Naciones Unidas

CERD/C/KGZ/5-7

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial

Distr. general

8 de junio de 2012

Español

Original: ruso

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

Informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 9 de la Convención

Informes periódicos quinto, sexto y séptimo que los Estados partes debían presentar en 2010

Kirguistán * **

[10 de abril de 2012]

Informes periódicos quinto, sexto y séptimo consolidados de la República Kirguisa sobre la aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial que debían presentarse en 2010

Índice

Párrafos Página

Abreviaturas3

I.Introducción1–314

II.Información sobre la aplicación de las disposiciones de la Convención32–1829

III.Conclusiones183–18434

Anexo

Список использованной литературы35

Abreviaturas

ACNURAlto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados

CEIComunidad de Estados Independientes

ONGorganización no gubernamental

OSCEOrganización para la Seguridad y la Cooperación en Europa

PNUDPrograma de las Naciones Unidas para el Desarrollo

I.Introducción

1.Los informes quinto, sexto y séptimo de la República Kirguisa sobre la aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (que abarcan el período entre septiembre de 2007 y finales de mayo de 2011) se presentan al Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de acuerdo con las obligaciones internacionales contraídas.

2.El informe anterior, que contenía los informes periódicos segundo, tercero y cuarto (CERD/C/KGZ/4) fue aprobado mediante resolución del Gobierno de la República Kirguisa, Nº 165, de 15 de marzo de 2006, y presentado oportunamente al Comité.

3.Mediante Decreto del Presidente de la República Kirguisa, Nº 204, de 5 de julio de 1997, se creó la Comisión de Derechos Humanos adscrita al Presidente como organismo deliberativo y consultivo para asistir al Jefe del Estado en el ejercicio de sus competencias constitucionales de garante de los derechos y libertades humanos y civiles. Para cumplir esta tarea, la Comisión:

Participa en la preparación y la presentación de los informes de Kirguistán sobre la garantía de la protección de los derechos humanos y civiles a las Naciones Unidas, la OSCE y otras organizaciones internacionales facultadas en ese ámbito;

Realiza la supervisión de las actividades de los organismos estatales encargados de la garantía y protección de los derechos y libertades humanos y civiles en la República Kirguisa.

4.En el período entre 2007 y el primer semestre de 2011 la República Kirguisa vivió varias duras conmociones, en particular la revolución de abril de 2010 que derrocó el régimen del clan familiar del segundo Presidente de Kirguistán y condujo a cambios radicales en la vida sociopolítica del país y a la sustitución del sistema de gobierno presidencialista por el parlamentario.

5.El 7 de abril de 2010, los antiguos gobernantes del país utilizaron armas de fuego para dispersar manifestaciones, a consecuencia de lo cual murieron 90 personas y más de 1.000 personas resultaron heridas de diversa gravedad.

6.En el período de 2007 a 2011 se produjeron varios conflictos interétnicos en la provincia de Chuy, y en junio de 2010 un importante conflicto interétnico entre kirguises y uzbekos en las provincias de Osh y Jalal-Abad.

7.En la aldea de Iskra del distrito de Chuy de la provincia de Chuy, del 31 de enero al 6 de febrero de 2007 se produjeron enfrentamientos entre dunganes y kirguises. Empezaron a causa de un conflicto en una sala de juegos de computadora entre jóvenes kirguises y dunganes. Durante el conflicto, en lugar de convocar a los organismos de orden público, se recurrió a la ayuda criminal de personas de la etnia dungana, quienes para dispersar a la muchedumbre dispararon hacia los kirguises e hirieron al caballo de uno de los jinetes. Esta intervención fue contraproducente, y los kirguises, indignados por el uso de armas de fuego por el grupo criminal de dunganes, empezaron a actuar contra toda la población dungana de la aldea. A consecuencia de ello, hubo seis heridos. En total, fueron arrestadas o detenidas para su investigación 32 personas. Setenta familias dunganes se marcharon del pueblo, aunque regresaron más adelante. Fueron quemados varios almiares y un cobertizo con heno. Sufrieron daños 30 casas, fueron rotos los cristales, y 11 casas fueron especialmente dañadas, pues rompieron los cristales, los muebles y las puertas, y los golpes con barras de hierro dañaron el estucado. No se quemó ni una casa.

8.El 26 de abril de 2009 en la aldea de Petrovka se produjo un enfrentamiento entre kirguises y rusos, por una parte, y curdos, por otra. El motivo fue un acto de pedofilia por parte de un violador de la etnia curda contra una niña pequeña rusa y, a consecuencia de ello, la muerte de la abuela de la niña a causa de la conmoción, así como la negativa de los organismos de interior del distrito a iniciar una causa penal en ese asunto. Indignada por el acto de pedofilia, la población local, integrada por kirguises y rusos, se tomó la justicia por su mano y empezó a agredir a toda la población curda de la aldea. Los enfrentamientos produjeron 80 heridos. Fueron destrozadas 15 casas, rotos los cristales y las puertas, las vallas y las construcciones auxiliares. Algunas familias curdas huyeron de sus casas temporalmente por temor a la violencia. Las casas abandonadas fueron saqueadas. Más adelante el violador fue condenado por un tribunal, y los jefes de los organismos de interior del distrito fueron despedidos.

9.El 19 de abril de 2010, en la aldea de Maevka a las afueras de la ciudad de Bishkek, se produjeron disturbios masivos provocados por partidarios del Presidente derrocado, so pretexto de la ocupación de tierras de pastoreo adyacentes a la capital y pertenecientes a turcos mesjetios. A consecuencia de los disturbios murieron 4 personas, más de 40 resultaron heridas, se incendiaron 11 casas y 4 se quemaron totalmente. Fueron incautadas 857 ha de tierras de pastoreo pertenecientes a los habitantes de Maevka y distribuidas por los saqueadores para la construcción de viviendas individuales. Más adelante, los organismos de orden público y las milicias populares de voluntarios devolvieron las tierras incautadas a sus propietarios y detuvieron a los instigadores de los disturbios. Se celebraron procesos judiciales contra cinco personas cuya culpabilidad fue demostrada. Una de ellas, Isabay Ashirov, fue condenado a siete años de privación de libertad.

10.Los trágicos acontecimientos en el sur de Kirguistán ocurridos del 10 al 14 de junio de 2010, provocados por los partidarios del régimen del clan familiar de K. S. Bakiev, estuvieron acompañados de estallidos de violencia, numerosas víctimas, incendios a gran escala y destrucción. El motivo fue un conflicto en una sala de juegos al lado del hotel Alay, aproximadamente a las 23.00 horas del 10 de junio de 2010, entre jóvenes kirguises y uzbekos. Aprovechando el conflicto, unos desconocidos provocaron el ataque de los uzbekos contra los kirguises que duró hasta la mañana del 11 de junio. Los enfrentamientos masivos entre kirguises y uzbekos tuvieron una intensidad variable, aunque después de la llegada de refuerzos de grandes grupos de kirguises procedentes de zonas rurales, empezó la destrucción de los distritos uzbekos de la ciudad de Osh.

11.El 11 de agosto de 2011 se celebró una reunión interinstitucional con la participación del personal directivo de la Fiscalía General, el Comité Nacional de Seguridad Nacional, el Ministerio del Interior y el Servicio Estatal de Asuntos Penitenciarios de la República, en que se examinaron los resultados de la aplicación del plan interinstitucional de acción para la detección, la investigación y el examen de las causas penales relacionadas con los acontecimientos trágicos en el sur de Kirguistán y la prevención de su repetición en el futuro. A consecuencia de la reunión y por indicación de la Fiscalía General, se crearon grupos de trabajo integrados por representantes de la Fiscalía General, el Ministerio del Interior y el Ministerio de Sanidad para precisar la información sobre las víctimas mortales de los disturbios masivos ocurridos en la ciudad de Osh y en las provincias de Osh y Jalal‑Abad en junio de 2010. Durante la labor de dichos grupos de trabajo se descubrieron pequeñas discrepancias sobre el número de víctimas mortales identificadas y no identificadas que se subsanaron a continuación. Al 15 de septiembre de 2011, se encontraron 436 muertos en relación con las causas penales sobre los acontecimientos de junio de 2010, de los cuales 415 fueron identificados y 21 seguían sin identificar (en la ciudad de Osh, 10; en la provincia de Osh, 10; y en la provincia de Jalal-Abad, 1). Se remitieron a los tribunales 268 causas relacionadas con 467 personas, de las cuales se examinaron 227 causas penales relacionadas con 412 personas (122 kirguises, 279 uzbekos y 11 personas de otros grupos étnicos). A consecuencia de ello fueron condenadas 387 personas (103 kirguises, 273 uzbecos y 11 de otros grupos étnicos).

12.Durante los acontecimientos de junio fueron destruidas y robadas 3.671 unidades de bienes, de las cuales 257 eran propiedad del Estado y 3.414, de particulares. Fueron destruidas 1.861 viviendas. La suma total de los daños materiales ocasionados por todos los delitos fue de 3.757.661.429 som. Los daños relacionados con las causas penales examinadas en los tribunales ascienden a 77.779.512 som, de los cuales se indemnizaron 7.267.490 som o el 9,3%:

Las personas del grupo étnico kirguís causaron daños por una suma de 9.382.092 som, de los cuales fueron indemnizados 100.000 som;

Las personas del grupo étnico uzbeko causaron daños por una suma de 61.507.740 som, de los cuales fueron indemnizados 7.167.490 som.

13.Durante los disturbios y después de ellos, cerca de 100.000 refugiados de la ciudad de Osh y de las provincias de Osh y Jalal-Abad se trasladaron a Uzbekistán, aunque más adelante volvieron a Kirguistán; decenas de miles de kirguises huyeron a las zonas montañosas y al norte de la República. También fueron elegidos como destino otros países, principalmente Rusia, adonde marcharon 38.213 personas, la mayoría de las cuales eran uzbekos. A consecuencia de los disturbios se perdieron 84.289 puestos de trabajo.

14.Según los datos de la Fiscalía General de Kirguistán, en el sur del país se produjeron 25 incidentes de incautación de armas, municiones y equipo militar. Se registraron 7 incidentes de entrega de armas a personal civil. Todos los incidentes de incautación o entrega de armas han sido objeto de investigación.

15.En una reunión ampliada de la Junta de la Fiscalía General, celebrada el 12 de febrero de 2011 en la ciudad de Bishkek, con la participación de la Presidenta de la República R. I. Otunbaeva, se observó que de más de 5.000 causas penales incoadas a consecuencia de los acontecimientos de junio en el sur de Kirguistán, se transmitieron a los tribunales 190, lo cual equivale al 3,6%:

En la ciudad de Osh, de las 3.184 causas se transmitieron a los tribunales 75 (el 2,3%);

En la provincia de Osh, de las 1.279 causas se transmitieron a los tribunales 58 (el 4,5%);

En la provincia de Jalal-Abad, de las 810 causas se transmitieron a los tribunales 36 (el 4,4%).

16.Con el fin de analizar los trágicos acontecimientos de 2010, diversas organizaciones internacionales y asociaciones públicas crearon varias comisiones que trabajaron simultanea y paralelamente: la Comisión Independiente del Defensor del Pueblo de Kirguistán, Internacional Crisis Group, la Federación Internacional de los Derechos Humanos, Amnistía Internacional, Human Rights Watch, Open Society (informe de Neil Mervin), la Comisión nacional de investigación de los acontecimientos de junio de 2010 en el sur de Kirguistán (dirigida por A. E. Erkebayev) y la Comisión del Parlamento.

