CMW/C/SR.909 de julio de 2009

ESPAÑOLOriginal: FRANCÉS

CO NVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE TODOS LOS TRABAJADORES MIGRATORIOS Y DE SUS FAMILIARES

Noveno período de sesiones

ACTA RESUMIDA DE LA 90ª SESIÓN

celebrada en el Palacio de las Naciones, Ginebra,el martes 25 de noviembre de 2008, a las 10.00 horas

Presidente: Sr. EL JAMRI

SUMARIO

Examen de los informes presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 73 de la Convención ( continuación )

Informe inicial de El Salvador (continuación)

La presente acta podrá ser objeto de correcciones.

Las correcciones deberán redactarse en uno de los idiomas de trabajo. Deberán presentarse en forma de memorando, incorporarse en un ejemplar del acta y enviarse, dentro del plazo de una semana a partir de la fecha del presente documento, a la Sección de Edición, oficina E.4108, Palacio de las Naciones, Ginebra.

Las correcciones que se introduzcan en las actas de las sesiones publicas del Comité se reunirán en un único documento que se publicará poco después de finalizado el período de sesiones.

GE.08-45556 (S) 020709 090709

Se declara abierta la sesión a las 10.00 horas.

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 73 DE LA CONVENCIÓN (tema 3 del programa) (continuación)

Informe inicial de El Salvador (CMW/C/SLV/1, CMW/C/SLVQ/1, CMW/C/SLV/Q/1/Add.1) ( continuación )

1.El PRESIDENTE invita a la delegación de El Salvador a tomar asiento en la mesa del Comité.

2.El Sr. LARIOS LÓPEZ (El Salvador) pasa revista a algunos planes y programas sociales que se han puesto en marcha en su país desde 2005 con el propósito de garantizar a todos los salvadoreños unas condiciones de vida dignas. La mayor parte de esos planes y programas están articulados en torno a tres ejes. El primero se centra en la lucha contra la pobreza e incluye las medidas tendientes a reducir las desigualdades entre las zonas urbanas y las rurales, en virtud de las cuales se ha venido dando prioridad hasta 2009 a los 100 municipios considerados como los más pobres, y a garantizar el acceso universal a la enseñanza primaria y a la atención primaria de la salud en las zonas remotas y desfavorecidas. El segundo guarda relación con el desarrollo de los servicios básicos, en particular el abastecimiento de agua y el saneamiento, y la electrificación de las zonas rurales. El tercer eje se refiere a la puesta en marcha de proyectos productivos, especialmente en favor de las 100.000 familias consideradas extremadamente pobres. Hasta ahora se han concedido más de 6.000 microcréditos, en la mayoría de los casos a mujeres para que puedan establecer pequeñas empresas y atender las necesidades fundamentales de sus familias. El programa "Alianza por la familia", en cuyo marco el Gobierno tiene previsto invertir 54 millones de dólares, contiene 19 medidas, entre las que cabe destacar la supresión de los honorarios de matriculación para la enseñanza media a partir de enero de 2008, la contratación masiva de docentes, la concesión de un mayor número de becas para combatir el abandono escolar de los adolescentes que se ven obligados a trabajar para ayudar a sus familias, y la obligación de los empleadores de seguir pagando íntegramente el salario a las mujeres que disfruten una licencia de maternidad. Además, a fin de luchar contra los efectos de la crisis, el Estado ha decidido congelar las tarifas de la electricidad y demás fuentes de energía.

3.La Sra. RIVAS POLANCO (El Salvador), respondiendo a las preguntas formuladas por los miembros del Comité en la sesión anterior, dice que el Viceministerio de Relaciones Exteriores para los salvadoreños en el exterior, creado en 2004, se ocupa de ayudar a las personas discapacitadas en el recorrido hasta el país de destino, sin distinción de la condición migratoria en la que viajen. El Viceministerio interviene ante el Estado de tránsito o de destino para prestar ayuda concreta a las personas discapacitadas, incluida la facilitación de prótesis. El Salvador mantiene estrechos vínculos con México, donde se producen la mayoría de los accidentes. A su regreso a El Salvador, toda persona tiene evidentemente acceso a los servicios de atención de la salud y no se escatiman esfuerzos para facilitar su acceso al mercado de trabajo. Por lo que respecta a los accidentes de trabajo sobrevenidos a los migrantes salvadoreños residentes en el extranjero, el Viceministerio se pone en contacto con el consulado en el país de destino para ayudar a trabajadores a obtener la correspondiente indemnización de sus empleadores. En 1999, con la ayuda de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), El Salvador estableció un fondo nacional para el retorno de migrantes salvadoreños residentes en el extranjero. Existe también un fondo regional para la repatriación y la asistencia a los migrantes que se encuentran en situación altamente vulnerable.

