Naciones Unidas

CRC/C/STP/2-4

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

15 de noviembre de 2011

Español

Original: inglés

Comité de los Derechos del Niño

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 44 de la Convención

Informes periódicos segundo a cuarto sobre la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño que los Estados partes debían presentar en 2008

Santo Tomé y Príncipe *

[9 de junio de 2010]

Índice

Párrafos Página

Siglas3

I.Introducción1–84

II.Contexto general9–204

III.El informe21–2206

3.1Medidas generales de aplicación21–726

3.2Definición de niño73–9613

3.3Derechos y libertades civiles97–12116

3.4El entorno familiar y modalidades alternativas de cuidado de los niños122–12719

3.5Servicios básicos de salud y bienestar social128–18720

3.6Actividades educativas, culturales y de esparcimiento188–20530

3.7Medidas especiales de protección en favor de los niños206–21834

3.8Protocolos facultativos de la Convención sobre los Derechos del Niño21935

3.9Difusión del documento22036

IV.Conclusiones22136

V.Recomendaciones22236

Anexo

Bibliografía38

Siglas

AIFAsociación Internacional de Fomento (Banco Mundial)

BAFDBanco Africano de Desarrollo

ETSenfermedades de transmisión sexual

FMIFondo Monetario Internacional

MICSencuesta de indicadores múltiples (UNICEF)

ODMObjetivos de Desarrollo del Milenio

OITOrganización Internacional del Trabajo

OMSOrganización Mundial de la Salud

ONGorganización no gubernamental

PASSproyecto de apoyo al sector social

PIBproducto interno bruto

PMAPrograma Mundial de Alimentos

PNUDPrograma de las Naciones Unidas para el Desarrollo

PPMEpaíses pobres muy endeudados

SIDAsíndrome de inmunodeficiencia adquirida

UNFPAFondo de Población de las Naciones Unidas

UNICEFFondo de las Naciones Unidas para la Infancia

VIHvirus de la inmunodeficiencia humana

VHBvirus de la hepatitis B

I.Introducción

1.Santo Tomé y Príncipe, un Estado parte en la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificó la Convención en 1991, tras haber asumido con anterioridad a ello las responsabilidades previstas en su artículo 44 relativas al proceso de redacción y presentación de informes sobre los progresos realizados en relación con la aplicación de la Convención.

2.Debido a una serie de limitaciones, el informe inicial del Estado (CRC/C/8/Add.49), que se redactó en julio de 2001, no se presentó al Comité de los Derechos del Niño hasta el 24 de mayo de 2004, tras lo cual recibió la evaluación y las observaciones sobre el desempeño de Santo Tomé y Príncipe respecto de la aplicación de los derechos que se definen en ese documento.

3.Observando la demora en la presentación de los informes de Santo Tomé y Príncipe, el Comité destacó la importancia de esta práctica para que el país adquiriera una visión cabal de la aplicación de los derechos contenidos en la Convención y diera al Comité la oportunidad de hacer el seguimiento de los progresos realizados por el país en la aplicación de estos derechos.

4.En vista del desfase que ya existe respecto de la presentación periódica de informes con arreglo a lo previsto en el artículo 44 de la Convención, el Comité invitó a Santo Tomé y Príncipe a que, con carácter de excepción, presentara su segundo informe combinando los informes periódicos segundo, tercero y cuarto y que, a partir de ese momento, los informes sobre los progresos realizados por Santo Tomé y Príncipe se presentaran cada cinco años, conforme a lo previsto.

5.El presente informe se centrará en la evaluación de las medidas adoptadas en favor de los niños menores de 18 años, teniendo en cuenta las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño de 24 de mayo de 2004.

6.La preparación y conclusión de este segundo informe fue un proceso participativo en el que intervinieron representantes de distintos sectores públicos de nivel central, regional y local, el sector privado, la sociedad civil, en particular organizaciones no gubernamentales (ONG), organizaciones de base comunitaria y grupos religiosos.

7.A su término, debe darse amplia difusión al informe final a nivel nacional.

8.Las actividades preparatorias del presente informe figuran en las actividades previstas en el plan de trabajo anual de 2008 acordado entre el Gobierno de Santo Tomé y Príncipe y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF); concretamente el proyecto de protección del niño del UNICEF, con la responsabilidad del Ministerio de Justicia y en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, Cooperación y Comunidades.

II.Contexto general

Evolución de la situación económica y social

9.La economía de Santo Tomé y Príncipe, debilitada por razones estructurales, ha experimentado una serie de transformaciones desde 1987, al comprobarse que las políticas económicas del país adoptadas después de la independencia no tenían éxito. Así pues, Santo Tomé y Príncipe puso en marcha su Programa de ajuste estructural a fin de paliar la crisis que, para entonces, se había prolongado excesivamente. En apoyo de la balanza de pagos, el Gobierno de Santo Tomé y Príncipe aprobó ese mismo año los primeros Créditos para Fines de Ajuste Estructural de la Asociación Internacional de Fomento (AIF) del Banco Mundial y recibió donaciones del Banco Africano de Desarrollo (BAFD) y de Suecia, así como asistencia técnica del Fondo Monetario Internacional (FMI).

10.De 1987 a 2001, en virtud de un marco de gestión privada y con la asistencia técnica y financiera del Banco Mundial, el BAFD y el Fondo Africano de Desarrollo, la República Democrática de Santo Tomé y Príncipe invirtió casi 70 millones de dólares de los Estados Unidos en cultivos mixtos que sustituyeron las antiguas "roças" o plantaciones. Pese a estas inversiones, la producción de cacao, que en 1974 había llegado a las 10.000 t, en 2001 llegó apenas a las 4.000 t y en 2005 a 3.000 t, y volvió a disminuir en 2006, a 2.500 t. En 2007 esta tendencia se invirtió ligeramente y la producción ascendió a 3.300 t, y en el primer semestre de 2008 se incrementó el valor de exportación de cacao como resultado del aumento de los precios de mercado internacionales, así como del aumento del volumen de las exportaciones.

11.No obstante, solo desde 1998 se observó un incremento gradual del producto interno bruto (PIB), del 2,5% ese año al 5% en 2003, y luego volvió a caer a niveles inferiores al 4% en 2004 y 2005. Una mayor inversión en la construcción civil durante los últimos años, en particular de hoteles, ha llevado a un aumento del 8% del PIB en 2006 y del 6% en 2007. En este marco, el país se benefició de alivio de la deuda externa durante 2007.

12.Independientemente de la crisis actual que afecta a la mayoría de las economías, tanto de países pobres como de países desarrollados, resultante del rápido incremento de los precios de los alimentos y los combustibles, en los últimos años la economía de Santo Tomé y Príncipe ha experimentado un aumento general de los gastos que no solo ha provocado incertidumbre sino que también ha repercutido en la tasa de inflación actual. Así pues, se ha registrado una tasa acumulada del 9% en 2002, del 10% en 2003 y del 15,2% en 2004, que llegó al 27,6% en 2007. En 2008 el Gobierno se propone mantener el crecimiento real del PIB en 6% y reducir la inflación anual a un nivel del 13% al 15% hasta fines de ese año.

Asistencia pública para el desarrollo

13.La asistencia pública para el desarrollo se ha visto fortalecida por la Declaración del Milenio de septiembre de 2000 aprobada por 189 Estados Miembros en la Asamblea General de las Naciones Unidas, que impulsó la cooperación mundial en el siglo XXI. La Declaración del Milenio permitió establecer los principales desafíos a que hace frente la humanidad en los umbrales del nuevo milenio. La aprobación de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), cuyo logro estaba previsto a más tardar en 2015, demuestra la responsabilidad de la comunidad internacional respecto de la mejora por los países más ricos, de las condiciones de vida de los países más pobres, y estableció como objetivo primordial reducir la pobreza y el hambre cada vez mayores en el mundo.

14.El 6 de diciembre de 2005 se celebró en Bruselas (Bélgica) una mesa redonda con los asociados para el desarrollo de Santo Tomé y Príncipe.

15.La organización de la mesa redonda, titulada "Asociación para la buena gobernanza y la reducción de la pobreza", se basó en los siguientes objetivos:

Fortalecer el diálogo entre distintos asociados sobre políticas de crecimiento y reducción de la pobreza;

Promover la gobernanza supranacional y garantizar la buena gestión de los recursos de petróleo;

Reafirmar la lucha contra la pobreza con carácter de prioridad absoluta y construir asociaciones en torno a este objetivo;

Movilizar los recursos para financiar el Programa de medidas prioritarias 2006‑2008.

16.El Programa de medidas prioritarias para el trienio de 2006 a 2008 se basa en la Estrategia nacional de lucha contra la pobreza redactada en 2002 cuya aplicación no ha sido ni coherente ni consecuente debido, por un lado, a la falta de recursos, y por el otro, a la asignación deficiente de dichos recursos de la Estrategia en vista de las crisis política e institucional existentes.

17.Tras la firma con el FMI del Servicio para el Crecimiento y la Lucha contra la Pobreza y la clara voluntad política respecto de buenas políticas de gobernanza, se cuenta con suficientes nuevas perspectivas para motivar efectivamente al Gobierno (como la organización de la mesa redonda) para examinar la posibilidad de movilizar nuevos recursos destinados a financiar las medidas previstas.

18.El apoyo presupuestario directo constituía una prioridad absoluta para financiar el déficit y garantizar una plataforma estabilizadora, así como el crecimiento moderado durante el período trienal.

19.En diciembre de 2006, se celebró en Santo Tomé una nueva mesa redonda que tuvo por objeto movilizar recursos para el sector social (salud y educación), así como para infraestructura y buena gobernanza.

20.Cabe destacar que recientemente, en 2008, se celebró un acuerdo entre la República Democrática de Santo Tomé y Príncipe y la empresa TerminaLink para la construcción de un puerto de aguas profundas que funcionara como puerto para el transbordo de contenedores, lo que resolvería el problema de transporte de productos regionales e internacionales (concretamente entre Asia y Europa y entre Europa y América).

III.El informe

3.1Medidas generales de aplicación

21.En el informe inicial se indicó claramente que la Constitución de Santo Tomé y Príncipe se inspiró en los principios internacionales de la dignidad humana y se contemplan los derechos, libertades y garantías que sostienen la existencia de una nación respetuosa de la ley en que se observa el principio de la igualdad de todos los ciudadanos, sin discriminación alguna (arts. 1 a 15).

22.Los derechos que se mencionan en la Constitución y en otras leyes como la Ley Nº 2/77 (sobre la familia), la Ley Nº 6/90 (sobre la nacionalidad), la Ley Nº 6/92 (que establece el régimen jurídico de las condiciones individuales de trabajo), y los Códigos Civil y Penal, entre otras cosas, constituyen el marco jurídico que establece las características particulares y los derechos del niño.

23.Al ratificar la Convención sobre los Derechos del Niño en 1991, el Estado se comprometió inequívocamente a adoptar medidas internas suficientes a fin de garantizar un entorno más digno para los niños mediante la adopción de políticas y programas con miras al logro de este objetivo.

24.Hay un reconocimiento cada vez mayor de que el niño tiene derechos y de que todos tienen la responsabilidad, y en particular los adultos, de garantizar que el objetivo mencionado más arriba se convierta en realidad. Es un hecho generalmente reconocido que la familia es el fundamento de la sociedad y la principal institución que promueve la socialización del niño, motivando así al Estado para que elabore políticas, programas y medidas destinadas a su protección, seguridad y desarrollo.

25.En el informe inicial se detalla el marco jurídico en el que se basan los derechos humanos del niño respecto de la Convención, al tiempo que se indica que, pese a los progresos comprobados en relación con esta cuestión, su aplicación práctica sigue revelando cierta disparidad debido a las limitaciones actuales basadas en la difícil situación económica, social y cultural del país.

26.Tras la presentación y fundamentación del informe inicial por una delegación que representa al Gobierno de Santo Tomé y Príncipe, el Comité expresó su reconocimiento por los resultados ya obtenidos gracias distintas medidas adoptadas en favor del niño, en particular respecto de la creación de mecanismos para la protección y promoción de los derechos del niño, por ejemplo:

a)La Ley Nº 2/77, sobre la familia, de 28 de diciembre de 1997;

b)La Ley Nº 6/92, de 11 de junio de 1992, sobre las condiciones individuales de trabajo;

c)El Código Civil y el Código Penal, en particular los artículos 125 y 488 del Código Civil sobre la responsabilidad penal;

d)La revisión del Decreto Nº 417/71, de 29 de septiembre de 1971, que define el estatuto de la asistencia jurídica para los niños;

e)La Ley Nº 2/2003 sobre el sistema nacional de educación;

f)La puesta en marcha del programa para madres solteras como jefas de familia.

27.Sin embargo, debido a la falta de respuestas concretas a intervenciones específicas en lo que respecta a la aplicación, los conocimientos y la incorporación de la Convención en todos los niveles de la sociedad, el Comité formuló recomendaciones concretas sobre un enfoque más pertinente en relación con este segundo informe.

