64º período de sesiones

4 a 22 de julio de 2016

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer

Lista de cuestiones y preguntas relativas al cuarto informe periódico de Albania

Condición jurídica de la Convención

En el informe del Estado parte se indica que las personas solo pueden solicitar la aplicación directa de los artículos de la Convención que no exijan la creación de otros instrumentos jurídicos internos (CEDAW/C/ALB/4, párr. 3). En relación con las anteriores observaciones finales del Comité (CEDAW/C/ALB/CO/3, párr. 13), sírvanse aclarar los mecanismos existentes de aplicación de todas las disposiciones de la Convención y explicar qué disposiciones son de aplicación directa dentro del ordenamiento jurídico nacional y si la decisión sobre la aplicabilidad directa incumbe al poder ejecutivo, al Parlamento o a los tribunales.

Visibilidad de la Convención y de su Protocolo Facultativo

En el informe figura una lista de actividades de sensibilización llevadas a cabo en los últimos años, que parecen ser ad hoc y no estar dedicadas específicamente a la Convención (párr. 17). En este sentido, sírvanse proporcionar información sobre las actividades de sensibilización y formación sistemáticas dedicadas específicamente a la Convención e indicar si se ha evaluado la repercusión de estas actividades, especialmente en los parlamentarios, los agentes del orden y los jueces. Sírvanse asimismo facilitar ejemplos de casos en los que se haya invocado la Convención ante los tribunales.

Acceso a la justicia

En sus anteriores observaciones finales (CEDAW/C/ALB/CO/3, párr. 14), el Comité planteó su preocupación por los obstáculos jurídicos y prácticos a los que se enfrentan las mujeres que persiguen una reparación por actos de discriminación basados en el sexo y el género con arreglo a la legislación nacional, así como por la ausencia de servicios de asesoramiento y asistencia jurídica disponibles para las mujeres, especialmente las mujeres víctimas de la violencia y la trata. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para eliminar estos obstáculos, prestar asistencia letrada y concienciar sobre el uso de los recursos legales contra la discriminación por razón de sexo y género. En el informe se indica que el Ministerio de Asistencia Social y Juventud está considerando eliminar del Código de Trabajo el requisito de la carga de la prueba impuesto a las mujeres que alegan discriminación por razón de sexo (párr. 16). Sírvanse facilitar información sobre el estado de esta consideración e indicar si se prevén este tipo de modificaciones en otra legislación contra la discriminación que contiene requisitos similares. Al parecer, el Estado parte con frecuencia no ha ejecutado decisiones judiciales, lo que afecta en particular a las mujeres en los casos de divorcio, obtención de pensión alimenticia y reincorporación al trabajo. Sírvanse proporcionar información sobre el alcance del problema de la no ejecución de decisiones judiciales y las medidas adoptadas para asegurar los derechos de la mujer en consonancia con las decisiones judiciales.

Mecanismo nacional encargado del adelanto de la mujer

En el informe se indica que el Ministerio de Asistencia Social y Juventud, junto con oficiales de género a nivel central y local, se encarga de las cuestiones relativas a la igualdad de género en el país (párr. 31). Sírvanse facilitar información sobre los recursos humanos, técnicos y financieros asignados al Ministerio para las cuestiones relativas a la igualdad de género y sobre el número de oficiales de igualdad de género a tiempo completo en los ministerios y administraciones municipales competentes. Sírvanse asimismo proporcionar información sobre los mecanismos establecidos para coordinar la aplicación y el seguimiento de las cuestiones de igualdad de género a nivel central y local y en el sistema judicial. Sírvanse también proporcionar información sobre la aplicación y la evaluación continua de la Estrategia Nacional sobre la Igualdad de género y la Reducción de la Violencia de Género y la Violencia Doméstica (2011-2015)

Medidas especiales de carácter temporal

En el informe se indica que la Ley de Protección contra la Discriminación y la Ley de Igualdad de Género en la Sociedad prevén medidas especiales de carácter temporal (párrs. 40 y 41). Además de las medidas indicadas en el párrafo 42 del informe, sírvanse proporcionar información sobre las medidas especiales de carácter temporal existentes para promover la igualdad sustantiva de género en los ámbitos en los que las mujeres están infrarrepresentadas o en desventaja y su repercusión en la situación de la mujer en todas las esferas a las que se refiere la Convención.

