CCPR/C/AZE/Q/325 de noviembre de 2008

ESPAÑOLOriginal: INGLÉS

COMITÉ DE DERECHOS HUMANOS

94º período de sesiones

Ginebra, 13 a 31 de octubre de 2008

LISTA DE CUESTIONES QUE DEBEN ABORDARSE AL EXAMINAR EL TERCER INFORME PERIÓDICO DE AZERBAIYÁN (CCPR/C/AZE/3)

Marco constitucional y jurídico de aplicación del Pacto (artículo 2)

1.Ante el gran número de quejas recibidas por el Comisionado para los Derechos Humanos (párrs. 31 y 49), sírvanse proporcionar datos estadísticos actualizados sobre los tipos de violaciones alegadas, el número de investigaciones iniciadas por el Comisionado y sus resultados, así como información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para dar cumplimiento a las recomendaciones del Comisionado.

Discriminación de la mujer y violencia doméstica (artículos 2 1), 3, 7, 26)

2.Sírvanse aclarar si la Ley de igualdad de género de 2006 (párr. 66) contempla medidas especiales temporales para superar la discriminación de hecho de las mujeres y dar ejemplos de casos en que esas medidas hayan sido aplicadas satisfactoriamente. Proporcionen asimismo información detallada sobre las medidas adoptadas para promover la representación de la mujer en el Parlamento (párrs. 87, 93 y 94) y en altos cargos en los sectores público y privado (párrs. 71 y 92).

GE.08-45649 (S) 171208 191208

3.Sírvanse indicar si el Estado parte ha aprobado una legislación que penalice concretamente la violencia en el hogar (párr. 89) y facilitar información detallada sobre su alcance y contenido. Proporcionen asimismo información sobre la definición de violación en el Código Penal (párr. 74) y si abarca la violación en el matrimonio, así como un acto sexual no consentido aunque no se oponga resistencia. ¿Qué medidas se han adoptado, y con qué resultados, para que los actos de violencia doméstica efectivamente sean investigados y los autores procesados y sancionados? Sírvanse proporcionar información más detallada sobre las medidas adoptadas para combatir la violencia en el hogar (párrs. 537 a 543), como la formación de jueces, fiscales, policías y profesionales de la salud, y sobre las campañas de concienciación para que las mujeres conozcan sus derechos y los remedios a su disposición, así como sobre el número de refugios y los recursos asignados para asistir a las víctimas.

Rendición de cuentas, derecho a la vida y prohibición de la tortura y tratos crueles, inhumanos o degradantes (artículos 2, 6 y 7 )

4.Sírvanse formular observaciones sobre los informes de que no se investigan a fondo las alegaciones de muerte a manos de la policía y de que, aun cuando las investigaciones conducen a una condena, la sentencia de los autores suele ser demasiado benigna.

5.Sírvanse formular observaciones sobre los informes de que con frecuencia los agentes del orden obtienen confesiones mediante tortura o malos tratos y de que las declaraciones obtenidas de esa forma no se desestiman sistemáticamente ante los tribunales del Estado parte (párrs. 134 a 138 y 169). Proporcionen información más detallada sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para que se investiguen a fondo, con prontitud e imparcialidad, las alegaciones de tortura y malos tratos en la detención policial, los centros de detención y las cárceles (párrs. 58 y 144 y ss.) y para que los autores sean procesados. Indiquen si el Estado parte ha establecido un órgano independiente para investigar esas alegaciones.

Eliminación de la esclavitud y la servidumbre (artículo 8)

6.Sírvanse proporcionar información más detallada sobre las medidas concretas adoptadas por el Estado parte para la rehabilitación de las víctimas de la trata de seres humanos y para prestarles asistencia médica, psicológica, social, doméstica y jurídica (párr. 181).

Libertad y seguridad de la persona y trato a los presos (artículos 9 y 10)

7.Sírvanse proporcionar información más detallada sobre los requisitos para decretar la detención policial de una persona y sobre los derechos de quienes se hallan en detención policial. Indiquen también qué medidas ha adoptado el Estado parte para que la duración de la detención policial no sea excesiva (párrs. 208, 216, 224, 226 y 311).

