Naciones Unidas

CRC/C/MDG/3-4

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

3 de mayo de 2010

Español

Original: francés

Comité de los Derechos del Niño

Examen de los informes presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 44 de la Convención

Exámenes periódicos tercero y cuarto de los Estados partes que debían presentarse en 2008

Madagascar *

[17 de abril de 2009]

Índice

Página

Siglas6

Primera parte11

Introducción11

A.Metodología y proceso de consulta seguidos para la elaboración del informe11

B.Proceso de elaboración del informe11

I.Contexto general del país13

A.Situación demográfica13

B.Contexto socioeconómico14

C.Contexto político e institucional18

Segunda parte20

I.Medidas adoptadas para armonizar la legislación nacional con la Convención20

A.Reformas legislativas20

B.Coordinación y seguimiento de la aplicación de la Convención20

C.Ministerios que participan en la aplicación de la Convención22

D.Mecanismos de seguimiento y evaluación de la aplicación de la Convención23

E.Mecanismos de reunión de datos24

F.Participación de los niños y de los jóvenes24

G.Asignaciones presupuestarias en favor de la infancia25

H.Medidas adoptadas para divulgar la Convención y sensibilizar a la opinión pública26

II.Definición de niño27

III.Principios generales29

A.Principio de no discriminación29

B.Principio del interés superior del niño29

C.Principios del derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo30

D.Principio de respeto a la opinión del niño31

IV.Libertades y derechos civiles34

A.Nombre y nacionalidad34

B.Respeto de la integridad física y los derechos del niño35

C.Libertad de asociación y de reunión pacífica35

D.Acceso a la información36

V.Entorno familiar y colocación alternativa37

A.Orientación parental37

B.Responsabilidad parental39

C.Separación de los padres40

D.Reunificación familiar40

E.Traslado ilícito y no devolución41

F.Pensión alimentaria41

G.Privación del entorno familiar42

H.Adopción43

I.Examen periódico de la colocación46

J.Abandono o negligencia, readaptación física y psicológica y reinserción social46

VI.Salud básica y bienestar51

A.Niños con discapacidad51

B.Salud y servicios médicos56

C.Lucha contra el VIH y el sida69

D.Seguridad social72

E.Nivel de vida73

VII.Educación, ocio y actividades culturales75

A.Educación, incluidas la formación y la orientación profesional75

B.Objetivos en materia de educación86

C.Ocio, esparcimiento y actividades culturales91

VIII.Medidas especiales de protección de la infancia92

A.Participación de niños en conflictos armados92

B.Niños en situación de conflicto con la ley94

C.Niños víctimas de la explotación, rehabilitación física y psicológica y reinserción social101

D.Consumo de estupefacientes106

E.Explotación y violencia sexuales108

F.Venta, trata y secuestro de niños113

G.Protección de los niños en casos de desastres naturales117

Anexo I.Cuadros estadísticos119

Anexo II.Reforma legislativa123

Anexo III.Políticas y programas125

Anexo IV.Actividades recreativas, deportivas y culturales126

Cuadros y gráficos

Cuadro 1.Consultas organizadas para la elaboración del informe al Comité de los Derechos del Niño12

Cuadro 2.Estimación de la población de Madagascar, por sexo y lugar de residencia, 1993 a 200813

Cuadro 3.Proporción de la población con menos de 18 años de edad13

Cuadro 4.Evolución de los indicadores económicos, 2003 a 200715

Cuadro 5.Tasas de pobreza monetaria, 1996-200617

Cuadro 6.Proporción del presupuesto anual del Estado destinada a la educación25

Cuadro 7.Proporción del presupuesto anual del Estado destinada al Ministerio de Justicia y de Población26

Cuadro 8.Evolución de las tasas de mortalidad infantil-juvenil y juvenil31

Cuadro 9.Audiencia de las emisoras de radio en los hogares36

Cuadro 10.Audiencia por sexo y edad, distritos indicados37

Cuadro 11.Actividades de la OEMC destinadas a los padres39

Cuadro 12.Casos de violencia contra niños investigados por la DPMPM de enero a diciembre de 2006, por tipo de violencia y sexo de las víctimas47

Cuadro 13.Casos de violencia contra niños investigados por la DPMPM de enero a diciembre de 2006, por grupo de edad47

Cuadro 14.Casos de violencia física contra niños investigados por la DPMPM de enero a diciembre de 2006, por tipo de violencia y sexo de las víctimas49

Cuadro 15.Distribución estimada de la población discapacitada por grupos de edad52

Cuadro 16.Tasas de mortalidad materna e infantil56

Cuadro 17.Cobertura de la inmunización a 21 de diciembre de 200657

Cuadro 18.Porcentaje del presupuesto general del Estado que se destina al gasto sanitario, 1994 a 200558

Cuadro 19.Distribución por niveles del presupuesto sanitario, 1998-200658

Cuadro 20.Principales causas de morbilidad de los niños menores de 5 años al nivel de los centros de atención primaria59

Cuadro 21.Principales causas de morbilidad de los niños menores de 5 años al nivel de los centros hospitalarios de distrito60

Cuadro 22.Atención dispensada a los niños enfermos examinados60

Cuadro 23.Consultas prenatales y tasas de mortalidad60

Cuadro 24.Número de mensajes difundidos para promover la salud materna e infantil62

Cuadro 25.Desparasitado de los niños en edad escolar65

Cuadro 26.Evolución de las tasas de cobertura, 2001 a 200667

Cuadro 27.Personal médico y paramédico en Madagascar y normas de la OMS68

Cuadro 28.Número de alumnos en la enseñanza primaria, por sexo, 2002 a 200783

Cuadro 29.Número de centros de enseñanza superior, por provincias84

Cuadro 30.Número de alumnos en la enseñanza superior, por sexo, 2001 a 200584

Cuadro 31.Proporción de centros educativos privados88

Cuadro 32.Calendario de aplicación del enfoque basado en las aptitudes en la educación básica de primer ciclo90

Cuadro 33.Calendario de aplicación de la reforma de la educación básica90

Cuadro 34.Población reclusa, por sexo y situación legal, septiembre de 200798

Cuadro 35.Casos de violencia sexual contra niños investigados por la DPMPM de enero a diciembre de 2006, por tipo de violencia y sexo de las víctimas108

Cuadro 36.Distribución de la población por situación matrimonial y sexo del cabeza de familia119

Cuadro 37.Evolución de algunos indicadores económicos119

Cuadro 38.Producto interior bruto (PIB) nominal y real y tasa de inflación120

Cuadro 39.Tipo de cambio medio de la moneda nacional de 2001 a 2008120

Cuadro 40.IDH e IDG, 2003 a 2005120

Cuadro 41.Tasa de actividad por grupos de edad de la OIT120

Cuadro 42.Asignación presupuestaria a los ministerios sociales, 2000 a 2005121

Cuadro 43.Principales indicadores de seguimiento de las asignaciones presupuestarias121

Cuadro 44.Redes comunitarias multisectoriales y multidisciplinares de protección de la infancia121

Cuadro 45.Distribución de la población por sexo del cabeza de familia en las zonas rurales y urbanas122

Cuadro 46.Medidas de sensibilización adoptadas en el marco de las redes comunitarias, 2003 a 2007122

Gráfico 1.Tasa de pobreza y PIB per cápita de 2003 a 2007 y perspectivas para 201216

Gráfico 2.Evolución de los indicadores de crecimiento de 2003 a 2007 y perspectivas para 201216

Gráfico 3.Servicio de salud de calidad65

Gráfico 4.Medidas adoptadas para el fortalecimiento del sistema de salud: recursos humanos y equipo66

Gráfico 5.Relación alumnos-maestro en el sector público y en el privado79

Gráfico 6.Edad de incorporación al sistema educativo, 2 a 19 años83

Siglas

AGEMADPrograma de Mejora de la Gestión de la Educación en Madagascar

AJESAIAAssociation des jeunes sportifs de l'avenir inter-arrondissement

AMITAssociation médicale inter-entreprise de Tananarive

APRAMAssociation des prêtres, religieuses et religieux d'Afrique et de Madagascar

ARVAntirretroviral

ASPEAsociación para la Salvaguardia y la Protección de los Niños

BAFDBanco Africano de Desarrollo

BCGBacilo de Calmette y de Guérin

BEPCCertificado de estudios de primer ciclo

BNGRCOficina Nacional de Gestión de Riesgos y Desastres

CAPCertificado de aptitud profesional

CBMCentro de Biofísica Molecular

CCJOIConsejo Ciudadano de Jóvenes del Océano Índico

CDMTMarco de gasto a mediano plazo

CEPECertificado de estudios primarios elementales

CFACentro de formación artesanal

CHDCentro hospitalario de distrito

CHRCentro hospitalario regional

CHUCentro hospitalario universitario

CITECentro de Información Técnica y Económica

CLACCentro de lectura y animación cultural

CLICCentro de lectura, información y cultura

CNGRCConsejo Nacional de Gestión de Riesgos y Catástrofes

CNLSComité Nacional de Lucha contra el Sida

CNLTEComité Nacional de Lucha contra el Trabajo Infantil

CNTEMADCentro Nacional de Teleenseñanza de Madagascar

COIComisión del Océano Índico

CONABEXComisión Nacional de Becas en el Extranjero

CPGUConsejo de Prevención y Gestión de Urgencias

CRENACentro de rehabilitación nutricional ambulatoria

CRENICentro de rehabilitación nutricional intensiva

CRICComité de Reflexión para la Intervención en Casos de Desastre

CRINFPCentro Regional del Instituto Nacional de Formación Pedagógica

CRLTEComité Regional de Lucha contra el Trabajo Infantil

CRMMCentro de Rehabilitación Motriz de Madagascar

CRSCatholic Relief Service

DDSSDirección de Demografía y Estadísticas Sociales

DEGDerechos especiales de giro

DELPDocumento de estrategia de lucha contra la pobreza

DGAPDirección General de Administración Penitenciaria

DGPSDirección General de Protección Social

DIJEDesarrollo Integral del Niño

DPFEDirección de Protección de la Familia y la Infancia

DPMPMDivisión de la Policía de Costumbres y de Protección de Menores

DELPDocumento de estrategia de lucha contra la pobreza

DPTVacuna contra la difteria, la pertusis (tos ferina) y el tétanos

DTICDirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

EDSEncuesta demográfica y de salud

EDSMD II y IIISegunda y tercera encuestas demográficas y de salud de Madagascar

EGNEscuela de la Gendarmería Nacional

EKAEzaka Kopia ho an'ny Ankizy (expedición de declaraciones sustitutivas del registro de nacimiento)

ENDSEncuesta nacional demográfica y de salud

ENTEEncuesta nacional sobre el trabajo infantil

EPMEncuesta periódica sobre los hogares

ESBEncuesta de seguimiento biológico

ESCEncuesta de seguimiento de comportamientos

ESGNEscuela Superior de la Gendarmería Nacional

EVFEducación para la Vida Familiar

FAFFiaraha-miombon'Antoka ho amin'ny Fampandrosoana (Asociación para el desarrollo)

FANOMEFondo de Abastecimiento Ininterrumpido de Medicamentos

FaritanyProvincia

FAWEForum for African Women Education

FIKRIFAMAFifanampiana Kristianina ho an'ny Fampandrosoana eto Madagasikara

FiraisanaComuna

FISAFianakaviana Sambatra (Asociación para el Bienestar de la Familia)

FivondronanaDistrito

FJKMFiangonan'i Jesoa Kristy eto Madagasikara

FMMFederasionan'ny Marenina eto Madagasikara

FNUDFondo de las Naciones Unidas para la Democracia

FNUAP Fondo de Población de las Naciones Unidas

FOFAJAFoibe Fanabeazana ny Jamba

FokontanyBarrio (la subdivisión administrativa más pequeña de Madagascar)

FRAMFikambanan'ny Ray Aman-drenin'ny Mpianatra (Asociación de Padres de Alumnos)

FTPFormación técnica y profesional

GTICGrupo de Trabajo Interdisciplinario de Coordinación

ICCOInter-Church Organizations for Development Cooperation

IDHÍndice de desarrollo humano

IDGÍndice de desarrollo humano en relación con el género

IECInformación, educación y comunicación

IEDInversión extranjera directa

INFPInstituto Nacional de Formación Pedagógica

INSCAEInstituto Nacional de Ciencias de Administración de Empresas

INSTAT Instituto Nacional de Estadística

IPCÍndice de precios de consumo

IPECPrograma Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil

ISCAMInstituto Superior de Comunicación, Negocios y Gestión

ISPMInstituto Superior Politécnico de Madagascar

ISTInstituto Superior de Tecnología

MAPPlan de Acción de Madagascar

MBBMarginal Budgeting for Bottlenecks

MBSMalagasy Broadcasting System

MDATMinisterio de Descentralización y Ordenación del Territorio

MDNMinisterio de Defensa Nacional

MENRSMinisterio de Educación Nacional e Investigación Científica

MFPTLSMinisterio de Administración Pública, Trabajo y Leyes Sociales

MICSMultiple Indicator Cluster Survey (encuesta agrupada de indicadores múltiples)

MINESEBMinisterio de Enseñanza Secundaria y Educación Básica

MININTERMinisterio del Interior

MINJUSMinisterio de Justicia

MIRAMinisterio del Interior y de Reforma Administrativa

MSPFPS Ministerio de Salud, Planificación Familiar y Protección Social

MTMMinisterio de Transporte y Meteorología

MTPCMinisterio de Telecomunicaciones, Correos y Comunicación

ODEROIObservatorio de los Derechos del Niño de la Región del Océano Índico

ODMObjetivos de Desarrollo del Milenio

OEMCOficina de Educación de Masas y Civismo

OFNALATOficina Nacional de Lucha contra el Tabaquismo

OICLDÓrgano Interministerial de Coordinación de la Lucha contra la Droga

OITOrganización Internacional del Trabajo

OMDObjetivos de Desarrollo del Milenio

OMSOrganización Mundial de la Salud

ONEPOficina Nacional para la Enseñanza Privada

ONGOrganización no gubernamental

ONNOficina Nacional de Nutrición

OREPOficina Regional para la Enseñanza Privada

ORTEObservatorio Regional del Trabajo Infantil

OSTIEOrganisation sanitaire tananarivienne inter-entreprises

PACTEDivisión para la Prevención, la Abolición y el Control del Trabajo Infantil

PAEARPrograma de Abastecimiento de Agua Potable y Saneamiento de las Zonas Rurales

PANAGEDPlan de Acción Nacional sobre Género y Desarrollo

PANVEPlan de Acción Nacional para Combatir la Violencia contra los Niños

PASECPrograma de Análisis de los Sistemas Educativos de la CONFEMEN

PDSSPlan de Desarrollo del Sector de la Salud

PMAPrograma Mundial de Alimentos

PNALTEPlan Nacional de Acción contra el Trabajo Infantil

PNANPlan Nacional de Acción para la Nutrición

PIBProducto interior bruto

PIPPrograma de Inversiones Públicas

PNLSPrograma Nacional de Lucha contra el Sida

PNNPolítica Nacional de Nutrición

PNNCPrograma Nacional de Nutrición Comunitaria

PNPFPolítica Nacional para la Promoción de la Mujer

PNUDPrograma de las Naciones Unidas para el Desarrollo

RGPHCenso general de población y hábitat

RNMRadio Nacional Malgache

RTARadio Télévision Analamanga

SALFASampan'Asa Loterana momba ny Fahasalamana

SEECALINEVigilancia y educación de las escuelas y comunidades en materia de alimentación y nutrición ampliada

SGRPS Estrategia de Gestión de Riesgos y de Protección Social

SIMPOCPrograma de Información Estadística y Vigilancia del Trabajo Infantil

SNISESistema Nacional Integrado de Seguimiento y Evaluación del MAP

TEZAOrganización Malgache para la Educación de los Padres y el Bienestar en la Vida Familiar

UEUnión Europea

UNAHMUnión Nacional de Asociaciones de Personas con Discapacidad de Madagascar

UNESCOOrganización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura

UNICEFFondo de las Naciones Unidas para la Infancia

USAIDAgencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional

VIH/SIDAVirus de inmunodeficiencia humana/síndrome de inmunodeficiencia adquirida

WASHAgua, Saneamiento e Higiene para Todos

Primera Parte

Introducción

A.Metodología y proceso de consulta seguidos para la elaboración del informe

1.Madagascar ratificó sin reservas la Convención sobre los Derechos del Niño en 1991 y sus dos protocolos facultativos en 2004.

2.El informe inicial del gobierno de Madagascar sobre la aplicación de la Convención se remitió al Comité de los Derechos del Niño en abril de 1993. El Comité aprobó el 14 de octubre de 1994 sus conclusiones y recomendaciones para la República de Madagascar.

3.El primer informe periódico, presentado en febrero de 2001, fue examinado en 2002. En 2003 se publicaron las observaciones finales del Comité de los Derechos del Niño, en las que se recomendaba al Gobierno de Madagascar que, habida cuenta de los retrasos acumulados, presentara sus informes tercero y cuarto en abril de 2008 (CRC/C/15/Add.218, párr. 72).

B.Proceso de elaboración del informe

4.El presente informe se ha elaborado en cumplimiento del artículo 64 de la Convención y de las resoluciones finales del Comité de los Derechos del Niño. Abarca el período 2003-2008.

5.Conviene señalar ante todo que para subsanar el retraso en la presentación de sus informes sobre la aplicación de los instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados por Madagascar, el Gobierno, por iniciativa del Ministerio de Justicia y del Ministerio de Relaciones Exteriores, estableció un comité de redacción de los informes iniciales y periódicos relacionados con los instrumentos internacionales de derechos humanos.

6.El Comité, creado por la Orden interministerial Nº 18.600 de 30 de octubre de 2003, está integrado por representantes del Ministerio de Justicia, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Salud, Planificación Familiar y Protección Social, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Seguridad Pública y el Instituto Nacional de Estadística del Ministerio de Hacienda y Presupuesto, así como de organizaciones no gubernamentales (ONG) de derechos humanos procedentes de las regiones.

7.El Comité de Redacción se encarga de:

Subsanar los retrasos en la presentación de los informes a los órganos de seguimiento de los tratados de las Naciones Unidas;

Reunir los datos necesarios para la redacción de los informes iniciales y periódicos;

Redactar los informes iniciales y periódicos y participar en la presentación de esos informes durante su examen por los comités correspondientes.

8.Conviene señalar que el proceso de elaboración del presente informe ha contado con el apoyo técnico y financiero de la Unión Europea (UE), del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF). Con el fin de reunir las informaciones necesarias para la elaboración del informe se organizaron a nivel local, regional y nacional sucesivas consultas con representantes de departamentos ministeriales competentes y representantes de la sociedad civil. Las consultas se realizaron siguiendo el calendario siguiente:

Cuadro 1 Consultas organizadas para la elaboración del informe al Comité de los Derechos del Niño

Actividades

Fechas

Lugar

Taller del Comité de Redacción

24 de febrero a 5 de marzo de 2007

Toamasina

Mesa redonda sobre derecho consuetudinario

18 de marzo de 2007

Antananarivo

Consulta regional − Región de Diana

20 y 21 de marzo de 2007

Antsiranana

Taller sectorial sobre salud y protección social

25 de marzo de 2007

Antananarivo

Consulta regional − Región de Anosy

27 y 28 de marzo de 2007

Taolagnaro

Taller sectorial sobre educación

1º de abril de 2007

Antananarivo

Mesa redonda sobre justicia juvenil

4 de abril de 2007

Antananarivo

Taller sectorial sobre protección de la infancia contra la violencia

3 de abril de 2007

Antananarivo

Mesa redonda sobre los medios de comunicación

4 de abril de 2007

Antananarivo

Taller sectorial sobre protección de la infancia contra la explotación laboral y seguridad social

7 de abril de 2007

Antananarivo

Taller sectorial sobre VIH/ SIDA

7 de abril de 2007

Antananarivo

Prevalidación final a

14 de abril de 2007

Antananarivo

Elaboración definitiva por el Comité de Redacción

a El objetivo era elaborar un informe que pudieran asumir todas las partes interesadas a nivel nacional.

I.Contexto general del país

A.Situación demográfica

9.Desde la presentación del anterior informe (CRC/C/70/Add.18) se ha registrado un crecimiento demográfico. Como se muestra en el siguiente cuadro, la población malgache ha pasado de 16.441.000 habitantes en 2003 a 18.866.000 en 2008, con una tasa de crecimiento estabilizada en 2,8%.

Cuadro 2Estimación de la población de Madagascar, por sexo y lugar de residencia, 1993 a 2008(En miles de personas)

Total

Población urbana

Población rural

Año

Total

Hombres

Mujeres

Total

Hombres

Mujeres

Total

Hombres

Mujeres

1993

12 210

6 074

6 136

4 327

2 124

2 203

7 883

3 950

3 933

2003

16 441

8 211

8 230

4 544

2 231

2 313

11 897

5 980

5 917

2004

16 908

8 447

8 461

4 770

2 343

2 427

12 138

6 104

6 034

2005

17 382

8 686

8 696

5 005

2 460

2 546

12 377

6 226

6 150

2006

17 865

8 930

8 935

5 252

2 582

2 670

12 613

6 348

6 265

2007

18 359

9 180

9 179

5 511

2 711

2 801

12 848

6 469

6 378

2008

18 866

9 436

9 430

5 786

2 847

2 939

13 080

6 589

6 491

Fuente : Informe analítico, vol. II, tomo VIII, Perspectivas y proyecciones demográficas, RGPH 1993 – DDSS − INSTAT − 1997.

10.Se trata de una población joven, en la que uno de cada cinco habitantes tiene menos de cinco años. Más de la mitad de la población tiene menos de 20 años. En 2008 la población total de niños se estimaba en 9.694.000. Las mujeres representaban el 50,06%.

Cuadro 3Proporción de la población con menos de 18 años de edad(En miles de personas)

Total

Población urbana

Población rural

Año

Total

Hombres

Mujeres

Total

Hombres

Mujeres

Total

Hombres

Mujeres

1993

6 274

3 052

3 221

2 794

1 371

1 422

3 480

1 681

1 799

2003

8 448

4 126

4 321

2 934

1 441

1 493

5 514

2 685

2 828

2004

8 688

4 245

4 443

3 080

1 513

1 566

5 608

2 732

2 877

2005

8 931

4 365

4 566

3 231

1 589

1 643

5 700

2 776

2 923

2006

9 179

4 488

4 692

3 391

1 668

1 722

5 788

2 820

2 970

2007

9 433

4 613

4 820

3 558

1 752

1 807

5 875

2 861

3 013

2008

9 694

4 742

4 952

3 736

1 840

1 895

5 958

2 902

3 057

Fuente : Informe analítico, vol. II, tomo VIII, Perspectivas y proyecciones demográficas, RGPH 199 3 − DDSS − INSTAT − 1997.

11.La fecundidad es elevada y precoz. El índice total de fecundidad es actualmente de 5,2 hijos. Sigue siendo alta la proporción de adolescentes de 15 a 19 años de edad que han iniciado su vida fecunda: 31% en 1997 y 28% en 2003-2004 (EDS, 1997, 2003/2004).

12.La mortalidad infantil, que era en 1992 de 93 por mil, se había reducido en 2003‑2004 al 58 por mil, lo que representa una disminución considerable, del 38% en 10 años. En el mismo período, la mortalidad de los niños menores de cinco años se redujo en un 42%, de 163 por mil a 94 por mil.

13.La Encuesta demográfica y de salud (EDS) de 2003-2004 indica que la tasa de inmunización pasó de 31% a 53% entre 1997 y 2004, y la prevalencia de la malaria se redujo considerablemente, del 27,1% en 1992 al 20,6% en 2004. La esperanza de vida ha aumentado respecto de la de 1993, y en la actualidad es de 58,1 para las mujeres y de 56,3 para los hombres. Por consiguiente, Madagascar se encuentra ya entre los países del África subsahariana con mayor esperanza de vida.

B.Contexto socioeconómico

1.Indicadores económicos

14.La economía malgache ha registrado desde 2002 un crecimiento real positivo. Las reformas estructurales en materia de gestión de las finanzas públicas, fomento de las inversiones privadas y lucha contra la corrupción han mejorado sensiblemente la situación macroeconómica global.

15. Además, el dinamismo del sector privado en diversas ramas de actividad, en particular en la minería y el turismo, ha contribuido considerablemente a esa tendencia al crecimiento sostenido. Todos los indicadores macroeconómicos y sociales presentan una clara mejoría:

Crecimiento económico sostenido, estimado en un 5% anual en promedio y que pasó de 5,3% en 2004 a 6,2% en 2007;

Crecimiento de las inversiones privadas, estimado en el 12,3% del PIB en 2005 y el 20,7% del PIB en 2007;

Descenso considerable de la tasa de inflación, de 27% en 2004 a 10,8% en 2006 y 8,2% en 2007;

Disminución considerable de la tasa de pobreza, de 73,6% en 2003 a 66,3% en 2007, lo que supone una reducción del 1,2% anual en promedio;

Progresión constante de la presión fiscal, que pasó de 9,7% en 2001 a 11,7% en 2007;

Reducción clara del déficit presupuestario, que representaba el -4,3% del PIB en 2005 y el -2,8% del PIB en 2007;

Entorno económico más favorable, caracterizado por la mejora del índice de percepción de la corrupción, que pasó de 1,7 en 2002 a 2,8 en 2005 y 3,2 en 2007 (Transparency International);

Aumento de las corrientes de inversión extranjera directa, que ascendieron al equivalente de 150,5 millones de derechos especiales de giro (DEG) en 2006 y de 652,1 DEG en 2007, a pesar de las diversas limitaciones todavía existentes en algunos sectores de actividad;

Efectos positivos de la nueva Ley orgánica sobre las finanzas públicas.

Cuadro 4

Evolución de los indicadores económicos, 2003 a 2007

Indicadores

2003

2004

2005

2006

2007

Objetivo

Cifra real

Tasa de crecimiento económico (%)

9,8

5,3

4,6

5

5,6

6,2

Tasa de inversión privada (% del PIB)

10

11,8

12,3

13

21,7

20,7

Tasa de inversión pública (% del PIB)

7,8

12,5

10,3

10,2

9,37

7,6

Tasa de inversión bruta (% del PIB)

17,9

24,3

22,6

23,2

31,07

28,3

Tasa de inflación (% del IPC al final del período)

-0,8

27

11,4

10,8

8,4

8,2

PIB per cápita (dólares EE.UU.)

338,5

278

270

288

411

375

Tasa de crecimiento del PIB per cápita (%)

6,8

2,4

1,8

2,2

-

3,4

Tasa de presión fiscal (% del PIB)

10

10,9

10,1

10,7

10,9

11,7

Exportaciones (millones de DEG)

611,30

673,20

566,30

579,60

-

808,00

Servicio de la deuda externa (millones de DEG)

38,08

49,69

46,6

34,34

-

13,99

Relación servicio de la deuda/exportaciones (%)

6,23

7,38

8,23

5,92

-

1,7

Reservas de divisas (en meses de importaciones)

2,7

2,9

2,9

2,9

2,6

2,9

Corrientes netas de IED (millones de DEG)

9,1

35,7

58

150,5

-

652,1

Crédito bancario a largo plazo otorgado al sector privado (% del crédito total)

6,6

6,24

4,5

4,78

-

6,72

PIB terciario (%)

51,6

50,9

51,5

52,4

53,3

53

PIB primario (%)

26,8

26,2

25,8

25,1

24,2

24,2

PIB secundario (%)

14,1

14,5

14,2

13,9

13,7

15,2

Cánones mineros (en millones de ariary)

92

207

339

289

-

252

Número de turistas que visitaron Madagascar

-

228 784

277 052

311 730

-

344 348

Ingresos generados por el sector turístico (millones de dólares EE.UU.)

-

104,3

124

157,7

-

211

Número de puestos de trabajo creados por el sector turístico

-

3 939

4 310

4 527

-

4 710

Fuente : Oficina del Primer Ministro, Documento principal: estrategias, programas y condiciones de aplicación de las nuevas políticas públicas del MAP (mesa redonda celebrada en Antananarivo los días 9 y 10 de junio).

16.El gráfico siguiente muestra una disminución real de la tasa de pobreza de 2003 a 2006. Se prevé el mantenimiento de esa tendencia hasta 2012. Además, tras la caída del PIB por habitante a raíz de los acontecimientos de 2002, se ha registrado una mejora constante de 2005 (270 dólares EE.UU.) a 2007 (375 dólares EE.UU.).

Gráfrico 1

Tasa de pobreza y PIB per cápita de 2003 a 2007 y perspectivas para 2012

Fuente: MECI 2008: Informe anual sobre la ejecución del MAP 2007.Tasa de crecimiento económico (%)Tasa de inflación (% del IPC al final del período)Tasa de inversión bruta (% del PIB)Crecimiento, inversiones e inflaciónTasa de pobreza y PIB per cápitaTasa de pobreza (%)PIB per cápita (dólares EE.UU.)

Gráfico 2

Evolución de los indicadores de crecimiento de 2003 a 2007 y perspectivas para 2012

17.El gráfico 2 muestra una tasa anual de crecimiento económico de más del 5%, que se prevé que evolucione hacia el 10% en 2010-2012. La tasa de inflación está controlada y tiende a situarse por debajo del 10%. La tendencia de la tasa de inversión bruta de 2003 a 2007 parece indicar que podría superar el 30% del PIB en 2008 y 2009 y estabilizarse después en un 25% anual hasta 2012.

2.Indicadores sociales

Indicadores sociales y nivel de desarrollo humano

18.Desde 2003 Madagascar está saliendo progresivamente del grupo de países con bajo desarrollo humano. Durante los últimos cinco años, el índice de desarrollo humano (IDH) ha aumentado en un 8,8%. En el informe mundial más reciente del PNUD Madagascar figura en 143ª posición en una clasificación de 177 países.

19.Ese nivel de desarrollo humano se basa en la mejora de la esperanza de vida al nacer, estimada en 54,7 años, una tasa de escolarización global de 68,9%, una tasa de alfabetización de la población adulta del 63% y un ingreso per cápita, a paridad de poder adquisitivo, de 905,4 dólares. No obstante, la esperanza de vida, de 54,7 años, sigue siendo inferior a la edad oficial de jubilación, fijada en 60 años.

20.Conviene observar, sin embargo, que el nivel del IDH no es uniforme en todo el territorio, como consecuencia de la debilidad de la economía monetaria y de las carencias estructurales del sistema sanitario. El nivel nacional del IDH encubre desigualdades regionales. Algunas localidades de Fianarantsoa y de Toliary, por ejemplo, presentan un retraso mayor y niveles del IDH inferiores a la media nacional.

Cuadro 5

Tasas de pobreza monetaria, 1996-2006

1999

2001

2002

2004

2005

2006

Zonas urbanas

52,1

43,6

61,6

53,7

52

Zonas rurales

76,7

77,2

80,4

77,3

73,5

Total

71,3

69,6

80,7

72,1

68,7

67,5

Fuente : INSTAT .

21.Madagascar ha avanzado también hacia la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM). A tenor del segundo informe de seguimiento de los ODM, elaborado en 2007, el país tendrá dificultades para alcanzar todos los objetivos fijados para 2015, pero podría cumplir por lo menos tres de ellos, los relativos a la enseñanza primaria, la igualdad de género y el VIH/SIDA.

22.Las mujeres presentan un IDH inferior en un 0,4% al de los hombres, principalmente porque entre ellas se dan tasas de analfabetismo más elevadas e ingresos más bajos.

3.Situación del empleo

23.En 2005 la tasa de actividad era en Madagascar del 64,6%, y se elevaba al 88% en el grupo de edad de 15 a 64 años. La incorporación al mercado de trabajo es relativamente precoz, pues trabaja uno de cada cuatro niños de 10 a 14 años y más del 63% de los niños de 15 a 19 años.

24.Más del 86% de los puestos de trabajo creados en Madagascar corresponden al sector privado y al sector no estructurado de la economía. El sueldo medio asciende a 991.000 ariary anuales, es decir, a 82.600 ariary mensuales, que equivalen a alrededor de 48 dólares EE.UU. El sueldo medio de las zonas rurales es de alrededor de la mitad del de las zonas urbanas. Los sueldos de las mujeres son muy inferiores a los de los hombres, de 750.000 ariary en promedio, frente a 1.147.000 ariary, respectivamente.

C.Contexto político e institucional

25.El país ha recuperado la estabilidad política e institucional después de la crisis de 2002. La elección presidencial de 2006 repuso en su cargo al Presidente Marc Ravalomanana, que ha podido así dar continuidad a su política de reforma financiera, económica, legislativa, judicial, social y ambiental.

26.El 4 de abril de 2007 se promulgó una revisión constitucional. Se han mantenido las disposiciones constitucionales referentes a la protección de los derechos de la mujer y del niño.

27.En lo que se refiere a la política de desarrollo, el Gobierno adoptó en julio de 2003 el documento de estrategia de lucha contra la pobreza (DELP) para el período 2002-2006, centrado en la buena gobernanza, el desarrollo de la infraestructura, la educación, la salud y el apoyo al sector privado.

28.En el DELP se prevé la promoción de los derechos del niño en los ámbitos de la salud, la educación, la protección social y la justicia, entre otros.

29.En la estela del DELP, el Gobierno adoptó en 2004 el Documento Visión "Madagascar naturalmente", en el que se retoman 11 programas del DELP prestando particular atención a la dinamización de las zonas rurales, al aumento del valor añadido, al desarrollo de las infraestructuras, a las actividades de investigación y desarrollo, a las asociaciones y a la tecnología.

30.Con el fin de promover una cultura de eficacia y transparencia de la acción del Gobierno, desde 2005 se define anualmente la Política General del Estado, que aprueba el Consejo de Ministros.

31.Se han recibido diversas formas de asistencia financiera para la reducción de la pobreza: créditos de apoyo del Banco Mundial para la reducción de la pobreza, programa de apoyo a la reducción de la pobreza de la Unión Europea, Millenium Challenge Account de los Estados Unidos de América.

32.En noviembre de 2006 el país adoptó su nuevo plan estratégico de desarrollo para el período 2007-2011, basado en la Visión "Madagascar naturalmente": el MAP – Plan de Acción de Madagascar. Ese plan se propone hacer frente a los desafíos de un desarrollo rápido y duradero, con un enfoque centrado claramente en la descentralización.

33.El MAP se estructura en torno a ocho compromisos:

Gobernanza responsable;

Interconexión de las infraestructuras;

Reforma de la educación;

Desarrollo rural;

Salud, planificación de la familia y lucha contra el VIH/SIDA;

Fuerte crecimiento de la economía;

Medio ambiente,

Solidaridad nacional.

34.Los objetivos relacionados con la realización de los derechos del niño figuran en los compromisos 1, 2, 5 y 8 y están vinculados a la buena gobernanza, la reforma de la educación y la solidaridad nacional, que abarca el registro de los nacimientos, la reducción del trabajo infantil y la protección de los más pobres y vulnerables.

35.En el ámbito de la salud, el MAP recoge los ODM relativos a la salud maternoinfantil, prestando particular atención a la lucha contra la malaria, el VIH/SIDA, la nutrición y el acceso al agua y al saneamiento. Los objetivos nacionales se proponen reducir para 2012 de 94 por mil a 47 por mil la mortalidad de los niños menores de cinco años, de 469 por 100.000 a 273 por 100.000 la mortalidad materna, y de 32 por mil a 17 por mil la mortalidad neonatal.

36.En cuanto a la nutrición, el objetivo del MAP es reducir de aquí a 2012 del 42% al 28% la tasa de insuficiencia ponderal de los niños menores de cinco años. También se reconoce la importancia del acceso al agua potable y a un saneamiento adecuado.

Descentralización

37.Puesto que el sistema actual de adopción de decisiones, planificación del desarrollo y administración del territorio sigue siendo demasiado centralizado, el Gobierno ha iniciado el proceso de traspaso de competencias y recursos a las regiones y comunas, con el objetivo de proporcionar a los ciudadanos servicios públicos locales de calidad. El proceso de descentralización y desconcentración se inició en 2004 con el establecimiento de 22 regiones. En 2005 se aprobó el Documento de política para la descentralización y la desconcentración, en el que se fijan las orientaciones y los ejes estratégicos en esa esfera.

38.En 2006 se clarificaron las funciones y responsabilidades de las colectividades territoriales descentralizadas mediante el Programa nacional marco de descentralización y desconcentración, que abarca un período de diez años. Siete ministerios que participaron activamente en la elaboración del plan, entre ellos el Ministerio de Educación, el Ministerio de Salud y el Ministerio de Economía, han puesto en marcha la fase piloto de desconcentración de los servicios y fortalecimiento de la capacidad de planificación, presupuestación y seguimiento de los recursos humanos al nivel de las regiones y de las comunas.

39.Se prevé revisar en 2008 el marco jurídico, institucional y organizativo, y la Ley de finanzas contempla la transferencia directa a las regiones de una parte de los fondos del Programa de Inversiones Públicas (PIP).

Segunda parte

I.Medidas adoptadas para armonizar la legislación nacional con la Convención

A.Reformas legislativas

40. En la Constitución enmendada de Madagascar se han mantenido las disposiciones en las que se proclama que los instrumentos internacionales sobre los derechos del niño constituyen parte integrante del ordenamiento jurídico del país.

41. Con el fin de armonizar la legislación nacional con la Convención, el Gobierno ha establecido, por el Decreto Nº 2005-025, una Comisión de Reforma de los Derechos del Niño.

42.La Comisión, cuyo funcionamiento coordina el Ministerio de Justicia, está integrada por representantes de los ministerios encargados de promover los derechos del niño.

43.La labor realizada por la Comisión desde su establecimiento ha desembocado en la reforma de las disposiciones referentes a los siguientes aspectos:

Derechos y protección de la infancia, mediante la aprobación de la Ley Nº 2007-023 de 20 de agosto de 2007 sobre los derechos y la protección de la infancia, que se basa a su vez en la Ordenanza Nº 62-038, de 19 de septiembre de 1962;

Matrimonio y regímenes matrimoniales;

Adopción y hogares de guarda;

Protección contra la trata, la explotación sexual y el turismo sexual;

Lucha contra el trabajo infantil.

44. Está en marcha el proceso de reforma de las disposiciones relativas a la situación de los niños en conflicto con la ley. En el anexo II se indican otras medidas legislativas complementarias.

B.Coordinación y seguimiento de la aplicación de la Convención

45.De conformidad con los objetivos fundamentales de lucha contra la pobreza que figuran en el DELP y se recogen en el MAP, se han logrado algunos avances en la aplicación de la Convención a pesar de las dificultades encontradas para el establecimiento de un plan de acción global y de un mecanismo de coordinación de la política relativa a la infancia.

46.Existen, sin embargo, mecanismos de coordinación de políticas temáticas y/o sectoriales, entre los que cabe mencionar los siguientes:

El Comité Nacional de Lucha contra el Trabajo Infantil (CNLTE), órgano intersectorial encargado de promover la aplicación del Plan Nacional de Lucha Contra el Trabajo Infantil. La administración pública y el Ministerio de Educación han recibido de la Unión Europea ayuda financiera por valor de 1 millón de euros para la aplicación de programas comunes de lucha contra el trabajo infantil, con atención prioritaria a la educación;

Un comité intersectorial creado en 2004 para la elaboración de la Estrategia Nacional de Protección Social;

Un programa conjunto del Gobierno y del UNICEF denominado "Gobernanza para los derechos del niño", que se encarga desde 2004 de la coordinación, el seguimiento y la evaluación de las actividades de protección de la infancia;

Un Plan de Acción Nacional para Combatir la Violencia contra los Niños, que puso en marcha el Ministerio de Justicia y al que se han sumado los demás organismos públicos y privados que se ocupan de los derechos del niño.

