62º período de sesiones

26 de octubre a 20 de noviembre de 2015

Nota : El presente documento se distribuye únicamente en árabe, español, francés e inglés.

* CEDAW/C/62/1 .

** El presente documento se publica sin haber sido objeto de revisión editorial oficial.

Tema 4 del programa provisional*

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer

Lista de cuestiones y preguntas relativas a los informes periódicos segundo y tercero combinados de los Emiratos Árabes Unidos

Adición

Respuestas de los Emiratos Árabes Unidos **

[Fecha de recepción: 29 de julio de 2015]

Sírvanse proporcionar información detallada sobre las medidas adoptadas para garantizar que, en la práctica, las normas internacionales primen sobre todas las fuentes internas de derecho, incluidas las leyes religiosas. Sírvanse indicar también las medidas adoptadas para incorporar plenamente en la Constitución o en la legislación nacional pertinente el principio de igualdad entre hombres y mujeres, como recomendó el Comité (CEDAW/C/ARE/CO/1, párr. 15) y de acuerdo con el compromiso asumido durante el segundo ciclo del examen periódico universal (A/HRC/23/13, párr. 128.85). Sírvanse indicar si se ha realizado un examen exhaustivo de la legislación que discrimina a las mujeres y las niñas con vistas a derogarla, en particular las disposiciones discriminatorias de la Ley relativa a la Situación Personal. Sírvanse suministrar información sobre las disposiciones del proyecto de ley de protección de la infancia relativas a las niñas.

Respuesta:

En los Emiratos Árabes Unidos, los convenios internacionales se consideran equivalentes a las disposiciones legislativas, y las leyes nacionales y los convenios y tratados internacionales a los que el Estado se ha adherido conforme a derecho se deben aplicar en el país una vez ratificados por decreto federal. Los Emiratos Árabes Unidos han ratificado y se han adherido a numerosos convenios internacionales, regionales y bilaterales del ámbito económico, social, judicial y de otro tipo, incluidos aquellos que prevén un marco jurídico y procesal eficaz para salvaguardar a las mujeres y proteger sus derechos. El principio de igualdad e igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres está garantizado en la Constitución y las leyes nacionales. A continuación se señalan varios artículos de la Constitución:

•Igualdad entre hombres y mujeres:

Artículo 14: La igualdad, la justicia social, la seguridad y la igualdad de oportunidades para todos los ciudadanos serán pilares de la sociedad, y la asistencia mutua y la compasión constituirán un fuerte vínculo entre ellos.

Artículo 25: Todas las personas son iguales ante la ley, sin que exista distinción entre los ciudadanos de la Federación por motivos de raza, nacionalidad, convicciones religiosas o posición social.

•Libertad personal:

Artículo 26: Se garantiza la libertad personal a todos los ciudadanos. Nadie podrá ser arrestado, registrado, detenido o encarcelado, excepto con arreglo a la ley. Nadie podrá ser sometido a tortura ni a tratos degradantes.

•Libertad de religión y convicciones:

El artículo 32 de la Constitución establece lo siguiente: Se garantizará la libertad de practicar el culto religioso de conformidad con las costumbres establecidas, siempre que su ejercicio no sea contrario al orden público ni vulnere la moral pública.

•Libertad de pensamiento y de expresión de la opinión:

El artículo 30 de la Constitución establece lo siguiente: Se garantizará la libertad de opinión y su expresión oral, escrita o por cualquier otro medio dentro de los límites establecidos por ley.

•Derecho a la asistencia y la seguridad sociales:

El artículo 16 establece lo siguiente: La sociedad cuidará de la infancia y la maternidad y protegerá a los menores y a quienes no sean capaces de valerse por sí mismos por cualquier motivo, como enfermedad, incapacidad, edad avanzada o desempleo forzoso. Será responsable de prestarles asistencia y procurar que puedan valerse por sí mismos en beneficio propio y de la comunidad. Estas cuestiones se regirán por la legislación de bienestar público y seguridad social. Por consiguiente, la sociedad de los Emiratos Árabes Unidos considera que la educación familiar y la protección de la maternidad y la infancia son deberes y responsabilidades sociales.

•Derecho a la educación:

Artículo 17: La educación es un factor fundamental para el adelanto de la sociedad. Será obligatoria a nivel primario y gratuita en todos los niveles dentro de la Federación. La ley establecerá los planes necesarios para difundir y universalizar la educación en sus diversos niveles y erradicar el analfabetismo.

•Derecho a la salud:

Artículo 19: La comunidad garantizará a sus ciudadanos atención médica y los medios para prevenir y tratar enfermedades y epidemias. Alentará la creación de hospitales públicos y privados, dispensarios y centros de tratamiento.

•Libertad de comunicación postal, telegráfica, telefónica y electrónica:

Artículo 31: Se garantizará la libertad de comunicación por correo, telégrafo u otro medio de comunicación y su confidencialidad con arreglo a la ley.

•Derecho de reunión:

Artículo 33: Se garantizará el derecho de reunión y de asociación dentro de los límites establecidos por ley.

•Derecho de propiedad:

Artículo 21: Se salvaguardará la propiedad privada. Sus condiciones serán establecidas por ley. Nadie será privado de sus bienes sino cuando así lo exija el interés público de conformidad con las disposiciones legislativas y mediante el pago de una indemnización justa.

•Derecho a denunciar y a dirigirse a las autoridades:

Artículo 41: Toda persona tendrá derecho a presentar denuncias ante las autoridades competentes, incluidas las autoridades judiciales, relativas al abuso o la vulneración de los derechos y libertades consagrados en la presente parte.

•Derecho de asociación:

Artículo 33: Se garantizará el derecho de reunión y de asociación dentro de los límites establecidos por ley.

•Libertad de prensa:

Artículo 30: Se garantizará la libertad de opinión y su expresión oral, escrita o por cualquier otro medio dentro de los límites establecidos por ley.

•Libertad de circulación:

Artículo 29: Se garantizará a los ciudadanos la libertad de circulación y residencia dentro de los límites establecidos por ley.

•Derecho a formar una familia:

Artículo 15: La familia es la base de la sociedad. Sus cimientos son la religión, la moralidad y el patriotismo. La ley garantizará su existencia, la salvaguardará y la protegerá de la corrupción.

•Derecho al trabajo:

Artículo 20: La comunidad considera que el trabajo es la piedra angular del progreso y se esfuerza por proporcionar trabajo a sus ciudadanos y capacitarlos a tal fin. Deberá garantizar las condiciones adecuadas para ello promulgando leyes que protejan los derechos de los empleados y los intereses de los empleadores a la luz de la legislación laboral internacional emergente.

El artículo 34 establece lo siguiente: Dentro de los límites establecidos por ley, todo ciudadano será libre de elegir su ocupación, oficio o profesión, teniendo debidamente en cuenta las normas que rigen ciertas profesiones y oficios. Nadie puede ser obligado a trabajar excepto en circunstancias excepcionales previstas por ley, en cuyo caso deberá ser remunerado por dicha tarea. Ninguna persona podrá ser sometida a esclavitud.

•Derecho a ocupar cargos públicos:

El artículo 35 establece lo siguiente: Todos los ciudadanos podrán ocupar cargos públicos en pie de igualdad, con arreglo a la ley. Los cargos públicos serán un servicio nacional encomendado a quienes los desempeñen. En el ejercicio de sus funciones, el funcionario público tendrá como único objetivo el interés público.

•Derecho de acceso a la justicia:

El artículo 41 establece lo siguiente: Toda persona tendrá derecho a presentar denuncias ante las autoridades competentes, incluidas las autoridades judiciales, relativas al abuso o la vulneración de los derechos y libertades consagrados en la Constitución.

El principio de igualdad e igualdad de oportunidades se reafirma en numerosas leyes, entre ellas la Ley Federal núm. 8 de 1980, que reglamenta las relaciones laborales en los Emiratos Árabes Unidos y cuyo artículo 32 establece lo siguiente: La mujer que trabaje tendrá derecho al mismo salario que el hombre por igual tarea.

Con el firme deseo de velar por que se respete el principio de igualdad de oportunidades entre los géneros en lo que respecta a la educación, el Poder Legislativo de los Emiratos Árabes Unidos estableció, en el artículo 1 de la Ley Federal núm. 11 de 1971 relativa a la enseñanza obligatoria, que la educación será obligatoria a nivel primario y gratuita en todos los niveles dentro de la Federación para los ciudadanos de ambos sexos.

