Naciones Unidas

CERD/C/KGZ/8-10

Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

20 de enero de 2017

Español

Original: rusoEspañol, francés, inglés y ruso únicamente

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 9 de la Convención

Informes periódicos octavo a décimo que los Estados partes debían presentar en 2016

Kirguistán *

[Fecha de recepción: 16 de diciembre de 2016]

Informes periódicos octavo, noveno y décimo combinados de la República Kirguisa sobre el cumplimiento de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial entre 2011 y 2015

Índice

Página

Introducción3

Primera parte3

Segunda parte18

Capítulo 118

Capítulo 219

Capítulo 321

Capítulo 421

Capítulo 523

Capítulo 627

Capítulo 728

Introducción

1.Los informes periódicos octavo, noveno y décimo de la República Kirguisa (en adelante, “la República”) sobre el cumplimiento de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (en adelante, “la Convención”), para el período comprendido entre el 1 de enero de 2011 y el 31 de diciembre de 2015, se presentan al Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de las Naciones Unidas (en adelante, “el Comité”), de conformidad con sus obligaciones internacionales. El informe anterior, en el que figuran los informes periódicos quinto, sexto y séptimo, fue aprobado en virtud de la resolución gubernamental núm. 141, de 20 de febrero de 2012, relativa a los informes nacionales de la República Kirguisa sobre el cumplimiento de los tratados internacionales de las Naciones Unidas en la esfera de los derechos humanos, y se presentó al Comité.

2.Los presentes informes periódicos se han elaborado de acuerdo con las directrices relativas a la preparación de un documento destinado al Comité, el cual prevé su presentación obligatoria por los Estados partes de conformidad con el artículo 9, párrafo 1, de la Convención, aprobadas por el citado Comité en su 71er período de sesiones, teniendo en cuenta las directrices relativas a la preparación de un documento básico común y de informes sobre tratados específicos que figuran en las directrices sobre la preparación de informes con arreglo a los tratados internacionales de derechos humanos (HRI/MC/2006/3 y Corr.1). En los informes periódicos se ha respetado la forma y el contenido que el Comité recomienda para los informes, a fin de garantizar un enfoque global y una manera uniforme de presentación.

3.En lo que se refiere a su estructura, los informes periódicos constan de dos partes. La primera de ellas se centra en información general sobre el marco de protección y promoción de los derechos humanos, así como en los motivos de preocupación y recomendaciones de las observaciones finales, la respuesta y explicación a las cuales son obligatorias para la República. La segunda parte consiste en las acciones de la República relativas a un mayor apoyo a la aplicación práctica de la Convención durante el período que abarca el informe.

Primera parte

4.Según el Comité Nacional de Estadística de la República, a comienzos del año 2011 en Kirguistán vivían 5.477.620 personas, de las cuales el 71,7% eran kirguisos; el 14,3%, uzbekos; el 7,2%, rusos; el 1,1%, dunganos; el 0,9%, uigures; el 0,9%, tayikos, y el 3,9% pertenecían a otros grupos étnicos. Al 1 de enero de 2015, de un total de 5.895.062 personas, un 72,8% eran kirguisos; un 14,5%, uzbekos; un, 6,2% rusos; un 1,1%, dunganos; un 0,9%, uigures; un 0,9%, tayikos, y un 3,6% de otros grupos étnicos.

5.Tras los sucesos de junio de 2010, que ocasionaron víctimas mortales, los más altos dirigentes políticos del país, reafirmando su compromiso con una política de paz y armonía entre las distintas etnias, así como de lucha constante contra la discriminación por motivos étnicos, raciales y de otras características, de conformidad con las observaciones finales, se dedicaron a la tarea de reformar las esferas política y pública, así como los órganos policiales y judiciales y de orden público, el sistema judicial, la educación y otros ámbitos de la vida social.

6.En virtud del Decreto Presidencial núm. 11, de 21 de enero de 2013, se aprobó la Estrategia Nacional de Desarrollo Sostenible de la República Kirguisa (2013-2017), una de cuyas principales prioridades ha pasado a ser garantizar la armonía interétnica, fortalecer la unidad del país y proteger los derechos de los ciudadanos independientemente de su origen étnico.

7.Para llevar a cabo y dar un contenido más específico a las prioridades de la sección titulada “Armonía Interétnica, Fortalecimiento de la Unidad del País”, de la Estrategia Nacional, en virtud del Decreto Presidencial núm. 74, de 10 de abril de 2013, se aprobó el Marco para Fortalecer la Unidad del País y las Relaciones Interétnicas en la República Kirguisa. Dicho Marco se elaboró con arreglo al Decreto Presidencial núm. 24, de 1 febrero de 2012, de medidas urgentes para reforzar la seguridad pública en la República Kirguisa. El proyecto del Marco se sometió a debate con la participación de una amplia gama de partes y entidades interesadas. Concretamente tomaron parte representantes de la sociedad civil y de organizaciones educativas y científicas, así como expertos.

8.El proyecto del Marco para Fortalecer la Unidad del País y las Relaciones Interétnicas en la República Kirguisa se elaboró a partir de los principios de adhesión a los valores democráticos; así como de consolidación del sistema estatal y preservación de la integridad territorial; coherencia en la actuación del Estado; reconocimiento de la unidad en la diversidad; respeto al patrimonio histórico y cultural de la nación; papel unificador del idioma kirguiso; integración en la comunidad internacional, y aprendizaje activo del ruso, inglés y otras lenguas extranjeras.

9.El Marco para Fortalecer la Unidad del País y las Relaciones Interétnicas en la República Kirguisa tiene como objetivo promover la unidad nacional mediante la mejora de las relaciones interétnicas, así como preservar el patrimonio cultural y la diversidad étnica del país. Para que el logro de este objetivo sea posible es necesario cumplir las siguientes tareas:

La mejora del marco legislativo y la elaboración de normas y reglamentos que hagan efectivos los derechos y necesidades etnoculturales inalienables;

El establecimiento de un sistema de departamentos de los órganos ejecutivos encargados de la aplicación de una política destinada a fortalecer la unidad de la población y la integridad del Estado, así como a regular las relaciones interétnicas y la política lingüística, en particular un organismo estatal competente a escala nacional, junto con la creación de la infraestructura necesaria a nivel central, regional y local;

La cooperación entre órganos del Estado, ministerios y departamentos, autoridades y órganos de la administración autónoma local, así como la sociedad civil, en la vigilancia y la prevención temprana de conflictos y en la consolidación de la paz;

El desempeño de un papel unificador efectivo de la lengua nacional kirguisa mediante la creación de las condiciones necesarias para su estudio y dominio por toda la población; la aplicación de una política lingüística equilibrada para el desarrollo de la diversidad lingüística del país mediante la mejora del conocimiento por los ciudadanos del idioma oficial ruso, así como el dominio de otros idiomas de las Naciones Unidas y la preservación de las lenguas de las comunidades étnicas;

La conformación de la identidad nacional con un desarrollo etnocultural; la consideración propia de cada persona como un “Kyrgyz zharany” (ciudadano de Kirguistán); la formación en un espíritu de patriotismo cívico, así como de tolerancia y respeto a la diferencia mediante la educación, las políticas culturales e informativas, y el aumento de la participación de todos los ciudadanos a nivel político, social y económico en la vida de la sociedad de Kirguistán.

10.La aplicación del Marco para Fortalecer la Unidad del País y las Relaciones Interétnicas en la República Kirguisa posee un carácter nacional y multisectorial. Para hacer frente a los retos señalados en dicho Marco, cada una de las medidas propuestas debe estar respaldada por los planes y programas pertinentes del Gobierno de la República (en adelante, “el Gobierno”), así como de la administración pública local y los órganos de la administración autónoma local con la oportuna cobertura presupuestaria. El logro de un objetivo específico es un proceso a largo plazo que requiere una labor sistemática de las instituciones estatales, públicas, privadas y las entidades comerciales de la población del país.

11.Los principios de una organización equitativa y democrática del Estado y la sociedad, en la que por ley se consagre la participación, el respeto y el pleno disfrute de los derechos de las diferentes comunidades étnicas que se recomiendan en las observaciones finales, se reflejan en el artículo 16 de la Constitución de la República (en adelante, “la Constitución”): “Las libertades y los derechos humanos son inalienables y asisten a todas las personas desde su nacimiento... la República Kirguisa respeta y garantiza a todas las personas que se encuentran en su territorio o están sujetas a su jurisdicción las libertades y los derechos humanos. Nadie podrá ser discriminado por motivos de sexo, raza, idioma, discapacidad, origen étnico, credo, edad, convicciones políticas o de otra índole, educación, origen, situación económica o de otro tipo, ni por ninguna otra circunstancia”.

12.En virtud del Marco para Fortalecer la Unidad del País y las Relaciones Interétnicas en la República Kirguisa, con arreglo a la Disposición Gubernamental núm. 109, de 5 de marzo de 2013, relativa a los Cambios Estructurales y de Funciones en el Sistema de los Órganos Ejecutivos del Estado, se creó la Oficina Estatal para Asuntos de la Administración Local y Relaciones Interétnicas, que constituye un órgano estatal e institucional competente. La Oficina Estatal para Asuntos de la Administración Local y Relaciones Interétnicas, además de aplicar políticas públicas en la administración autónoma local, es competente para abordar cuestiones sobre el fortalecimiento de la armonía interétnica, la alerta temprana y la prevención de conflictos de carácter interétnico, lo que se ajusta plenamente a las recomendaciones contenidas en las observaciones finales relativas a la creación de una institución con un mandato especial que aborde cuestiones relacionadas con los problemas relativos a la discriminación.

13.A instancia de la Oficina Estatal para Asuntos de la Administración Local y Relaciones Interétnicas, en abril de 2015 se introdujeron modificaciones en la Ley de la Administración Pública Local y la Ley de la Administración Autónoma Local, como resultado de las cuales las administraciones públicas a nivel local y los órganos de la administración autónoma local llevan a cabo acciones para prevenir y combatir los conflictos interétnicos en sus respectivos territorios.

14.En virtud de dichas leyes, los jefes de las administraciones públicas locales (los akim, o gobernadores de los distritos) y los jefes de los órganos ejecutivos de la administración autónoma local (alcaldes y jefes de ayil ökmötü, o comunidades rurales), responden personalmente por retrasos en la puesta en práctica de medidas en el marco de la regulación de relaciones y situaciones de carácter interétnico que conducen a conflictos en sus respectivos territorios.

15.De conformidad con las observaciones finales y las recomendaciones para la eliminación de diferencias socioeconómicas entre grupos étnicos y territorios y a fin de mejorar la situación socioeconómica de las regiones, en virtud de la resolución gubernamental núm. 516, de 18 de septiembre de 2013, de medidas para la puesta en práctica del Programa Estatal de Seguridad y Desarrollo Socioeconómico de Determinados Territorios Fronterizos de la República Kirguisa que Posean un Estatus Especial, se aprobó el Plan de Acción para la aplicación del mencionado Programa Estatal (2013-2016). En el marco de los proyectos del Fondo de las Naciones Unidas para la Consolidación de la Paz, se ejecutan proyectos por un total de más de 15 millones de dólares de los Estados Unidos (para el período 2013-2016) para el desarrollo tanto de las regiones montañosas como de los asentamientos situados en zonas de llanura.

16.La Estrategia Nacional de Desarrollo Sostenible de la República Kirguisa (2013‑2017) establece medidas para promover el desarrollo regional, agrícola, energético y de otros sectores estratégicos para la economía del país. La puesta en práctica de dicha Estrategia contribuirá a eliminar las diferencias socioeconómicas entre los grupos étnicos y entre las zonas rurales y urbanas.

17.La República Kirguisa es el único país de la región que aplica cuotas para miembros de los diferentes grupos étnicos en el órgano electivo supremo de la democracia en el ámbito legislativo: el Zhogorku Kenesh (Parlamento), que constituye uno de los mecanismos para la adopción de medidas urgentes destinadas a aumentar la participación de los distintos grupos étnicos en los asuntos políticos y públicos, tal como se recomienda en las observaciones finales.

18.En la Oficina Estatal para Asuntos de la Administración Local y Relaciones Interétnicas se creó y desarrolla sus actividades un consejo interétnico consultivo y público, integrado por 33 personas. En 20 zonas multiétnicas, en las que se establecieron dichas oficinas estatales de atención al público, existen consejos consultivos y públicos que integran 265 personas, de las que 140 son kirguisos, 49 uzbekos y 76 pertenecen a otros grupos étnicos. El principal cometido de los consejos y de las oficinas de atención al público es promover la preservación y el fortalecimiento de la armonía interétnica; así como crear en la sociedad una actitud negativa hacia manifestaciones de intolerancia, humillación y discriminación por motivos de origen nacional; y elaborar propuestas para la erradicación de las manifestaciones de nacionalismo y extremismo en la vida cotidiana.

19.En el fortalecimiento de la armonía interétnica, así como de la unidad, la paz y la estabilidad social se atribuye gran importancia a la Asamblea del Pueblo de Kirguistán, organización social integrada por 30 asociaciones civiles de carácter étnico cuya misión suprema es servir a la causa de la paz, la armonía y la unidad.

20.En junio de 2011 se celebró el VII Congreso Extraordinario (Kurultai) de la Asamblea del Pueblo de Kirguistán, el cual marcó un nuevo capítulo en su evolución, con el comienzo del proceso de modernización y de la reconsideración del papel y de la posición de la Asamblea del Pueblo en la multiétnica sociedad kirguisa. La Asamblea del Pueblo durante el período que abarca el informe se consolidó como un auténtico espacio de comunicación para el diálogo interétnico.

21.En virtud del Decreto Presidencial núm. 232, de 18 de diciembre de 2013, sobre el Estatus de la Asamblea del Pueblo de Kirguistán, se otorgó al Consejo de la Asamblea del Pueblo la condición cualitativamente nueva de órgano asesor y consultivo para la cooperación entre los órganos del Estado y las instituciones étnicas y culturales en cuestiones relativas al fortalecimiento de la unidad del país. De este modo, gracias a dicho Decreto Presidencial, la Asamblea del Pueblo salió reforzada como un actor dominante en el ámbito étnico y un instrumento para la aplicación de una política étnica estatal en el plano social, adquiriendo nuevas posibilidades para intensificar su acción mediante el establecimiento de una cooperación constructiva y asociativa con los órganos de todos los poderes públicos.

22.Anteriormente, la Asamblea del Pueblo era la única institución del país que se ocupaba de cuestiones étnicas. Después de 2010 surgieron entidades públicas facultadas para tales actividades (una sección en la Presidencia de la República y la Oficina Estatal para Asuntos de la Administración Local y Relaciones Interétnicas). De este modo, el Estado perfecciona sus métodos institucionales de gestión en el ámbito étnico.

