Dirección de Policía Regional

Casos identificados/ Juicios sobre órdenes de protección

Total

Tirana

Durrës

Vlora

Shkodra

Berat

Fier

Kukës

Dibra

Elbasan

Gjirokastra

Korça

Lezhë

Identificados

546

302

68

29

31

23

10

6

6

22

10

15

24

Pedidos de juicios para órdenes de protección

396

218

66

11

27

22

0

6

6

8

4

8

20

En el período entre enero y septiembre de 2009, las instituciones policiales identificaron 915 casos de violencia doméstica.

Los datos estadísticos para este período de nueve meses revelan una vez más que la violencia doméstica es un fenómeno principalmente relacionado con los cónyuges de las mujeres. El 78% del número total de personas víctimas de violencia doméstica son mujeres violadas por sus cónyuges, ex cónyuges, compañeros, etc.

Se dictaron 640 órdenes inmediatas de protección u órdenes de protección en los primeros nueve meses de ese año; si bien en 2008 ese proceso se aplicó con mayor eficacia en las direcciones de policía de las regiones de Tirana y Durres, este año también se llevó a cabo con éxito en otras regiones.

Datos estadísticos sobre violencia doméstica en esos nueve meses, desglosado por regiones:

Dirección de Policía Regional

T otal

Tirana

Durrës

Vlora

Shkodra

Berat

Fier

Kukës

Dibra

Elbasan

Gjirokastra

Korça

Lezhë

Casos identificados

915

459

116

61

59

39

22

7

6

55

10

36

45

Pedidos de juicios para órdenes de protección

640

332

113

30

38

38

5

7

6

12

4

16

40

Además, hay un aumento en el número de mujeres que buscan protección para sus hijos y otros miembros de la familia. En la región de Tirana se determinó que el 55,3% del número total de denuncias estaba relacionado con la violencia doméstica. Con el objetivo de mejorar los índices de trabajo para la identificación de todos los casos de violencia doméstica, mediante la Orden Núm. 251 / 1 del Ministro del Interior, de 22 de junio de 2009, se aprobó la creación de registros especiales en cada Dirección de Policía regional o Comisaría, el “registro de identificación de violencia doméstica”.

En 2008, los datos estadísticos relacionados con delitos penales remitidos a la Fiscalía por las instituciones policiales encargadas de los delitos graves cometidos contra las mujeres, son los siguientes:

Mujeres afectadas

Delitos contra la libertad de las personas, como secuestros, privación ilegal de la libertad, etc.

10

Delitos sexuales, como relaciones sexuales forzadas, etc.

68

Delitos contra la persona

19 asesinatos

10 intentos de asesinatos

Delitos contra la salud, como lesiones corporales

15

Total

122

En 2008, los datos estadísticos relativos a delitos penales cometidos contra mujeres, remitidos a la Fiscalía por las instituciones policiales encargadas de la prevención del delito y la vigilancia comunitaria, son los siguientes:

Mujeres víctimas

Amenazas

10

Lesiones/otros daños

197

Casos de suicidios

52

Delitos penales contra la moral y la dignidad, intervención en la vida privada, insultos, calumnias y difamaciones, etc.

13

Total

272

Medidas adoptadas para mejorar la reunión de datos sobre la violencia doméstica:

El Ministerio de Trabajo, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades, la autoridad competente en las cuestiones de violencia doméstica, reúne datos estadísticos en materia de violencia doméstica. A ese respecto, la labor se concentra en lo siguiente:

•Reunir cada tres meses (de acuerdo con el modelo de formulario) los datos procedentes de los ministerios competentes, en aplicación del acuerdo de cooperación para la aplicación de la Ley N º 9669, sobre medidas contra la violencia en las relaciones familiares, de 18 de diciembre de 2006.

•Reunión constante de información proporcionada por los gobiernos locales (municipalidades y comunas) acerca de la situación actual y los problemas relacionados con la violencia doméstica.

•Aprobación de los indicadores sobre la incorporación de la perspectiva de género y la violencia doméstica en las Estrategias y políticas de supervisión en este ámbito.

La Dirección General de Policía forma parte del grupo de trabajo interministerial sobre la supervisión de la Estrategia nacional sobre igualdad de género y contra la violencia en la familia, y como tal, participa en todas las actividades organizadas para establecer los indicadores de género (sobre todo a nivel de la violencia doméstica).

Centros de rehabilitación para las víctimas de violencia en todo el país. Albergues para las víctimas de la violencia doméstica. Se está trabajando, con el apoyo del PNUD, para cumplir una de las obligaciones más importantes de la Ley núm. 9669 sobre medidas contra la violencia en las relaciones familiares, de 18 de diciembre de 2006, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y las recomendaciones del Consejo de Europa: la creación del primer albergue para la rehabilitación de las víctimas de la violencia doméstica. Se prevé que este albergue comience a funcionar en el primer trimestre de 2010.

Asimismo, en aplicación de la Ley núm. 9669 sobre medidas contra la violencia en las relaciones familiares, de 18 de diciembre de 2006, se crearon dependencias policiales encargadas de la protección de los menores y la violencia doméstica en la Dirección de la Policía General del Estado. Ese servicio se presta en las 2 regiones de Albania. Entre los principales objetivos de esas estructuras, establecidas en la segunda mitad de 2007, figura la aplicación de la Ley núm. 9669 sobre medidas contra la violencia en las relaciones familiares, de 18 de diciembre de 2006.

El número total de casos de violencia doméstica (en particular de mujeres) en que se solicitó protección policial aumentó en 2008, a consecuencia de las medidas de protección previstas por la Ley y las campañas de sensibilización de la opinión pública que llevaron a cabo la Asamblea de Albania, el Gobierno de Albania y la sociedad civil.

En 2008, se elaboraron y adoptaron las siguientes medidas normativas: 1) Orden núm. 981 del Director General de Policía sobre las medidas que deberá adoptar la policía estatal con el objeto de prevenir y reducir la violencia doméstica y atender a las víctimas de la violencia doméstica, de 31 de octubre de 2008. 2) Manual del Departamento de investigación penal y el Departamento de orden y seguridad pública sobre los procedimientos estándar que debe aplicar el personal policial del Estado con el objeto de adoptar medidas para prevenir la violencia, proteger y atender a las víctimas de la violencia doméstica, aprobado mediante la Orden núm. 1035 del Director General de Policía, de 17 de noviembre de 2008.

Esos documentos están a disposición de las estructuras locales de policía y se adoptan todas las medidas adecuadas para su aplicación.

En relación con la necesidad de coordinar las actividades de protección y rehabilitación de las víctimas de la violencia doméstica en el seno de la familia, en noviembre de 2008 se celebró un acuerdo de cooperación entre las autoridades de los ministerios competentes en el marco de la aplicación de la Ley Núm.9669 sobre medidas contra la violencia en las relaciones familiares, de 18 de diciembre de 2006.

Otra obligación que emana de la Ley es la capacitación de las estructuras policiales que se encargan de los casos de violencia doméstica.

En 2008, el Departamento de capacitación de la policía de la Dirección General de Policía organizó un ciclo de capacitación relativo a la función de la policía en los casos de violencia doméstica. Ese proyecto se realizó en cooperación y asociación con el PNUD, las estructuras policiales de todos los niveles, en todas las direcciones de la policía regional, y se brindó capacitación a 690 funcionarios de la policía. Ese proyecto concluyó el 27 de diciembre de 2008.

Hemos elaborado y aprobado el programa de desarrollo de la capacitación relativo a la función de la policía en el marco de la aplicación de la legislación sobre violencia doméstica, a consecuencia de las obligaciones jurídicas y las necesidades identificadas respecto del papel de la policía en la aplicación de la ley antes mencionada. Entre septiembre y noviembre de 2009, se ofreció el programa de capacitación a nueve direcciones de policía regionales, en cooperación con el Instituto de las Políticas Aplicadas a las cuestiones de Género.

Con el objeto de mejorar los índices relativos a la identificación de todos los casos de violencia doméstica, mediante la Orden núm. 251/1 del Ministro del Interior, de 22 de junio de 2009, se aprobó la apertura de registros especiales en todas las direcciones de policía o comisarías regionales, llamados “Registros de identificación de casos de violencia doméstica”; algunas secciones y ciertos índices indispensables se agregaron y aclararon en el formulario estadístico núm. 13, titulado “Estadísticas sobre casos de violencia doméstica”. Esos registros se elaboraron y distribuyeron a las estructuras locales de la policía con el objeto de llevar a cabo una identificación y un registro unificados de todas las denuncias sobre violencia doméstica.

Trata y explotación de la prostitución

13.El Comité expresó su preocupación en 2003 (A/58/38, párr. 70) por el hecho de que, en virtud del Código Penal de Albania, se pueda castigar a las víctimas de trata. El informe confirma de nuevo que el Código Penal de Albania es uno de los pocos, por no decir el único, en Europa que reconoce la responsabilidad penal de las prostitutas (CEDAW/C/ALB/3, párr. 100). Sírvase proporcionar información sobre las medidas adoptadas para enfrentar esta cuestión. ¿Se hizo alguna evaluación del número de mujeres y niñas dedicadas a la prostitución y se identificaron y analizaron de manera adecuada los factores que impulsaban a las mujeres y las niñas a ejercerla? Sírvase proporcionar información al respecto, inclusive sobre las medidas adoptadas o previstas para asegurar la rehabilitación y reintegración social de las mujeres que desean abandonar la prostitución, así como las medidas destinadas a desalentar la demanda de prostitución.

Las preocupaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer se reflejan en las enmiendas introducidas en el Código Penal mediante la Ley núm. 9188, de 12 de febrero de 2004. De acuerdo con esas enmiendas, no se impone condena alguna a las víctimas de trata (Artículos 110/a, 114/b y 128/b del Código Penal de la República de Albania).

En el Código Penal de la República de Albania se estipula que la prostitución es un delito penal, como ocurre en muchos otros códigos de Estados europeos, pero si se identifica al acusado del delito como una víctima de trata ésta queda eximida de la responsabilidad penal. No se asigna responsabilidad penal a la víctima de trata por delitos cometidos mientras la persona estaba sujeta a explotación. En relación con la responsabilidad penal del ejercicio de la prostitución, es una cuestión íntimamente relacionada con la mentalidad de la sociedad albanesa y, como tal, llevará tiempo revisarla. El Ministerio de Justicia no dispone de datos relacionados con el número de mujeres y niñas que ejercen la prostitución, los factores que las impulsan a ejercerla y las medidas adoptadas contra ese fenómeno. Sin embargo, de acuerdo con las estadísticas, en 2007 el número de personas sentenciadas por prostitución fue de 45, 53 en 2008 y 19 en la primera mitad de 2009.

14.De acuerdo con el informe (A/58/38, párr. 107), el Gobierno sigue esforzándose decididamente por completar el marco jurídico a fin de ultimar las normas internacionalmente exigidas en el ámbito de la trata de seres humanos. Sírvase indicar los vacíos identificados en la legislación nacional e indicar la forma en que el Gobierno tiene previsto colmarlos.

Reiteramos una vez más que, desde 2001, en el Código Penal de la República de Albania se estipula que la trata de seres humanos es un delito penal. A partir de 2001, se introdujeron constantemente enmiendas al Código con el objeto de ajustar nuestra legislación a la legislación internacional. La legislación contra la trata de seres humanos ha experimentado mejoras constantes y es compatible con la Convención contra la Delincuencia Organizada Transnacional de las Naciones Unidas. En la legislación albanesa, los delitos penales relacionados con esa cuestión son los siguientes:

–Los delitos penales previstos en el Artículo 114/b del Código Penal: “Trata de mujeres”;

–Los delitos penales previstos en el Artículo 128/b del Código Penal: “Trata de menores”;

–Los delitos penales previstos en el Artículo 110/a del Código Penal: “Trata de personas”.

Las enmiendas introducidas en el Código Penal en 2008 relacionadas con el maltrato de menores y la pornografía son: el artículo 124/b, “Maltrato de menores”, que, entre otras cosas, castiga la explotación de los niños para obligarles a trabajar, a practicar la mendicidad o a realizar otros servicios obligatorios, y la adición de un párrafo en el artículo 117 “Pornografía” relativo a la pornografía practicada con menores, etc.

En Albania, la identificación de las víctimas y las posibles víctimas de la trata se realiza a través del cuestionario del mecanismo nacional de reinserción social de las víctimas de la trata de personas, cuyas preguntas se orientan de acuerdo con los elementos del delito penal de la trata de mujeres, previsto en el artículo 114/b del Código Penal. Este artículo es el mismo que el artículo 3 del Protocolo de Palermo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, relativo al delito penal de la trata de personas.

Además, en cumplimiento de las obligaciones que surgen del artículo 6 de este Protocolo, el 18 de julio de 2005 se firmó un acuerdo de cooperación sobre el establecimiento de un mecanismo nacional de reinserción social de las víctimas de la trata de personas para la identificación y mejora de la asistencia a las víctimas de la trata de personas. El acuerdo fue firmado por las autoridades de la Dirección General de Servicios Sociales del Estado del Ministerio de Trabajo, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades, el Centro Nacional de Acogida para las Víctimas de la Trata de Personas, la Dirección General de la Policía Estatal del Ministerio del Interior, la Dirección del Servicio Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores, la organización sin fines de lucro “Vatra”, la organización sin fines de lucro “Otra Visión”, y la Organización Internacional para las Migraciones. En el futuro, el acuerdo quedará abierto a la firma de otras partes, incluidos los centros y las entidades sin fines de lucro. Los signatarios deberán cumplir los criterios de participación, tal como se definen en el acuerdo. El acuerdo establece un marco claro de cooperación entre los principales interesados en la lucha contra la trata de seres humanos así como las responsabilidades de las partes en el proceso de identificación, reinserción, alojamiento, asistencia y rehabilitación de las víctimas de la trata. Todas las partes signatarias ofrecen servicios que, si están bien coordinados, pueden dar resultados muy positivos en interés de las víctimas. La aplicación del acuerdo depende en gran medida de la familiarización de las instituciones interesadas con la importancia del acuerdo y de la voluntad de las partes de aplicar el acuerdo.

