Lista de cuestiones y preguntas relativa al sexto informe periódico de Azerbaiyán *

Marco constitucional, legislativo e institucional

De conformidad con las obligaciones contraídas por el Estado parte en virtud de los artículos 1 y 2 de la Convención y en consonancia con la meta 5.1 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible relativa a poner fin a todas las formas de discriminación contra todas las mujeres y las niñas en todo el mundo, sírvanse proporcionar información al Comité sobre las medidas adoptadas para modificar o sustituir las disposiciones discriminatorias de la legislación. Sírvanse explicar también si el Estado parte tiene previsto incorporar en su legislación una definición amplia de la discriminación contra las mujeres, que incluya la discriminación directa e indirecta en los ámbitos privado y público, así como las formas interseccionales de discriminación. Sírvanse proporcionar información sobre el estado actual de la legislación para garantizar la igualdad de género (CEDAW/C/AZE/6, párr. 37), y sobre si el Estado parte está asignando los recursos humanos, técnicos y financieros para su aplicación y sobre el modo en que esta se supervisa y evalúa.

Acceso a la justicia

Sírvanse explicar los resultados concretos logrados mediante las campañas de sensibilización realizadas por la Comisión Estatal de Asuntos de la Familia, la Mujer y la Infancia para promover la Convención y las recomendaciones generales del Comité (párr. 5), incluido el número de mujeres que han presentado denuncias de discriminación por razón de género ante los tribunales. Sírvanse ofrecer información sobre cualquier caso en que la Convención se haya aplicado directamente o citado en procedimientos judiciales, y sobre si el Estado parte prevé adoptar nuevas medidas para ofrecer programas de creación de capacidad para jueces, fiscales y abogados, además de los cursos de capacitación sobre cómo garantizar la asequibilidad de la justicia para las mujeres y el acceso de las mujeres a la administración de justicia, impartidos en 2016 y 2017 (párr. 6). Además, sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para hacer cumplir el decreto de 22 de febrero de 2018 (párr. 227) a fin de proporcionar asistencia jurídica gratuita a las mujeres con bajos ingresos, en particular a las mujeres de las zonas rurales y a las mujeres de otros grupos desfavorecidos.

Las mujeres y la paz y la seguridad

El Estado parte indica que ha estado elaborando un proyecto de plan de acción nacional para aplicar la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad, que debía presentarse al Consejo de Ministros en 2019 (párr. 13). Por lo referente a las recomendaciones anteriores del Comité (CEDAW/C/AZE/CO/5, párr. 11 a) a c)), sírvanse facilitar información actualizada sobre los progresos realizados en la aprobación del plan y el estado de aplicación de las recomendaciones del Comité.

Mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer

Según los párrafos 33 a 38 del informe del Estado parte, no se han aprobado ni el proyecto del plan de acción nacional sobre la igualdad de género (2019-2024) ni la enmienda de la legislación para garantizar la igualdad de género, destinada a reforzar la aplicación de la legislación definiendo las funciones del mecanismo nacional. Sírvanse proporcionar información actualizada sobre el estado de la aprobación. Sírvanse también proporcionar información sobre las medidas adoptadas para fortalecer la capacidad de la Comisión Estatal de Asuntos de la Familia, la Mujer y la Infancia proporcionándole los recursos humanos, técnicos y financieros adecuados y para nombrar coordinadores de cuestiones de género en las instituciones gubernamentales pertinentes y en todas las regiones a nivel de adopción de decisiones, con una clara definición de sus funciones, a fin de garantizar la incorporación de la perspectiva de género en todos los sectores y a todos los niveles de gobierno.

El Comité observa que, en 2018, la Alianza Global de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos redujo la categoría del Comisionado para los Derechos Humanos al nivel B. Sírvanse describir las medidas adoptadas para aplicar las recomendaciones formuladas por el Subcomité de Acreditación de la Alianza Global en 2018, desarrollar la capacidad del Comisionado y cumplir su mandato asignando los recursos adecuados, de conformidad con la recomendación que el Estado parte aceptó durante su examen periódico universal en 2018, y proporcionar al Comisionado un mandato claro de proteger y promover los derechos de la mujer.