23.En las observaciones finales se expresó el deseo de intensificar la labor de búsqueda y recogida de las armas extraviadas o capturadas durante los sucesos de 2010, especialmente en el sur del país. El Ministerio del Interior lleva a cabo continuamente actividades de búsqueda y prevención con el nombre en clave “Arsenal”. Durante todo el año 2015, en el país se incautaron 333 armas y 6.308 cartuchos para armas de fuego, en particular 138 armas y 137 cartuchos en la provincia de Osh y 54 armas y 7 cartuchos en la provincia de Jalal-Abad.

24.El Comité Estatal de Seguridad Nacional ha elaborado, conjuntamente con el Ministerio del Interior, el Reglamento para la organización de la labor de recogida reembolsable de armas, municiones, explosivos y artefactos explosivos que la población guarda ilegalmente. Los órganos de orden público y judiciales llevan a cabo continuamente actividades de carácter divulgativo y preventivo entre la población sobre la entrega voluntaria de armas y municiones. Como resultado de ello, se han registrado numerosos casos de entrega voluntaria de armas y municiones por la población civil.

25.Tal como se señaló en las observaciones finales, uno de los elementos más importantes lo constituye el respeto a la imparcialidad de la justicia y la inevitabilidad del castigo a las personas que hayan quebrantado la ley en el transcurso del conflicto de junio de 2010. A través del Comité Estatal de Seguridad Nacional continúan las actividades de búsqueda y captura de las personas que han infringido las leyes de la República en cuanto a la protección de los derechos humanos durante los sucesos de junio de 2010, independientemente de su origen étnico o condición social. En la actualidad se ha identificado a 40 personas involucradas en disturbios masivos, vandalismo y asesinatos, de las cuales sobre 35 pesa una orden de busca y captura internacional y 5 han sido detenidas.

26.El Tribunal examinó 286 casos relativos a 488 personas. Como consecuencia de los sucesos acaecidos en el sur del país 442 personas perdieron la vida, de las cuales 275 tenían heridas de bala, 18 cuerpos permanecen sin identificar y pudo determinarse la identidad de 424 personas. Del total de enjuiciamientos, 36 causas penales quedaron suspendidas, 13 de las cuales correspondían a la ciudad de Osh, 9 a la provincia del mismo nombre y 14 a la provincia de Jalal-Abad; el número de causas penales suspendidas en virtud del artículo 221 del Código de Procedimiento Penal asciende a 3.900, por motivos tales como la imposibilidad de determinar el paradero del acusado (47) o la identidad de una persona sujeta a responsabilidad penal (3.853), entre otros.

27.En el párrafo 6 de las observaciones finales el Comité expresó su preocupación por las informaciones acerca de actitudes tendenciosas basadas en el origen étnico en relación con las investigaciones, procesamientos, condenas y sanciones impuestas a los acusados o condenados en relación con los sucesos de junio de 2010. En la República todos los participantes en las actuaciones penales tienen igualdad de derechos y oportunidades para el ejercicio de sus derechos procesales en cualquier etapa del proceso penal. No hay constancia de casos de violación del derecho a un juicio imparcial por parte de los órganos judiciales en las causas penales relativas a los sucesos de junio de 2010.

28.Las observaciones finales indican la necesidad de indemnizar a todas las víctimas de errores judiciales. A este respecto, las cuestiones de indemnización a las víctimas de errores judiciales se abordan en las circunstancias especificadas en el Código de Procedimiento Penal; los daños ocasionados por los instructores de las causas penales o por el tribunal que hayan dado lugar a una violación de los derechos y libertades deben repararse mediante actuaciones judiciales a solicitud de la propia víctima. El Ministerio de Finanzas no ha recibido hasta la fecha solicitudes de financiación o de indemnización a víctimas de errores judiciales, independientemente de su origen étnico.

29.Con arreglo a las recomendaciones de las observaciones finales relativas a la reforma del sistema judicial y de los órganos de orden público y judiciales, Kirguistán ha emprendido reformas en esos ámbitos. La reforma del sistema judicial constituye una condición esencial para fomentar la confianza de la población en el sistema judicial. En virtud del Decreto Presidencial núm. 61, de 17 de enero de 2012, se creó la Comisión Encargada de Elaborar Propuestas Acordadas para Seguir Reformando el Sistema Judicial de la República, la cual ha comenzado a trabajar activamente.

30.En apoyo a la continuidad de las reformas emprendidas, desde octubre de 2014 el Ministerio del Interior definió la reforma como una de las prioridades de las fuerzas del orden. Se han creado las condiciones necesarias para una reforma sistémica plena de las fuerzas del orden y se ha comenzado a trabajar en la racionalización de la organización del personal administrativo y de gestión del Ministerio del Interior.

31.El Servicio Anticorrupción del Comité Estatal de Seguridad Nacional junto con el Consejo de Defensa de la República Kirguisa elaboraron un Plan de Medidas Graduales para Desmantelar la Corrupción Sistémica en las Autoridades Públicas, en particular en la policía de tráfico, perteneciente al Ministerio del Interior. El Ministerio del Interior elaboró, junto con representantes de la sociedad civil, el proyecto de reglamento de los mecanismos para la colaboración de las fuerzas del orden de la República con las organizaciones de la sociedad civil, que fue aprobado mediante la resolución gubernamental núm. 547, de 30 de julio de 2015.

32.Uno de los juicios mediáticos, que lograron visibilidad internacional, llegó a ser la causa de A. Askarov, que también se menciona en las observaciones finales. En virtud de la resolución de la Sala de lo Penal y de lo Administrativo del Tribunal Supremo de la República Kirguisa, de 20 de diciembre de 2011, fueron confirmadas las sentencias del Tribunal de Primera Instancia de Bazar-Korgon, en la provincia de Jalal-Abad, de 15 de septiembre de 2010, así como de la Sala de lo Penal y de lo Administrativo del Tribunal Regional de Jalal-Abad, de 10 de noviembre de 2010, contra A. Askarov, en virtud de las cuales este fue declarado culpable y condenado a cadena perpetua.

33.El Tribunal Supremo de la República, habiendo examinado la causa penal contra A. Askarov al concurrir nuevas circunstancias, de conformidad con el dictamen emitido por el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas el 31 de marzo de 2016 y a raíz de la solicitud de A. Askarov y su abogado, N. Toktakunov, de volver a examinar el caso al concurrir nuevas circunstancias, en virtud de su decisión de 12 de julio de 2016 revocó la condena de la Sala de lo Penal y de lo Administrativo del Tribunal Regional de Jalal-Abad, de 10 de noviembre de 2010, así como la resolución de la Sala de lo Penal y de lo Administrativo del Tribunal Supremo de la República, de 20 de diciembre de 2011, contra A. Askarov y remitió la causa para un nuevo examen en apelación al Tribunal Regional de Chui. En la actualidad la causa penal está pendiente ante el Tribunal Regional de Chui.

34.En las observaciones finales también se expresa una preocupación especial con respecto al registro y documentación de todos los casos de tortura, en particular de violaciones por motivos étnicos. En caso de denuncias por ciudadanos y sus representantes sobre violaciones de los derechos humanos por parte de los órganos de orden público y judiciales, estas se examinan con detenimiento por los órganos de la Fiscalía. En este contexto, se han registrado 15 denuncias de ciudadanos y sus representantes de torturas infligidas a ellos por parte de agentes del orden en las causas penales relativas a los sucesos de junio de 2010. En 5 de estos casos se incoaron causas penales (1 en la provincia de Osh, 3 en la provincia de Jalal-Abad y 1 en la ciudad de Osh), mientras que en las 10 denuncias restantes (8 en la provincia de Osh, 1 en la provincia de Jalal-Abad y 1 en la ciudad de Osh) se desestimó la incoación de una causa penal.

35.En 2008 Kirguistán se adhirió al Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. De conformidad con las obligaciones internacionales, la República aprobó la Ley núm. 104, de 12 de julio de 2012, del Centro Nacional de la República Kirguisa de Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. La Ley tiene por objeto crear un sistema de prevención de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en los centros de privación o restricción de libertad infligidas a personas que se encuentren en ellos y regula la organización y el funcionamiento del Centro Nacional.

36.En el marco del Plan de Medidas para Prevenir la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes en la República Kirguisa, aprobado mediante la Disposición Gubernamental núm. 469-r, de 23 de octubre de 2014, el Ministerio de Salud de la República, conjuntamente con los órganos estatales competentes, la sociedad civil y los asociados internacionales, elaboró y aprobó el Manual Práctico para la Documentación Eficaz de la Violencia, la Tortura y los Malos Tratos para profesionales médicos de la República sobre la base de los principios del Protocolo de Estambul que contiene normas internacionales para la documentación e investigación, junto con otra documentación médica de control e información en forma de impresos, registros, formularios, certificados e instrucciones (Órdenes del Ministerio de Salud núm. 649, de 9 de diciembre de 2014, y núm. 680, de 7 de diciembre de 2015).

37.Dicho Manual Práctico constituye un documento oficial que rige la documentación y el registro de los casos de violencia, tortura y malos tratos, así como la remisión de las víctimas en los plazos establecidos (24 horas) a los organismos competentes pertinentes para la prestación de una atención integral (incluida la investigación de tales casos), su notificación, recuento y registro oficial, junto con la mejora de los análisis forenses, los peritajes psiquiátricos y la sensibilización hacia los grupos vulnerables. El proceso de documentación médica se realiza independientemente de la edad, sexo, credo, nacionalidad, filiación política u otros factores, sin discriminación alguna.

38.El Ministerio de Salud aprobó y somete a revisión cada año, con miras a incluir las mejoras, el Plan Integral de Medidas para Prevenir la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, así como para informar a los responsables de las organizaciones de salud pública de la difusión e implantación de la nueva documentación médica de control e información y de cooperación interministerial (Orden del Ministerio de Salud núm. 84, de 19 de febrero de 2015, para la aplicación del Plan Integral, núm. 204, para 2015, de 25 de marzo de 2016, entre otros).

39.Según la Fiscalía General, todas las denuncias presentadas por mujeres pertenecientes a diferentes comunidades étnicas de haber sido víctimas de violación y otras formas de violencia por parte de los órganos de orden público y judiciales de la República se tramitan de forma oportuna y objetiva. Por ejemplo, entre 2010 y 2015, en los órganos de orden público y judiciales de la República se registró un total de 1.921 denuncias por violación, de las que 21 (un 1%) fueron presentadas por mujeres de comunidades étnicas diversas (rusa, uzbeka, tayika o coreana, entre otras).

40.De las 21 denuncias se incoaron 13 causas penales, tras las cuales 14 personas en 7 causas penales fueron objeto de enjuiciamiento penal y posteriormente condenadas por un tribunal. En 4 causas la investigación se suspendió al no encontrarse las personas sujetas a responsabilidad penal, mientras que 1 causa penal fue suspendida debido a la imposibilidad de determinar el paradero del acusado. Una causa penal contra 1 persona se dio por concluida durante la fase de investigación por reconciliación de las partes. En 5 casos se resolvió rechazar el inicio de actuaciones penales por reconciliación de las partes, mientras que en 2 denuncias se denegó el inicio de actuaciones penales por la falta de hechos constitutivos de delito o falta de pruebas.

41.No se han registrado casos de violación por motivos étnicos. Todos los casos mencionados son comunes.

42.En 2013 se registró una denuncia de una mujer perteneciente a otro grupo étnico (uzbeko) por habérsele infligido torturas, en cuyo caso se desestimó la incoación de una causa penal por falta de pruebas. Este suceso tampoco tuvo lugar por motivos étnicos, sino que es de carácter común.

43.En virtud de la resolución del Zhogorku Kenesh núm. 566-VI, de 19 de mayo de 2016, relativa al informe de 2015 del Centro Nacional de la República Kirguisa de Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, el Ministerio del Interior, junto con el Servicio Penitenciario Estatal adscrito al Gobierno, debe examinar la Sección 4 de dicho informe, la cual contiene información sobre casos de torturas infligidas a menores que se encuentran en centros de privación o restricción de libertad; así como elaborar información detallada sobre cada caso y, en el plazo de un mes, presentarla al Comité sobre Asuntos Constitucionales, Sistema Estatal, Asuntos Judiciales y Jurídicos y el Reglamento del Zhogorku Kenesh.

44.El Zhogorku Kenesh encomienda al Gobierno:

Examinar anualmente en las sesiones del Gobierno las cuestiones relativas al respeto del derecho a no ser sometido a tortura, con la participación obligada de todos los órganos estatales pertinentes;

Aunar los esfuerzos de los órganos estatales, los órganos de la administración autónoma local y los ciudadanos para examinar y promover la aplicación de un conjunto integral de medidas legislativas, administrativas, jurídicas y de otra índole para combatir la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes;

Coordinar las actividades de los órganos estatales en estrecha colaboración con las organizaciones de la sociedad civil y las organizaciones internacionales en la ejecución de las medidas pendientes, así como de las medidas cuyo plazo de ejecución no haya expirado y de otras actividades.

45.El personal del Centro Nacional de la República Kirguisa de Prevención de la Tortura tiene previsto realizar, conjuntamente con profesionales de la atención primaria de la salud, 200 nuevas visitas de supervisión a instituciones penitenciarias entre mayo de 2016 y finales 2017, en el marco del proyecto titulado “Apoyo a la consolidación de los esfuerzos nacionales para la prevención de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, así como a la lucha contra la impunidad en la República Kirguisa”, de forma conjunta con la Fundación Soros Foundation-Kyrgyzstan, con el apoyo financiero de la Unión Europea.

46.En las observaciones finales también se recomienda la realización de investigaciones prontas, exhaustivas e imparciales. Por iniciativa del Ministerio del Interior, el Zhogorku Kenesh aprobó la Ley núm. 11, de 15 de enero de 2014, de Modificación del Código de Procedimiento Penal de la República Kirguisa, en virtud de la cual se introdujo el concepto de funcionario a cargo de la ejecución del procedimiento acelerado de instrucción para delitos leves y menos graves en las fuerzas del orden, de seguridad nacional o de lucha contra los estupefacientes, así como de la policía fiscal, las autoridades aduaneras y el sistema penitenciario.

47.Con el apoyo del Programa de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (en adelante, “la OSCE”) para la reforma de las fuerzas del orden de la República, se imprimió y distribuyó entre la población la Ley núm. 11, de 15 de enero de 2014, de Modificación del Código de Procedimiento Penal de la República Kirguisa, junto con las Instrucciones para la organización y puesta en práctica del procedimiento acelerado de instrucción por las fuerzas del orden de la República, aprobadas en virtud de la Orden del Ministerio del Interior núm. 82, de 28 de enero de 2014, y el manual de capacitación “Modelo de caso de procedimiento acelerado de instrucción”.