47. Además, la nueva Ley Nº 2008-012 por la que se establece el Consejo Nacional de Derechos Humanos de conformidad con los Principios de París constituye un mecanismo de recurso facultado para recibir y examinar denuncias de violaciones de los derechos humanos, incluidos los derechos del niño.

48.Al nivel descentralizado, la coordinación se encomienda a redes de protección de los derechos del niño.

49.Al nivel sectorial se han aplicado planes, estrategias y políticas en relación con el registro civil, la salud y la nutrición, la educación, y la protección de la infancia, entre los que cabe destacar los siguientes:

Programa Nacional para la Normalización del Registro de los Nacimientos (EKA) (2004).

Política Nacional de Nutrición (2004).

Plan Nacional de Acción para la Nutrición 2005-2010.

Política Nacional de Salud del Niño (2005).

Hoja de ruta para reducir los riesgos de la maternidad (2005).

Programa ampliado de inmunización 2007-2011.

Política Nacional para la Salud de los Adolescentes (2000), en proceso de revisión.

Hoja de ruta para el acceso universal a la prevención y el tratamiento de las infecciones de transmisión sexual y el VIH/SIDA.

Plan Estratégico Nacional contra el VIH/SIDA 2007-2012.

Plan Educación para Todos, elaborado en 2003 y actualizado en 2006.

Política Nacional de Educación.

Política Nacional para la Primera Infancia.

Plan Nacional de Lucha contra el Trabajo Infantil (2004)

Plan de Acción Nacional para Combatir la Violencia contra los Niños (2007).

Plan Nacional para los Huérfanos y los Niños Vulnerables.

Política Nacional de la Juventud (2004), inspirada en la Carta Africana de los Jóvenes, que sin embargo Madagascar no ha ratificado, y elaborada con un enfoque multisectorial sobre la base de consultas en los ministerios competentes. En 2007 el Ministerio de la Juventud pasó a llamarse Ministerio de Deporte, Cultura y Esparcimiento.

Política nacional de empleo (2003), que contiene un capítulo dedicado a la lucha contra el trabajo infantil.

50.En el anexo III figuran otros programas complementarios.

C.Ministerios que participan en la aplicación de la Convención

51.El Ministerio de Relaciones Exteriores se ocupa de las relaciones con las instituciones internacionales encargadas de la promoción y protección de los derechos humanos, del depósito de los instrumentos ratificados ante las instancias internacionales competentes y de las cuestiones relativas a la situación de los niños refugiados.

52. En el Ministerio de Justicia se creó, en virtud del Decreto Nº 2008-438, de 5 de mayo de 2008, por el que se establecen las atribuciones del Ministro de Justicia y la organización general del Ministerio, una Dirección de Derechos Humanos y Relaciones Internacionales, encargada entre otras cosas de formular y aplicar las políticas de promoción y protección de los derechos humanos. La Dirección de Estudios y Reformas coordina las actividades de la Comisión de Reforma de los Derechos del Niño. La Dirección de Asuntos Judiciales y la Dirección de Administración Penitenciaria se encargan de las cuestiones relacionadas con los niños en conflicto con la ley.

53.La Secretaría de Estado de Seguridad Pública cuenta con un servicio central de defensa de la moral pública y protección de menores.

54.El Ministerio de Educación Nacional e Investigación Científica (MENRS) tiene las siguientes competencias:

Educación preescolar;

Educación básica;

Enseñanza secundaria (general, técnica y profesional);

Alfabetización.

55. El Ministerio de Administración Pública, Trabajo y Leyes Sociales (MFPTLS) contribuye a la lucha contra el trabajo infantil y coordina la labor del CNLTE. Cuenta para ello con un Servicio de Promoción de los Derechos Fundamentales, en cuyo marco actúa la División para la Prevención, la Abolición y el Control del Trabajo Infantil (PACTE).

56.El Ministerio del Interior aplica el programa nacional "Ezaka Kopia ho an'i Ankizy", o Programa Nacional para la Normalización del Registro de los Nacimientos.

57. El Ministerio de Salud, Planificación Familiar y Protección Social (MSPFPS) tiene competencias relacionadas con la vacunación, la nutrición, la salud escolar, el seguimiento de la salud de los niños, la reducción de los riesgos de la maternidad y la lucha contra la malaria.

58. Se ocupa asimismo de las cuestiones relacionadas a la familia y la infancia, a través de la Dirección de Protección de la Familia y la Infancia (DPFE), dependiente de su Dirección General de Protección Social (DGPS).

59.El Programa de prevención del VIH/SIDA, que aplica la Secretaría Nacional de Lucha contra el Sida, dependiente de la Presidencia de la República, otorga prioridad a la prevención de la transmisión de madres a hijos del virus del sida y al cuidado de los enfermos de sida.

60.El Ministerio de Deporte, Cultura y Esparcimiento es el encargado de aplicar la política nacional para la juventud.

61.El Ministerio de Medio Ambiente, Aguas, Bosques y Turismo participa en la lucha contra el turismo sexual.

62.El Ministerio de Telecomunicaciones, Correos y Comunicación (MTPC) difunde a nivel nacional y regional, a través de los medios de comunicación audiovisuales, programas y emisiones en favor de la infancia.

D.Mecanismos de seguimiento y evaluación de la aplicación de la Convención

1.Consejo Nacional de Derechos Humanos

63. En 2008 el Parlamento aprobó la ley por la que se establece el Consejo Nacional de Derechos Humanos, al que competen, entre otras funciones, el seguimiento de la aplicación de la Convención y la propuesta de las modificaciones oportunas de la legislación nacional para ponerla en conformidad con la Convención.

64.El sistema nacional configurado por el SNISE también puede contribuir al seguimiento de la aplicación de la Convención.

Sistema Nacional Integrado de Seguimiento y Evaluación del MAP

65.El Sistema Nacional Integrado de Seguimiento y Evaluación del MAP (SNISE) constituye el principal mecanismo de seguimiento y evaluación de la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño. Su establecimiento se basa en la nueva Estrategia Nacional de Desarrollo de las Estadísticas (2007).

66.El núcleo esencial del SNISE está constituido por 69 indicadores prioritarios, sobre un conjunto más amplio de 470, cuyos datos se obtendrán mayoritariamente a partir de fuentes administrativas y de encuestas. La mayoría de esos indicadores son anuales. Los de mayor interés para la población infantil y juvenil son los referentes a la salud y la educación.

2.Observatorio de los Derechos del Niño de la Región del Océano Índico

67. El Observatorio de los Derechos del Niño de la Región del Océano Índico (ODEROI) tiene por misión el desarrollo de instrumentos para el seguimiento sistemático de los derechos del niño en Madagascar, Mauricio, Seychelles, las Comoras y Reunión, que son miembros de la Comisión del Océano Índico y reciben asistencia del UNICEF.

68.El ODEROI se vale de una base de datos regional sobre el desarrollo del niño y de análisis sociales y estadísticas de ámbito nacional y regional para detectar tendencias y realizar comparaciones, publicar informes periódicos, promover debates públicos y formular recomendaciones para la adopción de medidas por parte de los responsables de la promoción de los derechos del niño.

3.Análisis de la situación del niño

69. A raíz del análisis de la situación realizado en 2000, el Gobierno encargó la realización, con apoyo del UNICEF, de un estudio de síntesis de los datos estadísticos, las políticas nacionales, la legislación y las investigaciones sobre la cuestión de los derechos del niño. Se reactivó el comité interinstitucional presidido por el Director General del Ministerio de Planificación con el fin de que se encargara de la coordinación y el seguimiento de la aplicación del programa de cooperación con el UNICEF.

E.Mecanismos de reunión de datos

70.El sistema estadístico nacional ha sido objeto de una reforma tendente a dar soluciones apropiadas a los problemas de inadecuación de la estructura e insuficiencia de los recursos (humanos, materiales y financieros).

71. La Estrategia Nacional de Desarrollo de las Estadísticas tiene por objeto establecer un sistema estadístico nacional eficaz y capaz de responder a las necesidades de los diferentes usuarios que intervienen en la gestión pública.

72. Esas reformas permitirán una clara mejora de las encuestas nacionales organizadas y realizadas por el INSTAT y cofinanciadas por los asociados técnicos y financieros.

73. Durante el período abarcado por el presente informe se realizaron las siguientes encuestas nacionales:

Encuesta periódica sobre los hogares (EPM) 2003, 2005. Se está realizando la correspondiente a 2008;

Encuesta demográfica y de salud (EDS III) 2003-2004). Se trata de la tercera edición, tras EDS I 1992 y EDS II 1997. Se presentan en ella los indicadores de la Cumbre Mundial en favor de la Infancia;

Encuesta nacional sobre el trabajo infantil (ENTE), realizada en el marco de la EPM 2008 y que constituye la primera encuesta de ámbito nacional sobre el trabajo infantil, incluida la trata. Cuenta con el apoyo de la OIT/IPEC y del UNICEF y utiliza la metodología desarrollada por la OIT en el marco del programa SIMPOC.

74.El Gobierno se esfuerza asimismo por fortalecer los mecanismos permanentes de reunión de información (registro civil, estructuras sanitarias, establecimientos escolares, instituciones judiciales). No obstante, es necesario mejorar ulteriormente el registro, la difusión, la consolidación y la utilización de los datos.

75.Se ha realizado un número importante de estudios, encuestas y evaluaciones, en particular respecto de los niños en situaciones difíciles.

F.Participación de los niños y de los jóvenes

76.En el Plan de Acción de Madagascar se otorga importancia prioritaria a la participación de los jóvenes:

En asociaciones, organizaciones comunitarias y actividades deportivas y culturales;

En los asuntos que los afectan, a través de los consejos municipales de la juventud creados en 2006 en Mahajanga y Antsiranana.

77. La participación de los niños en campañas de sensibilización y de promoción relacionadas con la Convención se concreta en:

Actividades culturales y deportivas y/o sociosanitarias, como la celebración del Mes de la Infancia, del Día Mundial contra el Trabajo Infantil, del Día Africano de la Infancia, del Día Mundial de la Familia y del Día Mundial de las Personas con Discapacidad;

Actividades para la eliminación de la violencia contra los niños.

78.Con motivo de la revisión de la Ordenanza Nº 62-038, de 19 de septiembre de 1962, sobre la protección de la infancia, 30 niños, entre ellos 20 procedentes de centros de acogida, participaron en el taller de consulta de la infancia organizado en la capital el 6 de julio de 2004, en el que pudieron familiarizarse con la Convención y expresar libremente sus opiniones.

79.Desde 2006 se premia a los mejores alumnos de las escuelas públicas mediante su participación en colonias de vacaciones, viajes y visitas organizadas, entre otras actividades.

80.Delegaciones de niños y jóvenes malgaches participaron en actividades en el extranjero con ocasión del período extraordinario de sesiones sobre la infancia celebrado en 2002 en Nueva York, el Foro para el Desarrollo de África celebrado en Addis Abeba en noviembre de 2006 y la reunión anual celebrada en la isla de Reunión en 2006 del Consejo Ciudadano de Jóvenes del Océano Índico del ODEROI.

81.En 2007 el MTPC, con el apoyo del UNICEF, empezó a establecer clubes de jóvenes reporteros de 13 a 18 años de edad para realizar actividades de animación, informar sobre las noticias, iniciar debates y promover reflexiones sobre temas de interés para los jóvenes en 45 emisoras de radio locales. Con ese fin se impartió formación sobre la Convención y sobre técnicas de producción de emisiones radiofónicas a 150 jóvenes procedentes de seis regiones.

G.Asignaciones presupuestarias en favor de la infancia

82.En el período 2000-2005 el PIB real aumentó en cerca de un 35%, lo que permitió incrementar en alrededor del 45% el presupuesto del Estado. En el mismo período, la proporción del presupuesto nacional ejecutado destinada a gastos sociales aumentó del 21% en 2000 al 30% en 2005. Parte de ese aumento se destinó al sector de la educación.

Cuadro 6

Proporción del presupuesto anual del Estado destinada a la educación

2000

2003

2005

Presupuesto del Estado (ejecutado) (en millones de ariary)

1 035

1 325

1 502

Proporción ejecutada del presupuesto votado (%)

79,9

91,8

63,2

Proporción del presupuesto destinada a la educación (%)

13,9

16,6

22,2

Fuente : Ley orgánica sobre las finanzas públicas; Banco Mundial.

83.Durante el período 2000-2005 la proporción del gasto total destinada a la sanidad aumentó de 5,6% a 5,7% (presupuesto ejecutado), pasando por 6,5% en 2003.

84.El país cuenta desde 2003 con un Marco de gasto a mediano plazo (CDMT) que se actualiza anualmente. El documento actualmente en vigor abarca el período 2006-2008. Ese marco se basa en el instrumento MBB (Marginal Budgeting for Bottlenecks) para realizar los análisis presupuestarios. Se calcula que para alcanzar los ODM en 2015 se necesitará un gasto de entre 5 y 18 dólares EE.UU. por persona.

85. De conformidad con los compromisos de Madagascar respecto del Plan de Educación para Todos, la evolución de la financiación pública destinada al sector de la educación ha venido aumentando, y en 2005 representaba alrededor del 22% del presupuesto del Estado, frente al 14% en 2000 (presupuesto ejecutado). Esa tendencia indica la creciente prioridad que el Gobierno otorga a la educación, en particular a la enseñanza primaria, cuya participación en el presupuesto total del MENRS pasó del 41,4% en 2002 al 57% en 2005.

86.Los presupuestos asignados al Ministerio de Justicia y de Población siguen siendo reducidos, en la horquilla entre el 0,5% y el 1,5% del presupuesto ejecutado. La proporción destinada al sector de la justicia representaba en 2006 el 1,2% del presupuesto.

Cuadro 7

Proporción del presupuesto anual del Estado destinada al Ministerio de Justicia y de Población

2000

2003

2005

Presupuesto del Estado (ejecutado) (en millones de ariary)

1 035

1 325

1 502

Proporción ejecutada del presupuesto votado (%)

79,9

91,8

63,2

Proporción del presupuesto destinada a la justicia (%)

1,1

1,5

1,5

Proporción del presupuesto destinada a la población (%)

0,45

0,5

0,5

Fuente: Ley orgánica sobre las finanzas públicas; Banco Mundial.

87.La ejecución del presupuesto sigue siendo en conjunto satisfactoria.

88.El objetivo del MAP es asignar de aquí a 2011 una parte creciente del presupuesto a los sectores sociales. Para ello se han adoptado medidas tendentes a elevar la tasa de presión fiscal de 11% en 2006 a 15% en 2011. Con el fin de incrementar los ingresos fiscales al nivel de las comunas, se adoptaron medidas en 2005 y 2006 en el marco de la "Iniciativa de Resultados Rápidos".

H.Medidas adoptadas para divulgar la Convención y sensibilizar a la opinión pública

89.Con el apoyo del UNICEF, el MTPC procedió a la traducción al idioma nacional y a la publicación de la Convención sobre los Derechos del Niño, que se distribuyó al conjunto de asociados en el desarrollo y al nivel descentralizado/desconcentrado y comunitario. En 2007 se hizo una tirada de 10.000 ejemplares de carteles sobre los derechos del niño, con información básica al respecto, que se distribuyeron a nivel nacional entre todos los asociados.

90. Además, la Dirección de Reformas Legislativas del Ministerio de Justicia organiza, por conducto de su Servicio de Divulgación, emisiones radiofónicas semanales, emisiones de televisión bimensuales y visitas a las jurisdicciones para divulgar los temas relativos a la promoción y protección de los derechos del niño.

91. Ese Servicio participa cada mes de junio en la celebración del mes de la infancia, por medio de emisiones centradas en el trabajo infantil y la violencia contra los niños, que se complementan con el reparto de folletos informativos sobre el registro de nacimientos, la expedición de declaraciones sustitutivas del registro de nacimiento y otras cuestiones.

92.Sin embargo, todavía no se ha dado amplia difusión al anterior informe sobre la aplicación de la Convención.

II.Definición de niño

93.La definición de niño contenida en el artículo 1 de la Convención sobre los Derechos del Niño se ha transpuesto a la Ley Nº 2005-014 de 7 de septiembre de 2005 sobre la adopción y a la Ley Nº 2007-038 de 14 de enero de 2008 por la que se modifican y completan determinadas disposiciones del Código Penal relativas a la lucha contra la trata de personas y el turismo sexual. En el artículo 1 de la Convención " se entiende por niño todo ser humano menor de 18 años de edad ".

94.En la legislación malgache la mayoría de edad varía según los casos: la mayoría penal sigue fijada en 18 años, y la civil en 21 años.

95.Protección de la infancia. Con el fin de reforzar la eficacia de la protección, la Ley Nº 2007-023 de 20 de agosto de 2007 sobre los derechos y la protección de los niños, prevé la posibilidad de que el propio niño denuncie el maltrato ante el juez de menores o el representante del ministerio público, o presente en su caso un recurso.

96.La Ley Nº 2007-038 de 14 de enero de 2008 estipula en el párrafo 6 de su artículo 335 que " todo niño que sea víctima de trata, explotación sexual, turismo sexual o incesto podrá en cualquier momento denunciar ante el ministerio público o cualquier otra autoridad competente los hechos cometidos contra él y solicitar reparación por los perjuicios sufridos ".

97.Salud. Ningún texto legislativo contempla la posibilidad de que un médico examine a un niño sin el consentimiento de sus progenitores.

98.Educación. En el artículo 24 de la Constitución se proclama que " el Estado organizará un sistema de enseñanza pública gratuita y accesible para todos ". La Ley Nº 2004-004 de 26 de julio de 2004 establece un sistema de enseñanza primaria obligatoria y gratuita a partir de los seis años de edad.

99.Trabajo. La Ley Nº 2003-044 de 28 de julio de 2004 sobre el Código del Trabajo eleva la edad mínima de acceso al empleo de los 14 a los 15 años y establece el principio de que esa edad mínima no podrá ser inferior a la edad en que concluye la escolarización obligatoria (art. 100). El trabajo nocturno y las horas extraordinarias están prohibidos hasta la edad de 18 años. Los niños no pueden ser empleados ni siquiera como aprendices antes de los 15 años de edad a menos que cuenten con autorización del Inspector de Trabajo y a condición de que el trabajo de que se trate no sea perjudicial para su salud o su desarrollo intelectual (art.102).

100. El Decreto Nº 2007-563 de 3 de julio de 2007 sobre el trabajo infantil prohíbe el trabajo doméstico a los menores de 18 años y el empleo de niños en trabajos peligrosos, insalubres o nocivos para su salud (art. 16).

101.Matrimonio. La Ley Nº 2007-022 de 20 de agosto de 2007 sobre el matrimonio fija en 18 años para ambos sexos la edad mínima para contraer matrimonio (que antes era de 17 años para los hombres y de 14 años para las mujeres). Antes de esa edad el matrimonio puede ser autorizado por la autoridad judicial por causas justificadas y con el consentimiento expreso del niño.

102.Consentimiento sexual. No está fijada por ley la edad de consentimiento sexual. No obstante, se ha tenido en cuenta la edad en la determinación de determinadas infracciones contra la moral pública, con el fin de proteger mejor a los niños contra el riesgo de abusos en ese ámbito. En el Código Penal se ha fijado en 14 años la edad máxima de la víctima para la tipificación del delito de abusos deshonestos sin violencia, que se sanciona con una pena de 5 a 10 años de prisión y una multa de 2 a 10 millones de ariary.

103. Además, toda violación cometida contra un niño menor de 15 años se castiga con una pena de trabajos forzados.

104.Las penas se elevan en los casos de proxenetismo, estupro y secuestro cuando la víctima es menor de 18 años.

105.Adopción plena. La edad límite para la adopción plena es actualmente de 12 años en lugar de 10, lo que permite tener más en cuenta la opinión del niño.

106.Responsabilidad penal y reclusión de menores. A ese respecto, se ha recomendado a los magistrados que no dicten órdenes de prisión preventiva contra menores sino en casos excepcionales, y que otorguen prioridad a las medidas de educación o reeducación en los centros de reclusión. La Ley Nº 2007-021 de 30 de julio de 2007 modifica y completa determinadas disposiciones del Código de Procedimiento Penal con objeto de reducir el número de personas en situación de prisión preventiva y acelerar los procedimientos, incluidos los que afectan a menores.

107.Cultura. Con el fin de proteger a los niños contra los efectos perversos de determinadas producciones audiovisuales, la Ley Nº 2007-038 de 14 de enero de 2008 por la que se modifican y completan determinadas disposiciones del Código Penal relativas a la lucha contra la trata de personas y el turismo sexual dispone, en el apartado 3 de su artículo 335.1, que " las actividades de pornografía en la que intervengan niños, cualquiera que sea la forma de representación y el medio utilizado, y la posesión de material pornográfico en el que intervengan niños se castigarán con las penas previstas en el artículo 334 del Código Penal ".

108.El Decreto Nº 2000-112 de 6 de febrero de 2000 por el que se establecen los principios generales aplicables a la explotación de las obras cinematográficas dispone en su artículo 25 que las películas cinematográficas, en cualquier soporte, destinadas a la explotación comercial deberán clasificarse en las tres categorías siguientes:

Estrictamente para adultos (no autorizadas para menores de 18 años);

Para adultos y adolescentes (no autorizadas para menores de 13 años);

Para todo público.

109.Además, el artículo 39 de la Ley Nº 90-031 de 21 de diciembre de 1990 sobre la comunicación prohíbe la proyección pública de películas que tengan carácter pornográfico, inciten a la violencia y al racismo, atenten contra el orden, la seguridad pública y la tranquilidad o causen una impresión física o moralmente desfavorable, es decir, de toda película que pueda comprometer el desarrollo del niño.

110.Consumo de bebidas alcohólicas. Los artículos 7 y 10 de la Ley Nº 61-053 de 13 de diciembre de 1961 sobre la lucha contra el alcoholismo prohíben y castigan la venta y la oferta gratuita de bebidas alcohólicas a los menores de 18 años.

III.Principios generales

A.Principio de no discriminación

111.Ese principio se ha concretado en las reformas introducidas en leyes, reglamentos y otras disposiciones.

1.Medidas legislativas y reglamentarias

112.La Ley Nº 2005-014 de 7 de septiembre de 2005 sobre la adopción y la Ley Nº 2007-023 sobre los derechos y la protección de los niños comprenden disposiciones contra la discriminación.

113.También existen disposiciones de ese tipo en relación con el matrimonio, la patria potestad, la salud y la situación de las personas con discapacidad:

La Ley Nº 2007-022 de 20 de agosto de 2007 sobre el matrimonio fija en 18 años, sin distinción de sexo, la edad mínima para contraer matrimonio;

La Ley Nº 2007-023 de 20 de agosto de 2007 sobre los derechos y la protección de los niños prevé el ejercicio conjunto de la patria potestad por el padre y la madre. No se contempla la tutela sino cuando ambos progenitores han fallecido o no están en condiciones de ejercer sus responsabilidades respecto de los hijos;

La Ley Nº 2005-040 de 20 de febrero de 2006 sobre el VIH/SIDA protege contra toda forma de discriminación a las personas adultas y los niños que viven con el VIH/SIDA, incluidos cónyuges y familiares cercanos de los enfermos;

La Ley Nº 2001-162 sobre la aplicación de la Ley Nº 97-044 sobre los derechos de las personas con discapacidad tiene por objeto erradicar toda forma de discriminación de esas personas en cuanto al disfrute de los derechos sociales.

2.Medidas administrativas

114.Ante la persistencia de la discriminación de que son víctimas los niños mellizos en Mananjary y las niñas en la región de Tsimihety como consecuencia de la institución del "Moletry", el Ministerio de Justicia ha iniciado un proceso de diálogo con las partes interesadas locales, incluidos los responsables estatales y no estatales y las autoridades tradicionales, para buscar vías y formas de poner fin a esas prácticas discriminatorias contra niños.

115.El Plan Estratégico Nacional de Lucha contra el VIH/SIDA comprende medidas contra la discriminación de las personas que viven con el VIH/SIDA.

116. En 2007 el MENRS, el MTPC y emisoras de radio privadas iniciaron en las 22 regiones emisiones de recuperación escolar con el fin de ayudar a los jóvenes que han tenido que abandonar el sistema educativo. Los principales destinatarios son los jóvenes que viven en zonas aisladas.

B.Principio del interés superior del niño

117. En aplicación de la Convención, se ha introducido el principio del interés superior del niño en diversos ámbitos de la legislación nacional.

1.Medidas legislativas y reglamentarias

118.En la Ley sobre los derechos y la protección de los niños y en la Ley sobre la adopción se estipula explícitamente que el interés superior del niño debe ser la consideración primordial en todas las decisiones que haya que adoptar.

119.La Ley sobre los derechos y la protección de los niños estipula que todo niño capaz de discernimiento deberá ser informado del inicio de un procedimiento que se refiera a él, y autoriza la utilización de grabaciones de vídeo para evitar la repetición de la audiencia.

2.Otras medidas

120.La aplicación del principio del interés superior del niño se traduce en el aumento de los presupuestos destinados a la realización de políticas sociales de salud y de educación y en la adopción y ejecución de planes nacionales de promoción de los derechos del niño, entre los que cabe citar los siguientes:

Plan Nacional de Lucha contra el Trabajo Infantil, formulado en 2004 y cuya aplicación se impulsó a partir de la reunión celebrada en Nosy Be en julio de 2008 por los Ministros de Justicia, de Administración Pública y de Educación.

Plan de Erradicación de la Violencia contra los Niños (2007);

Redes de protección de la infancia, que constituyen también instrumentos para promover el interés superior del niño a escala local, en particular en lo referente a la protección contra la violencia.

121. El constante aumento de las denuncias, incluso de maltrato dentro de la familia, tema antes tabú, en los lugares cubiertos por las redes indica que existe una conciencia cada vez mayor del interés superior del niño.

C.Principios del derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo

122.En aplicación de esos principios se han adoptado diversas medidas legislativas y de reglamentación.

1.Medidas legislativas y reglamentarias

123.La Constitución garantiza a todas las personas la protección de su derecho a la integridad física y a la salud desde el momento de su concepción.

124.Con el fin de proteger a los niños, el Código Penal de Madagascar, actualizado en 2005, castiga el aborto, el infanticidio, el maltrato de niños, el abandono de niños y el abandono de la familia.

2.Medidas administrativas

125.Gracias a los esfuerzos que realiza el Gobierno en asociación con otras partes que promueven los derechos del niño, se viene registrando un descenso constante de las tasas de mortalidad infantil y juvenil.

Cuadro 8

Evolución de las tasas de mortalidad infantil-juvenil y juvenil

Año

Tasa de mortalidad infantil-juvenil

Tasa de mortalidad infantil

1992

1 630/00

930/00

1997

1 590/00

960/00

2003- 2004

940/00

580/00

Fuente : INSTAT/DDSS/EDSMD III 2003- 2004.

126.En lo que respecta la seguridad alimentaria, el Gobierno ha puesto en marcha, en el marco del proyecto SEECALINE de la Oficina Nacional de Nutrición (ONN), un Programa de Apoyo Nutricional a la Primer Infancia (de 0 a 5 años). Otras iniciativas en el marco de asociaciones entre el sector público y el sector privado son el proyecto NUTRIMAD de restaurantes para niños de medios desfavorecidos, y los centros de rehabilitación nutricional intensiva (CRENI) y centros de rehabilitación nutricional ambulatoria (CRENA) para la recuperación nutricional de los niños desnutridos.

127.En el marco de la reducción de las tasas de mortalidad y morbilidad infantiles y para ayudar a las madres o a las personas encargadas del cuidado de los niños, se aplican programas tales como WASH, HIP o planes para el suministro de agua potable en las zonas rurales, en colaboración con instituciones como FIKRIFAMA, USAID/CRS, ICCO y la Unión Europea.

128. En el marco del Programa de Abastecimiento de Agua Potable y Saneamiento de las Zonas Rurales (PAEAR), el Gobierno ha puesto en marcha, en asociación con el Banco Africano de Desarrollo, el denominado "Proyecto Radio", que tiene por objeto el fortalecimiento de la capacidad de las emisoras de radio locales para producir y difundir mensajes relacionados con el suministro de agua y el saneamiento, la salud, las actividades que generan ingresos, el género y el desarrollo.

129.Desde 2004, el MSPFPS impulsa en 11 ciudades, en colaboración con el CNLS y con el apoyo financiero de Global Fund, un programa de atención a los huérfanos y niños vulnerables que abarca las esferas siguientes: enseñanza escolar, nutrición salud, atención primaria, educación y formación parentales, y actividades que generan ingresos para los padres.

D.Principio de respeto a la opinión del niño

130.La Constitución garantiza en su artículo 10 la libertad de expresión y de opinión, sin discriminación por edad. Por consiguiente, esos derechos están en principio protegidos también en el caso de los niños a los que se reconozca capacidad de discernimiento.

1.Medidas legislativas y reglamentarias

131.La Ley sobre los derechos y la protección de los niños contempla en su artículo 38 la posibilidad de consultar al niño al adoptar decisiones sobre su tutela.

132.La Ley sobre la adopción estipula en su artículo 6 que el niño debe ser informado y consultado y debe tenerse en cuenta su opinión en todas las cuestiones que lo afecten.

133.La Ley sobre la lucha contra el VIH/SIDA estipula que los niños en edad de discernimiento deben ser debidamente consultados antes de someterlos a pruebas de detección.

134.La Ley sobre el matrimonio dispone que en caso de divorcio la custodia de los hijos debe asignarse atendiendo a su interés superior y teniendo en cuenta la opinión de los niños con capacidad de discernimiento.

135.En el Decreto sobre los hogares de guarda se dispone que los niños con capacidad de discernimiento deben ser consultados para decidir las condiciones de su colocación en familias de acogida.

136.La edad de discernimiento debe ser determinada por el juez en cada caso, pues cada niño es diferente, y la capacidad de discernimiento no depende exclusivamente de la edad, sino también del medio en el que haya crecido el niño y de la educación que haya recibido.

2.Medidas administrativas

Participación de los niños y los jóvenes

137.De conformidad con el derecho del niño a participar en los asuntos que lo afectan, en 2006 se crearon consejos municipales de jóvenes en dos grandes ciudades, Mahajanga y Diego Suarez.

138.En cumplimiento de los objetivos del MAP, se alienta a los jóvenes a emitir sus opiniones ante los consejos regionales en relación con las decisiones que los afectan, y para ello se ha procurado sensibilizarlos sobre la importancia de su participación en la vida asociativa, así como en actividades deportivas y comunitarias.

139.Representantes de los niños y los jóvenes tuvieron ocasión de hacer oír su voz en Nueva York en 2002 durante el período extraordinario de sesiones dedicado a la infancia y en el foro de seguimiento celebrado en octubre de 2007, así como en Addis Abeba durante el Foro para el Desarrollo de África celebrado en noviembre de 2006.

140.Durante esa última actividad, la delegación malgache, integrada por miembros del Consejo Nacional de la Juventud y de la red "Jóvenes ODM", pudo intercambiar experiencias con otros jóvenes africanos en relación con los problemas de la juventud malgache y formular medidas para mejorar:

La igualdad entre los sexos;

El acceso a la educación;

Las perspectivas de empleo;

La situación en materia de salud;

La participación de la sociedad civil;

La contribución a la toma de decisiones;

La tolerancia religiosa;

La resolución de los conflictos.

141.En la reunión anual del Comité Ciudadano de Jóvenes del Océano Índico, del ODEROI, celebrada en la Isla de la Reunión en diciembre de 2006 participaron 25 niños de las cinco islas de la región, entre ellos niños malgaches. Los participantes contribuyeron a la elaboración de un plan para la erradicación de la violencia contra los niños que han de aplicar los Estados miembros en asociación con instituciones públicas y privadas.

142. En 2007, el MTPC, con el apoyo del UNICEF, empezó a establecer clubes de jóvenes reporteros de 13 a 18 años de edad para realizar actividades de animación, informar sobre las noticias, iniciar debates y promover reflexiones sobre temas de interés para los jóvenes en 45 emisoras de radio locales. Con ese fin se impartió formación sobre la Convención y sobre las técnicas pertinentes de producción de emisiones radiofónicas a 150 jóvenes de las seis regiones de Anosy, Androy, Sava, Diana, Betsiboka y Menabe.

143.El MTPC y el UNICEF nombraron en 2007 dos embajadores de buena voluntad como portavoces de los niños. Esos jóvenes embajadores han tenido una participación activa en diversas actividades y realizado tareas de promoción ante los encargados de la adopción de decisiones que afectan a los niños.

144.Esas actividades se han realizado en particular durante la celebración del Mes del Niño, el Día Internacional de los Derechos del Niño, el Día Internacional de la Juventud y el Día internacional de la radio y la televisión en favor de los niños.

145. En asociación con el UNICEF, el MTPC ha organizado concursos nacionales para los medios de comunicación audiovisuales en relación con el Día internacional de la radio y la televisión en favor de los niños. Inauguró en 2006 y prosiguió en 2007 un concurso entre la prensa escrita del país para elegir al "Periodista defensor de los derechos del niño".

146.El objetivo es propiciar la participación de los niños para que expresen sus ideas en los medios de comunicación en relación con las cuestiones que los atañen. Se trata de integrar la "voz de los niños" en la actividad de los medios de comunicación y de promover productos mediáticos concebidos para la infancia.

147.En el mismo sentido, desde 2004 se vienen organizando para los medios de comunicación nacionales actividades de formación en ética de los reportajes sobre niños. Se ha impartido esa formación a 50 periodistas profesionales malgaches con el fin de promover la producción de reportajes de calidad sobre cuestiones relacionadas con la infancia.

148.Se ha elaborado, con participación de periodistas, una guía práctica destinada a los profesionales de los medios de comunicación, de la que se ha hecho una tirada de 200 ejemplares y que tiene los siguientes objetivos:

Sensibilización de los periodistas sobre las disposiciones de la Convención;

Realización de reportajes que permitan conciliar un tratamiento ético de cuestiones concretas relacionadas con la infancia con los intereses particulares del órgano de prensa de que se trate.

149.El sistema de supervisión interna del UNICEF ha puesto de manifiesto que entre 2004 y 2006 aumentó anualmente en más de un 30% el número de artículos de calidad sobre los derechos del niño publicados en los medios de comunicación, lo que demuestra que existe un interés creciente por esos temas.

150.Es de lamentar que algunos directivos de prensa no tengan todavía conciencia de la necesidad de divulgar a través de los órganos que dirigen las disposiciones de la Convención y las medidas adoptadas para aplicarla. Los profesionales de los medios de comunicación han manifestado su deseo de que se promuevan reportajes relacionados con la situación de la infancia.

IV.Libertades y derechos civiles

A.Nombre y nacionalidad

1.Medidas legislativas y reglamentarias

Derecho a la nacionalidad

151.En la Ordenanza Nº 60-064 de 22 de julio de 1960 sobre el régimen de nacionalidad de Madagascar se estipulan las condiciones de atribución o adquisición de la nacionalidad malgache.

152.Sólo tiene por nacimiento la nacionalidad malgache el hijo legítimo de un padre malgache.

153.Para adquirir la nacionalidad malgache, el hijo de madre malgache y padre de otra nacionalidad debe iniciar a su mayoría de edad el procedimiento de nacionalización.

154.En el caso de un recién nacido hallado en Madagascar, se supone que ha nacido en el país, a menos que se demuestre lo contrario. La persona que lo recoja podrá darle su apellido por medio de una declaración sustitutiva del registro de nacimiento. Si no se trata de un recién nacido y, por su nombre, rasgos físicos u otras características, no cumple los criterios de presunción de nacionalidad malgache, no podrá tener esa nacionalidad.

155.De conformidad con las recomendaciones surgidas de las consultas públicas organizadas por el Ministerio de Justicia en asociación con la Iniciativa para los derechos jurídicos de la mujer, se están preparando reformas para la atribución de la nacionalidad malgache a todo hijo de madre malgache.

Derecho al nombre

156.La Ley Nº 61-025 de 9 de octubre de 1961 estipula que todo nacimiento que tenga lugar en el territorio de Madagascar deberá declararse en un plazo de 12 días al funcionario de estado civil correspondiente. Rebasado ese plazo, la ley permite regularizar la situación mediante una declaración sustitutiva del registro de nacimiento.

157.Ante la insuficiencia del número de magistrados y funcionarios judiciales disponibles y las dificultades de acceso a los tribunales, la Ley Nº 2007-040 de 14 de enero de 2008 sobre la expedición de declaraciones sustitutivas del registro de nacimiento faculta a las autoridades administrativas de distrito para expedir las declaraciones. Esa medida se aplica en el marco del Programa Nacional para la Normalización del Registro de los Nacimientos (EKA) hasta el 30 de diciembre de 2011.

2.Medidas administrativas

158. Hay actualmente alrededor de 2,5 millones de menores de 18 años sin registrar, lo que representa el 33,2% de la población (MICS, 2000). Alrededor del 25% de los nacimientos no se registran (EDS 2003-2004). A ese respecto se aprecian diferencias geográficas importantes. En la capital se registra el 95% de los nacimientos, mientras que la proporción desciende a 86% para el conjunto de la población urbana y al 72% en las zonas rurales. En Mahajanga la tasa es de sólo el 60%.

159.Para corregir esa situación, en 2004 se elaboró el Programa Nacional para la Normalización del Registro de los Nacimientos, con participación de ocho ministerios (MIRA, INSTAT, MDAT, MSPFPS, MINJUST, MTPC y MENRS) y apoyo del UNICEF y de la UE. El Programa abarca la sistematización del registro al nacimiento y la expedición de declaraciones sustitutivas.

160.Actividades realizadas para mejorar el sistema de registro civil:

Reforma de la legislación y de los reglamentos pertinentes (agilización, armonización de procedimientos, divulgación y aplicación);

Establecimiento de una estructura de coordinación de las actividades por regiones y adopción del enfoque de la "Iniciativa de resultados rápidos";

Implantación de un sistema de coordinación en cascada, aplicación y seguimiento entre los niveles central, regional, comunal y de fokontany;

Creación en el Ministerio del Interior de una oficina de coordinación del programa nacional EKA (agosto de 2007);

Sistematización del seguimiento, la reunión y el procesamiento de los datos;

Fortalecimiento de la capacidad de las personas y entidades locales que realizan funciones de registro civil (alcaldes, secretarios de registro civil, asociaciones y ONG);

Movilización de las partes interesadas (progenitores, personal sanitario, escuelas, organizaciones comunitarias, fokontany);

Preparación y puesta en práctica de soportes de IEC e instrumentos de gestión.

B.Respeto de la integridad física y los derechos del niño

Medidas legislativas y reglamentarias

161.En la Ley Nº 2007-023 de 20 de agosto de 2007 sobre los derechos y la protección de los niños se enuncian las medidas de protección de los niños en peligro moral o víctimas de maltrato, así como disposiciones relativas a la denuncia de los casos de maltrato.

C.Libertad de asociación y de reunión pacífica

1.Medidas legislativas y reglamentarias

162.La libertad de asociación y de reunión pacífica está garantizada por la Constitución. No obstante, en virtud de la Ordenanza Nº 60-133 de 30 de octubre de 1960, todavía en vigor, para constituir una asociación es necesario haber alcanzado la mayoría de edad civil. Esa restricción no ha impedido la constitución de asociaciones de jóvenes bajo la supervisión de personas mayores de edad.