Medidas especiales de carácter temporal

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para introducir cupos obligatorios para las mujeres candidatas en las listas electorales o establecer otro sistema alternativo, como se recomendó en las anteriores observaciones finales del Comité (CEDAW/C/AZE/CO/5, párr. 27). Sírvanse también proporcionar información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para aplicar los cupos para mujeres con discapacidad en el mercado de trabajo. Además, sírvanse explicar otras medidas especiales de carácter temporal que el Estado parte haya adoptado o tenga previsto adoptar para acelerar el logro de la igualdad sustantiva entre las mujeres y los hombres en las esferas en que las mujeres están desfavorecidas o insuficientemente representadas, en particular los sectores de la educación y el empleo.

Estereotipos y prácticas nocivas

La información de que dispone el Comité indica que en los medios de comunicación siguen existiendo los estereotipos de género a pesar de los proyectos y programas elaborados para luchar contra ellos (párrs. 59 y 74). Sírvanse describir los esfuerzos realizados para intensificar la concienciación y la educación pública sobre la igualdad de género entre el público en general, incluidos los medios de comunicación, y para promover el reparto equitativo de las responsabilidades domésticas y familiares. Habida cuenta de las recomendaciones anteriores del Comité (CEDAW/C/AZE/CO/5, párr. 21 a) y d)), sírvanse indicar si el Estado parte ha adoptado medidas para asegurar la aplicación efectiva del plan de acción nacional para eliminar el fenómeno de la preferencia por los niños varones, y vigilar y evaluar periódicamente los efectos de las medidas destinadas a eliminar los estereotipos de género discriminatorios, incluido dicho plan de acción nacional.

Violencia de género contra la mujer

Sírvanse proporcionar información actualizada sobre el estado del proyecto de plan de acción nacional para eliminar y combatir la violencia doméstica (2019-2023), las directrices sobre la creación de un consejo de coordinación intersectorial para la prevención de la violencia doméstica y la protección de las víctimas de ese tipo de violencia, y el proyecto de estrategia nacional sobre el desarrollo de servicios sociales para 2019-2025, que prevé la prestación de asistencia médica, psicológica y jurídica a las víctimas de la violencia doméstica (párrs. 79 y 94). Sírvanse explicar si el Estado parte asigna recursos humanos, técnicos y financieros adecuados para aplicar eficazmente esas medidas. Sírvanse describir las medidas adoptadas para tipificar como delito la violencia doméstica. Sírvanse indicar las medidas adoptadas para enmendar el Código Penal a fin de garantizar que la definición de violación se base en la falta de consentimiento, aclarar si la violación conyugal está específicamente tipificada como delito y proporcionar información estadística sobre el número de denuncias de violación conyugal presentadas, las investigaciones, los enjuiciamientos y las sentencias impuestas a los autores.

Sírvanse proporcionar datos sobre el número de casos de violencia contra las mujeres, incluida la violencia doméstica, que han sido investigados por la policía y enjuiciados y cuyos autores han sido condenados, y sobre las sanciones que se les han impuesto. Sírvanse explicar las medidas adoptadas por el Estado parte para la creación sistemática de capacidad de los jueces, los fiscales, los agentes de policía y otros funcionarios encargados de hacer cumplir la ley para aplicar las disposiciones del derecho penal relativas a la violencia de género contra las mujeres y llevar a cabo los procedimientos de investigación teniendo en cuenta las cuestiones de género.

Trata y explotación de la prostitución

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para aprobar un nuevo plan de acción nacional sobre la lucha contra la trata de personas y para colmar las lagunas en la aplicación detectadas en el plan anterior, que expiró en 2018 (párr. 102). El Estado parte informa de que los organismos de lucha contra la trata han aumentado sus contactos (párr. 106). No obstante, la información de que dispone el Comité indica que, en el Estado parte, los mecanismos de localización temprana de las víctimas de la trata son insuficientes. Sírvanse explicar si el Estado parte ha adoptado o tiene previsto adoptar medidas para garantizar la pronta localización de las mujeres y las niñas víctimas de la trata y su derivación sistemática a las autoridades y servicios pertinentes.

El Comité toma nota de que el Estado parte ha puesto en marcha un proyecto para crear un centro de asistencia para los niños y las niñas víctimas de la violencia doméstica, que también tiene por objeto prestar asistencia a los niños y niñas que son víctimas de la trata (párr. 89). Sírvanse indicar si el Estado parte ha asignado los recursos humanos, técnicos y financieros adecuados al centro y también a aumentar el número de centros en el Estado parte y ha llevado a cabo programas de creación de capacidad para los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley a fin de atender las necesidades específicas de las niñas que son víctimas de la trata, teniendo en cuenta las cuestiones de género. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para aumentar la disponibilidad de programas de rehabilitación y reintegración para las mujeres y las niñas que ejercen la prostitución tal como recomendó el Comité (CEDAW/C/AZE/CO/5, párr. 25 f)).

