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Prefacio

3

Primera parte. Información general

4

1.El país y su población (características básicas por género)

4

2.Estructura política general

7

3.Apoyo legislativo y constitucional para los derechos humanos en la Repúblicade Kazajstán

9

4.Protección de los derechos humanos sobre la base de las normas internacionales

11

5.Distribución de la información y promoción de los derechos humanos

11

6.Desarrollo socioeconómico

13

Segunda parte. Información sobre la aplicación de la Convención

18

Artículo 1

18

Artículo 2

18

Artículo 3

22

Artículo 4

23

Artículo 5

25

Artículo 6

26

Artículo 7

30

Artículo 8

33

Artículo 9

33

Artículo 10

34

Artículo 11

42

Artículo 12

49

Artículo 13

55

Artículo 14

57

Artículo 15

61

Artículo 16

62

Anexo

Lista de instrumentos jurídicos y regulatorios citados en el informe

68

Prefacio

El presente informe sobre la aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (en adelante denominada sencillamente la Convención) contiene información acerca de los cambios socioeconómicos que se produjeron en la República de Kazajstán entre 1999 y 2003, así como también respecto de los progresos logrados en la aplicación de la Convención.

El informe se preparó sobre la base de un gran volumen de documentación analítica presentada por todos los ministerios, departamentos y comisiones regionales que se ocupan de la familia y la mujer. También participaron activamente en su preparación organizaciones no gubernamentales y organismos internacionales.

En calidad de proyecto, el informe se sometió a un proceso de coordinación en los ministerios y departamentos y se examinó en una reunión de mesa redonda a la que asistieron representantes de órganos estatales y de organismos internacionales y organizaciones no gubernamentales, cuyas propuestas se tuvieron en cuenta cuando se dio forma definitiva al documento.

En la preparación del informe, el grupo de trabajo se atuvo a las disposiciones del párrafo 2 del artículo 18 de la Convención, así como a las directrices para la preparación de informes.

Se tuvieron en consideración en el informe las observaciones finales y las recomendaciones formuladas por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer luego de la presentación del primer informe de Kazajstán en enero de 2001.

La primera parte del informe contiene información general sobre la República de Kazajstán, su población, su estructura política, el sistema legislativo con que se protegen los derechos humanos y los esfuerzos que se realizan en el país para difundir información sobre los derechos humanos.

En la segunda parte se presenta información, artículo por artículo, sobre los cambios que se han producido durante el período que abarca el informe en lo que se refiere a la promulgación de normas y la adopción de disposiciones administrativas y de otra índole tendientes a dar cumplimiento a obligaciones contraídas por Kazajstán en virtud de la Convención, los progresos que se han logrado, los obstáculos a que se hace frente, y las medidas propuestas para una aplicación más cabal de la Convención.

En el informe se da cuenta de los resultados de la aplicación del Plan de acción nacional para el mejoramiento de la condición jurídica y social de la mujer en la República de Kazajstán, que se preparó en conformidad con los 12 sectores prioritarios de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, aprobadas en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer.

Agradecemos profundamente a la Presidenta del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, Sra. Ayse Feride Açar, y a las Sras. Christine Brautigam y Koh Miyaoi, expertas de las Naciones Unidas, su participación en los seminarios de capacitación para la compilación de informes sobre la Convención que se celebraron en Almaty en noviembre de 2000 y mayo de 2004, y su asistencia práctica para la preparación del presente informe.

Primera parteInformación general

1.El país y su población (características básicas por género)

Entre 1999 y el final de 2003, con posterioridad a la preparación del primer informe, se produjeron en la República de Kazajstán extensos cambios socioeconómicos y sociopolíticos que facilitaron un ejercicio más efectivo de los derechos humanos.

La tendencia negativa que se había registrado en el crecimiento demográfico de 1993 a 2001 se invirtió. La población aumentó a una tasa del 0,1% en 2002 y 0,6% en 2003 y a comienzos de 2004 alcanzaba a 15 millones de habitantes, debido a un incremento del índice de natalidad, la repatriación de kazakos a su tierra ancestral y la reemigración de ex ciudadanos.

La esperanza de vida de las mujeres aumentó de 70,88 años en 1999 a 71,46 en 2003; la de los hombres declinó de 60,62 años a 60,45 en el mismo período.

Trabajo y empleo

Junto con reconocer la objetividad de la observación del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer en el sentido de que los ajustes afectaron adversamente la situación de las mujeres en el país, puede afirmarse ahora que ese efecto se ha aminorado.

En el mercado de trabajo de Kazajstán se está evidenciando una disminución del nivel de desempleo, una continua redistribución de la fuerza laboral entre los sectores y ramas de la economía y hacia el sector no gubernamental, y un aumento del número de personas que trabajan a sueldo.

En 2003, el nivel de empleo llegaba a casi 90% para las mujeres y 93% para los hombres. La tasa de desempleo de la población en su totalidad era de 8,8% (en 1999 era de 13,5%), alcanzando a un 7,2% para los hombres y un 10,4% para las mujeres.

Entre las mujeres desocupadas, el 16% se había graduado de programas de enseñanza superior, el 38% de enseñanza secundaria general, y el 27% de enseñanza secundaria profesional.

La mayor parte de las mujeres desocupadas se sitúa en el grupo de 20 a 34 años de edad (45,3%), y la mayor parte de los hombres desempleados en el de 16 a 29 años (47,9%).

Una tercera parte de las mujeres desocupadas reside en zonas rurales.

Las mujeres que trabajan por cuenta propia se dedican, más que nada, a la agricultura y el comercio.

Está disminuyendo el número de mujeres que trabajan en condiciones nocivas o peligrosas.

En 2003 el salario mensual medio de las mujeres había aumentado a casi el doble de lo que era en 1999, llegando a 17 000 tenge (125 dólares EE.UU.). Al mismo tiempo, la relación proporcional entre el salario mensual medio de las mujeres y el de los hombres ha venido decayendo. El salario de las mujeres equivalía al 67,6% del de los hombres en 1999, y al 60,8% en 2003. Esta tendencia se ha observado también en los sectores que se han considerado tradicionalmente "femeninos" (atención de la salud, educación, servicios sociales y actividades culturales).

La mujer en los niveles decisorios

En el Parlamento de la República de Kazajstán hay actualmente 11 mujeres, que constituyen el 9,5% del número total de diputados. En las maslikhats [órganos representativos locales], las mujeres constituyen el 17,1% de los miembros.

En virtud del artículo 12 de la ley de la República de Kazajstán sobre el servicio en la administración pública, no pueden imponerse restricciones directas o indirectas de ninguna clase por motivos de género a las personas que ingresan al servicio del Estado.

El número de mujeres que se desempeñan en órganos ejecutivos del Estado ha aumentado desde 1999, y actualmente representa el 58,5%. En cuanto a los cargos estatales con funciones normativas, esto es, de nivel decisorio, las mujeres ocupan el 11,1% de dichos puestos.

En 2004, por primera vez en la historia de Kazajstán como país soberano, una mujer fue designada viceprimera ministra de la República de Kazajstán. Además, dos mujeres han sido nombradas ministras y nueve, viceministras; una mujer preside la Comisión Central de Elecciones, y siete se desempeñan como adjuntas de akims de regiones [gobernadores]. Las mujeres ocupan el 17% de los cargos de akim adjunto de distrito, el 11% de los de akim de municipios rurales y de asentamientos, y el 18% de los de akim adjunto de éstos.

De todas las empresas y organizaciones del país, las mujeres encabezan el 24%.

Educación

Como se señaló en el informe inicial, Kazajstán ha creado condiciones propicias para hacer efectivo el derecho de sus ciudadanos a tener acceso gratuito a la enseñanza secundaria general y la formación profesional inicial, y, sobre una base competitiva, a la capacitación profesional secundaria y la enseñanza superior.

El nivel educacional tanto de las mujeres como de los hombres es elevado, y no hay discrepancias apreciables entre los géneros. En el cuadro 1 se consigna el nivel general de alfabetización de hombres y de mujeres, expresado como porcentaje, según se derivó de datos censales de 1999.

Cuadro 1Nivel de alfabetización de hombres y de mujeres, como porcentaje, basado en datos censales de 1999

Edad

Ambos géneros

Mujeres

Hombres

15 a 24 años

99,8

99,9

99,8

25 a 44

99,9

99,9

99,9

45 o más

98,8

98,2

99,6

Cuadro 2Porcentaje de mujeres alfabetizadas en zonas urbanas y rurales

Zonas rurales

Asentamientos urbanos

Mujeres

Hombres

Mujeres

Hombres

Edad

Ambos géneros

%

Número

%

Número

%

Ambos géneros

%

Número

%

N ú mero

%

15 - 24

1 182 514

99,8

561 481

99,8

621 033

99,8

1 438 925

100

739 385

99,9

699 540

99,8

25 - 44

1 857 051

99,8

905 810

99,8

951 241

99,8

2 641 205

99,9

1 393 337

99,9

1 247 868

99,9

45 o más

1 339 484

98,2

739 983

97,3

599 501

99,3

2 165 686

99,2

1 272 692

98,8

892 994

99,7

Atención de la salud

El mejoramiento de las condiciones socioeconómicas ha dado por resultado una disminución de la mortalidad materna de 65,3 por cada 100.000 nacidos vivos en 1999 a 42,1 en 2003.

La mortalidad infantil decayó asimismo, de 20,36 por cada 1.000 nacidos vivos en 1999 a 15,67 en 2003.

La tasa de mortalidad de niños menores de cinco años se redujo entre 1999 y 2003 de 23,12 a 17,58 para las niñas y de 29,61 a 22,69 para los varones.

La tasa de natalidad aumentó de 14,57 por 1.000 habitantes en 1999 a 16,63 en 1999. El crecimiento natural de la población fue de 6,22 por 1.000 en 2003, en tanto que en 1999 fue de 4,7.

Se promulgaron diversas leyes encaminadas a proteger la salud de las mujeres y los niños, relacionadas concretamente con la rehabilitación médica y social de personas adictas a drogas (27 de mayo de 2002), la prevención y reducción del uso del tabaco (10 de julio de 2002), la prevención de anomalías derivadas de la insuficiencia de yodo (14 de octubre de 2003), y los derechos humanos en materia de procreación y las garantías para su ejercicio (16 de junio de 2004).

Con arreglo a la ley de la República de Kazajstán sobre la calidad y seguridad de los productos alimenticios, es obligatorio que la harina de trigo de clase A o superior que se produce en la República sea enriquecida con hierro y vitaminas.

La violencia contra la mujer

Los mayores progresos se han registrado en la creación de mecanismos para prevenir la violencia contra la mujer.

Ha aumentado a 137, esto es, 6,9 veces el contingente inicial, el número de agentes policiales adscritos a las subdivisiones especiales creadas en 1999 por directiva del Presidente de la República en el sistema del Ministerio del Interior con objeto de eliminar la violencia contra la mujer. Prestan servicio en todas las regiones del país y han dado pruebas de su efectividad.

Desde 2001 se ha venido aplicando la decisión del Gobierno que dispone la interacción entre las autoridades estatales y las organizaciones y las asociaciones públicas que se ocupan de los problemas relacionados con la violencia contra la mujer.

Se ha redactado un proyecto de ley sobre la violencia en el hogar y se prevé que se presentará al Parlamento de la República de Kazajstán en el segundo trimestre de 2006, como parte del conjunto de proyectos de ley que el Gobierno de la República de Kazajstán se propone considerar entre 2005 y 2007.

En 2002 y 2003 se aprobaron diversas leyes por las que se incorporaron enmiendas o adiciones a determinados instrumentos relativos a la migración ilegal y se agregaron disposiciones al Código Penal de la República de Kazajstán, y se enmendó la ley sobre actividades turísticas en la República. Dichas leyes resolvieron numerosas cuestiones problemáticas y les corresponde una función importante en la lucha contra fenómenos antisociales como el comercio de personas para fines de explotación sexual o de otro tipo (trata de personas).

Delincuencia

En 2003 se registraron en la República de Kazajstán 118 000 delitos, y uno de cada cinco fue cometido contra una mujer. En relación con 2002, los delitos de esta categoría disminuyeron en un 6,4%, y los delitos contra menores, en un 4,5%.

Las mujeres constituyeron el 91% de las víctimas de delitos violentos, de los que el 65% fueron agresiones sexuales.

En relación con 1999, el número de personas declaradas culpables de delitos disminuyó tanto para las mujeres (de 6.600 a 6.000) como para los hombres (de 59.700 a 44.200).

2.Estructura política general

La Constitución y otros instrumentos promulgados en el país garantizan los derechos políticos de los ciudadanos de la República de Kazajstán y su observancia por los órganos y funcionarios del Estado.

En virtud de la Constitución (artículo 33), los ciudadanos de la República de Kazajstán tienen el derecho a participar en la administración del Estado.

La ley de la República de Kazajstán sobre partidos políticos que se aprobó en 2002 contribuyó a realzar la función y la autoridad de los partidos en la vida sociopolítica de la sociedad y el Estado, a la vez que alentó las actividades partidistas tendientes a crear un electorado estable y a trabajar sistemáticamente dentro de él.

Las tendencias positivas en el desarrollo de un sistema multipartidista en la República a que dio lugar la nueva ley hicieron posible avances significativos en el diálogo entre las autoridades y los partidos políticos. Hasta la fecha, se han inscrito oficialmente 12 partidos políticos, de los que dos están encabezados por mujeres.

La República de Kazajstán ha creado todas las condiciones necesarias para asegurar que las mujeres puedan participar en la administración del Estado, ya sea directamente o por intermedio de sus representantes y en pie de igualdad con los hombres, y puedan elegir a los miembros de entidades estatales u órganos de administración local o ser elegidas como tales, y tomar parte en referéndums públicos.

El 14 de abril de 2004 el Presidente de la República de Kazajstán firmó la Ley constitucional de la República de Kazajstán relativa a la incorporación de enmiendas y adiciones a la Ley constitucional de la República de Kazajstán sobre elecciones en la República de Kazajstán.

Varias de las innovaciones que se han introducido en la ley electoral tienen por objeto realzar la función de los partidos en el proceso electoral, creando condiciones para la participación igualitaria de los candidatos y los partidos políticos en las campañas electorales y ampliando las oportunidades de que disponen los ciudadanos para tomar parte en las elecciones.

En 2002 se creó una conferencia permanente encargada de elaborar propuestas para seguir impulsando la democratización y el desarrollo de la sociedad civil.

La conferencia aportó una contribución positiva al avance de las reformas democráticas. Una extensión lógica de su labor fue la creación, el 2 de noviembre de 2004, de una Comisión Nacional sobre Democracia y Sociedad Civil que rinde informes al Presidente de la República de Kazajstán. En su calidad de órgano consultivo y asesor, la comisión tendrá por función la formulación de medidas encaminadas a perfeccionar el sistema político de Kazajstán.

Se está observando en Kazajstán un crecimiento acelerado del sector no gubernamental; el número de organizaciones no gubernamentales que se han inscrito alcanza a 4.500, y unas 150 de ellas se ocupan de la protección de los derechos y los intereses jurídicos de la mujer.

A raíz del Foro Civil del 15 de octubre de 2003, en el que participó el Presidente de la República de Kazajstán, se están poniendo en efecto mecanismos para facilitar la interacción entre los órganos normativos de todos los niveles y las organizaciones no gubernamentales con el fin de resolver numerosos problemas sociales. Por ejemplo, en los ministerios y los akimats regionales [gobernaciones] se están creando consejos para la interacción con las organizaciones no gubernamentales, se han comenzado a celebrar audiencias públicas sobre problemas del momento, y se invita a representantes de organizaciones no gubernamentales a participar en la elaboración de proyectos de ley y a preparar informes independientes sobre diversas cuestiones.

Con el propósito de dar efecto a las recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer acerca de la formulación de una política integrada, así como de un enfoque institucional, para abordar las cuestiones que se relacionan con la consecución de la igualdad entre hombres y mujeres en todas las esferas de la vida y la actividad pública, en noviembre de 2003 se aprobó por resolución del Gobierno el Concepto de política de género en la República de Kazajstán, que se había formulado con asistencia de organismos internacionales y organizaciones no gubernamentales (UNIFEM, Oficina de Género y Desarrollo de las Naciones Unidas, etc.).

El Concepto tiene por objetivos principales lograr una participación equilibrada de las mujeres y los hombres en las estructuras directivas; asegurar la igualdad en las oportunidades relativas a la independencia económica, la creación de empresas propias y las perspectivas de carrera; crear condiciones propicias para el ejercicio igualitario de los derechos y las responsabilidades referentes a la familia; y garantizar que nadie sea víctima de violencia basada en el género.

En el Concepto se prevé la introducción en el país de la educación sobre cuestiones del género, la evaluación de disposiciones legislativas desde una perspectiva de género, la incorporación de indicadores relativos al género en la política presupuestaria y los planes y programas estatales, y la definición de sectores en que se han de desarrollar actividades adicionales para mejorar las condiciones de salud y eliminar la violencia contra la mujer.

Como cabe apreciar, durante el período que abarca el informe el país adoptó un gran número de medidas tendientes a la democratización y a la creación de una estructura política destinada a garantizar los derechos y los intereses jurídicos de las mujeres.

3.Apoyo legislativo y constitucional para los derechos humanos en la República de Kazajstán

La Constitución de la República de Kazajstán refleja de manera bastante cabal los principios rectores de la Declaración Universal de Derechos Humanos, y establece las bases jurídicas e institucionales para la protección y garantía de los derechos humanos, incluidos los derechos de la mujer.

La Asamblea de los Pueblos de Kazajstán desempeña una función de gran magnitud para hacer efectivo el ejercicio de los derechos humanos, sirviendo de mecanismo para dar soluciones civilizadas, democráticas y mutuamente aceptables a cualesquier problemas interétnicos o interreligiosos.

Se creó la Comisión Nacional sobre Democracia y Sociedad Civil, que rinde informes al Presidente de la República de Kazajstán.

Se dio efecto a la recomendación del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer en el sentido de que se acelerase la creación de la oficina del defensor del pueblo. Por decreto del Presidente de la República de Kazajstán de fecha 19 de septiembre de 2002 se estableció el cargo de Representante para los Derechos Humanos (Ombudsman); la plantilla de la nueva oficina incluye a personal especializado en cuestiones relativas al género. En cumplimiento de instrucciones emitidas por el Jefe de Estado en el Cuarto Foro de las Mujeres de Kazajstán, se halla actualmente en estudio la posibilidad de crear en el Centro Nacional de Derechos Humanos una subdivisión especial para la protección de los derechos de la mujer.

Se puso en práctica la recomendación del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer en el sentido de que se estableciesen puntos de coordinación en cuestiones de género en todos los órganos gubernamentales.

Un grupo de diputados denominado "Otbasy" (Familia), que se creó a nivel legislativo en el Parlamento de Kazajstán con el fin de proteger los intereses de la familia, las mujeres y los niños, ha venido desarrollando una labor eficaz y está promoviendo efectivamente dichos intereses mediante la aprobación de leyes pertinentes. Por iniciativa de este grupo, se han celebrado audiencias parlamentarias sobre la atención de la salud, la educación y el apoyo legislativo para los derechos de la mujer y del niño en las que han participado organizaciones no gubernamentales y organismos internacionales.

Los miembros del grupo "Otbasy" han preparado un proyecto de ley sobre la igualdad de derechos y de oportunidades para hombres y mujeres, que ya ha sido evaluado por organismos internacionales y organizaciones no gubernamentales. Siguiendo instrucciones del Jefe de Estado, en el Plan de acción para la consecución de los objetivos fijados por el Presidente de la República de Kazajstán en el Foro de las Mujeres de Kazajstán, celebrado el 7 de septiembre de 2004, se ha previsto la presentación de dicho proyecto de ley al Gobierno en el último trimestre de 2005.

Mediante un proceso de análisis basado en el género se está determinando hasta qué punto la legislación favorece la igualdad entre los géneros, y en qué medida se recogen en el derecho nacional los preceptos y normas internacionales.

En 2003 se aprobó la ley sobre la incorporación de adiciones al Código Penal de la República de Kazajstán en relación con la trata de mujeres. Ahora, el traslado ilícito de personas fuera de Kazajstán o su tránsito ilícito por el país se tipifica como delito pasible de una pena de tres a ocho años de reclusión y la posible confiscación de bienes.

Por la decisión No. 983 del Gobierno de la República de Kazajstán, de 26 de septiembre de 2003, se creó la Comisión Interdepartamental para la Represión del Traslado Ilícito, la Importación y la Trata de Personas, órgano subordinado al Gobierno de la República de Kazajstán que se halla ya en funcionamiento. Asimismo, se elaboró un plan para la represión y prevención de delitos relacionados con la trata de personas, que fue aprobado por decisión del Gobierno de fecha 24 de febrero de 2004. El 12 de octubre de 2004 el Presidente de la República de Kazajstán rubricó un decreto relativo a la firma del Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena y su Protocolo Final.

Se halla en funcionamiento en el país un total de 38 centros de solución de situaciones de crisis para atender a mujeres y niños que han sido víctimas de violencia.

La Comisión Nacional sobre la Familia y la Mujer, que depende directamente del Presidente de la República de Kazajstán, ha dado pruebas de ser un mecanismo institucional eficaz.

La aplicación del Plan de acción nacional para el mejoramiento de la condición jurídica y social de la mujer ha promovido el desarrollo del potencial de las mujeres de la República, la ampliación de las oportunidades de que disponen las mujeres, y el establecimiento de relaciones de asociación social de carácter fundamentalmente nuevo entre la sociedad civil y los órganos del Estado.

Hasta la fecha, aproximadamente el 85% de las medidas previstas en el plan ya se han aplicado o se hallan en proceso de aplicación.

Se ha aprobado en Kazajstán el Concepto de política jurídica, sobre cuya base se está perfeccionando el sistema judicial, se han ampliado las actividades de promoción, se está reformando el sistema penitenciario, se está fortaleciendo la función de las organizaciones no gubernamentales en este sector, y se están introduciendo gradualmente modalidades no judiciales de resolución de conflictos.

En el momento actual, es tarea urgente en Kazajstán la difusión pública de información sobre los mecanismos internacionales para la protección de las libertades y los derechos humanos. Se hallan en marcha los preparativos para la ratificación de los pactos internacionales de derechos civiles y políticos y de derechos económicos, sociales y culturales.

Problemas por resolver y obstáculos por superar

A la vez que se han registrado progresos en lo que se refiere al adelanto de las mujeres, también se han definido problemas y obstáculos, entre los cuales revisten la mayor trascendencia los siguientes:

•la sociedad todavía no comprende lo esencial o importante que es lograr la igualdad entre los géneros;

•las mujeres están aún insuficientemente representadas en los niveles decisorios. Sólo constituyen el 8% de los directores generales de empresas. Ninguna mujer desempeña el cargo de akim de región o distrito;

•la labor educacional que se desarrolla para cambiar la mentalidad de la sociedad es insuficiente;

•aunque los salarios han aumentado en alguna medida, el salario medio de las mujeres sigue siendo inferior al de los hombres;

•el índice de salud de las mujeres sigue siendo bajo;

•no se han eliminado la violencia contra la mujer ni la explotación sexual de las mujeres.

4.Protección de los derechos humanos sobre la base de las normas internacionales

Kazajstán es parte en 66 tratados internacionales de derechos humanos. Durante los últimos cuatro años se ha adherido a 11 de ellos.

De conformidad con las recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, Kazajstán ratificó en 2001 el Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.

En 2001 se ratificaron asimismo los protocolos facultativos de la Convención sobre los Derechos del Niño relativos a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, y a la participación de niños en los conflictos armados.

En 2002 se ratificó el Convenio sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación.

La firma en 2003 de los pactos internacionales de derechos civiles y políticos y de derechos económicos, sociales y culturales, de 1966, representó para Kazajstán un paso importante en el desarrollo de la democracia y el afianzamiento de la sociedad civil.

Se ha mantenido sin alteraciones la disposición de la Constitución de la República de Kazajstán relativa a la precedencia que tienen los tratados internacionales ratificados por la República con respecto a la legislación nacional.

5.Distribución de información y promoción de los derechos humanos

La Constitución de la República de Kazajstán y la ley de la República de Kazajstán sobre los medios de difusión (artículo 2) garantizan la libertad de expresión y de pensamiento, prohíben la censura y consagran el derecho de toda persona a obtener información y difundirla a otras personas salvo en los casos en que la ley lo prohíbe.

Los medios de difusión están contribuyendo de manera substancial a la creación en la conciencia pública de una imagen no estereotipada de la mujer actual como participante activa y de pleno derecho en todos los procesos políticos y socioeconómicos del país.

