Naciones Unidas

CRPD/C/CAN/Q/1

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Distr. general

22 de septiembre de 2016

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Lista de cuestiones relativa al informe inicial del Canadá *

A.Propósito y obligaciones generales (arts. 1 a 4)

Propósito (art. 1)

1.Sírvanse indicar al Comité si ha previsto ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención y en qué momento.

Obligaciones generales (art. 4)

2.Sírvanse informar al Comité si el Estado parte tiene intención de retirar la reserva al artículo 12 4).

3.Sírvanse indicar las iniciativas emprendidas para la plena armonización de la legislación vigente, los proyectos de legislación y las estrategias pertinentes del Estado parte con las obligaciones dimanantes de la Convención.

4.Sírvanse informar al Comité acerca de los órganos intergubernamentales y demás mecanismos que existen para velar por una aplicación coherente de la Convención en los planos federal, provincial y territorial.

5.Asimismo, sírvanse informar al Comité sobre la participación de organizaciones de personas con discapacidad en los procesos de decisión relativos a la legislación, las políticas públicas y otras medidas, y sobre su contribución a la elaboración del informe del Estado parte.

6.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre la elaboración de la Ley de Canadienses con Discapacidad, en particular sobre la participación de las personas con discapacidad en su elaboración.

B.Derechos específicos (arts. 5 a 30)

Igualdad y no discriminación (art. 5)

7.Sírvanse indicar si la discriminación por la propensión a “presentar alguna deficiencia en el futuro” está contemplada por la Ley de Derechos Humanos del Canadá.

8.Sírvanse proporcionar información sobre los recursos jurídicos disponibles y utilizados en relación con la discriminación por motivos de discapacidad.

9.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre la situación del proyecto de ley S-201.

10.Aporten información detallada sobre las medidas para eliminar la discriminación múltiple e interseccional de que son víctimas las personas con discapacidad, en particular las personas indígenas con discapacidad. Expongan pormenorizadamente los recursos efectivos y las medidas de reparación que se ofrecen en todos los planos.

Mujeres con discapacidad (art. 6)

11.Sírvanse facilitar al Comité información actualizada sobre los programas diseñados y aplicados para prestar asistencia a las mujeres y las niñas con discapacidad en todos los aspectos de la vida, en particular en la participación en el mercado de trabajo; en la protección contra la violencia, incluida la violencia sexual; y en el acceso a los derechos relativos a la salud sexual, así como a los derechos reproductivos y a la patria potestad.

12.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas para la promoción, el desarrollo y el empoderamiento de todas las mujeres y niñas con discapacidad, en particular las mujeres y niñas indígenas.

Niños y niñas con discapacidad (art. 7)

13.Sírvanse dar información detallada sobre las medidas adoptadas para ayudar a los niños y las niñas con discapacidad a ejercer sus derechos humanos en pie de igualdad con los demás, indicando en particular las partidas presupuestarias y los programas a este respecto.

14.Sírvanse informar al Comité acerca de las medidas destinadas a garantizar la participación plena y efectiva de los niños con discapacidad, en particular los niños aborígenes, en todos los aspectos que los afectan.

Accesibilidad (art. 9)

15.Sírvanse aportar información detallada sobre las iniciativas de seguimiento de la aplicación de las medidas de accesibilidad en todos los ámbitos tratados en la Convención y las sanciones impuestas en caso de incumplimiento de los requisitos de accesibilidad.

Derecho a la vida (art. 10)

16.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas destinadas a garantizar que la legislación del Estado parte sobre la asistencia para morir se ajuste a la Convención.

Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias (art. 11)

17.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para educar a las personas con discapacidad acerca de la reducción del riesgo de desastres y los sistemas de alerta temprana. Sírvanse también informar al Comité acerca de las medidas específicas relativas a la prestación de servicios a las personas con discapacidad en situaciones de emergencia.