2.Medidas administrativas

163.Existen organizaciones de niños y adolescentes vinculadas a asociaciones u organizaciones tales como los Scouts, clubes de orientación ecológica para niños, como el Club Vintsy, o Clubes de derechos humanos y protección de los derechos del niño, en particular en Antsiranana, Mahajanga, Fianarantsoa, Fenerive Este, Toamasina y Tuléar.

164.Cada año, con motivo de la celebración del Mes de la Infancia, se organizan en todas las ciudades manifestaciones, desfiles y reuniones pacíficas de niños para promover sus derechos.

D.Acceso a la información

1.Medidas legislativas y reglamentarias

165.El artículo 11 de la Constitución estipula que todas las personas tienen derecho a la información y que ésta no está sujeta a ninguna restricción previa.

166.El Decreto Nº 99-096 de 8 de febrero de 1999 sobre las obligaciones de las empresas audiovisuales privadas dispone en su artículo 2 que "el titular deberá proporcionar informaciones precisas sobre el contenido de los programas que se propone emitir y establecer restricciones horarias para determinados tipos de programas, en particular para los que contengan altas dosis de violencia y escenas eróticas".

2.Medidas administrativas

167.Desde 2006 se han establecido más de 150 emisoras de radio locales con el fin de movilizar a madres e hijos con ocasión de las campañas que se organizan durante la Semana de la Salud Maternoinfantil. En esos programas periódicos de formación se han integrado módulos relativos a los derechos del niño, incluida información sobre la importancia del registro de los nacimientos.

168.En 2004 el MTPC realizó una encuesta en colaboración con el INSTAT y con apoyo del UNICEF para evaluar el acceso de la población a los medios de comunicación y a las fuentes de información. Aunque más del 70% de los hogares encuestados posee un aparato de radio, sólo escucha la radio un 47,7% de los niños y jóvenes, con preferencia por los programas musicales, las series radiofónicas y las noticias.

Cuadro 9

Audiencia de las emisoras de radio en los hogares

% de hogares encuestados en los que se escucha la radio y en los que los niños y los jóvenes escuchan la radio

Regiones

Distritos

Hogares en los que se escucha la radio

Hogares en los que los niños y los jóvenes escuchan la radio

Analamanga

Antananarivo Renivohitra

84,1

49,2

Bongolava

Tsiroanomandidy

81,3

45,0

Ihorombe

Ihosy

78,7

66,1

Atsinanana

Toamasina I y II

60,9

33,8

Alaotra Mangoro

Ambatondrazaka

98,2

76,8

Boeny

Mahajanga I y II

82,5

36,1

Betsiboka

Maevatanàna

51,0

18,8

Melaky

Maintirano

84,0

48,2

Atsimo Andrefana

Ampanihy

20,6

7,9

Toliara I y II

80,6

49,4

Menabe

Morondava

71,6

41,5

Anosy

Taolagnaro

77,1

61,7

Betroka

79,9

37,2

Total

76,6

47,7

Fuente : Encuesta AUDIMAT 2004, Dirección de Información y Regulación de los Medios/UNICEF.

169. Un tercio de las familias encuestadas ve la televisión, y la proporción es mayor en las zonas urbanas. Según los cabezas de familia, en promedio sólo ve la televisión un 25% de los niños y los jóvenes, predominantemente en las zonas urbanas, con preferencia por las series, los dibujos animados y los programas de música.

Cuadro 10

Audiencia por sexo y edad, distritos indicados

Distritos

Varones

Mujeres

5 a 12 años

13 a 21 años

Total

5 a 12 años

13 a 21 años

Total

Antananarivo I y II

16,5

14,7

36,9

16,6

14,4

36,6

Tsiroanomandidy

20,6

20,1

47,4

17,9

13,6

34,9

Ihosy

15,7

15,6

38,4

16,3

13,9

36,7

Toamasina I y II

15,8

17,8

47,1

16,9

16,6

48

Ambatondrazaka

9,3

15,6

43,7

17,5

14,4

48,5

Mahajanga I y II

15,3

14,1

35,2

16

13,6

34

Maevatanàna

7,7

24,3

34,3

8,4

22

32,3

Maintirano

21,3

25,8

55,4

20,6

19,4

44

Ampanihy

10,4

12,2

32,2

13,9

19,8

48,7

Morondava

10,1

12,7

29,3

12,5

12

29,3

Taolagnaro

11,6

25,6

50,2

11,5

23

46,4

Toliara I y II

15,6

15,6

42,5

14,1

16,3

40,7

Total

12,8

21,0

46,9

19,9

19,2

50,6

Fuente : Encuesta AUDIMAT 2004, Dirección de Información y Regulación de los Medios/UNICEF.

V.Entorno familiar y colocación alternativa

A.Orientación parental

170.Los hogares malgaches se componen en promedio de 4,9 personas. El tamaño medio de las familias en las zonas urbanas oscila entre 3,7 (Analanjirofo) y 5,5 (Anosy), y la media nacional se sitúa en 4,6.

171.El tamaño medio de las familias rurales oscila entre 3,9 (Diana) y 5,5 (Androy), y la media nacional es de 4,9.

172.La proporción de matrimonios consuetudinarios es de 43,3%, frente a un 32,4% de matrimonios legales.

173. Hay un 18,9% de hogares en los que el cabeza de familia es una mujer. En las zonas urbanas la proporción es de cinco por cada nueve hogares. Las mujeres cabezas de familia son en su mayoría viudas (43,4%) o separadas (38,6%).

174.La sociedad malgache se sustenta en un sistema patriarcal.

175.La institución familiar presenta diversos factores de fragilidad, como rupturas familiares, familias monoparentales y fallecimiento de uno o ambos cónyuges.

176.Cuando los padres biológicos tienen dificultades graves, interviene la familia ampliada a través del consejo de familia. En la orientación parental desempeñan también un papel importante las autoridades tradicionales (Tangalamena, Sojabe, Ampanjaka, Rey Aman-dreny). Los jefes de fokontany y los diferentes miembros de las colectividades locales ayudan a las familias en dificultades en el marco del "fijavanana", expresión de la ayuda mutua en el marco de la comunidad.

177.En la actualidad, la debilidad de la responsabilidad parental se traduce en casos de abandono de la familia, del hogar familiar y de los niños. El número de casos de abandono de niños registrados por el servicio central de la División de la Policía de Costumbres y de Protección de Menores fue de tres en 2003, 11 en 2004, 11 en 2006 y 17 en 2007.

178.La situación de vulnerabilidad de la familia está vinculada en todos los casos a bajos niveles de vida y de educación de los padres.

2.Medidas legislativas

179.La Constitución reconoce en la familia el fundamento natural de la sociedad y garantiza su protección.

180.En la Ley sobre los derechos y la protección de los niños se proclama la igualdad de derechos y obligaciones del padre y de la madre en relación con los hijos y se dispone el ejercicio en común de la patria potestad. También se establece la responsabilidad subsidiaria de la familia de origen o ampliada, de los poderes públicos y del Estado de velar por la supervivencia, el desarrollo y la protección del niño. Cuando han de adoptarse decisiones sobre la tutela del niño, el presidente de la jurisdicción puede convocar la institución del consejo de familia.

181.En la Ley sobre la adopción, por su parte, se destacan el derecho del niño a crecer en el seno de su familia de origen y la responsabilidad del Estado de apoyar a las familias (art. 7).

3.Medidas administrativas

182.Todavía no existe una política sobre la familia. No obstante, se aplican programas de orientación parental, como los de Educación para la Vida Familiar (EVF) y Desarrollo Integral del Niño (DIJE).

183.El programa EVF, apoyado por el Fondo de Población de las Naciones Unidas (FNUAP), organiza en las principales ciudades del país sesiones de sensibilización para el conjunto de la población y las mujeres en particular. Se constituyen organizaciones, asociaciones y grupos de mujeres que actúan como asociados en el proyecto para realizar actividades de sensibilización.

184.DIJE es un programa orientado a la información y el fortalecimiento del papel de los padres, de las familias y de las comunidades en el cuidado integral de los niños menores de seis años.

185.Sobre la base de la experiencia adquirida desde 2004 en los 14 centros piloto del programa DIJE, y a raíz de la promulgación de la Ley Nº 2004-004 de 26 de julio de 2004 sobre la orientación general del sistema de educación, enseñanza y formación, se han elaborado nuevos textos de aplicación relativos a la escolarización de los menores de seis años y a las actividades de orientación familiar, que están en proceso de aprobación por el Gobierno.

186.Otro programa de orientación parental es el de la Oficina de Educación de Masas y Civismo (OEMC), denominado Programa de Educación y Orientación Parental, cuyas actividades se muestran en el siguiente cuadro:

Cuadro 11

Actividades de la OEMC destinadas a los padres

Actividades

2004

2005

2006

2007

Visitas a establecimientos seguidas de sesiones de sensibilización

2 700

3 072

3 900

1 911

Emisiones radiofónicas de ámbito nacional (RNM) sobre los derechos del niño

36

45

51

65

Emisiones radiofónicas de ámbito local (OEMC) sobre los derechos del niño

22

29

30

23

Fuente : MENRS/OEMC.

187.También hay ONG que realizan actividades en ese ámbito. Por ejemplo, TEZA (Organización Malgache para la Educación de los Padres y el Bienestar en la Vida Familiar) trabaja en las esferas de la educación no académica, los derechos de la familia y la planificación familiar a nivel nacional.

B.Responsabilidad parental

Marco jurídico

188.En la Ley Nº 2007-023 sobre los derechos y la protección de los niños se estipula que la responsabilidad del desarrollo armonioso del niño corresponde ante todo a sus padres. Se dispone asimismo que la patria potestad corresponde a ambos progenitores (art. 13). Esa disposición se recoge en el artículo 54 de la nueva Ley sobre el matrimonio. Los casos en que puede modificarse la patria potestad se enumeran en el artículo 22.

189.En la Ley Nº 2007-023 se recogen los principios del interés superior del niño, respeto de las opiniones del niño, y no discriminación.

190.En el artículo 48 de la Ley Nº 2007-023 se estipula que "cuando estén en peligro la seguridad, la integridad física o moral, la salud o la educación de un niño, el juez de menores podrá intervenir, con ayuda de trabajadores sociales, ya sea para asistir a la familia en su papel de educador natural del niño o para adoptar las medidas de asistencia educativa pertinentes y garantizar su continuidad".

191.En virtud del artículo 49 de esa ley, compete al juez de menores decidir sobre las medidas de asistencia educativa más adecuadas a la situación del niño.

192.En el artículo 50 se indican las distintas medidas de asistencia educativa que se pueden adoptar:

Entrega del niño a los padres o a cualquier persona que tenga autoridad sobre él, con ciertas condiciones referentes a su educación;

Asistencia obligatoria del niño a actividades de orientación, apoyo y acompañamiento temporales en instituciones de enseñanza oficiales;

Colocación del niño en otra familia, en una institución adecuada o con una persona digna de confianza.

193.Esas medidas pueden adoptarse a solicitud del padre y de la madre conjuntamente o de uno de ellos, de la persona o servicio al que se haya confiado el niño, del tutor, del propio niño o del ministerio público. También puede actuar de oficio el juez de menores.

194.El juez puede decidir la colocación del niño en otra familia o institución por un período renovable de tres meses. La duración total de la medida no podrá exceder de dos años.

195.Según el artículo 57, en el caso de que sea necesario separar al niño de su entorno familiar, el juez de menores puede decidir confiarlo al progenitor al que no correspondiera la patria potestad, a otro miembro de la familia o a la familia ampliada, a una tercera persona digna de confianza o a un servicio o establecimiento sociosanitario.

C.Separación de los padres

Marco jurídico

196.La nueva Ley sobre los derechos y la protección de los niños refuerza el derecho del niño a la vida familiar y aporta más seguridad para los niños separados de sus padres. Un niño no puede ser separado de sus padres sino por decisión judicial fundada en su interés superior, por estar en peligro su seguridad, su salud o su educación. Corresponde asimismo al juez decidir si el niño ha de mantener el contacto con sus padres.

197.El artículo 62 de la ley dispone que los niños colocados fuera de su familia de origen siguen disfrutando del derecho de correspondencia y de visita, y el artículo 63 impone al juez de menores la obligación de informar del lugar de colocación a los padres o a cualquier persona con autoridad sobre el niño, con el fin de facilitar el derecho de visita.

D.Reunificación familiar

Marco jurídico

198.La legislación malgache facilita la concesión del visado de entrada en Madagascar con fines de reagrupamiento familiar.

199.En el marco de un procedimiento de adopción autorizado por una decisión judicial, los padres adoptivos pueden solicitar, presentando el extracto del acta de nacimiento en el que se mencione la adopción, que se expida un documento de viaje para trasladar al niño a su país de acogida. La expedición del visado de entrada en el país de acogida compete a la representación diplomática de ese país en Madagascar.

200.En lo que se refiere al derecho del niño cuyos padres residan en países diferentes a mantener relaciones personales y contactos directos regulares con ambos progenitores, cabe señalar los siguientes aspectos:

Los funcionarios deben tener en cuenta el derecho a la reunión de los cónyuges;

En el caso de las parejas mixtas separadas, ese derecho se condiciona a la existencia de un acuerdo bilateral;

En el caso de separación de los padres, en principio cualquier orden de custodia debe estipular cómo se reparte la custodia del niño entre los dos cónyuges. El progenitor que haya obtenido la custodia principal debe conceder al otro derecho de visita, que puede ser amplio o restringido, según proceda.

201.En caso de pérdida de la patria potestad por vía judicial, el cónyuge declarado indigno no tendrá el derecho de visita mencionado.

202.En virtud del párrafo 1 del artículo 12 de la Constitución y de la Ley Nº 91-025 de 12 de agosto de 1991 sobre la organización y el control de la salida de nacionales al extranjero, modificada por la Ley Nº 96-017 de 13 de agosto de 1996, el niño y sus padres tienen el derecho de abandonar el territorio y de entrar en él en las condiciones determinadas por la ley. Pueden aplicarse restricciones, que deben ser formuladas por escrito por las autoridades competentes, por consideraciones de soberanía nacional y de seguridad. Según las circunstancias concretas cabe aplicar prohibiciones de salida o de entrada.

203.La legislación prevé asimismo el levantamiento de esta medida, ya sea de oficio o a solicitud de los interesados. Por ejemplo, si la restricción se basaba en un procedimiento penal, la medida se levantará en caso de sobreseimiento o prescripción del procedimiento o de la pena. También podrá levantarse por razones imperiosas de salud o familiares que hayan sido debidamente probadas.

E.Traslado ilícito y no devolución

Marco jurídico

204.Se han producido casos de traslado ilícito y no devolución. Para atajar ese problema se aprobó una nueva ley sobre la adopción.

205.Tras la ratificación del Protocolo que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada, su incorporación a la legislación nacional se ha traducido en la promulgación de la Ley Nº 2007-038 de 14 de enero de 2008 por la que se modifican y completan determinadas disposiciones del Código Penal relativas a la lucha contra la trata de personas y el turismo sexual.

206.Para que un niño pueda salir del territorio, debe contarse siempre con la autorización escrita y legalizada de los dos progenitores, incluso si éstos están separados. Si uno de ellos ha fallecido, debe otorgar su autorización el progenitor sobreviviente o la persona a la que se haya confiado la custodia del niño.

207.Además, se ha realizado un gran esfuerzo, en el marco del programa EKA, para mejorar el registro de los nacimientos, pues no cabe duda de que los niños no inscritos en el registro civil están más expuestos a ser víctimas de ese tipo de trata.

208.Las dificultades dimanan de la ineficacia del sistema de control frente a la gran extensión de la frontera de Madagascar. El control y la vigilancia son estrictos para el espacio aéreo, pero relativamente limitados en lo que se refiere a la frontera marítima, constituida por más de 5.000 kilómetros de costa.

F.Pensión alimentaria

Marco jurídico

209.El hijo natural puede reclamar a su padre el derecho a la alimentación.

210.El hijo puede reclamar una pensión alimentaria a través de su madre o de su padre.

211.La legislación reprime el abandono de la familia, en particular el abandono pecuniario. Todo niño que sea víctima de abandono pecuniario podrá recurrir a la justicia por intermedio de la persona civilmente responsable de su tutela.

212.Conviene observar que en este caso resulta más favorable para los intereses del niño el derecho consuetudinario, que no admite el abandono pecuniario.

213.Diversos son los factores que pueden dificultar la obtención de la pensión alimentaria. La cultura malgache hace difícil incoar un procedimiento ante los tribunales contra una persona con la que exista una relación de parentesco. Aunque se haya dictado una orden de cumplimiento obligatorio, es poco frecuente que en caso de incumplimiento la madre denuncie al padre en mora.

G.Privación del entorno familiar

1.Marco jurídico

214.La Ley sobre la adopción protege en su artículo 7 el derecho del niño a crecer en el seno de su familia de origen. En ella se establece también el procedimiento que se ha de seguir para reemplazar a la familia en el caso de que no pueda desempeñar su papel fundamental:

Colocación en la familia ampliada (art. 8);

Colocación en un hogar de guardia o familia de acogida (art. 11), regulada por el Decreto Nº 2006-885 de 5 de diciembre de 2006;

Si no existe posibilidad de colocación familiar, se procederá a la colocación provisional del niño en una institución adecuada (art. 12).

215.La adopción simple o plena es el último recurso como solución definitiva. La adopción internacional sólo se autoriza cuando la colocación y la adopción nacional resultan incompatibles con el interés superior del niño.

216.Los niños susceptibles de verse privados definitivamente de su entorno familiar son los huérfanos y los niños abandonados, mientras que la privación temporal suele aplicarse a niños maltratados y a niños en conflicto con la ley.

2.Análisis de la situación

217.El 33% de los menores de 15 años no vive con ambos progenitores, y el 13% de los menores de 18 años no vive ni con su madre ni con su padre.

218.El 0,4% de los menores de 14 años son huérfanos de padre y madre, y el 6% lo son de un progenitor.

219. En la estructura de la sociedad malgache, en ausencia de los padres biológicos corresponde a la familia ampliada dispensar a los niños la orientación adecuada y asistir en el plano financiero y psicológico a la familia desfavorecida. Ese apoyo se presta en el marco de un consejo de familia.

220.En cada distrito se adoptan las disposiciones necesarias para garantizar el derecho del niño a vivir en un entorno familiar, lo que entraña establecer un orden de prioridades con miras a colocar en la medida de lo posible a los niños en situación de peligro en familias de acogida en vez de en instituciones. Por ejemplo, en Antsiranana existe una red de 15 familias de acogida para garantizar la colocación provisional

221.Sin embargo, como el sistema de familias de acogida es de muy reciente constitución, especialmente en Diego, por lo general, a menos que se los pueda encomendar a la familia ampliada, los niños separados de su familia por orden del juez de menores son colocados en instituciones. Por ejemplo, de 2003 a marzo de 2008, el tribunal juvenil de Antananarivo colocó en total a 113 niños en su familia ampliada, a 54 en una familia de acogida y a 748 en una institución.

222.En 2007 se contabilizaban 170 centros de acogida (57 de ellos en Antananarivo), en su mayor parte en régimen de asociación, que acogían en total a 12.325 niños (lo que arroja un promedio de 72,5 niños por centro). La mayor parte de esos centros (el 63%) acogía a los niños sólo durante el día, y el resto era de régimen residencial. El 5,25% de los niños llegaba a los centros en cumplimiento de una orden de custodia. El 60% de los centros contaba con un edificio permanente con salas de estudio, comedor, cocina y baños. Por lo general el personal de esos centros no había recibido formación especializada para atender a los niños.

223.Los centros de reeducación /rehabilitación (siete en total) son centros que acogen por orden judicial a niños en peligro moral y a niños en conflicto con la ley, que por lo general han cometido infracciones menores. Entre los niños en conflicto con la ley, algunos han sido ya juzgados y otros se encuentran en espera de juicio.

H.Adopción

1.Análisis de la situación

224.Hasta abril de 2006 la adopción se rigió por la Ley Nº 63-022 de 20 de noviembre de 1963 sobre la filiación, la adopción, el rechazo y la tutela. Esa ley contenía disposiciones sobre la adopción y el consentimiento de los padres biológicos que propiciaron en alguna medida la trata internacional de niños disfrazada de adopción internacional.

225.Entre 2004 y 2005 se recibieron diversas denuncias por secuestro de niños, falsificación de documentos y utilización de documentos falsificados.

226.En 2004 el servicio central de la División de la Policía de Costumbres y de Protección de Menores recibió 17 denuncias en ese sentido, de las que se dio curso a 11. Se desmantelaron cinco redes de traficantes de niños.

227.En 2005 se dio curso a 13 denuncias de las 18 recibidas, y se desmantelaron dos redes de trata.

228.En 2006 se denunciaron dos casos.

229.De los 43 niños secuestrados durante esos tres años, pudo devolverse a 28 a sus padres legítimos, mientras que otros 15 no fueron recuperados

230.Conviene señalar que, en virtud del Decreto Nº 94-272 de 19 de abril de 1994 se creó en su momento una comisión interministerial sobre la adopción, encargada de proceder a un examen preliminar de los expedientes de solicitud de adopción judicial de niños malgaches por ciudadanos extranjeros. Ante el alarmante aumento de casos de trata de niños, se decidió sustituir esa comisión por un comité especial, que permaneció en funciones hasta que se promulgó la nueva Ley sobre la adopción.

2.Marco jurídico

231.La adopción se rige actualmente por la Ley Nº 2005-014 de 7 de septiembre de 2005 y el Decreto de aplicación Nº 2006-596 de 10 de agosto de 2006, que en su título II regula el funcionamiento de los centros de acogida.

232.El sistema de familias de acogida se rige por el Decreto Nº 2006-886 de 5 de diciembre de 2006.

Autoridades competentes

233.En virtud de la nueva ley, el principal órgano competente en materia de adopción en Madagascar es la Autoridad Central. Esa institución está compuesta por una Oficina Permanente (Secretaría Administrativa y Técnica y grupo de expertos) y un Comité Consultivo integrado por representantes de los Ministerios de Población, Justicia, Relaciones Exteriores, Interior, Seguridad Pública, Descentralización y Salud.

Procedimientos

234.La fase administrativa del procedimiento de adopción está a cargo de la Autoridad Central, mientras que la fase judicial es competencia de la jurisdicción correspondiente.

235.En el caso de los niños abandonados, debe establecerse por un procedimiento judicial su situación de abandono y su adoptabilidad. Si los padres biológicos están dispuestos a renunciar voluntariamente al niño, deben dar su consentimiento informado ante el juez, después de lo cual disponen de un plazo de seis meses para retractarse.

236.La mayor parte de los niños adoptados lo son a corta edad. No obstante, si están en edad de entender su situación familiar, deben ser debidamente informados y debe tenerse en cuenta su opinión.

Garantías y mecanismos de seguimiento para la protección del niño

237.Los padres adoptivos han de proporcionar la documentación acreditativa pertinente sobre su integridad moral, el fundamento de su pareja (acta de matrimonio), sus ingresos y su estilo de vida. Durante la fase administrativa, la Autoridad Central, tras examinar la documentación presentada por los padres adoptivos, puede rechazar su petición.

238.Si la petición se considera aceptable, la Autoridad Central procede a la atribución del niño. Los padres adoptivos tienen seis meses para aceptar o rechazar la adopción. En caso de no aceptación se cierra el procedimiento.

239. Una vez concedida la adopción, debe ser reconocida con todos sus efectos por los demás Estados que han ratificado el Convenio de La Haya relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional, de 29 de mayo de 1993.

240.Los padres adoptivos tienen que cumplir con todas las obligaciones parentales para con el niño. Si los cónyuges residen en el extranjero, han de enviar un informe sobre la integración del niño, cada seis meses durante el primer año y anualmente en los años siguientes hasta su mayoría de edad, a la Autoridad Central de Madagascar, por conducto de la Autoridad Central del país de acogida.

Efectos de la adopción para el niño

241.La adopción plena, que conlleva una ruptura de los vínculos de filiación entre el niño y sus padres biológicos, es irrevocable y confiere al niño el carácter de hijo legítimo de su familia adoptiva. En el certificado de nacimiento del niño debe consignarse al margen constancia de la adopción.

242.La ley prevé la constitución en la Autoridad Central de un banco de datos sobre las informaciones relativas al origen de los niños adoptados. Esos datos son confidenciales, y sólo podrán acceder a ellos los interesados y sus descendientes (art. 73).

Principio de subsidiariedad de la adopción internacional

243.La adopción internacional debe considerarse como una última solución, a la que no hay que recurrir sino tras haber agotado las diferentes alternativas posibles en el país, a saber, el mantenimiento del niño en su familia de origen, su colocación en la familia ampliada o la adopción nacional. En cualquier caso, la decisión de autorizar la adopción internacional debe tomarse teniendo siempre presente el interés superior del niño.

Legalidad de la adopción en el extranjero

244.Con el fin de garantizar la legalidad de los procedimientos de adopción internacional, en la Ley Nº 2005-014 se dispone que los centros de acogida deben cumplir las condiciones estipuladas en cuanto a infraestructuras y personal cualificado, ser reconocidas como instituciones con fines sociales en virtud de una orden ministerial, y contar con un permiso específico para tramitar procedimientos de adopción otorgado por la Autoridad Central.

245.La ley estipula asimismo que toda demanda de adopción internacional debe ser tramitada por la Autoridad Central del país de acogida, que transmitirá el expediente, a través de la representación diplomática malgache, al Ministerio de Relaciones Exteriores de Madagascar, que a su vez lo hará llegar a la Autoridad Central.

246.El artículo 72 de la ley contempla la posibilidad de un acuerdo de cooperación entre la Autoridad Central del país de acogida y la Autoridad Central de Madagascar. Esta ha realizado ya gestiones en ese sentido ante las respectivas autoridades centrales de los países donde reside la gran mayoría de los padres que desean adoptar a niños malgaches, a saber, Francia, a través de la Agence française de l'adoption (AFA), Bélgica y Suecia.

3.Progresos realizados en la aplicación del artículo 21, dificultades encontradas y perspectivas

247.La promulgación de la Ley Nº 2005-014 de 7 de septiembre de 2005 constituye un paso positivo hacia la aplicación del artículo 21 de la Convención.

248.Las principales innovaciones aportadas por esa ley son las siguientes:

Primacía del interés superior del niño en la decisión judicial;

Principio de subsidiariedad de la adopción internacional (último recurso),

Respeto del principio de no discriminación: no debe darse prioridad a ningún niño en detrimento de otros.

4.Confección de la lista de niños adoptables

249.Sólo pueden adoptar las parejas heterosexuales.

250.Los padres biológicos deben confirmar ante el juez de menores su consentimiento informado a la adopción y tienen un plazo de seis meses para retractarse.

251.Debe elaborarse un informe de adaptabilidad con el fin de que en la adopción se tenga debidamente en cuenta el interés superior del niño.

252.Se han distribuido 1.500 ejemplares de la Ley sobre la adopción y los correspondientes decretos de aplicación.

253.Se han impartido sesiones de información y de fortalecimiento de la capacidad en los 192 centros de acogida y para los miembros de la Autoridad Central.

254.Las dificultades derivan principalmente de las carencias del funcionamiento práctico de la Autoridad Central, que no dispone todavía de un presupuesto operacional.

255.Se ha modificado la contribución financiera de los padres adoptivos, que está estrictamente regulada por la Ley sobre la adopción.

256.Con objeto de promover la adopción nacional, esa contribución se ha reducido de 1.500.000 a 200.000 ariary.

257.Los gastos de mantenimiento del niño corren a cargo de la institución o de la familia de acogida hasta que son aceptados y asumidos por los adoptantes. La contribución financiera de la institución o de la familia de acogida, destinada a la Autoridad Central, es de 800 euros para la adopción internacional y de 1.500.000 ariary para la adopción nacional. Buena parte de los centros de acogida se resisten al cambio, pues la nueva ley modifica las condiciones de asignación de las contribuciones financieras de los padres adoptivos. Puesto que el procedimiento de adopción es ahora responsabilidad de la Autoridad Central, la contribución financiera no se cobra hasta que los padres adoptivos han aceptado al niño que se les ha adjudicado, lo que tiene consecuencias para la gestión financiera de los centros.

258.Sólo 11 centros han obtenido el reconocimiento de fines sociales y 3 el permiso para realizar los trámites de adopción.

5.Perspectivas

259.Se han fijado los objetivos siguientes:

Seguir divulgando las nuevas disposiciones sobre la adopción;

Promover la formación de las partes interesadas;

Concertar acuerdos de cooperación con las autoridades centrales de los países que han ratificado el Convenio de La Haya;

Dotar a la Autoridad Central de un presupuesto operacional;

Establecer una base de datos sobre el origen de los niños y el seguimiento después de la adopción;

Facilitar el desarrollo del sistema de familias de acogida.

I.Examen periódico de la colocación

Marco jurídico

260.Un niño no puede ser separado de sus padres sino por decisión judicial que tenga en cuenta su interés superior y cuando estén en peligro su seguridad, su salud y su educación. Si el juez de menores decide la colocación del niño en otra familia o en una institución, esa medida de asistencia educativa se aplicará en un principio por un período de tres meses, y podrá revocarse o prorrogarse por decisión motivada, en función de cómo evolucione la situación del niño.

261.Los responsables de los centros deben cumplir con las obligaciones inherentes al derecho de custodia, como la del cuidado del niño, y deben mantenerse en todo momento en contacto con el juez de menores y proporcionarle un informe psicosocial sobre los niños a su cargo.

J.Abandono o negligencia, readaptación física y psicológica y reinserción social

262.Los niños víctimas de abandono, negligencia o maltrato acogidos en centros deben recibir apoyo psicosocial y una educación con miras a su reinserción social. En el anexo II figura información detallada sobre la legislación al respecto.

263.En el siguiente cuadro se muestran los datos de la División de la Policía de Costumbres y de Protección de Menores (DPMPM) sobre el número de niños víctimas de violencia.

Cuadro 12

Casos de violencia contra niños investigados por la DPMPM de enero a diciembre de 2006, por tipo de violencia y sexo de las víctimas

Número de casos

% del total de casos

Número de casos niñas

% de niñas

Número de casos niños

% de niños

Lesiones intencionadas

112

32,56

53

47,32

59

52,68

Corrupción de menores

89

25,87

87

97,75

2

2,25

Violación

65

18,90

65

100,00

0,00

Maltrato

32

9,30

16

50,00

16

50,00

Abusos deshonestos

15

4,36

13

86,67

2

13,33

Secuestro

9

2,62

5

55,56

4

44,44

Incesto

5

1,45

5

100,00

0,00

Abandono

4

1,16

1

25,00

3

75,00

Privación de cuidados y alimentos

4

1,16

1

25,00

3

75,00

Trata

3

0,87

1

33,33

2

66,67

Amenazas

2

0,58

2

100,00

0,00

Difamación pública

1

0,29

0,00

1

100,00

Secuestro

1

0,29

0,00

1

100,00

Incitación al libertinaje

1

0,29

1

100,00

0,00

Intento de homicidio

1

0,29

1

100,00

0,00

Total

344

100,00

251

72,97

93

27,03

Fuente : DPMPM 2007 .

Cuadro 13

Casos de violencia contra niños investigados por la DPMPM de enero a diciembre de 2006, por grupo de edad

Grupo de edad

Número de casos

%

0-3 años

39

11,3

4-6 años

28

8,1

7-12 años

63

18,26

13-18 años

215

62,3

Total

345

100,00

Fuente : DPMPM 2007.

1.Medidas administrativas

264.Tras la publicación por el ODEROI en 2006 de su informe sobre la violencia contra los niños en la región del Océano Índico, representantes del Gobierno, por iniciativa del Ministerio de Justicia y con la participación de la sociedad civil, elaboraron un Plan Nacional de Acción de Erradicación de la Violencia contra los Niños.

265.La aplicación de ese plan contribuirá a mejorar la protección de la infancia contra la violencia.

266.Las redes de protección de los derechos del niño contribuyen en medida importante a prevenir vulneraciones de esos derechos, respaldar los procedimientos de protección judicial y asegurar la prestación de asistencia jurídica y de atención psicosocial.

267.Las redes participan activamente en la labor de protección, en colaboración con los tribunales, la policía, la gendarmería, la Dirección de Protección Social, el sector sanitario, los distritos escolares, las comunas urbanas, las asociaciones, los fokontany y los medios de comunicación. Todas estas partes desempeñan papeles diferentes y mutuamente complementarios.

2.Prevención de la violencia

268.Todas las entidades que trabajan en el ámbito de la protección de los derechos del niño prevén en sus programas actividades sobre el terreno y campañas de información y de sensibilización para prevenir situaciones de violencia contra niños.

269.Esas medidas de prevención se dirigen a los niños, para que puedan protegerse a sí mismos; a los padres, que han de tomar conciencia de que son los primeros responsables de la protección de sus hijos; a la comunidad, que ha de permanecer siempre alerta; y a todos los profesionales que trabajan en la esfera de la protección de la infancia.

270.También se realizan actividades de información y de sensibilización a través de los medios de comunicación.

271.El Servicio Central de la DPMPM realiza intensas actividades de sensibilización. Durante el curso 2006/2007 impartió en los barrios de Antananarivo 20 sesiones de información en las que participaron 9.000 vecinos de esos barrios, 17.000 niños de 8 a 10 años, 2.000 alumnos de 11 a 17 años, 75 responsables de 35 centros escolares y 35 directores y empleados de establecimientos hoteleros.

272.La policía judicial realiza visitas y controles en todos los establecimientos y lugares que pueden propiciar la violencia contra niños, como clubes nocturnos, discotecas y locales similares, establecimientos hoteleros, bares y tiendas de bebidas, clubes sociales, instalaciones de esparcimiento, cibercafés y cines. También se realizan actividades de vigilancia en los alrededores de los centros escolares.

3.Obligación legal de denunciar

273.El artículo 62 del Código Penal de Madagascar sanciona la omisión de denuncia de delitos, y cuando la víctima es menor de 15 años la obligación de denunciar concierne a todas las personas.

274.También la Ley sobre los derechos y la protección de los niños recoge la obligación de denunciar los malos tratos, la obligación se impone a todas las personas, incluidos los padres, los familiares, los vecinos, los amigos, las autoridades locales, los maestros, los religiosos, los trabajadores sociales, y el personal médico y judicial.

275.Aunque la violencia contra los niños sigue siendo un tema tabú, se han denunciado a la policía algunos casos de violencia física. Esas denuncias, procedentes a menudo de miembros de las redes de protección de la infancia, han permitido la apertura de procedimientos judiciales.

Cuadro 14

Casos de violencia física contra niños investigados por la DPMPM de enero a diciembre de 2006, por tipo de violencia y sexo de las víctimas

Número de casos

% del total de casos

Número de casos niñas

% niñas

Número de casos niños

% niños

Lesiones voluntarias

112

65,88

53

47,32

59

52,68

Malos tratos

32

18,82

16

50,00

16

50,00

Rapto

9

5,29

5

55,56

4

44,44

Abandono

4

2,35

1

25,00

3

75,00

Privación de cuidados y alimentos

4

2,35

1

25,00

3

75,00

Trata

3

1,76

1

33,33

2

66,67

Amenazas

2

1,18

2

100,00

0,00

Difamación pública

1

0,59

0,00

1

100,00

Secuestro

1

0,59

0,00

1

100,00

Incitación a la depravación

1

0,59

1

100,00

0,00

Intento de homicidio

1

0,59

1

100,00

0,00

Total

170

100

81

47,65

89

52,35

Fuente : DPMPM 2007 .

4.Servicio de asistencia telefónica y otras modalidades de identificación e intervención

276.CRS (Catholic Relief Services), la Red Dinika sy Rindra ho an'ny Vehivavy, y el Centro Bel Avenir y de Coordinación Diocesana para el Desarrollo (CDD) de Toliary, en el marco de un programa de lucha contra la trata y la explotación sexual apoyado por el gobierno estadounidense, establecieron en 2007 en Nosy Be, Toamasina y Toliary un servicio de atención y asesoramiento a los niños víctimas de la trata.

277.Se está negociando con una empresa privada de telefonía la instalación a nivel nacional en las dependencias de la DPMPM de una línea verde gratuita para la denuncia de los casos de violencia contra niños.

278.Las unidades de vigilancia establecidas en los fokontany de la capital (red TAIZA) y de las 14 localidades donde funcionan redes de protección de la infancia tienen por misión detectar y comunicar a las autoridades cualquier acto de violencia cometido o intentado contra un niño. Se prevé aumentar el número de esas unidades y mejorar su capacidad. El objetivo es llegar a cubrir en 2011 todos los fokontany del 75% de las comunas del país.

279.A título de ejemplo, el Comité Multisectorial para los Derechos y la Protección de los Niños de Antsiranana se ocupó en 2007, a través de su unidad de vigilancia, de 230 casos de niños identificados como víctimas de maltrato.

280.Las ONG y los fokontany también participan en las actividades de prevención e intervienen en los casos de violencia contra niños.

281.Para evitar la doble victimización el niño, en el Servicio Central de la DPMPM se han habilitado salas de audición para las diligencias judiciales en relación con los niños víctimas. Desde 2004 el servicio especializado de la Policía Nacional utiliza técnicas específicamente concebidas para atender a los niños víctimas.

282. Se están elaborando manuales destinados a policías, gendarmes y magistrados con el fin de establecer normas de actuación adecuadas.

5.Readaptación física y psicológica y reinserción social de los niños víctimas

283.Algunas redes han establecido unidades de atención a cargo de asistentes sociales, personal de ONG y otros activistas sociales, que se ocupan del apoyo psicosocial al niño víctima y a su familia con miras a su restablecimiento psicológico y su reintegración en el entorno familiar, escolar y comunitario.

284.En el marco de la lucha contra el trabajo infantil funcionan centros de reinserción social en Antananarivo y Toamasina, principales ciudades del país.

6.Progresos logrados en la aplicación de los artículos 19 y 39 de la Convención

285.Se han realizado los siguientes avances:

Reforma legislativa, centrada en la promulgación de la Ley sobre los derechos y la protección de los niños y de la Ley sobre la trata de personas y el turismo sexual;

Descentralización del Servicio Central de la División de la Policía de Costumbres y de Protección de Menores al nivel de las antiguas capitales de provincia y en las ciudades donde se aprecia un aumento de los casos de maltrato: Toamasina, Toliara, Fianarantsoa, Antsiranana, Mahajanga, Nosy Be, Taolagnaro y Antsirabe;

Establecimiento de unidades de protección de menores en todos los servicios de policía;

Constitución de la Autoridad Central encargada de las adopciones.

Aprobación en 2007 del Plan Nacional de Erradicación de la Violencia contra los Niños;

Creación a partir de 2001 de redes multisectoriales de protección de los derechos de los niños.

7.Dificultades

286.Las principales dificultades dimanan de dos factores:

Número insuficiente de trabajadores sociales;

Limitaciones presupuestarias.

8.Perspectivas

287.Cabe señalar las siguientes perspectivas a corto y mediano plazo:

Aplicación de programas de formación para fortalecer la capacidad de los profesionales dedicados a la protección de la infancia;

Establecimiento en las demás ciudades de unidades del servicio especializado de la Policía Nacional;

Extensión a las demás ciudades del programa de reinserción social;

Fomento de la cooperación con los organismos asociados con mandatos de promoción y protección de los derechos del niño, como el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), la Organización Mundial de la Salud (OMS), el PNUD y el FNUAP.

VI.Salud básica y bienestar

A.Niños con discapacidad

1.Marco institucional

288.Madagascar firmó el 25 de septiembre de 2007 la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, de 2006. Esa Convención, traducida al malgache por iniciativa de la Plataforma de Federaciones de Personas con Discapacidad de Madagascar y con la asistencia de Handicap International, ha sido divulgada entre los encargados de la adopción de decisiones, lo que debería traducirse en una mayor conciencia de la necesidad de mejorar la situación de los niños con discapacidad.

