20 2000

20 2001

20 2002

20 2003

20 2004

20 2005

14 149

16 163

72 72

17 171

17 175

99 99

Datos facilitados por la Policía de la República de Armenia

97. Durante el período indicado no se tuvo constancia de casos de turismo sexual en el país.

98. La policía tiene previsto la elaboración e implantación de un sistema de datos para caracterizar los actos de violencia, así como la creación de una base de datos a partir del estudio de los casos de violencia y los datos estadísticos. Estas medidas se incluyen en el marco de la cooperación con el PNUD.

99. Las medidas adoptadas en la República de Armenia para la prevención de la trata de personas tienen como objetivo la represión no solo de la explotación sexual, sino también de la explotación laboral.

100. Dentro de la lucha contra la explotación laboral, existen varios artículos en el Código de Leyes Laborales, que prohíben la violencia hacia los trabajadores, así como toda forma de trabajo forzado, la firma de contratos de trabajo con menores que no hayan cumplido los 14 años de edad o su reclutamiento para la realización de actividades laborales, así como otros artículos que establecen un control estatal para comprobar el cumplimiento de la ley por parte del empresario. Por lo que respecta a la protección de los derechos laborales de los ciudadanos, ésta se lleva a cabo mediante la defensa legal y a través de un sistema de compensación de daños y multas.

101. Se ha introducido el concepto de trabajo ilegal, entendido como el trabajo que se desempeña sin la firma previa de un contrato de trabajo o incumpliendo el contrato suscrito. También ha sido legislada la responsabilidad en caso de coacción para la realización de un determinado trabajo.

102. La República de Armenia ratificó el 25 de octubre de 2004 los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre el trabajo forzoso (1930) y sobre la abolición del trabajo forzoso (1957) y, el 22 de marzo de 2005, procedió a ratificar el Convenio sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación, también de la OIT.

103. La Agencia de Migración redactó y presentó al Gobierno el Proyecto de Ley de Regularización de la emigración exterior por motivos de trabajo, en el cual, y como un importante instrumento para la influencia del Estado en la actividad de empresas y organizaciones dedicadas a la contratación y reclutamiento de personas para el trabajo en el extranjero, se establece la adquisición de licencias para la realización de esta actividad. Asimismo, se hacen esfuerzos para alcanzar acuerdos bilaterales con los gobiernos de los países receptores de mano de obra armenia.

104. El artículo 14 de la Ley de Empleo y de Protección Social de la Población en Situación de Desempleo trata de la emigración de trabajadores. De acuerdo con este artículo, el Estado garantizará la puesta en práctica de una política única de regularización de la emigración interior y exterior por motivos de trabajo, que contemple la firma de acuerdos internacionales para la organización de ofertas laborales en el extranjero, la defensa de los derechos laborales de los emigrantes y el derecho de advertir a los ciudadanos del país sobre la improcedencia de viajar en busca de trabajo a un Estado u otro por las causas que sean.

105. El Servicio estatal de empleo goza de amplios poderes: desde el derecho a recibir información de los empresarios nacionales y extranjeros sobre puestos de trabajo vacantes, hasta la realización de propuestas sobre profesiones demandadas en centros especializados de enseñanza media y en centros de enseñanza superior, en función del control del mercado de trabajo y las subsiguientes previsiones. Entre estos poderes se incluye la realización de programas orientados hacia la regularización de la migración interior y exterior de mano de obra.

106. Dentro de una serie de innovaciones institucionales (a la par que las inspecciones de trabajo a cargo del Estado), se encuentra la creación en las distintas regiones de oficinas para la defensa de los derechos de la mujer y del niño. Por resolución del Gobierno, y con rango de viceministros y subdirectores de las distintas regiones, fueron designados unos responsables del cumplimiento de los documentos programáticos (Programa para mejorar la situación de la mujer y realzar su papel en la sociedad y Programa estratégico para la defensa de los derechos del niño). Los programas, de carácter nacional e internacional, a corto y largo plazo, se llevan a cabo conjuntamente con las reformas legislativas, que garantizan su viabilidad.

“ Artículo 7

Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política y pública del país y, en particular, garantizarán a las mujeres, en igualdad de condiciones con los hombres, el derecho a:

a) Votar en todas las elecciones y referéndums públicos y ser elegibles para todos los organismos cuyos miembros sean objeto de elecciones públicas;

b) Participar en la formulación de las políticas gubernamentales y en la ejecución de éstas, y ocupar cargos públicos y ejercer todas las funciones públicas en todos los planos gubernamentales;

c) Participar en organizaciones y asociaciones no gubernamentales que se ocupen de la vida pública y política del país ”.

107. Legalmente, las mujeres armenias disfrutan de los mismos derechos políticos que los hombres.

108. Sin embargo, en la práctica, pese a un cierto progreso, aún se observa una insuficiente representación de las mujeres en la toma de decisiones. Así tan sólo 12 de los 131 diputados de la Asamblea Nacional son mujeres, de las cuales sólo 3 ostentan altos cargos. Una de ellas es la Vicepresidenta de la Asamblea Nacional, mientras las otras dos son, respectivamente, la Presidenta y Vicepresidenta de la Comisión Parlamentaria Permanente. En el Gobierno de la República de Armenia sólo hay una mujer desempeñando un puesto de ministro, mientras que otras dos ocupan cargos de viceministro. Las mujeres también están insuficientemente representadas en los organismos autónomos territoriales y en los órganos de administración local. Sólo uno de los diez marzpets (gobernadores) provinciales del país es mujer.

109. El Código Electoral de la República de Armenia establece para las mujeres, que son elegidas por medio de listas proporcionales, una cuota del 15%, en lugar del 5% que existía anteriormente. Además en las listas, de cada diez candidatos, uno como mínimo deberá ser mujer.

110. La representación más equilibrada entre hombres y mujeres se da en el nivel intermedio de gestión. Se observa una superioridad numérica femenina en las esferas social, educativa, sanitaria, cultural y de servicios. Las mujeres son especialmente activas en el sector no gubernamental, donde su papel en la creación de una sociedad civil y democrática y civil es mayor cada día.

111. En noviembre de 2002 entró en vigor la Ley de la Función Pública de la República de Armenia, que regula los aspectos relativos a los principios básicos de la función pública en la República de Armenia, incluidos la situación jurídica de los funcionarios públicos.

112. La Ley establece el derecho de cualquier ciudadano del país a ocupar una plaza en la función pública con independencia de su sexo (artículo 11); determina los mecanismos de amparo que existen en relación con los plazos de tramitación de informes para aquellos funcionarios que se encuentren situación de baja por embarazo o por tener a niños de hasta tres años de edad a su cargo (artículo 19); prohíbe el cese del funcionario del cargo que ocupe, en situaciones de reducción de plantilla, por faltar al trabajo durante un período prolongado de tiempo o por embarazo o cuidado de un hijo hasta los tres años de edad (enmienda al artículo 33) o establece la igualdad de salarios por la realización de trabajos equivalentes, sin discriminación de ningún tipo (artículo 29).

113. La República de Armenia ratificó la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos Políticos de la Mujer. La adhesión a dicha Convención aparecía referida en el Listado de medidas para el cumplimiento del Programa Nacional para mejorar la situación de la mujer y realzar su papel en la sociedad en el período comprendido entre 2004 y 2010 en la República de Armenia.

“ Artículo 8

Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para garantizar a la mujer, en igualdad de condiciones con el hombre y sin discriminación alguna, la oportunidad de representar a su gobierno en el plano internacional y de participar en la labor de las organizaciones internacionales. ”

114. El 24 de octubre de 2001 fue aprobada la Ley del Servicio Diplomático de la República de Armenia, la cual “regula todos los aspectos relativos a los principios de organización del Servicio Diplomático de la República de Armenia, su dirección, el ingreso y el cese en este servicio, la promoción en la carrera diplomática, la consecución de rangos diplomáticos, la situación jurídica de las personas que pertenezcan al Servicio Diplomático, las garantías sociales para estas personas y los miembros de sus familias durante el tiempo que dure el Servicio Diplomático y una vez finalizado éste, la financiación del Servicio Diplomático, además de otros aspectos relacionados con este Servicio” (Artículo 1 de la Ley).

115. De acuerdo con el artículo 6 de dicha Ley:

“El Servicio Diplomático de la República de Armenia se regula por la Constitución de la República de Armenia, la legislación vigente, los acuerdos internacionales y otros documentos jurídicos de la República de Armenia; las cuestiones de índole laboral de los diplomáticos se rigen por la legislación laboral de la República de Armenia, si la legislación que articula el Servicio Diplomático no establece otras particularidades que regulen estas cuestiones; si los acuerdos internacionales suscritos por la República de Armenia establecieran normas diferentes a las estipuladas por la presente Ley, prevalecerán las normas que emanen de los acuerdos internacionales”.

116. La Ley del Servicio Diplomático define el Servicio Diplomático como una actividad profesional y no incluye ni un solo cargo cuyo desempeño se vea restringido por razón de sexo. La limitación del derecho de ingreso en el Servicio Diplomático afectará tan sólo a aquellas personas que:

- por vía judicial hayan sido declaradas personas incapacitadas o con capacidad limitada;

- por vía judicial hayan sido privadas de su derecho a desempeñar un determinado cargo.

- sufran una enfermedad que pueda suponer un obstáculo para el cumplimiento de sus obligaciones profesionales y el ejercicio de las funciones que tengan encomendadas. El listado donde se relacionen todas estas enfermedades deberá ser aprobado por Gobierno de la República de Armenia (artículo 25 de la Ley).

117. Para la cobertura de plazas vacantes en el Servicio Diplomático se convocarán oposiciones y concursos de acceso libre o promoción interna, cuya forma de realización establecerá el Gobierno de la República de Armenia (artículo 26). En los casos previstos por la Ley, el nombramiento para puestos del Servicio Diplomático podrá realizarse sin necesidad de cualquier convocatoria pública.

118. A fin de determinar la correspondencia de un diplomático con el puesto que ocupa y garantizar la promoción de rango en la carrera diplomática, una vez cada tres años se llevarán a cabo valoraciones técnicas en base a un procedimiento que será establecido por el Gobierno de la República de Armenia.

119. La Ley establece también los derechos y obligaciones del diplomático, que aparecen fijados en el artículo 44 de la Ley. En este mismo artículo se dice:

Se prohíbe que los diplomáticos trabajen con personas con las que les unan estrechos lazos de parentesco o afinidad (padres, cónyuges, hijos, hermanos), si el trabajo a realizar implica una subordinación directa o estar bajo el control de la otra persona”.

120. Un artículo concreto de la Ley (artículo 47) establece los derechos del esposo o esposa del diplomático, destinado a un país extranjero. En particular, en este artículo se declara lo siguiente:

“1. El esposo o esposa del diplomático, destinado a un organismo activo del Servicio Diplomático radicado en un país extranjero, a su regreso del Estado extranjero se reincorporará a su trabajo en la administración estatal, ocupando un cargo cuya remuneración no será inferior a aquélla que él o ella recibiera antes de su partida a dicho Estado extranjero, siempre que por ley no se establezca otra cosa.

2. El período de tiempo que el cónyuge con su esposo o esposa, destinado/a en un organismo activo del Servicio Diplomático radicado en un país extranjero será computado por el régimen de la Seguridad Social y percibirá un salario en la forma que establezca el Gobierno de la República de Armenia.

3. La esposa o esposo del diplomático tendrá derecho a trabajar en el país en donde ejerza su cargo su consorte, si esta posibilidad estuviera establecida en los acuerdos internacionales firmados por la República de Armenia o permitida por los reglamentos estatales internos”.

121. Actualmente trabajan en la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Armenia 192 hombres y 86 mujeres.

122. En el aparato central del Ministerio de Relaciones Exteriores trabajan 75 hombres y 67 mujeres, mientras que en las representaciones diplomáticas en el extranjero lo hacen 117 hombres y 19 mujeres. A resultas del actual sistema de rotación, implantado por el artículo 32 de la Ley del Servicio Diplomático, estas cifras están sometidas a un cambio continuo. En las representaciones diplomáticas de Armenia en el extranjero, las mujeres están representadas en todos los niveles del servicio diplomático, aunque en el momento de redactar este informe sólo una mujer ocupaba un cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario.

