Distr.GENERAL

CMW/C/SR.8922 de junio de 2009

ESPAÑOLOriginal: INGLÉS

COMITÉ DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE TODOS LOS TRABAJADORES MIGRATORIOS Y DE SUS FAMILIARES

Noveno período de sesiones

ACTA RESUMIDA DE LA 89ª SESIÓN

celebrada en el Palais Wilson, Ginebra,el lunes 24 de noviembre de 2008, a las 15.00 horas

Presidente: Sr. EL JAMRI

SUMARIO

Examen de los informes presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 73 de la Convención (continuación)

Informe inicial de El Salvador (continuación)

La presente acta podrá ser objeto de correcciones.

Las correcciones deberán redactarse en uno de los idiomas de trabajo. Deberán presentarse en forma de memorando, incorporarse en un ejemplar del acta y enviarse, dentro del plazo de una semana a partir de la fecha del presente documento, a la Sección de Edición, oficina E.4108, Palacio de las Naciones, Ginebra.

Las correcciones que se introduzcan en las actas de las sesiones públicas del Comité se reunirán en un único documento que se publicará poco después de finalizado el período de sesiones.

GE.08-45409 (S) 020609 220609

Se declara abierta la sesión a las 15.05 horas .

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 73 DE LA CONVENCIÓN (continuación)

Informe inicial de El Salvador (continuación) (CMW/C/SLV/1; CMW/C/SLV/Q/1 y Add.1)

1.Por invitación del Presidente, los miembros de la delegación de El Salvador toman asiento a la mesa del Comité.

2.El Sr. LARIOS LÓPEZ (El Salvador), refiriéndose al gran número de migrantes salvadoreños que viven fuera del país y al considerable número de extranjeros que viven en El Salvador, dice que la migración actúa como fuerza motriz del desarrollo, ya que los migrantes contribuyen económica, social y culturalmente a los países que los acogen. El Estado parte se ha comprometido a respetar los derechos de los migrantes cualquiera que sea su situación. Hay que evitar criminalizar a los migrantes irregulares al combatir el tráfico ilícito. Además, a la luz de los esfuerzos regionales e internacionales en curso para promover el diálogo y la cooperación en la esfera de la migración, los países deben disponer de mecanismos y estructuras para satisfacer las necesidades y los derechos de sus ciudadanos en el extranjero.

3.En su calidad de país de origen, el Estado parte ha realizado progresos en muchos ámbitos. En 2004 se creó la Oficina del Viceministro de Relaciones Exteriores para los salvadoreños en el exterior, cuyo cometido y esferas de trabajo se enumeran en los párrafos 14, 117 y 118 del informe inicial (CMW/C/SLV/1). A nivel regional y bilateral, se han aprobado resoluciones y se han firmado acuerdos sobre derechos humanos y asistencia jurídica en ámbitos como la repatriación y la lucha contra la trata de personas. Se han realizado visitas para comprobar las condiciones de los migrantes salvadoreños en el extranjero y su situación en materia de derechos humanos, y para evaluar los riesgos que corren al emigrar sin disponer de la documentación necesaria. Entre los progresos en lo relativo a la asistencia consular figuran la puesta en marcha de los "consulados de protección" en México y en los Estados Unidos de América, un sistema de videoconferencias para celebrar entrevistas con personas que han emigrado a los Estados Unidos y un sistema informatizado para la emisión electrónica de pasaportes provisionales. Se ha creado la Dirección de Gestión Humanitaria y Atención al Migrante para atender a las necesidades de los salvadoreños en el extranjero en cuestiones tales como la atención médica y la repatriación de personas enfermas o vulnerables, y en 2005 se estableció en la frontera, en La Hachadura, un centro para migrantes que proporciona atención médica, alimentos, ropa y un lugar para descansar a los migrantes salvadoreños repatriados por tierra. Por lo que respecta a la estabilidad de los migrantes y a la reunificación familiar, se desarrollan actividades en el marco del Programa del estatus de protección temporal, que se ejecuta en colaboración con los Estados Unidos de América y en el que están inscritos 240.000 salvadoreños, y de otros programas y memorandos de entendimiento con Guatemala, México, Nicaragua y España. Además, El Salvador ha puesto en marcha programas para los trabajadores de temporada en Australia, el Canadá, Italia y España, y se esfuerza por promover el acceso de los migrantes salvadoreños en el exterior a la salud y a la vivienda.

