Grupo de trabajo anterior al período de sesiones
37° período de sesiones
15 de enero a 2 de febrero de 2007
Lista de cuestiones y preguntas relativas al examen del sexto informe periódico *
Austria
* Los números de página que aparecen en esta lista de cuestiones y preguntas remiten a la versión en español de este informe.
El grupo de trabajo anterior al período de sesiones examinó el sexto informe periódico de Austria (CEDAW/C/AUT/6).
Aspectos generales
Sírvanse suministrar información sobre el proceso de preparación del sexto informe periódico. Esa información debería indicar los departamentos e instituciones del Gobierno que intervinieron en su elaboración y las características y el alcance de su participación, si se celebraron consultas con organizaciones no gubernamentales y si el informe fue aprobado por el Gobierno y presentado al Parlamento.
¿Se propone el Gobierno de Austria retirar sus reservas al artículo 11 de la Convención, como se recomendó en las observaciones finales anteriores?
Marco constitucional, legislativo e institucional
En la respuesta a las observaciones finales anteriores (recomendación 239, CEDAW A/55/38) se citan tres procedimientos judiciales pendientes relacionados con casos de igualdad de trato en el período comprendido entre el 1° de septiembre de 2003 y el 31 de enero de 2004. Sírvanse suministrar datos estadísticos generales sobre los procedimientos judiciales relacionados con casos de igualdad de trato durante el período examinado, incluido el número de casos pendientes y ya finalizados, sus características y resultados.
En el informe se afirma que se está planificando la reestructuración de la Comisión de Igualdad de Trato. De acuerdo con lo planificado, las facultades de la Comisión se ampliarán, de modo de verificar la igualdad de trato no solamente entre el hombre y la mujer en el lugar de trabajo, sino entre todas las personas, sin distinción de raza, origen étnico, creencias religiosas, ideología, edad u orientación sexual, en todas las esferas de la vida (recomendación 235, respuesta a CEDAW A/55/38). Sírvanse indicar qué medidas se han adoptado para asegurar que la ampliación de las facultades de la Comisión no redunda en detrimento de los esfuerzos encaminados a eliminar la discriminación contra la mujer. Sírvanse también explicar la razón por la que en la nueva estructura de la Comisión de Igualdad de Trato, que comprende tres juntas, se garantiza la igualdad entre el hombre y la mujer solamente en el lugar de trabajo, mientras que la igualdad de trato sin distinción de raza y origen étnico se asegura igualmente en otras esferas.
Sírvanse explicar la parte del informe en que se afirma, en relación con el artículo 3, que la aplicación del principio de la igualdad entre los géneros “sigue siendo un reto, no sólo para el Programa Austriaco de Cooperación para el Desarrollo sino también en relación con las medidas adoptadas por el Gobierno Federal que puedan tener consecuencias en países en desarrollo”.
Violencia contra la mujer
En sus observaciones finales de 15 de diciembre de 2005 (CAT/C/AUT/CO/3), el Comité contra la Tortura señaló que le preocupaba que no se dispusiera de estadísticas y de “información detallada sobre los casos de violencia sexual y sobre investigaciones, enjuiciamientos y sanción de los autores de esas violaciones” en relación con esferas reguladas por la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Sírvanse describir las medidas que se estén adoptando para mejorar la situación y suministrar información disponible hasta la fecha sobre la cuestión, particularmente en lo que respecta a las consecuencias para la mujer.
La Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias ha expresado su preocupación por la falta de “estadísticas fidedignas sobre el número anual de mujeres que son víctimas de abusos” y sobre la precaria situación financiera de los refugios para mujeres en Austria (E/CN.4/2003/75/Add.1, párrafos 1566 y 1568). Además de la información suministrada en el sexto informe periódico en relación con el inciso a) del artículo 5, sírvanse indicar si existe algún plan para llevar a cabo un estudio basado en la población sobre la violencia contra la mujer. Sírvanse suministrar asimismo estadísticas sobre el número de víctimas a las que se haya prestado asistencia en los centros de intervención y los refugios de mujeres, que indiquen si los centros de asistencia disponen de la capacidad y los recursos suficientes.
Tráfico de personas y explotación de la prostitución
En el informe de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias (E/CN.4/2000/68, párr. 70) Austria figura en la lista de los principales países o zonas de destino de las mujeres víctimas del tráfico. Si bien el Comité toma nota de las medidas adoptadas en respuesta a sus observaciones finales anteriores (recomendación 228), sírvanse suministrar detalles sobre el tipo y alcance de los servicios que se prestan a las víctimas del tráfico, con inclusión de datos sobre el número de víctimas registradas y las medidas judiciales adoptadas contra los perpetradores del tráfico de personas.