La Ley Federal relativa a la Situación Personal núm. 28 de 2005 afirma numerosos derechos que promueven el adelanto de las esposas y las madres en los Emiratos Árabes Unidos, desde sus derechos con respecto al contrato de matrimonio hasta los que se ejercen al producirse la disolución del matrimonio.

El artículo 62 establece lo siguiente: 1) La cónyuge mayor de edad tendrá pleno control sobre sus bienes y el marido no podrá disponer de ellos sin su consentimiento. Cada cónyuge tiene titularidad financiera independiente. Si uno de los cónyuges asociara al otro en un emprendimiento financiero, la construcción de una vivienda o una transacción similar, cada uno de ellos tendrá derecho a su participación en caso de divorcio o muerte.

El artículo 63 establece lo siguiente: 1) La manutención incluirá alimentación, vestimenta, vivienda, atención médica y asistencia a la mujer, si esta se dedica al cuidado de su familia, así como toda otra prestación considerada normal en la vida conyugal. 2) Al fijar la manutención, se tendrán en cuenta la capacidad de pago del marido y la situación financiera de la mujer, así como la situación económica en ese momento y lugar, estableciendo siempre un monto suficiente.

El artículo 66 establece lo siguiente: La mujer tiene derecho a recibir una manutención del marido una vez celebrado un contrato firme, si se ha entregado en matrimonio, incluso virtualmente.

El artículo 110 establece lo siguiente: 1) El divorcio a instancias de la mujer es un contrato entre los cónyuges en el que ambos acuerdan que el contrato de matrimonio se extinguirá mediante el pago de una contraprestación por la mujer o un tercero.

En lo que respecta a la Ley de Protección del Niño, el Consejo Nacional Federal aprobó un proyecto de ley federal sobre los derechos del niño tras actualizar y modificar varios de sus artículos y apartados para asegurar que los niños gozaran de plenos derechos y que se establecieran los mecanismos apropiados para proteger esos derechos, para lo cual se prohíbe exponer a los niños a medidas arbitrarias o ilegales o a la vulneración de su honor o su reputación; se prohíbe dar empleo a niños menores de 15 años; se afirman los derechos familiares del niño y se impone a los padres la obligación de proporcionar la seguridad familiar requerida, al tiempo que se exige a la persona a cargo del bienestar del niño que asuma las responsabilidades y los deberes de crianza adecuada, cuidado, instrucción y desarrollo, de modo que los intereses del niño resulten primordiales y tengan prioridad en todas las circunstancias.

El proyecto de ley sobre los derechos del niño se inscribe en el marco de los esfuerzos desplegados por los Emiratos Árabes Unidos para establecer un sistema de legislación social que defienda los derechos humanos y la dignidad y la libertad del hombre. Afirma que el sistema legislativo del país protege las libertades y salvaguarda los derechos y, en relación con los niños, expresa el ferviente deseo de superar todas las dificultades que les impiden criarse adecuadamente para convertirse individuos honestos. Además, promueve las iniciativas que tienen por objeto proteger a los niños de todas las formas de discriminación y violencia, les ofrece las mejores oportunidades y establece las condiciones para criarlos y protegerlos de todo daño y maltrato. El proyecto de ley abarca los derechos humanos básicos de los niños, los derechos familiares y los derechos sociales, culturales, a la salud y a la educación en lo que respecta a los niños. Contiene mecanismos para proporcionar al niño una vida segura y estable y establece penas severas para todo aquel a quien Satanás incite a cometer un acto contra un niño que afecte su equilibrio emocional, psicológico, físico, moral y social.

Reservas

2.Sírvanse suministrar información actualizada sobre el examen a que se hace referencia en el párrafo 17 de los informes periódicos segundo y tercero combinados, relativo al levantamiento o la limitación de las reservas a la Convención. En vista de la declaración que figura en el párrafo 90, según la cual el derecho islámico trata a las mujeres sin discriminación de ningún tipo, sírvanse explicar por qué el Estado parte mantiene sus reservas indicando que determinadas disposiciones de la Convención contravienen los preceptos del derecho islámico.

Respuesta:

Los órganos competentes aún están examinando esta cuestión.

Visibilidad de la Convención

3.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para aumentar la visibilidad de la Convención y, en especial, la capacitación impartida al Consejo Nacional Federal y la judicatura (incluidos los tribunales religiosos) y las campañas de sensibilización sobre la Convención dirigidas a la población en general.

Respuesta:

Todo el aparato del Estado está trabajando para aumentar la visibilidad de la Convención a través de los siguientes medios:

• Materiales impresos y folletos educativos sobre los elementos de la Convención;

• Sitios web de los órganos competentes;

• Redes sociales;

• Talleres, foros y conferencias dedicados específicamente al tema;

• Actividades de formación y fomento de la capacidad para jueces y abogados, entre otros, sobre los elementos de la Convención;

• Campañas de sensibilización puestas en marcha por asociaciones privadas y organizaciones de la sociedad civil, en particular la Unión General de Mujeres y otras instituciones que se ocupan de las mujeres en los Emiratos Árabes Unidos.

Mecanismo nacional encargado del adelanto de la mujer

4.Con respecto a la recomendación formulada por el Comité (CEDAW/C/ARE/CO/1, párr. 19) y en vista de las numerosas instituciones enumeradas en el informe, sírvanse aclarar cuál es el mecanismo nacional responsable de coordinar la aplicación de la Convención y explicar la relación que existe entre las diversas instituciones. Sírvanse indicar también cuáles son las dependencias sectoriales establecidas y cuáles son sus funciones y recursos. Sírvanse aclarar a qué mecanismo de denuncia pueden acudir las mujeres cuando se violan sus derechos. Sírvanse proporcionar información sobre las principales características de la estrategia nacional para el adelanto de la mujer en los Emiratos Árabes Unidos para 2013-2017 y sobre los resultados conseguidos hasta la fecha gracias a su aplicación, en particular los resultados de la evaluación de mitad de período de esta estrategia, si es que se ha realizado.

Respuesta:

La Unión General de Mujeres es el organismo competente en este ámbito y trabaja en colaboración y cooperación con instituciones federales y locales y organizaciones de la sociedad civil que se ocupan de cuestiones relacionadas con las mujeres.

La Estrategia Nacional para el Empoderamiento y el Adelanto de las Mujeres de los Emiratos Árabes Unidos es un plan nacional dirigido a fomentar la participación de las mujeres en el país en distintas esferas de la vida y aprovechar su potencial para promover el desarrollo sostenible. La estrategia se basa en un análisis de los avances reales logrados en el país en los últimos años en el ámbito de la política, la legislación y los servicios dirigidos al empoderamiento de las mujeres, con el objetivo de preservar y aprovechar los logros alcanzados a fin de emplear la energía de las mujeres para avanzar hacia el futuro.

La Estrategia Nacional para el Empoderamiento y el Adelanto de las Mujeres de los Emiratos Árabes Unidos (2015-2021) procura seguir de cerca el avance de las mujeres en el país. El difunto Jeque Zayed bin Sultan Al Nahyan (descanse en paz) y la Jequesa Fatima bint Mubarak, presidenta de la Unión General de Mujeres, directora suprema de la Fundación para el Desarrollo de la Familia y presidenta del Consejo Superior de Bienestar Maternoinfantil, establecieron las bases de esta estrategia con el objetivo de empoderar a las mujeres de todas las edades y de todas las clases económicas y sociales. Su avance es apoyado, respaldado y perfeccionado por Su Alteza el Jeque Khalifa bin Zayed Al Nahyan, Jefe de Estado, y los gobernantes de los Emiratos Árabes Unidos.

Este documento es fruto de una colaboración conjunta entre la Unión General de Mujeres, instituciones federales y locales interesadas e instituciones de la sociedad civil en el Estado. La estrategia se preparó con arreglo a principios científicos, utilizando un enfoque participativo basado en estudios sectoriales para analizar la situación y determinar las fortalezas y deficiencias de las políticas y los programas puestos en práctica por las distintas instituciones para empoderar a las mujeres. Posteriormente, se organizaron, en colaboración con asociados, una serie de talleres para estudiar las características de la estrategia consideradas prioritarias, así como las nuevas necesidades apremiantes de las mujeres en los Emiratos Árabes Unidos, a fin de asegurar, por una parte, que se fomentara la participación de la mujer como asociada esencial de la iniciativa Visión 2021 de los Emiratos Árabes Unidos y, por otra parte, que el país cumpliera sus obligaciones internacionales.

