Naciones Unidas

CCPR/C/FIN/6

Pacto Internacional de DerechosCiviles y Políticos

Distr. general

12 de septiembre de 2011

Español

Original: inglés

Comité de Derechos Humanos

Examen de los informes presentados por los Estados partes de conformidad con elartículo 40 del Pacto

Sexto informe periódico de los Estados partes

*

[8 de agosto de 2011]

Índice

PárrafosPágina

I.Introducción1–33

II.Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos4–543

III.Aplicación de los artículos 1 a 27 del Pacto55–26111

Artículo 1.Gobierno autónomo de las Islas Aland y de los sami en su calidad de pueblo indígena55–5611

Artículo 2.Condición del Pacto en el ordenamiento jurídico interno57–6211

Artículo 2, párrafos 1 y 3, y 26.Prohibición de la discriminación63–8112

Artículos 4 y 5.Restricciones y excepciones de las disposiciones del Pacto8215

Artículo 6.Derecho a la vida83–9715

Artículo 7.Prohibición de la tortura y otros tratos crueles, inhumanos odegradantes98–10417

Artículo 8.Prohibición de la esclavitud y la servidumbre105–11518

Artículo 9.Motivos que determinan la privación de la libertad116–13220

Artículo 10.Trato humano de las personas privadas de libertad133–15421

Artículo 11.Privación de la libertad por no cumplir una obligación contractual15524

Artículo 12.Libertad de circulación y libertad de elegir el lugar de residencia156–15824

Artículo 13.Derecho de los extranjeros a permanecer en el país y legalidad de las expulsiones159–16325

Artículo 14.Igualdad ante cortes y tribunales164–17726

Artículo 15.Principio de jurisdicción no retroactiva17828

Artículo 16.Derecho a ser reconocido como persona ante la ley179–18028

Artículo 17.Protección de la privacidad, la familia, el domicilio y la correspondencia y prohibición de ataques a la honra y la reputación181–18628

Artículo 18.Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión187–19530

Artículo 19.Derecho a manifestar opiniones sin interferencia196–19831

Artículo 20.Prohibición de la propaganda en favor de la guerra y de laincitación a la hostilidad199–20432

Artículo 21.Derecho de reunión pacífica205–20633

Artículo 22.Libertad de asociación207–20833

Artículo 23.Protección de la familia e igualdad de los cónyuges209–21833

Artículo 24.Derechos del niño219–23035

Artículo 25.Derecho a participar en la dirección de los asuntos públicos231–23637

Artículo 27.Derechos de las minorías237–26138

I.Introducción

1.El presente documento es el sexto informe periódico presentado por Finlandia de conformidad con el artículo 40 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (en adelante "el Pacto"). En el informe periódico se tienen en cuenta las directrices armonizadas sobre presentación de informes (HRI/GEN/2/Rev.6) y las directrices para el documento específico relativo al Pacto (CCPR/C/2009/1).

2.El sexto informe periódico de Finlandia abarca lo ocurrido después de la presentación del informe anterior en 2003, principalmente hasta el final de 2009. El informe incluye también algunos acontecimientos ocurridos después de este período.

3.Para la preparación del informe, se recabaron las opiniones de las organizaciones no gubernamentales (ONG) y sus principales inquietudes se incluyeron en el informe cuando procedía.

II.Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos

4.El Comité examinó el quinto informe periódico de Finlandia (CCPR/C/FIN/2003/5) los días 18 y 19 de octubre de 2004 y adoptó sus observaciones finales al respecto el 27 de octubre de 2004 (CCPR/CO/82/FIN).

Respuesta a las recomendaciones que figuran en el párrafo 7 de las observaciones finales (CCPR/CO/82/FIN)

5.La cuestión de las reservas se trata en relación con los artículos pertinentes.

Respuesta a la recomendación que figura en el párrafo 8 de las observaciones finales

6.Nos remitimos a la respuesta de Finlandia de 3 de noviembre de 2004 a las observaciones finales del Comité de Derechos Humanos relativas al quinto informe periódico de Finlandia. En sus observaciones finales, el Comité se refirió a su comunicación relativa al caso Anni Äärelä and Jouni Näkkäläjärvi c. Finlandia (Nº 779/1997). Después de que el Comité emitió su dictamen sobre el caso, el Gobierno renunció a recuperar las costas judiciales y devolvió a los demandantes las que ya habían sido pagadas. El Canciller de Justicia examinó la legalidad de las sentencias nacionales y determinó que no había motivos para anular la sentencia final ni ninguna otra medida (OKV/11/20/2002).

7.En 1999, se incorporó cierta flexibilidad a las disposiciones del Código de Procedimiento Judicial (Nº 4/1734) sobre la obligación de pagar las costas judiciales. Si las cuestiones legales del caso hubieran sido tan poco claras que la parte perdedora tuviera razones justificadas para seguir el proceso, el tribunal podría determinar que las partes debían sufragar sus propias costas íntegramente o en parte. Si fuera manifiestamente injusto hacer a una parte responsable de las costas judiciales de la otra, el tribunal podría por su cuenta reducir la responsabilidad de pago de esa parte.

8.El Parlamento sami ha expresado su preocupación acerca de la aplicación de las observaciones finales del Comité de Derechos Humanos. Según el Parlamento sami, las enmiendas al Código de Procedimiento Judicial no han cambiado de hecho la práctica judicial como pedía el Comité de Derechos Humanos. Los tribunales han seguido disponiendo que los sami paguen las costas judiciales del Gobierno en los juicios relativos a la propiedad de la tierra y el pastoreo de renos. El Parlamento sami propone que el Gobierno se haga siempre cargo de sus propias costas judiciales en los juicios relativos al estatuto de los sami como pueblo indígena.

Respuesta a la recomendación que figura en el párrafo 9 de las observaciones finales

9.En promedio las mujeres perciben un 18% menos por hora de trabajo que los hombres.

10.Los últimos Gabinetes han propuesto la igualdad de remuneración para mujeres y hombres como uno de los objetivos de los programas de gobierno y los programas de igualdad. El primer Gabinete del Primer Ministro Matti Vanhanen (2003-2007) aprobó un Programa de igualdad de remuneración preparado en cooperación tripartita por las partes en el mercado de trabajo, y el segundo Gabinete de Vanhanen (2007-2010) y el primer Gabinete de Mari Kiviniemi (2010-2011) se comprometieron a seguir aplicando el programa. Este programa es coordinado por el Ministerio de Asuntos Sociales y de Salud. El objetivo principal es reducir la diferencia al 15% para 2015.

11.El informe sobre la evaluación general del Programa de igualdad de remuneración 2007-2010, que analiza el éxito y la eficacia del programa, permite observar que la diferencia promedio en la remuneración se ha reducido solamente en un punto porcentual en el período que abarca la evaluación. Los factores que han reducido la diferencia de género en la remuneración son los acuerdos colectivos, la introducción de nuevos sistemas analíticos de pago, la planificación para la igualdad y los estudios sobre la remuneración y la promoción de las perspectivas de carrera de las mujeres. Entre las medidas que hasta ahora han tenido escaso efecto en la diferencia en la remuneración figuran los cambios en la segregación de ocupaciones y profesiones por género, la reforma del régimen de licencias por motivos de familia y el aumento de los contratos de empleo por un plazo fijo. Los asociados sociales y las medidas adoptadas en los lugares de trabajo desempeñan un papel fundamental en la consecución de la mayor parte de los objetivos del Programa de igualdad en la remuneración.

12.El Parlamento consideró el informe del Gobierno sobre igualdad de género en marzo de 2011. Cuando se estaba discutiendo el informe el Parlamento pidió al Gobierno que le presentara una propuesta de enmienda de la Ley de igualdad entre hombres y mujeres (Nº 609/1986) en que, entre otras cosas, se aclarara la obligación de realizar estudios de la remuneración y de dar mayores oportunidades al personal para influir en la preparación de planes de igualdad y en la ejecución de los estudios de la remuneración en los lugares de trabajo y de obtener la información pertinente.

13.Además, en 2010 el Ministerio de Asuntos Sociales y de Salud presentó un informe sobre el funcionamiento de la Ley de igualdad entre hombres y mujeres al Comité de Empleo e Igualdad del Parlamento. En su opinión el Comité pidió que la ley se complementara con una disposición que obligara a los empleadores a comparar, en el contexto de los estudios sobre la remuneración, las remuneraciones que determinaban distintos convenios colectivos. El Comité consideró importante estipular disposiciones más detalladas sobre el derecho de los funcionarios que ocupan cargos electivos a obtener información relativa a las remuneraciones. Al mismo tiempo, es preciso aclarar que el concepto de remuneración incluye diversos suplementos.

Respuesta a la recomendación que figura en el párrafo 10 de las observaciones finales

14.En marzo de 2011, el Parlamento aprobó proyectos relativos a una reforma general de la legislación sobre investigaciones penales, medidas coercitivas y la policía. Además, en octubre de 2006 entró en vigor una nueva Ley sobre el trato de personas bajo custodia policial (Nº 841/2006). Esta ley se aplica al trato de las personas aprehendidas y arrestadas por la policía y a las personas en prisión preventiva.

15.La nueva legislación entrará en vigor a principios de 2014. La reglamentación se ha ampliado y se ha hecho más detallada. La nueva Ley de instrucción penal garantiza expresamente el derecho de utilizar un abogado de la propia elección en una investigación penal. Quien sea detenido por sospechas de delito debe ser informado por escrito de este derecho antes de ser interrogado. Excepcionalmente, esta obligación de informar no se aplica en una investigación penal simplificada. La investigación penal simplificada se usa en caso de delitos de tan poca cuantía y tan claros que en la práctica queda excluida la posibilidad de que se detenga al sospechoso. Sin embargo, la nueva Ley de instrucción penal dispone que el sospechoso debe ser informado por escrito de su derecho a contar con los servicios de un abogado inmediatamente después de su aprehensión, arresto o detención.

16.Según la nueva Ley de instrucción penal, las autoridades responsables deben asegurarse de que se haga efectivo en la práctica el derecho a contar con un abogado. Esto significa, por ejemplo, que la policía debe proceder al interrogatorio en un momento en que el abogado pueda estar presente. Además, el responsable de la instrucción o el fiscal deben proponer al tribunal que disponga la designación de un abogado para el sospechoso si se cumplen ciertas condiciones que se indican con detalle en la ley. Esta propuesta debe hacerse, por ejemplo, cuando el sospechoso tiene menos de 18 años o no puede ser considerado capaz de defenderse. Además, la nueva ley dispone que las autoridades encargadas de la instrucción deben garantizar la confidencialidad de todas las comunicaciones entre el sospechoso y el abogado, especialmente de las consultas entre ellos.

17.La Ley sobre el trato de personas bajo custodia policial dispone que quienes estén privados de libertad deben ser tratados con equidad y que se debe respetar su dignidad. Según la ley, las personas privadas de su libertad tienen derecho a toda la asistencia médica que requieran sus necesidades.

Respuesta a la recomendación que figura en el párrafo 11 de las observaciones finales

18.El concepto de prisión preventiva se refiere a la detención de sospechosos de haber cometido un delito. El número de personas en prisión preventiva en Finlandia ha aumentado claramente en los últimos diez años. El aumento ha tenido lugar en el número absoluto de personas en prisión preventiva y en el porcentaje que representan del total de los presos. Según la Ley de detención (Nº 768/2005) que entró en vigor el 1º de octubre de 2006, las personas en prisión preventiva son alojadas principalmente en cárceles mantenidas por el Servicio de Prisiones. La ley dispone que las personas en prisión preventiva deben estar en una cárcel o en un departamento separado de los presos que están cumpliendo su condena. Sin embargo, se permite una excepción a esta disposición si la persona en prisión preventiva lo solicita a fin de poder participar en distintas actividades. También es posible una excepción para evitar riesgos para la seguridad de los presos, los detenidos en prisión preventiva o el personal, o cuando por otro motivo sea temporariamente necesario para mantener el orden en la cárcel en una situación excepcional.

19.Según la Ley de detención, el tribunal que decida la detención puede, a propuesta de un fiscal o un funcionario autorizado para efectuar la detención, decidir que la persona en prisión preventiva sea alojada en una celda de la policía destinada especialmente a esos efectos, si ello es necesario para separar a la persona en prisión preventiva, por consideraciones de seguridad o para esclarecer el delito. Una persona en prisión preventiva no puede ser mantenida en una celda especial de la policía por más de cuatro semanas sin una razón de mucho peso. Si una persona en prisión preventiva es alojada en una celda especial de la policía, el tribunal debe examinar esta decisión y los motivos en que se fundamenta cuando reconsidere la detención.

20.Las personas en detención preventiva generalmente están bajo custodia policial por períodos breves. En 2010 el promedio de personas en prisión preventiva bajo custodia policial era de 95 por día. Las personas en prisión preventiva bajo custodia policial por un período más largo generalmente son sospechosos de delitos agravados o de mayor importancia vinculados con estupefacientes y, por esa razón, han sido separadas.

21.En noviembre de 2010 presentó su informe un grupo de trabajo establecido por el Ministerio de Justicia para examinar cuestiones relacionadas con el alojamiento de personas en prisión preventiva y especialmente la posibilidad de reducir su número. El grupo propone por ejemplo que se use más activamente la prohibición de viajes prevista en la legislación en vigor en lugar de la prisión preventiva y la posibilidad de utilizar también en Finlandia ciertas nuevas medidas coercitivas alternativas y más individualizadas que ya se emplean en otros países.

22.Cuando se promulgó la nueva Ley de instrucción penal, se enmendó la Ley de detención estipulando que una persona en prisión preventiva también puede pedir por separado al tribunal, es decir independientemente de la consideración de la cuestión de la detención, que reconsidere la decisión de mantenerla bajo custodia policial. Sin embargo, no es necesario reconsiderar la decisión de mantener a alguien bajo custodia policial antes de transcurridas dos semanas desde que se haya tratado la cuestión. El funcionario autorizado para proceder a la detención o un fiscal deben remitir la cuestión al tribunal si la persona en prisión preventiva debe permanecer bajo custodia policial por más de cuatro semanas.

Respuesta a la recomendación que figura en el párrafo 12 de las observaciones finales

23.El capítulo 13 de la Ley de extranjería (Nº 301/2004) contiene disposiciones sobre las debidas garantías procesales. Las decisiones del Servicio de Inmigración de Finlandia pueden recurrirse ante un tribunal administrativo de conformidad con la Ley de procedimiento judicial administrativo (Nº 586/1996). A menos que en la ley se estipule lo contrario, no se puede hacer efectiva una decisión de denegar la entrada con arreglo a la Ley de extranjería hasta que sea definitiva. Las excepciones a esta regla son las decisiones relativas a la cancelación de una solicitud de protección internacional, las decisiones por las que se envía al solicitante a otro Estado en virtud de la reglamentación para determinar el Estado responsable de examinar una solicitud de asilo, o una solicitud ulterior que no contenga ningún nuevo motivo para permanecer en el país que pueda influir en la decisión al respecto. En esos casos, la decisión puede hacerse efectiva inmediatamente después de ser comunicada al solicitante. Un tribunal administrativo puede disponer otra cosa respecto de la aplicación de la decisión.

24.Incluso si se solicita autorización para apelar la decisión ante el Tribunal Administrativo Supremo, la decisión puede hacerse efectiva si el Tribunal no dispone lo contrario.

25.En la opinión que dio al Defensor del Pueblo Parlamentario en relación con la expulsión de un extranjero de Finlandia (11 de mayo de 2009, Reg. Nº 3555/4/07), el Servicio de Inmigración de Finlandia declaró que, para la autoridad responsable de las expulsiones del país y para los extranjeros que han solicitado protección internacional, es problemático que el haber solicitado autorización para apelar al Tribunal Administrativo Superior no impida la aplicación de las decisiones sobre denegación de la entrada. Por su parte, el Ministro del Interior ha manifestado que el texto de la Ley de extranjería y el conjunto de las disposiciones, así como su fundamento en los materiales legislativos, están abiertos a interpretación. El Defensor del Pueblo Parlamentario considera que la legislación debe aclararse.