4.Todos los hijos de migrantes, sea cual sea su situación, tienen acceso a la escuela. Por lo que se refiere a los menores no acompañados que puedan detectarse en el territorio nacional, el Instituto Salvadoreño para el Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia (ISNA) es el principal organismo encargado de velar por su protección y garantizar el respeto de sus derechos hasta el momento de su repatriación. La primera medida que se adopta es el establecimiento de la identidad y la edad del menor no acompañado. En la mayoría de los casos es el Estado de origen el que corre con los gastos ocasionados por la repatriación, pero también puede solicitarse el pago de esos gastos a la familia si cuenta con medios para ello. Si el menor tiene más de 12 años se le pregunta si desea ser repatriado o no, ya que las autoridades salvadoreñas han observado que, en muchos casos, esos menores eran víctimas de explotación por parte de su familia. En cualquier caso, el ISNA elabora un informe sobre el estado psicológico y la situación social del menor que se remite a las autoridades competentes. Con carácter general, las autoridades salvadoreñas prestan gran atención a las dificultades con que pueden encontrarse los hijos de los migrantes.

5.En la actualidad hay nueve "consulados de protección" y está previsto crear otros siete, principalmente a lo largo del itinerario que suelen seguir los migrantes para llegar a los Estados Unidos de América. Esos consulados, de los que ocho se encuentran en México y uno en los Estados Unidos de América, se encargan principalmente de ofrecer protección a los migrantes salvadoreños en situación irregular, velar por que se respeten sus derechos y acompañarlos en el momento de su devolución a El Salvador. Cabe señalar que los consulados de protección se ocupan también, en caso de urgencia, de migrantes de otras nacionalidades.

6.Los planes y programas sociales que ha mencionado el Sr. Larios López se ejecutan en las localidades pobres con una alta tasa de migración y cuyos habitantes son susceptibles de convertirse en migrantes clandestinos. Se ha puesto en marcha una estrategia de comunicación que hace hincapié en los problemas que puede plantea la migración clandestina. En el marco de esa estrategia se difunden mensajes informativos, especialmente en la radio y la televisión. El Ministerio de Educación también ha puesto en marcha una campaña titulada "Los peligros de la ruta del norte". Con el apoyo de un grupo interinstitucional compuesto por el UNICEF, el Fondo de Población de las Naciones Unidas (FNUAP), el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y la OIM, y con la coordinación del Viceministerio de Relaciones Exteriores para los salvadoreños en el extranjero, se ha llevado a cabo un estudio para evaluar la incidencia de la migración de menores. Las repercusiones de la migración en El Salvador afectan principalmente a la estructura familiar, las relaciones interpersonales y los hábitos de consumo. Los 2,5 millones de salvadoreños emigrados mantienen vínculos culturales muy estrechos con sus familiares que han quedado en el país y envían periódicamente fondos que, en 2007, representaron más de 3.700 millones de dólares, es decir, el 18% del PIB. La importancia que reviste el fenómeno migratorio en la sociedad salvadoreña es tal que se puede calificar al país como una sociedad "transnacional".

