Naciones Unidas

CRC/C/MKD/Q/3-6

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

9 de marzo de 2021

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de los Derechos del Niño

Lista de cuestiones relativa a los informes periódicos tercero a sexto combinados de Macedonia del Norte *

1.Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional actualizada (en un máximo de 10.700 palabras), de ser posible antes del 15 de febrero de 2022. En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.

Parte I

2.Sírvanse proporcionar al Comité información actualizada sobre las medidas que se hayan adoptado o se prevea adoptar para:

a)Garantizar la protección de los derechos del niño en el contexto de la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19) y mitigar los efectos adversos de esta;

b)Aplicar de manera efectiva la legislación sobre los derechos del niño y aprobar un nuevo plan de acción en favor de la infancia;

c)Aumentar las asignaciones presupuestarias para los sectores que afectan a los niños, como los de la educación, la salud y la protección social, prestando particular atención a los niños en situaciones desfavorecidas, incluidos los niños con discapacidad, los niños que viven en la pobreza y los niños romaníes;

d)Reforzar el sistema de recopilación de datos del Estado parte para que abarque todos los ámbitos que se abordan en la Convención y prevea el desglose de los datos.

3.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas que se hayan adoptado o se prevea adoptar para:

a)Establecer un mecanismo nacional para el seguimiento de la aplicación de la Convención, y proporcionen información actualizada sobre el funcionamiento de la Comisión Nacional de los Derechos del Niño y del organismo nacional de coordinación intersectorial para la protección de los niños y la prevención de los malos tratos, la violencia y el descuido;

b)Reforzar las actividades, el mecanismo de denuncia y los recursos relativos a los derechos del niño de la Oficina del Defensor del Pueblo.

4.Expliquen qué medidas se han adoptado o se prevé adoptar para:

a)Modificar la Ley de la Familia a fin de eliminar todas las excepciones que permiten el matrimonio de menores de 18 años, y crear conciencia sobre las consecuencias perjudiciales del matrimonio infantil, en particular entre la población romaní;

b)Aplicar la Ley de Prevención y Protección de las Personas contra la Discriminación, de 2020, y combatir los estereotipos y las normas sociales que perpetúan la discriminación contra los niños, en particular los niños romaníes, los niños con discapacidad y los niños y niñas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales, en el ejercicio de sus derechos y en el acceso a diversos servicios;

c)Definir expresamente el interés superior del niño en la legislación nacional y crear procedimientos y criterios para que este principio se tenga debidamente en cuenta en los procesos administrativos y judiciales;

d)Ampliar los mecanismos que promueven la participación de los niños en la adopción de decisiones sobre todos los asuntos que los afectan y combatir las normas, las creencias perjudiciales y las actitudes que obstaculizan su participación activa en la sociedad;

e)Aplicar la Ley de Personas No Inscritas en el Registro de Nacimientos, de 2020.

5.Sírvanse explicar qué medidas se han adoptado o se prevé adoptar para:

a)Aprobar un nuevo plan de acción nacional para prevenir y combatir el maltrato y el descuido de niños y aplicar la Estrategia de Prevención y Protección de la Infancia contra la Violencia para el período 2020-2025;

b)Erradicar los castigos corporales en todos los entornos, promover métodos disciplinarios no violentos y capacitar a los profesionales que trabajan con niños para que apliquen los protocolos y las directrices nacionales pertinentes;

c)Combatir las causas fundamentales de la violencia contra los niños —incluidas la violencia doméstica, la violencia sexual y la violencia de género—, como las normas de género y las actitudes tradicionales;

d)Prevenir el acoso, especialmente el escolar, el ciberacoso y la explotación de niños en el entorno digital;

e)Habilitar mecanismos de denuncia confidenciales y adaptados a los niños, difundir información sobre el acceso a servicios de orientación y medios de reparación, establecer procedimientos judiciales adaptados a los niños y garantizar el acceso a la asistencia jurídica;

f)Ofrecer una respuesta interinstitucional adaptada a los niños ante cualquier forma de maltrato infantil, con vistas a evitar la victimización secundaria, y proporcionar una terapia adecuada a los niños víctimas.

6.Faciliten información actualizada sobre las medidas que se hayan adoptado o se prevea adoptar para:

a)Reforzar los servicios de apoyo a la familia, en particular los destinados a las familias monoparentales, y prevenir el abandono de niños y la separación de familias;

b)Velar por que los niños separados de sus familias sean acogidos en entornos familiares;

c)Velar por que los niños menores de tres años no sean colocados en hogares funcionales pequeños;

d)Aumentar el apoyo prestado a las familias de acogida y a los familiares de niños que los acogen de manera informal;

e)Reforzar el mecanismo de seguimiento de los niños colocados en hogares funcionales pequeños y acogidos en familias.