26.En de febrero de 2011, El Tribunal Europeo de Derechos Humanos falló en M.S.S. v. Belgium and Greece que Grecia había violado la Convenio Europeo de Derechos Humanos al mantener un procedimiento de asilo defectuoso, con riesgo de devolución y condiciones deficientes de detención y de vida para los solicitantes de asilo. El Tribunal sostuvo también que Bélgica había violado el Convenio al enviar al solicitante, en virtud del Reglamento de Dublín, a Grecia, en que las condiciones de detención y de vida podrían estar en conflicto con el Convenio y donde el solicitante podía estar expuesto a riesgos derivados de las deficiencias del procedimiento de asilo. En vista del fallo del Tribunal, el Servicio de Inmigración de Finlandia ha decidido no aplicar el reglamento y no devolver los solicitantes de asilo a Grecia. Por lo tanto, por ahora, el Servicio de Inmigración de Finlandia examina solicitudes que serían responsabilidad de Grecia si se aplicara el Reglamento de Dublín. Además, el Servicio de Inmigración de Finlandia considera solicitudes de asilo que ya se habían mandado a Grecia en casos en que el solicitante todavía se encuentra en Finlandia.

Respuesta a la recomendación que figura en el párrafo 13 de las observaciones finales

27.Finlandia informó sobre esta cuestión en la respuesta que dio al Comité de Derechos Humanos el 3 de noviembre de 2004 en relación con la consideración de su quinto informe periódico, el informe del Comité y la intervención del Gobierno. Según el artículo 3 de la Constitución de Finlandia, el poder judicial es ejercido por tribunales independientes y las instancias de más alto nivel son el Tribunal Supremo y el Tribunal Administrativo Supremo. El principio de independencia de los tribunales figura en el artículo 21 de la Constitución.

28.La única forma permitida y aceptable de influir en la labor del poder judicial es a través de la legislación. Sin embargo, el artículo 12 de la Constitución estipula que todos tienen libertad de expresión. El Gobierno y los miembros del Parlamento se expresan con total libertad a la hora de formular observaciones sobre fallos del poder judicial. Además, el Ministro de Justicia se mantiene al corriente de la práctica judicial.

Respuesta a la recomendación que figura en el párrafo 14 de las observaciones finales

29.La legislación relativa al servicio civil fue reformada al aprobarse una nueva ley sobre servicio civil (Nº 1446/2007), que entró en vigor en 2008. El objetivo de esta reforma general era que la legislación se ajustara a las disposiciones de la Constitución finlandesa y de los tratados de derechos humanos también en estado de excepción.

30.La nueva Ley de servicio civil contiene disposiciones sobre el trámite de las solicitudes relativas al servicio civil en condiciones de excepción, a saber, cuando la situación normal se ve gravemente alterada y en caso de movilización. El Centro del Servicio Civil es el encargado de disponer la entrada en servicio de los candidatos al servicio civil y de darles ubicación en condiciones de excepción.

31.La aprobación de una solicitud en condiciones de excepción requiere que el Comité de investigación de las convicciones de los candidatos al servicio militar, designado por el Gobierno y que funciona bajo la autoridad del Ministerio de Empleo y Economía, investigue las convicciones del solicitante. La ley establece la composición del Comité y los criterios para integrarlo.

32.Si el Presidente de la República adopta una decisión sobre servicio extraordinario y movilización parcial o general de las fuerzas de defensa en virtud de la Ley de conscripción (Nº 1438/2007), las solicitudes relativas al servicio civil que se presenten después de esta decisión se tramitan mediante el procedimiento de investigación de las convicciones. El Comité de investigación trata de determinar la naturaleza y firmeza de la convicción del solicitante y su efecto en el desempeño de los servicios estipulados en la Ley de conscripción.

33.El procedimiento se aplica a quienes han solicitado servicio civil para hacer la conscripción y a quienes han solicitado servicio civil después de la conscripción, y al servicio militar voluntario de las mujeres. También se investigan las convicciones de las personas que deben prestar servicio militar y que han presentado una solicitud para el servicio civil inmediatamente antes de la decisión del Presidente relativa a la extensión del servicio y a la movilización parcial o general de las fuerzas de defensa y cuya solicitud todavía no ha sido aprobada.

34.La nueva Ley de servicio civil abrevió en un mes la duración del período ininterrumpido de servicio civil. El período de servicio civil es de 362 días. Al determinar la duración del período, los legisladores tuvieron en cuenta la carga general que representan distintas formas de servicio. El servicio militar dura 180, 270 o 362 días según el entrenamiento que se proporcione al conscripto. A diferencia del servicio militar, el servicio civil no supone participación en el entrenamiento de reservistas.

35.Sigue en vigor el trato favorable que concede la ley a los testigos de Jehová (Ley sobre la exención de los testigos de Jehová del servicio militar en ciertas condiciones, Nº 645/1985), que no se ha hecho extensivo a otros grupos de objetores de conciencia. En 2003, el Ministerio de Defensa creó un grupo de trabajo encargado de examinar la necesidad de enmendar la legislación. Sobre la base del informe del grupo, presentado en 2007, se discutieron posibles enmiendas a la legislación pero no se adoptó ninguna. Prosigue el examen de la cuestión.

Respuesta a la recomendación que figura en el párrafo 15 de las observaciones finales

36.Finlandia adoptó su primera Política nacional sobre los romaníes en diciembre de 2009. En diciembre de 2010 el Gobierno adoptó en principio una decisión sobre las directrices para promover políticas relativas a los romaníes. La Política nacional sobre los romaníes tiene por objeto aplicar las recomendaciones de organizaciones internacionales sobre la elaboración de políticas relativas a los romaníes en los Estados miembros. La política apunta a que en 2017 Finlandia esté a la cabeza de Europa en cuanto a la promoción de la inclusión de la población romaní. Las prioridades de la Política nacional sobre los romaníes incluyen la escolarización de una mayor proporción de los niños y adolescentes romaníes, el fortalecimiento de la educación y la promoción del empleo de los adultos romaníes, la promoción de igual trato para los romaníes y de su acceso a los servicios, el apoyo al mantenimiento y desarrollo del idioma y la cultura romaníes, la promoción de la igualdad de los romaníes y la prevención de la discriminación contra ellos, la elaboración de una política romaní y el aumento de las oportunidades de participación de los romaníes.

37.El Ministerio de Asuntos Sociales y de Salud es el encargado de supervisar la aplicación de la Política nacional sobre los romaníes. A estos efectos, el Ministerio establecerá un grupo de supervisión con representantes de todos los interesados. La aplicación de la política se evaluará periódicamente. El primer informe al respecto se publicará en 2013.

38.El Ministerio de Asuntos Sociales y de Salud es responsable de aumentar la inclusión de los romaníes en la sociedad y de consolidar las estructuras de cooperación pertinentes a nivel local. Los fondos necesarios se consignan en el Programa nacional de bienestar social y de salud (Kaste). En 2012, el Gobierno lanzará un segundo programa (Kaste II), que tendrá en cuenta a las minorías lingüísticas y culturales, incluidos los romaníes.

39.Bajo la dirección del Ministerio de Educación y Cultura y del Ministerio de Justicia se están adoptando medidas para revivir el idioma romaní y reforzar su posición. En 2010 la Universidad Helsinki preparó un plan de enseñanza del idioma romaní y de formación de profesores de romaní con su correspondiente presupuesto.

40.Anualmente unos 120 de los alrededor de 1.000 alumnos romaníes que hay en Finlandia reciben enseñanza de idioma romaní. Quienes ofrecen esta enseñanza pueden solicitar subsidios del Estado a la Junta Nacional de Educación si el grupo comprende como mínimo tres alumnos al comienzo del ciclo escolar. A principios de 2007 el número de clases semanales de romaní aumentó de 2 a 2,5. El escaso número de alumnos que asiste a clases de romaní se debe en parte a que las escuelas no siempre comprenden la importancia de esa enseñanza o a que no hay suficientes alumnos para poder formar un grupo.

41.La Junta Asesora de Asuntos Romaníes ha señalado que Finlandia no tiene un sistema para formar y diplomar profesores de idioma romaní. Además, se usan menos recursos para enseñar y desarrollar este idioma y planificar su uso que en el caso de otros idiomas minoritarios mencionados en la Constitución. La Junta Asesora subraya que el romaní es un idioma en peligro que la población romaní domina y utiliza menos que antes.

42.También se promueven las oportunidades de los niños romaníes de participar y de dedicarse a hobbies. Como parte de sus funciones oficiales, el Ministerio de Educación y Cultura y la Junta Asesora de Asuntos Romaníes están preparando propuestas al respecto, con miras a incluirlas en el Programa de desarrollo de una política para la niñez y la juventud del próximo período electoral.

43.El Ministerio del Medio Ambiente estudiará los problemas de vivienda de la población romaní.

Respuesta a la recomendación que figura en el párrafo 16 de las observaciones finales

44.Uno de los objetivos del Programa de política de migración del Gobierno publicado en 2006 era que las autoridades, especialmente las responsables de los servicios de educación, bienestar social, salud y otros servicios básicos, establecieran buenas prácticas para prevenir el racismo y la discriminación a nivel nacional y local. Además, el Programa contenía recomendaciones sobre medidas relativas a la recepción de solicitantes de asilo y sobre los servicios de bienestar y salud que se les debían proporcionar.

45.La labor multicultural con la juventud y la no discriminación están entre las principales prioridades del Programa de desarrollo de una política para la niñez y la juventud (2007-2011). El Ministerio de Educación y Cultura ofrece subsidios a ONG para realizar proyectos contra el racismo. Las actividades subsidiadas han aumentado considerablemente. Anualmente el Ministerio ha otorgado subsidios a decenas de proyectos, por ejemplo, visitas escolares y actividades de información para combatir el racismo. A juicio del Ministerio, han sido particularmente importantes los proyectos encaminados a alejar a los jóvenes de los grupos racistas.

46.El Ministerio de Educación y Cultura apoya el multiculturalismo mediante la educación global, la educación para la tolerancia y la política cultural. En los principios relativos a la política de inmigración que publicó para su sector administrativo, el Ministerio subraya la promoción de buenas relaciones étnicas.

47.En toda la formación docente se necesitan más estudios relativos al multiculturalismo. Además, se aumentará el número de plazas de estudio para maestros procedentes del medio inmigrante y se reforzarán sus estudios de finlandés y sueco, que son los idiomas y la cultura nacionales. A partir de 2009, se ha reforzado la educación permanente de personal docente y de orientación procedente del medio inmigrante y que trabaja en la educación de inmigrantes en áreas como la enseñanza para la primera infancia, enseñanza básica, enseñanza secundaria superior general y profesional, y formación profesional de nivel postsecundario. Se insistirá en el conocimiento del finlandés y el sueco y en la formación multicultural.

48.Como parte de un programa para mejorar la calidad de la educación básica que se desarrolló durante el anterior período electoral, se llevaron a cabo actividades para reforzar la formación multicultural que tenían por objeto apuntalar la identidad multicultural de los alumnos e incluirlos en la sociedad finlandesa y en el mundo en proceso de globalización. Además, apuntaban a promover la tolerancia y la comprensión entre culturas. Las actividades tuvieron en cuenta a los niños y a los adolescentes procedentes o no del medio inmigrante y a sus padres. El proyecto se inició en otoño de 2007 y se amplió en otoño de 2008 de la educación básica y la educación para la primera infancia a la enseñanza secundaria superior de carácter general. Participaron en él 45 municipalidades que recibieron subsidios separados del Estado. Cada municipalidad preparó un plan de medidas que se incorporaron al quehacer cotidiano de sus escuelas. La comunidad escolar puede cooperar, por ejemplo, con distintas organizaciones culturales. Además se proporcionó a las municipalidades participantes capacitación en apoyo de sus actividades de desarrollo.

49.En 2010 se revisaron los programas de formación profesional nivel secundario superior para incluir la promoción del multiculturalismo. Un objetivo de la parte común del currículo es incluir programas sobre igualdad en las instituciones de formación profesional.

Respuesta a la recomendación que figura en el párrafo 17 de las observaciones finales

50.Durante mucho tiempo, Finlandia se ha esforzado por resolver la cuestión de los derechos de los sami a la tierra mediante la legislación, sin haber tenido mayor éxito. El objetivo ha sido llegar a una solución equilibrada que respete las obligaciones internacionales de Finlandia y asegure que no solo los sami sino también los demás habitantes locales puedan influir en la manera en que se dispone el uso de las áreas en que viven. Se han estudiado el desarrollo de la población, los oficios y los derechos de uso de la tierra en el territorio sami pero los resultados del estudio han sido polémicos.

51.Entre 2004 y 2006 el Ministerio de Justicia trabajó en la preparación de legislación encaminada a salvaguardar los derechos de uso de la tierra en el territorio sami. En 2006 el Ministerio elaboró un proyecto de propuesta que el Gobierno no consiguió examinar antes de las elecciones parlamentarias de la primavera de 2007.

52.El segundo Gabinete del Primer Ministro Matti Vanhanen trató de encontrar una solución que se ajustara al Convenio Nº 169 de la OIT (1989) sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes. El Ministerio de Justicia siguió buscando una solución legislativa con el Ministerio de Agricultura y Silvicultura.

53.En el informe del Gobierno al Parlamento sobre la política de derechos humanos de Finlandia se mencionan los derechos de los pueblos indígenas entre las prioridades de la política de derechos humanos, pero el Gobierno dejó abierta la cuestión de cuándo se ratificaría el Convenio de la OIT. Por lo tanto, la tarea de resolver el tema de los derechos a la tierra se traspasó al Gabinete de Jyrki Katainen (2011-).

54.El Parlamento sami ha señalado que muchas formas públicas y privadas de utilización de la tierra afectan los medios de subsistencia tradicionales de los sami, que se basan en un uso sostenible de la tierra y el agua. El Convenio de la OIT exige que Finlandia resuelva toda cuestión relativa a la tierra y los recursos naturales sin poner en peligro el derecho de los sami a disfrutar de su cultura. El Parlamento sami propone también que Finlandia incorpore lo antes posible el Convenio Nº 169 a la legislación nacional.

III.Aplicación de los artículos 1 a 27 del Pacto

Artículo 1Gobierno autónomo de las Islas Aland y de los sami en su calidad de pueblo indígena

55.En informes periódicos anteriores se ha descrito el estatuto especial de las Islas Aland como región autónoma (véanse por ejemplo CCPR/C/FIN/2003/5 y CCPR/C/95/Add.6).

56.El artículo 17 3) de la Constitución de Finlandia (Nº 731/1999) relativo a los sami les garantiza, en su calidad de pueblo indígena, el derecho de mantener y desarrollar su propio idioma y cultura. El estatuto del pueblo sami en su calidad de pueblo indígena se examina en relación con el artículo 27. La cuestión de la propiedad de la tierra se ha examinado en los párrafos 50 a 54 de la sección "Observaciones Finales del Comité de Derechos Humanos".

Artículo 2Condición del Pacto en el ordenamiento jurídico interno

57.Como en el caso de todos los tratados internacionales de derechos humanos, el Pacto se ha puesto en vigor en Finlandia promulgando la ley correspondiente que lo incorpora al ordenamiento jurídico interno. Además, en el capítulo 2 de la Constitución, relativo a los derechos y libertades fundamentales, se consagran los derechos garantizados en el Pacto.

58.Los tribunales pueden aplicar el Pacto directamente. Los más altos tribunales de Finlandia, es decir el Tribunal Supremo y el Tribunal Administrativo Supremo, citan en cierta medida los tratados de derechos humanos en sus fallos. Sin embargo, los tribunales nacionales normalmente aplican la Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales y solo rara vez el Pacto. Por lo general, las víctimas de violaciones de los derechos humanos en Finlandia presentan denuncias al Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Es excepcional que se presente una reclamación al Comité de Derechos Humanos u otros organismos de supervisión de las Naciones Unidas.

