Observaciones finales sobre el cuarto informe periódico de Albania

Adición

Información suministrada por Albania sobre el seguimiento de las observaciones finales *

* La versión original del presente documento no fue objeto de revisión editorial oficial.

[Fecha de recepción: 27 de enero de 2019]

Información suministrada por instituciones albanesas sobre las medidas adoptadas para poner en práctica las recomendaciones que figuran en los párrafos 13 b) y d) y 23 a) y d)

13 b) Adopte medidas para reforzar la capacidad de la Comisión Estatal para la Asistencia Letrada, perteneciente al Ministerio de Justicia, para ofrecer asistencia letrada primaria o secundaria, por ejemplo, mediante el establecimiento de centros locales de asistencia letrada

Hasta junio de 2018, el Estado proporcionaba asistencia letrada gratuita, sobre la base de la Ley núm. 10039 de 22 de diciembre de 2008 relativa a la asistencia letrada. Durante el período que abarca el informe, se ha aprobado una nueva ley sobre asistencia letrada gratuita y se ha modificado la ley sobre la violencia contra la mujer y la violencia doméstica. Las instituciones albanesas están comprometidas con el cumplimiento de la obligación legal de prestar asistencia letrada gratuita a las mujeres víctimas de la violencia. Mientras tanto, se han establecido algunos centros de asistencia letrada con el apoyo de la sociedad civil y de organizaciones internacionales.

Durante el período 2016-2017, y de enero a mayo de 2018, 1.844 personas presentaron solicitudes a la Comisión Estatal para la Asistencia Letrada (CLA), a saber:

•613 solicitudes en 2016, 828 solicitudes en 2017 y 403 solicitudes de enero a junio de 2018. Se aprobaron un total de 1.658 solicitudes:

•528 en 2016, 771 en 2017 y 359 solicitudes hasta mayo de 2018;

•De ellas, 456 correspondían a causas penales (111 causas en 2016, 213 causas en 2017 y 132 causas hasta junio de 2018);

•1.080 a causas civiles (393 en 2016, 495 en 2017 y 192 de enero a mayo de 2018), y

•122 a casos administrativos (24 casos en 2016, 63 casos en 2017 y 35 casos de enero a mayo de 2018).

Las instituciones nacionales de protección de los derechos humanos han remitido casos a la Comisión Jurídica de la CLA. En el período 2016-2017, la Defensoría del Pueblo dirigió a la Comisión 45 solicitudes de diferentes ciudadanos. La Defensoría del Pueblo ha recomendado al Ministerio de Justicia que aumente el presupuesto para los servicios de la Comisión Estatal para la Asistencia Letrada a fin de que más personas se beneficien de la asistencia jurídica gratuita.

El 4 de diciembre de 2017, la Asamblea de la República de Albania aprobó una resolución para combatir la violencia contra las mujeres y las niñas y aumentar la eficacia de los mecanismos jurídicos para su prevención, y creó la Subcomisión Parlamentaria Permanente para la Igualdad de Género y la Prevención de la Violencia contra la Mujer.

El 14 de diciembre de 2017, la Asamblea de la República de Albania aprobó la Ley núm. 111/2017 relativa a la asistencia jurídica garantizada por el Estado, que entró en vigor el 1 de junio de 2018. Esta ley se aprobó en el marco de la reforma judicial en curso, con el objetivo de mejorar el acceso a la justicia de las personas con dificultades económicas y de categorías específicas, incluidos los grupos desfavorecidos. Las mujeres y los niños supervivientes de la violencia doméstica y sexual y de la trata de personas se beneficiarán tanto del nuevo sistema de asistencia jurídica gratuita como de la ampliación de las medidas de protección para las víctimas de delitos, en virtud de la nueva Ley de Asistencia Jurídica Gratuita y las modificaciones al Código de Procedimiento Penal (julio de 2017). Se han llevado a cabo campañas de sensibilización para combatir los estereotipos de género que perpetúan la violencia e informar a las mujeres sobre los servicios disponibles.

