Lista de cuestiones y preguntas relativa a los informes periódicos quinto y sexto combinados de Marruecos *

Marco legislativo y definición de discriminación contra la mujer

Sírvanse indicar si la Convención prevalece sobre la legislación nacional a la luz del preámbulo de la Constitución de 2011 y describan las medidas adoptadas para armonizar la legislación nacional en consecuencia (CEDAW/C/MAR/5-6, párr. 6). Proporcionen información sobre los progresos realizados en la aprobación de una legislación integral sobre la igualdad entre los géneros (CEDAW/C/MAR/CO/4, párr. 11), así como una definición de la discriminación directa e indirecta contra las mujeres en las esferas pública y privada, incluidas las formas interseccionales de discriminación, de conformidad con los artículos 1 y 2 de la Convención. Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para derogar las disposiciones y prácticas que atribuyen menos valor al testimonio de las mujeres frente al de los hombres.

Retirada de reservas y ratificación del Protocolo Facultativo

Sírvanse describir los progresos realizados por el Estado parte en sus gestiones para retirar sus reservas y declaraciones restantes respecto de los artículos 2, 15 y 29 de la Convención y ratificar el Protocolo Facultativo (párr. 8).

Acceso a la justicia

Habida cuenta del reducido número de reclamaciones presentadas por mujeres (párr. 17), sírvanse describir las medidas adoptadas para concienciar a las mujeres sobre sus derechos y la forma de reivindicarlos y las tomadas para concienciar a los hombres sobre los derechos de las mujeres, en particular en las zonas rurales y remotas, de conformidad con la recomendación general núm. 33 (2015) del Comité, sobre el acceso de las mujeres a la justicia. Proporcionen también información sobre los medios jurídicos de reparación de que disponen las mujeres para denunciar la discriminación de género (CEDAW/C/MAR/CO/4, párrs. 11 y 17). Sírvanse describir la forma en que el Estado parte facilita el acceso a la justicia a las mujeres de los medios de comunicación.

Efectos de la pandemia en los derechos de las mujeres y la igualdad de género

De conformidad con la nota orientativa del Comité sobre la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la enfermedad por coronavirus (COVID-19), publicada el 22 de abril de 2020, sírvanse indicar las medidas aplicadas por el Estado parte en el contexto de la pandemia de COVID-19 para corregir las desigualdades de larga data entre mujeres y hombres otorgando un papel central a las mujeres en la recuperación como estrategia de diversificación económica; para satisfacer las necesidades y defender los derechos de las mujeres y las niñas, incluidas las que forman parte de grupos desfavorecidos y marginados y las mujeres en situaciones de conflicto u otras emergencias humanitarias; y para garantizar que las medidas de confinamiento, ya sean parciales o totales, y los planes de recuperación después de la crisis no condenen a las mujeres y las niñas a desempeñar el papel estereotipado que se asigna a cada género. Sírvanse indicar las medidas adoptadas para que todas las actividades de respuesta a la crisis de la COVID-19 y de recuperación: a) afronten con eficacia la violencia de género contra las mujeres y las niñas, y tengan como objetivo prevenirla; b) garanticen que las mujeres y las niñas participen en igualdad de condiciones en la vida política y pública, la adopción de decisiones, el empoderamiento económico y la prestación de servicios; y c) procuren que las mujeres y las niñas se beneficien por igual de las medidas de estímulo, incluido el apoyo financiero para las funciones de cuidado no remuneradas, orientadas a mitigar los efectos socioeconómicos de la pandemia. Expliquen la manera en que el Estado parte se asegura de que las medidas adoptadas para contener la pandemia, como las restricciones a la libertad de circulación o el distanciamiento físico, no limiten el acceso de las mujeres y las niñas, incluidas las de grupos desfavorecidos y marginados, a la justicia, los albergues, la educación, el empleo y la atención médica, incluidos los servicios de salud sexual y reproductiva.

Mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer

De conformidad con la meta 5.1 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, a saber, poner fin a todas las formas de discriminación contra todas las mujeres y las niñas en todo el mundo, sírvanse proporcionar información sobre el establecimiento de la Autoridad para la Paridad y la Lucha contra Todas las Formas de Discriminación (párr. 9), su mandato de coordinar y supervisar la aplicación de la legislación y las políticas de igualdad de género, y los recursos humanos, técnicos y financieros que se le han asignado. Describan los efectos de la aplicación de los planes nacionales y regionales de igualdad para los períodos 2012-2016 y 2017-2021, y del Plan de Acción Nacional en materia de Democracia y Derechos Humanos (2018-2021) sobre los derechos de las mujeres y el nivel de participación de la sociedad civil en la preparación, aplicación y evaluación de esos planes. Sírvanse indicar si la presupuestación que responda a las cuestiones de género es obligatoria para todos los departamentos gubernamentales y si se han definido valores de referencia presupuestarios específicos (párrs. 30 y 31).

Medidas especiales de carácter temporal

Sírvanse indicar si el Estado parte ha adoptado medidas especiales de carácter temporal de conformidad con el artículo 4 1) de la Convención y la recomendación general núm. 25 (2004) del Comité, relativa a las medidas especiales de carácter temporal, para acelerar el logro de la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en todas las esferas en que las mujeres están infrarrepresentadas o desfavorecidas, especialmente en la vida política y pública, la educación y el empleo.

Estereotipos discriminatorios y prácticas nocivas

Sírvanse proporcionar información más detallada sobre las medidas adoptadas para eliminar los estereotipos discriminatorios sobre las funciones y responsabilidades de las mujeres y los hombres en la familia y en la sociedad y sus efectos, incluidos los programas de sensibilización y educación y las campañas en los medios de comunicación para transmitir imágenes positivas de las mujeres como participantes activas en la vida económica, social y política (párrs. 34 a 42 y 43 a 52). Indiquen las medidas adoptadas para hacer frente a los estereotipos de género discriminatorios y las representaciones negativas y la cosificación de las mujeres en los medios de comunicación y la publicidad (párr. 48) y sus resultados. Sírvanse también describir los mecanismos establecidos para asegurar el cumplimiento de las directrices sobre la igualdad de género para los medios de comunicación (párrs. 44 a 48) y la representación de las mujeres en el Observatorio Nacional de la Imagen de la Mujer en los Medios (párr. 50).

De conformidad con la recomendación general núm. 31 del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer y observación general núm. 18 del Comité de los Derechos del Niño (2019), aprobadas de manera conjunta, sobre las prácticas nocivas, sírvanse proporcionar información sobre las medidas legislativas y de otro tipo adoptadas para erradicar las prácticas nocivas, como el matrimonio infantil y la poligamia, en el Estado parte, entre otras cosas reduciendo el número de solicitudes de autorización del matrimonio para niñas (art. 20 del Código de Familia) y promoviendo un cambio de actitud.

Violencia de género contra la mujer

De conformidad con la recomendación general núm. 35 (2017) del Comité, sobre la violencia por razón de género contra la mujer, por la que se actualiza la recomendación general núm. 19, sírvanse proporcionar información sobre lo siguiente:

a)El número de investigaciones, enjuiciamientos y condenas y las penas impuestas en virtud de la Ley núm. 103-13 relativa a la Lucha contra la Violencia contra las Mujeres (párr. 232), desglosados por edad y relación entre el autor y la víctima;

b)Las medidas adoptadas para revisar la definición de violación sobre la base de la ausencia de consentimiento y tipificar como delito todas las formas de violencia de género contra la mujer, incluidas la violencia doméstica física, psicológica y económica, la violación conyugal, la violencia en línea y el acoso sexual;

c)El desarrollo de la capacidad de la judicatura, los agentes de policía y otros funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en lo que respecta a la aplicación de la Ley;

d)Los efectos de la aplicación de la estrategia nacional para combatir la violencia contra las mujeres.