59.El Defensor del Pueblo Parlamentario vigila que se respeten los derechos y libertades fundamentales en las actividades de las autoridades. Al pronunciarse sobre el respeto de los derechos humanos a raíz de reclamaciones e inspecciones, el Defensor del Pueblo Parlamentario se remite al Pacto y a otros tratados internacionales de derechos humanos.

60.El Parlamento ha aprobado una enmienda de la Ley sobre el Defensor del Pueblo Parlamentario (Nº 535/2011) por la cual se crea un centro de derechos humanos asociado a la Oficina del Defensor del Pueblo Parlamentario. El centro constituirá la institución nacional de derechos humanos a que se refieren los Principios de París. La enmienda de la ley entrará en vigor el 1º de enero de 2012.

61.En septiembre de 2009 el Gobierno presentó al Parlamento un informe sobre la política de derechos humanos de Finlandia. Al considerar el informe, el Parlamento pidió que el Gobierno, al principio del siguiente período electoral, aprobara un plan nacional de acción sobre el ejercicio de los derechos humanos y los derechos fundamentales en Finlandia.

62.El plan nacional de acción sobre los derechos humanos se está preparando con la cooperación de los distintos sectores de la administración.

Artículos 2, párrafos 1 y 3, y 26Prohibición de la discriminación

63.Según el artículo 6 de la Constitución de Finlandia nadie, sin una razón valedera, será tratado en forma diferente de otras personas por motivos de sexo, edad, origen, idioma, religión, convicciones, opiniones, estado de salud, discapacidad u otras razones que conciernan a su persona. En lo que se refiere a las leyes ordinarias del Parlamento, las prohibiciones más importantes de la discriminación figuran en la Ley de no discriminación (Nº 21/2004), la Ley de igualdad entre hombres y mujeres (Nº 609/1986) y la Ley de contratos de trabajo (Nº 55/2001). Las formas más graves de discriminación están tipificadas en el Código Penal (Nº 39/1889).

64.La Ley de no discriminación prohíbe la discriminación por motivos de edad, origen nacional o étnico, nacionalidad, idioma, religión, creencias, opiniones, estado de salud, discapacidad, orientación sexual u otras características personales. La Ley de contratos de trabajo dispone que el empleador no discriminará injustificadamente a los empleados por motivos de edad, estado de salud, discapacidad, origen nacional o étnico, nacionalidad, orientación sexual, idioma, religión, opinión, creencias, relaciones familiares, actividad sindical, actividad política u otras circunstancias comparables.

65.La Ley de igualdad entre hombres y mujeres prohíbe la discriminación por motivos de género. La discriminación prohibida por la ley incluye también tratar a una mujer en forma diferente en razón de que esté embarazada o haya dado a luz, sin un motivo valedero. Al prohibir la discriminación tanto la Ley de no discriminación como la Ley de contratos de trabajo se remiten a la Ley de igualdad entre hombres y mujeres en lo que respecta a la discriminación por motivos de género.

66.El Defensor de la Igualdad, que vigila el cumplimiento de la Ley de igualdad entre hombres y mujeres, ha interpretado que la prohibición de la discriminación que establece la ley incluye la discriminación basada en la identidad sexual y la expresión del género hasta tanto la ley estipule expresamente disposiciones relativas a esa discriminación.

67.El Código Penal considera dos elementos esenciales para tipificar las formas más graves de discriminación: los delitos de discriminación y la discriminación en el trabajo. Los motivos de discriminación prohibidos en la tipificación de estos delitos corresponden a los motivos prohibidos en la Ley de no discriminación, la Ley de igualdad entre hombres y mujeres y la Ley de contratos de trabajo.

Reforma de la legislación sobre la no discriminación

68.La legislación sobre la no discriminación actualmente en vigor es inconexa y complicada. Las diferentes disposiciones varían considerablemente en cuanto al alcance personal y material de aplicación de las prohibiciones de discriminar, la competencia de las autoridades de supervisión y los recursos de que disponen las víctimas de discriminación.

69.Desde hace varios años se está tratando de reformar la legislación. A principios de 2007 el Ministerio de Justicia creó un comité contra la discriminación para que preparara una reforma. El comité presentó su informe, bajo la forma de una propuesta del Gobierno, al Ministerio de Justicia a fin de 2009. El objetivo de la reforma es ajustar mejor la reglamentación actual a la prohibición de la discriminación enunciada en el artículo 6 de la Constitución y mejorar la protección legal contra la discriminación de grupos como los jóvenes y las personas de edad, las personas con discapacidad y los miembros de minorías sexuales. El comité propone que la oficina del Defensor de las Minorías, que actualmente se ocupa solo de la discriminación étnica, se reorganice convirtiéndose en una oficina del Defensor contra la Discriminación que tenga atribuciones en relación con todo tipo de discriminación. Sin embargo, la vigilancia del cumplimiento de la Ley de no discriminación en la actividad laboral seguirá siendo responsabilidad de las autoridades de higiene y seguridad laboral. Además, el Defensor de la Igualdad sería responsable de vigilar la discriminación basada en el género. La actual Junta de Igualdad y el Tribunal Nacional contra la Discriminación de Finlandia se fundirían en un Tribunal de No Discriminación.

70.La falta de recursos adicionales ha impedido poner en práctica la reforma. El Defensor contra la Discriminación y el Tribunal de No Discriminación que se proponen requerirían como mínimo tres años persona de trabajo adicionales. Actualmente, el Defensor de las Minorías y el Tribunal Nacional contra la Discriminación de Finlandia funcionan en el marco del Ministerio del Interior. Los preparativos de la reforma en el otoño de 2010 se basaron en el supuesto de que el Ministerio del Interior recibiría los recursos adicionales necesarios para ponerla en práctica. No se examinó la posibilidad de juntar al Defensor de la Igualdad que depende del Ministerio de Asuntos Sociales y de Salud, y al Defensor contra la Discriminación en una sola oficina.

71.Finlandia ratificó el Protocolo Nº 12 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (ETS 177), relativo a una prohibición general de la discriminación, el 17 de diciembre de 2004. El Protocolo entró en vigor el 1º de abril de 2005.

Igualdad de género y discriminación contra la mujer

72.El Gobierno presentó su primer informe sobre la igualdad de género al Parlamento en otoño de 2010. En el informe el Gobierno esboza su futura política de igualdad de género hasta el año 2020. Las áreas temáticas del informe son adopción de decisiones, educación e investigación, vida laboral, conciliación del trabajo y la vida familiar, el hombre y la igualdad de género, la violencia contra la mujer, la violencia doméstica, la trata de personas y la situación de los órganos encargados de la igualdad de género y de la incorporación de las consideraciones de género. En todas las áreas temáticas se trata la situación de los grupos minoritarios y los inmigrantes. En el informe del Gobierno al Parlamento sobre la política de derechos humanos de Finlandia también se trata la situación de la mujer y se destaca la violencia contra la mujer entre las principales violaciones de derechos humanos en el país.

73.A principios de 2010 el Ministerio de Asuntos Sociales y de Salud presentó un informe sobre la aplicación de la Ley de igualdad entre hombres y mujeres al Comité del empleo y la igualdad del Parlamento. En el informe decía, entre otras cosas, que la planificación relativa a la igualdad no ha eliminado la discriminación y que el Defensor de la Igualdad y la Junta de la Igualdad no aprovechan plenamente todos los medios que ofrece la Ley para combatir la discriminación.

74.Al examinar los informes sobre igualdad de género, política de derechos humanos y aplicación de la Ley de igualdad entre hombres y mujeres, el Parlamento pidió que la política nacional y la legislación sobre igualdad de género tuvieran mucho más en cuenta la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, las observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer relativas a Finlandia, sus observaciones generales y la Plataforma de Acción de Beijing para mejorar la condición de la mujer.

75.Según la Coalición de Asociaciones de Mujeres Finlandesas (Nytkis), muchas mujeres son objeto de discriminación múltiple, es decir discriminación por motivos de género y por pertenecer a una minoría. Por ejemplo, las mujeres romaníes son discriminadas en razón de su género y de su origen étnico, especialmente en la actividad laboral, y su tasa de desempleo es mayor que la de la población en general. Las mujeres romaníes suelen ser discriminadas también dentro de su propia comunidad, en que las tradiciones debilitan la posición de la mujer. En cuanto a la comunidad sami, Nytkis sostiene que los hombres dominan la adopción de decisiones políticas en la comunidad. Nytkis exige que se asegure a las mujeres sami una auténtica oportunidad de participar en la adopción de decisiones y de acceder a los servicios. La comunidad sami y sus autoridades deberían tener en cuenta que la participación de mujeres y hombres en las actividades sociales aumenta el bienestar de todo el pueblo sami.

76.Uno de los problemas más alarmantes de las mujeres inmigrantes es que solo algunas de ellas tienen acceso a los servicios. Hay factores culturales, como los roles tradicionales de género, y en el caso de algunas mujeres cuestiones de exclusión tecnológica, que les impiden incorporarse al mercado de trabajo e integrarse plenamente en la sociedad finlandesa. Las mujeres inmigrantes no tienen necesariamente la oportunidad de asistir a los cursos de idioma finlandés destinados a ellas. También deberían recibir servicios en su propio idioma y disponer de servicios de interpretación. Por otra parte, algunas mujeres inmigrantes tienen educación secundaria y terciaria pero no encuentran oportunidad de aprovechar su preparación. Además, es preciso tener en cuenta las posibles necesidades especiales de las mujeres que solicitan asilo y la política de asilo en general debería tomar en consideración las diferencias entre los géneros.

Minorías sexuales y de género

77.Los derechos de las minorías sexuales y de género son una de las prioridades de la política de derechos humanos de Finlandia. Al considerar el informe del Gobierno al Parlamento sobre la política de derechos humanos de Finlandia, el Comité de relaciones exteriores del Parlamento declaró que también debía tenerse en cuenta la discriminación contra las personas pertenecientes a minorías sexuales y de género en las medidas y los planes de acción del Gobierno relativos a la no discriminación.

78.Al examinar el informe sobre igualdad de género, el Parlamento pidió que el Gobierno hiciera extensiva a las minorías de género la aplicación de las prohibiciones relativas a la discriminación que establece la Ley de igualdad entre hombres y mujeres.

79.En la primavera de 2011 el Ministerio de Relaciones Exteriores estableció un grupo de trabajo intersectorial que se encargaría de vigilar y desarrollar los derechos de las personas pertenecientes a minorías sexuales y de género.

80.Uno de los objetivos del programa de acción para la promoción de la salud sexual y reproductiva 2007-2011 es que se proporcione orientación sobre salud sexual a los clientes en pie de igualdad y según sus necesidades, independientemente de su género, edad, orientación sexual, antecedentes culturales u otras características individuales. Una de las propuestas del programa es que los miembros de minorías sexuales y de género tengan oportunidad de acceder a la orientación de expertos como parte de los servicios públicos de bienestar social y atención de la salud que se prestan en su propia región de residencia y que se mejore la información de los profesionales en la materia.

81.El Decreto sobre los servicios de las clínicas de bienestar social, los servicios de salud escolares y estudiantiles y los servicios preventivos de salud bucodental para niños y jóvenes (Nº 338/2011) contiene una disposición enmendada en virtud de la cual los servicios médicos y de atención de la salud para los estudiantes incluirán servicios para promover la salud sexual, como los de apoyo a la orientación sexual y de género.

Artículos 4 y 5Restricciones y excepciones de las disposiciones del Pacto

82.La cuestión se trató en el quinto informe periódico de Finlandia (CCPR/C/FIN/2003/5).

Artículo 6Derecho a la vida

83.Finlandia ratificó el Protocolo Nº 13 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales relativo a la abolición de la pena de muerte en todas las circunstancias el 9 de noviembre de 2004. El Protocolo entró en vigor el 1º de marzo de 2005.

Prevención de ataques con armas de fuego

84.En 2007 y 2008 tuvieron lugar en Finlandia dos casos de ataques indiscriminados con armas de fuego en escuelas. Las comisiones que los investigaron recomendaron mejoras en los servicios sociales para los estudiantes, una supervisión más amplia de las comunicaciones en Internet, una mejora de los servicios de información de la policía sobre lo que ocurre en la red y restricciones más rigurosas a la posesión de armas de fuego. Además, las comisiones propusieron que se tipificara el delito de preparativos de homicidio a fin de ayudar a la policía a identificar con mayor eficacia a quienes estuvieran planificando ese delito.

85.En otoño de 2010, el Parlamento aprobó una muy discutida enmienda de la Ley de armas de fuego (Nº 1/1998), que entró en vigor en junio de 2011. La enmienda se basaba no solo en las necesidades nacionales sino también en nuevos requisitos de la Unión Europea. El objetivo más importante de la reforma era prevenir ataques con armas de fuego. Un factor que influye en la seguridad es la cantidad de armas de fuego. En lo que respecta al número de armas en proporción con la población, Finlandia, que tiene alrededor de 2 millones de armas de fuego registradas legalmente, ocupa uno de los primeros lugares del mundo después de los Estados Unidos, el Yemen y Noruega, y antes que Alemania y Suecia. El gran número de armas de fuego de Finlandia se debe en parte a la popularidad del deporte de la caza. La enmienda de la Ley de armas de fuego aumentó a 20 años la edad mínima para obtener un permiso para usar armas pequeñas. A partir de los 15 años se puede obtener un permiso paralelo para usar armas largas de caza y tiro deportivo; para recibir ese permiso los solicitantes deben aprobar una prueba de aptitudes.

Tasas de natalidad, mortalidad materna relacionada con el parto y embarazosno deseados

86.Aunque había empezado a descender a mediados del decenio de 1990, la tasa de natalidad ha aumentado en forma sostenida en Finlandia desde 2002. La tasa de fecundidad ha aumentado levemente y en 2010 era de 1,87. La cifra es bastante alta en comparación con otros países europeos pero está por debajo del nivel de reposición de la población.

87.El número de muertes relacionadas con el parto ha sido de 1 a 7 por año.

88.Desde 1970 Finlandia tiene una Ley de aborto (Nº 239/1970). Según la ley, el aborto puede practicarse por motivos médicos y por motivos sociales. En más del 90% de los casos, el embarazo se interrumpe por motivos sociales. La cantidad de abortos varía considerablemente según las regiones. En Finlandia no se conocen casos de abortos ilegales.

89.En 2010 se practicaron 8,6 abortos por cada 1.000 mujeres en edad de procrear (de 15 a 49 años). Entre 2006 y 2010 disminuyó el número de abortos principalmente porque estos disminuyeron en las mujeres de menos de 20 años. El número de abortos disminuyó también entre las mujeres de menos de 25 años pero la mayoría se siguen practicando en el grupo de 20 a 24 años. El número de abortos repetidos ha aumentado en forma sostenida: en 2010 más de la tercera parte de las mujeres que abortaron ya habían tenido otro aborto.

90.En 2010, la tercera parte de las pacientes de 20 años que solicitaron un aborto dijeron que no estaban utilizando ningún método anticonceptivo antes de quedar embarazadas. La mayor parte de las pacientes de menos de 20 años había usado preservativos. Alrededor del 3% de las pacientes de menos de 20 años había utilizado anticonceptivos de emergencia. La proporción entre todas las pacientes que abortaron era levemente superior. Desde 2008, la tercera parte de los centros de salud ha adoptado la práctica de distribuir gratuitamente anticonceptivos a los clientes de menos de 20 años.

91.En la década del 2000, el Gobierno orientó con mayor eficiencia la planificación familiar a través de normas nacionales y de información. En 2007, el Ministerio de Asuntos Sociales y de Salud publicó el primer programa nacional de acción para la promoción de la salud sexual y reproductiva (2007-2011). Entre otros objetivos, el programa de acción apunta a aumentar el uso de servicios anticonceptivos y de métodos anticonceptivos y a mejorar la formación de quienes trabajan en ese ámbito. La evaluación provisional del plan de acción realizada en 2010 indicó que todos los centros de salud habían organizado servicios de orientación anteriores al embarazo aunque la ejecución variaba considerablemente. En alrededor de un 40% de los centros de salud, los jóvenes que tenían preguntas sobre salud sexual pudieron acceder a una consulta en el término de una semana de ponerse en contacto con el centro. El programa de acción se actualizará después de la evaluación final que se llevará a cabo en 2011.