La ley define las formas, condiciones, procedimientos y normas para la organización y administración de la asistencia letrada garantizada por el Estado, garantizando a todas las personas la igualdad de acceso al sistema de justicia y la asistencia letrada profesional de calidad de una manera profesional, eficiente y eficaz, y asegurando el buen funcionamiento de las instituciones estatales responsables de la administración de la asistencia letrada. La ley también protege a los ciudadanos extranjeros, los apátridas y los solicitantes de asilo.

La novedad de esta ley es la exclusión del pago de las tasas judiciales y la exención de la obligación de pagar por adelantado la tasa para aplicar la orden de ejecución de las personas que se benefician de la asistencia jurídica secundaria (artículo 25).

Esta ley establece expresamente como beneficiarios de la asistencia jurídica garantizada por el Estado, independientemente de sus ingresos y bienes, a las víctimas de la violencia doméstica, a las de abusos sexuales y a las de la trata de personas, además de otras categorías, como los niños víctimas y los menores en conflicto con la ley, las personas que reciben asistencia social, las personas sin capacidad jurídica para actuar y las víctimas de conductas discriminatorias.

La Defensoría del Pueblo recomendó al Ministerio de Justicia y a la Comisión Parlamentaria de Asuntos Jurídicos, Administración Pública y Derechos Humanos que incluyeran a las víctimas de discriminación entre los beneficiarios de este derecho legal, sobre la base de las recomendaciones de la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia (ECRI).

La ley prevé la asistencia letrada primaria, que debe ser proporcionada por personal especialmente capacitado, organizaciones no gubernamentales (ONG) autorizadas y centros de asistencia jurídica en instituciones de educación superior, así como la asistencia letrada secundaria, que debe ser proporcionada por abogados, de acuerdo con la lista aprobada por el Colegio Nacional de Abogados. La solicitud de la persona en relación con el derecho a beneficiarse de la asistencia letrada secundaria debe redactarse de conformidad con el formulario de solicitud aprobado por el Ministerio de Justicia.

Las instituciones responsables de la aplicación de la Ley núm. 111/2017 son el Ministerio de Justicia, la Dirección de Asistencia Jurídica Gratuita, el Colegio Nacional de Abogados y los tribunales competentes. El artículo 36 de la ley prevé el cese de las actividades de la Comisión Estatal para la Asistencia Letrada y la creación de la Dirección de Asistencia Jurídica Gratuita con arreglo a esa ley. La creación de la Dirección de Asistencia Jurídica Gratuita ya está programada.

El Gobierno de Albania está elaborando una serie de instrumentos de categoría inferior a la de ley que permitirán la aplicación de la ley en la práctica. Se espera que esta ley aumente considerablemente el número de mujeres víctimas de la violencia que reciben asistencia jurídica gratuita.

Establecimiento de Centros de Asistencia Jurídica Primaria

Los centros de servicios de asistencia jurídica primaria se crearán en un plazo de tres meses desde que se establezca la Dirección de Asistencia Jurídica Gratuita. Algunos ya han sido establecidos con el apoyo de organizaciones internacionales y de organizaciones de la sociedad civil. La Defensoría del Pueblo expresa su preocupación por el hecho de que todavía no exista un presupuesto pertinente y señala la obligación legal de la Dirección de Asistencia Jurídica Gratuita de cooperar con los centros de asistencia jurídica, de conformidad con las condiciones y los criterios previstos en los acuerdos de cooperación pertinentes, para formar a los estudiantes que colaboran en esos centros y actualizar sus conocimientos sobre cuestiones relacionadas con la asistencia letrada primaria.

Entre septiembre y diciembre de 2017, con el apoyo del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), se establecieron cuatro centros piloto de asistencia letrada en los locales de los tribunales de distrito de Tirana, Durrës, Fier y Lezha. En estos distritos, los centros de asistencia jurídica han recibido 168 solicitudes de asistencia jurídica (90 mujeres y 78 hombres). El Centro de Tirana comenzó su actividad a principios de noviembre de 2017 con la tramitación de solicitudes de asistencia jurídica.