El canal de televisión de más alcance en la República, "Khabar", desarrolla una labor activa en este sentido. En programas de información y análisis como "Es mejor tener buena salud", "Dilema", "Proceso" y "Ciudad del futuro" se examinan temas como "La mujer y el hombre ante la ley" y "La maternidad sin riesgo". Se transmiten programas titulados "La mujer y el hombre ante la ley", "Maternidad sin riesgo", "Por qué hace falta un papá", "La familia oriental", "Feminismo", "La ley sobre la violencia en el hogar", "Mujeres que prestan servicio en el ejército", "Mujeres en el Parlamento", "La salud de la mujer", "La condición social de la mujer en el hogar", "La igualdad de derechos de la mujer en la familia", "Los derechos de la mujer en la sociedad actual", "El porcentaje de mujeres en la administración pública" y "Mujeres empresarias de Kazajstán", entre otros.

El canal nacional de televisión, "Kazajstán", también participa activamente este empeño, transmitiendo comentarios sobre el tema de la igualdad entre los géneros en sus programas de noticias y de análisis de la información. Los programas "El género y nosotros", "Diálogo" y "Punto de vista de Radio Kazaka" están contribuyendo de manera considerable a promover el concepto de la inadmisibilidad de todas las formas de discriminación contra la mujer.

Los temas relativos a la mujer se cuentan entre los más populares que se comentan en la prensa, y entre los que con más frecuencia aparecen en sus páginas.

Además, entre los medios de difusión de la República hay revistas especiales dedicadas a cuestiones de la maternidad, a la importancia de la institución de la familia y a la función de la madre en la educación moral de la juventud. Cabe señalar también que esas publicaciones suscriben contratos con el Estado para promover la política informativa del Estado a nivel de toda la República.

La prensa está prestando gran atención a la participación de las mujeres en la vida sociopolítica del país, subrayando la función estabilizadora de las mujeres en los procesos que se hallan en marcha en la sociedad.

La participación de las mujeres en el sector no gubernamental es uno de los diversos temas que se examinan en los medios de difusión, que principalmente destacan organizaciones no gubernamentales femeninas y subrayan su acción.

El mecanismo fundamental para la interacción entre el Estado y los medios de difusión es el sistema de adjudicación de contratos estatales, al que tienen acceso todos los medios de difusión operantes en el país, independientemente de quiénes sean sus propietarios. En lo esencial, la adjudicación de contratos del Estado se traduce en el hecho de que el Gobierno y los órganos ejecutivos regionales están financiando la presentación en los medios de difusión de los temas sociales importantes que revisten la mayor trascendencia para la sociedad. Los medios de difusión nacionales y regionales obtienen el derecho a presentar dichos temas con arreglo a un contrato otorgado por el Gobierno al cabo de una competencia libre.

En 2004, por ejemplo, se adjudicaron contratos sociales a 33 periódicos, 26 revistas, una agencia informativa de alcance nacional, y 36 compañías centrales y regionales de radio y televisión. Cabe señalar que en un 80% los periódicos, revistas y canales de radio y televisión no son estatales.

Se está desarrollando una intensa labor encaminada a realzar la conciencia pública respecto de los derechos de la mujer. En 2004, la presentación de información sobre la política de género del Estado se incluyó como rubro independiente en la lista de temas de los contratos adjudicados por el Estado.

La Comisión Nacional, en cooperación con la Oficina de Género y Desarrollo de las Naciones Unidas, ofrece capacitación para sensibilizar a los periodistas respecto de consideraciones en que se tiene en cuenta el género. Unos 150 periodistas de los medios de difusión impresos y electrónicos se han valido de esa capacitación en los dos años últimos.

Desde 1999 se ha publicado un compendio anual de estadísticas titulado "Mujeres y Hombres de Kazajstán", en el que ha venido aumentando de año en año el número de índices relativos al género, con el fin de presentar un cuadro gráfico de la situación efectiva de la mujer en todos los sectores de la vida de la sociedad.

Como se desprende de lo anterior, se han adoptado diversas medidas para eliminar los problemas citados por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer y superar los conceptos estereotípicos tradicionales de la función de los hombres y las mujeres.

6.Desarrollo socioeconómico

El mejoramiento de la situación económica ha contribuido a afianzar los derechos socioeconómicos de la ciudadanía, reducir la pobreza y aumentar el empleo, elevar el nivel de ingreso de la población e incrementar los salarios y las pensiones.

En 2003, el producto interno bruto de la República aumentó en un 9,2% en relación con el año anterior. Se registró un crecimiento del 8,8% en la industria, 9,3% en la construcción, y 1,4% en la agricultura, y el volumen de la carga transportada aumentó en un 9,8%, con respecto a 2002. En los servicios de comunicación, el crecimiento fue del 25,8%.

Los factores que han sostenido este crecimiento económico continuo han sido un nivel bajo de inflación, la estabilidad de los sistemas monetario, tributario y presupuestario, y una situación favorable a Kazajstán en los mercados mundiales de productos básicos, así como la situación política estable de la República, la ampliación de la capacidad empresarial, el aumento de la demanda interna y un clima favorable para la inversión.

La elevada tasa de crecimiento que se registró en la industria fue resultado de una expansión del 8,8% en la minería con respecto a los indicadores de 2002, y un crecimiento del 8,9% en el sector fabril y del 7,1% en la producción y distribución de electricidad, gas y agua.

En 2003, la producción agraria aumentó tanto en el sector de los cultivos como en el pecuario. En total, se cosecharon en la República 14,8 millones de toneladas de granos (peso del producto elaborado). En todas las categorías de predios agrícolas, el número de cabezas de ganado de todo tipo, así como de aves de corral, fue superior al de 2002.

La tendencia continua a un crecimiento estable en la economía del país está surtiendo un efecto positivo en los indicadores del comercio exterior e interno. Las ventas al por menor aumentaron en un 10% en 2003.

Se logró la finalidad primordial de la política monetaria de 2003, esto es, mantener la inflación anual media dentro de los márgenes de 4 a 6%: el índice medio de inflación del año fue del 6,4%, nivel que corresponde a las proyecciones del Plan indicativo de desarrollo social y económico de Kazajstán hasta 2005.

Durante 2003 se aplicó una política cuyo propósito era asegurar la estabilidad del mercado financiero, el mayor desarrollo de los mercados de seguros y de valores, y el fortalecimiento del sistema bancario y el acceso de las empresas del sector real de la economía a los recursos financieros, así como el mejoramiento de la acumulación de capital en el sistema de pensiones.

Gracias a la estabilización macroeconómica y la expansión del sistema financiero, aumentaron los recursos crediticios de los bancos comerciales para inversiones a largo plazo destinadas a la modernización tecnológica de las empresas y a la iniciación de operaciones de producción nuevas y competitivas. La tendencia ascendente de esos índices fue constante. Dentro del volumen total de préstamos, la mayor proporción se concentró en la industria, el comercio y la agricultura.

El mejoramiento de la situación económica permitió aumentar los recursos que se dedicaron a atender necesidades sociales, lo que claramente promovió un ejercicio más efectivo de sus derechos por parte de las mujeres y los hombres del país. En el cuadro 3 se presentan indicadores básicos del nivel de vida de la población.

Cuadro 3Indicadores básicos del nivel de vida de la población

1999

2000

2001

2002

2003

Variación real del PIB, como porcentaje del año anterior

102,7

109,8

113,5

109,8

109,2

Nivel de desempleo

13,5

12,8

10,4

9,3

8,8

Porcentaje de la población con ingresos inferiores al nivel de subsistencia

34,5

31,8

28,4

24,2

19,8

Porcentaje de la población con ingresos inferiores al costo de la canasta del consumidor

14,5

11,7

11,7

8,9

6,3

Profundidad de la pobreza 1

13,7

10,3

7,8

6,1

4,6

Severidad de la pobreza 2

5,5

4,0

3,1

2,2

1,6

Coeficiente Gini para grupos de quintiles 3

0,340

0,343

0,348

0,312

0,300

Relación de activos (ingreso de 10% de la población rica en relación con 10% de la población pobre) 4

11,0

11,9

11,3

9,8

8,9

1La profundidad de la pobreza es un indicador de la pobreza que expresa la desviación media del nivel de ingreso de los miembros de los hogares que componen la población afectada con respecto a un criterio establecido (nivel de subsistencia, umbral de pobreza alimentaria, y umbral de pobreza oficial).

2La severidad de la pobreza es un indicador de la pobreza que sirve para configurar un cuadro más completo de la profundidad de la pobreza. Expresa la media de los cuadrados de las desviaciones de la parte que corresponde al déficit del ingreso de los miembros de los hogares afectados con respecto al criterio establecido y la extensión del margen de diferencia existente entre los ingresos de la población pobre.

3El coeficiente Gini (coeficiente de concentración del ingreso) permite la evaluación numérica del grado de desigualdad. Determina la medida de la desviación de la distribución real de los ingresos entre grupos numéricamente iguales de la población con respecto a la línea que correspondería a una distribución uniforme.

4La relación de activos mide la relación entre los ingresos medios de grupos comparables de población dentro de una serie distributiva para los grupos de deciles décimo y primero.

Por primera vez en la historia de Kazajstán, en el Plan indicativo de desarrollo social y económico para 2001-2003 se incluyó una sección especial titulada "Participación de la mujer en el desarrollo". También en el Plan estratégico de desarrollo de Kazajstán hasta 2010 figuran indicadores relativos al género. En cumplimiento de instrucciones impartidas por el Jefe de Estado en el Cuarto Foro de las Mujeres de Kazajstán, se está formulando la Estrategia para la igualdad entre los géneros en la República de Kazajstán para 2005-2014.

Programas en marcha y en preparación destinados a mejorar el bienestar de la población, incluidas las mujeres

En el Programa de lucha contra la pobreza en la República de Kazajstán para 2003-2005, que fue aprobado por decisión del Gobierno de fecha 26 de marzo de 2003, se prevén diversas medidas tendientes a brindar protección socioeconómica a la población, incluidas las mujeres.

Se espera que con la realización del programa el desempleo baje al 8,1%, que el porcentaje de la población con ingresos inferiores al nivel de subsistencia disminuya a 20 en 2005, y que el porcentaje de la población que se sitúa por debajo del umbral de pobreza se reduzca a la mitad. En 2003 ya se había logrado el propósito de reducir el porcentaje de la población con ingresos inferiores al nivel de subsistencia (al 19,8%). Se halla en estudio la posibilidad de elevar el umbral de pobreza.

Se han tenido en cuenta las disposiciones de la Declaración de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social y el Decenio de las Naciones Unidas para la Erradicación de la Pobreza, aprobados en Copenhague en marzo de 1995, así como de los convenios de la Organización Internacional del Trabajo sobre trabajo, empleo e igualdad entre los géneros.

Se está llevando a efecto el Programa de apoyo estatal a las organizaciones no gubernamentales de la República de Kazajstán para 2003-2005, que tiene por objeto crear las condiciones necesarias para el desarrollo estable de organizaciones no gubernamentales, incluidas las de mujeres, y robustecer su función en la solución de problemas sociales de importancia sobre la base de la interacción con las autoridades del Estado y con el apoyo de éstas.

En 2003, el Jefe de Estado aprobó los documentos programáticos básicos que definen las orientaciones prioritarias de la política económica del país a mediano plazo:

–Estrategia para el desarrollo de la industria y la innovación en el país para 2003-2015;

–Programa estatal para el desarrollo del sector kazako del Mar Caspio;

–Programa estatal de desarrollo de las zonas rurales para 2004-2010.

Este último programa, junto con el Programa estatal de alimentos agrícolas para 2003-2005 que se había aprobado con anterioridad, echó las bases para la transformación socioeconómica de las aldeas.

Con arreglo a la Estrategia para el desarrollo de la industria y la innovación en el país para 2003-2015, se adoptarán medidas encaminadas a mejorar el clima para la actividad empresarial, a crear las condiciones necesarias para el desarrollo de un sistema escalonado de innovación (polígonos técnicos, incubadoras de empresas tecnológicas, polígonos de investigación) en la República, y a asegurar una inversión eficiente de recursos en los sectores prioritarios de la economía.

El Programa estatal de desarrollo de la construcción de viviendas en la República de Kazajstán para 2005-2007 se adoptó con el objeto de proveer de vivienda a un amplio sector de la población. En el presupuesto de 2004 de la República se asignó la suma de 18.860 millones de tenge a la realización del programa. Para dar efecto a la nueva política habitacional, se prevé que en el período 2005-2007 se invertirán en total casi 400.000 millones de tenge en la construcción de viviendas, incluidos casi 150.000 millones de tenge del presupuesto estatal, que en gran parte se han de reembolsar con el fin de sustentar el Programa estatal de desarrollo de la construcción de viviendas.

En diciembre de 2003 se aprobó el Programa de desarrollo de ciudades pequeñas para 2004-2006. En él se prevé la creación de las condiciones requeridas para el desarrollo socioeconómico estable de ciudades pequeñas, en combinación con el suministro de apoyo estatal a ciudades en situaciones de depresión económica.

Todos esos programas se financian con recursos presupuestarios, lo que permite llevar adelante una política que garantiza la solución de los problemas estratégicos definidos en la Estrategia para el desarrollo de Kazajstán hasta 2030.

De este modo, se dispone no sólo de los documentos programáticos estratégicos sino también de los instrumentos necesarios para dar efecto a los programas a mediano plazo.

El crecimiento positivo de la economía ha creado condiciones favorables para que siga mejorando el bienestar de toda la población, incluidas las mujeres.

De conformidad con la Declaración del Milenio, de las Naciones Unidas, de la que Kazajstán fue signatario, se han definido las metas fundamentales del desarrollo, que configuran la construcción de un camino hacia la paz sin las miserias y privaciones que acarrea la pobreza.

En el Programa de ampliación continua de las reformas sociales en la República de Kazajstán para 2005-2007 se prevén medidas para seguir perfeccionando el sistema de seguridad social y para formular una nueva política social en general. El programa comprende el pago de prestaciones por el cuidado de niños menores de un año y de prestaciones por niños menores 18 años de familias indigentes.

En el Programa estatal de desarrollo de la educación en la República de Kazajstán para 2005-2010 se dispone que se restaure el sistema de parvularios y se establezca un sistema completo de enseñanza preescolar; se amplíe el sistema de adjudicación de contratos del Estado para la formación de maestros; se fortalezca la base material y técnica de las escuelas; se cree una red de internados para niños con discapacidades de desarrollo; se complete la introducción en la República del método de pruebas externas independientes en la forma de un sistema nacional uniforme de exámenes de graduación en las escuelas, así como de certificación intermedia de estudiantes de enseñanza superior; y, entre otras cosas, se desarrolle una red de instituciones para ofrecer formación profesional a los jóvenes, principalmente con la participación del sector privado.

En el Programa estatal de reforma y desarrollo de la atención de la salud en la República de Kazajstán para 2005-2010, que fue aprobado por decreto del Presidente de la República de Kazajstán de fecha 13 de septiembre de 2004, se dispone, de conformidad con recomendaciones de la OMS, la prestación gratuita de servicios farmacéuticos a nivel ambulatorio para niños menores de cinco años que padecen determinados tipos de enfermedades, niños y adolescentes inscritos en centros de salud para recibir atención médica, y mujeres embarazadas que necesitan preparados con hierro y yodo; asimismo, se prevén exámenes médicos preventivos para mujeres en edad de procrear y niños menores de 18 años. Además, se han de mejorar los diagnósticos perinatales (previos al parto) y las medidas preventivas en relación con enfermedades hereditarias o congénitas de los niños.

Kazajstán coopera estrechamente con numerosas organizaciones internacionales. En 2003, por ejemplo, el Gobierno de la República de Kazajstán y el Banco Asiático de Desarrollo suscribieron el Acuerdo de asociación contra la pobreza. El acuerdo se basa en datos provenientes del Programa de lucha contra la pobreza en la República de Kazajstán para 2003-2005.

La finalidad del acuerdo es alcanzar los objetivos de desarrollo del Milenio de las Naciones Unidas según se aplican a Kazajstán.

Con arreglo a las disposiciones del acuerdo, la proporción de la población que representan los grupos pobres se ha de reducir del 28,4% registrado en 2001 al 7% para 2015. En el acuerdo se definen además varios otros objetivos tales como la reducción de las tasas de mortalidad infantil y materna, la contención de la propagación de la tuberculosis y el VIH/SIDA y el acceso seguro a agua potable, así como medidas para superar diversos problemas que deben resolverse antes de 2015.

Segunda parteInformación sobre la aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

Artículo 1Definición de la discriminación contra la mujer

A los efectos de la Convención, la expresión "discriminación contra la m u jer" denota toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o eje r cicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fu n damentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cua l quier otra esfera.

El concepto de "discriminación contra la mujer" no figura en el derecho nacional vigente. No obstante, en virtud del artículo 4 de la Constitución de la República de Kazajstán todos los acuerdos internacionales ratificados por la República de Kazajstán pasan a ser parte del derecho vigente y su cumplimiento es obligatorio.

Puesto que Kazajstán se ha adherido a la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, el concepto de "discriminación" que se define en el artículo 1 de dicha Convención puede invocarse en la práctica judicial.

La palabra "discriminación" por sí sola se emplea extensamente en los textos de la Constitución, las leyes y los reglamentos. En lo esencial, su interpretación corresponde a la definición del concepto que se consigna en la Convención.

En atención a la recomendación del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, se ha incorporado al proyecto de ley sobre la igualdad de derechos y de oportunidades de hombres y mujeres una definición de la expresión "discriminación" como sigue: "se entiende por discriminación toda distinción, exclusión o restricción de los derechos humanos y las libertades fundamentales basada en el sexo".

Artículo 2Obligación de eliminar la discriminación

Los Estados Partes condenan la discriminación contra la mujer en todas sus formas, convienen en seguir, por todos los medios apropiados y sin dilaci o nes, una política encaminada a eliminar la discriminación contra la mujer y, con tal objeto, se comprometen a:

a) Consagrar, si aún no lo han hecho, en sus constituciones nacionales y en cualquier otra legislación apropiada el principio de la igualdad del hombre y de la mujer y asegurar por ley u otros medios apropiados la realización práctica de ese principio;

En virtud del artículo 14 de la Constitución de la República de Kazajstán, "nadie puede ser objeto de discriminación alguna por motivos de origen, condición social, empleo o bienes, sexo, raza, nacionalidad, idioma, religión, convicciones, lugar de residencia o cualquier otra circunstancia".

Esta norma garantiza para las mujeres oportunidades iguales a las de los hombres en lo que se refiere a la educación y la formación profesional y en las esferas sociopolítica y cultural y todas las demás esferas de actividad.

El mismo precepto se ha incorporado a la Ley constitucional sobre elecciones en la República de Kazajstán; a las leyes relativas al matrimonio y la familia, la protección de la salud de los ciudadanos, la educación, el trabajo en la República de Kazajstán y el servicio en la administración pública; al Código Penal y al Código de Procedimiento Penal; al Código de Infracciones Administrativas; y a otros instrumentos jurídicos y normativos que rigen las relaciones sociales.

b) Adoptar medidas adecuadas, legislativas y de otro carácter, con las sa n ciones correspondientes, que prohíban toda discriminación contra la mujer;

Kazajstán es un Estado secular, en que está prohibida toda discriminación contra la mujer por motivos de sexo.

No hay ni ha habido nunca en la legislación normas que otorguen a un hombre el derecho a castigar a su esposa. Para tales actos se prevé responsabilidad administrativa y penal.

Se prevé responsabilidad penal (artículos 120, 121 y 123 del Código Penal) con respecto a la violación, las relaciones sexuales forzadas y otros actos violentos de carácter sexual.

Las normas del derecho vigente que se refieren a la protección de las mujeres contra la violencia se aplican a todas las víctimas de delitos, incluso las mujeres que se dedican a la prostitución. La ley no hace distinciones de ninguna clase sobre la base de criterios sociales o de otra índole.

Se ha creado una inspección estatal del trabajo para vigilar el cumplimiento de la legislación relativa a las relaciones laborales. Se prevé responsabilidad administrativa (artículos 87 y 148 del Código de Infracciones Administrativas) y penal (artículos 148 y 152 del Código Penal) con respecto a violaciones de las normas de la legislación del trabajo.

La oficina del fiscal ejerce autoridad permanente respecto de investigaciones de delitos y asuntos relacionados con la protección social de la mujer.

Con el fin de robustecer la vigilancia por parte del Estado de las leyes del trabajo y protección laboral, por la decisión No. 1920, de fecha 28 de diciembre de 2000, del Gobierno de la República de Kazajstán, el 1º de enero de 2001 se creó una estructura vertical para la dependencia de inspección del trabajo del Ministerio del Trabajo y Protección Social de la República de Kazajstán en todas las regiones y en las ciudades de Astana y Almaty.

c) Establecer la protección jurídica de los derechos de la mujer sobre una base de igualdad con los del hombre y garantizar, por conducto de los tr i bunales nacionales competentes y de otras instituciones públicas, la protección efectiva de la m u jer contra todo acto de discriminación;

En el sistema jurídico de Kazajstán, la condición de la mujer es igual a la del hombre. Las mujeres pueden entablar demandas en los tribunales en su propio nombre o representar los intereses de otras partes ante los tribunales; esto es, pueden ser demandantes o defensoras.

Con arreglo a la parte 2 del artículo 14 del Código Penal, las personas que han cometido un delito son iguales ante la ley, independientemente de su origen, condición social, empleo o bienes, sexo o cualquier otra circunstancia. Este precepto del derecho es constitucional, pues se basa en la parte 1 del artículo 14 de la Constitución de la República de Kazajstán.

Porque uno de los seis sectores de actividad prioritarios del Representante para los Derechos Humanos [Ombudsman] es la protección de los derechos de la mujer, su oficina ejerce funciones que adelantan y protegen los derechos de las mujeres.

De conformidad con el párrafo 2 del estatuto del Representante para los Derechos Humanos, aprobado por decreto presidencial de fecha 19 de septiembre de 2002, las actividades del Ombudsman complementan las disposiciones vigentes del Estado para la protección de las libertades y los derechos humanos y civiles. El Ombudsman examina peticiones elevadas por ciudadanos de la República de Kazajstán, así como también ciudadanos extranjeros y apátridas, respecto de acciones y decisiones en contra de funcionarios e instituciones que han violado los derechos que les garantizan la Constitución y los instrumentos legislativos de la República de Kazajstán y los tratados internacionales en que es parte (párrafo 17 del estatuto).

El Ombudsman tiene también la función de vigilar la observancia de los derechos humanos. A este fin, se vigila el cumplimiento de las disposiciones de la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer en los establecimientos correccionales OV-156/21 (colonia penal de mujeres de la Región de Kazajstán Oriental) y AK-159/9 (colonia penal de mujeres de Koksun, en la Región de Karaganda).

En una visita a las colonias penales de mujeres, el Ombudsman observó que las condiciones carcelarias en esos establecimientos satisfacían las normas mínimas para el tratamiento de reclusos. Como apunte positivo, el Ombudsman tomó nota del interés manifestado por la administración de los establecimientos en realzar la conciencia de las reclusas respecto de la protección de sus derechos. En la colonia de la Región de Karaganda se halla en funcionamiento un centro público de recepción llamado "Justicia accesible".

La filial de Karaganda de la Oficina Internacional para los Derechos Humanos y el Imperio de la Ley de Kazajstán ha capacitado a seis reclusas en un programa denominado "Yurist maksimum" [El mejor abogado], y éstas están ayudando a otras reclusas a presentar apelaciones de supervisión y solicitudes de indulto, y asesorándolas en cuestiones de derechos civiles, derechos de familia (privación de la patria potestad), y derechos relativos a la vivienda (preparación de contratos).

d) Abstenerse de incurrir en todo acto o práctica de discriminación co n tra la mujer y velar por que las autoridades o instituciones públicas actúen de conformidad con esta obligación;

Las autoridades responsables no han descubierto casos en que ciudadanos que ingresan al servicio del Estado hayan sido víctimas de discriminación en formas que supongan alguna restricción directa o indirecta por motivos de sexo, raza, nacionalidad, idioma, origen, empleo o bienes, lugar de residencia, religión, convicciones o afiliación a asociaciones públicas.

Se presta particular atención a la capacitación de todos los funcionarios del Estado en materias relacionadas con la igualdad entre los géneros.

e) Tomar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer practicada por cualesquiera personas, organizaciones o empr e sas

El derecho penal prevé sanciones para la violación de la igualdad de derechos de los ciudadanos por motivos de sexo (artículo 141 del Código Penal). Conforme al Código Penal, ese acto es punible con una multa cuantiosa, la aprehensión o la reclusión.

En tres años, se han iniciado en total tres causas penales con arreglo al artículo 141 del Código Penal (dos en 2002 y una en 2003).

En el artículo 54 del Código Penal se dispone que los delitos cometidos contra mujeres embarazadas se considerarán acompañados de circunstancias agravantes en lo que se refiere a la responsabilidad penal y la sanción. En el artículo 62 del Código de Infracciones Administrativas también se considera el embarazo como circunstancia agravante.

En ambos códigos se dispone que un delito cometido por una mujer embarazada o una mujer con hijos pequeños se considerará acompañado de circunstancias atenuantes.