8.¿Qué medidas existen para prevenir la prisión provisional prolongada (párrs. 218 y 219)? Sírvanse indicar si por regla general en el Estado parte las personas en espera de ser juzgadas permanecen en prisión preventiva (párrs. 239 y 240). Proporcionen datos estadísticos sobre el número de personas en prisión provisional y su porcentaje en relación con la población penitenciaria total. Indiquen también la duración media de la prisión provisional en los últimos tres años.

9.Sírvanse proporcionar información más detallada sobre el mandato y las facultades del Comité social "que participa en el sistema penitenciario y ejerce un control público" (párr. 154), así como sobre las visitas efectuadas y las recomendaciones formuladas por el Comité, y sobre las medidas que haya adoptado el Estado parte para dar cumplimiento a esas recomendaciones. Indiquen concretamente si alguno de los órganos estatales mencionados en los párrafos 52, 58, 132 y 154 del informe cuenta con un sistema de inspección periódica e independiente de todos los lugares de detención.

10.Sírvanse formular observaciones sobre los informes de que, pese a los esfuerzos del Estado parte por mejorar las condiciones de las personas privadas de libertad (párrs. 278 y ss.), las condiciones carcelarias siguen siendo muy duras y a veces ponen en peligro la vida, especialmente de los reclusos tuberculosos y de los que cumplen cadena perpetua.

Libertad de circulación y protección contra la e xpulsión (artículo s 12 y 1 3)

11.¿Qué medidas, si las hubiere, ha tomado gradualmente el Estado parte para garantizar unas condiciones seguras y sostenibles ante el posible futuro retorno voluntario de desplazados internos a Nagorno-Karabaj y regiones adyacentes (párr. 11), teniendo presente la necesidad de desminado, de mecanismos para la restitución de bienes, de reconstrucción o indemnización, de reinserción y de participación de las personas y grupos afectados en todas las fases de planificación y realización del futuro proceso de retorno?

12.Habida cuenta de los informes que indican que a veces los no ciudadanos, en particular chechenos e integrantes de grupos religiosos minoritarios como los Testigos de Jehová, ven denegado el acceso al procedimiento de asilo o son devueltos a su país de origen sin haber tenido acceso a los procedimientos de recurso, sobre la base de órdenes administrativas de deportación para las que no es preciso celebrar vista alguna, o en violación del principio de no devolución, sírvanse describir las medidas adoptadas para poner fin a esas prácticas. Indiquen asimismo si el Estado parte tiene pensado adoptar otras formas de protección que garanticen el derecho a permanecer de quienes no hayan sido reconocidos oficialmente como refugiados o solicitantes de asilo.

Derecho a un juicio con las debidas garantías ante un tribunal independiente e imparcial (artículo 14)

13.Además de la información que figura en el informe (párrs. 25, 360, 365 y ss.), sírvanse proporcionar más información sobre las medidas adoptadas para garantizar que el poder judicial sea independiente del ejecutivo, no esté sometido a presiones políticas y esté protegido contra la corrupción.

14.Sírvanse describir el plan de asistencia letrada existente para garantizar de hecho y de derecho el acceso por detenidos indigentes a un abogado, también fuera de Baku (párr. 208).

Libertad de religión (artículo 18)

15.¿Qué medidas se adoptan para combatir la intolerancia religiosa y la discriminación por los agentes del orden o en los medios de comunicación contra las comunidades religiosas minoritarias, como los grupos minoritarios musulmanes, los Adventistas del Séptimo Día, los bautistas o los Testigos de Jehová, y para que las autoridades locales no perturben las asambleas religiosas de esas comunidades? Indiquen qué medidas se han adoptado para superar las dificultades que plantea la inscripción de asociaciones religiosas tales como las comunidades musulmanas, que han de tener la aprobación de la Junta Musulmana del Cáucaso para solicitar la inscripción ante el Consejo Religioso Supremo de los Pueblos del Cáucaso, y para garantizar que la inscripción sólo se rechace sobre la base de criterios objetivos fundamentados y sujetos a revisión judicial.