4.Como país receptor y país de tránsito, el Estado parte no tipifica como delito penal el acto de entrar irregularmente en un país, sino que, en virtud del proyecto de ley de migración y extranjería, lo considera una infracción administrativa que entraña la expulsión del territorio nacional y una multa, que se puede pagar en especie mediante la realización de servicios comunitarios. La Ley de migración de 1958 y la Ley de extranjería de 1986, junto con la Constitución, son los principales instrumentos legislativos que se ocupan de los temas a los que se refiere la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares. El proyecto de ley de migración y extranjería, que comprende los principios, disposiciones y requisitos de la Convención, se ha preparado con el fin de adaptar el marco legislativo a la Convención y está siendo examinado en espera de su presentación a la Asamblea Legislativa. En julio de 2008 se creó el Centro de atención integral para migrantes extrarregionales con el objetivo de acoger a los migrantes que están en proceso de ser repatriados a sus países de origen; el Estado parte facilitaba detalles al respecto en su respuesta escrita a la cuestión 10 d) de la lista. El manual administrativo y de procedimiento del Centro abarca principios como la igualdad y la no discriminación y los derechos a la vida, la protección, las debidas garantías procesales y la limitación del período de detención. A través de la Dirección General de Migración y Extranjería, el Ministerio de Seguridad Pública y Justicia se encarga del control de la migración, y la Policía Nacional Civil es la responsable de la vigilancia de las fronteras, los puertos y los aeropuertos.

5.El orador describe una serie de medidas que se han adoptado con el fin de asegurar el respeto de los derechos humanos, de evitar cualquier tipo de discriminación y de luchar contra la trata de migrantes. En agosto de 2006 los pasaportes se convirtieron en el único documento legal de viaje para los niños y los jóvenes salvadoreños, y se han realizado progresos en el ámbito de la repatriación de niños de conformidad con el manual de procedimientos de repatriación, que es una guía para los funcionarios centrada en los derechos humanos y en el interés superior del niño. En el marco del Programa de regularización de los trabajadores de temporada, en el que se recalca que resulta más fácil obtener papeles para esos trabajadores que para los migrantes que solicitan la residencia a largo plazo, se ha regularizado la situación de 2.282 trabajadores de temporada procedentes de Honduras y Nicaragua. El Ministerio de Trabajo y Previsión Social y la Dirección General de Migración y Extranjería llevan a cabo inspecciones de los lugares de trabajo a fin de concienciar a los empleados acerca de sus derechos, de supervisar las prácticas laborales y de prevenir la discriminación. El Programa Bienvenido a casa, descrito en los párrafos 76 a 80 del informe inicial, ofrece asistencia de emergencia a salvadoreños en situaciones difíciles que regresan a su país de origen. El Centro para migrantes salvadoreños ofrece asistencia en ámbitos como el empleo, la educación y la atención médica. Desde la puesta en marcha del Programa Bienvenido a casa en 1999 hasta octubre de 2008 se ha prestado asistencia a un total de 88.312 salvadoreños, de los que el 12% eran mujeres y el 78% hombres. Se ha constituido un comité nacional para coordinar las actividades de lucha contra la trata de personas. En 2006 se creó un centro de acogida para prestar atención, protección y asistencia inmediatas a las víctimas de la trata, incluidos los niños y los jóvenes. Hasta la fecha, ese centro ha atendido a 141 niños, jóvenes y mujeres de diversas nacionalidades, incluidos salvadoreños, guatemaltecos y mexicanos.