92.El Gobierno ha promulgado un decreto sobre los servicios de las clínicas de bienestar social y los servicios de salud escolares y estudiantiles (Nº 338/2011); en 2009 se había promulgado un primer decreto sobre este tema. El decreto dispone que los servicios de salud escolares y estudiantiles deben incluir orientación sobre salud sexual y anticoncepción en apoyo del proceso de maduración y desarrollo sexual de los niños y jóvenes.

93.La nueva Ley de atención de la salud (Nº 1326/2010), que entró en vigor el 1º de mayo de 2011, obliga a todas las municipalidades a proporcionar a los residentes orientación sobre anticoncepción y otros servicios que promuevan la salud sexual y reproductiva.

94.Desde 2006, los currículos de las escuelas polivalentes y de las escuelas secundarias superiores de enseñanza general han incluido educación para la salud, que abarca también la salud sexual y reproductiva. El Estudio nacional sobre sanidad escolar, que se realiza cada dos años, indica que el nivel de conocimientos de los alumnos sobre salud sexual ha mejorado en los últimos diez años. Las niñas están mejor informadas que los varones y en general los estudiantes de las escuelas secundarias superiores están mejor informados que los de las instituciones de formación profesional.

Violencia letal en las relaciones íntimas

95.El tipo de homicidio que ocupa el segundo lugar por orden de frecuencia en Finlandia es el asesinato por un hombre de su pareja mujer. A estos efectos también se consideran parejas las exparejas. En 2010 alrededor de la quinta parte de los homicidios fueron de este tipo. Por ejemplo, entre 2003 y 2007 114 mujeres fueron asesinadas en Finlandia por sus parejas o exparejas del sexo opuesto. La base de datos sobre homicidios del Instituto Nacional de Investigaciones Jurídicas muestra que en 2006 murieron 21 mujeres y en 2007 otras 26 como consecuencia de la violencia en relaciones íntimas. El número ha sido prácticamente igual en los últimos años.

Crímenes de honor

96.El Código Penal de Finlandia no tipifica expresamente los "crímenes de honor", la mutilación genital femenina o los matrimonios forzados, que tampoco se sancionan en otros textos legales. El consenso es que la legislación en vigor se aplica también a esos actos.

97.Según la Asociación Multicultural de Mujeres (Monika), en Finlandia una de cada cuatro mujeres que muere víctima de violencia familiar procede del medio inmigrante.

Artículo 7Prohibición de la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes

Criminalización de la tortura

98.El capítulo 11 del Código Penal (Nº 39/1889), relativo a los crímenes de guerra y los crímenes de lesa humanidad, ha sido complementado con disposiciones penales separadas relativas a la tortura. La enmienda entró en vigor el 1º de enero de 2010. Según el Código Penal, la tortura consiste en causar intencionalmente sufrimiento mental o físico grave a otra persona con el fin de obtener una confesión o información, o de castigar, intimidar, coaccionar o discriminar. La pena imponible en casos de tortura va de un mínimo de 2 años de prisión a un máximo de 12 años.

99.Finlandia se dispone a ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. En relación con la ratificación, Finlandia establecerá un órgano nacional de supervisión encargado de inspeccionar los lugares en que están confinados o podrían estar confinados los detenidos. El grupo de trabajo que preparó la ratificación propuso en su informe que el Defensor del Pueblo Parlamentario fuera designado mecanismo preventivo nacional de Finlandia.

Violencia contra la mujer

100.El grupo ministerial ampliado sobre seguridad interna ha adoptado un plan nacional de acción para reducir la violencia contra la mujer para el período 2010-2015. En la preparación del plan de acción se tuvieron en cuenta, por ejemplo, las recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer y las políticas del Consejo de Europa. Sin embargo, cuando se aprobó el plan de acción no se asignaron recursos especiales para poner en práctica las medidas. Se reservó un total de 40.000 euros para programas encaminados a poner freno a los comportamientos violentos en 2011-2012.

101.El 21 de mayo de 2011 Finlandia firmó el Convenio del Consejo de Europa para prevenir y combatir la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica. Finlandia comenzará a preparar la ratificación del Convenio en el otoño de 2011.

102.Desde el principio de 2010 las agresiones menores han pasado a ser objeto de procesamiento de oficio en los casos en que el autor tiene una relación cercana con la víctima. Esta enmienda del Código Penal se propone dar a las autoridades mayor oportunidad de intervenir en los casos de violencia en relaciones cercanas, incluida la violencia contra la mujer en relaciones íntimas.

103.Las disposiciones del Código Penal relativas a los delitos sexuales también se han enmendado. Actualmente los actos en que el perpetrador tiene relaciones sexuales con la víctima mientras esta es incapaz de defenderse se consideran violación. La imposibilidad de defenderse puede deberse a inconsciencia, enfermedad, discapacidad o miedo. Además, el Instituto Nacional de Investigaciones Jurídicas está examinando las sanciones que se imponen en caso de violación. Sobre la base de las conclusiones, el Ministerio de Justicia determinará si debe proseguir la reforma de la legislación sobre delitos sexuales.

104.El Programa de Seguridad Interna, adoptado en 2008, incluye medios de intervenir con mayor eficiencia en los casos de mutilación genital femenina. Se proporciona capacitación especial sobre este tema a los profesionales de atención de la salud y bienestar del niño, a los trabajadores sociales y al personal de guarderías y escuelas.

Artículo 8Prohibición de la esclavitud y la servidumbre

Trata de personas

105.Las disposiciones del Código Penal (Nº 39/1889) relativas a la trata de personas entraron en vigor en agosto de 2004. El Código dispone que será sentenciado por trata de personas todo aquel que, abusando de la situación de dependencia o vulnerabilidad de otra persona, engañando a otra persona o aprovechándose de un error que haya cometido, pagando a alguien que tiene control sobre otro o aceptando una remuneración de esa índole, asuma el control sobre otra persona, o reclute, transfiera, transporte, reciba o albergue a otra persona con fines de abuso sexual, trabajos forzados u otras circunstancias humillantes, o a los efectos de sustraerle órganos o tejidos para su beneficio financiero. También es sancionable el intento. El castigo por el delito de trata de personas va de un mínimo de cuatro meses a un máximo de seis años de cárcel. El castigo por el delito agravado de trata de personas va de un mínimo de dos años a un máximo de diez años de cárcel.

106.La situación de las víctimas de trata de personas mejoró en 2006 cuando se incluyeron en la Ley de extranjería (Nº 301/2004) disposiciones sobre el otorgamiento de un permiso de residencia a las víctimas de la trata y sobre un período de reflexión en esos casos. Además, en 2007 se enmendó la Ley de integración de los inmigrantes y acogida de los solicitantes de asilo (Nº 493/1999) incluyendo nuevas disposiciones sobre asistencia y apoyo a las víctimas de la trata.

107.Finlandia adoptó un plan nacional de acción contra la trata de personas en la primavera de 2005, que revisó posteriormente en junio de 2008. El enfoque del plan se basa en los derechos humanos y la situación de la víctima. Se evalúan con mayor eficiencia que antes los efectos de las medidas desde el punto de vista del género y de los niños y se insiste en la importancia de una perspectiva multiprofesional. Entre los objetivos del plan de acción están también los de identificar las víctimas de la trata mejor de lo que se hacía anteriormente, crear conciencia de la trata y evitarla, por ejemplo ejerciendo influencia en la demanda.

108.Desde 2009 el Defensor de Minorías ha actuado como relator nacional sobre la trata de personas. El Defensor publica recomendaciones y opiniones sobre las actividades para combatir la trata y sobre el ejercicio de los derechos de las víctimas. También proporciona asesoramiento y asistencia a las víctimas de la trata y delitos similares para salvaguardar sus derechos.

109.El Parlamento examinó el primer informe del Defensor relativo a la trata de personas a principios de 2010 y 2011. Sobre la base del informe el Parlamento pidió, entre otras cosas, que el Gobierno elabore una ley separada sobre el sistema de asistencia para las víctimas de la trata. Además, Finlandia deberá establecer una dependencia nacional especializada en investigar la trata de personas y delitos conexos y designar fiscales especializados en este tipo de delito.

110.Con respecto a la legislación laboral y la vigilancia de las relaciones laborales de los trabajadores extranjeros, el Parlamento pidió que se adoptaran medidas preventivas más eficaces contra la trata de personas con objeto de explotar su trabajo y que se enmendara con urgencia la Ley de extranjería estipulando que no se emitirían más permisos de residencia que dependieran expresamente del empleo con un determinado empleador.

111.Finlandia firmó el Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra la trata de seres humanos en agosto de 2008. Hacia fines de 2010 se distribuyó ampliamente para recabar observaciones al respecto el informe del grupo de trabajo encargado de preparar su aplicación. El Gobierno presentará al Parlamento su propuesta para adoptar el Convenio y las enmiendas legislativas necesarias al a fines de 2011.

Criminalización de la compra de servicios sexuales

112.La compra de servicios sexuales de las víctimas de la trata de personas se tipificó en agosto de 2006. Originalmente, el Gobierno propuso criminalizar la compra de servicios sexuales de todo tipo. Sin embargo, el Parlamento decidió limitar la criminalización a la trata de personas porque consideró que una prohibición completa debilitaría aun más la posición de las prostitutas y obstaculizaría la investigación de delitos graves relacionados con la prostitución.

113.Según el Consejo de la Igualdad, la policía suele tener dificultades para obtener pruebas de que el cliente tiene conocimiento del trasfondo de proxenetismo y trata de personas de los servicios sexuales que contrata. En razón de esta dificultad para obtener pruebas, fracasó la criminalización parcial de la compra de servicios sexuales, motivo por el cual el Consejo es partidario de una prohibición total de esta actividad. Además, preocupa al Consejo que los incidentes de trata de personas no se identifiquen eficientemente porque las autoridades carecen de los recursos y la capacitación necesarios.

114.Además, el Consejo de la Igualdad señala que, desde la perspectiva de la víctima, el proxenetismo y la trata de personas son dos cosas muy distintas puesto que la víctima de la trata es un demandante mientras que la víctima del delito de proxenetismo es solo un testigo.

115.Tras considerar el informe de 2010 sobre la trata de personas, el Parlamento pidió que el Gobierno adoptara medidas para eliminar la superposición de las disposiciones penales relativas a la trata de personas y al proxenetismo y fortalecer la posición jurídica de las víctimas de proxenetismo reconociéndoles la calidad de demandantes en los procedimientos penales.

Artículo 9Motivos que determinan la privación de la libertad

Privación de la libertad en razón de un delito

116.La privación de la libertad en razón de un delito puede basarse en las disposiciones de la Ley de medidas coercitivas (Nº 450/1987) sobre aprehensión, arresto y detención. La Ley Nº 449/1987 contiene disposiciones sobre la obligación de estar presente en la instrucción penal.

117.Una persona también puede ser aprehendida en virtud de la sección 11 de la Ley de policía (Nº 493/1995) con el fin de protegerla. La práctica de poner bajo custodia a las personas intoxicadas se basa en esta disposición de la Ley de policía.

118.La Ley sobre el trato de personas bajo custodia policial (Nº 841/2006) se aplica a las personas en prisión preventiva y los detenidos que la policía mantiene bajo custodia.

119.Según fuentes policiales, la policía y otras autoridades que vigilan la aplicación de la ley efectuaron 131.103 arrestos en 2010. La cifra es prácticamente igual a la de 2009. En casi el 60% de los casos se trató de personas intoxicadas.

Tratamiento involuntario administrado contra los deseos de la persona

120.La Ley de salud mental (Nº 1116/1990) establece las condiciones en que una persona puede ser sometida a tratamiento involuntario en un hospital psiquiátrico.

121.Si un tribunal decide no condenar a un acusado en razón de su salud mental, puede disponer que permanezca en la cárcel hasta que el Instituto Nacional de Salud y Bienestar decida si necesita tratamiento en un hospital psiquiátrico.

122.Durante 2009 fueron tratados en instituciones siquiátricas unos 30.600 pacientes. De los nuevos pacientes registrados en 2009 casi la tercera parte habían sido remitidos a tratamiento psiquiátrico involuntario.

123.El Ministro de Asuntos Sociales y de Salud está preparando una reforma de la Ley de salud mental para reglamentar con más rigor la responsabilidad de la adopción de decisiones que afectan a los derechos y obligaciones de una persona.

124.La Ley de atención especial a las personas con discapacidad mental (Nº 519/1977) establece las condiciones en que se pueden administrar cuidados especiales contra la voluntad del paciente. Anualmente no llegan a diez las personas con discapacidad mental tratadas contra su voluntad.

125.La Ley de bienestar de la infancia (Nº 417/2007) establece las condiciones en que un niño puede ser separado con urgencia de quienes lo tienen a su cuidado y contiene disposiciones sobre atención sustitutiva. La atención sustitutiva puede tener también lugar en instituciones. En 2009 más de 16.000 niños y jóvenes fueron colocados fuera de sus hogares. La tercera parte de ellos fue internada en instituciones. De los niños confiados a cuidados fuera de su hogar en algo menos de la quinta parte de los casos se trató de una colocación involuntaria. La mayor parte de esos niños tienen de 13 a 17 años. Los niños más pequeños colocados contra la voluntad de los responsables son niños de menos de 1 año.

126.Según la Ley de asistencia social y abuso de sustancias psicoactivas (Nº 41/1986) se puede ordenar a alguien que se someta a tratamiento contra su voluntad en razón de los riesgos que corre su salud o de su comportamiento violento. Muy rara vez se ha ordenado a alguien que se someta a tratamiento contra su voluntad.

127.La Ley sobre enfermedades transmisibles (Nº 583/1986) dispone que una persona que tiene una enfermedad transmisible peligrosa, o que se sospecha justificadamente que la tiene, puede ser aislada en un establecimiento médico por un máximo de dos meses. En el lugar de la cuarentena, se le puede administrar, incluso contra su voluntad, el tratamiento necesario para evitar la propagación de la enfermedad. Nunca se necesitó recurrir a este tipo de aislamiento. El Ministerio de Asuntos Sociales y de Salud está preparando una reforma de la Ley sobre enfermedades transmisibles.

128.En 2010 el Ministerio de Asuntos Sociales y de Salud estableció un grupo de trabajo para consolidar, en la medida de lo posible, en un solo estatuto toda la legislación que restringe el derecho de libre determinación de los clientes de bienestar social y los pacientes de servicios de atención médica. La necesidad de una reforma legislativa se refiere especialmente al tratamiento involuntario, las medidas de protección que se emplean en los servicios para personas con retardo mental o pacientes con demencia, el tratamiento de embarazadas que abusan de sustancias psicoactivas y las restricciones del derecho de libre determinación en la atención médica y psiquiátrica.

129.Entre otras cosas, el grupo de trabajo determina qué responsabilidad tienen las personas que no trabajan en el sector público en relación con los derechos de los pacientes o clientes en servicios privatizados o externalizados de bienestar social y atención de la salud.

130.El grupo de trabajo también examina la posible necesidad de reformar la Ley sobre la condición y los derechos de los pacientes (Nº 785/1992), la Ley sobre la condición y los derechos de los clientes del bienestar social (Nº 812/2000) y cualquier otra disposición relativa al bienestar social y la atención de la salud.

Detención de solicitantes de asilo

131.La Ley de extranjería (Nº 301/2004) dispone que, en lugar de adoptar medidas provisionales, las autoridades pueden disponer que un extranjero permanezca detenido en ciertas condiciones.

132.Finlandia tiene un centro de detención para extranjeros, que está conectado con el centro de recepción de Metsälä y tiene capacidad para 40 personas. En 2010 pasaron por el centro de detención 534 personas. Poco menos del 90% eran hombres. De todos los clientes que pasaron por el centro de detención, 17 eran menores y 4 habían llegado sin un adulto responsable. La duración media de la detención fue de 28,8 días. El período más prolongado de detención fue de 136 días y el más breve de menos de un día.

