Distr.GENERAL

CERD/C/AZE/Q/630 de junio de 2009

ESPAÑOLOriginal: INGLÉS

COMITÉ PARA LA ELIMINACIÓN DE

LA DISCRIMINACIÓN RACIAL

75º período de sesiones3 a 28 de agosto de 2009

LISTA DE CUESTIONES EN RELACIÓN CON EL EXAMEN DE LOS INFORMES PERIÓDICOS QUINTO Y SEXTO DE LA REPÚBLICA DE AZERBAIYÁN

Información general

1.Sírvanse proporcionar información detallada sobre la naturaleza y el alcance de la participación de los departamentos gubernamentales y la Oficina del Ombudsman en el proceso de elaboración de los informes periódicos quinto y sexto del Estado parte, e indicar si se celebraron consultas con organizaciones no gubernamentales, en particular con organizaciones de minorías o del ámbito de la lucha contra la discriminación.

2.En el párrafo 125 del informe del Estado parte se señala que en 1999 se recopilaron estadísticas sobre la composición étnica de la población activa y empleada del país. Sírvanse facilitar al Comité datos desglosados y actualizados, si se dispone de ellos.

3.Según el artículo 22 del informe del Estado parte, se había previsto realizar un censo en abril de 2009. Sírvanse indicar si se incluyeron en él preguntas sobre la situación socioeconómica de los miembros de los diversos grupos étnicos, en particular con respecto a su nivel de empleo en el sector privado y en instituciones públicas y su acceso a la seguridad social o a prestaciones similares. Proporciónense datos pertinentes, si los hubiera, en relación con esas cuestiones.

GE.09-43389 (S) 140709 140709

Marco jurídico general

4.Sírvanse facilitar información adicional sobre las actividades de la Oficina Nacional del Comisionado para los Derechos Humanos (el Ombudsman) con respecto a la protección y promoción de los derechos reconocidos en la Convención. En particular, proporciónense datos sobre el número de denuncias de discriminación racial que ha recibido el Ombudsman y sus resultados, así como sobre las campañas realizadas para sensibilizar a la población sobre sus derechos y la existencia de recursos jurídicos para las víctimas de la discriminación racial, y para dar a conocer el papel del Comisionado para los Derechos Humanos a este respecto.

5.Sírvanse indicar si el Estado parte está estudiando la posibilidad de crear un marco institucional para las minorías o bien de restablecer el Consejo para las Minorías Nacionales, integrado por los representantes de las minorías, a fin de proporcionar a éstas de un cauce para expresar mejor sus preocupaciones y participar en los procesos de adopción de decisiones sobre los asuntos que afectan a sus intereses.

Artículo 2

6.En los párrafos 7 y 26 del informe del Estado parte se indica que, a pesar de los efectos negativos del conflicto en la región de Nagorno-Karabaj, como ya se señaló el 2005, los armenios que residen en Azerbaiyán no experimentan ningún tipo de discriminación, y que el Ministerio de Seguridad Nacional no ha recibido ninguna información que exija la apertura de una investigación de posibles incidentes de discriminación racial contra personas de etnia armenia. A este respecto, sírvanse explicar las medidas que se han adoptado para determinar que no hubo discriminación. ¿Se ha consultado a los representantes de la sociedad civil, y concretamente de la minoría armenia, con respecto a esta cuestión?

7.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para asegurar la enseñanza de los idiomas minoritarios y en esos idiomas. A este respecto, indíquese si se imparte educación en los idiomas armenio y talysh en algunas escuelas. Infórmese asimismo sobre las medidas existentes para promover el entendimiento intercultural, y en particular para sensibilizar a los maestros y educadores sobre este tema.

8.Sírvanse informar sobre las medidas e iniciativas concretas que se han previsto en el Plan de Acción Nacional de defensa de los derechos humanos para redoblar los esfuerzos destinados a prevenir todas las formas de discriminación (párrafo 12 del informe del Estado parte). Indíquese si dicho plan se encuentra actualmente en vigor, y señálense las medidas que se han adoptado o previsto en relación con su vigilancia, examen preliminar o evaluación de la eficacia. Sírvanse proporcionar datos sobre los recursos financieros que se han asignado a la aplicación de este plan.