6.Entre las actividades para promover la sensibilización acerca de la Convención figuran los cursos introductorios y los seminarios para los nuevos agentes de migración y la preparación de una estrategia general de comunicación para dar a conocer los riesgos que entraña emigrar sin disponer de la documentación necesaria. Además, el Estado parte y Honduras han puesto en marcha un plan piloto para normalizar los documentos de tránsito fronterizo entre ambos países; los detalles del plan se facilitaban en la respuesta del Estado parte a la cuestión 25 de la lista.

7.El orador resume brevemente los progresos logrados a nivel regional. En junio de 2006 se puso en marcha una política de libre circulación por tierra entre los cuatro países partes en el Acuerdo CA-4 (El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua), que abarca esferas como la simplificación de los procedimientos de control de la migración entre los países y la creación de documentos de viaje intrarregionales. Asimismo, en octubre de 2007 empezó a aplicarse una política de libre circulación por aire. El visado único centroamericano se introdujo en noviembre de 2007 y el permiso de residencia del CA-4 se puso en marcha en junio de 2008.

8.El Sr. ALBA (Relator para el país) felicita al Estado parte por su informe inicial, que demuestra los progresos que ha realizado por lo que respecta a la estabilidad económica y política y a los derechos humanos. Celebra que el Estado parte esté abierto al diálogo con el Comité y la seriedad con la que aborda las responsabilidades que ha contraído en virtud de la Convención. Es evidente que el Estado parte se esfuerza por tratar a los inmigrantes que se encuentran en su territorio como desearía que se tratara en el exterior a sus propios emigrantes, que representan el 20% de su población. Sin embargo, el informe inicial tiene un carácter bastante formalista y no se basa suficientemente en los hechos concretos, por lo que se ha solicitado más información sobre el funcionamiento en la práctica de las políticas nacionales. De las respuestas escritas y de la declaración de apertura de la delegación se desprende que el Estado parte ha tomado numerosas iniciativas para proteger a los trabajadores migratorios en el exterior y dentro de sus fronteras, y que se están realizando esfuerzos con miras a poner la legislación vigente sobre migración y extranjería en conformidad con las obligaciones contraídas en virtud de la Convención. Habida cuenta de que la obligación básica de los Estados partes en las convenciones internacionales es aplicar dichas convenciones, el Estado parte debe proseguir sus esfuerzos para asegurar la conformidad de su ordenamiento jurídico con las disposiciones de la Convención. A ese respecto, el Comité espera con interés la aprobación del proyecto de ley de migración y extranjería.

9.Pide a la delegación que aclare la ubicación exacta del Centro de atención integral para migrantes extrarregionales establecido en julio de 2008 y solicita más información sobre los procedimientos oficiales y los plazos que se aplican a los migrantes irregulares. Observa que el hecho de que las decisiones administrativas sobre las expulsiones parezcan no estar sujetas a ningún tipo de apelación es indicio de que existe un conflicto entre la legislación del Estado parte y los principios de la Convención. Aparentemente, las empresas que se dedican al cultivo de la caña azúcar gozan de poderes discrecionales considerables con respecto al trato que otorgan a los trabajadores de temporada: por consiguiente, desea saber si esos trabajadores están identificados al amparo de la ley como una categoría a la que se aplican normas específicas. Señala que es frecuente que los trabajadores migrantes sufran lesiones durante su tránsito hacia otros países y en el lugar de trabajo, como consecuencia del tipo de trabajo que desempeñan. Subraya que es responsabilidad del Estado parte llegar a acuerdos con otros países con miras a compartir los gastos derivados de los accidentes laborales y los casos de discapacidad que se produzcan en el lugar de trabajo, por los que las empresas pueden ser demandadas y, lo que es más importante, encontrar financiación para hacer frente a los gastos que se generen como consecuencia de los accidentes y los casos de discapacidad que se producen en tránsito. Por lo que respecta al creciente problema de los niños migrantes, sugiere que ha llegado el momento de que El Salvador forme un frente común con otros países para abordar el problema de manera coordinada.