Artículo 10Trato humano de las personas privadas de libertad

El sistema penitenciario finlandés y las disposiciones del Pacto relativas a la separación de menores y adultos

133.El artículo 10 del Pacto impone dos obligaciones de separar a los menores de otros presos. Según el artículo 10, párrafo 2 b) del Pacto, los menores procesados estarán separados de los adultos. Además, el artículo 10, párrafo 3, dispone que los menores delincuentes estarán separados de los adultos. Finlandia, como los demás países nórdicos, ha formulado reservas respecto de estas dos disposiciones del Pacto. Finlandia declara en su reserva que, si bien en el país los delincuentes menores por lo general están separados de los adultos, no estima apropiado adoptar una prohibición absoluta que no permita arreglos más flexibles.

134.Según la interpretación (Observación general Nº 21, 1992) del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, que vigila el cumplimiento del Pacto, cada Estado parte debe definir el concepto de "menor" del artículo 10 a la luz de las condiciones sociales, culturales y otras condiciones pertinentes. Finlandia no ha definido inequívocamente el concepto de menor.

135.El capítulo 2 c, artículo 5, del Código Penal (Nº 39/1889) dispone que quienes han cometido un delito cuando tenían menos de 21 años estarán sujetos a disposiciones menos estrictas sobre la libertad condicional que los delincuentes adultos. La Ley de instituciones penitenciarias (Nº 767/2005) dispone que al hacer efectivo el encarcelamiento de los jóvenes que han cometido delitos cuando tenían menos de 20 años, debe prestarse especial atención a las necesidades derivadas de su edad y nivel de desarrollo. Ninguna de las disposiciones mencionadas se refiere a la edad del delincuente juvenil en el momento en que es encarcelado.

136.Ni la Ley de instituciones penitenciarias ni la Ley de detención (Nº 768/2005) contienen disposiciones específicas sobre la colocación y la segregación de los menores, es decir quienes tienen menos de 21 años de edad. Sin embargo, la edad se menciona como uno de los factores a considerar en las decisiones sobre encarcelamiento.

137.No se puede considerar que en todos los casos lo más conveniente para los jóvenes o los niños sea separar estrictamente a todos los jóvenes presos de los adultos. Además, en la práctica, el gran tamaño de los departamentos carcelarios y otras razones estructurales de las cárceles impiden cumplir con las disposiciones del Pacto en algunas circunstancias.

138.Después de que el Pacto entró en vigor en el país, Finlandia ha ratificado la Convención sobre los Derechos del Niño, según la cual, todo niño privado de libertad estará separado de los adultos, a menos que ello se considere contrario al interés superior del niño. La Convención sobre los Derechos del Niño solo se aplica a los menores de 18 años presos o en prisión preventiva. Tanto la Ley de instituciones penitenciarias como la Ley de detención contienen una obligación relativa a la separación que se ajusta a la Convención.

139.Finlandia no tiene intenciones de formular con más precisión las reservas presentadas en relación con el artículo 10, párrafos 2 b) y 3, del Pacto ni de enmendarlas.

Reforma general de la aplicación de la pena de prisión

140.En octubre de 2006, Finlandia realizó una reforma general de la aplicación de la pena de prisión y de la prisión preventiva. Esta reforma se examina en el quinto informe periódico de Finlandia (CCPR/C/FIN/2003/5). El propósito de la reforma, que modificaba los objetivos y la forma de aplicación de la pena de prisión, y la organización de la administración penitenciaria, era reducir el riesgo de reincidencia por distintos medios.

141.Los textos más importantes de la nueva legislación son la Ley de instituciones penitenciarias (Nº 767/2005), la Ley de detención (Nº 768/2005) y el capítulo 2 c del Código Penal (Nº 39/1889), relativo al encarcelamiento y la libertad condicional.

142.A fin de reducir el riesgo de reincidencia, se entrega a todos los presos un plan individual de cumplimiento de la sentencia que abarca el período de reclusión y la libertad condicional. El plan es el instrumento más importante para asegurar que la sentencia tenga mayor eficacia y que su cumplimiento permita alcanzar ciertos objetivos. Se motiva a los presos a cumplir con los planes ofreciéndoles incentivos como permisos de salida anticipados, ubicación en cárceles abiertas y libertad condicional supervisada.

143.La reforma estimuló a los reclusos, aumentó su participación en actividades productivas e introdujo mejores incentivos en su sistema de remuneración. Se redujeron las diferencias entre las cárceles cerradas y abiertas. En las cárceles abiertas los reclusos perciben los salarios corrientes por el trabajo especializado. La remuneración está sujeta a impuestos y los reclusos también pagan sus gastos de mantenimiento.

144.Los que están presos por primera vez pueden salir en libertad condicional después de cumplir la mitad de la condena y los reincidentes, después de cumplir las dos terceras partes. Los jóvenes que están presos por primera vez y han sido condenados por un delito cometido entre los 15 y 20 años quedan en libertad condicional después de cumplir la tercera parte de la sentencia. Los reincidentes condenados por delitos cometidos entre los 15 y los 20 años quedan en libertad condicional después de cumplir la mitad de la condena.

145.Según las nuevas disposiciones un condenado a cadena perpetua puede ser puesto en libertad condicional después de cumplir 12 años de reclusión. Si el condenado a cadena perpetua cometió el delito de que se trate cuando tenía menos de 21 años, necesita haber cumplido como mínimo diez años de condena antes de ser puesto en libertad. El Tribunal de Apelación de Helsinki decide sobre la cuestión de la liberación. Un condenado a cadena perpetua a quien se deniegue la libertad condicional puede recurrir ante el Tribunal de Apelación una vez transcurrido un año desde la denegación. Desde que entró en vigor la reforma, el Tribunal de Apelación ha dejado en libertad condicional a diez condenados a cadena perpetua. La duración media de la reclusión de los condenados a cadena perpetua puestos en libertad en 2008 fue de alrededor de 12,5 años. Esta cifra no incluye la detención en espera de juicio antes de la condena a cadena perpetua. En 2009, había un promedio de 152 reclusos condenados a cadena perpetua.

146.Las licencias de salida que se conceden a los condenados a cadena perpetua tienen por objeto estimular su contacto con el mundo exterior y darles mayores posibilidades de reintegrarse a la sociedad al ser puestos en libertad. La Ley de instituciones penitenciarias dispone que un condenado a cadena perpetua tiene derecho a una salida supervisada de la cárcel por lo menos una vez por año después de haber estado recluido durante ocho años.

147.La reforma introdujo también la libertad condicional bajo supervisión, que tiene por objeto contribuir a la reintegración controlada de los presos en la sociedad. Para quedar en libertad condicional bajo supervisión al recluso deben faltarle como máximo seis meses para la libertad condicional ordinaria. En el período de libertad condicional bajo supervisión, esta puede consistir en el uso de dispositivos de tecnología GSM (sistema global de comunicaciones móviles). Para fines de junio de 2009, había más de 500 personas en libertad condicional bajo supervisión. Solo en alrededor del 10% de los casos ha sido necesario cancelar la libertad condicional por incumplimiento de las condiciones establecidas, sobre todo abuso de sustancias intoxicantes.

148.A principios de 2010 tuvo lugar una reforma orgánica de la administración de sanciones penales. En la reorganización, el Servicio de Libertad Condicional, el Servicio de Prisiones y la organización de la cual dependían, el Organismo de Sanciones Penales, se fusionaron en una entidad única, el nuevo Organismo de Sanciones Penales.

149.Las celdas sin servicios higiénicos han constituido un problema para el Servicio de Prisiones. Este tema se trató en los informes quinto y sexto combinados de Finlandia sobre la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (CAT/C/FIN/5-6, respuesta de Finlandia a la pregunta Nº 15 del Comité contra la Tortura).

Número de reclusos

150.Uno de los objetivos principales de la política penal de Finlandia es mantener bajo control el número de reclusos. Durante los primeros años de la década del 2000 el número de reclusos iba en aumento pero comenzó a disminuir en 2006. Esta tendencia a disminuir obedece principalmente a la reforma de la Ley de instituciones penitenciarias y a los cambios en el sistema para convertir las multas impagas en reclusión.

151.En 2010 el número promedio de reclusos en Finlandia era de 3.291. La mayor parte de ellos estaba cumpliendo una condena. En marzo de 2011, las mujeres representaban el 7% de los reclusos y los extranjeros algo más del 10%. El número de menores en reclusión era bajo; cinco de ellos tenían menos de 18 años y algo más del 70% tenía de 18 a 20.

152.El número de personas recluidas por no haber pagado multas se redujo al restringir la posibilidad de convertir las multas impagas en penas de prisión. Se aumentó la tasa de conversión, se redujo la duración máxima de una sentencia de reclusión por no haber pagado multas y algunas multas que resultarían en penas de un día ya no se pueden convertir. A principios de 2006, había 180 reclusos que estaban en la cárcel por no haber pagado multas; este número era de 108 en el año 2009.

Sentencia de libertad vigilada

153.El Parlamento aprobó una ley sobre un nuevo tipo de sanción, la sentencia de libertad vigilada. La ley entrará en vigor en noviembre de 2011. La sentencia de libertad vigilada puede imponerse en lugar de sentencia de prisión cuando la sentencia de servicio comunitario está contraindicada porque la persona ya ha sido condenada anteriormente a otras sentencias de ese tipo o por otras razones de peso. Se puede imponer la sentencia de libertad vigilada en lugar de una pena de prisión de un mínimo de 14 días y un máximo de 8 meses.

154.La sentencia de libertad vigilada está pensada principalmente para delitos como conducir en estado de ebriedad o robo. Una persona en libertad vigilada tiene la obligación de permanecer en su casa o en algún otro tipo de alojamiento cuando no esté realizando una actividad indicada en el plan de cumplimiento de la sentencia. Esas actividades son obligatorias y pueden insumir de 10 a 40 horas por semana. El número anual estimado de personas sentenciadas a libertad vigilada es de 600 a 700 y el promedio diario estimado de personas en libertad vigilada es de 110.

Artículo 11Privación de la libertad por no cumplir una obligación contractual

155.Según el artículo 7, párrafo 3 de la Constitución (Nº 731/1999), nadie puede ser privado de la libertad sin una razón prescrita por ley.

Artículo 12Libertad de circulación y libertad de elegir el lugar de residencia

156.La nueva Ley de extranjería (Nº 301/2004), que entró en vigor en mayo de 2004, abolió la restricción del derecho de los extranjeros a circular libremente en el país y elegir su lugar de residencia.

Reformas a la Ley sobre la municipalidad de residencia y a la Ley de bienestar social

157.La Constitución de Finlandia garantiza el derecho a circular libremente en el país y a elegir el lugar de residencia, pero en la práctica la necesidad de acceder a los servicios de bienestar social y atención de la salud que presta el sector público ha restringido la libre circulación de las personas de edad y las personas con discapacidad.

158.Las reformas de la Ley sobre la municipalidad de residencia (Nº 201/1994) y de la Ley de bienestar social (Nº 710/1982), que entraron en vigor el 1º de enero de 2011, aumentaron la libertad de elección con respecto a internación en una institución, servicios de alojamiento y cuidados en la familia. La Ley sobre la municipalidad de residencia se complementó con una disposición por la cual una persona que recibe cuidados a largo plazo, es decir de más de un año, fuera de su municipalidad de residencia puede elegir la municipalidad de residencia. La precondición es que las autoridades hayan decidido internar a esa persona en una institución. Se enmendó la Ley de bienestar social de manera que el interesado pueda también pedir a una municipalidad distinta de su municipalidad de residencia que evalúe sus necesidades de servicios y disponga su prestación. Así, pues, el interesado puede trasladarse de su municipalidad de residencia a otra municipalidad y utilizar los servicios de esta última. Las personas institucionalizadas pueden, por ejemplo, trasladarse para vivir cerca de sus familiares u otros allegados.

Artículo 13Derecho de los extranjeros a permanecer en el país y legalidad de las expulsiones

159.La nueva Ley de extranjería (Nº 301/2004), que se ajusta a la normativa de la Unión Europea, contiene disposiciones sobre la libertad de circulación y el derecho de residencia de ciudadanos de la Unión Europea y personas en situación comparable. La ley incluye también disposiciones expresas sobre la entrada y residencia en el país de los ciudadanos de países nórdicos. La Ley de la Guardia de Fronteras (Nº 578/2005) y sus disposiciones reglamentarias rigen el cruce de las fronteras nacionales.

160.Las disposiciones sobre procedimientos de asilo que entraron en vigor en 2000, cuando todavía estaba vigente la Ley de extranjería anterior, permanecieron prácticamente sin cambios en la reforma general de 2004. Sin embargo, desde entonces la Ley de extranjería fue enmendada varias veces, especialmente para ajustarla a las directivas de la Unión Europea.

161.En primer lugar, en junio de 2009 la Ley de extranjería se complementó con requisitos mínimos para definir a los nacionales de terceros países y los apátridas como refugiados o personas que necesitan otro tipo de protección internacional. Al mismo tiempo, se incluyeron disposiciones sobre el contenido de esa protección. Hay dos disposiciones sobre la emisión de un permiso de residencia por necesidad de otro tipo de protección internacional que se refieren a la protección subsidiaria, de conformidad con la directiva, y a la protección humanitaria.

162.En segundo lugar, las disposiciones de la Ley de extranjería sobre los procedimientos para otorgar y retirar la condición de refugiado se enmendaron en julio de 2009. Actualmente, la ley contiene disposiciones sobre la información que debe proporcionarse a quienes solicitan protección internacional, la cancelación y vencimiento de solicitudes de protección internacional, la entrevista de asilo, la adquisición de información sobre casos individuales relativos a protección internacional y el vencimiento de los recursos relativos a protección internacional presentados ante los tribunales administrativos.

163.La Ley de extranjería se ajustó y aclaró nuevamente en agosto de 2010 introduciendo la oportunidad de determinar médicamente la edad de un patrocinador o de un extranjero que solicita permiso de residencia y restringiendo la reunificación familiar respecto de hijos adoptivos. Para expedir un permiso de residencia a un menor sobre la base de relaciones de familia, este debe serlo en la fecha en que se toma una decisión sobre el permiso de residencia. Además, la reunificación familiar en el caso de un extranjero que ha obtenido protección internacional o temporaria requiere que tenga medios de subsistencia seguros si la familia se constituyó después de su entrada en Finlandia. También se ha restringido el derecho de los solicitantes de asilo a tener empleos remunerados. Un solicitante de asilo en posesión de un documento que lo autoriza a cruzar la frontera tiene derecho a desempeñar un trabajo remunerado después de tres meses de estancia en Finlandia. En otros casos, el solicitante debe haber permanecido seis meses en el país.

Artículo 14Igualdad ante cortes y tribunales

Personal judicial

164.A fines de 2010, las mujeres representaban poco más que el 65% de los empleados en los tribunales generales y administrativos.

Reformas del procedimiento penal

165.La Ley de procedimiento penal (Nº 689/1997) fue considerablemente enmendada en 2006. Se agregó un nuevo capítulo 5 a, relativo a los casos en que se falla una causa sin que se celebre una vista. En este nuevo procedimiento, el proceso penal sumario, el juez dicta el fallo sobre la base de material escrito. Para que pueda aplicarse el procedimiento, el acusado debe haberse declarado culpable del delito que se le imputa y el acusado y la posible víctima deben haber consentido ambos en que se aplique el procedimiento. El consentimiento puede retirarse. Otra condición es que el acusado tuviera ya 18 años cuando cometió el delito.

166.Como el procedimiento penal sumario puede aplicarse a todos los delitos respecto de los cuales la sanción máxima prescrita por la ley sea de dos años de prisión, este procedimiento es posible para prácticamente todos los delitos menores y ordinarios. Sin embargo, la pena máxima prevista es de solo nueve meses de cárcel. Además, el acusado tiene la oportunidad de formular una declaración oral al respecto si se lo sentencia a una pena de más de seis meses de cárcel.

167.Han aumentado las posibilidades de usar recursos técnicos, como equipo de videoconferencia y teléfono. Por ejemplo, la celebración de la vista de una cuestión de detención por videoconferencia aumenta la seguridad y reduce la necesidad de transporte entre la cárcel y el tribunal.