289.La Ley Nº 97-044 de 2 de febrero de 1998 sobre las personas con discapacidad, completada por el Decreto Nº 2001-162 en febrero de 2001 y por seis órdenes ministeriales en 2005, contempla medidas en favor de los niños con discapacidad, en particular en el ámbito de la educación. Se está preparando otro decreto de aplicación.

290.El Ministerio de Salud, Planificación Familiar y Protección Social y el Ministerio de Educación Nacional e Investigación Científica se ocupan de la aplicación de los derechos de los niños con discapacidad.

291.En relación con el Decenio Africano de las Personas con Discapacidad (1999-2009), Madagascar optó por centrar sus actividades en el período 2003-2013. A ese respecto, un comité multisectorial dependiente del Ministerio de Protección Social formuló en 2007 un plan de acción tendente a promover la movilización social en favor de las personas con discapacidad.

292.El movimiento asociativo para la promoción de los derechos de las personas con discapacidad ha conocido un gran auge en los últimos años. Existen alrededor de un centenar de asociaciones de personas con discapacidad, agrupadas en colectivos y/o seis federaciones, como la antigua Unión Nacional de Asociaciones de Personas con Discapacidad de Madagascar (UNAHM). Algunas de esas asociaciones cuentan con el apoyo de Handicap International

2.Estadísticas sobre las personas con discapacidad

293.En la Ley Nº 97-044 se define "persona con discapacidad" como "toda persona que padece una deficiencia congénita o adquirida de sus capacidades físicas, mentales o sensoriales que le impide total o parcialmente subvenir por sí misma a las necesidades normales de la vida individual o social".

294.El Ministerio de Salud realizó en 2003 y 2004/2005 sendas encuestas nacionales, sobre la base de las cuales se calcula que en 2007 la población con discapacidad ascendía a 1.347.150 personas, el 7,5% de la población total.

Cuadro 15

Distribución estimada de la población discapacitada por grupos de edad

Grupo de edad

Porcentaje

Menos de 12 meses

0,3

De 1 a 5 años

16,1

De 6 a 18 años

21,1

De 19 a 49 años

24,4

De 50 años en adelante

38,1

Fuente : Informe de la encuesta para la coordinación de la atención a las personas con discapacidad.

295.De la distribución por grupos de edad se desprende que el 37% de las personas con discapacidad tiene menos de 18 años. Se estima que en 2007 había 505.181 niños con discapacidad.

296. La prevalencia de los distintos tipos de discapacidad en el conjunto de la población es la siguiente:

Discapacidad visual: 3,1%

Discapacidad física: 2,8%

Discapacidad auditiva: 1,8%

Discapacidad intelectual: 1,5%

Discapacidad psíquica: 0,18%

297.Esos datos se ven corroboradas por los correspondientes a 2006 disponibles sobre cuatro regiones, donde el número de niños con discapacidad representa cerca del 40% del total de personas discapacitadas.

3.Acceso a la atención de salud y a los servicios de reeducación

298.La sensibilización de la población y de los profesionales constituye un elemento importante para la promoción de los derechos de los niños con discapacidad. A pesar de los esfuerzos realizados por las ONG y las asociaciones de personas discapacitadas, es mucho lo que queda por hacer.

299. El acceso de los niños con discapacidad a los cuidados necesarios sigue siendo limitado como consecuencia de las restricciones financieras y los obstáculos geográficos.

300.Los recursos humanos disponibles para atender a los niños con discapacidad en los aspectos médico y social siguen siendo cuantitativa y cualitativamente insuficientes.

301.Los recursos presupuestarios asignados por el Estado para la promoción de los derechos de las personas con discapacidad ascendían a 150 millones de ariary en 2007 y a 50 millones de ariary en 2008.

4.Medidas de prevención y atención para los niños con discapacidad física

302. El Ministerio de Salud, Planificación Familiar y Protección Social cuenta desde 1999 con una política de prevención y atención para las personas con discapacidad que se centra sobre todo en la discapacidad física.

303.El Centro de Rehabilitación Motriz de Madagascar (CRMM) es la única estructura pública que ofrece cuidados de rehabilitación y readaptación en régimen de internado, mayoritariamente para niños. También es el único centro que practica actualmente operaciones de cirugía ortopédica infantil: 79 intervenciones en 2003 y 179 en 2006. La mayor parte de los casos quirúrgicos se remiten tardíamente al Centro.

304. El número total de los casos atendidos en régimen de colaboración entre algunas ONG y el CRMM pasó de 2.068 en 2003 a 2.979 en 2006.

305.El Instituto de Formación de Paramédicos de Antananarivo impartía formación a fisioterapeutas y técnicos en ortopedia, pero en 2007 se interrumpió el acceso a esas dos especialidades. Se procura ofrecer oportunidades de formación permanente al personal de los servicios de rehabilitación.

306.En lo que se refiere a la prevención de la poliomielitis, Madagascar estará pronto en condiciones de obtener la certificación de "país sin poliomielitis" gracias a los avances del Programa ampliado de inmunización con el enfoque de cobertura de todos los distritos. La tasa de inmunización contra la poliomielitis 3 aumentó de 77,8% en 2001 a 94,2% en 2006.

307.Los avances logrados en ese ámbito se observan claramente en los establecimientos de rehabilitación, pues las secuelas de la poliomielitis fueron durante años la principal causa de discapacidad tratada en esos servicios, mientras que en la actualidad se sitúa entre el séptimo y el décimo lugar.

308.Se ha elaborado un manual, destinado al personal de atención de salud, sobre la prevención y la detección de discapacidades en los niños de 0 a 5 años. En algunos establecimientos sanitarios se han empezado a aplicar procedimientos de detección sistemática de las malformaciones en los recién nacidos. La escasez de medios obstaculiza la difusión del manual y la extensión a otros establecimientos de los procedimientos de detección.

5.Prevención de la discapacidad visual

309.Madagascar se adhirió en 2004 a la iniciativa mundial para la eliminación de la ceguera evitable antes de 2020, o proyecto "Visión 2020: derecho a la vista", resultado de la asociación entre la OMS y el Organismo Internacional de Prevención de la Ceguera.

310.El Programa Nacional de Salud Ocular que se está aplicando actualmente tiene por objetivo reforzar la lucha contra la ceguera y la discapacidad visual.

311.Atendiendo a los datos disponibles, se estima en más de 25.000 el número de niños de 0 a 15 años que presentan defectos de refracción (disminución de la acuidad visual) que justificarían la prescripción de lentes correctoras, y en más de 1.400 el número de niños ciegos.

312.Las principales causas de ceguera evitable en los niños son la avitaminosis A, las complicaciones del sarampión y la infección neonatal. En la EDS 2003 se estimaba que el 76% de los niños de entre seis meses y cinco años de edad habían recibido una dosis de vitamina A en los seis meses anteriores a la encuesta.

6.Medidas adoptadas

313.La lucha contra la carencia de vitamina A se centra desde 1998 en la distribución periódica de esa vitamina a los niños de entre seis meses y cinco años de edad. Se organizan campañas bianuales para sensibilizar a la población, lo que ha permitido conseguir una reducción sustancial de la ceguera infantil por avitaminosis A, del 13,7% al 0,34%.

314.Entre los objetivos específicos que se prevé alcanzar antes de 2009 con el Programa Nacional de Salud Ocular se cuentan los siguientes:

Reforzar los procedimientos tendentes a la prevención de la ceguera infantil en el 50% de los centros sanitarios;

Garantizar la atención de los casos de defectos de refracción en niños de 10 a 15 años en el 14% de las escuelas primarias, en colaboración con Lion's Sight First Madagascar y SALFA.

315.En 2008 se empezó a impartir formación a especialistas en refracción con el apoyo de la CBM.

7.Prevención de la deficiencia auditiva y atención a los niños sordos

316.En lo que se refiere a la prevención de la sordera, conviene señalar que las vacunas contra la meningitis, la rubéola y las paperas todavía no están integradas en los programas de inmunización, por lo que corren a cargo de las familias.

317.SALFA participa desde hace alrededor de diez años, en asociación con la CBM, en un programa de prevención de la sordera, que se aplica selectivamente en sus centros. En colaboración con el Ministerio de Salud, se planea extender ese programa a los centros sanitarios públicos.

318.El costo de las prótesis auditivas sigue siendo prohibitivo.

8.Prevención de la deficiencia mental y atención a los niños con discapacidad mental

319.Entre las principales causas de deficiencia mental infantil se cuentan la trisornia 21, los problemas durante el embarazo, los accidentes perinatales, diversos Estados carenciales, enfermedades y accidentes infantiles, y la epilepsia.

320.Entre las medidas de prevención de la deficiencia mental cabe citar las siguientes:

Lucha contra los problemas causados por la carencia de yodo;

Lucha contra el síndrome de alcoholización fetal, a través de una unidad multidisciplinar pública-privada en colaboración con la entidad homóloga de la Isla de la Reunión, desde 2007;

Programas más generales que contribuyen a la prevención de la deficiencia mental: Hoja de ruta para reducir los riesgos de la maternidad, Programa de tratamiento integral de las enfermedades infantiles, Programa de nutrición;

Mejora del tratamiento de las epilepsias.

321.En el sistema de salud, las personas con discapacidad mental son atendidas en los centros y servicios de rehabilitación. Los servicios públicos se concentran todavía en las grandes ciudades y no ofrecen todo el conjunto de recursos disponibles para la atención de los niños con discapacidad mental.

322. Hay pocos centros que puedan proporcionar tratamientos de larga duración para niños con discapacidades múltiples. Los largos tratamientos necesarios constituyen un grave obstáculo, pues no existe ningún sistema de ayuda a las familias para atender a los costos directos, salvo en los casos asumidos por asociaciones y ONG.

9.Acceso a la educación

323. En el plan estratégico de desarrollo del sector educativo se consigna, entre otros aspectos, la voluntad del Estado malgache de impulsar una política de atención de las "personas que viven con una discapacidad".

324.Los textos en vigor preconizan que los niños y adolescentes con discapacidad reciban en principio una educación normal en un entorno escolar corriente, de acuerdo con los principios de la educación inclusiva.

325.A pesar de esas disposiciones, sólo el 10% del total de los niños con discapacidad asisten a centros de enseñanza corrientes.

326.Conviene señalar asimismo que todavía no se han definido los procedimientos para la participación en los exámenes oficiales de los niños con discapacidad escolarizados.

10.Educación de los niños con discapacidad física

327.Es necesario continuar los esfuerzos para facilitar el acceso de los niños con discapacidad física a un entorno escolar normal, habida cuenta del costo del equipo necesario y de los problemas de accesibilidad arquitectónica adaptada a la situación de esos niños.

328. El CRMM ha integrado en sus instalaciones una escuela que imparte enseñanza primaria y secundaria, destinada a escolarizar en el centro a los niños en tratamiento.

11.Educación de los niños con discapacidad mental

329.En asociación con Handicap International se está aplicando (2006-2009) un proyecto de creación de clases integradas para niños con discapacidad mental, para lo que se imparte formación específica al personal docente. En 2007 existían 47 clases integradas repartidas entre varias ciudades del país.

330.Hay en total una veintena de organismos, desigualmente repartidos por el país, que proporcionan enseñanza, formación o apoyos socioeducativos. Existen, además, algunos centros preescolares que aceptan a niños con discapacidad mental.

12.Educación de los niños ciegos

331.Las estructuras de atención de los ciegos son todavía escasas. El centro de referencia es el FAFAJA (Foibe Fanabeazana ny Jamba), creado por la iglesia luterana en Antsirabé, en el que los niños cursan el ciclo primario en régimen de internado siguiendo el programa oficial. Los padres contribuyen a sufragar los costos de la escolarización. En 2006 se impartía enseñanza primaria a 72 niños ciegos y formación profesional a otros 27.

332.La mayoría de los niños que terminan la enseñanza primaria no continúan sus estudios en la enseñanza secundaria, principalmente por la dificultad de acceder a material en Braille.

13.Educación de los niños sordos

333.La iglesia luterana dispone de un centro especializado en la educación para sordos. En las principales ciudades del país existen actualmente ocho centros para sordos que funcionan en régimen de internado. Los padres contribuyen a sufragar el costo de la estancia.

334.Se pretende que la obtención del certificado de estudios del primer ciclo de enseñanza secundaria permita a los niños sordos la integración en el entorno normal, con ayuda de un intérprete.

335.Además, algunos niños con problemas auditivos son integrados progresivamente en las clases ordinarias.

336.La FMM (Federasionan'ny Marenina eto Madagasikara), en asociación con Noruega, ha promovido la formación de intérpretes en el lenguaje de signos malgache. Se ha formado ya a una primera promoción de 14 intérpretes, pero las necesidades siguen siendo considerables. La FMM ha impulsado también la elaboración de un diccionario del lenguaje de signos, al que se dará la debida difusión.

14.Participación en actividades culturales y deportivas

337.Las asociaciones y centros especializados se esfuerzan por promover la práctica del deporte entre los niños con discapacidad y organizan competiciones deportivas para promover la realización del potencial de los niños con discapacidad y proporcionar al público la oportunidad de conocerlos mejor.

338Existe una federación deportiva de personas con discapacidad, Handisport, que despliega una intensa actividad. Esa Federación reúne varias disciplinas deportivas, como el baloncesto sobre silla de ruedas, el atletismo para personas ciegas o con problemas visuales, la petanca y el torball. En los Juegos de las Islas del Océano Índico celebrados en 2007 en Madagascar participaron malgaches con discapacidad, que ganaron diversas medallas.

339.No obstante, el acceso de las personas con discapacidad a actividades públicas de esparcimiento sigue siendo limitado y se circunscribe a entornos urbanos.

B.Salud y servicios médicos

1.Marco institucional

340.El Estado reconoce y tutela el derecho de toda persona a la protección de su salud desde el momento de la concepción (art.19 de la Constitución). Ese derecho a la salud y al desarrollo entraña la obligación de prevenir las enfermedades y de atender a las necesidades sanitarias de los niños en caso de enfermedad.

341.De conformidad con la Declaración del Milenio de 2000, el Presidente de la República y el Gobierno otorgan especial atención a la salud maternoinfantil.

2.Evolución de los indicadores

342.Los datos básicos referentes a la salud infantil han registrado una evolución positiva en los últimos años.

343.La disminución de la tasa de mortalidad de los niños menores de cinco años, iniciada en 1985, se aceleró entre 1997 y 2003.

Cuadro 16

Tasas de mortalidad materna e infantil

Año / Tasa

1992

1997

2004

Mortalidad maternal

507

488

469

Mortalidad infantil

93

88

58

Mortalidad infantil-juvenil

153

142

94

Fuente : Política Nacional de Salud Infantil (PNSE 2005).

344.Entre los factores que han contribuido a esa disminución cabe mencionar el relanzamiento, desde 2003, de las campañas de inmunización en los distritos menos favorecidos, el Programa ampliado de inmunización y las campañas de vacunación contra el sarampión en 2004 (9 millones de niños vacunados) y contra la polio en 2005.

Cuadro 17

Cobertura de la inmunización a 21 de diciembre de 2006

BCG

DPT Hep . B1

DPT Hep . B2

DPT Hep . B3

Polio 0

Polio 1

Polio 2

Polio 3

Sarampión

Tétanos 1

Tétanos 2 y +

103,4

101,8

93,9

95,3

42,1

105,8

95

94,2

86,2

44,8

53,5

Fuente : Servicio de Inmunización del MSPFPS.

345.Se aportan a continuación algunos datos sobre la situación de salud maternoinfantil en Madagascar:

La tasa de utilización de métodos anticonceptivos se ha quintuplicado en 10 años, pasando de 3,5% en 1992 a alrededor del 10% en 1997 y al 18% en 2004;

El índice total de fecundidad entre las mujeres aparejadas disminuyó de 6 hijos por mujer en 1995-1997 a 5,2 hijos por mujer en 2001-2004,

Tres recién nacidos de cada 100 mueren antes de cumplir un mes, aunque la mortalidad neonatal descendió en un 21% entre 1992 y 2004;

Recibe atención durante el parto el 50% de las mujeres;

Nueve de cada 100 niños mueren antes de cumplir 5 años;

Se realiza con asistencia de personal cualificado el 51,3% de los partos;

El 29% de los nacimientos tiene lugar en centros de atención de salud;

El 93% de los jóvenes de 15 a 18 años ya ha tenido relaciones sexuales;

La proporción de población que tenía acceso al agua potable era en 2004 del 35% (frente a 23,8% en 1997 y 27,2% en 2001).

346.Malnutrición:

Cuatro niños de cada 10 padecen de malnutrición;

Siete familias de cada 10 se encuentran en situación de inseguridad alimentaria;

El 54% de la mortalidad infantil es imputable a la malnutrición;

El 68% de los niños son anémicos;

El 67% de los niños menores de seis meses son alimentados exclusivamente con leche materna.

3.Asignaciones presupuestarias destinadas al sector sanitario

347.El sector sanitario está financiado en un 32% por el Estado, en un 36% por los asociados técnicos y financieros y en un 32% por aportaciones privadas, incluidos los desembolsos directos de las familias (19,1%). Desde el punto de vista de los productos y servicios proporcionados, el 28% del gasto sanitario total corresponde a los servicios de prevención y de salud pública, el 20% a los productos farmacéuticos y el 22% a los cuidados ambulatorios. Ese reparto indica una asignación de los recursos adecuada a las necesidades de la población en materia de asistencia sanitaria.

348. El gasto sanitario total representa el 3,5% del PIB (CNS 2003).

349. En 2005 el gasto sanitario del Estado ascendía a 144.000 millones de ariary, lo que representaba alrededor del 8,7% del presupuesto general (5 dólares EE.UU. per cápita).

350.En el siguiente cuadro se muestra la evolución del porcentaje del presupuesto general del Estado asignado al sector sanitario de 1994 a 2005.

Cuadro 18

Porcentaje del presupuesto general del Estado que se destina al gasto sanitario, 1994 a 2005

Partida presupuestaria

1994

1995

1996

1997

1998

1999

2000

2001

2002

2003

2004

2005

Gastos de funcionamiento

8,6

10,9

10,1

10,4

10,8

8,2

9,1

23,3

19,9

18,5

17,4

10,33

Inversiones

6,5

6,2

11,8

10,3

12,4

14,3

16,9

7,67

8,15

nd

nd

7,91

Proporción del presupuesto de sanidad

7,5

8,1

11,0

10,3

10,3

9,2

10,2

10,4

12,9

7,7

5,8

8,74

Fuente : Anuario estadístico sanitario, CDMT del sector sanitario.

351. En el cuadro siguiente se muestra la evolución de 1998 a 2006 de la distribución por niveles del presupuesto sanitario.

Cuadro 19

Distribución por niveles del presupuesto sanitario, 1998 a 2006

Nivel

1998

1999

2000

2001

2002

2003

2004

2005

2006

Central

48,5

57,4

62,6

54,9

47,4

43,4

41,4

45,8

41,40

Intermedio

9,9

10,7

9,7

13,9

22,9

18,8

58,6

54,20

58,60

Periférico

41,6

31,9

27,7

31,2

29,7

37,8

Total

100,0

100,0

100,0

100,0

100,0

100,0

100,0

100,0

100,0

Fuente : Anuario estadístico sanitario, CDMT del sector sanitario.

4.Sistema de asociaciones

352.Se han elaborado un Plan de Desarrollo del Sector Sanitario y un Marco de gasto a mediano plazo (2006-2008) en el que se establecen las necesidades financieras del sector. En ese marco se basa la colaboración entre el Estado y los principales donantes.

5.Reducción de la mortalidad infantil-juvenil

Objetivos del Gobierno

353. Los ODM correspondientes a la salud materna e infantil se incorporan en las estrategias y proyectos enmarcados en el compromiso 5 del MAP, referentes a la prestación de servicios de salud de calidad para todos, la erradicación de las enfermedades transmisibles, como la malaria, la reducción de la mortalidad infantil-juvenil, maternal y neonatal, una estrategia eficaz de planificación familiar, la reducción de la malnutrición y la mejora del acceso al agua y al saneamiento.

354.La política sanitaria se consigna en los documentos siguientes:

Política Nacional de Salud Infantil;

Plan estratégico para la supervivencia infantil

Hoja de ruta para reducir los riesgos de la maternidad;

Programa nacional "Agua y saneamiento para todos".

355.Con objeto de facilitar la aplicación de esos programas, el Gobierno, a través del Ministerio e Salud, ha introducido reformas en ámbitos relacionados con la salud infantil:

Planificación familiar;

Lucha contra la malaria mediante la utilización de mosquiteros impregnados de insecticida para las mujeres embarazadas y los niños menores de cinco años);

Lucha contra el VIH/SIDA mediante la prevención de la transmisión de madres a hijos.

356. Con el fin de aumentar la eficacia del sistema sanitario se prevé adoptar las medidas siguientes:

Velar por que todos los centros sanitarios y hospitales de primera remisión cuenten con el personal cualificado necesario para proporcionar todos los servicios básicos;

Promover el acceso a atención de salud de calidad, en particular en las zonas rurales;

Atraer a personal médico cualificado a las zonas periféricas mediante incentivos adecuados, como una vivienda decente;

Procurar que el personal médico ejerza efectivamente la especialidad para la que ha recibido formación;

Descentralizar la gestión y la financiación del sistema de salud y la adopción de decisiones al nivel de la región y de la comuna;

Crear sinergias entre la medicina tradicional y la moderna.

6.Principales causas de morbilidad en los niños menores de cinco años

357.Al nivel de los centros de atención primaria las principales causas de morbilidad son las infecciones respiratorias aguas, la malaria, la diarrea y las infecciones cutáneas.

Cuadro 20

Principales causas de morbilidad de los niños menores de 5 años al nivel de los centros de atención primaria

Enfermedad

Año

2005

2007

Infecciones respiratorias agudas

33,8

42,5

Paludismo

20,5

12,4

Diarreas

14,7

15,9

Infecciones cutáneas

4,2

5

Fuente : Informes de los centros de atención primaria.

Cuadro 21

Principales causas de morbilidad de los niños menores de 5 años al nivel de los centros hospitalarios de distrito

Enfermedad

Año

2005

2007

Paludismo grave con complicaciones

28,1

29,2

Diarrea con deshidratación aguda

18,5

25,5

Neumonía

7,2

9,8

Hernia

6,3

12,9

Fuente : Informes de los centros hospitalarios de distrito.

Cuadro 22

Atención dispensada a los niños enfermos examinados

Tasa de tratamiento en establecimiento sanitario

Diarrea

43%

Tratamiento de rehidratación oral

Fiebre

39%

Tratamiento/asesoramiento

Infección respiratoria aguda

4/10 cas

Tratamiento/asesoramiento

Fuente : INSTAT/DDSS/EDSMD III 2003-2004.

7.Principales causas de mortalidad

358.Las principales causas de mortalidad de niños menores de cinco años en los hospitales son las siguientes:

Malaria aguda (25,9%);

Diarreas (13,7%);

Malnutrición aguda (10,9%);

Infecciones respiratorias agudas (8,6%).

8.Evolución de la mortalidad materna

359.En cuanto a la salud materna, la tasa de mortalidad materna disminuyó en un 29% durante el período 1992-2003/2004, pues pasó de 660 a 469 por mil partos (EDS). Gracias a campañas de inmunización suplementaria en distritos de alto riesgo se han logrado progresos en la lucha contra el tétanos neonatal.

Cuadro 23

Consultas prenatales y tasas de mortalidad

Indicador

Año

2005

2006

2007 julio

Tasas de consulta prenatal

68,10

63,81

86,76

Partos

21,10

22,85

27,37

Tasas de mortalidad neonatal

2,30

2,18

2,71

Tasas de mortalidad materna

0,18

0,24

0,27

Fuente : SSSA/MSPFPS.

9.Estrategias para mejorar los índices de supervivencia materna e infantil

360.Las principales estrategias aplicadas para mejorar las tasas de supervivencia infantil se centran en los siguientes puntos básicos:

Aplicación de la Hoja de ruta para la reducción de la mortalidad materna y neonatal;

Generalización del tratamiento integral de las enfermedades infantiles;

Actividades de sensibilización en el marco de la celebración, dos veces por año, de la Semana de la Salud Maternoinfantil;

Información y educación básica en materia de salud;

Acceso al agua, a la higiene y al saneamiento ambiental;

Intensificación de la lucha contra la malnutrición;

Fomento de la atención neonatal a domicilio;

Prestación de servicios sanitarios de calidad para todos;

Fortalecimiento de las actividades del Programa ampliado de inmunización mediante el enfoque de cobertura de todos los distritos;

Actividades de prevención y lucha contra la malaria en las mujeres embarazadas y los niños.

10.Medidas adoptadas para mejorar la salud de los niños y los adolescentes

361.La Hoja de ruta para la reducción de la mortalidad materna y neonatal comenzó a aplicarse en 2006, con la definición de normas nacionales de atención obstétrica y neonatal.

362.Esa Hoja de ruta prevé, en el horizonte de 2015, el aumento de la disponibilidad y accesibilidad de la atención materna y neonatal de calidad a todos los niveles del sistema sanitario en el 70% de los centros sanitarios (objetivo 1) y el fortalecimiento de la capacidad de las personas, las familias y la comunidad para el cuidado de la salud (objetivo 2)

363.La generalización del tratamiento integral de las enfermedades infantiles ha contribuido considerablemente a la mejora de los indicadores de morbilidad de los niños menores de cinco años. Los importantes esfuerzos realizados para la aplicación a gran escala del programa de intervenciones preventivas han propiciado sin duda la reducción sustancial de la mortalidad y la morbilidad infantil-juvenil desde comienzos del decenio de 1990 hasta la actualidad.

364.Se han realizado las siguientes actividades:

Tratamiento de la diarrea con zinc y solución de rehidratación oral en una nueva fórmula;

Tratamiento de las infecciones respiratorias agudas con Cotrimoxazol;

Tratamiento domiciliario de la malaria.

365.La celebración de la Semana de la Salud Maternoinfantil es una de las actividades importantes realizadas para mejorar la supervivencia infantil. En 2006 la campaña nacional bianual de administración de suplementos de vitamina A se convirtió en la Semana de la Madre y del Niño, que se enmarca en una estrategia de fortalecimiento de la oferta y la utilización de los servicios de atención primaria y ofrece un conjunto integrado de servicios de inmunización, prevención de la malaria, consulta prenatal y planificación familiar. La Semana de la Salud Maternoinfantil se dirige en particular a las madres y niños de las zonas menos accesibles y menos atendidas por servicios permanentes y se propone llegar como mínimo al 90% de la población.

366.Las prestaciones que se ofrecen durante la Semana son gratuitas, ya se trate de servicios fijos, avanzados o móviles.

367.Para la celebración de la Semana se utilizan intensivamente todos los medios de comunicación disponibles (medios de difusión de masas, prensa escrita y radio, comunicados de prensa, mesas redondas, debates televisados, campañas masivas, etc.) para promover comportamientos que mejoren los índices de supervivencia materna y neonatal.

Cuadro 24

Número de mensajes difundidos para promover la salud materna e infantil

Cobertura

Número de emisoras

Tipo de emisión

Total

Anuncios

Horas de máxima audiencia

Animación

Emisiones

Nacional

97

5 787

1 442

1 144

945

9 318

Fuente : MTPC, Dirección de Información, Reglamentación y Medios de Comunicación.

368.Con ocasión de la Semana de la Salud Maternoinfantil celebrada en abril de 2007 se difundieron intensivamente mensajes sobre diversos temas, traducidos a 21 dialectos.

369.La evaluación de las actividades realizadas en abril de 2007 indica que se proporcionaron suplementos de vitamina A y se desparasitó con mebendazol a más del 80% de los niños de 6 a 59 meses.

Agua, higiene y saneamiento

370.El agua potable, la higiene y el saneamiento son aspectos prioritarios del compromiso 5 del MAP, cuyo objetivo 8 consiste en abastecer de agua a la población y generalizar las prácticas higiénicas y sanitarias. Las estrategias aplicadas para tal fin son las siguientes:

Garantizar el acceso de toda la población al agua potable;

Educar a la población en las prácticas higiénicas y sanitarias adecuadas; y

Aplicar la estrategia WASH.

371.El Programa Nacional para el Acceso al Agua Potable y al Saneamiento, que se aprobó en 2005 y abarca el período comprendido entre 2005 y 2007, se centra en campañas de educación sanitaria, actividades tendentes a promover cambios de comportamiento de la población en cuestiones de higiene, y el establecimiento de "centros de atención primaria afiliados a WASH".

372.El diagnóstico sectorial no es muy favorable. En 2006 sólo el 38% de la población tenía acceso a agua potable y el 52% a un sistema de saneamiento básico, lo que significa que había nueve millones de personas sin acceso a infraestructuras de saneamiento básico y 12 millones sin acceso a agua potable. Esa situación afecta a la salud de la población en general. Las enfermedades diarreicas representan la segunda causa de morbilidad y afectan al 51% de los niños menores de cinco años.

Intensificación de la lucha contra la malnutrición

373.En la Convención sobre los Derechos del Niño se reconoce el derecho de los niños a una nutrición adecuada con el fin de garantizar su supervivencia y su desarrollo físico e intelectual.

374.Son muchos los niños malgaches expuestos a malnutrición proteínica y energética y a carencias de micronutrientes. La malnutrición constituye el telón de fondo de las enfermedades de la infancia, pues es la causa de más del 50% de la morbilidad y de la mortalidad de los niños menores de cinco años.

375.La carencia de datos comparables hace difícil estimar la evolución de las tasas de malnutrición en el período más reciente. En 2003/2004 se estimaba que el 48% de los niños menores de cinco años padecía de malnutrición crónica moderada (tamaño/edad), el 42% de insuficiencia ponderal y el 13% de malnutrición aguda (peso/tamaño, emaciación) (EDS).

376.Consciente de esas carencias, Madagascar adoptó en 2004 la Política Nacional de Nutrición PNN), completada por el Plan Nacional de Acción para la Nutrición (PNAN) 2005-2009. Se estableció asimismo la Oficina Nacional de Nutrición (ONN) con el fin de asegurar la coordinación técnica general y el seguimiento de la aplicación del PNAN bajo las orientaciones estratégicas del Consejo Nacional de Nutrición.

377.Se adoptaron recientemente algunas medidas de acompañamiento: elaboración de un proyecto de decreto para la creación y organización de un comité nacional de control y de comités regionales de supervisión de la comercialización de productos sustitutivos de la leche materna, y proyecto de decreto sobre la reglamentación de la comercialización de los productos de alimentación neonatal y de la primera infancia.

11.Causas de la malnutrición infantil

378. Las causas de la malnutrición son la ingesta alimentaria insuficiente en cantidad y calidad, la atención inadecuada y hábitos alimentarios inapropiados, el acceso insuficiente a los servicios de salud y la inseguridad alimentaria al nivel de las familias.

379.Aunque Madagascar dispone de un importante potencial agropastoral y pesquero, la dieta malgache es poco variada y desequilibrada.

380.Las prácticas de alimentación de los lactantes y niños pequeños todavía no son satisfactorias. A pesar de la elevada proporción de madres que amamantan a sus hijos (evaluada en un 98% en 2003), la práctica de la lactancia materna exclusiva todavía no está extendida para los niños menores de seis meses (67% en 2003 y 48% en 1997). Se observa asimismo un destete precoz en el 36% de los niños menores de seis meses y del 30% de los menores de 45 meses (EDS) y un destete tardío del 22% de los niños de seis a nueve meses que no reciben alimentos sólidos o semisólidos para complementar la leche materna.

381.La prevalencia de las enfermedades habitualmente vinculadas a la malnutrición sigue siendo elevada: enfermedades diarreicas (10%), fiebres (paludismo) (20%), infecciones respiratorias agudas (9%) y sarampión (3,4%), lo que indica que es necesario seguir mejorando el entorno sanitario y el acceso a los servicios básicos de salud.

382.La inseguridad alimentaria de las familias se ha reducido, pero sigue estando muy extendida. Según el PNN/PAM, pasó de 65% en 2001 a 25% (inseguridad alimentaria crónica) en 2005.

383.En las zonas rurales se dedica a la alimentación el 75% del gasto total de las unidades familiares, y sólo un 15% de la población malgache está libre de inseguridad alimentaria.

12.Estrategias de aplicación adoptadas

384. Se han definido, con miras a su ejecución simultánea, las siguientes "actuaciones esenciales en materia de nutrición":

Lactancia materna exclusiva hasta los seis meses;

Alimentación suplementaria adecuada y lactancia materna;

Alimentación de los niños enfermos, en particular de los malnutridos;

Alimentación adecuada, en particular de las mujeres embarazadas y lactantes;

Lucha contra la avitaminosis A;

Lucha contra las carencias de hierro y de yodo.

385.Se propugnan asimismo las siguientes medidas:

Yodación y fluoración permanentes de la sal, con miras a la prevención de los problemas causados por la carencia de yodo y de las caries dentales, respectivamente.

Mejora de la comercialización de la sal yodada y fluorada y garantía de calidad al nivel de los consumadores;

Fortalecimiento de las asociaciones entre el sector público y el privado.

13.Resultados obtenidos por la Oficina Nacional de Nutrición (ONN)

386.En el marco del Programa Nacional de Nutrición Comunitaria (PNNC) se han obtenido los siguientes resultados:

Funcionamiento en todo el país de 550 centros;

Seguimiento de 967.308 niños menores de cinco años, lo que representa el 76,44% del objetivo fijado;

Participación en sesiones educativas de 774.909 madres de niños menores de cinco años, lo que representa el 77,18% del objetivo fijado;

Participación en sesiones educativas de 33.899 mujeres embarazadas, lo que representa el 61,35% de las censadas en las respectivas zonas;

Participación en sesiones educativas de 102.659 adolescentes, lo que representa el 64,23% del objetivo fijado;

Celebración de 207.175 sesiones educativas sobre nutrición;

Suministro de suplementos de vitamina A a 64.670 mujeres embarazadas;

Celebración de 6.322 sesiones de evaluación comunitaria.

387.El desparasitado de los niños en edad escolar (estrategia Nº 7 del PNN) abarca tanto a los alumnos de las escuelas primarias privadas como a los de las públicas.

Cuadro 25

Desparasitado de los niños en edad escolar

Número de niños desparasitados

Número de niños desparasitados dos veces en el año

Curso escolar

Distritos escolares abarcados

Escolarizados

No escolarizados

Escolarizados

No escolarizados

2005-2006

56

1 950 000

190 000

1 835 850

175 000

2006-2007

60

2 071 836

250 000

1 300 000*

75 000*

2007-2008

111

4 034 050

400 000

En curso

* Sólo se dispone de datos parciales por un problema de presentación de informes al nivel de los distritos escolares (fuente de los informes: ONN).

14.Prestación de servicios sanitarios de calidad para todos

388.Se ha impulsado la redinamización del sistema sanitario basado en las regiones y los distritos sanitarios mediante la asignación de los recursos humanos y materiales necesarios para la buena marcha de los servicios. Esa medida, unida a las demás actuaciones sectoriales relacionadas con la salud, por ejemplo en materia de nutrición, suministro de agua, saneamiento y seguridad alimentaria, ha tenido notables efectos positivos en la salud de la población.

Gráfico 3

Servicio de salud de calidad

Nacional:(PCIME, Programa ampliado de inmunización, planificación familiar/salud reproductiva, enfermedades de transmisión sexual/sida, nutrición, SIGModificación de comportamientos: IEC/CCC, medidas de prevención, atención a domicilioEnfoque IEC: Sector público, sector privado, asociaciones, niño a niño Capacidad de gestión (planificación, formación, gestión, evaluación, logística)Comité de salud y comité de gestiónFuente: Proyecto de Desarrollo del Sector de la Salud 2007 DEP-MSPFPS.SERVICIO DE CALIDAD22 direcciones regionales de salud, 111 servicios de salud de distritoIntegración de servicios de calidad: Medicamentos esenciales, consejos, programa, equipo, logística, seguimientoProfesores17Médicos especialistas287Médicos generalistas3.016Paramédicos7.740Comadronas: 2.984, Enfermeros: 3.434, Auxiliares sanitarios: 1.322Farmacéuticos2 centros hospitalarios universitarios, 19 centros hospitalarios regionales, 76 centros hospitalarios de distrito, 16 establecimientos especializados

389.El sistema de salud se articula en varios niveles con funciones diferenciadas y competencias claramente definidas por el organigrama.

390.El Ministerio de Salud, Planificación Familiar y Protección Social define la orientación general de la Política Nacional de Salud, los grandes ejes estratégicos y las medidas de aplicación.

391. Las direcciones regionales de salud coordinan la ejecución de la Política Nacional de Salud al nivel de cada región.

392.Los servicios de salud de distrito constituyen el nivel periférico y garantizan la realización de todas las actividades de los programas de salud en los centros hospitalarios de nivel 1 y 2 y en los centros de atención primaria.

393.El nivel comunitario constituye la base del sistema y es a la vez actor y beneficiario.

Gráfico 4

Medidas adoptadas para el fortalecimiento del sistema de salud: recursos humanos y equipo

Contratación en el período 2002-2006 de 2.803 agentes de salud (881 médicos, 200 paramédicos y 1.722 administrativos);

Aumento de las competencias de los agentes de salud;

Adecuación de las infraestructuras a las normas pertinentes;

Reequipamiento de los centros de atención primaria (material para partos para los centros de 31 servicios de salud de distrito, 790 refrigeradores y 138 congeladores);

Suministro de materiales y equipo de laboratorio para 21 centros hospitalarios regionales;

Suministro de ambulancias para los centros hospitalarios de distrito de nivel 2, de vehículos todoterreno para 21 servicios de salud de distrito y de camiones para cuatro regiones;

Establecimiento de la red de comunicación en los centros hospitalarios de distrito de nivel 2 y en 350 centros de atención primaria (BLU y BLU data);

Generalización del sistema computadorizado de información sanitaria;

Establecimiento de una red interna a nivel central.

15.Fortalecimiento de las actividades de inmunización

394.La mayor parte de las enfermedades que se pueden prevenir mediante inmunización están ya controladas en Madagascar. Las estrategias de inmunización se refuerzan con amplias campañas de inmunización suplementaria, como las campañas de vacunación contra el sarampión y contra la polio realizadas en 2004 y 2006, respectivamente.

395.Madagascar está en proceso de certificación como "país sin poliomielitis".

396.También se ha avanzado en 2006/2007 hacia la eliminación del tétanos materno y neonatal, gracias a la realización en los distritos de alto riesgo de actividades de vacunación suplementaria de las mujeres embarazadas y las mujeres en edad de procrear.

Cuadro 26

Evolución de las tasas de cobertura, 2001 a 2006

Año

Antígenos

2001

2002

2003

2004

2005

2006

BCG

87,8

73,6

96,3

89

95,2

100

D PT

80,2

62,0

86,9

79

92,2

93

Polio 3

77,8

60,8

85,8

80

87,4

92

Sarampión

81,4

61,3

86,6

98

83,8

84

Fuente : Análisis de la situación de la infancia en Madagascar (borrador) 2008.

397.La proporción de niños totalmente inmunizados es del 50%.

398.La institucionalización de la celebración de la Semana de la Salud Maternoinfantil, en la que se integran actividades de inmunización y otras intervenciones destinadas a mejorar las tasas de supervivencia infantil, constituye una oportunidad para llegar a los niños de las zonas aisladas.

399.El Ministerio de Salud está reactualizando la Política Nacional de Inmunización.