La Oficina de Coordinación contra la Violencia Doméstica (que comenzó sus actividades en marzo de 2018) forma parte del Ministerio de Justicia y cuenta con representantes del Ministerio del Interior, el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Salud y Protección Social. Los servicios ofrecidos por esta oficina incluyen los siguientes: recepción de mujeres y otras víctimas de la violencia; derivación precisa de los problemas a las instituciones pertinentes; asesoría legal; coordinación entre las instituciones y las estructuras responsables a nivel central y local para la prestación de apoyo jurídico, social y psicológico. En el período entre marzo y junio de 2018, el representante de la Dirección de Servicios Sociales del Estado se ha ocupado de tres casos de violencia doméstica; se han tramitado seis casos relativos a procedimientos para la prestación de servicios sociales y de asistencia letrada para los servicios sociales. La Oficina ha remitido a la policía nueve casos para su tratamiento jurídico.

Con el apoyo de la Open Society Foundation for Albania, se han establecido tres centros de asistencia jurídica (en la Universidad Aleksander Moisiu en Durrës, en la Universidad Ismail Qemali en Vlora, y en Shkodra). Esta fundación también apoyó el establecimiento de la Oficina de Asistencia Jurídica, ubicada en el Ministerio de Justicia. Muchas organizaciones ofrecen asistencia jurídica gratuita. Con el apoyo de la Unión Europea y ONU-Mujeres Albania, se estableció una red de organizaciones de la sociedad civil para la vigilancia contra la violencia de género, integrada por 46 miembros (organizaciones de la sociedad civil y miembros de la red de Tirana, Durrës, Elbasan, Peshkopia, Pogradec, Vlora y Saranda). Esta red tiene por objeto responder públicamente a los casos de violencia y perseguirlos, así como realizar actividades de promoción, desarrollar diversos cursos de capacitación sobre la violencia de género y la violencia doméstica y crear una base de datos cualitativos y cuantitativos sobre las actitudes respecto de la igualdad de género y la violencia de género.

13 d) Invierta la carga de la prueba en los casos de presunta discriminación sexual o por razón de género en favor de las demandantes

Durante el examen del cuarto informe periódico en 2016, la delegación de Albania ha señalado a la atención del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer que las recientes modificaciones del Código del Trabajo trasladan la carga de la prueba de la parte demandante a la parte demandada en los casos de conflicto laboral.

El 30 de abril de 2015 la Asamblea de la República de Albania aprobó un nuevo Código de Procedimientos Administrativos (Ley 44/2015) que entró en vigor el 28 de mayo de 2016. Un paso importante es la disposición relativa a la inversión de la carga de la prueba en materia de discriminación (artículo 82/2). Las entidades públicas deben guiarse por el principio de la igualdad y la no discriminación por los motivos previstos en la ley, incluidos el género y la identidad de género.

En este contexto, el Comisionado para la Protección contra la Discriminación (CPD) recomendó al Ministerio de Justicia que incluyera el principio de igualdad y no discriminación y a la Comisión Parlamentaria de Asuntos Jurídicos, Administración Pública y Derechos Humanos que dispusiera la inversión de la carga de la prueba en los casos de presunta discriminación. La recomendación quedó plenamente reflejada en el Código de Procedimientos Administrativos.

En 2014, el CPD formuló una recomendación de modificación del Código de Procedimiento Civil respecto a la inversión de la carga de la prueba en los casos relacionados con la discriminación, que no se tuvo en cuenta en las modificaciones introducidas en la Ley núm. 38/2017. El argumento de las autoridades albanesas se basaba en que la Ley núm. 10221, de 4 de febrero de 2010, sobre la protección contra la discriminación, disponía que se invirtiera o distribuyera la carga de la prueba en los casos en que un tribunal examinara una cuestión de discriminación, y ampliaba su aplicación al sector privado; y en que el Código de Procedimientos Administrativos y las recientes modificaciones del Código de Trabajo ya han ajustado la distribución de la carga de la prueba en relación con las cuestiones de discriminación en el sector público.