28.Aunque el Gobierno de Santo Tomé y Príncipe está de acuerdo con la recomendación del Comité sobre la reprogramación de los sucesivos informes sobre la marcha de los trabajos, el presente informe incluirá información sobre el período de 2002 a 2008, cumpliendo así el compromiso asumido, pues de lo contrario habría estado obligado a redactar los informes tercero y cuarto con arreglo a las directrices del artículo 44 de la Convención.

3.1.1Legislación

29.Las autoridades de Santo Tomé y Príncipe han emprendido iniciativas destinadas a la revisión y aprobación de nuevas leyes que incorporan las disposiciones y los principios de la Convención en la legislación nacional, así como la aprobación y ratificación de las convenciones internacionales de derechos humanos.

30.La lentitud de este proceso no ha permitido que los resultados se correspondan con la necesidad urgente de dotar al país de todos los instrumentos jurídicos para el ejercicio pleno de los derechos previstos en la Convención, conforme a lo expresado en las recomendaciones del Comité.

31.No obstante, el país celebra el hecho de que su nuevo Código Penal esté en su etapa final de aprobación por la Asamblea Nacional.

32.Por otra parte, de conformidad con una entidad de la sociedad civil, el Foro de Mujeres de Santo Tomé y Príncipe, la Asamblea Nacional aprobó la Ley contra la violencia doméstica, que entró en vigor en 2008.

33.Con el apoyo del UNICEF, en un estudio realizado en 2006 sobre la disparidad entre la Convención sobre los Derechos del Niño y la legislación de Santo Tomé y Príncipe se analizaron detenidamente los principios y derechos previstos en la Convención en relación con la evolución del sistema jurídico del país en lo que atañe al interés superior del niño.

34.El estudio demuestra que la aprobación por el Estado de la Convención sobre los Derechos del Niño no está acompañada de la armonización de sus instrumentos legislativos internos. Las reformas de la Constitución de 1990 y 2003 dieron lugar a un compromiso más directo con las garantías tanto institucionales como internacionales, conforme a lo previsto en la Convención, contribuyendo así a la defensa del interés superior del niño de velar por su desarrollo integrado.

35.En lo que se refiere a la ley que reglamenta la utilización de los recursos petrolíferos, el 30 de diciembre de 2004 se aprobó la Ley Nº 8/2004 que ya se está aplicando plenamente. Esta ley reglamenta el pago, la gestión, la utilización y el control de los ingresos por petróleo de las explotaciones petrolíferas que se llevan a cabo dentro del territorio nacional. Prevé la creación de instrumentos concretos para el control y la supervisión nacionales de varias entidades públicas. En este contexto, se crearon las instituciones que se enumeran a continuación:

i)El Comité de Gestión e Inversiones, que actúa en el marco de la Norma de inversión prudente, utilizando los principios y normas establecidos en dicha ley y los de la Política de gestión e inversiones (artículos 11 a 13 de la ley);

ii)La Oficina de Registro e Información Pública (art. 18), en la que se archivan, mantienen y ponen a disposición del público todos los documentos e información vinculados con las actividades relativas a los ingresos procedentes del petróleo;

iii)La Comisión de Auditoría del Petróleo (art. 23), que garantiza el control permanente de todas las actividades relativas a los ingresos y pago de recursos, gestión y utilización en materia de petróleo;

iv)El artículo 17 reglamenta el principio de transparencia al que están sujetas todas las actividades relativas a los ingresos y pago de recursos, gestión, utilización e inversión en materia de petróleo.

36.En lo que atañe a los instrumentos internacionales de derechos humanos, la Asamblea aprobó y ratificó los siguientes convenios y convenciones:

i)El Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil (Nº 182) de la OIT, aprobado el 15 de octubre de 2003 y ratificado el 4 de febrero de 2004;

ii)El Convenio sobre la protección de la maternidad (Nº 183) de la OIT, aprobado y ratificado en las fechas que se mencionan más arriba;

iii)La Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, aprobada el 24 de noviembre de 2005 y ratificada el 27 de junio de 2006;

iv)La Convención Única de las Naciones Unidas sobre Estupefacientes de 1961, aprobada el 24 de noviembre de 2005 y ratificada el 27 de junio de 2006;

v)El Convenio sobre Sustancias Sicotrópicas, de 1971, aprobado el 24 de noviembre de 2005 y ratificado el 27 de junio de 2006;

vi)La Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, aprobado el 24 de noviembre de 2005 y ratificado el 27 de junio de 2006;

vii)El Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco, aprobado el 24 de noviembre de 2005 y ratificado el 27 de junio de 2006;

viii)El Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, aprobado el 24 de noviembre de 2005 y ratificado el 27 de junio de 2006.

3.1.2Plan de acción

37.No se dispone de un Plan de acción estructurado para la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño. Si bien el proceso de aplicación de la Convención ha avanzado muy lentamente, la firma y ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño fue una contribución primordial para el logro de una percepción más clara y consciente de la importancia de observar los derechos concretos del niño y los aspectos que contribuyen a su bienestar.

38.Todos los encargados de la adopción de decisiones del nivel más elevado han expresado su voluntad política de integrar los problemas del niño y de la mujer en el programa de prioridades nacionales. En 2006, la Asamblea Nacional instituyó como parte de su estructura interna, una Quinta Comisión, que no estaba prevista inicialmente, para que se ocupara de las cuestiones de derechos humanos, género y educación cívica, y dos subcomisiones, una para tratar la cuestión del VIH/SIDA y la otra la de la violencia doméstica.

39.Con el respaldo del UNICEF, la Asamblea Nacional dedicó un período extraordinario de sesiones a un debate sobre la violencia doméstica, tras los resultados de un estudio realizado en 2004 sobre la incidencia de ese problema, que culminó con la aprobación de una resolución que condenaba este tipo de violencia. Uno de los dos períodos de sesiones del Parlamento de los Niños celebrado en 2006 dio lugar a la participación directa de parlamentarios de la Asamblea Nacional.

40.Se aprovechó la presentación de los informes sobre el Estado mundial de la infancia para aumentar la conciencia de la sociedad en todos los niveles, con medidas concretas de promoción dirigidas a los encargados de la adopción de decisiones para lograr un cambio de actitud respecto de la problemática del niño en Santo Tomé y Príncipe en relación con el diagnóstico mundial. En 2008, la publicación del primer informe del UNICEF sobre el estado de los niños en África, The State of Africa ' s Children, impulsó la participación directa de líderes nacionales, entre otros el Primer Ministro, algunos asociados en las actividades en favor del niño, el sector público, privado y representantes de la sociedad civil. La divulgación de la información contenida en ese informe despertó la necesidad de lograr una mayor participación de los asociados en actividades tendientes al logro de los ODM y sus metas.

41.La creación de la Federación de ONG en abril de 2001 y el apoyo que ha recibido para fortalecer la capacidad de intervención de las distintas organizaciones que la componen, ha impartido renovada energía a las iniciativas eficaces de las organizaciones de la sociedad civil que trabajan en favor del bienestar de la población, y en particular de los niños. Actualmente la Federación tiene 98 miembros que realizan actividades en los siguientes ámbitos:

Servicios de salud y de salud reproductiva, conocimientos del VIH/SIDA, malaria, creación de centros de orientación y salud de la comunidad;

Educación y formación profesional;

Cultura;

Protección social;

Medio ambiente (saneamiento, protección ambiental, etc.);

Seguridad económica y alimentaria (agricultura, ganadería, pesca y microfinanzas);

Derechos humanos, transparencia y educación cívica;

Esferas transversales (género, comunicación para el cambio de conducta, promoción).

42.El Gobierno, con la participación de sus asociados bilaterales y multilaterales, concretamente el sistema de las Naciones Unidas, y en particular el UNICEF, la Organización Mundial de la Salud (OMS), el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) y el Programa Mundial de Alimentos (PMA), ha formulado muchas medidas destinadas a crear un mundo mejor para los niños de Santo Tomé y Príncipe. La considerable mejora de algunos indicadores del sector social es una prueba de ello (véanse los cuadros 4 y 5).

43.Debido a su fragilidad y capacidad de intervención limitada, el Comité Nacional de Aplicación y Seguimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño, creado en abril de 2003 con la supervisión del Ministerio de Justicia, es objeto actualmente de un proceso de fortalecimiento institucional con el apoyo del UNICEF en el marco de su Plan de Acción del Programa para el país 2007-2011. Cabe esperar que para fines de 2008 el Comité pueda reanudar sus operaciones con mayor eficacia y eficiencia.

3.1.3Coordinación

44.Hay muchas dificultades a nivel nacional relativas a la coordinación de las intervenciones para la aplicación del programa y el proyecto.

45.La redacción del primer informe sobre los ODM en 2004 fue la primera iniciativa de reunión, análisis y sistematización de la información y los datos para establecer mecanismos de seguimiento de la aplicación de los ODM en Santo Tomé y Príncipe. El segundo informe sobre los ODM ya se encuentra en su etapa final de redacción.

46.Como un factor fundamental del seguimiento y la evaluación de las intervenciones en curso destinadas a alcanzar los objetivos y las metas de la Estrategia nacional de lucha contra la pobreza, en particular los de los ODM, una de las recomendaciones de las mesas redondas celebradas en Bruselas y Santo Tomé en 2005 y 2006, respectivamente, fue la creación de una Oficina de Coordinación de la Asistencia. De conformidad con dicha recomendación, el Gobierno instituyó la Oficina de Coordinación y Gestión de la Asistencia Externa en virtud del Decreto Nº 8/2007. Actualmente se está equipando esta nueva institución tanto desde la perspectiva técnica como material.

47.La creación del Observatorio de la pobreza en 2005 respondió a la necesidad de supervisar sistemáticamente la aplicación y el seguimiento de las iniciativas nacionales de lucha contra la pobreza. Sin embargo, esta estructura, pese al apoyo del PNUD y del BAFD, carece de los recursos humanos y financieros necesarios para ejecutar sus tareas.

48.Un elemento fundamental del seguimiento y evaluación del programa han sido las iniciativas destinadas a la mejora de la capacidad técnica, material y financiera del Instituto Nacional de Estadística en lo que se refiere a la reunión y el tratamiento de datos. Así pues, el Instituto ha estado en condiciones de realizar importantes encuestas, de las cuales las principales son la Encuesta sobre las condiciones de vida de la familia de 2000 - 2001, que permitió definir el perfil de la pobreza de Santo Tomé y Príncipe, la tercera encuesta de indicadores múltiples (MICS) efectuada en 2006, el cuestionario unificado de indicadores básicos de bienestar (QUIBB) de 2005, la publicación anual de STP em n ú meros, así como la encuesta demográfica y de saneamiento que se está llevando a cabo.

49.Además, para el período 2007-2011, los asociados para el desarrollo de Santo Tomé y Príncipe, como el sistema de las Naciones Unidas (en particular el PNUD, el UNICEF, el UNFPA y el PMA) establecieron con el Gobierno un nuevo programa que seguía las recientes directrices de reforma de las Naciones Unidas para la mejora de la coordinación que se ajustaban en mayor grado a la visión de desarrollo estratégico del país y evitaban toda duplicación. Una vez que se fortalezca su capacidad, el Comité Nacional de Aplicación y Seguimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño estará en condiciones de desarrollar sus tareas de coordinación con mayor eficacia y eficiencia.

3.1.4Seguimiento independiente

50.El proceso de fortalecimiento institucional actual del Comité Nacional de Aplicación y Seguimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño, así como la reflexión prevista para una coordinación mejorada del proceso de aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño, dará por resultado el establecimiento de un marco apropiado para la vigilancia independiente.

51.El Plan de Acción del Programa para el país 2007-2011 entre el UNICEF y el Gobierno de Santo Tomé y Príncipe prevé actividades de promoción dirigidas a los líderes nacionales y de distrito, así como apoyo técnico para la descentralización de la labor del Comité Nacional de Aplicación y Seguimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño.

3.1.5Reunión de datos

52.El sistema nacional de estadística fue objeto de una profunda reforma en el último decenio, con la aprobación de: a) la Ley Nº 5/98 como la base del sistema nacional de estadística y b) el Decreto Nº 17/2001 sobre el estatuto orgánico del Instituto Nacional de Estadística.

53.Se ha observado una mejora considerable en el sistema de información estadística. Actualmente el Instituto tiene un sitio web en el que puede consultarse la información más pertinente sobre Santo Tomé y Príncipe.

54.En general, los datos del Instituto Nacional de Estadística están desglosados por género y por grupo de edad. En lo que se refiere a las minorías étnicas, se reúne información aunque en algunos casos esto no es posible debido a determinados imperativos éticos.

55."Por ejemplo, las estadísticas suministran 51 indicadores para la Estrategia nacional de lucha contra la pobreza, así como otros indicadores para alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio".

56.No obstante, siguen presentándose dificultades en relación con la vinculación del Instituto Nacional de Estadística con otros órganos sectoriales, con arreglo a lo previsto en el párrafo d) del artículo 5 de la Ley Nº 5/98 del Instituto.