En mayo de 2006 se creó la estructura responsable encargada de la coordinación, el procesamiento y la presentación de informes sobre las medidas necesarias en pro de las víctimas, con arreglo a una orden conjunta del Ministro del Interior, el Ministro de Trabajo, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades y el Ministro de Relaciones Exteriores sobre el establecimiento de la autoridad responsable de la protección y la asistencia a las víctimas de la trata y la determinación de las tareas de las instituciones que participan en ese proceso . La autoridad responsable está compuesta por dos representantes de los tres ministerios interesados. Desde junio de 2006 se crearon comités regionales de lucha contra la trata de personas en 12 regiones del país.

En relación con el artículo 113, al que se refiere el presente informe, señalamos que el ejercicio de la prostitución se condena con una multa o una pena de tres años de cárcel. Esas sanciones se aplican en caso de ejercicio de la prostitución en forma individual, excluyendo la utilización de la fuerza, las amenazas u otras formas de coacción que se prevén en el artículo 11/b del Código Penal “Trata de mujeres”.

Las mejoras del marco jurídico en el ámbito de la protección social. El Ministerio de Trabajo ha preparado un proyecto de ley sobre algunas enmiendas a la Ley núm. 9355 sobre asistencia y servicios sociales, de 10 de marzo de 2005, en que se incluye el apoyo a las víctimas de la trata. Un artículo especial prevé el apoyo a nuestros centros no públicos que prestan servicios a esas personas mediante fondos del presupuesto. La cooperación se concretará con las dependencias de los gobiernos locales en el marco de la reforma relativa a la descentralización de los servicios para la distribución de fondos. El Ministerio de Trabajo ha preparado una serie de enmiendas a la legislación con el fin de apoyar financieramente a las organizaciones sin fines de lucro que prestan servicios en esa categoría y establecer nuevos servicios comunitarios. Tras la aprobación de las normas para los centros que prestan servicios a las víctimas de la trata, también se preparó un proyecto de directrices para la aplicación de las normas en las instituciones de acogida a las personas víctimas de la trata o personas que corren el riesgo de ser víctimas de la trata y un manual con los formularios pertinentes.

15.Sírvase proporcionar estadísticas, si las hay, sobre el número de mujeres y niñas víctimas de trata dentro del país con fines de explotación sexual y económica.

De acuerdo con la información proporcionada por la Policía del Estado, los datos sobre la trata de personas para el año 2008 a noviembre de 2009 son los siguientes:

Para el bienio 2008-2009

Delitos penales

Cifra total

Porcentaje

Trata de niños

19

13,10

Trata de mujeres

119

81,51

Total

183

94,1

Víctimas en el período 2005-2009

Año

Trata de mujeres

Trata de menores

Explotación para la prostitución

Explotación, Circunstancias agravantes

Prostitución

2005

29

6

13

22

0

2006

26

5

17

24

5

2007

12

4

36

35

4

2008

22

16

22

21

38

2009

5

2

8

6

43

Datos estadísticos anuales sobre el delito penal de explotación de la prostitución, la trata de niños, la trata de mujeres y el ejercicio de la prostitución para el período 2005-2009:

Año 2005

Delitos penales

Casos

Autores

Arrestados

Detenidos

Personas en libertad

Personas requeridas

Explotación para la prostitución; circunstancias agravantes

19

22

16

2

4

Explotación para la prostitución

11

19

9

10

Trata de niños

10

16

4

11

1

Trata de mujeres

30

49

14

18

17

Ejercicio de la prostitución

14

16

14

2

Año 2006

Delitos penales

Casos

Autores

Arrestados

Detenidos

Personas en libertad

Personas requeridas

Explotación para la prostitución; circunstancias agravantes

23

28

13

11

4

Explotación para la prostitución

9

11

6

2

3

Trata de niños

2

4

3

1

1

Trata de mujeres

25

28

12

7

9

Ejercicio de la prostitución

27

32

19

13

Año 2007

Delitos penales

Casos

Autores

Arrestados

Detenidos

Personas en libertad

Personas requeridas

Explotación para la prostitución; circunstancias agravantes

24

30

7

3

17

3

Explotación para la prostitución

43

55

25

3

26

1

Trata de niños

7

7

5

1

1

Trata de mujeres

13

13

2

1

9

1

Trata de personas

2

3

2

1

Ejercicio de la prostitución

45

48

34

1

13

Año 2008

Delitos penales

Casos

Autores

Arrestados

Detenidos

Personas en libertad

Personas requeridas

Explotación para la prostitución; circunstancias agravantes

12

23

2

4

4

1 3

Explotación para la prostitución

13

12

7

1

1

3

Trata de mujeres

19

13

1

7

3

2

Ejercicio de la prostitución

26

31

25

6

0

0

Trata de menores

4

5

2

3

0

0

Año 2009

Delitos penales

Casos

Autores

Arrestados

Detenidos

Personas en libertad

Personas requeridas

Explotación para la prostitución; circunstancias agravantes

9

14

1

2

5

6

Explotación para la prostitución

11

12

8

2

2

Trata de niños

2

3

3

Trata de mujeres

6

9

1

4

1

3

Trata de personas

2

4

4

Ejercicio de la prostitución

35

40

33

6

1

Además, cabe mencionar la creación de una base de datos sobre víctimas de la trata, a la que tiene acceso la autoridad responsable y que contiene datos sobre la persona identificada como posible víctima de la trata o víctima de la trata desde el primer contacto hasta el momento de su reintegración. En esta base de datos figuran todas las víctimas identificadas como tales sobre la base del mecanismo nacional de reinserción social de las víctimas de la trata de personas. En el período comprendido entre enero de 2008 y el 18 de noviembre de 2009, se han incluido en la base de datos los datos de 142 personas identificadas como víctimas o posibles víctimas de la trata.

En cinco centros de acogida públicos y no públicos para víctimas de la trata se prestan servicios a las personas víctimas de la trata o en riesgo de pasar a ser víctimas de la trata, a saber: el Centro Nacional de Acogida para las Víctimas de la Trata de Personas y algunos centros y albergues de reinserción establecidos por organizaciones sin fines de lucro, como el Centro psicosocial “Vatra”, el centro “Otra Visión”, en Elbasan, “Diferentes e Iguales” y el centro comunitario “Vida y Esperanza”, en Gjirokaster.

En resumen, los grupos y el número de víctimas de la trata o de personas en riesgo de ser víctimas de la trata que reciben servicios en los centros de acogida que prestan servicios a las víctimas de la trata en Albania son los siguientes:

Para el período enero – septiembre – octubre de 2009

Número de beneficiarios por grupos

Nombre

Víctimas de la trata

Posibles víctimas de la trata

Explotación para la prostitución interna

Explotación para la prostitución externa

Personas en riesgo de ser víctimas de la trata

Otros grupos

Número de beneficiarios en los Centros que prestan servicios para VT

1

Centro Linza

4

3

1

28

9

45

2

“ Diferentes e Iguales ”

10

2

3

2

17

3

“ Vatra ”

15

7

8

30

4

“ Otra Vision ”

15

3

15

5

38

5

“ Vida y esperanza ”

8

11

19

52

12

6

1

Total

64

7

64

14

149

16. En el informe se menciona la Estrategia nacional de lucha contra la trata de seres humanos, 2005-2007, así como la nueva Estrategia y su Plan de acción para el período 2008-2010. Sírvase proporcionar información sobre la evaluación de la Estrategia para el período 2005-2007 y explicar si la aplicación de la nueva Estrategia está en marcha y, de ser así, si su ámbito abarca la trata dentro del país y si contiene disposiciones en materia de apoyo y asistencia, incluida la recuperación física y psicosocial de las víctimas de trata y su reinserción social.

Las iniciativas y los objetivos establecidos por el Gobierno en el ámbito de la trata de personas se reflejan en la Estrategia nacional de lucha contra la trata de seres humanos, 2005-2007, y en la nueva Estrategia Nacional 2008-2010.

La Estrategia nacional de lucha contra la trata de seres humanos, 2005-2007, finalizó en diciembre de 2007. La dependencia de lucha contra la trata del Ministerio del Interior ha supervisado y coordinado las medidas adoptadas por todas las estructuras y los interesados públicos y no públicos (organismos asociados nacionales y extranjeros) para aplicar la Estrategia nacional de lucha contra la trata de seres humanos, 2005-2007. Sobre la base de los informes de los ministerios competentes y de los organismos bajo su dependencia (presentación de informes de los funcionarios responsables del Ministerio de Trabajo) y otros interesados, la dependencia de lucha contra el tráfico ha preparado informes periódicos e informes bianuales para el período 2005-2007 y la Oficina del Coordinador Nacional redactó y publicó, en Tirana, en marzo de 2008, un Informe de evaluación sobre la aplicación de la Estrategia nacional de lucha contra la trata de seres humanos 2005-2007.

Al concluir la Estrategia nacional de lucha contra la trata de seres humanos 2005-2007, la Oficina del Coordinador Nacional preparó un informe amplio de evaluación sobre la aplicación de esa Estrategia. La Estrategia nacional de lucha contra la trata de seres humanos 2008-2010, así como la Estrategia nacional de lucha contra la trata de niños y protección de los niños víctimas de la trata 2008-2010 se elaboraron sobre la base de los resultados de dicho informe y tras un proceso de trabajo de varios meses (enero - junio de 2008), en cooperación con otros interesados estatales y privados.

Esta Estrategia y su plan de acción son un instrumento cuyo objetivo es coordinar todos los esfuerzos de las partes estatales y no estatales, como los asociados internacionales, en la lucha contra la trata de personas. Todos esos documentos figuran en el sitio web oficial del Ministerio del Interior.

Centros públicos y privados que prestan servicios a las víctimas de la trata

En 2001, el asociación psicosocial “Vatra” en Vlore, comenzó a prestar servicios sociales a las víctimas de la trata. Más adelante, la Organización Internacional para las Migraciones comenzó a prestar servicios sociales en un centro de Tirana. Más tarde, se transfirió ese servicio a la asociación albanesa “Distintos pero iguales”. El centro “Otra Visión”, en Elbasan, presta servicios a las víctimas de la trata. En 2003, por conducto de una decisión especial del Consejo de Ministros, se creó el Centro Nacional de Acogida para las Víctimas de la Trata de Personas. Desde 2005, la Asociación “Vida y Esperanza” también presta servicios a esas personas en Gjirokaster.

Todos los centros que prestan servicios a las víctimas de la trata están organizados en la coalición nacional de albergues de lucha contra la trata. El objetivo de la coalición es la cooperación y la coordinación de la labor y los servicios, la protección, la educación, el apoyo, la rehabilitación y la reintegración de las víctimas de la trata.

Todos los centros no públicos ofrecen diversos servicios, ya que prestan servicios de repatriación del extranjero a las víctimas de la trata y servicios para otras categorías necesitadas, como las personas que corren el riesgo de ser objeto de trata, los migrantes ilegales, las víctimas de la violencia y los hijos de esas víctimas. El centro de servicios públicos para las víctimas de la trata se encarga principalmente de las víctimas de la trata repatriadas del extranjero, los niños, las personas que corren el riesgo de ser objeto de trata, los migrantes irregulares, los extranjeros y los ciudadanos nacionales.

La actividad de los centros, el tipo de servicios, el número de beneficiarios y las donaciones son los siguientes:

El Centro Nacional de Acogida para las Víctimas de la Trata de Personas: se estableció como una importante institución dependiente del Servicio Social del Estado (Ministerio de Trabajo, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades) para la acogida, el alojamiento y la rehabilitación de la víctimas de la trata o de las personas que corren el riesgo de ser objeto de trata (incluidos los niños) y su funcionamiento se basa en una estrecha cooperación entre el Ministerio del Interior y la Organización Internacional para las Migraciones. La capacidad del centro es de aproximadamente 100 personas y su principal objetivo es intensificar la labor contra la trata de personas y sensibilizar al público sobre ese fenómeno mediante la acogida y el apoyo a la rehabilitación de las víctimas de la trata.

Desde julio de 2003, el Centro Nacional de Acogida para las Víctimas de la Trata de Personas presta asistencia en la recepción, el alojamiento, la rehabilitación, la integración y la repatriación (cuando los beneficiarios son de nacionalidad extranjera) de los tres grupos principales siguientes: 1) Las mujeres y las niñas víctimas de la trata y las mujeres y niñas que corren el riesgo de ser objeto de trata; 2) los niños víctimas de trata y los niños que corren el riesgo de ser objeto de trata; 3) los migrantes ilegales.

La organización y la administración del Centro se concentran en las siguientes actividades:

–Suministro de alimentos, ropa y vivienda temporaria (cubriendo todas las necesidades del beneficiario)

–Prestación de asistencia psicosocial (asistentes sociales calificados, clínica jurídica para menores)

–Prestación de asistencia médica (ofrecida por el Centro, la Organización Internacional para las Migraciones, el Instituto de Salud Pública, el Centro del Hospital Universitario “Madre Teresa”, etc.)

–Prestación de asistencia jurídica (personal especializado en la esfera jurídica, clínica jurídica para menores, etc.)

–Seguridad y protección garantizadas para los testigos (Ministerio del Interior, Policía del Estado)

–Realización de actividades de rehabilitación e integración

–Rehabilitación para la integración

–Repatriación y unión de la familia

–Seguimiento de la situación de las víctimas cuando abandonan el Centro (cuando fuere posible)

Por conducto de esa actividad, el Centro ha producido un impacto en la prevención de la trata ilícita, en la protección y unión de la familia —en caso de ser posible— y en la preparación de las víctimas para su reintegración en la vida social.

El Centro Psicosocial Vatra se estableció en 1999. En 2001, ese Centro amplió sus actividades con la creación de la primera institución de acogida de Albania que se ocupa de dos aspectos importantes de ese fenómeno, es decir: 1) la prevención de la trata de personas; 2) la rehabilitación y reintegración de las víctimas de la trata.

El Centro presta servicios relativos al alojamiento, las entrevistas, el asesoramiento médico, la entrega de documentos de identidad, la remisión a otros centros, la protección de testigos y la protección de la institución de acogida con efectivos policiales.

El Centro “ “Diferentes e Iguales” de Tirana inició sus actividades en 2004; desde 2002 la Organización Internacional de Migraciones (OIM) se ocupa del tratamiento de mujeres y niñas víctimas de la trata o que están en riesgo de serlo.

“Diferentes e Iguales” tiene cuatro años de experiencia ofreciendo servicios de acogida y de reintegración a las niñas y mujeres víctimas de la trata o que están en riesgo de ser víctimas de la trata. Está integrado por profesionales especializados en el trabajo social, la enseñanza, la enfermería, la psiquiatría, etc.