48.En 2014 fueron remitidas al tribunal en forma de procedimiento acelerado de instrucción 138 causas penales, mientras que en 2015 fueron 393 y, en los 4 primeros meses de 2016, 167.

49.En las observaciones finales se hace referencia a la impunidad por los actos ilegales cometidos por agentes del orden. Según la Fiscalía General, entre 2011 y 2015 fueron enjuiciados 798 funcionarios del orden, de los cuales 41 eran funcionarios del Ministerio Público, 705, del Ministerio del Interior, 9, del Comité Estatal de Seguridad Nacional, 21, del Servicio Estatal de Lucha contra los Delitos Económicos adscrito al Gobierno y 22, del Servicio Estatal de Lucha contra los Estupefacientes adscrito al Gobierno.

50.Fueron objeto de medidas disciplinarias 3.138 personas, de las cuales 89 eran funcionarios del Ministerio Público, 2.853, del Ministerio del Interior, 30, del Comité Estatal de Seguridad Nacional, 105, del Servicio Estatal de Lucha contra los Delitos Económicos, 24, del Servicio Estatal de Lucha contra los Estupefacientes, 31, del Servicio Penitenciario Estatal adscrito al Gobierno y 6, del Servicio Estatal de Aduanas adscrito al Gobierno. Ninguno de estos casos de sanciones disciplinarias y penales a agentes del orden se debió a casos de violación, violencia o tortura a miembros de otras comunidades étnicas.

51.Tal como se menciona en las observaciones finales, un elemento importante en el aumento de la confianza en el Estado es el otorgamiento de indemnizaciones a las víctimas de los conflictos interétnicos. En virtud de la Ley de Protección Social a Familiares de Fallecidos y a Víctimas a Causa de los Incidentes Ocurridos entre Abril y Junio de 2010, de las 420 víctimas mortales como consecuencia de los sucesos de junio de 2010, según un listado del Ministerio de Salud, 412 familias de dichas víctimas recibieron una ayuda complementaria extraordinaria de 20.000 soms, cuyo total ascendía a 8.240.000 soms. Se concedieron becas sociales temporales a los hijos de ciudadanos desaparecidos por un valor de 6.000 soms. Se beneficiaron de estas ayudas 29 niños por un valor total de 174.000 soms.

52.En la actualidad, el número de beneficiarios de las prestaciones sociales mensuales complementarias asciende a 617 personas, de las cuales 415 tienen menos de 18 años y 202 son personas con discapacidad.

53.En relación con los sucesos de abril, se cuentan 73 menores de 18 años y 82 personas con discapacidad. Con respecto a los sucesos acontecidos en mayo, no existen menores de 18 años y el número de personas con discapacidad asciende a 11. En lo que se refiere a los sucesos de junio, el número de menores de 18 años es de 342 y el de personas con discapacidad, 109.

54.Para conmemorar el quinto aniversario de la Revolución Popular de Abril y a fin de otorgar una asistencia financiera única, el Gobierno aprobó la Disposición núm. 133-r, de 30 de marzo de 2015, para el abono de una ayuda financiera única a las familias de los fallecidos y a los ciudadanos de la República Kirguisa que hubiesen sido víctimas a causa de los sucesos acontecidos entre abril y junio de 2010, de la siguiente manera:

A las familias de ciudadanos que hubiesen resultado muertos, por un valor de 10.000 soms;

A los ciudadanos que hubiesen padecido lesiones graves, por un valor de 5.000 soms;

A los ciudadanos que hubiesen sufrido lesiones menos graves y leves, por un valor de 3.000 soms.

55.Desde 2010, el Centro de Evaluación Médico-Social para Personas con Discapacidad, dependiente del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Social, ha certificado y establecido categorías de discapacidad para las víctimas de los sucesos de mayo y junio. Los ciudadanos afectados que hayan sido heridos o mutilados se benefician de asistencia médica, así como de descuentos en medicamentos y en tratamientos en sanatorios y balnearios durante dos años, junto con otros servicios.

56.En las observaciones finales se recomienda adoptar las medidas necesarias para prevenir que vuelvan a ocurrir conflictos interétnicos en el futuro. Para el seguimiento y análisis de la situación en Kirguistán, en mayo de 2014 se creó el Centro de Vigilancia, adscrito a la Oficina Estatal para Asuntos de la Administración Local y Relaciones Interétnicas, con el apoyo financiero del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) “Desarrollo y Paz”. Junto con expertos del PNUD se han elaborado indicadores para el seguimiento de las relaciones interétnicas en núcleos de población. Esos indicadores se sometieron a prueba en 64 órganos piloto de la administración autónoma local. En la actualidad, el Centro de Vigilancia elabora un mapa electrónico con focos de posible violencia interétnica. Desde la creación del Centro de Vigilancia, los analistas han elaborado más de 40 notas e informes analíticos sobre la situación interétnica en la República.

57.De conformidad con las observaciones finales, en virtud de la resolución gubernamental núm. 443, de 27 de junio de 2012, fue aprobada la Estrategia Nacional de la República Kirguisa para Lograr la Igualdad de Género para 2020 y el Plan Nacional de Acción para Lograr la Igualdad de Género en la República Kirguisa para el período 2015‑2017.

58.La Estrategia Nacional de la República Kirguisa para Lograr la Igualdad de Género para 2020 se ha convertido en el primer documento a largo plazo en Kirguistán para el logro de la igualdad de género. Durante este período se ha establecido la práctica obligatoria del análisis de los presupuestos nacionales desde una perspectiva de género. El Plan Nacional de Acción para Lograr la Igualdad de Género en la República Kirguisa para el período 2015-2017 tiene una matriz de indicadores y patrones de referencia concretos provistos de unos mecanismos de seguimiento periódico. El seguimiento se basa en estadísticas desglosadas por género.

59.Desde 2012, la Fiscalía General incluye en los informes estadísticos del Estado una sección dedicada al control de la aplicación de las leyes en materia de política de género. Por consiguiente, los órganos de la Fiscalía, en el marco del control de la observancia y aplicación de la Ley de Garantías Estatales de la Igualdad de Derechos y Oportunidades para los Hombres y las Mujeres, llevaron a cabo 143 inspecciones en 2014. Se formularon 71 órdenes, 104 recomendaciones y 34 advertencias. A través de medidas de intervención fiscal, 36 funcionarios fueron objeto de medidas disciplinarias.

60.En las observaciones finales se expresa preocupación por los informes de casos de despidos de miembros de otras comunidades étnicas de sus puestos en la administración o en los gobiernos locales. Desde 2010 hasta la fecha, los órganos de la Fiscalía han incoado una causa penal en relación con tales hechos.

61.En las observaciones finales se manifiesta preocupación por la necesidad de que se investiguen los casos en los que se ha desalojado por la fuerza a miembros de otras comunidades étnicas de sus empresas. Según la Fiscalía General, desde 2010 hasta la fecha, los órganos de orden público y judiciales de la República no han incoado ninguna causa penal ni abierto investigaciones en relación con los desalojos forzosos de sus empresas de miembros de otros grupos étnicos.

62.Según el Tribunal Supremo de la República, entre 2011 y 2015 no se examinaron causas penales relativas a desalojos forzosos de sus empresas de miembros de otras comunidades étnicas.

63.En sus observaciones finales, el Comité recomendó prestar ayuda a los empresarios afectados durante el conflicto, cualquiera que sea su origen étnico. Según el Ministerio de Finanzas, a fin de prestar asistencia del Estado a los agentes económicos y a las personas físicas afectadas durante los disturbios de junio de 2010, en virtud de un Decreto del Gobierno Provisional de la República, se establecieron medidas para estimular la actividad económica y la inversión, así como para crear un entorno propicio para el desarrollo empresarial.

64.Con arreglo a la resolución gubernamental núm. 228, de 16 de mayo de 2011, de medidas de apoyo a los empresarios afectados por los robos, saqueos e incendios de junio de 2010 en la ciudad de Osh y en las provincias de Jalal-Abad y Osh, 1.803 empresarios afectados por los saqueos debían recibir préstamos preferenciales a largo plazo por un importe de 150.000 soms durante 10 años, con un período de carencia de 1 año, de los cuales la Dirección Estatal para la Reconstrucción y el Desarrollo de las Ciudades de Osh y Jalal-Abad otorgó préstamos a 1.490 empresarios.

65.En virtud de la Disposición Gubernamental núm. 262-r, de 14 de junio de 2016, la Agencia Estatal de Arquitectura, Edificación, Vivienda y Servicios Públicos adscrita al Gobierno está previsto ofrecer financiación a los 313 restantes empresarios afectados por los saqueos.

66.En sus observaciones finales, el Comité insta a la República Kirguisa a que adopte medidas concretas para asegurar la representación apropiada de los distintos grupos étnicos en los órganos electivos y ejecutivos, así como en los órganos de orden público y judiciales y en la justicia. La disposición transitoria relativa a la organización de concursos públicos para la adjudicación de puestos vacantes en la administración estatal de la República Kirguisa, aprobada en virtud de la Disposición Gubernamental núm. 741, de 29 de noviembre de 2011, establece que, si los candidatos reciben el mismo número de votos, la decisión corresponderá al presidente de la comisión de evaluación de concursos públicos. Si los candidatos de distinto sexo u origen étnico reciben el mismo número de votos, la comisión de evaluación de concursos públicos recomendará al candidato cuyo sexo u origen étnico tenga una representación inferior en la categoría correspondiente de funcionarios del órgano estatal en cuestión.

67.En anteriores informes se indicaba que:

Al 1 de enero de 2008, de 15.785 funcionarios públicos, 175 pertenecían a diversas comunidades étnicas;

Al 1 de enero de 2009, de 17.978 funcionarios públicos, este número era de 181 personas.

68.En la actualidad, según el Servicio de Administración de Funcionarios del Estado, la representación de comunidades étnicas en los servicios estatales y municipales puede describirse de la siguiente manera:

Al 1 de enero de 2011, de 16.980 funcionarios públicos, 1.528 eran miembros de diversos grupos étnicos;

Al 1 de enero de 2015, de 23.044 funcionarios públicos, 1.816 pertenecían a diversos grupos étnicos.

69.Se hace especial hincapié en garantizar que las diferentes comunidades étnicas tengan representación en los órganos de orden público y judiciales. Cada año el Ministerio del Interior analiza, en particular, la composición étnica y la igualdad entre los géneros de los agentes del orden. Así, al 1 de diciembre de 2015, en las fuerzas del orden trabajaban miembros de 25 etnias.

70.A raíz de los esfuerzos conscientes por parte de la dirección del Ministerio del Interior, el número total de mujeres que trabajan en las fuerzas del orden equivale al 11,9% de todos los empleados. En el conjunto de funcionarias de carrera, el grupo más numeroso corresponde a las mujeres oficiales, las cuales representan un 78,9%. Cincuenta y nueve mujeres oficiales ocupan puestos de mando. La plantilla femenina de las fuerzas del orden es multiétnica y está representada por 19 etnias, mientras que en el caso de las funcionarias el número de etnias es de 16. Mujeres de 5 etnias forman parte de los equipos de dirección.

71.En lo que se refiere a la composición étnica del Tribunal Supremo de la República, ocupan cargos de jueces miembros de 2 comunidades étnicas, altos cargos administrativos, miembros de 4 comunidades étnicas y puestos de personal técnico, miembros de 3 comunidades étnicas.

72.En las fuerzas armadas de la República prestan servicio principalmente kirguisos y rusos.

73.Uno de los elementos más importantes, como se señaló en las observaciones finales, es la eliminación de las disparidades socioeconómicas entre las comunidades étnicas y las regiones. En el marco de la Estrategia Nacional de Desarrollo Sostenible de la República Kirguisa (2013-2017), se establecieron medidas para promover el desarrollo regional y, en consecuencia, reducir las diferencias socioeconómicas entre las comunidades étnicas y entre la población urbana y rural. Además, el Programa de Fomento de la Administración Autónoma Local (2013-2017) también incluye la adopción de medidas para reducir las diferencias entre la población urbana y rural.

74.La asistencia a los desplazados internos, como se señaló en las observaciones finales, especialmente en el acceso al mercado de trabajo y a la vivienda, constituye un elemento importante en la estabilización de la situación. En 2015 el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Social proporcionó empleó a 5.735 personas en la provincia de Jalal-Abad. En la provincia de Osh, durante el mismo período, se dio trabajo a 6.839 personas. En el marco del Programa de Reconstrucción de las Ciudades de Osh y Jalal-Abad, se construyeron y entregaron 251 apartamentos a familias de fallecidos, así como a personas con discapacidad y ciudadanos que habían resultado gravemente heridos.

75.En las observaciones finales se recomienda redoblar los esfuerzos para impartir la enseñanza en el idioma materno, así como para que puedan examinarse en su propio idioma. Los esfuerzos para promover la enseñanza en las diferentes lenguas de los miembros de grupos étnicos y la realización de exámenes en los idiomas en que han sido instruidos principalmente constituye el indicador más importante de la mejora de la situación interétnica. Según el Ministerio de Educación y Ciencia, en los cursos de graduación de las escuelas de enseñanza secundaria se ha establecido una evaluación final estatal consistente en exámenes de las 4 asignaturas obligatorias siguientes: 1) Matemáticas; 2) Historia; 3) Lengua y Literatura Kirguisa; 4) Lengua y Literatura Rusa/Uzbeka/Tayika (a elegir). Cabe señalar que, en el caso de las escuelas cuya lengua de instrucción no sea el kirguiso, la evaluación final de Matemáticas e Historia se realiza en el idioma en el que se imparta la enseñanza, mientras que la evaluación final de lengua kirguisa se hace en kirguiso, y la de lengua rusa, en ruso.

76.En los grados 5º, 6º, 7º, 8º y 10º los estudiantes también se examinan para pasar de nivel de hasta 4 asignaturas, de las cuales 2 son asignaturas obligatorias en el idioma en el que se imparta la enseñanza. Lo anterior demuestra el respeto del derecho del alumno a recibir enseñanza en su lengua materna.

77.Con arreglo a las recomendaciones del Comité (CERD/C/KGZ/CO/4, párr. 14) y de la Estrategia de Desarrollo de la Educación (2012-2020), se aprobó el Normativa Educativa Estatal para la Enseñanza Secundaria General de la República Kirguisa, en virtud de la cual se están actualizando los materiales pedagógicos, que incluyen en los programas de estudio y libros de texto para la enseñanza primaria y secundaria información sobre la historia y la cultura de las distintas comunidades étnicas que habitan en su territorio.