16.Actividades de prevención y lucha contra la malaria en las mujeres embarazadas y los niños

400.La lucha contra la malaria entre las mujeres embarazadas se basa en los criterios de equidad y acceso efectivo a la prevención y al tratamiento, y forma parte de la atención prenatal focalizada. Se dispensan dos tipos de tratamiento:

Tratamiento preventivo intermitente mediante sulfadoxina-pirimetamina;

Suministro de mosquiteros impregnados de larga duración para las mujeres embarazadas y los niños menores de cinco años.

17.Medidas adoptadas para mejorar la salud de los niños y los adolescentes

401.Lucha contra el tabaquismo. Madagascar demostró su voluntad de luchar contra el tabaquismo al ratificar, en febrero de 2005, el Convenio Marco para el Control del Tabaco. En 2005 se estableció, por el Decreto Nº 2005-554, la Oficina Nacional de Lucha contra el Tabaquismo (OFNALAT). La Orden interministerial Nº 18.171/2003 de 22 de octubre de 2003 prohíbe la venta y la adquisición de productos de tabaco por menores de 18 años (art. 19).

402.Salud mental. La legislación en materia de salud mental data de 1938. En la actualidad se está estudiando un proyecto de ley relativo a los derechos y la protección de las personas con trastornos mentales y psíquicos, en el que, entre otras cosas, se consigna el derecho de todo niño o adolescente con trastornos mentales al acceso a una educación adecuada y a actividades recreativas y se preconiza la aplicación de programas psicopedagógicos y educativos a tal efecto.

403.Salud bucodental. Se ha sensibilizado sobre diversas cuestiones de higiene bucodental a los alumnos de 2.830 escuelas primarias de diferentes regiones, y se han instalado 27 centros de salud dental para escolares.

404.Lucha contra el cáncer. Se han realizado actividades de sensibilización de la población sobre los males del tabaquismo. En 2008 se celebró el Día Mundial contra el Cáncer, centrado en la sensibilización sobre los efectos perjudiciales del tabaco en los niños y en la creación de una unidad de oncopediatría en el Hospital Ravoahangy Andrianavalona.

18.Sistema de enseñanza y formación del personal sanitario

405.La relación entre los recursos humanos disponibles y la población sigue siendo claramente inferior a las normas de la OMS, sobre todo en lo que se refiere al personal de enfermería.

Cuadro 27

Personal médico y paramédico en Madagascar y normas de la OMS

Categorías

Cobertura

Normas de la OMS para los países de ingreso bajo

Situación actual

Médicos

1 por cada 5 000 habitantes

0,72 por cada 5 000 habitant e s

Enfermeros

1 por cada 2 000 habitantes

0,44 por cada 5 000 habitant e s

Comadronas

1 por cada 5 000 habitantes

0,87 por cada 5 000 habitant e s

Fuente : Estudio sobre el sistema de enseñanza y formación del personal sanitario.

406.Las estructuras actualmente existentes para la formación inicial son las siguientes:

Facultades de medicina de Antananarivo y de Mahajanga;

Instituto de Odontoestomatología Tropical de Mahajanga;

Seis institutos interregionales de formación de personal paramédico;

Instituto Nacional de Salud Pública y Comunitaria;

Instituciones privadas de formación inicial.

407.Se organizan actividades de formación permanente en función de las necesidades indicadas en la Política Nacional de Salud y por diversas entidades donantes.

408.Los establecimientos y centros de formación existentes ponen a disposición del sector de la salud parte de los recursos humanos que necesita. De 1997 a 2005 se contrató en el sector público a cerca de 1.661 médicos generalistas y especialistas. Asimismo, de 2003 a 2005 se contrató a 819 enfermeros y comadronas (fuente: PDSS 2007).

409.Entre las medidas adoptadas para mejorar el sistema de enseñanza y formación cabe destacar las siguientes:

Reforma de la formación inicial mediante su mayor adecuación a la Política Nacional de Salud;

Definición del perfil de conocimientos del personal médico y paramédico;

Formación de especialistas;

Establecimiento de un plan de desarrollo profesional.

19.Planificación familiar

410.En lo que respecta a la salud reproductiva de los adolescentes, cabe señalar que las mujeres de 15 a 19 años representan el 22,7% del total de mujeres en edad de procrear.

411.La edad de inicio de la actividad sexual es en promedio de 17,5 años entre las mujeres y de 18 años entre los hombres, y hay una proporción importante de mujeres cuya vida sexual se inicia antes de los 15 años (el 13,8% de las mujeres de 20 a 24 años).

412.La utilización de métodos anticonceptivos ha aumentado a nivel nacional, pues la proporción de mujeres con pareja que utiliza algún método anticonceptivo moderno pasó del 10% en 1997 al 18% en 2003-2004, aunque son todavía menos del 8% las mujeres de 15 a 19 años sexualmente activas que declaran utilizar algún método anticonceptivo.

413.La tasa de embarazos de adolescentes es del 19%.

414.En 2005 se puso en marcha el Programa de Planificación Familiar 2005-2009 para aplicar la nueva Política Nacional de Salud Reproductiva.

415.Las medidas adoptadas para prevenir los embarazos precoces abarcan actividades de información y educación sobre salud sexual y reproductiva, la creación de centros de juventud para asesorar a todos los adolescentes y la introducción de un enfoque más eficaz en relación con la educación sexual y los métodos anticonceptivos en las escuelas y por medio de la radio y la televisión.

416.Se estima que, entre 1992 y 2004, se evitaron anualmente gracias a las medidas de planificación familiar 22.850 muertes de niños 2.500 muertes de madres.

417.Desde julio de 2007 existen en todos los centros de salud servicios gratuitos de planificación familiar, en los que se facilitan anticonceptivos.

418. La financiación se estima en 52.937.000 dólares EE.UU. El conjunto de la estrategia está financiado por el Estado y los asociados nacionales e internacionales.

C.Lucha contra el VIH y el sida

1.Marco institucional

419.En el objetivo 3 del compromiso 5 del MAP se estipula que la lucha contra el VIH y el sida constituye uno de los objetivos prioritarios del país, con miras a reducir la pobreza y mejorar la calidad de vida de la población malgache. La Secretaría Ejecutiva del Comité Nacional de Lucha contra el Sida constituye el órgano institucional encargado de la coordinación de las respuestas a esa pandemia y de la ejecución del Plan Estratégico Nacional.

2.Marco programático: Plan Estratégico Nacional

420.En el Plan Estratégico Nacional se prevén medidas importantes para proteger del riesgo de infección por VIH/SIDA a los dos millones de niños en situación difícil y al 30% de jóvenes menores de 15 años sexualmente activos.

421.Ese plan nacional multisectorial abarca las esferas de la salud, la educación, el desarrollo rural, el trabajo, el transporte, el turismo, la seguridad, la población, la juventud y el deporte, y la comunicación. El Ministerio de Comunicación realiza numerosas actividades para concienciar a los niños y los jóvenes sobre los comportamientos adecuados para prevenir el VIH/SIDA.

422.Además, se ha tenido en cuenta a los niños en la integración del servicio de prevención de la transmisión de madre a hijo del VIH en 576 centros sanitarios básicos (informe de 2006). El resultado ha sido alentador, pues el 71% de las mujeres examinadas en consulta prenatal aceptó someterse a las pruebas de detección.

423.En cuanto a los huérfanos y niños vulnerables, en 2006 se presentó un proyecto de ley para mejorar su situación, y se han proporcionado ayudas económicas a las familias de acogida de 1.404 de esos niños en 12 localidades.

424.Madagascar se encuentra actualmente en la segunda fase de aplicación de su Plan Estratégico Nacional, que abarca el período 2007-2012 y tiene por objetivo materializar la visión de "un país en el que todas las personas, y en particular los jóvenes, sean conscientes de los riesgos personales y participen activamente con sus dirigentes en la lucha contra el VIH/SIDA; en el que toda persona pueda acceder fácilmente a los métodos de prevención apropiados y los utilice en forma responsable; y en el que los allegados, la familia y la comunidad atiendan y presten apoyo a las personas infectadas y afectadas por el VIH". Las actuaciones descritas en el Plan Estratégico Nacional se centran, entre otros aspectos, en el desarrollo de un marco jurídico, político y operacional que permita la adopción de medidas multisectoriales e integradas para proteger los derechos de las personas y mejorar el acceso de la población a la información pertinente, a los medios de prevención y a la atención y al apoyo necesarios.

425.En el Plan se indican como principales destinatarios de las actuaciones los grupos de población más expuestos a contraer y propagar la infección por vía venérea, como las trabajadoras sexuales y sus clientes, y se otorga asimismo especial importancia a la protección de los grupos vulnerables, como las mujeres, los jóvenes, y los huérfanos y niños vulnerables.

426.De las encuestas realizadas se desprende, en efecto, que la prevalencia del VIH entre los jóvenes es mayor que entre los demás grupos y que la media nacional: 0,5%. Entre las mujeres embarazadas, el grupo de edad más afectado por el VIH es el de 15 a 19 años, según la más reciente encuesta de seguimiento biológico (ESB), realizada en 2007. Como consecuencia del sentimiento de invulnerabilidad a las infecciones que caracteriza a ese grupo de edad, esos jóvenes tienen una vida sexual activa con múltiples parejas y sin protección. Según datos de la encuesta de seguimiento de comportamientos (ESC 2006), el 59,3% de los hombres y el 56,9% de las mujeres se iniciaron en la vida sexual antes de cumplir 18 años, y el 42,2% de los hombres y el 22,5% de las mujeres declararon haber tenido relaciones con múltiples parejas. Los niños menores de 15 años, de los que alrededor de 600.000, o un 6,4%, son huérfanos (INSTAT, 2001), se encuentran asimismo en una situación de gran vulnerabilidad, pues muchos de ellos se ven obligados a realizar actividades de prostitución y/o se dedican al trabajo doméstico. Además, el desarrollo del turismo ha redundado en un aumento de la explotación sexual de niños con fines comerciales.

3.Programas aplicados para proteger a los niños contra la propagación del VIH/SIDA

Incorporación de la perspectiva de lucha contra el VIH/SIDA a la vida social

427.La Secretaría Ejecutiva del CNLS y sus asociados, conscientes de esos peligros, han impulsado numerosos proyectos de prevención del VIH y del sida dirigidos a los grupos de edad de 15 a 24 años y de menos de 15 años. El proyecto "Ankoay", dirigido a los jóvenes de 12 a 24 años de edad, promueve el estilo de vida de pareja. Se imparte formación a scouts, escolares y deportistas para que puedan difundir mensajes de sensibilización y enseñar el modelo de comportamiento de menor riesgo a sus pares y al conjunto de la sociedad en la que viven. Las intervenciones de 212 grupos de scouts, 313 colegios y 640 equipos deportivo en el marco de este enfoque permitieron llegar a 400.000 jóvenes (datos de 2006).

428.La iniciativa "tarjeta roja" brinda a los jóvenes de ambos sexos, y en particular a las mujeres, una forma de protegerse contra la infección por VIH mediante una tarjeta con la inscripción "AOK'ALOHA" (primero espera) que pueden sacar con el fin de evitar las relaciones sexuales precoces. Hasta ahora se han distribuido alrededor de un millón de tarjetas rojas en escuelas y asociaciones de jóvenes.

429.En lo que se refiere al grupo de riesgo de los reclusos, varias asociaciones, como APRAM, SAHI y Solido, vienen realizando actividades de IEC/CCC, tendentes, por ejemplo, a informar a los menores detenidos sobre los comportamientos responsables frente a los factores que conllevan riesgos de transmisión del VIH. También han intervenido en centros de reeducación, donde en 2006 proporcionaron información a 222 menores.

4.Marco jurídico

430.En la Ley Nº 2005-040 de 20 de febrero de 2006 sobre la lucha contra el sida se reconocen y detallan los derechos de los niños afectados e infectados por el VIH/SIDA, incluidos los huérfanos.

431.Madagascar cuenta desde 2006 con una ley por la que se protegen los derechos de las personas que viven con el VIH, que va acompañada de un decreto de aplicación y a la que se está dando actualmente amplia difusión.

432.En los artículos dedicados específicamente a los derechos de los niños afectados e infectados por el VIH y el sida se estipula que esos niños no deben ser objeto de discriminación ni estigmatización alguna por su condición de portadores (párrafo 2 del artículo 367) o la de sus padres o de los familiares cercanos a los que se haya confiado su custodia. Ningún niño podrá ser objeto de exclusión, discriminación o estigmatización en el ejercicio de su derecho a la educación, ni podrá denegársele el acceso a ningún programa o institución destinados a la infancia como consecuencia de su situación real o percibida en relación con el VIH o la de su pareja, de uno o de ambos progenitores, de la persona o las personas a las que se haya confiado su custodia o de un miembro de su familia cercana, y contra la vulneración de esos derechos podrá interponerse una demanda civil de reparación.

433.Ya se aprecian los resultados de las medidas adoptadas por intermedio de organizaciones de la sociedad civil con el fin de reducir esa discriminación. Cada vez son más numerosas las personas que viven con el sida que optan por dar testimonio de su experiencia. De 2004 a 2006 la proporción de personas con una actitud positiva hacia la situación de las personas que viven con el VIH aumentó en medida importante en todos los grupos examinados, pues pasó del 8% al 13% entre los jóvenes de 15 a 24 años, del 8% al 12% entre las trabajadoras del sexo y del 22% al 26% entre los soldados.

434.Son 104 los niños nacidos de padres seropositivos o fallecidos a causa del sida que han sido acogidos por su familia o por su comunidad de origen, incluidas familias de acogida.

5.Prevención y tratamiento

435.En las actividades tendentes a prevenir la transmisión de madre a hijo se otorga prioridad a la supervivencia del niño. El objetivo último de ese programa consiste en reducir la proporción de lactantes infectados por el VIH. El país cuenta con una política de referencias, normas y orientaciones en materia de prevención de la transmisión de la madre al hijo, y se han adoptado diversas medidas tendentes a mejorar la calidad de los servicios de prevención correspondientes y el acceso a ellos. Hay actualmente alrededor de 600 centros sanitarios que ofrecen servicios de esa índole con el fin de que las mujeres embarazadas puedan conocer su situación en relación con el VIH con fines de prevención primaria y para proteger al niño contra la transmisión del virus. Las disposiciones adoptadas han sido la administración del tratamiento profiláctico ARV a las mujeres embarazadas seropositivas y/o o la remisión de las madres y niños seropositivos para su tratamiento médico y psicosocial. En 2007 había 27 mujeres encintas y 21 lactantes (niños de menos de 30 meses) en tratamiento profiláctico ARV

436.Madagascar garantiza desde 2004 la atención y el tratamiento de las personas que viven con el VIH, sin distinción de sexo ni de edad, otorgando prioridad en todos los casos al interés superior y la supervivencia del niño. Aunque para dispensar atención o tratamiento a los niños se requiere en general el consentimiento de por lo menos uno de los progenitores o del tutor, esa condición no se aplica cuando está en juego el interés superior del niño. Análogamente, habida cuenta de la situación económica del país, en lo que se refiere a la alimentación de los niños nacidos de madres seropositivas la política oficial consiste en promover la lactancia materna exclusiva del niño con el fin de evitar la recrudescencia de enfermedades infecciosas o la malnutrición y facilitar la supervivencia del niño. Con el fin de mejorar la calidad de la atención que reciben las personas que viven con el VIH, en particular los niños, en la política nacional correspondiente se prevé fortalecer la capacidad de los encargados de prestar esa atención pediátrica. Además, hay 23 asociaciones que ofrecen atención psicosocial a las personas que viven con el VIH en 17 regiones, es decir, en el 80% de las regiones del país.

437.Conviene asimismo mencionar que la Secretaría Ejecutiva del CNLS colabora con la Dirección de la Familia y de la Infancia del MSPFPS con el fin de dispensar atención psicosocial a los huérfanos y niños vulnerables, con financiación del Fondo Mundial de Lucha contra el SIDA, la Tuberculosis y la Malaria (2005-2007). Esa asistencia se presta con al apoyo de asociaciones que aportan ayuda escolar, nutricional y económica a sus familias. Hasta el final de 2007 habían recibido asistencia de ese tipo alrededor de 1.500 huérfanos y niños vulnerables (entre ellos 104 huérfanos del sida) y 300 familias.

438.No obstante, en un país de baja prevalencia de la enfermedad como Madagascar, no resulta procedente restringir las ayudas exclusivamente a los huérfanos del sida, lo que podría generar problemas de discriminación.

D.Seguridad social

1.Marco jurídico

439.La legislación existente en materia de seguridad social comprende las siguientes disposiciones:

Ley Nº 68-023 de 17 de diciembre de 1968 sobre el Código de Previsión Social, que ampara a los asalariados del sector estructurado privado pero no establece un sistema de seguro de enfermedad para todos los trabajadores asalariados;

Ley Nº 94-026 sobre el Código de Protección Social, que comprende a todas las categorías de trabajadores, pero no se aplica;

Decreto Nº 2003-1162 por el que se organiza el sistema de atención médica en las empresas;

Ley Nº 2005-007 sobre el funcionamiento de los fondos de pensiones.

2.Aplicación

440.En la actualidad la protección social de los asalariados del sector privado está garantizada por la Caja Nacional de Previsión Social, que gestiona tres regímenes de seguro diferentes: el de vejez, el de accidentes y el de trabajo, enfermedades laborales y subsidios familiares.

441. El seguro de enfermedad de los funcionarios públicos depende del Estado, que sufraga los gastos médicos de los funcionarios y de sus familias. La Caja de Jubilación Civil y Militar paga las pensiones del sector público.

442.La atención médica de los trabajadores del sector privado está encomendada a asociaciones interempresariales (OSTIE, AMIT, etc.).

443.Ese sistema estructurado de seguridad social sólo cubre a una proporción limitada de los trabajadores, estimada en el 7% de la población activa.

444.En cuanto al Fondo de Equidad, tiene por finalidad atender al gasto farmacéutico de las personas indigentes. Se financia con cargo al FANOME (Fondo de Abastecimiento Interrumpido de Medicamentos), alimentado a su vez por una tasa aplicada sobre el precio de los medicamentos vendidos en los centros sanitarios. Se destina al Fondo de Equidad el 3% de los recursos del FANOME.

445.Los centros sanitarios básicos cuentan asimismo con farmacias de gestión comunitaria.

446.Se están impulsando a título experimental algunas iniciativas de seguridad social "no estructurada", entre las que se cuentan las mutuas de salud, basadas en cuotas voluntarias, por lo general muy modestas, a cambio de las cuales se ofrece una modalidad de seguro médico. Existen actualmente 60 mutuas comunales sobre un total de 1.600 comunas.

E.Nivel de vida

1.Marco jurídico

447.La Constitución de Madagascar, en su capítulo referente a los derechos y deberes económicos, sociales y culturales, dispone que el Estado prestará asistencia a los ciudadanos que no estén en condiciones de subvenir a sus propias necesidades mediante el trabajo (art. 30).

448.En lo que se refiere concretamente a la familia y al niño, la Ley sobre la adopción contempla la asistencia del Estado a la familia cuando ésta no esté en condiciones de "cumplir su función de educadora natural del niño" (art. 7).

2.Análisis de la situación

449.La incidencia de la pobreza en Madagascar era en 2005 del 68,7%. La tasa de pobreza era mayor en las zonas rurales (73,5%) que en las urbanas (52,0%). En las regiones orientales de Atsimo Atsinanana y Vatovavy Fitovinany y la meridional de Androy se registran tasas de pobreza de más del 80%.

450.Tras la crisis económica de 2002, se inició una recuperación en 2003. El crecimiento económico de 2004 y 2005 benefició tanto a la población rural como a la urbana. La tasa general de pobreza disminuyó de 72,1% a 68,7% entre 2004 y 2005. No obstante, esa reducción fue más pronunciada en las zonas rurales (3,8%) que en las urbanas (1,7%).

451.Uno de los indicadores de la pobreza es la proporción que representa la alimentación en el consumo total. Según datos de 2004, el gasto en alimentación representa en promedio el 70,1% del consumo. La proporción es mayor en las zonas rurales que en las urbanas (76,1% frente a 56,6%).

452.Uno de los factores determinantes del nivel de vida de los hogares es el nivel de instrucción del cabeza de familia.

453.Las tasas de pobreza económica son mayores entre los niños que entre los adultos (74,6% frente a 68,7%), y alcanzan niveles particularmente elevados en las regiones más desfavorecidas en torno a Fianarantsoa (81,1%) y Toliara (80,4%).

454. Las privaciones más graves que afectan a los niños son las relacionadas con la disponibilidad de agua potable (81,0%) y la vivienda (57,4%). También en ese ámbito se aprecian grandes variaciones de una región a otra del país: la falta de agua potable es una situación generalizada, mientras que las carencias relacionadas con la vivienda y el saneamiento son especialmente graves en las regiones de Mahajanga y Toliara.

455.En lo que se refiere a las opiniones de las familias sobre sus condiciones de vida, en 2005 el 47,7% de la población declaraba encontrarse en dificultades económicas y sólo un 0,3% consideraba que vivía con holgura. En las zonas rurales la mitad de la población se consideraba en dificultades.

3.Medidas adoptadas

456.La protección social es un objetivo prioritario claramente expresado en el compromiso 8 (Solidaridad nacional) del MAP y se concibe como un conjunto de programas destinados a proporcionar a todas las personas, y en particular a los niños, un nivel de vida suficiente y protección contra los riesgos económicos y sociales, incluidos los desastres naturales.

457.La satisfacción de las necesidades vitales del conjunto de la población representa un desafío importante, puesto que la proporción de personas en las que concurren varios factores de vulnerabilidad oscila entre el 70 y el 80% de la población.

458.La estrategia del Gobierno al respecto se basa en la mejora de la gestión de la protección social, el acceso de los grupos vulnerables a los servicios sociales básicos, la determinación más precisa de los objetivos y el seguimiento del gasto y de su influencia en el bienestar de la población.

459.El Gobierno elaboró en 2004, a través de un Comité Técnico Multisectorial y con el apoyo del Banco Mundial, una Estrategia de Gestión de Riesgos y de Protección Social (SGRPS), en la que se define claramente el carácter multidisciplinario y multisectorial de la protección social y se indica la necesidad de otorgar prioridad a la protección del niño en el contexto de su familia. Esa SGRPS se aprobó a finales de 2007, y el Gobierno se proponía elaborar en 2008 el correspondiente programa de aplicación.

460.La Estrategia Nacional de Protección Social complementa la política de buena gestión macroeconómica y de reducción de la pobreza mediante programas específicos de reducción del abandono escolar, acceso a la atención de salud para las capas más desfavorecidas y vulnerables de la población, generalización de las actividades de nutrición en beneficio de los niños menores de cinco años, y respuesta rápida y sistemática a las situaciones resultantes de desastres naturales, mediante obras de gran densidad de mano de obra.

461.En los últimos años el gasto de protección social ha representado en promedio el 7% del gasto público. El 60% de los recursos destinados a protección social procede del presupuesto de inversión pública financiado por fuentes externas, y sólo el 1% del presupuesto ordinario. En 2003 los programas de protección social contaban con el apoyo activo de 18 asociados internacionales. Entre 2000 y 2003 los gastos destinados a la lucha contra la malnutrición constituían la principal partida del gasto de protección social.

462.Se han aplicado diversos programas destinados a reducir la exclusión social y favorecer el acceso a los servicios básicos de los sectores más pobres y vulnerables de la población:

Educación: red de seguridad para ayudar a los alumnos de las escuelas primarias y sus familias (subsidio de matrícula, subsidio de material escolar para las familias pobres, comedores escolares);

Salud: Fondo de Equidad Social que interviene al nivel de los centros de atención primaria, tratamiento gratuito o subvencionado de algunas enfermedades (tuberculosis, lepra, peste, bilharzia, malaria en las zonas endémicas, VIH/SIDA,), programa de vacunación infantil, subvención de los mosquiteros tratados;

Nutrición: nutrición escolar, nutrición comunitaria, recuperación nutricional intensiva;

Obras públicas: realización de obras públicas de gran densidad de mano de obra (mejora de las infraestructuras urbanas, saneamiento y suministro de agua) en las que se paga el salario mínimo y prestaciones en especie.

463.También se aplican otros programas de lucha contra la exclusión social de los niños y jóvenes no escolarizados o desescolarizados precozmente. En 2004 se puso en marcha un programa de atención psicosocial a los huérfanos y niños vulnerables, apoyado esencialmente por el Fondo Mundial de Lucha contra el Sida, la Tuberculosis y la Malaria, que tiene por objetivo facilitar la atención a los huérfanos y niños vulnerables mediante el apoyo psicosocial, el apoyo a la escolarización, el apoyo socioeconómico a las familias mediante la promoción de actividades que generan ingresos, y la regularización de las situaciones jurídicas de los niños y las familias.

464.El MSPFPS impulsa la iniciativa "LEMIZO" para la reinserción social de las personas sin hogar, que consiste en establecer a familias y personas sin hogar en aldeas comunitarias (como las de Andranofeno, Andranovelona, Mandazaka y otras) con el fin de facilitar su integración y reinserción social.

465.En el anexo V figura una lista de programas de protección social para la infancia.

VII.Educación, ocio y actividades culturales

A.Educación, incluidas la formación y la orientación profesional

466.En el compromiso 3 (Reforma de la educación) del MAP se definen los objetivos prioritarios en el ámbito de la educación: instauración de un "sistema educativo acorde con las normas internacionales de calidad y de eficacia, que estimule la creatividad y ayude a nuestros alumnos a convertir en realidad sus sueños, y que proporcione a Madagascar los recursos humanos necesarios para llegar a ser una nación competitiva y participar con éxito en la economía mundial".

467.Para lograr ese resultado, Madagascar debe hacer frente a los retos educativos siguientes:

Desarrollo de la educación preescolar y parental;

Establecimiento de un sistema de enseñanza primaria eficaz;

Intensificación del sistema de enseñanza primaria de segundo ciclo;

Mejora del sistema de enseñanza secundaria o liceo;

Desarrollo de la formación profesional;

Reforma de la enseñanza superior;

Erradicación del analfabetismo;

Fomento del desarrollo de los jóvenes mediante el deporte y la participación cívica.

468.Desde el anterior informe se han introducido cambios en el sistema educativo malgache. El Parlamento votó una nueva ley en la que se define la política oficial en materia de educación, enseñanza y formación. Los objetivos prioritarios de la educación para el período 2007-2012 se detallan en el MAP. El Plan Nacional de Educación para Todos ha recibido el apoyo de la cooperación internacional.

1.Medidas legislativas

469.La Constitución proclama en su artículo 24 que "el Estado organizará un sistema de enseñanza público, gratuito y accesible para toda la población. La enseñanza es obligatoria para todos".

470.La Ley Nº 2004-004 de 26 de julio de 2004 sobre la orientación general del sistema de educación, enseñanza y formación en Madagascar, que sustituye a la Ley Nº 94-033, estipula en su artículo primero que "[l]a educación es una prioridad absoluta, y la enseñanza es obligatoria a partir de los seis años de edad".

2.Medidas presupuestarias

471.Para ejecutar la reforma del sistema educativo y el Plan de Educación para Todos es necesario movilizar importantes recursos financieros. A ese respecto, el Gobierno ha recibido ayudas, en el marco de la iniciativa Fast Track, por un monto de 10 millones de dólares EE.UU. en 2005, 25 millones en 2006 y 2007 y 100 millones para el período 2009-2011.

3.Ayuda a las familias

472.En promedio, las familias malgaches destinan a educación el 2,3% de su presupuesto. Consciente de las dificultades financieras de las familias, el Gobierno, además de realizar campañas de sensibilización para promover la escolarización, ha adoptado las siguientes medidas:

Distribución de juegos de materiales escolares a todos los alumnos de escuelas primarias públicas y privadas y de batas a los alumnos de escuelas públicas;

Establecimiento de una caja escolar a razón de 2.000 ariary por niño a partir de 2003;

Subvenciones a las escuelas privadas;

Subvenciones al personal docente del FRAM;

Financiación de contratos-programa para la enseñanza privada;

Creación de comedores escolares en las zonas desfavorecidas;

Suministro de libros de texto y otros materiales didácticos.

4.Política lingüística

473.La Constitución estipula que el idioma nacional es el malgache, y los idiomas oficiales el malgache, el francés y el inglés.

5.Acceso a la educación

474.Garantía de acceso. En el Plan de Educación para Todos, vigente desde 2003, se contemplan medidas encaminadas a facilitar el acceso a la educación, centradas en los siguientes ejes:

Aplicación de una política de alivio de los gastos de los padres;

Apoyo a los alumnos en situación difícil;

Revisión de los planes de estudio;

Integración de los niños analfabetos en el ciclo normal;

Contratación anual de maestros;

Concesión de subvenciones a escuelas y maestros.

475. Acceso de las niñas a la educación. La proporción entre niños y niñas en la enseñanza primaria es de 50,15/49,85. Sin embargo, en los colegios de enseñanza secundaria las estadísticas muestran desequilibrios importantes en favor de los niños, sobre todo en las regiones sudorientales (62/38), como consecuencia en parte de la práctica del matrimonio precoz y del papel tradicional de la mujer en el hogar.

476.Con el objeto de mantener a las niñas más tiempo en el sistema educativo, se han adoptado diversos programas de estímulo:

Campañas de sensibilización en favor de la escolarización de las niñas;

Integración de la cuestión de la escolarización de las niñas en la formación en liderazgo de 17.433 jefes de fokontany y de 3.000 mujeres en 2007:

Concesión de becas en el marco del Programa para el adelanto de la tecnología comercial de USAID a los alumnos de las regiones de Analamanga y Antsinanana;

Apoyo financiero a las niñas en las escuelas de enseñanza media de la región de Boeny;

Aplicación de la estrategia "niña por niña" elaborada por el UNICEF para fomentar la escolarización de las niñas y para combatir el abandono escolar;

Medidas del Foro para la Educación de la Mujer Africana: escolarización en régimen de internado de las mejores alumnas de los colegios y liceos;

Alfabetización de las jóvenes y creación, con el apoyo del PNUD, de centros de atención a las jóvenes en Antananarivo y en la región Atsimo-Atsinanana en 2006.

6.Alfabetización

477.En 2006 la proporción de analfabetos entre la población mayor de 15 años era del 48%. Más de un millón de jóvenes de entre 11 y 17 años de edad son analfabetos. El objetivo del MAP consiste en reducir la tasa de analfabetismo en un 20% para 2012.

478.En la Ley Nº 2004-004 se establece que la alfabetización forma parte integrante del sistema educativo informal. Por el Decreto Nº 2003-834 de 5 de agosto de 2003 se promulgó la Política Nacional de Alfabetización y Educación de Adultos.

479.Con el fin de alfabetizar a los niños no escolarizados se han elaborado los siguientes programas con sus respectivas metodologías:

Ambohitsoratra, aprendizaje de la lectura y la escritura en malgache;

ASAMA, preparación en diez meses del examen final del ciclo de enseñanza primaria;

Ambatomikajy, aprendizaje del cálculo;

Reedición del programa ASAMA para alumnos de 9 y 10 años.

480. Desde 2002 se han beneficiado de esos programas 7.415 niños (cuadros 33 y 34).

481.Otros programas elaborados por las ONG se ocupan de la escolarización de los niños de la calle y de su reinserción en el sistema formal cuando alcanzan un nivel apropiado.

482.Las perspectivas del Estado en cuanto a la alfabetización están orientadas a la formación de agentes de alfabetización, la elaboración de material docente y la construcción de aulas y centros de alfabetización.

7.Mantenimiento, frecuentación, asiduidad

483.Se han instaurado diversos programas y medidas para que los niños permanezcan el mayor tiempo posible en la escuela y para lograr que en 2015 la tasa de escolarización en la enseñanza primaria sea del 100%.

484.Entre las medidas previstas para reducir el abandono escolar figuran las siguientes:

Mejoramiento de las condiciones de aprendizaje (comedores, transporte escolar, infraestructuras y equipamientos, acercamiento de las escuelas, centros de documentación y bibliotecas, salud escolar y Centro de Recursos Pedagógicos);

Mejoramiento de la motivación de los alumnos (viajes de estudios, premios, becas de estudios y actividades extraescolares);

Mejoramiento de la motivación de los maestros (salarios, subvenciones, primas, menciones honoríficas);

Mejoramiento de la calidad de la enseñanza (planes de estudio, formación de los maestros, enfoque basado en las aptitudes);

Participación de los padres, las autoridades locales y los agentes económicos en la gestión de los centros escolares;

Participación de los alumnos en los consejos escolares y en los consejos de disciplina;

Creación de clubes y asociaciones;

Incentivos para la escolarización (reducción de los gastos, escuelas abiertas, aulas integradas, asesoramiento y asistencia en el entorno escolar, designación de profesores tutores para cada clase).

485.Desde 2002, el Estado y los padres de los alumnos han venido contratando a varios miles de maestros cada año para mitigar la escasez de personal docente, especialmente en el medio rural.

486.El Ministerio de Educación Nacional e Investigación Científica (MENRS) se ocupa de la asignación del personal docente con el fin de lograr su distribución equitativa, además de los aspectos administrativos de su contratación.

487.Contratación por el Estado. La contratación masiva de personal docente, que alcanzó su nivel máximo en 2006 (28.840 maestros, frente a 19.309 en 2005, lo que representa un aumento de cerca del 50%), ha permitido aumentar considerablemente el número de maestros y reducir la relación alumnos-maestro.

488.En el conjunto de la enseñanza primaria, pública y privada, el número de maestros aumentó de 49.410 en 2000/2001 a 76.830 en 2005/2006, lo que supone un aumento anual medio de 9,2%, superior al del número de alumnos, por lo que la relación alumnos-maestro se redujo a 52 en las escuelas públicas en el curso 2005/2006.

Gráfico 5

Relación alumnos-maestro en el sector público y en el privado

RelaciónEnseñanza privadaEnseñanza públicaTotalCursos académicosEvolución de la relación alumnos-maestro de 1997 a 2005

489.La mayoría de los nuevos maestros contratados no son funcionarios. Al final del curso 2005/2006, de los 57.017 maestros con los que contaban las 16.797 escuelas primarias públicas y comunitarias, 28.840 no eran funcionarios (es decir, el 51,0%, mientras que en 2000/2001 la proporción de no funcionarios era del 17,9%).

490. En el curso 2005/2006, 25.803 de esos maestros no funcionarios (el 92% del total) recibían un subsidio del MENRS. En efecto, para aligerar la carga de los padres que los habían contratado originariamente, el Gobierno decidió pagarles un subsidio, que sigue siendo, sin embargo, muy reducido en comparación con el sueldo de los maestros funcionarios (0,9 veces el PIB per cápita frente a 4,7 veces el PIB per cápita en 2005/2006). El subsidio, que era de 30.000 ariary en 2003, se ha aumentado a 60.000 ariary.

491.Contratación por el FRAM. Puesto que la contratación por el Estado resulta insuficiente, los padres de alumnos afiliados a la FRAM han aportado recursos para la contratación de enseñantes, que pagan ellos mismos en dinero o en especie. Desde 2003 el Estado, a título de contribución, otorga a esos enseñantes un subsidio mensual.

492.Motivación. Con el fin de incentivar al personal docente, se pagan primas a los funcionarios que trabajan en zonas aisladas y un subsidio para materiales a los que realizan funciones docentes directas. Esos ingresos suplementarios, sin embargo, son muy modestos.

493.En 2004 todos los maestros de escuelas primarias públicas recibieron asimismo un juego de materiales pedagógicos consistente en una carpeta con diversos materiales. En 2007 se les distribuyó una agenda pedagógica elaborada y producida en colaboración con el UNICEF.

494.Formación del personal docente. El sistema educativo malgache cuenta con diferentes categorías de enseñantes, según la modalidad y el nivel de formación que han de impartir.

495.Las instituciones de formación inicial de los enseñantes malgaches son el Instituto Nacional de Formación Pedagógica (INFP) y sus Centros Regionales (CRINFP), la Escuela Normal Superior, y determinadas facultades. Los enseñantes en ejercicio reciben asimismo formación permanente en el INFP y los CRINFP.

496.Los estudiantes de la Escuela Normal Superior y de los CRINFP pueden realizar prácticas en centros de enseñanza públicos.

497.Los enseñantes contratados por el FRAM pueden recibir, durante los períodos de vacaciones, breves cursos de formación pedagógica en el INFP y sus centros regionales.

8.Iniciativas de promoción de la enseñanza

498.Se han adoptado diversas medidas de promoción de la enseñanza:

Participación de los padres: establecimiento de la FAF (Fiombonan'Antoka amin'ny Sekoly, o Asociación para el Desarrollo de la Escuela), que agrupa a los padres de alumnos y a los representantes del personal docente;

Cajas escolares: desde 2003 el Gobierno transfiere directamente a todas las escuelas primarias (públicas y privadas) una pequeña ayuda de 2.000 ariary por alumno para facilitar su funcionamiento;

Creación de la unidad de apoyo técnico para apoyar las iniciativas del Ministerio en favor del Plan de Educación para Todos;

Cajas locales sufragadas con fondos catalíticos, que alimentan las cajas escolares y apoyan iniciativas locales tendentes a alcanzar los objetivos del Plan de Educación para Todos (se ha proporcionado ayuda de esa índole a 16 proyectos);

Rehabilitación, reapertura y equipamiento de los centros regionales de formación pedagógica (CRINFP);

Fortalecimiento de la colaboración multisectorial para alcanzar los objetivos educativos;

Programa de creación de materiales didácticos específicos para los CRINFP;

Organización del diálogo presidencial sobre el compromiso 3 (Educación) del MAP.

9.Reformas del sistema educativo

499.La nueva Ley Nº 2004-004 de 26 de julio de 2004 sobre la orientación general del sistema de educación, enseñanza y formación en Madagascar sustituye a la Ley Nº 94-033. Las principales innovaciones se refieren a la valorización de la educación no formal, el fortalecimiento de la educación para la ciudadanía y el civismo y la consideración de la asociación entre el sector público y el privado.

500.En el Ministerio de Educación Nacional se creó la Oficina de Educación de Masas y Civismo como punta de lanza de la educación para la ciudadanía y el civismo, que forma parte de la educación no formal.

501.Con el fin de modificar determinados comportamientos, se aplican programas de formación, sensibilización y difusión de instrumentos de comunicación, como, por ejemplo, el proyecto de promoción y defensa de la cultura de los derechos humanos en los centros escolares, financiado por el Fondo de las Naciones Unidas para la Democracia (FNUD).

502.Se ha creado la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (DTIC) con el mandato de realizar campañas de información, de sensibilización y de comunicación con el fin de promover el apoyo de la población a la reforma educativa. Compete asimismo a esa Dirección suministrar los materiales informáticos necesarios a los centros escolares y las estructuras descentralizadas del MENRS.

503.También se ha establecido en el Ministerio una nueva Dirección de Desarrollo de los Planes de Estudios.

10.Mecanismos de vigilancia

504. El examen semestral conjunto, en el que participan el Ministerio, los asociados técnicos y financieros, representantes de la enseñanza privada, la sociedad civil y funcionarios del Ministerio de Hacienda y Descentralización, ha permitido evaluar la aplicación del Plan de Educación para Todos y determinar las dificultades surgidas con miras a buscar soluciones apropiadas.

505.En virtud del Decreto Nº 2008-028 por el que se establecen las atribuciones y la organización del MENRS, se han establecido diversas estructuras y mecanismos internos de seguimiento y evaluación:

Coordinación de Apoyo al Secretario General, encargada de supervisar la aplicación de las reformas;

Dirección de Coordinación General y Seguimiento, para el seguimiento de los planes de acción y de los objetivos prioritarios;

Servicio de Seguimiento y Evaluación de la Dirección de Educación Básica y Preescolar.