Igual reconocimiento como persona ante la ley (art. 12)

18.Sírvanse informar al Comité del número de adultos con discapacidad que están sujetos a tutela o regímenes afines de sustitución en la adopción de decisiones en los planos federal, provincial y territorial. Precisen qué clase de decisiones se han adoptado desde 2010 en nombre de personas con discapacidad (por ejemplo, en materia de tratamiento médico, asuntos financieros, vivienda o contratos). Indiquen el número de personas con discapacidad que reciben servicios de apoyo para la adopción de decisiones, si han disminuido los casos de sustitución en la adopción de decisiones desde 2010 y si hay proyectos o investigaciones innovadores previstos en este ámbito.

Acceso a la justicia (art. 13)

19.Indíquese si se pone a disposición de las personas con deficiencias cognitivas material en lenguaje de fácil lectura durante los procedimientos judiciales.

20.Apórtese información sobre la situación actual de la Carta de Derechos de las Víctimas de Delitos y la manera en que se aplica a las personas con discapacidad.

Libertad y seguridad de la persona (art. 14)

21.Sírvanse informar al Comité acerca del número de personas con discapacidad acusadas de infracciones penales que han sido declaradas incapacitadas para someterse a juicio y/o inimputables desde 2010. Indiquen qué medidas se adoptan respecto de las esas personas y si son trasladadas a instituciones de psiquiatría forense y/o internadas en ellas. Sírvanse aclarar si en el procedimiento penal tienen los mismos derechos en calidad de acusados, como el derecho a la información o a la revisión judicial.

22.Sírvanse indicar al Comité si la legislación federal y provincial, incluidos la Carta de Derechos y Libertades, el Código Penal y la legislación en materia de salud mental, proporciona a las personas con discapacidad una protección eficaz contra la detención arbitraria en los planos federal, provincial y territorial. A este respecto, sírvanse también informar al Comité sobre las medidas adoptadas para abolir la práctica del internamiento indefinido de personas con discapacidad, especialmente con discapacidad intelectual y/o psicosocial a las que, por motivo de su discapacidad, se considere “no aptas para ser juzgadas”.

23.Sírvanse proporcionar información sobre el número de personas con discapacidad (desglosado por sexo, edad y origen étnico) internadas por razones de deficiencia desde 2010. Confirmen si el número ha disminuido o aumentado desde la ratificación de la Convención.

24.Indiquen también el número de personas con discapacidad encarceladas y cuántas de ellas cuentan con ajustes razonables.

Protección contra la explotación, la violencia y el abuso (art. 16)

25.Sírvanse informar al Comité sobre la existencia de un sistema de supervisión que se ajuste a lo dispuesto en el artículo 16, párrafo 3, en los planos federal, provincial y territorial.

26.Sírvanse informar al Comité sobre la violencia contra las mujeres y los niños con discapacidad, en particular las mujeres y los niños indígenas con discapacidad, y sobre las medidas destinadas a prevenir y eliminar todas las formas de violencia en diferentes entornos, en particular en la escuela, y a facilitar la presentación de denuncias de violencia por parte de las víctimas. Sírvanse también indicar las medidas adoptadas para aplicar las recomendaciones de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación y revocar el artículo 43 del Código Penal.

Protección de la integridad personal (art. 17)

27.Sírvanse proporcionar información detallada sobre los casos de esterilización no consentida. Indiquen qué provincias y territorios permiten la esterilización no consentida y en qué circunstancias. Señalen el número de casos desde 2010 y precisen si ese número está aumentando o disminuyendo.

28.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para evitar el tratamiento sin consentimiento, la reclusión y la inmovilización por medios químicos o físicos de las personas con discapacidad, especialmente de aquellas con discapacidad psicosocial y/o intelectual.

Libertad de desplazamiento y nacionalidad (art. 18)

29.Sírvanse comentar la información según la cual la discapacidad puede suponer un obstáculo para inmigrar al Estado parte y para que los ciudadanos del Estado parte puedan abandonarlo.

