Lista de cuestiones y preguntas relativa al cuarto informe periódico de Mauritania*

Retirada de reservas y ratificación del Protocolo Facultativo

Sírvase aportar información actualizada sobre las medidas concretas adoptadas por el Estado parte para retirar también las reservas a los artículos 13 a) y 16 de la Convención. Sírvase indicar si se han realizado progresos con respecto a la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención y la aceptación de la enmienda al artículo 20 1) de la Convención, relativa al tiempo asignado a las reuniones del Comité.

Visibilidad de la Convención y de su Protocolo Facultativo

Sírvase proporcionar información actualizada sobre las medidas adoptadas para sensibilizar a las mujeres, incluidos los grupos de mujeres desfavorecidas y marginadas y las mujeres que viven en zonas rurales y apartadas, sobre sus derechos en virtud de la Convención. Sírvase informar sobre los cursos específicos de formación académica y profesional para abogados, jueces, fiscales y otros funcionarios encargados de hacer cumplir la ley sobre la aplicación de la Convención en el marco jurídico, de qué manera dicha formación trata sobre la Convención, sus recomendaciones generales y su jurisprudencia en virtud del Protocolo Facultativo, e indique el porcentaje de abogados y funcionarios judiciales que han recibido esa formación (CEDAW/C/MRT/4, párr. 11).

Derechos de las mujeres e igualdad de género en relación con la pandemia y las iniciativas de recuperación

De conformidad con la nota orientativa del Comité relativa a las obligaciones de los Estados partes en la Convención y la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19), publicada el 22 de abril de 2020, sírvase indicar las medidas aplicadas por Mauritania en el contexto de la pandemia de COVID-19 para corregir las desigualdades de larga data entre las mujeres y los hombres, y para dar un nuevo impulso a la aplicación de la igualdad de género situando a las mujeres en el centro de la recuperación como prioridad estratégica para el cambio sostenible, en consonancia con los Objetivos de Desarrollo Sostenible; satisfacer las necesidades y defender los derechos de las mujeres y las niñas, incluidas las pertenecientes a grupos desfavorecidos y marginados y las mujeres en situaciones de conflicto u otras emergencias humanitarias; y garantizar que, en el contexto de las medidas de confinamiento, ya sean parciales o totales, y en los planes de recuperación después de la crisis, las mujeres y las niñas no se vean relegadas a desempeñar papeles estereotipados asignados en razón del género. Sírvase indicar las medidas que se aplican para que todas las actividades de respuesta a la crisis de la COVID-19 y de recuperación posterior aborden y tengan por objeto prevenir con eficacia la violencia de género contra las mujeres y las niñas; estén diseñadas de forma que las mujeres y las niñas participen en pie de igualdad en la vida política y pública, la toma de decisiones, el empoderamiento económico y la prestación de servicios, en particular a la hora de formular y ejecutar programas de recuperación; y procuren velar por que las mujeres y las niñas se beneficien por igual de las medidas de estímulo, incluido el apoyo financiero para las labores de cuidado no remuneradas, que tienen por objeto mitigar los efectos socioeconómicos de la pandemia. Sírvase explicar de qué forma Mauritania está garantizando que las medidas adoptadas para contener la pandemia, como las restricciones a la libertad de circulación o el distanciamiento físico, no limiten el acceso de las mujeres y las niñas, incluidas las pertenecientes a grupos desfavorecidos y marginados, a la justicia, a los centros de acogida, a la educación, al empleo y a la atención de la salud, incluidos los servicios de salud sexual y reproductiva.

Marco legislativo e institucional

En vista de las anteriores observaciones finales del Comité (CEDAW/C/MRT/CO/2-3, párr. 15), sírvase informar sobre las medidas adoptadas para llevar a cabo una revisión de la legislación y derogar todas las disposiciones discriminatorias, en particular en el Código de la Nacionalidad y en el Código del Estatuto Personal. Sírvase informar asimismo sobre los casos en que la Convención haya sido invocada por particulares, aplicada directamente o citada en procedimientos judiciales en Mauritania.

Mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer

Sírvase proporcionar información sobre el alcance de las responsabilidades del observatorio nacional de los derechos de las mujeres y las niñas, así como los recursos humanos, técnicos y financieros asignados para el cumplimiento de su función. Sírvase informar acerca de la función de supervisión del observatorio nacional en lo referente a la aplicación de la legislación pertinente adoptada por Mauritania. Sírvase describir las bases de referencia, metas y efectos de la aplicación de la estrategia nacional de incorporación de la perspectiva de género (párr. 20) e indique si la presupuestación que responda a las cuestiones de género es obligatoria para todos los departamentos gubernamentales y si se han definido valores de referencia presupuestarios específicos.

Acceso a la justicia

Sírvase proporcionar información sobre las medidas adoptadas para concienciar a las mujeres sobre sus derechos y sobre las formas de hacerlos valer, así como alentarlas a presentar denuncias en lugar de optar por la mediación, en particular en las zonas rurales y apartadas. Sírvase indicar también la disponibilidad de asistencia jurídica gratuita para las mujeres en Mauritania, el número de mujeres beneficiarias de esa asistencia y todo factor que obstaculice el acceso a ella de las mujeres, incluida la estigmatización de las que presentan querellas, en particular contra su cónyuge o un familiar, especialmente en los casos de violencia de género.

Medidas especiales de carácter temporal

Sírvase indicar si, de conformidad con el párrafo 1 del artículo 4 de la Convención y la recomendación general núm. 25 (2004) del Comité relativa a las medidas especiales de carácter temporal, Mauritania ha adoptado medidas especiales de carácter temporal, aparte del sistema de cuotas, para aumentar la participación política de las mujeres y la atención prestada a la situación de la mujer en la estrategia de reducción de la pobreza, con el objetivo de acelerar el logro de la igualdad sustantiva de la mujer y el hombre en todas las esferas abarcadas por la Convención, en particular en los ámbitos del empleo, la educación y las cuestiones familiares, incluso con respecto a los grupos de mujeres desfavorecidas. Sírvase también proporcionar información sobre las medidas positivas adoptadas para hacer frente a las dificultades concretas que afrontan los grupos de mujeres más desfavorecidas.

Estereotipos discriminatorios y prácticas nocivas

En sus anteriores observaciones finales (CEDAW/C/MRT/CO/2-3, párr. 22), el Comité expresó su preocupación por la persistencia de estereotipos profundamente arraigados, además de prácticas nocivas para las mujeres, como la mutilación genital femenina, la alimentación forzada, el matrimonio infantil y forzado y el acoso sexual. Sírvase informar al Comité acerca de las iniciativas emprendidas para aplicar una estrategia integral orientada a la concienciación sobre esos estereotipos de género y las prácticas nocivas contra las mujeres y a su eliminación, en particular en las zonas rurales y apartadas. Sírvase proporcionar datos y estadísticas actualizados sobre la prevalencia de la mutilación genital femenina en Mauritania, en particular en las zonas rurales y apartadas, así como el número de enjuiciamientos y condenas y las penas impuestas a los autores de dichas mutilaciones (párrs. 26 a 28). En lo que respecta a la recomendación general núm. 31 del Comité y observación general núm. 18 del Comité de los Derechos del Niño (2014), aprobadas de manera conjunta, sobre las prácticas nocivas, sírvase informar al Comité acerca de lo siguiente: medidas para resarcir a las niñas que hayan sido sometidas a la mutilación genital femenina o al matrimonio infantil o forzado; servicios de rehabilitación y asesoramiento que las niñas tienen a su disposición; y un mecanismo para dar seguimiento a los casos de matrimonio infantil o forzado. Sírvase informar acerca de las medidas dirigidas a reforzar el diálogo en marcha con los líderes religiosos.