La Estrategia Nacional para el Empoderamiento y el Adelanto de las Mujeres de los Emiratos Árabes Unidos (2015-2021) será un punto de referencia para todas las instituciones y órganos que trabajan en el sector público del país (a nivel federal y local), el sector privado y las organizaciones de la sociedad civil, en lo que respecta a la formulación de planes de acción y programas para proporcionar una vida digna a las mujeres de los Emiratos Árabes Unidos con atención médica de alta calidad y con un sostén social, educativo, cultural, ambiental y económico.

Organizaciones de la sociedad civil

5.Sírvanse facilitar información sobre el seguimiento dado a la recomendación formulada por el Comité (CEDAW/C/ARE/CO/1, párr. 31) e indicar las medidas adoptadas para crear y garantizar un entorno propicio en el que las organizaciones de la sociedad civil y defensoras de los derechos de las mujeres puedan operar libremente, en particular los requisitos jurídicos para el registro y el funcionamiento de organizaciones no gubernamentales, incluidas aquellas dedicadas a la defensa de los derechos de las mujeres. Sírvanse indicar también las medidas adoptadas, incluidas medidas legislativas, para garantizar la diversidad e independencia de las organizaciones de la sociedad civil, así como la libertad de expresión para todos los segmentos de la sociedad.

Respuesta:

El entorno legislativo de los Emiratos Árabes Unidos es propicio para promover la participación política de las mujeres, lo cual resulta evidente a partir de la extensa legislación que establece la libertad de opinión y de expresión y la libertad de reunión y asociación, así como la legislación que alienta la participación en la vida parlamentaria.

En la Constitución:

•Artículo 30: Se garantizará la libertad de opinión y su expresión oral, escrita o por cualquier otro medio dentro de los límites establecidos por ley.

•Artículo 33: Se garantizará el derecho de reunión y de asociación dentro de los límites establecidos por ley.

Artículo 69: Cada Emirato tendrá libertad para determinar el método de selección de los ciudadanos que lo representarán en el Consejo Nacional Federal.

Defensores de los derechos humanos y mujeres activistas

6.Sírvanse comentar la información recibida según la cual las 13 mujeres absueltas durante el juicio a 94 personas pertenecientes a la Asociación para la Reforma y la Orientación Social (al-Islah) y las mujeres de las familias de los detenidos sufren diversas formas de abuso y acoso, como la prohibición de viajar, obstáculos administrativos o la denegación de la solicitud de inscripción para realizar exámenes escolares. Sírvanse suministrar información sobre el caso de Aicha Hussein al-Jabri, a la que presuntamente se le denegó la inscripción para realizar un examen, y sobre los casos de mujeres encausadas en virtud de la ley contra el terrorismo de agosto de 2014.

Respuesta:

El Poder Judicial de los Emiratos Árabes Unidos es justo. Respeta la humanidad y los derechos humanos.

Medidas especiales de carácter temporal

7.Sírvanse proporcionar información sobre los resultados obtenidos con la promulgación de la decisión ministerial de 2012 para promover la participación de las mujeres en los consejos de las autoridades federales, las empresas y las instituciones mencionadas en el párrafo 22 a) del informe, así como información actualizada sobre cualquier medida temporal adoptada desde entonces para acelerar la igualdad de facto entre las mujeres y los hombres en todas las esferas que abarca la Convención. Sírvanse indicar también si el Estado parte pretende adoptar medidas para aumentar la representación de las mujeres en el Consejo Nacional Federal y a nivel ministerial, así como en puestos de alto nivel de los sectores público y privado.

Respuesta:

El Gabinete dictó una decisión en la que se exige que se designen mujeres en los consejos de las empresas.

Además, dictó una decisión por la que se establece el Consejo de Equilibrio entre los Géneros de los Emiratos Árabes Unidos para promover la participación de las mujeres del país en todas las esferas laborales y para ayudar a impulsar la posición del país a nivel local e internacional. El Consejo de Equilibrio entre los Géneros de los Emiratos Árabes Unidos se creó con el objetivo de reducir la brecha entre los géneros en el sector laboral público, lograr un equilibrio de género en los puestos de toma de decisiones e impulsar el posicionamiento del país en informes de competitividad global en lo que se refiere a la brecha entre los géneros en el ámbito laboral, así como posicionar al país como punto de referencia para el equilibrio entre los géneros en el ámbito laboral.

Estereotipos y prácticas nocivas

8.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para eliminar los estereotipos que sustentan las actitudes patriarcales tradicionales, los cuales refuerzan la subordinación de las mujeres en la sociedad. Sírvanse suministrar información sobre las iniciativas emprendidas, a través de campañas educativas y de sensibilización dirigidas a líderes religiosos y comunitarios, padres y profesores, para hacer frente a las actitudes estereotipadas hacia las mujeres y las niñas. Más concretamente, sírvanse facilitar información sobre las medidas de sensibilización adoptadas para eliminar las actitudes estereotipadas dentro de la sociedad hacia las mujeres y niñas víctimas de abuso sexual y la tolerancia general mostrada hacia los violadores y maltratadores. A pesar de que la edad mínima de matrimonio es de 18 años para ambos sexos, se ha notificado una alta proporción de casos de niñas que contraen matrimonio antes de esa edad. Sírvanse indicar las medidas adoptadas para hacer cumplir la edad mínima de matrimonio y crear conciencia sobre las numerosas consecuencias negativas que conlleva esta práctica.

Respuesta:

Los órganos que luchan contra la violencia han trabajado con ahínco, y los programas y las estrategias de prevención contribuyen positivamente a la reducción del número de incidentes. Las niñas ahora finalizan sus estudios universitarios y luego ingresan en el mercado laboral, para recién después crear una familia. Además, postergan el matrimonio hasta cumplidos los 25 años de edad.

Violencia contra la mujer

9.Sírvanse proporcionar información sobre el número de casos de violencia contra mujeres y niñas, incluidos casos de violencia doméstica, violación y otras formas de violencia sexual que se hayan denunciado ante la policía durante el período objeto de examen, el número de procesamientos y condenas y las penas impuestas a los responsables de tales actos. Sírvanse indicar qué medidas globales se han adoptado para combatir todas las formas de violencia contra las mujeres, como recomendó el Comité (CEDAW/C/ARE/CO/1, párr. 27) y, en particular, los progresos realizados en la promulgación de leyes integrales sobre la violencia contra la mujer. Sírvanse explicar las razones por las que el Estado parte no aceptó sino que se limitó a tomar nota de la recomendación formulada durante el segundo ciclo del examen periódico universal (A/HRC/23/13, párr. 128.92) para que se promulgara legislación por la que se derogara el derecho de los hombres a infligir castigos físicos a sus mujeres. Sírvanse explicar también cómo puede ser compatible el mantenimiento del artículo 53 del Código Penal, que otorga a los hombres el derecho a disciplinar a sus esposas e hijos, con las obligaciones contraídas por el Estado parte en virtud de la Convención. Sírvanse explicar cómo se propone el Estado parte combatir el abuso sexual doméstico si la violación conyugal no está tipificada como delito y las mujeres pueden perder su derecho a la manutención si se niegan a tener relaciones sexuales con su marido. Sírvanse comentar también la información según la cual mujeres y niñas víctimas de abuso sexual han sido castigadas en virtud del artículo 356 del Código Penal por haber mantenido relaciones sexuales fuera del matrimonio y, en algunos casos, les han sido impuestas condenas de lapidación o flagelación. La información que tiene el Comité ante sí indica también que, en varios casos, la policía desaconsejó a mujeres extranjeras que habían sufrido violencia por parte de sus maridos la denuncia de estos hechos y, en algunos casos, estas mujeres incluso perdieron la custodia de sus hijos cuando los casos se sometieron a la justicia.

Respuesta:

Los esfuerzos desplegados por los organismos interesados son evidentes y tienen una influencia positiva. Entre los organismos que trabajan en este ámbito, cabe destacar el Centro de Acogida Ewaa para Mujeres y Niños, la Fundación para las Mujeres y los Niños de Dubái y diversas secciones del Ministerio del Interior, entre ellas las siguientes:

•El Departamento de Derechos Humanos (Ministerio del Interior) : Creado en 2009, este Departamento se encarga de salvaguardar las libertades, los derechos y la dignidad de los miembros de la sociedad, garantizados por la Constitución del Estado, las leyes y las disposiciones legislativas que dimanan de nuestros valores y de las enseñanzas de nuestra verdadera religión. El Departamento se ocupa de mejorar la labor policial mediante la aplicación de las mejores prácticas humanitarias en el trato con el público, sin discriminar entre los grupos sociales. Además, vigila continuamente si los comandantes y los departamentos de policía cumplen las normas y los reglamentos establecidos para salvaguardar los derechos humanos. Promueve una cultura de derechos humanos, vigila cuestiones relativas a la protección de los derechos humanos y las libertades públicas de todos los miembros de la sociedad de conformidad con la Constitución, las leyes y los instrumentos internacionales de derechos humanos vigentes, proporciona asesoramiento jurídico, coordina su labor con organismos gubernamentales, órganos diplomáticos y organizaciones de la sociedad civil que se ocupan de los derechos humanos, y da seguimiento a la situación de los grupos sociales que necesitan atención, en particular las mujeres y los niños, para asegurar la protección de sus derechos.