7.La Sra. FLAMENCO (El Salvador) dice que, en la actualidad, El Salvador no tiene ningún acuerdo de readmisión con países extranjeros. Se está negociando un acuerdo con la Unión Europea y, de concluirse, se celebrarán acuerdos bilaterales con Italia y España. Las repatriaciones que se realizan hoy día no son de carácter voluntario, sino más bien forzosas. Por esa razón se ha puesto en marcho un programa denominado "Bienvenido a casa", en cuyo marco se está preparando una segunda etapa que permitirá resolver progresivamente los problemas que aquejan a los salvadoreños que regresan al país y facilitar su reinserción. El Salvador ha firmado dos memorandos de acuerdo bilaterales en materia de repatriación, uno con Guatemala y el otro con México. Además, existe un memorando de acuerdo de ámbito regional firmado por los gobiernos de México, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua relativo a la repatriación por vía terrestre digna, ordenada y en condiciones de seguridad de los migrantes en Centroamérica. En ese memorando, firmado en 2006, se prevé que ha de dispensarse un trato diferenciado a las niñas, los niños y los adolescentes no acompañados, así como a las mujeres. El 8 de noviembre de 2008, los países signatarios revisaron el texto y decidieron introducir una serie de modificaciones; se han entablado negociaciones para aplicar ese memorando a los desplazamientos por vía aérea de los menores no acompañados que llegan a El Salvador. Sobre la base de esos memorandos, entre 2005 y 2008 se repatrió a un gran número de salvadoreños, principalmente niños, por vía terrestre. En la actualidad, El Salvador trabaja en estrecha cooperación con México y los demás países de la región en la elaboración de un manual de procedimiento para mejorar la repatriación de los ciudadanos de los países de Centroamérica.

8.También se han adoptado directivas regionales para la protección de los menores y los adolescentes víctimas de la trata que son objeto de repatriación. En el plano interno, El Salvador elaboró en 2007 un manual de procedimiento para la repatriación de los menores víctimas de la trata en el que se contempla tanto la repatriación de los menores extranjeros devueltos a su país de origen como la de los menores salvadoreños que vuelven al país. El procedimiento para la repatriación de los niños mayores de 12 años es el mismo que para los adultos, lo que significa que, una vez que la Policía Nacional Civil (PNC), los agentes de los servicios de inmigración o el ISNA han localizado al menor, se le informa del procedimiento que se va a seguir. Se informa también al consulado del país de origen del menor para que pueda facilitarle los documentos necesarios. Los menores procedentes de Nicaragua y Guatemala se devuelven a su país con arreglo a ese procedimiento. Cuando los menores son víctimas de una infracción, se pone en marcha el procedimiento de colaboración con la Procuraduría General, aunque esta no está facultada para determinar si el menor puede ser repatriado o no. Los menores que hayan cometido un delito no pueden ser objeto de un proceso penal si tienen menos de 12 años, mientras que los que tienen entre 12 y 18 años están sometidos a la legislación penal de menores y sus casos se remiten a los tribunales de menores. Al finalizar el procedimiento, se traslada la custodia del menor a las autoridades encargadas de la repatriación. A nivel nacional, en 2007 se repatrió de esa forma a 89 menores, y a 51 en 2008. El manual administrativo y de procedimiento jurídico del Centro de atención integral a los migrantes se elaboró en colaboración con la PNC. En la primera parte se enumeran los principios, el alcance y los objetivos del manual y se definen la organización del Centro y las funciones y responsabilidades de los colaboradores, en tanto que la segunda parte se centra principalmente en el procedimiento. Ese documento ha sido firmado por el Ministro de Seguridad Pública, del que dependen la PNC y la Dirección General de Migración y Extranjería.

9.El Sr. GUERRA (El Salvador), respondiendo a la pregunta del Sr. Alba sobre las estadísticas relativas a la trata de migrantes, dice que, desde febrero de 2004, es la División de Fronteras de la PNC la que se ocupa del problema de la trata. La División, que actualmente se ocupa de ayudar a la Procuraduría General a investigar los casos de trata, trabaja tanto en el plano local como en el internacional. Hasta 2007 se abrieron 154 expedientes, con un total de 208 víctimas, y se consiguió la detención de 140 personas. La diferencia entre los datos de la Procuraduría General y los de la División de Fronteras se debe a que la oficina de la Procuraduría General de San Salvador actúa a nivel regional, mientras que la División de Fronteras se coordina con las demás oficinas de la Procuraduría General presentes en el país.