Con arreglo al artículo 148 del Código Penal, una persona que, sin fundamento, se niegue a contratar a una mujer o despida a una mujer por motivo de embarazo, o que, sin fundamento, se niegue a contratar a una mujer con niños menores de tres años o la despida, será pasible de una multa equivalente a 200 a 500 veces el índice contable mensual o a los salarios u otros ingresos de la parte culpable por un período de dos a cinco meses, o la privación del derecho a ocupar determinados cargos por un período de hasta cinco años, o trabajos correccionales por un período de hasta dos años.

Las personas que consideran que han sido víctimas de discriminación en el lugar de trabajo pueden presentar una denuncia ante los tribunales.

f) Adoptar todas las medidas adecuadas, incluso de carácter legislativo, para modificar o derogar leyes, reglamentos, usos y prácticas que constituyan discr i minación contra la mujer;

Se han promulgado leyes y se ha aprobado un extenso conjunto de decisiones y reglamentos sobre cuestiones sociales, el empleo y la lucha para reprimir la violencia contra la mujer (véase el anexo).

g) Derogar todas las disposiciones penales nacionales que constituyan di s criminación contra la mujer.

A este fin, el Código Penal y el Código de Procedimiento Penal se han sometido a análisis con base en el género. A raíz de ello, se han incorporado a dichos códigos enmiendas y adiciones que hacen más severas las sanciones por violación y otros actos de violencia contra la mujer. Se ha suprimido en el Código Penal un artículo en que la violación se tipificaba como materia en que la parte agraviada debía iniciar el procedimiento penal. Ahora, la acción judicial se inicia independientemente de que se haya presentado o no una denuncia o demanda, y no puede darse por terminada si hay reconciliación entre las partes. También se han hecho más severas las penas por otros actos de violencia contra la mujer.

En el Programa de prevención de infracciones de la ley y represión del delito en la República de Kazajstán para 2003 y 2004, que fue aprobado por decisión del Gobierno de la República de Kazajstán de fecha 29 de diciembre de 2002, se disponen medidas para prevenir o evitar delitos contra la mujer.

Al mismo tiempo, se ha observado que el análisis de la legislación con base en el género debe realizarse en forma más sistemática e integrada. Actualmente, se efectúa sólo por iniciativa de la Comisión Nacional y determinadas organizaciones no gubernamentales. Se está resolviendo la cuestión de instituir normas relativas al carácter vinculante del análisis basado en el género.

Artículo 3Desarrollo y adelanto de la mujer

Los Estados Partes tomarán en todas las esferas, y en particular en las e s feras política, social, económica y cultural, todas las medidas apropiadas, incl u so de carácter legislativo, para asegurar el pleno desarrollo y adelanto de la mujer, con objeto de garantizarle el ejercicio y el goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales en igualdad de condiciones con el hombre.

Se ha dado efecto a las recomendaciones del Comité para Eliminación de la Discriminación contra la Mujer en el sentido de que se fomente el adelanto de la mujer mediante la creación de programas especiales.

De conformidad con el párrafo 4 del artículo 33 de la Constitución de la República de Kazajstán, los requisitos que deben cumplir los candidatos a cargos en la administración pública derivan exclusivamente del carácter de las funciones del cargo y los establece la ley.

Se está registrando una tendencia ascendente en el número de mujeres que se desempeñan en la administración pública.

Al 1º de enero de 2004, había 47.813 mujeres (58,5%) en la administración pública, dentro de un total de 81.702 funcionarios del Estado. En 2002 constituían el 56,7%, en 2001 el 55,2% y en 2000 el 54%.

Entre los funcionarios responsables de formular políticas, las mujeres representan el 11,1%; en 2000 constituían el 8,8%.

En 2003, 41.173 mujeres participaron en concursos para cubrir vacantes, representando el 56,8% del número total de candidatos.

Entre quienes fueron elegidos para cubrir vacantes, las mujeres representaron el 55,3%.

Además, en cumplimiento de instrucciones del Presidente de la República, en los ministerios y departamentos, así como también en los órganos ejecutivos de las regiones, se ha creado una reserva de funcionarias directivas con el fin de impulsar el avance de un mayor número de mujeres a los niveles decisorios.

No obstante, no puede afirmarse aún que las mujeres hayan alcanzado una situación de verdadera igualdad en las estructuras del poder. Hoy en día, las mujeres no representan más que el 11,1% del personal directivo con funciones decisorias. Sólo siete mujeres se desempeñan como adjuntas de akims de regiones, y son escasas las que encabezan la administración de distritos o ciudades.

Con objeto de realzar la capacidad directiva de las mujeres y adaptarla a las condiciones actuales, en 2001-2003 se realizaron más de 12.000 conferencias, sesiones de capacitación y seminarios en que participaron casi 500.000 mujeres:

sobre el adelanto político de la mujer – 1.219 actos, con la participación de 64.540 personas;

sobre el adelanto económico – 1.802 actos, 70.838 personas;

sobre la protección de la salud de la mujer – 3.736 actos, 154.766 personas;

sobre la protección de la mujer contra la violencia – 2.386 actos, 89.634 personas;

sobre otros temas – 2.979 actos, 118.106 personas.

Artículo 4Aceleración del proceso de consecución de la igualdad entre el hombre y la mujer

1. La adopción por los Estados Partes de medidas especiales de carácter temporal encaminadas a acelerar la igualdad de facto entre el hombre y la m u jer no se considerará discriminación en la forma definida en la presente Co n vención, pero de ningún modo entrañará, como consecuencia, el mantenimiento de normas desiguales o separadas; estas medidas cesarán cuando se hayan a l canzado los objetivos de igualdad de oportunidad y trato.

2. La adopción por los Estados Partes de medidas especiales, incluso las co n tenidas en la presente Convención, encaminadas a proteger la maternidad no se co n siderará discriminatoria.

Kazajstán ha adoptado numerosas medidas especiales encaminadas a acelerar la igualdad de facto entre el hombre y la mujer, y particularmente para proteger la maternidad.

La ley de la República de Kazajstán sobre seguridad y protección en el trabajo (artículo 15) prohíbe el empleo de mujeres en trabajos que requieren esfuerzos físicos rigurosos o se realizan en condiciones perjudiciales (extremadamente perjudiciales) o peligrosas (extremadamente peligrosas). Se ha aprobado una lista de lugares de trabajo y ocupaciones que exigen esfuerzos físicos rigurosos o imponen condiciones de trabajo perjudiciales (extremadamente perjudiciales) o peligrosas (extremadamente peligrosas) en los que se prohíbe el empleo de mujeres o personas menores de 18 años.

Sólo puede contratarse a mujeres para empleos con condiciones de trabajo perjudiciales y peligrosas luego de un examen médico preliminar y una determinación en el sentido de que no hay contraindicaciones de salud, y de conformidad con los requisitos establecidos por decisiones legales y regulatorias del órgano competente de salubridad.

Cuando así lo requieren las conclusiones de exámenes médicos, las mujeres embarazadas son asignadas a tareas diferentes que no entrañan factores de trabajo adversos, pero mantienen el mismo salario mensual medio.

Las mujeres jóvenes que se ven obligadas a interrumpir sus estudios por razones de embarazo o para cuidar a sus hijos pueden hacer uso de licencia académica, al cabo de la cual pueden reanudar sus estudios.

En virtud de la ley sobre el pago de pensiones en la República de Kazajstán, las mujeres jubilan cinco años antes que los hombres. Las mujeres que han dado a luz a cinco hijos o más y que los han cuidado hasta la edad de ocho años tienen derecho a jubilar a los 53 años de edad. Anteriormente, sólo las mujeres que vivían en zonas rurales tenían ese derecho.

Se halla actualmente en estudio la posibilidad de que las mujeres reciban prestaciones de jubilación comparables a las de los hombres.

A diferencia de los hombres, las mujeres no pueden ser condenadas a muerte ni a cadena perpetua. Además, para determinadas categorías de mujeres se dispone la imposición de penas menos severas en caso de que cometan delitos.

Se han adoptado medidas de carácter temporal que suponen discriminación positiva en beneficio de mujeres del sector empresarial. En 2002, por ejemplo, el Gobierno se valió de la partida correspondiente a la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer en el presupuesto de la República para aprobar un programa especial denominado "Apoyo a las empresas de mujeres", al que se asignaron 150 millones de tenge para otorgar préstamos a mujeres en condiciones de favor. Dicho programa demostró que las mujeres son asociadas indispensables. Como resultado, se ha suscrito el Memorando sobre la continuación de la cooperación entre la Comisión Nacional sobre la Familia y la Mujer y el Fondo de Desarrollo de Pequeñas Sociedades Anónimas Empresariales de Capital Fijo. Durante los 18 meses últimos, 109 proyectos en que intervienen mujeres empresarias han recibido financiación por valor de 650 millones de tenge.

Cuando los tribunales sentencian a mujeres embarazadas o mujeres con hijos menores de 14 años a las que se ha declarado culpable, pueden aplazar el cumplimiento de la condena hasta por un año o hasta que el niño cumpla 14 años de edad, salvo en el caso de mujeres condenadas a penas de reclusión de más de cinco años por delitos graves o particularmente graves contra personas.

El proyecto de ley sobre la igualdad de derechos y de oportunidades de hombres y mujeres comprende artículos que obligan a los empleadores a poner en práctica programas especiales para eliminar la disparidad en la remuneración del trabajo de mujeres y hombres, igualando la capacitación en el empleo para ambos géneros y eliminando los empleos no especializados con baja remuneración. Se obliga asimismo a los empleadores a crear condiciones de trabajo que permitan combinar las responsabilidades del trabajo y de la familia (uso de horarios flexibles, exención del trabajo en horas extraordinarias, posibilidad de trabajo a jornada parcial, y capacitación avanzada en horas de trabajo).

Como disposición de máxima importancia, el empleador queda sujeto a responsabilidad administrativa si no acata, o si cumple de manera indebida, la ley sobre la igualdad de derechos y oportunidades.

Artículo 5Funciones y conceptos estereotipados de los géneros

Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para:

a) Modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y m u jeres, con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas co n suetudinarias y de cualquier otra índole que estén basados en la idea de la inf e rioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y muj e res;

Se está desarrollando una extensa labor en las instituciones de enseñanza para educar a los niños y los jóvenes sobre la base de principios de respeto por la igualdad de los géneros.

En el sistema de enseñanza superior se utiliza un medio didáctico auxiliar titulado "Introducción a la teoría del género" para presentar perspectivas de género.

En el Instituto Pedagógico de Mujeres del Estado Kazako y otras instituciones de enseñanza superior de la República se han venido enseñando desde 2002 diversas asignaturas relacionadas con el género, como "Antología de las investigaciones relativas al género" y "Sociología del género".

En el año académico en curso, se han incorporado a los programas de estudios de los institutos universitarios subordinados al Ministerio del Interior de la República de Kazajstán 10 clases electivas de una hora de duración bajo el rótulo de "Problemas y objetivos relativos al género en los órganos de asuntos internos".

Con el fin de fortalecer las bases morales de la educación y proteger la salud genésica de la generación joven, por decisión de fecha 21 de noviembre de 2001 del Gobierno de la República de Kazajstán se aprobó el Concepto de educación moral y sexual en la República de Kazajstán.

Las bibliotecas públicas del país dan amplia publicidad a la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y a otros instrumentos de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

Por su parte, los medios de difusión están dedicando un empeño considerable a la eliminación de los estereotipos sexuales y a la promoción de la igualdad entre los géneros.

b) Garantizar que la educación familiar incluya una comprensión ad e cuada de la maternidad como función social y el reconocimiento de la respo n sabilidad común de hombres y mujeres en cuanto a la educación y al desarrollo de sus hijos, en la inteligencia de que el interés de los hijos constituirá la cons i deración primordial en todos los casos.

De conformidad con el párrafo 2 del artículo 27 de la Constitución, el cuidado y la crianza de los hijos constituyen un derecho y una responsabilidad naturales de los progenitores.

En virtud del artículo 1 de la ley sobre el matrimonio y la familia, la función del hombre y la mujer en la familia se basa en el principio de que gozan de derechos iguales en las relaciones familiares, en el amor y respeto mutuos y en el concepto de responsabilidad y apoyo mutuos de todos los miembros respecto de la familia.

El matrimonio y la familia, con arreglo al artículo 1 de la ley sobre el matrimonio y la familia, suponen una unión equitativa de un hombre y una mujer. La ley no asigna prioridad a ninguno de los cónyuges.

Según el artículo 60 de la ley sobre el matrimonio y la familia, la responsabilidad del cuidado de los hijos recae igualmente en ambos progenitores. El padre y la madre resuelven todas las cuestiones relativas a la crianza y la educación de los hijos sobre la base del consentimiento mutuo, teniendo presentes los intereses de los niños y prestando atención a sus opiniones.

En la ley sobre el matrimonio y la familia se establecen derechos y responsabilidades iguales para el padre y la madre con respecto a sus hijos (artículo 60). Además, la licencia adicional sin goce de sueldo para cuidar a un niño también puede ser usada entera o parcialmente por el padre, una abuela, un abuelo u otros familiares que de hecho cuidan al niño, a condición de que el empleador conceda la licencia.

En caso de divorcio, las responsabilidades en cuanto al cuidado y la educación de los hijos se determinan por acuerdo, siempre que no haya disputas o divergencias entre el padre y la madre. Se tienen en cuenta las circunstancias del progenitor con quien ha de residir el niño luego del divorcio, esto es, su situación económica, su ocupación, las condiciones de su trabajo, etc.. También se toma en consideración la relación entre el niño y ese progenitor, es decir, cuán estrecho es el vínculo entre ellos, como asimismo los sentimientos del niño si tiene 10 años de edad o más.

Cuando el padre y la madre no pueden llegar a un acuerdo respecto del cuidado de los hijos luego del divorcio, la controversia se resuelve en los tribunales. Si el juez decide que ni los progenitores ni otra persona con quien se halle el niño están en condiciones de cuidarlo en forma debida, puede encargar la tutela del niño a una institución curadora.

En el Código Penal se define con precisión el carácter de los actos sujetos a sanciones penales y la medida de la responsabilidad penal por delitos contra las personas, incluidos el asalto sexual a niños y los daños a la salud.

En los últimos tres o cuatro años se han promulgado diversas leyes que amplían considerablemente los derechos del niño y garantizan su ejercicio: la ley sobre los derechos del niño en la República de Kazajstán, de 8 de agosto de 2002; la ley sobre aldeas infantiles de tipo familiar y hogares de jóvenes, de 13 de diciembre de 2000; la ley sobre asistencia social, médica y pedagógica especial para niños discapacitados, de 11 de julio de 2002; y otras.

Artículo 6Explotación de la mujer

Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas, incluso de c a rácter legislativo, para suprimir todas las formas de trata de mujeres y explot a ción de la prostitución de la mujer.

Cabe señalar con satisfacción que se están aplicando en la práctica muchas recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer respecto de la prevención de la violencia contra la mujer y la trata de mujeres.

La ley que regía esta materia antes de 2000 se ha ajustado a las normas internacionales de derecho, incrementándose la responsabilidad de las personas que cometen actos contra mujeres que están sujetos a sanciones penales. En virtud de la ley de la República de Kazajstán sobre la incorporación de enmiendas y adiciones a determinados instrumentos de la República de Kazajstán, se están introduciendo enmiendas que elevan el límite máximo de las sanciones en determinados artículos del Código Penal en los que se define la responsabilidad por delitos sexuales, particularmente delitos contra menores. La fundamentación para incrementar la responsabilidad deriva del hecho de que un delito de intrusión con los elementos esenciales que se definen lesiona la libertad sexual o la inviolabilidad sexual de la persona, y las víctimas de estos delitos son siempre, o al menos en la abrumadora mayoría de los casos, mujeres o menores.

Se ha redactado un proyecto de ley sobre la violencia en el hogar. Contiene una definición del concepto de "violencia en el hogar" que incluye la violencia física, psicológica y sexual. En el proyecto de ley se define también el grupo de personas que son objeto de protección contra la violencia en el hogar, y el conjunto de organizaciones que deben prestar asistencia a las víctimas. Además, incorpora a la práctica judicial el mecanismo de las medidas cautelares, para contribuir aún más a la represión de la violencia.

El proyecto de ley se ha sometido a debates en prácticamente todas las regiones del país, y se ha incluido entre los proyectos que el Gobierno ha de considerar en 2006.

En virtud del artículo 6 de la ley de la República Kazajstán sobre la publicidad, no se permite el uso de anuncios publicitarios para promover o glorificar el culto de la crueldad y la violencia o la pornografía.

Se ha logrado una considerable medida de éxito en la aplicación de recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer en lo que se refiere a la creación de centros para resolver situaciones de crisis que contribuyen a prevenir la violencia contra la mujer. El número de dichos centros pasó de dos en 2000 a 38 en 2003. Hay centros de solución de crisis en funcionamiento en casi todas las regiones de la República. Muchos de ellos fueron creados por organizaciones no gubernamentales y se sustentan con subsidios internacionales. Con arreglo al Plan de acción nacional para el mejoramiento de la condición jurídica y social de la mujer hasta 2010, se prevé el establecimiento de centros de solución de crisis en todos los distritos y ciudades del país.

Se han recibido más de 27.000 llamadas a través de las líneas telefónicas de emergencia de los centros de solución de crisis. La mayoría de las llamadas han sido en relación con violencia física (23%) o violencia psicológica (22%). A todas las personas que han llamado se les ha dado orientación y apoyo, y más de la mitad han recibido asistencia de psicólogos y abogados.

En casos de violencia en la familia, las mujeres pueden recurrir a una división policial especial para la protección de las mujeres contra la violencia que ha estado en funciones desde 1999, además de los centros de solución de crisis.

Durante los últimos cinco años, 3.329 individuos han sido declarados culpables de violación en Kazajstán: 624 en 1999, 803 en 2000, 631 en 2001, 650 en 2002 y 621 en 2003.

La legislación de la República de Kazajstán contiene numerosas disposiciones que definen la responsabilidad con respecto a actos tales como las actividades de la delincuencia organizada o de individuos en relación con la trata de personas, o con servicios de empleo en el extranjero que entrañan fraude y explotación, incluso explotación sexual.

Se han dispuesto sanciones penales para el secuestro (artículo 125 del Código Penal), el confinamiento ilícito (artículo 126), la trata de menores (artículo 133), y el acto de cruzar en forma ilícita y premeditada las fronteras de la República de Kazajstán (artículo 330).

Si la salida ilícita y la migración ilegal de personas tiene por finalidad su explotación sexual o de otro tipo, quienes organizan estas actividades quedan sujetos a responsabilidad penal por contratar a personas con la intención de explotarlas, así como por el contrabando deliberado de personas con origen en Kazajstán o su traslado de un Estado a otro a través de la República de Kazajstán para fines de explotación sexual o de otro tipo (artículo 128 del Código Penal).

Según las estadísticas, en 2003 quince personas fueron declaradas culpables de los delitos mencionados más arriba con arreglo al artículo 125 del Código Penal, 27 fueron condenadas conforme al artículo 126, y ocho fueron condenadas por trata de menores con arreglo artículo 133.

No se ha efectuado prácticamente ningún estudio sobre el contrabando de mujeres para fines de trabajo y explotación sexual (trata de mujeres).

La Comisión Nacional, conjuntamente con la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), ha organizado varias conferencias internacionales sobre la materia. Se han aprobado recomendaciones concretas para perfeccionar la legislación nacional con el fin de proteger a las víctimas de la trata dentro y fuera del país, ayudarlas en su repatriación, y reintegrarlas a la sociedad.

Por primera vez, la Comisión Nacional ha hecho participar a la Corte Suprema en la consideración del tema de la violencia contra la mujer. Se han aprobado recomendaciones conjuntas de carácter concreto para mejorar las prácticas judiciales en relación con el problema.

En cuanto a la contratación ilícita de personas para fines de explotación sexual o de otro tipo (trata), se registraron ocho delitos en 1999, tres en 2000, cinco en 2001, ninguno en 2002, cuatro en 2003 y cuatro en los cinco primeros meses de 2004.

Con arreglo a la ley de la República de Kazajstán sobre seguro obligatorio de responsabilidad civil de empresarios de giras turísticas y agentes de viajes (de diciembre de 2003), se está instituyendo en la República el seguro obligatorio de responsabilidad civil para organizaciones que ofrecen servicios de turismo. Conforme a la ley, los empresarios de giras turísticas y los agentes de viajes están obligados a tomar medidas de precaución para garantizar la seguridad de los turistas.

Sin duda, las leyes citadas más arriba contribuirán en medida importante a la represión del fenómeno antisocial de la trata.

Se están haciendo los preparativos necesarios para la adhesión de Kazajstán al Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena.

En 2001 y 2002 se llevó a cabo la Campaña de información de la OIM para prevenir la trata de mujeres; la Comisión Nacional se encargó de la coordinación de la campaña en el país.

Participaron en la campaña 19 organizaciones no gubernamentales que habían instalado líneas telefónicas de emergencia en todas las regiones de la República.

La campaña rindió resultados sumamente positivos, ya que todas las muchachas y mujeres jóvenes declararon que, tras escuchar las explicaciones y recibir la orientación, habían desistido de la intención de viajar al exterior en busca de trabajo.

Se llevó a efecto un segundo proyecto conjunto con la OIM, denominado "Lucha contra la trata de personas con origen o destino en Kazajstán y a través o dentro del país". Contribuyó a perfeccionar la legislación nacional, prestar asistencia a víctimas de la trata, y adiestrar a órganos de represión del delito para la lucha contra la trata sobre la base de la experiencia de la comunidad internacional.

Mediante el proyecto regional de UNIFEM llamado "Erradicación de la violencia contra la mujer en el Asia Central", entre 2001 y 2003 se fortaleció la capacidad de los órganos del Estado y las organizaciones no gubernamentales para aplicar diversas estrategias encaminadas a erradicar la violencia de género. Conjuntamente con UNIFEM, y con la participación de nueve países de la CEI y los Estados del Báltico, se realizó una masiva campaña regional de información con el título de "Vida sin violencia: es nuestro derecho". A través de todo el país hubo reuniones de mesa redonda, seminarios y sesiones de capacitación para funcionarios de la administración pública, estudiantes y maestros. Se publicaron más de 500 artículos y se transmitieron más de 1.000 programas de televisión y radio sobre problemas relacionados con la violencia contra la mujer.

En el Código Penal se establece la responsabilidad por la diseminación ilícita de materiales u objetos pornográficos (artículo 273). En 2003, dos personas fueron declaradas culpables con arreglo al artículo citado.

En el Código se prevé asimismo la responsabilidad por la diseminación ilícita de obras que glorifican la crueldad y la violencia (artículo 274). No se registraron condenas con arreglo a este artículo en 2003.

Se están adoptando medidas sistemáticas para prevenir la difusión de materiales cinematográficos o impresos que fomentan la violencia y la pornografía. La ley de la República de Kazajstán sobre los medios de difusión contiene un artículo especial para este fin, el artículo 14, que rige la venta de material impreso con contenido erótico y prohíbe la transmisión de programas pornográficos.

Oficialmente, en Kazajstán no se ha legalizado la prostitución, pero la legislación no dispone sanciones para ella. No obstante, en la legislación penal se definen sanciones por la contratación de personas para fines de prostitución (artículo 270) y el establecimiento o mantenimiento de locales para la prostitución (artículo 271).

Artículo 7Vida política y pública

Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política y pública del país y, en particular, garantizarán a las mujeres, en igualdad de condiciones con los ho m bres, el derecho a:

a) Votar en todas las elecciones y referéndums públicos y ser elegibles para t o dos los organismos cuyos miembros sean objeto de elecciones públicas;

En 2004 se aprobó la Ley constitucional de la República de Kazajstán sobre la incorporación de enmiendas y adiciones a la Ley constitucional de la República de Kazajstán sobre elecciones en la República de Kazajstán. Entre los cambios más importantes que se introdujeron en la ley se cuenta la incorporación del nuevo principio para la formación de comisiones electorales. Estas comisiones ya no serán establecidas por los órganos ejecutivos locales, sino elegidas por las maslikhats sobre la base de la representación de los partidos políticos. Cada partido político tiene derecho a enviar a un candidato a cada comisión electoral. Un partido político puede nombrar a personas que no estén afiliadas al partido.

La nueva ley también amplió considerablemente los derechos de los observadores y extendió la responsabilidad de todos quienes participan en las campañas electorales y en todas las etapas del proceso electoral. Esto se aplica en particular a la votación y el escrutinio.

La ley sobre elecciones garantiza la observancia de los principios fundamentales del derecho democrático a votar:

•seguridad de que los ciudadanos podrán expresar libremente su voluntad y ejercer sus derechos constitucionales;

•sufragio universal, igual y directo por votación secreta;

•reconocimiento de que nadie tiene derecho a forzar a un ciudadano a participar o no participar en elecciones o a coartar la expresión de su voluntad por parte de un ciudadano;

•seguridad de que se informará oportunamente al electorado sobre la marcha y los resultados de las elecciones;

•inadmisibilidad de la injerencia en los procesos electorales por parte de organismos del Estado.