9.En el informe del Estado parte se señala que, como resultado de determinadas medidas adoptadas, se han creado condiciones de igualdad para el ejercicio de las actividades de los representantes de todas las minorías religiosas en el territorio del Estado parte (párrafo 16 del Estado parte). Sírvanse facilitar información adicional sobre las medidas concretas que se han adoptado para crear esas condiciones de igualdad.

Artículo 4

10.Teniendo en cuenta las disposiciones jurídicas señaladas en los párrafos 25 a 63 del informe del Estado parte, entre las cuales figuran disposiciones del Código Penal, sírvanse indicar si todos los requisitos del artículo 4 de la Convención se han incorporado en la legislación nacional. Indíquense además los motivos por los cuales no existen casos en los que se hayan invocado dichas disposiciones jurídicas (párrafos 27 y 45 del informe).

Artículo 5

11.Se ha informado al Comité sobre las dificultades con que tropiezan los ciudadanos rusos de Chechenia en el procedimiento de determinación de la condición de refugiado, especialmente en relación con el requisito de registro (propiska), que les permitiría incorporarse al mercado laboral y tener acceso a vivienda y a servicios de atención médica. Sírvanse indicar qué medidas se han adoptado para velar por que los ciudadanos rusos de Chechenia reciban el mismo trato que los demás solicitantes de asilo. Además, proporciónese información sobre las campañas de sensibilización destinadas a evitar el estigma social de estas personas, y sobre toda formación impartida a los funcionarios públicos y los agentes del orden con el fin de evitar cualquier tendencia hacia una conducta discriminatoria.

12.En el informe del Estado parte se expone una amplia gama de medidas para combatir la trata de seres humanos, se hace referencia en particular al Plan de Acción Nacional y a la creación del Fondo de Asistencia a las víctimas de la trata, conforme a los artículos 144.1 y 144.2 del Código Penal y se proporcionan estadísticas sobre el número de víctimas, investigaciones y condenas en el período de 2004 a 2006. Sírvanse facilitar estadísticas detalladas y actualizadas sobre el número de víctimas, así como sobre las denuncias, las investigaciones, los procesos, las condenas y las penas impuestas a los autores de esos delitos. Facilítense asimismo datos sobre los fondos asignados para la ejecución de los programas y políticas estatales de protección a las víctimas de la trata, así como información sobre los proyectos de capacitación y sensibilización para los agentes del orden que se ocupan de esas personas y las medidas adoptadas para ampliar y fortalecer la colaboración internacional en la lucha contra la trata y prevenir el problema de la corrupción en las fuerzas del orden.

13.Según el informe del Estado parte (párr. 53), las víctimas de la trata reciben un subsidio durante su período de reinserción. Sírvanse proporcionar información adicional sobre el número de víctimas que se han beneficiado de dicho subsidio y sobre la duración media del período de "reinserción". Indíquese si se han elaborado disposiciones para reforzar las garantías de protección jurídica de las víctimas de la trata y para ofrecerles una indemnización pecuniaria, y si se han creado centros de reinserción y rehabilitación para las víctimas. Además, sírvanse indicar si las víctimas reciben asistencia en su propio idioma, como recomendó el Comité en sus anteriores observaciones finales (párr. 11).

14.En relación con los párrafos 74 a 78 del informe, que se refieren a las distinciones que se efectúan al aplicar sanciones a los extranjeros en situación ilegal, por un lado, y a los terroristas, por otro lado, y a la luz del párrafo 121 del informe, relativo a la protección de los refugiados y de los desplazados forzosos, sírvanse explicar cómo se garantiza en la práctica el principio de no devolución.

15.Según el informe (párr. 103), el Estado parte garantiza la igualdad de oportunidades a todos los candidatos en las elecciones nacionales y locales. A este respecto, sírvanse suministrar estadísticas sobre la representación de los grupos étnicos y las minorías en la Asamblea Nacional (Milli Mejlis) y los ayuntamientos. Además, indíquese si figuran representantes de los distintos grupos étnicos y minoritarios entre los miembros de la Comisión Electoral Central y las comisiones electorales de distrito.