506.Aunque se aprecian progresos desde el anterior informe de Madagascar, subsisten dificultades de acceso a la educación, como consecuencia del aislamiento o alejamiento geográfico y la persistencia de una actitud de rechazo a la escolarización en determinadas zonas, como las regiones sudoriental y nordoccidental.

507.Los principales problemas que dificultan el acceso a la educación son la baja densidad de población y el aislamiento de la población escolarizable, la existencia en determinadas zonas, (regiones sudoriental y nordoccidental) de una actitud de rechazo a la escolarización, y la lentitud de la construcción de escuelas.

508.En lo que se refiere a la calidad de la enseñanza, el principal problema reside en el nivel de formación del personal docente, en particular del contratado por la FRAM, que no recibe formación pedagógica inicial.

509.Por el momento no se aplica ninguna disposición coercitiva para obligar a los padres a escolarizar a sus hijos. Se realizan intensas actividades de sensibilización para mostrar a la población, en particular a la de las zonas rurales, las ventajas de la escolarización en general y de la de las niñas en particular.

11.Resultados académicos

510.Los resultados académicos del alumnado malgache son todavía insatisfactorios, ya se refieran al certificado de estudios primarios elementales (CEPE), al certificado de estudios de primer ciclo (BEPC) o al bachillerato; en efecto, de 2001 a 2005 las tasas de aprobados se situaron en promedio por debajo del 50%.

511. En el caso del CEPE, las principales causas de los malos resultados son la utilización del idioma francés a partir del noveno grado para la enseñanza de las asignaturas de matemáticas, geografía y conocimientos básicos, la reducción del tiempo efectivo de aprendizaje como consecuencia del absentismo entre el personal docente y entre los propios alumnos, la sobrecarga del plan de estudios y problemas relacionados con la alimentación en las zonas rurales pobres.

512.En cuanto al BEPC, las tasas de aprobados se sitúan entre el 33 y el 50%.

513.Los resultados de la enseñanza técnica y profesional de primer ciclo (BEP CAP-CFA) suelen ser mejores que los de la enseñanza general.

514.También son insatisfactorias las tasas de aprobados del bachillerato

12.Escolarización

515.Número de alumnos y de centros. De 2002 a 2007 se registró un crecimiento generalizado de la matrícula tanto de los centros públicos como de los privados. Durante ese período, el número de alumnos matriculados en la enseñanza primaria se incrementó en un millón, y se dobló el de los colegios y liceos de enseñanza secundaria.

516.También aumentó el número de centros escolares. En la enseñanza primaria predominan los centros públicos, mientras que en la enseñanza secundaria son mayoritarios los centros privados.

517.Presupuesto. El presupuesto de educación registró un aumento constante en el período comprendido entre 2002 y 2006, salvo un ligero retroceso en el curso 2002/2003. De conformidad con la prioridad otorgada a la enseñanza primaria, el presupuesto de ese ciclo se dobló holgadamente durante ese período, y se triplicaron las inversiones.

518.Enseñanza preescolar. De conformidad con la Ley Nº 2004-004, la educación de la primera infancia abarca los siguientes establecimientos:

Guarderías, para los niños menores de dos años;

Jardines de infancia, para los niños de dos a tres años;

Escuelas maternas, para los niños de tres a cinco años (art. 28);

La enseñanza preescolar está poco desarrollada. Se aprecia, sin embargo una tendencia al aumento, y en la actualidad del 5 al 20% de los niños de tres a cinco años asiste a un centro preescolar. La misma tendencia se observa al nivel de las comunas que cuentan con un programa de educación parental;

La enseñanza preescolar es competencia del Ministerio de Educación.

519.En el curso 2006/2007 el Ministerio contaba con 254 educadores preescolares, de los que 190 eran funcionarios, frente a 4.695 del sector privado.

520.Con el fin de mejorar la enseñanza preescolar, se están elaborando normas interministeriales para determinar las condiciones que han de reunir los centros y los niveles de cualificación exigibles a su personal.

521.Enseñanza primaria. Aunque en la Ley Nº 2004-004 se fija en seis años la edad de ingreso en la enseñanza primaria obligatoria, más del 50% de los nuevos alumnos ingresa con siete años o más, y más de un 15% son mayores de ocho años. La tasa de escolarización de los niños malgaches en la enseñanza primaria es de más del 90%.

Gráfico 6

Edad de incorporación al sistema educativo, 2 a 19 años

Fuente: Plan de Educación para Todos 2007.PorcentajeEdadEdad de ingreso en la escuela

522.Tasa bruta de escolarización. De 2002 a 2006 se registró un aumento de la tasa bruta de escolarización en la enseñanza primaria, que pasó de 94,1% en 2000 a 123% en 2006 (véase el cuadro correspondiente).

523.Matrícula en la enseñanza primaria. El número de alumnos se ha doblado en 10 años. El aumento más pronunciado se registró en el curso 2003/2004, al suprimirse la cuota de inscripción en el ciclo primario público.

Cuadro 28

Número de alumnos en la enseñanza primaria, por sexo, 2002 a 2007

Años

2002-2003

2003-2004

2004-2005

2005-2006

2006-2007

Total

2 856 480

3 366 462

3 597 731

3 698 906

3 837 363

Niños c

1 458 340

1 718 631

1 838 251

1 885 778

1 950 779

Niñas

1 398 140

1 647 831

1 759 480

1 813 128

1 886 584

Fuente : MENRS.

524.Enseñanza secundaria. La enseñanza secundaria malgache comprende la enseñanza secundaria de primer ciclo, o colegio, y la de segundo ciclo, o liceo. Los colegios se establecen al nivel de comuna y los liceos al de distrito.

525.El Estado proporciona enseñanza secundaria gratuita y otorga a los centros privados diversas formas de asistencia, como el contrato-programa para la construcción de instalaciones y el equipo escolar, la concesión de subvenciones y actividades de formación pedagógica para los centros y su personal docente.

526.Formación técnica y profesional (FTP). De 1999 a 2006, el presupuesto del MENRS se incrementó en un 35,8%, mientras que el destinado a la FTP disminuyó en el mismo período en un 20% por lo que, si en 1999 representaba un 3,85% del total del presupuesto de educación nacional, en 2006 la proporción había descendido al 0,86%.

527.En 2006 la proporción de alumnos de centros de FTP era de 350 por 100.000 habitantes. En 2007 los centros públicos impartían formación a 22.442 alumnos, y los privados a 40.242. En ese año existían en el país 412 centros de FTP, de los que 349 eran privados y 63 públicos.

528.Para corregir esa situación, en el MAP se prevé duplicar, de 350 a 700 por 100.000 habitantes, el número de alumnos de los centros de FTP

529.Enseñanza superior. Cada capital de provincia cuenta con una universidad, que goza de autonomía frente al Estado.

Cuadro 29

Número de centros de enseñanza superior, por provincias

Universidades

Facultades

Escuelas superiores

Institutos

Total

Públicos

Privados

Antananarivo

20

9

1

9

39

Mahajanga

4

-

1

5

Toliara

9

1

1

11

Toamasina

7

1

-

8

Fianarantsoa

4

2

-

6

Antsiranana

3

1

2

6

Total

47

14

5

9

75

Cuadro 30

Número de alumnos en la enseñanza superior, por sexo, 2001 a 2005

Cursos

2000/2001

2001/2002

2002/2003

2003/2004

2004/2005

Total

21 599

22 607

26 315

31 675

34 746

Hombres

11 746

12 400

13 964

16 770

18 547

Mujeres

9 853

10 207

12 351

14 905

16 199

Porcentaje de mujeres

45,62

45,15

46,94

47,06

46,62

530.Educación a distancia. Con el fin de atender a la fuerte demanda de enseñanza superior, el Gobierno estableció el Centro Nacional de Teleenseñanza de Madagascar (CNTEMAD) para las especialidades de administración de empresas, economía y derecho. En el curso 2004/2005 había 5.978 alumnos inscritos en esos cursos por correspondencia.

531.Facilitación del acceso a estudios superiores en el extranjero. Los estudiantes de nivel superior pueden obtener becas nacionales o internacionales. La Comisión Nacional de Becas en el Extranjero, o CONABEX, es la institución encargada de la concesión de becas a los estudiantes malgaches.

532.El desarrollo de las relaciones bilaterales ha facilitado la concesión de becas para realizar estudios en la India, el Japón, China, los Estados Unidos, Suiza, el Canadá, Marruecos, el Irán, Argelia, Sudáfrica, Francia y otros países.

Eficacia del sistema

533.La tasa de terminación de la enseñanza primaria es relativamente baja. Sólo termina el quinto grado menos de la mitad (el 47%) de los alumnos que ingresan en primer grado.

534.Frente a esa situación, se han adoptado diversas medidas para mejorar la eficacia del sistema educativo, entre las que destacan las siguientes:

Programa de Mejora de la Gestión de la Educación en Madagascar (AGEMAD), que es un plan de trabajo y de reflexión para mejorar la gestión del sistema educativo y la distribución de los recursos con el fin de promover una enseñanza de calidad;

Programa de formación en técnicas de gestión para directores de centros;

Reestructuración de la enseñanza primaria;

Reorganización del sistema de educación permanente;

Adopción del enfoque basado en las aptitudes, que se generalizará progresivamente en 2008-2009;

Establecimiento de 22 direcciones regionales de educación nacional en lugar de las seis direcciones provinciales de enseñanza secundaria y educación básica;

Campañas de información y orientación para explicar a los alumnos las opciones de formación disponibles.

13.Niños excluidos de la escuela

535.En asociación con organizaciones benéficas y humanitarias, se acoge a niños de la calle para escolarizarlos o impartirles formación profesional. Cabe citar a este respecto la labor del Centro de Desarrollo de Andohatapenaka, el Centro Akamasoa, el Grupo Desarrollo, la Asociación Graine de Bitume, y el Proyecto IPEC/OIT, entre otras iniciativas. Según estimaciones del MFPTLS, hay alrededor de 1.400.000 niños que trabajan. Conviene precisar que parte de ellos ya han estado escolarizados antes de iniciar su actividad laboral. El Proyecto IEC/OIT tiene por objetivo la reinserción de esos niños mediante su reintegración en el sistema educativo.

14.Disciplina escolar

536.Las normas disciplinarias en vigor en los centros educativos se comunican a los alumnos y a sus padres al inicio de cada curso. Las infracciones pueden castigarse hasta con la exclusión temporal o definitiva.

537.El mecanismo encargado del mantenimiento de la disciplina en los centros de enseñanza es el consejo de disciplina, integrado por representantes del personal docente y administrativo y de los alumnos y presidido por el director de cada centro en los colegios y liceos.

538.Están prohibidos los castigos corporales en todas las circunstancias

539.En Mahajanda se editó en septiembre de 2006, en asociación con el PNUD, un manual didáctico de sensibilización sobre los derechos del niño, titulado "Zo sy andraikitru ny ankizy" (Derechos y responsabilidades de los niños), destinado a las escuelas primarias y que se repartió entre los maestros.

15.Participación de los niños en los procedimientos administrativos y judiciales

540.Los alumnos pueden expresar en el consejo escolar sus opiniones respecto de las cuestiones referentes a la administración y la gestión del centro.

541.En el ámbito judicial, el niño tiene derecho a que se escuche su opinión respecto de todas las cuestiones que lo atañan.

B.Objetivos en materia de educación

1.Objetivos internacionales

542.Madagascar ha puesto en marcha diversos programas e iniciativas tendentes a garantizar la educación primaria para todos de conformidad con los Objetivos de Desarrollo del Milenio.

2.Objetivos del Ministerio

543.En la enseñanza primaria se han fijado los siguientes objetivos para 2015:

Alcanzar una tasa de terminación del 100% en los cinco primeros años y de 65 en los siete primeros años;

Doblar la tasa bruta de escolarización de los niños de 11 y 12 años en el sexto y el séptimo años, de 34% en 2006 a 69% en 2015;

Reducir las tasas de abandono y de repetición de curso y alcanzar en 2015 una tasa de aprobados del 94%, frente al 50% de 2006, en el quinto año, y del 65%, frente al 26% de 2006, en el séptimo año;

Reducir la tasa de repetición al 5% para el nuevo ciclo de siete años de enseñanza primaria.

544.Objetivos cualitativos:

Conseguir que todos los alumnos adquieran al término de cada ciclo los conocimientos y aptitudes requeridos;

Conseguir la inscripción de todos los niños de seis y siete años en el primer curso de primaria;

Conseguir que ningún niño sea excluido de la escuela primaria por carecer sus padres de los medios financieros necesarios para contribuir a sufragar los gastos de funcionamiento de la escuela.

545.Objetivos fijados para el primer ciclo de la enseñanza secundaria:

Incrementar el número total de alumnos de los colegios públicos y privados a alrededor de 728.000, frente a los 580.000 de 2006;

Reducir a menos del 15% la tasa de abandono, situada actualmente en torno al 30%;

Reducir al 10% la tasa de repetición en el último año del primer ciclo de enseñanza secundaria, que es actualmente de alrededor del 25%.

3.Objetivos generales

546.El desarrollo integral del niño representa un objetivo importante del sistema educativo de Madagascar. En el apartado 2 del artículo 14 de la Ley Nº 2004-004 se estipula que la escuela debe "desarrollar la personalidad del niño en todas sus dimensiones (física, afectiva, psíquica, mental y moral) y contribuir a la construcción de su persona fortaleciendo su espíritu crítico y su voluntad".

547.Según el artículo 16 de la misma ley, la escuela debe asimismo, como parte de su función de preparación para la vida adulta, permitir a los niños "adquirir conocimientos y aptitudes, consolidarlos y aprender a utilizarlos para resolver los problemas a los que puedan verse enfrentados".

548.En los programas de educación cívica y ciudadana de las escuelas y los colegios se han integrado los principales instrumentos internacionales de derechos humanos, incluidos los referentes a los derechos del niño. Además, se programan emisiones radiofónicas educativas y sesiones de sensibilización en las escuelas y se publican artículos de prensa para informar a los niños sobre esos derechos y educarlos al respecto.

549.En todos los niveles del sistema educativo se enseñan el idioma malgache y los usos y costumbres del país, así como los valores socioculturales tradicionales. Además del francés y del inglés, que son idiomas oficiales de Madagascar, en los planes de estudios malgaches figura la enseñanza del español, del ruso y del alemán como idiomas extranjeros y de las diferentes civilizaciones antiguas y modernas.

550.También forma parte del programa de las escuelas y colegios la preservación del medio ambiente natural.

4.Enseñanza privada

551.El derecho a la enseñanza privada está garantizado por la Constitución: "El Estado reconoce el derecho a la enseñanza privada y garantiza la libertad de enseñanza, con sujeción a las condiciones de higiene, moralidad y competencia fijadas por la ley. Los centros de enseñanza privada estarán sujetos a un mismo régimen fiscal en las condiciones fijadas por la ley" (art. 25).

552.Hay en la actualidad ocho direcciones nacionales de enseñanza privada, de las que seis tienen carácter confesional, pues corresponden a las iglesias católica, de Fiangonan'i Jesoa Kristy eto Madagasikara, anglicana, luterana, de Reinisoalambo y adventista.

553. Dentro del MENRS, la coordinación de las relaciones entre la enseñanza privada y el Estado compete a la Oficina Nacional para la Enseñanza Privada (ONEP), entre cuyas funciones se cuentan las de gestionar las subvenciones asignadas por el Estado y expedir autorizaciones para la apertura y el funcionamiento de escuelas privadas.

554.La enseñanza privada apoya firmemente el Plan de Educación para Todos. Como ya se ha indicado, el Estado aporta una ayuda importante a los centros privados mediante la formación de personal docente, la prestación de apoyo financiero en forma de subvenciones anuales, y el suministro de juegos de materiales didácticos para alumnos y maestros.

555.Mecanismos de control. Para impedir abusos y garantizar el respeto de las normas sanitarias y de seguridad en los centros privados, el Ministerio ha establecido la ONEP y la Oficina Regional para la Enseñanza Privada (OREP), que funcionan a sus respectivos niveles como estructuras de tutela de la enseñanza privada. El personal de esas oficinas cuenta con la asistencia de inspectores del MENRS.

556. Asociación entre el sector público y el sector privado. Se otorga una subvención por concepto de gastos parentales para las escuelas con gastos mensuales de escolarización por debajo de 800 ariary. Ese programa proporciona por un período de nueve meses una subvención de 39.000 ariary por maestro. En 2006 la recibieron más de 4.400 maestros, el 22% del total de los maestros de escuelas primarias privadas. En 2007 se repartieron 1.318.380.000 ariary entre 1.936 escuelas y 4.907 maestros.

557.Además, en 2007 se concedió un crédito de funcionamiento de 111.803.182 ariary a las ocho direcciones nacionales privadas. Los centros recibieron 1.270.908.499 ariary en el marco del contrato-programa para construcciones y equipo.

558.Situación del sector privado. En el cuadro siguiente se muestra la evolución del sector privado.

Cuadro 31

Proporción de centros educativos privados

Tipo de centro

2002/03

%

2003/04

%

2004/05

%

Escuela primaria

18 977

100,00

20 160

100,00

20 636

100,00

Pública

14 637

77,13

15 420

76,49

15 690

76,03

Privada

4 340

22,87

4 740

23,51

4 946

23,97

Colegio

1 596

100,00

1 679

100,00

1 855

100,00

Público

801

50,19

817

48,66

875

47,17

Privado

795

49,81

862

51,34

980

52,83

Liceo

336

100,00

368

100,00

415

100,00

Público

108

32,14

112

30,43

114

27,47

Privado

228

67,86

256

69,57

301

72,53

559.Estos datos estadísticos revelan una tendencia al aumento de los centros educativos privados.

560.De 2002 a 2006 se concedieron 80 autorizaciones para el establecimiento de centros privados de formación técnica y profesional.

561.En 2006 Madagascar disponía de 29 institutos y centros de enseñanza superior privados, autorizados por el Estado y abiertos por orden ministerial, entre ellos tres de carácter confesional (dos católicos y uno adventista).

562.Los inmigrantes y los extranjeros tienen asimismo la posibilidad de crear sus propios centros escolares siguiendo el modelo de los liceos franceses o las escuelas americanas, chinas o islámicas, con sus propios programas escolares y utilizando sus idiomas respectivos como idioma de enseñanza. Sus hijos pueden asistir también a los centros públicos.

563.Los títulos expedidos por los centros privados autorizados de enseñanza superior gozan de reconocimiento oficial.

5.Dificultades encontradas y objetivos fijados por el Estado

Dificultades encontradas

564.Las asociaciones entre el Estado y la enseñanza privada deben superar algunas dificultades:

Insuficiencia del personal y de los medios de control a disposición del Estado;

Dispersión de las escuelas privadas, que dificulta su supervisión;

Problemas de exceso de alumnado e insuficiencia de materiales didácticos.

565.Se han adoptado medidas para mejorar la tasa de ejecución de las construcciones previstas. En el período 2003-2007:

Se han terminado 4.562 de las 5.590 aulas previstas;

Se han puesto en funcionamiento 500 nuevas aulas de las 628 previstas.

566.Se están elaborando normas técnicas y de organización para resolver los problemas diamantes de la multiplicidad de las unidades de coordinación de proyectos y de la falta de uniformidad de las normas y modelos de construcción.

567.Es insatisfactoria la calidad de la formación del personal docente: la proporción de maestros de escuelas primarias públicas que posee un título pedagógico es del 47,86%, del 56,14% en el caso de los maestros funcionarios y contractuales y de sólo un 6,1% entre los maestros no funcionarios.

568.Sólo un 1% de los maestros de primaria están en condiciones de enseñar francés (examen de conocimientos de francés realizado en 2006). La utilización del francés como idioma de enseñanza ha redundado, según estudios del PASEC (Programa de Análisis de los Sistemas Educativos de la Confemen) en las siguientes deficiencias:

Conocimiento insuficiente del malgache;

Conocimiento insuficiente del francés;

Resultados insatisfactorios en matemáticas.

569.Para paliar esa situación, por recomendación de la UNESCO y con apoyo del Banco Mundial, Madagascar ha procedido a una reforma de su sistema educativo sobre la base de la utilización del idioma materno como idioma de enseñanza en la escuela primaria y el aprendizaje del francés y del inglés como idiomas extranjeros. El francés se enseñará como idioma extranjero a partir del primer año y el inglés a partir del cuarto año.

Perspectivas

570.Revisión de la política de construcción de escuelas. A partir del curso 2007/2008, con el fin de lograr una mayor rentabilidad de las inversiones en la construcción, el MENRS se propone asumir la coordinación de los programas de construcción de escuelas, adoptar normas de construcción uniformes y promover la participación de la comunidad beneficiaria en la gestión de las obras.

571.En 2009/2010 se realizará siguiendo ese enfoque el 90% de las obras de construcción y rehabilitación, mientras que el número de aulas construidas con el enfoque anterior de gestión delegada pasará de 744 en 2007/2008 a 300 en 2009/2010.

572.En la construcción de nuevas aulas se otorgará prioridad a los fokontany que carezcan de escuelas, así como a las escuelas de ciclo incompleto de zonas rurales alejadas y pobres.

573.Reforma del sistema educativo. Con el fin de garantizar que al término del primer ciclo los alumnos hayan adquirido conocimientos y aptitudes suficientes y duraderos, se ha decidido instaurar a partir del curso 2008/2009 un ciclo de enseñanza primaria de siete años en vez de cinco.

574.Reestructuración de la educación básica y de la enseñanza secundaria. A raíz de la prolongación del ciclo de primaria a siete años, se ha procedido a la reestructuración de la educación básica y de la enseñanza secundaria. El ciclo de primaria dura siete años y comprende tres cursos. El primer ciclo de enseñanza secundaria dura dos años.

575.Colegios de excelencia y escuelas abiertas. En el MAP se prevé el establecimiento de colegios de excelencia para promover la mejora cualitativa de la enseñanza.

576.Siguiendo el ejemplo de otros países, Madagascar se propone introducir modalidades de enseñanza flexibles que permitan presentarse a los exámenes a los alumnos que no puedan asistir a un centro de enseñanza.

577.Revisión de los planes de estudio. Los programas escolares en vigor datan de los años setenta y noventa. Está previsto revisarlos para adaptarlos al contexto socioeconómico del país y a las necesidades de competitividad dimanantes de la globalización, y con el fin de alcanzar los objetivos del Plan de Educación para Todos.

578.La reforma de los planes de estudio se introducirá gradualmente a partir del curso 2008/2009 siguiendo un calendario preestablecido.

Cuadro 32

Calendario de aplicación del enfoque basado en las aptitudes en la educación básica de primer ciclo

Fases

2003/2004

2004/2005

2004/2005

2005/2006

2007/2008

2008/2009

Experimentación

CP1 CP2

CE

CM1

CM2

Pregeneralización

CP1 CP2

CE

CM1

CM2

Generalización

CP1 CP2

CE

CM1

CM2

Cuadro 33

Calendario de aplicación de la reforma de la educación básica

Grado

Curso académico

2008/09

2009/10

2010/11

2011/12

2012/13

2013/14

2014/15

1 er grado

Número de distritos

20

65

111

Fase

Exp

Pregen

Gen

2º grado

Número de distritos

20

65

111

Fase

Exp

Pregen

Gen

3º grado

Número de distritos

20

65

111

Fase

Exp

Pregen

Gen

4º grado

Número de distritos

20

65

111

Fase

Exp

Pregen

Gen

5º grado

Número de distritos

20

65

111

Fase

Exp

Pregen

Gen

6º grado

Número de distritos

20

65

111

Fase

Exp

Pregen

Gen

7º grado

Número de distritos

20

65

111

Fase

Exp

Pregen

Gen

8º grado

Número de distritos

20

65

111

Fase

Exp

Pregen

Gen

9º grado

Número de distritos

20

65

111

Fase

Exp

Pregen

Gen

10º grado

Número de distritos

20

65

111

Fase

Exp

Pregen

Gen

579.Para apoyar los esfuerzos de aplicación de los nuevos planes de estudio se publicarán y distribuirán de 2009 a 2015 40 millones de libros de texto y otros materiales de lectura.

580.Modificación del calendario escolar. Se está procediendo a una revisión del calendario escolar teniendo en cuenta las estaciones y el calendario cultural.

C.Ocio, esparcimiento y actividades culturales

1.Medidas legislativas

581.El artículo 26 de la Constitución protege "el derecho de todas las personas a participar en la vida cultural de la comunidad, en el progreso científico y en los beneficios que de éste se derivan".

582. De conformidad con el objetivo 7 del compromiso 3 del MAP, las actividades extraescolares y los deportes son indispensables como complemento de los programas de educación académica, pues contribuyen a desarrollar entre los jóvenes el espíritu de competición y una actitud orientada hacia la búsqueda de la eficacia y la iniciativa empresarial

583.Se ha promulgado la Ley Nº 2004-28 de 9 de septiembre de 2004 sobre la Política Nacional de la Juventud, que aporta clarificaciones en relación con el ocio y las actividades culturales de los niños y jóvenes.

2.Medidas administrativas

584. El Ministerio de Deporte, Cultura y Esparcimiento es el órgano encargado de las actividades de ocio, deportivas y culturales. También otras instituciones, como el Ministerio de Educación Nacional, desarrollan en el marco de las actividades de su competencia programas de ocio, deportivos y culturales destinados a todos los niños sin distinción.

585.Descanso y ocio. Corresponde al Ministerio de Educación Nacional fijar los períodos de vacaciones escolares destinados al descanso de los alumnos.

586.Existen en 20 regiones 38 casas de la juventud, de las que 19 están en funcionamiento, y también funcionan casas de barrio en algunos fokontany, en particular en zonas desfavorecidas. Esas instituciones, que disponen de bibliotecas, organizan actividades recreativas y culturales, como cursos de apoyo en francés o de artes marciales, torneos deportivos, etc.

587.Medidas adoptadas. El Ministerio ha adoptado las siguientes medidas:

a)Ha alentado la creación de Asociaciones de Jóvenes;

b)Ha prestado apoyo a los consejos de la juventud a nivel regional y comunal;

c)Ha construido y rehabilitado infraestructuras deportivas;

d)Ha equipado 20 casas de la juventud.

588.Presupuesto: actividades culturales y de esparcimiento. Los distritos escolares, las direcciones regionales de educación nacional y el MENRS cuentan con créditos anuales para la organización del campeonato deportivo y cultural escolar, en el que participan cada año alrededor de 1.500 alumnos procedentes de las 22 regiones.

3.Actividades y programas

589.En el marco del ejercicio del derecho de los niños a participar en actividades recreativas y culturales, se promueven a nivel local, regional y nacional programas recreativos, deportivos, culturales y artísticos.

590.En el anexo figura información detallada sobre las actividades recreativas y culturales.

4.Dificultades

591.El ejercicio del derecho a participar en actividades recreativas y culturales sigue siendo relativamente limitado entre los niños de la calle de las zonas urbanas y en el medio rural. No obstante, algunas organizaciones no gubernamentales, como el Centro de Desarrollo de Andohatapenaka, el Centro Akamasoa, Groupe Développement y la Asociación Graine de Bitume, así como el Proyecto IPEC/OIT, incluyen en sus programas actividades recreativas y culturales para los niños de la calle.

592.En las zonas rurales, los centros de lectura y de animación cultural (CLIC) y los centros de lectura, información y cultura (CLAC) y las bibliotecas ambulantes ofrecen actividades recreativas y de lectura para niños y jóvenes. Los niños de las zonas rurales tienen acceso a actividades recreativas durante las fiestas itinerantes.

5.Medidas planeadas

593.El Ministerio de Deporte, Cultura y Esparcimiento se ha fijado como objetivo prioritario la construcción y puesta en funcionamiento de infraestructuras socioculturales y deportivas antes de 2010.

VIII.Medidas especiales de protección de la infancia

A.Participación de niños en conflictos armados

594.No hay en Madagascar problemas de participación de niños en conflictos armados.

1.Medidas legislativas y reglamentarias

595.En virtud del artículo 2 de la Ley Nº 2005-037 de 20 de febrero de 2006 por la que se modifican y completan algunas disposiciones de la Ordenanza Nº 78-002 sobre los principios generales del Servicio Nacional, la edad mínima de conscripción en el servicio militar nacional está fijada en 18 años, aun en el caso de movilización total o parcial. A ese respecto, Madagascar ha ido más lejos que la Convención, que dispone en el párrafo 2 de su artículo 32 que "[...] las personas que no hayan cumplido 15 años no deben tomar parte directa en las hostilidades".

596.Conviene mencionar asimismo que en el Decreto Nº 2007-563 de 3 de julio de 2007 sobre el trabajo infantil se prohíbe explícitamente el reclutamiento forzoso de niños para hacerlos participar en conflictos armados.

2.Medidas administrativas

597.El Gobierno ha establecido una Comisión Nacional para la Aplicación del Derecho Internacional Humanitario. Esa Comisión fue creada por el Decreto Nº 2006-435 de 27 de junio de 2006, en cuyo artículo 2 se le asignan las siguientes funciones:

Velar por la aplicación de los tratados de derecho internacional humanitario ratificados por Madagascar;

Proponer medidas para armonizar la legislación nacional con los tratados internacionales;

Evaluar las medidas adoptadas;

Asesorar al Gobierno sobre el desarrollo del derecho internacional humanitario;

Promover la difusión del derecho internacional humanitario en todo el territorio nacional.

3.Medidas educativas y difusión de la Convención sobre los Derechos del Niño

598.Se imparten enseñanzas sobre el derecho internacional humanitario en la Academia Militar, las escuelas de tropa y las unidades de la gendarmería nacional. Se han organizado con ese fin sesiones de formación de capacitadores.

4.Protección de los niños en los conflictos armados

599.Madagascar ha ratificado los dos protocolos adicionales de los Convenios de Ginebra, de 12 de agosto de 1949, por lo que esos instrumentos son aplicables en Madagascar para proteger a los niños durante las hostilidades, incluida su evacuación según lo previsto en el artículo 78.

5.Rehabilitación física y psicológica y reinserción social de los niños víctimas de conflictos armados

600. Madagascar prevé adoptar una política nacional de readaptación y reinserción social de los niños víctimas de conflictos armados.

601. Las fuerzas armadas cuentan con estructuras destinadas a intervenir en casos de desastres sociales y humanitarios. El Ministerio de Defensa Nacional (MDN) participa activamente en las intervenciones humanitarias y sanitarias en casos de desastres naturales o antropogénicos y otras situaciones de emergencia. Existe paralelamente un Cuerpo de Protección Civil encargado de acudir en auxilio de la población víctima de desastres de cualquier tipo.

6.Progresos en la aplicación de los artículos 38 y 39

602.El establecimiento en 18 años de la edad mínima para la prestación del servicio militar constituye un avance consolidado en la aplicación del artículo 38.

603.Además, el establecimiento de redes de protección que contribuyen a la atención psicosocial y la orientación de los niños víctimas de cualquier forma de negligencia, explotación, abuso, maltrato o tortura cumple lo dispuesto en el artículo 39.

B.Niños en situación de conflicto con la ley

1.Marco jurídico

604.En los párrafos 3 y 4 del artículo 13 de la Constitución se dispone, respectivamente, que nadie podrá ser enjuiciado, encarcelado o detenido más que en los casos y en la forma prescritos por la ley, y que nadie podrá ser castigado más que en virtud de una ley promulgada y publicada con anterioridad a la comisión del acto punible".

605.Esas disposiciones constituyen una garantía para el niño de que no podrá ser procesado por hechos no contemplados en la ley ni detenido arbitrariamente.

606.La administración de la justicia juvenil se rige por la Ordenanza Nº 62-038 de 19 de septiembre de 1962.

607. En la Ordenanza Nº 62-038 se otorga particular importancia a la preservación de la dignidad del niño y del valor de su persona.

608.Todo niño sospechoso o acusado de una infracción de la legislación penal:

Gozará de presunción de inocencia hasta que haya sido legalmente establecida su culpabilidad. En consecuencia, está prohibida la publicación en la prensa de fotos de niños sujetos a un procedimiento penal;

Será informado lo antes posible de las acusaciones formuladas contra él, directamente o a través de sus padres, que deberán asistir obligatoriamente a las audiencias.

609.Para facilitar el conocimiento de la personalidad del niño y preservar su dignidad, en la Ordenanza se prescribe un estudio de su entorno social y se dispone que se mantendrá secreta la información sobre el procedimiento y que las deliberaciones se celebrarán a puerta cerrada.

610.La legislación penal malgache no reconoce la responsabilidad penal de los menores de 13 años, por lo que cuando uno de ellos comete una infracción penal sólo pueden aplicársele medidas educativas.

611.Cuando sea declarado culpable un menor de 13 años, se le aplicará plenamente la circunstancia atenuante de minoría de edad.

612. Si el acusado tiene entre 16 y 18 años de edad, el tribunal de menores sólo podrá desestimar la atenuante de minoría de edad mediante decisión explícitamente motivada.

613.De conformidad con los principios del respeto de las opiniones del niño y del interés superior del niño, este deberá ser escuchado en todas las fases del procedimiento. El acusado podrá expresarse libremente, y el juez de menores adoptará todas sus decisiones teniendo presente el interés superior del niño.

614.De conformidad asimismo con el principio del interés superior del niño, el Código de Procedimiento Penal prohíbe en su artículo 581 la aplicación a menores de medidas de apremio personal.

615.En cualquier caso, la Convención sobre los derechos del niño es aplicable en virtud del párrafo 4 del artículo 132 de la Constitución, que estipula que "los tratados o acuerdos debidamente ratificados o aprobados tendrán desde el momento de su publicación rango superior al de las leyes...". En consecuencia, la Constitución puede ser invocada ante los tribunales y estos tienen la obligación de aplicarla.

616.La Ley Nº 2007-021 de 30 de julio de 2007, por la que se modifican y completan determinadas disposiciones del Código de Procedimiento Penal en relación con la detención preventiva y se reduce el tiempo de detención en espera de juicio tanto en el ámbito correccional como en el penal, es de aplicación general y beneficia a los menores. En virtud de su artículo 334 bis, la orden de detención dictada por un juez de instrucción o por la Sala de Detención Preventiva tendrá una validez de seis meses en el ámbito correccional y de ocho meses en el penal.

617.Por lo demás, la principal innovación introducida por esa ley reside en el establecimiento de un máximo de treinta meses para la detención preventiva, que no estaba sujeta anteriormente a ninguna limitación.

618.El Decreto Nº 2006-901 de 19 de diciembre de 2006 trata de las medidas de reinserción social, familiar y profesional de las personas detenidas.

2.Instituciones especializadas en asuntos de menores de edad

619.La judicatura no cuenta con personal especializado de justicia juvenil. El fiscal escoge entre sus adjuntos a los que se encargarán de los asuntos de menores.

620. Aunque no hay jueces especializados en justicia juvenil, se organizan periódicamente cursos prácticos en la Escuela Nacional de la Magistratura en el marco de las actividades de formación permanente organizadas en asociación con el UNICEF. Desde 2006 hay en Antananarivo tres jueces que se ocupan específicamente de los casos que afectan a menores. En los demás tribunales, el presidente actúa como juez de menores o nombra a otro magistrado para desempeñar esa función.

621. No existen servicios sociales que atiendan a los asuntos penales de menores. Sólo el tribunal de menores de la capital cuenta con una asistenta social, que se ocupa únicamente de los niños en situación de peligro.

622.La inexistencia de personal especializado, como los delegados voluntarios previstos por la ley para ejecutar la medida de libertad vigilada, no permite la aplicación ni el seguimiento de otras medidas que la entrega a los padres o la privación de libertad.

623.Esa carencia de personal especializado está compensada en parte por los módulos sobre derechos del niño que se enseñan en la Escuela Nacional de la Magistratura, en el marco de la formación inicial o de los cursos de formación permanente.

624.Madagascar dispone desde 1999 de una brigada especializada en infracciones relacionadas con la infancia, la División de la Policía de Costumbres y de Protección de Menores, dependiente de la Dirección de Policía Judicial. La División, que dispone de unidades en las capitales de provincia y otras ciudades (Antsiranana, Mahajanga, Fianarantsoa, Toamasina, Toliara, Nosy Be), tiene funciones preventivas y represivas. No puede ocuparse sistemáticamente de todos los asuntos que afectan a menores, habida cuenta de la insuficiencia de sus efectivos, especialmente en las regiones, donde las unidades de la División tienen que ocuparse asimismo de otros asuntos judiciales.

3.Tramitación de los casos de menores

Problemas planteados en el sistema de justicia juvenil

625. Los problemas se centran en los siguientes aspectos:

Lentitud de los procedimientos, como consecuencia de las dificultades para obtener rápidamente los certificados de nacimiento o los resultados de los exámenes somáticos necesarios para determinar la edad del niño;

Deficiencia de los medios de transporte y de comunicación entre el tribunal y los centros donde se encuentran los niños;

Incomparecencia en las audiencias de los padres u otras personas civilmente responsables, como consecuencia de alejamiento geográfico o falta de interés por el niño;

Ámbito restringido del derecho a la defensa, que se limita a los delitos castigados con una pena de más de cinco años, en cuyo caso el niño puede recurrir a la asistencia de un defensor de oficio;

Recurso a la privación de libertad cuando no se pueden adoptar las medidas alternativas pertinentes.

626.Consciente de esos problemas, el Ministerio de Justicia ha adoptado medidas para garantizar el respeto de los derechos fundamentales de los niños en conflicto con la ley, y en 2006 y 2007 se celebraron con el apoyo del UNICEF reuniones de responsables de la aplicación de las leyes referentes a asuntos de menores y de representantes de la sociedad civil dedicados a defender los intereses de los niños en conflicto con la ley, con objeto principalmente de reflexionar sobre las reformas más adecuadas para mejorar la protección de la infancia de conformidad con las disposiciones de la Convención.

627.Se ha realizado un estudio para evaluar la situación de los menores en los centros de reeducación y en algunas instituciones penitenciarias.

628.Después de adoptar esas medidas, el Ministerio de Justicia envió una circular a todos los presidentes de tribunal, fiscales, jueces de menores, jueces de instrucción y magistrados del ministerio público encargados de asuntos de menores para que, en tanto no se introdujeran las reformas proyectadas, se esforzaran por acelerar los procedimientos que afectaran a menores y aplicaran estrictamente el principio de que la libertad debía ser la regla y la reclusión la excepción.

629.Frente a las dificultades enumeradas, se está elaborando un nuevo proyecto de ley con miras a mejorar la situación de los niños en conflicto con la ley.

630.En la circular se formulaban las recomendaciones siguientes:

No dictar órdenes de prisión preventiva contra niños menores de 13 años, y, en el caso de los menores que se encontraran ya en esa situación, cursar órdenes de libertad provisional o solicitar el levantamiento de la prisión preventiva;

No dictar órdenes de prisión preventiva contra niños de entre 13 y 16 años, recurriendo de ser necesario a su internamiento en centros de reeducación;

Cerrar, en un plazo de tres meses a partir de la recepción de la circular, los expedientes de los menores que estuvieran abiertos a 1º de abril de 2007;

Examinar los casos de menores en la primera audiencia en la que fuera posible.

631.Aunque los resultados obtenidos son alentadores, persisten problemas de carácter estructural cuya solución dependerá de la reforma mencionada.

Trato a los niños privados de libertad

Prohibición de la detención arbitraria

632.La detención arbitraria está prohibida por la Constitución y las leyes de Madagascar, y el Código Penal la castiga con penas severas.

633. En el párrafo 3 del artículo 13 de la Constitución se estipula que" nadie podrá ser detenido, encarcelado ni procesado más que en los casos y en la forma prescritos por la ley".