17.Inmediatamente después de los acontecimientos ocurridos en junio de 2010, la opinión pública internacional y nacional pronunció llamamientos en pro de la creación de una comisión internacional independiente para investigar los eventos de junio, y a finales de octubre de 2010 se adoptó la decisión de crear una Comisión Internacional Independiente para investigar los acontecimientos en el sur de Kirguistán ocurridos en junio de 2010. El 3 de mayo de 2011 se presentó el informe de la Comisión, junto con los comentarios del Gobierno de la República de Kirguistán, que provocó una reacción violenta en la sociedad kirguisa, la cual acusó a la Comisión de un planteamiento unilateral del análisis de los acontecimientos en el sur del país. Ciertamente, los miembros de la Comisión en varios casos reflejaron los acontecimientos describiendo detalladamente los actos de violencia cometidos por una de las partes étnicas, y mencionando brevemente o sin mencionar los actos de la otra. Por ejemplo, en el informe se menciona brevemente a Askar Shakirov, diputado del Kenesh local, que el 11 de junio intentó llamar a las partes a la reconciliación, y muerto por un disparo de la parte uzbeka. Al describir los abusos de los kirguises contra mujeres uzbekas, los miembros de la Comisión no reflejaron el asesinato brutal de Sultanov, Jefe de la Oficina de Interior del distrito de Kara-Suy, ni del chofer, el agente de la policía Shamurzaev, que fue decapitado vivo cuando traía en el maletero de su coche alimentos para los rehenes. Lo mismo se aplica a los acontecimientos en torno a la fábrica de procesamiento de algodón Sanpa, donde fueron muertos más de diez kirguises, incluidas mujeres y niños. Este enfoque en el informe de los acontecimientos no contribuye a la reconciliación ni a la estabilidad.

18.Investigadores de la Academia Nacional de Ciencias de la República Kirguisa realizaron un análisis del contenido del texto del informe de la Comisión utilizando el siguiente procedimiento: determinaron las unidades semánticas que describían de forma negativa, neutral o positiva los actos de una u otra parte en el conflicto, en este caso, la parte kirguisa. En total, en el informe de la Comisión había 457 unidades semánticas. Los resultados del análisis del contenido mostraron que 236 (el 51,6%) unidades contienen características negativas (-), 154 (el 33,7%), neutrales (0) y solamente 67 (el 14,7%) positivas (+).

19.El Gobierno de Kirguistán, al aceptar en general el informe de la Comisión, observó en los comentarios que:

Apoyaba la política de transparencia y había iniciado él mismo una investigación sin precedentes en el espacio postsoviético mediante la creación de la Comisión Internacional Independiente;

Había colaborado plenamente con la labor de la Comisión garantizando la seguridad y el acceso a las fuentes de información;

El 16 de junio de 2010 había reconocido su responsabilidad por lo ocurrido de forma abierta y honesta;

Había conseguido de forma independiente, sin recibir la asistencia esperada, detener la violencia y contener el conflicto en cuatro días;

Había impedido una catástrofe humanitaria y ofrecido vivienda a todos los damnificados hasta el invierno;

Estaba dispuesto a aplicar las recomendaciones de la Comisión.

20.Al mismo tiempo, en sus comentarios al informe de la Comisión, el Gobierno de Kirguistán expresó su desacuerdo con algunas de las conclusiones y evaluaciones de la Comisión Internacional y consideró necesario exponer otro punto de vista:

En particular, no habría base suficiente para concluir que durante los acontecimientos de junio en el sur de Kirguistán ocurrieron actos que podían calificarse de crímenes contra la humanidad;

Los trágicos acontecimientos del 10 al 14 de junio de 2010 fueron provocados por un conflicto interétnico, en que ambas partes estaban armadas, cometieron actos de violencia contra la otra y causaron víctimas;

La Comisión Internacional no hizo un análisis profundo de las circunstancias ni los motivos que precedieron el conflicto y fueron la causa profunda de que se desatara, a saber, que los acontecimientos de junio de 2010 fueron una consecuencia directa de los acontecimientos del 7 de abril (87 muertos y más de 1.000 heridos);

Hubo intentos repetidos de restaurar el poder del régimen del clan familiar de K. Bakiev; en abril y mayo solamente en la ciudad de Bishkek se produjeron más de 120 acciones masivas;

Hubo intentos de provocar el conflicto en el norte, en la provincia de Chuy: en la aldea de Maevka y la ciudad de Tokmok;

Los revanchistas utilizaron el antagonismo entre el norte y el sur el y la memoria histórica del conflicto de Osh de 1990;

Las consecuencias de la llegada al poder de los secuaces de K. Bakiev, en particular en las fuerzas del orden, que servían y defendían con dureza los intereses del régimen del clan familiar;

Era preciso tener en cuenta los efectos de la redistribución del tráfico de drogas y de los grupos criminales;

Además, era dudoso que la Comisión aplicara su metodología de investigación de forma uniforme a las dos partes del conflicto;

La cronología del conflicto estaba expuesta de forma irregular y no contenía una serie de episodios importantes;

No se mencionaban los actos de las autoridades para organizar corredores humanitarios para los refugiados, la evacuación de la ciudad de Osh de más de 3.000 ciudadanos extranjeros, la liberación de más de 1.000 rehenes ni las acciones del Estado y de la sociedad civil para impedir una catástrofe humanitaria.

21.El Zhogorku Kenesh de la República de Kirguistán creó su propia comisión parlamentaria interina para investigar los acontecimientos del sur de Kirguistán, que presentó tres versiones de la investigación: el informe firmado por la mayoría de miembros de la comisión interina dirigidos por el diputado T. Mamytov, el informe de la comisión firmado por el diputado I. Isakov y el informe presentado por la diputada Z. Dzholdosheva.

22.El debate sobre las tres versiones del informe de la comisión interina, que se emitió en directo por televisión, despertó una fuerte reacción entre los diputados del Zhogorku Kenesh y la opinión pública, demostrando el empeño de los organismos del poder estatal por debatir abiertamente los problemas acuciantes de las relaciones interétnicas.

23.La Fiscalía General, al informar sobre su labor en el primer semestre de 2011, observó la baja tasa de detección de los delitos cometidos en junio de 2010 en el sur del país. Por ejemplo, los organismos de orden público iniciaron 5.627 causas penales sobre los disturbios en las provincias de Osh y Jalal-Abad, de los cuales se resolvió únicamente el 6,2%. La mayor parte no se resuelve por razones objetivas: no están identificadas las personas que cometieron los delitos debido a que en los disturbios participaron activamente personas que habían venido de fuera y no los habitantes locales, y la mayoría de los sospechosos de haber delinquido se encuentra fuera de la República.

24.La Jefa del Estado señaló los casos de violación de los derechos humanos durante la instrucción del sumario y las actuaciones en los tribunales. En su intervención de 1º de febrero de 2011 en la ciudad de Osh, durante la reunión con los dirigentes de las provincias del sur, R. I. Otunvaeva exhortó a los jefes de los organismos de interior a que cesaran los actos ilícitos durante la detención de personas, las redadas y la redistribución de bienes.

25.El debate amplio y abierto sobre los acontecimientos trágicos de junio de 2010 y la voluntad política de los dirigentes del país han originado esfuerzos decididos por comprender la situación interétnica, una serie de medidas por parte del Estado y la sociedad en pro del respeto de los derechos humanos, un mayor desarrollo de la democracia y una labor para reformar los organismos de orden público del país.

26.En agosto de 2010, en la Oficina de la Presidenta de Kirguistán se creó un departamento de política étnica y religiosa y colaboración con la sociedad civil, y las administraciones de distrito y provinciales de Osh, Jalal-Abad, Batken y Ysyk-Kol, así como los ayuntamientos de las ciudades importantes, nombraron a funcionarios responsables por la supervisión de la situación y la aplicación de la política de desarrollo étnico.

27.La Asamblea del Pueblo empezó una labor a gran escala para consolidar una sociedad multicultural y multilingüe, desarrollar una política equilibrada en el ámbito de las relaciones interétnicas y, con ese fin, elaboró y está aplicando el Marco conceptual de política étnica y consolidación de la sociedad en Kirguistán y el Plan de acción hasta 2015, aprobados en el VII Congreso Extraordinario (Kurultai) del Pueblo de Kirguistán en junio de 2011.

28.El Marco conceptual está basado en las normas y principios de la Constitución, la legislación de la República y los compromisos internacionales. De acuerdo con el Plan de acción hasta 2015, para poner en práctica el Marco conceptual de política étnica y consolidación de la sociedad en Kirguistán, se requiere la revisión y la incorporación de modificaciones y adiciones en 22 leyes vigentes de Kirguistán.

29.Un grupo del Zhogorku Kenesh ha empezado la elaboración de un proyecto de marco conceptual de política estatal sobre relaciones interétnicas (en fase de preparación).

30.Debido a las condiciones históricas y el desarrollo demográfico, en la República Kirguisa se ha configurado un Estado multiétnico en que viven representantes de más de 90 grupos étnicos distintos. En el documento básico sobre el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos figura información detallada sobre la composición étnica de Kirguistán.

31.Según los datos del Comité Nacional de Estadística, a principios de 2011 en Kirguistán había 5.477.620 habitantes, en particular: el 71,7% eran kirguises; el 14,3%, uzbekos; el 7,2%, rusos; el 1,1%, dunganes, el 0,9%, uygures; el 0,9%, tayikos, y los demás grupos étnicos constituían el 3,9%.

II.Información sobre la aplicación de las disposiciones de la Convención

32.Mediante la Ley Nº 48, de 26 de julio de 1996, la República Kirguisa se adhirió a la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, que entró en vigor el 4 de enero de 1969. Kirguistán trabaja continuamente para armonizar la legislación nacional con dicha Convención.

33.En virtud del artículo 6 de la Constitución de la República Kirguisa, los tratados internacionales que han entrado en vigor según el procedimiento establecido por la ley y suscritos por la República Kirguisa, así como los principios y las normas universalmente reconocidos del derecho internacional, forman parte integrante del sistema jurídico de la República. Además, las normas de los tratados internacionales de derechos humanos se aplican directamente y prevalecen sobre las normas de otros tratados internacionales.

34.En el artículo 16 de la Constitución se establece que: 1) los derechos y libertades humanos son inalienables y pertenecen a cada persona de nacimiento. Los derechos y libertades humanos son el valor supremo. Son aplicables directamente y determinan el sentido y el contenido de las actividades de los poderes legislativo y ejecutivo y de las autoridades locales; 2) la República Kirguisa respeta y garantiza los derechos y libertades humanos a todas las personas dentro de su territorio y bajo su jurisdicción. Nadie podrá ser sometido a discriminación por motivos de sexo, raza, idioma, discapacidad, origen étnico, religión, edad, convicciones políticas o de otro tipo, educación, origen, situación económica o de otro tipo, u otras circunstancias.

35.El artículo 19 de la Constitución establece que:

1.En la República Kirguisa los extranjeros y apátridas gozan de los mismos derechos y tienen las mismas obligaciones que los ciudadanos de la República Kirguisa, excepto en los casos establecidos por la ley o los tratados internacionales suscritos por Kirguistán.

2.De acuerdo con sus obligaciones internacionales, la República Kirguisa otorga asilo a los extranjeros y apátridas perseguidos por motivos políticos, así como a causa de la violación de los derechos y libertades humanos.

36.De conformidad con el artículo 4 de la Constitución, en la República Kirguisa se prohíbe:

La creación de partidos políticos por motivos religiosos o étnicos y la persecución de fines políticos por los grupos religiosos;

Las actividades de los partidos políticos o de las asociaciones públicas o religiosas, de sus representantes y filiales, que persiguen objetivos políticos y cuyos actos están dirigidos a transformar violentamente el régimen constitucional, a socavar la seguridad nacional o a incitar a la hostilidad social, racial, internacional, interétnica o religiosa.

37.Conforme al artículo 31 de la Constitución, se prohíbe la propaganda del odio nacional, étnico, racial o religioso y de la superioridad de género o de cualquier otro tipo que incite a la discriminación, la hostilidad o la violencia.

38.En general, la Constitución de la República Kirguisa, aprobada mediante referendo el 27 de junio de 2010, responde a todos los requisitos de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial.

