compacto Mascogo Soul que registra los cánticos de esclavos que hoy se conocen como góspel o negro espiritual.

Artículo 6

195.De conformidad con el artículo 46 de la LFPED, CONAPRED conoce de las quejas por los presuntos actos, omisiones o prácticas sociales discriminatorias, atribuidas a particulares, personas físicas o morales, así como a personas servidoras públicas federales, y a los poderes públicos federales, e impondrá en su caso las medidas administrativas y de reparación que esta Ley previene.

196.Con la reforma de la Ley de 2014, se unificó el procedimiento de queja y reclamación, y se creó un catálogo de medidas de reparación entre las que se encuentran: restitución del derecho conculcado por el acto, omisión o práctica social discriminatoria; compensación por el daño causado; amonestación pública; disculpa pública o privada y garantía de no repetición.

197.También se estableció que cuando se omita el cumplimiento de las resoluciones por disposición se dará vista al órgano constitucional autónomo si se trata de persona servidora pública o a la autoridad competente tratándose de particulares personas físicas o morales.

198.En el segundo semestre de 2015 se publicó el Modelo para la defensa de casos de discriminación para atender cualquier queja sobre probables violaciones al derecho a la igualdad y no discriminación y, en la medida de lo posible, restablecer el derecho conculcado y reparar el daño producido. El modelo señala las bases mínimas para el procedimiento de investigación e integración de las violaciones al derecho a la no discriminación, con el fin de guiar a servidoras y servidores públicos en el momento de conocer e investigar un acto de discriminación en el ámbito de su competencia.

199.De enero de 2012 al 1 de diciembre de 2016, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos atendió 452 expedientes de queja de presunta violación a los derechos humanos por casos de discriminación, mismos que fueron concluidos por: orientación, no existir materia, durante el trámite respectivo y/o por falta de interés procesal del quejoso.

Artículo 7

Educación y enseñanza

200.El Gobierno federal elabora contenidos y materiales que visibilizan a la población indígena, migrante y afrodescendiente, incluyendo como ejes transversales la no discriminación; atención a la diversidad social, étnica, cultural, lingüística y de capacidades; los derechos humanos, lingüísticos, culturales; de las niñas, niños y adolescentes; de migrantes y pueblos originarios, con el fin de sensibilizar a la población escolar y a la comunidad educativa en general.

201.El rezago educativo de la población indígena y hablante de lengua indígena se redujo de 2010 a 2015, tanto en educación básica como en educación media superior. Sin embargo, aún existen brechas con respecto al total de la población, en especial en los grupos de edad más avanzada. En el caso de los afrodescendientes, estos tienen tasas de terminación similares a las de la población total de 2015; no se dispone de datos de esta población para 2010.

202.La tasa de asistencia escolar de la población indígena es similar a la del conjunto de la población hasta la edad de 11 años. En los grupos de edad de 12 a 14 y, en especial, de 15 a 17 años, edades para cursar la secundaria y la educación media superior, la brecha se amplía. La población afrodescendiente tiene una tasa de asistencia ligeramente mayor a la del total de la población.

203.La asistencia a la escuela de la población infantil jornalera migrante está entre 14 y 17%. Se estima que existen entre 279 y 326.000 niñas, niños y adolescentes de familias jornaleras agrícolas migrantes, de las cuales solo 46.447 reciben el servicio educativo. El promedio de escolaridad de la población jornalera migrante de 15 años o más fue de 4,5 años, por debajo de la población jornalera agrícola no migrante (5,2 años) y de la población nacional de ese mismo grupo de edad (8,1 años).

204.A pesar de los avances obtenidos en acceso a la educación y en algunos aspectos del logro académico, aún existen inequidades en la atención educativa de la población indígena y de la migrante. Para superar esa situación se realizan acciones entre las que destacan el impulso al programa editorial que atiende la diversidad cultural y lingüística, dirigido a las escuelas indígenas y migrantes.