10.En las respuestas escritas no se hace suficiente hincapié en el derecho de los trabajadores migratorios y de sus familiares a participar en los asuntos públicos, a votar y a ser elegidos para ocupar cargos en su país de origen. Los Estados están obligados a estudiar la forma de que sus ciudadanos puedan ejercer ese derecho; si la Constitución no se ocupa de la cuestión, tal vez sea preciso reformarla. Las respuestas escritas sobre la trata de personas y el enjuiciamiento de los traficantes no están claras porque existen discrepancias entre las estadísticas facilitadas por la Policía Nacional Civil y la Dirección General de Migración y Extranjería. Se lograría mayor claridad si se coordinaran sus actividades y se normalizaran las estadísticas. También sería útil que se explicaran las responsabilidades de cada una de esas oficinas.

11.El Sr. KARIYAWASAM observa que el Estado parte es país de origen, tránsito y destino y que alrededor del 30% de su población trabaja en el extranjero. El hecho de que el Estado parte se haya adherido a la Convención es una muestra clara de su deseo de asegurarse de que los salvadoreños que viven en el extranjero puedan ejercer sus derechos. Aunque no todos los países de destino son partes en la Convención, las autoridades del Estado parte siguen siendo responsables de los derechos de los trabajadores migratorios, tanto en el Estado parte, como en tránsito o en el extranjero.

12.La expulsión de trabajadores migratorios tiene repercusiones considerables para esas personas y para sus familias, y es un tema de importancia vital para el Comité. En particular, es motivo de preocupación el aumento de las expulsiones sin las debidas garantías. Aunque la mayoría de las expulsiones tienen lugar en casos en los que los trabajadores migratorios se encuentran en el país ilegalmente, es preciso que recordar que la Convención reconoce los derechos de todos los trabajadores migratorios, cualquiera que sea su situación jurídica. Por lo tanto, desea saber si el Estado parte ofrece protección y asistencia a través de sus consulados a los salvadoreños que viven y trabajan ilegalmente en el extranjero y, de ser así, si éstos reciben la misma protección y asistencia que los que viven y trabajan en el extranjero legalmente. También solicita más información sobre los arreglos vigentes y los servicios y las medidas de protección existentes con tal fin.

13.Asimismo, el Comité desearía saber cómo colabora el Estado parte con los países de destino a fin de asegurarse de que las expulsiones se realizan respetando la dignidad de los deportados y sin criminalizarlos. A ese respecto, pregunta cómo afronta el Estado parte la devolución a su territorio de miembros de pandillas o maras involucradas en la delincuencia organizada, y si se les ofrecen oportunidades para su reinserción en la sociedad como ciudadanos normales a su regreso o si se les trata como a delincuentes. Si bien considera encomiable el Programa Bienvenido a casa, desea saber si se hacen excepciones, por ejemplo, en el caso de las personas que llevan tatuajes.

14.Pide al Estado parte que facilite información sobre su estrategia para atender al gran número de ciudadanos suyos que, según se informa, quedan mutilados o resultan muertos en los trenes de carga que van a México. También pregunta cómo tiene en cuenta el Estado parte el interés superior del niño durante la repatriación de menores no acompañados, si existe un procedimiento para que se escuche al niño y cuántos niños han sido deportados del Estado parte a su país de origen desde 2003. Por último, pregunta cómo acceden los hijos de trabajadores migratorios irregulares al sistema escolar y solicita más información sobre las normas por las que se rige la regularización de sus padres.