Estereotipos y prácticas culturales perjudiciales para la mujer

En sus anteriores observaciones finales (CEDAW/C/ALB/CO/3, párr. 24), el Comité manifestó su preocupación por la persistencia de los estereotipos de género en la familia, los medios de comunicación y el conjunto de la sociedad. Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para reforzar las actividades destinadas a atajar los estereotipos de género que discriminan a la mujer, entre otras cosas a través de la educación y los medios de comunicación, y sobre la repercusión de estas medidas. El Comité también encontró preocupantes las escasas medidas que había adoptado el Estado parte contra las perjudiciales tradiciones relativas al matrimonio, que violan los derechos de las mujeres y las niñas con arreglo a la Convención, entre ellas el matrimonio infantil, la práctica de que la familia escoja al marido y el pago de un precio por la novia o una dote, que siguen siendo frecuentes en las zonas rurales y remotas del país y en comunidades de las minorías, así como la reaparición, en algunas zonas del norte del país, de conceptos tradicionales de justicia (kanun) y de códigos de conducta que aprueban los llamados homicidios por honor. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas, incluidas las medidas legislativas, adoptadas para eliminar las leyes consuetudinarias y las tradiciones que discriminan a la mujer, especialmente los homicidios por honor. Sírvanse asimismo proporcionar datos e información sobre las denuncias, enjuiciamientos y condenas relativos a estos homicidios. Sírvanse también facilitar información sobre las medidas de protección para las mujeres que corren riesgo de ser víctimas de prácticas tradicionales nocivas. Al parecer, las mujeres también son víctimas de discriminación en la herencia y existe una preferencia general por los varones en todas las esferas. En este sentido, sírvanse proporcionar información sobre los esfuerzos que se están realizando para evitar estas prácticas.

Sírvanse asimismo suministrar información sobre el distorsionado índice de masculinidad al nacer y su posible relación con los abortos en función del sexo del feto vinculados a la discriminación de la mujer, entre otras cosas en la herencia, y la preferencia por los hijos varones. Sírvanse aclarar si el Estado parte ha adoptado medidas para prevenir este tipo de abortos.

Violencia contra la mujer

En el informe se señalan algunas mejoras en la legislación con respecto a la violencia de género contra la mujer en la esfera doméstica, entre ellas la tipificación de la violencia doméstica y la violación conyugal como delito en el Código Penal, pero no se facilitan datos sobre estos casos (párr. 51). Sírvanse proporcionar datos actualizados sobre las denuncias, enjuiciamientos y condenas relacionados con delitos de violencia doméstica y violación conyugal y sobre las medidas adoptadas para prevenir todas las formas de violencia de género contra la mujer, que supuestamente sigue prevaleciendo en el país, así como el apoyo a las víctimas de este tipo de violencia. Al parecer, el abuso sexual en las relaciones familiares a menudo no se denuncia debido al estigma asociado a las víctimas. En este sentido, sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para alentar a las mujeres a denunciar los casos de abuso sexual y otras formas de abuso en las relaciones familiares y eliminar la estigmatización de las mujeres que son víctimas de abuso sexual. Sírvanse asimismo suministrar información sobre los esfuerzos realizados para prevenir el suicidio entre las víctimas de violencia doméstica, como recomendó el Comité en sus anteriores observaciones finales (CEDAW/C/ALB/CO/3, párr. 27).

Trata y explotación de la prostitución

En el informe (párr. 68) se indican las modificaciones introducidas en el Código Penal (Ley núm. 144/2013) en 2013, que han incorporado mejoras significativas en respuesta a la recomendación anterior del Comité (CEDAW/C/ALB/CO/3, párr. 29), así como la aprobación de una Estrategia Nacional contra la Trata de Personas (2014-2017) y su plan de acción. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para aplicar estas leyes y políticas contra la trata de personas y sobre el estado, alcance y contenido del citado plan de acción y los recursos que se le han asignado. Sírvanse asimismo facilitar información sobre los mecanismos establecidos para identificar a las víctimas de la trata y sobre las medidas preventivas adoptadas por el Estado parte, especialmente entre los grupos de mujeres y niñas marginadas y desfavorecidas.

Participación en la vida política y pública

El informe contiene información sobre el creciente número de mujeres que participan en la vida política y pública y el establecimiento de una cuota del 30% en el Código Electoral de 2012 (párrs. 87 a 97). Sírvanse proporcionar información sobre la aplicación efectiva de las leyes y normativas que establecen cuotas (párr. 42) e indicar si se incluyen incentivos, sanciones o mecanismos de vigilancia del cumplimiento para garantizar el cumplimiento de las cuotas. Sírvanse asimismo facilitar ejemplos de dónde se han respetado las cuotas establecidas por varios actos legislativos, incluido el Código Electoral, y ejemplos de cuándo se han aplicado sanciones por incumplir las cuotas. Proporcionen por favor también información sobre las medidas adoptadas para sensibilizar sobre la importancia de la participación de la mujer en la vida política y pública. Sírvanse facilitar información sobre las medidas, incluidas las medidas especiales de carácter temporal, adoptadas para aumentar el número de mujeres en los puestos de responsabilidad en el sector público (el poder judicial, la administración pública, el Gobierno, etc.) y privado.