10.El Sr. CASTRO GRANDE (El Salvador) dice que, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 1 del artículo 47 de la Constitución y en el 204 del Código de Trabajo, los trabajadores migrantes en situación regular tienen derecho a constituir asociaciones y afiliarse a un sindicato. El Salvador no dispone de datos precisos sobre el número de trabajadores migrantes sindicados. En el párrafo 4 del artículo 47 de la Constitución se establece que para ser miembro de los órganos de dirección de un sindicato es necesario satisfacer algunos requisitos, entre los que se encuentra el de ser salvadoreño de origen. El Salvador, que ratificó en 2006 los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) Nº 187, sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, y Nº 98, sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, es parte ya en los ocho Convenios fundamentales de la OIT. Las disposiciones de los instrumentos internacionales ratificados por El Salvador se vierten a la legislación interna. Cabe señalar que la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la OIT, en el estudio general que realizó en 1994 sobre los Convenios Nos. 87 y 98, consideró, en relación con las condiciones de elegibilidad y, en particular, la cuestión de la nacionalidad, que se debía autorizar el acceso de los trabajadores extranjeros a las funciones directivas sindicales después de un período razonable de residencia en el país de acogida. La Comisión de Expertos examinará el informe presentado por El Salvador acerca de la aplicación de esos dos convenios en noviembre y diciembre de 2008, y el Gobierno estudiará con atención las conclusiones y recomendaciones que se formulen a raíz de ese examen. El Salvador no es parte en el Convenio Nº 118 de la OIT, sobre la igualdad de trato (seguridad social). No obstante, en junio de 2008 se adhirió a la Convención Multilateral Latinoamericana sobre seguridad social, que permite a los trabajadores migrantes disfrutar en el país de origen el derecho a las prestaciones sociales adquirido cuando trabajaban en el extranjero, bien se trate de una pensión de jubilación o de una pensión de invalidez. Esas disposiciones se aplican tanto a los trabajadores por cuenta ajena como por cuenta propia, así como a sus familiares. En la Convención se contempla también que una persona que haya trabajado en varios países de América Latina podrá percibir su pensión en cualquiera de ellos. Se alienta la cooperación administrativa entre los diferentes sistemas de seguridad social, con el fin de evitar cualquier retraso o discriminación en el pago de las prestaciones.

11.La Sra. ALFARO (El Salvador) dice que tanto los efectos personales como el material de trabajo de las personas que llegan a El Salvador están exentos de derechos de aduana, con el fin de facilitar las posibilidades de empleo de los interesados. Además, esas personas tienen derecho a una franquicia de importación de artículos personales nuevos por un valor máximo de 1.000 dólares de los EE.UU. Los salvadoreños que han residido en el extranjero durante más de tres años y regresan definitivamente a El Salvador pueden importar sus efectos personales con exención de derechos de aduana si su valor no sobrepasa los 15.000 dólares de los EE.UU.

12.El Sr. KARIYAWASAM desearía saber si, como sucede en otros muchos países, y por desconocimiento de las disposiciones de la Convención, la policía de fronteras del Estado parte sanciona penalmente a los migrantes únicamente a causa de esa situación, sean solicitantes de asilo, migrantes indocumentados, migrantes en situación irregular o víctimas de la trata, y si se imparten a los guardias fronterizos cursos de formación sobre los derechos de los trabajadores migrantes. Pregunta también si, como se indica en la respuesta al párrafo 6 de la lista de cuestiones, se siguen organizando cursos de formación sobre la trata de personas para los agentes de policía y funcionarios de inmigración y, en caso contrario, si está previsto impartir formación a los policías y guardias de fronteras en materia de respeto de los derechos de los migrantes. Por último, desearía escuchar las observaciones de la delegación sobre la expulsión que se menciona en las respuestas escritas al párrafo 12 de la lista de cuestiones, puesto que aún se desconoce el resultado del recurso de hábeas corpuspresentado por el migrante en cuestión.

13.El Sr. TAGHIZADE dice que se han aportado cifras distintas de la población total de El Salvador, que se elevaría a 5 ó 6 millones y, según algunos informes, a 7 millones de habitantes. Desearía saber si los datos recogidos durante el censo de 2007 son precisos y si al realizar ese censo se tuvo en cuenta a los salvadoreños emigrados.