“ Artículo 9

1. Los Estados Partes otorgarán a las mujeres iguales derechos que a los hombres para adquirir, cambiar o conservar su nacionalidad. Garantizarán, en particular, que ni el matrimonio con un extranjero ni el cambio de nacionalidad del marido durante el matrimonio cambien automáticamente la nacionalidad de la esposa, la conviertan en apátrida o la obliguen a adoptar la nacionalidad del cónyuge.

2. Los Estados Partes otorgarán a la mujer los mismos derechos que al hombre con respecto a la nacionalidad de sus hijos ”.

123. De acuerdo con el artículo 30.1 de la Constitución, todo niño que sea hijo de ciudadanos de la República de Armenia ostentará la condición de ciudadano de la República de Armenia. Todo niño que tenga como uno de sus progenitores a un ciudadano de la República de Armenia tendrá derecho a adquirir la nacionalidad armenia. La forma de adquisición y pérdida de la nacionalidad armenia será establecida por ley.

124. Según establece el artículo 6 de la Ley sobre la Ciudadanía de la República de Armenia, el matrimonio de un ciudadano o ciudadana de la República de Armenia con un ciudadano o ciudadana de otro país no implicará per se cambio de nacionalidad. El cambio de nacionalidad por uno de los cónyuges tampoco implicará per se el cambio de nacionalidad del otro cónyuge (párrafo 1).

125. El artículo 11 de la Ley sobre la Ciudadanía de la República de Armenia reza así:

“Todo niño cuyos padres, en el momento de su nacimiento, sean ciudadanos de la República de Armenia, con independencia de su lugar de nacimiento, adquirirá la nacionalidad armenia.

Todo niño que, en el momento de su nacimiento, tenga por progenitores a un ciudadano de la República de Armenia y a otra persona cuya nacionalidad se desconozca u ostente la condición de apátrida, adquirirá la nacionalidad armenia.

En el supuesto de que, en el momento de nacimiento del niño, uno de los padres ostentara la nacionalidad armenia y el otro progenitor la de cualquier otro Estado, la nacionalidad del niño quedará establecida mediante acuerdo por escrito de los padres.

En caso de no existir este acuerdo, el niño adquirirá la nacionalidad armenia si hubiera nacido en la República de Armenia, si, en el supuesto de no obtener la nacionalidad, se convirtiese en apátrida o si sus progenitores residieran de manera permanente en la República de Armenia (párrafo 2).”.

126. La República de Armenia se adhirió en 1994 a la Convención de las Naciones Unidas sobre la Nacionalidad de la Mujer Casada.

“ Artículo 10

Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer, a fin de asegurarle la igualdad de derechos con el hombre en la esfera de la educación y en particular para asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres:

a) Las mismas condiciones de orientación en materia de carreras y capacitación profesional, acceso a los estudios y obtención de diplomas en las instituciones de enseñanza de todas las categorías, tanto en zonas rurales como urbanas; esta igualdad deberá asegurarse en la enseñanza preescolar, general, técnica, profesional y técnica superior, así como en todos los tipos de capacitación profesional;

b) Acceso a los mismos programas de estudios, a los mismos exámenes, a personal docente del mismo nivel profesional y a locales y equipos escolares de la misma calidad;

c) La eliminación de todo concepto estereotipado de los papeles masculino y femenino en todos los niveles y en todas las formas de enseñanza, mediante el estímulo de la educación mixta de otros tipos de educación que contribuyan a lograr este objetivo y, en particular, mediante la modificación de los libros y programas escolares y la adaptación de los métodos de enseñanza;

d) Las mismas oportunidades para la obtención de becas y otras subvenciones para cursar estudios;

e) Las mismas oportunidades de acceso a los programas de educación permanente, incluidos los programas de alfabetización funcional y de adultos, en particular con miras a reducir lo antes posible toda diferencia de conocimientos que exista entre hombres y mujeres;

f) La reducción de la tasa de abandono femenino de los estudios y la organización de programas para aquellas jóvenes y mujeres que hayan dejado los estudios prematuramente;

g) Las mismas oportunidades para participar activamente en el deporte y la educación física;

h) El acceso al material informativo específico que contribuya a asegurar la salud y el bienestar de la familia, incluida la información y el asesoramiento sobre planificación de la familia ”.

127. La República de Armenia garantiza el derecho a la enseñanza con independencia de la nacionalidad, raza, sexo, lengua, religión, ideas políticas o de otro tipo, origen social, condición u otras circunstancias.

De acuerdo con el artículo 39 de la Constitución:

“Toda persona tendrá derecho a la enseñanza.

La educación general básica tendrá carácter obligatorio, excepto en casos previstos por la ley. La enseñanza obligatoria podrá ampliarse por ley hasta un nivel superior al básico.

La enseñanza secundaria en los centros públicos de enseñanza será de carácter gratuito.

Se establecerá por ley el principio de autonomía de los centros de enseñanza superior.

Se fijará por ley el orden de creación y de actividad de los centros de enseñanza”.

“Todo ciudadano tendrá derecho a recibir educación gratuita en las instituciones estatales de enseñanza superior y demás instituciones de enseñanza especializada en régimen de concurso en la forma que determinen las leyes. El Estado, en los casos y en la forma que prevean las leyes, prestará ayuda financiera y de otro tipo a los centros de enseñanza superior y otros centros que realicen programas especiales de enseñanza, así como a sus alumnos”.

128. En 1999, la Asamblea Nacional de la República de Armenia aprobó la Ley de la Educación de la República de Armenia, contribuyendo de esta forma al desarrollo del sistema educativo. En esta ley también se garantiza la igualdad entre ho m bres y mujeres.

129. En 2001 fue aprobado el Programa nacional para el desarrollo de la enseñanza en el período comprendido entre 2001 y 2005, cuyo objetivo es el de crear las condiciones necesarias para el desarrollo de la enseñanza y la consecución de un desarrollo social y económico.

130. En 2003 el Gobierno de la República de Armenia aprobó el Programa estratégico orientado a eliminar la pobreza, siendo una de sus principales líneas de actuación garantizar la calidad de la enseñanza y el acceso a todos los niveles de ésta.

131. En 2004 fue aprobada la Ley de enseñanza superior y de postgrado de la República de Armenia. En dicha ley se consolidan principios de la política estatal en el ámbito de la educación superior, tales como el acceso a la enseñanza de acuerdo con los criterios de capacidad, competitividad, transparencia, etc. La Ley establece también la libertad académica de los estudiantes, así como del personal docente e investigador. En particular, los estudiantes tienen derecho a elegir su especialidad, escuela superior y forma de enseñanza, así como a tomar parte mediante sus órganos electivos en el examen de todas aquellas cuestiones que guardan relación con la actividad de la universidad.

132. Desde 2003, y a fin de garantizar el acceso a la enseñanza preescolar y la preparación de los niños para la enseñanza en la escuela, en todas las regiones de Armenia se organizan cursos de corta duración para niños de 6 años de edad que no están matriculados en el sistema de enseñanza preescolar. Para estos alumnos se han publicado cuadernos de trabajo y libros de texto.

133. A la hora de poner en práctica las reformas en el área de la educación básica, se ha concedido una especial atención al programa de créditos Reformas en la gestión y financiación de la enseñanza, financiado mediante créditos del Banco Mundial. En el marco de este programa se ha resuelto por completo el problema de la publicación y entrega de libros de texto a los estudiantes. Se ha implantado un sistema de arrendamiento de libros de texto, cuya finalidad es la de facilitar manuales de educación básica, homologados por el Ministerio de Educación y Ciencia de la República de Armenia. Al mismo tiempo se ha creado un Fondo de rotación de libros de texto que garantiza la publicación de manuales según las necesidades de la escuela. Como resultado de este programa, un 10% de los alumnos (pertenecientes a familias con pocos recursos) recibe sus libros de texto de forma gratuita.

134. A día de hoy, la política adoptada para el desarrollo del sistema de enseñanza en Armenia guarda relación con las tendencias actuales de la comunidad internacional en materia de enseñanza. Armenia lleva a cabo una política de integración en el sistema internacional de enseñanza que tiene como objetivo lograr la correspondencia entre la estructura y el contenido de la enseñanza por un lado, y las exigencias de una sociedad democrática y la situación del mercado por el otro. Con este objetivo se concede una especial importancia a la cooperación internacional en el ámbito de la enseñanza a todos sus niveles.

135. Con la finalidad de reformar el sistema de enseñanza preescolar y con la ayuda de una serie de organizaciones internacionales, se están llevando a cabo diversos programas para el desarrollo de este área educativa y, en particular, los siguientes: “Educación preescolar, tutela y desarrollo”, “Educación de los padres”, “Paso a paso” y “Desarrollo de una enseñanza infantil no excluyente”. En el marco de estos programas, llevados a cabo con el apoyo de UNICEF, “World Vision International” y la fundación de carácter benéfico “Paso a Paso”, se han impartido cursos de reciclaje para maestros de centros de enseñanza preescolar, padres y representantes de asociaciones, además de elaborarse los materiales metodológicos necesarios para su realización.

136. En particular, el programa “Educación de los padres” tiene como objetivo la adquisición de unos conocimientos teóricos y prácticos imprescindibles por parte de los padres y representantes legales de los alumnos, así como una mayor implicación de padres y alumnos en la esfera de la enseñanza preescolar mediante la implantación de servicios alternativos. El programa presta un apoyo sistemático especialmente a aquellos alumnos que no asisten a centros de enseñanza preescolar, con el fin de lograr una correcta organización del proceso educativo en el seno familiar.

137. En las escuelas de enseñanza general de Armenia continúa impartiéndose el curso “Educación para la ciudadanía”, que comprende tres materias: “Derechos humanos” (octavo curso), “Educación para la ciudadanía” (noveno curso) y “Estado y Derecho” (décimo curso). Los profesores de los centros educativos han recibido cursos de perfeccionamiento. El principal objetivo de estas materias lo constituye la educación del niño en el respeto hacia los principios democráticos.

138. En las escuelas de enseñanza general (desde primero hasta séptimo curso) continúa impartiéndose con buenos resultados la asignatura “Conocimientos prácticos de la vida”, que se realiza con el apoyo del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF). Esta asignatura comprende materias tales como “Objetivos de género”, “Hogar y familia”, “Discriminación” y “Derechos y obligaciones”, que tienen como objetivo informar acerca de las cuestiones de género. Para un futuro próximo, se prevé la elaboración de los materiales programáticos imprescindibles para la enseñanza de estas materias en octavo y noveno curso. El programa incluirá cuestiones relacionadas con la orientación laboral, un estilo sano de vida, la ecología y el control del estrés, entre otras. Se prevé también la implantación gradual de estas materias en la totalidad de las escuelas de Armenia. Ya se ha concluido la elaboración del curso titulado “Estilo de vida sano”, que se impartirá en 30 escuelas de la República de Armenia. El programa también contempla cursos sobre cuestiones de género, igualdad de derechos para las mujeres y erradicación de la violencia de género.

139. Para la implantación de nuevos métodos de enseñanza de forma paralela a este curso, se prevé la utilización de una selección de materiales para niños de distintas edades, así como la publicación de libros sobre educación sexual.

140. Entre las asignaturas optativas que se ofrecen en 50 colegios, figura la que lleva el título de “Preparación básica para la vida familiar”. La asignatura “Fundamentos de educación sexual” ha sido incluida en los planes de estudio de 20 c o legios.

141. En algunos centros de enseñanza superior se imparte la asignatura “Fundamentos de ética”, gracias a la cual los estudiantes reciben conocimientos de ética en la relación entre ambos sexos.

142. También se están elaborando la metodología y los materiales didácticos necesarios para lograr un cambio de estereotipos y de relación entre ambos sexos.

143. En el marco del Programa nacional, se prevén también unos cursos especiales sobre cuestiones de género dirigidos a personas de la vida pública y política, así como a funcionarios públicos. El plan establece igualmente la introducción de cuestiones de género en los libros de texto y planes de estudio. En los manuales escolares de los últimos cursos se incluirán materiales sobre los derechos de la mujer y los problemas de género.