57.En agosto de 2008, se aprobó la Estrategia nacional de desarrollo en materia de estadística.

58.Con anterioridad a la definición de dicha estrategia, se realizó un diagnóstico para establecer el nivel nacional de estadística y se concibió una visión para su aplicación.

59.Es necesario mejorar los datos estadísticos producidos por el Instituto Nacional de Estadística. "La visión consiste en la creación de un instrumento estadístico que, mediante la profesionalidad, la pertinencia, la fiabilidad y la calidad del servicio, tenga en cuenta de manera transversal todas las políticas de desarrollo sectoriales, ya sea en forma de apoyo racional a la adopción de decisiones a nivel gubernamental o a nivel de la administración pública y de la sociedad civil".

60.Esta estrategia tiene por objeto contribuir a la creación de un sistema de estadística eficiente que "vigile y evalúe la Estrategia nacional de desarrollo en materia de estadística y las iniciativas del Gobierno para alcanzar los ODM previstos".

61.Los principales ejes estratégicos de la intervención tienen en cuenta las características locales específicas, entre otras cosas, la enorme falta de recursos humanos calificados y la escasa inversión pública en el ámbito de la estadística.

62.En la visión se definieron las esferas estratégicas y los objetivos operacionales, en particular:

a)La reorganización del sistema nacional de estadística y el fortalecimiento de la capacidad institucional;

b)La elaboración de un producto estadístico de mayor calidad y difusión;

c)La mejora analítica de los datos estadísticos;

d)El desarrollo de recursos humanos, materiales y financieros.

63.Se necesitarán unos 3,5 millones de dólares para ejecutar el Plan de acción.

3.1.6Asignación de recursos

64.Entre 2002 y 2008 hubo un aumento de los fondos destinados a los sectores sociales, en particular la salud y la educación. Mientras que en 2002 se asignó respectivamente el 6,93% y el 10,15% (casi el 18%) a estos dos sectores en el Plan de inversiones del presupuesto general del Estado, tras algunas variaciones en los últimos tres años se les asignaron fondos considerablemente mayores, que superaron el 20% de la inversión pública.

Cuadro 1

Gastos de salud y educación en el presupuesto general del Estado (PGE)

(En millones de dólares de los Estados Unidos)

Sector/Año

2002

% PGE

2003

% PGE

2004

% PGE

2005

% PGE

2006

% PGE

2007

% PGE

2008

% PGE

Salud

2 043

6,93

5 440

15 , 29

7 983

19 , 04

6 803

17,25

6 238

13 , 40

4 457

10 , 40

7 635 

8,86

Educación

2 993

10,15

3 630

10,20

7 860

18,31

3 155

8,00

6 764

13,96

4 423

9,96

11 151

12,93

Total

5 036

17,08

9 070

25,49

15 843

37,35

9 958

15,25

13 002

27,36

8 880

20,36

18 786

21,79

Fuente: Presupuesto general del Estado de Santo Tomé y Príncipe.

65.Para responder a este desafío importante y complejo, el Gobierno ha recurrido no solo a sus propios recursos financieros en el presupuesto general del Estado sino también a sus asociados tradicionales, en particular bilaterales y multilaterales, así como a las empresas petroleras, que también asumieron responsabilidades sociales en relación con la explotación de los recursos petrolíferos nacionales. Los contratos con las empresas petroleras se han firmado en virtud del marco de actividades desarrolladas en la zona de explotación conjunta entre Santo Tomé y Príncipe y Nigeria para la producción de hidrocarburos y otros activos no petroleros.

66.Así pues, desde 2005, una de las empresas petroleras que funcionan en los bloques petroleros 1 a 4 decidió prestar apoyo al Gobierno mediante la financiación de subvenciones para cursar estudios en el extranjero destinadas a estudiantes jóvenes. En 2006 se estableció un programa para las cuatro empresas petroleras que funcionan en estos bloques en virtud del cual no solo se distribuyeron subvenciones para cursar estudios sino que también se financiaron distintos proyectos sociales, como el abastecimiento de agua a la comunidad, la rehabilitación de escuelas, la mejora de comedores escolares, la ampliación de aulas y la adquisición de materiales didácticos. No se utilizó la totalidad de la cifra disponible para 2006-2007, de aproximadamente 1.360.000 dólares, de modo que el saldo se sumó a los fondos asignados para 2008-2009. La cifra total del programa social de las empresas petroleras para 2006-2009 asciende a 2.680.000 dólares.

3.1.7Divulgación de la Convención

67.El Gobierno, el UNICEF y las ONG han contribuido activamente a la divulgación de la Convención sobre los Derechos del Niño.

68.Las recomendaciones formuladas por el Comité de los Derechos del Niño se transmitieron a las autoridades y la sociedad civil.

69.Desde entonces, las actividades de divulgación y capacitación se han multiplicado. Con el apoyo del UNICEF en 2005, 2006 y 2007 se realizaron seminarios en la legislatura nacional sobre las repercusiones de la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer dirigidos a las fuerzas militares y paramilitares, el personal del sector público afectado, los miembros de las ONG y de las organizaciones de base comunitaria.

70.Además, las ONG asociadas a la Federación de ONG se han dedicado a esta tarea impartiendo sesiones de concienciación en las escuelas, así como en las comunidades por conducto de los medios de comunicación.

71.El Gobierno, en colaboración con el UNICEF, dio amplia difusión a la Convención sobre los Derechos del Niño a través de los medios de comunicación públicos, así como de publicaciones y la distribución de una versión simplificada de la Convención para los niños y sus padres.

72.El Gobierno de Santo Tomé y Príncipe y el UNICEF tienen previstas otras medidas de concienciación y apoyo técnico con miras a la armonización gradual de los conceptos contenidos en la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer con la legislación nacional.

3.2Definición de niño

73.Como se indica en el informe inicial, la legislación nacional prevé el establecimiento de algunas instituciones que respondan a las disposiciones relativas a la definición de niño. El Comité recomienda que el Estado fortalezca sus normas respecto del matrimonio de personas menores de 18 años, que aumente la edad mínima para las excepciones, y que establezca la igualdad de género entre niñas y niños.

74.Aún no se ha enmendado esta ley para que se ajuste a la recomendación del Comité de los Derechos del Niño en cuanto a sus efectos prácticos, si bien se han adoptado múltiples medidas que contribuyen al cambio de actitud necesario para su cumplimiento.

75.Habida cuenta de que el mayor problema en Santo Tomé y Príncipe es la iniciación sexual muy temprana de los niños y niñas, se han realizado distintas actividades de formación y concienciación de los estudiantes. Algunas ONG han trabajado en las comunidades para prevenir las consecuencias de este tipo de comportamiento.

76.En lo que se refiere a las asociaciones entre el Gobierno de Santo Tomé y Príncipe y los organismos del sistema de las Naciones Unidas, se prevén medidas destinadas a la mejora de los niveles de capacidad públicos, así como de la sociedad civil y las organizaciones de base comunitaria para la reunión y divulgación de información que contribuya a los cambios de comportamiento en relación con las prácticas sociales negativas entre las familias y las comunidades.

3.2.1Principios generales (artículos 2, 3, 6 y 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño)

77.Los principios y derechos que se enumeran a continuación ya forman parte del derecho constitucional y de otra legislación de Santo Tomé y Príncipe: a) la no discriminación, b) el interés superior del niño, c) la supervivencia y el desarrollo del niño, y d) la libre expresión de opiniones sobre estas cuestiones.

78.La precariedad de las condiciones sociales, económicas y culturales del país se ha traducido en situaciones incompatibles con los derechos consagrados en la legislación nacional.

79.No obstante, el Gobierno, consciente de la desigualdad y la inequidad aún imperantes, se ha sumado a otros agentes de la sociedad civil y asociados internacionales para la adopción de medidas destinadas a la reducción de estos innumerables problemas con miras a una posible mejora de la situación.

80.En este contexto, en 2002 se adoptó la Estrategia nacional de lucha contra la pobreza, incorporando así los ODM y sus metas para 2015, así como el logro en 2005 de la igualdad y equidad en materia de género, que llevó a la creación en 2007, del Instituto Nacional para la Promoción de la Mujer y el Género a fin de vigilar la aplicación de estas medidas, objetivos y metas.

3.2.2La no discriminación

81.El proceso eficaz de integración social de los niños en situación de riesgo y en particular con discapacidad ha sido muy limitado debido a la inexistencia de medios, recursos y programas concretos.

82.Tras la recomendación del Foro Mundial sobre la Educación, la redacción del plan nacional de acción para la educación 2002-2013 prevé le educación especial como una de las modalidades especiales establecidas en la conferencia de Dakar de 2000 para la integración social y educativa de los niños con necesidades educativas especiales. Este plan se ejecutará por medio de una estrategia de "equidad e inclusión", creando nuevas asociaciones públicas y privadas en favor de la inclusión de niños huérfanos, abandonados y con necesidades educativas especiales.

83.La aprobación y aplicación del proyecto de apoyo al sector social (PASS, por sus siglas en inglés) del Banco Mundial ha contribuido a la institución de mejoras en el acceso a la educación y la salud, y la calidad de estas con miras a cumplir las obligaciones relativas a: i) la educación obligatoria hasta 6º grado para todos los niños y b) una reducción de las desigualdades interregionales y de género.

84.La intervención de las ONG dedicadas a la protección y asistencia de estos niños contribuyó al aumento del número de agentes en este ámbito. Las intervenciones de la Cruz Roja, Caritas y ARCAR (Asociación para la reinserción de niños abandonados), entre otras, caben destacarse, junto con los programas de asistencia de algunos donantes bilaterales, como la República de China (Taiwán). Además, algunas organizaciones de beneficencia donaron sillas de ruedas para personas con discapacidad física. El UNICEF, en asociación con la Embajada de los Estados Unidos de América, ha creado campañas de concienciación destinadas a dotar de dignidad a los ciudadanos con discapacidad y a que se los considere ciudadanos de derecho pleno.

85.Pese a la Ley básica del sistema educativo, el sistema de educación sigue considerando que debe impartirse educación especial para grupos determinados, según se indica en el estudio sobre necesidades educativas especiales, que se realizó con el apoyo del UNICEF. Aún no hay políticas, programas ni actividades concretas para alcanzar este objetivo. El estudio también indica que el 99,2% de los maestros aún carecen de capacitación en este ámbito y que el 68,3% de los niños con discapacidad encuestados que asisten a la escuela tienen una tasa de rendimiento del 61%.

86.Consciente de las lagunas evidentes en relación con las intervenciones destinadas a contribuir a la integración de los niños con necesidades educativas especiales, el Gobierno acaba de adoptar la iniciativa acelerada de educación para todos del Banco Mundial para 2008-2010, cuya financiación asciende a 3.590.000 dólares. La iniciativa estará dirigida especialmente a los ámbitos que aún no abarca el proyecto PASS, con miras al logro de la iniciativa educación para todos en 2015, es decir, los niños con necesidades educativas especiales, la enseñanza preescolar obligatoria a partir de una edad mínima y la formación de maestros especializados para que se ocupen de estos niños.

87.El Comité también desea que el país suministre información sobre el seguimiento de la Declaración y el Programa de Acción de Durban aprobados por la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia de 2001.

88.De conformidad con el artículo 29 de la Convención, los nuevos manuales escolares contienen aspectos relativos a la educación cívica y se han emprendido numerosas campañas de concienciación con la participación de niños y jóvenes con miras a la promoción de la paz y la tolerancia.

3.2.3El interés superior del niño

89.También en este caso, a la luz de la Convención, el concepto del interés superior del niño es amplio. La perspectiva de las responsabilidades parentales, de la sociedad y del Estado debería definirse teniendo en cuenta los derechos fundamentales y específicos que salvaguardan la dignidad del niño.

90.Así pues, las decisiones legislativas nacionales relativas a los actos reglamentarios con respecto al ejercicio de la patria potestad deben tener en cuenta el interés superior del niño en situaciones de separación de los padres o de conflicto. Por consiguiente, la opción no debería estar limitada simplemente por criterios jurídicos sino que también debería tener en cuenta los aspectos sociales orientados al bienestar del niño y su desarrollo integral. Lo cierto es que este principio tiene una larga tradición legislativa en Santo Tomé y Príncipe. Figura en el artículo 89 de la Ley Nº 2/77 que reglamenta el ejercicio de la patria potestad. Dicho artículo afirma que cuando no hay acuerdo entre los padres o cuando está en juego el interés material o moral del niño, el tribunal de menores emitirá una decisión en relación con el interés superior del niño, según corresponda.

91.No obstante, la aplicación práctica de este precepto se limita a unos pocos casos debido a: a) la elevada tasa de pobreza, b) las dificultades económicas, c) la falta de otras instituciones y de políticas y programas estructurados y coherentes para cobijar a los niños en situación de riesgo y hacer el seguimiento apropiado.

92.En este contexto, el ejercicio pleno de todos los derechos humanos, y los de los niños en particular, guarda una estrecha relación con el logro gradual y satisfactorio de los objetivos de desarrollo.