La institución ofrece un conjunto amplio de servicios de reintegración en el corto y largo plazo, asistencia médica, asesoramiento psicológico, negociación o intermediación con la familia, apoyo y asistencia jurídica, actividades sociales, asistencia para la inscripción y seguimiento en el sistema educacional, formación profesional y empleo, supervisión y seguimiento de los beneficiarios del programa, apoyo a la integración en la vida social, acogida y atención alternativa, apoyo financiero para alojamiento, etc.

El centro sin fines de lucro “Otra Visión”, en Elbasan, se creó el 20 de febrero de 2002.

El centro de acogida para la mujer y la niña ofrece un servicio residencial para niñas y mujeres víctimas de la trata o en riesgo de ser víctimas de la trata, que padecen dificultades y han sufrido violencia física, psicológica, sexual o económica. El centro de acogida ofrece alojamiento, alimentos, asistencia médica, apoyo emocional y asistencia jurídica, promoviendo la capacidad de comunicación y la convivencia en la comunidad y apoyando el proceso de autonomía e integración en la sociedad.

El Centro Comunitario “Vida y Esperanza”, en Gjirokastër, se abrió en octubre de 2005 con financiación del Programa de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) y la Acción coordinada contra la trata de seres humanos (CAAHT) con el objeto de establecer un centro de recepción multifuncional para las mujeres y las niñas víctimas de la trata o que se encuentran en situación de riesgo.

El Centro ofrece servicios básicos de apoyo a las víctimas que corren el riesgo de ser objeto de trata, principalmente identificadas en los cruces fronterizos de Kavaja y remitidas por la dirección regional de la prefectura de Gjirokatra. Las beneficiarias pueden alojarse en ese centro por un máximo de 8 días y después se las remite a otros centros de rehabilitación o se las devuelve a sus familias biológicas.

Participación en la toma de decisiones y representación en el plano internacional

17.En vista del nivel sumamente bajo de representación de las mujeres en la vida pública y política (que en el Parlamento es del 7,1%), el Gobierno previó establecer, mediante el proyecto de ley sobre igualdad de género en la sociedad, una cuota de representación de hombres y mujeres del 30% en la toma de decisiones políticas y públicas (CEDAW/C/ALB/3, párr. 146). Sírvase proporcionar información actualizada sobre la adopción de esta cuota de género y explicar la diferencia en su aplicación en las elecciones locales y en el sistema proporcional para las elecciones parlamentarias. Sírvase explicar también cómo se impondrán las sanciones financieras previstas para los partidos políticos y las organizaciones sin fines de lucro por infracciones que abarcan el incumplimiento del orden en que aparecen en las listas los nombres de los hombres y las mujeres candidatos. Sírvase describir además otras medidas que haya adoptado el Gobierno, incluidas las medidas especiales de carácter temporal de conformidad con el párrafo 1 del artículo 4 de la Convención, con el fin de aumentar el número de mujeres en los puestos de gestión de la administración pública y en los cargos directivos del servicio diplomático y el poder judicial, y qué efecto han tenido esas medidas.

La Ley núm. 9970 sobre la igualdad de género en la sociedad, de 24 agosto de 2008, dispone como medida temporal la introducción de cuotas, es decir:

a)Una cuota superior al 30% en los poderes legislativo, ejecutivo y judicial y en otras instituciones públicas;

b)La inclusión de un mínimo del 30% de hombres y mujeres en la lista de candidatos presentados por los partidos políticos o las coaliciones políticas en el sistema proporcional para las elecciones de la Asamblea de la República de Albania.

Desde la perspectiva de género esta es una cuota neutral, ya que tiene por objetivo una representación de ambos géneros en no menos del 30% de los órganos antes mencionados. Se han previsto sanciones para los casos de incumplimiento de la cuota de la ley sobre la igualdad de género (artículo 15/3), más concretamente: “En caso de violación de las disposiciones de esta ley los partidos políticos deben pagar una multa de hasta una décima parte del fondo estatal para la financiación de la campaña electoral, hasta que se ponga fin a la infracción”.

Por primera vez, el Código Electoral de la República de Albania (aprobado por Ley núm. 10019, de 29 diciembre de 2008), dispone la obligación de los sujetos electorales de respetar la igualdad de género (artículos 19, 67).

En el artículo 29 del Código Electoral se hace referencia a la obligación de los sujetos electorales de proponer comisiones electorales de segundo nivel compuestas por un 30% de miembros de cada género. Asimismo, en el artículo 67 del Código Electoral se estipulan las obligaciones de los sujetos electorales registrados para las elecciones en la Asamblea de Albania de presentar listas en que un 30% de los candidatos deben pertenecer a cada género y / o uno de cada tres primeros nombres de la lista deben pertenecer a cada género. Respecto de las elecciones de los gobiernos locales, la mencionada disposición establece la obligación de los sujetos electorales de presentar uno de cada tres nombres de cada género en la lista o en los concejos locales. En caso de incumplimiento de los criterios relacionados con el género en las listas para las elecciones de la Asamblea de Albania, en el artículo 67 se establece el derecho de la Comisión Electoral Central (CEC) a rechazar la lista del sujeto pertinente. En cuanto al incumplimiento de los criterios de género para las elecciones de los gobiernos locales, el Código Electoral, en su artículo 175, impone al sujeto electoral pertinente una multa de 30.000 leks albaneses para cada zona electoral por conducto de la Comisión Electoral Central.

En las elecciones de 2009, de los 528 miembros de esas comisiones, 132 eran mujeres. En cuanto a la representación de la mujer en la lista de candidatos de los sujetos electorales participantes, en las elecciones parlamentarias de 2009, de los 3.853 candidatos, 1.165 eran mujeres, lo que equivale al 30,23%.

El establecimiento de la cuota para las mujeres en la Ley sobre la igualdad de género y en el Código Electoral se tradujo en un aumento del 16,4% de representación de la mujer en la Asamblea de la República de Albania.

Una ministra, la Ministra de Integración, forma parte del gabinete del gobierno, lo que equivale al 7,1% del gabinete y de los 31 cargos de viceministros, ocho (25,8%) son ocupados por mujeres.

De conformidad con ley sobre la igualdad de género en la sociedad y con la cuota de género del 30% que prevé el Código Electoral, aprobadas, respectivamente, en 2008 y 2009, se incluyó, más que nunca, la dimensión de género en las campañas electorales organizadas por los partidos políticos para las elecciones parlamentarias de 2009. Los valores de las mujeres y las niñas candidatas se promueven por conducto de reuniones, programas de televisión y otras actividades.

Administración pública – La Ley núm. 8549 sobre la situación de los funcionarios públicos, de 11 de noviembre de 1999, está encaminada a establecer condiciones y procedimientos igualitarios de contratación, de terminación de las relaciones de trabajo y desarrollo profesional, garantizar los derechos en la administración pública y determinar las obligaciones de los funcionarios públicos con el objetivo de establecer una administración pública sostenible, profesional y eficiente.

En el artículo 3 de la ley se estipula que la administración pública y sus funciones están construidas en base a los principios de la profesionalidad, la independencia y la integridad, la imparcialidad política, la transparencia, el servicio al público, la continuidad de la carrera, la responsabilidad y la corrección en la aplicación de la legislación en vigor.

El Departamento de Administración Pública funciona sobre la base de la Ley sobre la situación de los funcionarios públicos y uno de sus principios es la igualdad entre los géneros en la contratación de la administración pública. Este espíritu de la ley se refleja también en otras medidas normativas relativas a la aplicación de la Ley sobre la situación de los funcionarios públicos.

Servicio exterior

La Ley núm. 9095 sobre el servicio exterior de la República de Albania, de 3 de julio de 2003, cuyo objeto es regular la actividad de ese servicio, establece que la admisión al servicio exterior se realiza mediante competencia abierta, de conformidad con la ley núm. 8549 sobre la situación de los funcionarios públicos, de 11 de noviembre de 1999.

Los criterios y procedimientos de transferencia, el movimiento paralelo y la promoción en el cargo sin restricciones de género están determinados en el reglamento del servicio exterior.

Sistema Judicial: Debido a las características muy específicas definidas en relación con la designación de los magistrados de distrito y los magistrados de los tribunales de apelación, resulta imposible contar con una estrategia relativa al aumento del número de mujeres en el sistema judicial. El Consejo Supremo de la Magistratura, que es una estructura constitucional independiente encargada en cada caso concreto de las designaciones, los traslados o incluso la remoción de magistrados, ha tenido en cuenta el respeto de la igualdad de género en la designación de los magistrados y presidentes de los tribunales, tratando de aumentar el número de mujeres en comparación con el número general de los magistrados y el número de presidentes de los tribunales.

18.Aunque en el informe se indica que las mujeres en Albania están representadas en los puestos directivos superiores en los poderes legislativo, ejecutivo y judicial y en el sistema de justicia, no se proporcionan datos estadísticos que revelen el porcentaje de mujeres en relación con los hombres que ocupan cargos en los órganos asesores del Gobierno, en los gobiernos locales y la judicatura. Sírvase proporcionar datos estadísticos al respecto.

Los datos estadísticos sobre el porcentaje de mujeres en relación con los hombres en la administración pública son los siguientes:

Entre los funcionarios públicos el 58,5% de los cargos están ocupados por mujeres y el 41,5% por hombres. En el poder ejecutivo, el 67,4% de los cargos están ocupados por mujeres y el 32,6% por hombres. En los puestos directivos, el 43,2% de los cargos están ocupados por mujeres y el 56,8% por hombres.

En relación con la distribución del cargo de responsable de un sector, el 52% de los cargos están ocupados por mujeres y el 48% por hombres.

En el cargo de Director del Directorio, el 37% de los cargos están ocupados por mujeres y el 63% por hombres. En el cargo de Director General, el 32% de los cargos están ocupados por mujeres y el 68% por hombres, mientras que en los puestos directivos superiores de la administración pública, es decir, a nivel de Secretario General, el 25% de los cargos están ocupados por mujeres y el 75% por hombres.

Datos estadísticos sobre la representación de la mujer en el servicio exterior.

El número total de funcionarios del servicio exterior, dentro del Ministerio de Relaciones Exteriores, es de 188, de los que 89 son mujeres. Hay 22 mujeres que ocupan puestos directivos.

Datos estadísticos sobre el porcentaje de mujeres en el sistema judicial.

En el Consejo Supremo de la Magistratura la representación de la mujer es del 21,4%.

Por primera vez en Albania, el Presidente del Tribunal Superior de Justicia y el Fiscal General son mujeres.

De los 14 miembros del Tribunal Superior, 6 son mujeres, es decir, el 42,8%.

Entre los 8 miembros del Tribunal Constitucional, hay una mujer, lo que representa un porcentaje del 12,5%.

El número total de magistrados es de 341, de los que 147 son mujeres, es decir, aproximadamente el 32% del total.

El número de presidentes de tribunales es de 29, de los que 7 son mujeres, es decir, aproximadamente el 25% del total.

Gobiernos locales

De acuerdo con las últimas elecciones de los gobiernos locales de 2007, se observan los datos siguientes:

De los 65 ayuntamientos, uno de ellos lo dirige una alcaldesa, es decir, el 1,5%.

Hay 9 mujeres que dirigen consejos de ayuntamiento, es decir, el 16%.

De los 1.178 miembros de los concejos de ayuntamiento, 157 son mujeres, es decir, el 13,3% del total.

De los 11 pequeños ayuntamientos de Tirana, 3 de ellos los dirigen mujeres, es decir, el 27,3%.

De los 309 jefes de comunas, 6 son mujeres, es decir, el 1,9%.

Educación

19.En 2006, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales expresó su preocupación (E/C.12/ALB/CO/1, párr. 38) por el alto porcentaje de niños romaníes, en especial niñas, que no estaban matriculados en la escuela, o que la abandonaban en una etapa muy temprana de su instrucción. Sírvase proporcionar estadísticas y datos actualizados sobre las tasas de deserción de las niñas en todos los ciclos de enseñanza, sobre el nivel educativo y el acceso a la educación de las mujeres y las niñas de las zonas rurales y las pertenecientes a las minorías, incluidas las mujeres y las niñas de la comunidad romaní.

La reducción de la deserción del ciclo de enseñanza obligatoria de 9 años, así como el problema de la deserción del ciclo de enseñanza de nivel superior constituyen una prioridad del Ministerio de Educación y Ciencia. Esos problemas se tienen en cuenta también en una serie de documentos estratégicos, en cuyo marco jurídico figuran las instituciones educacionales. En los cuadros siguientes figuran los datos estadísticos relativos a la deserción escolar y el acceso a la educación.

Cuadro 1Deserción escolar en el ciclo de educación obligatoria de 9 años – 2008-2009

Deserción escolar

Alumnos a nivel nacional – Septiembre de 2008

Porcentaje de deserción

Total

Niñas

Total

Niñas

Total

Niñas

3 711

1 971

457 882

220 219

0,81

0,90

Cuadro 2Deserción escolar en el ciclo de educación obligatoria de 9 años – 2008-2009

Deserción sin justificación

Estudiantes a nivel nacional – Septiembre de 2008

Porcentaje de deserción

2 759

118 053

2,3

Cuadro 3Acceso de la mujer a la educación obligatoria y a la enseñanza secundaria general, 2008-2009

Total

Zonas rurales

Porcentaje

Porcentaje

Total

Mujeres

Total

Mujeres

Mujeres que viven en zonas rurales/ Total de estudiantes

Mujeres que viven en zonas rurales/ Total de estudiantes

Ciclo educativo de 9 años

457 885

220 206

229 148

111 058

24,3

50,4

Enseñanza secundaria general

118 053

59 390

29 368

15 067

12,8

25,4

Acceso de las minorías a la educación obligatoria, 2008-2009

Total

Mujeres

Minorías, porcentaje total

Mujeres de minorías/total de estudiantes a nivel nacional

Mujeres de minorías/total de estudiantes a nivel nacional

Total de estudiantes

457 885

220 206

0,2 %

(el 0,2% de todos los estudiantes del país son miembros de minorías)

0,1 %

(el 0,1% de todos los estudiantes del país son miembros de minorías)

0,2 %

(el 0,2% de todas las estudiantes mujeres del país son mujeres pertenecientes a minorías)

20. El informe revela un vínculo entre los costos “ oficiosos ” de la educación y la falta de asistencia de los niños a la escuela, en especial en las zonas rurales y entre los niños que viven en la pobreza. El Comité de los Derechos del Niño observó asimismo en 2005 (CRC/C/15/Add.249, párr. 68) que los niños en Albania trabajaban en las calles, dentro de la familia o en otros lugares, en situaciones de explotación, o en una medida que obstaculizaba su asistencia regular a la escuela. Sírvase proporcionar información sobre las medidas adoptadas por el Gobierno para abordar las causas fundamentales de que persistan tasas bajas de matrícula y tasas altas de deserción escolar de los niños, y en especial de las niñas, en Albania. ¿Qué apoyo se ofrece a las familias, en particular a las familias en las zonas rurales y remotas y a las familias pobres, para propiciar un cambio favorable en esas tasas?

