Naciones Unidas

CERD/C/ITA/Q/19-20

Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

30 de septiembre de 2016

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

91 er período de sesiones

21 de noviembre a 9 de diciembre de 2016

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes, las observaciones y la información presentados por los Estados partes en virtud del artículo 9 de la Convención

Lista de temas relativa a los informes periódicos 19º y 20º combinados de Italia

Nota del Relator para el país

1.El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial decidió en su 76º período de sesiones (véase A/65/18, párr. 85) que el Relator para el país enviaría al Estado parte en cuestión una breve lista de temas con miras a orientar y centrar el diálogo entre la delegación del Estado parte y el Comité durante el examen del informe del Estado parte. El presente documento contiene una lista de temas con esa finalidad. La lista no es exhaustiva; durante el diálogo con el Estado parte podrán abordarse otros asuntos. No se requieren respuestas por escrito.

La Convención en el derecho interno y el marco institucional y normativo para su aplicación (arts. 1 a 4)

2.Información detallada sobre la legislación nacional por la que se prohíbe la discriminación racial de conformidad con la definición que figura en el artículo 1, párrafo 1, de la Convención, en particular sobre la prohibición de la discriminación contra los no ciudadanos (CERD/C/ITA/CO/16-18, párr. 12; CERD/C/ITA/19-20, párrs. 12 a 16).

3.Información actualizada sobre el establecimiento de una institución nacional de derechos humanos de conformidad con los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París) (CERD/C/ITA/CO/16-18, párr. 13; A/HRC/28/4/Add.1, párr. 1).

4.Información sobre las medidas adoptadas para garantizar la independencia de la Oficina Nacional contra la Discriminación Racial (CERD/C/ITA/CO/16-18, párr. 14).

5.Información actualizada sobre el plan de lucha contra el racismo, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia y sobre los progresos registrados hasta la fecha (CERD/C/ITA/19-20, párr. 8; A/HRC/28/4/Add.1, párr. 1).

6.Sistema sistemático y coherente de recopilación de datos referentes a delitos de discriminación racial, que recoja las denuncias presentadas, los enjuiciamientos iniciados y las sentencias pronunciadas, con el fin de supervisar los avances a lo largo del tiempo.

Discurso de odio racista y delitos motivados por prejuicios racistas (art. 4)

7.Información detallada sobre las disposiciones legislativas concretas que prohíban la difusión de ideas basadas en la superioridad o en el odio racial, la incitación a la discriminación racial o a la comisión de actos de violencia, y las organizaciones que promuevan la discriminación racial e inciten a ella, de conformidad con el artículo 4 de la Convención (CERD/C/ITA/CO/16-18, párr. 17; CERD/C/ITA/19-20, párrs. 22 a 24 y 59).

8.El racismo en el discurso político; procesamiento de políticos por declaraciones de carácter discriminatorio (CERD/C/ITA/CO/16-18, párr. 17; CERD/C/ITA/19-20, párr. 70).

9.Los efectos de las medidas adoptadas para luchar contra los estereotipos y los prejuicios raciales en los medios de comunicación, en Internet y entre la población en general (CERD/C/ITA/CO/16-18, párr. 17; CERD/C/ITA/19-20, párrs. 37 a 40).

10.Los efectos de las medidas adoptadas para combatir el racismo en el deporte (CERD/C/ITA/19-20, párrs. 25 y 26).

Discriminación contra las minorías étnicas (arts. 2 a 7)

11.Datos desglosados sobre la composición étnica del Estado parte (CERD/C/ITA/CO/16-18, párr. 11).

12.Información actualizada sobre la situación de los romaníes, sintis y camminanti, en particular por lo que se refiere al acceso a servicios básicos como los de atención sanitaria y de educación; información sobre el ofrecimiento de un recurso efectivo a las personas cuyos derechos resultaron violados a resultas de la aplicación del Decreto por el que se declaró el estado de excepción con respecto a los nómadas; resultados obtenidos hasta la fecha por la aplicación de la Estrategia Nacional 2012-2020 de Inclusión de los Romaníes (CERD/C/ITA/CO/16-18, párrs. 15, 20 y 21; CERD/C/ITA/19-20, párrs. 175 a 181).

13.Información sobre la representación de las minorías étnicas en el poder ejecutivo, el Parlamento, los partidos políticos, la fuerza de policía, el sistema de justicia penal y otros órganos públicos, incluido el sector de la radiodifusión pública.

14.Datos actualizados sobre el acceso a la vivienda y los porcentajes de personas sin hogar, desglosados por origen étnico (CERD/C/ITA/19-20, párr. 145).

15.La situación de las minorías étnico-religiosas, en particular los musulmanes; información sobre las medidas adoptadas recientemente para combatir la discriminación contra las comunidades musulmanas y fomentar el diálogo con estas a la luz de los recientes atentados terroristas en toda Europa y de la posibilidad de un aumento de la discriminación de los musulmanes.

16.Información sobre la situación de los inmigrantes de segunda y tercera generación de ascendencia africana, en particular de Eritrea, Etiopía y otros países de África Oriental.

Situación de los no ciudadanos, incluidos los migrantes, los solicitantes de asilo, los refugiados y los apátridas (arts. 5 y 7)

17.Información actualizada sobre la situación de los derechos humanos de los solicitantes de asilo y los migrantes, incluido el acceso a los servicios sociales y al empleo; situación de los centros de recepción (CERD/C/ITA/CO/16-18, párrs. 22 y 23; CERD/C/ITA/19-20, párrs. 134 y 160).

18.Respeto en la práctica del principio de no devolución (CERD/C/ITA/CO/16-18, párr. 22; CERD/C/ITA/19-20, párr. 158).

19.Información actualizada sobre la situación de los derechos humanos de los refugiados y los apátridas, incluido el acceso a la educación, la vivienda, los servicios de salud y el empleo.

Acceso a la justicia (art. 6)

20.Medidas concretas aprobadas para abordar el escaso número de denuncias de casos de discriminación racial y los efectos de dichas medidas (CERD/C/ITA/CO/16-18, párr. 25; CERD/C/ITA/19-20, párr. 20).

21.Información sobre la reparación ofrecida a las víctimas de discriminación racial, en particular en casos de discurso de odio racista y delitos motivados por prejuicios racistas (CERD/C/ITA/CO/16-18, párr. 25; CERD/C/ITA/19-20, párrs. 78 y 123).

22.Información sobre los casos de explotación y trabajo forzoso de migrantes y sobre los resultados que se han obtenido, en particular los enjuiciamientos, condenas y reparaciones ofrecidas a las víctimas (CERD/C/ITA/CO/16-18, párr. 23; CERD/C/ITA/19‑20, párrs. 136 a 142).

Formación, educación y otras medidas para combatir los prejuicios y la intolerancia (art. 7)

23.Información sobre la capacitación sistemática y especializada impartida a los funcionarios del gobierno, los miembros del poder judicial y los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley sobre las obligaciones internacionales asumidas por el Estado parte en virtud de la Convención (CERD/C/ITA/CO/16-18, párr. 26).

24.Medidas adoptadas para ayudar a los niños y jóvenes migrantes de segunda generación a conservar su lengua materna y promover sus tradiciones culturales (CERD/C/ITA/19-20, párr. 199).

25.Información adicional sobre las medidas adoptadas para incluir, en los programas de estudios y en la formación de los maestros y demás profesionales, programas y temas que contribuyan a fomentar el conocimiento de las cuestiones de derechos humanos que permitan una mayor comprensión, tolerancia y amistad entre todos los grupos (CERD/C/2007/1; CERD/C/ITA/19-20, párrs. 196 a 199).