Violencia de género contra la mujer

En vista de la recomendación general núm. 35 (2017) del Comité, relativa a la violencia por razón de género contra la mujer, por la que se actualiza la recomendación general núm. 19, sírvase facilitar información actualizada sobre: a) gestiones realizadas para acelerar la aprobación por el Parlamento del proyecto de ley para combatir la violencia de género contra la mujer y la forma en que esta abarca la violencia física, psicológica y sexual; b) iniciativas para asegurarse de que la definición de violación, incluida la violación conyugal y por conocidos o en citas, se base en la falta de consentimiento, tenga en cuenta todas las circunstancias coercitivas, y se ajuste a las normas internacionales de derechos humanos; c) resultados obtenidos con la estrategia nacional de lucha contra la violencia contra las mujeres (párr. 38); d) datos relativos a la violencia de género contra las mujeres, desglosados por edad, sexo, discapacidad, ubicación geográfica, tipo de violencia y relación entre el agresor y la víctima, así como sobre el número de casos denunciados, investigaciones y enjuiciamientos, y sentencias impuestas contra los agresores; y e) medidas adoptadas para modificar la legislación a fin de asegurar que ninguna mujer víctima de una violación sea enjuiciada por adulterio.

Trata y explotación de la prostitución

De conformidad con la recomendación general núm. 38 (2020) del Comité, relativa a la trata de mujeres y niñas en el contexto de la migración mundial, en vista de las recomendaciones anteriores del Comité (CEDAW/C/MRT/CO/2-3, párr. 29), sírvase informar al Comité acerca de las medidas adoptadas para garantizar la aplicación efectiva de la ley sobre la trata e indicar qué repercusiones ha tenido el plan de acción nacional de lucha contra la trata de personas (párr. 51). Con respecto a la trata de personas, sírvase presentar datos, desglosados por edad, ubicación geográfica y origen étnico, sobre el número de denuncias, enjuiciamientos y condenas, así como penas impuestas a los autores del delito desde 2015. Sírvase proporcionar información sobre las conclusiones del estudio sobre la trata y especificar las medidas adoptadas por Mauritania para hacer frente a estos fenómenos (párr. 50). Sírvase informar sobre las medidas adoptadas para hacer frente a las causas de fondo de la explotación sexual de las mujeres y las niñas, así como sobre los programas de rehabilitación y reintegración dirigidos a las mujeres y las niñas que son víctimas de la trata y la explotación sexual, en particular las mujeres y las niñas que pertenecen a minorías étnicas, las que viven en zonas rurales, y mujeres migrantes, mujeres solicitantes de asilo y mujeres refugiadas.

Participación en la vida política y pública

Sírvase proporcionar datos, desglosados por sexo, edad, discapacidad y ubicación geográfica en zona rural o urbana, sobre la participación de las mujeres en las elecciones legislativas y municipales de 2018. Sírvase informar al Comité sobre las medidas adoptadas para aumentar y acelerar la participación equitativa de las mujeres, en particular para las mujeres que viven en zonas rurales, en todos los niveles del Gobierno, incluidos el Gabinete y el poder judicial, el mundo académico y el servicio exterior.

Nacionalidad

En vista de las anteriores observaciones finales del Comité (CEDAW/C/MRT/CO/2-3, párr. 33), sírvase proporcionar información sobre las medidas adoptadas para modificar el Código de la Nacionalidad y permitir que las mujeres mauritanas transmitan su nacionalidad a sus hijos y a su cónyuge extranjero en igualdad de condiciones con los hombres mauritanos.

