Grupo de trabajo anterior al período de sesiones

46° período de sesiones

12 a 30 de julio de 2010

Lista de cuestiones y preguntas relativas al examen de los informes periódicos

Albania

El grupo de trabajo anterior al período de sesiones examinó el tercer informe periódico de la República de Albania (CEDAW/C/ALB/3).

Generalidades

Sírvase informar si el tercer informe periódico de la República de Albania fue aprobado por el Gobierno y si fue presentado al Parlamento. Sírvase indicar asimismo si las observaciones finales aprobadas por el Comité al término del examen del informe inicial y segundo informe periódico combinados de Albania se tradujeron al idioma nacional y de qué manera y a quién se distribuyeron con el fin de que la población de Albania, en particular los funcionarios públicos y los políticos, tomaran conocimiento de las medidas necesarias para asegurar la igualdad de jure y de facto del hombre y la mujer.

Marco constitucional, legislativo e institucional

De acuerdo con el párrafo 3 del informe periódico, con arreglo al artículo 122 de la Constitución de la República de Albania, la Convención, por ser un tratado internacional, “comprende parte del sistema jurídico interno, instrumentado directamente, y tiene primacía sobre las leyes del país que no sean compatibles con aquella”. Sin embargo, en el documento básico (HRI/CORE/1/Add.124, párr. 106), este principio de la supremacía del derecho internacional sobre la legislación nacional queda sujeto a la condición de que en el acuerdo “se estipule explícitamente su aplicación directa”. Sírvase aclarar en qué consiste el requisito esencial del efecto obligatorio directo y la manera en que afecta a la plena aplicación de la Convención. Sírvase proporcionar detalles de los juicios en que se haya utilizado la Convención o se haya hecho referencia a este instrumento. Proporcione asimismo información sobre el resultado de esas causas e indique qué recursos administrativos y de otra índole tienen a su disposición las víctimas de discriminación.

En su informe, el Estado parte menciona varias enmiendas legislativas y leyes en preparación, como el proyecto de ley sobre la igualdad de género en la sociedad [núm. 9534 de 2006] y el Código Electoral revisado. Sírvase proporcionar información actualizada sobre el estado de aprobación de esas enmiendas. ¿Se prevé que con el nuevo proyecto de ley sobre la igualdad de género en la sociedad se subsanen las deficiencias de la Ley de 2004 definidas en el párrafo 23 del informe, y se tiene previsto incluir en ese proyecto de ley la prohibición de la discriminación por motivos de sexo y género en las esferas pública y privada?

Sírvase indicar si en la legislación nacional se ha incorporado una definición de la discriminación contra la mujer que abarque la discriminación tanto directa como indirecta, en consonancia con el artículo 1, y que se aplique a la discriminación practicada por agentes públicos y privados, de conformidad con el artículo 2. Sírvase indicar además si se ha emprendido un examen amplio de las leyes, como lo recomendó el Comité en sus observaciones finales anteriores, para verificar que la legislación nacional se ajuste a la Convención.

De acuerdo con el párrafo 23 del informe, el sistema jurídico de Albania requiere que los ciudadanos que recurran a los tribunales para obtener reparación por violaciones de sus derechos deben declarar “también el artículo concreto de una determinada ley en el que basa[n] su demanda y no un derecho general consagrado por la Constitución”. Sírvase proporcionar información sobre los servicios existentes de defensa y asistencia letrada a disposición de las mujeres, incluidas las mujeres pertenecientes a las minorías étnicas y lingüísticas, las mujeres de las zonas rurales y las pertenecientes a grupos vulnerables, como medio de asegurar que las mujeres utilizan los recursos jurídicos disponibles para luchar contra la discriminación. Sírvase indicar además si en la legislación está previsto que se invierta la carga de la prueba en casos de presunta discriminación por motivos de sexo y género, en particular en casos de acoso sexual, protección del embarazo y la maternidad, empleo, acceso a bienes y servicios y suministro de éstos.