23 a) Adopte medidas para alentar a las mujeres a denunciar los casos de violencia por razón de género mediante la prestación de asistencia letrada gratuita, en particular en las zonas rurales y remotas, y mediante el establecimiento de una línea de atención telefónica ininterrumpida

“Tolerancia cero a la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica” es uno de los lemas del Gobierno albanés. Tras un largo proceso de consulta, el 23 de julio de 2018 se modificó la Ley núm. 9669, de 18 de diciembre de 2006, relativa a medidas contra la violencia en las relaciones familiares. La Ley 47/2018 relativa a medidas contra la violencia en las relaciones familiares ha sido modificada para garantizar el cumplimiento de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y el Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra las Mujeres y la Violencia Doméstica (Convenio de Estambul), y para abordar las necesidades, las lagunas y las lecciones aprendidas sobre la base de los progresos realizados en su aplicación. Esas modificaciones están relacionadas con la prevención y la reducción de los casos de violencia doméstica; la predicción de la Orden Preliminar de Protección de Emergencia y la participación de un psicólogo o psicóloga y la preparación del informe psicológico cuando el caso se remite a la policía; la mejora de la eficiencia y la cooperación de las estructuras responsables; y el aumento del apoyo judicial cualificado a las víctimas de la violencia doméstica, entre otras cosas.

El Parlamento albanés aprobó la Ley núm. 22/2018 relativa a la vivienda social, para la aplicación de programas de vivienda social. La ley establece que, a la hora de asignar vivienda social, tengan prioridad las víctimas de la violencia doméstica, las víctimas de la trata y las posibles víctimas de la trata.

La Estrategia Nacional para la Igualdad de Género y el Plan de Acción 2016-2020 proporcionan objetivos específicos acompañados de indicadores para su seguimiento, así como presupuestos detallados para cada actividad. Uno de los objetivos estratégicos está relacionado con la reducción de la violencia de género y la violencia doméstica.

La Policía Estatal ha establecido un servicio telefónico a través de los números 129 y 11 para todas las emergencias que funciona ininterrumpidamente. Durante el período que abarca el informe, se registraron 7.182 llamadas telefónicas por violencia doméstica, a saber: 3.567 llamadas en 2016, 2.463 llamadas en 2017 y 2.607 llamadas en 2018.

El 2 de febrero de 2017 comenzó a funcionar la línea gratuita de asesoramiento 116‑117, que ofrece un servicio primario, sin coste, de apoyo psicoemocional, asesoramiento y asistencia para la remisión de casos de violencia, en un entorno seguro y confidencial. En virtud de la decisión del Consejo de Ministros núm. 430, de 8 de junio de 2016, se adoptaron normas nacionales para los servicios de asesoramiento de las víctimas de la violencia doméstica. En 2017, esta línea gratuita de asesoramiento ha recibido 1.489 llamadas y ha realizado 636 sesiones de asesoramiento. En la mayoría de las llamadas se pide información sobre apoyo económico o empleo. Los motivos han sido la violencia emocional (835), física (506), económica (390) y sexual (6). Si bien los casos de violencia sexual siguen siendo de los casos de violencia que menos se denuncian, la mayoría de las denuncias de violencia se remiten a la policía (201).

El Gobierno ha tomado medidas y está colaborando con la sociedad civil para ofrecer programas para autores de delitos de violencia. Se presta atención al programa para hombres y niños, dado que los principales autores de violencia contra la mujer son el marido, la pareja, el padre u otro miembro de la familia de la víctima. En el país se están creando más programas para autores de delitos de violencia. Hasta la fecha, la línea de asesoramiento para hombres y niños, gestionada por una ONG, ha tratado alrededor de 200 casos de autores de delitos de violencia.