En el informe se hace referencia al acuerdo en virtud del cual los solicitantes de asilo titulares de un permiso de residencia temporal pueden solicitar la “tarjeta de control sanitario” y ejercer la prostitución como causa del aumento de los casos registrados, especialmente entre las mujeres africanas negras (véase página 40). Sírvanse suministrar información sobre las medidas adoptadas, con inclusión de las de carácter legislativo, para eliminar todas las formas de tráfico de mujeres y la explotación de la prostitución, así como de las medidas adoptadas para abordar la situación vulnerable de esas mujeres, que a la larga las lleva a prostituirse.
Participación en la vida política y pública
En 2005, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales tomó nota con satisfacción de que el 50% de los Ministros del Gobierno Federal eran mujeres (E/C.12/AUT/CO/3, B.5). Al mismo tiempo, de acuerdo con las cifras del anexo II del informe, las mujeres siguen estando insuficientemente representadas en los órganos responsables de la adopción de decisiones, particularmente en el Parlamento, así como en el gobierno y los parlamentos de las provincias. Sírvanse describir las disposiciones, incluidas las medidas especiales provisionales que se hubieren adoptado de conformidad con el párrafo 1 del artículo 4 de la Convención, tomadas por el Gobierno desde el examen del informe anterior, encaminados a aumentar la participación de la mujer en la adopción de decisiones a todos los niveles.
Educación y estereotipos
Sírvanse suministrar información sobre las conclusiones del proyecto especial de investigación para evaluar el conocimiento que se tiene del principio educacional de la igualdad entre los géneros y su aplicación en las escuelas, tal como se menciona en el informe en relación con el inciso a) del artículo 5, así como sobre cualquier medida adoptada en respuesta a esas conclusiones. Sírvanse también suministrar información sobre cualesquiera iniciativas que se hayan tomado para abordar la cuestión de los estereotipos de género en los medios de difusión.
En sus observaciones finales anteriores (recomendación 241, A/55/38), el Comité pidió al Estado Parte que introdujera enseñanzas de derechos humanos, y en particular educación relativa a los derechos humanos de las mujeres, en los programas escolares. Sírvanse suministrar información sobre las medidas que se hayan adoptado para poner en práctica esa recomendación.
En el informe se suministra información sobre el programa “APART extra” para investigadoras mujeres doctoradas y con experiencia en investigación que no reúnen los requisitos necesarios para obtener becas de investigación en condiciones ordinarias, por rebasar el límite de edad establecido al haber tenido que interrumpir sus carreras para dedicarse a la crianza de los hijos. Sírvanse indicar si se ha iniciado alguna evaluación de la sensibilidad de las “condiciones ordinarias” para la concesión de becas de investigación a las cuestiones de género y las medidas, de haberse adoptado alguna, para poner fin a la discriminación efectiva en ese ámbito.
Empleo y conciliación entre la vida laboral y la vida familiar
Según el informe, el 85% de la fuerza laboral empleada a tiempo parcial son mujeres (respuesta a las recomendaciones 233 y 234). En el informe también se cita un estudio reciente en que el 70% de las mujeres entrevistadas empleadas a tiempo parcial indicaron que lo hacían en razón de su situación familiar, a diferencia de solamente el 10% de los hombres entrevistados. ¿Qué medidas concretas, además de las enmiendas legislativas que se describen en el informe en relación con el párrafo 2 del artículo 11, se propone adoptar el Gobierno para promover una mejor conciliación entre las responsabilidades laborales y familiares de hombres y mujeres?
El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales ha expresado su preocupación ante la desproporcionada representación de las mujeres en los empleos a tiempo parcial peor remunerados y ante el hecho de que a menudo las mujeres reciben una remuneración inferior a la de los hombres por el mismo trabajo (E/C.12/AUT/CO/3, D.10). Según estadísticas suministradas en el sexto informe periódico, en 2001 las mujeres ganaron en promedio 28% menos que los hombres (respuesta a las recomendaciones 233 y 234). Sírvanse indicar qué se propone hacer el Estado Parte para seguir tratando de remediar esta situación. En la respuesta deberá incluirse información sobre la aplicación de las directrices “Igualdad de remuneración por el mismo trabajo y por un trabajo de igual valor”.