144. A fin de garantizar la protección social y la igualdad de género en el cuerpo magisterial, desde 2005 y con cargo al Presupuesto del Estado, se viene aumentando el salario correspondiente al cuerpo de maestros, que en la actualidad es sup e rior al salario medio del país en un 20%. Para antes de 2009 hay previsto un nuevo aumento de retribuciones, dentro naturalmente de las posibilidades del presupuesto estatal de Armenia.

145. En el marco del programa piloto de reforma de la enseñanza secundaria, se ha procedido a una reducción del número de profesores, así como a la unificación de escuelas con poco alumnado. El Ministerio de Educación y Ciencia, junto con el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de la República de Armenia, lleva a cabo un programa de ayuda para aquellos docentes que han perdido su empleo. Dentro del programa “Optimización de la plantilla de los centros escolares y apoyo social” estos profesionales de la enseñanza reciben unas compensaciones suplementarias, se organizan cursos de formación profesional y se pone a su disposición un servicio de atención psicológica. En 2005 se incorporaron a este programa 1.460 profesores, de los cuales el 90% son mujeres.

146. En los últimos años ha disminuido notablemente el volumen de trabajos científico-técnicos realizados. También se ha reducido la financiación estatal en el campo de la ciencia. Si en 1991 esta financiación ascendía a un 0,3% del PIB, en 2003 y 2005 fue sólo de un 0,2%. En el ámbito de la enseñanza de postgrado es mayor el número de hombres.

147. A fin de lograr un avance en el campo de la ciencia y atraer a personal joven hacia la actividad científica, se ha elaborado un programa de reformas en este ámbito. En 2005, el salario del personal científico e investigador creció en un 37,5%.

148. Continúan vigentes los programas para la integración social de los refugiados que residen en Armenia. Desde 1997, la Agencia de migración del Ministerio de Dirección Territorial y el Ministerio de Educación y Ciencia, en cooperación con los ayuntamientos y dentro del programa “Cursos de lengua armenia para extranjeros”, está llevando a cabo unos programas especiales de enseñanza, a fin de que estos emigrados puedan conseguir un dominio libre de la lengua armenia y un buen conocimiento de la historia, cultura, ritos y tradiciones de Armenia.

149. En 2005 el gasto en educación supuso el 14,6% del presupuesto estatal o un 2,74% del PIB, lo que representa tan sólo la mitad de la media internacional (4,7%). A efectos comparativos diremos, que en 1991 y 2000 este índice ascendió al 7,2% y 2% respectivamente.

150. En 2005, el 84,5% del gasto en educación se destinó a la enseñanza secundaria no especializada. El dinero público destinado a financiar la enseñanza superior y la formación profesional de postgrado supuso el 7,5% de la suma total del presupuesto estatal para educación, mientras que la formación profesional de grado medio recibió un 2,6% y la formación profesional básica un 1,2%. La cantidad destinada a la financiación estatal de la enseñanza extraescolar y complementaria supuso un 3% y un 1,2% respectivamente.

151. Desde 1996 los centros de enseñanza preescolar y una parte de los centros de enseñanza extraescolar han sido transferidos a organismos autónomos locales y, en la actualidad, su financiación corre a cargo del presupuesto de estas comunidades. Los centros de enseñanza privados no reciben financiación estatal.

152. Un análisis de los datos estadísticos muestra que en Armenia no existe discriminación alguna por razón de sexo entre los estudiantes en ninguno de los niveles de enseñanza. Este problema, planteado en el marco del tercer objetivo de desarrollo del Milenio, proclamado por las Naciones Unidas (garantizar la igualdad entre ambos sexos y la ampliación de los derechos de la mujer) y que incluye el cese de la discriminación por razón de sexo en el ámbito de la enseñanza (concretamente en el campo de la educación primaria y secundaria para antes de 2005 y, en el mundo de la formación profesional, para antes de 2015), está totalmente solucionado en A r menia.

153. En Armenia, la tradición de escolarizar por igual a niños y niñas en la educación primaria se inició ya en el siglo XIX.

154. En 2005, en la enseñanza primaria (cursos primero a tercero), el índice medio nacional de escolarización de niños de 7 a 9 años fue de un 91,8%, mientras que en la enseñanza básica (cursos primero a octavo) alcanzó un 92,1%. En la enseñanza secundaria no especializada (cursos primero a décimo) el índice medio nacional de escolarización de alumnos fue del 89,2%. La Ley de Educación de la República de Armenia establece que la enseñanza secundaria, que incluye la enseñanza primaria y básica, es obligatoria. Conviene señalar que en Armenia, de acuerdo con los datos estadísticos, el nivel de alfabetización o instrucción de la población es del 99,8%.

155. En 2005, el índice de escolarización en centros de enseñanza preescolar fue del 21,5% (considerando el número total de niños y niñas con edades comprendidas entre 1 y 6 años), suponiendo las niñas un 50,6% del total de infantes escolarizados.

156. En el campo de la educación general básica (cursos primero a octavo), se observó prácticamente la misma proporción de alumnos que de alumnas (51,5% y 48,5% respectivamente). Esta diferencia tan poco significativa se explica fundamentalmente por factores demográficos. Sin embargo, en los últimos años esta proporción se ha invertido en los institutos de enseñanza secundaria a favor de las mujeres. Así por ejemplo, en el curso académico 2005/2006, el porcentaje de mujeres que cursaba estudios de enseñanza secundaria representaba el 51,6% del total de alumnos matriculados.

157. En el campo de la formación profesional también es superior el número de mujeres. En el curso académico 2005/2006, esa diferencia era perceptible en los centros de formación profesional de grado medio, donde la proporción de mujeres alcanzaba 66,4% del total de alumnos matriculados. En concreto, en los últimos cinco años se viene observando una tendencia al incremento del número de alumnas, tanto en el régimen de enseñanza gratuita como en la no gratuita.

158. En los centros públicos de enseñanza superior la proporción de alumnas es del 51,5%, siendo elevada también la matriculación de alumnado femenino en los centros privados.

159. Durante el curso académico 2005/2006, en los centros públicos de enseñanza superior del país, el porcentaje total de mujeres estudiantes fue del 51,5%, mientras que en los centros privados alcanzó el 64,7%. En los centros públicos de enseñanza superior, un 44,8% de los estudiantes que disfrutaban del régimen de gratuidad eran mujeres, mientras que el porcentaje era del 54% entre los estudiantes que no disfrutaban de ese régimen.

160. En los centros de enseñanza superior, las mujeres son mayoría en las especialidades de Economía, Derecho, Ciencias de la Salud, Pedagogía y Arte.

161. En el sistema de enseñanza postuniversitaria, la situación se invierte. En los estudios de postgrado los hombres representaban un 63,2% de la cifra total de estudiantes, mientras que en los cursos de maestría el número de mujeres superaba al de los hombres, siendo un 58,6% del total. En los estudios de doctorado el 29,4% de los alumnos eran mujeres.

162. En el marco de los acuerdos interestatales sobre políticas de juventud, se ofreció la posibilidad de realizar estudios en el extranjero. El porcentaje de alumnas que estudiaba en centros de enseñanza superior del extranjero, era del 30% respe c to del total.

163. En lo que se refiere al cuerpo docente, cabe hacer las siguientes observaciones: en los centros de enseñanza preescolar trabajan sobre todo mujeres, mientras que en las escuelas de enseñanza general la proporción de profesoras es de un 83,7%.

164. Se observa también un crecimiento comparativo del número de mujeres que ocupan puestos de dirección dentro del sistema de enseñanza. Así por ejemplo, en 2003, el 37,8% de los directores de escuela de enseñanza general eran mujeres, en 2004 eran el 39,4% y en 2005 el 39,8%.

165. En los centros estatales de formación profesional de grado medio, el porcentaje de profesoras suponía un 76,7% del total, mientras que en los centros de ens e ñanza superior era del 45,3%.

166. En el ámbito de la investigación científica, el porcentaje de mujeres era del 46,6%, siendo del 17,1% y del 42,3% en el total de doctores y candidatos a doctor, respectivamente.

167. Los índices anteriormente mencionados muestran que, en el área de la enseñanza, el cuerpo docente está distribuido desigualmente entre hombres y mujeres. En el ámbito de la enseñanza general se perfila una tendencia a la feminización (un 84% de los profesores son mujeres).

168. Por un lado, el predominio de la mujer en la esfera de la enseñanza tiene carácter tradicional. Pero por otro lado, está causado también por determinados factores socioeconómicos. Desde el comienzo de la década de 1990 (que fue una época marcada por un fuerte empeoramiento en las condiciones socioeconómicas del país) hasta la actualidad, a causa de los bajos salarios y la escasa protección social, se viene observando una disminución de personal cualificado en el sector de la enseñanza, ya que muchos profesores hombres optan por abandonar la docencia.

169. En conjunto, cabe señalar que el principal cometido del Estado en el campo de la enseñanza es garantizar una educación de calidad, así como el acceso a todos los niveles de la misma, ya que la educación constituye uno de los elementos clave para el desarrollo socioeconómico y la reducción de la pobreza.

Número de alumnos matriculados en centros públicos de enseñanza preescolar

Año:

2002

2003

2004

2005

Centros de enseñanza preescolar

681

682

637

623

Alumnas

22,488 (50 , 1%)

23,247 (50 , 4%)

22,618 (49 , 7%)

24,186 (50 , 6%)

Alumnos

22,361 (49 , 9%)

22,894 (49 , 6%)

22,852 (50 , 3%)

23,605 (49 , 4%)

Composición del profesorado en los centros públicos de enseñanza preescolar

Año

2002

2003

2004

2005

Total de docentes

5 397

5 333

4 920

5 060

Profesoras

5 394 (99,9%)

5 329 (99,9%)

4 912 (99,8%)

5 055 (99,9%)

Alumnos matriculados en escuelas públicas de enseñanza general

Año

2002

2003

2004

2005

Escuelas de enseñanza general

1 481

1 439

1 400

1 427

Total de alumnos

520 579

498 450

481 184

471 316

Alumnas

258 653 (49,7%)

246 118 (49,4%)

237 183 (49,3%)

231 747 (49,2%)

Total de alumnos de primer a octavo curso

424 372

402 957

385 249

369 802

Alumnas de primer a octavo curso

208.029 (49%)

196.171 (48,6%)

187.291 (48,6%)

179.306 (48,5%)

Total de alumnos de noveno y décimo curso

96 207

95 493

95 935

101 514

Alumnas de noveno y décimo curso

50 624 (52,6 % )

49 947 (52,3%)

49 892 (52%)

52 441 (51,6%)

Composición del profesorado en las escuelas públicas de enseñanza general

Año

2002

2003

2004

2005

Total de docentes

54 276

45 967

44 097

41 721

Profesoras

45 245 (83,4%)

38 451 (83,6%)

36 827 (83,5%)

34 908 (83,7%)

Alumnos matriculados en centros públicos de formación profesional de grado medio

Año

2002

2003

2004

2005

Centros de formación profesional de grado medio/Filiales

77/5

81

81

83

Total de alumnos

27 584

28 636

27 805

27 837

Alumnas

18 475 (66,9%)

19 784 (69%)

18 882 (67,5%)

18 497 (66,4%)

Total de alumnos en régimen de gratuidad

6 194

5 689

6 200

6 680

Alumnas en régimen de gratu i dad

4 287 (69,2%)

4 331 (76,1%)

4 531 (73%)

4 447 (66,6%)

Total de alumnos que no disfrutan del régimen de gratuidad

21 390

22 947

21 605

21 157

Alumnas que no disfrutan del régimen de gratuidad

14 188 (66,3%)

15 453 (67,3%)

14 351 (66,4%)

14 050 (66,4%)

Composición del profesorado en los centros públicos de formaciónprofesional de grado medio

Año

2002

2003

2004

2005

Total de docentes

4 157

4 217

3 888

3 741

Profesoras

3 044 (73,2%)

3 149 (74,6%)

2 987 (76,8%)

2 871 (76,7%)

Alumnos matriculados en centros públicos de enseñanza superior

Año

2002

2003

2004

2005

Centros de enseñanza superior/Filiales

20/10

20/10

20/10

22/11

Total de alumnos

54 064

55 928

62 499

73 716

Alumnas

26 872 (49,7%)