15.El Sr. EL - BORAI dice que, aunque celebra la creación en 2004 de la Oficina del Viceministro de Relaciones Exteriores para los salvadoreños en el exterior, le preocupa que un número considerable de salvadoreños que viven en el extranjero sigan sin tener derecho de voto.  Pide aclaraciones sobre la condición jurídica de la Convención. Si la Constitución de El Salvador prevé la incorporación de la Convención a la legislación interna, no hay necesidad de modificar la Ley de migración de 1958. El hecho de que los miembros de las juntas de gestión sindical tengan que ser salvadoreños de nacimiento contraviene tanto el Convenio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación (Nº 87), que El Salvador ratificó en 2006, como la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares.

16.La Sra. DIÉGUEZ solicita información adicional sobre las funciones y servicios de los "consulados de protección" que el servicio consular salvadoreño ha establecido en varios países. Pregunta qué medidas está tomando el Gobierno para identificar y satisfacer las necesidades de los hijos de padres que han emigrado dejándolos en El Salvador.

17.El Sr. SEVIM dice que resulta alarmante que el número de salvadoreños que viven en el extranjero sea de casi la mitad de la población total del país. Sería útil disponer de estadísticas sobre los grupos de edades de esas personas y conocer el impacto que tiene en el mercado laboral nacional una proporción tan elevada de emigración. Pregunta si el Gobierno tiene previsto tomar medidas para evitar que los trabajadores salvadoreños emigren y alentar a los que están fuera a regresar a El Salvador.

18.Por lo que respecta a las expulsiones, pregunta si El Salvador ha concertado acuerdos de readmisión con países receptores como los Estados Unidos, el Canadá y los Estados miembros de la Unión Europea, y, de ser así, qué tipos de disposiciones contienen esos acuerdos. Desea saber si incluyen salvaguardias de procedimiento.

19.Pregunta si El Salvador tiene previsto adherirse al Convenio de la OIT sobre los trabajadores migrantes (revisado en 1949) (Nº 97), el Convenio de la OIT sobre las migraciones en condiciones abusivas y la promoción de la igualdad de oportunidades y de trato de los trabajadores migrantes (Nº 143) y el Convenio de la OIT sobre la igualdad de trato de nacionales y extranjeros en materia de seguridad social (Nº 118).

20.La Sra. POUSSI KONSIMBO dice que varias disposiciones de la legislación de El Salvador, incluida la Constitución, consagran el principio de la no discriminación entre los nacionales salvadoreños y los migrantes extranjeros. Pregunta si los migrantes en cuestión y los encargados de hacer cumplir la ley son conscientes de esas disposiciones. Manifiesta su preocupación por el elevado número de salvadoreños, un porcentaje importante de la población, que viven en el extranjero, muchos de ellos privados del derecho de voto y, por lo tanto, del derecho a participar en los asuntos de su país. Desea saber cuál es, con exactitud, la principal objeción para otorgar a esas personas el derecho a votar. Pregunta si la ley contiene disposiciones especiales sobre las remesas de los migrantes salvadoreños que viven en el extranjero para permitirles contribuir al desarrollo de la economía nacional.

21.El Sr. BRILLANTES dice que los "consulados de protección" establecidos por El Salvador representan un mecanismo innovador que podría servir de modelo para otros Estados partes. Pregunta si, como parte de los servicios que prestan, los consulados de protección facilitan asistencia letrada a los migrantes salvadoreños que viven en el extranjero o si, por el contrario, tienen que contratar a abogados locales. Desea saber si El Salvador paga la totalidad o sólo una parte de los gastos derivados de la deportación o la repatriación de sus ciudadanos que viven en el extranjero. Pregunta asimismo si el Gobierno tiene previsto utilizar una "garantía de repatriación", que podría utilizarse para repatriar al país, en caso de necesidad, a los ciudadanos salvadoreños. Las agencias de contratación que envían trabajadores al extranjero podrían ocuparse de esas garantías antes de que los trabajadores abandonasen El Salvador, lo que permitiría a éstos regresar automáticamente y sin costo alguno para el Estado de origen ni para el receptor.