205.En el ciclo escolar 2014-2015 se distribuyeron 542 títulos monolingües, bilingües y plurilingües, con un tiraje de 8,6 millones de ejemplares, superando los casi 6 millones del ciclo 2013-2014. Los materiales beneficiaron a poco más de 1,2 millones de estudiantes indígenas y migrantes en todo el país. El programa editorial atiende a 51 lenguas indígenas. Para el ciclo escolar 2015-2016 se distribuyeron 5,1 millones de ejemplares, beneficiando a 1,2 millones de estudiantes.

206.Asimismo, en los programas de estudio y libros de texto de la asignatura Historia de primaria, se incluyen temas alusivos a la población afrodescendiente, con la finalidad de que el alumno reconozca y valore la diversidad cultural en México. También los libros de texto de Geografía incluyen información sobre afromexicanos y sus características.

207.En el marco de las tecnologías de la información, los estudiantes de 5º y 6º grado de las entidades participantes, cuentan con los equipos del Programa Micompu.mx o @prendemx, los cuales incluyen contenidos multiculturales y plurilingües que aportan a la comprensión de la diversidad lingüística y cultural del conjunto del sistema educativo nacional. La meta es desarrollar material digital plurilingüe, multicultural y multigrado que disminuya la brecha digital entre las lenguas indígenas del país y el español.

208.También se desarrolló el programaAlas y Raíces en el que se consultó aproximadamente a 2.000 niños de las 32 entidades federativas, sobre elementos de su identidad asociados a su patrimonio cultural. Este ejercicio es la base de la exposición Baúles con Alas y Raíces. Tesoros de los Niños y Niñas de México, 32 baúles, uno por cada entidad federativa, diseñados por niños e intervenidos por artistas y artesanos locales para representar su patrimonio cultural.

Cultura

209.En el marco de la Evaluación Integral del Desempeño de los Programas Federales dirigidos a la Cultura 2012-2013, en el cual se analizaron seis programas, se expuso el reto de la política cultural de ampliar, diversificar y garantizar el acceso a las opciones y oportunidades culturales a toda la población, ya que el menor acceso a estas recae en la población indígena y los hogares con bajos niveles educativos o de recursos. Se expuso también que ante una coyuntura de escasez de recursos, el aspecto organizacional de los programas cobra una mayor relevancia.

210.Con el propósito de preservar y fortalecer las culturas indígenas de México, y de reconocerlas como patrimonio cultural de la Nación; se incluyeron en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 y en el Programa Especial de los Pueblos Indígenas 2014-2018, los siguientes elementos:

Objetivo

2.2 Transitar hacia una s ociedad equitativa e incluyente

Alineación al PND 2013-2018

Estrategia

2.2.3 Fomentar el bienestar de los pueblos y comunidades indígenas, fortaleciendo su proceso de desarrollo social y económico, respetando las manifestaciones de su cultura y el ejercicio de sus derechos

Eje Transversal

Perspectiva de género

Alineación al Programa Especial de los Pueblos Indígenas 2014-2018

Objetivo

Objetivo 6: Preservar y fortalecer la cultura de los pueblos indígenas reconociendo su carácter de patrimonio nacional

Estrategia

Estrategia 6.1 Promover acciones orientadas a la preservación, desarrollo y difusión de las expresiones artísticas y culturales de los pueblos y comunidades indígenas

Línea de acción

6.1.1 Difundir el patrimonio cultural de los pueblos y comunidades indígenas, en especial de sus expresiones históricas, artísticas y sus conocimientos tradicionales

212.Asimismo, se impulsó México, Cultura para la Armonía como una estrategia transversal con el objetivo de posicionar el arte y la cultura como herramientas de transformación, cohesión, inclusión y prevención social, de manera prioritaria en comunidades vulnerables a la violencia, la delincuencia y con índices bajos de desarrollo social.

213.Esta nueva visión de las políticas públicas y criterios de racionalidad, eficiencia y transparencia, sustentó la puesta en marcha del Programa de Fomento del Patrimonio Cultural Indígena y de los “Apoyos para el ejercicio de derechos culturales y de comunicación”.