78.En la actualidad se han elaborado directrices sobre distintas asignaturas, entre ellas “Historia Mundial”, a fin de que los alumnos estudien la historia de los pueblos del mundo, comenzando por el mundo antiguo y finalizando con la historia del mundo contemporáneo, y en particular los acontecimientos que tuvieron lugar en el territorio del multiétnico Kirguistán actual.

79.La Asociación de Dunganos de Kirguistán obtuvo una subvención en el marco del programa del Gobierno de la Oficina Estatal para Asuntos de la Administración Local y Relaciones Interétnicas para la reedición de libros de texto en idioma dungano, que permitió publicar 3.500 ejemplares del libro para niños Dungansky yazyk - grammatika(El idioma dungano. Gramática), junto con 1.400 ejemplares del manual Nasha literatura ( chtenye )(Nuestra literatura (lectura)) para estudiantes de nivel intermedio, y 1.800 manuales del idioma dungano para preuniversitarios. Dichos libros de texto se distribuyeron en 14 escuelas de las provincias de Chui y Issik-Kul.

80.La asociación pública de kurdos de Kirguistán Midia y la Asamblea del Pueblo prepararon para su muestra al público la exposición de libros con ilustraciones titulada “Libros sobre los kurdos” (2 estantes); así como la exposición fotográfica “Los kurdos de Kirguistán: ayer y hoy” (10 puestos); y la exposición etnográfica “El patrimonio cultural kurdo”. El Fondo Internacional para la Integración Cultural Zheng He, a fin de familiarizar a los ciudadanos de la República con una parte de la cultura tradicional dungana, publicó el libro Obychai obryady i poverya dungan(Costumbres, ritos y creencias de los dunganos), que abarca todo su ciclo vital. La fundación social Taalim-Forum, publicó un libro con ilustraciones en color para niños de corta edad que contienen poemas en kirguiso y en ruso sobre la amistad entre todos los pueblos de Kirguistán. Todas las actividades mencionadas se realizaron con la financiación procedente del Programa Estatal de Ayuda en forma de Subvenciones, que lleva a cabo la Oficina Estatal para Asuntos de la Administración Local y Relaciones Interétnicas.

81.Con arreglo a las recomendaciones del Comité en las observaciones finales en el sentido de permitir a los grupos étnicos divulgar y recibir información en su lengua materna, durante el período que abarca el informe a través de Radio Birinchi (la principal emisora de radio de Kirguistán) se transmitieron los programas de radio Jueymin shinyin, Tengri-Tag sadalary, Bereginia, Tugan tel, Polonia, Madaniat beshegi, y Bar bol dostuk, que emiten en dungano, uigur, ucraniano, tártaro, polaco, turco y uzbeko, respectivamente. Según la parrilla de programación, cada programa se emite semanalmente durante 15 minutos en la frecuencia de FM y a través de Internet en el sitio web de la Corporación Pública de Radiotelevisión de la República Kirguisa. De conformidad con el Marco para Fortalecer la Unidad del País y las Relaciones Interétnicas en la República Kirguisa, desde octubre de 2013 en dicha Corporación Pública funciona la nueva emisora de radio Dostuk (versión online), en la que también se emiten los siete programas de radio de carácter étnico mencionados. Radio Dostuk emite a través del éter radiofónico en la frecuencia de Radio Birinchi los sábados.

82.Los programas de televisión se emiten principalmente en kirguiso y ruso. Además de las emisiones principales, también salen al aire los programas Danaker, Most druzhby ( Dostuk koepyroesy ), My-Kyrgyzstantsy !,Nash chelovek, Teñir too saadalary, Golos dunganskogo naroda, Bereginia, Tyygan-tel, Polonya y Bar bol dostuk, y se transmiten en siete idiomas (ucraniano, polaco, uigur, dungano, tártaro, turco y uzbeko). La Compañía Pública Regional de Radio y Televisión Yntymak produce la serie de programas de televisión Kyrgyzstandyktar, en uzbeko y kirguiso. En el canal ELTR TV se emiten los programas Biz-My-We, y Tolko vmeste.

83.En 2016, en el sur de país se encontraban inscritas en los registros de las divisiones regionales del Ministerio de Justicia 22 publicaciones locales, en particular 3 publicaciones locales impresas en uzbeko (Ush sadosi, en la provincia de Osh, Jalal -Abad tongui, en la provincia de Jalal-Abad, y Dustlik, en el distrito de Aravan). Existen varios medios de comunicación que producen algunos de sus materiales en lengua uzbeka: una parte del periódico en tres idiomas del Ayuntamiento de Osh, Osh shamy; desde julio de 2014, el periódico privado en kirguiso Suley-Info ofrece algunas partes en uzbeko. Osh TV y la compañía de radio y televisión Yntymak, en la provincia de Osh, emiten varias horas en kirguiso, ruso y uzbeko; mientras que la compañía local de radio y televisión Aravan, en el distrito de Aravan, lo hace en kirguiso y uzbeko.

84.Desde 2011 hasta la actualidad, de 46 medios de comunicación locales inscritos en el registro de la República, 3 publicaciones impresas salen a la luz en ruso, y 7 lo hacen en kirguiso y ruso; de 8 compañías de radio y televisión, la Compañía de Radio y Televisión de la Provincia de Chui emite en kirguiso y en ruso, mientras que 2 compañías de radio y televisión del sur del país lo hacen en kirguiso, ruso y uzbeko. La Ley de Medios de Comunicación no contiene medidas restrictivas para el desarrollo de los medios de comunicación en los idiomas de las comunidades étnicas. En la República se ha creado un entorno propicio para la conservación de la diversidad etnocultural de Kirguistán.

85.En el marco de un programa de pequeñas subvenciones de la Oficina Estatal para Asuntos de la Administración Local y Relaciones Interétnicas para apoyar las iniciativas locales, en el período 2014-2015 los siguientes miembros de la diáspora uzbeka obtuvieron diversas subvenciones públicas:

El periódico público nacional Aalam-Olan, en lengua uzbeka;

La asociación pública de mujeres Erayim, para alumnas de las escuelas de las provincias de Osh y Jalal-Abad, destinada a la cobertura de noticias en uzbeko y kirguiso a través de la emisora escolar Dostuk;

La asociación pública Parvoz, en el distrito de Ala-Buka, para la enseñanza de las nuevas tecnologías de la información a niños de etnia uzbeka;

El miembro de la Unión de Periodistas de la República Kirguisa Beguizhan Ajmedov, para la publicación de los libros Potomki Juvaydo (Los descendientes de Juvaydo), y Vzglyad na istoriu : ot Manasa do Aytmatova(Una mirada a la historia: de Manás a Aytmatov), en lengua uzbeka.

86.Debido a que en las observaciones finales se recomienda intensificar los esfuerzos en la realización de campañas educativas y culturales, entre otras, para luchar contra las violaciones de los derechos humanos, el Ministerio de Educación y Ciencia introdujo nuevas normas para las materias y está modificando el plan de estudios de las escuelas de enseñanza general, en particular con la implantación del curso de carácter integrador y sistémico “El Hombre y la Sociedad”, entre los grados 1º y 11º. Determinarán el contenido educativo de esta materia las cuestiones relativas a los derechos y obligaciones de la persona y del ciudadano, así como a su fundamento normativo y aplicación. Las cuestiones de derechos humanos se tratarán en función de la edad de los alumnos y de la fundamentación científica de dicha temática. En la actualidad, en los grados 9º a 11º se estudia la asignatura “El Hombre y la Sociedad”.

87.Bajo la dirección del Ministerio de Educación y Ciencia, diez ministerios y departamentos de la República elaboraron y firmaron en 2013 el Protocolo Especial de Cooperación Interministerial para la Protección de los Estudiantes contra la Violencia en los Centros de Enseñanza General de la República Kirguisa (incluida la violencia por motivos étnicos).

88.En el marco del programa educativo Escuela sin Violencia, que puso en marcha el Defensor del Pueblo (Akyikatchy) de la República e implanta la fundación social Liga de Defensores de los Derechos del Niño conjuntamente con el Ministerio de Educación y Ciencia y otros ministerios, con el apoyo directo del UNICEF, se aprobaron las Instrucciones Modelo sobre el Procedimiento de Cooperación entre los Agentes Educativos, el Personal y los Alumnos de los Centros de Enseñanza General, los Padres o Representantes Legales, para la Protección contra la Violencia en los Centros de Enseñanza Ggeneral de la República Kirguisa.

89.A fin de prevenir los malos tratos y la violencia contra niños y adolescentes, el Ministerio de Educación y Ciencia aprobó el Plan de Medidas para el Cumplimiento en los Centros de Enseñanza General de la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, así como para la creación de un entorno educativo seguro y el aumento del nivel académico y educativo de los alumnos. Con el apoyo de la Oficina Multipaís de la UNESCO en Almaty, se elaboró el módulo “Reducción de la violencia contra niños en las Escuelas de Kirguistán”.

90.A fin de establecer un diálogo entre las fuerzas del orden y determinados grupos comunitarios (étnicos, religiosos, o juveniles), mediante contactos permanentes con los dirigentes de dichos grupos (notables, clérigos, o líderes juveniles) y de organizaciones no gubernamentales, desde comienzos de 2015 el Ministerio del Interior celebró siete reuniones en distintas regiones del país con una población multiétnica.

91.Tras el estudio y análisis de las situaciones de los conflictos interétnicos, el Ministerio del Interior estableció las siguientes causas de su surgimiento: el aumento de la actividad de determinados grupos de corte radical y extremista; y la actividad de elementos delictivos. En base a tales indicadores se establecieron 160 posibles focos de situaciones de conflicto interétnico en la República, de los que 26 estaban en la provincia de Osh (el 16%); 10 en la ciudad de Osh (el 6%); 39 en la provincia de Chui (el 24%); 8 en la provincia de Issik-Kul (el 5%); 29 en la provincia de Jalal-Abad (el 18%); 29 en la provincia de Batken (el 18%); 8 en la provincia de Talas (el 5%); y 11 en la ciudad de Bishkek (el 6,8%).

92.Desde comienzos de 2015 se detectaron 5 casos de conflictos interétnicos de carácter interpersonal (2 en la provincia de Chui, 1 en la provincia de Talas, 1 en la provincia de Osh y 1 en la ciudad de Osh). En la actualidad no se observa ninguna situación de conflicto interétnico, ya que los órganos estatales competentes llevan a cabo actividades preventivas oportunas.

93.Según la Fiscalía General, durante el período que abarca el informe no se registraron casos de carácter discriminatorio cometidos por políticos o medios de comunicación, aunque sí se produjeron algunos comentarios negativos en los medios de comunicación, que fueron reprimidos por los órganos de la Fiscalía en forma de advertencias de enjuiciamiento.

94.La República ha contraído obligaciones con arreglo a 40 instrumentos internacionales en la esfera de los derechos humanos, así como a 42 convenios de la Organización Internacional del Trabajo y al Acta Final de Helsinki en materia de protección de los derechos humanos y la eliminación de la discriminación racial. En este sentido, el resultado más significativo de la labor de la República es la creación del Consejo de Coordinación sobre los Derechos Humanos adscrito al Gobierno, cuyo reglamento se aprobó en virtud de la Disposición Gubernamental núm. 155, de 17 de marzo de 2014. Las principales funciones del Consejo de Coordinación son coordinar las actividades de los órganos estatales en la elaboración de los informes periódicos nacionales a los órganos de tratados de las Naciones Unidas, así como prestar asistencia a los órganos estatales en la aplicación de las recomendaciones de las Naciones Unidas en el ámbito de los derechos humanos.

95.Durante el proceso de reforma constitucional de 2010 se siguió armonizando la legislación nacional con las normas internacionales. En la Constitución quedó establecida la prohibición de la discriminación por motivos de sexo, raza, idioma u origen étnico. En este artículo se estipula que no constituirán discriminación las medidas especiales encaminadas a garantizar la igualdad de oportunidades conforme a lo dispuesto en los tratados internacionales.

96.En el Marco para Fortalecer la Unidad del País y las Relaciones Interétnicas en la República Kirguisa se prevé una serie de medidas para mejorar el marco legislativo, en particular la armonización de la legislación que regula las relaciones interétnicas con la Constitución de la República Kirguisa de 2010 y las obligaciones internacionales contraídas por el país.

97.Un grupo de trabajo interinstitucional de ministerios y departamentos interesados, junto con representantes de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y de organizaciones no gubernamentales (ONG), elaboraron proyectos de disposiciones jurídicas y normativas sobre la modificación de algunos reglamentos y leyes que rigen la migración, la concesión de la ciudadanía y la tramitación de documentación para la población.

98.La Oficina Estatal para Asuntos de la Administración Local y Relaciones Interétnicas, a fin de mantener la armonía interétnica, lleva a cabo actividades para garantizar la tolerancia, el respeto y el enriquecimiento mutuo de las culturas étnicas, en colaboración con las autoridades locales, las fuerzas del orden locales, las oficinas provinciales de la Asamblea del Pueblo, el Comité Estatal de Seguridad Nacional y la Comisión Estatal de Asuntos Religiosos de la República Kirguisa, en que participan representantes de las diásporas étnicas, con su presencia en los medios de comunicación y en los recursos de Internet. En 2015 se llevaron a cabo en la República 953 actividades con la población de carácter divulgativo y preventivo.

99.En el marco de la aplicación de la Estrategia Nacional de Desarrollo Sostenible de la República Kirguisa (2013-2017), en virtud del Decreto Presidencial núm. 24, de 7 de febrero de 2014, de Aplicación de la Decisión del Consejo de Defensa de la República Kirguisa relativa a la Política Estatal en el Ámbito Religioso, la Comisión Estatal de Asuntos Religiosos de la República Kirguisa, la Oficina Estatal para Asuntos de la Administración Local y Relaciones Interétnicas, el Ministerio del Interior y el Comité Estatal de Seguridad Nacional aprobaron un plan cuatripartito de medidas conjuntas para prevenir y combatir actividades extremistas y de terrorismo.

100.A fin de fortalecer la confianza entre los agentes del orden y miembros de minorías nacionales, desde enero de 2015 en la ciudad de Osh se ejecuta un proyecto conjunto con el Departamento del Interior de la ciudad de Osh para garantizar la seguridad de las zonas residenciales, que requiere una participación activa del personal de las autoridades locales y de la sociedad civil.