7.Rogamos faciliten información actualizada sobre las medidas que se hayan adoptado o se prevea adoptar para:

a)Destinar recursos suficientes a la implantación, en todo el Estado, del nuevo modelo de evaluación basado en el enfoque de derechos humanos de la discapacidad;

b)Aplicar la Estrategia Nacional de Desinstitucionalización para el período 2018‑2027, particularmente con vistas a facilitar la transición de los niños con discapacidad de entornos institucionales a entornos de tipo familiar y fortalecer la red de protección no institucional;

c)Destinar recursos suficientes a la aplicación de la Ley de Enseñanza Primaria, especialmente a fin de garantizar la plena inclusión de los niños con discapacidad en el sistema de educación ordinario;

d)Velar por que los niños con discapacidad tengan acceso a servicios de salud y rehabilitación y a ajustes razonables en todos los ámbitos de la vida.

8.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas que se hayan adoptado o se prevea adoptar para:

a)Combatir las causas fundamentales del aumento de la tasa de mortalidad perinatal y de las tasas de mortalidad de niños menores de 1 año y de niños menores de 5 años;

b)Reducir los pagos directos asumidos por el paciente y garantizar el acceso a una atención de la salud de alta calidad a los niños en situaciones de vulnerabilidad;

c)Aumentar la cobertura de vacunación de los niños;

d)Crear un programa integral de nutrición centrado en la infancia, que abarque también los comedores escolares, para combatir la obesidad infantil;

e)Garantizar a los niños, en particular a los romaníes, el acceso a educación y servicios de salud reproductiva adecuados para su edad, incluidos servicios gratuitos y seguros de aborto y de atención posterior al aborto, y el acceso gratuito a anticonceptivos y a información sobre planificación familiar;

f)Acelerar la aprobación y la aplicación del programa para el tratamiento y la rehabilitación de los niños que consumen drogas.

9.Faciliten información sobre las medidas adoptadas para combatir la pobreza infantil y reforzar las disposiciones de protección social, prestando especial atención a los niños y las familias pertenecientes a grupos étnicos minoritarios.

10.Sírvanse explicar qué medidas se han adoptado o se prevé adoptar para:

a)Combatir las causas fundamentales de los deficientes resultados del aprendizaje, en particular reforzando la capacidad del profesorado;

b)Eliminar las disparidades que existen en el acceso a la enseñanza, incluida la educación de la primera infancia, en los índices de matriculación, en los índices de finalización de los estudios y en el rendimiento escolar entre los niños de diferentes orígenes socioeconómicos o étnicos, prestando especial atención a los niños romaníes;

c)Transferir las competencias relativas a los jardines de infancia al Ministerio de Educación;

d)Poner fin a la segregación de los alumnos por motivos étnicos en la formación de las clases.

11.Faciliten información sobre las medidas que se hayan adoptado o se prevea adoptar para:

a)Poner fin al internamiento de niños no acompañados en centros de acogida;

b)Eliminar las barreras que impiden a los niños romaníes acceder a los servicios sociales y aumentar la disponibilidad de enseñanza en su idioma y la calidad de esta;

c)Combatir las causas fundamentales que llevan a los niños a situaciones de calle;

d)Combatir el trabajo infantil, en particular la mendicidad, especialmente entre los niños del quintil más pobre de la población.

12.Rogamos faciliten información sobre las medidas que se hayan adoptado o se prevea adoptar para:

a)Proporcionar asistencia jurídica gratuita a todos los niños que se enfrentan a acusaciones penales y los niños víctimas;

b)Capacitar a los agentes de policía, los jueces y los fiscales en justicia juvenil y sus procedimientos, haciendo hincapié en la justicia restaurativa y las medidas alternativas a la reclusión;

c)Inspeccionar periódicamente el Centro Educativo y Penitenciario de Tetovo, prestando particular atención al presunto recurso excesivo a la administración de sedantes a los niños internados; poner fin inmediatamente al uso del aislamiento y al empleo de la fuerza física contra los niños por el personal de seguridad; y proporcionar servicios de rehabilitación y apoyo psicosocial a los niños;

d)Proporcionar educación ordinaria;

e)Promover la mediación para evitar los juicios.