Con el fin de dar efecto a la recomendación del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer en el sentido de que se incrementase el número de mujeres que forman parte de órganos gubernamentales de carácter representativo, la Comisión Nacional, conjuntamente con organismos internacionales y organizaciones no gubernamentales, está desarrollando una intensa labor encaminada a realzar la capacidad directiva entre las mujeres. Como resultado, ha aumentado el número de candidatas al cargo de diputada tanto en las maslikhats como en la Majlis [la cámara baja] del Parlamento de la República de Kazajstán. En las últimas elecciones parlamentarias, por ejemplo, el número de mujeres inscritas en las listas partidistas aumentó a 1,7 veces la cifra anterior; en las circunscripciones de mandato independiente, 1,5 veces; y para las maslikhats, 1,2 veces.

Un total de 1.393 mujeres presentaron sus candidaturas a diputada en las maslikhats en 1999 (18,7%); en 2003 se presentaron 1.619 candidatas (19,8%).

De todas las personas elegidas para órganos gubernamentales locales de carácter representativo en 1999, 639 (19,2%) fueron mujeres; en 2003, la cifra fue de 568 (17,1%).

Las últimas elecciones ordinarias de diputados de la Majlis se efectuaron el 19 de septiembre de 2004.

Se inscribieron 24 mujeres en las listas partidistas como candidatas a diputada, y 105 en las circunscripciones de mandato independiente, lo que constituyó el 25,4% y el 16,9% del número total de candidatos a cargos de diputado en la Majlis. No obstante, el número de mujeres que fueron elegidas diputadas se mantuvo igual al de las elecciones anteriores, esto es, ocho. Cabe señalar que dos de los siete comité de la Majlis están encabezados por mujeres. En la configuración anterior, sólo un comité estaba presidido por una mujer.

En el momento actual, la Comisión Central de Elecciones está preparando un gran volumen de material impreso cuya finalidad es la creación de un sistema permanente uniforme para la capacitación cívica de la ciudadanía y la ampliación de las actividades públicas de las mujeres y los hombres y el afianzamiento de su responsabilidad cívica.

b) Participar en la formulación de las políticas gubernamentales y en la ejecución de éstas, y ocupar cargos públicos y ejercer todas las funciones públ i cas en todos los planos gubernamentales;

Véase el artículo 3.

c) Participar en organizaciones y asociaciones no gubernamentales que se oc u pen de la vida pública y política del país

En su mensaje anual al pueblo de Kazajstán del año 2000, el Jefe de Estado subrayó la importante función que desempeñaban las organizaciones no gubernamentales en la vida pública y política del país. Afirmó que requerían un apoyo substancial del Estado, concretamente en la forma de un sistema de subsidios para la realización de proyectos con trascendencia social.

Las autoridades estatales colaboran ahora más activamente con las organizaciones no gubernamentales y las asociaciones públicas, a las que se hace participar en la elaboración de proyectos de ley y de programas estatales.

Esta tendencia se refleja asimismo en la Comisión Nacional sobre la Familia y la Mujer, subordinada al Presidente de la República de Kazajstán. Forman parte de la Comisión cuatro representantes de organizaciones no gubernamentales. Funcionan en el país 150 organizaciones no gubernamentales femeninas.

Por iniciativa de la Comisión Nacional, organizaciones no gubernamentales femeninas participaron en los Foros de Ejecutivas de Empresa efectuados en Ginebra, en el Congreso Mundial del Cincuentenario de la Asociación Mundial de Ejecutivas de Empresa, en San Petersburgo, y en el Tercer Congreso Mundial sobre Mujeres Rurales, celebrado en Madrid.

La Asociación de Ejecutivas de Empresa de Kazajstán ha pasado a ser miembro de la Asociación Mundial de Ejecutivas de Empresa, y forma parte del comité organizador encargado de los preparativos para el próximo Congreso Mundial sobre Mujeres Rurales.

Los medios de difusión informan extensamente sobre todas las actividades que realizan la Comisión Nacional y sus filiales locales. Se ha estrenado un documental cinematográfico titulado "Mujeres del siglo XXI". Se halla en funcionamiento una red electrónica de comunicaciones que conecta a la Comisión Nacional con sus filiales regionales y con organizaciones no gubernamentales.

Prueba del alto valor que asigna el Estado a la labor de las organizaciones no gubernamentales es la distinción que se confirió, por recomendación de la Comisión Nacional y por primera vez en la historia moderna del país, a 37 de los dirigentes más activos de organizaciones no gubernamentales, a saber, la Medalla de Jubileo del Décimo Aniversario de la Independencia de Kazajstán.

Se han creado las bases políticas e institucionales para las actividades de las organizaciones no gubernamentales en Kazajstán, y ahora se están ampliando.

El Código Civil prescribe modelos organizacionales y jurídicos para las actividades de las organizaciones no gubernamentales como asociaciones públicas, fondos, instituciones no estatales sin fines de lucro y alianzas sociales.

Las leyes que se han aprobado con respecto a asociaciones públicas y organizaciones sin fines de lucro han definido su condición jurídica, sus derechos y sus responsabilidades, y los procedimientos para su establecimiento, su reorganización y el cese de sus operaciones.

Los requisitos para la inscripción de organizaciones no gubernamentales juveniles se han hecho menos rigurosos, rebajándose el cargo de la inscripción a un monto equivalente al doble del índice contable mensual (1.838 tenge), esto es, una décima parte de su cuantía anterior.

Un acontecimiento de importancia en lo que se refiere a las organizaciones no gubernamentales ha sido la aprobación del Concepto de apoyo estatal a las organizaciones no gubernamentales de la República de Kazajstán y el Programa de apoyo estatal a las organizaciones no gubernamentales de la República de Kazajstán para 2003-2005.

En el Concepto se definen las metas y los objetivos de la iniciativa de apoyo estatal a las organizaciones no gubernamentales. Entre éstos se incluyen la financiación de programas de organizaciones no gubernamentales de orientación social por medio de la adjudicación de contratos sociales del Estado, la creación de consejos para la interacción de los organismos estatales con las asociaciones públicas, y la realización conjunta de conferencias, reuniones de mesa redonda, seminarios y talleres sobre problemas de trascendencia social.

Se ha preparado un proyecto de ley sobre la adjudicación de contratos sociales del Estado que contribuirá a fomentar aún más la participación activa de las organizaciones no gubernamentales en la solución de problemas nacionales.

En septiembre de 2003 el Ministerio de Información organizó, a título experimental, un concurso abierto para la realización de proyectos de trascendencia social por parte de organizaciones no gubernamentales. Por primera vez en la historia del país, el Estado, dentro del marco de la ley sobre adquisiciones del Estado, comenzó a financiar proyectos de organizaciones no gubernamentales que se habían sustentado principalmente con el apoyo financiero de fondos y organismos internacionales. En el presupuesto de la República para 2005, los recursos para la financiación de proyectos de organizaciones no gubernamentales se han incrementado a una cuantía cinco veces superior a su nivel anterior.

En Kazajstán hay tres entidades sindicales centrales: la Federación de Sindicatos de Kazajstán, la Confederación del Trabajo de Kazajstán y la Confederación de Sindicatos Libres de Kazajstán. Su principal objetivo es el establecimiento de relaciones laborales civilizadas en el país. Con el fin de armonizar los intereses de los propietarios, los empleados y las autoridades, se ha creado un sistema de asociación social trilateral sobre la base de la ley de la República de Kazajstán sobre asociación social. El concepto de asociación trilateral se ha venido aplicando en el país desde hace ya diez años.

Artículo 8Representación y participación en el plano internacional

Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para garantizar a la mujer, en igualdad de condiciones con el hombre y sin discriminación alg u na, la oportunidad de representar a su gobierno en el plano internacional y de participar en la labor de las organizaciones internacionales.

De conformidad con la legislación de la República de Kazajstán, las mujeres tienen derecho a representar al país en el plano internacional y a participar en la labor de las organizaciones internacionales en igualdad de condiciones con los hombres.

En las organizaciones internacionales acreditadas en la República de Kazajstán, las mujeres representan más del 25% del personal.

Antes de 2003, tres mujeres se desempeñaban como embajadoras de Kazajstán en el exterior. Actualmente, en el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Kazajstán dos mujeres ocupan cargos de Embajadora Especial, otra es asesora del Ministro de Relaciones Exteriores, y otras dos encabezan departamentos del Ministerio.

Las mujeres forman parte regularmente de delegaciones del Gobierno y representan al país en el plano internacional. No se han registrado casos en que se le haya negado a una mujer, por motivo de sexo, la oportunidad de representar al país o de participar en la labor de organizaciones internacionales.

Artículo 9Nacionalidad

1. Los Estados Partes otorgarán a las mujeres iguales derechos que a los hombres para adquirir, cambiar o conservar su nacionalidad. Garantizarán, en particular, que ni el matrimonio con un extranjero ni el cambio de nacionalidad del marido durante el matrimonio cambien automáticamente la nacionalidad de la esposa, la conviertan en apátrida o la obliguen a adoptar la nacionalidad del cónyuge.

2. Los Estados Partes otorgarán a la mujer los mismos derechos que al ho m bre con respecto a la nacionalidad de sus hijos.

Los asuntos pertinentes a la adquisición de la nacionalidad se rigen por la ley de la República de Kazajstán sobre la nacionalidad y la Convención sobre la Nacionalidad de la Mujer Casada, de las Naciones Unidas, instrumento al que la República de Kazajstán se adhirió en 1999.

Se otorgan a las mujeres derechos iguales que a los hombres para adquirir, cambiar o conservar su nacionalidad. Ni el matrimonio con un extranjero ni el cambio de nacionalidad del marido durante el matrimonio cambian automáticamente la nacionalidad de la esposa, la convierten en apátrida o le imponen la nacionalidad del cónyuge.

Si el padre y la madre de un niño tienen nacionalidades diferentes y uno de ellos es nacional de la República de Kazajstán, el niño es nacional de la República de Kazajstán si ha nacido en Kazajstán; si ha nacido fuera de Kazajstán, el niño es nacional de la República de Kazajstán si el padre y la madre o uno de ellos tienen residencia permanente en Kazajstán. En el caso de que tanto el padre como la madre tengan residencia permanente fuera de la República de Kazajstán, la nacionalidad de un niño nacido fuera de Kazajstán se decide por acuerdo escrito de los progenitores. Si no es posible llegar a un acuerdo en la materia, los cónyuges pueden recurrir a los tribunales, que, según indica la experiencia, generalmente deciden la nacionalidad del niño sobre la base de la nacionalidad de la madre.

Si al momento de nacer un niño el padre o la madre es nacional de la República de Kazajstán, en tanto que el otro progenitor es apátrida o se desconoce su nacionalidad, el niño es nacional de la República de Kazajstán, dondequiera que haya nacido.

En casos relativos a la filiación de un niño cuya madre es apátrida, pero cuyo padre es nacional de la República de Kazajstán, el niño, si es menor de 14 años, pasa a ser nacional de la República de Kazajstán, dondequiera que haya nacido.

Si un niño menor de 16 años viaja al exterior con el padre y la madre, se hace una anotación en el pasaporte del padre o la madre. Si el niño es mayor de tres años, se agrega su fotografía al pasaporte. Para permitir la salida del país de un niño menor de 18 años se exige el consentimiento del padre y la madre.

No se requiere el permiso oficial del cónyuge para que una mujer casada viaje dentro de Kazajstán o al exterior.

Artículo 10Educación

Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer, a fin de asegurarle la igualdad de derechos con el hombre en la esfera de la educación y en particular para asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres:

a) Las mismas condiciones de orientación en materia de carreras y c a pacitación profesional, acceso a los estudios y obtención de diplomas en las in s tituciones de enseñanza de todas las categorías, tanto en zonas rurales como urbanas; esta igualdad deberá asegurarse en la enseñanza preescolar, general, técnica, profesional y técnica superior, así como en todos los tipos de capacit a ción profesional;

A todos los ciudadanos del país se les garantiza la enseñanza secundaria general y la formación profesional inicial gratuitas, así como también, sobre bases competitivas (en el contexto de la adjudicación de contratos del Estado), la formación profesional secundaria, la enseñanza superior y la enseñanza de postgrado. La enseñanza secundaria es obligatoria en Kazajstán.

En el año escolar 2003-2004, el 19,1% de los niños de 1 a 6 años de edad asistían establecimientos preescolares. El 40% de los niños de 5 años de edad y el 60% de los de 6 años, aproximadamente, estaban matriculados en el programa preescolar obligatorio; el número de niños que asistían a centros preescolares en las zonas urbanas era 9,6 veces superior al de los medios rurales.

A partir del año 2000, los gastos con cargo al presupuesto del Estado por concepto de programas preescolares se han elevado de 2.900 millones de tenge a 5.800 millones, esto es, un aumento del 100%.

Por lo menos una vez cada cinco años se imparte capacitación avanzada para personal titulado de establecimientos preescolares, dentro de programas de formación avanzada para personal administrativo y docente de la enseñanza secundaria.

En el cuadro 4 se presenta la distribución de los alumnos de escuelas diurnas de enseñanza general, por nivel de enseñanza, y de estudiantes de instituciones de enseñanza superior.

Cuadro 4Distribución de los alumnos de escuelas diurnas de enseñanza general, por nivel de enseñanza, y de estudiantes de instituciones de enseñanza superior

1999-2000

2000-2001

2001-2002

2002-2003

2003-2004

Niveles 1 a 4

1 208 320

1 190 069

1 158 298

1 120 005

1 079 598

Niñas

595 197

581 302

565 498

547 165

526 896

Porcentaje

49,3

48,8

48,8

48,9

48,8

Varones

613 123

608 767

592 800

572 840

552 702

Porcentaje

50,7

51,2

51,2

51,1

51,2

Niveles 5 a 11(12)

1 888 739

1 920 086

1 907 925

1 976 390

1 965 069

Niñas

960 922

956 039

950 299

984 860

975 490

Porcentaje

50,9

49,8

49,8

49.8

49,6

Varones

927 817

964 047

957 626

991 530

989 579

Porcentaje

49,1

50,2

50,2

50,2

50,4

Estudiantes de enseñanza superior

365 385

440 715

514 738

597 489

658 106

Mujeres

197 536

239 191

283 947

338 215

378 402

Porcentaje

54

54

55

57

57

Hombres

167 849

201 524

230 791

259 274

279 704

Porcentaje

46

46

46

43

43

Se ofrecen servicios especiales de orientación profesional a los estudiantes de las escuelas de enseñanza general. En el último año académico, el número de muchachas que ingresaron a escuelas profesionales fue superior al del año anterior en un 1,1%.

Al 1º de octubre de 2003, las muchachas representaban el 55% del alumnado de 415 instituciones de formación profesional, incluyendo el 85% de los estudiantes de atención de la salud, el 42% de los de derecho, y el 41% de los de agricultura.

Unas 98.000 personas se están capacitando como obreros especializados en 307 escuelas técnicas, y el 35% de ellas son muchachas (o mujeres). La desigualdad en las proporciones de hombres y mujeres no deriva de una violación de los derechos de la mujer, sino del carácter de las ocupaciones, que entrañan condiciones de trabajo difíciles y adversas, como sucede en el caso de la soldadura eléctrica y a gas, la operación de palas, la operación general de máquinas y la perforación de pozos para la extracción de petróleo o gas.

En cambio, en las ocupaciones que corresponden al sector de los servicios, las muchachas representan el 99,8% de los estudiantes del sistema de formación profesional inicial.

Las muchachas se inclinan por las carreras del sector educacional (86%), en tanto que la ingeniería eléctrica es preferencia de los muchachos (94%). Este indicador pone de relieve los conceptos estereotipados de las funciones de los géneros que existen en la sociedad de Kazajstán.

Al elegir su formación profesional, las mujeres de Kazajstán se guían exclusivamente por convicciones personales. Las mujeres predominan en las especialidades relacionadas con la medicina, la pedagogía y las humanidades.

En relación con 1999, el número de mujeres que cursaban estudios de economía y administración de empresas había aumentado apreciablemente en 2003 (de 63,7 a 70%).

Cuadro 5Número de mujeres (M) y de hombres (H) que se han especializado en instituciones de enseñanza superior

Año académico 1999-2000

Año académico 2003-2004

Distribución por sexo, %

Número

Distribución por sexo, %

Número

Enseñanza superior

M

H

Total

M

H

M

H

Total

M

H

Ciencias naturales

69,4

30,6

15 185

10 532

4 653

65,9

34,1

15 325

10 105

5 220

Humanidades/ciencias sociales

50,4

49,6

87 803

44 267

43 536

52,6

47,4

84 991

44 705

40 286

Pedagogía

72,7

27,3

62 009

45 072

16 937

75,5

24,5

167 733

126 671

41 062

Medicina

66,9

33,1

5 201

10 165

5 036

66,8

33,2

22 461

15 008

7 453

Cultura, artes, arquitectura

68,0

32,0

7 571

5 152

2 419

69,5

30,5

8 185

5 686

2 499

Economía y administración

63,7

36,3

83 884

53 394

30 490

70,0

30,0

87 955

61 605

26 350

Geología aplicada y exploración

39,7

60,3

1 367

543

824

43,4

56,6

2 549

1 105

1 444

Minería

13,1

86,9

3 067

402

2 665

15,0

85,0

3 318

497

2 821

Petróleo y gas

11,9

88,1

4 946

591

4 355

15,2

84,8

16 154

2 458

13 696

Ingeniería de la energía eléctrica

14,9

85,1

4 592

685

3 907

11,2

88,8

9 208

1 033

8 175

Ingeniería de la energía térmica

31,9

68,1

1 046

334

712

27,6

72,4

2 486

687

1 799

Metalurgia

33,2

66,8

2 246

745

1 501

31,3

68,7

3 553

1 113

2 440

Tecnología y equipo de fabricación de maquinaria

16,4

83,6

2 125

348

1 777

14,4

85,6

2 606

376

2 230

Ingeniería aeronáutica

1,1

98,9

186

2

184

4,5

95,5

313

14

299

Ingeniería naval

26,5

73,5

147

39

108

25,4

74,6

535

136

399

Ingeniería automotriz

6,3

93,7

6 921

438

6 483

5,3

94,7

9 958

523

9 435

Operación de vehículos

16,7

83,3

5 643

943

4 700

22,2

77,8

15 246

3 384

11 862

Imprenta

52,9

47,1

289

153

136

43,7

56,3

270

118

152

Geodesia

47,6

52,4

164

78

86

46,3

53,7

268

124

144

Ingeniería eléctrica y equipo eléctrico

14,9

85,1

1 556

232

1 324

14,5

85,5

3 467

503

2 964

Fabricación de instrumentos

31,2

68,8

685

214

471

34,2

65,8

1 021

349

672

Ingeniería electrónica

26,3

73,7

286

49

137

24,2

75,8

658

159

499

Automatización y control

29,1

70,9

2 850

828

2 022

29,1

70,9

6 144

1 786

4 358

Ingeniería y programas de computación

33,3

66,7

3 903

1 299

2 604

33,6

66,4

12 259

4 115

8 144

Radioelectrónica y telecomunicaciones

32,2

67,8

2 498

804

1 694

33,6

66,4

5 083

1 710

3 373

Tecnología química

41,2

58,8

2 152

886

1 266

41,3

58,7

4 633

1 913

2 720

Manufactura de productos y bienes de consumo

44,6

55,4

345

154

191

76,5

23,5

2 146

1 642

504

Elaboración de productos alimenticios

53,6

46,4

4 041

2 165

1 876

65,6

34,4

3 913

2 565

1 348

Construcción

33,8

66,2

7 761

2 626

5 135

26,5

73,5

5 217

1 384

3 833

Gestión agrícola, forestal y pesquera

17,4

82,6

396

69

327

35,4

64,6

10 906

3 859

7 047

Títulos de bachiller

62,5

37,5

81 194

50 772

30 422

Ciencias naturales

66,3

33,7

7 179

4 759

2 420

Humanidades/ ciencias socioeconómicas

62,8

37,2

68 046

42 710

25 336

Medicina

88,2

11,8

17

15

2

Ciencias interdisciplinarias

56,4

43,6

3 238

1 826

1 412

Ciencias de la ingeniería

53,9

46,1

2 714

1 462

1 252

Títulos de licenciado

68,0

32,0

7 337

4 989

2 348

Ciencias naturales

76,9

23,1

1 336

1 027

309

Humanidades/ciencias socioeconómicas

65,1

34,9

4 450

2 895

1 555

Ciencias interdisciplinarias

73,3

26,7

992

727

165

Ciencias de la ingeniería

60,8

39,2

559

340

219

Otras especialidades

45,5

54,5

22 613

10 295

12 318

44,8

55,2

61 014

27 308

33 706

Total de personas

54,1

45,9

365 385

197 536

167 849

57,5

42,5

658 106

378 402

279 704

Las mujeres tienen más interés en proseguir y perfeccionar su educación. Constituyen el 62,5% de los estudiantes matriculados en programas que llevan al título de bachiller, y el 68% en los que llevan al de licenciado.

b) Acceso a los mismos programas de estudios, a los mismos exámenes, a personal docente del mismo nivel profesional y a locales y equipos escolares de la misma calidad;

Uno de los principios en que se fundamenta la política educacional del Estado es el de la igualdad de los derechos de todos los ciudadanos de la República de Kazajstán a la enseñanza. Las niñas y los muchachos tiene el mismo derecho a estudiar las mismas materias.

El Estado se está ocupando de establecer normas educacionales que son obligatorias para todos. Las actividades de todas las instituciones de enseñanza deben ajustarse a esas normas (párrafo 4 del artículo 30 de la Constitución de la República de Kazajstán).

En el sistema educacional, todos los planes de estudios, los libros de texto y los materiales didácticos son iguales en cuanto a su contenido para todos los estudiantes, sin distinciones de género.

Las niñas y los niños y los muchachos y las muchachas estudian juntos, siguiendo los mismos programas de enseñanza.

En general, el sistema educacional del país se ha feminizado, y las maestras predominan en el personal docente de las instituciones de enseñanza (80,6%).

Cuadro 6Personal pedagógico en escuelas diurnas de enseñanza general

Mujeres

Hombres

Total

Número

Porcentaje

Número

Porcentaje

1999

262 242

2000

276 343

222 125

80,4

54 218

19,6

2001

273 736

221 287

80,8

52 449

19,2

2002

279 326

225 135

80,6

54 191

19,4

2003

285 854

230 346

80,6

55 508

19,4

Cuadro 7Personal pedagógico en los niveles iniciales y superiores de las escuelas

Niveles 1 a 4

Niveles 5 a 11 (12)

Mujeres

Hombres

Mujeres

Hombres

Total

Número

%

Número

%

Total

Número

%

Número

%

2000

63 569

61 715

97,1

1 854

2,9

165 306

139 612

84,5

25 694

15,5

2001

61 294

59 705

97,4

1 589

2,6

164 571

140 293

85,2

24 278

14,8

2002

60 509

59 301

98,0

1 208

2,0

170 191

144 763

85,1

25 427

14,9

2003

60 203

59 143

98,2

1 060

1,8

174 345

149 107

85,5

25 238

14,5

Cuadro 8Profesores e instructores en instituciones de enseñanza superior

1999-2000

2000-2001

2001-2002

2002-2003

2003-2004

Total

26 996

29 577

34 508

37 602

40 972

Mujeres

15 240

17 298

19 925

22 154

24 724

Porcentaje

56,5

58,5

57,7

58,9

60,3

Hombres

11 756

12 279

14 583

15 448

16 248

Porcentaje

43,5

41,5

42,3

41,1

39,7

Cuadro 9Profesores en instituciones de enseñanza superior

1999-2000

2000-2001

2001-2002

2002-2003

2003-2004

Total

2 007

2 424

2 812

2 935

2 744

Mujeres

334

379

506

622

511

Porcentaje

16,6

15,6

18,0

21,2

18,6

Hombres

1 673

2 045

2 306

2 313

2 233

Porcentaje

83,4

84,4

82,0

78,8

81,4

De los 16 jefes de departamentos de educación de regiones y ciudades, la mitad son mujeres.

Entre los rectores de escuelas de enseñanza general, las mujeres representan el 48,5%.

c) La eliminación de todo concepto estereotipado de los papeles masc u lino y femenino en todos los niveles y en todas las formas de enseñanza, media n te el estímulo de la educación mixta y de otros tipos de educación que contrib u yan a lograr este objetivo y, en particular, mediante la modificación de los l i bros y programas e s colares y la adaptación de los métodos de enseñanza;

Se está dando efecto a las recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer con respecto a la aceleración de la introducción de reformas, el perfeccionamiento de los planes de estudios, y la revisión del contenido de los libros de texto con el fin de eliminar las actitudes tradicionales hacia las mujeres.

En este sentido, el Instituto de Investigaciones para Estudios Sociales y del Género, con asistencia de UNICEF y del Ministerio de Educación, ha llevado a cabo un análisis con base en el género del entorno didáctico y ha preparado un manual para la enseñanza de cuestiones del género y un libro de texto para instituciones de enseñanza superior titulado Las bases de la educación en materia de género.

