Lista de cuestiones y preguntas relativa al octavo informe periódico de Malawi *

Derechos de las mujeres e igualdad de género en relación con la pandemia y las iniciativas de recuperación

De conformidad con la nota orientativa del Comité sobre las obligaciones de los Estados partes en la Convención en el contexto de la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19), publicada el 22 de abril de 2020, indiquen las medidas aplicadas por el Estado parte para corregir la inveterada situación de desigualdad entre mujeres y hombres y dar un nuevo impulso al logro de la igualdad de género centrando los esfuerzos de recuperación en las mujeres como prioridad estratégica en pro del cambio sostenible, en consonancia con los Objetivos de Desarrollo Sostenible; satisfacer las necesidades y defender los derechos de las mujeres y las niñas, incluidas las pertenecientes a grupos desfavorecidos y marginados y las mujeres inmersas en conflictos u otras situaciones humanitarias; y garantizar que el confinamiento, ya sea parcial o total, y los planes de recuperación tras la crisis no releguen a las mujeres y las niñas a roles de género estereotipados. Se ruega indiquen las medidas adoptadas para cerciorarse de que todas las iniciativas de respuesta a la crisis de la COVID-19 y de recuperación, incluido el plan de recuperación y resiliencia:

a)Afronten la violencia de género contra las mujeres y las niñas y traten de prevenirla de manera efectiva;

b)Garanticen la participación igualitaria de las mujeres y las niñas en la vida política y pública, la toma de decisiones, el empoderamiento económico y la prestación de servicios, especialmente en la elaboración y ejecución de programas de recuperación;

c)Procuren lograr que las mujeres y las niñas se beneficien por igual de las medidas de estímulo, incluida la ayuda financiera para las funciones de cuidado no remuneradas, que tienen como objetivo mitigar las repercusiones socioeconómicas de la pandemia;

Indíquese cómo se asegura el Estado parte de que las medidas adoptadas para contener la pandemia, como las restricciones a la libertad de circulación o el distanciamiento físico, no limiten el acceso de las mujeres y las niñas, incluidas las pertenecientes a grupos desfavorecidos y marginados, a la justicia, los centros de acogida, la educación, el empleo y la atención de la salud, lo que incluye los servicios de salud sexual y reproductiva.

Marco legislativo y normativo

Faciliten información sobre los avances logrados para ultimar y aprobar el nuevo Reglamento de la Policía (párr. 12) ajustado a la Constitución y la Ley de la Policía de 2010.

Acceso a la justicia y mecanismos jurídicos de denuncia

Indiquen las medidas adoptadas para hacer efectivas las garantías constitucionales de igualdad ante la ley (artículos 12 1) y 24), en particular las destinadas a:

a)Facilitar a las mujeres, en especial a las que pertenecen a grupos marginados, el acceso a la justicia, por ejemplo, dando prioridad a los tribunales itinerantes y a las dependencias de la Oficina de Asistencia Jurídica en los distritos y municipios para recibir y tramitar las denuncias de las mujeres (párr. 109);

b)Mejorar la capacidad de los agentes de la justicia, incluidos el Servicio de Policía de Malawi y el poder judicial, para tratar las denuncias presentadas por mujeres y examinar sus casos desde una perspectiva de género;

c)Revisar, por vía judicial u otorgando indultos presidenciales, las condenas o penas impuestas en el Estado parte a las mujeres que se enfrentan a la pena de muerte, con el fin concreto de considerar las razones de género y la violencia de género, incluida la doméstica, que contribuyeron a sus acciones;

d)Mejorar las condiciones de las dependencias de detención de mujeres y de los pabellones de las condenadas a muerte, adecuándolos a las normas internacionales, subsanando el hacinamiento y garantizando el acceso a la atención de la salud, la nutrición y la higiene.

Mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer

Faciliten detalles sobre los siguientes aspectos:

a)Cómo la Tercera Estrategia de Crecimiento y Desarrollo de Malawi (2017-2022) ha integrado la igualdad de género en todas las esferas de resultados importantes (párr. 13);

b)Si se han renovado las directrices relativas a la presupuestación con perspectiva de género aplicables a los presupuestos nacionales posteriores a 2015/2016 (párr. 25) y en qué ámbitos de la Convención se ha incrementado la inversión como consecuencia de ello;

c)El resultado de toda evaluación del impacto del Plan de Aplicación y Supervisión de la Ley de Igualdad de Género (2016-2020) (párr. 14), incluida la evaluación de si dicho Plan resulta suficiente o de los recursos humanos, técnicos y financieros que se precisan para garantizar su ejecución;

d)La fase de desarrollo en la que se encuentra el sistema de gestión de datos (párr. 7) que se está preparando para garantizar la recopilación sistemática de datos desglosados y exhaustivos sobre todos los ámbitos de la Convención;

e)Los procedimientos implantados para consultar de forma sistemática a las organizaciones de mujeres, en particular a las que representan a las mujeres marginadas, acerca de la ejecución de las estrategias de igualdad de género.