Sírvanse indicar si los actos de violencia de género contra la mujer son objeto de enjuiciamiento de oficio, incluidos los casos en que se retire la denuncia o la víctima no testifique ante el tribunal, y cómo se garantiza que la víctima no sea enjuiciada y los procedimientos se mantengan confidenciales. Indiquen las medidas adoptadas para lograr que:

a)Las órdenes de alejamiento (párrs. 232 y 236) se emitan de inmediato y se vigilen y apliquen eficazmente en los casos de violencia doméstica;

b)Se cree un entorno propicio para alentar a las víctimas a denunciar los incidentes de violencia doméstica, y se informe a las víctimas de la importancia de obtener una orden de alejamiento permanente y no retirar su denuncia tras reconciliarse con el autor;

c)Se eliminen los prejuicios de género, los estereotipos discriminatorios, las actitudes patriarcales y las creencias sobre la culpabilización de las víctimas entre la judicatura, los agentes de policía, los dirigentes religiosos y tradicionales, los docentes y los profesionales de la salud, y se sensibilice a esas personas sobre los riesgos específicos y las necesidades de protección de las mujeres que encabezan una familia, las mujeres y niñas que trabajan en el servicio doméstico, las mujeres y niñas migrantes y las mujeres y niñas con discapacidad.

Sírvanse proporcionar información sobre los servicios de apoyo, los albergues, la asistencia médica y jurídica, la asistencia psicosocial y las reparaciones a disposición de las víctimas de la violencia de género contra la mujer, y los niveles de financiación de los servicios de apoyo a las víctimas con cargo al presupuesto del Estado, en particular en las zonas rurales y remotas.

Trata y explotación de la prostitución

Sírvanse proporcionar información sobre las principales conclusiones y la aplicación de las recomendaciones del estudio sobre la situación de la trata de personas en Marruecos (párr. 71), en particular con respecto a las mujeres y las niñas que trabajan en el servicio doméstico. Proporcionen también información sobre las medidas adoptadas para capacitar a la policía de fronteras, las autoridades de inmigración y otros organismos encargados de hacer cumplir la ley sobre la aplicación de la Ley núm. 27-14 de Lucha contra la Trata de Personas, la pronta identificación de las mujeres y niñas víctimas de la trata y los procedimientos que tienen en cuenta el género para atenderlas, la remisión a los servicios pertinentes y la renuncia al enjuiciamiento de las víctimas por infracciones en materia de inmigración y el ejercicio de la prostitución, y para proteger a las víctimas contra el arresto, la detención, el traslado forzoso y la deportación. Sírvanse indicar el número de mujeres y niñas identificadas como víctimas de la trata y los servicios de rehabilitación y reintegración que se les prestaron, de conformidad con la recomendación general núm. 38 (2020) del Comité, relativa a la trata de mujeres y niñas en el contexto de la migración mundial. Especifiquen las medidas adoptadas para desmantelar las redes de turismo sexual e investigar las denuncias de tráfico de órganos que afectan a mujeres y niñas.

Sírvanse aclarar si las mujeres que ejercen la prostitución en el Estado parte están sujetas a multas administrativas o sanciones penales. Describan las medidas adoptadas con los siguientes fines:

a)Desalentar la demanda de prostitución;

b)Garantizar a las mujeres que ejercen la prostitución el acceso a la atención médica, incluidos el análisis y el tratamiento del VIH, y a anticonceptivos modernos, incluidos los preservativos, y ofrecerles programas de ayuda y oportunidades de ingresos alternativos para que abandonen la prostitución;

c)Atacar las causas fundamentales de la explotación de las mujeres en la prostitución y su estigmatización.