En el informe se señala que la disposición de la Ley sobre la igualdad de género de 2004 relativa a la adopción de medidas especiales de carácter temporal nunca se ha aplicado y se hace notar que el nuevo proyecto de ley sobre la igualdad de género prevé la introducción de medidas especiales de carácter temporal en varias esferas, como en la toma de decisiones y la vida pública, el empleo y la educación (CEDAW/C/ALB/3, párr. 59). Sírvase dar más detalles de los factores y dificultades con que se tropezó al aplicar la ley de 2004 y explicar cómo se espera que el nuevo proyecto de ley tenga, una vez aprobado, los efectos previstos en los ámbitos en que la ley anterior fracasó. ¿Se ajusta íntegramente el nuevo proyecto de ley a las obligaciones que impone al Estado parte el párrafo 1 del artículo 4 de la Convención, que es parte integrante del sistema jurídico interno, y con la recomendación general 25 del Comité?

Sírvase proporcionar información sobre el mecanismo nacional para el adelanto de la mujer y señalar si se han establecido los nuevos mecanismos previstos en el proyecto de ley sobre la igualdad de género en la sociedad. Sírvase indicar si estos nuevos mecanismos van a sustituir al mecanismo actual o si serán un complemento de éste y, de ser así, sírvase aclarar las funciones y responsabilidades de cada estructura y los mecanismos de coordinación establecidos o previstos. Sírvase indicar si entre los planes del Gobierno está el establecimiento de un órgano para las cuestiones de género que goce de total independencia y tenga el mandato de recibir denuncias y de adoptar, coordinar y aplicar medidas de rendición de cuentas a las que estén sujetos todos los ministerios para asegurar la realización de actividades y programas dinámicos y uniformes en los que se incorpore de manera eficaz una perspectiva de género.

En sus observaciones finales anteriores, el Comité recomendó que se reforzara la incorporación de la perspectiva de género en todos los ministerios, políticas y programas mediante la capacitación en las cuestiones de género y la creación de centros de coordinación. ¿Qué medidas se han tomado al respecto? Sírvase explicar de qué manera se han integrado las perspectivas de género y el objetivo de la igualdad del hombre y la mujer en todas las actividades que el Estado parte ha llevado a cabo en el período que abarca el informe, el modo en que esa integración ha quedado reflejada en la asignación presupuestaria y si se han realizado cursos de capacitación en cuestiones de género.

Sírvase proporcionar datos estadísticos sobre el número de casos de discriminación contra las mujeres que se hayan denunciado al Defensor del Pueblo, así como información sobre las resoluciones dictadas al respecto. Sírvase especificar si el Defensor del Pueblo está facultado para examinar casos de discriminación en el empleo y la vida privada, o contra grupos vulnerables fuera de la esfera pública.

Estereotipos y prácticas culturales

En sus observaciones finales anteriores, el Comité expresó su preocupación por la persistencia de los estereotipos tradicionales arraigados y el nuevo auge del derecho consuetudinario discriminatorio (kanun), así como de los códigos de conducta tradicionales en algunas zonas del norte del país. Sírvase proporcionar información sobre el resultado de las medidas descritas en el informe (CEDAW/C/ALB/3, párr. 75) y adoptadas con objeto de vencer estas actitudes, e indicar si se han utilizado estrategias claras e indicadores mensurables para evaluar los progresos realizados. A este respecto, indique también qué medidas se han tomado para enfrentar las funciones estereotipadas de mujeres y hombres en el sistema educativo, sobre todo mediante la inclusión de una perspectiva de igualdad entre los géneros en los programas de capacitación inicial, readiestramiento y formación en el servicio de los profesores, y también mediante la revisión de los libros de texto y programas escolares en todos los niveles del sistema educativo.