Participación en la vida política y pública

Sírvanse informar al Comité sobre los esfuerzos realizados para promover la participación de las mujeres en el parlamento, el Gobierno y, el poder judicial y en los puestos directivos de los servicios civiles y diplomáticos. Sírvanse proporcionar datos sobre el número de mujeres elegidas en las elecciones parlamentarias de febrero de 2020 y explicar si el Estado parte adoptó medidas antes de las elecciones para alentar a los partidos políticos a proponer como candidatos a las elecciones a igual número de mujeres que de hombres. Además, sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para aumentar la participación política y pública de las mujeres pertenecientes a grupos desfavorecidos, incluidas las mujeres con discapacidad.

Nacionalidad

Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para introducir un procedimiento de determinación de la apatridia sin discriminación entre las mujeres y los hombres desplazados internos en lo que respecta al registro de sus hijos como desplazados internos y eliminar la apatridia en el Estado parte, de conformidad con la recomendación general núm. 32 (2014) del Comité, sobre las dimensiones de género del estatuto de refugiada, el asilo, la nacionalidad y la apatridia de las mujeres.

Educación

Sírvanse indicar si el Estado parte ha adoptado las medidas apropiadas por lo que respecta a la excesiva representación femenina en disciplinas y trayectorias profesionales donde tradicionalmente predominan las mujeres y a los informes de que muchas mujeres y niñas no pueden ingresar en universidades ubicadas fuera de sus comunidades porque sus familias se lo impiden. Sírvanse explicar si el Estado parte ha hecho un seguimiento de las medidas indicadas en los párrafos 121 y 166 del informe, y evaluado los efectos de esas medidas para reducir el abandono escolar entre las niñas. Asimismo, sírvanse proporcionar datos sobre el número de niñas con discapacidad a las que se las ha eximido del pago de los derechos de matrícula en virtud del decreto presidencial de 3 de mayo de 2019 (párr. 120) e indicar si el Estado parte ha adoptado medidas adicionales para garantizar su acceso a la educación inclusiva.

Sírvanse exponer las conclusiones de la evaluación de los libros de texto (párr. 139) y explicar en detalle las medidas adoptadas subsiguientemente para revisar esos libros de texto a fin de eliminar los estereotipos de género. Además de los cursos sobre género y derechos humanos que se imparten en las universidades (párr. 128), sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para introducir la educación sistemática y amplia sobre los derechos de la mujer y la igualdad entre los géneros en los planes de estudios, así como la formación profesional de los maestros en todos los niveles de enseñanza, como recomendó anteriormente el Comité (CEDAW/C/AZE/CO/5, párr. 29 e)).

Empleo

El Estado parte reconoce que la tasa de empleo de las mujeres es inferior a la de los hombres (27,6 % y 48,3 %, respectivamente) y que las mujeres siguen ocupando la mayoría de los puestos de trabajo en los sectores de la educación, la atención sanitaria y los servicios sociales (párrs. 157 a 158). Sírvanse indicar si mediante la formación práctica y el apoyo al empleo proporcionado a las mujeres (párr. 164) u otras medidas adoptadas se ha logrado aumentar el número de mujeres que se incorporan al empleo formal y a ámbitos laborales no tradicionales y contribuir, con ello, a eliminar la segregación ocupacional y la desigualdad salarial entre mujeres y hombres. A la luz de la anterior recomendación del Comité (CEDAW/C/AZE/CO/5, párr. 31 c)), sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para promover el reparto equitativo de las responsabilidades familiares y domésticas entre mujeres y hombres mediante la introducción de la licencia de paternidad obligatoria y remunerada y el aumento de la disponibilidad de servicios de guardería, incluso en las zonas rurales, de conformidad con el artículo 11 de la Convención y el Convenio sobre los Trabajadores con Responsabilidades Familiares, 1981 (núm. 156), de la Organización Internacional del Trabajo.

Sírvanse indicar si el Estado parte ha adoptado medidas para aprobar una ley que prohíba el acoso sexual en el lugar de trabajo y para llevar a cabo inspecciones laborales periódicas para vigilar las condiciones de trabajo de las mujeres. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para eliminar la lista de ocupaciones prohibidas para las mujeres del Código del Trabajo y garantizar la igualdad de acceso a los puestos de trabajo para ambos sexos.