Programas

Programa de Fomento del Patrimonio Cultural Indígena:

Apoyo a organizaciones indígenas tradicionales para el desarrollo de proyectos culturales

Promotores culturales

Encuentros interculturales

Programa Apoyo a Proyectos deComunicación Indígena

Programa de Derechos Indígenas

Apoyos para el ejercicio de derechos culturales y de comunicación:

Formación de jóvenes salvaguardas de su cultura

Iniciativas comunitarias de cultura

Apoyo a comunicadores indígenas

214.La creación en 2014 del Programa de Fomento del Patrimonio Cultural Indígena permitió consolidar bajo una orientación única, las acciones de conservación y difusión de acervos, investigación, difusión de la radiodifusión cultural en lengua y dar especial impulso a las acciones de difusión de la diversidad y de la riqueza cultural indígena. También se fomenta la preservación y la difusión de las culturas populares, urbanas, rurales, indígenas y comunitarias, destacando su dinamismo y capacidad de innovación e interacción, así como el diálogo intercultural.

Información

215.Como parte de las campañas para educar a los ciudadanos acerca de la vida, sociedad y cultura de los grupos protegidos por la Convención, a través de la plataforma Conéctate, se imparte el curso “Iguales y diferentes: la ciudadanía en procesos electorales” con el objetivo de fomentar la prevención de prácticas discriminatorias en los procesos electorales para garantizar los derechos político-electorales de todas las personas y contribuir en la construcción de una sociedad democrática.

216.Durante 2015 y hasta septiembre de 2016 el curso tuvo 19 aperturas, sensibilizando 1.692 personas, 1.108 pertenecientes a instituciones públicas y 584 de OSC y público en general.

217.Asimismo, se imparte el curso “Migración y xenofobia” que tiene como objetivo identificar los elementos básicos de la migración y xenofobia que permitan el reconocimiento de las diversas circunstancias que padece la población migrante a través del enfoque de derechos humanos. Este curso inicio operaciones en febrero de 2016 y hasta abril se sensibilizaron 443 personas, 318 del servicio público y 125 representantes de OSC y público en general. Este curso inició operaciones en febrero de 2016 y hasta septiembre se sensibilizaron 1.504 personas, 1.146 del servicio público y 358 representantes de OSC y público en general.

218.En 2015 y 2016, a través de los tiempos oficiales, se difundieron en televisión nacional las campañas: Alza la mano por los derechos humanos (54.483 impactos), Periodistas (52.576 impactos) y Alza la mano-promoción y observancia de los derechos humanos (81.299), No todos los hombres somos iguales (91.147 impactos) y Nuevo sistema de justicia penal (171.167 impactos).

219.En radio: Población afroamericana (87.774 impactos), En el combate a la violencia en contra de las mujeres, uno más uno suman cien (217.372), Nuevo sistema de justicia penal (599.521), Alza la mano por los derechos humanos (146.186 impactos), Periodistas (235.261 impactos) y Alza la mano-Promoción y observancia de los derechos humanos (349.442 impactos).

220.El programa de radio La Hora Nacional, difundió desde el 15 de marzo de 2015, información que promueve el reconocimiento, justicia y desarrollo de las personas de ascendencia africana en el marco del Programa de Actividades del Decenio Internacional para los Afrodescendientes 2015-2025, y transmitió cápsulas sobre la conceptualización de la población afro mexicana, las características históricas y culturales de los afrodescendientes, las personas de origen africano en el México virreinal y el movimiento de la tercera raíz para la abolición de la esclavitud, entre otras.

221.Durante 2016 difundió en todas las estaciones de radio de la República, cápsulas sobre quiénes son los afrodescendientes, sus orígenes y diversidad cultural, el Día Mundial de la Diversidad Cultural para el Diálogo y el Desarrollo y Día Internacional de la Cero Discriminación. Asimismo, se presentaron contenidos sobre el Día Internacional de la Lengua Materna y se dio espacio a los hablantes de lenguas en los que la población conoció las expresiones de las lenguas originales. De 2013 a 2017, para celebrar el Día Internacional de las Poblaciones Indígenas, se realizaron conciertos de música indígena contemporánea en los que participaron principalmente artistas y músicos indígenas que cantan en su idioma materno.