93.Se trata, pues, de uno de los desafíos a los que hace frente el país a mediano plazo.

3.2.4Respeto de la opinión del niño

94.Desde la perspectiva jurídica, el derecho de un niño a la audiencia previa es optativo, y no obligatorio. El artículo 107 de la Ley Nº 2/77 sobre la familia dispone la audiencia del niño, en particular si este es mayor de 7 años de edad, en los casos de adopción. En cambio, el Decreto Nº 417/71, de 29 de septiembre de 1971, en relación con la aplicación de estas medidas, no dispone esta salvaguardia ni en relación con el derecho del niño a oponerse, ni con la presentación de pruebas.

95.Entretanto, se han multiplicado las medidas adoptadas para la divulgación de la Convención sobre los Derechos del Niño a fin de despertar la concienciación de la sociedad, en particular de los niños, sus padres y maestros.

96.La reestructuración y el fortalecimiento de la capacidad de intervención del Parlamento de los Niños, con el apoyo del UNICEF, contribuyeron a una mejora de las intervenciones en este ámbito.

3.3Derechos y libertades civiles

3.3.1Libertad de expresión (artículo 13 de la Convención)

97.El derecho a la libertad de expresión, pensamiento, conciencia y religión están consagrados en la Constitución.

98.En el párrafo 1 del artículo 29 de la Constitución se establece que "todas las personas tendrán derecho a expresar libremente y dar a conocer sus pensamientos por medio de palabras, imágenes o por cualquier otro medio". El artículo 27 establece lo siguiente:

"1.La libertad de conciencia, religión y culto es inviolable.

2.Nadie podrá ser perseguido, ni se le podrá impedir el ejercicio de sus derechos ni eximirlo del cumplimiento de sus obligaciones o deberes civiles sobre la base de sus convicciones o prácticas religiosas.

3.Nadie podrá ser interrogado por una autoridad sobre sus convicciones o prácticas religiosas, salvo para recabar datos estadísticos anónimos, ni podrá sufrir perjuicios en caso de negarse a responder."

99.Los derechos a la libertad de asociación y a la libertad de celebrar reuniones pacíficas (artículo 15 de la Convención) también figuran en la Constitución (arts. 34 y 35).

100.El derecho a la vida privada (artículo 16 de la Convención) es la base de la protección contra el abuso y el excesivo derecho a la información, que contravienen el derecho a la vida privada. La protección del derecho a la vida privada ("la identidad personal y el derecho a la vida privada y la familia son inviolables"), aunque forma parte de la Constitución (art. 24), no es una realidad en el sistema judicial de Santo Tomé y Príncipe.

101.El ejercicio de estos derechos no se limita en absoluto al nivel práctico. Los resultados de distintos estudios sobre el ejercicio de la democracia en Santo Tomé y Príncipe consideran estas iniciativas positivas. Se han celebrado elecciones sin incidentes y los candidatos políticos interesados han tenido la oportunidad de expresar sus ideas y programas electorales siguiendo los preceptos establecidos anteriormente por la ley electoral y el estatuto de los partidos políticos, con la supervisión de la Comisión Nacional Electoral independiente.

102.En este contexto, desde el comienzo del proceso pluripartidista en 1991, se celebran elecciones presidenciales cada 5 años y elecciones legislativas cada 4 años, en tanto que las elecciones municipales y regionales son más irregulares. Aunque el mandato para estos últimos cargos es de 3 años, se han celebrado solo 2 elecciones hasta ahora, la segunda 12 años después de la primera. Esto se debe a las dificultades y demoras en la redacción y aprobación de legislación concreta, así como a limitaciones financieras y materiales.

3.3.2La inscripción de los nacimientos y el derecho a la nacionalidad

103.La Convención sobre los Derechos del Niño dispone en su artículo 7 que todo niño tendrá derecho desde que nace a un nombre, a adquirir una nacionalidad y, en la medida de lo posible, a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos. La protección provista por esta categoría de derechos tiene por objeto evitar la falta de identidad del niño, así como velar por que el Estado pueda garantizar el bienestar del niño por medio de las intervenciones apropiadas.

104.Así pues, la inscripción de los nacimientos es fundamental para garantizar estos derechos. Al aprobar los objetivos de "Un mundo apropiado para los niños", los Estados Miembros se comprometen a crear sistemas que establezcan la inscripción obligatoria de todos los niños (inmediatamente o lo antes posible después de su nacimiento), garantizando así su derecho a la identidad y la nacionalidad.

105.El derecho a la identidad es un derecho constitucional consagrado en el sistema jurídico de Santo Tomé y Príncipe. Algunos ejemplos son el artículo 24 de la Constitución en que se afirma que la "identidad personal y el derecho a la vida privada y a la familia son inviolables", el artículo 119 del Código de Registro Civil, los artículos 65 y subsiguientes de la Ley Nº 2/77, y los artículos 120 y subsiguientes del Decreto Nº 417/71 (procesos de determinación de la paternidad).

106.Mediante la aprobación de la Convención sobre los Derechos del Niño, relativa a las obligaciones mencionadas en su artículo 6, el Estado de Santo Tomé y Príncipe se comprometió a proteger el ejercicio de estos derechos.

107.Este contexto suministra la base de las campañas para la inscripción de los nacimientos realizadas con mucho éxito por el Gobierno y el UNICEF, que ofrecen la inscripción gratuita en todo el país para niños de hasta 18 años de edad (en lugar del pago habitual de 13.000 dobras de Santo Tomé y Príncipe, aproximadamente 1,4 dólares).

108.No obstante, los resultados obtenidos por medio de la tercera encuesta de indicadores múltiples (MICS) efectuada en 2006 indican que el porcentaje de niños menores de 5 años inscriptos al nacer sigue siendo 68,7%, sin que se registren disparidades por género o lugar de residencia, si bien hay disparidades en relación con los grupos de edad, el nivel de educación de la madre y las condiciones de vida de la familia. Los porcentajes aumentan con la edad de los hijos, el nivel de educación de la madre y la mejora de las condiciones de vida, lo que implica que, además de los factores culturales, las condiciones económicas deficientes son la causa de este fenómeno.

109.Por consiguiente, es necesario crear mecanismos que garanticen una inscripción de los nacimientos sostenible y constante.

110.La necesidad de la inscripción de los nacimientos llevó a la firma de un Protocolo de cooperación entre el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Salud con miras a la instalación de estructuras de registro en hospitales y maternidades que permitan la inscripción de los niños inmediatamente después del nacimiento. El proceso de introducción práctica de los mecanismos de aplicación debería incluir la capacitación de los agentes afectados, así como la transmisión de conocimientos a las madres a fin de permitirles superar todo posible bloqueo causado por factores culturales.

111.El Plan de Acción del Programa para el país 2007-2011 concertado entre el Gobierno de Santo Tomé y Príncipe y el UNICEF se propone lograr el 100% de las inscripciones sostenibles de los nacimientos en todo el país, con el apoyo de asociaciones sectoriales fundamentales. Para lograr este objetivo, se prevén varias actividades de promoción y de apoyo técnico y financiero, en particular dirigidas al Ministerio de Justicia, al Ministerio de Salud y al Centro Nacional de Registro Civil.

112.La Estrategia nacional para la inscripción de los nacimientos, que actualmente está en vías de aprobarse, establece como objetivo general la sistematización del principio de la inscripción de los nacimientos y la mejora de los procesos de reunión de datos estadísticos en relación con el movimiento de la población. Para logarlo, se implantarán nuevas metodologías destinadas a diferenciar los datos de inscripción para fines estadísticos con los tres objetivos concretos siguientes:

a)Alentar a la sociedad de Santo Tomé y Príncipe a que fomente un mayor sentimiento de nacionalidad y justicia social en relación con la inscripción de los nacimientos;

b)Mejorar la calidad y las posibilidades de utilización de la información demográfica de sus usuarios;

c)Elaborar una legislación moderna para lograr una mayor eficacia y eficiencia en la inscripción de los nacimientos.

113.Con miras a aplicar esta estrategia, se estableció un Plan de acción para la inscripción de los nacimientos para el período 2008-2012 a fin de que en 2015 se pudiera alcanzar el objetivo del 100% de la inscripción de los nacimientos.

3.3.3Acceso a la información (artículo 17 de la Convención)

114.El derecho a la información es un derecho constitucional con mecanismos que garantizan su aplicación en las mejores condiciones posibles. La Ley Nº 2/1993, sobre la prensa, reglamenta la aplicación práctica de este derecho. La Ley Nº 3/1996 enmendó la Ley Nº 2/1993 mediante la institución del Consejo Superior de Prensa, un mecanismo que garantiza el pluralismo y la independencia de las comunicaciones. Entretanto, el Decreto‑ley Nº 86/1996, de 15 de noviembre de 1996, reglamenta las actividades y el otorgamiento de licencias a la transmisión de radio y televisión privada.

115.En los últimos años, las actividades de los medios de comunicación han aumentado considerablemente y actualmente hay varios periódicos y estaciones de radio privadas.

116.El problema de la relación entre el principio de la libertad de prensa, la calidad de las transmisiones del sector de la comunicación social, sean públicas o privadas, y la influencia negativa en los niños de determinados programas, en particular de televisión, es un serio problema. Todas las sociedades, sean ricas o pobres, se enfrentan actualmente con este problema sin que hayan llegado a una solución pese a innumerables iniciativas.

117.Santo Tomé y Príncipe no es una excepción a este respecto y se han emprendido iniciativas y actividades para contener los peores aspectos del problema; no obstante, esta intervención es aún incipiente. Solo se han adoptado unas pocas medidas de concienciación dirigidas a los agentes de comunicación social por medio de seminarios, conferencias y debates sobre el tema.

3.3.4Castigos corporales (artículo 19 de la Convención)

118.La legislación penal de Santo Tomé y Príncipe es antigua y no prevé determinados tipos de delito, en particular cuando se cometen contra los niños. Los malos tratos, el uso de niños en actividades de pornografía y el tráfico de órganos son algunos ejemplos. La comisión de estos delitos en el país y una red más compleja de delitos contra los niños y las mujeres, el incremento de las relaciones internacionales, la mayor movilidad de personas que entran y salen del país imponen nuevas políticas penales que contribuyen a salvaguardar, en particular, los intereses del niño.

119.La Ley contra la violencia doméstica ya se ha aprobado y promulgado, y actualmente está a la espera de su publicación para que entre en vigor, y el nuevo Código Penal ya se encuentra en la etapa de aprobación ante la Asamblea Nacional.

120.La ampliación del marco jurídico mediante estos nuevos instrumentos permitirá la adopción de medidas contra quienes violan los derechos a la protección de los niños, en particular la penalización del maltrato contra ellos.

121.Entretanto, por conducto del Plan de Acción del Programa para el país 2007-2011 concertado entre el Gobierno de Santo Tomé y Príncipe y el UNICEF se han emprendido actividades de capacitación y concienciación sobre la violencia dirigidas a las fuerzas de policía, los niños, los parlamentarios y los agentes de comunicación social, que integran un sector fundamental para la promoción de medidas de concienciación.

3.4El entorno familiar y modalidades alternativas de cuidado de los niños

3.4.1La responsabilidad paterna

122.Los mecanismos y modalidades de la constitución de la familia en Santo Tomé y Príncipe están consagrados en la legislación; sin embargo solo el 5% de las parejas están casadas, ya sea legalmente o por medio de una iglesia reconocida. La modalidad tradicional es que las parejas convivan. Habida cuenta de la falta de contratos oficiales que obliguen al hombre, en particular, a asumir sus responsabilidades en caso de dificultades o de problemas con sus hijos, la práctica corriente refleja la declinación gradual de los valores como resultado de la pobreza imperante y la clara fragilidad de la aplicación de la justicia.

123.Por medio de la Ley Nº 2/77, el Estado procuró otorgar legitimidad a la práctica tradicional de constitución de la familia mediante la implantación jurídica de la modalidad de la unión consensual. No obstante, el recurso eficaz a esta nueva modalidad solo se aplica a sucesiones intestadas en caso de fallecimiento de uno de los cónyuges.

124.Además, uno de los grandes adelantos en materia de los derechos del niño derivado de la Ley Nº 2/77 es el hecho de que se ha eliminado la discriminación contra los hijos nacidos de padres no casados. Esta ley establece que todos los niños tienen los mismos derechos ante la ley.

125.A mediano y a largo plazo, varios elementos determinarán los cambios de comportamiento, a saber:

La promoción de los derechos del niño;

La promoción de la responsabilidad de los padres;

Las posiciones claras respecto de estas cuestiones en el discurso público de los dirigentes de todos los niveles;

La aplicación de distintas iniciativas como el programa de inscripción gratuita de los nacimientos en 2004 y 2005;

La aprobación de la Estrategia nacional de lucha contra la pobreza;

Las campañas de concienciación de las ONG en distintos niveles por medio de la comunicación social y en las comunidades.