101.Sobre la base del sistema de seguimiento y alerta temprana de conflictos, elaborado por el Departamento de Política Étnica y Religiosa y de Interacción con la Sociedad Civil, adscrito a la Oficina del Presidente de Kirguistán, se organizaron seminarios de capacitación para miembros de la administración pública local y la administración autónoma local. Durante su ejecución con carácter experimental, se perfecciona el programa de formación para la gestión de relaciones interétnicas de la Academia de Administración Pública adscrita al Presidente de la República.

102.En el párrafo 3.3 de la Estrategia Nacional de Desarrollo Sostenible de la República Kirguisa (2013-2017) se prevé asegurar la transparencia de las autoridades públicas y de la administración autónoma local; así como garantizar, de conformidad con la ley, el acceso de los ciudadanos a la información que se encuentre en poder de los órganos estatales, de la administración autónoma local y de sus funcionarios; garantizar la observancia de la legislación a fin de impedir la apología del odio nacional, étnico, racial o religioso, así como la propaganda a favor de la desigualdad de género u otra supremacía social; y garantizar el cumplimiento de la ley para reprimir los incidentes de difusión de información que incite a la discriminación, hostilidad o violencia.

103.Se encuentra en fase de ejecución el proyecto titulado “Mundo y Confianza: Igualdad de Acceso a las Fuerzas del Orden” para el período 2014-2016, en el marco de los proyectos del Fondo de las Naciones Unidas para la Consolidación de la Paz. El principal objetivo del proyecto es aumentar la confianza de los ciudadanos en los órganos de orden público, mediante la elaboración y aplicación de medidas destinadas a aumentar la participación y representación de las mujeres y miembros de diversas comunidades étnicas en las fuerzas del orden de la República.

104.El Ministerio de Educación y Ciencia organizó reuniones entre representantes de las autoridades sanitarias, de las fuerzas del orden y de las asociaciones de padres sobre la responsabilidad penal y administrativa de los hijos menores. Se organizaron seminarios para prevenir y combatir la violencia contra los niños en el marco del Acuerdo para 2015‑2017 concluido entre el Gobierno y el UNICEF en la República Kirguisa. En el marco de cooperación entre la Unión de Abogados de Francia y Kirguistán, en octubre de 2015 en dos escuelas de la ciudad de Bishkek se impartieron cursos de formación para maestros sobre los derechos del niño en que participaron abogados de los dos países. Los resultados de esa labor permitieron elaborar un temario modelo para lecciones destinadas a alumnos de los grados 5º a 11º. En virtud de la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia, de 18 de febrero, se designó a dos escuelas piloto en la ciudad de Bishkek. Desde el 22 de febrero de 2016, como parte de un proyecto piloto, se imparten clases para niños sobre sobre los derechos y obligaciones de los hijos y los padres según la legislación de la República. Tras la puesta en práctica de este proyecto, el programa se implantará gradualmente en todos los centros de enseñanza general de la República.

105.La Oficina Estatal para Asuntos de la Administración Local y Relaciones Interétnicas tiene en cuenta las recomendaciones del Comité contenidas en las observaciones finales para el cumplimiento de la Declaración y el Programa de Acción de Durban a nivel nacional y lleva a cabo sus actividades teniendo en cuenta lo dispuesto en dichos instrumentos internacionales.

106.De conformidad con las recomendaciones de las observaciones finales, el Ministerio del Interior redobla sus esfuerzos para velar por que los agentes del orden reciban formación sobre el respeto a los derechos humanos. En todas las pruebas de evaluación para agentes del orden se incluye el conocimiento de las normas internacionales, entre ellas la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial. En la Academia del Ministerio del Interior se imparte un curso especial sobre relaciones interétnicas, gestión de conflictos y el proceso de negociación titulado “Particularidades de la Labor de Orden Público en una Comunidad Multiétnica”. La asignatura Derechos Humanos pasó a formar parte del programa de estudios obligatorio de ciencias jurídicas y del plan de estudios de enseñanza secundaria especializada, con materias sobre los derechos humanos y sobre su respeto en la labor de las fuerzas del orden.

107.En la Academia del Ministerio del Interior los alumnos reciben el curso titulado “La Política de Género en la Labor de las Fuerzas del Orden de la República Kirguisa”. Entre septiembre y diciembre de 2015, 197 agentes del orden asistieron a cursos de recualificación profesional. Asimismo, se imparten los cursos para alumnos de posgrado “El Género y la Mediación y el Papel de las Fuerzas del Orden en la Protección de los Derechos Humanos”.

108.A instancia del Ministerio del Interior se aprobó la resolución gubernamental núm. 220, de 30 de abril de 2013, de medidas para la reforma de las fuerzas del orden de la República Kirguisa, en virtud de la cual se crearon grupos de trabajo integrados por representantes de la sociedad y expertos independientes para la elaboración del Plan de Acción para la Aplicación de Medidas para la Reforma de las Fuerzas del Orden de la República Kirguisa, que abarca tres aspectos: 1) mayor cooperación entre la policía y la sociedad en el mantenimiento del orden público y la prevención del delito; 2) mejora de las bases legislativas, institucionales, administrativas y de recursos del componente de lucha contra la corrupción dentro de la reforma de las fuerzas del orden; 3) renovación del sistema de capacitación y formación del personal. El principal objetivo de la reforma consiste en la creación de un estado de derecho efectivo y de una seguridad pública que goce de la confianza de la sociedad.

109.A fin de supervisar y coordinar la aplicación de medidas para reformar las fuerzas del orden se creó el Consejo para la Reforma y Mejora del Estado de Derecho, adscrito al Gobierno. Con objeto de aumentar la cooperación entre la policía y la sociedad en el mantenimiento del orden público y la prevención del delito, desde comienzos de 2015 en todos los órganos territoriales de orden público se celebraron foros regionales. Tras estos foros, el 22 de abril de 2015 se celebró el primer foro nacional bajo el lema “Seguridad pública, nuestra causa común”, con la participación de representantes de organismos públicos, así como de la administración autónoma local, organizaciones internacionales, ONG y medios de comunicación (se aprobó una resolución).

110.A fin de crear las condiciones necesarias para la regulación jurídica del procedimiento y las condiciones de cooperación entre las fuerzas del orden y la sociedad civil, se elaboró conjuntamente con representantes de la sociedad civil el Reglamento de Mecanismos para la Colaboración de las Fuerzas del Orden de la República con las Organizaciones de la Sociedad Civil.

111.Para instituir un marco jurídico que garantice una nueva etapa de cooperación entre el Gobierno y la OSCE, las partes aprobaron, firmaron y ratificaron un Memorando de Entendimiento entre el Gobierno y la OSCE en el ámbito del desarrollo y la reforma de los órganos de orden público y judiciales y de otros órganos estatales de la República.

Segunda parte

Capítulo 1

Información sobre la aplicación del artículo 1 de la Convención

112.El marco jurídico para la regulación de las relaciones interétnicas se ha incorporado a la Constitución y se enuncia en distintas leyes de la República. La Constitución reconoce y garantiza los derechos humanos y las libertades fundamentales, de conformidad con los principios y normas del derecho internacional universalmente reconocidos, así como los tratados y acuerdos internacionales (art. 16).

113.En el ámbito de las relaciones interétnicas y en materia de protección de los derechos humanos son esenciales las disposiciones constitucionales que consagren:

La aplicación directa y la primacía de las disposiciones de los tratados internacionales de derechos humanos sobre otros acuerdos internacionales (art. 6, párr. 3, de la Constitución). Dicha disposición cobró especial importancia a raíz de la ratificación, en virtud de la Constitución, de una serie de tratados y convenciones internacionales de derechos humanos.

La prohibición de las actividades de partidos políticos, asociaciones civiles y asociaciones confesionales cuya labor esté encaminada a un cambio violento del orden constitucional, a socavar la seguridad nacional, o a incitar al odio de tipo social, racial, nacional, étnico o religioso (art. 4 de la Constitución).

La prohibición de la apología del odio nacional, étnico, racial o religioso, así como la propaganda a favor de la desigualdad de género u otra supremacía social que incite a la discriminación, hostilidad o violencia (art. 31, párr. 4, de la Constitución).

Creación por el Estado de las condiciones para la representación de los diferentes grupos sociales que determine la ley en los órganos estatales y de la administración autónoma local, en particular en los puestos de decisión (art. 2 de la Constitución).

114.En general, la Constitución y la legislación de la República cumplen requisitos estipulados por la Convención.

Capítulo 2

Información sobre la aplicación del artículo 2 de la Convención

115.El Código Penal establece la responsabilidad penal por delitos relacionados con grupos étnicos, nacionales, raciales o de otra índole. Los actos encaminados a incitar a la discriminación racial tienen la calificación de actos punibles peligrosos para la sociedad, en virtud de los artículos 97, 299 y 299-1 del Código Penal. Con arreglo a la legislación penal de la República, los delitos de esta categoría se clasifican como delitos especialmente graves.

116.El artículo 134 del Código Penal sanciona los actos destinados a vulnerar o restringir, directa o indirectamente, los derechos y libertades de la persona y el ciudadano (vulneración de la igualdad de derechos de los ciudadanos) por razón de su sexo, raza, etnia, idioma, origen, situación patrimonial u oficial y otros actos discriminatorios.

117.El artículo 373 del Código Penal define el genocidio de acuerdo con las normas del derecho internacional como “actos dirigidos al exterminio total o parcial de un grupo nacional, étnico, racial o religioso por medio del asesinato de los miembros de ese grupo, el grave daño ocasionado a su salud y otros actos ilícitos por motivos de animosidad”.

118.El Código de Responsabilidad Administrativa de la República establece la responsabilidad por las infracciones relacionadas con los derechos étnicos y culturales tales como la violación del derecho de los ciudadanos a la libre elección del idioma para la educación y la enseñanza, así como la obstrucción del derecho a la libertad de conciencia, a la libertad de religión, etc.

119.Se determinó que la Oficina Estatal para Asuntos de la Administración Local y Relaciones Interétnicas fuera el órgano estatal competente encargado de la aplicación de la política para la regulación de las relaciones interétnicas. Por iniciativa de la Oficina Estatal, en virtud de la Disposición Gubernamental núm. 342-r, de 30 de agosto de 2013, a fin de garantizar acciones concertadas y de coordinar la actividad de los ministerios, así como del Comité Estatal y las autoridades administrativas para el cumplimiento del Plan de Medidas Prioritarias para la Aplicación del Marco para Fortalecer la Unidad del País y las Relaciones Interétnicas en la República Kirguisa se creó una Comisión Interinstitucional. En el período 2014-2015 se celebraron cinco reuniones de dicha Comisión, en las que se examinó la actividad de los ministerios y departamentos en la aplicación del Marco y el Plan de Medidas Prioritarias mencionados. Tras las reuniones se encomendó a los ministerios y departamentos que participan en la aplicación del Marco la tarea de mejorar su actividad.

120.El Marco para Fortalecer la Unidad del País y las Relaciones Interétnicas en la República Kirguisa constituye un documento estratégico esencial sobre la política étnica del Estado, que estableció como su actividad principal la formación de una nación en Kirguistán sobre la base del papel unificador de la lengua estatal kirguisa como elemento esencial para la cohesión social y la preservación de la diversidad étnica y las características etnoculturales.

121.De conformidad con el párrafo 6 del Plan de Medidas Prioritarias para la Aplicación del Marco para Fortalecer la Unidad del País y las Relaciones Interétnicas (2013-2017), en 20 zonas multiétnicas tanto de las ciudades de Osh, Jalal-Abad y Karakol como de las provincias de Batken, Chui e Issik-Kul, desde 2014 existen oficinas de atención al público para asuntos relativos a las relaciones interétnicas; así como para el seguimiento y evaluación de la situación de cara a una intervención temprana y la prevención de conflictos, en zonas donde residen comunidades interétnicas; y para una cooperación efectiva con la sociedad civil.

122.En 2015 la Oficina Estatal para Asuntos de la Administración Local y Relaciones Interétnicas llevó a cabo 2.307 medidas preventivas para la alerta temprana y prevención de conflictos interétnicos. Tales actividades se realizaron en forma de reuniones y asambleas rurales con los residentes locales, así como de cursos de formación y seminarios.

123.A fin de promover la unidad del país y la identidad nacional, la Oficina Estatal para Asuntos de la Administración Local y Relaciones Interétnicas conjuntamente con la Asamblea del Pueblo y los ministerios y departamentos interesados desarrolla actividades culturales de masas, mesas redondas, conferencias y foros en los que participan órganos estatales, órganos de la administración autónoma local, la sociedad civil y representantes de comunidades étnicas.

124.La Asamblea del Pueblo participa en la ejecución de dicho Plan con una asignación presupuestaria por un valor de 204,8 millones de soms. En cumplimiento de este Plan, la Oficina Estatal para Asuntos de la Administración Local y Relaciones Interétnicas asignó a la Asamblea del Pueblo 2 millones de soms en 2014 y 1.901.200 soms en 2015. Con cargo a estos fondos se publicaron los libros Kyrgyzstan - nashe otechestvo(Kirguistán, nuestra patria); 20 let Assamblee naroda Kyrgyzstana . Lyudi , sobytia , fakty(20 años de la Asamblea del Pueblo de Kirguistán. Personas, acontecimientos y hechos); así como el calendario Druzhba narodov(Amistad de los pueblos;) y varios números de la revista Vestnik Assamblei Naroda Kyrgyzstana(Boletín de la Asamblea del Pueblo de Kirguistán.) Asimismo, se celebró el Día de las Personas de Edad y el Día de las Diásporas en las instalaciones de Dom Druzhby (Casa de la Amistad), además de diversos eventos deportivos.

125.En el marco de un programa de pequeñas subvenciones, la Oficina Estatal en 2014‑2015 financió mediante licitación siete propuestas subvencionables de asociaciones civiles de carácter étnico pertenecientes a la Asamblea del Pueblo, por un total de 2.136.166 soms. En particular, la asociación pública de ciudadanos de etnia tayika Dusti (Sección de Osh de la Asamblea del Pueblo) recibió 473.866 soms; la asociación pública denominada Assotsiatsia Dungan Kyrgyzstana (Asociación de Dunganos de Kirguistán), de la Asamblea del Pueblo en la ciudad de Bishkek, 452.000 soms; la asociación pública Dom Druzhby (ciudad de Tokmak), 150.300 soms; la asociación pública de kurdos de Kirguistán Midia (Asamblea del Pueblo en la ciudad de Bishkek), 150.000 soms; la Asamblea del Pueblo (ciudad de Bishkek), 312.000 soms; la asociación de personas de etnia kirguisa (Asamblea del Pueblo en la ciudad de Bishkek), 198.000 soms; y el centro cultural uzbeko en la ciudad de Osh (Sección de Osh de la Asamblea del Pueblo), 400.000 soms. Desde 2014, las 17 asociaciones públicas más activas de la Asamblea del Pueblo recibieron apoyo en forma de bonificaciones económicas por un total de 328.000 soms.