A título experimental, en varias localidades (Almaty y las regiones de Almaty, Kazajstán Oriental y Kyzylorda) se ha impartido formación en perspectivas de género a maestros de parvularios, maestros de escuela, instructores de enseñanza superior y personal de departamentos de educación y organizaciones no gubernamentales.

Se ha completado el análisis con base en el género de los libros de texto de los niveles primarios de las escuelas de enseñanza general. Se determinó que éstos reflejaban una asimetría entre los géneros, que se arraiga y reproduce en la conciencia de los niños, y se identificaron definiciones estereotipadas y anacrónicas de los papeles de los varones y las niñas.

Se han preparado planes de estudios sobre cuestiones de género para establecimientos preescolares (niños de 6 o 7 años), para los niveles 1 a 4 y para estudiantes de instituciones de enseñanza superior, y el próximo año se hará otro tanto para los niveles 5 a 11. Se están elaborando medios didácticos auxiliares para maestros y estudiantes, y en el futuro próximo se sensibilizará a todo el sistema educacional a las cuestiones relacionadas con el género.

d) Las mismas oportunidades para la obtención de becas y otras su b venci o nes para cursar estudios;

En todas las instituciones de enseñanza, las mujeres disponen de oportunidades iguales a las de los hombres para obtener becas y otras franquicias o subvenciones previstas en la legislación.

En la República de Kazajstán existe un sistema de subvenciones de estudio estatales para el perfeccionamiento de especialistas con un nivel avanzado de formación profesional.

El criterio principal para la concesión de la subvención es el nivel de conocimientos de la persona.

También se prevén becas estatales para categorías determinadas de estudiantes de horario completo en instituciones del sistema educacional del Estado.

Además, a los estudiantes huérfanos, a los que carecen del cuidado de padres y madres, a los que provienen de familias que tiene derecho a recibir asistencia social para grupos definidos, y a los que obtienen calificaciones altas en los exámenes, se les conceden préstamos estatales estudiantiles para cubrir parcialmente sus gastos de alimentación y alojamiento y la adquisición de libros.

Las becas y subvenciones a que se hace referencia más arriba se otorgan a hombres y mujeres sobre una base equitativa.

e) Las mismas oportunidades de acceso a los programas de educación permanente, incluidos los programas de alfabetización funcional y de adultos, con miras en particular a reducir lo antes posible toda diferencia de conoc i mientos que exista entre hombres y mujeres;

En el artículo 3 de la ley de la República de Kazajstán sobre la educación se declara que uno de los principios fundamentales de la política educacional del Estado es la igualdad de los derechos de todos los ciudadanos de la República de Kazajstán a la educación, y el acceso público a la educación en todos los niveles sobre la base del desarrollo intelectual y las caracterísiticas psicofisiológicas individuales de cada ciudadano.

Si por cualquier razón a un estudiante no le es posible seguir asistiendo a una institución de enseñanza con horario completo, puede proseguir sus estudios mediante cursos por correspondencia, clases vespertinas, estudios a distancia o estudios externos (párrafo 6 del artículo 14 de la ley de la República de Kazajstán sobre la educación, de 7 de junio de 1999).

El número de muchachas que han dejado los estudios es aproximadamente igual al de los muchachos que lo han hecho.

Cuadro 10Número de estudiantes de instituciones de enseñanza superior que han dejado los estudios

Total

Mujeres

Porcentaje

Hombres

Porcentaje

1999-2000

31 821

2000-2001

34 793

18 159

52,2

16 634

47,8

2001-2002

47 125

20 821

44,2

26 304

55,8

2002-2003

52 441

25 796

49,2

26 645

50,8

2003-2004

58 917

28 392

48,2

30 525

51,8

f) La reducción de la tasa de abandono femenino de los estudios y la organización de programas para aquellas jóvenes y mujeres que hayan dejado los est u dios prematuramente;

Para los niños menores de 16 años que han cometido actos injuriosos o infracciones graves y repetidas, la expulsión de una escuela de enseñanza general es una sanción extrema que puede imponer el plantel. La expulsión se permite si la aprueba el consejo docente de la escuela.

La decisión de expulsar a un niño que carece del cuidado de padre y madre se adopta en consulta con las autoridades encargadas de la tutela o curatela. Dentro de un plazo de tres días la escuela informa a las autoridades administrativas locales del sistema de educación acerca de la expulsión de un estudiante, y dentro del plazo de un mes las autoridades deciden la cuestión de la colocación del estudiante en un empleo.

Dado que uno de los principios fundamentales de la política educacional del Estado es la igualdad de derechos de todos los ciudadanos, estas normas se aplican igualmente a las mujeres y a los hombres.

Para las niñas que son expulsadas de la escuela, se prevén modalidades que les permiten completar sus estudios: asistencia a clases individuales o transferencia a cursos vespertinos.

g) Las mismas oportunidades para participar activamente en el deporte y la educación física;

El acceso que tienen las jóvenes a los deportes, tanto en la escuela como fuera de ella, es igual al de los hombres.

Todos los estudiantes tienen igual derecho a participar en actividades atléticas, clubes o pasatiempos.

En la República no se discrimina contra la mujer en la educación física ni los deportes.

En 2001 se instituyeron clases separadas de educación física para varones y niñas en los niveles 5 a 11.

h) Acceso al material informativo específico que contribuya a asegurar la salud y el bienestar de la familia, incluida la información y el asesoramiento sobre planif i cación de la familia.

La legislación vigente reconoce iguales derechos a las niñas y a los muchachos en lo que se refiere a los servicios de educación y de salud en todos sus aspectos.

En ningún grupo étnico presente en Kazajstán se han observado en la práctica tradiciones nacionales negativas que afecten a las muchachas.

De conformidad con las recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, se están iniciando nuevos programas en las instituciones educacionales.

En todas las escuelas de enseñanza general y en más de la mitad de las instituciones de formación profesional superior y secundaria se enseñan materias tales como "Fundamentos del derecho", "El hombre y la sociedad" y "Ética y psicología de la vida familiar". Todos los estudiantes disponen de las mismas oportunidades para obtener información sobre cuestiones de salud y planificación de la familia y acerca de temas jurídicos.

Prácticamente todas las escuelas y más de la mitad de las instituciones educacionales superiores y secundarias especiales han incorporado a sus actividades un programa llamado "Vivir sano", que incluye los siguientes temas: higiene personal; los efectos del tabaco, las drogas y los agentes tóxicos en el organismo; la prevención del SIDA y las enfermedades de transmisión sexual; la adopción de estilos de vida saludables; etc..

En todas las organizaciones educacionales se desarrolla un programa de higiene correspondiente a la edad para muchachas adolescentes denominado "Acerca de tí misma". Para que dicten las clases de este programa se contrata a ginecólogas con experiencia, que distribuyen materiales impresos en colores sobre cuestiones de higiene correspondiente a la edad.

El 1º de septiembre de 2002 se inició en todas las regiones de la República el estudio de una nueva asignatura titulada "Conocimiento de sí mismo". Los fundamentos conceptuales de esta asignatura derivan de las bases filosóficas y psicopedagógicas de una educación moral, y su objeto es permitir que los niños tomen conciencia de su potencial interno, su estado emocional y los motivos de su comportamiento.

Durante los meses de educación moral y sexual y los "días de la salud para muchachas adolescentes", los estudiantes se reúnen con agentes de policía, funcionarios de la oficina del fiscal y personal de organizaciones de atención de la salud. Se ha hecho tradicional que se den charlas sobre los siguientes temas: "Recato y comportamiento licencioso", "El honor de la virginidad", "El daño que hacen las relaciones sexuales prematuras, y sus consecuencias", y "Los efectos del alcohol y la nicotina en el cuerpo de una muchacha".

En institutos universitarios y escuelas técnicas de las regiones de Akmola, Almaty, Pavlodar, Karaganda y otras, y en el contexto de la labor educacional que se desarrolla entre las muchachas para prevenir violaciones de la ley, incluida la violencia, se organizan charlas sobre temas como los siguientes: "La salud de las mujeres es la salud de la nación", "¿Qué es la trata?", y "Qué hacer cuando una se encuentra en una situación difícil".

En todas las disciplinas sociales y de humanidades que se enseñan en las escuelas secundarias de formación profesional se dedica un determinado número de horas a la familia. Una asignatura titulada "Estudios culturales" se centra en los orígenes de la familia, la función de la mujer dentro de ella, y el efecto de la religión en la formación de la familia y las relaciones maritales. En un curso llamado "Estudios políticos" se presta atención especial a la discriminación contra la mujer en la esfera política.

Con asistencia de la Comisión Nacional sobre la Familia y la Mujer y apoyo técnico de UNICEF, el Centro Científico del Servicio de Sociopsicología ha formulado y llevado a efecto un proyecto titulado "La enseñanza de comportamientos no violentos a niños menores y mayores". Se ha elaborado y puesto a prueba un plan de estudios y un conjunto de métodos didácticos para estudiantes de los niveles 5 a 10. Una vez que se les hayan hecho los ajustes necesarios, se incorporarán al sistema educacional.

Artículo 11Empleo

1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera del empleo a fin de asegurar a la mujer, en condiciones de igualdad con los hombres, los mismos derechos, en particular:

a) El derecho al trabajo como derecho inalienable de todo ser humano;

En virtud del artículo 24 de la Constitución, todas las personas tienen derecho a la libertad de trabajo y a escoger libremente su ocupación o profesión. Todas las personas tienen derecho a condiciones de trabajo que satisfagan normas de seguridad e higiene, a que su trabajo sea remunerado sin discriminación, y a la protección social contra el desempleo.

Además, el derecho de las mujeres al trabajo se consigna en el artículo 4 de la ley de la República de Kazajstán sobre el trabajo en la República de Kazajstán, que dispone que a ninguna persona se le coartarán sus derechos laborales ni se le concederá ventaja alguna en lo referente al ejercicio de estos derechos en función de su género o de otras circunstancias no relacionadas con sus calificaciones para el empleo ni con los resultados de su trabajo.

Se está dando efecto a las recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer en el sentido de que se ejecuten programas especiales de formación y readiestramiento profesional para diferentes grupos de mujeres desempleadas.

Entre 1999 y 2003, unas 844.000 mujeres recurrieron a autoridades estatales para que las ayudasen a encontrar empleo. De ellas, 273.700 encontraron empleo, 55.000 se capacitaron en profesiones nuevas, y 305.000 participaron en trabajos públicos remunerados; por consiguiente, se prestó asistencia efectiva al 75% de estas mujeres.

En el Programa de empleo de la población de la República de Kazajstán para 2005-2007, que se halla en elaboración, se prevé la adopción de diversas medidas efectivas para dar empleo y asistencia social a las mujeres desocupadas.

Entre las personas con empleo en la economía nacional, las mujeres representaban el 49% en 2003, el 49% en 2002, el 48,2% en 2001, el 47,5% en 2000 y el 47,6% en 1999.

En el país en su totalidad, se ha venido registrando una disminución constante del nivel de desempleo (de 13,5% en 1999 a 8,8% en 2003). También se ha reducido el índice de desocupación entre las mujeres. De 12% en 2001, bajó a 11,2% en 2002 y 10,4% en 2003. Empero, el nivel de desempleo de las mujeres ha seguido siendo más elevado que el de los hombres, que en el último año citado era de 7,2%.

En el Programa estatal de desarrollo y apoyo de la pequeña empresa para 2004-2006, aprobado por decreto presidencial de la República de Kazajstán, se prescribe un conjunto de medidas para mejorar las condiciones institucionales que favorecen el surgimiento de una clase media.

Todos los años, la Comisión Nacional organiza un concurso de alcance nacional en que se elige a "La mejor empresa dirigida por una mujer". Miles de mujeres de todas las regiones de la República toman parte en el concurso, que las hace sentirse más seguras en su función empresarial y más apreciadas en la sociedad.

Paralelamente, el Comité de Apoyo a la Pequeña Empresa, con miras a alentar la actividad empresarial entre las mujeres, incluye en el concurso que organiza cada año en todo el país para elegir al "Mejor empresario del año" una categoría dedicada a la "Mejor empresaria". En 2003, participaron en el concurso en esta última categoría 48 mujeres.

En el momento actual, el 35% de las asociaciones empresariales públicas que funcionan en el país están encabezadas por mujeres.

Se llevan a cabo constantemente campañas filantrópicas, entre ellas las denominadas "Mujeres de Kazajstán contra la pobreza" y "Ak Niet", que se han convertido en tradiciones. Gracias a estas campañas, se ha impartido a casi mil mujeres instrucción básica para la creación de sus propias empresas, y a muchas se les han emitido certificados que garantizan la concesión de microcréditos en condiciones especiales.

Las organizaciones no gubernamentales se han asociado también a la tarea de enseñar a las mujeres los conceptos básicos de la actividad empresarial. A lo largo de cuatro años, se han efectuado más de 500 sesiones de capacitación, a las que han asistido más de 20.000 mujeres.

Al 1º de enero de 2004, se hallaban inscritas en oficinas de empleo del Estado unas 142.800 personas desocupadas, de las que 87.100 eran mujeres (60,9%).

Al igual que antes, el desempleo tiene cara de mujer. Muchas mujeres no disponen de oportunidades para iniciarse en actividades comerciales. Las mujeres perciben salarios inferiores a los de los hombres, incluso en sectores que son tradicionalmente femeninos, como la atención de la salud, la educación y los servicios sociales. Esta situación afecta en particular a las mujeres de las zonas rurales. Por ejemplo, el salario nominal medio de las mujeres en todo el país es 2,4 veces mayor que el de las mujeres rurales.

b) El derecho a las mismas oportunidades de empleo, inclusive a la apl i c a ción de los mismos criterios de selección en cuestiones de empleo;

En la República, no hay distinción alguna entre hombres y mujeres en lo que se refiere a la contratación, y no hay ningún tipo de empleo regido por la ley que se considere exclusivamente "trabajo de hombre".

Todo candidato a un empleo debe presentar documentos que comprueben que está capacitado para realizar las tareas del caso.

Con arreglo al artículo 5 de la ley sobre el empleo, el Estado garantiza a los ciudadanos protección contra cualquier forma de discriminación y les asegura iguales oportunidades para conseguir una ocupación y un empleo. Si una persona estima que ha sido objeto de discriminación laboral, puede presentar una demanda pertinente ante los tribunales.

Además, Kazajstán ha ratificado los convenios de la OIT relativos a la política del empleo, a la discriminación en materia de empleo y ocupación, a la igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor, y a trabajadores con responsabilidades familiares, confirmando así su adhesión a las normas internacionales en lo que atañe al empleo.

c) El derecho a elegir libremente profesión y empleo, el derecho al a s censo, a la estabilidad en el empleo y a todas las prestaciones y otras condici o nes de servicio, y el derecho a la formación profesional y al readiestramiento, incluido el aprendizaje, la formación profesional superior y el adiestramiento periódico;

En virtud del artículo 24 de la Constitución, toda persona tiene derecho a elegir libremente trabajo, profesión y empleo.

Con arreglo a la ley sobre el trabajo en la República de Kazajstán, los trabajadores tienen derecho, sin distinciones de género, a la formación profesional, a vacaciones anuales y licencia por enfermedad remuneradas, a prestaciones sociales pagadas por el empleador (invalidez temporal por una enfermedad de tipo general, una lesión sufrida en el trabajo, una enfermedad laboral, etc.) y a indemnización por perjuicios, lesiones o daños a la salud imputables al trabajo.

En materia de educación, por ejemplo, se imparte formación avanzada a especialistas titulados por lo menos cada cinco años a lo largo de toda su carrera.

Al personal del sistema educacional se le ofrece capacitación avanzada y readiestramiento en el Instituto de la República para la Formación Avanzada de Personal Administrativo y Pedagógico de Enseñanza Secundaria, situado en Almaty, y en otros 16 centros e instituciones de capacitación avanzada y readiestramiento de personal en regiones y en las ciudades de Astana y Almaty. Además, los servicios de formación de los distritos y las divisiones de educación de las ciudades se ocupan de la formación avanzada de diversas maneras, a través de seminarios, conferencias y consultas. Las conferencias anuales de maestros, que se celebran en agosto antes del comienzo del año académico, contribuyen en medida considerable a la formación avanzada.

El proyecto de código del trabajo que se halla actualmente en elaboración contiene disposiciones en que se prevé la formación profesional, el readiestramiento y la colocación en empleos.

A los fines de satisfacer la necesidad de personal calificado, se ofrece al empleador la opción de procurar que sus empleados se capaciten en el sistema general de enseñanza o bien de crear y ampliar una estructura interna para la formación de personal en el empleo.

En el proyecto de código se consagran las garantías jurídicas básicas respecto de la colocación de trabajadores en empleos. El Estado asegura a los trabajadores iguales oportunidades para adquirir una profesión, suministra servicios de orientación profesional y ayuda en la creación de nuevos empleos. Se definen la función y la importancia de la mediación profesional. Asimismo, se asignan al empleador derechos y deberes en lo que se refiere a la colocación de trabajadores en puestos de trabajo.

d) El derecho a igual remuneración, incluso prestaciones, y a igualdad de trato con respecto a trabajo de valor equivalente, así como a igualdad de tr a to con re s pecto a la evaluación de la calidad del trabajo;

Con arreglo al apartado 2 del artículo 7 de la ley de la República de Kazajstán sobre el trabajo en la República de Kazajstán, los trabajadores tiene derecho a igual remuneración por trabajo de igual valor, sin discriminación de ningún tipo.

El ingreso de cada trabajador es función de la contribución personal del trabajador a los resultados finales del trabajo, está sujeto a impuestos, y no tiene límite máximo. La ley sobre el trabajo garantiza la igualdad de remuneración por trabajo de igual valor, esto es, por trabajo de la misma duración, intensidad y dificultad.

Las diferencias en la remuneración derivan de la posición que ocupa el trabajador y del trabajo que se realiza, que puede exigir un determinado nivel de pericia y adiestramiento; las diferencias no resultan del género.

El salario mínimo en Kazajstán se incrementó en un 32% el 1º de enero de 2004. Como promedio, los salarios aumentaron en un 20% para los trabajadores del sector público y en un 50% para los empleados de órganos centrales del Estado.

En 2003, el salario medio en el país era de 23.000 tenge, siendo el de las mujeres de 17.300 tenge. En comparación con 2001, la proporción de los salarios correspondiente a las mujeres había aumentado en un 2,1% más que la de los hombres. A la vez, el salario medio de las mujeres es inferior al de los hombres. El año pasado, equivalía al 61% del salario medio de los hombres.

La explicación es que, por lo general, las mujeres se desempeñan en empleos con remuneración inferior, incluso en sectores tradicionalmente femeninos como la atención de la salud y la educación.

e) El derecho a la seguridad social, en particular en casos de jubilación, desempleo, enfermedad, invalidez, vejez y cualquier incapacidad para trabajar, así c o mo el derecho a vacaciones pagadas;

De conformidad con la ley sobre el pago de pensiones en la República de Kazajstán, se benefician de prestaciones de jubilación los hombres cuando llegan a los 63 años de edad y las mujeres cuando llegan a los 58. Las mujeres que han dado a luz a cinco hijos o más y los han cuidado hasta los ocho años de edad pueden acogerse a la jubilación a los 53 años.

En 1998, Kazajstán pasó a ser el primer país de la CEI que inició una transición sistemática a un sistema de pensiones basado en la acumulación de capital.

Al 1º de julio de 2004, el sistema de acumulación de capital contaba con 6.538.012 participantes, de los que 2.976.880 eran mujeres, que así constituían el 45% del número total de aportantes.

Con arreglo a la ley sobre la protección social de las víctimas de las pruebas nucleares en el polígono de Semipalatinsk, tienen derecho a pensiones de jubilación en esa región los hombres cuando llegan a los 50 años y las mujeres cuando cumplen 45, siempre que hayan trabajado durante un total de al menos 25 y 20 años, respectivamente.

Las deducciones para los fondos de pensiones de acumulación de capital equivalen al 10% del ingreso mensual tanto para las mujeres como para los hombres.

No obstante, por lo general no se tiene en cuenta la perspectiva de género. Por ejemplo, en la reforma del sistema de pensiones no se ha tomado en consideración el elevado nivel de desempleo entre las mujeres, que les impide a muchas hacer aportaciones a fondos de pensiones. Puesto que jubilan con menos edad, muchas mujeres mayores pueden verse sin medios de subsistencia suficientes.

f) El derecho a la protección de la salud y a la seguridad en las cond i ciones de trabajo, incluso la salvaguardia de la función de reproducción.

El artículo 15 de la ley de la República de Kazajstán sobre seguridad y protección en el trabajo prohíbe el empleo de mujeres en tareas que requieran esfuerzos físicos rigurosos o que supongan condiciones de trabajo perjudiciales (extremadamente perjudiciales) o peligrosas (extremadamente peligrosas).

Se halla en consideración la posibilidad de prohibir la contratación de mujeres embarazadas para trabajos nocturnos.

En el artículo 87 del Código de Infracciones Administrativas de la República de Kazajstán se define la responsabilidad administrativa del empleador, en la forma de una multa, por infracciones de los reglamentos y otros instrumentos jurídicos que regulan las relaciones laborales.

Existen en la República sectores determinados, como la minería y la metalurgia, o la extracción de carbón y de petróleo y gas, en que el empleo de mano de obra femenina se permite únicamente en actividades de apoyo que aseguran el funcionamiento y la supervivencia de la empresa. La prohibición o restricción del empleo de mujeres en esos sectores se rige por la "Lista de lugares de trabajo, profesiones y empleos que entrañan condiciones de trabajo difíciles y perjudiciales y en que se prohíbe el uso de mano de obra femenina".

2. A fin de impedir la discriminación contra la mujer por razones de matr i monio o maternidad y asegurar la efectividad de su derecho a trabajar, los E s tados Partes tomarán medidas adecuadas para:

a) Prohibir, bajo pena de sanciones, el despido por motivo de embarazo o licencia de maternidad y la discriminación en los despidos sobre la base del estado civil;

El artículo 26 de la ley sobre el trabajo en la República de Kazajstán prohíbe el despido por motivo de embarazo o licencia de maternidad.

Se ha preparado un proyecto de ley sobre la incorporación de enmiendas y adiciones a la ley de la República de Kazajstán sobre el trabajo en la República de Kazajstán en las que se prohíbe a los empleadores cancelar los contratos de mujeres embarazadas o mujeres con niños de menos de un año y medio de edad. Las mujeres con niños menores de un año y medio deben disponer de intervalos especiales en el trabajo para alimentar a los niños. Se prohíbe la contratación de mujeres embarazadas para trabajo en horas extraordinarias. Las mujeres con niños menores de siete años pueden ser contratadas para trabajar en horas extraordinarias si dan su consentimiento para ello por escrito.

b) Implantar la licencia de maternidad con sueldo pagado o con prest a ciones sociales comparables sin pérdida del empleo previo, la antigüedad o los beneficios sociales;

Con arreglo al artículo 66 de la ley sobre el trabajo en la República de Kazajstán, se concede a las mujeres licencia de embarazo y licencia de maternidad consistente en 70 días civiles anteriores al parto y 56 días civiles posteriores a éste (70 días si el parto acarrea complicaciones o si nacen dos o más niños). La licencia se calcula de modo acumulativo y se concede en su totalidad, independientemente del número de días de licencia que la mujer haya utilizado efectivamente antes del parto, y el pago de prestaciones de embarazo y maternidad durante ese período es de cargo del empleador, sin que esto dependa del tiempo que lleva la mujer trabajando en la organización. A una mujer (o un hombre) que ha adoptado a un niño recién nacido directamente de un hospital de maternidad se le concede licencia (la licencia se concede al padre o a la madre) por un período que se inicia el día de la adopción y termina 56 días después del nacimiento del niño, y el pago de prestaciones durante este período es de cargo del empleador, sin que esto dependa del tiempo que el padre o la madre adoptivos lleven trabajando en la organización.

Se halla actualmente en consideración la posibilidad de que las prestaciones de embarazo o maternidad se paguen con cargo a fondos de seguridad social.

En el proyecto de ley sobre prestaciones del Estado para familias con niños se prevé también el pago de un subsidio único por nacimiento equivalente a 15 veces el índice contable mensual, sea cual fuere el ingreso de la familia, y la institución de un subsidio adicional por hijo a cargo hasta que el niño cumpla un año de edad y de un subsidio por hijo a cargo para familias indigentes hasta que el niño llegue a los 18 años. El proyecto de ley se halla ahora en estudio en el Parlamento de la República de Kazajstán.

Si un niño menor de dos años se enferma, la madre recibe una prestación social, aun cuando haya otro familiar que pueda cuidar al niño enfermo. El monto de la prestación se calcula en función del salario mensual medio, pero no excede de una suma equivalente a diez veces el índice contable mínimo. En el momento actual, es de 919 tenge.