La sesión se suspende a las 16.35 horas y se reanuda a las 16.55 horas.

22.El Sr. LARIOS LÓPEZ (El Salvador) dice que el artículo 144 de la Constitución de El Salvador estipula que los tratados internacionales concluidos por El Salvador con otros Estados o con organizaciones internacionales son reconocidos como parte integrante de la legislación salvadoreña en el momento de su entrada en vigor. La ley no puede modificar ni derogar las disposiciones de un tratado que esté vigente en El Salvador. En caso de conflicto entre la legislación nacional y el tratado, prevalece este último.

23.La Sra. FLAMENCO (El Salvador) dice que se lleva varios años trabajando en el proyecto de ley de migración y extranjería para asegurar que está en conformidad con los principios de la Convención. Actualmente el proyecto de ley está siendo examinado por la Casa Presidencial. También está siendo examinado por la Dirección General de Migración y Extranjería, el Ministerio de Seguridad Pública y Justicia y otros organismos gubernamentales competentes. Una vez finalizado, el proyecto de ley se trasladará a las organizaciones de la sociedad civil y a la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos para que presenten sus observaciones antes de remitirlo a la Asamblea Legislativa.

24.El hecho de que se estén introduciendo enmiendas en la Ley de migración de 1958 y en la Ley de extranjería de 1986 no significa que El Salvador no esté aplicando las disposiciones de la Convención. Aplica algunas disposiciones de la Convención que son de aplicabilidad inmediata y otras que no requieren cambios jurídicos ni de procedimiento. Así, el año pasado se hicieron públicas algunas decisiones basadas en los principios de la Convención, pero no en las disposiciones de la Ley de migración. Por ejemplo, aunque anteriormente los permisos de residencia de los trabajadores se revocaban al terminarse su contrato y éstos tenían que abandonar el país, una de esas decisiones dispuso que los trabajadores cuyos contratos concluyeran dispusieran de un plazo de 60 a 90 días para solicitar un nuevo permiso de residencia a través de otro empleador.

25.La inauguración del Centro de atención integral para migrantes extrarregionales en julio de 2008 significa que las personas en espera de ser repatriadas ya no quedan bajo la custodia de la División de Fronteras de la Policía Nacional Civil, sino que son enviadas al Centro. El hecho de que éste esté ubicado en el departamento de San Salvador significa que las personas detenidas por la policía en cualquier lugar del país pueden ser trasladadas al Centro en no más de tres horas. El Centro tiene capacidad para 80 personas, pero rara vez está lleno y en la actualidad sólo acoge a 5 personas. Por lo tanto, son muy pocas las personas que están en trámites de repatriación. El Centro, que está dividido en pabellones separados para alojar a los hombres, las mujeres, las familias y las personas vulnerables, proporciona comida, alojamiento, atención médica y asistencia social y psicológica. Cuenta además con un espacio especial destinado a los servicios consulares extranjeros a fin de permitirles atender a sus nacionales. Hasta la fecha, el Centro ha prestado servicios a 96 migrantes. En colaboración con la Policía Nacional, se ha preparado un manual administrativo que contiene el reglamento del Centro.

26.Los extranjeros que son detenidos por la Policía Nacional Civil tienen derecho de audiencia. Se les informa del delito del que se les acusa, de la pena correspondiente y de las disposiciones jurídicas que han violado y se les da la oportunidad de presentar pruebas. En caso de necesidad, se les facilitan los servicios de un intérprete. Una vez se ha emitido el fallo, tienen derecho a presentar una apelación. Muchos casos no terminan en repatriación y se han establecido varias alternativas a la detención.