Arresto, detención o encarcelamiento como medidas de último recurso

634.Como ya se ha señalado, de resultas de la inexistencia de programas que permitan aplicar medidas sustitutorias de la reclusión, los jueces se ven obligados a recurrir a la entrega a los padres o a la prisión preventiva incluso en casos en que podría haberse aplicado una medida de libertad vigilada.

Trato no discriminatorio

635.En el artículo 23 del Decreto Nº 2006-015 sobre la organización general de la administración penitenciaria se estipula que "los reclusos no deben ser objeto de discriminación alguna por consideraciones relacionadas con su Estados de salud, sexo, raza, idioma, religión, origen étnico, opiniones políticas o situación social".

636.Ese principio de no discriminación se aplica a los menores en situación de privación de libertad.

Respeto del derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo

637.En Madagascar la pena capital no es aplicable a los niños.

638.El derecho a la supervivencia está vinculado al derecho a la alimentación, garantizado por el Decreto Nº 2006-015 (art. 72).

639.El Decreto Nº 2006-901 de 19 de diciembre de 2006 sobre las medidas para la reinserción social, familiar y profesional de los reclusos, que complementa las disposiciones del Decreto Nº 2006-015 de 17 de enero de 2006, garantiza a todas las personas privadas de libertad el acceso a enseñanza o formación profesional y a actividades físicas, deportivas o culturales.

640.Es necesario continuar los esfuerzos por mejorar la alimentación, la atención, la enseñanza y la formación profesional, tanto en las instituciones penitenciarias como en los centros de reeducación. A ese respecto tiene gran importancia el apoyo de los asociados en el desarrollo y de las ONG que trabajan en el ámbito de la protección de los derechos del niño.

Medidas sustitutorias de la privación de libertad

641.Con el fin de otorgar mayor margen de maniobra a los jueces para evitar el recurso al encarcelamiento, se prevé introducir reformas tendentes a facilitar la adopción de medidas sustitutorias.

Centros de reeducación

642.Los centros de reeducación acogen bajo mandato judicial a niños en situación de peligro, en espera de juicio o ya juzgados.

643.Hay en Madagascar ocho centros de reeducación para niños. Cinco de ellos, de los que tres están destinados a niñas, se encuentran en la capital. Los tres restantes, para niños de sexo masculino, se encuentran en Antsirabé, Mahajanga y Toamasina.

644. Dos de esos centros son públicos, el de Anjanamasina y el de Antsirabé, gestionado por la asociación ASPE.

645.Sólo el centro de Anjanamasina, que se rige por el Decreto Nº 60-376 de 29 de septiembre de 1960, depende directamente del Ministerio de Justicia. Ese centro acoge en promedio a 55 niños de sexo masculino, aunque tiene capacidad para acoger a 80 menores. La duración de la estancia en el centro oscila en promedio entre tres meses y dos años. Los delitos que con más frecuencia ocasionan el internamiento son los de robo, violación y secuestro.

646.Los otros centros son privados y pertenecen a asociaciones. Su personal proviene por lo general de la administración penitenciaria (vigilantes).

647.En promedio, esos centros tienen capacidad para acoger de 35 a 50 niños.

648.En los centros de reeducación se mezcla a los niños en peligro con los niños en conflicto con la ley. Esa situación se ha subsanado en el caso del centro femenino St. Jean de Antananarivo, que ya no acoge más que a niñas en peligro.

649.Los demás centros "privados" acogen asimismo a niños colocados por los jueces de menores, pero no presentan regularmente información sobre esos niños. Esa anomalía se resolverá con la promulgación de un nuevo decreto sobre los centros de reeducación.

Instituciones penitenciarias

650.En el artículo 10 del Decreto Nº 2006-015 sobre la organización general de la administración penitenciaria se estipula que los delincuentes juveniles serán internados en centros destinados específicamente a menores, y se prevé la introducción progresiva de la separación entre las secciones de menores y las de adultos en las instituciones penitenciarias. Como consecuencia de la relativa escasez de medios, existen todavía centros penitenciarios para adultos en los que se interna a adolescentes en conflicto con la ley.

Cuadro 34

Población reclusa, por sexo y situación legal, septiembre de 2007

Condenados

Preventivos

Total

Porcentaje

Hombres

6 907

10 034

16 941

94,12

Mujeres

250

481

731

4,06

Niños

57

247

304

1,69

Niñas

24

24

0,13

Total

7 214

10 786

18 000

100,00

Porcentaje

40,08

59,92

100,00

Fuente : Servicio de Control de la Reclusión y de Estadística, DGAP/MINJUS.

651.En septiembre de 2007, en los 14 distritos penitenciarios había un total de 304 adolescentes encarcelados, de los que 61 (el 20%) habían sido condenados y 243 (el 80%) se encontraban en situación de prisión preventiva, según datos del Ministerio de Justicia.

652.El cuadro anterior demuestra que no se recurre sistemáticamente a la prisión preventiva de los niños en conflicto con la ley.

Trato a los menores durante la reclusión

653.El artículo 16 del Decreto Nº 2006-015 prohíbe al personal penitenciario y a las personas que tienen acceso a las instituciones penitenciarias infligir malos tratos a los niños encarcelados o internados en centros de reeducación.

654.Los artículos 65 a 75 del mismo Decreto garantizan además a las personas privadas de libertad el derecho a la higiene, a la salubridad y a alimentos variados y preparados, así como a un espacio suficiente para dormir.

655.El Código de Conducta del personal de la administración penitenciaria, promulgado en virtud de la Orden Nº 10.340/2007, prohíbe infligir a las personas encarceladas, incluidos los niños privados de libertad, cualquier trato inhumano o degradante.

656.En caso de malos tratos, se reconoce a los niños el derecho de presentar denuncia de conformidad con el artículo 123 del Decreto. Esa garantía se extenderá a los niños internados en centros de reeducación, una vez aprobado un proyecto de decreto en ese sentido.

657.El Ministerio de Justicia, en colaboración con el PNUD, ha editado y difundido una "Guía práctica para el respeto de los derechos humanos", destinada a los responsables de la aplicación de la ley (magistrados, policías, gendarmes, personal penitenciario) y en la que, entre otras cosas, se reiteran los principios generales por los que se prohíbe el maltrato de los niños privados de libertad.

658.Desde 2006 se ha impartido formación a 400 responsables de la aplicación de la ley en ocho jurisdicciones con el fin de promover un mejor conocimiento y la aplicación efectiva de la Convención. Esas actividades de formación se continuarán en otras jurisdicciones.

Condiciones de reclusión de los niños en conflicto con la ley

659.Separación entre los niños y los reclusos adultos. Como ya se ha mencionado, el objetivo es proceder a separar progresivamente a los niños de los reclusos adultos.

660.En los centros penitenciarios todavía no se ha aplicado por completo la separación entre niños y adultos. Por falta de infraestructuras suficientes, algunos niños en conflicto con la ley son internados en penitenciarías.

661.Se han adoptado medidas de reglamentación para aplicar progresivamente la separación entre las secciones de niños y las de adultos. Por ejemplo, en el artículo 28 del Decreto Nº 2006-015 de 17 de enero de 2007 se contempla la separación de los reclusos mediante el establecimiento de centros o secciones separados para hombres, mujeres y niños.

662.Se han establecido ya secciones separadas reservadas a menores de edad en Antanimora/Antananarivo, Vatomandry, Taolagnaro, Toliara y Toamasina. La de Antanimora está totalmente aislada de las secciones destinadas a los adultos, evitando así todo riesgo de promiscuidad. En los otros centros penitenciarios también se procura aplicar esas medidas dentro de los límites presupuestarios y de conformidad con el orden de prioridades. En cinco penitenciarías del norte del país los niños están en contacto permanente con los adultos en el patio, los retretes y los puntos de suministro de agua.

663.En cuanto a las niñas, no se han adoptado medidas para separarlas de las presas adultas, pues no existe en ningún centro penitenciario una sección para menores de sexo femenino. Las menores son internadas en las mismas instalaciones que las reclusas adultas.

664.Todavía no se ha aplicado la separación entre los presos preventivos y los condenados.

665.Contacto con la familia. En los artículos 93 a 99 del Decreto Nº 2006-015 sobre la organización general de la administración penitenciaria se otorga a los niños privados de libertad el derecho de mantener el contacto con sus familiares y sus defensores por correspondencia y mediante visitas.

666.En todos los centros penitenciarios de Madagascar se permiten visitas dos días a la semana, según lo estipulado en sus respectivos reglamentos internos y de conformidad con el Decreto Nº 2006-015. Esas visitas sólo pueden suspenderse en circunstancias excepcionales (por ejemplo, tras una evasión o cuando existe riesgo de evasión). Las mismas condiciones se aplican a los centros de reeducación.

667.Los niños privados de libertad pueden recibir asimismo visitas de trabajadores sociales.

668.Mecanismo independiente de control. En 2004 se estableció en el Ministerio de Justicia un servicio central encargado de la educación de los niños bajo vigilancia, que ha de realizar inspecciones o visitas de todos los centros penitenciarios en los que haya niños internados y de todos los centros de reeducación. Los limitados recursos disponibles han impedido realizar visitas a todos los centros, por lo que se otorga prioridad a los centros en los que se hayan denunciado casos de maltrato de niños.

669.Además, en el Decreto Nº 2006-015 de 17 de enero de 2006 se prevé el establecimiento de comisiones de vigilancia encargadas del control en sus respectivos centros de todas las cuestiones relacionadas con la salubridad, la seguridad, la alimentación, la organización de la atención de salud, el trabajo, la disciplina, la observancia de los reglamentos, los procedimientos administrativos, la enseñanza y la preparación para la reincorporación de los reclusos a la sociedad.

670.El Ministerio de Justicia promueve actualmente relaciones de asociación con las organizaciones de la sociedad civil que trabajan para mejorar las condiciones de reclusión. Se planea establecer un sistema de reparto de las visitas periódicas con miras al seguimiento de las condiciones de reclusión de los menores.

671.Procedimientos de reclamación. En virtud del artículo 123 del Decreto Nº 2006‑015, los niños privados de libertad, como todas las personas encarceladas, tienen derecho a presentar al director de su centro penitenciario peticiones o reclamaciones relativas a las condiciones de reclusión.

672.Los niños privados de libertad pueden solicitar ser escuchados por los magistrados y funcionarios encargados de la inspección o de la visita del centro penitenciario sin que esté presente ningún miembro del personal de éste.

673.El artículo 124 establece el derecho a dirigirse en cualquier momento por carta a las autoridades judiciales.

674.Escolarización de los niños en conflicto con la ley. En virtud del artículo 7 del Decreto Nº 2006-901, "[e]n los centros penitenciarios se garantizará el derecho a cursar la enseñanza primaria". En el artículo 8 se precisa que los niños privados de libertad podrán presentarse a los exámenes oficiales.

675.En consecuencia, enseñantes designados por el distrito escolar imparten cursos en esos centros siguiendo el programa oficial del Ministerio de Educación Nacional.

676.Algunos centros de reeducación reciben ayuda privada externa para la realización del programa escolar.

677.En el centro de reeducación de Anjanamasina/Antananarivo se imparten, además de educación básica, sesiones de alfabetización para niños que no han estado nunca escolarizados. En Mahajanga se recurre a voluntarios para impartir cursos de aprendizaje y formación profesional de mecánica o técnicas agrícolas, con el fin de facilitar la reinserción social de esos niños.

678.Las sedes centrales de Antananarivo y Mahajanga y algunos centros de reeducación disponen de un centro de lectura. Los menores recluidos pueden ver asimismo programas educativos por televisión.

679.Atención y servicios médicos. Según el Decreto Nº 2006-015, todos los centros penitenciarios deben contar por lo menos con un médico, un dentista y/o un enfermero (art. 76). El médico debe realizar inspecciones regulares de las condiciones de alimentación, higiene, salubridad y limpieza (art. 80), y los reclusos que precisen de cuidados especiales deben ser ingresados en un centro hospitalario (art. 81).

680.El 60% de los centros penitenciarios dispone de enfermería. La administración penitenciaria se esfuerza por dotar a todos los centros de instalaciones de ese tipo, a las que se destina a personal de enfermería diplomado. Además, diversas ONG nacionales e internacionales (Médicos del Mundo, Médicap International, Sentinelle, SAF, FJKM, Aumônerie Catholique des Prisons) colaboran con el Ministerio de Justicia para mejorar la atención médica que se dispensa a los reclusos.

681.Reinserción social de los menores. En el artículo 25 de la Ley Nº 95-010 de 10 de julio de 1995 sobre el estatuto del personal de la administración penitenciaria se establecen dos categorías de personal especializado (educadores especializados y organizadores) a las que se encomiendan las medidas de reeducación y socialización de los menores privados de libertad.

682.La preparación para la reinserción social, familiar y profesional de los reclusos, incluidos los niños en conflicto con la ley, se rige por el Decreto Nº 2006-901 de 19 de diciembre de 2006.

683.En el marco del 9º FED, la Unión Europea aportó asistencia a tres centros de reeducación en Antananarivo y al centro de Mahajanga, a los que proporcionó recursos para la reinserción y readaptación de los niños y para el fortaleciendo de la capacidad de los educadores en materia de resocialización.

684.También hacen aportaciones en el mismo sentido las ONG Médicap International, Sentinelle, Association Bethlehem, Association pour la sauvegarde et la protection de l'enfance y FIVE.

685.Para facilitar esa tarea de reinserción, la DGAP procedió recientemente a la contratación de 10 educadores especializados y 10 organizadores, a los que se está impartiendo actualmente un curso de formación de 18 meses en la Escuela Nacional de la Administración Penitenciaria, en Toamasina.

C.Niños víctimas de la explotación, rehabilitación física y psicológica y reinserción social

1.Explotación económica de los niños

686.Según estimaciones de la OIT, hay en Madagascar 1.377.800 niños de 7 a 17 años que trabajan, lo que equivale a uno de cada tres niños de ese grupo de edad.

687.En 2001 los niños menores de 15 años (de 6 a 14 años) que realizaban una actividad productiva eran alrededor de un millón (935.000). En 2005 la cifra se había reducido en un 23%.

688.Por grupos de edad, la reducción fue la siguiente:

Del 19% en 2001 al 13% en 2005 entre los niños de 6 a 9 años;

Del 31% al 24% entre los de 10 a 14 años.

689.Esa disminución es consecuencia de la evolución favorable de la situación económica de las familias, de las campañas de escolarización y de las medidas de lucha contra el trabajo infantil.

690.No obstante, conviene señalar la preocupante situación de Toliara, donde en 2005 trabajaba el 33% de los niños de 6 a 14 años (según las estimaciones, el 35% de los niños y el 30% de las niñas).

691.La situación sigue siendo preocupante en Toliara, donde en 2005 trabajaba el 33% de los niños de 6 a 14 años, el 35% de los niños y el 30% de las niñas.

692.La gran mayoría de los niños que trabajan lo hacen en la agricultura (94% en 2001), en las explotaciones familiares. De ahí que en las zonas rurales trabaje uno de cada cinco niños menores de 15 años.

693.La eliminación del trabajo infantil requiere esfuerzos sostenidos a largo plazo. El objetivo prioritario es la erradicación de las peores formas de trabajo infantil, a saber:

Explotación sexual con fines comerciales;

Trabajo doméstico;

Trabajo en minas y canteras;

Trabajo en las salinas y en la pesca.

694.El INSTAT, con apoyo de la OIT y del UNICEF, está realizando una primera encuesta nacional sobre el trabajo infantil (ENTE).

2.Medidas logísticas

695.Madagascar ratificó en 2000 y 2001, respectivamente, el Convenio de la OIT Nº 138 sobre la edad mínima de admisión al empleo y el Convenio de la OIT Nº 182 sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil.

696.En el contexto de la aplicación de los convenios de la OIT relativos al trabajo infantil, se han introducido reformas mediante la promulgación de la Ley Nº 2003-044 de 28 de julio de 2004 sobre el nuevo Código del Trabajo, por la que se deroga la Ley Nº 94‑029 de 25 de agosto de 1995 y cuyos artículos 100 a 103 contienen disposiciones nuevas sobre el trabajo infantil.

3.Medidas reglamentarias y administrativas

Las disposiciones aplicables tienen por objeto impedir el empleo de niños de menos de 18 años en las peores formas de trabajo, en particular:

Trabajos inmorales;

Trabajos demasiado duros y trabajos forzados;

Trabajos peligrosos o insalubres;

Empleo de niños como criados y personal doméstico;

- Jornadas laborales de más de 18 horas.

697.Por el Decreto Nº 2004-985 de 12 de octubre de 2004 se estableció un Comité Nacional de Lucha contra el Trabajo Infantil (CNLTE).

698.Además, por la Orden Nº 13.520/2007 de 17 de agosto de 2007 se creó un Observatorio Regional del Trabajo Infantil (ORTE) dentro de cada Comité Regional de Lucha Contra el Trabajo Infantil (CRLTE).

699.En 2001, tras la ratificación del Convenio Nº 182, se estableció un Grupo de Trabajo Interdisciplinario de Coordinación, o GTIC, integrado por expertos técnicos de diferentes ministerios, con el fin de continuar la lucha contra las peores formas de trabajo infantil.

700.En 2004 el GTIC organizó consultas regionales que desembocaron en la elaboración del Plan Nacional de Acción contra el Trabajo Infantil (PNALTE), de 15 años de duración. Las actuaciones previstas se articulan con otros programas tendentes a la reducción de la pobreza. Los resultados previstos están estrechamente vinculados a los que se espera lograr con las políticas de educación y de protección social.

701.El PNALTE establece las orientaciones estratégicas, el marco de aplicación y seguimiento y las perspectivas de financiación del programa nacional para i) prevenir como objetivo prioritario las peores formas de trabajo infantil; ii) liberar y reinsertar a los niños dedicados a esas actividades; y iii) proteger contra la explotación y los trabajos peligrosos a todos los niños que trabajan sin tener la edad mínima de admisión al empleo.

702.El PNALTE se centra en los siguientes ejes estratégicos:

Reforzamiento y aplicación del marco jurídico;

Creación de oportunidades de formación, educación y asistencia a las víctimas;

Mejora de los ingresos familiares;

Sensibilización.

703.La actual fase I del PNALTE (2004 a 2008) abarca el fortalecimiento o establecimiento del marco jurídico y reglamentario a todos los niveles, la elaboración de un programa nacional de formación y de educación para combatir las peores formas de trabajo infantil y el lanzamiento de la primera oleada de programas de acción en las regiones objetivo. Las fases II (2009 a 2013) y III (2013 a 2017) se centrarán en la extensión de las actuaciones iniciadas, en lo que respecta tanto a la población beneficiaria como a las zonas de intervención, y en la consolidación de los logros. El objetivo es reducir sustancialmente las tasas de incidencia de las peores formas de trabajo infantil, al 30% al término de la fase I, al 5% en la fase II y a menos del 1% al concluir la ejecución del Plan.

704. Al comienzo de 2004 el Ministerio de Trabajo estableció un Servicio de Promoción de los Derechos Fundamentales y una División Especial para la Prevención, la Abolición y el Control del Trabajo Infantil, conocida por la abreviatura PACTE, para abordar los problemas del trabajo infantil.

705.La División PACTE dispone actualmente de seis unidades a nivel nacional y siete al de las diferentes direcciones regionales (dos en Diana, dos en Atsimo Andrefana, una en Atsinanana y dos en Analamanga).

4.Actividades de sensibilización, educación y formación

706.En el marco de las actividades de sensibilización contra el trabajo infantil, el Ministerio de Trabajo, en asociación con el IPEC/OIT, ha preparado diversos materiales de apoyo:

2.000 calendarios bienales 2005-2006 con mensajes contra el trabajo infantil;

Anuncios de radio y televisión;

Etiquetas adhesivas;

Carteles;

Manuales de información destinados a los jefes de las regiones sobre el papel de éstas en la lucha contra el trabajo infantil;

Una compilación de textos destinada a los parlamentarios y los participantes en los programas de acción.

707.El CNLTE y la División PACTE, con el apoyo del IPEC/OIT, han realizado actividades de promoción ante los encargados de la adopción de decisiones y las autoridades locales y de comunicación y sensibilización entre las autoridades nacionales y regionales, los operadores económicos y las organizaciones de la sociedad civil, en particular con motivo de la celebración del Día Mundial de Lucha contra el Trabajo Infantil (12 de junio).

708.En 2005, el Primer Ministro y representantes parlamentarios participaron en la campaña contra el trabajo infantil, y se rodó un anuncio para la televisión en el que actores profesionales mostraban la "Tarjeta roja al trabajo infantil".

709.En 2007 se actualizó ese anuncio reuniendo a diversos artistas nacionales.

710.La Federación Malgache de Fútbol también participó en la campaña mediante la colocación de pancartas de "Tarjeta roja al trabajo infantil" durante los partidos importantes, tanto en la capital como en algunas regiones.

711.Cada año se producen y distribuyen miles de camisetas con el mensaje "Stop al trabajo infantil".

5.Progresos logrados

712.Los logros más destacables han consistido en la introducción de reformas legislativas y el establecimiento de estructuras de aplicación, así como en la ejecución de los diversos programas. En 2008:

Se estaban aplicando 29 programas de acción en el marco del IPEC/OIT;

Se había liberado de las peores formas de trabajo a 1.792 niños (según la evaluación independiente de mitad de período, de noviembre de 2007) y se les habían aplicado medidas de reinserción escolar e impartido formación profesional;

120 niños se habían beneficiado de medidas de recuperación escolar y de reinserción en escuelas primarias públicas en el marco del proyecto "Manjary Soa";

Se había proporcionado empleo al 90% de los niños que habían recibido formación profesional en el ramo de la confección;

60 niños de los tres centros de Antananarivo, Toliara y Toamasina se habían beneficiado de medidas de reinserción escolar, y otros 20 habían recibido formación profesional en el centro de Antananarivo.

6.Dificultades encontradas

713.El establecimiento de estructuras regionales ha sufrido retrasos por la inexistencia de estructuras adecuadas en los servicios regionales de trabajo y la escasez de inspectores de trabajo especializados en la lucha contra el trabajo infantil. Se está preparando la sistematización del proceso de reunión de datos estadísticos

714.La aceptación social, la indiferencia de la opinión pública y la connivencia de los padres y de las familias son algunos de los obstáculos que dificultan la consecución de resultados inmediatos y satisfactorios en la lucha contra el trabajo infantil.

7.Respeto de los principios generales

715.De conformidad con el principio de no discriminación, la prohibición del trabajo infantil se aplica por igual a los niños y a las niñas.

8.Penas y otras sanciones

716.En el artículo 261 de la Ley Nº 2003-044 de 28 de julio de 204 sobre el Código del Trabajo se castiga con una multa de 1 a 3 millones de ariary y/o una pena de 1 a 3 años de prisión a los autores de infracciones de los artículos 100, 101, 102 y 103.

717.Las multas se han aumentado de 150 veces a 200 veces el PIB per cápita, y las penas de prisión de 15 días a 1 mes han pasado a ser de 1 mes a 3 años.

9.Mecanismos de inspección

718.En 2008 el Ministerio de Trabajo organizó con el equipo de la División PACTE un curso de formación sobre la lucha contra el trabajo infantil para 68 inspectores de trabajo.

10.Política o estrategia nacional

719.La lucha contra el trabajo infantil figura en el compromiso 8 y en el objetivo 4 del MAP, lo que demuestra la determinación del Gobierno de atajar ese grave problema.

720.El principal objetivo de la estrategia del PNALTE consiste en erradicar el trabajo infantil otorgando prioridad a la lucha contra las peores formas de trabajo infantil mediante el establecimiento de un marco jurídico y de un entorno institucional, económico y educativo que faciliten la supervivencia y el pleno desarrollo del niño.

721.Además, el Ministerio de Justicia, en asociación con el UNICEF, elaboró en diciembre de 2007 un Plan de Acción Nacional para Combatir la Violencia contra los Niños (PANVE), que se propone entre otros objetivos la erradicación de las peores formas de trabajo infantil.

11.Mecanismo de coordinación y vigilancia

722.Madagascar es uno de los países africanos que cuentan con una estructura nacional de lucha contra el trabajo infantil, el CNLTE.

723.El CNLTE, estructura clave para la aplicación del PNALTE, desempeña las siguientes funciones:

Aplicación y seguimiento del PNALTE;

Orientación y seguimiento de las actividades del IPEC/OIT en Madagascar;

Asesoramiento sobre los textos legislativos y reglamentarios en materia de lucha contra el trabajo infantil;

Apoyo a la elaboración, validación y seguimiento de los programas de acción de las organizaciones de la sociedad civil y de las ONG sobre estas cuestiones.

724.En virtud del decreto Nº 2005-523 de 9 de agosto de 2005, el CRLTE desempeña a nivel regional las funciones que competen al CNLTE a nivel nacional.

725.Se encarga asimismo de la ejecución de todas las directivas emitidas por el CNLTE.

726.La División PACTE del Ministerio de Trabajo presta apoyo al CNLTE, en particular para reunir información sobre el trabajo infantil y las iniciativas destinadas a combatirlo y para constituir un banco de datos que facilite el seguimiento de la situación en cuanto al trabajo infantil en Madagascar.

727.A nivel regional, corresponde al Observatorio Regional del Trabajo Infantil (ORTE) realizar las funciones de apoyo al CRLTE de la División PACTE.

12.Indicadores elegidos y utilizados

728.Aunque se contaba con algunos datos dispersos procedentes de encuestas, no existía antes de 2007 un sistema de reunión automática de datos cualitativos sobre el trabajo infantil en todos los sectores de actividad. Frente a esa situación, el Gobierno emprendió, con el apoyo del IPEC/OIT, el primer gran estudio nacional sobre el trabajo infantil (ENTE), financiado por el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos.

729.Para subsanar la carencia de datos sobre el trabajo infantil, el Gobierno acometió, con el apoyo del IPEC/OIT, el estudio nacional sobre el trabajo infantil (ENTE), financiado por el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos. El proyecto se inició en mayo de 2007 con actividades de formación de personal del INSTAT en relación con el trabajo infantil. Los resultados del estudio permitirán disponer de la información necesaria para mejorar la estrategia de lucha contra el trabajo infantil.

13.Programa de cooperación técnica y de asistencia internacional

730.Puesto que sus recursos son limitados, Madagascar necesita asistencia técnica y financiera para facilitar la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño. Con ese fin recibe ayuda del UNICEF en el marco del programa "Gobernanza para los derechos del niño", del IPEC/OIT en el marco de la actividad "Lucha contra las peores formas de trabajo infantil" y del PNUD en el marco del proyecto "Voluntariado contra la violencia".

D.Consumo de estupefacientes

1.Instrumentos internacionales

731.Madagascar ha ratificado los siguientes instrumentos internacionales:

Convenio de Ginebra para la supresión del tráfico ilícito de drogas nocivas, de 26 de junio de 1936;

Convención Única sobre Estupefacientes, de 1961;

Convenio de Viena sobre Sustancias Psicotrópicas, de 21 de febrero de 1971;

Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, de 1988.

2.Cooperación internacional

732.En el marco de la cooperación internacional, Madagascar ha firmado diversos acuerdos de lucha contra la droga:

Acuerdo administrativo y operacional en materia de lucha contra el tráfico ilícito de droga entre Madagascar y la República Islámica de las Comoras;

Acuerdo de asistencia judicial recíproca entre Madagascar y Francia, que contempla la extradición de los traficantes;

Convenio de asistencia administrativa recíproca en cuestiones aduaneras entre Madagascar y Francia.

3.Medidas legislativas

733.En la Ley Nº 97-039 de 4 de noviembre de 1997 se estipulan las medidas de control de los estupefacientes, las sustancias psicotrópicas y los precursores en Madagascar.

734.Con el fin de proteger mejor a los niños contra el consumo de estupefacientes, en el artículo 108 de esa ley se tipifica como agravante de las penas la comisión de las infracciones de los artículos 95 a 103 "en un centro de enseñanza, [...] un centro de servicios sociales y otros lugares en los que escolares o estudiantes participen en actividades educativas, deportivas o sociales o en el entorno inmediato de esos centros y esos lugares". También se castiga el suministro a menores de sustancias químicas tóxicas para inhalar.

735.Además, en el artículo 116 se prevén medidas de tratamiento de los niños, pues se dispone que "el tribunal podrá, en sustitución o como complemento de la pena, invitar al niño a someterse al tratamiento y la atención acordes con su estado".

4.Medidas estructurales

736.Madagascar cuenta con un Órgano Interministerial de Coordinación de la Lucha contra la Droga (OICLD).

737.El Servicio Central de Estupefacientes centraliza todas las informaciones que pueden facilitar la investigación y la prevención del tráfico ilícito y coordina en los planos nacional e internacional todas las operaciones tendentes a la represión de ese tráfico.

738.De la Secretaría de Estado de Seguridad Pública dependen el Servicio Central de Lucha contra los Estupefacientes y las Sustancias Psicotrópicas de la Policía Nacional y el Servicio de Estupefacientes de la Gendarmería Nacional.

739.En el Decreto Nº 2003-164 de 25 de febrero de 2003 se definen la política y las estrategias de lucha contra la droga, que se han plasmado en la elaboración del Plan Director Nacional de Lucha contra la Droga y Actividades Delictivas Conexas.

5.Medidas sociales y educativas

740.Por conducto de los servicios centrales de lucha contra los estupefacientes se han realizado campañas de sensibilización en las escuelas y centros escolares.

741.Además, en las sesiones de liderazgo organizadas en 2007 se impartió formación sobre lucha contra la droga a los jefes de fokontany, a los que corresponde sensibilizar a la población en sus respectivas jurisdicciones con el fin de detectar y denunciar a las autoridades competentes los casos de utilización, cultivo, producción o tráfico de drogas.

742.Entre las actividades realizadas por la Oficina de Educación de Masas y Civismo (OEMC) del MENRS se cuenta la sensibilización de la juventud frente a los peligros del consumo de estupefacientes.

6.Reinserción social

743.La reinserción social de los niños toxicómanos se basa en la cura de desintoxicación en el centro de reeducación de Anjanamasina, donde reciben apoyo físico y psicológico.

744.En las zonas periféricas, las familias de los niños toxicómanos pueden dirigirse a centros sociales o a ONG para que las remitan a los médicos o centros hospitalarios adecuados y les faciliten ayuda financiera y de otra índole.

7.Prevención de la utilización de niños en el tráfico de estupefacientes

745. En virtud del artículo 14 del Decreto Nº 2007-563 de 3 de julio de 2007 sobre el trabajo infantil, "[s]e prohíben la contratación, la utilización, el ofrecimiento y el empleo de niños de uno u otro sexo para participar en actividades de producción y tráfico de estupefacientes".

746.Por tráfico de estupefacientes se entiende cualquier actividad de oferta, distribución, intermediación, venta, entrega, envío, expedición, transporte, compra, almacenamiento o uso de drogas. La represión de ese tráfico compete a la Policía Nacional en el marco de sus tareas de vigilancia.

8.Protección de la infancia contra el consumo de alcohol, tabaco y estupefacientes

747.La Ley Nº 61-053 de 13 de diciembre de 1961 sobre la lucha contra el alcoholismo prohíbe el consumo de alcohol y de drogas en los centros escolares. La transgresión de esa norma puede entrañar en algunos casos la expulsión de la escuela, en particular cuando el comportamiento en cuestión puede tener efectos colaterales en otros alumnos.

748.También está prohibida la venta de productos de tabaco a menores de 18 años y por menores de 18 años (Orden Interministerial Nº 18.171/2003 de 22 de octubre de 2003).

749.Diversas ONG contribuyen a la protección de la infancia contra el consumo de alcohol, tabaco y estupefacientes organizando actividades de sensibilización y movilización.

E.Explotación y violencia sexuales

750.Según el Convenio Nº 182 de la OIT, la explotación sexual de niños con fines comerciales es una de las peores formas de trabajo infantil y entraña consecuencias nefastas para el desarrollo físico y psicológico de los niños. Las víctimas son mayoritariamente niñas. También hay explotación sexual de niños varones, pero es menos visible porque se considera un tema tabú.

Cuadro 35

Casos de violencia sexual contra niños investigados por la DPMPM de enero a diciembre de 2006, por tipo de violencia y sexo de las víctimas

Número de casos

% del total

Número de casos niñas

% niñas

Número de casos niños

% niños

Secuestro

89

51,15

87

51,18

2

50,00

Violación

65

37,36

65

38,24

Abusos deshonestos

15

8,62

13

7,65

2

50,00

Incesto

5

2,87

5

2,94

Total

174

100,00

170

100,00

4

100,00

751.En 2006, de los 344 casos investigados por la DPMPM, 174, el 50,58%, eran casos de explotación y violencia sexuales contra niños.

752.Por violencia sexual contra niños se entiende cualquier acto y/o intento de acto sexual mediante el uso de la fuerza, intimidación, amenazas o persuasión, incluidas observaciones o insinuaciones de carácter sexual. La violencia sexual abarca la violación, el acoso sexual, los abusos deshonestos, la corrupción de menores, la incitación a la perversión y el incesto, que están tipificados como delitos punibles.

1.Marco normativo

753.Las disposiciones represivas se reforzaron por la Ley Nº 2007-038 de 17 de diciembre de 2007 por la que se modifican y completan determinadas disposiciones del Código Penal relativas a la lucha contra la trata de personas y el turismo sexual. Esa ley impone la obligación legal de denuncia de los casos de proxenetismo, explotación sexual y turismo sexual.

754.Se considerará cómplice a cualquier persona que, conociendo la existencia de algún caso de proxenetismo, explotación sexual o turismo sexual del que sean víctimas niños, no lo haya denunciado a las autoridades competentes.

755. Además, para mejor proteger a los niños víctimas de abusos sexuales en todas sus formas, el plazo de prescripción de la acción pública no se cuenta sino a partir de la mayoría de edad de la víctima, a los 18 años.

756.Las penas impuestas por delitos relacionados con la trata, la explotación sexual, el turismo sexual y el incesto cometidos en la persona de un niño no podrán ser objeto de suspensión o aplicación condicional.

757.La nueva Ley sobre el matrimonio se propone entre otros objetivos combatir la nefasta costumbre del matrimonio precoz, que se considera una forma de violencia contra los niños.

758.El Decreto Nº 2007-563 de 3 de julio de 2007 sobre el trabajo infantil define la explotación sexual con fines comerciales como captación, utilización, oferta y empleo de niños de uno u otro sexo con fines de prostitución o producción de material o espectáculos pornográficos.

759.La Orden Nº 1111 de 28 de marzo de 1966 prohíbe el acceso de los jóvenes de ambos sexos a cabarés, salas de baile y otros establecimientos de la misma índole si no van acompañados de sus padres, con lo que se refuerza la protección de los niños contra la explotación y la violencia sexuales.

760.En el caso de que frecuenten esos lugares con objeto de lucrarse prostituyendo a sus hijos, puede aplicarse a los padres la legislación penal relativa al proxenetismo.

2.Otras medidas

761.Además de medidas contra la explotación económica de los niños o el trabajo infantil, el Gobierno ha adoptado también medidas tendentes a impulsar y coordinar la lucha contra la explotación y la violencia sexuales.

762.Conviene mencionar el establecimiento de servicios de atención y asesoramiento en cada centro de salud reproductiva de los adolescentes para atender a los casos de violación, maltrato e incesto.

763.Las "redes multisectoriales" de protección de los derechos del niño establecidas en 14 localidades realizan actividades de prevención de la explotación y la violencia sexuales y rehabilitación de las víctimas.

764.Las redes multisectoriales desempeñan las siguientes funciones:

Apoyo psicosocial a los niños víctimas;

Tratamiento médico;

Seguimiento de cada caso ante las instancias judiciales;

Asistencia material y escolar.

765.El Ministerio de Protección Social, con apoyo del UNICEF, ha realizado campañas de sensibilización con ayuda de carteles, folletos y etiquetas autoadhesivas. El Ministerio de Justicia, por su parte, ha impulsado campañas para la represión del proxenetismo y de todos los delitos sexuales.

766.En aplicación de la Orden Nº 1111 de 28 de marzo de 1966, la policía lleva a cabo sistemáticamente visitas y controles periódicos de los clubes nocturnos.

767.En 2005 se concertó un acuerdo de asociación entre la Gendarmería Nacional y la ONG Groupe Développement como parte de las actividades de prevención y protección de los niños contra el maltrato en general y la explotación y la violencia sexuales en particular. Groupe Développement produce materiales pedagógicos y de sensibilización que suministra a la Gendarmería Nacional. Ésta, por su parte, se compromete a introducir seminarios de capacitación al respecto en los programas de formación de la Escuela Superior de la Gendarmería Nacional de Moramanga (ESGN) y la Escuela de la Gendarmería Nacional de Ambositra (EGN).

768.En 2005 y 2006 se impartieron cuatro cursos de formación para capacitadores de la ESGN, de la EGN, de las brigadas territoriales periféricas de Antananarivo y de las brigadas de Moramanga y de Ambositra, de los que dos se referían a la explotación sexual de menores y dos a la atención a los menores víctimas de explotación sexual (véanse cuadros correspondientes).

769.Se elaboraron, con asistencia del UNICEF, materiales didácticos sobre la legislación y los procedimientos referentes al maltrato y a las técnicas de atención a las víctimas, que han servir como textos básicos para las actividades de formación de policías, gendarmes y magistrados.

770.El Groupe Développement ha preparado también materiales de formación sobre el problema de la explotación sexual, destinados al personal del sector turístico, los jóvenes, el personal docente y los dirigentes de la comunidad.

771.El combate contra la explotación sexual de la infancia ha movilizado a las más altas esferas políticas del país. A finales de 2007 el Presidente y el Primer Ministro se desplazaron a Nosy Be, considerado como uno de los principales centros del turismo sexual, para examinar con las autoridades locales las medidas que convenía adoptar para atajar ese problema. Tras esa reunión se asignaron los efectivos policiales y otros recursos necesarios, y se procedió a la detención de algunos ciudadanos extranjeros.

772.Las mujeres han de desempeñar un papel fundamental en la lucha contra la violencia y la explotación sexuales. Durante 2007, por iniciativa del Presidente de la República, se organizó un curso de formación en liderazgo para 1.500 mujeres. Una de las cuestiones clave que se abordaron era la lucha contra la explotación de la prostitución infantil con fines comerciales y de turismo sexual.

3.Estrategia nacional de protección

773.Además del PNALTE, documento de referencia para la lucha contra las peores formas de trabajo infantil, incluida la explotación sexual, el Gobierno malgache, a través del Ministerio de Justicia y en asociación con el UNICEF, adoptó el 7 de diciembre de 2007 un Plan de Acción Nacional para Combatir la Violencia contra los Niños (PANVE), uno de cuyos ejes estratégicos es la lucha contra la explotación y la violencia sexuales.

774.La explotación sexual se ha incluido, como una de las peores formas de trabajo infantil, en la encuesta nacional sobre el trabajo infantil (SIMPOC).

4.Mecanismos de coordinación

775.En el objetivo estratégico Nº 6 del PANVE se prevé el establecimiento de un mecanismo de coordinación, además del CNLTE.

5.Legislación sobre asistencia jurídica u otra asistencia apropiada

776.En el artículo 76 de la Ley Nº 2007-023 de 20 de agosto de 2007 sobre los derechos y la protección de los niños se indica que "en la notificación de apertura de procedimientos y las citaciones dirigidas al padre y a la madre, al tutor o a la persona o a un representante del servicio al que se haya confiado el niño, y al propio niño si se le reconoce capacidad de discernimiento, se mencionará el derecho de las partes de escoger un abogado o solicitar que se les asigne uno de oficio" y que "la notificación y las citaciones informarán igualmente a las partes de la posibilidad de consultar el expediente del caso".