•Los centros de apoyo social : Estos centros ofrecen protección y atención a las víctimas de todo tipo de delito. Ofrecen alojamiento y apoyo psicológico y social a víctimas de violencia doméstica, en particular mujeres y niños.

•La Oficina para promover el respeto por la cultura del derecho : La Oficina se ocupa de difundir la cultura jurídica entre los miembros y sectores de la sociedad, incluidos los obreros, los trabajadores domésticos y trabajadores similares. Ha llevado adelante una serie de iniciativas para informar a estos grupos sobre sus derechos y deberes, aumentar su conciencia cultural e integrarlos en el proceso de desarrollo que experimentan actualmente los Emiratos Árabes Unidos.

•La Oficina del Inspector General (Ministerio del Interior) : La Oficina se encarga de la supervisión e inspección administrativa, tanto de manera presencial como en línea, de todo el aparato de policía y seguridad para velar por que sus procedimientos sean correctos y sus decisiones, legítimas. Su estructura orgánica incluye un departamento de denuncias, con canales abiertos de comunicación con el público para recibir denuncias sobre errores que podría haber cometido la policía, adoptar las medidas apropiadas al respecto y salvaguardar los derechos de las víctimas. También participa en la supervisión de sectores relacionados con la nacionalidad, la residencia y los extranjeros, pues su mandato se extiende a los trabajadores domésticos y las personas de estatus equivalente.

•Los departamentos de policía de los diversos mandos policiales : Los departamentos de policía reúnen pruebas en relación con los delitos denunciados por el público, incluidos los trabajadores domésticos y de estatus similar, antes de transmitir sus informes al Ministerio Público Fiscal para su investigación y remisión al tribunal competente.

•Los departamentos de solución de controversias relativas a la nacionalidad y la residencia : Estos departamentos, que integran las oficinas de la Dirección General de Asuntos de Residencia y Extranjería de todo el país, reciben denuncias de los trabajadores domésticos y de estatus similar y examinan las controversias que surjan entre las partes en una relación contractual. Examinan los casos que se señalen a su atención a través de un canal de comunicación abierto permanentemente para recibir denuncias, prestan asistencia y atención a las víctimas de violencia o malos tratos, y remiten las denuncias de delitos a los departamentos de policía locales para que se investiguen. Si se demuestra que ha tenido lugar una agresión que se considera un delito punible por la legislación del país, el caso se remite al Ministerio Público Fiscal para que lo investigue y remita, a su vez, al tribunal competente.

•Sección de vigilancia de trabajadores temporales (Policía de Dubái) : El mando policial de Dubái ha creado un departamento dependiente de la Dirección General de Derechos Humanos para vigilar la situación de los trabajadores temporales. El departamento se encarga de combatir la explotación de los trabajadores mediante la recepción y el seguimiento de las denuncias que estos formulan relativas a salarios, malos tratos, falta de alojamiento adecuado o incumplimiento por parte de las empresas de las disposiciones del derecho laboral nacional que rigen el mercado laboral. El departamento ha puesto en marcha una serie de iniciativas que han sido decisivas para alentar a los trabajadores a efectuar denuncias telefónicas a través de una línea gratuita (8005005), en lugar de participar en protestas.

1.Los comités del Ministerio del Interior relacionados con los derechos humanos son los siguientes:

• Comité de Derechos Humanos

• Comité Nacional de Lucha contra la Trata de Personas

• Comité Superior para la Protección de los Niños

• Comité de Policía de la Mujer

• Comité de Inspección de Instituciones Penales y Correccionales

• Juntas disciplinarias.

2.El Ministerio del Interior recibe denuncias e información por los siguientes canales:

• Número telefónico gratuito 999; a través del cual se pueden presentar denuncias, información y pedidos de ayuda desde cualquier parte del país, lo cuales se transfieren al mando policial competente;

• Número telefónico gratuito 600525555, a través del cual se pueden presentar denuncias y formular sugerencias al mando policial de Abu Dabi;

• Central telefónica de seguridad 8002626/ 5086888, a través de la cual se pueden presentar denuncias y formular sugerencias al mando policial de Abu Dabi;

• Número telefónico gratuito 800404040, a través del cual se pueden presentar denuncias generales al mando policial de Dubái;

• Número telefónico de servicios de seguridad 8004888, a través del cual se pueden presentar denuncias y formular sugerencias al mando policial de Dubái;

• Número telefónico gratuito 80080, a través del cual se puede denunciar la violación o vulneración de los derechos de los trabajadores patrocinados ante las autoridades encargadas de cuestiones relativas a la nacionalidad, la residencia y las fronteras;

• Línea directa 8005354, a través de la cual se pueden presentar denuncias de violencia doméstica a los centros de apoyo social;

• Línea directa para trabajadores 8005005, que funciona en el marco del programa dirigido a vigilar y resolver casos de maltrato de los trabajadores;

• El servicio de mensajes de texto de emergencia 5999, a través del cual las personas con necesidades especiales puedan ponerse en contacto con el mando policial de Abu Dabi;

El sitio web del Ministerio del Interior y sus dependencias orgánicas (www.moi.gov.ae) fue diseñado para servir de medio directo de comunicación a través del cual el público puede presentar denuncias, información y propuestas en árabe e inglés. Los órganos competentes tramitan los casos y les dan seguimiento.

Trata de mujeres y explotación a través de la prostitución

10.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para la aplicación efectiva de la Ley Federal núm. 51 de 2006, relativa a la lucha contra la trata de personas, e indiquen si el Estado parte ha desarrollado una estrategia nacional para combatir la trata, como recomendó la Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños, en 2013 (A/HRC/23/48/Add.1). Sírvanse indicar también el número de inspectores específicamente dedicados a los casos de trata, la capacitación que han recibido para identificar a las mujeres y las niñas víctimas de la trata, el número de casos de trata que afectan a mujeres y niñas que se han llevado ante los tribunales y las sanciones impuestas a los responsables. Por último, sírvanse indicar las medidas adoptadas para garantizar que las víctimas no se criminalicen nunca y las acciones emprendidas para hacer un seguimiento de la preocupación expresada por la Relatora Especial sobre la deportación diaria de las víctimas de trata.

Respuesta:

Ley Federal núm. 51 de 2006, relativa a la lucha contra los delitos de trata de personas

El noveno informe del Comité Nacional de Lucha contra la Trata de Personas, publicado recientemente, señala logros importantes en esta esfera, y el Gobierno ha hecho avances considerables y rápidos. Uno de los indicadores de los buenos resultados conseguidos por el Estado en la lucha contra la trata de personas es la reducción del número de casos a 15 en 2014, frente a 19 en 2013 y 47 en 2012.

Las iniciativas puestas en marcha por los Emiratos Árabes Unidos en 2015 para combatir la trata de personas han permitido conseguir avances importantes respecto a este delito. Entre ellas, cabe destacar la aplicación de una estrategia nacional integrada y la introducción de sistemas especializados en todos los ámbitos de lucha contra la trata de personas. Estos sistemas han desarrollado un alto nivel de especialización, conocimientos y profesionalismo en la aplicación de la estrategia nacional.

La dedicación de los Emiratos Árabes Unidos ha ayudado a poner coto a la trata de personas y reducir sus grave consecuencias para la dignidad y los derechos humanos, derechos que se reconocen y reafirman en el derecho consuetudinario y las cartas internacionales ratificadas por los Emiratos Árabes Unidos en el marco de sus gestiones conjuntas destinadas a eliminar este flagelo, en colaboración con la comunidad internacional, y a fomentar las relaciones humanas constructivas basadas en el pleno respeto de la dignidad del hombre independientemente de su país, ocupación o empleo. En el informe se señala que, desde que los Emiratos Árabes Unidos pusieron en marcha su campaña oficial contra la trata de personas en 2006, se ha producido un cambio cualitativo en la lucha contra este delito.