3.4.2Maltrato y negligencia

126.Como se indicó en el párrafo 3.3.4 supra sobre los castigos corporales, se ha aprobado la Ley contra la violencia doméstica y actualmente está en vías de aprobarse nueva legislación penal que tipifica y agrava la penalización de los delitos cometidos contra los niños.

127.El Gobierno de Santo Tomé y Príncipe, con el apoyo del UNICEF, estableció en 2006 un Centro de Orientación sobre la Violencia Doméstica. La orientación y el seguimiento de los casos de violencia por esta institución han comenzado a avanzar, a pesar de su reciente establecimiento. El Centro cuenta con una línea telefónica directa de ayuda para la notificación de casos de violencia. A fin de lograr una mayor eficiencia y eficacia, el Centro ha establecido asociaciones oficiales con algunos sectores, como la Policía Nacional, los Ministerios de Salud y de Trabajo, Solidaridad, la Mujer y la Familia, así como con el Ministerio Público. Está en vías de ultimarse un proyecto de asociación para el establecimiento de un refugio temporal para víctimas de la violencia doméstica.

3.5Servicios básicos de salud y bienestar social

3.5.1Niños con discapacidad (artículo 23 de la Convención)

128.De conformidad con el artículo 23 de la Convención, el niño con discapacidad tiene derecho a recibir cuidados especiales, educación y capacitación y una formación adecuada que le permita disfrutar de una vida plena y digna y lograr el mayor grado posible de autonomía e integración social.

129.Este derecho a la protección se limita al ámbito de su aplicación. Este precepto se ajusta a lo dispuesto en la Ley básica del sistema educativo, Nº 2/2003, según la cual el sistema debe estar organizado de modo tal que se garantice a las personas con necesidades educativas especiales iguales oportunidades de acceder a la educación y tener un buen rendimiento escolar.

130.Según el Censo General de Población y Vivienda de 1991, las personas con discapacidad representaban casi el 4% de la población y las mujeres con discapacidad el 3,6% de la población femenina. En 2001 se realizó un nuevo Censo General de Población y Vivienda en el que se recopiló información destinada a facilitar la evaluación del número de personas con discapacidad, el tipo de discapacidad que padecían, su distribución geográfica y sus características principales (grupo de edad, sexo, nivel de educación y situación laboral).

131.Los tipos de discapacidad que figuraban en los cuestionarios del censo eran: a) discapacidades funcionales (deficiencias visuales, auditivas o mentales) y b) discapacidades físicas (discapacidades motrices o movilidad reducida, parálisis cerebral). En el cuadro a continuación figuran datos recopilados en 1991 y 2001.

Cuadro 2

Personas con discapacidad, por sexo y por tipo de discapacidad

Discapacidades físicas y mentales

Sexo

Total

Hombres

Mujeres

Número de personas

Porcentaje

Número de personas

Porcentaje

Número de personas

Porcentaje

Censo General de Población y Vivienda de 1991

Total

117 504

100 , 0

58 040

100 , 0

59 464

100 , 0

Personas sin discapacidad

112 829

96 , 0

55 520

95 , 7

57 309

96 , 4

Personas con discapacidad

4 675

4 , 0

2 520

4 , 3

2 155

3 , 6

Deficiencias visuales

603

0 , 5

333

0 , 6

270

0, 4

Deficiencias auditivas

226

0 , 2

109

0 , 2

117

0 , 2

Movilidad reducida, discapacidades motrices

1 641

1 , 4

979

1 , 7

662

1 , 1

Discapacidades mentales

459

0, 4

247

0, 4

212

0, 4

Otras discapacidades

1 456

1, 2

704

1 , 2

752

1, 3

Censo General de Población y Vivienda de 2001

Total

137 599

100 , 0

68 236

49, 6

69 363

50, 4

Personas sin discapacidad

133 185

96 , 7

66 049

49, 6

67 136

50, 4

Personas con discapacidad

4 414

3, 2

2 187

49, 5

2 227

50, 5

Deficiencias visuales

1 032

0, 75

489

47, 4

543

52, 6

Deficiencias auditivas

371

0, 26

192

51, 8

179

48, 2

Movilidad reducida, discapacidades motrices

638

0, 46

337

52, 8

301

47, 2

Discapacidades mentales

391

0, 28

204

52, 2

187

47, 8

Otras discapacidades

196

0, 14

111

56, 6

85

43, 4

Total

1 786

1, 29

854

47, 8

932

52, 2

132.Los niños de entre 6 y 14 años de edad representan el 13,3% de las personas con discapacidad, mientras que las mujeres entre 15 y 64 años constituyen el 5,75% y las mayores de 65 años el 24,7% (gráfico 1).

Gráfico 1 Distribución de las personas con discapacidad, por grupo de edad y por sexo

133.Los resultados del censo indican también que la discapacidad tiene una incidencia negativa en el nivel de educación y las oportunidades laborales de quien la padece.

134.Todavía no hay un marco de políticas ni estrategias nacionales para hacer frente al problema de las personas con discapacidad. No hay legislación específica en la materia, ni recursos o infraestructuras de apoyo, ni personal sanitario o técnicos especializados para atender a las personas con discapacidad.

135.Si bien la Ley básica del sistema educativo contempla la posibilidad de ofrecer educación especial a determinados grupos, en la práctica no hay establecimientos escolares ni mecanismos especiales para atender a los niños con necesidades educativas especiales.

136.En el marco de la iniciativa acelerada de educación para todos 2008-2010, emprendida por el Gobierno de Santo Tomé y Príncipe con financiación del Banco Mundial, se prevén medidas que contribuirán a la integración estructurada de los niños con necesidades educativas especiales.

137.La sociedad civil ha empezado a intervenir en este ámbito y hay actualmente dos ONG que trabajan por una plena participación de las personas con discapacidad en el desarrollo del país. Esas organizaciones son: a) la Asociación Nacional de Personas con Discapacidad y b) la Asociación de Ciegos y Ambliopes de Santo Tomé y Príncipe. La Cruz Roja Nacional también presta apoyo a las personas con discapacidad. Además, la cooperación de Taiwán y algunos grupos religiosos dan asistencia a algunas personas con discapacidad.

138.Es preciso seguir analizando los resultados del Censo General de Población y Vivienda mediante estudios específicos de los diferentes aspectos del problema.

139.En este contexto, en el Plan de Acción del Programa para el país 2007-2011 concertado entre el Gobierno y el UNICEF estaba previsto realizar en 2008 un estudio sobre los niños con necesidades especiales en Santo Tomé y Príncipe, con los fines siguientes:

a)Determinar el número y la localización geográfica de los niños de ambos sexos de entre 5 y 6 años con necesidades educativas especiales;

b)Enumerar los tipos y las características de las discapacidades y su distribución a nivel nacional, de distrito y comunitario;

c)Proponer medidas factibles para facilitar la elaboración de políticas y programas que reduzcan el aislamiento y el abandono de esos niños.

140.Las conclusiones del estudio sobre los niños con necesidades educativas especiales son que: a) la mayoría pertenecen a familias que, en promedio, tienen condiciones de vida difíciles (más del 80%); b) el 46,1% de ellos vive con sus dos padres; mientras que c) el 38,8% vive con un progenitor soltero; y que d) en su mayoría (el 54,2% de los casos) son niñas.

141.El estudio llegó a la conclusión de que si bien el 68,3% de esos niños asisten a la escuela, presentan una alta tasa de repetición y pertenecen a familias encabezadas por adultos que han completado la enseñanza primaria (58%) o la secundaria (25%) o son analfabetos (10%).

142.Los datos indican que los niños que presentan una deficiencia moderada o grave quedan excluidos del sistema educativo.

143.En el estudio se recomienda, entre otras cosas, que el Gobierno invierta, con apoyo de sus asociados nacionales y extranjeros, en las siguientes esferas:

1)Capacitación de docentes para la educación especial;

2)Creación de aulas especiales en que los niños con necesidades educativas especiales puedan ser atendidos por docentes especializados de acuerdo con el grado de discapacidad y el tipo de necesidad de cada alumno;

3)Eliminación de los obstáculos arquitectónicos en las escuelas, las instituciones públicas y el transporte público;

4)Creación de un centro de actividades ocupacionales para niños con síndrome de Down.

3.5.2Salud y bienestar

144.La tasa de mortalidad de niños menores de 5 años disminuyó considerablemente en los años ochenta, gracias a la campaña de erradicación de la malaria. Esta tendencia se invirtió en la primera mitad de la década siguiente y entre 1991 y 1995 la tasa pasó de 120 a 138 por 1.000 nacidos vivos, a consecuencia de la epidemia de malaria que se desató tras una interrupción de la campaña. Sin embargo, a partir de 1995, la tasa de mortalidad de menores de 5 años empezó a disminuir paulatina y sostenidamente, reduciéndose en un 20% entre 1995 y 1999, año en que fue de 108 por 1.000 nacidos vivos.

145.En la década siguiente esta tasa pasó de 84,7 por 1.000 nacidos vivos en 2001 a 54,2 en 2007, un descenso del 30% que fue el resultado de las actividades de lucha contra la malaria.

146.La tasa de mortalidad de niños menores de 5 años no varía mucho en función del sexo, aunque es más elevada en los varones (56,1 por 1.000 nacidos vivos) que en las mujeres (51,5). En lo que respecta a la distribución regional, Príncipe tiene la tasa más alta (109,4) y le sigue Lobata (65,2), mientras que Mé-Zochi y Água Grande tienen las tasas más bajas (34,1 y 46,1, respectivamente). También hay diferencias considerables si se tienen en cuenta el nivel de educación y de riqueza. El cuadro siguiente ilustra la evolución de la tasa de mortalidad de niños menores de 5 años.

Cuadro 3

Evolución de la tasa de mortalidad de niños menores de 5 años (2001-2007)

Mortalidad

2001

2002

2003

2004

2005

2006

2007

Tasa de mortalidad de niños menores de 5 años por 1 . 000 nacidos vivos

94,7

100,5

98,7

96,0

94,6

52,0*

?

Fuente: Ministerio de Salud.

* Tercera encuesta de indicadores múltiples.

147.La tasa de mortalidad infantil ha seguido una evolución similar. También aumentó entre 1990 y 1995, debido a las mismas causas, y posteriormente disminuyó en un 30% por cada cinco años entre 1995 y 2005, pasando de 89 por 1.000 nacidos vivos en 1995 a 63 en 1999 y 42 en 2007. El cuadro siguiente ilustra esa evolución.

Cuadro 4

Tasa de mortalidad infantil (2001 - 2007)

Mortalidad

2001

2002

2003

2004

2005

2006

2007

Tasa de mortalidad infantil por 1 . 000 nacidos vivos

54,2

55,2

55,9

59,0

59,0

43,0*

42

Fuente: Ministerio de Salud.

* Tercera encuesta de indicadores múltiples.

Cobertura de vacunación

148.Entre 2000 y 2007 se hicieron las siguientes constataciones en materia de cobertura de vacunación:

i)La cobertura de la vacunación contra el sarampión se ha situado entre el 68,9% (2000) y el 88,3% (2004). Tras alcanzar su nivel máximo, en 2005 y 2006 siguió una tendencia a la baja. Cabe esperar que las cifras correspondientes a 2006 (85,8%) y a 2007 (86%) (Programa de Salud Reproductiva, 2007) indiquen una inversión de la tendencia.

ii)En cuanto a la DPT3, la cobertura de vacunación fue prácticamente total en 2006, habiendo pasado del 82% en 2000 al 97,8% en 2006.

iii)En lo que respecta a la hepatitis B, la tasa de vacunación pasó del 43% en 2003, año en que se introdujo en el Sistema Nacional de Salud, al 75% en 2006 y al 107,9% en 2007. En 2004 se vacunó al 100% de los niños, tasa de cobertura que declinó hasta 2007, año en que volvió al nivel de 2004.

149.El cuadro siguiente ilustra la evolución de la tasa de cobertura de vacunación entre 2000 y 2007:

Cuadro 5

Tasa de vacunación de niños menores de 1 año

Evolución de la cobertura de vacunación, 2000-2007 (porcentaje)

Año

BCG

DPT3

POLIO3

Sarampión

Hepatitis B

Fiebre amarilla

TT2+

2000

87 , 2

82 , 0

86 , 7

68 , 9

75 , 3

2001

94 , 0

93 , 6

92 , 9

76 , 3

69 , 6

2002

99 , 1

90 , 9

92 , 2

84 , 9

83 , 7

2003

96 , 6

93 , 7

94 , 2

86 , 7

43 , 3

33 , 5

92 , 7

2004

98 , 3

95 , 7

94 , 9

86 , 4

116 , 9

88 , 6

95 , 5

2005

99 , 9

96 , 8

96 , 8

88 , 3

95 , 5

68 , 3

98 , 6

2006

98 , 7

96 , 8

96 , 8

83 , 8

75 , 0

84 , 0

95 , 5

2007

99 , 8

97 , 8

97 , 8

85 , 8

107 , 9

85 , 5

88 , 0

Fuente: Ministerio de Salud.