Datos sobre la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica

Durante el período que abarca el informe (2016-2018), se ha observado un aumento en la notificación y la tramitación de casos, en particular de los casos de violencia doméstica. De acuerdo con los datos proporcionados por la Policía Estatal:

•Durante el período 2016-2018, hubo un total de 13.661 casos de violencia doméstica (4.163 casos en 2016, 4.547 casos en 2017 y 4.951 casos en 2018);

•6.187 solicitudes de órdenes de protección y órdenes de protección de emergencia en las que se identificaba a 7.837 mujeres y niñas como víctimas de violencia;

•2.207 demandas por órdenes de protección y órdenes de protección de emergencia en 2016, 2.593 demandas por órdenes de protección y órdenes de protección de emergencia en 2017 y 3.037 demandas por órdenes de protección y órdenes de protección de emergencia en 2018;

•Los casos de cónyuges que son víctimas de la violencia fueron 3.934 en total (1.532 en 2016, 1.627 en 2017 y 775 de enero a junio de 2018);

•Durante 2017 se remitieron materiales a los fiscales para que iniciaran actuaciones penales en 1.950 casos de violencia y otros delitos cometidos en el ámbito de las relaciones familiares, es decir, 56 procesos menos que en 2016;

•En relación con el artículo 130/a, se registraron 1.412 casos, esto es, 76 casos (5,1 %) menos que en 2016. Se detuvo a un total de 855 perpetradores. Un total de 1.684 personas fueron detenidas por el delito de violencia doméstica (742 casos en 2016, 654 casos en 2017 y 288 casos de enero a junio de 2018);

•13.056 mujeres fueron víctimas de delitos o infracciones penales, de las cuales 36 mujeres y niñas fueron asesinadas;

•28 mujeres y niñas fueron asesinadas por familiares, entre ellos 19 cónyuges (9 casos en 2016, 6 en 2017 y 4 en el período de enero a junio de 2018);

•En el año 2017 hubo una disminución del 18,75 % en el número de asesinatos respecto a 2016.

Según la Fiscalía General, en relación con la infracción penal de violencia doméstica en virtud del artículo 130/a del Código Penal, el número de causas penales registradas fue como sigue:

•En 2016 se registraron 1.355 causas penales, esto es, un aumento del 12,4 % respecto a 2015;

•En 2017, hubo 1.310 causas penales, con una disminución del 3,3 % respecto al año anterior (2016);

•En 2018, hubo 901 causas penales.

La Fiscalía presentó ante los tribunales más del 79 % de las causas penales. De acuerdo con los datos:

•En 2016 se enviaron a juicio 1.157 causas penales, en las que 1.099 acusados resultaron condenados con arreglo a decisiones judiciales (de un total de 1.238);

•En 2017 se enviaron a juicio 1.057 causas penales, en las que 982 acusados (de un total de 1.104) fueron condenados con arreglo a decisiones judiciales.

Durante los 9 meses de 2018, se enviaron a juicio 625 causas penales, en las que 569 acusados (de un total de 669) fueron condenados con arreglo a decisiones judiciales.

El Instituto Nacional de Estadística de Albania (INSTAT) ha publicado Women and Men in Albania, 2018 (Mujeres y hombres en Albania, 2018), que proporciona datos desglosados por sexo para cada sector del sistema judicial, la policía y la fiscalía, el Ministerio de Justicia, el servicio de libertad condicional y las prisiones:

•El mayor porcentaje de las mujeres que sufren violencia doméstica se encuentra en el distrito de Tirana, con un 35,8 % de mujeres maltratadas, seguida por la región de Durres, con un 13,9 %;

•Las regiones de Kukes y Dibra tienen los porcentajes más bajos, esto es, el 0,5 % y el 1,9 % de las mujeres maltratadas;

•En 2017 se registraron 94 víctimas de violencia doméstica (incluidos 36 niños y 58 niñas);

•Los asesinatos entre personas con lazos de parentesco representan el 22,5 % de los homicidios intencionales en 2016 y el 26 % en 2017;

•En el período 2016-2017, de 3.093 perpetradores, 2.813 eran hombres y 280 eran mujeres.