Educación

En el informe se indican (párr. 103) medidas adoptadas para atajar la deserción escolar entre las niñas, incluido un Plan Nacional para una Tasa Cero de Deserción Escolar y subvenciones para libros escolares dirigidas a alumnos pertenecientes a grupos vulnerables, pero no se mencionan las causas fundamentales de la deserción, entre ellas el matrimonio precoz, los estereotipos tradicionales de género y la participación en actividades generadoras de ingresos como consecuencia de la pobreza. En este sentido, sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para abordar estos factores y su repercusión en la mejora de la participación de las niñas en la educación. Sírvanse asimismo proporcionar información sobre los esfuerzos realizados para incluir en los planes de estudios una educación sobre salud y derechos sexuales y reproductivos obligatoria y adaptada a cada edad, incluida una conducta sexual responsable.

Empleo

En el informe se indica que se está revisando el Código del Trabajo y que las modificaciones propuestas están en consonancia con las directivas de la Unión Europea sobre la igualdad de trabajo en el ámbito del empleo (párrs. 114 a 126). Sírvanse proporcionar información sobre el estado del proyecto y las medidas contempladas para su aplicación. Sírvanse asimismo facilitar datos completos sobre las mujeres que trabajan en el sector informal y en el hogar y sobre las medidas adoptadas para brindarles acceso al empleo permanente y a tiempo completo con prestaciones sociales adecuadas. Sírvanse también proporcionar información sobre las medidas que permiten conciliar las responsabilidades familiares y profesionales, especialmente en las zonas rurales, y fomentar el reparto de las responsabilidades domésticas y familiares entre la mujer y el hombre, como se recomendó en las anteriores observaciones finales del Comité (CEDAW/C/ALB/CO/3, párr. 33).

En el informe se indica que el nuevo proyecto de Código del Trabajo contiene varias disposiciones para la aplicación del principio de igualdad de remuneración por trabajo de igual valor (párr. 126). Sírvanse aclarar la naturaleza de las disposiciones e indicar si se han aceptado y el plazo para la aprobación del Código. Al parecer, la desigualdad salarial es sustancialmente mayor en el sector privado. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar el respeto del principio de igualdad de remuneración por trabajo de igual valor en el sector privado. Sírvanse asimismo suministrar información sobre las medidas adoptadas para aumentar las oportunidades de empleo de la mujer en las esferas tradicionalmente dominadas por el hombre, como la ingeniería, la construcción y los estudios técnicos agrícolas. Sírvanse además proporcionar información sobre las medidas adoptadas para prevenir y combatir el acoso sexual de la mujer en el lugar de trabajo.

Salud

En sus anteriores observaciones finales, el Comité manifestó su preocupación por el acceso desigual de las mujeres y los hombres a la atención sanitaria en las zonas rurales con respecto a las zonas urbanas, en particular en relación con los servicios de planificación familiar y salud reproductiva (CEDAW/C/ALB/CO/3, párr. 34). En el informe se menciona simplemente que, en las zonas rurales, la atención de la salud, incluidos los servicios de planificación familiar, se prestan en centros de salud rurales a través de matronas (párrs. 137 y 150). Sírvanse facilitar datos e información acerca de si estos servicios responden a las necesidades de las mujeres en las zonas rurales. Al parecer, el número abortos en las zonas urbanas sigue siendo elevado y en las zonas rurales crece continuamente. En este sentido, sírvanse proporcionar información sobre las causas subyacentes de las elevadas tasas de aborto, también en las zonas rurales, y el supuesto acceso limitado al aborto sin riesgo. En el informe del Estado parte se reconoce la creciente tendencia de la transmisión maternoinfantil del VIH (párr. 158). Sírvanse aclarar las medidas adoptadas para prevenir dicha transmisión, incluidas las pruebas de detección precoz en mujeres embarazadas.