Salud

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para proporcionar recursos suficientes para aumentar el número y la capacidad del personal médico, en particular en las zonas rurales, a fin de garantizar el acceso de las mujeres a servicios médicos y de salud de alta calidad, incluidos los servicios de atención prenatal y obstétrica, y para reducir la mortalidad materna, así como para mejorar el acceso de las mujeres y las niñas con discapacidad a los servicios de salud pública. Según el anexo 26 del informe, en el Estado parte, el uso de métodos anticonceptivos modernos sigue siendo limitado. Sírvanse explicar las medidas adoptadas para asegurar que todas las mujeres y las niñas, en particular las de las zonas rurales, tengan acceso a métodos anticonceptivos asequibles y modernos, y para incluir educación obligatoria y adecuada a la edad sobre salud y derechos sexuales y reproductivos en los planes de estudios escolares.

Prestaciones económicas y sociales

Por lo que respecta a los esfuerzos por promover la iniciativa empresarial de las mujeres, el Estado parte señala que la concesión de préstamos en condiciones preferentes a empresas propiedad de mujeres solo representa el 5,5 % del gasto total correspondiente (párr. 186). Sírvanse explicar las medidas adoptadas para mejorar el acceso de las mujeres a los programas y ayudas a la iniciativa empresarial disponibles. Sírvanse proporcionar más detalles sobre las medidas adoptadas por el Gobierno, como se indica en el informe (párr. 184), para promover el acceso de las mujeres a préstamos, tierras y otros recursos, y faciliten información sobre los efectos de esas medidas.

Mujeres de las zonas rurales

A la luz de las anteriores observaciones finales del Comité (CEDAW/C/AZE/CO/5, párr. 37), sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar el acceso de las mujeres de las zonas rurales a los servicios básicos, incluidos los servicios sociales y de salud y la educación, así como al mercado laboral, y promover la participación de las mujeres de las zonas rurales en la elaboración, aplicación, supervisión y evaluación de las políticas y la legislación que afectan a sus derechos, incluidos el programa estatal para el desarrollo social y económico de las regiones (2019-2023) y el proyecto de inversión rural (párrs. 197 y 201). Sírvanse proporcionar información sobre los planes para realizar evaluaciones de género de dicho programa y proyecto.

Grupos desfavorecidos de mujeres

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para hacer frente a las formas interseccionales de discriminación a las que se enfrentan las mujeres con discapacidad, las mujeres refugiadas y las desplazadas internas, las mujeres de edad, las mujeres lezguinas y las pertenecientes a otros grupos étnicos minoritarios, las mujeres que son cabeza de familia y las mujeres lesbianas, bisexuales y transgénero en la legislación, las políticas y los programas relacionados con la igualdad entre los géneros. Sírvanse proporcionar más información sobre los efectos, incluidos los detalles sobre las 500 beneficiarias, del proyecto para prevenir y combatir la violencia sexual y de género en las comunidades de desplazados internos y las medidas de respuesta (párr. 29), y sobre si la Comisión Estatal de Asuntos de la Familia, la Mujer y la Infancia ha seguido adelante con este proyecto después de 2018. Sírvanse señalar las medidas adoptadas por el Estado parte para garantizar que se presten servicios de apoyo a las mujeres y las niñas pertenecientes a otros grupos desfavorecidos que son víctimas de la violencia de género.

Cambio climático y reducción del riesgo de desastres

Teniendo en cuenta las consecuencias desproporcionadas que tiene el cambio climático para las mujeres que se dedican a la agricultura, sírvanse describir las medidas adoptadas para asegurar que en las políticas y programas nacionales sobre el cambio climático se incluyen las perspectivas de género, de conformidad con la recomendación general núm. 37 (2018) del Comité, sobre las dimensiones de género de la reducción del riesgo de desastres en el contexto del cambio climático.

Matrimonio y relaciones familiares

A la luz de las recomendaciones anteriores del Comité (CEDAW/C/AZE/CO/5, párr. 39 a) y b)), sírvanse proporcionar información sobre la prevalencia de los matrimonios a edad temprana e infantiles y el número de casos que se han investigado y enjuiciado, así como sobre los esfuerzos realizados por el Estado Parte para prohibir los matrimonios religiosos (kabin) sin previa inscripción y salvaguardar los derechos de las mujeres y de sus hijos en esas uniones, incluso en caso de que se disuelvan. Además, sírvanse explicar las medidas adoptadas para garantizar la patria potestad de las mujeres con discapacidad tras el divorcio en igualdad de condiciones con las demás mujeres.