28 781 (51,46%)

32 636 (52,2%)

38 007 (51,5%)

Total de alumnos en régimen de gratuidad

18 726

19 189

19 708

19 869

Alumnas en régimen de gratuidad

8 669 (46,3%)

8 822 (46%)

8 894 (45,1%)

8 912 (44,8%)

Total de alumnos que no disfrutan del régimen de gratuidad

35 338

36 739

42 791

53 847

Alumnas que no disfrutan del régimen de gratuidad

18 203 (51,5%)

19 959 (54,3%)

23 742 (55,6%)

29 095 (54%)

Proporción de alumnas con respecto al total de estudiantes matriculadosen centros públicos de enseñanza superior (por especialidad)

Año

2002

2003

2004

2005

Total de alumnos matriculados en Economía

12 573

13 610

15 821

9 491

Alumnas matriculadas en Economía

4 954 (39,4%)

6 120 (44,9%)

7 800 (49,3%)

4 426 (46,6%)

Total de alumnos matriculados en Derecho

1 821

1 937

2 506

3 329

Alumnas matriculadas en Derecho

604 (33,16%)

678 (35%)

789 (31,5%)

1 157 (34,7%)

Total de alumnos matriculados en Ciencias de la Salud y del Deporte

4 301

4 387

5 326

5 335

Alumnas matriculadas en Ciencias de la Salud y del Deporte

1 469 (34,15%)

2 012 (45,8%)

3 331 (62,5%)

1 630 (30,5%)

Total de alumnos matriculados en Pedagogía

9 303

9 220

10 321

14 325

Alumnas matriculadas en Pedagogía

6 301 (67,7%)

6 201 (67,2%)

7 555 (73,2%)

13 401 (93,5%)

Total de alumnos matriculados en Arte y Cinematografía

2 504

2 303

2 503

4 145

Alumnas matriculadas en Arte y Cinematografía

1 295 (51,7%)

1 010 (43,8%)

1 698 (67,8%)

2 213 (53,4%)

Composición del personal docente en los centros públicos de enseñanza superior

Año

2002

2003

2004

2005

Total de personas que integran el cuerpo docente

8 495

8 975

9 390

9 763

Profesoras

3 906 (45,97%)

4 047 (45%)

4 280 (45,6%)

4 426 (45,3%)

Enseñanza de postgrado

Año

2002

2003

2004

2005

Total de alumnos matriculados en cursos de maestría

1 871

2 530

3 030

3 541

Alumnas matriculadas en cursos de maestría

972 (51,9%)

1 266 (50%)

1668 (55%)

2 077 (58,6%)

Total de alumnos matriculados en cursos de postgrado

1 292

1 377

1 490

1 528

Alumnas matriculadas en cursos de postgrado

443 (34,28%)

488 (35,43%)

542 (36,4%)

563 (36,8%)

Número total de doctorandos

28

28

30

34

Mujeres que ostentan la condición de doctorando

6 (21,42%)

8 (28,57%)

8 (26,6%)

10 (29,4%)

Centros de investigación científica y número de especialistas

Año

2002

2003

2004

2005

Centros de investigación científica

96

99

93

102

Número total de especialistas

6 737

6 277

6 685

6 892

Mujeres incluidas en el apartado anterior

3 065 (45,49%)

2 842 (45,27%)

2 961 (44,3%)

3 209 (46,6%)

Número total de doctores en ciencias

476

496

487

542

Mujeres que ostenten el título de doctor en ciencias

83 (17,43%)

87 (17,54%)

81 (16,6%)

93 (17,1%)

Número total de candidatos al título de doctor en ciencias

1 758

1 698

1 811

2 029

Mujeres candidatas al título de doctor en ciencias

688 (39,1%)

672 (39,57%)

734 (40,5%)

859 (42,3%)

Fuente: Comisión Estatal de Estadística.

“ Artículo 11

1. Los Estados Partes adoptarán las medidas adecuadas para eliminar cualquier discriminación contra la mujer en la esfera del empleo, para así garantizar a los hombres y a las mujeres, en condiciones de igualdad, los siguientes derechos:

a) el derecho al trabajo como derecho inalienable de todo ser humano;

b) el derecho a la igualdad de oportunidades en la contratación para cualquier empleo, incluida la aplicación de los mismos criterios de selección laboral;

c) el derecho a la libre elección de profesión o cualquier tipo de empleo, a la promoción en el trabajo, a la estabilidad en el empleo, así como al disfrute de todos los privilegios y condiciones del trabajo, el derecho a la formación y al reciclaje profesional, incluidos el aprendizaje, la formación profesional superior y el adiestramiento regular;

d) el derecho a igual remuneración, incluyendo la recepción de exenciones, a la igualdad de trato en relación a trabajos de igual consideración, así como a la igualdad de trato con respecto a la valoración de la calidad del trabajo;

e) el derecho a la seguridad social, en particular en casos de jubilación, desempleo, enfermedad, invalidez, vejez o en cualquier otro caso de pérdida de capacidad laboral, así como el derecho a vacaciones pagadas;

f) el derecho a la protección de la salud y a la seguridad en las condiciones de trabajo, incluyendo la salvaguardia de la función de reproducción.

2. A fin de impedir la discriminación contra la mujer por razones de matrimonio o maternidad y asegurar la efectividad de su derecho al trabajo, los Estados Partes tomarán las medidas adecuadas para:

a) prohibir, bajo pena de sanciones, el despido por motivo de embarazo o licencia por embarazo o maternidad o la discriminación en los despidos por cuestiones relativas al estado civil;

b) implantar la licencia de maternidad con goce de sueldo o prestaciones sociales comparables sin pérdida del empleo previo, la antigüedad o los beneficios sociales;

c) alentar la prestación de los servicios sociales suplementarios necesarios, a fin de permitir que los padres puedan compaginar las obligaciones familiares con las responsabilidades del trabajo y la participación en la vida pública, en particular mediante el fomento de la creación y desarrollo de una red de servicios destinados al cuidado de los niños;

d) prestar protección especial a la mujer durante el embarazo en aquellos tipos de trabajo, que se haya demostrado puedan resultar perjudiciales para su salud.

3. La legislación protectora, relacionada con la defensa de los derechos tratados en este artículo, será examinada periódicamente a la luz de los conocimientos científicos y tecnológicos y será revisada, derogada o ampliada en lo que corresponda ”.

170. Los derechos laborales de los ciudadanos de Armenia están amparados por la Constitución y las leyes de la República de Armenia. Desde 2005, el presupuesto nacional ha adoptado una orientación social.

171. De acuerdo con la Constitución de la República de Armenia, toda persona tendrá derecho a la libre elección de su trabajo, a la percepción de un salario justo y a unas condiciones seguras de trabajo, quedando obligado el Estado a la adopción de todas aquellas medidas que contribuyan a la creación de empleo y la mejora de las condiciones laborales.

172. Las cuestiones de protección social de los ciudadanos, en particular las relacionadas con pensiones y con diferentes prestaciones de carácter social, se regularán por el Código de Leyes Laborales, la Ley de pensiones del Estado (2003), la Ley de asistencia social, la Ley de prestaciones sociales y la Ley de empleo y de protección social en situaciones de desempleo. Se prestará especial atención al empleo entre la población joven. Por decreto del Gobierno, de fecha 14 de diciembre de 2006, fue creado el “Centro de orientación profesional de la juventud”, cuyo objetivo no es sólo contribuir a la orientación laboral e inserción de los jóvenes en el mundo laboral, sino también la puesta en práctica de medidas encaminadas a la mejora de su nivel de competitividad en el mercado de trabajo, la obtención de experiencia profesional, el estudio y análisis de la situación y las perspectivas del mercado laboral, etc.

173. En una serie de artículos del Código de Leyes Laborales se refuerza el derecho constitucional de los ciudadanos a la asistencia sanitaria y a unas condiciones adecuadas de seguridad y salubridad en su puesto de trabajo, incluyendo la conservación de su función reproductiva. El Gobierno ha aprobado una relación de profesiones y trabajos considerados perjudiciales o peligrosos para la salud.

174. La eficacia de estos artículos se vio reforzada por la Ley de Inspección Estatal de Trabajo y por un organismo creado en virtud de dicha ley –la Inspección de Trabajo-, a quien se le encarga el control del cumplimiento de las normas referidas (véase también el artículo 2 del presente informe). En particular, la Inspección cumple las siguientes funciones: la defensa de los derechos laborales de los trabajadores, el control de las condiciones de trabajo, el descubrimiento de trabajadores que no estén dados de alta o trabajen en situación irregular para un empresario, el estudio de situaciones de discriminación laboral por razón de sexo y la adopción de medidas para la defensa de los derechos de los trabajadores en caso de que éstos sean vulnerados. Este organismo también tiene derecho a examinar todas aquellas cuestiones relativas a la admisión o despido de un trabajador por motivos relacionados con su nacionalidad, sexo, creencias u otros indicios y no permitirá la contratación de mujeres para la realización de trabajos de carácter penoso.

175. El Instituto Nacional del Trabajo y Estudios Sociales, organismo del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, ofrece a organizaciones, empresarios y sindicatos un servicio de asesoramiento profesional para la organización del trabajo y de las retribuciones, facilitándoles la información correspondiente.

176. El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, la Unión de Empresarios e Industriales, la Confederación Sindical y la Organización Internacional del Trabajo firmaron en noviembre de 2004 el Programa de asistencia técnica y colaboración para el período comprendido entre 2004 y 2006. Entre las medidas incluidas en dicho programa se encuentran la incorporación de la problemática de género y el uso más efectivo posible de las negociaciones colectivas y los acuerdos, a fin de mejorar la situación de la mujer y la igualdad de género en las cuestiones laborales.

177. De acuerdo con lo exigido por el artículo 12 de la Ley de Asistencia Social, se ha elaborado un proyecto de Reglamento para la adjudicación temporal de viviendas a personas que se encuentren en una situación vital difícil. Por tales situaciones se entienden los casos de invalidez, desempleo de larga duración, conflictos familiares, casos de violencia, soledad, incapacidad, exclusión social, reciente salida de prisión y otras situaciones excepcionales. En el momento actual, el Proyecto ha sido presentado al Gobierno de Armenia para su estudio.

178. La Agencia Estatal de Empleo lleva a cabo programas que buscan una disminución del desempleo. En particular, habría que mencionar el programa de trabajos sociales remunerados, el cual, a fecha 1º de junio de 2006, contaba con un número de participantes femeninos que se aproximaban a la mitad del total (un 44%); los programas de formación laboral (el 57% de sus participantes son mujeres) y los subprogramas que se llevan a cabo en el marco del Programa para la optimización de los centros de enseñanza secundaria y de asistencia social. Asimismo están en fase de preparación varios proyectos destinados a grupos de población vulnerables y laboralmente no competitivos.

179. El Decreto Número 994-N del Gobierno de la República de Armenia, de fecha 8 de agosto de 2003, ratificó el Programa estratégico orientado a eliminar la pobreza, cuyo objetivo es lograr unas condiciones de vida óptimas para las personas más vulnerables y necesitadas de apoyo por parte de las instituciones públicas. En el momento actual, el Programa realiza una evaluación técnica sobre cuestiones de género, para lo cual ha sido creado un grupo de trabajo interministerial, en el que también participa el Instituto Nacional del Trabajo y Estudios Sociales, dependiente del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Según los resultados de esta evaluación tecnica sobre cuestiones de género, muchos componentes del programa se ejecutarán rigurosamente, teniendo en cuenta el principio de igualdad de género.

180. El Programa Nacional establece una serie de medidas dirigidas a mejorar la situación de la mujer en el ámbito del trabajo y el empleo. En concreto:

- la preparación y ejecución de programas que garanticen el empleo femenino en el marco de programas específicos que contribuyan a reducir el desempleo entre la población;

- la creación de mecanismos que garanticen una mejora continua en la capacitación profesional de las mujeres, con el objetivo de mejorar su nivel de competitividad en el mercado de trabajo y permitirles la conciliación de su vida laboral con la familiar;

- en el marco del Programa estratégico orientado a eliminar la pobreza, la ejecución de programas que busquen la reducción de la pobreza entre las mujeres (en particular, programas de microcréditos en condiciones ventajosas) y al mismo tiempo contribuyan al desarrollo de la pequeña y mediana empresa;

- la gestión de los recursos procedentes de organizaciones que realicen donaciones para el desarrollo de la pequeña empresa, mediante la organización de cursos de gestión empresarial dirigidos especialmente a mujeres;

- la realización de programas especiales, dirigidos al fomento de oficios artesanos y populares, que garanticen el empleo femenino.