Educación

Sírvase proporcionar datos sobre las tasas de deserción escolar, desglosados por sexo, edad, situación socioeconómica y ubicación geográfica (urbanas o rurales). Sírvase indicar las medidas adoptadas para evaluar y revisar la estrategia nacional de educación a fin de garantizar la retención y evitar que las niñas dejen de ir a la escuela, en particular en las zonas rurales, así como combatir el acoso sexual en las escuelas (párr. 65). Sírvase informar al Comité sobre las medidas adoptadas para mejorar el apoyo y la asistencia económica a las niñas de las zonas rurales y apartadas, a fin de facilitar su acceso a las escuelas. Sírvase indicar las medidas adoptadas para introducir una educación sexual amplia y apropiada a todos los niveles del sistema educativo de Mauritania. Sírvase informar al Comité acerca de las medidas adoptadas para reforzar los programas de alfabetización de adultos, en particular para las mujeres pertenecientes a minorías étnicas y las que viven en zonas rurales. Sírvase proporcionar información detallada sobre las medidas adoptadas para eliminar los estereotipos tradicionales y las barreras estructurales que pueden disuadir a las niñas y las mujeres de optar por ámbitos de estudio dominados tradicionalmente por los hombres. Sírvase proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar el acceso de las mujeres y las niñas con discapacidad a una educación inclusiva.

Empleo

Sírvase proporcionar información sobre los resultados alcanzados en el marco de la estrategia nacional de empleo e indique si se han tomado medidas para promover el acceso de las mujeres al empleo en el sector formal y eliminar la segregación horizontal y vertical, la discriminación por razón de género, y las opiniones tradicionales que les impiden acceder a oportunidades de desarrollo de las perspectivas de carrera y capacitación profesional (párr. 70). Sírvase informar al Comité sobre los resultados del estudio para ampliar la protección laboral y social e indique si se han tomado medidas para ampliar la cobertura de la protección social a las mujeres que trabajan en la economía informal y por cuenta propia, en particular a las que viven en zonas rurales y apartadas (párr. 72).

Sírvase informar al Comité sobre la prevalencia del acoso sexual de las mujeres en el lugar de trabajo y acerca de los sistemas existentes para vigilar y prevenir el acoso y para alentar a las víctimas a presentar denuncias contra los que incurren en esa conducta (párr. 73). En consonancia con las recomendaciones anteriores del Comité (CEDAW/C/MRT/CO/2-3, párr. 37), sírvase proporcionar al Comité información actualizada sobre las medidas adoptadas para desmantelar el sistema de esclavitud de las mujeres en el trabajo doméstico basado en las castas y para garantizar que las trabajadoras domésticas tengan acceso a procedimientos de denuncia y reparación efectivos. Sírvase indicar las medidas que se han adoptado para ratificar el Convenio sobre las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos, 2011 (núm. 189) de la Organización Internacional del Trabajo. Sírvase proporcionar información sobre el número, la naturaleza y los resultados de las inspecciones laborales realizadas, incluso en el ámbito del trabajo doméstico (párr. 74).

Salud

Sírvase informar al Comité sobre las medidas adoptadas para aplicar con eficacia la Ley de salud reproductiva y la estrategia nacional de salud reproductiva y acerca de las medidas adoptadas para mejorar la disponibilidad y la calidad de los servicios de asesoramiento en materia de salud sexual y reproductiva para las mujeres y las niñas, en particular en las zonas rurales y apartadas. Sírvase informar sobre la incidencia de los abortos en condiciones de riesgo y su repercusión en la salud de la mujer, incluida la mortalidad materna. Sírvase indicar las medidas adoptadas para legalizar el aborto, por lo menos en casos de violación, incesto, amenazas a la vida o la salud de la mujer embarazada o malformaciones graves del feto, y despenalizarlo en todos los demás casos. Sírvase describir los servicios de salud mental y los sistemas de apoyo disponibles para las mujeres y las niñas y facilite mayor información sobre los servicios de salud disponibles para las mujeres y las niñas con discapacidad.

Empoderamiento económico de las mujeres

Sírvase informar sobre las medidas adoptadas para abordar e incorporar las dimensiones de género de la pobreza en las políticas públicas, en particular en los planes o estrategias nacionales de desarrollo para luchar contra la pobreza y los programas de empoderamiento económico. Sírvase proporcionar información, desglosada por monto del préstamo, edad, origen étnico y ubicación geográfica (urbana o rural), sobre el número de mujeres que han participado en los programas económicos y de microfinanzas. Sírvase informar también sobre las estrategias orientadas a desarrollar y sostener regímenes de protección social para las mujeres en igualdad de condiciones con los hombres.