En 2014, el número de personas identificadas como víctimas y tratantes disminuyó a 20 y 46, respectivamente, frente a 24 víctimas y 50 tratantes en 2013, y 75 víctimas y 149 tratantes en 2012. Esta disminución sustancial es un indicador positivo de los avances logrados en la lucha contra este delito.

El informe anual demuestra también que los Emiratos Árabes Unidos participan activamente en la campaña mundial contra la trata de personas y no escatiman esfuerzos para apoyar los planes, las estrategias, las alianzas y las investigaciones destinadas a mejorar el programa de acción del Gobierno de lucha contra la trata de personas.

El Comité Nacional de Lucha contra la Trata de Personas valora la importancia de las campañas de sensibilización pública para informar a quienes emigran a los Emiratos Árabes Unidos, tierra de bendición, sobre los principales aspectos de la Ley Federal núm. 51 de 2006, en particular las modificaciones introducidas en 2015. Con ese fin, el Comité procurará aplicar un plan exhaustivo para el futuro que comprenda campañas de sensibilización y programas de orientación.

La ley se modificó para que las víctimas de delitos de trata de personas gozaran de más derechos. En todas las etapas —la recopilación de pruebas, la investigación y el juicio—, se adoptan medidas para informar a las víctimas y los testigos de sus derechos en un idioma que comprendan, a la vez que se les ofrece la oportunidad de expresar sus necesidades sociales y jurídicas. Además, las víctimas reciben tratamiento físico y psicológico de las autoridades médicas y pueden ser admitidas en un centro de rehabilitación física o psicológica. Cuando resulta necesario, se las aloja en centros de acogida u otras instalaciones aprobadas. Se han registrado avances significativos en la lucha contra este delito y los organismos estatales han mejorado su capacidad de hacer frente a todas las prácticas que se enmarquen en el delito de trata de personas.

Resolución de 6.798 denuncias relacionadas con el pago de salarios

En 2014, el Ministerio de Trabajo llegó a acuerdos para resolver 6.798 denuncias relacionadas con el pago de salarios, por un total de 20.700.000 dirhams de los E.A.U. Además, ese mismo año, se remitieron unas 479 controversias relacionadas con el pago de salarios al Ministerio Público Fiscal, en comparación con 188 casos en 2013. Además, el Ministerio de Trabajo realizó unas 263.944 inspecciones para supervisar el cumplimiento de la legislación laboral. El año pasado, se resolvieron unas 20 denuncias de trabajadores.

Un 99,6% de las empresas respetaron la decisión que prohibía trabajar durante el mediodía en los meses de verano, y solo 147 empresas no la aplicaron. A las empresas que incumplieron la ley se les impuso una multa de 15.000 dirhams de los E.A.U. por cada incidente.

Asistencia a 17 víctimas

En 2014, 17 víctimas de trata de personas recibieron ayuda en los tres albergues que el Centro de Acogida Ewaa para Mujeres y Niños posee en el país. De ellas, 15 tenían visados de trabajo y dos, turísticos. En enero, se inauguró el primer centro de acogida para hombres víctimas de trata con el objetivo de acogerlos en el futuro.

El año pasado, la Fundación para las Mujeres y los Niños de Dubái acogió a tres víctimas de trata de origen asiático, remitidas por la policía de Dubái.

Entretanto, el año pasado el Centro de Control del Delito de Trata de Personas de la policía de Dubái recibió 1.407 denuncias el año pasado. Además, se produjeron 35 huelgas en Dubái, el 21% de ellas por el retraso en el pago de salarios y el 9%, para exigir aumentos salariales.

Fondo de apoyo financiero

El Comité Nacional de Lucha contra la Trata de Personas ha creado un fondo no gubernamental para ayudar a las víctimas de trata, especialmente a través de programas de rehabilitación a largo plazo. En 2014, las víctimas recibieron 10.000 dirhams de los E.A.U. del Comité, 170.000 dirhams de los E.A.U. del Centro de Acogida Ewaa para Mujeres y Niños y otros 24.430 dirhams de los E.A.U.

Sentencia dictada en seis causas

El informe de lucha contra la trata de personas revela que, si bien 34 casos fueron denunciados ante la policía o el Ministerio del Interior, el Ministerio Público Fiscal solo tramitó 15 de ellos como casos de trata de personas. Todos estos casos estaban vinculados a la explotación sexual. Hubo un caso en Abu Dabi, otro en Ras al-Jaima, siete en Dubái, cuatro en Sharjah y dos en Ajmán.

Participación en la vida política y pública

11.En el párrafo 15 b) del informe, se indica que las mujeres ocupan un 17,5% de los 40 escaños del Consejo Nacional Federal. Sírvanse indicar el número de mujeres miembros del Consejo que fueron elegidas y el número de aquellas que fueron nombradas. Sírvanse explicar también por qué el número de mujeres presentes en el Poder Judicial y en el cuerpo docente universitario sigue siendo extremadamente reducido (párr. 15 c) y h)) e indicar las medidas adoptadas o previstas para corregir esta situación, incluidas las medidas especiales de carácter temporal.

Respuesta:

El entorno legislativo de los Emiratos Árabes Unidos es propicio para promover la participación política de las mujeres, lo cual resulta evidente a partir de la extensa legislación que establece la libertad de opinión y de expresión y la libertad de reunión y asociación, así como la legislación que alienta la participación en la vida parlamentaria. También es evidente por el apoyo y el respaldo proporcionado por el Presidente de los Emiratos Árabes Unidos al Consejo Nacional Federal, lo cual le permite llevar adelante su misión. Se promulgó la Decisión núm. 2 de 2006, que posteriormente fue modificada por la Decisión núm. 2 de 2011, en la que se determina el método para seleccionar a los representantes de los Emiratos Árabes Unidos que integran el Consejo Nacional Federal. Gracias a esta sabia decisión, las mujeres han podido ingresar en la cámara del Consejo no solo a través de un nombramiento sino también de elecciones, lo cual demuestra que se observan resultados positivos en el adelanto de las mujeres de los Emiratos Árabes Unidos, en comparación con sus contrapartes árabes.

La participación genuina de la mujer en la actividad política se hizo realidad en 2006, cuando dos carteras ministeriales se asignaron a mujeres. En 2008, la cifra se duplicó a cuatro. Según las estadísticas de 2011, diez mujeres fueron nombradas para ocupar cargos de subsecretaria y subsecretaria adjunta ministerial en instituciones del Estado, en comparación con ocho en 2008. Cabe señalar que las mujeres de los Emiratos Árabes Unidos ocupan cargos de subsecretaria desde hace más de dos decenios. En 2006, se nombró a una mujer para ocupar el cargo de secretaria general del Gabinete por primera vez, con lo cual contribuye significativamente a desarrollar y vigilar la ejecución de las prioridades estratégicas del Gobierno en todos los sectores y a formular cientos de iniciativas que llevan adelante todos los órganos federales, y participa activamente en tareas dirigidas a planificar y ejecutar la reestructuración del aparato gubernamental para aumentar los niveles de eficiencia y competencia, a fin de asegurar el logro de la estrategia general del Gobierno.

Por otra parte, las mujeres de los Emiratos Árabes Unidos desempeñaron un papel prominente en el primer proceso electoral, celebrado en 2006, y en el segundo, celebrado en 2011, que fue un hito importante en la historia del país y parte del programa de desarrollo político del Jefe de Estado, que se inscribe en el marco del programa más amplio dirigido al empoderamiento. La participación de las mujeres en ambas elecciones se caracterizó por una amplia presencia en la organización y la supervisión y, por sobre todo, en calidad de candidatas y votantes. Las mujeres de los Emiratos Árabes Unidos han demostrado su capacidad de movilizarse con éxito en el ámbito político y contribuir enérgica y eficazmente a las sesiones y debates legislativos del Consejo Nacional Federal (Lana Nusseibeh, 2009).

Las estadísticas de 2006 y 2007 indican que se eligió a una mujer y se nombraron a otras ocho, lo cual significa que los Emiratos Árabes Unidos ocupan el primer lugar en todo el mundo en cuanto a porcentaje de representación de las mujeres: un 22,5%. En ese momento, en los Estados Árabes existía una representación media de mujeres de aproximadamente un 9,3%, un nivel similar al observado a nivel mundial. Las mujeres desempeñaron un papel prominente durante el período electoral, y dos mujeres fueron elegidas por la comisión electoral para presidir dos de los siete centros electorales. De un total de 456 candidatos registrados en la comisión electoral, 65 eran mujeres (el 14,4%). Se trata de un indicador positivo de la confianza que las mujeres de los Emiratos Árabes Unidos tenían en sí mismas durante el primer experimento electoral en la historia del país y una señal de la gran conciencia que existe en cuanto a la importancia de la función de las mujeres en el ámbito político, así como en los ámbitos de la salud y la educación, en los que han conseguido ocupar un lugar prominente en cuanto a participación y logros.