150.La considerable disminución de la mortalidad infantil registrada en el decenio 1995‑2006 se debe a una ampliación significativa de la atención primaria de salud, en particular a los avances conseguidos en la lucha contra la malaria (el número de niños menores de 5 años diagnosticados con esta enfermedad disminuyó entre 20% y 40% en algunos de los distritos más afectados). La Organización Mundial de la Salud (OMS) considera ejemplares los resultados logrados en Santo Tomé y Príncipe.

151.Esta exitosa estrategia de Santo Tomé y Príncipe se inició en 2004 y se consolidó el año siguiente, con el resultado de que para 2006 los casos de malaria registrados habían disminuido un 80% con respecto a la media registrada entre 2001 y 2003. La lucha contra esta enfermedad empezó con la distribución de 79.000 mosquiteros impregnados de insecticida, junto con la administración de medicamentos preventivos y la fumigación de 16.000 viviendas.

152.Los resultados fueron satisfactorios: la OMS confirmó que los 5.146 casos registrados en 2006 representaban una reducción del 80% con respecto a los casos registrados en los tres años comprendidos entre 2001 y 2003. Las muertes por malaria disminuyeron en más del 90% durante el mismo período.

153.A continuación se resumen otros datos importantes sobre la vacunación:

Las elevadas tasas de cobertura de vacunación que se observan actualmente (según datos de 2007 sobre el Programa de Salud Reproductiva, confirmados por la encuesta sobre vacunación realizada en octubre de 2007 por la OMS):

BCG99,8%

DPT397,89%

Polio97,8%

Sarampión86%

Hepatitis B108%

Fiebre amarilla85%

Los buenos resultados del Programa de Salud Reproductiva:

En 2005 el 97% de las mujeres que dieron a luz a un niño vivo recibieron atención prenatal y posnatal;

El 93% de los partos fueron atendidos por un trabajador sanitario cualificado;

El 82% de los partos se atendieron en un centro sanitario.

Los grandes esfuerzos desplegados para mejorar la nutrición de los niños menores de 5 años:

El 63% recibe suplementos de vitamina A;

El 74% consume sal yodada.

154.La marcada disminución de la tasa de mortalidad infantil es un resultado claro de las medidas adoptadas para ampliar el acceso a la atención primaria de la salud. Concretamente, cabe mencionar el programa ampliado de vacunación, la capacitación de los recursos humanos del sector de la salud, la introducción de la distribución gratuita de medicamentos a los niños menores de 5 años, la introducción de la estrategia de Atención Integral a las Enfermedades Prevalentes de la Infancia a nivel comunitario y la integración de los Agentes Comunitarios de Salud.

155.Algunos indicadores de la nutrición han tenido una evolución positiva entre 2001 y 2006 (tercera encuesta de indicadores múltiples, 2006). Así pues, la prevalencia del retraso en el crecimiento pasó del 28,9% al 10,1%, la emaciación disminuyó del 3,6% al 1,4% y el porcentaje de niños con bajo peso al nacer (peso inferior a 2,5 kg) pasó del 15,1% al 7,8%.

156.En cuanto a la cobertura de la distribución de suplementos de vitamina A a los niños, los datos indican un aumento del 3% al 63%. Un tercio de los niños de 6 a 59 meses de edad recibieron una dosis alta de suplementos de vitamina A durante los seis meses previos a la encuesta, más concretamente en los distritos de Príncipe y Lembá (63,4% y 42,4%, respectivamente), en que una gran proporción de la población vive en la pobreza.

157.Las medidas de sensibilización acerca del amamantamiento exclusivo también dieron buenos resultados en la prevención de las enfermedades diarreicas. La tercera encuesta de indicadores múltiples, de 2006, reveló que el 70,2% de los niños de 0 a 3 meses de edad y el 60,4% de los niños menores de 6 meses eran alimentados exclusivamente con leche materna. El 60% de los niños de 6 a 9 meses son amamantados y reciben también alimentos sólidos y semisólidos, mientras que el 88,2% de los niños de 12 a 15 meses de edad y el 18,4% de los de 20 a 23 meses de edad siguen recibiendo lactancia materna. Está en curso una nueva encuesta destinada a recopilar datos sobre la prevalencia del amamantamientoexclusivo para actualizar los datos de la tercera encuesta de indicadores múltiples.

VIH/SIDA – Situación y tendencias

158.Un estudio nacional sobre la seroprevalencia del VIH y del virus de la hepatitis B (VHB), realizado en 2001 sobre una muestra de 2.313 personas, reveló una tasa de prevalencia de la infección del 1% en el caso del VIH y del 59,6% en el del VHB. Esos resultados coinciden con la información clínica relativa al VHB. Como el VIH y el VHB se transmiten de la misma forma, cabe prever un aumento rápido de la prevalencia del VIH y la consiguiente mortalidad.

159.Desde 1987, año en que fue diagnosticado el primer caso del VIH en Santo Tomé y Príncipe, la epidemia se ha propagado rápidamente, habiéndose registrado 254 casos en septiembre de 2007. En 2005, estaban registrados apenas 23% de todos los casos identificados desde 1990. En diciembre de ese año se iniciaron los tratamientos antirretrovíricos. La epidemia afecta a todos los distritos, principalmente Agua Grande (53,40%) y Mé-Zochi (20,6%). Un estudio realizado por el UNICEF en 2005 identificó a 77 huérfanos a causa del SIDA que vivían, en la mayoría de los casos, en familias encabezadas por mujeres.

160.La situación de la infección por VIH en Santo Tomé y Príncipe sigue siendo preocupante a pesar de los avances considerables logrados en la lucha contra esta epidemia. Se estima que 2.279 nacionales de Santo Tomé y Príncipe (el 1,62% de la población) viven con el VIH. La enfermedad afecta a todos los grupos de edad y a los dos sexos, pero sobre todo al grupo de edad más activo (de 15 a 49 años de edad). Cabe señalar que los jóvenes y las mujeres son los más vulnerables al VIH/SIDA.

161.Estaba previsto incluir un componente sobre el VIH en la encuesta sobre demografía y salud de 2008, destinada a trazar un panorama más detallado de la situación y realizar un seguimiento de la epidemia.

162.La epidemia parece estar en sus etapas iniciales, por lo que la tasa de prevalencia es baja en comparación con los demás países del África Subsahariana. Las autoridades consideran que, dadas las particulares características del país (pocos habitantes, territorio pequeño, buena proporción entre el número de médicos y el de habitantes, una buena densidad de personas saludables, etc.) y la fase concreta en que se encuentra la epidemia, están dadas las condiciones para una respuesta contundente al VIH. El compromiso del Presidente de la República con esa causa es muestra de la voluntad política de que así sea. Sin embargo, factores como la elevada prevalencia de enfermedades de transmisión sexual (ETS), la baja tasa de utilización de preservativos, la alta tasa de embarazos precoces y el gran número de relaciones sexuales en condiciones de riesgo entre los jóvenes de 15 a 24 años de edad, entre otros, podrían acelerar el ritmo de propagación de la epidemia.

163.El entorno de protección es relativamente bueno. Se aprobó el Plan Estratégico 2004-2008 en el que se enmarcan todas las actividades relativas al VIH/SIDA en el país. Se proclamó 2006 año de la aceleración de la prevención del VIH. El Ministerio de Educación, el Ministerio de Justicia y la Dirección General de Comunicación Social elaboraron planes operativos para 2007-2008; con todo, los niveles de ejecución siguen siendo bajos.

164.En años recientes hubo un marcado aumento de las iniciativas y actividades a favor de la lucha contra el VIH/SIDA, en particular en materia de prevención, tratamiento, vigilancia del impacto y evaluación. En todos los centros de salud del país se realizan las pruebas de detección y se ofrece orientación, así como asistencia nutricional a los pacientes con VIH/SIDA. La distribución de sucedáneos de leche materna a las madres seropositivas es gratuita.

165.Desde 2005, se han adoptado las siguientes medidas:

Se ofrece tratamiento antirretrovírico, que se administra gratuitamente;

En todos los puestos sanitarios se ofrece tratamiento de las ETS;

Existe un sistema bien estructurado de distribución de preservativos con más de 400 centros en todo el país, que cuenta con la colaboración de diferentes ONG para las actividades de seguimiento.

166.Sin embargo, aunque el grado de colaboración y coordinación de las intervenciones de todas las entidades que participan en la lucha contra el VIH/SIDA es aceptable, también cabe decir que puede mejorar.

167.Otro de los resultados obtenidos es el buen nivel de información y conocimiento de la población, aunque es insuficiente en lo que respecta a los métodos de prevención. Las mujeres de las zonas urbanas y las más instruidas están mejor informadas que las de las zonas rurales y las que tienen menos años de instrucción o son analfabetas. Además, el desconocimiento de los métodos de prevención también es muy frecuente entre las personas de 15 a 24 años de edad.

Agua potable y saneamiento

168.El porcentaje de la población con acceso al agua potable ha aumentado (pasando del 79,1% en 1981 al 84% en 2001, según el Censo General de Población y Vivienda de 2001), pero la situación sigue siendo preocupante. La mayoría de los sistemas tienen un funcionamiento irregular. La calidad del agua, incluso en las fuentes protegidas, es mala, pues está contaminada por bacterias. En lo que respecta al saneamiento, la situación es aun más grave, dado que la cobertura nacional es mucho menor: en 1991 era de apenas el 21,4% y en 2001 del 23,2%. En las zonas rurales el acceso al agua potable y al saneamiento es muy escaso (solo el 60% de los habitantes de las zonas rurales tienen agua potable y solo el 35% cuentan con un saneamiento adecuado).

169.La mejora de la situación en el medio rural es un desafío importantísimo. En 2002, en el marco del proyecto de Abastecimiento de agua potable, saneamiento y lucha contra las enfermedades transmitidas por el agua, el BAFD financió una encuesta destinada a evaluar el conocimiento, las actitudes y las prácticas de la población con respecto a la malaria y las enfermedades transmitidas por el agua. Los resultados de la encuesta fueron los siguientes: se encuestó a 626 familias, un total de 1.661 personas, que indicaron lo siguiente en relación con la incidencia de las enfermedades transmitidas por el agua: malaria, 86,6%; diarrea, 20,4%; helmintiasis intestinal, 2,9%; disentería, 2,2; y fiebre tifoidea, 0,8%.

170.Los objetivos del proyecto nacional en materia de agua y saneamiento para 2011 son los siguientes: a) ampliar la capacidad institucional para vigilar y evaluar el abastecimiento y la utilización del agua; b) aumentar el acceso comunitario al agua potable del 20% al 80%; y c) mejorar en un 80% las prácticas de higiene y saneamiento en todas las escuelas y comunidades de todos los distritos.

171.Este proyecto cuenta con la colaboración de asociados multilaterales como el UNICEF, el PNUD y la OMS, así como la participación de varias ONG y organizaciones de base comunitaria. Esta colaboración se estrechará para ampliar la disponibilidad y la utilización sostenible del agua potable y de los servicios de saneamiento básico y mejorar la higiene a nivel comunitario.

172.Actualmente cada distrito tiene una base de datos para registrar los avances observados y se está formando a personas que puedan encargarse del seguimiento y la evaluación progresiva de la situación.

173.Los brotes de cólera de 2005 y 2006 constituyeron un recordatorio de la morbilidad y mortalidadligadas a las enfermedadestransmitidas por el agua para el Gobierno y sus asociados.

174.En años recientes se ha intensificado la participación de algunos asociados internacionales en la financiación del sector social. Entre ellos figuran, por ejemplo, el Banco Mundial con su proyecto de apoyo al sector social (PASS), el Banco Africano de Desarrollo, la Provincia china de Taiwán y Portugal; también cabe mencionar la financiación del programa de la Iniciativa en favor de los países pobres muy endeudados. Los organismos de las Naciones Unidas han mantenido su asistencia técnica y financiera. Gracias a una mejora significativa de la coordinación de la asistencia para el desarrollo, la cooperación del sistema de las Naciones Unidas se ha hecho más eficiente. El Gobierno ha colaborado con sus asociados bilaterales o multilaterales para obtener la inversión de mayores recursos humanos, materiales y financieros en el apoyo de la supervivencia infantil mediante el fortalecimiento del sistema de atención primaria de salud. El resultado fue un marcado progreso entre 2002 y 2008 en la lucha contra la malaria, el suministro de agua potable y saneamiento, la lucha contra el VIH/SIDA y en materia de información, educación y comunicación, pues en todas estas esferas se aplicaron estrategias integradas, vinculando a menudo las intervenciones y contribuciones de los diferentes asociados de modo que se ciñeran mejor a las prioridades definidas por las autoridades. El ejemplo más destacado de ello es la lucha contra la malaria, que ha logrado resultados muy alentadores.