Prestaciones económicas y sociales

Sírvanse proporcionar información sobre la aplicación de las leyes y políticas que ofrecen acceso a ayudas sociales y económicas, incluido el Plan de Acción en Apoyo de las Emprendedoras (2014-2020) mencionado en el informe (párr. 172). Teniendo en cuenta que el conocimiento de estas leyes y políticas entre las mujeres es al parecer insuficiente, sírvanse proporcionar información sobre las medidas de concienciación adoptadadas. En el informe se reconoce que los hombres poseen y administran bienes en mucho mayor grado que las mujeres (párr. 171). Sírvanse informar al Comité de las medidas adoptadas para atajar la desigualdad de género en la titularidad de bienes. En el informe también se reconoce que las mujeres tienen un acceso limitado al crédito, lo que representa un obstáculo para sus oportunidades empresariales (párr. 171). Sírvanse informar al Comité de las medidas adoptadas para eliminar estos obstáculos y ofrecer a las mujeres un acceso fácil al crédito y los préstamos.

Mujeres de edad

En sus anteriores observaciones finales (CEDAW/C/ALB/CO/3, párrs. 38 y 39), el Comité manifestó su preocupación por la falta de datos desglosados sobre las mujeres de edad, pero el asunto no se menciona en el informe. Sírvanse proporcionar información sobre la situación de las mujeres de edad, incluidos datos desglosados por sexo respecto a todos los ámbitos recogidos en la Convención, y sobre las medidas específicas por sexo y género adoptadas para eliminar la discriminación contra la mujer por motivos de edad.

Mujeres romaníes y egiptanas

El informe no facilita información completa sobre la situación de las mujeres romaníes y egiptanas. Al parecer, estas mujeres sufren dificultades considerables a la hora de acceder a prestaciones del sistema social, como vivienda, registro civil, ayuda económica, educación, empleo y atención sanitaria, que están a disposición de las personas de origen étnico albanés. Sírvanse proporcionar información sobre la aplicación de las leyes y políticas que disponen la igualdad de acceso de las mujeres y niñas romaníes y egiptanas a los servicios mencionados. Sírvanse asimismo aclarar las medidas adoptadas para ayudar y apoyar, también en el plano financiero, a las mujeres romaníes y egiptanas que han sido víctimas de abusos y trata o que son madres solteras y viven en la pobreza. Sírvanse también proporcionar datos e información sobre la matriculación y la asistencia en los niveles de enseñanza primaria y de primer y segundo ciclo de secundaria, indicando el tipo de escuela (especial u ordinaria), de las niñas romaníes y egiptanas. Sírvanse facilitar datos generales sobre las poblaciones romaní y egiptana, incluidas las mujeres y las niñas, en todas las esferas contempladas en la Convención.

Mujeres detenidas

Según la información presentada al Comité, las mujeres detenidas en instituciones penitenciarias se encuentran con dificultades a la hora de reunirse con sus hijos acogidos en instituciones de atención social y acceder a productos para cubrir sus necesidades básicas, como productos de higiene. Sírvanse proporcionar datos e información sobre la situación general de las mujeres que están detenidas en instituciones penitenciarias o comisarías de policía, incluido su acceso a servicios y productos básicos.

Mujeres con discapacidad

Sírvanse facilitar información sobre la situación de las mujeres con discapacidad que sufren discriminación múltiple por su género y discapacidad y que son abandonadas por sus maridos al dar a luz a niños con discapacidad y tienen un acceso limitado a los servicios, el mercado de trabajo y la asistencia letrada. Sírvanse informar al Comité de las medidas adoptadas para prevenir la discriminación contra las mujeres y niñas con discapacidad y ofrecerles el mismo acceso a todos los servicios disponibles.

Mujeres recluidas

En el informe no se menciona la situación de las mujeres recluidas, que al parecer viven en aislamiento impuesto por enemistades entre clanes, lo que afecta no solo a los varones, sino también a las mujeres y los niños sometidos a confinamiento domiciliario. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para ayudar a los miembros de estas familias a acceder a sus derechos, no solo a la libertad de circulación, sino también a la educación, el desarrollo infantil, la seguridad social, la atención sanitaria y derecho de voto.

Mujeres refugiadas y solicitantes de asilo

El Estado parte aparentemente carece de garantías procedimentales en relación con el procedimiento de determinación de la condición de refugiado, entre las que se incluye una notificación insuficiente a los solicitantes de asilo y obstáculos en la comunicación con las autoridades en un idioma que estos entiendan. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para abordar dichas garantías procedimentales e indicar si la legislación o las normativas del Estado parte incluyen un enfoque con perspectiva de género para atender las necesidades de las mujeres y niñas refugiadas y solicitantes de asilo.