En sus observaciones finales anteriores (recomendación 236), el Comité expresó su preocupación por las desventajas de las mujeres que no están casadas, en particular de las ancianas divorciadas y de las mujeres que nunca se han casado, en cuanto a las pensiones de jubilación y las prestaciones de seguridad social. En el informe se describe la modificación de los regímenes de pensiones en respuesta a la recomendación del Comité. Sírvanse describir en forma más detallada cómo se tomaron en cuenta en la reforma la situación y las necesidades específicas de los grupos de mujeres antes mencionados. En particular, sírvanse explicar hasta qué punto los suplementos de equiparación descritos en relación con el inciso e) del párrafo 2 del artículo 11 eliminan la discriminación contra las mujeres en materia de pensiones.
Salud
Sírvanse suministrar información sobre las principales conclusiones de los estudios realizados en 2002 y 2003 (respuesta a la recomendación 237, A/55/38) sobre los factores socioeconómicos que influyen en la salud de las mujeres y qué peso han tenido desde entonces dichas conclusiones en las políticas del Gobierno sobre la cuestión.
Según el informe, los centros de salud de la mujer reciben subsidios del Ministerio Federal de Salud y Asuntos de la Mujer “conforme a los fondos disponibles” (respuesta a la recomendación 237). Sírvanse suministrar datos que indiquen el número de centros y si los subsidios recibidos por éstos son suficientes para satisfacer las necesidades de las mujeres en materia de salud. Describan qué medidas está adoptando el Gobierno para hacer frente a una posible escasez de subsidios.
Sírvanse suministrar estadísticas desglosadas por género sobre el VIH/SIDA en Austria, incluida la población migrante, y describir en detalle las campañas de información y los programas de asistencia que existan en el país, tanto para la población en general como para grupos vulnerables.
Situación de grupos particulares de mujeres
En sus observaciones finales de 2005, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales expresó su preocupación ante el hecho de que el 13% de la población de Austria estuviese expuesto a la pobreza (E/C.12/AUT/CO/3, párr. 14). Sírvanse suministrar información sobre ese grupo, desglosada por género y edad, así como información sobre medidas concretas para mitigar la pobreza y la exclusión social, particularmente entre los grupos de mujeres que sufren múltiples formas de discriminación, tales como las mujeres de zonas rurales y las mujeres ancianas, con discapacidad, pertenecientes a minorías étnicas o migrantes.
Según el informe, alrededor del 41% de todos los establecimientos agrícolas de Austria son administrados por mujeres. Sin embargo, sólo aproximadamente una tercera parte de los subsidios para inversiones son otorgados a establecimientos agrícolas administrados por mujeres. Sírvanse explicar por qué la parte de los subsidios para las inversiones correspondiente a las mujeres es inferior al porcentaje de establecimientos agrícolas administrados por mujeres.
Sírvanse detallar las conclusiones del estudio “Principios rectores del desarrollo regional sensible al género” (artículo 3, “Planificación del espacio y política regional”), realizado en 2003, cómo han influido esas conclusiones en la formulación de políticas y si se presta atención especial a las mujeres de zonas rurales y las ancianas.
Tanto el Comité, en sus observaciones finales anteriores (recomendación 229), como la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias (E/CN.4/2003/75/Add.1, párr. 1568), han expresado su preocupación por la situación de la mujer migrante en Austria, en particular en lo que respecta a las violaciones de los derechos humanos por funcionarios del Estado. En su respuesta a las observaciones finales del Comité (recomendación 229), el informe declara que “[e]n caso de sospecha de cualquier forma de abuso de parte del personal contra los solicitantes de asilo, se presentará una denuncia ...”. Sírvanse suministrar estadísticas e información sobre el carácter de esas denuncias y sus resultados.
Sírvanse suministrar una evaluación del efecto de las iniciativas educacionales de las provincias en favor de las mujeres migrantes, según lo descrito en relación con el inciso e) del artículo 10 a propósito de la “Educación para mujeres migrantes”, considerando que, como se dice en el informe, “tanto los hombres como las mujeres pueden participar en esos cursos” y que “todos los programas y cursos disponibles fueron formulados teniendo en cuenta las cuestiones relacionadas con el género”.
Protocolo Facultativo
Sírvanse suministrar información sobre las medidas adoptadas con vistas a lograr una amplia difusión del contenido del Protocolo Facultativo de la Convención, ratificado por Austria el 6 de septiembre de 2000.