Participación en la vida política y pública

Sírvanse indicar las medidas adoptadas por el Estado parte para lograr la paridad (art. 19 de la Constitución) en todas las esferas de la vida política y pública, y sus efectos. Faciliten datos actualizados sobre la representación de las mujeres en la judicatura, incluido el Tribunal Constitucional, la policía, la administración pública, el servicio exterior y el sector de la seguridad, en particular en los niveles de adopción de decisiones. Sírvanse describir: a) el mandato y los logros del Observatorio de la Perspectiva de Género (párr. 84); b) las conclusiones de la red interministerial sobre el género en la administración pública (párr. 85) y el seguimiento que se haya realizado; y c) los efectos de la estrategia y el plan de acción para institucionalizar la igualdad de género en la administración pública (párr. 85). Sírvanse indicar las medidas adoptadas para hacer frente a los factores que disuaden a las mujeres de participar en la vida política y pública, entre ellos su representación limitada en los puestos decisorios y la falta de capacitación, servicios de cuidado infantil y recursos financieros.

Nacionalidad

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para enmendar la Ley de Nacionalidad a fin de permitir que las mujeres marroquíes transmitan su nacionalidad a los cónyuges extranjeros (párr. 97), y aclaren si las mujeres marroquíes conservan la suya al adquirir la nacionalidad de su cónyuge extranjero. Indiquen si el Estado parte ha adoptado medidas para ratificar la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954 y la Convención para Reducir los Casos de Apatridia de 1961.

Educación

Sírvanse describir las medidas adoptadas, incluidas las medidas especiales de carácter temporal, para aumentar las tasas de escolarización y finalización de la enseñanza (párrs. 102 a 106) y reducir las tasas de deserción escolar (párr. 107) entre las niñas, incluidas las que viven en la calle, las nómadas y aquellas con discapacidad, en todos los niveles de educación, en particular en las zonas rurales y remotas. Proporcionen información sobre las medidas adoptadas para alentar a las mujeres y las niñas a elegir ámbitos de estudio no tradicionales, en particular ciencia, tecnología, ingeniería, matemáticas y tecnología de la información y las comunicaciones. Sírvanse también indicar las medidas adoptadas para eliminar los estereotipos de género discriminatorios de los planes de estudios y los libros de texto, y los efectos de las medidas tomadas para reducir el analfabetismo entre las mujeres (párrs. 107 y 108). Faciliten información actualizada sobre los progresos realizados en la introducción de la educación inclusiva para mujeres y niñas con discapacidad en todos los niveles de educación (párr. 115).

Empleo

Sírvanse describir las medidas adoptadas para reducir el desempleo entre las mujeres y facilitar su acceso al empleo formal, poner fin a la segregación ocupacional y cerrar la brecha salarial de género. Indiquen las medidas tomadas para ampliar la protección laboral y social a las mujeres que trabajan en la economía informal. Faciliten también información sobre las medidas adoptadas para alentar a las mujeres a buscar empleo en profesiones dominadas tradicionalmente por los hombres, como la ciencia, la tecnología y la ingeniería, y en puestos directivos, y proporcionen los datos estadísticos pertinentes. Sírvanse proporcionar información sobre el número de denuncias de mujeres por discriminación y acoso sexual en el lugar de trabajo y sus resultados, y sobre la eficacia de las inspecciones laborales y otros mecanismos de supervisión en el Estado parte. Indiquen la forma en que el Estado parte aplica la legislación relativa a los trabajadores domésticos (párr. 128) y controla que se cumpla, en particular el número de inspecciones laborales de domicilios particulares y las multas impuestas a los empleadores abusivos. Proporcionen información sobre las medidas adoptadas para ratificar el Convenio sobre las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos, 2011 (núm. 189), de la Organización Internacional del Trabajo. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para que las madres jóvenes puedan volver a trabajar, entre otras cosas promoviendo modalidades de trabajo flexibles y el reparto equitativo de las responsabilidades familiares entre mujeres y hombres, instalaciones adecuadas para el cuidado infantil e incentivos para los empleadores.

Salud

Sírvanse indicar las medidas adoptadas para reducir la tasa de mortalidad materna y mejorar el acceso de las mujeres y las niñas a la atención médica, incluidos los servicios de salud sexual y reproductiva, en particular en las zonas rurales y remotas. Indiquen también si en el Estado parte el aborto es legal, como mínimo en casos de violación, incesto, amenazas a la vida o la salud de la embarazada o malformaciones graves del feto, y si está despenalizado en todos los demás casos. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar el acceso de las mujeres y las adolescentes al aborto seguro y a servicios posteriores al aborto, y a formas modernas y asequibles de anticoncepción sin el consentimiento del cónyuge o los padres. Faciliten información sobre la disponibilidad de educación sexual apropiada para cada edad en todos los niveles de educación, también en las zonas rurales y remotas.