27.Aunque la Ley de migración no hace referencia a los trabajadores de temporada, tras la ratificación de la Convención por El Salvador el Gobierno ha empezado a utilizar la expresión al tomar conciencia del gran número de trabajadores agrícolas procedentes de Centroamérica que sólo vienen a trabajar durante la cosecha de la caña de azúcar. Es necesario regularizar a esos trabajadores que ni viven en El Salvador ni van a quedarse en el país. A esos trabajadores se les conceden permisos de trabajo por un período máximo de seis meses. La tramitación de los permisos de trabajo de temporada se lleva a cabo a través del empleador o a petición del trabajador de que se trate. Esas disposiciones no se aplican exclusivamente a los trabajadores de las plantaciones de caña de azúcar o café, sino que están abiertas también a otros tipos de trabajadores de temporada, como se establece en la Ley de migración. Es preciso modificar la Ley a fin de tener en cuenta a los trabajadores de temporada de otros sectores y establecer normas pertinentes al respecto.

28.El Programa Bienvenido a casa se ejecutó como proyecto piloto entre 1999 y 2004, con el apoyo financiero de los Estados Unidos. En 2004 el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Seguridad Pública y Justicia se hicieron cargo del Programa, que pasó a financiarse con cargo al presupuesto de este último ministerio. A partir de 2006, el programa se trasladó al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social. El Programa se ocupa de los salvadoreños que han sido deportados de los Estados Unidos. A su llegada a El Salvador se les pregunta por los motivos de su estancia en los Estados Unidos y por lo que hacían allí, se les da algo de comer y se les informa acerca de la situación en El Salvador. El Programa también facilita información sobre otros servicios a disposición de los salvadoreños que regresan. En 2008 se abrió un Centro de asistencia letrada, en colaboración con el Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (IDHUCA). También existen medidas para ayudar a los que regresan a encontrar trabajo a través de un servicio de colocación, con la colaboración del Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Asimismo, se ofrece a esas personas la posibilidad de asistir a cursos de formación profesional en las esferas de la banca, la mecánica y la tecnología de la información y, en virtud del acuerdo con el Ministerio de Educación, tienen la posibilidad de retomar los estudios de enseñanza secundaria, de manera presencial o a distancia. Además, los salvadoreños acogidos al Programa Bienvenido a casa tienen a su disposición servicios de atención psicológica y a un equipo de asistentes sociales que les ayuda. Se les facilitan servicios de atención básica de la salud y asistencia médica; un médico les visita todos los días y, en caso de necesidad, se les ingresa en un hospital para que reciban tratamiento.

29.El Sr. GUERRA (El Salvador) dice que funcionarios del Gobierno han podido visitar a los migrantes irregulares que se encuentran en el nuevo Centro de atención integral para migrantes extrarregionales, construido en sustitución de las instalaciones policiales de las zonas fronterizas en las que se retenía anteriormente a los migrantes irregulares. La distancia máxima entre cualquier punto de la frontera y el Centro es de 440 km, lo que significa que los migrantes irregulares pueden ser trasladados a él rápidamente tras ser interceptados. Los casos de migración irregular se comunican inmediatamente a la Dirección General de Migración y Extranjería.

30.Los miembros de las pandillas o maras que regresan a El Salvador no son objeto de discriminación. Sin embargo, se plantean problemas si esas maras recurren a la violencia, en cuyo caso la policía puede tener que intervenir. Muchos miembros de maras repatriados han tenido acceso al Programa Bienvenido a casa y a otros programas sociales. Se ha establecido un procedimiento para borrar los tatuajes que puedan tener y facilitar su reinserción en la sociedad.

31.El Sr. CASTRO GRANDE (El Salvador), respondiendo a una pregunta del Sr. Sevim, dice que El Salvador no ha ratificado los Convenios Nos. 97 y 143 de la OIT. El Gobierno ha dado prioridad a ratificar la Convención internacional sobre los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, que considera más amplia que los dos Convenios de la OIT. Sin embargo, no se descarta que El Salvador ratifique esos Convenios en el futuro.