175.Algunas ONG y organizaciones de base comunitaria han contribuido considerablemente a la supervivencia y el bienestar infantiles aumentando el número de participantes en el proceso "Un mundo apropiado para los niños" y en la consecución de los ODM. Como puede verse en el cuadro 1 (sobre la asignación de recursos), están en constante aumento los fondos del presupuesto general del Estado destinados a la inversión en salud pública, de hecho esos recursos pasaron de 2 millones de dólares en 2002 a unos 8 millones de dólares en 2008.

3.5.3La salud de los adolescentes

Los adolescentes y las drogas (artículo 33)

176.El consumo de drogas en Santo Tomé y Príncipe no ha llegado a los alarmantes niveles que se registran en otros países, aunque la población es consciente de que no conviene pasar por alto el problema y de que hay que evitar que se convierta en un flagelo social. Los datos disponibles sobre el consumo de droga de los adolescentes proceden en su mayoría de un estudio del comportamiento de los adolescentes y los jóvenes no matriculados en el sistema escolar desde el punto de vista de la sexualidad y la salud reproductiva, estudio que se realizó en 2003 con financiación del UNFPA en el marco del Proyecto de Salud Reproductiva/Educación para la vida en familia.

177.La muestra de la encuesta comprendía a 586 jóvenes que ya no asistían a la escuela, 290 varones y 296 mujeres de 15 a 24 años. El estudio llegó a la conclusión de que parece estar arraigándose en los adolescentes y los jóvenes de ambos sexos la práctica de consumir sustancias nocivas como las siguientes: tabaco, bebidas alcohólicas (vino, cerveza, brandy de mala calidad, ron (cacharamba), vino de palma y otras). También se observó que el consumo de drogas, en particular la marihuana (liamba), estaba en aumento, especialmente entre las muchachas.

178.Se ha establecido una oficina de lucha contra las drogas, sujeta a la supervisión general del Ministerio de Justicia. Sin embargo, hasta el momento no ha podido realizar sino pocas actividades de información y sensibilización por la escasez de sus recursos humanos y materiales.

La salud reproductiva de los jóvenes

179.El Programa Nacional de Salud Reproductiva también atiende a los jóvenes, en todos los distritos, aunque los locales en que se les prestan servicios de orientación son los mismos que los destinados a los adultos. El centro situado en la capital tiene un espacio reservado para los jóvenes. Solo en este centro se atienden 200 adolescentes embarazadas de 14 a 17 años.

180.Aunque se han establecido tres centros de orientación en materia de salud reproductiva y VIH/SIDA destinados a los jóvenes, hay poca demanda. En su mayoría, las muchachas jóvenes solo acuden a los centros después de haber tenido a su primer hijo y las interacciones con ellas se centran esencialmente en la importancia de espaciar los embarazos y reducir el número de hijos.

181.El UNFPA prestó apoyo a un programa escolar de salud reproductiva auspiciando la redacción e impresión de manuales de educación sanitaria que se distribuyeron a alumnos de los grados 1º a 8º. Los profesores de biología y portugués recibieron formación sobre el uso de esos manuales, que tratan esencialmente de las ETS, prestando particular atención al VIH/SIDA. Aunque los alumnos de los grados 9º a 11º no tienen manuales, asisten periódicamente a sesiones de sensibilización sobre el tema.

182.En el marco de la colaboración entre el Gobierno de Santo Tomé y Príncipe, la OMS y el proyecto PASS, está previsto redactar y aplicar un programa escolar de salud.

183.Algunas ONG y activistas comunitarios han ampliado sus actividades en materia de salud reproductiva y sus iniciativas de sensibilización acerca de las ETS.

3.5.4Prácticas tradicionales nocivas

184.Según los datos de la tercera encuesta de indicadores múltiples —con respecto a los matrimonios precoces, solo el 3,3% de las mujeres se casa antes de cumplir los 18 años. De las mujeres casadas o las que conviven con su pareja, solo el 18,5% tiene entre 15 y 19 años, de lo que se puede deducir que el fenómeno es prácticamente inexistente.

185.En cambio, la actividad sexual precoz y los embarazos precoces han alcanzado niveles preocupantes.

186.El UNICEF auspició un estudio sobre la incidencia de los embarazos precoces para determinar las causas de este fenómeno y las posibilidades de reducirlo. El estudio se centró sobre todo en el distrito de Príncipe, que es el más afectado por el problema. Conforme a lo recomendado, diferentes ONG han emprendido actividades de formación y sensibilización.

187.En el Plan de Acción del Programa para el país 2007-2011 se prevé la realización de actividades de capacitación para la vida diaria destinadas a los jóvenes de ambos sexos con el fin de reducir el número de embarazos precoces y la tasa de abandono escolar y fomentar la igualdad de género en todo el país.

3.6Actividades educativas, culturales y de esparcimiento

3.6.1Educación, capacitación y orientación profesional

188.Como se puede deducir de la información que figura en el informe inicial, uno de los desafíos principales que debe afrontar el Gobierno en el sector educativo ha sido garantizar el acceso universal a la enseñanza primaria a los niños en edad escolar. La Ley básica del sistema educativo de Santo Tomé y Príncipe establece seis años de enseñanza primaria obligatoria y gratuita. Los gobiernos sucesivos han puesto en marcha diversos programas en los que estas disposiciones eran objetivos prioritarios para la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio para 2015. Entre las diferentes iniciativas destinadas a mejorar el sistema escolar nacional, en el marco del proyecto PASS para 2005-2009, está previsto dar enseñanza básica y atención de la salud a la población, por un total de 7,1 millones de dólares, de los cuales 6,5 millones provienen de la Asociación Internacional de Fomento del Banco Mundial y 600.000 dólares del Gobierno de Santo Tomé y Príncipe.

189.Con su componente de educación, el proyecto PASS pretende mejorar los servicios de enseñanza básica, aumentando a seis los años de enseñanza primaria obligatoria (actualmente son cuatro), ampliando al mismo tiempo el acceso y logrando una gestión más equilibrada de los servicios educativos descentralizados. Para lograr esos objetivos, se han adoptado medidas que contribuyen a las reformas políticas e institucionales, así como a la construcción o reparación de las escuelas primarias y a su equipamiento, así como actividades de formación, giras de estudio y asistencia técnica.

190.Además, el Gobierno realizó en 2007 un primer examen de la Estrategia de Educación y Formación adoptada para el período 2002-2017, cuyo objetivo principal es lograr universalizar la enseñanza primaria, teniendo en cuenta las perspectivas de género y las especificidades regionales, urbanas y rurales.

191.En un examen de mitad de período del proyecto PASS iniciado en 2007, se evaluaron como positivas las medidas de rehabilitación realizadas en 21 escuelas, de las cuales cuatro están en Príncipe, así como la construcción de 22 aulas nuevas, la revisión y publicación de 88.000 manuales de 1º y 2º grado y la formación docente sobre la utilización de dichos manuales.

192.En 2003, las escuelas primarias con tres turnos diarios de enseñanza representaban el 36% del total y a ellas asistían 13.403 alumnos, es decir el 60% de todos los alumnos de la enseñanza primaria. La evaluación de 2007 revela que esas escuelas representan ahora el 16% del total (12 escuelas), habiéndose reducido el porcentaje en 20 puntos.

193.Esos resultados se deben a la intervención de otros asociados, como la Fundación Calouste Gulbenkian, que participó en la reforma de los programas de estudio, la cooperación de Taiwán, que intervino en el transporte escolar, el UNICEF, que se ocupó del suministro de agua potable y saneamiento, y el PMA, que prestó asistencia a los comedores escolares.

194.El acceso al primer ciclo es prácticamente universal (grados 1º a 4º), con una tasa neta de matrícula del 100% y una cobertura escolar garantizada por 78 escuelas (de las cuales 5 son escuelas primarias integradas) distribuidas uniformemente en todo el país. La tasa neta de matrícula correspondiente al segundo ciclo (grados 5º y 6º) disminuye a cerca de la mitad y la cobertura escolar es más limitada, habiendo solo 9 escuelas en todo el país que ofrecen este ciclo. Esas escuelas normalmente están situadas en las capitales de distrito, factor que obstaculiza en gran medida la terminación de la enseñanza primaria obligatoria para la mayoría de los alumnos.

195.La tasa bruta de matrícula correspondiente a los grados 1º a 6º fue del 135% en el año escolar 2006/07.

196.En cuanto a la tasa neta de matrícula, correspondiente a los grados 1º a 6º, se registró una evolución positiva, del 77,6% en 2001/02 al 84,1% en 2006/07. Aun así, sigue habiendo disparidades entre los dos ciclos, como se puede ver en el cuadro que figura más abajo. Mientras casi todos los niños se matriculan en el primer ciclo, apenas la mitad de ellos se matriculan en el segundo.

Cuadro 6

Evolución de la tasa bruta de matrícula (TBM) y la tasa neta de matrícula (TNM), grados 1º a 6º, 2001-2007

2001/02

2002/03

2003/04

2004/05

2005/06

2006/07

TBM, enseñanza primaria (grados 1º a 6º)

127 , 3

129 , 6

131 , 4

134 , 2

135 , 0

135 , 0

TNM, enseñanza primaria (grados 1º a 6º)

77 , 6

78 , 1

80 , 0

81 , 8

83 , 1

84 , 1

TBM, grados 5º y 6º

86 , 7

91 , 1

97 , 6

100 , 9

107 , 3

115 , 8

TNM, grados 5º y 6º

37 , 4

39 , 8

43 , 1

40 , 9

43 , 9

51 , 0

Fuente: Dirección de la enseñanza primaria, Ministerio de Educación.

197.A pesar de todos los problemas que aquejan a la enseñanza primaria, la tasa de promoción del primer al segundo ciclo ha aumentado considerablemente, pasando del 63% en 2002/03 al 73%, sin grandes disparidades entre los distritos. Es de prever que esta tendencia se siga acentuando, en vista de que uno de los objetivos de la reforma es que todos los niños tengan acceso a la enseñanza primaria y la terminen.

198.Esta situación plantea un desafío muy grande para el país, puesto que solo los centros de distrito pueden ofrecer el segundo ciclo de la enseñanza primaria (grados 5º y 6º). Por este motivo, muchos niños dejan de asistir a la escuela, pues seguir haciéndolo significaría recorrer grandes distancias o, lo que resultaría más caro, encontrar vivienda en los centros de distrito, lo cual representa un verdadero obstáculo, en particular para las familias más pobres.

199.Mientras se establece una red de escuelas que facilite el acceso de los niños de las comunidades más pobres a la escuela, el Gobierno de Santo Tomé y Príncipe, en cooperación con algunos donantes y organizaciones de la sociedad civil, ha asignado ayuda específica a programas como los siguientes:

Distribución gratuita de uniformes a los niños más pobres;

Otorgamiento de pases escolares para el transporte escolar;

Concesión de becas escolares.

200.Entre otras iniciativas destinadas a sensibilizar a los padres acerca de la importancia de enviar y mantener a sus hijos en la escuela, desde 2001 la cooperación brasileña apoya el desarrollo de un proyecto de alfabetización de adultos ejecutado por el Gobierno de Santo Tomé y Príncipe. Hasta la fecha, la tasa de éxito de este proyecto es del 70%. Se trata de una formación de nueve meses en la que los adultos aprenden a leer, escribir y efectuar operaciones matemáticas básicas. El 54% de los participantes son mujeres. El programa, asociado al programa de becas escolares, contribuye en gran medida a mejorar la percepción que tienen los padres de la importancia de la educación de sus hijos y, además, amplía las oportunidades de los adultos de emprender actividades generadoras de ingresos y de ese modo mejorar las condiciones de vida de su familia.

201.Los distritos de Lobata, Cantagalo, Príncipe y Mé-Zochi son los que mayores incrementos de la matriculación han registrado durante este período.

202.Como se puede observar en el cuadro siguiente, prácticamente no hay diferencias entre los sexos en cuanto a la promoción del primero al segundo ciclo, aunque se observa una ligera predominancia de las mujeres.

Cuadro 7

Promoción del 1º al 2º ciclo, por distrito, 2001-2007

2001/02

2002/03

2003/04

2004/05

2005/06

2006/07

Varones

Mujeres

Varones

Mujeres

Varones

Mujeres

Varones

Mujeres

Varones

Mujeres (porcentaje)

Varones (porcentaje)

Mujeres (porcentaje)

Agua Grande

76

77

72

72

83

80

78

79

76

82

0

2

Mé-Zochi

50

51

55

54

64

65

68

65

71

71

9

9

Cantagalo

43

40

77

78

69

72

69

63

68

69

12

14

Caué

65

36

60

46

50

52

64

69

57

61

9

9

Lembá

25

28

42

51

54

50

67

70

45

45

2

7

Lobata

74

75

66

68

76

78

69

70

87

87

17

16

Príncipe

58

78

61

63

56

57

73

72

77

77

10

9

Total

63

64

64

65

72

72

52

71

73

77

1

1

Fuente: Carta educativa, 2007.