Violencia contra la mujer

En el informe se describen algunas medidas jurídicas y de otra índole que se han puesto en práctica para enfrentar la violencia contra las mujeres, incluida la formulación de la “Estrategia nacional de igualdad de género y contra la violencia en la familia” 2007-2010 y la aprobación de la Ley sobre “medidas contra la violencia en las relaciones familiares” (núm. 9669 de 2006) y de algunos reglamentos de aplicación en que se prevén, entre otras cosas, medidas urgentes de protección. Sírvase proporcionar información sobre el número de solicitudes de órdenes de protección presentadas a los tribunales y sobre el número de órdenes dictadas por los tribunales. Sírvase proporcionar estadísticas judiciales sobre el número de enjuiciamientos, fallos condenatorios y penas impuestas a los responsables de violencia doméstica. Sírvase indicar qué hace el Gobierno para mejorar la recopilación de datos sobre violencia doméstica y otras formas de violencia contra la mujer. Sírvase proporcionar información sobre la disponibilidad de los recursos aportados para los albergues y centros de rehabilitación para las víctimas de violencia doméstica en todo el país. Sírvase indicar cuál es el plazo para la promulgación de los reglamentos de aplicación aún pendientes.

De acuerdo con un Estudio nacional sobre la salud reproductiva realizado en 2002 (CEDAW/C/ALB/3, párr. 337), el 11,5% de las mujeres albanesas de 15 a 44 años de edad parecen haber sufrido abusos de sus padres y el 27,2% de ellas han declarado que los abusos se cometieron durante su infancia. Sírvase proporcionar estadísticas y datos actualizados sobre la prevalencia del abuso sexual en Albania, así como información sobre las medidas que el Gobierno ha adoptado para enfrentar el problema.

Trata y explotación de la prostitución

El Comité expresó su preocupación en 2003 por el hecho de que, en virtud del Código Penal de Albania, se pueda castigar a las víctimas de trata. El informe confirma de nuevo que el Código Penal de Albania es uno de los pocos, por no decir el único, en Europa que reconoce la responsabilidad penal de las prostitutas (CEDAW/C/ALB/3, párr. 100). Sírvase proporcionar información sobre las medidas adoptadas para enfrentar esta cuestión. ¿Se hizo alguna evaluación del número de mujeres y niñas dedicadas a la prostitución y se identificaron y analizaron de manera adecuada los factores que impulsaban a las mujeres y las niñas a ejercerla? Sírvase proporcionar información al respecto, inclusive sobre las medidas adoptadas o previstas para asegurar la rehabilitación y reintegración social de las mujeres que desean abandonar la prostitución, así como las medidas destinadas a desalentar la demanda de prostitución.

De acuerdo con el informe (CEDAW/C/ALB/3, párr. 107), el Gobierno sigue esforzándose decididamente por completar el marco jurídico a fin de ultimar las normas internacionalmente exigidas en el ámbito de la trata de seres humanos. Sírvase indicar los vacíos identificados en la legislación nacional e indicar la forma en que el Gobierno tiene previsto colmarlos.

Sírvase proporcionar estadísticas, si las hay, sobre el número de mujeres y niñas víctimas de trata dentro del país con fines de explotación sexual y económica.

En el informe se menciona la Estrategia nacional de lucha contra la trata de seres humanos, 2005-2007, así como la nueva Estrategia y su Plan de acción para el período 2008-2010. Sírvase proporcionar información sobre la evaluación de la Estrategia para el período 2005-2007 y explicar si la aplicación de la nueva Estrategia está en marcha y, de ser así, si su ámbito abarca la trata dentro del país y si contiene disposiciones en materia de apoyo y asistencia, incluida la recuperación física y psicosocial de las víctimas de trata y su reinserción social.

Participación en la toma de decisiones y representación en el plano internacional

En vista del nivel sumamente bajo de representación de las mujeres en la vida pública y política (que en el Parlamento es del 7,1%), el Gobierno previó establecer, mediante el proyecto de ley sobre igualdad de género en la sociedad, una cuota de representación de hombres y mujeres del 30% en la toma de decisiones políticas y públicas (CEDAW/C/ALB/3, párr. 146). Sírvase proporcionar información actualizada sobre la adopción de esta cuota de género y explicar la diferencia en su aplicación en las elecciones locales y en el sistema proporcional para las elecciones parlamentarias. Sírvase explicar también cómo se impondrán las sanciones financieras previstas para los partidos políticos y las organizaciones sin fines de lucro por infracciones que abarcan el incumplimiento del orden en que aparecen en las listas los nombres de los hombres y las mujeres candidatos. Sírvase describir además otras medidas que haya adoptado el Gobierno, incluidas las medidas especiales de carácter temporal de conformidad con el párrafo 1 del artículo 4 de la Convención, con el fin de aumentar el número de mujeres en los puestos de gestión de la administración pública y en los cargos directivos del servicio diplomático y el poder judicial, y qué efecto han tenido esas medidas.