181. Los programas anuales de apoyo a la pequeña y mediana empresa incluyen una amplia gama de medidas encaminadas a fomentar la actividad empresarial en Armenia. Estos programas incluyen tanto innovaciones técnicas, como la implantación de nuevas tecnologías, la defensa de la propiedad intelectual, el apoyo a la introducción en el mercado de mercancías producidas o servicios prestados por pequeñas y medianas empresas o servicios de información y asesoramiento, así como programas de prestación de ayuda financiera a pequeños y medianos negocios, en particular garantías crediticias y programas de ayuda financiera a nuevos empresarios.

182. Las líneas de actuación anteriormente indicadas están destinadas en su totalidad a mujeres empresarias. Es preciso señalar que la parte fundamental de las medidas previstas, dirigida precisamente a la prestación de ayudas a personas que dirijan o comiencen a gestionar un pequeño o mediano negocio, afecta también a mujeres empresarias.

183. Con la cooperación de organizaciones internacionales y extranjeras y en el marco de los programas para la prestación de ayudas estatales a la pequeña y mediana empresa, entre 2002 y 2006, dentro de las líneas de actuación anteriormente indicadas, se otorgaron ayudas a más de 16.000 pequeños y medianos negocios de nueva creación o ya creados, de los cuales cerca del 24% correspondía a empresas pertenecientes a mujeres.

184. Los resultados de los programas ejecutados muestran que las empresarias aprovechan de una forma más activa las garantías crediticias y los programas de formación, asesoramiento y de apoyo y orientación para la introducción en el mercado de las mercancías producidas o los servicios prestados por pequeñas y medianas empresas, además de tomar parte también de forma más activa en los programas de prestación de ayuda a las empresas de nueva creación, durante los cuales elaboran sus planes de negocios bajo la dirección de especialistas con experiencia y, valorando la viabilidad de dicho plan de negocios, comienzan a desarrollar su propio negocio. De 2004 a 2006 se prestó ayuda a 95 empresarias en el comienzo de su actividad empresarial, lo que significa más del 43,8% del total de empresarios que recibieron apoyo consultivo por este concepto. Al mismo tiempo, ocho de los participantes en el programa en 2006 recibieron ayuda financiera, de los cuales cuatro eran mujeres-empresarias.

185. Entre 2004 y 2006, dentro del programa de concesión de garantías crediticias a pequeñas y medianas empresas, más de 20 mujeres empresarias obtuvieron un aval crediticio por un importe total de 78 millones de drams, que garantizaba un paquete de crédito de 144 millones de drams, y que supuso el 13,8% del importe total de los avales concedidos.

186. En el mismo intervalo de tiempo y en el marco del programa de ayudas a la introducción en el mercado de mercancías producidas o servicios prestados por pequeñas y medianas empresas, fueron concedidas ayudas a 64 mujeres empresarias, suponiendo el 25% de las ayudas concedidas en esa línea de actuación.

187. En el marco de los programas de formación ya impartidos – “Principios de gestión empresarial”, “Conocimiento de mercado”, “Dirección financiera”, “Elaboración de balances financieros”, “Explicación de la legislación fiscal”, “Técnicas de venta” y “ Código de Leyes Laborales de la República de Armenia”-, así como de otras líneas de actuación, durante el período 2005-2006 se concedieron ayudas a 456 mujeres empresarias, por un importe que supuso el 56% del importe total de las ayudas concedidas en esa línea de actuación.

188. En el período 2002-2006, en el marco de los programas de información y asesoramiento, las ayudas concedidas a mujeres empresarias supusieron aproximadamente el 12% del total, porcentaje que en 2006 alcanzó el 12,4%.

189. En el marco de los programas de información y asesoramiento y dentro de la línea de actuación de obtención de recursos financieros, en 2006 se concedieron medios financieros por un valor de 72,6 millones de drams a 21 empresarios, 5 de los cuales eran mujeres.

“ Artículo 12

1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en el campo de la atención sanitaria, a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, el acceso a los servicios de atención médica, incluidos los que guardan relación con la planificación fam i liar.

2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo 1 del presente artículo, los Estados Partes garantizarán a la mujer la asistencia apropiada durante el embarazo, el parto y el período posterior al parto, proporcionando servicios gratuitos cuando fuera necesario, asegurándole también una nutrición adecuada durante el embarazo y la lactancia ".

190. El Gobierno de la República de Armenia continúa una política conducente a la igualdad en el acceso a los servicios de atención médica. De acuerdo con la Ley de Atención y Ayuda Médica a la Población de la República de Armenia, aprobada en 1996, se garantiza la igualdad de derechos de hombres y mujeres en el acceso a los servicios sanitarios.

191. La protección de la salud materna e infantil se considera una línea de actuación prioritaria en el ámbito de la sanidad pública y se encuentra bajo la protección directa del Estado, tal y como establece el Artículo 32 de la Constitución de la República de Armenia, según el cual “La familia constituye el núcleo fundamental de la sociedad. La familia, la maternidad y la infancia se encuentran bajo el amparo y la protección de la sociedad y del Estado”.

192. El Estado garantiza a todas las mujeres la atención médica gratuita durante el embarazo, el parto y el posparto, así como un servicio de atención primaria gratuita que, en el caso de mujeres sin recursos, incluye también el servicio de hospitalización. El importe para la financiación de estos programas aumenta de año en año.

193. En correspondencia con los compromisos que asumió Armenia con la firma de una serie de convenios y resoluciones internacionales en el área de la sanidad pública, el Ministerio de Sanidad, durante el período de gestión correspondiente, elaboró una serie de documentos que ya han entrado en vigor y entre los que se encuentran los siguientes:

- Ley de salud reproductiva y derechos reproductivos (aprobada por la Asamblea Nacional en 2002).

- Decreto del Gobierno de la República de Armenia de “Aprobación de la estrategia para la protección de la salud materna e infantil para el período 2003 – 2015” (aprobado en 2003).

- Decreto de “Aprobación del régimen y las condiciones para la cesión de gametos por donantes de óvulos o espermatozoides y también por ciudadanos que no ostenten dicha condición, así como para la conservación de los gametos y embriones cedidos” (aprobado en 2003).

- Decreto del Gobierno de la República de Armenia de “Aprobación del régimen y condiciones de la interrupción artificial del embarazo” (aprobado en 2004).

- En los Programas estatales de sanidad pública para 2004-2005 se incluyen revisiones preventivas gratuitas a las muchachas adolescentes a los 15 años de edad y chequeos médicos a mujeres de entre 30 y 60 años de edad para detectar posibles casos de cáncer de cuello de útero.

- Desde 2002 existe un representante del Ministerio de Sanidad en el Consejo Consultivo de la Mujer, órgano dependiente del Primer Ministro de la República de Armenia.

194. A fin de ampliar el acceso público a los servicios médicos, se han creado las condiciones necesarias para el desarrollo de una amplia red de servicios de ginecología-obstetricia, ofertados por una serie de instituciones médicas como:

- El “Centro de Mamografía” armenio-americano (comenzó a funcionar en 1998).

- Tres centros médicos para mujeres con elevada cualificación sanitaria.

- Diez casas de maternidad.

- 44 secciones hospitalarias y de consultas externas formadas por organizaciones médicas urbanas.

- 125 servicios maternos y dispensarios integrados por centros ambulatorios-policlínicos.

- 617 dispensarios de obstetricia.

195. Para garantizar la protección sanitaria de la mujer, se ha elaborado un programa de salud reproductiva, se han implantado los criterios básicos para la organización de la atención sanitaria médico-preventiva a mujeres adultas y menores de edad y se ha incrementado el volumen de la financiación estatal destinada a la atención médica a mujeres y niños.

196. Se concede especial atención a garantizar el acceso y mejorar la calidad de los servicios sanitarios que se prestan a las mujeres del mundo rural. Teniendo en cuenta que las principales causas del diagnóstico tardío de muchas enfermedades eran, hasta el momento, un acceso insuficiente a los servicios sanitarios por parte de amplias capas de la población (entre ellas, las mujeres del mundo rural), la no gratuidad de algunos servicios de atención primaria, así como la ausencia de una tecnología médica moderna y una insuficiente preparación del personal sanitario en el año 2005, se aumentó el número de servicios gratuitos de atención primaria mediante una resolución del Gobierno de la República de Armenia. En el año 2006, la atención sanitaria y los servicios de atención primaria (ambulatorio-policlínico) pasaron a ser gratuitos para el conjunto de la población.

197. Un análisis de las causas de la mortalidad por complicaciones asociadas a la maternidad en el período 2002-2005 reveló que las principales causas de dicha mortalidad no guardan relación con el embarazo. En 2005 éstas supusieron cerca del 60% del número total de muertes derivadas de la maternidad. Una parte significativa de estos fallecimientos tiene lugar en el entorno rural, el cual se encuentra condicionado por la escasez material y el bajo nivel técnico de útiles y equipos, así como por los insuficientes conocimientos y experiencia de los trabajadores sanitarios en el mundo rural.

En vista de esta situación, fue creado el Instituto de Médicos de Familia, inserto dentro del sistema sanitario de Armenia, donde reciben su especialización médicos y enfermeras seleccionados de manera prioritaria en las zonas rurales.

198. A fin de mejorar la calidad de los servicios sanitarios en el mundo rural, se pusieron en práctica las siguientes medidas:

- la renovación y equipamiento de los centros ambulatorios de zonas rurales como centros de medicina familiar (81 ambulatorios, en total).

- el reciclaje profesional de médicos y enfermeras de atención primaria (alrededor de 700 médicos antes de finalizar 2006), que reciben formación mediante unidades que tratan temas específicos de salud reproductiva, obstetricia y gin e cología;

- exámenes de mamografía gratuitos a mujeres sin recursos desde el año 2005 y, desde 2006, a todas las mujeres, pero por prescripción médica;

- formación gratuita a enfermeras y tocólogos de centros de salud del mundo rural.

199. Desde 2001, se constata un aumento medio del 1,9% en el número de nacimientos en comparación con años anteriores. En comparación con otros países de la Comunidad de Estados Independientes (CEI), la tasa de crecimiento natural de la población continúa siendo positiva, pese a observarse cierta reducción en la última década, situándose alrededor de un 2,1.

200. Tasa de natalidad, tasa de mortalidad y crecimiento natural de la población (2002-2005).

Cifras totales

Por cada 1.000 habitantes

Año

Nacimientos

Crecimiento natural de la población

Tasa de natalidad

Tasa de mortalidad

Crecimiento natural de la población

2002

32 229

6 675

10,1

8,0

2,1

2003

35 793

9 779

11,2

8,1

3,1

2004

37 520

11 841

11,7

8,0

3,7

2005

37 499

11 120

11,7

8,2

3,5

Fuente: Comisión Estatal de Estadística de la República de Armenia.

201. En los últimos años, la vida media de las mujeres se sitúa por encima de la de los hombres, observándose también una disminución de la mortalidad en todos los grupos de edad.

202. Esperanza de vida femenina en comparación con la masculina.

Año

2002

2003

2004

Esperanza de vida masculina

69,8

69,9

70,3

Esperanza de vida femenina

75,9

75,8

76,4

Fuente: Comisión Estatal de Estadística de la República de Armenia.

203. En la República de Armenia el alumbramiento de las mujeres embarazadas se produce sobre todo en hospitales (entre el 98% y 99%), lo que permite mantener la higiene de la procreación, disminuir tanto la morbilidad materna y perinatal como la mortalidad y evitar las complicaciones infecciosas posteriores al parto. En el período que va de 2001 a 2005, se observó una disminución sustancial en el índice de “partos caseros”, que pasaron de un 1,7% en 2001 a un 0,6% en 2005.