Sírvanse indicar el porcentaje de mujeres y niñas que tienen seguro médico en el Estado parte, entre otras cosas en el contexto de la COVID-19. Proporcionen información sobre los efectos del plan nacional para la salud de las personas con discapacidad para el período 2015-2021 en la mayor accesibilidad de los servicios de salud para las mujeres y niñas con discapacidad. Indiquen las medidas adoptadas para garantizar que las mujeres y niñas con discapacidad no sean internadas en instituciones de salud mental ni se les practique ninguna intervención médica sin su consentimiento libre, pleno e informado.

Empoderamiento económico y prestaciones sociales

Sírvanse proporcionar información sobre el acceso de las mujeres a préstamos y créditos financieros sin necesidad de garantías. Indiquen las medidas adoptadas para derogar las disposiciones discriminatorias relativas al acceso de las mujeres a la tierra y otros bienes, así como el porcentaje de empresas dirigidas por mujeres y las medidas adoptadas para promover el emprendimiento de las mujeres.

Mujeres del medio rural

De conformidad con la recomendación general núm. 34 (2016) del Comité, sobre los derechos de las mujeres rurales, sírvanse indicar las medidas adoptadas para mejorar el acceso de las mujeres rurales a la justicia, la educación, el empleo, la atención médica, incluidos los servicios de salud sexual y reproductiva, la protección social, el transporte público e Internet y las tecnologías de la comunicación. Faciliten información sobre el acceso a la propiedad y el uso de la tierra por parte de las mujeres rurales, incluidas las de comunidades sulaliya. Sírvanse describir las medidas adoptadas para mejorar las condiciones de trabajo de las mujeres en la agricultura y de las que son “asistentes familiares”, así como los efectos de esas medidas. Indiquen las medidas tomadas para velar por que las mujeres del medio rural puedan participar en la formulación y la aplicación de programas y políticas agrícolas (CEDAW/C/MAR/CO/4, párr. 33), incluido el Plan Marruecos Verde (párr. 207).

Grupos de mujeres desfavorecidas

Sírvanse especificar las medidas adoptadas con los siguientes fines:

a)Garantizar el acceso de las mujeres de edad, incluidas las viudas, a la atención médica, la protección social, el apoyo financiero y opciones de vivienda;

b)Garantizar el acceso de las mujeres con discapacidad a la educación inclusiva, el empleo, la atención médica y la información sobre planificación familiar y el derecho a contraer matrimonio;

c)Hacer frente a la estigmatización de las madres solteras y prestarles apoyo, entre otras cosas mediante planes de protección social y pensión por alimentos para los hijos, procedimientos de reconocimiento de la paternidad y la exigencia de cumplimiento de las obligaciones en materia de pensión alimenticia y manutención que incumben a los excónyuges y los padres de sus hijos.

Matrimonio y relaciones familiares

Sírvanse indicar las medidas adoptadas para garantizar el cumplimiento efectivo de la edad mínima para contraer matrimonio, fijada en 18 años sin excepción, también en los matrimonios religiosos, y prohibir la poligamia (CEDAW/C/MAR/CO/4, párr. 37), de conformidad con la recomendación general núm. 31 y observación general núm. 18, aprobadas de manera conjunta. Describan la forma en que los tribunales nacionales toman en consideración las contribuciones no financieras de las mujeres a la economía familiar (párr. 228) al dividir los bienes gananciales en los procesos de divorcio, y proporcionen datos estadísticos pertinentes. Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para derogar las disposiciones discriminatorias relativas al matrimonio, el divorcio, la custodia y la tutela legal de los hijos, el reparto de los bienes y la herencia, también respecto de los cónyuges no musulmanes.