Institución nacional de derechos humanos

Informen al Comité del apoyo prestado a la Comisión de Derechos Humanos de Malawi para supervisar la aplicación de la Ley de Igualdad de Género, de 2013, así como de las facultades que tiene dicha Comisión para exigir el cumplimiento de esa ley.

Medidas especiales de carácter temporal

Al margen de las medidas especiales de carácter temporal destinadas a garantizar la igualdad de género en la educación (párrs. 26 y 27) y de las contempladas en la Ley de Igualdad de Género, que comprenden únicamente la función pública y la educación postsecundaria, informen al Comité sobre las medidas especiales de carácter temporal previstas para atender otras esferas de la Convención, como el acceso a la justicia, la atención de la salud (incluida la salud sexual y reproductiva), la formación profesional, las oportunidades de empleo y la obtención de créditos financieros y activos, incluida la tierra.

Estereotipos de género y prácticas nocivas

Informen al Comité del resultado de cualquier evaluación llevada a cabo del Plan Nacional de Acción contra la Violencia de Género (2014-2020) en cuanto a la modificación de las normas sociales nocivas, y de cómo se han incorporado las enseñanzas extraídas en un Plan revisado (párr. 36).

Informen al Comité sobre las medidas adoptadas para:

a)Hacer cumplir las leyes que prohíben las prácticas nocivas, incluida la Ley de Anatomía (modificada), de 2016;

b)Empoderar a las niñas para que cuestionen los estereotipos discriminatorios y las normas nocivas, como reforzar los comités locales de protección de la infancia y los programas de tutorías en espacios seguros;

c)Sensibilizar a la población sobre el carácter delictivo de las prácticas nocivas que padecen las mujeres, en particular recurriendo a figuras influyentes de la comunidad, como los líderes tradicionales y religiosos;

d)Derogar la Ley relativa a la Brujería, de 1911 (párr. 113), y garantizar que las actividades de sensibilización emprendidas para combatir los actos de discriminación cometidos contra las mujeres de edad, como las acusaciones de brujería y los ataques violentos, lleguen a todas las comunidades del Estado parte.

Faciliten información sobre las medidas adoptadas para aplicar la reforma constitucional de 14 de febrero de 2017, por la que se eleva de 15 a 18 años la edad mínima para contraer matrimonio, tanto para las niñas como para los niños, como sancionar a los oficiantes de matrimonios infantiles y sensibilizar a la población sobre los perjuicios del matrimonio infantil en la salud física y mental de las niñas. Aporten más detalles sobre la evaluación de mitad de período de la Estrategia Nacional para Poner Fin al Matrimonio Infantil (2018-2023).

Violencia de género contra las mujeres

Informen al Comité sobre las medidas adoptadas para:

a)Ampliar la definición de violación conyugal para superar la estrecha interpretación que de ella se ofrece en el artículo 62 de la Ley de Matrimonio, Divorcio y Relaciones Familiares, de 2015, y velar por que contemple todos los casos en que la esposa no dé su consentimiento para ningún acto sexual;

b)Desarrollar directrices jurídicas procesales que se atengan a la decisión judicial dictada en el caso Steven Kaliyati v. The Republic (recurso penal núm. 109 de 2018), eliminando el requisito de corroboración en las denuncias de delitos sexuales.

Trata y explotación de la prostitución

Informen al Comité sobre:

a)El resultado de cualquier examen de mitad de período del Plan Nacional de Acción contra la Trata de Personas (2017-2022), en particular en lo que respecta a los siguientes ámbitos: la sensibilización, tanto de la población en general como de las mujeres y las niñas en particular, sobre el riesgo de ser objeto de trata; la capacitación del personal de respuesta de primera línea para reconocer qué mujeres y niñas son objeto de trata; la dotación a los inspectores de trabajo de más capacidad para acceder a los domicilios particulares; y la adaptación de la asistencia y la protección brindadas a las víctimas para garantizar que respondan a las cuestiones de género y que incluyan reparaciones adecuadas, como la indemnización por el lucro cesante;

b)Las medidas destinadas a proteger a las mujeres que ejercen la prostitución, como informar a todos los agentes de policía de la decisión del Tribunal Superior sobre la inconstitucionalidad del artículo 184 1) c) del Código Penal, relativo a la vagancia, y darles instrucciones de no invocar esa disposición para detener a las mujeres que se dedican a la prostitución (párr. 49), de conformidad con la recomendación anterior del Comité (CEDAW/C/MWI/CO/7, párr. 25).