Si se comparan estas cifras con el resultado del segundo experimento electoral de 2011, en el que se registró un aumento en el número de juntas electorales, de conformidad con la visión de gradualismo político adoptada por los Emiratos Árabes Unidos, las estadísticas indican resultados admirables. Se observó un avance notable en la participación de las mujeres entre los dos experimentos en lo que se refiere al número total de mujeres votantes: en las primeras elecciones, votaron unas 1.162 mujeres, mientras que en las segundas elecciones, el número de votantes mujeres aumentó a alrededor de 60.000, el 46% del electorado. Unas 83 mujeres, de un total de 450 candidatos (es decir, el 18,4%), se presentaron como candidatas a las elecciones para integrar el Consejo Nacional Federal, con lo cual el país se posicionó a nivel mundial en lo que se refiere a representación efectiva de las mujeres en el Parlamento y proporcionó a las mujeres la oportunidad de revisar y modificar la legislación y supervisar el funcionamiento del Gobierno, del mismo modo que los hombres. Este hecho refleja el compromiso del Gobierno y la sociedad de los Emiratos Árabes Unidos de empoderar a las mujeres, quienes han demostrado su importancia en el ámbito político desde 2006.

Los informes presentados por la secretaría general del Consejo Nacional Federal indican que las mujeres que pasaron a integrarlo tras su primera experiencia electoral se desempeñaron de manera capaz y contribuyeron verdaderamente a las sesiones plenarias y a la labor de sus comités, en ocasiones superando las contribuciones de ciertos miembros varones en lo que respecta a debatir y modificar los proyectos de ley presentados por el Gobierno en el marco de las reformas legislativas del Consejo y a formular preguntas al Gobierno en cumplimiento de su función de supervisión, en particular en lo relativo a la salud y los derechos conferidos por ley. Las mujeres han presidido varios comités permanentes y especiales del Consejo y han participado en numerosas conferencias regionales e internacionales. Además, han representado al país en los parlamentos regionales e internacionales, como la Unión Interparlamentaria, una organización internacional integrada por los parlamentos de 140 Estados soberanos, la Unión Interparlamentaria Árabe y el Parlamento Árabe Provisional dependiente de la Liga de los Estados Árabes.

Nacionalidad

12.Sírvanse indicar las medidas adoptadas desde la promulgación de las directrices reales de 2 de diciembre de 2011 para armonizar la legislación del Estado parte con el artículo 9 de la Convención y para otorgar a las mujeres los mismos derechos de que gozan los hombres en lo que respecta a la adquisición, el cambio y la conservación de la nacionalidad y su transferencia, como recomendó el Comité (CEDAW/C/ARE/CO/1, párr. 33). Sírvanse facilitar información sobre el número de mujeres y niñas bidunes que han recibido la ciudadanía desde 2008 y cuántas de ellas siguen siendo apátridas, así como las medidas para eliminar la apatridia en el Estado parte.

Respuesta:

Disposiciones generales:

•Artículo 1: La nacionalidad se adquiere ex lege , por dependencia o por naturalización con arreglo a ley.

•Artículo 11: La nacionalidad por naturalización solo podrá concederse si la persona renuncia a su nacionalidad de origen.

•Artículo 12: La nacionalidad sol o se concede una vez.

Naturalización

•Artículo 3: El matrimonio de una mujer extranjera con un ciudadano de los Emiratos Árabes Unidos no entrañará la adquisición de la nacionalidad del marido, a menos que la mujer manifieste ante el Ministerio del Interior su intención de convertirse en nacional y siempre que el matrimonio perdure durante tres años a partir de la fecha en que haya manifestado dicha intención. Es condición necesaria que la mujer renuncie a su nacionalidad de origen. Si la mujer contrae matrimonio con un ciudadano antes de la fecha de entrada en vigor de la presente Ley y el matrimonio sigue existiendo, o el marido ha fallecido y la mujer es madre de sus hijos y titular de un pasaporte de uno de los Emiratos o está incluida en el pasaporte de su marido, se le podrá conceder la nacionalidad de los Emiratos Árabes Unidos por dependencia, a condición de que renuncie a su nacionalidad de origen. El marido no puede adquirir la nacionalidad de su esposa bajo ninguna circunstancia.

•Artículo 7: La ciudadanía de los Emiratos Árabes Unidos puede concederse a toda persona que tenga plena capacidad legal si ha residido continua y legalmente en los Emiratos miembros desde 1940 o antes y ha mantenido su residencia habitual hasta la fecha de entrada en vigor de la presente Ley, posee una fuente de ingresos legítima, ha demostrado buena conducta, no ha sido condenada por un delito que atente contra el honor o la confianza y domina el idioma árabe.

•Artículo 8: La ciudadanía de los Emiratos Árabes Unidos puede concederse a toda persona que tenga plena capacidad legal, aparte de las mencionadas en los artículos 5 o 6, si ha residido de manera continua y legal en los Emiratos miembros por un período de al menos 30 años, de los que al menos 20 deben haber tenido lugar después de la fecha de entrada en vigor de la presente Ley, posee una fuente de ingresos legítima, demuestra buena conducta, no ha sido condenada por un delito que atente contra el honor o la confianza y domina el idioma árabe.

•Artículo 9: Se podrá conceder la ciudadanía de los Emiratos Árabes Unidos a toda persona que haya prestado servicios extraordinarios al país, independientemente del plazo de residencia prescrito por ley.

•Artículo 10: La cónyuge de un nacional por naturalización se considerará nacional por naturalización si renuncia a su nacionalidad de origen. Los hijos menores de un nacional por naturalización se considerarán nacionales por naturalización y podrán decidir su nacionalidad de origen en el plazo de un año tras alcanzar la mayoría de edad.

•Artículo 11: La nacionalidad por naturalización solo podrá concederse si la persona renuncia a su nacionalidad de origen.

•Artículo 12: La nacionalidad sol o se concede una vez.

•Artículo 13: Toda persona que haya adquirido la nacionalidad de los Emiratos Árabes Unidos por naturalización de conformidad con los artículos 5, 6, 7, 8, 9 o 10 no tendrá derecho a presentarse como candidata, a votar o a ser nombrada para integrar cualquier órgano parlamentario o popular o cualquier cargo ministerial. Las personas originarias de Omán, Qatar o Bahrein están exentas de las disposiciones de este artículo transcurridos siete años desde que adquieran la nacionalidad.

Adquisición de la nacionalidad

Artículo 1: La nacionalidad se adquiere ex lege , por dependencia o por naturalización con arreglo a ley.

Artículo 2: Por ley, serán ciudadanos:

a) Todo residente árabe de un Emirato miembro en 1925 o antes, que haya mantenido allí su residencia habitual hasta la fecha de entrada en vigor de la presente Ley;

b) Toda persona nacida en el país o en el extranjero cuyo padre sea ciudadano del país con arreglo a la ley;

c) Toda persona nacida en el país o en el extranjero cuya madre sea ciudadana del país con arreglo a la ley pero cuyo padre no se haya indicado legalmente;

d) Toda persona nacida en el país o en el extranjero cuya madre sea ciudadana del país con arreglo a la ley y cuyo padre sea desconocido o apátrida;

e) Toda persona nacida en el país de padres desconocidos, que se considere huérfana, salvo prueba en contrario.

Educación

13.Sírvanse proporcionar más detalles sobre la información suministrada en el informe según la cual las mujeres representan el 71,6% de los estudiantes en universidades públicas y el 50,1% de los estudiantes en universidades privadas, indicando el porcentaje de mujeres en cada rama de estudios y las medidas adoptadas para aumentar el número de mujeres y niñas matriculadas en ramas de estudio no tradicionales y para proporcionar orientación a las mujeres y las niñas respecto a su carrera profesional. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar que los hijos de las mujeres migrantes tengan acceso a una educación de alta calidad asequible. En el informe se destaca el plan de estudios nacional para la enseñanza pública y privada en el Estado parte.

Respuesta:

El indicador de igualdad de género parecería ser igual, dado que prácticamente alcanza un coeficiente de 1:1 en cuanto a mujeres estudiantes en cada etapa de la enseñanza. Esta situación refleja la política del Estado frente a la igualdad entre los géneros y el compromiso asumido en el marco normativo y legislativo para lograr avances sustanciales y amplios en lo que respecta al indicador de igualdad de género. Por otra parte, los objetivos y las premisas de la política educativa de los Emiratos Árabes Unidos apoyan la igualdad de oportunidades para todos los ciudadanos.