168.En 2003 se incorporaron a la Ley de procedimiento penal disposiciones sobre el idioma a utilizar en los procesos penales. El tribunal puede llevar a cabo el proceso en finlandés o en sueco y debe dictar su fallo en finlandés o en sueco. En el territorio sami el idioma del procedimiento judicial también puede ser el sami, como se dispone más detalladamente en la Ley sobre el empleo del idioma sami ante las autoridades (Nº 516/1991). La Ley sobre el idioma sami y el territorio sami se examina en mayor detalle en relación con el artículo 27.

169.En las causas penales en que actúa un fiscal, el acusado y el demandante que no dominen el finlandés, el sueco o el sami tienen derecho a interpretación gratuita. El tribunal ofrece de oficio servicios de interpretación en las vistas o invita a un intérprete a hacerlo. La sentencia debe traducirse al idioma de que se trate.

170.En 2006 se amplió el derecho de las víctimas de delitos violentos a disponer de un abogado o una persona que les preste apoyo pagados por el Estado. Anteriormente, solo podían facilitarse abogados y personas que prestaran apoyo a las víctimas de delitos sexuales, violencia doméstica o trata de personas. Ahora también las víctimas de tentativa de homicidio, lesiones y atentados contra la libertad personal pueden recibir ese tipo de apoyo. Además, contar con un abogado o una persona que preste apoyo ya no son excluyentes y la víctima de un delito violento puede disponer de ambos, de ser necesario.

Pena especial para menores

171.A principios de 2005 Finlandia incluyó disposiciones sobre una pena especial para menores en el Código Penal (Nº 39/1889). Esta pena puede imponerse a un joven que haya cometido un delito cuando tenía de 15 a 17 años si una multa se considera demasiado leve y la reclusión incondicional demasiado severa para el caso. Además, el tribunal debe considerar que la pena especial para menores se justifica para promover la adaptación social del menor. La pena consiste en reuniones de supervisión, tareas y programas para promover la adaptación a la sociedad, así como apoyo y orientación. La duración de la pena especial para menores puede variar de cuatro meses a un año. Esta pena se ha usado con muy poca frecuencia. En total en 2008 se impusieron 16 penas de esta índole.

Derecho del acusado a no incriminarse

172.El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha sostenido que Finlandia violó el derecho de un acusado a no incriminarse. En octubre de 2009, tras el fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, el Tribunal Supremo de Finlandia (KKO:2009:80) anuló su fallo anterior que, a juicio del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, violaba el derecho del acusado a no incriminarse.

173.En la decisión por la que anuló el fallo, el Tribunal Supremo consideró que, si la información sobre los bienes de un deudor se relaciona a la vez con una causa penal pendiente y con un juicio ejecutivo o un juicio por quiebra en que se requiere esta información del deudor so pena de castigo, el deudor tiene derecho a negarse a declarar los bienes. La importancia de la información desde el punto de vista de la posible culpabilidad del deudor es irrelevante.

Indemnización por demora en el procedimiento judicial

174.El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha fallado varias veces contra Finlandia por violar el Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales por la duración excesiva de ciertos procedimientos judiciales. La Ley de indemnización por la duración excesiva de procedimientos judiciales (Nº 362/2009), que entró en vigor a principios de 2010, dispone que una parte puede obtener indemnización pecuniaria del Estado por un procedimiento injustificadamente prolongado. En su jurisprudencia el Tribunal ha determinado que la indemnización es un recurso efectivo en el sentido de la Convención.

175.La Ley de indemnización por la duración excesiva del procedimiento judicial se aplica a los tribunales generales. El valor de la indemnización es de 1.500 euros por cada año en que el procedimiento se haya prolongado por una razón atribuible al Estado. El monto total de la indemnización se aumenta hasta un máximo de 2.000 euros si la cuestión principal es de particular importancia para la parte de que se trate. El valor máximo de la indemnización, de 10.000 euros, puede ser excedido por razones particulares. La indemnización debe solicitarse al tribunal que examina la cuestión principal antes de la finalización del proceso.

176.El Ministerio de Justicia está redactando una enmienda legislativa para ampliar el ámbito de aplicación de la indemnización a los juicios de los tribunales administrativos, tribunales especiales y juntas de apelaciones administrativas. Además, el Tribunal Supremo ha dictado jurisprudencia sobre la interpretación de la Ley de indemnización por duración excesiva del proceso (KKO:2011:38) en que declara que la indemnización también puede pagarse si la consideración de la cuestión finalizó antes de que tuviera lugar el procedimiento judicial, por ejemplo durante la investigación prejudicial.

177.Cuando se aprobó la Ley sobre indemnización por la duración excesiva del procedimiento judicial, se complementó el Código de Procedimiento Judicial (Nº 4/1734) con disposiciones sobre la consideración urgente de las causas. Según el nuevo capítulo 19 del Código, una parte en proceso ante un tribunal de distrito puede pedir al tribunal que la causa se considere con urgencia. Normalmente, la decisión sobre la solicitud de consideración urgente la toma un juez distinto del que considera la cuestión principal.

Artículo 15Principio de jurisdicción no retroactiva

178.Finlandia trató la cuestión en sus informes periódicos cuarto y quinto (CCPR/C/FIN/2003/5 y CCPR/C/95/Add.6).

Artículo 16Derecho a ser reconocido como persona ante la ley

179.La nueva Ley de información sobre población (Nº 661/2009) entró en vigor en marzo de 2010. El Sistema de Información sobre Población de Finlandia es un registro nacional computadorizado que contiene información básica sobre los ciudadanos finlandeses y extranjeros que residen en forma permanente en Finlandia. Además, se pueden registrar en el Sistema de Información sobre Población datos sobre los extranjeros que residen temporariamente en Finlandia, es decir por menos de un año. Mantienen este sistema el Centro del Registro de Población y las oficinas locales del registro.

180.Según la Ley de información sobre población, a todos los recién nacidos que obtienen la nacionalidad finlandesa en razón de su nacimiento se les adjudica automáticamente un código personal de identidad del Sistema de Información sobre Población cuando sus datos se registran por primera vez. También se adjudica automáticamente un código personal de identidad a un niño nacido en Finlandia que solo tiene ciudadanía extranjera al nacer pero cuya madre tiene una municipalidad de residencia en Finlandia en el momento del nacimiento. Los hospitales registran automáticamente todos los nacimientos en el Sistema de Información sobre Población.

Artículo 17Protección de la privacidad, la familia, el domicilio y la correspondencia y prohibición de ataques a la honra y la reputación

Medidas coercitivas que interfieren en la protección de la privacidad

181.Se han observado problemas en los allanamientos en Finlandia. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos falló varias veces contra Finlandia por violar el derecho al respeto del domicilio en el sentido del Convenio Europeo de Derechos Humanos porque no es posible remitir a posteriori una decisión sobre allanamiento de domicilio a una autoridad independiente para su evaluación y porque esas decisiones no son objeto de supervisión previa. También el Defensor del Pueblo Parlamentario recibe ocasionalmente reclamaciones relativas a allanamientos según las cuales, por ejemplo, la policía no dio a la persona que vivía en el lugar allanado la posibilidad de estar presente durante el procedimiento o este se llevó a cabo sin la presencia de testigos.

182.En la nueva Ley sobre medidas coercitivas aprobada por el Parlamento en marzo de 2011, el allanamiento se divide en allanamiento general (el domicilio propiamente dicho) y allanamiento especial (locales en que podría encontrarse determinada información cubierta por una obligación o un derecho de secreto, por ejemplo estudios jurídicos, consultorios médicos y oficinas editoriales). Las decisiones sobre el allanamiento general las toma un funcionario autorizado a proceder a un arresto, es decir un fiscal o un alto oficial de policía. Las decisiones sobre allanamiento especial, normalmente las toma un tribunal, que también designa un agente que participará en el allanamiento. La nueva Ley de medidas coercitivas entrará en vigor en 2014.

183.Con respecto a los dos tipos de allanamiento, podrá remitirse a posteriori a un tribunal para su evaluación la cuestión de la existencia de las precondiciones necesarias y de la legalidad del procedimiento. Esto ya se puede hacer en los allanamientos realizados con arreglo a la Ley de medidas coercitivas (Nº 450/1987) actualmente en vigor.

184.La reforma no cambia significativamente las precondiciones para utilizar la interceptación, la televigilancia, la escucha técnica o la observación visual técnica. Sin embargo, la nueva Ley sobre medidas coercitivas contiene disposiciones relativas a nuevas medidas coercitivas secretas, que pueden emplearse en la investigación de presuntos delitos que no sean de menor cuantía. Esas medidas no pueden usarse, al menos no en exceso, en locales protegidos por el derecho al respeto del domicilio. En la observación sistemática el sospechoso es vigilado durante un período prolongado. La vigilancia no debe dirigirse al lugar usado como residencia permanente y los dispositivos técnicos no deben utilizarse para vigilar los locales protegidos por la inviolabilidad del domicilio. En las operaciones encubiertas de adquisición de información un policía utiliza información falsa o engañosa a fin de obtener información de alguien. No está permitido emplear técnicas de adquisición encubierta de información en los domicilios privados, ni siquiera con la cooperación del dueño del domicilio. En esta actividad, la información se adquiere en el curso de un período breve.

185.En septiembre de 2005 entró en vigor una reforma general de la legislación sobre la guardia de fronteras. La legislación básica sobre la guardia de fronteras se dividía en la Ley de la guardia de fronteras (Nº 578/2005), la Ley de la administración de la guardia de fronteras (Nº 577/2005) y la Ley sobre el procesamiento de datos personales por la guardia de fronteras (Nº 579/2005). La reforma, cuyo fin es aumentar la cooperación entre las autoridades de seguridad, es decir la policía, aduanas y la guardia de fronteras, dio a la guardia de fronteras mayor participación en la investigación penal relacionada con sus funciones principales. Las disposiciones sobre el procesamiento de datos personales se armonizaron con la Ley sobre el procesamiento de datos personales por la policía (Nº 761/2003).

186.Con la reforma se dieron a los guardias fronterizos las mismas atribuciones para prevenir e investigar delitos y remitir los casos a las autoridades competentes que las que tiene la policía respecto de otros delitos con arreglo a la Ley de policía (Nº 493/1995), la Ley de instrucción penal (Nº 449/1987) y la Ley de medidas coercitivas (Nº 450/1987) u otras disposiciones legislativas. Sin embargo, los guardias fronterizos no tienen derecho a realizar actividades encubiertas, seudocompras o actividades de interceptación o de televigilancia.

Artículo 18Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión

Iglesia Evangélica Luterana e Iglesia Ortodoxa

187.Las disposiciones sobre la condición jurídica de la Iglesia Evangélica Luterana y la Iglesia Ortodoxa y su administración figuran en dos leyes distintas: la Ley de iglesias (Nº 1054/1993) en el caso de la primera y la Ley de la Iglesia Ortodoxa (Nº 985/2006) en el caso de la segunda. Cerca del 80% de la población de Finlandia pertenece a la Iglesia Evangélica Luterana y un 1% a la Iglesia Ortodoxa. Poco más del 1% de la población pertenece a otras comunidades religiosas.

188.En Finlandia la Iglesia Evangélica Luterana y la Iglesia Ortodoxa tienen derecho a imponer tributos a sus miembros. Además de los impuestos eclesiásticos, las parroquias reciben parte de los impuestos sobre los ingresos de las empresas.

189.La Iglesia Evangélica Luterana ha aprobado la ordenación de ministros mujeres, pero no así la Iglesia Ortodoxa. De alrededor de 2.300 ministros empleados en las parroquias luteranas evangélicas algo más del 40% son mujeres. La primera mujer obispo de Finlandia fue consagrada en septiembre de 2010.

190.A finales de 2010 el Tribunal Supremo dictó jurisprudencia (KKO:2010:74) sobre la discriminación por motivos de sexo en un servicio religioso en una parroquia evangélica luterana. Se trataba del caso de un ministro de sexo masculino que debía pronunciar un sermón durante un servicio y del presidente de una asociación contraria a la ordenación de mujeres que no permitieron que una ministro mujer asignada a la parroquia desempeñara las funciones que se le habían encomendado durante el servicio. Tanto el ministro como el presidente fueron declarados culpables de discriminación de género tipificada en el Código Penal (Nº 39/1889). Su conducta no podía justificarse en la libertad de culto y sus convicciones contra el ejercicio del ministerio por mujeres. En este caso el Tribunal Supremo contrapuso el derecho a la libertad de culto y la prohibición de la discriminación por motivos de género y se refirió en su argumento al artículo 26 del Pacto y a la prohibición de la discriminación establecida en la Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Comunidades religiosas registradas

191.Una comunidad religiosa registrada es una forma particular de comunidad que establece un marco para dedicarse a la religión. La Ley de libertad de culto (Nº 453/2003) estipula las condiciones en que se puede establecer una comunidad religiosa registrada. En Finlandia existen unas 50 comunidades de ese tipo.

192.La nueva Ley de libertad de culto entró en vigor en agosto de 2003. Esta ley dio mayor autonomía a las comunidades religiosas registradas e incorporó disposiciones enmendadas sobre la forma de retirarse de esas comunidades. Ahora es posible retirarse de una comunidad religiosa registrada por escrito y sin un período de reflexión.

Enseñanza de religión en las escuelas polivalentes y en las escuelas secundarias superiores de enseñanza general

193.Al mismo tiempo que la Ley de libertad de culto, también se enmendaron las disposiciones sobre la enseñanza de religión y ética de la Ley de educación básica (Nº 628/1998) y la Ley de escuelas secundarias superiores de enseñanza general (Nº 629/1998). En la enseñanza básica y en la enseñanza secundaria superior de carácter general, los alumnos tienen derecho a recibir instrucción sobre su propia religión si la escuela tiene como mínimo tres alumnos que pertenezcan a la misma comunidad religiosa. En lo que respecta a educación básica, la persona que ejerza la tutela del alumno debe solicitar este tipo de enseñanza y, en la enseñanza secundaria superior de carácter general, es el propio alumno quien debe solicitarla.

194.Los alumnos que no pertenecen a ninguna comunidad religiosa estudian ética. En cambio, si el alumno fue criado según cierta religión y tiene esa procedencia cultural, también puede asistir a clases de su religión en la escuela, si esta las ofrece y si quienes ejercen la tutela del alumno lo solicitan.

195.En 2004 el Tribunal Administrativo Supremo se pronunció sobre la enseñanza de religión a alumnos que no pertenecen a ninguna comunidad religiosa. En este caso los padres de los alumnos no estaban de acuerdo entre sí acerca de la enseñanza (KHO:2004:99). La madre había pedido que los niños pasaran a la clase de ética, mientras que el padre se oponía a que cambiaran. El Tribunal Administrativo Supremo sostuvo que la decisión de la junta escolar municipal, que había rechazado la petición de la madre, era ilegal.

Artículo 19Derecho a manifestar opiniones sin interferencia

196.El Tribunal Europeo de Derechos Humanos falló varias veces contra Finlandia por violar el derecho a la libertad de expresión garantizado por el Convenio Europeo de Derechos Humanos. Por ejemplo en 2010 el Tribunal falló contra Finlandia en nueve casos. En la mayoría de ellos el Tribunal evaluó la forma en que los tribunales internos habían sopesado intereses contrapuestos: la libertad de expresión de los medios de comunicación y la protección de la intimidad de las personas retratadas en esos medios.

197.En 2010 el Ministerio de Justicia encargó un estudio que analizó los motivos de los fallos contra Finlandia por haber violado la libertad de expresión y comparó la legislación finlandesa y su jurisprudencia con las de Suecia, Noruega y los Países Bajos. El estudio indicó que, si bien no se diferencia en lo esencial de la legislación de otros países, la legislación finlandesa sobre el derecho a la libertad de expresión y el derecho al respeto de la vida privada se interpreta en forma diferente. Los tribunales internos suelen consultar los trabajos preparatorios para fundamentar su interpretación de la legislación. Sin embargo, los trabajos preparatorios a que se hace referencia en la justificación de los fallos pueden estar parcialmente desactualizados y no tener en cuenta la evolución registrada en la protección de los derechos humanos. En la interpretación de la legislación nacional, además de los trabajos preparatorios, también se debe tener en cuenta la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Para cumplir este requisito es necesario capacitar al personal judicial.