Se está preparando un proyecto de código del trabajo de la República de Kazajstán. En él se propone aumentar de un año y medio a tres años la licencia sin goce de sueldo para el cuidado de niños.

c) Alentar el suministro de los servicios sociales de apoyo necesarios p a ra permitir que los padres combinen las obligaciones para con la familia con las responsabilidades del trabajo y la participación en la vida pública, especia l mente mediante el fomento de la creación y el desarrollo de una red de servicios destinados al cuidado de los niños;

En centros diurnos de horario complementario, donde los niños pueden jugar y hacer sus tareas escolares y donde también se les da de comer, se atiende a niños de edad escolar cuyo horario en la escuela es más corto que el de sus padres en el trabajo. En numerosas escuelas estatales y privadas, al término del día escolar se organizan actividades para los niños, tales como la participación en pasatiempos o visitas a museos, cines, teatros o parques temáticos o de diversiones.

Se ha creado un grupo de trabajo para que redacte un proyecto de ley sobre educación y formación preescolar en la República de Kazajstán.

d) Prestar protección especial a la mujer durante el embarazo en los t i pos de trabajos que se haya probado puedan resultar perjudiciales para ella.

De conformidad con el artículo 48 de la ley sobre el trabajo en la República de Kazajstán, una mujer embarazada puede ser contratada para trabajos nocturnos únicamente con su consentimiento.

Con arreglo al artículo 46 de esa misma ley, se prevé una semana de trabajo abreviada, de no más de 36 horas, para trabajadores (de ambos géneros) cuyas tareas exigen esfuerzos físicos rigurosos o cuyos empleos entrañan condiciones de trabajo perjudiciales. El órgano laboral del Estado que tiene competencia en la materia se encarga de mantener la lista de lugares de trabajo, talleres, profesiones, ocupaciones y empleos que entrañan condiciones de trabajo perjudiciales (extremadamente perjudiciales) o difíciles (extremadamente difíciles) o peligrosas (extremadamente peligrosas), o que tienen todas estas características, y pueden dar al trabajador el derecho a un horario de trabajo abreviado.

En virtud del artículo 23 de la misma ley, las mujeres embarazadas, cuando así lo indica una prescripción médica, deben ser trasladadas a puestos de trabajo en que no estén expuestas a factores difíciles o adversos, manteniéndoseles el salario mensual medio del puesto anterior.

3. La legislación protectora relacionada con las cuestiones comprendidas en este artículo será examinada periódicamente a la luz de los conocimientos cie n tíficos y tecnológicos y será revisada, derogada o ampliada según c o rresponda.

En el artículo 15 de la ley de la República de Kazajstán sobre seguridad y protección en el trabajo se prohíbe el uso de mano de obra femenina en empleos que exijan trabajo físico pesado o que entrañen condiciones de trabajo perjudiciales (extremadamente perjudiciales) y peligrosas (extremadamente peligrosas). La lista de lugares de trabajo, profesiones y empleos que suponen condiciones de trabajo difíciles y peligrosas y en que se prohíbe el uso de mano de obra femenina quedó aprobada por la orden No. 184-P del Ministro del Trabajo y Protección Social de la República de Kazajstán, de 20 de septiembre de 1999. Además, por la resolución No. 89 del Gabinete de Ministros de la República de Kazajstán, de 20 de enero de 1994, se aprobaron las normas que determinan los pesos máximos admisibles en tareas de carga y transporte manuales realizadas por mujeres. Esos instrumentos jurídicos y reguladores no han sido objeto de modificaciones.

Artículo 12Igualdad en el acceso a los servicios médicos

1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera de la atención médica a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, el acceso a se r vicios de atención médica, inclusive los que se refieren a la planificación de la familia.

Las mujeres y los hombres del país tienen igual acceso a los servicios médicos.

La Constitución de la República de Kazajstán consagra el derecho de los ciudadanos de la República a proteger su salud y a recibir los servicios médicos gratuitos y garantizados que establece la ley, así como servicios médicos pagados en instituciones estatales y privadas de tratamiento o prestados por individuos que ejercen la profesión médica en forma privada.

Con el propósito de mejorar la accesibilidad de la atención médica para las mujeres en la República, se está procurando restaurar centros de obstetricia existentes y crear otros.

En 2003, se restauraron o inauguraron en la República 27 clínicas y consultorios médicos para mujeres.

En lo que se refiere a servicios médicos para mujeres, la República cuenta con lo siguiente: dispensarios de obstetricia (1.420), centros médicos auxiliares (2.720), clínicas de atención familiar ambulatoria (1.570), clínicas de mujeres (79) y policlínicas de diagnóstico y tratamiento (44), así como también nueve departamentos de matrimonio y familia y 13 consultorios de medicina genética, 717 consultorios de obstetricia y ginecología y 524 salas de examen. Además, se presta atención hospitalaria a mujeres embarazadas en 34 centros de maternidad, 11 centros perinatales y 156 departamentos de maternidad en hospitales centrales de distrito.

Practican su profesión un total de 3.877 médicos especializados en obstetricia y ginecología y 8.018 parteras (las cifras correspondientes en 1999 eran 3.622 y 8.065).

Un total de 37.601 mujeres médicos se desempeñan en el sector de la atención de la salud, principalmente al nivel del cuidado práctico de la salud. El 95%, aproximadamente, del personal de nivel medio de servicios de salud son también mujeres.

En los últimos años se ha difundido la práctica de la medicina no tradicional (quiropráctica, acupuntura, curandería, etc.), y el 60% de quienes la practican son mujeres.

No existe ningún obstáculo jurídico ni cultural que impida que se presten servicios médicos, incluso de planificación de la familia, a las mujeres.

Las mujeres tienen derecho a decidir acerca del número de hijos que han tener y el espaciamiento de los embarazos, y a obtener información y servicios relativos a la planificación de la familia. No se requiere el consentimiento del marido para que una mujer obtenga información sobre planificación de la familia del personal de los centros pertinentes.

Todos los obstetras-ginecólogos y parteras disponen de métodos de planificación de la familia y medios anticonceptivos modernos. Los anticonceptivos que se reciben en el marco de programas de asistencia humanitaria se distribuyen en forma gratuita.

En la República, el 35,6% de las mujeres en edad de procrear utilizan algún método anticonceptivo. Lo que se utiliza con más frecuencia es el dispositivo intrauterino (62,5%, comparado con 73,4% en 1999).

No hay en Kazajstán políticas que limiten el número de hijos a que puede dar a luz una mujer. Sólo se asegura el acceso libre y gratuito a información sobre métodos de planificación de la familia. La planificación de la familia es un derecho de cada familia y cada mujer.

En la República, el 16% de los matrimonios, aproximadamente, no tiene hijos, y el 30% de las parejas casadas deben recurrir a tecnologías de asistencia para la procreación.

En este sentido, también ha marcado un hito la aprobación de la ley sobre los derechos de los ciudadanos en materia de procreación y las garantías para su ejercicio. En ella se prevé la posibilidad de la maternidad sustitutiva, se regulan las relaciones jurídicas entre la madre sustituta y los progenitores potenciales, y se definen los derechos y las obligaciones de las partes.

La ley resuelve cuestiones relativas a la inseminación artificial y la implantación del embrión, la donación de células reproductoras, la interrupción provocada del embarazo, la esterilización quirúrgica, etc.. La clonación de seres humanos está prohibida en Kazajstán.

Las madres sustitutas y las mujeres que han dado a luz gracias a métodos artificiales tienen los mismos derechos en cuanto a la prestación de servicios médicos.

Las mujeres y los hombres pueden ser esterilizados únicamente con su consentimiento. No existen disposiciones legislativas ni reglamentarias que obliguen a los ciudadanos a esterilizarse.

No se practica ningún tipo de ablación genital femenina ni de cirugía que mutile la vulva.

No hay disposiciones legislativas que establezcan una edad mínima de consentimiento para las relaciones sexuales. La ley sobre el matrimonio y la familia fija en 18 años la edad mínima para la inscripción de un matrimonio, tanto para la mujer como para el hombre.

Se están aplicando las recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer respecto de la reducción de la incidencia de la anemia y las anomalías derivadas de la insuficiencia de yodo.

Gracias a la persistencia de la Comisión Nacional y la colaboración de todas las partes interesadas, y con apoyo financiero del Banco Asiático de Desarrollo, se halla en su cuarto año de ejecución el proyecto denominado "Mejoramiento de la nutrición de las mujeres y los niños de familias indigentes".

Una parte separada e importante del proyecto es el componente de comunicaciones, que está a cargo de organizaciones no gubernamentales de Kazajstán. A fin de informar mejor al público, este componente se ha extendido en dos años.

Se está produciendo sal yodizada en las grandes plantas de Araltuz y Pavlodarsol, y en 15 molinos se ha instalado equipo para fortificar la harina (enriqueciéndola con hierro). Se está yodizando ahora toda la sal que se utiliza para fines de nutrición, y asimismo para la fortificación de harina, proceso que abarca toda la harina que se dedica a la producción de pan.

Mientras se elaboraba este proyecto, se aprobaron las leyes sobre la prevención de las anomalías derivadas de la insuficiencia de yodo (14 de octubre de 2003) y sobre la calidad y seguridad de los productos alimenticios (8 de abril de 2004).

Un problema de suma gravedad es el que presenta el cáncer de mama, que es la enfermedad oncológica de mayor incidencia entre las mujeres.

El país está adoptando medidas para tratar y prevenir esta terrible enfermedad, que afecta directamente la salud y las funciones reproductivas de las mujeres.

La Comisión Nacional, conjuntamente con el Centro Nacional para un Estilo de Vida Saludable, y con el apoyo del Fondo de Población de las Naciones Unidas, ha diseñado y publicado un cartel en colores, del que se han imprimido 20.000 ejemplares, titulado "Examínese y vea a un médico". Se ha enviado a todos los establecimientos médicos, incluso los consultorios ambulatorios y dispensarios de obstetricia de las zonas rurales.

Se está considerando ahora la posibilidad de crear centros regionales para la pronta detección y el tratamiento oportuno del cáncer de mama.

Un 95%, aproximadamente, de los niños menores de dos años reciben vacunas preventivas contra la tuberculosis, la poliomielitis, la difteria, el sarampión y otras enfermedades. Kazajstán fue el primer país de la CEI en que se inmunizó a todos los recién nacidos contra la hepatitis viral B.

Se ha observado una declinación de la morbilidad de la tuberculosis, así como de otras enfermedades infecciosas. En relación con 1995, la morbilidad de la difteria se ha reducido a una 223ª parte de lo que era; la de la parotiditis epidémica, en un 45%; y la del sarampión, en un factor de 10,7. La morbilidad de la sífilis ha disminuido de 128,5 personas por cada 100.000 a 92,1.

Se halla en ejecución el Programa para combatir la epidemia de SIDA en la República de Kazajstán para 2001-2005. Se trata de un programa multisectorial que comprende subprogramas departamentales aprobados y puestos en marcha por los Ministerios de Justicia, del Interior, de Defensa, de Educación, y del Trabajo y Protección Social. Se han aprobado y puesto en marcha programas regionales en todas las regiones y las ciudades grandes.

Prácticamente todos los estudiantes de escuelas primarias, instituciones de enseñanza secundaria especial y establecimientos de enseñanza superior participan en programas en que se enseña a prevenir la infección con VIH/SIDA.

Se ha publicado un manual didáctico auxiliar titulado "Salud reproductiva y la prevención del VIH/SIDA y el abuso de drogas", para uso de los instructores de escuelas de enseñanza general, así como una guía titulada "Salud reproductiva y planificación de la familia", para la instrucción de adolescentes y otros jóvenes; se ha redactado un manual para promotores de la vida sana sobre problemas actuales de la prevención del VIH/SIDA.

A las personas más vulnerables se les están suministrando materiales impresos sobre formas de protección contra la infección con el VIH y las enfermedades de transmisión sexual.

Se está desarrollando una intensa labor destinada a crear y apoyar asociaciones públicas dedicadas a la prevención y contención del VIH/SIDA, las enfermedades venéreas y la toxicomanía. En el momento actual, 50 organizaciones no gubernamentales trabajan en esta esfera.

A fin de asegurar la accesibilidad de servicios de consulta y de asistencia médica especializada para personas muy vulnerables, se han establecido 32 oficinas de acceso fácil y 410 consultorios para exámenes confidenciales y orientación psicológica y social. En el año 2003 solamente, más de 200.000 personas acudieron a esos centros.

En centros de obstetricia y ginecología en todas las regiones de la República se están prestando servicios gratuitos de anticoncepción y aborto a mujeres infectadas con el VIH y drogadictas con el fin de prevenir la infección congénita con el VIH. Para tratar a mujeres infectadas con el VIH durante el embarazo y el parto, así como a sus hijos, se adquirieron en 2003 medicamentos por valor de unos 6 millones de tenge; recibieron tratamiento 44 mujeres embarazadas y 40 niños. Todas los centros de tratamiento del SIDA de las regiones y ciudades cuentan con preparados antirretrovirales para el tratamiento profiláctico de mujeres embarazadas infectadas con el VIH y sus niños.

Con miras a dar efecto a las recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer relativas la reducción del número de personas que usan tabaco, alcohol y drogas, se han aprobado leyes sobre la prevención y reducción del uso del tabaco (2002) y sobre la rehabilitación médica y social de personas adictas a drogas (2002). El artículo 13 de la ley No. 508-II de la República de Kazajstán, de 19 de diciembre de 2003, sobre la publicidad, prohíbe los anuncios comerciales relativos a bebidas alcohólicas. También se realizan campañas especiales en los medios de difusión, y se están iniciando programas especiales de formación en el sistema educacional.

La estructura de la Oficina para la Promoción de un Estilo de Vida Saludable se perfeccionó en 2003 con la creación de tres centros en ciudades y diez centros en distritos, dotados de personal y con financiación autónoma. En organizaciones de tratamiento y prevención se establecieron otros 25 centros de promoción de la salud.

El Estado presta asistencia a madres que tienen hijos discapacitados a su cargo. Se paga mensualmente, por cada niño discapacitado menor de 16 años, una prestación social estatal equivalente a cuatro veces el índice contable mensual (en 2004, era de 3 676 tenge), además de un subsidio estatal especial equivalente a 0,9 veces el índice contable mensual (827 tenge en 2004).

Se están acatando las recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer sobre el mejoramiento de la situación ambiental del país. Se han aprobado en la República diversos programas ambientales, como los denominados "La salud y el hábitat humano", "Introducción de un sistema uniforme para el control de la calidad del agua potable" y "Protección del público y del medio ambiente contra las dioxinas y otros contaminantes orgánicos persistentes". En los dos últimos años, se han asignado más de 4.000 millones de tenge con cargo a fondos presupuestarios a la ejecución de esos programas.

Se ha formulado el Concepto de seguridad ambiental de la República de Kazajstán para 2004-2015. Fue aprobado por decreto presidencial. Esencialmente, el Concepto persigue la adecuación ambiental completa de esferas fundamentales y críticas de actividad e influencia: la economía, la legislación nacional y la sociedad misma.

Por una orden conjunta del Ministro de Protección Ambiental y el Ministro de Educación y Ciencia se aprobó el Concepto de educación ambiental en la República de Kazajstán. En el Concepto se prevé la introducción de la educación ambiental en la familia y en los establecimientos preescolares, las escuelas de enseñanza general y las instituciones de enseñanza superior, así como su difusión por los medios de información. Se ha elaborado un programa para llevarlo a la práctica.

Las organizaciones no gubernamentales desempeñan una función prominente en la aplicación de la política ambiental del Estado. Su esfera de actividad comprende cuestiones relacionadas con la contaminación del medio ambiente; la eliminación de desechos nucleares; las zonas que son motivo de preocupación ambiental cerca del Mar de Aral y en la región de Semipalatinsk, el centro de lanzamientos espaciales y los polígonos de pruebas militares de Baykonur, y la región del Mar Caspio y Balkhasha; y la protección de especies raras de flora y fauna.

Más del 80% de las organizaciones no gubernamentales concentran sus actividades en la esfera de la educación ambiental. Han diseñado más de 59 medios didácticos auxiliares para la instrucción en esta materia.

El Ministro de Protección Ambiental ha suscrito el Memorando de cooperación trilateral con el Parlamento y las organizaciones no gubernamentales en relación con los preparativos para la ratificación de la Convención sobre el acceso a la información, la participación del público en el proceso de toma de decisiones y el acceso a la justicia en temas medioambientales, de las Naciones Unidas, al que Kazajstán se adhirió en 2000.

Hoy en día, uno de los objetivos primordiales de la política de salubridad del Estado es suministrar a los ciudadanos de Kazajstán un nivel garantizado de asistencia médica gratuita.

2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo 1 supra , los Estados Partes g a rantizarán a la mujer servicios apropiados en relación con el embarazo, el pa r to y el período posterior al parto, proporcionando servicios gratuitos cuando fuere necesario, y le asegurarán una nutrición adecuada durante el embarazo y la lactancia.

Se suministran a las mujeres servicios médicos gratuitos durante el embarazo y el período posterior al parto. El 97,1%, aproximadamente, de las mujeres embarazadas han recibido atención prenatal (la proporción correspondiente era del 97% en 1999).

Como parte de la atención prenatal y puerperal, los obstetras-ginecólogos y pediatras hacen recomendaciones sobre nutrición saludable y la ingestión de vitaminas y otros micronutrientes. No se han promulgado disposiciones legislativas ni reglamentarias en que se prevea el suministro de una nutrición adecuada a las mujeres embarazadas y lactantes.

Se practican exámenes prenatales del feto. En las etapas iniciales del embarazo, se practica una prueba de marcadores séricos para la detección de patologías cromosomales.

El embarazo se interrumpe si el feto presenta un defecto congénito de desarrollo que es incompatible con la vida, múltiples defectos congénitos de desarrollo, o una patología cromosomal fetal confirmada por pruebas citogenéticas luego de la aplicación de un método invasivo de diagnóstico.

La interrupción provocada del embarazo se efectúa a solicitud de la mujer en las siguientes etapas del embarazo: a los 20 días o menos sin menstruación, desde el 20º día sin menstruación hasta la 12ª semana del embarazo, y desde la 12ª hasta la 22ª semana del embarazo por indicación social. Si hay indicaciones médicas de que se halla en peligro la vida de la mujer embarazada, la interrupción se efectúa en cualquier etapa del embarazo, con el consentimiento de la mujer.

No existen en la República leyes que obliguen a una mujer a someterse a un aborto. El aborto es legal y se practica a pedido de la mujer. En el caso de mujeres de familias indigentes, el aborto puede ser gratuito.

En el período que abarca el presente informe siguió disminuyendo el número de los abortos que se practican en el país, de 34,1 por 1.000 mujeres en 1999 a 30,2 en 2003; también declinó el número de abortos delictivos, de 389 en 1999 a 129 en 2003.

En 2003 se registraron 1.846 casos de complicaciones derivadas del aborto (en 1999 la cifra fue 2.676). La tasa anual de letalidad del aborto es de 0,02 por mil.

Sólo el 0,3% de los abortos se practican fuera de centros de tratamiento, y se les considera de carácter delictivo. Se suministran servicios médicos absolutamente gratuitos a las mujeres con abortos incompletos.

Con objeto de prevenir y reducir los problemas del embarazo de adolescentes, y los casos de SIDA, toxicomanía y alcoholismo entre adolescentes, se han instalado líneas telefónicas de emergencia en Astana, Almaty y varias otras ciudades.

A fin de proporcionar a la población del país medios anticonceptivos seguros, se han incluido en la lista de productos farmacéuticos de importancia vital diversos anticonceptivos (dispositivos intrauterinos y anticonceptivos hormonales).

Suministran al público servicios médicos de planificación de la familia los obstetras-ginecólogos, los médicos de familia y las parteras. La deficiencia más grave es que en los medios rurales hay un obstetra-ginecólogo por 10.000 habitantes, en tanto que para la población urbana la proporción es de 3,8 por 10.000. Según se desprende de cifras de 2003, el 46,2% de la mortalidad materna ocurre en las zonas rurales.

Se está recibiendo un gran volumen de asistencia de organizaciones internacionales para la solución de los problemas relativos a la salud de las mujeres y los niños.

Con asistencia técnica de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional, se ha formulado una política nacional para 2000-2010 para la protección de la salud reproductiva de la población de la República de Kazajstán mediante el uso de modelos computadorizados de planificación de la familia.

Se está llevando a efecto el Programa de cooperación del Gobierno de la República de Kazajstán y UNICEF para 2000-2004, con 12 millones de dólares de EE.UU de financiación. Al presente, el Gobierno se está ocupando de formular el próximo programa de país de UNICEF para Kazajstán, correspondiente a 2005-2009, en que se prestará atención particular a las familias necesitadas. Se está ejecutando un programa por valor de 6 millones de dólares de EE.UU. con el Fondo de Población de las Naciones Unidas. Su principal objetivo es contribuir al mejoramiento de la salud genésica de la población y promover la maternidad sin riesgo y la planificación de la familia.

Es preciso intensificar los esfuerzos para asegurar el acceso universal a los servicios de planificación de la familia, y realzar la conciencia, en particular entre los escolares de cursos avanzados y los estudiantes de la enseñanza superior, de los daños y consecuencias que acarrea el aborto. De no poca importancia es la difusión de información sobre los derechos de las madres jóvenes, particularmente en lo que se refiere a la posibilidad de dejar a los hijos temporalmente en hogares de guarda para niños de corta edad hasta que las jóvenes madres hayan completado su educación escolar o hasta que hayan mejorado sus circunstancias financieras y habitacionales. Sin esto, no será posible reducir los abortos, particularmente entre las adolescentes, que en la mayoría de los casos traen por resultado la infecundidad y en muchos dan lugar a un aumento de la mortalidad materna.

Artículo 13Prestaciones económicas y sociales

Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en otras esferas de la vida económica y social a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, los mismos der e chos, en particular:

a) El derecho a prestaciones familiares;

En Kazajstán, las prestaciones familiares se pagan en forma de asistencia social para grupos definidos, subsidios por nacimiento, subsidios estatales especiales y subsidios de vivienda.

La asistencia social citada más arriba se rige por la ley sobre asistencia social para grupos definidos, aprobada en 2001. Se suministra a personas (familias) cuyo ingreso medio per cápita se sitúa por debajo del umbral de pobreza (40% del mínimo de subsistencia).

En 2003, unas 860.000 personas recibieron asistencia social para grupos definidos. El monto medio de la asistencia llegó a poco más de 1.000 tenge.

Los principales destinatarios de la asistencia social para grupos definidos son niños, que representan el 60% de los beneficiarios. Entre otras categorías se cuentan los desocupados (15%) y las mujeres con hijos a cargo (11%).

El 1º de enero de 2003 entró en vigencia un subsidio estatal único por nacimiento para mujeres, que no depende del nivel de ingreso de la familia y cuyo monto equivale a 15 veces el índice contable mensual, lo que en 2004 alcanzaba a 13.785 tenge.

Con el fin de seguir perfeccionando el sistema de protección social para familias con niños, se ha preparado un proyecto de ley sobre prestaciones del Estado para familias con niños. En él se prevé el pago de un subsidio por hijo a cargo (independiente del ingreso de la familia) hasta que el niño cumpla un año de edad y de un subsidio para niños de familias indigentes (basado en el ingreso medio familiar per cápita) hasta que éstos cumplan 18 años. Tienen derecho a recibir un subsidio por hijo a cargo ya sea el padre o la madre. El proyecto de ley apunta a mejorar las condiciones en que se cría a los niños en la familia. El proyecto se halla actualmente en consideración en el Parlamento.

Las madres de familias numerosas que han dado a luz y criado a ocho hijos o más, así como también las familias numerosas en que viven juntos cuatro o más hijos menores de edad, tienen derecho al pago de una prestación especial del Estado, independientemente del ingreso familiar.

Se pagan también prestaciones especiales del Estado, independientes del ingreso familiar, a familias y viudas de miembros fallecidos de las fuerzas armadas y de servicios que responden a accidentes de radiación y de otro tipo, así como a todo un conjunto de otras categorías de ciudadanos que son titulares de diversos servicios y prestaciones del Estado.

El monto medio de las prestaciones sociales del Estado en 2003 fue superior en un 20% al de 1999 y llegó a 3.600 tenge. Casi 800.000 personas recibieron dichas prestaciones.

El país cuenta con un sistema de subsidios de vivienda cuyo monto, así como las normas para su asignación, son determinados por órganos representativos locales, que pueden fijar hasta en el 30% del ingreso familiar la parte correspondiente a gastos personales por encima del valor de los servicios comunitarios. Mayormente, los beneficiarios de los subsidios de vivienda son pensionistas y mujeres con niños, que componen más de 200.000 familias.

Todos los tipos de prestaciones se pagan directamente a través de bancos intermediarios a las cuentas bancarias personales de los titulares de los pagos sociales.