39.En la legislación de Kirguistán, las acciones dirigidas a incitar a la discriminación racial se consideran actos socialmente peligrosos, punibles según lo establecido en los artículos 97, 299 y 299-1 del Código Penal. De acuerdo con la legislación penal kirguisa, los delitos de dicha categoría forman parte de los delitos especialmente graves.

40.Por ejemplo, el artículo 97 del Código Penal establece la responsabilidad por acabar intencionadamente con la vida de otra persona por motivos de odio u hostilidad nacionales, raciales o religiosos. La comisión de ese delito se sanciona con la privación de libertad de 12 a 20 años y la incautación de bienes o sin ella, o con la cadena perpetua, con la incautación de bienes o sin ella.

41.El artículo 299 del Código Penal establece la responsabilidad por la incitación a la hostilidad nacional, racial o religiosa. Cabe observar que en la redacción de las Leyes Nº 91, de 25 de junio de 2007, y Nº 60, de 20 de febrero de 2009, se incrementó la sanción correspondiente. Por ejemplo, si en las redacciones anteriores de las leyes de 1998 y 1999 esos actos se sancionaban con multas de 100 a 150 montos del sueldo mínimo, o con la privación de libertad de tres a cinco años, en la redacciones subsiguientes de 2007 y 2009 se establecía una sanción de multa de 3.000 a 7.000 unidades de referencia, o la privación de libertad de siete a diez años, con la prohibición de ocupar determinados cargos o dedicarse a determinadas actividades.

42.El artículo 299 del Código Penal establece la responsabilidad penal por la incitación al odio nacional, racial, religioso o interregional:

Los actos dirigidos a incitar al odio nacional, racial, religioso o interregional, a menoscabar la dignidad nacional, así como la propaganda de la exclusividad, superioridad o inferioridad de los ciudadanos por motivos de religión, nacionalidad o raza, cometidos públicamente o con la utilización de los medios de comunicación, se sancionan con una multa de 500 a 1.000 unidades de referencia, o la privación de libertad de tres a cinco años;

Los mismos actos cometidos con el uso de la fuerza o la amenaza de su uso, con utilización del cargo oficial, por un grupo de personas o una asociación criminal (organización criminal), por una persona con antecedentes penales de carácter extremista (actividades extremistas), se sancionan con una multa de 1.000 a 5.000 unidades de referencia o la privación de libertad de cinco a siete años, con la prohibición de ocupar determinados puestos o dedicarse a determinadas actividades.

43.Además, mediante la Ley de incorporación de modificaciones y adiciones al Código Penal de la República Kirguisa, Nº 60, de 20 de febrero de 2009, el capítulo 29 del Código se completó con el artículo 299-1, que dice lo siguiente:

La formación y la dirección de una asociación pública u organización religiosa o una organización de otro tipo, cuyas actividades están unidas a la incitación al odio nacional, racial, religioso o interregional, el menoscabo de la dignidad nacional, la propaganda de la exclusividad, superioridad o inferioridad de los ciudadanos por motivos religiosos, se sancionan con una multa de 1.000 a 5.000 unidades de referencia, o bien la privación de libertad de cinco a siete años, con la prohibición de ocupar determinados cargos o dedicarse a determinadas actividades durante tres años;

La organización de las actividades de una asociación pública u organización religiosa o una organización de otro tipo, respecto de la cual existe una decisión judicial de disolverla o prohibir sus actividades a causa de su carácter extremista, así como la captación de ciudadanos para sus actividades, se sancionan con una multa de 2.000 a 6.000 unidades de referencia, o la privación de libertad de seis a ocho años, con la prohibición de ocupar determinados puestos o dedicarse a determinadas actividades;

La participación en las actividades de una asociación pública o una organización religiosa o una organización de otro tipo, respecto de la cual un tribunal ha dictado la orden, ya en vigor, de disolverla o prohibir sus actividades por su carácter extremista, se sanciona con una multa de 1.000 a 3.000 unidades de referencia, o la privación de libertad de tres a cinco años, con la prohibición de ocupar determinados puestos o dedicarse a determinadas actividades;

Los actos previstos en los párrafos 1, 2 y 3 del artículo, cometidos con abuso de posición oficial, así como por una persona con antecedentes penales de carácter extremista (actividades extremistas), se sancionan con una multa de 3.000 a 7.000 unidades de referencia o la privación de libertad de siete a diez años, con la prohibición de ocupar determinados puestos o dedicarse a determinadas actividades.

44.El artículo 134 del Código Penal establece la responsabilidad por la violación de la igualdad de derechos por motivos de sexo, raza, nacionalidad, idioma, origen, situación económica u oficial y otros actos discriminatorios, que se sancionan con multa o dos años de privación de libertad.

45.De acuerdo con las normas del derecho internacional, el artículo 373 del Código Penal define el genocidio como "los actos perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, mediante la matanza de los miembros del grupo, la lesión grave de la integridad física o mental u otros actos ilícitos por motivos de animosidad".

46.El Fiscal General de la República Kirguisa publicó el 19 de mayo de 2011 una instrucción dirigida a intensificar la inspección fiscal de la aplicación de las normas contenidas en los artículos 16 y 31 de la Constitución, que prohíben la discriminación por motivos de raza, origen étnico, religión, así como la propaganda del odio u hostilidad nacionales, étnicos, raciales o religiosos. Se encargó a los fiscales locales que, basándose en el análisis de la situación de la legalidad, realizaran verificaciones sistemáticas de la aplicación de la legislación por los organismos del poder y administración locales, así como sus funcionarios, en lo que respecta a la prohibición de la discriminación y la hostilidad nacional, étnica, racial y religiosa. Además, se prestaría especial atención al control continuo y eficaz de la aplicación de dicha legislación sobre la prohibición de la discriminación o la hostilidad nacional, étnica, racial o religiosa en las actividades de los organismos de orden público y otros organismos estatales, en particular de la oportunidad, integridad, legalidad y validez de las medidas adoptadas por estos. En cada caso de aparición en los medios de comunicación o de presentación de peticiones a los organismos de la fiscalía sobre incidentes de incitación a la discriminación o la hostilidad nacional, étnica, racial o religiosa, era preciso transmitir inmediatamente los materiales al Comité Estatal de Seguridad Nacional y adoptar medidas de acuerdo con la ley. La prevención de la discriminación o la hostilidad nacional, étnica, racial o religiosa requiere la cooperación con las asociaciones públicas y religiosas y otras organizaciones sin fines de lucro. Los organismos de la fiscalía, en estrecha cooperación con otros organismos de orden público, debían organizar un sistema de reunión, almacenamiento y procesamiento de datos sobre la incitación a la discriminación o la hostilidad nacional, étnica, racial o religiosa y examinar los incidentes más apremiantes y complejos en las reuniones interinstitucionales de los jefes de los organismos de orden público.

47.En sus actividades para garantizar la seguridad nacional, en particular las medidas antiterroristas, el Comité Estatal de Seguridad Nacional desarrolla su labor respetando estrictamente los derechos y libertades humanos y civiles consagrados en la Constitución y las normas del derecho internacional en ese ámbito.

48.Al adoptar medidas de lucha contra el terrorismo y el extremismo, el Comité Estatal de Seguridad Nacional no establece categorías de personas por sexo, raza, idioma u origen étnico, persiguiendo un único objetivo: garantizar la seguridad de la persona, de la sociedad y del Estado, así como mantener la paz y la concordia entre el pueblo multiétnico de Kirguistán. Se presta especial atención a la labor de investigación para identificar y detener a las personas cuyos actos están dirigidos a la discriminación de los ciudadanos por motivos de raza, sexo u origen étnico.

49.Actualmente, con la participación del Comité Estatal de Seguridad Nacional se imparten clases y se adoptan otras medidas para prevenir la violación de la legislación, en particular de los derechos humanos y civiles, destinadas a inculcar a los funcionarios la intolerancia hacia fenómenos negativos tales como la discriminación por motivos de raza u origen étnico.

50.El Ministerio del Interior observa que las unidades de investigación de los organismos de interior, en sus actividades procesales penales, se atienen estrictamente a las disposiciones de la Constitución vigente y a las leyes basadas en ella, en particular los Códigos Penal y de Procedimiento Penal de la República, que rigen las cuestiones procesales. Todos los actos procesales y las decisiones de los jueces de instrucción se reflejan, sin excepción, en el expediente de la causa penal y, en caso de violación de la legislación vigente durante el procedimiento penal, los ciudadanos tienen derecho a recurrir ante el fiscal supervisor o un tribunal prácticamente todos los actos o decisiones del juez de instrucción.

51.Con el fin de supervisar de forma eficaz las actividades de las autoridades estatales y locales, mediante Decreto presidencial Nº 212, de 29 de septiembre de 2010, sobre la mejora de la colaboración de los organismos de administración estatal con la sociedad civil, se crearon consejos públicos de supervisión adscritos a esos organismos.

52.De acuerdo con la disposición correspondiente, los consejos son organismos consultivos de supervisión creados para asegurar la participación de los ciudadanos en el control público de las actividades de los organismos del poder ejecutivo, a los cuales están adscritos, estableciendo una colaboración eficaz de dichos organismos con los ciudadanos y teniendo en cuenta la opinión pública en la formulación y aplicación de la política estatal.

53.En la República Kirguisa se observa un aumento de la influencia de las organizaciones públicas en la vida sociopolítica del país; por ejemplo, en 1994, por primera vez en el territorio de la Comunidad de Estados Independientes (CEI), se creó la Asamblea del Pueblo de Kirguistán, una institución que agrupa los centros nacionales y culturales de las diversas comunidades étnicas. En el momento de su creación, la Asamblea reunía a 11 centros culturales nacionales. Actualmente integran la Asamblea 29 organizaciones y existen 2 filiales regionales en las provincias de Osh y Jalal-Abad. Con el fin de mejorar la colaboración entre los organismos estatales y la sociedad civil, se crearon comités consultivos provinciales en las provincias de Osh, Jalal-Abad, Chuy e Yskyk-Kul. En la ciudad de Tokmok se formó un Consejo de Desarrollo Étnico. La Asamblea tiene la condición jurídica de organismo consultivo y deliberativo adscrito a la Presidencia de Kirguistán.

54.En 2011, se celebró en Bishkek el VII Congreso Extraordinario de la Asamblea del Pueblo de Kirguistán, en que se aprobó el Marco conceptual de la política étnica y la consolidación de la sociedad de la República, el Plan de acción hasta 2015, una nueva redacción de los estatutos, una comisión de auditoría y la composición del Consejo integrada por 65 miembros, entre los cuales hay varios jefes de algunos ministerios e instituciones y representantes de las asociaciones públicas que son miembros de la Asamblea.

55.De acuerdo con la nueva redacción de los estatutos, la Asamblea es una persona jurídica llamada a contribuir a la consolidación de la sociedad sobre la base de una identidad cívica común y la responsabilidad conjunta de todos los ciudadanos en la tarea de preservar la unidad y la diversidad cultural del país con objeto de lograr el desarrollo democrático progresivo y fomentar una mayor armonía interétnica, la paz civil, la integración y la unidad del pueblo de Kirguistán.

56.La Asamblea del Pueblo de Kirguistán se ha creado para:

La consolidación de la sociedad sobre la base de una identidad cívica común y la responsabilidad conjunta de todos los ciudadanos en la tarea de preservar la unidad y la diversidad cultural del país;

El respeto de los intereses de las comunidades étnicas que constituyen junto con los kirguises el pueblo de Kirguistán;

La garantía del desarrollo étnico para la consolidación de la población y el fortalecimiento de la colaboración entre todas las capas de la sociedad civil;

La preservación y el desarrollo de la identidad étnica, lingüística y cultural y la integración de las culturas étnicas en la formación de la comunidad espiritual y cultural del pueblo de Kirguistán;

La creación y el desarrollo de nuevas formas de colaboración de las etnias a todos los niveles, así como la afirmación de la asociación en todos los ámbitos de la sociedad civil;

La adopción de medidas para prevenir las situaciones de tensión y eliminar las confrontaciones y el extremismo;

El fomento de las actividades de las asociaciones públicas étnicas en cuanto al respeto de los derechos de los grupos étnicos y la participación en todos los ámbitos de la vida estatal y pública de la República Kirguisa.