La Estrategia nacional sobre educación preuniversitaria para el período comprendido entre 2007 y 2013 (aprobada por Decisión del Consejo de Ministros núm.799, de 22 de julio de 2009) y la Estrategia nacional sobre educación superior 2008 a 2013 (aprobada por Decisión del Consejo de Ministros núm. 1509, de 30 de julio de 2008) tienen por objetivo alcanzar el éxito en todos los niveles de la educación.

El Ministerio de Educación y Ciencia ha prestado una atención especial a la participación en la educación y la calidad de esta. Las medidas adoptadas por el Ministerio para reducir la deserción escolar incluyen una amplia gama de inversiones en infraestructura y un aumento de la capacidad. Entre 2005 y 2008, se construyeron o renovaron 165 escuelas modernas y 1.012 instalaciones escolares. Durante 2009 se comenzaron a construir otras 300 instalaciones. El ministerio continúa la reestructuración de las escuelas y jardines de infantes en todo el país, y tiene intención de abrir nuevos jardines de infantes. En 2008 y 2009, se abrieron 100 grados preparatorios para niños de 5 y 6 años, como uno de los principales objetivos de la Estrategia nacional sobre educación preuniversitaria, un proceso que continúa. El equipamiento de las escuelas con materiales didácticos es un proceso en curso, que se planifica anualmente en el proyecto de presupuesto de mitad de período del Ministerio de Educación y Ciencia. Además, todas las escuelas del país han sido equipadas con laboratorios informáticos. Se ha equipado también a las escuelas con laboratorios físicos y virtuales.

La Decisión del Consejo de Ministros núm. 997, de 13 de mayo de 2009, establece que el precio de compra de los libros de texto para los alumnos que cursan nueve años en el sistema educativo de 9 años, procedentes de familias o de estratos sociales que necesitan protección y que reciben asistencia social, está cubierto en un 100% en forma de transferencia individual. Esto beneficia directamente a los alumnos de la comunidad romaní, así como a los alumnos que pertenecen a los sectores sociales que necesitan protección.

Sobre la base de la Decisión del Consejo de Ministros núm. 998, de 30 de septiembre de 2009, propuesta por el Ministerio de Educación y Ciencia, los alumnos y estudiantes de las zonas urbanas reciben becas con arreglo a los criterios de ingreso per cápita, mientras que los alumnos y estudiantes de las zonas rurales se benefician de becas cuando sus familias reciben asistencia económica.

La situación en que se encuentra la educación de los niños romaníes se considera una prioridad en el marco de las políticas educativas para la calidad y la participación en la educación. La Estrategia nacional sobre la mejora de las condiciones de vida de la minoría romaní (aprobada por Decisión del Consejo de Ministros núm. 633, de 18 de septiembre de 2003), establece objetivos en el ámbito educativo.

El Ministerio de Educación y Ciencia ha facilitado la matriculación de los niños romaníes en las escuelas, eliminando la obligación de presentar un certificado de nacimiento antes de la matriculación, por conducto de la Orden núm. 6 sobre la inscripción en la escuela de niños romaníes que no tienen certificado de nacimiento, de 29 de marzo de 2006. Esta directriz del Ministerio de Educación sobre la matriculación en las escuelas de los niños romaníes que no tienen certificado de nacimiento ha mejorado la situación en las escuelas de Tirana, Durres, Korça, etc., y ha eliminado los obstáculos jurídicos en ese sentido.

Asimismo, sigue adelante la aplicación del Proyecto segunda oportunidad para la educación de los niños que han dejado la escuela, una gran parte de los cuales son niños de la comunidad romaní (el 50% de los niños que se benefician de ese proyecto pertenecen a la comunidad romaní). Ese proyecto tiene por objetivo atraer a los niños romaníes a la escuela mediante programas especiales, la prestación de servicios especiales, la sensibilización de las familias y un trabajo especial con los padres.

El Plan Nacional de Acción sobre la aplicación del decenio de inclusión de los romaníes 2010-2015, (aprobado por Decisión del Consejo de Ministros núm. 1087, de 28 octubre de 2009), prevé una serie de medidas concretas para la mejora de las condiciones de la educación y la inclusión de la comunidad romaní en el sistema educativo.

Además, se ha creado un grupo de trabajo del Ministerio de Educación y Ciencia que ha elaborado el Plan de Acción para la eliminación de la deserción escolar, en colaboración con las organizaciones no gubernamentales interesadas en esa esfera. Ese plan tiene especialmente en cuenta a la comunidad romaní, ya que esa comunidad se ve afectada por un 0,81% de deserción en la educación obligatoria, aunque abarca también a otros sectores marginados de la sociedad.

A consecuencias de las medidas adoptadas, se ha producido un aumento de asistencia de la comunidad romaní a los jardines de infantes y las escuelas. Ese aumento de asistencia en ambos niveles ha sido posible gracias a algunos factores como la mejora de las infraestructuras, el desarrollo de campañas de sensibilización, la adopción de medidas de promoción y la eliminación de barreras restrictivas.

En relación con la apertura de clases preparatorias, en 2008 se ofrecieron 50 clases y 450 niños de la comunidad romaní se matricularon en esas clases. Esa cifra se duplicó en 2009. Se ha dado prioridad a que esas clases se ofrecieran cerca de la comunidad romaní.

La mejora de los planes de estudio, las inversiones en materiales escolares didácticos y las reformas realizadas para la distribución de textos escolares destinados a los niños que necesitan protección, han influido en el acercamiento de la comunidad romaní a las escuelas. La organización de escuelas de verano con estudiantes romaníes y no romaníes ha impulsado una mayor participación social de esa comunidad y ha eliminado obstáculos mediante la organización de actividades deportivas y culturales.

La reforma de los planes de estudio ha creado el espacio necesario para el aprendizaje del idioma romaní en las escuelas con un alto número de alumnos romaníes, un espacio que la comunidad romaní no utilizaba adecuadamente debido a la falta de información.

La elaboración de políticas educativas eficaces para los niños romaníes sólo puede basarse en una información completa y precisa sobre ellos. La falta de información completa sobre los niños de la comunidad romaní crea dificultades para adoptar iniciativas para su educación. Las estadísticas actuales siguen siendo aproximadas pese a contar con distintas fuentes. Por ello, los documentos mencionados anteriormente están encaminados a establecer un sistema electrónico de intercambio de información entre las instituciones dependientes del Ministerio de Educación y Ciencia, así como entre los ministerios competentes. Se ha dado un primer paso en ese sentido por conducto de las instrucciones del Ministro para el inicio del nuevo año escolar 2009-2010, en que se señala que las dependencias de inspección de la dirección regional de educación deben ofrecer datos sobre todas las escuelas, por lo menos dos veces al año, en relación con la deserción de los estudiantes o los que se encuentran al margen del sistema educativo. La reunión de esa información establece la base para la creación de una base de datos relativa a la comunidad romaní.

Las instrucciones del Ministerio de Educación y Ciencia dan orientación a las direcciones y oficinas regionales de educación y las instituciones educativas con el objeto de que éstas utilicen todos sus mecanismos de apoyo y hagan tomar conciencia a los niños y padres romaníes —y a los padres en general— de la importancia de la educación. Se han elaborado programas especiales de sensibilización de los padres y sobre la importancia de la educación, teniendo en cuenta también la perspectiva de género. Las direcciones y oficinas regionales de educación, así como las escuelas y los maestros, han recibido instrucciones y han incluido en sus planes anuales servicios de asesoramiento para los alumnos y sus padres sobre la importancia de la educación. En todas las escuelas existe una oficina de orientación profesional que suele estar dirigida por el vicedirector de la escuela.

En el marco de la integración de la igualdad entre los géneros como una norma de la educación, se crearon en el Instituto de planes de estudio y capacitación grupos de trabajo compuestos por especialistas en materia de igualdad entre los géneros. Estos grupos de trabajo han analizado los programas de enseñanza, con el objetivo de incluir el tratamiento de las cuestiones de género en esos planes de estudio. Se han analizado los programas de enseñanza de la educación obligatoria y se ha reflejado la igualdad entre los géneros en los programas de educación secundaria general.

Todas las escuelas y jardines de infancia ofrecen servicios psicológicos escolares. Ese servicio introdujo como novedad el tratamiento de los problemas de los alumnos dentro y fuera de la escuela, llevando a cabo actividades de capacitación con alumnos, maestros y padres encaminadas a sensibilizarlos sobre la importancia de la educación y la necesidad de evitar diferentes fenómenos como la deserción escolar, la violencia en la escuela y en la familia, la desigualdad de género, etc. El Ministerio de Educación y Ciencia y el Instituto de Planes de Estudio y Capacitación, en colaboración con la Red de Asociaciones de Educación, han elaborado 14 módulos de enseñanza que se aplicarán en los niveles 1 a 9. El objetivo de estos módulos es que los alumnos conozcan sus derechos.

El Instituto de Planes de Estudio y Capacitación y la Alianza de Género para el Desarrollo han ofrecido capacitación sobre igualdad entre los géneros a los maestros de los ciclos básico y medio. A consecuencia de la cooperación con el PNUD se ha dado a los maestros instrucciones sobre la inclusión de las cuestiones de género en su labor docente. Por otra parte, el Ministerio de Educación y Ciencia, en cooperación con Kultur kontakt, de Austria, está llevando a cabo un proyecto experimental en cuatro direcciones regionales de educación para integrar la igualdad entre los géneros en el nivel intermedio de la educación, y que tiene como objetivo sensibilizar a los maestros sobre algunos aspectos de la integración de las cuestiones de género en la enseñanza y la transmisión de conceptos que incorporan la igualdad entre los géneros a la vida escolar.

El Ministerio de Educación y Ciencia ha dado instrucciones a todas las direcciones y oficinas regionales de educación para que tengan constantemente en cuenta la necesidad de aumentar el número de mujeres y niñas que participan en la gestión escolar. En algunas direcciones y oficinas regionales de educación se llevaron a cabo campañas de sensibilización casa por casa, especialmente en el norte del país, distribuyendo folletos sobre la igualdad entre los géneros y la importancia de la participación de la mujer en todos los niveles de la educación.

Se ha institucionalizado el sistema vertical de capacitación y la utilización de fondos destinados a la capacitación del personal docente de la enseñanza preuniversitaria. El sistema vertical de capacitación ofrece a todo el personal docente y a los trabajadores de la educación la oportunidad de participar en actividades de capacitación, sobre temas como la deserción escolar y la educación inclusiva desde la perspectiva de género.

Empleo

21.En el informe se menciona un estudio en curso sobre la igualdad de remuneración (CEDAW/C/ALB/3, párr. 226). Sírvase proporcionar información sobre los resultados del estudio y sobre el uso de las recomendaciones formuladas en la política encaminada a asegurar la igualdad de remuneración de facto por trabajo de igual valor.

Teniendo en cuenta las obligaciones de nuestro país respecto de los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y otros sobre las normas relativas a la igualdad de remuneración por trabajo de igual valor, se decidió iniciar un estudio que ponga de manifiesto las formas de discriminación y que identifique las medidas y los medios necesarios para mejorar la legislación en este ámbito, y proporcione orientación sobre las políticas para luchar contra esa discriminación en nuestro país. Ese estudio, además de presentar conocimientos teóricos del sector privado respecto de las características de la igualdad de remuneración, también utilizó módulos de cuestionarios sobre remuneración en un número limitado de empresas y negocios.

En las encuestas para determinar si existía igualdad de remuneración para hombres y mujeres se mantuvo el anonimato, pero las mujeres no consideraban que hubiera desigualdad en la remuneración para trabajos de igual valor. En las encuestas se percibió que los hombres ocupan mejores puestos de trabajo. Se observa también ese fenómeno en el sector estatal. Los datos estadísticos revelan que, en Albania, los hombres predominan principalmente en los puestos directivos y de adopción de decisiones públicas y políticas a pesar de tener el mismo nivel educativo que las mujeres, que a menudo es más alto. En relación con la presencia de la mujer en los ministerios pertinentes, en el estudio se señala que las mujeres ocupan el 56,7% de los puestos especializados y tienen un salario inferior al de otros niveles como jefe de sector, director etc. Por otra parte, las mujeres ocupan el 32% de los cargos de directores, con un salario más elevado. Considerando que como directores, con mayor salario que están alrededor de un 32%. Durante este estudio, tras evaluar la legislación vigente en materia de igualdad en la remuneración, se observó una mejora gradual y una disminución en la desigualdad en la remuneración.

Es importante destacar que a pesar de la mejora continua de la legislación y de la atención que presta el Gobierno a designar a mujeres para los puestos de trabajo valorados, el porcentaje sigue dejando mucho que desear. Sin embargo, el problema principal que se debe solucionar es la evaluación del trabajo para diferentes puestos, a fin de poder comparar dos trabajos diferentes de igual valor, debido a que, en general, las mujeres suelen ocupar cargos de secretaria, maestra, etc., mientras que los hombres ocupan puestos de trabajo tales como mecánico, oficial de policía, etc. Todavía no se ha definido una metodología para evaluar el trabajo en nuestro país. A tal fin, el Ministerio de Trabajo, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades ha iniciado un estudio sobre la igualdad en las remuneraciones, que todavía está en curso.

Ese estudio se considera un primer paso en el importante proceso de evaluación del trabajo y en el establecimiento de relaciones de equidad en la remuneración. Se ha previsto que ese estudio adquiera una dimensión nacional, con la participación de otras instituciones importantes calificadas en esa esfera, con la orientación y la asistencia de expertos extranjeros. Por ello, representantes del Ministerio de Trabajo, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades han solicitado asistencia a los representantes de la OIT.

22.Sírvase proporcionar información sobre la situación de la mujer en la economía no estructurada, incluso sobre el porcentaje de mujeres en este sector en relación con los hombres y sus esferas de actividad, así como información sobre las medidas de protección social a disposición de esas trabajadoras, y sobre el porcentaje de mujeres que, en la práctica, tienen acceso a esas medidas y se benefician de ellas.