16.Sírvanse facilitar estadísticas sobre los funcionarios públicos, desglosadas por origen étnico.

17.Sírvanse proporcionar información adicional sobre las medidas adoptadas en el marco de la reforma judicial, resultante de la aprobación de la Ley del Consejo Judicial en diciembre de 2004, y en particular sobre las medidas relativas a la independencia de los jueces y magistrados.

18.Si bien observa que se han realizado importantes progresos en la protección de los derechos económicos, sociales y culturales de las personas afectadas por el desplazamiento interno a raíz de conflictos pasados, al Comité le sigue preocupando que, tanto en las zonas rurales como urbanas, los desplazados internos sigan viviendo en refugios en condiciones deficientes, se beneficien en menor grado de las oportunidades económicas y vean restringido su disfrute del derecho a la salud. Preocupa también al Comité que en las zonas urbanas todavía se mantengan escuelas separadas para los hijos de los desplazados internos. A este respecto, sírvanse suministrar información detallada sobre las medidas adoptadas para mejorar la situación de los desplazados internos, en particular las encaminadas a promover su participación al planificar la ubicación de los nuevos asentamientos, mejorar su acceso al empleo, con especial atención a la mujer, atender sus necesidades en materia de salud y fomentar la escolarización de sus hijos junto a los niños de la población local.

19.Sírvanse indicar si se ha evaluado la eficacia de las medidas adoptadas en el marco del programa estatal encaminado a mejorar las condiciones de vida de los refugiados y los desplazados internos y a ampliar su nivel de empleo (párrafo 151 del informe del Estado parte) y, de ser así, cuáles han sido las conclusiones de dicha evaluación.

Artículo 6

20.Sírvanse proporcionar ejemplos de casos en que se haya invocado la Convención ante los tribunales de Azerbaiyán y haya prevalecido ésta sobre la legislación interna. Indíquese si el Tribunal Constitucional ha examinado denuncias de discriminación racial (párrafos 153 y 154 del informe del Estado parte) y si se han llevado ante los tribunales casos en los que se hayan invocado las disposiciones pertinentes del Código Penal relativas a la discriminación racial. Facilítese información estadística sobre los procesos incoados y las penas impuestas, en su caso, en las causas de delitos relacionados con la discriminación racial respecto de las cuales se hayan aplicado además las disposiciones pertinentes de la legislación interna vigente, según recomendó el Comité en sus anteriores observaciones finales. Explíquense las medidas adoptadas para informar a la población sobre los recursos jurídicos disponibles en el ámbito de la discriminación racial.

21.¿Ha adoptado el Estado parte medidas para velar por que la población esté informada de sus derechos y para eliminar todo obstáculo que pueda inhibir a las víctimas de solicitar asistencia, como la falta de sensibilidad de las fuerzas del orden en los casos de discriminación racial?

22.Con respecto a la declaración formulada por el Estado parte con arreglo al artículo 14 de la Convención, que permite al Comité examinar comunicaciones de personas, sírvanse señalar las medidas adoptadas para informar a la población sobre esta vía de recurso.

Artículo 7

23.Sírvanse proporcionar información sobre la existencia de programas de radio y televisión encaminados a promover y proteger la cultura de las minorías y a reflejar la composición multicultural de la sociedad azerbaiyana. Indíquese si existen fondos o subsidios públicos para esos programas. Facilítese además información sobre la posición de los medios de comunicación y los círculos políticos con respecto a las medidas adoptadas contra los periodistas acusados de insultar los valores religiosos o de haber importado a Azerbaiyán textos que promueven la intolerancia religiosa (párrafos 203 y 204 del informe del Estado parte).

24.Infórmese sobre la capacitación impartida a los agentes del orden y al personal judicial en la esfera de los derechos humanos, en particular la discriminación racial.

25.Sírvanse indicar si se han adoptado medidas para dar a conocer el contenido de la Convención entre la opinión pública y para sensibilizar a la población sobre cuestiones relacionadas con la discriminación por motivos de raza, color, ascendencia u origen nacional o étnico.

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