6.Delitos penales

777.La Ley Nº 2007-038 estipula en su artículo 333 quater que "la trata de personas, incluida la de niños, el turismo sexual y el incesto son delitos punibles".

778.En el artículo 334 ter de esa ley se dispone que "quien capte, adiestre o corrompa con fines de prostitución a cualquier persona, aun con el consentimiento de ésta, será castigado con una pena de cinco (5) a diez (10) años de prisión y una multa de 1.000.000 a 10.000.000 ariary. Si ese delito se comete en la persona de un niño o de una niña menor de quince años, se castigará con una pena de trabajos forzados".

779.Según el artículo 334 quater, "la explotación sexual, según se define en el artículo 333 ter, se castigará con una pena de cinco (5) a diez (10) años de prisión y una multa de 4.000.000 a 20.000.000 ariary.

780.El delito de explotación sexual se castigará con una pena de trabajos forzados si se comete en la persona de un niño o una niña menor de quince años.

781. También se castigará con una pena de trabajos forzados si se comete con fines comerciales en la persona de un menor de 18 años.

782.En el artículo 334 quinto se dispone que "quien mantenga relaciones sexuales con un niño a cambio de cualquier forma de remuneración o algún otro beneficio será castigado con una pena de prisión de dos (2) a cinco (5) años y/o una multa de 1.000.000 a 10.000.000 ariary".

7.Extraterritorialidad

783.La Ley Nº 2007-038 sobre la lucha contra la trata de personas y el turismo sexual contempla el principio de extradición en su artículo 335 ter, en el que se estipula que "los nacionales de Madagascar y las personas con residencia habitual en Madagascar que realicen actividades de trata, explotación sexual o turismo sexual en otros países serán procesados y castigados de conformidad con las disposiciones del Código Penal".

784.En el artículo 335 quater de la misma ley se estipula que las solicitudes de extradición de personas objeto de una orden de búsqueda de un país extranjero se regirán por los procedimientos y los principios previstos en el tratado de extradición en vigor entre el Estado solicitante y Madagascar.

785.En el último párrafo de ese artículo se estipula que "en ausencia de un tratado de extradición o disposiciones legislativas, la extradición se llevará a cabo según el procedimiento y los principios definidos por el tratado modelo de extradición aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 45/116".

8.Datos disponibles

786.El fenómeno de la explotación sexual es una realidad alarmante en algunas localidades de Madagascar. A pesar de esa creciente visibilidad, todavía no es posible estimar la extensión del fenómeno porque no se dispone de instrumentos cuantitativos fiables a nivel nacional.

787.Aunque fragmentarios, los datos aportados por los estudios realizados sobre la explotación sexual con fines comerciales permiten hacerse una idea de la situación. En 2000 se estimaba que el número de niños víctimas de explotación sexual era de 1.309 a 2.217 entre los 170.000 habitantes de Toamasina y de 700 a 800 entre los 50.000 habitantes de Nosy Be. En Ilakaka trabajaban en 2005 19.000 de los 21.000 niños de la localidad, y entre ellos el 70% de las niñas de 12 a 18 años eran víctimas de explotación sexual con fines comerciales. En 2006 alrededor de una cuarta parte del total de 2.640 niños de 6 a 17 años que trabajaban en Antsiranana eran víctimas de explotación sexual (datos de la OIT). En la región de Atsimo Andrefana (Toliara I e Ifaty), el 28% de los niños de 12 a 17 años que trabajan son víctimas de explotación sexual con fines comerciales.

788.Los resultados de la ENTE aportarán nueva información e indicarán las medidas más idóneas que cabe adoptar para atajar ese problema.

789.En lo que respecta a la violencia sexual, las estadísticas de la Policía Nacional correspondientes a los años 2005 a 2007 indican que los delitos que con mayor frecuencia se cometen contra niños son los de corrupción de menores, violación y abusos deshonestos. Una mayoría abrumadora de las víctimas de violencia sexual son niñas: de los 174 delitos de carácter sexual investigados por la DPMPM en 2006 (la mitad de todos los delitos cometidos contra niños), 172 tenían por víctimas a niñas de todos los grupos de edad. Ese tipo de violencia afecta incluso a niñas de corta edad: el 20% de los actos de violencia sexual se cometen contra niñas no mayores de seis años.

790.Aunque los casos de incesto no se suelen denunciar, las estadísticas de la Policía Nacional empiezan a registrarlos (cinco denuncias en 2006), lo que parece indicar un cambio colectivo de mentalidad al respecto.

791.Esa elevada incidencia de la violencia sexual se manifiesta también a nivel local. Casi la mitad de los 221 nuevos casos registrados por la unidad de atención y apoyo de los niños víctimas de malos tratos en la ciudad de Mahajanga tenían que ver con violencia sexual. Las víctimas eran en su gran mayoría niñas (el 69%), con un promedio de edad de 10 años.

792.El matrimonio forzado es una forma de violencia sexual contra las niñas, que no están en condiciones de otorgar o negar su consentimiento (OMS, 2002). El matrimonio forzado y/o precoz obedece a veces a una costumbre ancestral que permite ofrecer en matrimonio a una mujer en contra de su voluntad. La práctica del "moletry" puede obligar a una mujer o a una niña a contraer una unión o prematrimonio.

793.Con miras a erradicar esa práctica discriminatoria, el Ministerio de Justicia, en asociación con el PNUD, encargó un estudio sobre el "moletry" para tener un conocimiento más preciso de esa costumbre practicada en el noroeste del país. Los resultados del estudio servirán como documento básico de un taller de diálogo local, regional y nacional tendente a promover un cambio de comportamiento a ese respecto.

794.En ese diálogo participarán representantes de la sociedad civil, de las iglesias y del Estado a todos los niveles. La estrategia adoptada se basa en la aplicación de las observaciones finales formuladas por el Comité de Derechos Humanos al término del examen del informe periódico de Madagascar sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que tuvo lugar en febrero de 2007 en Nueva York.

9.Progresos logrados

795.El Ministerio de Población, en asociación con el UNICEF, produjo una película contra la explotación sexual de los niños y la difundió en 2006 por la televisión nacional en Toliara y otras ciudades importantes en presencia de 12.000 niños.

796.Con motivo de la celebración del 8 de marzo de 2006, un equipo interministerial organizó en Ambalavao Fianarantsoa diversas actividades tendentes a sensibilizar a la población sobre los problemas dimanantes de la existencia del "Tsenan'ampela" o mercado de muchachas, en el que se prostituye a mujeres adolescentes.

797.Además, a través de las redes multisectoriales, el Ministerio realiza actividades de sensibilización y movilización de las comunidades para la lucha contra la violencia:

Festivales en Antananarivo y Toamasina y espectáculos de marionetas en los barrios;

Producción y difusión de carteles, tarjetas con consejos, fotonovelas;

Teatro radiofónico y producción de 100.000 folletos sobre los derechos del niño, y en particular sobre la lucha contra la explotación.

798.El Ministerio organiza asimismo actividades de formación respecto de la Convención sobre los Derechos del Niño destinadas a las redes multisectoriales, a razón de 30 animadores comunitarios por red.

10.Dificultades encontradas

799.Entre las dificultades que se han planteado destacan las siguientes:

Insuficiencia cuantitativa y bajo nivel de cualificación del personal dedicado a actividades de protección de los derechos del niño;

Limitado alcance geográfico de las actuaciones;

Escaso profesionalismo y bajo nivel de especialización de las intervenciones de los servicios de atención, readaptación y reinserción de los niños víctimas;

Problemas relacionados con la continuidad de las actuaciones iniciadas en el marco de los programas o proyectos de cooperación;

Inexistencia de un sistema de reunión y tratamiento de datos sobre las cuestiones relacionadas con los derechos del niño, incluida la violencia sexual.

F.Venta, trata y secuestro de niños

800.Como todos los países del mundo, Madagascar no está libre de prácticas ilícitas de trata de personas, en particular de niños y de mujeres, para su explotación con fines de lucro en el interior del país o en el extranjero. La mayoría de las víctimas procede de zonas rurales.

801. Diversos factores, como el aumento de la demanda de adopción internacional, la política de expansión del turismo, la globalización, la debilidad de la economía malgache y la pobreza, hacen que los niños, los jóvenes y las mujeres, entre los que se registran tasas de pobreza de más del 75%, estén particularmente expuestos al riesgo de venta, trata y secuestro.

1.Medidas legislativas

802.Madagascar es parte en la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y su protocolo adicional para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños.

803.Con el fin de proteger los derechos y el bienestar del niño y prevenir la trata, Madagascar ha ratificado asimismo el Convenio de La Haya relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional (el 14 de septiembre de 2004) y la Carta Africana sobre los Derechos y el Bienestar del Niño Africano (el 30 de marzo de 2005).

804.Para la aplicación de esos instrumentos, Madagascar ha introducido modificaciones en su ordenamiento jurídico:

La Constitución de Madagascar incorpora la Convención sobre los Derechos del Niño al derecho positivo y otorga especial importancia a la protección de los derechos del niño;

Determinados delitos definidos en el protocolo adicional para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, se han incorporado ya a la legislación penal malgache.

805.Se ha promulgado la Ley Nº 2005-014 sobre la adopción simple y la adopción plena nacional e internacional, con objeto de poner la legislación malgache en conformidad con los instrumentos internacionales.

806.En el artículo 333 ter.2 de la Ley Nº 2007-038 de 17 de diciembre de 2007 por la que se modifican y completan determinadas disposiciones del Código penal sobre la lucha contra la trata de personas y el turismo sexual se define la trata de personas como "captación, transporte, traslado, alojamiento o acogida de personas, mediante el uso de la fuerza o la amenaza del uso de la fuerza u otras formas de coacción, secuestro, fraude, engaño, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad, o mediante ofrecimiento o aceptación de pagos u otros beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra con fines de explotación o adopción plena ilegal de un niño por una persona, denominada traficantes.

2.Medidas reglamentarias

807.En aplicación de la Ley Nº 2005-014 de 7 de septiembre de 2005 se han promulgado los dos decretos siguientes:

Decreto Nº 2006-596 de 10 de agosto de 2006 sobre las modalidades de aplicación de la Ley Nº 2005-014 de 7 de septiembre de 2005, que trata de las siguientes cuestiones:

Establecimiento de la Autoridad Central;

Regulación de los centros de acogida autorizados con fines sociales y de adopción;

Documentos requeridos;

Monto de la contribución financiera de los padres adoptivos.

Decreto Nº 2006-885 de 5 de diciembre de 2006 sobre la familia de acogida, que trata de las siguientes cuestiones:

Modalidades de colocación del niño;

Competencia exclusiva del juez de menores para adoptar cualquier decisión de colocación;

Condiciones y duración de la colocación en la familia de acogida;

Características y obligaciones de la familia de acogida;

Derechos y obligaciones de la familia de origen;

Control y seguimiento de la familia de acogida.

3.Medidas administrativas

808.Con el fin de impulsar y coordinar la lucha contra la venta, la trata y el secuestro de niños a través de la adopción internacional, se han establecido los siguientes órganos:

Autoridad Central.

Oficina de Educación de Masas y Civismo (OEMC), dependiente del MENRS, para la difusión de los instrumentos de derechos humanos, incluidos los relativos a los derechos del niño, y la sensibilización al respecto de la comunidad educativa. Esa institución cuenta con estructuras descentralizadas al nivel de las regiones y distritos.

Comisión de Reforma de los Derechos del Niño, establecida por el Decreto Nº‑2005‑025 de 18 de enero de 2005 y encargada de poner en práctica las recomendaciones del Comité para la protección jurídica de los derechos del niño.

809.El Servicio Central de la DPCPM, dependiente de la Secretaría de Estado de Seguridad Pública, tiene las siguientes funciones:

Prevenir la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía;

Luchar contra esos delitos procesando a sus autores;

Realizar actividades de sensibilización en los centros escolares y en las reuniones de fokontany (colectividades de base).

810.Se han elaborado, para uso de los parlamentarios, dos guías tituladas "La protección del niño" y "Lucha contra la trata de niños".

4.Asignación de recursos apropiados

811. Estrategias o planes de acción nacionales:

El PNALTE y el PANVE incluyen entre sus objetivos prioritarios la lucha contra la trata de personas;

En la encuesta nacional sobre el trabajo infantil (SIMPOC) se ha integrado la cuestión de la trata de niños.

5.Mecanismos de coordinación y de vigilancia

812.Además del CNLTE y de la Unidad Nacional de Coordinación prevista en el PANVE, existe también una estructura dependiente de la Presidencia que coordina todos los programas y actividades de lucha contra la esclavitud humana y el tráfico de personas.

6.Indicadores elegidos y utilizados

813.La trata de personas es en Madagascar un fenómeno muy extendido, ya sea con fines de explotación económica, por lo general en el trabajo doméstico, o con fines sexuales. Sin embargo, es todavía poco conocido como consecuencia del miedo de las víctimas a denunciar.

814.En lo que respecta a la trata de niños de corta edad con fines de adopción internacional:

En 2004 el Servicio Central de la DPCPM recibió 17 denuncias, de las que pudieron investigarse 11. Se desmantelaron cinco redes de trata de niños. Se llevó ante la justicia a 20 personas implicadas en esos delitos, entre ellas dos médicos, tres parteras, dos asistentes sociales y cinco responsables de centros de acogida. Se dictaron órdenes de prisión preventiva contra 18 de los 20 encausados.

En 2005 se recibieron 18 denuncias, de las que se investigaron 13, lo que permitió desmantelar dos redes de trata. Se dictaron órdenes de prisión preventiva contra 14 de los 22 implicados.

En 2006 se recibieron dos denuncias y se dictó orden de prisión preventiva contra una de las dos personas implicadas.

815.De los 43 niños secuestrados en esos tres años, 28 pudieron ser devueltos a sus padres legítimos, y los otros 15 fueron dados en adopción internacional.

816.En el informe de la Embajada de los Estados Unidos en Madagascar se menciona la existencia de redes de explotación sexual de niños en las zonas rurales y las regiones costeras.

817.En 2005 la fiscalía del tribunal de primera instancia de Mahajanga investigó seis casos de secuestro de menores.

7.Actividades de formación

818.En 2007, en el marco de la lucha contra la trata de seres humanos, el Gobierno de Madagascar, con el apoyo financiero del IPEC/OIT y del UNICEF, envió a un inspector de trabajo y leyes sociales a un curso de formación impartido por el Centro Internacional de Formación de la OIT en Turín sobre la trata de seres humanos, en particular de niños, en sus aspectos relacionados con el trabajo.

819. En el mismo año, el Ministerio de Deporte, Cultura y Esparcimiento, en el marco del PIP, impartió formación a presidentes de consejos comunales de la juventud y a delegados regionales sobre el tema "La esclavitud humana y la trata de personas entre los jóvenes".

8.Estructuras y programas

820.El Ministerio del Interior cuenta con un Servicio de Emigración. Para prevenir prácticas indebidas en ese ámbito, el Gobierno aplica el Programa de Lucha contra la Esclavitud Humana y la Trata de Personas, programa multisectorial que tiene por función general la lucha contra la esclavitud humana y el tráfico de personas y por objetivos concretos la eliminación del trabajo infantil, en particular en sus peores formas, y la realización de actividades de prevención y lucha contra la venta de niños.

9.Medidas adoptadas

821.Mediante campañas de IEC financiadas por USAID y aplicadas por el CRS en Toliara, Toamasina y Nosy Be en asociación con las ONG Mitia y Aina, se informa y se sensibiliza al público sobre los peligros de la emigración y de la trata de personas, así como sobre las sanciones aplicables a la trata de personas, la pedofilia y el turismo sexual. Se difunden a tal efecto mensajes de sensibilización por las emisoras de radio y televisión nacionales y locales. Un comité multisectorial se encarga del seguimiento de esas campañas con el fin de proteger a la población en general y a las mujeres y los niños en particular de los peligros de la trata de personas, y el Gobierno realiza actividades de difusión de textos, sensibilización, movilización social y formación, en asociación con la sociedad civil y los organismos internacionales.

822.Las regiones de Diana y Anosy se consideran zonas de alto riesgo desde el punto de vista de las posibilidades de extensión del fenómeno de la explotación sexual de los niños. Para hacer frente a ese problema, el programa "Gobernanza para la protección de la infancia" promueve el fortalecimiento de las redes de protección, en particular en los distritos de Antsiranana, Ambanja, Nosy Be y Taolagnaro. El componente de prevención y lucha contra la trata se basa en la formación de los participantes, el reforzamiento de los mecanismos de coordinación y la sensibilización de los niños y sus padres, de la comunidad y de las autoridades públicas.

G.Protección de los niños en casos de desastres naturales

823.Madagascar padece periódicamente desastres naturales tales como ciclones, inundaciones y sequías. Los ciclones seguidos de sequía constituyen la amenaza más frecuente y causan pérdidas de vidas humanas y destrucción de hábitats, cultivos e infraestructuras.

824.Esos desastres afectan cada año a centenares de miles de personas, que se ven desplazadas y acogidas en alojamientos provisionales, como tiendas, escuelas, iglesias y otros edificios públicos. Los niños desplazados resultan especialmente vulnerables como consecuencia de las dificultades de abastecimiento de agua potable, alimentos y medicamentos.

825.Esa vulnerabilidad es todavía mayor en el caso de la población más desfavorecida y los desplazados de zonas aisladas.

826. En esas situaciones, el Gobierno, a través de la Oficina Nacional de Gestión de Riesgos y Desastres (BNGRC), organiza respuestas de emergencia en asociación con el UNICEF, el FNUAP, la OMS, el Programa Mundial de Alimentos (PMA), el PNUD, la Cruz Roja y otros organismos.

1.Principales situaciones de emergencia recientes

827.A comienzos de 2004 los ciclones Elita y Gafilo se cobraron 300 muertos y más de 1.000 heridos y afectaron a varios centenares de miles de personas, dejando a 360.000 sin hogar. También causaron importantes daños en infraestructuras y plantaciones de todo el país.

828.En la estación ciclónica de 2006/2007 pasaron cuatro ciclones devastadores, que azotaron la región nordoccidental y toda la costa y afectaron a más de dos millones de personas. Causaron 180 muertos y numerosos heridos y destruyeron infraestructuras viarias del norte del país.

829.Persisten los riesgos de propagación de enfermedades epidémicas, como el cólera y la peste.

2.Medidas de respuesta

830.La Oficina del Primer Ministro y el Ministerio del Interior son los centros decisorios y de coordinación con los organismos asociados. Algunos ministerios han desarrollado su propia capacidad de respuesta (Servicio de Emergencia para casos de Desastre del Ministerio de Salud, Cuerpo de Protección Civil, Dirección de Mantenimiento de Carreteras, Fuerzas de Desarrollo del Ministerio de Defensa, fondos de respuesta para casos de desastre de determinados ministerios, etc.).

831.Aunque las condiciones geográficas y el contexto económico limitan a veces la capacidad de respuesta del Gobierno, existe una clara voluntad política de movilizar más recursos y optimizar la actuación humanitaria, que se manifiesta en el funcionamiento de la BNGRC.

3.Marco institucional e histórico y mecanismos de coordinación existentes

832.La Estrategia Nacional de Gestión de Riesgos y Desastres se rige por la Ley Nº 2003-010, promulgada en septiembre de 2003, y su anexo. En el artículo 2 de la Ley se estipula que "la gestión de los riesgos y desastres se inserta en el marco global de las actividades de protección y seguridad civil".

833.La gestión de riesgos y desastres es responsabilidad del Primer Ministro y está descentralizada hasta el nivel local (fokontany).

834.La BNGRC se encarga de coordinar la gestión de riesgos y desastres, que abarca actividades de preparación, prevención y planificación estratégica, así como la respuesta humanitaria y operacionalizada a través del CRIC y de sus grupos sectoriales.

835.A nivel nacional actúan dos órganos, el Consejo de Prevención y Gestión de Urgencias (CPGU), con funciones de análisis y seguimiento, y el Consejo Nacional de Gestión de Riesgos y Desastres (CNGRC), encargado de definir las estrategias y del que la BNGRC es el brazo operacional.

836.El CPGU, creado en la Oficina del Primer Ministro, es un órgano técnico encargado de asistir al Primer Ministro y al CNGRC en la adopción de decisiones y la elaboración de estrategias en materia de gestión de riesgos y desastres y la evaluación de las medidas adoptadas.

837.Las actuaciones de respuesta a desastres naturales tienen por primer objetivo garantizar la supervivencia de todas las personas, y en particular la de los niños, atendiendo a los siguientes aspectos:

Suministro de alimentos, alojamiento, higiene y cuidados;

Normalización del entorno y facilitación del retorno a la escuela a la mayor brevedad;

Protección y reducción de los factores de riesgo de abuso y maltrato.

838.En la estación ciclónica de 2007/2008 se crearon en Mahabo, en la región de Menabe, 10 espacios recreativos para niños afectados por los desastres, con el fin de facilitar la atención psicológica a los niños que habían perdido a algún miembro de su familia. Esos espacios, instalados en estructuras de acogida ya existentes, se destinaron a niños no escolarizados. Con ellos se trata también de evitar que esos niños trabajen en las obras de reconstrucción que han de realizar las familias en el período posterior al desastre.

Anexo I

Cuadros estadísticos

Situación demográfica

Cuadro 36

Distribución de la población por situación matrimonial y sexo del cabeza de familia

Situación matrimonial

Sexo

Total

Hombres

Mujeres

Matrimonio legal

37,4

2,6

32,4

Matrimonio consuetudinario monógamo

49,7

4,8

43,3

Matrimonio consuetudinario polígamo

1,7

0,1

1,5

Unión libre monógama

6,3

2,3

5,8

Unión libre polígama

0,1

NS

0,1

Divorciado(a)

0,1

2,6

6,7

Separado(a)

1,3

38,6

8,7

Viudo(a)

2,4

43,4

8,3

Soltero(a)

1,0

5,7

1,7

Total

100,0

100,0

100,0

Fuente : INSTAT/DSM/EPM 2005.

Contexto socioeconómico

Cuadro 37

Evolución de algunos indicadores económicos

2000

2001

2002

2003

2004

2005

PIB real (millones de dólares EE.UU.)

3 659

3 879

3 388

3 179

3 866

4 931

Tasa de crecimiento económico (%)

4,7

6,0

-12,7

9,8

5,3

4,6

Tasa de pobreza (%)

69,6

80,7

73,6

72,1

68,7

Fuente: INSTAT, EPM 2001, 2002, 2004, 2005.

Cuadro 38

Producto interior bruto (PIB) nominal y real y tasa de inflación

Año

PIB nominal (miles de millones de ariary)

PIB nominal (miles de millones de francos malgaches)

PIB rée (miles de millones de ariary de 1984)

PIB real (miles de millones de francos malgaches de 1984)

Crecimiento (%)

Inflación (%)

2002

6 008

30 040

432

2 160

-12,7

15,2

2003

6 777

33 885

474

2 370

9,8

2,8

2004

8 156

40 778

499

2 494

5,3

13,8

2005

10 095

50 476

522

2 609

4,6

18,3

2006

11 781

58 904

547

2 736

4,9

11,5

2007

13 899

69 495

583

2 913

6,3

10,7%

Fuente: Dirección de Síntesis Económicas, INSTAT.

Cuadro 39

Tipo de cambio medio de la moneda nacional de 2001 a 2008

Año

Dólar EE.UU.

Euro

Promedio del período

Fin del período

Promedio del período

Fin del período

2003

1 238

1 239

1 399

1 409

2004

1 868

1 900

2 320

2 364

2005

2 003

2 017

2 488

2 497

2006

2 142

-

2 686

-

2007

1 874

-

2 563

-

Enero de 2008

1 781

-

2 618

-

Fuente: Banco Central de Madagascar.

Cuadro 40

IDH e IDG, 2003 a 2005

2003

2004

2005

Índice de desarrollo humano (IDH)

0,505

0,514

0,527

Índice de desarrollo en relación con el género (IDG)

0,503

0,513

0,524

Fuente: Segundo informe nacional de seguimiento de los ODM, 2007.

Cuadro 41

Tasa de actividad por grupos de edad de la OIT

Edad

Tasa de actividad (%)

6 a 14 años

19,6

15 a 64 años

88,1

De 65 años en adelante

65,3

Total

64,6

Fuente: INSTAT/DSM/EPM 2005.

Cuadro 42

Asignación presupuestaria a los ministerios sociales, 2000 a 2005

2000

2003

2005

Presupuesto del Estado (ejecutado), miles de millones de ariary

1 035

1 325

1 502

Tasa de ejecución del presupuesto total (en porcentaje)

79,9

91,8

63,2

Salud (en porcentaje)

5,6

6,5

5,7

Educación (en porcentaje)

13,9

16,6

22,2

Justicia (en porcentaje)

1,1

1,5

1,5

Población (en porcentaje)

0,45

0,5

0,5

Asuntos sociales (en porcentaje)

21,1

25,1

29,5

Fuente: Legislación presupuestaria; Banco Mundial.

Cuadro 43

Principales indicadores de seguimiento de las asignaciones presupuestarias

Indicadores

2003

Objetivo/cifra real

200 Objetivo/cifra real

2005 Objetivo

2006 Objetivo

2007 Objetivo

Fuentes

Presupuesto total de educación (2008 = 100)

100

132,0/141,8

172,4

175,8

194,5

MENRS

Proporción del presupuesto asignada al MENRS (en porcentaje)

15,8/20,13

21,8/23,41

21,05/21,38

21,51

21,65

MENRS

Presupuesto total de salud (2003 = 100)

100

120/106

146

189

232

MSFP

Proporción del presupuesto asignada al MSPF (en porcentaje)

8,7/9,0

8,8/8,34

8,6/7,89

8,31

8,59

MSFP

Fuente: DSRP junio de 2005.

Cuadro 44

Redes comunitarias multisectoriales y multidisciplinares de protección de la infancia

Región

Localidad

Analamanga

Antananarivo

Vakinankaratra

Antsirabe

Diana

Antsiranana

Ambanja

Nosy Be

Haute Matsiatra

Fianarantsoa

Vatovavy Fitovinany

Mananjary

Boeny

Mahajanga

Atsinanana

Toamasina

Analanjirofo

Maroantsetra

Sainte Marie

Atsimo Andrefana

Toliara

Anosy

Taolagnaro

Menabe

Morondava

Cuadro 45

Distribución de la población por sexo del cabeza de familia en las zonas rurales y urbanas

Sexo del cabeza de familia

Zona

Total

Urbana

Rural

Hombre

83,7

86,2

85,6

Mujer

16,3

13,8

14,4

Total

100

100

100

Fuente: INSTAT/DSM/EPM 2005.

Cuadro 46

Medidas de sensibilización adoptadas en el marco de las redes comunitarias, 2003 a 2007

Situación

2003

2004

2005

2006

2007

Número de redes operacionales

5

6

7

8

14

Número de animadores/movilizadores formados

150

180

235

265

544

Número de sesiones de sensibilización organizadas

3 456

4 036

4 586

5 160

6 900

Número de padres participantes

70 000

81 600

93 200

104 800

149 600

Fuente: MINSANPFPS/DPFE .

Anexo II

Reforma legislativa

1.Ley Nº 2007-023 de 20 de agosto de 2007 sobre los derechos y la protección de los niños, que sustituye a la Ordenanza Nº 62-038 de 19 de septiembre de 1962 por la que se rigió durante mucho tiempo la protección de la infancia sobre la base de sólo dos artículos (3 y 8). Regula la patria potestad, la tutela y las medidas de asistencia educativa, enumerando las diferentes medidas de protección, y estipula los procedimientos judiciales de los tribunales de menores.

2.Ley Nº 2007-350 de 30 de abril de 2007 sobre el matrimonio y los regímenes matrimoniales, que fija la edad mínima para contraer matrimonio y regula los regímenes matrimoniales.

3.Ley Nº 2005-014 de 7 de septiembre de 2005 sobre la adopción, que actualiza la Ley de 1963 y regula la adopción simple y plena, nacional e internacional.

4.Decreto Nº 2006-596 de 10 de agosto de 2006 por el que se establecen las modalidades de aplicación de la Ley Nº 2005-014 de 7 de septiembre de 2005 sobre la adopción. Crea una Autoridad Central para las adopciones, en sustitución de la comisión interministerial establecida por el Decreto Nº 94-272 de 19 de abril de 1994, regula los centros de acogida autorizados con fines sociales y para la adopción, y determina los documentos requeridos para el procedimiento de adopción y el monto de la contribución financiera de los padres adoptivos.

5.Decreto Nº 2006-885 de 5 de diciembre de 2006 sobre la familia de acogida, que define el concepto de familia de acogida y determina las categorías de niños a los que puede colocarse en esas familias, el procedimiento de colocación, las características, los derechos y obligaciones y los mecanismos de control de las familias de acogida, y los derechos y obligaciones de las familias de origen.

6.Ley Nº 2007-040 de 14 de enero de 2008 sobre la expedición de declaraciones sustitutivas del registro de nacimiento en el marco del Programa Nacional para la Normalización del Registro de los Nacimientos (EKA), que amplía a las autoridades administrativas de distrito la facultad de expedir declaraciones sustitutivas del registro de nacimientos.

7.Ley Nº 2007-038 de 14 de enero de 2008 por la que se modifican y completan determinadas disposiciones del Código Penal relativas a la lucha contra la trata de personas y el turismo sexual.

8.Ley Nº 2007-021 de 30 de julio de 2007, por la que se modifican y completan determinadas disposiciones del Código de Procedimiento Penal con objeto de reducir el número de personas en situación de prisión preventiva y acelerar los procedimientos.

9.Ley Nº 2003-044 de 28 de julio de 2004 sobre el Código del Trabajo, que eleva de 14 a 15 años la edad mínima para acceder al empleo, prohíbe el trabajo nocturno y las horas extraordinarias hasta la edad de 18 años, impone la obligación de otorgar a los niños trabajadores un descanso cotidiano de doce horas consecutivas, determina el número máximo de horas de trabajo, y prohíbe el empleo de niños en trabajos excesivamente duros para ellos.

10.Decreto Nº 2007-563 de 3 de julio de 2007 sobre el trabajo infantil, que establece las modalidades de aplicación de la Ley Nº 2003-044 de 28 de julio de 2004 sobre el Código del Trabajo en cuanto a las disposiciones referentes a los niños, define las condiciones de trabajo de los niños (trabajos ligeros, necesidad de autorización del inspector de trabajo, condiciones de contratación, obligaciones de los empleadores, requisito de examen médico, etc.), e indica las sanciones penales previstas en caso de infracción de las disposiciones del Decreto.

11.Decreto Nº 2006-015 de 17 de enero de 2006 sobre la organización general de la administración penitenciaria, que regula las condiciones de reclusión y el régimen de trabajo de los presos, incluidos los menores. Fija en 15 años la edad mínima para trabajar, en conformidad con el Código del Trabajo, y prevé además el establecimiento de comisiones de vigilancia.

12.Ley Nº 2005-040 de 20 de febrero de 2006 sobre la lucha contra el VIH/SIDA y la protección de los derechos de las personas que viven con el VIH/SIDA.

13.Decreto de aplicación de la Ley Nº 2005-040 de 20 de febrero de 2006 sobre la lucha contra el VIH/SIDA y la protección de los derechos de las personas que viven con el VIH/SIDA.

14.Ley Nº 2004-004 de 26 de julio de 2004 sobre la orientación general del sistema de educación, enseñanza y formación en Madagascar, que estipula la obligatoriedad de la enseñanza a partir de los seis años, pero no prevé la imposición de sanciones a los padres que no cumplan con esa obligación.

15.Ley Nº 2006-031 de 24 de noviembre de 2006 por la que se fija el régimen jurídico de la propiedad privada de la tierra sin título de propiedad, que otorga reconocimiento legal a las tierras ocupadas en forma tradicional, al considerar que esas tierras constituyen un patrimonio familiar transmitido de generación en generación, o pastos tradicionales de una familia.

16.Ley sobre la gestión de riesgos y desastres (2003), que confiere carácter oficial a la Estrategia Nacional de Gestión de Riesgos y Desastres, así como a la nueva estructura y la organización del Consejo Nacional de Socorro, transformado en Oficina Nacional de Gestión de Riesgos y Desastres (BNGRC), con funciones operacionales y dependiente del Ministerio del Interior, y crea asimismo el Consejo de Gestión y Prevención de Urgencias (CPGU), órgano político vinculado a la Oficina del Primer Ministro.

Anexo III

Políticas y programas

Primer Plan de Desarrollo del Sector de la Salud (PDSS), 2006.

Programa de Acción para la Integración de los Recursos de Salud (PAIS).

Política nacional de enfoque comunitario en el sector de la salud (en preparación).

Programa nacional "Agua y saneamiento para todos" (2005).

Política Nacional de Promoción de la Mujer (2000) y Plan de Acción Nacional de Género y Desarrollo (PANAGED) (2003).

Estrategia Nacional de Gestión de Riesgos y Protección Social (2007).

Política Nacional de Gestión de Riesgos y Desastres (2007).

Estrategia Nacional de Desarrollo de las Estadísticas (2007), que se propone restablecer la capacidad estadística de Madagascar y se centra en tres ejes estratégicos, a saber, el fortalecimiento del aparato estadístico, la mejora de la oferta de estadísticas y el desarrollo de las estadísticas regionales.

Programa Nacional de Apoyo al Empleo (PNSE) (2006), que complementa la Política Nacional de Empleo en la aplicación concreta de los objetivos del MAP. El PNSE se fija como objetivo prioritario a lo largo de un período de cinco años la mejora del acceso a empleo decente de los grupos más desfavorecidos. La realidad del fenómeno del trabajo infantil ha llevado al PNSE a "otorgar especial atención a los jóvenes, incluidos los que han sido niños trabajadores, con el fin de aumentar su empleabilidad". Los ejes estratégicos son el desarrollo local de los recursos humanos (formación profesional, mejora de la cualificación, macrofinanciación), la dinamización de los sectores que generan empleo (inversiones públicas y proyectos de desarrollo, microempresas y pequeñas empresas, mejora de la productividad), y la mejora del marco jurídico e institucional del empleo.

Diversos programas de formación de recursos humanos (salud, educación, gestión de riesgos y desastres, liderazgo, responsabilidad social, formación y asesoramiento de los jefes de fokontany, etc.).

Anexo IV

Actividades recreativas, deportivas y culturales

Actividades recreativas

Organización por las escuelas, en el mes de febrero de cada año escolar, de jornadas dedicadas a actividades recreativas, como acontecimientos deportivos o actos culturales;

Emisiones de radio y de televisión para niños y jóvenes a nivel nacional y local: "Radio Fanabeazana", "Tsorabitsika", "Izany Ka Tanora", etc.;

Proyecciones de dibujos animados, películas para niños, emisiones interactivas, emisiones radiofónicas de cuentos y leyendas, como "Tanora Sahy" (Mahajanga), y emisiones de promoción de los derechos del niño, como "Janjino ty ajà misafà" (MBS Toliara);

Celebración en junio del mes de la infancia para sensibilizar al público sobre los derechos del niño y organizar diversos concursos y actividades recreativas para los niños;

Organización del festival cultural Tokotanibe, destinado a niños y jóvenes;

Cine ambulante y bibliobús;

Celebración de fiestas de fin de curso y excursiones al término de algunos cursos (tercer grado, terminales);

Celebración del Mardi Gras para los alumnos de la enseñanza privada y organización del carnaval.

Competiciones deportivas, artísticas y culturales

Deportes

Participación en los Juegos de las Islas del Océano Índico y en los Juegos de la Francofonía;

Competiciones deportivas de la Copa del Presidente en la categoría "especial junior";

Campeonato escolar organizado a nivel de centro, local, regional y nacional por el Servicio de Actividades Periescolares y Paraescolares (OPPS) del MENRS y sus estructuras descentralizadas al nivel de las direcciones regionales de educación nacional y los distritos escolares, consistente en competiciones deportivas y concursos de baile, de peluquería y de folclore tradicional;

Torneo nacional de judo para niños de ocho años de edad en adelante, que se celebra en los períodos de vacaciones;

Campeonato regional de fútbol para niños y niñas, que se celebra en Tamatave con participación de 154 equipos masculinos y femeninos y que cuenta con el apoyo de empresas de Toamasina y Alaotra Mangoro;

Campeonato nacional (simulación de los Juegos de las Islas de 2007) en versión para niños ("Kid's games");

Acontecimientos deportivos de "Kitra Fokontany": partidos de fútbol de 7 para niños y niñas, baloncesto, balonvolea, etc.

Arte y cultura

Concursos de dictado, de noticias, de poesía, etc. organizados por los ministerios competentes, a menudo en colaboración con organismos de las Naciones Unidas o asociados bilaterales;

Concursos organizados por entidades privadas, como el concurso de canto "Pazzapa" en colaboración con Radio Televisión Analamanga (RTA) y el concurso de slam en colaboración con la Alliance Française.

Actividades de animación/formación

Formación como reporteros de 150 jóvenes de 13 a 18 años procedentes de colegios, liceos y asociaciones religiosas, deportivas y artísticas, clubes y federaciones de scouts;

Educación a distancia mediante emisiones radiofónicas destinadas a niños del curso preparatorio, en asociación con el UNICEF;

Actividades de animación por radio y televisión: emisiones de educación religiosa;

Apertura de escuelas o centros de formación deportiva: Academia Nacional de Deportes, AJESAIA y Academia Ny Antsika, que ofrecen programas de enseñanza de deportes para niños y jóvenes; Instituto Nacional de la Juventud, que forma a cuadros y dirigentes juveniles; dos centros de perfeccionamiento en la práctica deportiva.

Actividades de desarrollo y esparcimiento

Establecimiento de consejos de la juventud a diferentes niveles:

Consejos comunales de lajuventud en88 comunas;

Consejos regionales de la juventud en 8 regiones;

Consejo Nacional de la Juventud;

Establecimiento del Parlamento de los Niños, iniciativa conjunta de la Asamblea Nacional y el UNICEF;

Concesión de subvenciones a 51 asociaciones juveniles de ámbito nacional y 228 locales, de las que 214 son laicas y 14 confesionales;

Formación artística en el Centro Nacional de Enseñanza de la Música;

Desarrollo de bibliotecas locales: bibliotecas de aldea, CLIC y CLAC;

Creación en los centros escolares de clubes dedicados a diversas actividades y cuestiones, como la publicación de una revista, la lucha contra el sida, el medio ambiente, cuestiones científicas, artísticas y culturales, las Naciones Unidas o la UNESCO;

Organización de semanas científicas y del libro, jornadas de puertas abiertas y exposiciones;

Viajes de estudios y de descubrimiento, colonias de vacaciones, intercambios juveniles, clases verdes;

Actividades deportivas y de esparcimiento para personas con discapacidad

Asociaciones y centros especializados promueven la participación de las personas con discapacidad, en particular de los niños con discapacidad, en actividades deportivas. Se organizan frecuentes competiciones deportivas con el doble objetivo de ofrecer a los niños con discapacidad oportunidades de realización personal y de contribuir a modificar la percepción del público sobre las personas con discapacidad.

Existe una federación deportiva para personas con discapacidad autorizada por el Ministerio de Juventud y Deporte, Handisport, que abarca diversas disciplinas, como baloncesto en silla de ruedas, atletismo para personas ciegas o con visión deficiente, petanca, torball, etc. En los Juegos de las Islas del Océano Índico de 2007, que se celebraron en Madagascar, participantes malgaches ganaron varias medallas.