57.La Asamblea tiene derecho a:

Elaborar y presentar a examen del Presidente, del Zhogorku Kenesh y del Gobierno de la República Kirguisa propuestas sobre los derechos de las comunidades étnicas, la preservación y el desarrollo de la salud espiritual, moral y física de cada etnia, además de su cultura, idioma, religión, tradiciones y costumbres;

Contribuir a la solución de los problemas específicos del grupo étnico kirguís relacionados con la preservación de su patrimonio cultural y el desarrollo de la lengua estatal;

Examinar y presentar a los organismos de la administración local propuestas para la solución de problemas étnicos e interétnicos;

Participar en la preparación y realización de análisis públicos de los proyectos de ley que reglamentan las relaciones jurídicas en el ámbito de las relaciones interétnicas e interreligiosas;

Preparar recomendaciones para prevenir y resolver las situaciones de conflicto en la sociedad, teniendo en cuenta las medidas prácticas para solucionar esas divergencias.

58.El Plan de acción de política étnica y consolidación de la sociedad de la República Kirguisa hasta 2015 se ha desarrollado para poner en práctica las disposiciones definidas en el Marco conceptual de la política étnica y la consolidación de la sociedad de la República y prevé las medidas necesarias de carácter institucional, organizativo, tecnológico, financiero e informativo en cinco ámbitos prioritarios: política y planificación lingüísticas; medios de comunicación y cultura; enseñanza multicultural y multilingüe; auténtica participación de los ciudadanos en la vida política, económica y social; y administración de las relaciones interétnicas en las comunidades locales.

59.Además de la Asamblea, en el país despliegan actividades muchas ONG, cuyo centro de atención son las relaciones interétnicas.

60.El Defensor del Pueblo (Akykatchy) de la República se encarga de forma permanente del control sobre el respeto de los derechos y libertades civiles y humanos consagrados en la Constitución. En sus actividades el Defensor del Pueblo se guía por la Constitución, las leyes de la República Kirguisa, los tratados y acuerdos internacionales suscritos por Kirguistán, así como los principios y normas universalmente reconocidos del derecho internacional. El conjunto de sus actividades está determinado en la Ley del Defensor del Pueblo (Akykatchy) de la República Kirguisa (en adelante, Ley del Defensor del Pueblo).

61.Las actividades del Defensor del Pueblo abarcan las cuestiones que surgen en la realización de los derechos y libertades humanos y civiles entre los ciudadanos kirguises o los ciudadanos apátridas que se encuentran en el territorio de Kirguistán y los organismos de administración estatal y local y sus funcionarios.

62.De acuerdo con el artículo 3 de la Ley del Defensor del Pueblo, además de otros derechos y libertades humanos, el Defensor del Pueblo supervisa la prevención de cualquier forma de discriminación en el ejercicio de los derechos y libertades de la persona. Conforme al artículo 10 de dicha Ley, el Defensor del Pueblo examina las peticiones y denuncias de los ciudadanos kirguises y de los extranjeros y apátridas que se encuentran en el territorio de la República relativas a las decisiones o acciones (omisiones) de los organismos estatales y locales que vulneran los derechos y libertades humanos y civiles.

63.El 26 de julio de 1996, se aprobó la Ley de adhesión a la Convención Internacional sobre la Represión y el Castigo del Crimen de Apartheid, según la cual los actos de apartheid pueden caracterizarse de genocidio.

64.El artículo 373 del Código Penal (Genocidio) tipifica como delito penal los actos perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso mediante la matanza de miembros del grupo, la lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo, las medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo, el traslado por fuerza de niños del grupo a otro grupo o el sometimiento del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física. Conforme a la legislación penal, dichos actos forman parte de la categoría de delitos especialmente graves y se sancionan con la privación de libertad de 12 a 20 años o la cadena perpetua.

65.En el informe de la Comisión Internacional Independiente para investigar los acontecimientos en el sur de Kirguistán ocurridos en junio de 2010 se reconocía que, a pesar de los múltiples actos violentos, los acontecimientos de junio no se podían calificar del delito de genocidio.

66.En virtud del artículo 16 de la Constitución, la República Kirguisa respeta y garantiza los derechos y libertades humanos y civiles a todas las personas que se encuentran en su territorio y bajo su jurisdicción. Nadie podrá ser sometido a discriminación por motivos de sexo, raza, idioma, discapacidad, grupo étnico, religión, edad, convicciones políticas o de otro tipo, educación, origen, situación económica u oficial, ni por otras circunstancias. En la República Kirguisa todos son iguales ante la ley y los tribunales.

67.Conforme al artículo 16 del Código de Procedimiento Penal, la justicia se administra de acuerdo con el principio de igualdad de los ciudadanos ante la ley y los tribunales, independientemente de su origen social, situación material u oficial, raza o nacionalidad, sexo, educación, idioma, actitud hacia la religión, convicciones, militancia en asociaciones públicas, lugar de residencia u otras circunstancias.

68.En el artículo 550 del Código de Responsabilidad Administrativa se establece que el examen de una causa sobre infracciones administrativas se lleva a cabo sobre la base del principio de igualdad de todos los ciudadanos ante la ley y ante el organismo que examina la causa, independientemente de su origen, situación social o económica, raza, nacionalidad, sexo, educación, idioma, actitud hacia la religión, tipo y carácter de ocupación, lugar de residencia y otras circunstancias.

69.Según los datos de la Fiscalía General, en el primer trimestre de 2011 se incoaron 32 causas penales por incitación a la discordia interétnica, de las cuales 1 fue iniciada por los organismos de la fiscalía, 24, por el Ministerio del Interior, y 7, por el Comité Estatal de Seguridad Nacional. Del número total de causas iniciadas, concluyeron las investigaciones y se enviaron a los tribunales 17 causas penales relacionadas con 18 personas, y 2 causas fueron suspendidas debido a que no fueron identificadas las personas que debían ser acusadas. Trece causas penales están en la fase de investigación.

70.En el período entre 2007 y el primer trimestre de 2011, el Comité Estatal de Seguridad Nacional recibió 28 peticiones y comunicaciones de ciudadanos sobre cuestiones interétnicas. Sin embargo, las verificaciones no confirmaron que hubiera delitos por motivos de origen étnico. Además, los organismos de instrucción del Comité Estatal investigaron varios delitos relacionados con la incitación a la hostilidad nacional, racial y religiosa: 66 causas penales y 58 inculpados en 2010; y en cuatro meses de 2011, 25 causas penales y 20 inculpados.

71.Asimismo, en el contexto de las medidas preventivas, los organismos del Comité llevan a cabo continuamente labores de información y prevención. Por ejemplo, en 2010 se celebraron 50 actos preventivos, de los cuales 18 eran informativos (en particular, 10 en la prensa, y 8 en la televisión); en cuatro meses de 2011, 16 actos preventivos generales, y 6 informaciones se transmitieron a las instancias competentes. Además, se organizó y celebró una mesa redonda sobre la tolerancia y la concordia interétnica y las relaciones interconfesionales en la República Kirguisa, y se elaboraron planes interinstitucionales sobre medidas conjuntas de prevención de los enfrentamientos interétnicos y la consolidación de las relaciones interétnicas.

72.Según los datos del centro de información del Ministerio del Interior, en el período del 1º de enero de 1999 a abril de 2011 se incoaron 1.184 causas penales por terrorismo y extremismo, de las cuales 31 estaban relacionadas con el terrorismo, y 1.153, con el extremismo, en particular:

31 causas penales en virtud del artículo 226 (Terrorismo);

337 causas penales en virtud del artículo 97 (Asesinato por motivos de odio u hostilidad interétnicos, raciales o religiosos);

27 causas penales en virtud del artículo 295 (Toma o retención violentas del poder);

3 causas penales en virtud del artículo 295-1 (Actividades separatistas);

72 causas penales en virtud del artículo 297 (Llamamientos públicos al derrocamiento violento del régimen constitucional);

686 causas penales en virtud del artículo 299 (Incitación a la hostilidad nacional, racial, religiosa o interregional);

10 causas penales en virtud del artículo 299-1 (Actividades organizadas dirigidas a incitar a la hostilidad nacional, racial, religiosa o interregional);

18 causas penales en virtud del artículo 299-2 (Adquisición, almacenamiento, transporte o envío de materiales extremistas para su difusión o su elaboración y difusión, así como la utilización intencionada de los símbolos y atributos de organizaciones extremistas).

73.El Tribunal Supremo de Kirguistán ha proporcionado datos estadísticos sobre las decisiones judiciales adoptadas en las causas penales de delitos relacionados con la incitación a la hostilidad nacional, racial, religiosa o interregional de 2007 al primer trimestre de 2011, de acuerdo con el informe consolidado de la labor de los tribunales. Conforme a la legislación penal de Kirguistán, los delitos de dicha categoría se consideran menos graves o graves (véase el cuadro 1). Nota: no se dispone de datos estadísticos sobre el origen étnico o nacional en relación con dichas causas penales, ni tampoco las causas civiles sobre indemnización o reparación relacionadas con la discriminación racial.

Cuadro 1

Condenados

Artículo del Código Penal

Año

Hombres

Mujeres

Total

Artículo 97 . Asesinato por motivos de odio u hostilidad interétnicos, raciales o religiosos

2009

1

1

Artículo 97 . Asesinato por motivos de odio u hostilidad interétnicos, raciales o religiosos

2010

3

3

Artículo 97 . Asesinato por motivos de odio u hostilidad interétnicos, raciales o religiosos

Primer trimestre de 2011

2

2

Artículo 299 . Incitación a la hostilidad nacional, racial, religiosa o interregional

2007

22

1

23

Artículo 299 . Incitación a la hostilidad nacional, racial, religiosa o interregional

2008

40

40

Artículo 299 . Incitación a la hostilidad nacional, racial, religiosa o interregional

2009

51

1

52

Artículo 299 . Incitación a la hostilidad nacional, racial, religiosa o interregional

2010

56

2

58

Artículo 299 . Incitación a la hostilidad nacional, racial, religiosa o interregional

Primer trimestre de 2011

8

1

9

Artículo 299 . Incitación a la hostilidad nacional, racial, religiosa o interregional

2007

22

1

23

74.De acuerdo con la resolución del Zhogorku Kenesh de la República Kirguisa sobre los resultados de la labor de la comisión parlamentaria interina para investigar las circunstancias y condiciones que condujeron a los trágicos acontecimientos que ocurrieron en la República de abril a junio de 2010 y evaluarlos políticamente, Nº 567, de 9 de junio de 2011:

Se exhorta al Presidente, al Zhogorku Kenesh y al Gobierno de la República Kirguisa a crear un grupo de trabajo para continuar la reforma de las fuerzas armadas, los organismos del Comité Estatal de Seguridad Nacional, el Ministerio del Interior, la Fiscalía y el sistema judicial de la República;

Considera que la antigua alta dirección del país es responsable políticamente por una política exterior e interna contraria al pueblo que condujo al empobrecimiento de la población y a la desintegración del Estado y fue la causa principal de los acontecimientos ocurridos el 6 y 7 de abril y en mayo y junio de 2010 que tuvieron graves consecuencias;

Considera a los miembros del Gobierno Provisional de la República Kirguisa políticamente responsables por no haber conseguido impedir el enfrentamiento interétnico;

Considera que los organizadores y culpables principales de los trágicos acontecimientos de mayo y junio de 2010 en la ciudad de Osh y en las provincias de Osh y Jalal-Abad son cerca de diez dirigentes de la comunidad uzbeka que participaron en actos nacionalistas separatistas en dicho período;

Pide a la Fiscalía General de la República Kirguisa que haga una evaluación jurídica de las actividades de más de 25 funcionarios nombrados de acuerdo con sus apellidos (prácticamente todos de etnia kirguisa), que ocupaban altos cargos en los organismos de orden público del país y estuvieron involucrados en los trágicos acontecimientos de julio en el sur de Kirguistán, así como de los jefes municipales y de distrito en cuyos territorios se produjeron conflictos interétnicos (más de 11 unidades administrativas);

Investigar la incautación y el robo de armas, municiones, tecnología bélica y otros bienes y determinar el grado de culpabilidad de los comandantes directos de la unidades militares y subdivisiones que permitieron que se produjeran esos hechos;

Encarga a la Fiscalía General de la República Kirguisa que investigue la responsabilidad personal de los fiscales de más de 12 territorios administrativos en cuanto a la respuesta de la fiscalía a los hechos y acontecimientos ocurridos de abril a junio de 2010.