198.En su fallo (KHO:2011:22) de marzo de 2011, que sentó jurisprudencia, el Tribunal Administrativo Supremo examinó la relación entre el derecho a la libertad de expresión y la prohibición de la discriminación étnica. El caso se refería a si la Compañía Finlandesa de Radiodifusión (Yleisradio Oy) había violado la prohibición contra la discriminación y el hostigamiento enunciada en la Ley de no discriminación (Nº 21/2004) cuando emitió una serie de programas de entretenimiento relativos a la población romaní. Uno de ellos consistía en episodios sobre los prejuicios de la mayoría de la población contra los romaníes, a los que caricaturizaba. Algunos autores del programa eran romaníes. El Tribunal Administrativo Supremo sostuvo que la Compañía Finlandesa de Radiodifusión no había tenido la intención de ofender a los romaníes y que el programa no creaba el clima intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo que prohíbe la Ley de no discriminación. Tampoco el programa causó de hecho las perturbaciones graves que menciona la ley. El Tribunal sopesó la protección de la libertad de expresión y la prohibición de la discriminación y evaluó el caso a la luz de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos relativa a la libertad de expresión.

Artículo 20Prohibición de la propaganda en favor de la guerra y de la incitación a la hostilidad

199.Finlandia ha formulado una reserva con respecto al párrafo 1 del artículo 20 del Pacto porque es incompatible con el principio de libertad de expresión definido en el artículo 19. En su quinto informe periódico, Finlandia se refirió a la posibilidad de levantar la reserva.

La incitación al odio y los delitos motivados por prejuicios

200.En el Código Penal de Finlandia (Nº 39/1889) no se definen los conceptos de delito racista ni de delito motivado por prejuicios y, por lo tanto, no existen los elementos esenciales de esos delitos. Las disposiciones más importantes del Código Penal que se aplican al delito motivado por prejuicios son las que se refieren a la incitación contra un subgrupo de la población, en su forma simple y agravada, y una disposición relativa a la sentencia, según la cual constituye circunstancia agravante un motivo comparable al de aquel que anima el delito motivado por prejuicios. Las enmiendas legislativas correspondientes entraron en vigor el 1º de junio de 2011. Antes de ellas, el Código Penal mencionaba expresamente solo los motivos racistas y no contenía disposiciones acerca de las circunstancias agravantes de la incitación contra otros subgrupos de la población.

201.Según los elementos esenciales del delito de incitación, quien ponga o mantenga a disposición del público o difunda por otro medio de información pública una opinión o un mensaje en que se amenace, injurie o insulte a un cierto grupo por motivos de raza, color, nacimiento, origen nacional o étnico, religión o credo, preferencia sexual o discapacidad, u otro motivo comparable, será condenado a una pena de multa o de presidio de hasta dos años.

202.A los efectos de la condena, constituye circunstancia agravante que el delito se haya cometido por un motivo relacionado con la raza, el color, el nacimiento, el origen nacional o étnico, la religión o el credo, la preferencia sexual o la discapacidad de la víctima, u otro motivo comparable.

203.La academia de policía prepara cada año un informe sobre los delitos motivados por prejuicios de que tiene conocimiento. Habida cuenta de que el Código Penal no describe expresamente los elementos esenciales de ese delito, la academia no recibe la información necesaria directamente del sistema de datos de la policía sobre la base de la designación del delito, sino que reúne estadísticas utilizando distintos términos de búsqueda y un código asignado a los delitos racistas. A los efectos del informe, se entiende por delito motivado por prejuicio el cometido contra una persona, un grupo, la propiedad de alguien, una institución o un representante de cualquiera de ellos por motivos de prejuicio u hostilidad respecto del origen nacional o étnico, la religión o el credo, la orientación sexual, la identidad como transexual o la apariencia de transexualidad o la discapacidad de la víctima, sean estos motivos reales o figurados.

204.A partir de 2008 el seguimiento de los delitos motivados por prejuicios se ha ampliado y comprende ahora otros motivos además de los racistas. En 2009 se sospechaba que 1.007 delitos denunciados constituían delitos motivados por prejuicios. Esta cifra era un 17% más alta que en el año anterior. De todos los delitos motivados por prejuicios, el 85% estaba calificado de delito racista, el 8% tenía como motivo la religión de la víctima, el 3% la orientación sexual de la víctima y el 3% su discapacidad. Tres delitos motivados por prejuicios (0,30%) tenían como motivo la identidad de transexual de la víctima o su apariencia de tal.

Artículo 21Derecho de reunión pacífica

205.Finlandia se refirió en su quinto informe periódico (CCPR/C/FIN/2003/5) a la legislación nacional sobre el derecho de reunión pacífica.

206.Una organización no gubernamental de lesbianas, gays, bisexuales y transexuales con sede en Helsinki (Helsingin seudun Seksuaalinen tasavertaisuus ry, HeSeta) organiza cada año en esa ciudad el Desfile del Orgullo, al que asisten miembros de minorías sexuales y de género, sus familiares y otras personas cercanas. En 2010 el desfile fue objeto de un atentado con gases lacrimógenos, gas pimienta y bombas de humo. Tres de los agresores fueron procesados y el Tribunal de Distrito de Helsinki dictó su fallo en mayo de 2011. El Tribunal declaró a los acusados culpables de 88 actos de agresión, 71 actos de infracción de las libertades políticas y posesión de un objeto o sustancia que puede causar lesiones. HeSeta, en su calidad de organizadora del evento, era la parte agraviada con respecto a los cargos de infracción de las libertades políticas. Habida cuenta de que el delito estaba dirigido contra minorías sexuales y de género, el Tribunal de Distrito, al decidir la pena, aplicó la disposición del Código Penal relativa a las circunstancias agravantes. El fallo no es definitivo aún.

Artículo 22Libertad de asociación

207.Finlandia se refirió en su quinto informe periódico (CCPR/C/FIN/2003/5) a su legislación en materia de libertad de asociación.

208.La Dirección Nacional de Patentes y Registros lleva un registro de las asociaciones. El Defensor del Pueblo Parlamentario recibe ocasionalmente quejas relativas al procedimiento de registro de asociaciones, pero no las ha habido en 2009 ni 2010.

Artículo 23Protección de la familia e igualdad de los cónyuges

Ley sobre la disolución del hogar común de las parejas de hecho

209.Cada año se reúnen estadísticas sobre los distintos tipos de familia sobre la base de los datos relativos a las personas que viven en un hogar. Las parejas de hecho se incluyen en las estadísticas sobre la base de las conclusiones que se extraigan de sus circunstancias. Una de cada cinco familias en Finlandia es una familia de hecho y dos de cada cinco tienen un hijo o más.

210.La Ley de disolución del hogar común de las parejas de hecho (Nº 26/2011) entró en vigor el 1º de abril de 2011 y obedece al propósito de aclarar y proteger la situación de esas parejas en relación con el derecho de propiedad cuando disuelven su unión de hecho. La ley es aplicable a las parejas de hecho que han vivido en un hogar común durante cinco años por lo menos o que tienen un hijo en común o la custodia de un hijo en común. Se estima que los tribunales de distrito reciben cada año entre 100 y 150 solicitudes de designación de albacea y algunas decenas de solicitudes de resarcimiento en virtud de la nueva ley.

Licencia familiar

211.El concepto de licencia familiar en Finlandia comprende las licencias de maternidad y de paternidad o las compartidas por ambos, así como la licencia para el cuidado del hijo.

212.La Ley de los contratos de trabajo (Nº 55/2001) contiene disposiciones relativas al derecho del empleado a distintas licencias familiares. La Ley de seguro de enfermedad (Nº 1224/2004) reconoce a ambos padres una licencia, cuyo importe depende de los ingresos y que comprende cuatro meses de prestación de maternidad, alrededor de un mes y medio de prestación de paternidad y poco más de seis meses de licencia para ambos padres, que estos pueden dividirse entre sí. Los padres utilizan efectivamente menos del 7% de los días por los cuales se paga la licencia a ambos.

213.Además de las licencias para ambos padres, estos tienen derecho a licencia para cuidar del hijo hasta que cumpla 3 años. El importe de la licencia no depende del sueldo, pero el padre que se queda en el hogar recibe una prestación fija por cuidar del hijo. Las disposiciones relativas a esta licencia se enuncian en la Ley de prestaciones para cuidar al hijo en el hogar y para cuidado privado (Nº 1128/1996).

214.En los años 2000 se ha desarrollado la legislación relativa a la licencia familiar y el apoyo financiero para la paternidad de manera de ofrecer a la familia oportunidades más flexibles de conciliar la vida laboral con la familiar. La intención consiste en alentar en particular a los padres a que participen más en el cuidado de sus hijos, pero hasta ahora no se ha promulgado una ley que ofrezca concretamente a los padres licencias de mayor duración. Se han hecho también intentos de dividir el costo de las licencias familiares en forma más igualitaria entre los distintos empleadores y de resarcir más gastos.

215.El grupo de trabajo sobre licencias para los padres que estableció el Ministerio de Asuntos Sociales y de Salud en 2007 no llegó a un consenso acerca de una reforma más completa del sistema de licencias, pero en un informe de marzo de 2011 presentó distintas posibilidades de reforma. Según el grupo de trabajo, era importante ofrecer a los padres la posibilidad de cuidar al hijo en el hogar mediante una prestación de seguridad social hasta que cumpliera por lo menos un año. Además, el grupo creía que había que prolongar el período de licencia, especialmente para los padres.

Familias homoparentales

216.Se entiende por familia homoparental aquella en que hay uno o más hijos y los padres pertenecen a minorías sexuales o de género como, por ejemplo, aquella en que hay una pareja de mujeres o una pareja de hombres.

217.En 2009 la Ley de parejas de hecho (Nº 950/2001) fue complementada con disposiciones relativas a la llamada adopción interna, enmienda que hace posible a quien forma parte de una pareja registrada adoptar al hijo de su pareja. Después de la adopción el niño es considerado hijo en común de la pareja.

218.A partir de 2007 y con arreglo a la Ley de seguro de enfermedad se ha pagado una licencia de paternidad o maternidad a los padres del mismo sexo que se han registrado como pareja. Al instituirse el concepto de adopción interna se extendieron también los beneficios de la prestación para los padres. Actualmente, una de las integrantes de una pareja registrada de dos mujeres que adopte al hijo de la otra tiene derecho a la prestación para el padre adoptivo, la prestación de paternidad y la licencia de un mes para el padre.

Artículo 24Derechos del niño

Programas de política relativos al niño

219.El Gobierno ha aprobado cuatro importantes programas de política relativos al niño: el Programa sobre el bienestar del niño, el joven y la familia; el Programa para el niño y el joven (2007-2011); el Programa de educación e investigación (2007-2012) y el Programa de desarrollo nacional del bienestar social y la atención de la salud (Kaste; 2008-2011). El Gobierno, a los efectos de coordinar las medidas en materia de políticas para los jóvenes, aprueba cada cuatro años un programa de desarrollo que enuncia los objetivos nacionales de esa política y promueve programas en la materia en la administración regional y estatal y en las municipalidades. El Ministerio de Educación y Cultura está encargado de orientar y formular la política para los jóvenes.

220.La Asociación de Administraciones Regionales y Locales de Finlandia ha aprobado también un programa de política para el niño (2000-2015) que orienta sus propias actividades. Los objetivos del programa se basan en los enunciados en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño. La asociación ha recomendado además que las municipalidades preparen programas de política para el niño a nivel municipal o regional. En 2003 y 2005 la asociación envió encuestas a las municipalidades para supervisar y evaluar los avances realizados en la política municipal para el niño. Los resultados en 2005 indicaron que los problemas más importantes con que tropezaban las municipalidades a este respecto se referían a la paternidad. Se consideraba que la toxicomanía y el divorcio de los padres eran los principales riesgos para el bienestar de los niños pequeños. Entre los estudiantes, el problema que suscitaba mayor preocupación era la toxicodependencia. Otros problemas consistían en la falta de servicios suficientes de atención especial de la salud y bienestar social especial y a la exclusión social entre los jóvenes.

221.La nueva Ley de los jóvenes (Nº 72/2006), aplicable a todos los menores de 29 años de edad, entró en vigor en marzo de 2006 y obedece al propósito de apoyar el crecimiento y la independencia de los jóvenes, promover su participación activa como ciudadanos y su poder social y mejorar sus condiciones de desarrollo y de vida. El objetivo del Gobierno consiste en que, para fin de 2010, todas las municipalidades utilicen activamente un sistema para tener en cuenta la opinión de los jóvenes, especialmente quienes tienen entre 5 y 17 años de edad, y para que estos puedan ejercer influencia.

Bienestar del niño

222.A principios de 2008 entró en vigor la nueva Ley de bienestar de la infancia (Nº 417/2007), que estipula diversos procedimientos y obligaciones nuevas para las municipalidades. El propósito de esta ley consiste en tener más en cuenta los derechos e intereses del niño en las medidas de bienestar que se adopten para ellos y garantizar a los niños y sus familias las medidas y los servicios de apoyo necesarios en la etapa más temprana posible y en la forma más sistemática y oportuna que sea posible. En virtud de enmiendas a la ley que entraron en vigor en 2010 se aclararon sus disposiciones relativas a las obligaciones y las prácticas de las autoridades y se reforzó la seguridad jurídica de quienes acudían a servicios de bienestar del niño.

223.El Instituto Nacional de Salud y Bienestar mantiene en la Web el portal Sosiaaliportti para apoyar el intercambio de conocimientos entre los profesionales del sector social. El portal incluye un manual electrónico para el bienestar del niño, que ofrece información sobre buenas prácticas y métodos en relación con la Ley de bienestar de la infancia y asistencia social para el niño.

Situación de los niños cuando los padres se divorcian

224.Las municipalidades están encargadas de impartir orientación al niño y atención sicológica a la familia. La Ley de matrimonio (Nº 234/1929) contiene disposiciones relativas a la mediación familiar. Según la ley, en el procedimiento relativo al divorcio o al término de la vida en común, el tribunal debe estudiar de oficio la forma de organizar la custodia del hijo y el derecho de visita de los cónyuges teniendo en cuenta el interés superior del niño. El tribunal debe prestar especial atención al hecho de que la custodia y el derecho de visita obedecen al propósito de que el niño tenga una relación estrecha y positiva con los padres.

225.La Liga Mannerheim para el Bienestar del Niño y la Asociación Central para el Bienestar del Niño han observado con preocupación que el apoyo que se presta a las familias divorciadas es insuficiente y sostienen que las municipalidades deberían asignar más recursos para prestar servicios de apoyo a esas familias.

Discriminación sufrida por niños y jóvenes

226.El Ministerio del Interior encomendó en 2010 un estudio de las experiencias de discriminación contra niños y jóvenes. El estudio se refería a niños y jóvenes de 10 a 17 años de edad que representaban diferentes minorías. Los participantes habían experimentado discriminación con mucha frecuencia, pero, desde un punto de vista estadístico, el hecho de que pertenecieran a una minoría no constituía un factor significativo. Sin embargo, los niños y jóvenes con discapacidades o enfermedades prolongadas y los pertenecientes a minorías sexuales estaban más expuestos a discriminación que la media. Las escuelas y, en particular, los grados superiores de las escuelas de enseñanza general constituían probables entornos para la discriminación.

227.Además, un grupo de seguimiento de la discriminación establecido por el Ministerio del Interior encomendó en 2011 una encuesta especial acerca de la discriminación de que habían sido objeto en las escuelas de enseñanza secundaria superior jóvenes de 16 a 30 años de edad que pertenecían a minorías sexuales y de género. Más de la tercera parte de quienes respondieron a la encuesta habían sido objeto de actos de intimidación en la escuela en algún momento por pertenecer a una minoría sexual o de género. Los autores de los actos de intimidación eran por lo general otros alumnos pero, a veces, también el personal escolar trataba a los alumnos en forma discriminatoria. Además, la experiencia de los jóvenes era que en muchos casos el personal no reaccionaba contra los actos de intimidación. Las respuestas más críticas se referían a la casi total falta de atención a las minorías sexuales y de género en la enseñanza, al material didáctico y las prácticas escolares.