126.El control parlamentario del respeto de los derechos y libertades constitucionales de la persona y del ciudadano en el territorio de la República y dentro de su jurisdicción corresponde siempre al Defensor del Pueblo (Akyikatchy), el cual se guía en su labor por la Constitución, así como por la Ley del Akyikatchy (Defensor del Pueblo) de la República Kirguisa y otras leyes de la República y tratados internacionales que hayan entrado en vigor de la manera prescrita por la ley suscritos por la República.

127.Entre 2011 y 2015, el Defensor del Pueblo de la República recibió denuncias de ciudadanos y organizaciones relacionadas sobre violaciones de las libertades y los derechos humanos en distintos ámbitos de las relaciones jurídicas, entre ellas denuncias por la acción (u omisión) de agentes de policía (un 14%); denuncias por la acción (u omisión) de funcionarios del Ministerio Público (un 6%); denuncias por la acción (u omisión) de órganos judiciales (un 5%); denuncias de tortura (un 3%), así como en relación con muchas otras cuestiones problemáticas.

128.Durante todo el período mencionado, el Defensor del Pueblo de la República no recibió ni una sola denuncia que tuviera que ver con incidentes de discriminación por motivos de raza (origen étnico), cometidos en el territorio de Kirguistán.

Capítulo 3

Información sobre la aplicación del artículo 3 de la Convención

129.En la Estrategia Nacional de Desarrollo Sostenible de la República Kirguisa (2013‑2017), una de cuyas prioridades principales es garantizar la armonía interétnica, fortalecer la unidad del país y proteger los derechos de los ciudadanos independientemente de su origen étnico, se indica que la aplicación de medidas de la política estatal para alcanzar este objetivo se basará, entre otros, en el principio de reconocimiento de la unidad en la diversidad, y concretamente en fomentar la labor de las autoridades y de los órganos de la administración autónoma local, así como de los partidos políticos y otras instituciones de la sociedad civil, encaminada a aplicar sistemáticamente el principio de unidad en la diversidad (incluyendo los criterios de cultura, edad y otras diferencias) en todos los ámbitos, desde las políticas de recursos humanos hasta los planes a largo plazo de desarrollo urbano y arquitectura.

Capítulo 4

Información sobre la aplicación del artículo 4 de la Convención

130.Las medidas legislativas, judiciales, administrativas y de otra índole para dar efecto al artículo 4 de la Convención se basan en el artículo 16 de la Constitución, en el artículo 16 del Código de Procedimiento Penal y en el artículo 550 del Código de Responsabilidad Administrativa de la República.

131.Los órganos de orden público y judiciales luchan contra las manifestaciones de odio racial, religioso o interregional. Según el Ministerio del Interior, en un período de cinco años las unidades de los órganos policiales y judiciales de la República, por casos de incitación al odio nacional, racial, religioso o interregional (art. 299 del Código Penal) incoaron 345 causas penales (70 en 2011, 67 en 2012, 75 en 2013, 75 en 2014 y 58 en 2015).

132.Según la Fiscalía General, con arreglo al artículo 299 del Código Penal, en 2011 se incoaron 13 causas: 4 de ellas por el Comité Estatal de Seguridad Nacional, 4 por la Fiscalía, y 5 por el Ministerio del Interior;

En 2012 el número de causas incoadas fue de 9, de las que 5 correspondieron al Comité Estatal de Seguridad Nacional, 2 a la Fiscalía y 2 al Ministerio del Interior;

En 2013 este número fue de 6, de las cuales 4 correspondieron al Comité Estatal de Seguridad Nacional, 1 a la Fiscalía y 1 al Ministerio del Interior;

En 2014 fueron 12, correspondiendo 6 al Comité Estatal de Seguridad Nacional, 1 a la Fiscalía y 5 al Ministerio del Interior;

En 2015 el número de causas incoadas fue de 3, todas ellas por el Comité Estatal de Seguridad Nacional.

133.En la actualidad se está convirtiendo en una seria amenaza terrorista, no solo a escala regional sino también mundial, la organización EIIL. En este sentido, constituye una tarea apremiante para las fuerzas del orden la identificación de los ciudadanos que hayan participado o participen en las actividades de grupos armados ilegales en el extranjero, a fin de identificar y reprimir oportunamente sus posibles actividades ilícitas (terroristas o extremistas). Durante el período que abarca el informe, las fuerzas del orden detectaron 167 casos de reclutamiento, utilización como mercenarios y envío de ciudadanos de la República a otros países en que se desarrollan conflictos armados, en particular a Siria, el Iraq, el Afganistán y el Pakistán.

134.Durante el período sobre el que se informa, las fuerzas del orden conjuntamente con las fuerzas de seguridad nacional identificaron a 803 ciudadanos de la República que habían viajado a zonas afectadas por conflictos armados. El Ministerio del Interior, en colaboración con organizaciones sociales y representantes de organizaciones confesionales llevan a cabo reuniones, seminarios, talleres de formación y mesas redondas sobre la situación de la labor que se lleva a cabo para combatir el extremismo, prevenir el terrorismo e impedir la propagación de ideologías extremistas entre la población de la República. Se llevaron a cabo más de 1.966 medidas operativas de prevención y actividades de concienciación entre la población.

135.Diferentes instancias de la administración de justicia en el territorio de la República prohibieron las actividades de 19 organizaciones destructivas, extremistas y terroristas.

136.El Tribunal Supremo de la República conoció de las siguientes causas penales:

En 2011:

Con arreglo al artículo 299 del Código Penal (incitación al odio nacional, racial, religioso o interregional), de 92 causas penales contra 96 personas (7 de ellas mujeres), 81 fueron condenadas; no se produjo ninguna sentencia absolutoria; fueron sobreseídas las causas contra 4 personas; las causas contra 11 personas fueron devueltas para completar lagunas en la investigación;

No conoció de ninguna causa penal en virtud del artículo 299-1 del Código Penal (actividades organizadas encaminadas a la incitación al odio nacional, racial, religioso o interregional);

En 2012:

Con arreglo al artículo 299 del Código Penal, de 91 causas penales contra 93 personas (8 de ellas mujeres), fueron condenadas 77; no se produjo ninguna sentencia absolutoria; fueron sobreseídas las causas contra 2 personas; las causas contra 14 personas fueron devueltas para completar lagunas en la investigación;

Con arreglo al artículo 299-1 del Código Penal, de 6 causas penales contra 6 personas (ninguna de ellas mujeres), fueron condenadas 5; no se produjo ninguna sentencia absolutoria; no se sobreseyó ninguna causa; la causa contra 1 persona fue devuelta para completar lagunas en la investigación;

En 2013:

Con arreglo al artículo 299 del Código Penal, de 73 causas penales contra 73 personas (6 de ellas mujeres), fueron condenadas 60; 1 persona fue absuelta; fue sobreseída la causa contra 1 persona; las causas contra 9 personas fueron devueltas para completar lagunas en la investigación; 2 personas se vieron sometidas a medidas médicas obligatorias;

De conformidad con el artículo 299-1 del Código Penal, examinó 8 causas penales contra 8 personas (ninguna de ellas mujer), de las que 6 fueron condenadas; no se produjo ninguna sentencia absolutoria; no se sobreseyó ninguna causa; las causas contra 2 personas fueron devueltas para completar lagunas en la investigación;

En 2014:

Con arreglo al artículo 299 del Código Penal, de 91 causas penales contra 91 personas (5 de ellas mujeres), fueron condenadas 70; 1 persona fue absuelta; fueron sobreseídas las causas contra 2 personas; las causas contra 18 personas fueron devueltas para completar lagunas en la investigación;

Con arreglo al artículo 299-1 del Código Penal, de 9 causas penales contra 14 personas (3 de ellas mujeres), fueron condenadas 14; no se produjo ninguna sentencia absolutoria; no se sobreseyó ninguna causa; no se devolvió ninguna causa para completar lagunas en la investigación;

En 2015:

Con arreglo al artículo 299 del Código Penal, de 130 causas penales contra 130 personas (17 de ellas mujeres), fueron condenadas 98; 1 persona fue absuelta; no se sobreseyó ninguna causa; las causas contra 31 personas fueron devueltas para completar lagunas en la investigación;

De conformidad con el artículo 299-1 del Código Penal, examinó 4 causas penales contra 5 personas (ninguna de ellas mujer), de las que 5 fueron condenadas; no se produjo ninguna sentencia absolutoria; no se sobreseyó ninguna causa; no se devolvió ninguna causa para completar lagunas en la investigación.

137.La vigilancia del cumplimiento de la resolución del Zhogorku Kenesh núm. 567-V, de 9 de junio de 2011, sobre la información de la comisión interina de diputados para investigar las circunstancias y condiciones que condujeron a los trágicos acontecimientos ocurridos en la República de abril a junio de 2010 y su evaluación política, indicó que casi todos los funcionarios enumerados personalmente por sus apellidos en la resolución, que ocupaban cargos de responsabilidad en los órganos de orden público y judiciales del país, así como en la gestión pública de ciudades y distritos, en cuyo territorio se produjeron conflictos interétnicos (más de 11 entidades administrativas) fueron destituidos.

Capítulo 5

Información sobre la aplicación del artículo 5 de la Convención

138.En virtud del Decreto Presidencial núm. 67, de 28 de marzo de 2011, del Consejo Nacional de Asistencia Letrada Garantizada por el Estado adscrito a la Presidencia de la República Kirguisa, se creó dicho Consejo Nacional.

139.El artículo 40 de la Constitución garantiza el derecho a la igualdad ante los tribunales y ante todos los restantes órganos de administración de justicia, en que se brinda a todas las personas la protección judicial de los derechos y libertades consagrados en la Constitución, las leyes, los tratados internacionales suscritos por la República Kirguisa y los principios y normas universalmente reconocidos del derecho internacional. El Estado promueve los métodos, las formas y los procedimientos extrajudiciales y prejudiciales de protección de los derechos y libertades de la persona y el ciudadano. A fin de garantizar los derechos de los ciudadanos en los procesos penales, en 2009 se aprobó la Ley de Asistencia Letrada Garantizada por el Estado.

140.Con arreglo al artículo 16 del Código de Procedimiento Penal, en la República la justicia se administra sobre la base de los principios de igualdad de los ciudadanos ante la ley y ante los tribunales, independientemente de su extracción social, situación patrimonial u oficial, origen racial o étnico, sexo, nivel educativo, idioma, actitud ante la religión, convicciones, pertenencia a asociaciones públicas, lugar de residencia u otras circunstancias.

141.Con arreglo al artículo 24, párrafo 1, de la Constitución, toda persona tiene derecho a la libertad y la inviolabilidad personal. Conforme al artículo 22 de la Constitución, nadie podrá ser sometido a torturas ni a otros tratos o penas inhumanos, crueles o degradantes. Toda persona privada de libertad tiene derecho a recibir un trato humano que respete su dignidad. Está prohibido realizar experimentos médicos, biológicos o psicológicos con personas sin su consentimiento voluntario expreso y certificado de forma apropiada.

142.El ejercicio de los derechos políticos, en particular el derecho a participar en elecciones, elegir y ser elegido por medio del sufragio universal e igual, así como el derecho de participar en la administración y en la dirección de los asuntos públicos a cualquier nivel, y el del acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas, está garantizado en el artículo 2 de la Constitución, en el que se proclama que el Estado crea las condiciones para la representación de los diferentes grupos sociales, determinados por la ley, en los órganos de la administración estatal y los órganos de administración autónoma local, en particular a nivel de adopción de decisiones.

143.Con arreglo al artículo 60 de la Ley de Elección del Presidente de la República Kirguisa y de los Diputados del Zhogorku Kenesh, al confeccionar la lista de candidatos a diputados del Zhogorku Kenesh, los partidos políticos deben tener en cuenta representación de:

No más del 70% de las listas electorales pueden ser personas del mismo sexo, y la diferencia entre hombres y mujeres en el orden ocupado en las listas de candidatos propuestos por los partidos políticos no puede ser de más de tres posiciones;

No menos del 15% de las personas tendrá 35 o menos años;

No menos del 15% de los ciudadanos tendrá un origen étnico distinto;

No menos de 2 candidatos serán personas con discapacidad, y 1 de ellos deberá incluirse entre los primeros 50 candidatos.

144.En la actualidad, de 120 diputados que integran el Zhogorku Kenesh en su sexta legislatura, 104 son kirguisos; 3, rusos; 2, dunganos; 3, kazajos; 4, uzbekos; 2, uigures, 1, tayiko, 1, tártaro, lo que supone un total de 16 miembros de otras comunidades étnicas, de los cuales 98 eran hombres y 22, mujeres. En su quinta legislatura, el Zhogorku Kenesh estaba formado por 120 diputados, de los cuales 105 eran kirguisos; 6, rusos; 3, uzbekos; 1, dungano; 1, tayiko; 1, kazajo; 1, ucraniano; 1, coreano y 1, karachái, lo que suponía un total de 15 miembros de otras comunidades étnicas, de los cuales 94 hombres y 26, mujeres.

145.De 8.331 diputados de los consejos locales ( kenesh ), 7.153 son kirguisos, 203, rusos, 587, uzbekos, 47, kazajos, 4, tayikos, y 317 miembros de otras comunidades étnicas, de los cuales 6.961 eran hombres y 1.350, mujeres. Del total diputados de dichos consejos locales, en 2010 los kirguisos constituían el 86%, mientras que en la actualidad representan el 85,8%.

146.El número de diputados según el sexo, la edad y el origen étnico cambian constantemente. Si se nombra a varios diputados para ocupar cargos públicos, estos son sustituidos por los siguientes candidatos de la lista, con otras características demográficas y, en consecuencia, la composición del total de diputados por sexo, edad y origen étnico varía levemente.

147.El derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio del Estado está regulado por la Ley de Migración Interna. En este sentido, el artículo 3 de dicha Ley garantiza los derechos humanos consagrados en la Constitución, en particular el derecho a la libre elección del lugar de residencia y de estancia, así como a la libre circulación, a la libertad y seguridad personales, a la inadmisibilidad de toda forma de discriminación o del menoscabo de derechos y libertades por motivos de origen, sexo, raza, nacionalidad, idioma, credo, convicciones políticas o religiosas o por cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

148.Con arreglo a la Constitución, así como a las leyes y los tratados internacionales de derechos humanos que hayan entrado en vigor de la manera prescrita por la ley suscritos por la República, todo ciudadano de la República tiene derecho a la libertad de circulación y de elección del lugar de residencia y de estancia en todo el territorio de Kirguistán. La restricción del derecho de los ciudadanos a la libertad de circulación y de elección del lugar de residencia y de estancia en el territorio de la República está permitida únicamente por la ley.