Mujeres del medio rural

En consonancia con las recomendaciones anteriores del Comité (CEDAW/C/MRT/CO/2-3, párr. 43), sírvase informar al Comité sobre las medidas adoptadas para modificar toda disposición discriminatoria y abordar toda barrera cultural que limite la propiedad, el control y el uso de la tierra por parte de las mujeres. Con respecto a la recomendación general del Comité núm. 34 (2016) sobre los derechos de las mujeres rurales, sírvase indicar qué medidas se han adoptado para mejorar el acceso de las mujeres de zonas rurales a los servicios básicos, incluido el acceso a atención sanitaria y a servicios de planificación familiar, al agua, la educación, el empleo formal, la tierra y el crédito. Sírvase describir las medidas establecidas o previstas para ofrecer programas de emprendimiento para las mujeres de las zonas rurales, incluidas las mujeres pertenecientes a minorías étnicas, y para ampliar las oportunidades de empleo en el sector no agrícola.

Grupos de mujeres desfavorecidas

Sírvase proporcionar información actualizada sobre cómo se integra la perspectiva de género en las medidas adoptadas para aplicar con eficacia la Ley núm. 2015-031, la hoja de ruta para la erradicación de las consecuencias de la esclavitud y las formas modernas de esclavitud, y el plan de acción para su aplicación (párrs. 92 a 95). Sírvase informar al Comité sobre las medidas adoptadas para establecer programas dirigidos a proporcionar ingresos a las mujeres haratinas y afromauritanas que habían sido esclavas, así como un régimen especial de seguridad social para garantizar su rehabilitación y reinserción en la sociedad.

Los recursos alternativos indican que las mujeres y las niñas pertenecientes a minorías étnicas, así como las mujeres solicitantes de asilo, refugiadas y migrantes, afrontan obstáculos para acceder a los servicios básicos, especialmente a la educación y los sistemas de exámenes oficiales, debido al proceso de registro civil nacional y a la falta de documentos de identidad. Sírvase proporcionar información sobre medidas concretas que se hayan adoptado para asegurarse de que los grupos de mujeres y niñas desfavorecidas, como las mujeres pertenecientes a minorías étnicas, las mujeres con discapacidad, las solicitantes de asilo, las refugiadas y las migrantes, en particular las mujeres migrantes indocumentadas tengan acceso a lo siguiente: educación; atención médica, incluida la atención de la salud sexual y reproductiva; servicios básicos; vivienda; alimentación; empleo; y documentos de identidad.

Cambio climático y desastres naturales

Sírvase informar acerca de las medidas adoptadas para integrar la reducción del riesgo de desastres en los procesos de desarrollo y contrarrestar los efectos adversos del cambio climático. Sírvase indicar si Mauritania prevé incorporar una perspectiva de género e incluir a las mujeres en las estrategias nacionales de gestión de desastres y de socorro y recuperación en situaciones de desastre, en consonancia con la recomendación general núm. 37 (2018) del Comité, sobre las dimensiones de género de la reducción del riesgo de desastres en el contexto del cambio climático.

Matrimonio y relaciones familiares

Sírvase informar al Comité sobre las medidas adoptadas para erradicar la práctica del matrimonio infantil o forzado y crear conciencia acerca de los efectos perniciosos del matrimonio infantil o forzado sobre las mujeres y las niñas, de conformidad con la recomendación general núm. 31 del Comité y observación general núm. 18 del Comité de los Derechos del Niño, aprobadas de manera conjunta, sobre las prácticas nocivas. Sírvase proporcionar información sobre las medidas adoptadas para modificar el Código del Estatuto Personal a fin de derogar sus disposiciones discriminatorias relativas al matrimonio, el divorcio, la custodia y la tutela legal de los hijos, la poligamia, la división de los bienes y la herencia.