Empleo

14.Sírvanse indicar cómo asegura el Estado parte el ejercicio efectivo del derecho de las mujeres al trabajo como derecho humano inalienable y a elegir libremente su profesión y empleo, como se dispone en el artículo 11 c) de la Convención. En particular, sírvanse aclarar si se ha derogado el artículo 72 del Código sobre la Situación Personal, que obliga a la mujer a obtener autorización del marido para trabajar. Sírvanse comentar también la información recibida por el Comité según la cual, en octubre de 2011, un tribunal de Dubái dictaminó que una mujer había infringido la ley por trabajar sin el permiso de su marido. Sírvanse proporcionar información sobre el porcentaje de mujeres en el mercado laboral, desglosado por esfera de actividades en los sectores público y privado y por tasa de ocupación (tiempo completo/parcial). Sírvanse suministrar información sobre las medidas adoptadas para reducir la diferencia entre la tasa de actividad económica de los hombres y la de las mujeres y mejorar la cantidad aún baja de mujeres en cargos directivos, así como los resultados obtenidos. Sírvanse indicar también el seguimiento dado a la recomendación formulada por la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo, en su solicitud directa de 2011, en virtud del Convenio núm. 111, para evitar los supuestos estereotipados en la capacitación y el empleo respecto a las aspiraciones, la idoneidad y la capacidad de la mujer para determinados trabajos.

Salud

15.Con respecto al párrafo 65 9), sírvanse suministrar información sobre el número de mujeres y niñas que se sometieron a un aborto por motivos permitidos durante el período sobre el que se informa. Sírvanse comentar también la información según la cual las mujeres que solicitan tratamiento hospitalario por aborto espontáneo pueden ser acusadas de intento de aborto. Por último, sírvanse indicar las medidas adoptadas para ampliar los motivos que autorizan el aborto en caso de violación, incesto, peligro para la salud de la madre o malformaciones graves del feto y para eliminar las medidas punitivas impuestas a las mujeres que se someten a abortos. Con respecto al párrafo 64 del informe, sírvanse aclarar el porcentaje de trabajadoras domésticas que participan en uno de los sistemas de seguro de salud e indicar si el Estado parte está considerando sustituir la disposición del proyecto de ley para regular las condiciones de empleo de los trabajadores de apoyo que obliga a los empleadores de trabajadores domésticos a proporcionar atención sanitaria y el tratamiento médico necesario a las trabajadoras domésticas en caso de enfermedad por una disposición que establezca el acceso a los servicios sanitarios como un derecho de ejercicio libre para todas las trabajadoras domésticas.

Trabajadoras domésticas migrantes

16.Con respecto al párrafo 25 9) del informe presentado por el Estado, sírvanse proporcionar información actualizada sobre el proyecto de ley sobre trabajadoras domésticas, que al parecer está pendiente desde 2012, y sobre la reforma del sistema de kafala(patrocinio), que sigue imponiendo condiciones abusivas a las trabajadoras domésticas y les impide cambiar de empleador. En el informe del Estado parte (párr. 24), se indica que las mujeres que residen en el Estado gozan de todos los derechos y obligaciones que tienen los hombres. Sírvanse explicar, por tanto, por qué las trabajadoras domésticas siguen siendo excluidas de la aplicación de la legislación laboral, a diferencia de otros trabajadores migrantes, y, por lo tanto, siguen sin disfrutar de protección jurídica básica en el lugar de trabajo.

Respuesta:

Los trabajadores domésticos y aquellos con un estatus similar:

El Ministerio del Interior no escatima esfuerzos con el objetivo de proteger los derechos humanos en general y, en particular, los derechos de los trabajadores domésticos y aquellos con un estatus similar, de conformidad con los principios del noble derecho islámico y sobre la base de los principios y disposiciones consagrados en la Constitución, las leyes del Estado y las instrucciones de nuestros rectos dirigentes. Además, el Ministerio tiene la firme intención de cumplir las obligaciones y los compromisos internacionales contraídos en este sentido y de acompañar la evolución internacional y mundial proporcionando protección adecuada a los derechos de los grupos que trabajan en el país con contratos temporales regulados por las autoridades competentes del Estado y que, por su condición, se consideran trabajadores temporales. Los trabajadores domésticos y aquellos con un estatus similar gozan de la protección jurídica, tanto civil como penal, conferida por la Constitución y las leyes nacionales, entre ellas la Ley de Transacciones Civiles, el Código Penal Federal, la Ley contra la Trata de Personas y la Ley de Ingreso y Residencia de Extranjeros. Entre las iniciativas más importantes puestas en marcha por el Ministerio del Interior, por conducto de sus organismos de policía, para proteger a los trabajadores domésticos y aquellos con un estatus similar, cabe destacar las siguientes:

•Iniciativas del Ministerio del Interior relativas a los convenios internacionales y la promulgación, modificación y aplicación de la legislación nacional

Se ha redactado un proyecto de ley para reglamentar las disposiciones relativas a los trabajadores domésticos y aquellos con un estatus similar en los Emiratos Árabes Unidos de modo que coincidan con las normas internacionales, en particular el Convenio de la Organización Internacional del Trabajo sobre las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos, 2011 (Núm. 189). El Gabinete ha aprobado el proyecto de ley y se han adoptado las medidas constitucionales necesarias para su promulgación. También se ha redactado su reglamento de aplicación. El Ministerio del Interior participó en la redacción de este proyecto de ley, que regula varias cuestiones no abordadas en la Ley de Ingreso y Residencia de Extranjeros. El proyecto de ley garantiza la defensa de los derechos de las partes contratantes, a saber:

•Reglamentación y concesión de licencias a las agencias de empleo

• Se informará a los trabajadores en sus países respecto al tipo y la naturaleza del empleo que llevarán adelante y el salario bruto que recibirán;

• No se exigirá el pago de comisiones o gastos a los trabajadores a cambio de la obtención de empleo, ni antes ni después de comenzar a trabajar;

• Las pruebas realizadas para determinar el apto médico del trabajador se realizarán dentro de los 30 días anteriores al ingreso del trabajador en el país;

• Se indicarán las circunstancias en las que la agencia de empleo sufragará los gastos de repatriación del trabajador y encontrará a alguien que lo reemplace o reembolsará el dinero pagado por el empleador;

• Deberá informarse a los trabajadores en cuanto a las costumbres y tradiciones de los Emiratos Árabes Unidos;

• Se proporcionará a los trabajadores alojamiento temporal equipado hasta que se reúnan con su empleador y se les dispensará un buen trato;

Se informará a los trabajadores en cuanto a los órganos competentes ante los que podrán denunciar la vulneración de sus derechos y libertades.

•Contratos de trabajo:

•El contrato estándar regula la relación entre el empleado y el empleador y determina los derechos y obligaciones de cada parte. El contrato entre las dos partes —patrocinador y patrocinado— se celebra antes de expedir el permiso de residencia del trabajador. Debe ser refrendado por la Dirección General de Asuntos de Residencia y Extranjería competente de conformidad con los procedimientos establecidos, se expide en tres copias en árabe e inglés y es firmado por ambas partes, cada una de las cuales conserva una copia; la tercera copia se deposita en dicha Dirección General. El Estado ha introducido recientemente nuevos contratos de trabajo para los trabajadores domésticos y las personas con un estatus equivalente, cuyas disposiciones se rigen por la Ley Federal núm. 6 de 1973, con sus modificaciones, relativa al ingreso y la residencia de extranjeros, así como sus decisiones y reglamentos de ejecución, en caso de controversia entre las partes. El nuevo contrato contiene las siguientes disposiciones:

a)Obligaciones del patrocinador y derechos del trabajador:

1.Se prohíbe encomendar al trabajador tareas peligrosas o incompatibles con el orden público;

2.Se debe ayudar al trabajador a transferir su salario de conformidad con la normativa bancaria del Estado;

3.Los salarios adeudados deberán abonarse a más tardar siete días después de finalizado el mes; el trabajador deberá firmar un recibo y recibir todas sus prestaciones antes de que se cancele su permiso de residencia;

4.Deberá proporcionarse al trabajador un alojamiento digno y vestimenta de trabajo adecuada, alimentos y bebidas;

5.El trabajador deberá recibir un trato que preserve su dignidad, integridad y privacidad;