204. El principal indicador para valorar la salud de la mujer y la calidad de los servicios sanitarios prestados lo constituye la mortalidad derivada de la maternidad, siendo su disminución uno de los objetivos de desarrollo del Milenio. En los últimos años se observa una cierta disminución de la mortalidad derivada de la maternidad, pero esta reducción se produce con bastante lentitud y supera el nivel considerado como admisible por la OMS, que es de 15 por cada 100.000 nacidos vivos para Europa Oriental y de 25 por cada 100.000 nacidos vivos para determinados países. El índice de mortalidad derivada de la maternidad en Armenia oscila hasta alcanzar la cifra de 19 por cada 100.000 nacidos vivos, superando en los últimos diez años el nivel establecido como objetivo por la OMS para los países de Europa Central y Oriental (8,8 por cada 100.000) y constituyendo un porcentaje notablemente alto. Sin embargo, este indicador es significativamente bajo en comparación con el de otros países de la región, puesto que el índice medio para la Comunidad de Estados Independientes es de 40 muertos por cada 100.000 nacidos vivos.

205. Cabe señalar que, para países con poblaciones pequeñas (inferiores a 5 millones de habitantes) y una baja tasa de natalidad, la variación anual del índice de mortalidad derivada de la maternidad es sensiblemente mayor y no puede considerarse un dato objetivo, debido a que, por recomendación de la OMS, dicho índice ha de ser examinado mediante el método de la media móvil en intervalos de tres años.

206. Coeficiente de mortalidad derivada de la maternidad

1996 – 1998

27,4

1999 – 2001

36,0

2002 – 2004

19,9

Fuente: Comisión Estatal de Estadística de la República de Armenia.

207. Como muestran los resultados de los estudios etiológicos sobre la composición de la mortalidad derivada de la maternidad, las principales causas de este tipo de mortalidad en Armenia son las hemorragias derivadas del parto y los trastornos de hipertensión. En los últimos años, los abortos y las complicaciones infecciosas posteriores al parto dejan paso a las enfermedades extragenitales y otras afecciones no relacionadas con el embarazo.

208. En la última década se han observado ciertos cambios en la conducta reproductiva de la población: entre ellos, un significativo descenso del número medio de niños por familia (tendencia a no tener más de 1 ó 2 hijos) y una disminución en la tasa de fecundidad general (de 1,2 por cada 1.000 mujeres en 2001 y 1,4 en 2004).

209. En lo que respecta a la tasa de mortalidad infantil, Armenia se encuentra entre el grupo de los países con una tasa moderada. En los últimos años el nivel de mortalidad infantil, pese a no haber aumentado ostensiblemente, tampoco ha disminuido notablemente.

210. Mortalidad infantil por cada 1.000 nacimientos.

2002

14,0

2003

12,0

2004

11,6

2005

12,3

Fuente: Comisión Estatal de Estadística de la República de Armenia.

211. La República de Armenia aprobó en 1956 la Ley de legalización del aborto y en 1996 se revisaron las principales disposiciones, relativas a las condiciones de la interrupción artificial del embarazo.

212. Toda mujer que así lo desee puede interrumpir un embarazo no deseado hasta la duodécima semana de gestación. Entre la 12ª y la 22ª semana del embarazo, se permite la interrupción del embarazo por indicación médica o de los servicios sociales. Desgraciadamente, el aborto es uno de los métodos de planificación familiar más extendidos en Armenia.

213. De acuerdo con las estadísticas, la mayor parte de las mujeres recurren ante todo a la interrupción artificial del embarazo; la utilización de píldoras anticonceptivas no es un medio de uso corriente para la prevención de embarazos no deseados.

214. Tasa de abortos no naturales durante el período 2002-2005

Año

2002

2003

2004

2005

Tasa de abortos por cada 1 000 nacidos vivos

277,7

288,1

282

285

Tasa de abortos por cada 1 000 mujeres en edad de procrear

10,8

11,8

11,6

11,9

Fuente: Ministerio de Salud de la República de Armenia

215. Uno de los indicadores del bienestar socioeconómico de la población lo constituye el número de mujeres embarazadas enfermas de anemia. En los últimos años, el número de casos de anemia en las etapas iniciales del embarazo no ha mostrado una tendencia a la disminución. Una dieta poco variada o equilibrada en lo que se refiere a proteínas, vitaminas y minerales constituye todavía causa de anemia entre mujeres embarazadas, así como del nacimiento de recién nacidos con bajo peso.

216. Anemia durante el embarazo, 2002-2005

Año

Anemia en las primeras etapas del embarazo (%)

Anemia en las últimas etapas del embarazo (%)

2002

2,6

13,8

2003

3,4

20,03

2004

4,5

24,64

2005

3,0

44,56

Fuente: Ministerio de Salud de la República de Armenia

217. La puesta en práctica del Programa para la mejora de la salud reproductiva, que forma parte del Programa Nacional, ha contribuido a la reducción de los casos de sífilis y gonorrea. El porcentaje de afectados por estas enfermedades por cada 100.000 habitantes ha sido, respectivamente, de 12,5 y 26,3 en 1999 y de 6,1 y 17,7 en 2005.

218. En el período 1998 - 2005 se registraron en Armenia 461 casos de infección por VIH/SIDA, de los cuales 272 correspondían a ciudadanos armenios. Del total de infectados, 99 eran mujeres y 15 eran niños menores de 15 años.

219. Sólo en cuatro de las personas infectadas se confirmó la existencia de casos de SIDA y en cuatro mujeres se diagnosticó una infección por el VIH durante el embarazo. La aplastante mayoría de mujeres portadoras del virus (un 78,8%) tenían entre 20 y 29 años de edad.

220. En 2006, el número de casos detectados por primera vez ascendió a 59 infectados por el VIH y 40 casos de SIDA. La cifra de fallecidos fue de 17 personas.

221. Durante los dos últimos años (2005-2006), se realizaron cerca de 30.000 análisis en mujeres para una detección temprana de portadores del VIH/SIDA, de las cuales 5.385 estaban embarazadas.

222. Los resultados de los análisis fueron los siguientes:

- 170 seronegativos.

- 78 portadores del virus del SIDA.

- 1 niño nacido de una mujer enferma de SIDA.

223. Sin embargo, es muy probable que los datos estadísticos (oficiales) sobre el VIH/SIDA no reflejen el verdadero grado de expansión de la enfermedad, que con toda seguridad debe superar varias veces las cifras oficiales.

223. Una de las afecciones más extendidas entre las mujeres armenias son los tumores malignos, que ocupan uno de los primeros puestos entre las causas de mortalidad femenina. Son especialmente numerosos los casos de cáncer de mama y de cuello de útero. En el período 1999 – 2005, se registró un aumento en la morbilidad por cáncer de mama. El principal motivo del aumento de la mortalidad por esta causa es su diagnóstico tardío, cuando el tratamiento de la enfermedad ya no puede dar los resultados deseados. Se ha constatado que el cáncer de mama ocupa el primer puesto entre los tumores malignos que padecen las mujeres (un 23,8%) y, en el 50% de los casos, afecta a mujeres de entre 40 y 45 años de edad.

225. En los últimos años no se ha registrado un aumento especial en la morbilidad del cáncer de cuello de útero. Sin embargo, sí que existe una tendencia a que esta enfermedad se manifieste en edades cada vez más tempranas y a que su detección se produzca en fase terminal. La causa de esta situación está en el deficiente sistema de revisiones médicas, motivo de la propagación de algunas enfermedades de transmisión sexual, como el papillomavirus humano, el herpes genital y las infecciones por clamidias. Por ello, y a fin de conseguir una mayor profilaxis en estas enfermedades de transmisión sexual, los centros de dermatovenereología insertos en el primer escalón de la sanidad pública - centros de atención primaria y policlínicos- atienden a toda la población de manera gratuita (dentro de los límites presupuestarios del Estado).

226. A fin de lograr una reducción de la morbilidad y la mortalidad entre mujeres a causa del cáncer en sus órganos reproductores, en 2004, con la ayuda del Fondo de Población de las Naciones Unidas, se realizaron 2.600 revisiones a mujeres en edad fértil, con el objetivo de determinar el grado de propagación de enfermedades de transmisión sexual y casos de precáncer y cáncer. Como resultado de estos chequeos, se diagnosticó precáncer de cuello de útero a una octava parte de las mujeres examinadas (12,5%), mientras que una décima parte del total de mujeres (el 10,3%) padecía infecciones de tipo genital por clamidias. Los datos obtenidos fueron analizados y sirvieron de base para la elaboración del “ Programa nacional para la detección temprana, tratamiento y preve n ción del cáncer de cuello de útero” .

227. El cáncer de pulmón, que en términos absolutos ocupa el primer lugar en cuanto a morbilidad tumoral, alcanza tan sólo un sexto puesto entre las mujeres. Sin embargo, y debido al aumento del número de fumadoras, se observa una ligera tendencia al incremento de esta enfermedad entre las féminas.

228. A fin de luchar contra el consumo de tabaco, la Asamblea Nacional de la República de Armenia aprobó en 2004 la Ley de restricción, venta, consumo y uso del tabaco, que establece restricciones en este campo. Como prolongación de esta política estatal de lucha contra el tabaco, dentro del presupuesto para la sanidad pública se consignó, por primera vez y para este fin, una partida por un importe total de 100 millones de drams.

229. En Armenia, el alcoholismo y la drogodependencia no tienen una especial incidencia entre la población femenina, aunque conviene señalar que en general, en los últimos años y debido a los cambios socioeconómicos, la toxicomanía se ha incrementado ligeramente, de manera especial entre la población joven.

230. La asignación anual de recursos presupuestarios destinados a la asistencia obstétrica y a la salud reproductiva de las mujeres ha aumentado en cada ejercicio, lo que ha producido un perceptible efecto positivo.

Año

Financiación de la asistencia obstétrica (hospitalaria)

Financiación del servicio gratuito de consultas externas para mujeres

2002

850 000,0

275 220,0

2003

1 309 109,0

283 150,0

2004

1 571 040,0

466 700,0

2005

1 867 041,1

466 700,0

2006

2 006 905,2

1 008 293,4

Fuente: Ministerio de Salud de la República de Armenia

231. Para mejorar la salud de mujeres y niños (especialmente en el mundo rural), la financiación no sólo procede de los presupuestos del Estado, sino que también se llevan a cabo programas de cooperación con organizaciones sociales internacionales.

232. Desde 2004, con la ayuda de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) y en el marco de los proyectos NOVA y PRIME II, en los marzes de Gegharkunik, Tavush, Lorri, Gyumri y Kotayk se vienen impartiendo cursos de reciclaje dentro de los siguientes programas:

- “Maternidad sana”: Han asistido 186 comadronas y enfermeras de dispensarios obstétricos.

- “Gestión integral de las enfermas ginecológicas”: Han asistido 50 ginecólogos y especialistas en dermatovenereología.

- “Salud reproductiva”: Han asistido 46 médicos de familia.

- “Organización de la ayuda a madres y niños”: Han asistido 83 gerentes de atención primaria.

233. La organización estadounidense USAID, dentro del proyecto NOVA, ha decidido prolongar este programa por otros tres años y ocuparse de la formación de especialistas en los otro cinco marzes restantes del país, además de dotar a los centros de salud de las áreas rurales con el imprescindible inventario y equipamiento médico.

234. La organización “Jinishian Memorial Foundation” también ha desarrollado una importante labor en este campo: en 2006, financió la formación de 105 enfermeras de los marzes armenios de Vayk, Lorri, y Tavush.

235. Continúa también la colaboración con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia y el Fondo de Población de las Naciones Unidas en el plan para la mejora de la salud reproductiva de mujeres y adolescentes.

“ Artículo 13

Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en otras esferas de la vida económica y social, a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, los mismos derechos, y en particular:

a) el derecho a prestaciones familiares;

b) el derecho a obtener préstamos bancarios, hipotecas y otras formas de crédito financiero;

c) el derecho a participar en actividades deportivas, de ocio y en todos los aspectos de la vida cultural. ”

236. La Ley de prestaciones estatales de la República de Armenia define el concepto “prestación” como un abono extraordinario (a) o realizado de forma periódica (b). En cuanto a su tipología, éstas se dividen en Subsidio de natalidad (a) y Ayuda familiar (b) (ayuda a personas encargadas de cuidar a niños menores de dos años). Esta ley también establece los objetivos que se persiguen con la concesión de subsidios. Se ha elaborado un sistema para valorar el grado de necesidad de las familias. Sus principales indicadores son los siguientes:

•Renta de cada miembro de la unidad familiar.