Se observa un aumento constante en el monto medio de las pensiones, que llegó a 8.000 tenge en 2004, siendo la pensión más reducida de 5.800 tenge.

b) El derecho a obtener préstamos bancarios, hipotecas y otras formas de crédito financiero;

Las mujeres y los hombres tienen derechos iguales en cuanto a la administración de bienes y la obtención de préstamos y créditos. No se ha presentado a las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley ninguna denuncia de discriminación por motivo de género.

c) El derecho a participar en actividades de esparcimiento, deportes y en t o dos los aspectos de la vida cultural.

No se imponen restricciones de ninguna clase a la participación de las mujeres en las actividades de este tipo.

Artículo 14La mujer rural

1. Los Estados Partes tendrán en cuenta los problemas especiales a que hace frente la mujer rural y el importante papel que desempeña en la supervivencia económica de su familia, incluido su trabajo en los sectores no monetarios de la economía, y tomarán todas las medidas apropiadas para asegurar la aplicación de las disposiciones de la presente Convención a la mujer de las z o nas rurales.

2. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas necesarias para eliminar la discriminación contra la mujer en las zonas rurales a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, su participación en el des a rrollo rural y en sus beneficios, y en particular le asegurarán el derecho a:

a) Participar en la elaboración y ejecución de los planes de desarrollo a t o dos los niveles;

En Kazajstán, el 43% de la población, aproximadamente, vive en zonas rurales. La mitad de los habitantes de esas zonas son mujeres.

Las mujeres gozan de los mismos derechos que los hombres en todos los sectores de la vida y la actividad pública.

Las mujeres participan activamente en la vida pública de las aldeas. Han creado la Federación de Mujeres Empresarias de Kazajstán, que tiene filiales en todas las regiones de la República.

En 2003, el número de mujeres que resultaron electas como diputadas de maslikhats, 1.619 (19,8%), superó el de elecciones anteriores.

Las mujeres de los medios rurales tiene el mismo acceso que los hombres a los recursos de la tierra y al crédito. Como resultado, en algunas regiones las mujeres han obtenido más de la mitad de todas las parcelas de terreno personales para establecer granjas y empresas.

Las profesiones que ejercen principalmente las mujeres en las zonas rurales son las de maestra, auxiliar médico, contadora, economista y costurera, así como algunas ocupaciones de tipo puramente agrario, como las de lechera, agrónoma y veterinaria.

Se halla en ejecución el Programa estatal de alimentos agrícolas de la República de Kazajstán para 2003-2005, y se le han asignado créditos anuales de 39.700 millones de tenge en 2003, 49.500 millones en 2004 y 55.200 millones para 2005.

El apoyo financiero que se presta a entidades del complejo agroindustrial no refleja ningún tipo de discriminación contra las mujeres.

Con el fin de crear condiciones de vida satisfactorias en la aldea (aul) sobre la base de las características óptimas de un asentamiento rural, se ha venido ejecutando desde 2004 el Programa estatal de desarrollo de las zonas rurales para 2004-2010. En el marco de este programa, a lo largo de los tres años próximos se asignarán a las actividades pertinentes casi 60.000 millones de tenge con cargo al presupuesto de la República, incluidos 15.000 millones de tenge al año para financiar la construcción de instalaciones y servicios de infraestructura en las zonas rurales.

Se halla actualmente en elaboración el programa estatal de microcrédito en la República de Kazajstán para 2005-2007. En él se prevé la creación de condiciones que aseguren el acceso de las entidades empresariales pequeñas a los recursos financieros, y el establecimiento de un sistema de microcrédito.

En el marco de un programa trienal de apoyo a las zonas rurales, se están realizando trabajos en cooperación con la Oficina de Género y Desarrollo de las Naciones Unidas y la Unión de Mujeres Empresarias de Kazajstán que apuntan a realzar el potencial económico de las mujeres rurales.

Se celebró en la República la conferencia sobre "Iniciativas de mujeres para el desarrollo de la aldea", y en ella se examinaron los temas de la consolidación de esfuerzos, la participación efectiva y la cooperación de los tres sectores de la sociedad.

Formó parte de la conferencia la culminación del primer Concurso de Mujeres Rurales de la República, en que se pretendía definir el mecanismo más aceptable y óptimo para la supervivencia autosostenida en la aldea. El concurso comprendía siete categorías, y 25 mujeres rurales recibieron valiosos premios. Las mejores ideas se publicarán en todo el país.

b) Tener acceso a servicios adecuados de atención médica, inclusive i n fo r mación, asesoramiento y servicios en materia de planificación de la familia;

Con el fin de asegurarles a las mujeres rurales condiciones de vida satisfactorias, se están llevando a efecto programas rurales relacionados con la lucha contra la pobreza, el empleo, la intensificación de la lucha contra la tuberculosis, la recuperación y rehabilitación de niños escolares, la adolescencia, los jóvenes que aún no se han iniciado en una profesión, etc.

En el sector de la salud, se ha asignado prioridad a la protección de la salud de la madre y el niño y un mejoramiento continuo de la base material y técnica de los servicios de atención primaria. Se están creando las condiciones para atraer a médicos calificados a las zonas rurales, y se están ejecutando proyectos de construcción de dispensarios de obstetricia que incluyen viviendas para trabajadores de la salud.

Al término de 2003, el número de centros de población que no contaban con un profesional de la medicina ni con una estructura de servicios médicos llegaba a 30, cifra que cabe comparar con la de 1999, que era 1.200.

Las mujeres rurales tienen derecho a atención y servicios médicos gratuitos para casos de urgencia, comprendido el suministro de información y orientación. No hay ningún obstáculo que impida que las mujeres rurales obtengan atención prenatal o servicios de planificación de la familia en las organizaciones médicas.

De conformidad con la orden del Ministerio de Salud sobre medidas para mejorar el alcance de los exámenes médicos preventivos para la población rural de más de 18 años de edad y para los niños de entre 12 y 18 años, se proporcionan servicios de planificación de la familia a la población de las zonas rurales. Además, en todas las zonas rurales el personal de servicios médicos de atención primaria dispone de protocolos clínicos de salud reproductiva que contienen una extensa sección sobre planificación de la familia.

Los principales problemas a que hacen frente los habitantes de las zonas rurales son la distancia que separa a los dispensarios rurales de los hospitales centrales de distrito, la exigua variedad de anticonceptivos de que disponen los servicios farmacéuticos, y la escasa conciencia que tiene la población de las cuestiones de la salud y la poca atención que les presta.

En todos los centros médicos, a nivel del distrito, de la región o de la República, las mujeres rurales reciben en forma gratuita anticonceptivos y servicios médicos.

c) Beneficiarse directamente de los programas de seguridad social;

A partir del 1º de enero de 2005, entrará en vigor en Kazajstán un sistema de seguro social obligatorio contra la pérdida de la capacidad para trabajar y la pérdida del sostén de la familia o del empleo.

A este respecto, no existe ninguna restricción basada en el género o el lugar de residencia.

d) Obtener todos los tipos de educación y de formación, académica y no académica, incluidos los relacionados con la alfabetización funcional, así como, entre otros, los beneficios de todos los servicios comunitarios y de divulgación a fin de aumentar su capacidad técnica;

Dado el mejoramiento de las condiciones económicas en el país, se han reinstituido los pagos suplementarios especiales para maestros rurales.

La campaña anual Ak Niet está dirigida a las mujeres rurales. En el marco de dicha campaña, casi 150.000 mujeres han recibido asistencia de diversos tipos por un valor total de cerca de 170.000 tenge, más de mil mujeres se han familiarizado con los conceptos básicos de la actividad comercial, y las más destacadas entre ellas han adquirido el derecho a la concesión especial de créditos. Se ha capacitado a 50 personas para que actúen como instructores en seminarios organizados para mujeres rurales cuyo tema es "La iniciación de la empresa propia".

En el marco de un proyecto relativo al desarrollo de la aldea, en que también participa la Unión de Mujeres Empresarias, se han iniciado trabajos tendientes a la creación una red electrónica de mujeres rurales.

Conjuntamente con la Oficina de Género y Desarrollo de las Naciones Unidas y la firma consultora sueca Språngbrädan, Kazajstán ha comenzado e ejecutar el proyecto "Tomiris: género, liderazgo y enlace a través de las fronteras", que tendrá una duración de tres años. En virtud del proyecto, se capacitará a instructores para centros especializados de apoyo para el adelanto económico de las mujeres rurales.

e) Organizar grupos de autoayuda y cooperativas a fin de obtener igualdad de acceso a las oportunidades económicas mediante el empleo por cuenta propia o por cuenta ajena;

De conformidad con el Código de Tierras de la República de Kazajstán, los hombres y las mujeres tienen igual competencia para reservar o ejercer sus propios derechos a tierras o disponer de ellos.

Como resultado de la realización de la reforma agraria sobre la base de los antiguos predios estatales (casi 2.000) y granjas colectivas (casi 500), se han creado más de 150.000 predios campesinos (de propiedad privada), 3.700 asociaciones empresariales y sociedades anónimas agrícolas, y 1.500 cooperativas de producción.

En 2000, Kazajstán había concluido la personalización de 2,2 millones de parcelas de terreno. Se prestó asistencia a un total de 626.400 mujeres para completar la personalización.

f) Participar en todas las actividades comunitarias;

La reforma de la economía del Estado y la privatización de la propiedad agraria estatal y colectiva ha llevado a la desaparición de la propiedad colectiva, incluso en el sector agrícola. Actualmente, se hallan en funcionamiento asociaciones de crédito y granjas familiares o de propiedad de campesinos.

Al 1º de junio de 2004, se había creado un total de 84 asociaciones productoras de productos agrícolas. El capital nominal de dichas asociaciones llega a un total de 1.517,3 millones de tenge; cuentan con 2.733 participantes, y los terrenos que cultivan abarcan 5,5 millones de hectáreas.

g) Obtener acceso a los créditos y préstamos agrícolas, a los servicios de comercialización y a las tecnologías apropiadas, y recibir un trato igual en los pl a nes de reforma agraria y de reasentamiento;

Las mujeres y los hombres rurales tienen igual acceso a los recursos de la tierra y a los créditos.

Con objeto de asegurar la accesibilidad de los recursos crediticios para los productores rurales y las empresas de elaboración de productos agrícolas, se estableció la sociedad accionaria estatal llamada Corporación de Crédito Agrícola.

La finalidad de la Corporación es dar efecto a programas estatales de préstamos para productores rurales y empresas de elaboración de productos agrícolas a través de un sistema de asociaciones rurales de crédito creadas con la participación de la Corporación en su capital nominal.

Entre 2001 y 2004 se asignaron a la Corporación, para su ulterior concesión como préstamos a asociaciones rurales de crédito, recursos crediticios por un valor total de 4. 600 millones de tenge con cargo al presupuesto de la República.

El Programa estatal de microcrédito para los ciudadanos de más bajos ingresos de la República de Kazajstán tiene por objeto servir de sostén para la población rural. Entre 2001 y 2003 se otorgaron cerca de 48.300 microcréditos por un valor total de 6.700 millones de tenge, de los que dos terceras partes se destinaron a mujeres rurales para la creación o expansión de sus propias empresas.

Conjuntamente con el Banco Mundial, el Ministerio de Agricultura de la República de Kazajstán ha formulado un proyecto que apunta a realzar la competitividad de los productos agrícolas, principalmente facilitando el acceso de los campesinos a los mercados de productos básicos y a los conocimientos necesarios para hacer eficientes las operaciones. El costo total de este nuevo programa de apoyo a la población rural asciende a 90 millones de dólares de EE.UU..

h) Gozar de condiciones de vida adecuadas, particularmente en las esf e ras de la vivienda, los servicios sanitarios, la electricidad y el abastecimiento de agua, el transporte y las comunicaciones.

La vida cotidiana en la aldea difiere de la de la ciudad, pero la situación está mejorando. Hoy en día, prácticamente todos los residentes de las zonas rurales cuentan con servicios de electricidad, y dos tercios de ellos con abastecimiento de gas.

Si los gastos familiares por concepto de vivienda y servicios públicos exceden del 30% del ingreso global (de la familia), los necesitados tienen derecho a un subsidio de vivienda.

Se están ejecutando programas regionales para el desarrollo de la construcción de viviendas para 2005-2007 y para obras mayores de reparación de viviendas en mal estado o la demolición de viviendas de emergencia. Mediante los programas regionales denominados "Agua Potable – 2010" se está dando solución a los problemas de abastecimiento de agua. Todos los programas regionales se han formulado y ejecutado de conformidad con directrices estatales o sectoriales.

Se están adoptando medidas para mejorar el abastecimiento de gas para los centros de población rurales. Por ejemplo, en 2003 se concluyó la instalación de servicios de gas en cuatro centros de población rurales en la Región de Mangistau. Se prevé que en el año en curso se concluirá la instalación de servicios de gas en otros tres centros de población, y la construcción del gasoducto Zhetybay-Kuryk, con un costo de 450 millones de tenge, que comprende un sistema de distribución de 62 kilómetros de longitud dentro de los asentamientos.

En la República, 2.818 centros de población rurales, esto es, el 36,8%, carecen de servicio telefónico. En el Programa estatal de desarrollo de las zonas rurales de la República de Kazajstán para 2004-2010 se prevé el reemplazo de las centrales telefónicas analógicas de 1.773 centros de población rurales con centrales digitales.

Artículo 15Igualdad ante la ley y el derecho civil

1. Los Estados Partes reconocerán a la mujer la igualdad con el hombre ante la ley.

En el artículo 14 de la Constitución de la República de Kazajstán se declara lo siguiente: "Todos son iguales ante la ley y los tribunales".

2. Los Estados Partes reconocerán a la mujer, en materias civiles, una cap a cidad jurídica idéntica a la del hombre y las mismas oportunidades para el ejercicio de esa capacidad. En particular, le reconocerán a la mujer iguales d e rechos para firmar contratos y administrar bienes y le dispensarán un trato igual en todas las etapas del procedimiento en las cortes de justicia y los trib u nales .

El Código Civil no asigna capacidad jurídica en función del género.

Toda persona tiene derecho a la protección de las cortes y a asistencia jurídica competente.

3. Los Estados Partes convienen en que todo contrato o cualquier otro in s trumento privado con efecto jurídico que tienda a limitar la capacidad jurídica de la mujer se considerará nulo.

Nadie puede ser objeto de limitaciones en cuanto a su capacidad o competencia jurídicas. Toda cuestión al respecto puede resolverse únicamente en los tribunales (Código Civil de la República de Kazajstán, artículos 26 y 27).

4. Los Estados Partes reconocerán al hombre y a la mujer los mismos der e chos con respecto a la legislación relativa al derecho de las personas a circular l i bremente y a la libertad para elegir su residencia y domicilio.

En el artículo 21 de la Constitución de la República de Kazajstán se garantiza a toda persona que se encuentre legalmente en el país el derecho a circular libremente en el país y a elegir libremente su lugar de residencia, salvo en los casos que indica la ley, así como el derecho a salir de Kazajstán y regresar al país sin impedimentos.

Una mujer casada tiene derecho a elegir libremente su residencia.

Al mismo tiempo, cabe señalar que es preciso seguir perfeccionando el derecho vigente para asegurar que el funcionamiento del sistema jurídico del país se ajuste a los principios y normas generalmente reconocidos del derecho internacional. En particular, deben promulgarse, según sea necesario, nuevas disposiciones que cumplan las condiciones para una mayor democratización de la sociedad y atiendan a los objetivos del desarrollo socioeconómico ulterior de Kazajstán.

Artículo 16Igualdad en el derecho de la familia y el matrimonio

1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas adecuadas para eliminar la discriminación contra la mujer en todos los asuntos relacionados con el m a trimonio y las relaciones familiares y, en particular, asegurarán, en condiciones de igua l dad entre hombres y mujeres:

a) El mismo derecho para contraer matrimonio;

La legislación de la República de Kazajstán relativa al matrimonio y la familia se basa en la Constitución, el derecho del matrimonio y la familia, y otros instrumentos jurídicos y reguladores que contienen los preceptos del derecho de la familia.

Con arreglo a la ley sobre el matrimonio y la familia, en Kazajstán sólo se reconoce un matrimonio si se ha celebrado en una oficina del registro civil.

Con consentimiento mutuo, a las parejas que desean contraer matrimonio se les ofrece orientación y se les practica un examen médico, así como también un examen genético para la protección de la salud reproductiva. Los resultados del examen pueden comunicarse a la persona con quien la parte examinada se propone contraer matrimonio, pero sólo con el consentimiento de la persona que se ha sometido al examen.

De conformidad con el artículo 9 de la ley de la República de Kazajstán sobre el matrimonio y la familia, se exige para la celebración de un matrimonio que tanto el hombre como la mujer que han de casarse den voluntariamente su consentimiento y que ambos estén en edad de contraer matrimonio. La ley no contiene ni estipula ningún otro requisito o condición para la concertación de un matrimonio, particularmente con respecto al pago de una dote o de un precio por la novia.

b) El mismo derecho para elegir libremente cónyuge y contraer matr i monio sólo por su libre albedrío y su pleno consentimiento;

Un matrimonio inscrito en una oficina del registro civil supone la unión de un hombre y una mujer en condiciones de igualdad y con el libre y pleno consentimiento de las partes. El matrimonio se celebra en presencia de los contrayentes. Ambos contrayentes firman la declaración de adquisición del nuevo estado civil y la inscripción del matrimonio.

De conformidad con el artículo 11 de la ley sobre el matrimonio y la familia, no se permite que dos personas contraigan matrimonio si una de ellas ya es parte en otro matrimonio inscrito, o ambas lo son; es decir, no se permite la poligamia.

c) Los mismos derechos y responsabilidades durante el matrimonio y con oc a sión de su disolución;

Ambos cónyuges gozan de los mismos derechos y contraen las mismas obligaciones (artículo 29 de la ley sobre el matrimonio y la familia). El padre y la madre tienen iguales derechos e iguales responsabilidades con respecto a sus hijos (artículo 60 de la misma ley).

Los motivos para la disolución de un matrimonio son idénticos para el hombre y la mujer. Para inscribir un divorcio en una oficina del registro civil se exige el consentimiento mutuo de los cónyuges o bien la decisión de un tribunal.

Los derechos del hombre y la mujer en relación con la disolución de un matrimonio son idénticos, a menos que se indique otra cosa en la decisión de un tribunal. Si no hay acuerdo entre los cónyuges respecto del lugar de residencia de hijos menores de edad, el régimen de pago de una pensión de alimentos para niños o de una pensión de manutención para cónyuge discapacitado y el monto que se ha de pagar, o la división del patrimonio común, el tribunal tiene la obligación de resolver estas cuestiones en su decisión sobre la disolución del matrimonio.

No se puede disolver un matrimonio sin el consentimiento de la mujer durante el embarazo ni durante el primer año de vida de un hijo.

Tienen derecho a solicitar que el tribunal ordene el pago de una pensión de alimentos por parte de un ex cónyuge que tiene medios suficientes para hacerlo las siguientes personas:

–una ex esposa durante el embarazo o durante los primeros tres años a partir del nacimiento de un hijo;

–un ex cónyuge en situación desfavorecida que tenga a su cargo un hijo discapacitado nacido del matrimonio disuelto hasta que éste cumpla 16 años de edad, o bien un hijo discapacitado nacido del matrimonio disuelto que haya sido designado del grupo discapacitado 1 o 2;

–un ex cónyuge discapacitado en situación desfavorecida cuya discapacitación haya acaecido antes de la disolución del matrimonio.

También están vigencia otras normas para la protección jurídica de las mujeres.

d) Los mismos derechos y responsabilidades como progenitores, cua l quiera que sea su estado civil, en materias relacionadas con sus hijos; en todos los casos, los intereses de los hijos serán la consideración primordial;

La ley sobre el matrimonio y la familia dispone y rige las relaciones familiares y maritales. Se fundamenta principalmente en la igualdad de los derechos de los cónyuges en la familia, la prioridad que tiene la crianza de los hijos en la familia, y la protección de los derechos e intereses de los miembros de la familia que son menores de edad o discapacitados. Una sección especial de la ley se ocupa de la protección de los derechos e intereses de los niños que carecen de atención paterna y materna.

En el artículo 27 de la Constitución de la República de Kazajstán se declara que "el matrimonio y la familia, la maternidad, la paternidad y la niñez están protegidas por el Estado".

Los cónyuges resuelven conjuntamente las cuestiones relativas a la maternidad, la paternidad, la crianza y educación de los hijos y otros asuntos de la vida familiar.

La cohabitación de un hombre y una mujer en ausencia de la inscripción oficial de un matrimonio no da origen a derechos y obligaciones de cónyuges. No obstante, independientemente de que estén casados o no, los progenitores tienen derechos y responsabilidades iguales con respecto a sus hijos. Los progenitores tienen la obligación de atender a la salud de sus hijos, actuar como sus representantes legales, y proteger sus derechos e intereses sin que sea necesaria una autorización especial para ello.

Cualquiera que sea su estado civil, una mujer tiene los mismos derechos y responsabilidades como progenitora en cuestiones relativas a la crianza de sus hijos. En todo caso, los intereses de los hijos son la consideración primordial.

e) Los mismos derechos a decidir libre y responsablemente el número de sus hijos y el intervalo entre los nacimientos y a tener acceso a la inform a ción, la ed u cación y los medios que les permitan ejercer estos derechos;

Las mujeres gozan del derecho a decidir libremente el número de sus hijos y el espaciamiento de los nacimientos, y tienen acceso a la información, la educación y los medios que les permiten ejercer este derecho.

f) Los mismos derechos y responsabilidades respecto de la tutela, cur a tela, custodia y adopción de los hijos, o instituciones análogas cuando quiera que estos conceptos existan en la legislación nacional; en todos los casos, los i n tereses de los hijos serán la consideración primordial;

Las mujeres tienen los mismos derechos que los hombres respecto de la tutela, curatela, custodia y adopción de los hijos. Con arreglo al artículo 29 de la ley de la República de Kazajstán sobre el matrimonio y la familia, los cónyuges resuelven conjuntamente las cuestiones relativas a la maternidad, la paternidad, la crianza y educación de los hijos y otros asuntos de la vida familiar.

Los progenitores que crían a hijos tienen en igual grado la responsabilidad de asegurar, en la medida de sus posibilidades, las condiciones de vida necesarias para el desarrollo del niño. Si uno de los progenitores no reside con el hijo, ese progenitor tiene derecho a mantener una relación con el niño y a participar en su crianza y en las decisiones relacionadas con su educación. El progenitor con quien reside el niño no debe impedir que éste mantenga una relación con el otro progenitor a menos que la relación sea contraria a los intereses del niño.

En virtud del derecho vigente, los progenitores tienen la obligación de cuidar a sus hijos, salvo en los casos en que un tribunal haya limitado la patria potestad o un progenitor haya sido privado de ella. En estas circunstancias, sin embargo, el tribunal está facultado para decidir respecto del pago de una pensión de alimentos.

La cuestión de la manutención de los hijos se regula en la sección 3 de la ley sobre el matrimonio y la familia, que contiene capítulos titulados "Los derechos del niño", "Los derechos y las responsabilidades de los progenitores" y "Privación y limitación de la patria potestad"; en la sección 4, que se ocupa de "Tutela y curatela" y "Hogares de guarda"; y en la sección 5, que incluye "Obligaciones de manutención de progenitores e hijos"; así como en la ley sobre los derechos del niño en la República de Kazajstán.

La manutención de un niño que reside con uno solo de sus progenitores por parte del otro se establece por acuerdo entre las partes. Si no les es posible llegar a un acuerdo, la controversia se resuelve en los tribunales, con la participación de las autoridades de tutela y curatela. El derecho pertinente se rige por el capítulo 17 de la ley sobre el matrimonio y la familia.

La regulación jurídica de las cuestiones de la maternidad sustitutiva y los métodos de inseminación artificial ha quedado establecida en la legislación de la República de Kazajstán y tiene competencia jurídica en esta esfera el Ministerio de Salud. Ni la madre sustituta ni los cónyuges que dan su consentimiento para la implantación del embrión en la otra mujer tienen derecho a citar estas circunstancias si surge una disputa acerca de la maternidad o paternidad después de haberse inscrito al padre y la madre en el registro del nacimiento.

g) Los mismos derechos personales como marido y mujer, entre ellos el d e recho a elegir apellido, profesión y ocupación;

Al contraer matrimonio los cónyuges, según lo que deseen, eligen el apellido de uno de ellos como apellido común de la familia, conservan cada uno su apellido anterior al matrimonio, o combinan el apellido de una parte con el de la otra.

El nombre del hijo queda determinado por el apellido de los progenitores. Si éstos llevan apellidos diferentes, se da al hijo el apellido del padre o de la madre, por acuerdo entre ellos. Si surgen controversias entre los progenitores en relación con el apellido de los hijos, éstas se resuelven en los tribunales.

Los cónyuges tienen derecho a elegir libremente su ocupación y profesión. El estado civil de una mujer no afecta ese derecho. Las mujeres, por su libre albedrío, ejercen sus derechos por cuenta propia, independientemente de las circunstancias. Sólo por decisión de los tribunales pueden imponerse limitaciones o prohibiciones.

h) Los mismos derechos a cada uno de los cónyuges en materia de pr o piedad, compras, gestión, administración, goce y disposición de los bienes, tanto a t í tulo gratuito como oneroso.