En relación con la situación de la mujer en la economía no estructurada, la información se obtuvo de la inspección de trabajo del Estado sobre la base de la elaboración estadística de los datos provenientes de las direcciones regionales de las inspecciones de trabajo del Estado en 12 prefecturas del país en la inspección de las actividades económicas legales, de conformidad con la Ley 9634 sobre la inspección en el trabajo y la inspección de trabajo del Estado, de 30 de octubre de 2006.

Los siguientes datos corresponden al año 2008 y al período enero-octubre de 2009. Para reunir la información hemos recurrido a los informes sobre las entidades privadas inspeccionadas, porque en ellas encontramos el fenómeno del empleo ilegal (no declarado en el sistema del seguro social). En su mayor parte los datos corresponden a los sectores económicos en que hay mujeres empleadas.

Entidades privadas sometidas a inspección

2008

2009

Entidades privadas sometidas a inspección

10 420

9 104

Número de empleados

101 306

99 407

Empleados hombres

54 719

62 997

Empleadas mujeres

46 587 (46%)

36 270 (36%)

Total de empleados ilegales

4 939

2 548

En empresas de producción

Año 2008

Año 2009

Entidades controladas

1 790

1 522

Total de empleados

43 933

34 576

Empleados hombres

11 345

11 654

Empleadas mujeres

32 588 (74%) PM

22 773 (66%) PM

Empleados ilegales

1 103

477

Comentario: en el sector de la producción, donde predomina la industria fason, en 2008, cerca del 74% de los empleados eran mujeres. Los controles del sector privado de la industria fason muestran que cerca de 816 mujeres no fueron declaradas a efectos tributarios.

Entre enero y octubre de 2009, en ese sector, aproximadamente el 66% de los empleados eran mujeres, y aproximadamente 314 de ellas no habían sido declaradas en el plan de seguros.

En el sector de la producción

Año 2008

Año 2009

Entidades controladas

1 499

1 455

Total de empleados

24 345

27 869

Empleados hombres

21 477

25 160

Empleadas mujeres

2 868 (11,8%) PM

2 709 (9,7%)

Empleados ilegales

1 209

512

En 2008, los controles revelan que en el sector de la construcción aproximadamente 142 mujeres no fueron declaradas a efectos tributarios.

En 2009, los controles muestran que en el sector de la construcción cerca de 50 mujeres no fueron declaradas a efectos tributarios.

En el sector de la comercial

Año 2008

Año 2009

Entidades controladas

4 812

4 037

Total de empleados

15 571

13 707

Empleados hombres

9 634

8 309

Empleadas mujeres

5 937 (38%)

5 398 (39%)

Empleados ilegales

1 585

1 009

En 2008, los controles muestran que en el sector de los servicios 602 mujeres no fueron declaradas a efectos tributarios ni en los planes de seguros.

En 2009, los controles revelan que en el sector de servicios aproximadamente 394 mujeres no fueron declaradas a efectos tributarios.

Sector financiero, servicios de seguro, empresas y comunicaciones

Año 2008

Año 2009

Entidades controladas

985

789

Total de empleados

5 432

5 127

Empleados hombres

4 018

3 912

Empleadas mujeres

1 414 (26%)

1 214 (23.6%)

Empleados ilegales

362

199

En 2008, los controles muestran que en este sector 94 mujeres no fueron declaradas a efectos tributarios.

En 2009, los controles muestran que 47 mujeres no fueron declaradas en el sector financiero, los servicios de seguros, las empresas y las comunicaciones.

Otras actividades

Año 2008

Año 2009

Entidades controladas

1 014

925

Total de empleados

8 832

8 341

Empleados hombres

5 521

5 286

Empleadas mujeres

3 311 (37%)

3 055 (36%)

Empleados ilegales

566

243

En 2008, los controles revelan que en ese grupo no fueron declaradas 210 mujeres.

En 2009, los controles muestran que en ese grupo no fueron declaradas 87 mujeres.

La inspección de trabajo del Estado, en aplicación del acuerdo con las autoridades fiscales, en los casos en que se observan empleados ilegales durante los controles físicos en las empresas, redacta actas en que figura la lista de las personas no declaradas en las instituciones fiscales, con el fin de incluirlas en el seguro social, y las envía a la oficina regional de recaudación de impuestos.

En el artículo 119 de la Ley núm. 9920 sobre procedimientos tributarios en la República de Albania, de 19 de mayo de 2008, se dispone que el inspector de impuestos sancione la no declaración de los empleados con una multa de 10.000 a 20.000 leks por cada trabajador no declarado y la obligación de pagar las contribuciones impagas.

En cuanto a los otros aspectos de la protección social, tanto en relación con la disposición prevista en la legislación laboral respecto de la duración del trabajo como con la garantía de igual remuneración para trabajo de igual valor, la inspección del trabajo adopta de acuerdo con el tipo de violencia y la cantidad de daños sufridos, con arreglo artículo 202 del Código del Trabajo.

En el artículo 115/1 de la Ley núm. 7961, de 12 de julio de 1995, del Código del Trabajo, modificado por Ley núm. 9125 sobre la igualdad de remuneración entre los sexos, de 29 de julio de 2003, se dispone que el empleador pague el mismo salario a mujeres y hombres que hacen un trabajo de igual valor. En el punto 4 de esa ley se establece que, en caso de discriminación, ésta desaparece cuando el empleador ofrece al empleado víctima de discriminación una compensación que incluye todas las ventajas de que goza el otro empleado. En el punto 5 de ese artículo se establece que el Consejo de Ministros puede definir otras normas para la aplicación de la igualdad de remuneración de los empleados.

En la Dirección General de la inspección de trabajo del Estado no se ha presentado ningún pedido ni se ha multado a empresa alguna por violación de las disposiciones que definen la prohibición de discriminación.

23. Sírvase proporcionar información más detallada, como lo pidió el Comité en sus observaciones finales anteriores [A/58/38, párrafo 75], sobre la situación de la mujer en el mercado laboral, inclusive sobre las ocupaciones de las mujeres en los diferentes sectores de la economía, y sus grados de autoridad y salarios.

Las políticas elaboradas por el Ministerio de Trabajo, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades en el ámbito del mercado de trabajo para obreros y profesionales, no permiten ninguna discriminación contra la mujer.

Empleo y calificación profesional de la mujer. Para mejorar el nivel de empleo y calificación de las mujeres, el Ministerio ha adoptado una serie de medidas:

1)Se ha seguido aplicando el programa de promoción del empleo de las mujeres, en que se ha dado prioridad a grupos especiales como las víctimas de la trata, las mujeres con discapacidad, las mujeres romaníes de más de 35 años de edad, las madres adolescentes y las mujeres divorciadas con problemas sociales. En 2004 se ejecutó por primera vez el programa de promoción del trabajo para mujeres desempleadas que buscan empleo. Este programa ha continuado durante varios años y su prioridad es la inclusión en el programa de las mujeres pertenecientes a los grupos especiales que están registradas en las oficinas de empleo como desempleadas que buscan empleo. El programa se encuentra en el tercer año de su ejecución y en 2009 proporcionó empleo a 457 mujeres. Por otra parte, un total de 2.120 desempleados que buscan empleo (de los cuales el 50% son mujeres) consiguieron empleo en los programas de promoción del empleo.

2)En apoyo de la Ley núm. 8872 sobre la educación y formación profesional en la República de Albania, de 29 de marzo de 2002, la Decisión del Consejo de Ministros núm. 616, de 4 de diciembre de 2002, sobre la determinación de categorías especiales que se benefician de la Ley núm. 8872 antes mencionada y la instrucción ministerial núm. 2222, sobre servicio de asesoramiento y orientación en materia de formación profesional (punto 6), de 31 de octubre de 2002, destacan la atención particular que se debe prestar a los grupos especiales.

En relación con los 9 meses de 2009, 4.997 personas recibieron capacitación en las direcciones regionales de calificación profesional, entre ellas 2.570 mujeres; 2.306 personas recibieron capacitación en los cursos profesionales, de las cuales el 50% eran mujeres; hubo 1.639 personas desempleadas que buscaban empleo en las oficinas de empleo y participaban en cursos de calificación, de las cuales 705 eran mujeres; 1.092 personas pagaron tasas reducidas, de las cuales 464 eran mujeres; y 229 desempleados que buscaban empleo recibieron capacitación gratuita, de los cuales 62 eran huérfanos, 38 víctimas de la trata y 121 romaníes.

3)El Servicio Nacional de Empleo sigue trabajando para aumentar las posibilidades y lograr la igualdad de trato entre hombres y mujeres en la esfera de los servicios de empleo, la calificación profesional y el subsidio en caso de desempleo. Los principales objetivos de la integración de las cuestiones de género seguirán siendo: a) La participación activa de las mujeres, los representante de las organizaciones no gubernamentales y todos los grupos pertinentes en la formulación de políticas, garantía de las responsabilidades y necesidades en función del sexo, utilizando formularios más detalladas con el objeto de elaborar los datos en base al género. c) Todas las dependencias regionales deben proporcionar y reunir información con el objeto de enriquecer los datos a nivel nacional. d) Los presupuestos se preparan previendo la igualdad de beneficios para ambos géneros. Esto se hará una vez que se examinen los informes actuales; se redactarán políticas que no solamente exijan aportaciones sino que brinden los mismos beneficios. e) Sobre la base de los datos reunidos en 2008 puede observarse que aproximadamente el 43% de los 11.787 desempleados que buscaban empleo eran mujeres.

24. De acuerdo con el informe (CEDAW/C/ALB/3, párrs. 230, 232 y 238), las mujeres representan una parte considerable del total de personas desempleadas que buscan empleo, y se ven particularmente afectadas por el desempleo (el 80% de los desempleados son mujeres frente al 12,8% de hombres) y el subempleo tanto en el sector privado como en el sector público. Sírvase proporcionar información sobre las medidas que se estén aplicando para enfrentar los problemas de desempleo y subempleo en los dos sectores, con especial atención a los arreglos de trabajo favorables a las familias, la disponibilidad de infraestructuras para el cuidado de los niños en las zonas urbanas y rurales y las iniciativas que promuevan la distribución de las responsabilidades familiares entre mujeres y hombres.

Infraestructura de atención de los niños en las zonas urbanas y rurales. La legislación y las políticas gubernamentales albanesas de los últimos años se han orientado a desarrollar y promover los servicios comunitarios públicos o privados:

Para los niños

De conformidad con la Ley núm. 7952 sobre el sistema de educación preuniversitaria, de 21 de junio de 1995, la educación pública preescolar es el primer nivel del sistema educativo público.

Las instituciones preescolares son las guarderías diurnas (para niños de hasta 3 años) y los jardines de infantes (para niños de 3 a 6 años) y se dividen en instituciones privadas y públicas.

Estas instituciones ofrecen servicios a todos los niños, independientemente del empleo de sus padres. Las instituciones públicas están distribuidas en todo el país (en zonas urbanas y rurales), mientras que las instituciones privadas se concentran en las grandes ciudades.

El Ministerio de Educación y Ciencia controla la calidad de esos servicios en el marco del plan de gestión del sistema educativo. El mantenimiento de los jardines de infantes y guarderías diurnas es responsabilidad del gobierno local y se realiza con financiamiento de una subvención incondicional (con cargo al presupuesto del Estado) y contribución del gobierno local (con cargo a los impuestos locales, etc.).

En el marco de la Estrategia para la educación, se está trabajando para mejorar las condiciones de los jardines de infantes públicos y los programas para la educación preescolar. Esas medidas facilitan una transición gradual de los niños de cinco a seis años de los jardines de infantes y los prepara para el primer grado.

El establecimiento de los nuevos servicios diarios en función de las necesidades identificadas por los comités comunitarios de planificación y la administración local. En marzo de 2008 concluyó la segunda etapa del proyecto financiado por el Banco Mundial, titulado “Distribución de los servicios sociales en la comunidad” y se hizo una evaluación sobre el impacto de los nuevos servicios en el marco de ese proyecto.

Se crearon 43 servicios diarios de base comunitaria para niños, jóvenes, personas de capacidad limitada, niñas y mujeres que lo requieren y personas de edad. Los nuevos servicios se distribuyeron en 8 círculos (de 12 en total) y en 3 ayuntamientos en particular que cubren las 2/3 del territorio del país con el nuevo modelo de servicios comunitarios.

Se crearon 20 servicios comunitarios para los niños en el marco de este proyecto:

En 2006, se crearon 8 servicios para los niños

En 2007, se crearon 12 servicios para los niños

Actualmente, los servicios comunitarios abarcan las dos terceras partes del territorio; la administración local, con el apoyo de las organizaciones no gubernamentales, ha asumido la responsabilidad del funcionamiento de esos servicios asegurando su sostenibilidad. Hay que tener en cuenta que inicialmente las dependencias locales de gobierno pueden tener dificultades para financiar esos servicios.

Mejora de la infraestructura escolar. El presupuesto de inversión del Ministerio de Educación y Ciencia (reconstrucción, construcción de nuevos edificios y equipamiento) aumentó de 4 mil millones de leks en 2008 a 6 mil millones de leks en 2009. En el año académico 2008-2009, se terminaron de construir 116 jardines de infantes y escuelas y se están terminando de construir otras 63 instalaciones.

Una novedad que ya se está aplicando en la planificación y ejecución de proyectos de escuelas y jardines de infantes es el cumplimiento de normas de construcción que tienen en cuenta a los niños con necesidades especiales.

En aplicación de las recomendaciones del Comité de Ginebra y de las políticas de desarrollo para la educación preescolar, sobre todo del objetivo de la inclusión prioritaria de los niños de 5 a 6 años en un año preparatorio, este año se está supervisando el proyecto experimental de 50 clases preparatorias en las escuelas con el ciclo de 9 años, en 13 DAR y en 2 ZA. Aproximadamente 1.300 niños de 5 a 6 años de edad asisten a estas clases. En 2009 se ha previsto abrir otras 50 clases preparatorias.

En la actualidad, el 63% de los niños de 5 a 6 años y el 50% de los niños de 3 a 5 años asisten a jardines de infantes.