75.La resolución del Zhogorku Kenesh de la República Kirguisa demuestra las ventajas del sistema parlamentario de gobierno:

El carácter abierto de los procedimientos democráticos de debate sobre los graves problemas interétnicos en Kirguistán;

La disposición del Estado a reconocer abierta y honestamente sus errores y defectos.

Por tanto, la resolución del Zhogorku Kenesh planteó la cuestión de la responsabilidad personal de las personas involucradas en el conflicto interétnico en el sur del país, respetando el principio de objetividad e igualdad de ambos grupos étnicos como partes involucradas en el conflicto.

76.Conforme al artículo 40 de la Constitución de la República Kirguisa, se garantiza a todos la protección judicial de sus derechos y libertades establecidos en la Constitución, las leyes y los tratados internacionales suscritos por la República, así como los principios y normas universalmente reconocidos del derecho internacional. El Estado se encarga de desarrollar los métodos, formas y maneras extrajudiciales y prejudiciales de defensa de los derechos humanos y civiles. Con el fin de garantizar los derechos de los ciudadanos en los procedimientos judiciales penales, el 17 de julio de 2009 se aprobó la Ley de asistencia jurídica estatal. Para validar las disposiciones de dicha Ley, en 2010 en dos distritos de la República se ejecutó un proyecto piloto de asistencia jurídica estatal. En cumplimiento de dicha Ley, mediante Decreto presidencial Nº 67, de 28 de marzo de 2011, se formó el Consejo Nacional de Asistencia Jurídica Estatal adscrito a la Presidencia. Integraron el Consejo abogados, jueces, representantes gubernamentales y de la sociedad civil, así como de los círculos científicos. El Consejo Nacional determina la política de organización y funcionamiento del sistema de asistencia jurídica estatal y evalúa la eficacia de sus actividades; se encarga de la selección de abogados para el Registro Estatal para la Prestación de Asistencia Jurídica; y, para prevenir las violaciones de los derechos y los intereses legítimos de los ciudadanos, examina las comunicaciones y denuncias relacionadas con el ofrecimiento de asistencia jurídica estatal.

77.En el párrafo 2 del artículo 16 de la Constitución se establece que la República Kirguisa respeta y garantiza los derechos y libertades humanos de todas las personas que se encuentran en su territorio o bajo su jurisdicción. Nadie puede ser objeto de discriminación por motivos de sexo, raza, idioma, discapacidad, grupo étnico, religión, edad, convicciones políticas o de otro tipo, educación, origen, situación económica o de otra índole, así como otras circunstancias.

78.Conforme al artículo 22 de la Constitución, nadie puede ser sometido a torturas ni otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Toda persona privada de libertad tiene derecho a recibir un trato humano que respete su dignidad. Está prohibido realizar experimentos médicos, biológicos o psicológicos con personas sin su consentimiento voluntario expreso y certificado de forma apropiada.

79.En virtud del párrafo 1 del artículo 24 de la Constitución, toda persona tiene derecho a la libertad y a la inviolabilidad personal.

80.La igualdad de los ciudadanos ante la ley y los tribunales independientemente de su origen social, la situación económica u oficial, el origen racial o nacional, el sexo, educación, idioma, actitud hacia la religión, convicciones, militancia en asociaciones públicas, lugar de residencia y otras circunstancias no solamente es un principio del procedimiento penal (art. 16), sino que también está consagrado en la Constitución de la República Kirguisa (art. 16), y su cumplimiento es parte integrante de todo estado de derecho.

81.Conforme al artículo 16 del Código de Procedimiento Penal, la administración de justicia en Kirguistán se lleva a cabo sobre el principio de la igualdad de los ciudadanos ante la ley y los tribunales, independientemente de su origen social, situación económica u oficial, raza o nacionalidad, sexo, educación, idioma, actitud hacia la religión, convicciones, militancia en asociaciones públicas, lugar de residencia y otras circunstancias.

82.El procedimiento de la administración de justicia penal está determinado en la Constitución, la Ley del Tribunal Supremo y los tribunales locales, la Ley constitucional de la condición jurídica de los jueces en la República Kirguisa y el Código de Procedimiento Penal. La legislación establece que solo los tribunales pueden administrar la justicia. Las competencias de un tribunal, los límites de su jurisdicción y el procedimiento de administración de la justicia penal están determinados por la legislación y no pueden modificarse arbitrariamente. No se permite la creación de tribunales de excepción ni especiales para el examen de causas penales.

83.Además, en el artículo 23 del Código de Procedimiento Penal sobre el idioma de la administración de justicia se establece que las personas que participan en la causa y no dominan el idioma en que se desarrollan las actuaciones tienen derecho a hacer declaraciones, prestar testimonio, presentar peticiones, conocer los materiales de la causa e intervenir durante el juicio en su lengua materna y utilizar los servicios de un intérprete. Al acusado, encausado y condenado se entrega una copia de la acusación y de la sentencia (dictamen, resolución) traducida a su lengua materna o la lengua que domine.

84.La independencia de los jueces está consagrada en la Constitución, que establece que los jueces son independientes y están subordinados únicamente a la Constitución y a las leyes, así como en el Código de Procedimiento Penal, que estipula que la injerencia a las actividades de los jueces en la administración de justicia está prohibida y se castiga por la ley. La independencia de los jueces está garantizada por la Constitución. El Código de Procedimiento Penal establece también que las causas penales deben ser examinadas por un tribunal independiente, competente e imparcial.

85.La independencia del poder judicial es uno de los principios más importantes del proceso penal imparcial, principal garantía de la imparcialidad, competencia y objetividad del tribunal. Dado que la independencia del poder judicial está garantizada por la organización del poder judicial del Estado, el sistema de contención y contrapeso, así como el grado de democracia de la estructura estatal, no se han dispuesto mecanismos especiales de supervisión para determinar el grado de independencia de los jueces en el examen de causas penales y, por tanto, el informe no contiene datos pertinentes sobre la cuestión.

86.El requisito de respetar la imparcialidad de los jueces está reflejado en el Código de Conducta Judicial: "Los jueces deben ser imparciales y no permitir influencia externa sobre sus actividades profesionales. Los jueces no pueden utilizar su posición o condición para privilegiar los intereses de parte alguna en contra de los requisitos de la ley".

87.En el informe del Grupo Independiente de Protección de los Derechos Humanos titulado "Supervisión de las actuaciones judiciales relacionadas con los trágicos acontecimientos ocurridos en el sur de Kirguistán en 2010: resultados, conclusiones y recomendaciones", se observa que hubo:

Pruebas de coacción para reconocer la comisión de delitos que no se han cometido;

Presiones sobre los familiares por parte de los organismos de orden público;

Denegación de los derechos procesales respecto de los abogados, en particular del derecho a un abogado de su elección y de entrevistas confidenciales con este.

88.La violación de los procedimientos en la vista judicial se expresó con gritos y amenazas e insultos contra los encausados, sus abogados defensores y sus familiares por parte de las víctimas, sus familiares y partidarios, y con intentos de las víctimas y sus familiares de agredir a los encausados y a sus familiares.

89.En la resolución del Zhogorku Kenesh, Nº 567, de 9 de junio de 2011, sobre los resultados de la labor de la comisión interina de diputados para investigar las circunstancias y condiciones que condujeron a los trágicos acontecimientos ocurridos en la República de abril a junio de 2010 y su evaluación política, se recomienda que el Tribunal Supremo:

Analice los resultados del examen por los tribunales de más de 17 causas penales contra personas involucradas en los acontecimientos de abril a junio de 2010, especialmente con respecto a la modificación de las medidas preventivas adoptadas y la burocracia de los tribunales;

Garantice el carácter totalmente abierto de las actuaciones de los tribunales en las causas penales contra las personas acusadas de la comisión de delitos durante los acontecimientos de junio de 2010;

Asegure el acceso de los familiares de los encausados y de representantes de organizaciones internacionales a la sala donde se celebren las vistas.

90.El Estado garantiza la seguridad de la persona y del ciudadano independientemente de su raza, origen étnico o religión. La solución de los problemas en el ámbito de las relaciones interétnicas se asegura en el marco político democrático basado en la supremacía del derecho.

91.La introducción de mecanismos para asegurar una composición multiétnica de los organismos de la administración y el establecimiento de requisitos adicionales de cualificación de la competencia del personal, en particular de los organismos de orden público, para trabajar en comunidades multiétnicas debe considerarse un método eficaz para aumentar la confianza de la población hacia esos organismos.

92.Actualmente la representación de los grupos étnicos en las fuerzas del orden sigue siendo insuficiente. El análisis de la información sobre la composición étnica de los funcionarios del Ministerio del Interior ha demostrado que existe una situación análoga. Por ejemplo, los kirguises constituyen el 92,7% del número total de funcionarios de interior.

93.En la resolución del Zhogorku Kenesh, Nº 567, de 9 de junio de 2011, sobre los resultados de la labor de la comisión interina de diputados para investigar las circunstancias y condiciones que condujeron a los trágicos acontecimientos ocurridos en la República de abril a junio de 2010 y su evaluación política, se recomienda al Presidente, al Zhogorku Kenesh y al Gobierno de la República Kirguisa que se atengan estrictamente a una política de personal equilibrada; y a los organismos de orden público y a las fuerzas del orden durante la formación, selección de personal y nombramientos que tengan especialmente en cuenta la composición multiétnica de la población, las cualidades personales, morales y profesionales de los candidatos para el trabajo y el conocimiento del idioma estatal.

94.Uno de los criterios más importante para la contratación de ciudadanos en los organismos de interior y su posterior asignación a puestos es un alto nivel de educación, la profesionalidad, las cualidades morales y psicológicas, la cultura personal, así como la experiencia de servicio en el ejército. Por desgracia, los representantes de otros grupos étnicos prefieren otras formas alternativas de servicio que no entrañan el juramento ni el cumplimiento del servicio militar, lo cual es un obstáculo para su incorporación a los organismos de orden público.

95.La Presidenta de Kirguistán, en el VII Congreso Extraordinario de la Asamblea del Pueblo, observó en su intervención que una de las maneras de mejorar la situación de los derechos de las minorías nacionales es su participación en la vida política y pública.

96.El artículo 2 de la Constitución dice que el Estado crea las condiciones necesarias para la representación de diversos grupos sociales, determinados por la legislación, en los organismos estatales y locales, en particular, con competencias para adoptar decisiones.

97.Conforme al artículo 60 de la Ley de elecciones del Presidente de la República Kirguisa y de los diputados del Zhogorku Kenesh, al determinar la lista de candidatos a diputados del Zhogorku Kenesh, los partidos políticos deben tener en cuenta lo siguiente:

No más del 70% de las listas electorales pueden ser personas del mismo sexo, y entre los hombres y las mujeres en las listas de candidatos propuestos por los partidos políticos no puede haber más de tres posiciones de diferencia;

No menos del 15% de las personas tendrá 35 o menos años;

No menos del 15% de personas tendrá un origen étnico distinto;

No menos de 2 candidatos serán personas con discapacidad, y 1 de ellas deberá incluirse entre los primeros 50 candidatos.

