Zambia

Tercer informe periódico (CCPR/C/ZMB/3)

Lunes, 9 de julio de 2007, tardeMartes, 10 de julio de 2007, mañana

Sudán

Tercer informe periódico (CCPR/C/SDN/3)

Miércoles, 11 de julio de 2007, tardeJueves, 12 de julio de 2007, mañana

República Checa

Segundo informe periódico(CCPR/C/CZE/2)

Lunes, 16 de julio de 2007, mañanaMartes, 17 de julio de 2007, tarde

Granada

Situación del país(sin informe)

Miércoles, 18 de julio de 2007, mañana/tarde

De conformidad con el artículo 68 del reglamento del Comité, el Secretario General ha informado a los Estados Partes interesados de las fechas previstas para el examen por el Comité de sus respectivos informes durante el 90º período de sesiones.

Los informes que han de examinarse durante el 90º período de sesiones son los de la República Checa, el Sudán y Zambia.

Con arreglo al párrafo 1 del artículo 70 del reglamento del Comité, también se ha informado a Granada de las fechas del examen de la situación de los derechos civiles y políticos en el país (en ausencia de un informe) en el 90º período de sesiones del Comité.

Los informes de Argelia, Botswana, Georgia, la ex República Yugoslava de Macedonia y Libia serán examinados por grupos de tareas sobre informes de países, que aprobarán listas de cuestiones al respecto.

7. Seguimiento de las observaciones finales sobre los informes de los Estados y de las opiniones formuladas con arreglo al Protocolo Facultativo

En su 74º período de sesiones, el Comité adoptó decisiones sobre el procedimiento para efectuar el seguimiento de las observaciones finales. En el 75º período de sesiones se nombró al Relator Especial para el seguimiento de las observaciones finales; éste presentará en el 90º período de sesiones un informe sobre sus actividades. El Relator Especial para el seguimiento de las opiniones formuladas con arreglo al Protocolo Facultativo también presentará un informe sobre sus actividades.

8. Observaciones generales del Comité

En relación con este tema, el Comité seguirá examinando un proyecto de observación general revisada sobre el artículo 14 (derecho a un juicio equitativo).

9. Examen de las comunicaciones recibidas en virtud del Protocolo Facultativo del Pacto

De conformidad con las disposiciones del capítulo XVII del reglamento, el Comité examinará, en relación con este tema, las comunicaciones presentadas, o que se consideren presentadas, con arreglo al Protocolo Facultativo.

El Comité tiene aún pendiente un total de 283 comunicaciones al 9 de mayo de 2007. Con arreglo al nuevo reglamento del Comité, que en la mayoría de los casos permite examinar conjuntamente la admisibilidad y el fondo, el examen de esas comunicaciones por el Comité puede llevar a la adopción de dictámenes o de decisiones que declaren admisibles o inadmisibles las comunicaciones.

De conformidad con el párrafo 3 del artículo 5 del Protocolo Facultativo y con el artículo 88 del reglamento del Comité, este tema del programa se examinará en sesiones privadas.

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