Garantizar el funcionamiento de un sistema inclusivo de educación de calidad. Con el objeto de realizar una identificación temprana de los niños con discapacidad y su tratamiento individual, el Ministerio de Educación y ciencia, en cooperación con la Alianza Internacional para el Apoyo a la Niñez, está trabajando en 6 direcciones regionales de educación, Tirana, Elbasan, Berat, Shkodra, Vlora, Gjirokastra y Korça. El proyecto se ha ampliado a 34 escuelas del ciclo de 9 años y 27 jardines de infantes. En ellos se presta asistencia con planes educativos individuales a 343 niños con discapacidad y a 219 niños de jardín de infantes.

En 2009 se crearon cuatro escuelas y cuatro jardines de infantes; tres escuelas y tres jardines de infantes en Korça y cinco escuelas y cinco jardines de infantes en Vlora.

Iniciativas que promuevan la distribución de responsabilidades en la familia

En el período de noviembre de 2006 a mayo de 2009, la Dirección de Políticas sobre la Igualdad de Oportunidades prestó una atención especial a sensibilizar la opinión pública y de todas las partes interesadas respecto de las cuestiones de género, la prevención de la violencia doméstica, el reconocimiento y el respeto de los derechos del niño, la mujer y la niña. Se organizaron actividades de capacitación especial sobre la “Convención sobre la Prevención de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer” y se celebraron reuniones internacionales, seminarios de capacitación sobre el concepto de igualdad de género, etc.

El Plan de acción de la Estrategia nacional sobre igualdad de género y contra la violencia en la familia 2007-2010 prevé la realización de campañas de sensibilización sobre los derechos de la mujer, que incluyen sesiones de formación sobre la división de las responsabilidades familiares. En 2009 y 2010 se llevarán a cabo sesiones de capacitación en 12 prefecturas.

En la Ley núm. 9970 sobre la igualdad de género en la sociedad, de 24 de julio de 2008, se prevé la adopción de medidas concretas para facilitar y ayudar a las personas con responsabilidades especiales dentro de la familia, en particular, la atención a los miembros con discapacidades debidas a la edad, o discapacidades físicas o mentales o de otro tipo. Se han celebrado varias sesiones de capacitación sobre esa ley que continuarán en el curso de 2009, en que se llevará a cabo un período extraordinario de sesiones dedicado a las relaciones laborales.

Albania ha ratificado mediante la Ley núm. 9773, de 12 julio de 2007, el Convenio núm. 156 de la OIT “sobre los trabajadores con responsabilidades familiares” y ha presentado el primer informe sobre su aplicación.

Otra iniciativa es la inclusión en el Código de Trabajo de disposiciones jurídicas sobre la licencia por paternidad.

25. En el informe se menciona la ausencia de procedimientos precisos para presentar una demanda en caso de acoso sexual en el lugar de trabajo y la falta de datos estadísticos sobre el fenóme no . Sírvase proporcionar información sobre las medidas emprendidas para enfrentar el acoso sexual y la violencia contra la mujer en el lugar de trabajo.

En la Ley núm. 9970 sobre la igualdad de género en la sociedad, de 24 de julio de 2008, se define el “acoso por razones de género”, que es toda forma de conducta no deseada en relación con el género de una persona y cuya intención o cuya consecuencia es una violación de la dignidad de la persona o la creación de un entorno amenazador, hostil, humillante o insultante.

“El acoso sexual” es toda forma de conducta no deseada, expresada con palabras o acciones físicas, de carácter sexual, cuya intención o cuya consecuencia es una violación de la dignidad de la persona, especialmente cuando crea un entorno amenazador, hostil, humillante o insultante.

Sobre la base del artículo 18/2 de la ley sobre la igualdad de género, con el objeto de proteger a los empleados contra la discriminación, el acoso y el acoso sexual en particular, el empleador está obligado a:

a)Adoptar medidas preliminares y determinar medidas disciplinarias (sanciones) en el reglamento interno, para prevenir el hostigamiento y el acoso sexual contra los empleados con arreglo a esta ley;

b)En caso de recibir notificación, de manera indirecta o mediante denuncia de cualquiera de los empleados que declare haber sido objeto de discriminación, hostigamiento o acoso sexual, si resulta la denuncia resulta convincente, debe tomar las medidas de organización necesarias para poner fin al acoso y evitar la discriminación, el hostigamiento y el acoso sexual y aplicar sanciones disciplinarias;

c)Informar a todos los empleados acerca de la prohibición de la discriminación y el acoso sexual en el lugar de trabajo.

La inspección de trabajo del Estado sanciona con multas la violación de este artículo.

En relación con la solución de controversias, la ley sobre la igualdad de género establece que:

1)Con arreglo a esa ley, los órganos administrativos examinan y resuelven toda denuncia de violación a la igualdad entre los géneros de conformidad con las disposiciones del código de procedimientos administrativos. Los órganos administrativos adoptan una decisión sobre la base de las disposiciones de esa ley.

2)Las partes, por libre opción y cuando proceda, pueden utilizar cualquier procedimiento de mediación o conciliación previsto en la legislación vigente para abordar las violaciones a esa ley. La utilización de esos procedimientos no priva al denunciante del derecho a presentar el caso ante el órgano administrativo o el tribunal competente.

3)En caso de que un empleado de la administración pública haya cometido la violación, se aplican las disposiciones de la Ley núm. 8510 sobre las responsabilidades extracontractuales de los órganos administrativos del Estado, de 15 de julio de 1999.

4)Las organizaciones sin fines de lucro que cuentan con licencia para prestar servicios sociales, pueden representar o apoyar las actuaciones judiciales en nombre del denunciante o de las disposiciones de esa ley.

Las medidas están encaminadas a sensibilizar la opinión sobre la aplicación de LBGJ a nivel central y local, en que se abordan específicamente las relaciones laborales y, entre ellas, los diferentes tipos de acoso en el lugar de trabajo. Además, se difundirá la ley sobre igualdad de género entre los inspectores de trabajo y se les brindará capacitación al respecto. Con el objeto de ajustar la legislación albanesa a la de la Unión Europea, con arreglo al Programa TAIEX de la Unión Europea, la Dirección de Políticas sobre la Igualdad de Oportunidades ha solicitado la celebración de una mesa redonda con la participación de expertos en el tema con el fin de llevar a cabo un estudio nacional sobre el fenómeno del acoso sexual en el lugar de trabajo. Estamos esperando una respuesta al respecto.

Salud

26. En el informe se señala que el número de abortos registrados ante el Ministerio de Salud por instituciones públicas ha bajado en el último decenio (CEDAW/C/ALB/3, párr. 297). Se menciona que, en 2006, el coeficiente registrado fue de un aborto por cada 4,1 nacimientos en las instituciones públicas de salud. Sírvase proporcionar estadísticas y datos actualizados sobre el número total de abortos practicados en las instituciones públicas y privadas de salud en Albania.

Hasta 2006 las cifras en relación con el aborto procedían únicamente de las instituciones de salud pública y no se cuenta con datos de las clínicas privadas.

En 2007, el Ministerio de Salud, en cooperación con el Instituto de Estadística y el Instituto de Salud Pública, comenzó a reunir información sobre los abortos practicados en clínicas privadas que prestan también ese servicio.

El establecimiento del Sistema de supervisión del aborto en Albania, una iniciativa del Instituto de Salud Pública bajo la orientación del Ministerio de Salud, se decidió mediante la Orden núm. 157 del Ministro de Salud relativa a la reunión de información sobre los abortos practicados en los servicios de salud públicos y privados, de 23 de mayo de 2007.

Sobre la base de esa orden, el documento oficial para informar de los abortos en Albania es la nueva tarjeta de aborto, que debe completar el médico especialista que practica el aborto en clínicas privadas o públicas. Además, en el Instituto de Salud Pública se ha creado un programa informático con el objeto de analizar los datos obtenidos de las tarjetas de aborto.

De acuerdo con los datos del Instituto de Salud Pública basados en las tarjetas de aborto y los registros de aborto de los distritos, en 2008, se observó en éstos una disminución en el número de abortos. De acuerdo con los gráficos que se muestran a continuación, se observa también una considerable reducción en el número de nacimientos y la tasa de fecundidad.

Número de nacimientos vivos y de abortos, 2003-2008

40 86638 78935 81634 38333 57412 08710 5179 4039 5529 0309.025*05000100001500020000250003000035000400004500050000200320042005200620072008AñosNacimientos vivosAbortos * Para 2008, el número de abortos incluye a los que se realizaron en clínicas privadas

Tasa total de fecundidad

( Nacimientos por mujer)

1,61,31,8TotalUrbanaRural

Fuente : Encuesta demográfica de salud de Albania, 2008-2009 ( MACRO, MOH, INSTAT).

27. En el informe se observa que la planificación familiar con el fin de aumentar el intervalo entre el nacimiento de los hijos no goza todavía de aceptación, en particular entre los hombres (CEDAW/C/ALB/3, párr. 301). Sírvase indicar qué servicios de planificación familiar y educación sobre salud reproductiva tienen a su disposición mujeres y hombres, inclusive el acceso de varones y muchachas adolescentes a la información sobre salud reproductiva y sexualidad apropiada para su edad.

Los servicios de planificación familiar ofrecidos por el Ministerio de Salud están integrados en los servicios de salud reproductiva y se distribuyen en tres niveles de la atención de la salud. El nuevo conjunto de servicios de atención de la salud aprobado mediante la Orden núm. 95 del Ministerio de Salud, de 16 de febrero de 2009, incluye al servicio de la planificación familiar como parte de los servicios prestados.

El ámbito de los servicios primarios corresponde a los centros de planificación familiar ubicados en todos los distritos e integrados en los centros de asesoramientos para madres de las ciudades y los centros de salud de las aldeas.

Los centros de planificación familiar cuentan con anticonceptivos que se distribuyen gratuitamente y con personal encargado de ofrecer asesoramiento e información sobre la planificación familiar.

Además, todas las maternidades y los hospitales del país que participan en el nivel secundario han incluido el servicio de la planificación familiar y ofrecen anticonceptivos en forma gratuita.

En esos años, el Ministerio de Salud, en cooperación con el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) y la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), han prestado servicios de capacitación destinados al personal de salud, los médicos de familia y los enfermeros respecto de la planificación familiar y la salud reproductiva.

Los datos transmitidos periódicamente al Instituto de Salud Pública revelan que el número de centros de salud pública que ofrecen servicios de planificación familiar está aumentando considerablemente comparado con los años 1994-1997.

Actualmente, los servicios de planificación familiar están integrados en 430 centros de salud pública.

Número de centros de planificación familiar, 1994-2007

Con el objeto de que el programa nacional de planificación familiar tenga éxito, una de las prioridades del Ministerio de Salud es aumentar el acceso a esos servicios no sólo desde el punto de vista geográfico sino también cuantitativo. El Ministerio de Salud otorga a los Servicios de Planificación Familiar el logotipo correspondiente que certifica que éstos cumplen las normas previstas: 1) Capacitación del personal de salud en materia de planificación familiar; 2) Equipamiento del centro con material de información para el público y el personal de salud; 3) Suministro de la cantidad necesaria de anticonceptivos; 4) Integración del centro en el centro nacional de gestión de información sobre anticonceptivos.

En la evaluación del desempeño del personal de salud se incluyen también la prevalencia del uso de anticonceptivos y la utilización de métodos anticonceptivos modernos.

Las futuras intervenciones del Ministerio de Salud encaminadas a mejorar los servicios se concentrarán principalmente en lo siguiente: 1) La mejora de la infraestructura física; 2) La capacitación permanente del personal de la salud; 3) La motivación y supervisión del personal de la salud; 4) Las instrucciones y los protocolos claros relativos a la distribución y la gestión de los servicios de planificación familiar; 5) La promoción de la utilización continua de métodos anticonceptivos; 6) La mejora de la comunicación entre el personal de la salud y los clientes; 7) La mejora de la labor de información, educación y comunicación en materia de salud. Las intervenciones en esos tres últimos ámbitos no sólo se concentran en las mujeres sino también en los hombres, las familias y la comunidad. A ese respecto, se tratará de lograr una mejor coordinación entre las organizaciones no gubernamentales, los organismos donantes y el ministerio.

En el periodo 2004-2006, el Ministerio de Salud ha capacitado periódicamente a los empleados de los centros de salud, principalmente los médicos de familia y enfermeros, en materia de planificación familiar.

En 2010, tras el establecimiento del Centro Nacional de Educación, la planificación familiar formará parte de las actividades anuales relativas a la certificación periódica de la labor del personal de la salud.

En septiembre de 2009, el Ministerio de Salud concluyó la elaboración de protocolos normalizados para la planificación familiar y los servicios de planificación familiar del país.

Se organizan anualmente campañas de sensibilización en los medios de comunicación sobre el uso de anticonceptivos y la importancia de la planificación familiar.

En 2007-2008, los principales medios de comunicación difundieron anuncios publicitarios sobre la utilización de métodos anticonceptivos modernos en que se abordó la participación de los hombres en los problemas de la salud reproductiva.

En 2003, el Ministerio de Salud aprobó la estrategia nacional sobre los anticonceptivos. Esa estrategia tiene dos objetivos principales: 1) Garantizar el suministro de anticonceptivos de calidad de fabricación nacional; 2) Lograr la independencia en el suministro de anticonceptivos: satisfacer la demanda de anticonceptivos mediante asistencia financiera local.

En el marco de esa estrategia, el Ministerio de Salud ha realizado los ajustes necesarios en las políticas y el presupuesto con el objeto de satisfacer la demanda de anticonceptivos. A partir de 2005, el Ministerio de Salud comenzó a comprar parte de los anticonceptivos necesarios con fondos del presupuesto del Estado y se prevé que en 2010 logrará su plena independencia mediante la compra de todos los anticonceptivos necesarios para los servicios de salud con fondos del presupuesto del Estado.

En septiembre de 2009, el Ministerio de Salud preparó un documento estratégico y un Plan de acción en materia de salud reproductiva para los años 2010-2015. La planificación familiar se incluye en un capítulo importante de ese documento.

28. Sírvase proporcionar información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para prevenir la propagación del VIH/SIDA, inclusive mediante la educación sexual en las escuelas y campañas de concientización destinadas a fomentar un comportamiento sexual responsable y sin riesgos. Sírvase asimismo proporcionar información sobre las medidas adoptadas para hacer frente a la discriminación y estigmatización de las mujeres infectadas por el VIH/SIDA.