Aunque en el informe se indica que las mujeres en Albania están representadas en los puestos directivos superiores en los poderes legislativo, ejecutivo y judicial y en el sistema de justicia, no se proporcionan datos estadísticos que revelen el porcentaje de mujeres en relación con los hombres que ocupan cargos en los órganos asesores del Gobierno, en los gobiernos locales y la judicatura. Sírvase proporcionar datos estadísticos al respecto.

Educación

En 2006, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales expresó su preocupación (E/C.12/ALB/CO/1, párr. 38) por el alto porcentaje de niños romaníes, en especial niñas, que no estaban matriculados en la escuela, o que la abandonaban en una etapa muy temprana de su instrucción. Sírvase proporcionar estadísticas y datos actualizados sobre las tasas de deserción de las niñas en todos los ciclos de enseñanza, sobre el nivel educativo y el acceso a la educación de las mujeres y las niñas de las zonas rurales y las pertenecientes a las minorías, incluidas las mujeres y las niñas de la comunidad romaní.

El informe revela un vínculo entre los costos “oficiosos” de la educación y la falta de asistencia de los niños a la escuela, en especial en las zonas rurales y entre los niños que viven en la pobreza. El Comité de los Derechos del Niño observó asimismo en 2005 (CRC/C/15/Add.249, párr. 68) que los niños en Albania trabajaban en las calles, dentro de la familia o en otros lugares, en situaciones de explotación, o en una medida que obstaculizaba su asistencia regular a la escuela. Sírvase proporcionar información sobre las medidas adoptadas por el Gobierno para abordar las causas fundamentales de que persistan tasas bajas de matrícula y tasas altas de deserción escolar de los niños, y en especial de las niñas, en Albania. ¿Qué apoyo se ofrece a las familias, en particular a las familias en las zonas rurales y remotas y a las familias pobres, para propiciar un cambio favorable en esas tasas?

Empleo

En el informe se menciona un estudio en curso sobre la igualdad de remuneración (CEDAW/C/ALB/3, párr. 226). Sírvase proporcionar información sobre los resultados del estudio y sobre el uso de las recomendaciones formuladas en la política encaminada a asegurar la igualdad de remuneración de facto por trabajo de igual valor.

Sírvase proporcionar información sobre la situación de la mujer en la economía no estructurada, incluso sobre el porcentaje de mujeres en este sector en relación con los hombres y sus esferas de actividad, así como información sobre las medidas de protección social a disposición de esas trabajadoras, y sobre el porcentaje de mujeres que, en la práctica, tienen acceso a esas medidas y se benefician de ellas.

Sírvase proporcionar información más detallada, como lo pidió el Comité en sus observaciones finales anteriores, sobre la situación de la mujer en el mercado laboral, inclusive sobre las ocupaciones de las mujeres en los diferentes sectores de la economía, y sus grados de autoridad y salarios.

De acuerdo con el informe (CEDAW/C/ALB/3, párrs. 230, 232 y 238), las mujeres representan una parte considerable del total de personas desempleadas que buscan empleo, y se ven particularmente afectadas por el desempleo (el 80% de los desempleados son mujeres frente al 12,8% de hombres) y el subempleo tanto en el sector privado como en el sector público. Sírvase proporcionar información sobre las medidas que se estén aplicando para enfrentar los problemas de desempleo y subempleo en los dos sectores, con especial atención a los arreglos de trabajo favorables a las familias, la disponibilidad de infraestructuras para el cuidado de los niños en las zonas urbanas y rurales y las iniciativas que promuevan la distribución de las responsabilidades familiares entre mujeres y hombres.