6.Se permitirá que el trabajador se comunique con su familia y se respetará la confidencialidad de su correspondencia;

7.Se deberá proporcionar tratamiento y atención médica con arreglo al sistema de salud del Estado;

8.En caso de muerte del trabajador, su cuerpo y sus efectos personales deberán transportarse a su país de origen lo antes posible y sus prestaciones deberán abonarse al órgano competente;

9.Se concederán al trabajador descansos suficientes;

10.Deberá concederse licencia con goce de sueldo al trabajador durante su contrato o una compensación financiera en su lugar;

11.El trabajador tiene derecho a recibir un pasaje por el período de licencia y al término de su contrato;

12.Deberá concederse al trabajador un día semanal de descanso o una compensación financiera en su lugar.

b)Obligaciones del trabajador y derechos del patrocinador (empleador):

1.Trabajar exclusivamente para el empleador y los miembros de su familia; desempeñar sus tareas laborales de manera honesta y sincera; respetar la confidencialidad y la privacidad del empleador y su familia; y respetar los valores, las costumbres y las tradiciones del Estado;

2.Firmar un recibo cuando se le abone el salario;

3.Pagar una indemnización adecuada por pérdidas, daños o destrucción de bienes del empleador, hasta un máximo de cinco días de salario;

4.Las oficinas de solución de controversias de la Dirección General de Asuntos de Residencia y Extranjería correspondientes serán competentes para resolver las controversias que se susciten. En caso de que no se llegara a un acuerdo en el plazo de dos semanas, la controversia se remitirá a los tribunales competentes para que decidan al respecto.

• Reglamentación de la licencia:

Según lo establecido en el contrato, el trabajador tiene derecho a los siguientes tipos de licencia:

a)Licencia semanal;

b)Licencia anual;

c)Licencia por enfermedad;

d)Indemnización por terminación del servicio.

17.De acuerdo con la información recibida, el contrato estándar actualizado para los trabajadores domésticos establece que sus derechos son nulos si estos cesan en su trabajo sin el consentimiento de su patrocinador y que el hecho de acoger a un trabajador migrante que no tenga una visa válida, incluidos aquellos que huyen de los abusos, está tipificado como delito. En estas circunstancias, sírvanse explicar cómo puede informar una trabajadora doméstica del abuso que sufre por parte de su empleador, incluido el abuso sexual. Sírvanse indicar los mecanismos establecidos para que los trabajadores domésticos puedan presentar denuncias y si se ha creado algún tipo de refugio para las trabajadoras domésticas que huyen de empleadores abusivos. Sírvanse indicar también las medidas adoptadas para hacer cumplir de manera efectiva las disposiciones legales que prohíben la confiscación de los pasaportes de los trabajadores domésticos. Sírvanse proporcionar información detallada sobre el número de casos de detención y enjuiciamiento, desde 2012, por utilizar el trabajo forzoso, así como información sobre la naturaleza de las sanciones impuestas en estos casos.

Respuesta:

Véase la respuesta a la pregunta anterior.

Grupos de mujeres desfavorecidos

18.Sírvanse suministrar información sobre mujeres refugiadas y solicitantes de asilo que residen en el Estado parte. Sírvanse explicar también las demoras en el establecimiento de normas y procedimientos jurídicos para tratar los casos relacionados con los refugiados y los solicitantes de asilo y para garantizar que todos los casos en los que haya mujeres y niñas involucradas se traten de manera que se tengan en cuenta las cuestiones de género. Sírvanse indicar si el Estado parte ha formalizado algún acuerdo con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) para tratar los casos de las mujeres refugiadas y solicitantes de asilo.

Igualdad ante la ley y en materia civil

19.En el informe del Estado parte (párr. 13), se indica que el Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos centra sus esfuerzos en poner fin a la discriminación por motivo de género. Sírvanse explicar por qué el Estado parte rechazó la recomendación formulada durante el segundo ciclo del examen periódico universal (A/HRC/23/13, párr. 128.87) para asegurar a las mujeres la igualdad de derechos y condiciones en todos los ámbitos. Sírvanse explicar cómo puede ser compatible el mantenimiento de disposiciones legales según las cuales, en asuntos penales y algunos asuntos civiles, el testimonio de una mujer ante el tribunal vale la mitad que el de un hombre con el objetivo de eliminar la discriminación por razón de género y asegurar la igualdad ante la ley. Sírvanse indicar si se concede a las mujeres la misma libertad de circulación que a los hombres y aportar precisiones sobre la información recibida según la cual los hombres de los Emiratos Árabes Unidos pueden apoderarse de los pasaportes de sus mujeres e hijas y solicitar a las autoridades migratorias que prohíban su salida del país.

Respuesta:

En los Emiratos Árabes Unidos, se garantiza la libertad de circulación de las mujeres. La cuestión del testimonio atañe al derecho islámico.

Matrimonio y relaciones familiares

20.Sírvanse indicar las medidas adoptadas para derogar las disposiciones de la Ley relativa a la Situación Personal que siguen discriminando a las mujeres, como las relacionadas con la poligamia, el divorcio, la custodia de los hijos y la herencia, y aquellas que imponen una tutela masculina a las mujeres. Sírvanse explicar la razón del mantenimiento de algunas de estas disposiciones y, en particular, por qué la ley autoriza a un hombre a divorciarse de su mujer unilateralmente, mientras que la mujer que desee divorciarse de su marido debe solicitar un mandato judicial, que se concede únicamente en determinados supuestos. Sírvanse indicar las medidas adoptadas para armonizar la Ley relativa a la Situación Personal con la Convención y otros instrumentos jurídicamente vinculantes internacionales, tomando en consideración la experiencia de países con credos religiosos y sistemas jurídicos similares.

Respuesta:

La Ley relativa a la Situación Personal núm. 8 de 2005:

Esta ley regula una serie de cuestiones relacionadas con la familia y el mantenimiento de la familia como entidad. En particular, regula en detalle los asuntos relacionados con el matrimonio y su efecto. El artículo 1 establece que las disposiciones de la ley serán aplicables a todos los ciudadanos de los Emiratos Árabes Unidos, salvo a los no musulmanes a quienes se apliquen disposiciones especiales relativas a su secta o confesión. Además, las disposiciones de la ley serán aplicables a quienes no sean ciudadanos, a menos que soliciten la aplicación de su propia legislación. A continuación se indican los derechos más importantes que esta ley garantiza a las mujeres:

El artículo 62 establece lo siguiente: 1) La mujer mayor de edad tendrá pleno control sobre sus bienes y el marido no podrá disponer de ellos sin su consentimiento. Cada cónyuge tiene titularidad financiera independiente. Si uno de los cónyuges asociara al otro en un emprendimiento financiero, la construcción de una vivienda o una transacción similar, cada uno de ellos tendrá derecho a su participación en caso de divorcio o muerte.

Por consiguiente, las mujeres gozan de titularidad financiera independiente y de capacidad jurídica con respecto a sus derechos y obligaciones. Así, la ley prohíbe que el marido disponga de los bienes de su cónyuge sin su consentimiento. La titularidad de la mujer es independiente debido a que su matrimonio no implica la fusión de la titularidad correspondiente al marido con la de la mujer. Además, la ley exige que el esposo mantenga a su esposa, incluso si fuera acaudalada. Debe ocuparse adecuadamente de su manutención y proporcionar alimentos, vestimenta, alojamiento, atención médica y ayuda doméstica en la medida en que se lo permita su propia situación y posición económica en un determinado momento y lugar.

El artículo 55 establece los derechos de la esposa frente a su esposo, que pueden resumirse de la siguiente manera:

• Que se la mantenga;

• Que no se le impida completar su educación;

• Que no se le impida visitar a sus familiares (ascendientes, descendientes y colaterales) o que estos la visiten con arreglo a la costumbre;

• Que no se interfiera con sus bienes personales;

• Que no se le inflijan daños físicos o psicológicos;

• Que se le dispense un trato justo frente a las otras esposas, cuando el marido tenga más de una.

Por consiguiente, la esposa tiene derechos financieros y materiales frente a su esposo, así como morales y éticos. También existen derechos conjuntos, regulados en el artículo 54.

Protocolo Facultativo y enmienda del artículo 20, párrafo 1) de la Convención

21.Sírvanse indicar el progreso logrado respecto de la adhesión al Protocolo Facultativo de la Convención. Sírvanse indicar asimismo el progreso logrado hacia la aceptación de la enmienda al artículo 20 1) de la Convención, relativa al tiempo asignado a las reuniones del Comité.

Respuesta:

Las autoridades competentes están estudiando esta cuestión.