98.Cabe observar que el número de candidatos según el sexo, la edad y la nacionalidad cambia constantemente debido a que una serie de diputados son ascendidos a altos cargos en el Gobierno y ocupan sus puestos los siguientes candidatos de la lista, que tienen otras características demográficas: la composición del Parlamento por sexo, edad y nacionalidad varía levemente (véanse los cuadros 2 y 3).

Cuadro 2

(En porcentaje)

Características demográficas

Parlamento del 16 de diciembre de 2007 (90 diputados)

Parlamento del 10 de octubre de 2010 (120 diputados)

Mujeres

23/25 , 5

26/21, 7

Menores de 35 años

11/12, 2

8/6, 6

Otros grupos étnicos

18/20

15/12, 5

Cuadro 3

Número de diputados

Porcentaje

Parte de la población según el censo de 2009 (porcentaje)

Origen étnico

Parlamento del 16 de diciembre de 2007 (90 diputados )

Parlamento del 10 de octubre de 2010 (120 diputados)

Parlamento del 16 de diciembre de 2007 (90 diputados )

Parlamento del 10 de octubre de 2010 (120 diputados )

Uzbekos

6

3

6,6

2, 5

14 , 3

Rus os

7

6

7, 7

5

7, 8

Dungan es

1

1

1, 1

0, 8

1, 1

Ta y ik os

-

1

-

0, 8

0, 9

Kaza jos

1

1

1, 1

0,8

0, 6

U cranios

-

1

-

0,8

0, 4

Coreanos

1

1

1, 1%

0,8 %

0, 3

99.Uno de los indicadores que reflejan la situación real de la incorporación y participación de representantes de los diversos grupos étnicos a escala local es su representación en los consejos locales y entre los funcionarios municipales. El análisis de la composición de los diputados de los consejos locales mostró que el 86% de ellos eran representantes del grupo étnico kirguís. Hay considerables diferencias por regiones. La composición más multiétnica de diputados se observa en la ciudad de Bishkek, en cuyo consejo local los representantes de otros grupos étnicos constituyen el 30%; en la provincia de Chuy, el 28%; y en la provincia de Osh, el 18%. De los 524 presidentes de los consejos locales solamente el 10% representan a otros grupos étnicos. Entre los funcionarios de las administraciones municipales los kirguises constituyen el 87,4%, y los representantes de otros grupos étnicos, el 12,6%.

100.Las autoridades locales y regionales y los organismos gubernamentales no tienen suficiente personal, y los funcionarios carecen de aptitudes y conocimientos para la gestión de las relaciones interétnicas y la prevención de conflictos, lo cual ocasiona retrasos en la respuesta a los desafíos que surgen.

101.Según los datos del Departamento de Personal del Gobierno, al 1º de enero de 2008, del total de 15.785 funcionarios gubernamentales, 175 representaban minorías étnicas, de los cuales tenían cargos políticos 3 personas; al 1º de enero de 2009, de 17.978 funcionarios gubernamentales, 181 eran representantes de minorías étnicas, de los cuales ocupaban cargos políticos 5 personas; al 1º de enero de 2011, de los 16.980 funcionarios estatales administrativos, los kirguises constituirían el 91%.

102.En la resolución del Zhogorku Kenesh, Nº 567, de 9 de junio de 2011, sobre los resultados de la labor de la comisión interina de diputados para investigar las circunstancias y condiciones que condujeron a los trágicos acontecimientos ocurridos en la República de abril a junio de 2010 y su evaluación política, se recomienda que la Presidenta, el Zhogorku Kenesh y el Gobierno de la República Kirguisa adopten medidas para aplicar una política estatal de personal basada en los criterios de profesionalidad y competencia, sentido de la responsabilidad, fidelidad a los ideales del desarrollo del país, excluyendo cualesquiera discriminación por motivos étnicos, religiosos, económicos, regionales o de otra índole.

103.Asimismo, el Código de Responsabilidad Administrativa establece la responsabilidad por las infracciones relacionadas con los derechos étnicos y culturales:

La violación de los derechos de los ciudadanos a la libre elección del idioma de educación y enseñanza, la creación de obstáculos y limitaciones en la utilización de la lengua, el desprecio hacia la lengua estatal, así como hacia las lenguas de otros pueblos y grupos étnicos que residen en la República Kirguisa (art. 64);

El entorpecimiento del ejercicio del derecho a la libertad de conciencia y religión, incluido el derecho a adoptar o renunciar a convicciones religiosas o de otra índole o de ingresar o retirarse de asociaciones religiosas (art. 61).

104.La parte del Código de Responsabilidad Administrativa que se refiere al procedimiento incluye el artículo 570, en que se definen los derechos y obligaciones de los infractores, en particular el derecho a intervenir en su lengua materna u otra lengua que domine y a utilizar los servicios de un intérprete si no conoce el idioma en que se desarrollan las actuaciones.

105.En el artículo 134 del Código Penal se establece la responsabilidad por la violación de la igualdad de los ciudadanos por motivos de sexo, raza, nacionalidad, idioma, origen, situación económica u oficial y otros actos discriminatorios, que se castigan con una multa o la privación de libertad hasta dos años.

106.La participación activa en la vida económica está vinculada con la garantía del derecho a un nivel de vida digno, a la educación y el cuidado de la salud. El empleo garantiza los ingresos y es un estímulo para el desarrollo de la personalidad. El Estado asegura la participación auténtica de todos los grupos étnicos en la vida económica y social del país mediante la aplicación de un enfoque no discriminatorio en el ámbito del empleo.

107.Conforme al artículo 9 del Código del Trabajo, todos tienen iguales oportunidades para la realización de sus derechos y libertades laborales. Nadie puede verse limitado en los derechos y libertades laborales ni obtener ventajas en su ejercicio por motivos de sexo, raza, nacionalidad, idioma, origen o situación económica u oficial; edad, lugar de residencia, actitud hacia la religión, convicciones políticas, militancia o no en asociaciones públicas, así como otras circunstancias que no estén relacionadas con las cualidades laborales del trabajador ni los resultados de su trabajo. Las personas que consideran que han sido discriminadas en el trabajo tienen derecho a dirigir a los tribunales la petición correspondiente sobre la restitución de los derechos vulnerados y la indemnización por los daños materiales y morales.

108.El artículo 1 del Código de la Familia establece que se prohíben cualesquiera formas de limitación de los derechos de los ciudadanos al contraer matrimonio o en las relaciones familiares por motivos sociales, raciales, nacionales, lingüísticos o religiosos.

109.La garantía de la igualdad de acceso a los mercados de trabajo y el ejercicio de los derechos de todos los grupos a la participación efectiva en la vida económica se llevan a cabo mediante la adopción de medidas para la formación y el readiestramiento del personal. Además, el Estado dedica constante atención al respeto de los principios de no discriminación en el ámbito de los negocios.

110.La desigualdad estructural, es decir, el alto grado de pobreza en las zonas montañosas y remotas, principalmente entre personas de origen étnico kirguís, y las diferencias del nivel de vida entre las zonas rurales y urbanas, es uno de los factores de la tensión interétnica. La población que reside en zonas donde no están desarrolladas las infraestructuras social, económica y de transportes resulta especialmente vulnerable a las crecientes diferencias sociales.

111.De acuerdo con las normas y leyes vigentes, todos los ciudadanos que residen en la República tienen los mismos derechos a la atención de la salud. Conforme al artículo 16 de la Constitución, los derechos y libertades humanos son inalienables y pertenecen a cada persona desde su nacimiento. Los derechos y libertades humanos son el valor supremo; se aplican directamente y determinan el sentido y el contenido de las actividades de los poderes legislativo y ejecutivo y de los organismos de administración local. La República Kirguisa respeta y garantiza los derechos y libertades humanos a todas las personas en su territorio y bajo su jurisdicción.

112.Los derechos de los ciudadanos a la atención de la salud se establecen en la Ley de atención de la salud de los ciudadanos en la República Kirguisa, conforme al artículo 61 de la cual los ciudadanos de Kirguistán tienen el derecho inalienable a la atención de la salud que se garantiza mediante la igualdad de oportunidades para recibir atención sanitaria y medicosocial, independientemente del sexo, raza, nacionalidad, idioma, origen social, situación oficial, lugar de residencia, actitud hacia la religión, convicciones, militancia en asociaciones públicas, así como otras circunstancias.

113.En cumplimiento de dicha Ley y con el fin de asegurar los derechos de los ciudadanos a la atención de la salud, mejorar el acceso de la población a los servicios médicos y aumentar la eficacia de la protección social de los grupos vulnerables de la población, todos los años el Gobierno adopta resoluciones que aprueban el Programa de garantías estatales de la asistencia médica y sanitaria para los ciudadanos de la República Kirguisa.

114.Dicho Programa (Programa de garantías estatales) determina el alcance, el tipo y las condiciones de prestación de la asistencia médica y sanitaria a los ciudadanos de Kirguistán.

115.En 2011 el Programa de garantías estatales fue aprobado mediante la resolución del Gobierno de Kirguistán, Nº 350, de 1º de julio de 2011, sobre el Programa de garantías estatales de la asistencia médica y sanitaria para los ciudadanos de la República Kirguisa.

116.Conforme al acuerdo de subvención en virtud del programa del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), y el ACNUR y el Fondo obligatorio de seguro médico del Gobierno, desde 2002 los refugiados y solicitantes de asilo en Kirguistán están cubiertos por el seguro médico obligatorio.

117.En caso de ingreso en los hospitales de la República que trabajan de acuerdo con el sistema de pagador único, la asistencia médica a dichas personas se presta sin copago alguno, y en caso de ingreso por orden del médico en hospitales de alcance nacional, aportan el copago en calidad de asegurados.

118.De acuerdo con la base de datos del Ministerio de Sanidad de casos tratados, en el período de 2003 a 2010 en los hospitales de la República los casos tratados de diversas categorías de refugiados era de 2.244, y en seis meses de 2011, 14. Además, en los tratamientos ambulatorios dicha categoría está cubierta por el Programa adicional de seguro médico obligatorio para la dotación de medicamentos a los asegurados. Dicho Programa permite comprar medicamentos con recetas del Seguro Médico Obligatorio pagando el 50%-60% de su precio. Por ejemplo, en el período de 2002 a 2010 el número de recetas expedidas a refugiados alcanzó 1.274, y el seguro médico sufragó 74.100 som.

119.Conforme al artículo 19 de la Constitución, la República Kirguisa ofrece refugio a los extranjeros y apátridas perseguidos por razones políticas o víctimas de la violación de los derechos y libertades humanos.

120.Kirguistán, como Estado parte en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, de 1951, y su Protocolo de 1967, al que se adhirió en 1996, así como de acuerdo con la Ley de refugiados, adopta medidas para proteger a los refugiados independientemente de su raza.

121.Con el fin de lograr el ejercicio efectivo de los derechos de los refugiados y con la participación activa del ACNUR, en Kirguistán se ejecutan programas para solventar de la mejor manera posible los problemas de los refugiados. Se trata de operaciones de repatriación voluntaria de los refugiados a su país, su traslado a terceros países, así como medidas de integración en las comunidades locales.

122.Uno de los resultados importantes de esas actividades es la asistencia que se presta a los refugiados para obtener la nacionalidad. Por ejemplo, desde 2002 más de 9.000 refugiados obtuvieron la ciudadanía kirguisa, y desde 2007, más de 800, lo cual, a juicio del Sr. Guterres, Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, es una experiencia única en la práctica internacional de solución del problema de los refugiados.