30.Sírvanse proporcionar información sobre la situación de los migrantes y solicitantes de asilo con discapacidad, en particular la detención de migrantes con discapacidad intelectual y/o psicosocial.

Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad(art. 19)

31.Sírvanse indicar el número de niños y adultos con discapacidad que viven en instituciones de internamiento y la capacidad de esas instituciones. Señalen si el número de personas con discapacidad en instituciones ha disminuido o aumentado desde 2010 en los planos federal, provincial y territorial.

32.Indiquen el presupuesto público destinado a servicios comunitarios para la vida independiente en lugar de los servicios residenciales. Sírvanse informar al Comité sobre las medidas de desinstitucionalización y las modalidades de apoyo a la vida a nivel de la comunidad ofrecidas desde 2010. Indiquen el número de personas con discapacidad que reciben apoyo a la vida independiente, en particular servicios de asistencia personal. Aporten datos desglosados por sexo, edad y origen étnico en todos los planos.

Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información y la comunicación (art. 21)

33.Sírvanse indicar si la información destinada a la población en general es accesible para las personas con discapacidad, es decir, si está disponible en lengua de señas, en versiones de lectura fácil, en Braille, en audio y en formatos aumentativos y alternativos de comunicación.

Respeto del hogar y de la familia (art. 23)

34.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para garantizar que las mujeres con discapacidad, en particular las mujeres indígenas con discapacidad psicosocial, pueden ejercer sus derechos en materia de salud sexual y reproductiva en igualdad de condiciones y adoptar niños.

Educación (art. 24)

35.Sírvanse aportar información actualizada sobre los alumnos con discapacidad que se educan en entornos segregados y los integrados en entornos educativos ordinarios en las distintas provincias y los distintos territorios.

36.Informen al Comité sobre la situación de los alumnos sordos, sordociegos y ciegos con discapacidad.

37.Explíquese en detalle la forma en que el Estado parte está trabajando en pro de la educación inclusiva, en particular en el caso de los niños que necesitan un nivel de apoyo alto en las distintas provincias y los distintos territorios; sírvanse también proporcionar información sobre los ajustes razonables y las medidas de apoyo para alumnos con discapacidad, en particular los alumnos ciegos, sordos y sordociegos en todos los niveles del sistema educativo general, haciendo especial hincapié en los niños aborígenes.

Trabajo y empleo (art. 27)

38.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre las nuevas medidas adoptadas a fin de aumentar el nivel de empleo de las personas con discapacidad, en particular las personas con discapacidad intelectual y/o psicosocial.

39.Sírvanse proporcionar información sobre el número de talleres protegidos o de entornos similares de empleo segregados para personas con discapacidad y sobre las plazas que ofrecen. Precisen si tal número ha aumentado o disminuido desde 2010.

Nivel de vida adecuado y protección social (art. 28)

40.Sírvanse proporcionar información desglosada sobre el porcentaje de personas con discapacidad, particularmente personas indígenas con discapacidad y mujeres con discapacidad, que reciben ayudas a la vivienda y a la adaptación. Sírvanse proporcionar información sobre las estrategias de reducción de la pobreza que tienen en cuenta a las personas con discapacidad.

Participación en la vida política y pública (art. 29)

41.Sírvanse proporcionar información desglosada sobre el número de adultos con discapacidad que están excluidos del derecho a votar y por qué motivos.

C.Obligaciones específicas (arts. 31 a 33)

Cooperación internacional (art. 32)

42.Sírvanse indicar las medidas adoptadas para garantizar que la discapacidad se incorpore en los planes nacionales de aplicación y seguimiento de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Informen al Comité sobre las medidas adoptadas para garantizar la participación efectiva en esos procesos de las organizaciones de personas con discapacidad.

Aplicación y seguimiento nacionales (art. 33)

43.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para establecer un mecanismo independiente que esté en consonancia con el artículo 33 2). Indiquen también las medidas para garantizar la participación de las personas con discapacidad de conformidad con el artículo 33 3).