14.El Sr. ALBA (Relator) desearía saber el alcance real de los acuerdos de libre circulación concluidos entre los países pertenecientes al grupo "CA-4" (Guatemala, Honduras, El Salvador y Nicaragua) y el número aproximado de trabajadores procedentes de esos países que, aprovechando las facilidades de tránsito que se les ofrecen, se quedan en el Estado parte para trabajar ilegalmente de forma temporal, estacional o permanente. Teniendo en cuenta que, según se indicó en las respuestas escritas, el Centro de atención integral a los migrantes, que cuenta con una capacidad de 80 plazas, no alberga más que a cinco personas, sería conveniente conocer una estimación general del número de personas que se encuentran en el país en situación irregular. Convendría también saber si el Estado parte se ha convertido realmente en un país de tránsito importante, así como conocer la política del Gobierno salvadoreño en relación con los dos fenómenos migratorios mencionados.

15.La delegación podría facilitar también aclaraciones acerca del plazo exacto que se concede a las personas que cuentan con un permiso de trabajo para abandonar el país una vez que ese contrato expira y de la concesión, en la práctica, de la nacionalidad salvadoreña a los hijos nacidos de trabajadores migrantes en situación irregular e indocumentados. Por último, sería útil saber si el Gobierno del Estado parte tiene previsto retirar las reservas que presentó en relación con los artículos 46, 47 y 48 y con el párrafo 4) del artículo 61 de la Convención.

Se suspende la sesión a las 1 1.25 horas y se reanuda a las 11 .50 horas .

16.La Sra. ALFARO (El Salvador) precisa que el Gobierno salvadoreño no formuló reservas, sino declaraciones, en relación con los artículos 46, 47, 48 y 61 de la Convención. Dice también que todos los trabajadores migrantes presentes en El Salvador tienen derecho a transferir sus ingresos y sus ahorros, así como sus bienes y efectos personales, a sus países de origen, siempre que hagan efectivos previamente los impuestos que les correspondan.

17.La Sra. FLAMENCO (El Salvador) indica que en 2008 se prepararon varios módulos de formación, dedicados especialmente al estudio de la Convención y a la repatriación, dirigidos a los funcionarios de inmigración, en particular los nuevos reclutas, con la ayuda y la participación de la Procuraduría General, que es el órgano encargado de la defensa de los derechos humanos. Reconoce, sin embargo, que los funcionarios de inmigración, tanto los que están destinados en las fronteras como los que trabajan en los diferentes servicios de la Dirección General de Migración y Extranjería o forman parte de las patrullas, necesitan una formación permanente acerca de los derechos de los migrantes. Está previsto proponer en 2009 la organización de cursos de formación especializada en el análisis de las diferentes partes de la Convención dirigidos a todas las partes y entidades interesadas, en particular los funcionarios de inmigración, de la PNC, del ministerio público y del Ministerio de Trabajo. A ese respecto, la oradora adelanta que todas las propuestas, sugerencias y ofrecimientos de colaboración serán bienvenidos.

18.Desde junio de 2006, El Salvador aplica el principio de libre circulación entre los países miembros del grupo "CA-4" en lo que se refiere al tránsito por las fronteras periféricas e intermedias, pero no en lo que se refiere al derecho al trabajo. Así pues, cualquier ciudadano guatemalteco, hondureño o nicaragüense puede entrar en El Salvador, y viceversa, permanecer en el país de forma temporal o permanente y abandonarlo con documentos de identidad sencillos, es decir, sin necesidad de pasaporte (a excepción de los menores), pero no tendrá derecho a trabajar. Hay otros proyectos de acuerdo actualmente en estudio o que se van adoptando progresivamente; se refieren al establecimiento de restricciones a la migración comunes a los cuatro países interesados, la creación de un visado y un pasaporte únicos para Centroamérica y de un permiso de residencia centroamericano. En ese proceso, los países de la región se encuentran con los mismos obstáculos en materia de integración que los países de la Unión Europea.

19.La delegación salvadoreña, que no dispone de datos específicos, no se encuentra en situación de facilitar estimaciones fiables del número de personas en situación irregular presentes en el territorio nacional. Los únicos datos de que dispone se refieren al número de titulares de permisos de residencia de todas las categorías inscritos en los servicios competentes (32.104 personas).