13.Sírvanse informar al Comité sobre:

a)Las medidas adoptadas para aplicar las recomendaciones formuladas en el contexto de las observaciones finales del Comité sobre el informe inicial presentado por el Estado parte con arreglo al Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (CRC/C/OPSC/MKD/CO/1), en particular las dirigidas a incorporar plenamente las disposiciones del Protocolo Facultativo en la legislación nacional y a garantizar que los niños víctimas de delitos previstos en el Protocolo Facultativo reciban un apoyo adecuado para su rehabilitación y reintegración;

b)Las actividades realizadas en colaboración con otros países para localizar a los autores de esos actos de violencia contra los niños y llevarlos ante la justicia.

14.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para aplicar las recomendaciones formuladas en el contexto de las observaciones finales del Comité sobre el informe inicial presentado por el Estado parte con arreglo al Protocolo Facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados (CRC/C/OPAC/MKD/CO/1), en particular las dirigidas a establecer un mecanismo para la identificación temprana de los niños, incluidos los solicitantes de asilo y los refugiados, que puedan haber participado en conflictos armados en el extranjero, así como a ofrecer servicios a esos niños para su recuperación física y psicológica y su integración social.

Parte II

15.El Comité invita al Estado parte a presentar una breve puesta al día (en tres páginas como máximo) de la información proporcionada en su informe en relación con:

a)Los nuevos proyectos de ley o nuevas leyes y sus respectivos reglamentos;

b)Las nuevas instituciones (y sus mandatos) o reformas institucionales;

c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente y su alcance y financiación;

d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.

Parte III

Datos, estadísticas y demás información de que se disponga

16.Sírvanse proporcionar datos presupuestarios consolidados de los tres últimos años sobre las partidas destinadas a la infancia y a los sectores sociales, indicando el porcentaje que representa cada partida respecto del presupuesto nacional total y del producto nacional bruto. Informen asimismo sobre la distribución geográfica de esos recursos.

17.Se ruega faciliten datos estadísticos actualizados, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de discapacidad, origen étnico, origen nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre:

a)Los niños víctimas de descuido, malos tratos, violencia y abusos, incluida la violencia sexual, e indiquen el número de denuncias presentadas, investigaciones realizadas, enjuiciamientos incoados y condenas dictadas contra los autores de esos delitos;

b)Las muertes de niños por violencia, malos tratos, descuido, consumo indebido de sustancias y suicidio;

c)Los niños que viven en la pobreza;

d)Los niños que padecen toxicomanía, alcoholismo y tabaquismo;

e)Los niños pertenecientes a grupos minoritarios;

f)Los niños en situaciones de calle;

g)Los niños que mendigan;

h)Los niños que trabajan en los sectores formal e informal de la economía;

i)Los niños que reciben enseñanza en los idiomas de las minorías nacionales.

18.Sírvanse aportar datos relativos a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, nivel socioeconómico, origen étnico y ubicación geográfica, sobre la situación de los niños privados de un entorno familiar, indicando el número de niños que están o que han sido:

a)Separados de sus padres;

b)Colocados en instituciones residenciales, en particular en hogares funcionales pequeños;

c)Confiados a hogares de guarda y acogidos por familiares.

19.Faciliten datos de los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de discapacidad, origen étnico y ubicación geográfica, sobre el número de niños con discapacidad que están o han estado:

a)Viviendo con su familia;

b)Viviendo en instituciones residenciales, en particular en hogares funcionales pequeños, en hogares de guarda o con familiares que los han acogido;

c)Asistiendo a escuelas ordinarias;

d)Asistiendo a clases o escuelas especiales;

e)Cursando formación profesional o educación terciaria;

f)No escolarizados.

20.Sírvanse facilitar datos estadísticos actualizados relativos a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de delito, origen étnico, origen nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre los niños en conflicto con la ley que:

a)Han sido investigados;

b)Han sido detenidos;

c)Han sido derivados a programas de medidas extrajudiciales;

d)Han sido sometidos a prisión preventiva;

e)Han estado cumpliendo una pena de prisión, e indiquen la duración de la pena.

21.Faciliten información sobre la manera en que se incorpora un enfoque basado en los derechos del niño en la planificación, la aplicación y el seguimiento de las medidas destinadas a lograr los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular en lo que respecta a la participación de los niños y la recopilación de datos, y sobre la forma en que esas medidas contribuyen a hacer efectivos los derechos del niño reconocidos en la Convención y sus Protocolos Facultativos.

22.Sírvanse proporcionar al Comité una actualización de los datos del informe que hayan quedado obsoletos por haberse recabado otros más recientes o como resultado de nuevos acontecimientos.

23.Además, el Estado parte puede citar esferas que afecten a los niños y que considere prioritarias con respecto a la aplicación de la Convención.