Los bienes adquiridos por los cónyuges durante el matrimonio son bienes gananciales (artículo 32 de la ley sobre el matrimonio y la familia). Las cuestiones relativas a la propiedad, la gestión o la disposición de los bienes gananciales se deciden por común acuerdo entre los cónyuges. Si uno de los cónyuges concierta una transacción que entraña la disposición de bienes gananciales, se supone que la otra parte ha dado su consentimiento. Una transacción concertada por uno de los cónyuges que entraña la disposición de bienes gananciales puede ser anulada por los tribunales por carecer del consentimiento del otro cónyuge, pero sólo a petición de éste y únicamente en caso de que se demuestre que la otra parte en la transacción sabía o debía haber sabido de la falta de consentimiento del otro cónyuge respecto de la transacción (artículo 33, ley sobre el matrimonio y la familia).

Los bienes gananciales de los cónyuges pueden dividirse entre éstos con su consentimiento. En caso de controversia, los tribunales dividen los bienes gananciales de los cónyuges y determinan la parte que corresponde a cada uno.

Un cónyuge que, durante el matrimonio, en razón de que se ocupaba del cuidado del hogar o la atención de los hijos, o por otras razones legítimas, no percibía ingresos propios, tiene igual derecho a los bienes gananciales en caso de divorcio.

Las relaciones entre hombres y mujeres en lo que se refiere a la propiedad que no están reguladas por el derecho de la familia se rigen por el derecho civil, ya que no hay divergencia entre éste y los principios esenciales de las relaciones familiares.

La cohabitación de un hombre y una mujer en ausencia de la inscripción de un matrimonio y la interrupción de dicha relación no dan origen a derechos y responsabilidades de cónyuges con respecto a la propiedad.

Los esponsales y el matrimonio de niños no tienen ningún efecto jurídico. Se han adoptado todas las medidas necesarias, incluso de orden legislativo, para estipular una edad mínima para el matrimonio y para hacer obligatoria la inscripción del matrimonio en un registro oficial.

La ley sobre el matrimonio y la familia fija en 18 años la edad mínima para contraer matrimonio, tanto para el hombre como para la mujer. Si hay razones legítimas, las autoridades del registro civil pueden permitir el matrimonio de contrayentes de hasta dos años menos que esa edad.

No existe en la República de Kazajstán el concepto del "matrimonio prenúbil".

La inscripción del matrimonio y del divorcio se efectúa en una oficina del registro civil del Estado. En el artículo 182 de la ley sobre el matrimonio y la familia se dispone el procedimiento para la inscripción de un matrimonio en una oficina del registro civil.

Las disposiciones de la legislación vigente se explican en los medios de difusión, en sesiones de orientación, y cuando se presenta una solicitud de inscripción de matrimonio.

En el derecho nacional no se prevé el levirato.

En conclusión, cabe indicar que se informó al Jefe de Estado y al Primer Ministro del país de los resultados del examen del informe inicial de Kazajstán sobre la aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer en reunión del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer.

Se organizó una conferencia de prensa sobre la materia para los medios de difusión. Las recomendaciones finales formuladas por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer sobre la base del informe inicial se examinaron en conferencias y seminarios, y en una reunión de la Comisión Nacional sobre la Familia y la Mujer, subordinada al Presidente de la República de Kazajstán, se señalaron a la atención de todos los ministerios y departamentos y la mayoría de las organizaciones no gubernamentales femeninas.

Muchas de las recomendaciones ya se han llevado a efecto o se halla en marcha su aplicación.

Anexo

Listade instrumentos jurídicos y regulatorios citados en el informe

Constitución de la República de Kazajstán (aprobada en el referéndum celebrado en la República el 30 de agosto de 1995) (con enmiendas introducidas con arreglo a la ley No. 284-1 de la República de Kazajstán, de 7 de octubre de 1998)

Decreto No. 448 del Presidente de la República de Kazajstán, de fecha 30 de septiembre de 2000, sobre el Programa estatal de educación

Decreto No. 705 del Presidente de la República de Kazajstán, de fecha 17 de octubre de 2001, sobre el mejoramiento de la gestión estatal para la protección de la salud pública

Decreto No. 889 del Presidente de la República de Kazajstán, de fecha 5 de junio de 2002, sobre el Programa estatal de alimentos agrícolas de la República de Kazajstán para 2003-2005 (con enmiendas introducidas con arreglo al Decreto No. 1051 del Presidente de la República de Kazajstán, de fecha 31 de marzo de 2003)

Decreto No. 949 del Presidente de la República de Kazajstán, de fecha 20 de septiembre de 2002, sobre el Concepto de política en materia de derechos en la República de Kazajstán

Decreto No. 992 del Presidente de la República de Kazajstán, de fecha 20 de septiembre de 2002, sobre la creación del Centro Nacional de Derechos Humanos

Decreto No. 1042 del Presidente de la República de Kazajstán, de fecha 19 de marzo de 2003, sobre la Comisión de Derechos Humanos subordinada al Presidente de la República de Kazajstán (con enmiendas introducidas con arreglo al Decreto No. 1325 del Presidente de la República de Kazajstán, de fecha 30 de marzo de 2004)

Decreto No. 1149 del Presidente de la República de Kazajstán, de fecha 10 de julio de 2003, sobre el Programa estatal de desarrollo de las zonas rurales de la República de Kazajstán para 2004-2010

Decreto No. 1165 del Presidente de la República de Kazajstán, de fecha 15 de agosto de 2003, sobre nuevas medidas para aplicar la Estrategia para el desarrollo de Kazajstán hasta 2030

Decreto No. 1241 del Presidente de la República de Kazajstán, de fecha 3 de diciembre de 2003, sobre el Concepto de seguridad ambiental de la República de Kazajstán para 2004-2015

Decreto No. 1268 del Presidente de la República de Kazajstán, de fecha 29 de diciembre de 2003, sobre el Programa estatal de desarrollo y apoyo de la pequeña empresa en la República de Kazajstán para 2004-2006

Decreto No. 1277 del Presidente de la República de Kazajastán, de fecha 13 de enero de 2004, sobre el Programa estatal del patrimonio cultural para 2004-2006

Decreto No. 1388 del Presidente de la República de Kazajstán, de fecha 11 de junio de 2004, sobre el Programa estatal de desarrollo de la construcción de viviendas en la República de Kazajstán para 2005-2007

Decreto No. 1438 del Presidente de la República de Kazajstán, de fecha 13 de septiembre de 2004, sobre el Programa estatal de reforma y desarrollo de la atención de la salud en la República de Kazajstán para 2005-2010

Decreto No. 1459 del Presidente de la República de Kazajstán, de fecha 11 de octubre de 2004, sobre el Programa estatal de desarrollo de la educación en la República de Kazajstán para 2005-2010

Decreto No. 1467 del Presidente de la República de Kazajstán, de fecha 2 de noviembre de 2004, sobre la Comisión Nacional sobre Democracia y Sociedad Civil subordinada al Presidente de la República de Kazajstán

Decreto No. 545-II del Presidente de la República de Kazajstán, de fecha 14 de abril de 2004, sobre la incorporación de enmiendas y adiciones a la Ley constitucional de la República de Kazajstán sobre elecciones en la República de Kazajstán

Código de Tierras de la República de Kazajstán, No. 442-II, de 20 de junio de 2003

Ley No. 3-1 de la República de Kazajstán, de 31 de mayo de 1996, sobre asociaciones públicas (con enmiendas introducidas por las leyes No. 39-II, de 23 de marzo de 2000, y No. 276-II, de 24 de diciembre de 2001, de la República de Kazajstán)

Ley No. 111-1 de la República de Kazajstán, de 19 de mayo de 1997, sobre la protección de la salud pública en la República de Kazajstán (con enmiendas y adiciones incorporadas por las leyes No. 259-1, de 1º de julio de 1998, No. 325-1, de 17 de diciembre de 1998, No. 374-1, de 7 de abril de 1999, No. 484-1, de 22 de noviembre de 1999, No. 308-II, de 21 de marzo de 2002, y No. 523-II, de 13 de enero de 2004, de la República de Kazajstán)

Ley No. 321-1 de la República de Kazajstán, de 17 de diciembre de 1998, sobre el matrimonio y la familia (con enmiendas introducidas por la ley No. 276-II de la República de Kazajstán, de 24 de diciembre de 2001)

Ley No. 480-1 de la República de Kazajstán, de 16 de noviembre de 1999, sobre la introducción de enmiendas en la ley de la República de Kazajstán sobre la protección social de las víctimas de las pruebas nucleares en el polígono nuclear de Semipalatinsk

Ley No. 490-1 de la República de Kazajstán, de 2 de diciembre de 1999, sobre cultura física y deportes (con enmiendas introducidas por la ley No. 471-II de la República de Kazajstán, de 4 de julio de 2003)

Ley No. 453-1 de la República de Kazajstán, de 23 de julio de 1999, sobre el servicio en la administración pública (con enmiendas introducidas por las leyes No. 204-II, de 4 de junio de 2001, No. 393-II, de 11 de marzo de 2003, y No. 484-II, de 25 de septiembre de 2003, de la República de Kazajstán)

Ley No. 113-II de la República de Kazajstán, de 13 de diciembre de 2000, sobre aldeas infantiles de tipo familiar y hogares de jóvenes

Ley No. 129-II de la República de Kazajstán, de 18 de diciembre de 2000, sobre la asociación social en la República de Kazajstán

Ley No. 142-II de la República de Kazajstán, de 16 de enero de 2001, sobre organizaciones sin fines de lucro (con enmiendas introducidas por las leyes No. 276-II, de 24 de diciembre de 2001, No. 416-II, de 16 de mayo de 2003, No. 552-II, de 11 de mayo de 2004, y No. 537-II, de 18 de marzo de 2004, de la República de Kazajstán)

Ley No. 149-II de la República de Kazajstán, de 23 de enero de 2001, sobre el empleo (con enmiendas introducidas por la ley No. 525-II de la República de Kazajstán, de 27 de enero de 2004)

Ley No. 176-II de la República de Kazajstán, de 10 de abril de 2001, sobre la ratificación del Acuerdo básico de cooperación entre el Gobierno de la República de Kazajstán y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia

Ley No. 219-II de la República de Kazajstán, de 4 de julio de 2001, sobre la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía

Ley No. 220-II de la República de Kazajstán, de 4 de julio de 2001, sobre la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

Ley No. 221-II de la República de Kazajstán, de 4 de julio de 2001, sobre la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados

Ley No. 246-II de la República de Kazajstán, de 17 de julio de 2001, sobre la asistencia social para grupos definidos

Ley No. 273-II de la República de Kazajstán, de 15 de diciembre de 2001, sobre el presupuesto de la República para 2002

Ley No 296-II de la República de Kazajstán, de 22 de febrero de 2002, sobre la incorporación de enmiendas y adiciones a determinados instrumentos de la República de Kazajstán relativos a la migración ilegal

Ley No. 340-II de la República de Kazajstán, de 10 de julio de 2002, sobre la prevención y reducción del uso del tabaco

Ley No. 343-II de la República de Kazajstán, de 11 de julio de 2002, sobre la asistencia social, médica y pedagógica especial para niños discapacitados

Ley No. 344-II de la República de Kazajstán, de 15 de julio de 2002, sobre partidos políticos

Ley No. 345-II de la República de Kazajstán, de 8 de agosto de 2002, sobre los derechos del niño en la República de Kazajstán

Ley No. 361-II de la República de Kazajstán, de 4 de diciembre de 2002, sobre la salud e higiene públicas

Ley No. 367-II de la República de Kazajstán, de 26 de diciembre de 2002, sobre la ratificación del Convenio sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación (Convenio No. 182)

Ley No. 378-II de la República de Kazajstán, de 8 de enero de 2003, sobre la introducción de enmiendas en la ley de la República de Kazajstán sobre el pago de pensiones

Ley No. 392-II de la República de Kazajstán, de 6 de marzo de 2003, sobre organizaciones de microcrédito

Ley No. 400-II de la República de Kazajstán, de 28 de marzo de 2003, sobre asociaciones de crédito

Ley No. 430-II de la República de Kazajstán, de 4 de junio de 2003, sobre el sistema de atención de la salud

Ley No. 480-II de la República de Kazajstán, de 9 de julio de 2003, sobre la incorporación de adiciones al Código Penal de la República de Kazajstán

Ley No. 489-II de la República de Kazajstán, de 14 de octubre de 2003, sobre la prevención de anomalías derivadas de la insuficiencia de yodo

Ley No. 503-II de la República de Kazajstán, de 4 de diciembre de 2003, sobre la introducción de enmiendas en la ley de la República de Kazajstán sobre actividades turísticas en la República de Kazajstán

Ley No. 505-II de la República de Kazajstán, de 5 de diciembre de 2003, sobre el presupuesto de la República para 2004 (con enmiendas introducidas por la ley No. 564-II de la República de Kazajstán, de 16 de junio de 2004)

Ley No. 506-II de la República de Kazajstán, de 5 de diciembre de 2003, sobre la incorporación de enmiendas y adiciones al Código de Infracciones Administrativas de la República de Kazajstán

Ley No. 508-II de la República de Kazajstán, de 19 de diciembre de 2003, sobre la publicidad

Ley No. 509-II de la República de Kazajstán, de 19 de diciembre de 2003, sobre la incorporación de enmiendas y adiciones a la ley de la República de Kazajstán sobre los medios de difusión

Ley No. 513-II de la República de Kazajstán, de 31 de diciembre de 2003, sobre el seguro obligatorio de responsabilidad civil de empresarios de giras y agentes de viajes

Ley No. 524-II de la República de Kazajstán, de 27 de enero de 2004, sobre la incorporación de enmiendas y adiciones a la ley de la República de Kazajstán sobre el empleo

Ley No. 527-II de la República de Kazajstán, de 27 de febrero de 2004, sobre la incorporación de enmiendas y adiciones al Código Civil de la República de Kazajstán (Sección especial)

Ley No. 528-II de la República de Kazajstán, de 28 de febrero de 2004, sobre seguridad y protección en el trabajo

Ley No 531-II de la República de Kazajstán, de 10 de marzo de 2004, sobre la ratificación de la Convención sobre la asistencia judicial y las relaciones jurídicas en materia de derecho penal, civil y de familia

Ley No. 543-II de la República de Kazajstán, de 8 de abril de 2004, sobre la calidad y seguridad de los productos alimenticios

Ley No. 565-II de la República de Kazajstán, de 16 de junio de 2004, sobre los derechos humanos en materia de procreación y las garantías para su ejercicio

Ley No. 567-II de la República de Kazajstán, de 5 de julio de 2004, sobre las comunicaciones

Ley No. 569-II de la República de Kazajstán, de 5 de julio de 2004, sobre la incorporación de enmiendas y adiciones a la ley de la República de Kazajstán sobre adquisiciones del Estado

Ley No. 581-II de la República de Kazajstán, de 7 de julio de 2004, sobre la política estatal relativa a la juventud en la República de Kazajstán

Ley No. 591-II de la República de Kazajstán, de 9 de julio de 2004, sobre la prevención de infracciones de la ley por parte de menores y la prevención del abandono y desamparo de niños

Ley No. 600-II de la República de Kazajstán, de 4 de octubre de 2004, sobre la incorporación de adiciones a la ley de la República de Kazajstán sobre la ciudadanía de la República de Kazajstán

Decisión No. 999 del Gobierno de la República de Kazajstán, de 19 de julio de 1999, sobre el Plan nacional de acción para el mejoramiento de la condición jurídica y social de la mujer en la República de Kazajstán (con enmiendas introducidas por las decisiones No. 1705, de 13 de noviembre de 2000, y No. 808, de 19 de julio de 2002, del Gobierno de la República de Kazajstán

Decisión No. 1375 del Gobierno de la República de Kazajstán, de 11 de septiembre de 1999, sobre el proyecto de ley de la República de Kazajstán relativo a la introducción de enmiendas en la ley de la República de Kazajstán sobre la protección social de las víctimas de las pruebas nucleares en el polígono nuclear de Semipalatinsk

Decisión No. 1272 del Gobierno de la República de Kazajstán, de 17 de agosto de 2000, sobre el Concepto de política demográfica estatal en la República de Kazajstán

Decisión No. 161 del Gobierno de la República de Kazajstán, de 31 de enero de 2001, sobre la aprobación de la Reglas para la asignación y el pago de prestaciones estatales especiales (con enmiendas introducidas por la decisión No. 703 del Gobierno de la República de Kazajstán, de 28 de junio de 2002)

Decisión No. 346 del Gobierno de la República de Kazajstán, de 12 de marzo de 2001, sobre la disposición de la interacción entre las autoridades del Estado y las organizaciones y las asociaciones públicas que se ocupan de los problemas de la violencia contra la mujer

Decisión No. 1207 del Gobierno de la República de Kazajstán, de 14 de septiembre de 2001, sobre la aprobación del Programa para combatir la epidemia del SIDA en la República de Kazajstán para 2001-2005 (con enmiendas introducidas por las decisiones No. 862, de 2 de agosto de 2002, No. 98, de 28 de enero de 2003, y No. 1266, de 18 de diciembre de 2003, del Gobierno de la República de Kazajstán)

Decisión No. 1302 del Gobierno de la República de Kazajstán, de 9 de octubre de 2001, sobre la obtención de un subsidio del Banco Asiático de Desarrollo con cargo a recursos del Fondo Japonés para la Reducción de la Pobreza para la ejecución del proyecto denominado Mejoramiento de la nutrición de las mujeres y los niños de segmentos indigentes de la población durante el período de transición

Decisión No. 1371 del Gobierno de la República de Kazajstán, de 29 de octubre de 2001, sobre la aprobación del Programa sectorial de política de migración de la República de Kazajstán para 2001-2010 (con enmiendas introducidas por la decisión No. 444 del Gobierno de la República de Kazajstán, de 17 de abril de 2002)

Decisión No. 1613 del Gobierno de la República de Kazajstán, de 11 de diciembre de 2001, sobre la aprobación del Estatuto de la familia en aldeas infantiles

Decisión No. 1758 del Gobierno de la República de Kazajstán, de 29 de diciembre de 2001, sobre el Programa de rehabilitación de los discapacitados para 2002-2005 (con enmiendas introducidas por las decisiones No. 20, de 15 de enero de 2003, y No. 1325, de 26 de diciembre de 2003, del Gobierno de la República de Kazajstán)

Decisión No. 85 del Gobierno de la República de Kazajstán, de 23 de enero de 2002, sobre el Concepto de apoyo estatal a las organizaciones no gubernamentales de la República de Kazajstán

Decisión No. 93 del Gobierno de la República de Kazajstán, de 23 de enero de 2002, sobre el Programa sectorial de abastecimiento de agua potable para 2002-2010

Decisión No. 1000 del Gobierno de la República de Kazajstán, de 13 de septiembre de 2002, sobre el Plan indicativo de desarrollo socioeconómico de la República de Kazajstán para 2003-2005 (con enmiendas introducidas por la decisión No. 395 del Gobierno de la República de Kazajstán, de 24 de abril de 2003)

Decisión No. 1197 del Gobierno de la República de Kazajstán, de 12 de noviembre de 2002, sobre la aprobación de Reglas para poner a niños que son ciudadanos de la República de Kazajstán en situación de ser adoptados por extranjeros

Decisión No. 1430 del Gobierno de la República de Kazajstán, de 29 de diciembre de 2002, sobre el Programa de prevención de infracciones de la ley y represión del delito en la República de Kazajstán para 2003 y 2004 (con enmiendas introducidas por las decisiones No. 1216, de 29 de noviembre de 2003, No. 651, de 15 de junio de 2004, y No. 861, de 13 de agosto de 2004, del Gobierno de la República de Kazajstán)

Decisión No. 253 del Gobierno de la República de Kazajstán, de 17 de marzo de 2003, sobre el Programa de apoyo estatal a las organizaciones no gubernamentales de la República de Kazajstán para 2003-2005 (con enmiendas introducidas por las decisiones No. 146, de 6 de febrero de 2003, y No. 364, de 20 de marzo de 2004, del Gobierno de la República de Kazajstán)

Decisión No. 296 del Gobierno de la República de Kazajstán, de 26 de marzo de 2003, sobre la aprobación del Programa de lucha contra la pobreza en la República de Kazajstán para 2003-2005 (con enmiendas introducidas por las decisiones No. 992, de 29 de septiembre de 2003, y No. 272, de 4 de marzo de 2004, del Gobierno de la República de Kazajstán)

Decisión No. 319 del Gobierno de la República de Kazajstán, de 3 de abril de 2003, sobre el proyecto de decreto del Presidente de la República de Kazajstán sobre el Programa estatal de desarrollo de la industria y la innovación en la República de Kazajstán para 2003-2015

Decisión No. 1096 del Gobierno de la República de Kazajstán, de 6 de noviembre de 2003, sobre el proyecto de decreto del Presidente de la República de Kazajstán relativo a la firma por la República de Kazajstán del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Decisión No. 1190 del Gobierno de la República de Kazajstán, de 27 de noviembre de 2003, sobre el Concepto de política de género en la República de Kazajstán

Decisión No. 1389 del Gobierno de la República de Kazajstán, de 31 de diciembre de 2003, sobre la aprobación del Programa de desarrollo de ciudades pequeñas para 2004-2006

Decisión No. 4 del Gobierno de la República de Kazajstán, de 6 de enero de 2004, sobre el proyecto de ley de la República de Kazajstán relativo a la incorporación de enmiendas y adiciones a la ley de la República de Kazajstán sobre la educación

Decisión No. 219 del Gobierno de la República de Kazajstán, de 24 de febrero de 2004, sobre el Plan de acción del Gobierno de la República de Kazajstán para reprimir, evitar y prevenir el delito de la trata de seres humanos para 2004 y 2005

Decisión No. 306 del Gobierno de la República de Kazajstán, de 11 de marzo de 2004, sobre la aprobación de las Reglas para el pago de dinero para la manutención de un niño o de niños residentes en hogares de guarda

Decisión No. 573 del Gobierno de la República de Kazajstán, de 24 de mayo de 2004, sobre el proyecto de ley de la República de Kazajstán relativo a la incorporación de enmiendas y adiciones al Código de Procedimiento Penal de la República de Kazajstán

Declaración del Milenio, de las Naciones Unidas (aprobada por la resolución 55/2 de la Asamblea General, de 8 de septiembre de 2000)

Convenio No. 111 de la Organización Internacional del Trabajo, relativo a la discriminación en materia de empleo y ocupación (Ginebra, 25 de junio de 1958)

Convenio No. 122 de la Organización Internacional del Trabajo, relativo a la política del empleo (Ginebra, 17 de junio de 1964)

Convenio No. 156 de la Organización Internacional del Trabajo, sobre la igualdad de oportunidades y de trato entre trabajadores y trabajadoras: trabajadores con responsabilidades familiares (Ginebra, 3 de junio de 1981)

Convenio No. 100 de la Organización Internacional del Trabajo, relativo a la igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor (Ginebra 6 de junio de 1951)

Convención sobre la Nacionalidad de la Mujer Casada (Nueva York, 20 de febrero de 1957)

Declaración de Copenhague sobre Desarrollo Social (aprobada en la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, Copenhague, 6 a 12 de marzo de 1995)

Acuerdo de asociación contra la pobreza, entre el Gobierno de la República de Kazajstán y el Banco Asiático de Desarrollo (Astana, 24 de julio de 2003)

Orden No. 697 del Ministerio de Educación y Ciencia de la República de Kazajstán, de 25 de septiembre de 2002, y orden No. 229-p del Ministerio de Protección Ambiental, de 24 de septiembre de 2002, sobre la aprobación del Concepto de educación ambiental de la República de Kazajstán

Orden No. 173 del Organismo de Asuntos de Atención de la Salud de la República de Kazajstán, de 20 de marzo de 2000, orden No. 127-P del Ministerio de Recursos Naturales y Protección Ambiental de la República de Kazajstán, de 21 de marzo de 2000, orden No. 79-P del Ministerio del Trabajo y Protección Social de la República de Kazajstán, de 23 de marzo de 2000, orden No. 260 del Ministerio de Educación y Ciencia de la República de Kazajstán, de 30 de marzo de 2000, orden No. 80 del Ministerio de Agricultura de la República de Kazajstán, de 29 de marzo de 2000, y orden No. 109 del Ministerio de Energía, Industria y Comercio de la República de Kazajstán, de 23 de marzo de 2000, sobre la aprobación de los Programas de la República para la protección del público y el medio ambiente contra las dioxinas y otros contaminantes orgánicos persistentes de la salud y el hábitat humano

Memorando sobre la continuación de la cooperación entre la Comisión Nacional sobre la Familia y la Mujer y el Fondo de Desarrollo de Pequeñas Sociedades Anónimas Empresariales de Capital Fijo, de 29 de mayo de 2003