20.La Dirección General de Migración y Extranjería es consciente de que cualquier mandamiento de expulsión o de repatriación de un migrante que haya presentado un recurso de hábeas corpus queda suspendido hasta que se pronuncie el fallo definitivo. El caso que se menciona en las respuestas escritas es excepcional: se trata de un colombiano que pretendió pasar por guatemalteco cuando fue detenido y que presentó un recurso ante la sala de lo constitucional de la Corte Suprema de Justicia, entidad independiente del órgano ejecutivo. Las instancias encargadas de los asuntos migratorios no fueron informadas por la sala de lo constitucional de la suspensión del procedimiento hasta después de que se hubiera producido la expulsión del ciudadano colombiano en cuestión. Al día de hoy, la Corte Suprema todavía no ha pronunciado su fallo.

21.El Salvador concede sistemáticamente un permiso de residencia de un año a los extranjeros que llegan al país para trabajar, permiso que puede ser prorrogado si se solicita. Aunque en la Ley de migración se establece que en caso de rotura del vínculo profesional la Dirección General de Migración y Extranjería debe ordenar inmediatamente al interesado que abandone el territorio, en la realidad, y de acuerdo con las disposiciones de la Convención, esos ciudadanos extranjeros disponen de 90 días para solicitar un nuevo permiso de residencia (que se concede en caso de matrimonio con un ciudadano o una ciudadana de El Salvador, concertación de un nuevo contrato de trabajo, etc.) o para organizar su salida del territorio.

22.La Ley de migración no contiene disposiciones específicas sobre la situación de los hijos de los trabajadores migrantes que se encuentran en situación irregular en El Salvador. Por lo que respecta a la situación familiar, no se establece ninguna distinción entre los salvadoreños y los ciudadanos de otros países, dispongan o no de documentación. Asimismo, un extranjero que se encuentre en situación irregular en el país puede perfectamente inscribir a sus hijos a los fines de adquirir la nacionalidad salvadoreña, para lo que ha de presentar cualquier documento de identidad que lleve una fotografía.

23.Recientemente, El Salvador se ha convertido poco a poco en país de tránsito situado en el itinerario que recorren los migrantes, principalmente sudamericanos y chinos, que tratan de llegar a los Estados Unidos de América o al Canadá. La Dirección General de Migración y Extranjería no ha puesto en práctica ninguna política represiva a ese respecto: no realiza controles migratorios si el tránsito se realiza por vía aérea; en caso de tránsito por tierra, la PNC realiza los controles de identidad habituales y no detiene más que a los contrabandistas y traficantes de drogas y concede el beneficio de la duda a los migrantes, incluso los que llevan documentación falsa, para que puedan continuar su camino. El Salvador ha firmado recientemente un protocolo relativo a la trata de personas que se aplica a las víctimas que se encuentran en su territorio.

24.La Sra. RIVAS POLANCO (El Salvador) dice que, según el censo de 2007, la población del país es de 5.743.103 habitantes, sin contar los 2,3 millones de salvadoreños que viven en el extranjero (el 90% de ellos en los Estados Unidos de América). Recordando que El Salvador es parte en el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, la oradora especifica que en 2006 se creó el Comité Nacional contra la Trata de Personas y que hay una política nacional tendiente a eliminar esa lacra. Además, se ha puesto en práctica un plan estratégico para el período 2008-2012 que está orientado principalmente a la prevención. A ese respecto, en colaboración con las organizaciones de la sociedad civil y otras instituciones que se ocupan de la trata de personas, se ha preparado un programa sistemático de formación del personal de la PNC, la Dirección General de Migración y Extranjería y el ministerio público, además de los magistrados. Consciente de la importancia de la formación acerca de la trata de personas, El Salvador está dispuesto a mantener sus actividades en esa esfera y no dudará en colaborar con los países vecinos (Guatemala, México) para llevar a buen puerto esa tarea.

25.El Sr. GUERRA (El Salvador), respondiendo a la pregunta sobre la criminalización de los migrantes, aclara que las facultades de la policía en materia de vigilancia de las fronteras y de todas las vías de comunicación del país vienen determinadas por las disposiciones enunciadas en el párrafo 12 del artículo 4 de la Ley orgánica de la policía nacional civil. Además, según lo dispuesto en el párrafo 2 del artículo 60 de la Ley de migración, los agentes de la seguridad pública y demás autoridades administrativas deben informar a la Dirección General de Migración y Extranjería en caso de infracción y transmitirle todos los elementos de información que le permitan determinar si se debe abrir un proceso de repatriación. Esa autoridad, por su parte, debe velar por el buen desarrollo del procedimiento de repatriación, respetando en todo momento las garantías aplicables.