32.La Sra. RIVAS POLANCO (El Salvador) dice que la Dirección de Gestión Humanitaria y Atención al Migrante, dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores, presta servicios para proteger a los salvadoreños en el exterior. Se están tomando las medidas oportunas para dotar a los consulados salvadoreños de unos servicios sociales y de gestión humanitaria adecuados para atender a las necesidades de los salvadoreños que viven en el exterior. La Dirección está facultada para firmar acuerdos con la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) a fin de disponer la repatriación de migrantes que hayan fallecido, resultado heridos o caído enfermos, o que hayan sido víctimas del tráfico ilícito. Entre 2005 y 2008 se llevó a cabo la repatriación de un total de 407 cadáveres, así como de 200 enfermos y 2.224 menores. Se han concedido cuotas alimenticias a algunas familias que viven en el extranjero. La situación jurídica de los salvadoreños detenidos en el extranjero se examina regularmente: actualmente hay 3.655 salvadoreños en espera de ser deportados. El nuevo Centro de atención integral para migrantes extrarregionales depende de la Dirección de Gestión Humanitaria y Atención al Migrante.

33.La Oficina del Viceministro de Relaciones Exteriores para los salvadoreños en el exterior está empezando a organizar actividades para informar a los 2,3 millones de salvadoreños que viven en el extranjero acerca de las elecciones presidenciales y los candidatos electorales con el fin de que puedan votar. También se está haciendo lo necesario para facilitar documentos de identidad a los salvadoreños que viven en el extranjero, aunque el proceso es complejo y costoso: hasta la fecha se han expedido 32.000 documentos de identidad a salvadoreños residentes en Washington, Los Ángeles y Nueva York. El costo del proyecto se estima en alrededor de 34 millones de dólares de los EE.UU.

34.La situación de los hijos de padres que emigran dejándolos en El Salvador es motivo de especial preocupación. El Gobierno está realizando un estudio cualitativo y cuantitativo con el fin de evaluar el verdadero impacto para los niños que se quedan en el país, así como las consecuencias para sus perspectivas de cara al futuro. A ese respecto, se han llevado a cabo tres importantes proyectos de investigación de alcance nacional en colaboración con el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), la OIM, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y otras organizaciones. También se está debatiendo la feminización de la migración y se ha previsto realizar un estudio para evaluar sus consecuencias para las mujeres migrantes que se encuentran en tránsito, que viven en los países receptores o que están en proceso de ser deportadas. El estudio permitirá evaluar los cambios en las pautas migratorias y sus repercusiones en la sociedad salvadoreña. El Gobierno ha solicitado el asesoramiento de organizaciones internacionales sobre políticas y programas adecuados a ese respecto. Se está prestando especial atención a la comunicación con los jóvenes salvadoreños con el fin de determinar si desean emigrar y, en tal caso, afrontar los motivos que los empujan a querer hacerlo.

35.El Sr. LARIOS LÓPEZ (El Salvador) dice que el gran número de oficinas consulares salvadoreñas que se han abierto en todo el mundo refleja el creciente número de migrantes de El Salvador. El Gobierno mantiene contactos regulares con esas oficinas y se esfuerza por mantener los vínculos entre los expatriados y su país de origen.

36.El PRESIDENTE pregunta si el estudio sobre los hijos de emigrantes a los que sus padres dejan en El Salvador y el estudio sobre las pautas migratorias de los jóvenes se han concluido o todavía se están preparando. Solicita más información sobre el código de conducta de la Policía Nacional Civil, que, si ha entendido bien, ya se ha publicado. Desea saber, en particular, qué medidas se han tomado para reforzar las capacidades operativas y funcionales de las personas que trabajan en el ámbito de la migración, y cómo se coordinan los códigos de conducta de los distintos órganos en cuestión.

Se levanta la sesión a las 17.55 horas.

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