149.Los extranjeros que se encuentren legalmente en el territorio de la República también tienen derecho a la libertad de circulación y de elección del lugar de residencia y de estancia en el territorio de la República, de conformidad con la Constitución, las leyes y los tratados internacionales de derechos humanos que hayan entrado en vigor de la manera prescrita por la ley suscritos por la República.

150.En virtud del artículo 9 del Código del Trabajo de la República, todas las personas tienen las mismas oportunidades de ejercer sus derechos y libertades laborales. Nadie puede estar sometido a restricciones de los derechos y libertades laborales ni obtener ventaja alguna en su ejercicio por motivos de sexo, raza, nacionalidad, idioma, origen, situación patrimonial u oficial, edad, lugar de residencia, actitud ante la religión, convicciones políticas, pertenencia o no a asociaciones civiles, así como otros factores no relacionados con los méritos profesionales del trabajador y los resultados de su trabajo.

151.Las personas que consideran que han sido discriminadas en la esfera laboral tienen derecho a recurrir a un tribunal con la correspondiente petición de restitución de los derechos vulnerados y reparación por todos los daños materiales y morales. A los efectos del Código del Trabajo, representa discriminación toda restricción de los derechos laborales de los ciudadanos por motivos no relacionados con los méritos profesionales del trabajador (sexo, edad, nacionalidad, idioma, situación patrimonial, etc.).

152.La Constitución, el Código del Trabajo y la protección judicial garantizan los derechos laborales de los ciudadanos. En virtud del artículo 9 del Código del Trabajo, nadie puede estar sometido a restricciones de los derechos y libertades laborales ni obtener ventaja alguna en su ejercicio por motivos de sexo, raza, nacionalidad, idioma, origen, situación patrimonial u oficial, edad, lugar de residencia, actitud ante la religión, convicciones políticas, pertenencia o no a asociaciones civiles, así como otros factores no relacionados con los méritos profesionales del trabajador y los resultados de su trabajo.

153.El artículo 1 del Código de Familia de la República prohíbe cualquier tipo de restricción de los derechos de los ciudadanos para contraer matrimonio y establecer relaciones familiares por razón de su condición social, raza, etnia, idioma o religión.

154.Todos los ciudadanos que viven en Kirguistán gozan de igualdad de derechos en materia de atención de la salud, de conformidad con la Ley de Protección de la Salud de los Ciudadanos en la República Kirguisa. En el artículo 61 de dicha Ley se reconoce el derecho inalienable de los ciudadanos a proteger su salud, que se garantiza mediante la igualdad de oportunidades de todos los ciudadanos para recibir asistencia medicosanitaria y medicosocial, con independencia de su sexo, raza, etnia, idioma, origen social, cargo, lugar de residencia, actitud ante la religión, convicciones, pertenencia a agrupaciones sociales u otras circunstancias.

155.El Gobierno aprueba anualmente el Programa de Garantías Estatales de la Asistencia Médica y Sanitaria para los Ciudadanos de la República Kirguisa, a fin de garantizar el derecho de los ciudadanos a proteger su salud, así como mejorar el acceso de la población a los servicios de salud y aumentar la eficacia del sistema de protección social de los sectores vulnerables de la población.

156.En 1996 se adhirió a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 de las Naciones Unidas y a su Protocolo de 1967, contrayendo así compromisos internacionales de atención a los solicitantes de asilo y refugiados.

157.En 2002 se aprobó la Ley de Refugiados que, en opinión de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), se ajusta a las normas internacionales. En Kirguistán se establecen las condiciones necesarias para la actividad vital de los refugiados: vivir durante tres meses en instalaciones de asentamiento temporal; elegir una localidad como lugar de residencia habitual de entre varias propuestas que albergue a sus familiares, siempre que estos hayan dado su consentimiento a la convivencia; trabajar por cuenta ajena o realizar actividades empresariales de conformidad con la legislación de la República; adquirir bienes inmuebles en las condiciones establecidas para los ciudadanos extranjeros y apátridas por la legislación de la República; etc. A fin de poner en práctica la Ley de Refugiados, se aprobó la resolución gubernamental núm. 188, de 4 de abril de 2003, acerca de la aprobación del Reglamento sobre el Trabajo con los Refugiados en la República Kirguisa, en virtud del cual se aprobaron los modelos de certificado de inscripción de solicitudes y de tarjeta de refugiado, así como los modelos de documentos y las instrucciones pertinentes para la aplicación de la Ley de Refugiados.

158.La población de refugiados en el territorio de la República al 1 de junio de 2011 ascendía a 193 personas, cifra que a 1 de julio de 2016 era de 164 (de los cuales 62 eran menores de edad), cuyo origen era el siguiente:

Procedentes del Afganistán: 98 personas (entre ellas 41 menores);

Procedentes de Siria: 50 personas (entre ellas 20 menores);

Procedentes de Ucrania: 13 personas (entre ellas 1 menor);

Procedentes del Irán: 2 personas;

Procedentes de Marruecos: 1 persona.

159.Desde 2011 la población de refugiados en la República es estable y no llega a las 200 personas. Así pues, en 2012 la cifra era de 175 personas, en 2013, de 137; en 2014, de 137 y en 2015, de 171. En 2015 se produjo un aumento con respecto a 2013 debido al reconocimiento como refugiados de ciudadanos de Siria y Ucrania. El número de solicitudes de reconocimiento de la condición de refugiado presentadas en la República desde 2011 también es estable y oscila hasta alcanzar la cifra de 200 al año. En la República había 126 solicitantes de asilo inscritos en 2012, 126 en 2013, 229 en 2014, 176 en 2015 y 97 al 1 de julio de 2016.

160.Con objeto de resolver la cuestión de la disminución del número de apátridas, el Servicio Estatal de Registro adscrito al Gobierno, conjuntamente con órganos de la administración autónoma local, el ACNUR y ONG, lleva ejecuta un proyecto piloto para reducir el número de apátridas en el territorio de la República. En el marco del proyecto se crearon 28 equipos multidisciplinarios que llevan a cabo una labor planificada para reducir el número de apátridas en el territorio de la República. Desde 2014 hasta la fecha se ha identificado a 8.502 apátridas, de los cuales 4.628 fueron reconocidos como ciudadanos de la República y provistos del pasaporte nacional.

161.De conformidad con el artículo 4 de la Ley de Refugiados, a toda persona que solicite la concesión del estatuto de refugiado debe brindarse la posibilidad de presentar una solicitud de este tipo. Para el reconocimiento de la condición de refugiado en la República es obligatorio presentar una solicitud, personalmente o por conducto de un representante autorizado, en el lugar en el que se encuentre el solicitante:

En los puestos de cruce de la frontera estatal, ante los órganos encargados del control de la inmigración;

En el territorio de la República, ante el organismo competente.

162.Toda solicitud de concesión del estatuto de refugiado, recibida por los organismos encargados del control de la inmigración en los puestos de cruce de la frontera estatal, se remite en un plazo de diez días laborables a contar desde el día de su presentación al organismo competente, el cual la registra y lleva a cabo el procedimiento para determinar la condición de refugiado. La admisión de una solicitud de reconocimiento como refugiado se realiza al amparo de documentos de identidad del solicitante y de sus familiares. Los solicitantes que carezcan de documentos de identidad deben aportar documentos que expliquen el motivo de la ausencia de estos, o bien ofrecer explicaciones sobre la falta de tales documentos.

163.A toda persona que haya presentado una solicitud de concesión del estatuto de refugiado se le expide un certificado de registro de su solicitud, en la forma establecida por el Gobierno, válido durante 3 meses y prorrogable hasta que se adopte una decisión definitiva sobre su solicitud, incluida la fase de apelación. En el certificado de registro de la solicitud de concesión del estatuto de refugiado se incluye información sobre los familiares que lo acompañen.

164.Protección contra la expulsión. Conforme al artículo 11 de la Ley de Refugiados, la persona a la que se haya denegado el estatuto de refugiado o que haya perdido su condición de refugiada en ningún caso puede ser expulsada a un país donde su vida y libertad estén en peligro o a un país donde pueda ser víctima de la tortura o ser sometida a tratos crueles e inhumanos.

165.La República reconoce a todos los refugiados su igualdad ante la ley, sin distinción de ningún tipo por motivos de sexo, raza, idioma, origen étnico, religión, edad, convicciones políticas o de otra índole, nivel educativo, país de origen, situación económica o de otro tipo u otras circunstancias.

Capítulo 6

Información sobre la aplicación del artículo 6 de la Convención

166.Con arreglo al artículo 6 de la Convención, los Estados partes asegurarán a todas las personas que se hallen bajo su jurisdicción, protección y recursos efectivos, ante los tribunales nacionales competentes y otras instituciones del Estado, contra todo acto de discriminación racial que, contraviniendo la presente Convención, viole sus derechos humanos y libertades fundamentales, así como el derecho a pedir a esos tribunales satisfacción o reparación justa y adecuada por todo daño de que puedan ser víctimas como consecuencia de tal discriminación.

167.En la República se ha elaborado un marco jurídico para luchar contra las actitudes discriminatorias en los tribunales. Por ejemplo, el artículo 16 de la Constitución establece que en la República Kirguisa todos son iguales ante la ley y los tribunales. Este principio se refleja en las normas correspondientes de la Constitución, así como del Código de Procedimiento Penal, la Ley Constitucional del Estatuto de los Jueces de la República Kirguisa, la Ley del Tribunal Supremo de la República Kirguisa y Tribunales Locales, y el Código de Conducta Judicial.

168.El artículo 7 del Código de Procedimiento Civil de la República establece que en las causas civiles la justicia se administra basándose en el principio de igualdad ante la ley y los tribunales de todos los ciudadanos, independientemente del sexo, raza, nacionalidad, idioma, religión, convicciones políticas y religiosas, origen, situación económica u oficial, lugar de residencia y cualesquiera otras condiciones y circunstancias de carácter personal o público, así como de todas las personas jurídicas independientemente de la forma de propiedad, ubicación, afiliación corporativa u otras circunstancias.

169.A fin de llevar a cabo la reforma de la justicia y mejorar la eficacia del poder judicial, el Zhogorku Kenesh aprobó la resolución núm. 4267-V, de 25 de junio de 2014, por la que se aprueba el Programa Estatal Especial titulado “Desarrollo del Sistema Judicial de la República Kirguisa (2014-2017)” (en adelante, “el Programa Especial”).

170.El Programa Especial tiene por objeto solucionar las nuevas metas derivadas del empeño de la República de corresponder a las normas mundiales en el ámbito de la administración de justicia, así como del desarrollo de las tecnologías de la información. Dicho Programa Especial ofrece una solución integral al problema de garantizar un carácter accesible, abierto y transparente de la justicia, así como el aumento de la confianza de la sociedad en la justicia y de la eficacia en la tramitación de los casos, junto con la independencia de los jueces, el incremento del grado de aplicación de los instrumentos judiciales, y la creación de las condiciones necesarias para la administración de justicia.

171.La reforma del sistema judicial guarda una estrecha relación con la capacitación de los jueces de la República y, en particular, con la implantación de la institución del tribunal del jurado. El Tribunal Supremo de la República promueve el sistema de jurados desde 2008 mediante la celebración de seminarios y talleres formativos. Sin embargo, la introducción de dicho sistema se suspendió por razones técnicas. Ello se debió sobre todo a la necesidad de edificios judiciales acondicionados adecuadamente, lo cual requiere gastos suplementarios para la financiación necesaria y la infraestructura apropiada. En la República se ha elaborado una base jurídica suficientemente firme para luchar contra las actitudes discriminatorias en los tribunales.

172.Constituye una cuestión importante la reparación del daño moral y material en el marco de la obligación de indemnizar por los daños morales y materiales en las zonas afectadas por conflictos.

173.La Comisión Estatal de Adjudicación de Viviendas para los Afectados por los Sucesos de Junio de 2010, con arreglo al reglamento aprobado mediante la resolución gubernamental núm. 295, de 22 de noviembre de 2010, sobre el procedimiento de concesión prioritaria de viviendas a ciudadanos de la República Kirguisa afectados por los sucesos de junio de 2010 en la ciudad de Osh y en las provincias de Osh y Jalal-Abad, asignó apartamentos a 58 familiares de fallecidos en dichos sucesos, así como a 2 ciudadanos que resultaron gravemente heridos en los mismos, en un edificio de 60 apartamentos de nueva construcción situado en la unidad vecinal de Kok-Art, en la ciudad de Jalal-Abad. El desglose desde un punto de vista étnico fue el siguiente: 20 familias kirguisas y 29 familias uzbekas.

174.En la casa situada en la calle Kurmanbek, en la ciudad de Jalal-Abad, con arreglo al reglamento aprobado resolución gubernamental núm. 275, de 4 de mayo de 2012, sobre el procedimiento de concesión a ciudadanos de la República Kirguisa de viviendas construidas en el marco del Programa de Reconstrucción y Desarrollo de las Ciudades de Osh y Jalal-Abad, la Comisión Estatal de Adjudicación de Viviendas asignó apartamentos a 18 familias de ciudadanos fallecidos, así como a 2 ciudadanos con discapacidad de grado I, a 17 de grado II y a 21 de grado III. La composición étnica de este conjunto de personas era de 23 kirguisos y 31 uzbekos.

175.En el distrito de Bazar-Korgon, en un edificio nuevo de 16 apartamentos la Comisión Estatal de Adjudicación de Viviendas asignó apartamentos a 5 familias de fallecidos en los sucesos de 2010. Dicha Comisión Estatal entregó los restantes apartamentos a 7 ciudadanos con discapacidad de grado II y a 2 de grado III. Desde un punto de vista étnico, en el edificio de 16 apartamentos se asignaron 7 apartamentos a uzbekos. Además, se asignaron apartamentos a 12 ciudadanos (4 de ellos uzbekos) en la ciudad de Osh y a 10 ciudadanos en la ciudad de Bishkek.

176.En la ciudad de Osh se entregaron apartamentos a 173 familias de fallecidos en los sucesos de junio de 2010 y 1 millón de soms a cada una. Asimismo, 343 ciudadanos que habían sufrido heridas de gravedad recibieron apartamentos en la ciudad de Osh. De todos ellos, se otorgaron 100.000 soms a los que habían resultado gravemente heridos y 50.000 soms a los heridos de menor gravedad.