26.Por lo que respecta a los servicios de policía, hay varios planes que tienen por objeto informar a los agentes de policía sobre los derechos de los migrantes, prevenir el contrabando y la trata de personas y luchar contra esos fenómenos. En ese marco, el personal destinado a la vigilancia de fronteras ha recibido formación sobre las disposiciones de la Convención, las cuestiones relativas a los refugiados, la trata de personas, los problemas específicos de la mujer, los derechos humanos y el contrabando y la trata de personas. En 2007 se impartió ese tipo de formación a 480 personas y en 2008 fueron 180 las que recibieron formación sobre los principios enunciados en la Convención. El personal de la PNC recibe además formación especial acerca del análisis y el tratamiento de la información, así como sobre la detección de documentación falsa.

27.El Sr. ALBA (Relator) felicita a la delegación salvadoreña por la competencia y la gran profesionalidad de que sus integrantes han dado prueba en sus respuestas, demostrando la determinación del Estado parte de respetar y defender los derechos de todos los trabajadores migratorios sin distinción. Se felicita en particular por la presencia de representantes de los órganos encargados de la adopción de decisiones y de responsables de la aplicación de las políticas nacionales en materia de migración. No cabe duda de que el fructífero intercambio que ha tenido lugar ayuda al Comité en su tarea, que consiste en conocer la forma en que los Estados ponen en práctica la Convención y hacer un seguimiento de los esfuerzos desplegados a ese respecto.

28.Encomiando las orientaciones adoptadas por el Gobierno de El Salvador en materia de migración, que constituyen buenas prácticas en las que podrían inspirarse otros países, el Sr. Alba evoca en particular el papel que desempeñan las cooperativas en los envíos de fondos. Se congratula, de que el Gobierno haya comprendido que la reforma del marco legislativo y de las normas nacionales es un proceso continuo que tiende a la perfección sin alcanzarla nunca. Las reformas introducidas constituyen una primera etapa, que irá seguida de otras. Para concluir, el Relator dice que el Comité formulará sus observaciones de forma que pueda ayudar al Estado parte en su labor.

29.El Sr. KARIYAWASAM felicita también a la delegación salvadoreña por la calidad de la información facilitada y por los esfuerzos que ha realizado el país para poner en práctica la Convención. Dice que el Comité, plenamente consciente de las dificultades con las que tropieza el Gobierno por el hecho de que los países de destino de los salvadoreños emigrados no sean partes en la Convención, formulará sus observaciones y recomendaciones con el fin de alentar al Estado parte a mejorar su aplicación de la Convención por el bien de los trabajadores migrantes que tan importante papel desempeñan en la economía del país.

30.El PRESIDENTE expresa su agradecimiento a la delegación salvadoreña por el franco diálogo que ha mantenido con el Comité, aunque lamenta que las respuestas escritas a la lista de cuestiones hayan llegado demasiado tarde para poder ser traducidas a otros idiomas. Se felicita por la competencia de los miembros de la delegación y por la presencia de un representante de la policía nacional con un conocimiento profundo de los problemas migratorios. A la vez país de origen, tránsito y destino de migrantes, enfrentado además a grandes retos en materia de desarrollo, El Salvador da pruebas de gran dinamismo en materia de migración y ofrece un excelente ejemplo de buenas prácticas. El Comité alienta a El Salvador a que persevere en sus esfuerzos y procurará, en sus observaciones finales, formular algunas recomendaciones con miras a ayudar el Estado parte a poner en práctica la Convención de una forma más completa.

31.El Sr. LARIOS LÓPEZ (El Salvador) concluye agradeciendo al Comité el tiempo que ha dedicado al informe inicial de su país y dice que las observaciones y recomendaciones del Comité recibirán toda la atención necesaria. Afirma que El Salvador está dispuesto a asumir todas sus responsabilidades y confirma que las medidas adoptadas hasta ahora son medidas de las denominadas "de primera generación", la delegación estará en condiciones de presentar al Comité, en una próxima reunión, los resultados de las medidas "de segunda generación".

Se levanta la sesión a las 12.40 horas.

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