El Defensor del Niño

228.En 2005 entró en vigor la Ley del Defensor del Niño (Nº 1221/2004) y la primera Defensora se hizo cargo de sus funciones. El Defensor del Niño es un organismo independiente que funciona dentro del marco administrativo del Ministerio de Asuntos Sociales y Salud y promueve la realización en la sociedad de los intereses y los derechos del niño. La Defensora del Niño supervisa las condiciones de vida de niños y jóvenes, la legislación en la materia y la adopción de las decisiones en la sociedad. Al mismo tiempo, evalúa la realización de los derechos y el bienestar de niños y jóvenes.

Convenciones relativas a los derechos del niño

229.El informe del grupo de trabajo que preparó la ley de aplicación del Protocolo Facultativo de la Convención de los Derechos del Niño sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía fue distribuido en la primavera de 2011 para que se formulasen observaciones al respecto. Para fines de 2011 se presentará al Parlamento una propuesta del Gobierno relativa a la ratificación del Protocolo Facultativo.

230.Finlandia ratificó en noviembre de 2010 el Convenio europeo sobre el ejercicio de los derechos del niño y el Convenio de La Haya de 1996 sobre la protección internacional de los niños. Los convenios entraron en vigor respecto de Finlandia el 1º de marzo de 2011.

Artículo 25Derecho a participar en la dirección de los asuntos públicos

Reforma del sistema electoral y de la financiación de las elecciones y los partidos

231.En el período electoral en curso Finlandia ha de reformar su legislación electoral con el objetivo de aumentar la proporcionalidad. El Gabinete del Primer Ministro Jyrki Katainen se ha comprometido a reformar la Constitución para que el número máximo de distritos electorales en el territorio continental de Finlandia sea de 6 a 12. El grupo de trabajo político que se ha de establecer para preparar la reforma debería presentar para fin de 2011 una propuesta unánime de nueva ley electoral.

232.La legislación relativa a la financiación de las elecciones y los partidos fue enmendada en 2009-2010 con el propósito de aumentar la transparencia y la supervisión en la materia. La nueva Ley de financiación de las candidaturas (Nº 273/2009) entró en vigor en mayo de 2009. Las enmiendas a la Ley de partidos políticos (Nº 10/1969) y la Ley de financiación de las candidaturas (Nº 273/2009), que aumentan la transparencia y la supervisión de la financiación de los partidos, entraron en vigor en septiembre de 2010. En el sitio web de la Oficina Nacional de Auditoría se puede observar cómo se cumple la obligación de revelar todas las fuentes de financiación que impone la legislación sobre financiación de elecciones y partidos.

Las juntas asesoras como órganos de cooperación entre distintos grupos y autoridades

233.El Gobierno ha designado varias juntas asesoras a fin de aumentar la participación de los distintos grupos en la adopción de decisiones políticas y mejorar la condición que tienen en ese proceso. Las juntas asesoras proponen iniciativas, formulan opiniones y realizan actividades de cooperación regional e internacional.

234.La mitad de los miembros del Consejo Nacional para la Discapacidad (VANE) representan a personas con discapacidad y organizaciones de discapacitados y la otra mitad representan a las autoridades. Las municipalidades pueden además establecer concejos municipales sobre discapacidad. En el futuro aumentará la participación de las personas con discapacidad cuando Finlandia ratifique la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y ponga en práctica su artículo 29. En el proceso de preparación de la ratificación participan organizaciones de discapacitados.

235.La mitad de los miembros de la Junta Asesora de Asuntos Romaníes son romaníes y la otra mitad representan al Gobierno. Además, cada una de las seis direcciones regionales de administración del Estado ha establecido en su respectivo territorio una junta asesora regional de asuntos romaníes.

236.Uno de los 2 vicepresidentes de la Junta Asesora de Relaciones Étnicas (ETNO) y por lo menos 10 de sus miembros, cuyo número máximo es 33, representan a inmigrantes o a minorías étnicas. Además, hay en Finlandia por lo menos siete juntas asesoras regionales de relaciones étnicas, establecidas por los centros para el desarrollo económico, el transporte y el medio ambiente.

Artículo 27Derechos de las minorías

237.La disposición de la Constitución de Finlandia (Nº 731/1999) relativa a los derechos de las minorías se refiere en particular a los derechos lingüísticos. Las disposiciones que figuran en las leyes salvaguardan también por sobre todo los derechos lingüísticos de las minorías.

238.La Constitución exige que una ley enuncie disposiciones sobre el derecho de los sami a utilizar su idioma ante las autoridades. Además, la ley garantizará los derechos de quienes usen lenguaje de señas y quienes, en razón de su discapacidad, necesiten servicios de interpretación o traducción. Con respecto a los romaníes y otros grupos, la Constitución dispone únicamente que tienen el derecho a preservar y desarrollar sus propios idiomas y culturas.

239.En junio de 2003 entró en vigor la nueva Ley de idiomas (Nº 423/2003), según la cual en cada período electoral el Gobierno deberá presentar un informe al Parlamento acerca de la aplicación de la legislación sobre idiomas y la forma en que se garantizan los derechos lingüísticos. El informe se refiere como mínimo al finlandés, el sueco, el sami, el romaní y el lenguaje de señas. El Ministerio de Justicia está encargado de preparar el informe, con la ayuda de una junta asesora en cuestiones lingüísticas establecida por el Gobierno. Hasta la fecha, el Gobierno ha presentado un informe en 2006 y otro en 2009.

Los finlandeses suecoparlantes

240.Según la Constitución, el sueco es uno de los idiomas nacionales de Finlandia. Alrededor del 5,5% de toda la población del país tiene el sueco como lengua materna. No se considera que los suecoparlantes constituyan en realidad una minoría, pero, por ejemplo, Finlandia aplica al idioma sueco la Carta europea de las lenguas regionales o minoritarias.

241.La legislación ordinaria salvaguarda el derecho de todo finlandés que hable sueco a emplear ese idioma ante los tribunales y otras autoridades y a obtener documentos en sueco. La Constitución exige que las autoridades públicas atiendan a las necesidades culturales y sociales de quienes hablan finlandés y quienes hablan sueco en pie de igualdad.

Los sami como pueblo indígena

242.A principios de 2004 entró en vigor la nueva Ley de idioma sami (Nº 1086/2003), cuyo objetivo consiste en asegurar el derecho constitucional de los sami a preservar y desarrollar su propio idioma y su propia cultura.

243.La Ley de idioma sami se aplica primordialmente en el territorio sami. Es aplicable además a algunas autoridades regionales y a las autoridades nacionales que se enumeran en la misma ley. Los conceptos de sami y territorio sami están definidos en la Ley del Parlamento sami (Nº 974/1995).

244.Hay en Finlandia unos 9.000 sami, más del 60% de los cuales vive fuera del territorio sami. El número total de sami se calcula en más de 75.000.

245.La Ley de idioma sami dispone que, en cada legislatura, la Oficina del Idioma Sami y el Consejo del Idioma Sami, designado por el Parlamento sami, deben presentar a este un informe sobre la aplicación de la legislación relativa al idioma sami. Según el primer informe, publicado en 2006, no ha habido un verdadero cambio en el número de empleados que dominan el idioma sami en las municipalidades del territorio sami. Constituye además motivo de particular preocupación que los niños sami que viven fuera de ese territorio queden totalmente excluidos de la educación básica en su propio idioma y de la enseñanza de ese idioma.

246.El presupuesto estatal contiene cada año una consignación separada por concepto de servicios de bienestar social y atención de la salud proporcionados a quienes hablan sami. La consignación se paga en la forma de un subsidio del Estado, por conducto del Parlamento sami, a las municipalidades del territorio sami (Enontekiö, Inari, Sodankylä y Utsjoki). Desde 2004 el importe de la consignación ha sido de 600.000 euros por año. La educación en la primera edad y la atención de las personas de edad han recibido prioridad en el empleo de los fondos.

247.La Defensora del Niño encomendó en 2008 una encuesta sobre el bienestar de los niños sami, a la que respondieron 87 niños sami de 13 a 18 años de edad que estudiaban en escuelas del territorio sami. Según la encuesta, los jóvenes sami tienen hoy una fuerte identidad sami. La situación de sus padres era buena. La mayoría de los jóvenes sami estaban satisfechos con su escuela y consideraban que esta tenía debidamente en cuenta su bilingüismo y multiculturalismo. Les preocupaban en todo caso la falta de servicios para los jóvenes, la falta de programas de radio y televisión y de sitios web en sami o su escaso número, y la descripción estereotipada de los sami que se hacía en los medios de comunicación.

248.El Parlamento sami señala que todos los idiomas sami están en peligro. Sin embargo, no se ha hecho un estudio detallado del número de quienes hablan sami ni de su ubicación regional. Para cumplir mejor la Ley de idioma sami, las autoridades deberían presentar más información sobre su contenido y supervisar su cumplimiento. Asimismo, deberían asegurar que hubiese un conocimiento suficiente del idioma sami y tener en cuenta ese idioma, especialmente en las guarderías infantiles, la educación básica y la instrucción de otra índole.

El lenguaje de señas

249.Hay en Finlandia entre 4.000 y 5.000 personas que son sordas o tienen problemas auditivos. Entre 6.000 y 9.000 personas emplean el lenguaje de señas. En Finlandia se emplean dos lenguajes nacionales de señas: el sueco y el finlandés-sueco. Básicamente, las autoridades consideran que quienes emplean el lenguaje de señas constituyen un grupo que necesita servicios de rehabilitación y discapacidad y no un grupo lingüístico o cultural. La legislación vigente no obliga a las autoridades a establecer medios especiales de comunicación para quienes emplean el lenguaje de señas.

250.A partir del año 2008 el Ministerio de Educación y Cultura ha aumentado el número de plazas para seguir cursos de intérpretes e instructores en lenguaje de señas. Por primera vez en la historia el Ministerio ha asignado plazas para estudiar interpretación en lenguaje de señas en una institución politécnica superior. En todo caso, la formación de esos intérpretes se imparte únicamente en el lenguaje de señas finlandés.

251.La Asociación Finlandesa para el Sordo y el Instituto de Investigación para los Idiomas de Finlandia han preparado un programa de política sobre el lenguaje de señas para el país (2010-2015), que apunta a que las autoridades y los miembros de la comunidad del lenguaje de señas cobren más conciencia de los derechos lingüísticos.

Minorías étnicas

252.En su respuesta al párrafo 15 de las observaciones finales del Comité de Derechos Humanos (CCPR/CO/82/FIN), que figura en los párrafos 36 a 43 del presente informe, Finlandia se refiere a la situación de los romaníes.

253.En el quinto informe periódico de Finlandia (CCPR/C/FIN/2003/5) se hace referencia a otras minorías étnicas como los judíos, los tártaros y los rusoparlantes.

Integración del inmigrante

254.En los años 2000, la inmigración a Finlandia ha cambiado y aumentado considerablemente. En lugar de buscar refugio o de razones humanitarias, en cada vez mayor medida inmigran a Finlandia ciudadanos de otros países lo hacen por razones de lazos familiares o de trabajo. Al término de 2009 muy poco menos del 3% de todos los habitantes de Finlandia eran extranjeros. El porcentaje de quienes hablan idiomas distintos del finlandés, el sueco o el sami era inferior al 4%. La mayoría de los inmigrantes viven en el sur del país y en las ciudades más importantes.

255.La Ley vigente de integración de los inmigrantes y de acogida de los solicitantes de asilo (Nº 493/1999) refleja la situación anterior. El Gobierno ha presentado al Parlamento dos informes, en 2002 y 2008, sobre la integración de los inmigrantes. Tras examinar el último de ellos, el Parlamento pidió que se procediera a una reforma general de la ley. La mayor parte de las disposiciones de la nueva Ley de promoción de la integración de los inmigrantes (Nº 1386/2010) entrarán en vigor en septiembre de 2011.

256.En la reforma general de la ley (Nº 493/1999), las disposiciones relativas a la integración y las relativas a la acogida de solicitantes de protección internacional quedaron divididas en leyes distintas. Se amplió el alcance de la ley para que comprendiera a todos los inmigrantes que residieran en Finlandia durante un año por lo menos, cualquiera que fuera la razón por la que hubiesen entrado al país. El propósito consiste en proporcionar a todos los inmigrantes información básica acerca de la sociedad finlandesa al momento en que ingresan al país y en dar a un mayor número de inmigrantes acceso a servicios que promuevan su integración. Para hacer más eficaces esos servicios, se procede a organizarlos tan pronto como sea posible una vez que el inmigrante haya entrado al país, teniendo en cuenta las necesidades indicadas en un inventario inicial de la situación de cada inmigrante.

257.En distintos sectores de la administración se han realizado diversos estudios sobre la condición y las necesidades especiales de los inmigrantes. En el sector del bienestar social y la atención de la salud, el Gobierno ha tenido en cuenta a los inmigrantes en el programa de política de promoción de la salud y en el plan de acción nacional para reducir la desigualdad en el ámbito de la salud. Entre 2009 y 2012 el Instituto Nacional de Salud y Bienestar hará un estudio de la salud y el bienestar de rusos, somalíes y kurdos mediante entrevistas y reconocimientos médicos. El estudio se llevará a cabo en siete ciudades con una gran población de inmigrantes. El Ministerio de Asuntos Sociales y Salud ha declarado que hay que hacer que el personal de bienestar social sea más sensible a las diferentes culturas y hay que tener en cuenta en forma más adecuada las cuestiones lingüísticas. Es importante contratar personal para el sector con experiencia directa de inmigración. Los inmigrantes necesitan que las municipalidades les impartan asesoramiento a la vez general e intensificado.

258.En la educación en la primera edad es importante asegurarse de que los niños inmigrantes tengan acceso a ella al cumplir los 3 años a más tardar. Hay que prestar atención a la necesidad de impartir enseñanza al niño en finlandés o sueco y en su propia lengua materna. También hay que estrechar la cooperación entre las autoridades que se ocupan de los niños, como las clínicas de salud, las guarderías, las escuelas y las oficinas de bienestar social.

259.Se han estudiado a nivel municipal los problemas y las buenas prácticas del multiculturalismo. Según un estudio en las municipalidades realizado por la Oficina Regional de Administración del Estado (antes Oficina Provincial del Estado) de Finlandia del Sur, el número de familias de dos culturas con hijos, vale decir, aquellas en que uno de los padres es finlandés de nacimiento, es casi el doble que el número de familias compuestas de dos padres inmigrantes con hijos. Sin embargo, habida cuenta de que los servicios municipales prestan especial atención a las familias compuestas de dos padres inmigrantes con hijos, en muchos casos las familias con dos culturas no pueden obtener esos servicios.

260.El Instituto Finlandés de Salud Ocupacional, la Fundación para la Rehabilitación y el Instituto Nacional de Salud y Bienestar publicaron en 2009 un informe multisectorial sobre la integración de los inmigrantes en la sociedad finlandesa. El informe se refiere a la vida laboral, la familia, la situación de los niños y las condiciones de vida, la comunidad, la sociedad, la salud y el bienestar y los sistemas de servicios. En el informe se destacan cuestiones que serán importante objeto de investigación en los próximos años, como las organizaciones multiculturales, la integración de los jóvenes inmigrantes, la segregación regional y la salud mental de los inmigrantes.

261.El Ministerio del Interior ha establecido un sistema de seguimiento de la integración y las relaciones étnicas, consistente en distintos indicadores, encuestas sobre la prestación de servicios en municipalidades y en oficinas de empleo y de desarrollo económico, un barómetro y un estudio separado. El sistema de seguimiento permite reunir información acerca de las medidas que toman las municipalidades y utilizarla periódicamente como antecedente para la adopción de decisiones.