En la nueva Estrategia nacional de lucha contra el VIH/SIDA, 2004-2010, titulada, “Lograr que Albania sea un país con baja prevalencia del VIH”, se tiene en cuenta el papel de la transmisión sexual en el aumento de la epidemia del VIH en Albania y en qué medida los jóvenes son más vulnerables al fenómeno.

En el análisis del documento estratégico se incluyen las cuestiones de género y se ofrece información general sobre las razones por las que la mujer en Albania es vulnerable al VIH.

En la Estrategia nacional figuran objetivos especiales relacionados con la salud de la mujer y el VIH/SIDA encaminados a adoptar medidas preventivas de sensibilización, así como métodos modernos de tratamiento de las mujeres infectadas teniendo en cuenta la igualdad entre los géneros. El principal objetivo es lograr que un mayor porcentaje de mujeres sexualmente activas adopten las medidas necesarias para reducir el peligro de infección del VIH. Se realizaron algunas intervenciones estratégicas con el fin de cumplir ese objetivo.

Instrumentos jurídicos que garantizan la salud y los derechos humanos. Las leyes y normas de Albania se elaboran y aplican de acuerdo con la situación de la epidemia del VIH/SIDA y el desarrollo social y económico del país. La primera ley sobre la prevención del VIH/SIDA en la República de Albania se promulgó en el parlamento albanés en 2000. Su aplicación y la experiencia nacional e internacional revelaron que la ley debía revisarse porque la lucha contra el VIH/SIDA y la identificación y prevención del VIH/SIDA cambiaron rápidamente.

Debido al rápido cambio de necesidades, el Ministerio de Salud y el Instituto de Salud Pública elaboraron y redactaron una nueva ley sobre el VIH/SIDA en Albania, promulgada por el parlamento en julio de 2008.

En la ley se abordan los aspectos jurídicos más importante del VIH/SIDA, incluidos la discriminación, el derecho a mantener el empleo, el derecho a la información y al carácter confidencial, el libre acceso a la información y el tratamiento y la creación de “lugares seguros” en que los infectados tienen acceso al tratamiento y a mecanismos de denuncia. En la ley se dispone el derecho al tratamiento y la atención y se ofrecen también posibilidades para la realización de nuevas investigaciones científicas sobre el VIH/SIDA.

Elaboración y ejecución de programas de información, educación y comunicación para los jóvenes: Los jóvenes son especialmente sensibles al VIH y las infecciones de transmisión sexual, ya que se encuentran en el periodo en que pasan a ser sexualmente activos o en que suelen iniciar relaciones sexuales y no cuentan con la capacidad o los medios para protegerse del VIH, las infecciones de transmisión sexual, los embarazos no deseados o las obligaciones sexuales.

Además, los jóvenes tienen un acceso limitado a la información de calidad que les permita adoptar decisiones sobre la conducta sexual y un acceso limitado a servicios apropiados para ellos en materia de salud reproductiva y sexual.

Con el objeto de ofrecer información especial para satisfacer las necesidades de jóvenes mujeres y varones, así como de mujeres y hombres, se elaboró un Plan de información para lograr un cambio en las conductas, que se concentra en la prevención del VIH/SIDA en Albania y que comenzó a ejecutarse en 2009.

En el Plan se incluyen varios canales y metodologías de educación interactiva y comunicación destinada a ciertos grupos de jóvenes con mensajes apropiados para sus necesidades específicas y su edad. Los jóvenes desempeñan un papel activo y participan en todas esas estrategias.

En los enfoques fundamentales se incluye la educación, la difusión en los medios de comunicación (televisión, radio, material impreso); las actividades escolares (incluida la capacitación de maestros) (por ejemplo, la venta de preservativos). Se prestará especial atención a la comunicación en la Internet y los teléfonos móviles.

Medidas adoptadas contra la discriminación y la estigmatización de las mujeres infectadas por el VIH/SIDA.

Se ofrece información concreta en materia de género y del VIH/SIDA en la publicación del programa nacional sobre el VIH/SIDA y los programas conjuntos con los organismos de las Naciones Unidas y las organizaciones no gubernamentales.

Se reúnen y analizan datos desagregados en el contexto de la encuesta a base de indicadores múltiples, la Encuesta de salud reproductiva y, por último, la Encuesta sanitaria y demográfica de Albania 2008-2009, cuyos datos se publicarán en enero de 2010 y que servirá para determinar las intervenciones necesarias ulteriores.

En el marco del programa nacional sobre el VIH/SIDA se incluyen conferencias sobre los aspectos de género y el VIH/SIDA.

Se está ejecutando un proyecto de ACPD con el apoyo de la “Asociación para la salud”. Se han realizados actividades en los centros (centros de orientación y reconocimiento voluntarios) de exámenes y asesoramiento voluntario para mujeres jóvenes en edad de procrear y embarazadas (incluidos los exámenes gratuitos y rápidos sobre el VIH/SIDA) en Tirana, Vlora y Shkodra, con la participación de 1.000 mujeres. Ese proyecto experimental está encaminado a prevenir la transmisión vertical del VIH —de madre a hijo— en Albania y a prestar servicios de asesoramiento y exámenes voluntarios en los hospitales de Tirana, Vlora y Shkodra.

Los objetivos del proyecto son los siguientes: a) Reducir la incidencia de la transmisión vertical del VIH —de la madre al hijo— en Albania; b) Establecer un programa para la prevención de la transmisión de la madre al hijo por conducto de los centros de orientación y reconocimiento voluntarios en los servicios de maternidad de Tirana, Vlora and Shkodra (que atienden aproximadamente el 40% de los nacimientos del país). Crear sistemas de atención, apoyo y tratamiento a las madres seropositivas y sus hijos recién nacidos. c) Ofrecer capacitación al personal de maternidad para prestar asesoramiento antes y después de las pruebas de detección del VIH / SIDA.

El personal de asistencia sanitaria, los profesionales de la aplicación de la ley y los trabajadores sociales conocen la importancia de la violencia contra las mujeres y las consecuencias que tiene respecto del VIH. Ello se ha logrado por medio de la capacitación y la realización de mesas redondas en el marco del enfoque multisectorial de la cuestión.

Prestación de servicios PITC como parte de los servicios de atención prenatal, del parto y posparto.

En vista del número cada vez mayor de infecciones de VIH en las mujeres, principalmente mediante la transmisión sexual, resulta especialmente importante promover la prueba del VIH entre las mujeres. Hasta el momento, se han confirmado 14 casos de transmisión del VIH de madre a hijo.

Los servicios de prevención de la transmisión de madre a hijo para las mujeres en atención prenatal se han iniciado con la creación del centro para la prevención de la transmisión de madre a hijo en el Hospital Universitario obstétrico-ginecológico de Tirana, que sirve como hospital de remisión para las clínicas de atención prenatal y maternidades en Albania para el diagnóstico, el asesoramiento, el tratamiento, la atención y la capacitación.

Sobre la base de los proyectos experimentales (1-2 años), en los años subsiguientes (3-5 años) se ampliarán gradualmente los servicios de prevención de la transmisión de madre a hijo como parte de los servicios de atención prenatal en el marco de la atención primaria de la salud y de los hospitales que ofrecen atención en los partos, así como en las maternidades de todo el país.

29. En el informe se menciona que se han utilizado expedientes de pacientes con el fin de completar el seguimiento biológico de los casos que presentan riesgo de infecciones de transmisión sexual y de VIH/SIDA (CEDAW/C/ALB/3, párr. 326). Sírvase indicar si se han adoptado todas las medidas necesarias para asegurar la confidencialidad de la información contenida en los expedientes.

La Ley sobre el VIH/SIDA, aprobada en 2008, trata los aspectos de supervisión y presentación de informes sobre el VIH y asegura la confidencialidad de la información. En el artículo 25 de esta ley sobre información relativa a la supervisión epidemiológica y el VIH/SIDA, se establece que: 1) La supervisión epidemiológica del VIH/SIDA incluye las pruebas de VIH para determinar el grado de propagación y de infección de VIH/SIDA en ciertos grupos de población, el seguimiento de las tendencias en el tiempo de propagación del virus, la identificación de los grupos que tienen conductas sumamente peligrosas, la identificación de cambios en la forma en que se transmite el VIH con el objeto de prever situaciones que facilitan la propagación de la infección. 2) Las instituciones de salud que diagnostican, tratan y atienden a personas que viven con el VIH/SIDA están obligadas a informar a las estructuras del Instituto de Salud Pública. 3) El Ministro de Salud aprueba, mediante una orden, reglamentaciones sobre el procedimiento, la forma de supervisión epidemiológica y el método de presentación de informes.

En el artículo 26 se define concretamente la supervisión de la vigilancia del VIH/SIDA: 1) Las instituciones de salud responsables, cuando llevan a cabo tareas de supervisión de la vigilancia del VIH/SIDA, pueden realizar pruebas de VIH en grupos de comportamiento muy peligroso, de conformidad con las reglamentaciones del Ministerio de la Salud. 2) En la supervisión de la vigilancia del VIH/SIDA, las pruebas son anónimas. 3) El personal y las instituciones que realizan pruebas de VIH son responsables de mantener la confidencialidad de los resultados de las pruebas y deben utilizar los resultados sólo con fines de supervisión epidemiológica y de investigación científica sobre el VIH / SIDA.

De la misma forma, los expedientes de supervisión de las enfermedades de transmisión sexual, con arreglo a la decisión aprobada por el Ministro de Salud en 2008, preservan la confidencialidad de la información; en ellos figuran sólo las iniciales del paciente y sólo figura el código de la enfermedad, sobre la base de la clasificación internacional de enfermedades ICPD-9.

Mujeres del medio rural

30. El informe revela la persistencia de facto de la discriminación contra las mujeres rurales con respecto a la propiedad y la herencia de bienes (CEDAW/C/ALB/3, párrafos 389 y 390). Sírvase proporcionar información sobre las medidas adoptadas por el Gobierno para hacer frente a estas cuestiones en respuesta a la recomendación del Comité [A/58/38, párrafo 77].

31. En el informe se reconoce que las condiciones de vida en las zonas rurales continúan siendo inferiores a las de las zonas urbanas (CEDAW/C/ALB/3, párr. 393). Sírvase indicar qué medidas existen para asegurar a las mujeres del medio rural condiciones de vida adecuadas, en particular en lo referente al saneamiento, vivienda adecuada y acceso a los servicios públicos, incluida la salud y la educación.

La estrategia intersectorial de desarrollo rural determina las principales direcciones del desarrollo rural en Albania, a saber: a) El aumento constante de los ingresos de las granjas; b) La ordenación de los recursos naturales; c) La creación de nuevas posibilidades en la calidad de vida y del empleo mediante la diversificación y mejora de la infraestructura rural.

Teniendo en cuenta la importancia del papel de la mujer en todos los aspectos, especialmente en las zonas rurales donde la agricultura predomina y es la única fuente de empleo, la participación de las mujeres en las empresas rurales mejorará en gran medida la posibilidad de ingresos y afectará directamente la reducción del desempleo y la reducción de la emigración.

Las actuales políticas del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Protección del Consumidor están encaminadas a desarrollar las asociaciones nacionales de ahorro y crédito que servirán para depositar los ahorros y, al mismo tiempo, ofrecer servicios de préstamo hasta que se desarrolle un sistema internacional de instituciones de microcrédito, para alentar la igualdad entre hombres y mujeres.

La elaboración de programas de igualdad de género está relacionada con el desarrollo rural basado en las iniciativas locales. Al respecto, Albania cuenta con importantes experiencias relacionadas con la movilización de las comunidades rurales, principalmente financiadas por donantes internacionales. Los principales beneficiarios son los sectores de la comunidad en que se valora especialmente el papel de la mujer, sin distinciones de género.

Respecto de la creación de posibilidades de empleo en las zonas rurales, como por ejemplo en los sectores del turismo y las artesanías locales, se considera muy importante la participación de la mujer. Por conducto de fondos públicos de apoyo, promoveremos la creación de centros de información con el objeto de fomentar el turismo y las bellezas naturales de las zonas rurales. En ese marco, una de las prioridades será alentar la capacidad de inversión de la población local, sobre todo las mujeres y los jóvenes.

En marco de la política agrícola común de la Unión Europea, se han planificado reuniones regionales y proyectos agrícolas comunes con el objetivo de fortalecer el papel de la mujer y lograr la participación de las mujeres de las zonas rurales.

En 2008, se creó un grupo de trabajo interministerial de expertos que redactó el proyecto de ley relativo a las asociaciones de cooperativas agrícolas. A diferencia de la Ley núm. 8088 sobre empresas agrícolas mutuales (enmendada), de 21 de marzo de 1996, en que las empresas agrícolas no reciben tratamiento separado de otras empresas comunes pertenecientes a otros sectores, la nueva ley es específica y se refiere concretamente a “las empresas cooperativas agrícolas”. En ese proyecto de ley se prevé el establecimiento de empresas cooperativas agrícolas de primer o segundo nivel y su asociación en forma de confederaciones. Con el objeto de alentar el cooperativismo en Albania, se está elaborando una ley especial en que las empresas cooperativas agrícolas, en sus primeros cinco años de actividad, quedan excluidas de toda carga tributaria. En esa ley se determina también que esas empresas se beneficiarán del apoyo del Estado de conformidad con los criterios previstos en la ley sobre agricultura y desarrollo rural.

Ese proyecto de ley sanciona la igualdad de hombres y mujeres respecto de la creación, la pertenencia y la participación en los órganos principales, etc. En un artículo de esta ley relacionado con el fondo para la educación, la promoción y la formación profesional, se prevén facilidades y posibilidades importantes para la participación y la promoción profesional de la mujer en las zonas rurales. Además, en este proyecto de ley se prevé que todas las asociaciones de agricultores establecidas con arreglo a la Ley núm. 8788 sobre las organizaciones sin fines de lucro (enmendada), de 7 de mayo de 2001, así como las empresas cooperativas agrícolas establecidas con arreglo a la Ley núm. 8088 sobre las empresas agrícolas mutuales, de 21 de marzo de 1996 (enmendada), en un plazo de tres meses a partir de la fecha en que la ley entra en vigor pasen a ser empresas cooperativas agrícolas. Este hecho promoverá la creación de cooperativas agrícolas, generará mayores ingresos en las familias de agricultores y fortalecerá el papel de la mujer en la gestión económica de la explotación agrícola y en la familia.

La elaboración del nuevo proyecto de ley ha ya ha concluido y las instituciones competentes y los grupos de interés están formulando sus comentarios al respecto.