En el informe se menciona (CEDAW/C/ALB/3, párr. 265) la ausencia de procedimientos precisos para presentar una demanda en caso de acoso sexual en el lugar de trabajo y la falta de datos estadísticos sobre el fenómeno. Sírvase proporcionar información sobre las medidas emprendidas para enfrentar el acoso sexual y la violencia contra la mujer en el lugar de trabajo.

Salud

En el informe se señala que el número de abortos registrados ante el Ministerio de Salud por instituciones públicas ha bajado en el último decenio (CEDAW/C/ALB/3, párr. 297). Se menciona que, en 2006, el coeficiente registrado fue de un aborto por cada 4,1 nacimientos en las instituciones públicas de salud. Sírvase proporcionar estadísticas y datos actualizados sobre el número total de abortos practicados en las instituciones públicas y privadas de salud en Albania.

En el informe se observa que la planificación familiar con el fin de aumentar el intervalo entre el nacimiento de los hijos no goza todavía de aceptación, en particular entre los hombres (CEDAW/C/ALB/3, párr. 301). Sírvase indicar qué servicios de planificación familiar y educación sobre salud reproductiva tienen a su disposición mujeres y hombres, inclusive el acceso de varones y muchachas adolescentes a la información sobre salud reproductiva y sexualidad apropiada para su edad.

Sírvase proporcionar información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para prevenir la propagación del VIH/SIDA, inclusive mediante la educación sexual en las escuelas y campañas de concientización destinadas a fomentar un comportamiento sexual responsable y sin riesgos. Sírvase asimismo proporcionar información sobre las medidas adoptadas para hacer frente a la discriminación y estigmatización de las mujeres infectadas por el VIH/SIDA.

En el informe se menciona que se han utilizado expedientes de pacientes con el fin de completar el seguimiento biológico de los casos que presentan riesgo de infecciones de transmisión sexual y de VIH/SIDA (CEDAW/C/ALB/3, párr. 326). Sírvase indicar si se han adoptado todas las medidas necesarias para asegurar la confidencialidad de la información contenida en los expedientes.

Mujeres del medio rural

El informe revela la persistencia de facto de la discriminación contra las mujeres rurales con respecto a la propiedad y la herencia de bienes (CEDAW/C/ALB/3, párrs. 389 y 390). Sírvase proporcionar información sobre las medidas adoptadas por el Gobierno para hacer frente a estas cuestiones en respuesta a la recomendación del Comité.

En el informe se reconoce que las condiciones de vida en las zonas rurales continúan siendo inferiores a las de las zonas urbanas (CEDAW/C/ALB/3, párr. 393). Sírvase indicar qué medidas existen para asegurar a las mujeres del medio rural condiciones de vida adecuadas, en particular en lo referente al saneamiento, vivienda adecuada y acceso a los servicios públicos, incluida la salud y la educación.

El informe guarda silencio sobre la situación de las mujeres de edad, las mujeres con discapacidad y las mujeres y niñas refugiadas y migrantes. Sírvase proporcionar información al respecto, en particular sobre la situación económica y social y las medidas establecidas en apoyo de estos grupos de mujeres.

Relaciones familiares

En el informe se afirma que, de acuerdo con la encuesta de indicadores múltiples, aproximadamente el 8% de las mujeres en el grupo de edad de 20 a 49 años se casaron antes de cumplir 18 años, la edad mínima para contraer matrimonio según el nuevo Código de la Familia. ¿Qué respuestas se concibieron para cuestionar la tradición patriarcal de los matrimonios, las creencias heredadas de ciertos grupos de la población sobre la importancia de formar una familia a una edad temprana y la práctica aún vigente de que corresponda a la familia la elección del cónyuge de las niñas y mujeres jóvenes? Preocupa además que se siga pagando un precio por la novia en las zonas rurales y remotas de Albania y en las comunidades romaníes. ¿Existen datos o análisis sobre las dimensiones de estos fenómenos?

Enmienda al párrafo 1 del artículo 20

Sírvase indicar qué progresos se han realizado en relación con la aceptación de la enmienda al párrafo 1 del artículo 20 de la Convención, relativa al tiempo asignado a las reuniones del Comité.