Mecanismo local para casos de violencia doméstica

Un sistema de registro en línea recoge datos estadísticos sobre la violencia doméstica a nivel local. El Sistema Nacional de Datos sobre casos de violencia doméstica a nivel local (REVALB) es utilizado por 22 municipios. Los coordinadores locales en materia de violencia en cada municipio recopilan datos sobre los casos detectados y tratados por el Mecanismo de Remisión para Abordar los Casos de Violencia Doméstica (Mecanismo de Remisión) a nivel local. El sistema registra todos los casos de violencia detectados y abordados por el mecanismo local de remisión. Desde la puesta en marcha del sistema, se han registrado 2.649 casos de violencia doméstica, de los cuales 861 se registraron en 2016 y 758 en 2017. Este sistema recoge datos demográficos, económicos, sociales y geográficos de la víctima y del perpetrador. Los datos están desglosados: perpetradores, víctimas de violación, grupos vulnerables, origen étnico, género, empleo, discapacidad, etc.

Entre 2016 y 2018, en 60 municipios (de un total de 61) se nombraron empleados para la igualdad de género, encargados de desempeñar el papel de coordinadores locales contra la violencia doméstica. Esto ha contribuido a aumentar la capacidad del Mecanismo de Remisión a nivel local. No obstante, se necesita un enfoque multidisciplinario, rápido y eficaz para que las dependencias gubernamentales nacionales y locales tomen conciencia de la necesidad de presupuestar las prioridades en materia de género y soliciten financiación para prestar servicios sociales a las víctimas de la violencia doméstica.

Con motivo del Día Internacional contra la Violencia Doméstica, el 25 de noviembre de 2017, en el Ministerio de Justicia se creó la Oficina de Coordinación contra la Violencia Doméstica con el objetivo de prevenir y proteger a las víctimas de la violencia.

Hay seis centros no públicos que ofrecen servicios residenciales (dos en Tirana, uno en Berat, uno en Korca, uno en Elbasan y uno en Vlora). El centro “Vatra” de Vlora funciona con financiación parcial procedente del presupuesto del Estado. En diciembre de 2018, se inauguró un centro para víctimas de la violencia sexual con el nombre de Centro de Gestión de Crisis para Víctimas de Violencia Sexual (Centro Lilium), dentro de las instalaciones del Centro “Madre Teresa” del Hospital Universitario de Tirana. Este centro proporciona servicios integrados ininterrumpidos a las víctimas de la violencia sexual a través de un equipo multidisciplinario. Las normas de este centro fueron aprobadas mediante orden de la Ministra de Salud y Protección Social en noviembre de 2018.

Seguimiento de los Centros Nacionales de Acogida de Víctimas de la Violencia: durante 2017, la Defensoría del Pueblo ha posibilitado el seguimiento del Centro Nacional para el Tratamiento de las Víctimas de la Violencia Doméstica en Kamza y el Centro Psicosocial “Vatra” en Vlora y ha recomendado que se brinde a las víctimas asistencia profesional (abogados y psicólogos) de manera continua.

Seguimiento de las víctimas después de su salida del centro: durante el proceso de integración de todos los residentes que tienen una orden de protección, se informaba a las unidades administrativas y a la comisaría local de la policía.

Las actividades de sensibilización han sido organizadas por el Ministerio de Salud y Protección Social en el marco de la campaña “16 días de activismo contra la violencia por razón de género y la violencia doméstica” (del 25 de noviembre al 10 de diciembre de cada año), en estrecha colaboración con los ministerios competentes, las organizaciones de la sociedad civil y las organizaciones internacionales. Estas actividades periódicas contra la violencia doméstica han contribuido a sensibilizar a la opinión pública, especialmente a los jóvenes, los estudiantes y los escolares, sobre la necesidad de luchar contra los prejuicios y de aumentar la denuncia de la violencia doméstica.