32. El informe guarda silencio sobre la situación de las mujeres de edad, las mujeres con discapacidad y las mujeres y niñas refugiadas y migrantes. Sírvase proporcionar información al respecto, en particular sobre la situación económica y social y las medidas establecidas en apoyo de estos grupos de mujeres.

Por Decisión del Consejo de Ministros núm. 763, de 11 de junio de 2009, sobre algunas adiciones a la decisión Núm. 80, relativa a la aprobación de la estrategia del sector de la protección social y el plan de acción para su aplicación, de 28 de enero de 2008, se incluyó el documento las políticas intersectoriales para la tercera edad, redactado por iniciativa del MLSIEC.

Para elaborar ese documento se llevó a cabo una observación territorial amplia en 12 prefecturas del país y se entrevistaron a los grupos de interés. Sobre la base de los datos oficiales existentes provenientes de todas las instituciones y los datos de la observación, se analizaron las desigualdades, se identificaron los problemas y las necesidades de intervención y se evaluó la situación actual de las personas de edad en Albania.

Actualmente se carece de datos de género relativos a las personas de la tercera edad.

Si tomamos como referencia el estudio “Problemas actuales de la tercera edad en Albania”, se observa que la pensión mensual que reciben las mujeres de Albania, de 10.335 leks, es inferior a la pensión media de los hombres, de 12.948 leks albaneses. Las diferencias en el valor de la pensión de acuerdo con el género revelan que las mujeres han tenido trabajos menos remunerados que los hombres y esta diferencia en los ingresos muestra que las mujeres de ese grupo se ven más afectadas por la pobreza que por otros fenómenos tales como la violencia, la negligencia, el abuso etc.

Un 80,1% del total de las personas entrevistadas respondieron que sus ingresos no son suficientes; un 88,3%, de ellas viven en zonas rurales y un 76,4% en las zonas urbanas. Esa conclusión coincide con los resultados de otros informes en que se observa que las pensiones son mucho más bajas y la pobreza es mayor en las zonas rurales que en las zonas urbanas.

En el documento de políticas intersectoriales, en su plan de acción relativo a la tercera edad, se prevén medidas que contemplan las necesidades de la tercera edad y las desigualdades de género existentes en el régimen de pensiones, la participación activa en la sociedad y el desarrollo, etc.

Información sobre las mujeres con discapacidad. Las mujeres con discapacidad se tratan dentro de los grupos de personas con habilidades limitadas PAK (en albanés menos) y a veces son tratadas de manera específica. Las mujeres PAK, así como los hombres PAK se benefician de los servicios sociales y los subsidios otorgados a las personas con capacidad limitada.

La Ley núm. 8626 sobre el estatuto de los inválidos parapléjicos y tetrapléjicos, de 22 de junio de 2000 (enmendada) ofrece apoyo en todas las esferas a las personas con discapacidad que padecen tetraplejia.

La Ley núm. 8098 sobre la situación de las personas no videntes, de 28 de marzo de 1996 (enmendada), ofrece apoyo en todas las esferas a las personas no videntes con discapacidad.

Los instrumentos jurídicos mencionados, así como el estatuto de trabajo de las personas con discapacidad, las incluyen en la categoría general de personas con discapacidad, mujeres y niñas con discapacidad, sin tener en cuenta los problemas que enfrenta ese grupo.

La Ley núm. 7995 sobre la promoción del empleo, de 29 de septiembre de 1995 (enmendada) tiene como objetivo determinar las políticas generales encaminadas a apoyar y asegurar un empleo pleno, productivo y libremente elegido para todas las personas. En los artículos 15 y 16 de esa ley, se hace referencia específicamente a la promoción del empleo para la categoría de personas con capacidad limitada, definiendo sanciones en caso de no contratar a una persona con capacidad limitada cada 24 personas. La Ley núm. 8872 sobre la educación y formación profesional en la República de Albania, de 29 de marzo de 2002, expresa y protege el derecho de los ciudadanos a la educación y formación profesional, prescindiendo de su condición social o situación de salud. En el artículo 5/c de esa ley se dispone que también se benefician de la educación y formación profesional las personas que pertenecen a los grupos especiales y que desean su rehabilitación profesional, así como las personas con discapacidad, las madres con muchos niños, los menores de 18 años, las personas desempleadas durante un largo período, etc. En las disposiciones que se establecen en aplicación de esa ley, se presta también especial atención a ofrecer formación profesional con aranceles reducidos o gratuita a los grupos de personas necesitadas, incluidas las personas con discapacidad.

En la Ley núm. 9355 sobre ayuda y servicios sociales, de 10 de marzo de 2005, se prevén las condiciones y servicios para beneficiarse de la asistencia económica y los servicios sociales; en base a esta ley se benefician de los servicios sociales (artículo 6) los niños, los jóvenes de hasta 25 años, las personas de edad, las personas con discapacidad, así como las niñas y mujeres que necesitan protección. Al mismo tiempo, las niñas y las mujeres con discapacidad se incluyen en la categoría general de personas con discapacidad. Esa ley también dispone, en su artículo 7 que las personas con discapacidad gozan del derecho a recibir un pago mensual debido a su discapacidad o tienen derecho a un cuidador, para el primer grupo. Ese derecho está garantizado para las mujeres y niñas con discapacidad.

La Decisión del Consejo de Ministros núm. 632 sobre el programa de promoción del empleo de las mujeres desempleadas que buscan empleo, de 18 de septiembre de 2003, adoptada en aplicación de la Ley núm. 7995 sobre la promoción del empleo, de 20 de septiembre de 1995, dispone que los empleadores que contratan mujeres, en especial pertenecientes a las categorías de mujeres romaníes, mujeres de más de 35 años etc., reciban apoyo financiero.

En la Decisión núm. 394 del Ministro de Trabajo, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades sobre las tasas del sistema de formación profesional, de 23 de febrero de 2004, se determina que la matriculación para tres categorías —la comunidad romaní, las mujeres y las niñas víctimas de trata y de violación, etc.— es gratuita para los cursos de formación profesional que se ofrecen en los centros públicos de formación profesional. Esos cursos están encaminados a capacitar y a perfeccionar la formación profesional de esos grupos de mujeres, para darles la oportunidad de satisfacer los requisitos del mercado laboral actual.

La Estrategia nacional para las personas con discapacidad es un documento normativo que promueve específicamente los derechos de las personas con discapacidad (Decisión del Consejo de Ministros núm.7 de 8 de enero de 2005). En esa estrategia figuran los objetivos y las metas principales del Gobierno de Albania y de otros interlocutores interesados en la esfera del medio ambiente, los servicios, la educación, el empleo y la formación profesional, la legislación y la investigación para el fortalecimiento de las personas con discapacidad. Esa estrategia no incluye específicamente a las mujeres con discapacidad.

Albania firmó la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad el 22 de diciembre de 2009 y actualmente está llevando adelante los procedimientos para su ratificación y entrada en vigor.

La Estrategia nacional sobre la violencia por motivos de género y la violencia en el hogar aborda los derechos de la mujer con discapacidad en el marco de los derechos de la mujer en general, mientras que el plan de acción de esta estrategia determina una serie de medidas, destinadas principalmente a los grupos que necesitan protección. De manera indirecta, en ese documento se da un tratamiento especial a la mujer con discapacidad por pertenecer a uno de los grupos que necesitan protección.

Información sobre la inmigración y la emigración de las mujeres en Albania

Ley núm. 9668 sobre la emigración de los ciudadanos albaneses por razones de empleo, de 18 de diciembre de 2006. Esa ley regula las relaciones en el ámbito de la migración de los ciudadanos albaneses que abandonan la República de Albania por motivos de empleo o de formación profesional. En esa ley no se hace diferencia en el tratamiento y la protección de los derechos de los hombres y las mujeres emigrantes.

Las mujeres emigrantes tienen acceso a todos los servicios previstos en esa ley. En dos artículos especiales se dispone la no discriminación en el tratamiento de los emigrantes albaneses en los países de acogida por motivos de sexo (artículo 17, sobre la no discriminación de los emigrantes albaneses); en el artículo 5 sobre el derecho a emigrar, se hace referencia al derecho a emigrar y se expresa, entre otras cosas, que todo ciudadano albanés goza del derecho a la igualdad de oportunidades y de tratamiento respecto de la emigración, sin distinción de sexo.

En relación con el empleo de las mujeres inmigrantes en la República de Albania, la Constitución y el Código del Trabajo prohíben todo tipo de discriminación, incluida la discriminación por motivos de género respecto de las mujeres inmigrantes. Por otra parte, la Ley sobre los extranjeros (capítulo sobre el empleo), no se basa en el género ni en los sectores especiales de las actividades económicas. El empleo de los extranjeros en dos categorías principales no se basa en las necesidades del mercado interno sino que las capacidades individuales satisfacen esas necesidades.

En este aspecto: 1) Para los empleadores, tanto en el caso de los hombres como de las mujeres, la prueba es el elemento fundamental para el puesto de trabajo en una dependencia administrativa (sea que se encuentre vacante o que se haya creado recientemente), y con ese fin se utilizan instrumentos como la publicación y la notificación pública de cierta jerarquía; pero sobre la base de igual capacidad, el puesto se ofrece en primer lugar a los ciudadanos albaneses; 2) Tampoco se hacen distinciones por motivos de género en la actividad económica independiente, pero se aplican los criterios de beneficio económico, contribuyendo así al desarrollo económico del país y al aumento del nivel de empleo.

Se puede destacar que, prescindiendo de que exista o no igualdad de capacitación o de que el caso resulte menos favorable para los ciudadanos albaneses —excepto en el sector público, en el que se exige por ley la ciudadanía albanesa— la ley no hace distinciones por razones de género en cuanto al empleo legal de extranjeros en la República de Albania.

Podemos señalar que las tablas estadísticas elaboradas no muestran la fragmentación clásica en el empleo de las mujeres, por ejemplo, en los sectores de ventas o en las pequeñas industrias. Las mujeres inmigrantes están empleadas en bancos, en consultorías, en la educación, los laboratorios, la industria etc., o son trabajadoras por cuenta propia. Además, la expansión geográfica del empleo no muestra tendencias predeterminadas entre los dos géneros.

En relación con su integración en la vida y la sociedad albanesas, se han preparado proyectos de programas nacionales que ponen un énfasis especial en las mujeres inmigrantes.

A falta de un estudio específico, la situación económica y social en la legislación y en las prácticas administrativas no es menos favorable para los empleados varones albaneses y extranjeros en la esfera de la discriminación estructural, oculta o evidente, en lo relativo al nivel de ingresos de acuerdo a las capacidades, igual remuneración por trabajo de igual valor, etc. Sin embargo, de acuerdo con las estadísticas de 2008, de un total de 2.135 extranjeros empleados, 1.638 eran varones y 497 eran mujeres. Otra característica de la inmigración en Albania es que los permisos de trabajo renovables son casi iguales para hombres y mujeres. Ello indica que las mujeres inmigrantes están integradas en el mercado de trabajo y siguen trabajando en los sectores pertinentes.

Relaciones familiares

33. En el informe se afirma que, de acuerdo con la encuesta de indicadores múltiples, aproximadamente el 8% de las mujeres en el grupo de edad de 20 a 49 años se casaron antes de cumplir 18 años, la edad mínima para contraer matrimonio según el nuevo Código de la Familia. ¿Qué respuestas se concibieron para cuestionar la tradición patriarcal de los matrimonios, las creencias heredadas de ciertos grupos de la población sobre la importancia de formar una familia a una edad temprana y la práctica aún vigente de que corresponda a la familia la elección del cónyuge de las niñas y mujeres jóvenes? Preocupa además que se siga pagando un precio por la novia en las zonas rurales y remotas de Albania y en las comunidades romaníes. ¿Existen datos o análisis sobre las dimensiones de estos fenómenos?

En Albania, hasta hace pocos años, seguía predominando el tipo de familia patriarcal. Tras el decenio de 1990, con los cambios democráticos, la institución del matrimonio en Albania sufrió cambios con relación al pasado. El fenómeno de la emigración y la migración de las zonas rurales a las zonas urbanas ha influido en la ruptura de la familia patriarcal. Cabe señalar que en las zonas urbanas, la antigua tradición de celebración y el ritual del matrimonio ha cambiado gracias a los nuevos conceptos y a la situación económica. Cabe destacar que hay muchos cambios en las relaciones internas entre los cónyuges, ya que tienen más derechos uno sobre el otro.

Sin embargo, se observa que muchas familias tratan de respetar la tradición de los países de origen, y todavía existe el concepto de que los matrimonios arreglados tienen influyen y contribuyen al respeto entre las familias y la vida de la pareja. Queremos destacar que se trata de fenómenos aislados, principalmente en la parte menos desarrollada del país y como resultado de las dificultades económicas.

Para llevar a la práctica la igualdad entre los géneros, que es un concepto nuevo para una parte de la sociedad albanesa, es necesario crear un equilibrio educativo, cultural y económico entre los cónyuges. El nivel cultural y educativo de la población en general y de las mujeres en particular ha mejorado mucho en los últimos decenios.

En el artículo 1 del Código de la Familia se determina entre los principios generales que el matrimonio como cohabitación legal se basa en la igualdad jurídica y moral de los cónyuges, en el sentimiento de amor, el respeto y el entendimiento mutuo como base de la unidad de la familia. El matrimonio y la familia gozan de la protección especial del Estado. En el artículo 8 de ese Código se define que el matrimonio se celebra por mutuo consentimiento de los contrayentes, ante el funcionario de la oficina del registro civil.

Como se señala anteriormente, la ley sobre la igualdad de género en la sociedad está encaminada a promover la igualdad entre los géneros en la sociedad, y determina medidas con el objeto de garantizar la igualdad de posibilidades entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de género o cualquier otra forma de discriminación. Con el fin de comprender y aplicar esa ley, se llevó a cabo una serie de actividades destinadas a sensibilizar a la sociedad albanesa respecto de la igualdad entre los géneros en la sociedad.

Enmienda al párrafo 1 del artículo 20

34. Sírvase indicar qué progresos se han realizado en relación con la aceptación de la enmienda al párrafo 1 del artículo 20 de la Convención, relativa al tiempo asignado a las reuniones del Comité.

En relación con la aceptación de la enmienda del párrafo 1 del artículo 20 de la Convención, relativa a las reuniones del Comité, las estructuras del Ministerio de Relaciones Exteriores están llevando a cabo los procedimientos necesarios para la aceptación de esa enmienda.