Participación igualitaria en la vida política y pública

Informen sobre los avances logrados en los siguientes ámbitos:

a)La nueva presentación del proyecto de ley para crear y reservar 28 escaños adicionales en la Asamblea Nacional, que deberán ocupar exclusivamente candidatas a nivel de distrito, tal como recomendó la comisión jurídica especial encargada de revisar las leyes electorales (párr. 53);

b)La aplicación del artículo 11 de la Ley de Igualdad de Género, de 2013, que establece para ambos sexos una representación máxima del 60 % y mínima del 40 % en los nombramientos y contrataciones públicas;

c)Las medidas previstas para estimular la aceptación social de las mujeres en cargos representativos y directivos, tanto en el sector público como en el privado, con el fin de aumentar su capacidad y protegerlas de la violencia en los ámbitos político y electoral;

d)La revisión del artículo 77 3) a) de la Constitución, que en la práctica priva del derecho de voto a las mujeres con discapacidad psicosocial e intelectual.

Nacionalidad

Expliquen al Comité las medidas adoptadas para informar tanto a la población en general como a los administradores pertinentes de la modificación legislativa que permite tener ahora doble nacionalidad, en virtud del artículo 9 de la Ley de Ciudadanía de Malawi, de 2019, sobre la retirada de cualquier restricción a la capacidad de una malawiana para conferir la ciudadanía a su cónyuge extranjero y sobre la posibilidad de conservar la nacionalidad tras contraer matrimonio con un ciudadano extranjero, de conformidad con el artículo 48 4) de la Ley de Matrimonio, Divorcio y Relaciones Familiares.

Indiquen si se prevé eliminar el requisito de presentar documentos de inmigración para poder inscribir los nacimientos, de conformidad con la Ley de Registro Nacional, de 2010, que hace esa inscripción obligatoria. Indiquen también si hay planes de adhesión a la Convención para Reducir los Casos de Apatridia, de 1961.

Educación

Faciliten información sobre los siguientes aspectos:

a)La recopilación sistemática de datos sobre el número de niñas escolarizadas que se quedan embarazadas o contraen matrimonio, y sobre cuántas de ellas regresan a la escuela;

b)Las medidas destinadas a informar al profesorado, los progenitores y los adolescentes de todo el Estado parte sobre la Política de Readmisión, de 2016 (párr. 73), que permite a todas las madres adolescentes regresar a la escuela sin tener que hacer frente a ningún tipo de burocracia o discriminación; expliquen, además, cualesquiera otras medidas de apoyo que puedan existir para que las niñas embarazadas o casadas prosigan su escolarización;

c)El acceso de las escolares a los servicios de atención de la salud, y, en particular, a los servicios de salud sexual y reproductiva, incluida la anticoncepción gratuita, además de la atención prenatal y posnatal para las que se quedan embarazadas y las madres jóvenes;

d)La implantación de una educación sexual integral en todos los niveles de la escolarización, acompañada de inversiones a nivel comunitario para mejorar la capacidad de los progenitores para tratar los asuntos relacionados con la salud sexual y reproductiva en el hogar teniendo en cuenta el interés superior del niño o la niña.

Empleo

Faciliten detalles sobre las medidas adoptadas para:

a)Resolver la elevada tasa de desempleo de las mujeres en el Estado parte y su excesiva presencia en la economía informal, como fijar objetivos para aumentar la contratación femenina tanto en el sector privado como en el público;

b)Favorecer que hombres y mujeres compartan las responsabilidades domésticas y de cuidado de los hijos, como adoptar una política de permiso de paternidad, que el Estado parte asumió como compromiso en 2021 en el marco de la campaña Generación Igualdad;

c)Hacer cumplir el artículo 7 1) de la Ley de Igualdad de Género, de 2013, que prohíbe y tipifica como delito el acoso sexual en el lugar de trabajo y exige a los empleadores, tanto del sector público como del privado, que establezcan políticas para combatir el acoso sexual y cuenten con mecanismos claros para denunciar las infracciones y proteger a las víctimas;

d)Ratificar el Convenio sobre la Violencia y el Acoso, 2019 (núm. 190), de la Organización Internacional del Trabajo.

Salud

Faciliten información sobre los siguientes aspectos:

a)La asignación de recursos suficientes para garantizar la puesta en marcha de servicios de salud adaptados a los jóvenes (párr. 90) y fomentar la aceptación social del acceso de las niñas a los servicios de salud sexual y reproductiva, incluida la anticoncepción;

b)Las iniciativas contempladas para incorporar en la legislación las recomendaciones de la comisión jurídica especial encargada de revisar la Ley relativa al Aborto (que concluyó su labor en 2016) respecto a la legalización del aborto, al menos si continuar con el embarazo pone en peligro la vida de la embarazada; si la interrupción del embarazo es necesaria para evitar daños a la salud física o mental de la embarazada; si el feto presenta graves malformaciones que afectan a su viabilidad o compatibilidad con la vida; o si el embarazo es el resultado de una violación, un incesto o una desfloración (párr. 89). Faciliten también información sobre las medidas contempladas para despenalizar el aborto en todos los demás casos;

c)Las medidas adoptadas para sensibilizar a la población en general y a los proveedores de servicios en particular, tanto del sector público como del privado, sobre la prohibición por ley de discriminar a las personas por su condición de portadoras del VIH, de conformidad con el artículo 6 de la Ley relativa al VIH/Sida (Prevención y Gestión), de 2018; informen también sobre los mecanismos de reparación a los que pueden recurrir las mujeres que sufren dicha discriminación.