Libertad de opinión y de expresión (artículo 19)

16.Sírvanse proporcionar información detallada, con ejemplos de casos concretos, sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para garantizar que todos los delitos contra los profesionales de los medios de comunicación, incluidos los cometidos por agentes del orden, se investiguen con prontitud e imparcialidad, los autores sean procesados y debidamente sancionados y se indemnice a las víctimas (párrs. 472 a 480).

17.Ante los numerosos informes de juicios y condenas por motivos políticos de periodistas y otros profesionales de los medios de comunicación críticos para con el Gobierno, que presuntamente han sido detenidos y encarcelados con cargos falsos, declarados culpables sin un proceso justo y sentenciados a penas de prisión exageradas, especialmente en el contexto de pleitos por calumnia, sírvanse indicar si el Estado parte contempla la posibilidad de despenalizar la difamación, la calumnia y el insulto derogando los artículos 147, 148 y 323 del Código Penal y sustituyéndolos por leyes civiles de difamación (párrs. 421 a 424), así como decretando una amnistía para los profesionales de los medios de comunicación condenados por difamación, calumnia o insulto. Indiquen también si se está haciendo algo para disuadir a los miembros del Gobierno y a otras figuras políticas y públicas de demandar sistemáticamente a los periodistas y para alentarlos a aceptar las críticas y el examen públicos.

Libertad de reunión y de asociación (artículos 21 y 22)

18.Sírvanse formular observaciones sobre los informes que indican la existencia de restricciones ilícitas a la libertad de reunión. Estas violaciones presuntamente consisten en la prohibición de mítines políticos pacíficos de los partidos de oposición y movimientos juveniles, o su circunscripción a lugares remotos designados, la disolución de mítines políticos pacíficos y el hostigamiento impune de figuras de la oposición por las fuerzas de seguridad, especialmente durante las campañas electorales.

19.Sírvanse proporcionar información sobre las disposiciones jurídicas que regulan la financiación de las organizaciones no gubernamentales por donantes extranjeros y nacionales.

Derecho a participar en la dirección de los asuntos públicos (artículo 25)

20.Sírvanse indicar qué medidas se han adoptado para evitar que se repitan las numerosas irregularidades que tuvieron lugar en las elecciones presidenciales de 2003, las elecciones parlamentarias de 2005 y la segunda ronda electoral de 2006, en las que observadores nacionales e internacionales señalaron la falta de imparcialidad de las comisiones electorales y la injerencia de las autoridades locales en el proceso electoral, los procesos de votación, recuento y tabulación de los votos y el proceso de quejas a propósito de las elecciones (párrs. 614 a 616).

Derecho a la igualdad ante la ley (artículos 2 y 26)

21.Sírvanse proporcionar información sobre las repercusiones de las medidas adoptadas por el Estado parte para luchar contra los estereotipos y la segregación social de las personas con discapacidad, entre ellas los niños, y para que estas personas gocen de igualdad de acceso al mercado de trabajo y al sistema general de enseñanza.

22.¿Qué medidas está adoptando el Estado parte para que los refugiados y solicitantes de asilo, ciudadanos rusos de Chechenia, algunos residentes de larga data como los afganos casados con ciudadanos de Azerbaiyán, así como los apátridas, obtengan la inscripción de la residencia y los documentos que legitimen su presencia en el Estado parte?

Derechos de las personas pertenecientes a minorías (artículo 27)

23.Sírvanse indicar si el Estado parte ha aprobado una ley de protección de las minorías nacionales y, de ser así, proporcionar información sobre las garantías que en ella se estipulan. Indiquen también el grado de financiación pública de las actividades de las asociaciones culturales de las minorías étnicas, lingüísticas y religiosas.

Difusión de información sobre el Pacto y el Protocolo Facultativo (artículo 2)

24.Sírvanse indicar los esfuerzos realizados por el Estado parte para difundir información sobre la presentación del tercer informe periódico, su examen por el Comité y las observaciones finales anteriores del Comité sobre el segundo informe periódico. Proporcionen también información más detallada sobre la participación de representantes de grupos étnicos y minoritarios y de la sociedad civil en la preparación del tercer informe periódico (párr. 2).

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