123.Cabe destacar que actualmente los refugiados tienen ventajas al presentar peticiones de concesión de la ciudadanía de la República Kirguisa. Por ejemplo, conforme al artículo 13 de la Ley de ciudadanía de la República Kirguisa, el plazo de residencia en el territorio del país necesario para presentar la solicitud de nacionalidad se reduce a tres años para las personas reconocidas como refugiadas.

124.También ha habido soluciones positivas del problema de los refugiados y solicitantes de asilo en el ámbito de la educación. El derecho a la enseñanza secundaria para esta categoría de personas se equipara a los de los nacionales de la República. En cuanto a la asistencia médica, los servicios se prestan con la asistencia del ACNUR.

125.Además, los derechos de los refugiados, como el derecho al trabajo, a la actividad empresarial, a la adquisición de bienes, a la asistencia judicial y otros, se ejercen en el marco de la legislación de Kirguistán.

126.Asimismo, se están adoptando medidas para mejorar las condiciones de recepción de los solicitantes de asilo. Por ejemplo, con la asistencia del ACNUR, en el marco de un proyecto de la Comisión Europea, en 2008 se inauguró un centro de recepción de solicitantes de asilo que está funcionando satisfactoriamente.

127.En los últimos años se observa una disminución estable del número de refugiados en el territorio de Kirguistán, lo cual es uno de los indicadores principales de la estabilización de la situación de la emigración forzada. Por ejemplo, en comparación con los datos de 2007 (1.397 personas), el número de refugiados en el momento actual se ha reducido en siete veces.

128.Al 1º de junio de 2011 el número de refugiados en el territorio de Kirguistán era de 193 personas, de las cuales 184 eran del Afganistán, y 9, de otros países (la República Islámica del Irán, la República Popular Democrática de Corea y la República Árabe Siria).

129.El número de solicitantes de asilo era de 225, en particular, 47 del Afganistán, 7 de la República Islámica de Irán, 1 de la República Popular Democrática de Corea, 1 del Pakistán, 13 de la Federación de Rusia (República de Chechenia), 1 de Siria, 1 de Turquía, 152 de Uzbekistán, y 2 apátridas (de Uzbekistán).

130.Teniendo en cuenta lo expuesto, cabe observar que en Kirguistán se ha creado un sistema funcional de protección de los refugiados que forma parte del sistema de protección de los derechos humanos. No obstante, considerando la limitada experiencia del país en el ámbito de los refugiados, Kirguistán todavía debe adoptar más decisiones y desplegar más esfuerzos en esa esfera.

131.Conforme al artículo 6 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, los Estados partes asegurarán a todas las personas que se hallen bajo su jurisdicción, protección y recursos efectivos, ante los tribunales nacionales competentes y otras instituciones del Estado, contra todo acto de discriminación racial que, contraviniendo la presente Convención, viole sus derechos humanos y libertades fundamentales, así como el derecho a pedir a esos tribunales satisfacción o reparación justa y adecuada por todo daño de que puedan ser víctimas como consecuencia de tal discriminación.

132.El análisis de la legislación confirma que las normas internacionales relacionadas con la imparcialidad de los procedimientos judiciales están suficientemente incorporadas en la legislación nacional de Kirguistán y se han visto reflejadas en las normas correspondientes de la Constitución, el Código de Procedimiento Penal, la Ley constitucional de la condición jurídica de los jueces de la República de Kirguistán, la Ley del Tribunal Supremo y los tribunales locales y el Código de Conducta Judicial.

133.El artículo 7 del Código de Procedimiento Civil establece que en las causas civiles la justicia se administra basándose en el principio de igualdad ante la ley y los tribunales de todos los ciudadanos, independientemente del sexo, raza, nacionalidad, idioma, religión, convicciones políticas y religiosas, origen, situación económica u oficial, lugar de residencia y cualesquiera otras condiciones y circunstancias de carácter personal o público, así como de todas las personas jurídicas independientemente de la forma de propiedad, ubicación, afiliación corporativa u otras circunstancias.

134.En el país se ha creado una base jurídica suficientemente firme para prevenir las manifestaciones discriminatorias en los tribunales. Por ejemplo, en el artículo 16 de la Constitución se dice que en el país todos son iguales ante la ley y los tribunales. Partiendo de la práctica de la labor del Defensor del Pueblo, se podría afirmar que esta norma constitucional por lo general se respeta en los procedimientos judiciales. Por ejemplo, solamente en 2010 el personal de la oficina del Defensor del Pueblo asistió a 683 audiencias judiciales. En los informes de resultados se mencionan periódicamente determinadas violaciones de las normas procesales, pero no hay incidentes de discriminación de las partes en un proceso por motivos étnicos, raciales u otros motivos sociales.

135.Los dictámenes de los tribunales en los llamados acontecimientos de Nookat del 1º de octubre de 2008 fueron muy criticados por la sociedad. Se observaron muchos incidentes de detención y condena de personas cuyos nombres habían incluido los organismos de orden público en el material de información como miembros de Hizb-ut-Tahrir sobre la base de las listas elaboradas por las autoridades locales. Fueron condenadas a largas penas de prisión 32 personas, de las cuales 25 (el 78%) eran de origen uzbeko. El Defensor del Pueblo organizó una investigación propia de esos acontecimientos. Los materiales presentados por la comisión especial creada por el Defensor del Pueblo con la participación de representantes de la sociedad civil y de organizaciones internacionales se presentó en forma de peticiones a los dirigentes del país y se hicieron declaraciones en agencias de noticias.

136.El Defensor del Pueblo recibe periódicamente comunicaciones de ciudadanos sobre cuestiones de discriminación por diversos motivos sociales, aunque no son frecuentes. Los problemas interétnicos figuran en esas comunicaciones con bastante poca frecuencia. En el período de 2011 la Oficina del Defensor del Pueblo recibió dos peticiones relacionadas con información clasificada como problemas interétnicos. Al mismo tiempo, 37 comunicaciones de las 366 que se recibieron en el primer semestre de 2011, es decir, el 10,4%, contenían indicaciones de vulneración de los derechos de los ciudadanos de diversa índole.

137.La indemnización y las reparaciones por los daños son un factor importante. Conforme al Código Civil, la persona cuyo derecho ha sido vulnerado puede exigir plena indemnización por las pérdidas causadas si la legislación o un acuerdo con arreglo a la legislación no prevén otra cosa.

138.En la aldea de Iskra del distrito de Chuy de la provincia de Chuy, del 31 de enero al 6 de febrero de 2007 se desarrolló un conflicto entre dunganes y kirguises. El 7 de febrero, mediante decisión del Gobierno, se creó una comisión de investigación que examinó en su reunión la cuestión de indemnización por los daños materiales causados. Se decidió elaborar listas: a) de posibles receptores de la indemnización; y b) de los materiales que se suministrarían a la comunidad dungana. A consecuencia de todo ello, los propietarios de las casas dañadas durante los disturbios recibieron una película para tapar los cristales rotos. La indemnización ofrecida por el Gobierno no satisfizo a los propietarios de las 11 casas dañadas, y durante medio año los dunganes damnificados estuvieron buscando la posibilidad de obtener recursos adicionales del Gobierno, pero al final consiguieron recibir algo de asistencia del ayil okmotu. Las casas fueron reconstruidas con los recursos de los propietarios. Las autoridades ofrecieron una línea de crédito en condiciones de favor de 50.000 a 100.000 som a las víctimas del conflicto.

139.El 26 abril 2009, en la aldea de Petrovka se produjo un enfrentamiento entre kirguises y rusos, por una parte, y curdos, por otra. A consecuencia de los enfrentamientos hubo heridos (unas 80 personas) y se destrozaron 15 casas. Una vez concluidos los actos violentos, las víctimas recibieron asistencia de las autoridades locales. No se ofreció asistencia estatal, ya que las víctimas no solicitaron ayuda al Estado.

140.El 19 de abril de 2010, en la aldea de Maevka se produjeron disturbios masivos, a consecuencia de los cuales en el barrio de los turcos mesjetios fueron incendiadas 11 casas, 4 de las cuales se quemaron totalmente. Las víctimas recibieron asistencia de los partidos y ONG (alimentos y ropa). Además, se prestó asistencia estatal consistente en 100.000 som para las personas que habían perdido su casa y algo menos para las personas cuyas casas estaban muy dañadas. Se destinaron 150.000 som del presupuesto local. El Gobierno de Turquía construyó cuatro casas y las ofreció a los propietarios cuyas viviendas fueron totalmente quemadas. Cabe observar que la asistencia económica del Estado se recibió hacia agosto, y las nuevas casas fueron ocupadas por las familias en septiembre y octubre de 2010. El Comité Internacional de la Cruz Roja ofreció a las víctimas materiales de construcción para reconstruir las viviendas por una suma de 500.000 som.

141.Se ofreció asistencia social estatal a los familiares de las personas muertas, así como a los ciudadanos kirguises que fueron víctimas de los acontecimientos de abril, mayo y junio de 2010, en cumplimiento de la resolución del Gobierno Provisional, Nº 1, de 8 de abril de 2010, sobre la prestación de asistencia económica única; esta asistencia ascendió a 1 millón de som para los familiares de los fallecidos, para los ciudadanos kirguises que recibieron heridas graves, 100.000 som , y para los heridos menos graves y leves, de 50.000 som cada uno.

142.Con el fin de prestar asistencia social estatal a los ciudadanos que fueron víctimas de los acontecimientos de junio ocurridos en la ciudad de Osh y en las provincias de Osh y Jalal-Abad, conforme a la resolución del Gobierno de Kirguistán, Nº 173, de 25 de agosto de 2010, sobre la asistencia social estatal a esos ciudadanos, se fijó el pago de un subsidio único de 20.000 som a las familias de las víctimas mortales y el pago de una beca social temporal durante seis meses equivalente a diez veces la unidad de referencia (1.000 som) a los hijos de los ciudadanos desaparecidos durante los acontecimientos de junio. Además, en 2010, 21 familias (padres) de desaparecidos recibieron una subvención única de 1.000 som de acuerdo con la disposición del Primer Ministro de la República Kirguisa, Nº 10-r, de 19 de enero de 2011.

143.Para prestar apoyo social estatal a los familiares de las víctimas mortales, así como a los ciudadanos kirguises que fueron víctimas de los acontecimientos del 6 abril en la provincia de Talas, el 7 de abril en la ciudad de Bishkek, el 13 y 14 de mayo en la ciudad de Jalal-Abad, y en los incidentes de junio de 2010 en la ciudad de Osh y en las provincias de Osh y Jalal-Abad, se aprobó un decreto del Gobierno Provisional de la República Kirguisa, Nº 124, de 24 de agosto de 2010, sobre la prestación de apoyo estatal social a dichas personas, y se adoptó la disposición Nº 209, de 18 de septiembre de 2010, sobre su aplicación. Dicho acto normativo estableció el pago de un subsidio social mensual adicional a los hijos menores de 18 años de los fallecidos; un subsidio vitalicio a los progenitores (padres y madres) en edad de jubilación de los fallecidos, en caso de que el fallecido fuera el hijo único; y a las víctimas con discapacidad, desde el momento de la detección de la discapacidad hasta la finalización del informe de la comisión médica, un subsidio equivalente a diez veces el sueldo mínimo garantizado (10 x 310 = 3.100 som). A partir de julio de 2011, el monto de esa prestación será de 3.700 som al mes.

144.Con el fin de prestar asistencia económica única a las familias de los fallecidos, los desaparecidos y las víctimas de los acontecimientos de junio de 2010 ocurridos en la ciudad de Osh y en las provincias de Osh y Jalal-Abad, conforme a la resolución del Gobierno de Kirguistán, Nº 204, de 24 de mayo de 2011, relativa a esa cuestión, se estableció el pago de asistencia económica única a las familias de los fallecidos y de los desaparecidos durante los acontecimientos de junio de 1 millón de som por persona; a las víctimas con graves daños a la salud, de 100.000 som por persona, y a las víctimas de daños físicos menos graves y leves, de 50.000 som por persona.