Enseñanza preescolar

203.Como indica el cuadro infra, en el año escolar 2001/02 había 4.699 niños matriculados en la enseñanza preescolar y en el año 2006/07 6.723, lo cual representa una tasa media de crecimiento anual del 8%. Los distritos de Cantagalo y Príncipe son los que registraron las mayores tasas medias de crecimiento anual (14% y 17%, respectivamente).

Cuadro 8

Evolución de la matrícula en la enseñanza preescolar, por distrito, 2001-2007

Distrito

2001/02

2002/03

2003/04

2004/05

2005/06

2006/07

Tasa media de crecimiento anual (porcentaje)

Água Grande

1 944

1 967

2 426

2 229

2 480

2 542

7

Cantagalo

329

588

710

714

687

740

6

Lobata

503

482

652

760

765

815

14

Caué

359

382

366

384

360

407

2

Lembá

535

516

526

719

771

727

9

Mé-Zochi

835

834

923

1 032

1 034

1 124

8

Príncipe

194

197

201

267

301

368

17

Total

4 699

4 966

5 804

6 105

6 398

6 723

8

Fuente: Carta educativa, 2007.

204.De 2004 a 2007 la tasa bruta de matrícula en la enseñanza preescolar tenía un nivel general de cobertura muy bajo, apenas un 20%. La tasa neta de matrícula correspondiente al grupo de edad de 3 a 5 años superaba el 44%, mientras que era mucho más baja la del grupo de 0 a 2 años.

Cuadro 9

Tasa de cobertura de la enseñanza preescolar, 2004 a 2007

Año escolar

TNM, 0 a 2 años

TNM, 3 a 5 años

TBM, 0 a 6 años

2004/05

5 , 3

44 , 8

21 , 1

2005/06

4 , 7

46 , 9

22 , 0

2006/07

5 , 0

45 , 0

20 , 9

Fuente: Informe sobre los indicadores de la educación 2006/07.

205.Así pues, cerca del 30% de los niños de primer grado de primaria han cursado enseñanza preescolar, como se puede ver en el cuadro siguiente:

Cuadro 10

Número de alumnos de 1er grado que han cursado enseñanza preescolar, por sexo y por edad

Niños matriculados

5 años

6 años

7 años

Año escolar

Mujeres

Varones

Total

Mujeres

Varones

Total

Mujeres

Varones

Total

2005/06

2

2

4

753

686

1 439

45

53

98

2006/07

13

18

31

968

942

1 910

50

60

110

2007/08

1

4

5

782

731

1 513

0

0

0

Fuente: Ministerio de Educación 2006/ 07.

3.7Medidas especiales de protección en favor de los niños

3.7.1Abuso sexual

206.Todavía se sabe muy poco sobre el alcance de los problemas de malos tratos, violaciones, explotación y violencia contra los niños en Santo Tomé y Príncipe, pues no se han realizado estudios al respecto. Sin embargo, de acuerdo con información del sector de comunicación social, así como de otros sectores interesados, como los tribunales, la policía nacional, entre otros, el problema ha cobrado proporciones alarmantes.

207.Cabe esperar que la entrada en vigor de la Ley contra la violencia doméstica y el Código Penal, así como el fortalecimiento institucional del Comité Nacional en lo que respecta a la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño, introduzca un nuevo marco de supervisión y seguimiento de las medidas adoptadas para mejorar sustancialmente el ejercicio de los derechos de los niños a la protección.

3.7.2Explotación económica

208.De conformidad con el artículo 32 de la Convención, el niño necesita estar protegido contra el desempeño de cualquier trabajo que sea nocivo para su salud, su educación o su desarrollo. El Estado debe fijar una edad mínima para trabajar y reglamentar las condiciones de trabajo de los niños.

209.Los preceptos de esta disposición están relacionados con los de los artículos 123, 128, 129, 132 a 136, 147 y 148 de la Ley Nº 6/92, sobre el régimen jurídico de las condiciones individuales de trabajo. Esta ley refuerza el principio de edad mínima para la admisión al empleo, prohíbe a los empleadores contratar a niños menores de 14 años y fija horarios de trabajo para los menores empleados.

210.De igual manera, las labores pesadas en condiciones insalubres o peligrosas, como el trabajo subterráneo, están prohibidas para las personas menores de 18 años (art. 129) y el empleador debe proporcionar a los menores que trabajan para él condiciones de trabajo acordes con su edad y propicias a su adecuado desarrollo físico y mental (art. 133).

211.El artículo 132 establece que el empleador debe proporcionar a los trabajadores menores condiciones adecuadas de capacitación y facilitarles la asistencia a cursos de formación técnica y profesional. Según el artículo 134, está prohibido emplear a personas menores de 14 años.

212.El Estado de Santo Tomé y Príncipe ya ha suscrito y ratificado los convenios de la OIT Nos. 182 (sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación), de 1999, y 138 (sobre la edad mínima de admisión al empleo), de 1973, y los respectivos instrumentos de ratificación se han depositado en poder del Director General de la OIT.

213.Al igual que en la mayoría de las cuestiones relativas a la protección de la infancia en Santo Tomé y Príncipe, existen grandes lagunas en la investigación sobre el trabajo infantil. Sin embargo, un estudio preliminar de 2001, financiado por el UNICEF, y otro estudio realizado en 2007 llegaron a la conclusión de que: a) el problema tiene causas económicas, pues los niños de Santo Tomé y Príncipe que trabajan suelen pertenecer a familias pobres; y b) la actividad laboral de estos niños tiene repercusiones negativas en su educación, pues la mayoría de ellos termina por abandonar la escuela.

214.En vista de los resultados de la tercera encuesta de indicadores múltiples, la cuestión puede encararse desde la perspectiva de que el trabajo infantil prácticamente no existe en Santo Tomé y Príncipe, ya que afecta apenas al 8% de los niños, habida cuenta de que se considera que no trabaja:

i)El niño de 5 a 11 años de edad que realiza menos de 1 hora de trabajo remunerado o 28 horas de labores domésticas por semana;

ii)El niño de 12 a 14 años que realiza menos de 1 hora de trabajo remunerado o 28 horas de labores domésticas por semana.

Un 3,2% de los niños trabaja en negocios familiares mientras que el 2,5% realiza por lo menos 28 horas semanales de labores domésticas.

215.Los datos de la tercera encuesta de indicadores múltiples indican asimismo que los niños trabajadores que asisten a la escuela son más numerosos en las zonas rurales que en las urbanas (el 84,7% frente al 77,8%) y aquellos cuyas madres han llegado a la enseñanza secundaria o a niveles superiores de educación también son más numerosos que los hijos de madres sin educación (el 96,2% frente al 74,6%).

216.Como ya se mencionó anteriormente, en el Plan de Acción del Programa para el país 2007-2011 está prevista una capacitación para la vida diaria destinada a los niños de ambos sexos para ayudarles a protegerse de la explotación.

3.7.3Justicia juvenil

217.En el nuevo Código Penal, actualmente en trámite de aprobación, se aborda el concepto de justicia juvenil de manera más adecuada, definiéndose la aplicación de los preceptos relativos al tratamiento de las infracciones cometidas por menores desde una perspectiva que se ajusta mejor a lo dispuesto en la Convención sobre los Derechos del Niño.

218.La creación de tribunales especializados, como el Tribunal de Menores, se considera indispensable para abordar cuestiones relativas a los menores en conflicto con la ley y/o a la salvaguardia de sus derechos. Ese es uno de los grandes desafíos que debe afrontar el país y para ello cuenta con la asistencia internacional, por ejemplo la del Comité de los Derechos del Niño.

3.8Protocolos facultativos de la Convención sobre los Derechosdel Niño

219.En lo que respecta al proceso de fomento de la capacidad del Comité Nacional para la aplicación de la Convención, se ha previsto realizar actividades de promoción, a fin de acelerar la adopción de medidas tendientes a la ratificación de los protocolos facultativos de la Convención relativos a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía y a la participación de niños en los conflictos armados.

3.9Difusión del documento

220.El informe inicial, así como las recomendaciones formuladas tras su examen por el Comité de los Derechos del Niño, fueron ampliamente difundidas en el sector público y en la sociedad civil, sectores que contribuyeron a un mejor conocimiento de los derechos del niño en todo el país.

IV.Conclusiones

221.Habida cuenta del análisis que antecede, cabe formular las siguientes consideraciones:

Difusión y aplicación de la Convención

1.Las actividades de difusión del informe inicial y de las recomendaciones del Comité no suscitaron la cantidad de respuestas necesaria para la aplicación de las recomendaciones.

2.Como no se ha reforzado la capacidad institucional del Comité Nacional de Aplicación y seguimiento de la Convención de los Derechos del Niño no ha habido un proceso normal de coordinación nacional de las actividades a favor del bienestar de los niños, conforme a lo previsto en la Convención.

3.Sigue siendo indispensable y urgente que las actividades de aplicación de la Convención se enmarquen en un Plan Nacional de Acción a fin de hacer un seguimiento eficaz del proceso de aplicación.

Un mundo apropiado para los niños

4.Santo Tomé y Príncipe ha iniciado un proceso de armonización de la legislación nacional con la Convención sobre los Derechos del Niño, aunque debe seguir invirtiendo en el proceso de revisión y de redacción de nuevas leyes para perfeccionar ciertos aspectos, en particular en lo que respecta a la justicia juvenil y al maltrato y la explotación de menores.

5.El Gobierno de Santo Tomé y Príncipe y sus asociados internacionales se han propuesto aumentar la inversión en recursos humanos, materiales y financieros para apoyar la supervivencia del niño y fortalecer los servicios básicos de salud, habiéndose logrado notables avances en materia de cobertura de vacunación, lucha contra la malaria, suministro de agua potable y saneamiento, lucha contra el VIH/SIDA e información, educación y comunicación. El porcentaje de niños menores de 5 años diagnosticados con malaria cayó del 40% al 20% en algunos de los distritos más afectados. En materia de educación, se consiguieron importantes avances en lo que se refiere a la revisión de los programas de estudio, la formación docente y la rehabilitación de infraestructuras, factores todos que han incidido en los resultados del sector. El porcentaje de aulas de clase con turnos triples se redujo del 36% en 2003 al 16% entre 2003 y 2007.

6.A pesar de esos resultados, todavía hay que luchar contra la desigualdad y la exclusión en esferas clave en que todavía no se ha intervenido debidamente: la orientación y el seguimiento de los niños con necesidades especiales y los niños que viven en situación de alto riesgo, como los huérfanos a causa del SIDA y los que pertenecen a las familias más pobres.

V.Recomendaciones

222.Se formulan las siguientes recomendaciones:

Difusión y aplicación de la Convención

1.Debe intensificarse el proceso de fortalecimiento institucional del Comité Nacional de Aplicación y Seguimiento de la Convención de los Derechos del Niño.

2.El Comité Nacional reforzado deberá estudiar la viabilidad de crear un Instituto Nacional de Derechos Humanos, conforme a los Principios de París y a las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño.

3.En la redacción de un plan nacional de acción para la aplicación de la Convención se han de tener en cuenta los objetivos y las metas enumerados en "Un mundo apropiado para los niños", documento final del período extraordinario de sesiones de la Asamblea General sobre la infancia.

4.Debe intensificarse la participación de las ONG en la difusión de la Convención y en los cursos de formación relacionados con la Convención.

Un mundo apropiado para los niños

5.Deben aumentarse los recursos humanos y de otra índole para facilitar el proceso de revisión y redacción de nuevas leyes y acelerar el proceso de armonización de la legislación nacional con la Convención para incorporar los derechos que esta consagra.

6.Debe incrementarse la inversión en el sector de la salud para ampliar los servicios de atención sanitaria en las zonas rurales, a fin de mejorar los resultados en materia de salud reproductiva, en particular en lo que respecta a la mortalidad materna.

7.Deben adoptarse medidas para desarrollar las capacidades de coordinación intra e intersectoriales, especialmente con respecto a la aplicación de la Estrategia nacional de lucha contra la pobreza.

Anexo

Bibliografía

Análisis de situación, 2004

Convención sobre los Derechos del Niño

Educación para todos, Plan Nacional de Acción 2002-2015, 2002

Estrategia nacional de igualdad de género

Estrategia nacional de lucha contra la pobreza

Estudio sobre las discrepancias entre la legislación de Santo Tomé y Príncipe y la Convención sobre los Derechos del Niño, 2004

Informe de mitad de período sobre el proyecto de apoyo al sector social (PASS)

Informe inicial sobre la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño, 2002

Informe nacional sobre las medidas adoptadas para la aplicación del documento Un mundo apropiado para los niños, 2006

Manual de Aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño

Observaciones sobre el informe inicial sobre la aplicación de la Convención, 2004

Plan de Acción del Programa para el País, 2007-20011, concertado entre el Gobierno de Santo Tomé y Príncipe y el UNICEF, 2007

Presupuesto general del Estado para 2003, 2004, 2005, 2006, 2007 y 2008

Primer informe sobre los Objetivos de Desarrollo del Milenio, 2004

Segundo informe sobre los Objetivos de Desarrollo del Milenio, 2008

Tercera encuesta de indicadores múltiples, 2006