•Composición de la unidad familiar.

•Empleo y posición social de los miembros de la unidad familiar.

237. El sistema de puntos que evalúa la situación de cada familia se revisa de forma periódica, permitiendo no solamente aumentar el importe de las ayudas sociales que establece la ley de prestaciones estatales de la República de Armenia, sino también introducir correcciones en la lista de beneficiarios.

238. Por decreto del Gobierno de la República de Armenia, de fecha 28 de diciembre de 2006, desde enero de 2007 entraron en vigor tanto la actualización de las prestaciones estatales, como las modificaciones y complementos añadidos por una serie de disposiciones gubernamentales. Se ha establecido un nuevo tipo de subsidio para las familias que se benefician de la ayuda familiar: una prestación extraordinaria por el nacimiento del tercer hijo y cado uno de los hijos sucesivos.

239. El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer firmaron en mayo de 2006 un protocolo de intenciones, en virtud del cual las partes se comprometían a crear un sistema de mecanismos de control a nivel nacional, que debería contribuir al cumplimiento de la Convención de las Naciones Unidas sobre “La eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer”, a la puesta en práctica del “Programa Nacional para mejorar la situación de la mujer y realzar su papel en la sociedad en el período comprendido entre 2004 y 2010 en la República de Armenia” y del “Programa Estratégico para la reducción de la pobreza”, así como de la Plataforma de Acción de Beijing, los objetivos de desarrollo del Milenio y la Resolución 1235 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Para ello fue creado un grupo de trabajo interministerial, encargado de elaborar unos indicadores de igualdad de género y una estrategia para el cumplimiento de las obligaciones contraídas para alcanzar la igualdad de género. La organización UNIFEM se comprometió a prestar apoyo técnico a este grupo de trabajo.

240. En 2003, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales puso en marcha un programa estatal para el acceso a la vivienda de los jóvenes que terminan su estancia en orfanatos. Este programa, con una retroactividad hasta 1991, prevé un conjunto integral de medidas que deberán contribuir a la integración de estos jóvenes en la sociedad. Para este colectivo no sólo se adquieren pisos dotados del mobiliario y la vajilla indispensables, sino que también se les somete a una revisión médica y se organiza su tratamiento, se les facilita el asesoramiento que necesiten y se resuelven todas aquellas cuestiones relativas a su formación e incorporación al mundo laboral. En la actualidad fueron adquiridos un total de 97 pisos. En 2006 se prevé comprar y entregar para su uso otros 56 apartamentos.

241. En los últimos años se han acelerado los trabajos encaminados a proporcionar vivienda a los refugiados, solucionar sus problemas sociales, lograr su integración en la sociedad y ayudarles a adquirir la ciudadanía armenia.

“ Artículo 14

1. Los Estados Partes tendrán en cuenta los problemas especiales a los que se enfrenta la mujer rural y el importante papel que ésta desempeña en la supervivencia económica de su familia, incluido su trabajo en los sectores no monetarios de la economía, y tomarán todas las medidas apropiadas para asegurar la aplicación de las disposiciones de la presente Convención a la mujer de las zonas rurales.

2. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en las zonas rurales, a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, su participación en el desarrollo rural y en sus beneficios, y en particular le asegurarán el derecho a:

a) Participar en la elaboración y ejecución de planes de desarrollo a todos los niveles;

b) Tener acceso a servicios adecuados de atención médica, incluidos información, asesoramiento y servicios en materia de planificación familiar;

c) Beneficiarse directamente de los programas de seguridad social;

d) Obtener todos los tipos de educación y de formación académica y no académica, incluidos los relacionados con la alfabetización funcional, así como beneficiarse de todos los servicios comunitarios y consultivos en cuestiones agrícolas, en particular los encaminados a elevar su capacidad técnica;

e) Organizar cooperativas y grupos de auto ayuda, a fin de conseguir igualdad de acceso a las oportunidades económicas mediante el empleo por cuenta propia o por cuenta ajena;

f) Participar en todas las actividades comunitarias;

g) Obtener acceso a los créditos y préstamos agrícolas, a los servicios de comercialización y a las tecnologías apropiadas, y recibir un trato igual en los planes de r e forma agraria y de reasentamiento;

h) Gozar de condiciones de vida adecuadas, particularmente en las esferas de la vivienda, los servicios sanitarios, la electricidad y el abastecimiento de agua, el transporte y las comunicaciones. ”

242. Según datos de la Comisión Estatal de Estadística de la República de Armenia, a fecha 1º de enero de 2007, la población rural ascendía a 1.156.900 personas, lo que suponía el 35,9% de la población total.

243. La producción agrícola representó por término medio durante los últimos cinco años un 20,8% del producto interno bruto. De las 929 comunidades existentes en Armenia, 870 de ellas son comunidades rurales. Según los datos correspondientes al último quinquenio, los productos alimenticios supusieron el 11,7% del total de exportaciones y el 17,9% del total de importaciones. Ello constata la enorme importancia del sector agrario en la estructura económica de Armenia y, en este sentido, la gran contribución de las mujeres no sólo a la mejora en el nivel de bienestar de sus familias, sino también al desarrollo económico del país en su conjunto, puesto que las mujeres participan en las tareas agrícolas al mismo nivel que los hombres, disfrutando de los mismos derechos y participando activamente en todos los tipos de actividades colectivas.

244. Por lo demás, según datos correspondientes a 2005, el umbral de pobreza en los núcleos rurales de población se situaba en un 28,3%, es decir, un 1,5% inferior al coeficiente correspondiente a las zonas urbanas.

245. Según datos de 2005, el nivel de ocupación en la agricultura rondaba el 45% del número total de trabajadores con empleo. Más del 50% de las mujeres pertenecientes al sector agrario realizaban tareas, que requerían un esfuerzo físico severo. Por lo demás, continuaba siendo alto el nivel de trabajos manuales (alrededor de un 70%). Además de ocuparse de la casa y de cuidar a los hijos, las mujeres del mundo rural tenían asignado también el penoso trabajo físico de atender los animales de granja y realizar diversas tareas agrícolas.

246. A este respecto, se prevé la adopción de medidas complementarias, que garanticen la protección social de las mujeres en el mundo rural durante el embarazo, así como la concesión de ayudas para el cuidado de los hijos y otras prestaciones sociales.

247. Como resultado de los programas formativos y de otro tipo llevados a cabo en cumplimiento de los artículos de la Convención, durante los últimos años se han venido observando cambios positivos y constantes en el ámbito de la igualdad de derechos entre mujeres y hombres en el entorno rural y una mejora en la calidad de vida de aquéllas, en particular:

- gracias a los créditos financieros internacionales se han llevado a cabo en el país, entre otros, los siguientes programas: “Desarrollo económico de las zonas rurales”, “Perfeccionamiento en la mejora del estado de las tierras” y “Financiación agrícola”;

- se han observado cambios positivos en la total erradicación de la violencia doméstica;

- se ha logrado un elevado nivel de acceso a la enseñanza y, en consecuencia, a los trabajos mejor retribuidos;

- se está consiguiendo vencer la visión estereotipada sobre el reparto de papeles en función del sexo;

- en todas las familias y por todas partes, se le da una importancia primordial a los intereses de los hijos;

- aumenta la natalidad y la vida media de las mujeres, al tiempo que disminuye la morbilidad entre mujeres y niños;

- dentro de las comunidades rurales, aumenta la participación de las mujeres en la toma de decisiones en relación con los debates sobre presupuestos, programas sociales, desarrollo de infraestructuras, aumento de la actividad empresarial, etc.

248. Mejora también la oferta de servicios médicos preventivos, facilitada por personal médico permanente. En 2005, se introdujo en Armenia el servicio de atención primaria (policlínica) para la población, financiado de forma centralizada y con cargo al presupuesto estatal. Pese a ello, la accesibilidad a los servicios de la sanidad pública y a la enseñanza primaria y secundaria sigue siendo algo inferior en las zonas rurales a la que disfrutan los habitantes de las ciudades. No obstante, cabe señalar que a este respecto ya no se hace distinción alguna por razón de sexo.

249. En cuestiones como la mejora de la situación socioeconómica de la mujer en el entorno rural, su avance en el campo de la vida social y la eliminación de ciertas manifestaciones de desigualdad por razón de sexo, actuaciones que se llevan a cabo en cumplimiento de lo dispuesto por la Convención, se está prestando especial atención al desarrollo de las infraestructuras sociales, productivas y de mercado, en particular en las regiones fronterizas, de montaña y alta montaña de Armenia. Los estudios demuestran que son las mujeres que residen en comunidades rurales de la alta montaña (aquellas con altitudes superiores a los 1.700 metros sobre el nivel del mar), las que se encuentran en una situación más difícil. A este respecto, en 2005 y con la colaboración de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), se diseñó la “Estrategia para el desarrollo sostenible de las regiones de montaña y alta montaña de la República de Armenia”, orientada al desarrollo prioritario de las infraestructuras en determinados territorios.

250. Un factor importante en la mejora del nivel de vida de la mujer en el mundo rural es la creación de puestos de trabajo fuera de las explotaciones agrícolas, una elemento que ya prevé la “Estrategia para el desarrollo sostenible de la agricultura hasta el año 2015” (ratificada por decreto del Gobierno de la República de Armenia, N682-Н, de fecha 14 de abril de 2004).

251. Se están adoptando medidas para la concesión de créditos asequibles (con tipos de interés reducidos) y para el fomento de aquellos oficios populares tradicionalmente desempeñados por mujeres, como la tapicería, y otras actividades artesanales realizadas en casa, tal y como se contempla en el “ Programa Nacional para mejorar la situación de la mujer y realzar su papel en la sociedad en el período comprend i do entre 2004 y 2010 en la República de Armenia” .

252. Los programas mencionados se llevan a cabo a través de instituciones de microfinanciación. En particular, el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA) ya ha concedido diversos créditos con este objetivo.

253. Los organismos estatales y las organizaciones no gubernamentales también están aplicando una serie de medidas dirigidas a facilitar el acceso a créditos y préstamos, así como a la formación de un mercado de tierras, la consolidación de las parcelas de tierras, la organización de las explotaciones agrícolas en cooperativas, etc.

254. La mujer en Armenia constituye un sujeto económico independiente. La legislación armenia garantiza la validez jurídica de la firma de la mujer y su facultad para entablar relaciones comerciales en su propio nombre, sin tener que presentar como garantía a terceros. No se permite ningún acto de discriminación o destinado a convertir a la mujer en dependiente, al tiempo que se le garantiza el derecho a la propiedad de bienes inmuebles, incluido el derecho a la tierra. En la actualidad, de las 870 comunidades agrícolas que existen en Armenia, sólo 16 están dirigidas por mujeres.

255. Dentro de este conjunto de actividades encaminadas a mejorar la situación socioeconómica de la mujer y realzar su papel en la esfera económica y la vida social y política del país, es importante resaltar las reformas institucionales que se están llevando a cabo y, en especial, el fomento a la creación de cooperativas, sociedades colectivas, asociaciones y otras agrupaciones voluntarias, incentivando la participación masiva de las mujeres.

256. Otro aspecto importante para la mejora de la situación socioeconómica de la mujer en el mundo rural lo constituye la lucha contra la migración irregular. La emigración que está desangrando los núcleos rurales de población, muy especialmente los situados en las regiones de montaña y alta montaña, posee un carácter predominantemente económico. Según los estudios realizados, unos ingresos de entre 250 y 300 dólares de los EE.UU. al mes en cada unidad familiar permitirían minimizar estos procesos migratorios.

257. Uno de los grupos femeninos más vulnerables del mundo rural es el de las mujeres refugiadas, las cuales representan el 54% de la cifra total de refugiados. Se trata de refugiados de Azerbaiyán, originariamente de procedencia urbana, que predominantemente han sido instalados en zonas rurales de Armenia, donde la mayoría de los trabajos están asociados al cultivo de la tierra y otras actividades agrícolas, por lo que su adaptación esta constituyendo un serio problema.