Empoderamiento económico y prestaciones sociales

Faciliten detalles sobre las medidas adoptadas para:

a)Asegurarse de que las estrategias de reducción de la pobreza respondan a las cuestiones de género para, así, garantizar que se atiendan las necesidades de las mujeres, como recopilar datos, desglosados por sexo, edad, discapacidad, ubicación y otros parámetros pertinentes en materia de género, sobre los beneficiarios del Programa de Transferencia Social en Efectivo (Mtukula Pakhomo) y el Fondo Nacional de Empoderamiento Económico, y fijar cuotas para las mujeres en los programas de empoderamiento económico;

b)Diseñar y poner en marcha un fondo de empoderamiento económico de las mujeres para facilitar el acceso a préstamos y otros servicios y mecanismos de financiación, en consonancia con el compromiso que el Estado parte asumió en 2021 en el marco de la campaña Generación Igualdad.

Mujeres del medio rural

Informen al Comité de las medidas adoptadas por el Estado parte para:

a)Aplicar la Ley de Tierras en Régimen Consuetudinario, de 2016, que prevé la paridad de género en la gestión de esas tierras, como dar a conocer la propia ley y los mecanismos disponibles para obtener reparación cuando se quebrantan sus disposiciones;

b)Facilitar la prestación de servicios financieros en el medio rural y tener en cuenta las necesidades de las mujeres que viven en dicho medio, como revisar los onerosos requisitos en materia de garantías y promover una cultura del ahorro;

c)Proporcionar a las mujeres del medio rural tecnologías y servicios con los que ahorrar tiempo y trabajo y, así, aligerar las tareas domésticas y comunitarias no remuneradas que realizan;

d)Mejorar el acceso de las mujeres del medio rural a los mercados de productos e insumos, teniendo en cuenta el valor añadido y las pérdidas de alimentos posteriores a la cosecha de los productos perecederos que suelen vender las mujeres;

e)Consultar e involucrar de manera significativa a las mujeres, en particular a las del medio rural, al formular y aplicar la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, de 2015, así como al elaborar todas las leyes, programas y políticas nacionales sobre el cambio climático, sobre la respuesta a los desastres y sobre la reducción del riesgo de desastres, para garantizar que en todos ellos se atiendan las necesidades y preocupaciones de las mujeres (párr. 105).

Mujeres con discapacidad

Aporten detalles sobre las medidas que se están adoptando para proteger a las mujeres y las niñas con discapacidad de la violencia de género; facilitar su acceso a la justicia, a la atención de la salud (incluida la salud sexual y reproductiva) y al empleo; y fomentar su empoderamiento por medio de instituciones accesibles de aprendizaje y formación profesional. Faciliten detalles sobre las medidas especiales de carácter temporal, como las cuotas, previstas por el Estado parte para aumentar el número de mujeres con discapacidad que trabajan tanto en el sector público como en el privado y que se matriculan en centros de educación postsecundaria.

Igualdad en las relaciones familiares

Informen al Comité sobre las medidas adoptadas para:

a)Concienciar a las mujeres, a la población en general y a los líderes tradicionales y religiosos sobre las leyes que garantizan la igualdad en las relaciones familiares, como la reforma constitucional de 2017, en virtud de la cual toda persona menor de 18 años se considera niño o niña, además de la Ley de Matrimonio, Divorcio y Relaciones Familiares, que prohíbe el matrimonio infantil;

b)Prever por ley sanciones para los oficiantes de matrimonios infantiles e imponerlas de forma efectiva;

c)Poner en marcha campañas de concienciación a gran escala para combatir las prácticas culturales predominantes que afianzan las relaciones de poder desiguales entre hombres y mujeres en el seno del matrimonio y una vez disuelto este, sobre todo en lo que se refiere al control de los recursos de la familia y al cuidado de los hijos;

d)Crear paneles de orientación para familias, conforme a lo previsto en la Ley de Matrimonio, Divorcio y Relaciones Familiares.

Protocolo Facultativo y enmienda del artículo 20 1) de la Convención

Indiquen cualquier novedad en torno a las iniciativas de ratificación del Protocolo Facultativo y a la aceptación de la enmienda del artículo 20 1) de la Convención, relativa al tiempo asignado a las reuniones del Comité.