177.En las casas construidas en el marco del Programa de Reconstrucción de las Ciudades de Osh y Jalal-Abad, se entregaron 251 apartamentos a familias de fallecidos, así como a personas con discapacidad y ciudadanos que habían resultado gravemente heridos. El Estado, en virtud de los tratados internacionales, se compromete a indemnizar por los daños morales y materiales en las zonas afectadas por conflictos.

Capítulo 7

Información sobre la aplicación del artículo 7 de la Convención

178.El artículo 10 de la Constitución garantiza a los miembros de todas las etnias que forman el pueblo kirguiso el derecho a mantener su lengua materna y a crear las condiciones para que sea estudiado y siga evolucionando.

179.En el artículo 3 de la Ley de la Lengua Estatal de la República Kirguisa se determina que la lengua kirguisa es la lengua estatal y de la comunicación interétnica. Al mismo tiempo, en el artículo 6 se establece que el Estado apoya el aprendizaje por los niños del idioma estatal junto con la lengua materna.

180.El artículo 4 de la Ley de la Lengua Estatal de la República Kirguisa dispone que la utilización de la lengua estatal no impide el uso en su territorio de otras lenguas. Kirguistán apoya el principio del libre desarrollo de las lenguas de los miembros de otros grupos étnicos que residen en la República.

181.Conforme al artículo 1 de la misma Ley, Kirguistán garantiza a los miembros de todos los grupos étnicos que constituyen el pueblo del país el mantenimiento de la lengua materna y la creación de las condiciones para su aprendizaje y desarrollo. Se prohíbe la vulneración de los derechos y libertades de los ciudadanos por motivo de desconocimiento del idioma estatal u oficial.

182.La condición jurídica de la lengua rusa como idioma oficial se estableció en la Ley del Idioma Oficial de la República Kirguisa (2000), que es el idioma de la comunicación interétnica y contribuye a la integración de la República en la comunidad mundial (art. 1). Esa condición jurídica está consagrada en la Constitución de Kirguistán (art. 10).

183.El Código de Responsabilidad Administrativa establece también la responsabilidad por las infracciones relacionadas con los derechos étnicos y culturales, la violación de los derechos de los ciudadanos a la libre elección del idioma de educación y enseñanza, la creación de obstáculos y limitaciones en la utilización del idioma y el desprecio hacia el idioma estatal, así como las lenguas de otros pueblos y grupos étnicos que residen en la República Kirguisa (art. 64).

184.En 223 escuelas los alumnos pueden estudiar en uzbeko. En 91 de estas escuelas la enseñanza se imparte únicamente en uzbeko, mientras que en 132 de ellas se hace en diferentes idiomas (kirguiso, ruso y uzbeko).

185.Numerosas escuelas uzbekas con cursos en kirguiso o ruso se convierten en plurilingües, lo que determina que no esté justificado el cierre de escuelas que ofrecen enseñanza en uzbeko. En realidad el idioma uzbeko se mantiene en las escuelas, ya que este se suma a la enseñanza en otros idiomas. En la situación actual de aumento de la migración hacia Rusia y otros Estados miembros de la Comunidad Económica de Eurasia, muchas familias uzbekas prefieren enviar hoy a sus hijos a escuelas en las que se imparte enseñanza en kirguiso y ruso.

186.Desde 2014 los exámenes se realizan en la lengua estatal y en el idioma oficial. Pese a ello, en 2014, 50 estudiantes realizaron el examen en uzbeko previa solicitud. Por tanto, la realización de exámenes en uzbeko resulta económicamente inviable y no justificado desde un punto de vista técnico.

187.El Estado trata de aplicar una política lingüística equilibrada, consistente en la formación de una nueva generación trilingüe de kirguisos, que dominen la lengua estatal, el idioma oficial y una de las lenguas extranjeras, preservando al mismo tiempo los idiomas propios de las comunidades étnicas.

188.Desde 2008, cuando con el apoyo de la OSCE se elaboró y aprobó el Marco para una Enseñanza Multicultural y Plurilingüe en la República Kirguisa, así como el Programa Especial para el Desarrollo de una Enseñanza Plurilingüe y Multicultural en la República Kirguisa (2008-2020), la labor en relación con la enseñanza multicultural adquirió un carácter sistémico y con un objetivo preciso.

189.El Marco para una Enseñanza Multicultural y Plurilingüe define los principios y las medidas para su realización que se determinan en el Programa Especial para el Desarrollo de una Enseñanza Plurilingüe y Multicultural en la República Kirguisa (2008-2020).

190.El desarrollo de las ideas de los documentos internos del Ministerio de Educación y Ciencia relativas a la enseñanza multicultural y plurilingüe (el Marco para una Enseñanza Multicultural y Plurilingüe y el Programa para el Desarrollo de una Enseñanza Plurilingüe y Multicultural en la República Kirguisa), recibió apoyo en los documentos sectoriales elaborados y aprobados entre 2012 y 2014:

Marco para el Desarrollo de la Educación hasta 2020;

Estrategia de Desarrollo de la Educación (2012-2020);

Planes de Acción para la aplicación de la Estrategia de Desarrollo de la Educación.

191.En el Marco para el Desarrollo de la Educación se estableció que el multiculturalismo constituye una característica del entorno de aprendizaje para la formación en el niño de las habilidades necesarias para vivir en el multiforme mundo actual. Entre las características de los egresados del sistema de enseñanza en 2020 cabe señalar el respeto a la diversidad cultural, étnica y política.

192.En la Estrategia de Desarrollo de la Educación (2012-2020) entre las cualidades del egresado se destaca que este compartirá los valores de las libertades y los derechos humanos y la igualdad de género, y también respetará la diversidad cultural, étnica y política.

193.Kirguistán posee el marco jurídico más desarrollado de los países de la región de Asia Central para la adopción de programas de enseñanza plurilingüe y multicultural.

194.Se están ensayando programas de enseñanza multilingüe en 56 escuelas del país (una parte de las asignaturas se imparte en la lengua materna o en el primer idioma del niño y las restantes en un idioma específico o en el segundo idioma). A fin de garantizar la igualdad de acceso a una educación de calidad en las escuelas con diferentes idiomas de instrucción (kirguiso, ruso, uzbeko, tayiko), desde 2011 tiene lugar en la República la puesta en práctica con carácter experimental de programas de enseñanza multilingüe. Tales programas poseen un carácter enriquecedor y contribuyen a que miembros de otras comunidades étnicas puedan mejorar el aprendizaje del idioma estatal sin descuidar su lengua materna. En este proyecto piloto participan de forma voluntaria 5 centros preescolares y 56 escuelas con diferentes idiomas de instrucción.

195.Los idiomas objeto de estudio del Programa son el kirguiso y/o el ruso. En las escuelas en que el idioma de instrucción es uzbeko o tayiko tienden a elegir programas que contribuyan al desarrollo de ambos idiomas. En 142 cursos de carácter experimental el idioma objeto de estudio es el kirguiso, en 155, el ruso y en 9 lo son las dos lenguas. El número de clases de carácter experimental es de 306, en las que están matriculados 8.598 alumnos (aproximadamente el 20% del número total de alumnos de las escuelas piloto). En este proyecto piloto participan de forma directa 368 docentes (aproximadamente el 12% del total de docentes de las escuelas piloto). Teniendo en cuenta el desarrollo de los programas del Ministerio de Educación y Ciencia, en las escuelas aproximadamente 150 docentes imparten capacitación metodológica y lingüística de forma complementaria.

196.Las bibliotecas públicas como instituciones sociales desempeñan un papel activo ante los acontecimientos que tienen lugar en el mundo actual, reflejando en su labor la diversidad cultural y lingüística a nivel internacional, nacional y local, así como apoyándola y alentándola. Estas trabajan activamente con todos los grupos sociales que habitan en las distintas regiones de la República. Así, por ejemplo, el maratón benéfico nacional Kitep‑2010, organizado por la Biblioteca Nacional a iniciativa del Presidente de la República para prestar apoyo a las bibliotecas del país, tenía por objeto en particular promover la tolerancia en el país, así como una actitud de respeto hacia las personas de otra cultura o con otra mentalidad. Durante dicho maratón, las bibliotecas de la República recibieron 30.294 ejemplares de libros, 9.492 de ellos en kirguiso, 12.995 en ruso, y 299 en uzbeko. En los fondos de las bibliotecas públicas existen publicaciones en numerosos idiomas de los pueblos del mundo.

197.Con respecto a los documentos, las bibliotecas públicas albergan en sus fondos más de 460.000 ejemplares en otros idiomas, así como más de 15 millones en lengua rusa. Durante el período que abarca el informe, se prestaron casi 7 millones de ejemplares en kirguiso, 10 millones en ruso, y cerca de 800.000 en otros idiomas, lo que significa que, por término medio, por cada usuario del servicio de préstamo de libros se entregaron de media 6,3 ejemplares en kirguiso, 9,37 en ruso y 0,7 en otros idiomas.

198.El Departamento de Cinematografía es responsable de las siguientes organizaciones: Estudios Cinematográficos Nacionales Kyrgyzfilm T. Okeyev; Fondo Cinematográfico Estatal de la República Kyrgyzfilmfond; Casa del Cine de la República Ch. Aitmatov (7 distribuidoras a nivel provincial y 24 a nivel de distrito y municipal); 38 cines estatales; 13 cines ambulantes.

199.La producción de películas y documentales se realiza en los Estudios Cinematográficos Nacionales Kyrgyzfilm T. Okeyev (fundados en 1941). En el país se ha desarrollado el sector de las salas de cine, formado por 38 salas de cine estatales y 9 privadas.

200.Entre 2011 y 2015 los cineastas kirguisos rodaron las siguientes películas, que alientan a la amistad con miras a combatir los prejuicios raciales tras los sucesos de julio de 2010:

Tan (Amanecer). Dirigida por Nurlan Asanbekov. 30 minutos de duración. Rodada en kirguiso y uzbeko. Esta película se realizó como parte del proyecto titulado “Mekenim Kyrgyzstan” (2012) y en ella participaron los Estudios Cinematográficos Nacionales Kyrgyzfilm T. Okeyev.

Polyot na Nibiru(Vuelo a Nibiru.) Dirigida por Nurlan Abdykadyrov. 18 minutos de duración. Rodada en ruso. Esta película se realizó como parte del proyecto titulado “Mekenim Kyrgyzstan” (2012) y en ella participaron los Estudios Cinematográficos Nacionales Kyrgyzfilm T. Okeyev.

Kyrgyz-kazak birtuugan. Dirigida por N. Abdykadyrov. 158 minutos de duración. Rodada en kirguiso. Una coproducción de los Estudios Cinematográficos Nacionales Kyrgyzfilm T. Okeyev y los estudios Nomad-film.

201.Uno de los principales objetivos de las agrupaciones teatrales y de espectáculos es fortalecer la paz y la armonía en base a las ideas de tolerancia y comprensión, así como promover la armonía interétnica y la colaboración entre culturas. En total existen en la República las siguientes instituciones culturales de diferente índole: Casas de la Cultura (704), bibliotecas (1.065), museos (65), teatros (19), sociedades filarmónicas (3), circos (1), Museo de Bellas Artes G. Aytyev (1).

202.Desde 2011 los teatros estatales organizan representaciones artísticas destinadas a fortalecer y desarrollar las relaciones interétnicas. En la provincia de Osh, el Teatro Académico de Música y Drama Babur ofrece obras en kirguiso y uzbeko. Fueron bien recibidas las representaciones tituladas Semetey syn Manasa (Semetey hijo de Manás), que cuentan la educación de Semetey en casa de su tío, el Kan de Bujará. En el Teatro de Música y Drama A. Zhaynakov, situado en la provincia de Batken, desde 2014 se representa el espectáculo Dostor (Amigos), cuya idea central es la amistad de los pueblos de Kirguistán y Tayikistán.

203.A fin de fortalecer la colaboración entre las culturas de la República, los clubes organizan eventos tales como los denominados “Yr-Kese”, “El Ichi Oenoer Kenchi”, “Aiyl Talanttary” y “Nooruz”, junto con exposiciones y ferias que cuentan con la participación de vecinos pertenecientes a distintos grupos étnicos, donde estos muestran sus costumbres y tradiciones y se tocan instrumentos típicos de su etnia. Además, existen conjuntos y agrupaciones de aficionados, tales como el Coro Popular Ruso Pryalitsa, el Conjunto Uigur de Instrumentos Folclóricos, el Grupo de Danza del Cáucaso, el Coro Ucraniano, el Conjunto Dungano de Instrumentos Folclóricos, y otros conjuntos musicales de diferentes comunidades étnicas que habitan en la República.

204.En Kirguistán tienen lugar eventos culturales internacionales tales como los Juegos Nómadas Mundiales, así como el denominado “Eposy Narodov Mira”, o el festival de artesanía Oymo, que contribuyen al fortalecimiento de la amistad y el entendimiento entre las diferentes naciones.

205.En Kirguistán y a nivel internacional gozan de un especial éxito los Juegos Nómadas Mundiales (World Nomad Games), consistentes en competiciones deportivas internacionales de deportes étnicos. Estas competiciones se basan en los juegos populares de los pueblos históricamente nómadas de Asia Central.

206.Fines y objetivos de los Juegos:

Preservación y resurgimiento de la cultura de los pueblos nómadas del mundo, a través del fortalecimiento de los lazos culturales entre los países participantes;

Preservación e internacionalización de los deportes nacionales de los pueblos nómadas del mundo;

Apoyo a instituciones que tengan como objetivo el desarrollo y la promoción del deporte étnico en el mundo.

207.Kirguistán impulsó la celebración de los Juegos Nómadas Mundiales. Las ediciones primera y segunda de los Juegos Nómadas Mundiales se celebraron del 9 al 14 de septiembre de 2014 y del 3 al 8 de septiembre de 2016 en la ciudad kirguisa de Cholpon Ata, perteneciente a la provincia de Issik-Kul. Si en la primera edición de estos juegos participaron deportistas de 19 países, en la segunda edición el número de países fue de 68.

208.Los Juegos van acompañados de diversos programas etnoculturales. A tal efecto, como parte de los Juegos Mundiales, se desplegó un poblado de yurtas en el terreno de Kyrchyn, cerca de la ciudad de Cholpon Ata, al tiempo que se organizaron exhibiciones de otros deportes nacionales no incluidos en el programa de las competiciones, junto con representaciones teatrales que reflejaban la singularidad de las tradiciones y la cultura del pueblo kirguiso y otros espectáculos.