“ Artículo 15

1. Los Estados Partes reconocerán a la mujer la igualdad con el hombre ante la ley.

2. Los Estados Partes reconocerán a la mujer, en materias civiles, una capacidad jurídica idéntica a la del hombre y las mismas oportunidades para el ejercicio de esa capacidad. En particular, le reconocerán a la mujer iguales derechos para firmar contratos y administrar bienes y le dispensarán un trato igual en todas las etapas del procedimiento en las cortes de justicia y los tribunales.

3. Los Estados Partes convienen en que todo contrato o cualquier otro instrumento privado con efecto jurídico que tienda a limitar la capacidad jurídica de la mujer se considerará nulo.

4. Los Estados Partes reconocerán al hombre y a la mujer los mismos derechos con respecto a la legislación relativa al derecho de las personas a circular libremente y a la libertad para elegir su residencia y domicilio. ”

258. De acuerdo con el artículo 14.1 de la Constitución, todos los ciudadanos son iguales ante la ley (véase artículo 2 del informe).

259. El artículo 20 del Código Civil de la República de Armenia reconoce por igual a todos los ciudadanos la facultad de poseer derechos civiles y estar sujetos a obligaciones (capacidad jurídica) (De acuerdo con el artículo 1, apartado 2, punto 2 del Código Civil, por “ciudadano" se considera también a los nacionales de otros Estados y demás personas sin nacionalidad).

260. El artículo 437 del Código Civil establece que “los ciudadanos y las personas jurídicas son libres de suscribir contratos”. Nadie podrá ser obligado a la firma de ningún contrato o acuerdo, salvo en aquellos casos en que la obligación de suscribir un determinado contrato lo establezca el presente Código Civil, las leyes en vigor o un compromiso que se haya aceptado voluntariamente.

261. El artículo 8 del Código Penal y Procesal de la República de Armenia estipula que todas las personas son iguales ante la ley y que la ley las ampara sin discriminación alguna.

262. De acuerdo con el artículo 31 de la Constitución de la República de Armenia, toda persona tiene derecho a la posesión, disfrute y disposición de sus propiedades, así como a darlas en herencia según su propio criterio. Nadie podrá ser privado de sus propiedades, a excepción de aquellos casos que estén previstos por la ley y, siempre, por vía judicial.

263. Según el artículo 5 del Código de Procedimiento Civil, la justicia, en materias relativas al derecho civil, se administrará en base a los principios de igualdad ante la ley y los tribunales, tanto de los ciudadanos como de las personas jurídicas.

264. El Artículo 25.1 del Código civil establece que “la capacidad legal y la capacidad de obrar del ciudadano no podrán limitarse, mas que en los casos y en el orden que establezca la ley”. El artículo 25.3 establece la nulidad de cualquier renuncia total o parcial del ciudadano a su capacidad legal o de obrar, así como de cualquier otra operación orientada a la limitación de su capacidad legal o de obrar.

265. El artículo 25 de la Constitución de Armenia establece, que toda persona que se encuentre legalmente en la República de Armenia tendrá derecho a la libre circulación y elección de lugar de residencia en el territorio de la República de Armenia.

266. En la legislación de la República de Armenia no existen impedimentos para que las mujeres puedan llegar a ejercer, en las mismas condiciones que los hombres, las profesiones de abogado o juez, así como dar testimonio en calidad de testigo o realizar cualquier otra actividad que no sea ilegal.

“ Artículo 16

1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas adecuadas para eliminar la discriminación contra la mujer en todos los asuntos relacionados con el matrimonio y las relaciones familiares y, en particular, asegurarán en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres:

a) el mismo derecho para contraer matrimonio;

b) el mismo derecho a elegir cónyuge libremente y contraer matrimonio sólo por su libre albedrío y pleno consentimiento;

c) los mismos derechos y responsabilidades durante el matrimonio y con ocasión de su disolución;

d) los mismos derechos y responsabilidades como progenitores, cualquiera que sea su estado civil, en materias relacionadas con sus hijos; en todos los casos, los intereses de los hijos serán la consideración primordial;

e) el mismo derecho a decidir libre y responsablemente el número de sus hijos y el intervalo entre sus nacimientos, así como idéntico derecho de acceso a la información, la educación y cualquier otro medio que le permita ejercer estos derechos;

f) los mismos derechos y responsabilidades respecto de la tutela, curatela, custodia, adopción de los hijos o instituciones análogas, cuando quiera que estos conceptos existan en la legislación nacional; en todos los casos, los intereses de los hijos serán la consideración primordial;

g) los mismos derechos personales como marido y mujer, entre ellos el derecho a elegir apellido, profesión y ocupación;

h) los mismos derechos a cada uno de los cónyuges en materia de propiedad, compra, gestión, administración, goce y disposición de los bienes, tanto a título gratuito como oneroso;

2. No tendrán ningún efecto jurídico los esponsales y el matrimonio de niños y se adoptarán todas las medidas necesarias, incluso de carácter legislativo, para fijar una edad mínima para la celebración del matrimonio, así como hacer obligatoria la inscripción del matrimonio en un registro oficial. ”

267. De conformidad con el artículo 35 de la Constitución de la República de Armenia, todo hombre y toda mujer que haya alcanzado la edad de contraer matrimonio tendrá derecho a casarse y crear una familia por su propia y libre voluntad. Ambos cónyuges gozarán de igualdad de derechos al contraer matrimonio, a lo largo de la vida conyugal y durante el proceso de disolución del matrimonio.

268. Una norma análoga a la anterior aparece contemplada en el artículo 1.3 del Código del Matrimonio y de la Familia de Armenia. De acuerdo con ella, las mujeres y los hombres gozarán de igualdad de derechos al contraer matrimonio, en el matrimonio y durante el proceso de disolución del matrimonio.

269. De acuerdo con el artículo 1.4 del Código del Matrimonio y de la Familia, la regulación jurídica de las relaciones familiares se realiza de conformidad con los principios de voluntariedad de la unión conyugal del hombre y la mujer, la igualdad de derechos de ambos cónyuges en la familia, la resolución de las cuestiones familiares de común acuerdo, la preocupación por su bienestar y la protección prioritaria de los derechos e intereses de los menores de edad y personas incapacitadas que sean miembros de la familia.

270. El artículo 49 del Código del Matrimonio y de la Familia establece, que los padres poseerán los mismos derechos y las mismas obligaciones con respecto a sus hijos (derechos paternos).

271. El artículo 135 del Código del Matrimonio y de la Familia estipula que solamente se podrán nombrar tutores (curadores) de niños a personas mayores de edad con capacidad de obrar y con el consentimiento de los menores. A la hora de efectuar el nombramiento, se tendrán en cuenta los valores morales del tutor (curador) y demás características personales, la capacidad para cumplir sus obligaciones como tutor (curador), la relación entre el tutor (curador) y el niño, la relación entre el niño y los miembros de la familia de tutor (curador) y también, si es posible, los deseos expresos del niño. No se nombrarán tutores (curadores) a personas que sufran una enfermedad crónica de alcoholismo, drogadicción o toxicomanía; personas que hayan cometido un delito premeditado contra la vida y la salud de otra persona; personas que hayan sido separadas de la obligación de tutor (curador); personas que hayan sido privadas de sus derechos paternos; personas cuyos derechos paternos se hayan limitado; personas que hayan sido padres adoptivos en el pasado, si esta adopción hubiera sido anulada por su culpa; así como aquellas personas que por razones de salud no pudieran llevar a cabo las responsabilidades asociadas a la educación del niño.

272. Estos mismos principios rigen en el caso de adopción de un menor. Entre las restricciones estipuladas por el artículo 116 del Código del Matrimonio y de la Familia para la adopción no se contempla ninguna restricción por razón de sexo.

273. El artículo 24 del Código del Matrimonio y de la Familia garantiza a cada uno de los cónyuges la libertad de elegir trabajo, ocupación, profesión y lugar de residencia.

274. Las cuestiones relativas a la maternidad, paternidad, educación y estudios de los hijos, así como otros temas relativos a la vida familiar, serán resueltos por los cónyuges de común acuerdo y partiendo del principio de igualdad de derechos de ambos cónyuges.

275. De acuerdo con el artículo 25 del Código del Matrimonio y de la Familia, los cónyuges, al contraer matrimonio y si así lo desean, podrán elegir el apellido de uno de los cónyuges como el apellido de ambos o bien conservar cada uno su apellido prenupcial.

276. De acuerdo con el artículo 31 de la Constitución de la República de Armenia, toda persona tendrá derecho a la posesión, disfrute y disposición de sus propiedades, así como a darlas en herencia según su propio criterio. El ejercicio del derecho a la propiedad no deberá traer consigo daños al medio ambiente o la violación de derechos e intereses legítimos de terceros, de la sociedad o del Estado. Nadie podrá ser privado de sus propiedades, a excepción de aquellos casos que estén previstos por la ley y, siempre, por vía judicial.

277. El Artículo 163, puntos 2 y 3, del Código Civil de la República de Armenia establecen que todo propietario tiene derecho a realizar según su propio criterio cualquier acción respecto a propiedades que le pertenezcan, siempre que dicha acción no sea contraria a la ley, ni viole los derechos e intereses de terceros que estén protegidos por ley, incluidas entre esas acciones la enajenación de su propiedad a terceros, la transferencia a terceros del derecho al disfrute, posesión y disposición de esas propiedades, así como la entrega de la propiedad como fianza o la disposición de ella de cualquier otro modo. El propietario podrá transmitir sus propiedades a terceros en forma de mandato.

278. El artículo 1.2 del Código del Matrimonio y de la Familia de la República de Armenia establece que “el matrimonio se considera legal, sólo si se registra ante la institución pública competente”.

279. El artículo 9 del Código del Matrimonio y de la Familia estipula que el matrimonio se formalizará en los organismos encargados del registro público de actos civiles, en el orden establecido por la legislación de la República de Armenia y con la presencia obligatoria de las personas que contraigan matrimonio. Los derechos y deberes de los cónyuges entrarán en vigor desde el momento en que se efectúe el registro del matrimonio en los organismos encargados del registro público de actos civiles.

280. De acuerdo con el artículo 1.10 del Código del Matrimonio y de la Familia, para contraer matrimonio será imprescindible el acuerdo mutuo y tomado libremente del hombre y la mujer que vayan a unirse en matrimonio, así como haber cumplido ambos la edad mínima legal para contraer matrimonio, que en el caso de las mujeres es de 17 años y en el de los hombres de 18 años.

281. En Armenia la cuestión de la violencia contra las mujeres y de la violencia doméstica sólo recientemente pasó a convertirse en objeto de debate público y permanente.

282. En 2006, por orden del jefe de la policía de la República de Armenia, fue creado un grupo de trabajo, dirigido por el subjefe de la policía, cuyo objetivo es lograr el cumplimiento adecuado en tiempo y forma del Programa nacional, en particular de las medidas previstas para evitar la violencia contra la mujer y la violencia doméstica. Con esta finalidad, en el centro de información de la policía se lleva una relación separada de delitos de violencia contra la mujer, al mismo tiempo que se está elaborando un programa específico para este tipo de delitos. También se prevé la celebración de seminarios para aquellos miembros de las fuerzas de orden público, que se ocupen directamente de la violencia de género.

283. En agosto de 2003, se introdujo en el nuevo Código Penal de la República de Armenia un nuevo capítulo 20, con el título “Delitos contra la familia y los menores de edad”.

284. En la policía opera un departamento de menores que se ocupa también de los problemas relacionados con los menores de edad, que hayan sido captados para ejercer la prostitución. Con estos menores el trabajo es diario. Se les aloja en determinadas instituciones (orfanatos o internados), donde psicólogos, médicos y pedagogos se ocupan de ellos. También se trabaja con las familias de esos menores.

285. Los miembros de este departamento realizan inspecciones mensuales en todo el país, a fin de descubrir menores que ejerzan la prostitución, así como a aquellos menores que captan a otros para ejercer dicha actividad.

286. Con carácter preventivo, en los centros de enseñanza se celebran conferencias sobre distintos temas legales.