Algunos de los resultados de la campaña son: una mayor conciencia sobre las cuestiones de género, un debate más abierto y una aceptación más fácil de las cuestiones tabú, un mayor número de denuncias de casos de violencia doméstica por parte de las mujeres ante las estructuras de apoyo, cambios en las posiciones tradicionales, y aumento del número de denuncias de casos de violencia contra las mujeres y violencia doméstica ante los órganos encargados de hacer cumplir la ley. Estas campañas de sensibilización tienen por objeto eliminar los estereotipos de género, la violencia de género y la violencia doméstica.

23 d) Refuerce la aplicación de las decisiones judiciales, en particular las que se refieren a las órdenes de alejamiento o las órdenes de protección de emergencia para las mujeres que son víctimas de violencia por razón de género, entre otras cosas desarrollando la capacidad del personal judicial, por ejemplo, de los agentes judiciales

En el informe del Consejo Superior de Justicia sobre las cuestiones judiciales por violencia doméstica (enero de 2018), se señaló el problema del escaso número de causas de violencia contra las mujeres recurridas en los tribunales superiores, a la vez que se desestimaba un gran número de causas. Resultan preocupantes la desestimación de las causas por incomparecencia o renuncia de la parte demandante y la desestimación judicial por normalización de las relaciones entre las partes.

En el período que abarca el informe, se infringieron 6.187 demandas presentadas por los tribunales en relación con la expedición de órdenes de protección u órdenes de protección de emergencia, a saber:

•119 casos en 2016;

•129 casos en 2017;

•148 casos en 2018 de órdenes de protección y órdenes de protección de emergencia.

Para 2016, 2017 y el período de enero a julio de 2018, la Dirección General de Agentes Judiciales del Estado ha registrado y ejecutado un total de 351 casos relacionados con órdenes de protección (84 en 2016, 201 en 2017 y 66 de enero a junio de 2018) y 89 casos relacionados con órdenes de protección de emergencia (todos de enero a julio de 2018). Además, 23 casos relacionados con órdenes de protección se encuentran en proceso de ejecución.

Para lograr un rendimiento cualitativo en la ejecución de las órdenes ejecutivas, se requiere agentes judiciales adicionales, así como la planificación de cursos de formación sobre determinados temas, pero principalmente sobre cuestiones relacionadas con las órdenes de protección y las órdenes de protección de emergencia.

El Ministerio de Salud y Protección Social, con el apoyo del PNUD, llevó a cabo cuatro cursos de capacitación sobre informatización de datos y uso del sistema de violencia doméstica en línea, para 58 coordinadores locales contra la violencia. Se han organizado varias actividades de creación de capacidad para el personal del Mecanismo de Remisión.

Se estableció el cargo de Especialista en Diversidad en la Dirección General de la Policía del Estado. Se organizaron unos 36 cursos de capacitación, impartidos a 750 agentes de policía de 12 condados. En 2017 se organizaron siete cursos de formación sobre diversidad, delitos de odio y violencia doméstica (impartidos a 139 agentes de policía). La Policía Estatal organizó cursos de formación periódicos (8 sesiones) para todo el personal directivo de la Policía Estatal sobre las perspectivas de género en la Policía, a los que asistieron 69 oficiales superiores de policía, incluidos los empleados de la Dirección de Protección de Testigos y Colaboradores de la Justicia (47 empleados).

Durante el período que abarca el informe, la Escuela de la Magistratura impartió cursos de capacitación periódicos sobre cuestiones relacionadas con la violencia y el marco jurídico e institucional de protección contra la discriminación, en los que participaron 90 jueces y fiscales (58 jueces y 32 fiscales).