145.Conforme a la disposición del Gobierno Provisional, Nº 485, de 21 de junio de 2010, se creó la Comisión de Evaluación de los Daños causados a consecuencia de los acontecimientos de junio en la ciudad de Osh y en las provincias de Osh y Jalal-Abad. Dicha Comisión presentó un informe el 12 de julio de 2010, en que la suma provisional de los daños ascendía a 2.742.225.000 som. Se informó de que sufrieron daños 2.323 locales, en particular:

1.975 casas residenciales;

299 negocios;

32 locales estatales;

15 elementos de la infraestructura;

2 locales de otro tipo.

146.Mediante la resolución del Gobierno de Kirguistán, Nº 164, de 17 de agosto de 2010, se aprobó una lista provisional de locales que la Dirección Estatal de Reconstrucción y Desarrollo de las ciudades de Osh y Jalal-Abad debía reparar o construir, cuyo costo se evaluó en 6.000 millones de som.

147.Conforme a la resolución del Gobierno de Kirguistán, Nº 212, de 1º de julio de 2010, sobre las medidas prioritarias para determinar fuentes de financiación para las obras de rehabilitación en las ciudades de Osh y Jalal-Abad, se encargó al Ministerio de Finanzas que designara 100 millones de dólares de los Estados Unidos (4.530 millones de som) para reconstruir las ciudades de Osh y Jalal-Abad. Durante el año 2010, el Ministerio de Finanzas de la República financió medidas de reconstrucción y desarrollo de las ciudades de Osh y Jalal-Abad por valor de 683 millones de som, en particular:

Construcción de unidades de vivienda e individuales: 3,6 millones de som;

Construcción de casas de pisos: 442,6 millones de som;

Construcción de instalaciones sociales y culturales: 58,9 millones de som;

Construcción de carreteras: 20 millones de som;

Labores de prospección y proyectos: 20,8 millones de som;

Hipotecas y subsidios: 120,3 millones de som;

Gastos de mantenimiento de la Dirección Estatal: 16,8 millones de som.

148.Para la reconstrucción y el desarrollo de las ciudades de Osh y Jalal-Abad, en la Ley del presupuesto nacional para 2011 y el proyecto de presupuesto para 2012 y 2013, se consignan 2.372,1 millones de som, de los cuales:

Gastos de mantenimiento de la Dirección Estatal de Reconstrucción y Desarrollo: 41 millones de som;

Fondo especial para la reconstrucción y el desarrollo de las ciudades de Osh y Jalal‑Abad: 2.331,1 millones de som, en particular:

Clasificación departamental 79.120: 2.331,1 millones de som para las siguientes partidas de gastos:

2521: "Subvenciones para empresas privadas no financieras, empresarios y la población": 20 millones de som para asistencia gratuita a las personas afectadas;

3111: "Edificios y construcciones": 2.291,1 millones de som para las obras de construcción y reconstrucción;

3214: "Créditos, préstamos e hipotecas": 20.000 millones de som para préstamos en condiciones de favor para las personas afectadas.

149.Desde comienzos de 2011 hasta el 28 junio 2011, el Ministerio de Finanzas aportó fondos para la reconstrucción y el desarrollo de las ciudades Osh y Jalal-Abad por valor de 1.180,4 millones de som, de los cuales 1.124,7 millones se desembolsaron de la siguiente manera:

Asistencia estatal a las familias afectadas: 8,2 millones de som;

Asistencia estatal a los negocios afectados: 44,4 millones de som;

Construcción de edificios de varios pisos: 1.072,3 millones de som, en particular:

Rehabilitación y construcción de instalaciones sociales y culturales y de edificios administrativos: 68,9 millones de som;

Reconstrucción de carreteras y de infraestructura de ingeniería: 53,2 millones de som;

Obras de prospección y proyectos: 20,1 millones de som;

Cofinanciación del proyecto del Banco Asiático de Desarrollo: 1,8 millones de som;

Otras obras y gastos de mantenimiento de la Dirección Estatal: 13 millones de som.

150.Para finales de 2010 se habían reconstruido 1.780 casas. Las personas afectadas habían recibido viviendas temporales. Actualmente se están construyendo viviendas permanentes. Se ha aprobado un programa de apoyo a los empresarios afectados: préstamos en condiciones de favor y exención de pagos, así como indemnizaciones a todos los 472 afectados.

151.No obstante, en cumplimiento de la resolución del Zhogorku Kenesh, Nº 567, de 9 de junio de 2011, sobre los resultados de la labor de la comisión interina de diputados para investigar las circunstancias y condiciones que condujeron a los trágicos acontecimientos ocurridos en la República de abril a junio de 2010 y su evaluación política, el Gobierno de Kirguistán ha de tomar medidas exhaustivas para ofrecer indemnización por los daños morales y materiales a las personas físicas y jurídicas afectadas durante los acontecimientos ocurridos de abril a junio de 2010.

152.Como se desprende del análisis del procedimiento de indemnización por los daños morales y materiales, el Estado se compromete a indemnizar consistentemente los daños materiales y morales en las zonas del conflicto, dejando atrás la negativa de indemnización de los daños morales y materiales en los años de gobierno de K. Bakiev, y asumiendo una asistencia estatal a gran escala para los afectados en varios conflictos interétnicos ocurridos después de abril de 2010. En comparación con los regímenes anteriores, por primera vez el Estado ha adoptado medidas para satisfacer a los damnificados y ha reconocido la responsabilidad moral por los acontecimientos ocurridos.

153.El artículo 10 de la Constitución proclama que la República Kirguisa garantiza a los representantes de todas las etnias que conforman el pueblo de Kirguistán el derecho a mantener su lengua materna y a crear las condiciones necesarias para su aprendizaje y desarrollo.

154.La política lingüística actual está basada en la Ley de la lengua estatal de la República Kirguisa, en que se determina que la lengua kirguisa es la lengua estatal y de la comunicación interétnica en la República (art. 3). Al mismo tiempo, el Estado apoya el aprendizaje por los niños del idioma estatal junto con la lengua materna (art. 6).

155.Dicha Ley reconoce que la utilización de la lengua estatal no impide el uso en su territorio de otras lenguas. Kirguistán apoya el principio del libre desarrollo de las lenguas de los representantes de otros grupos étnicos que residen en la República (art. 4). Además, conforme al artículo 1 de la misma Ley, Kirguistán garantiza a los representantes de todos los grupos étnicos que constituyen el pueblo del país el mantenimiento de la lengua materna y la creación de condiciones para su aprendizaje y desarrollo. Se prohíbe la vulneración de los derechos y libertades de los ciudadanos por motivo de desconocimiento del idioma estatal u oficial.

156.La condición jurídica de la lengua rusa como idioma oficial se estableció en la Ley del idioma oficial de la República Kirguisa (2000), que es el idioma de la comunicación interétnica y contribuye a la integración de la República en la comunidad mundial (art. 1). Esa condición jurídica está consagrada en la Constitución de Kirguistán (art. 10).

157.El Código de Responsabilidad Administrativa establece también la responsabilidad por las infracciones relacionadas con los derechos étnicos y culturales, la violación de los derechos de los ciudadanos a la libre elección del idioma de educación y enseñanza, la creación de obstáculos y limitaciones en la utilización del idioma y el desprecio hacia el idioma estatal, así como las lenguas de otros pueblos y grupos étnicos que residen en la República Kirguisa (art. 64).

158.Es importante que en los años de independencia se desplegaran esfuerzos para mantener y apoyar las escuelas, las instituciones de enseñanza superior con diversos idiomas de enseñanza, así como los teatros y otras instalaciones culturales. Por ejemplo, la comparación de los datos sobre la cantidad de escuelas secundarias por idioma de enseñanza muestra que en el período de 1991 a 2011 el número total de escuelas en el país aumentó de 1.764 a 2.191. Cabe observar que el número de escuelas con enseñanza en kirguís aumentó de 1.121 a 1.379, y con enseñanza en uzbeko, de 116 a 137. El número de escuelas con enseñanza en ruso se redujo de 187 a 162, y con enseñanza en tayiko sigue siendo el mismo: 2. El número de escuelas con idiomas de enseñanza mixtos, en particular kirguís-ruso, kirguís-uzbeko y kirguís-ruso-uzbeko aumentó de 338 a 431.

159.Según los datos de la Asamblea del Pueblo, las escuelas dominicales y los cursos de lengua materna despliegan actividades en los centros culturales y las asociaciones de azerbaiyanos, balkarios, griegos, tártaros, polacos y otras comunidades étnicas. La lengua dungana se enseña en 11 escuelas de enseñanza general, y en 5 escuelas se aprende el uygur. El coreano se aprende en el Centro Coreano y en 15 escuelas de la ciudad de Bishkek, y el hebreo, en la Escuela Hebrea.

160.Las bases de la política lingüística consagradas en la Constitución, además de establecer la condición jurídica de la lengua kirguisa como idioma estatal y de la lengua rusa como lengua oficial, garantizan a los representantes de todos los grupos étnicos que constituyen el pueblo de Kirguistán el derecho a mantener su lengua materna y a crear las condiciones para su aprendizaje y desarrollo.

161.Según los datos del censo de población de 1999 y 2009, actualmente habla en kirguís más del 71% de la población del país (3,8 millones de personas). Se observa el aumento de la parte de la población que domina una segunda lengua, del 36% en 1999 al 47% en 2009. Al mismo tiempo, existen grandes diferencias entre las regiones. Por ejemplo, en la ciudad de Bishkek está muy difundida la lengua rusa, mientras que en algunas zonas se utiliza más el kirguís. La tendencia hacia el monolingüismo es más propia de las zonas rurales y remotas.

162.La falta de profesores cualificados, de traductores, de manuales y de material docente y metodológico, en particular con métodos innovadores, es una de las causas principales de que el idioma estatal no haya penetrado en todas las esferas de la vida pública.

163.Al mismo tiempo, según los informes del Defensor del Pueblo, los habitantes rusoparlantes de la ciudad de Jalal-Abad se están sintiendo incómodos. M. Zheenbekov, Jefe de la administración municipal, ha prohibido admitir cartas y comunicaciones dirigidas a las autoridades en la lengua oficial uzbeka, que en la práctica es la lengua de la comunicación interétnica, lo cual ha levantado protestas por parte de amplios sectores del país contra los actos del alcalde de la ciudad de Jalal-Abad. El 7 de julio de 2011 M. Zheenbekov fue liberado de su cargo de alcalde de esa ciudad.

164.El Ministerio de Educación y Ciencia observa que las medidas legislativas y administrativas adoptadas en el ámbito de la educación y la enseñanza para luchar contra los prejuicios que llevan a la discriminación racial están consagradas en la Ley de educación:

"Los ciudadanos de Kirguistán tienen derecho a la educación independientemente del sexo, nacionalidad, idioma, situación social o económica, tipo o carácter de ocupación, religión, convicciones políticas o religiosas, lugar de residencia y otras circunstancias. Los ciudadanos de otros Estados y los apátridas en el territorio de Kirguistán reciben educación de acuerdo con la legislación de la República.

La educación es un aspecto prioritario y estratégico de la política estatal de Kirguistán. La educación en la República se basa en los principios consagrados en los tratados y pactos internacionales, la Declaración Universal de Derechos Humanos, los principios de la democracia y los valores humanistas del pueblo y la cultura mundial."

165.En el marco de la aplicación de la Declaración Universal de Derechos Humanos y con el fin de revisar el contenido de los manuales en cuanto a su correspondencia con los principios de una enseñanza multicultural y tolerante, el Ministerio de Educación y Ciencia ha desarrollado criterios de evaluación de las publicaciones docentes y metodológicas de nueva generación para que correspondan a las normas docentes, sanitarias e higiénicas de los manuales. Esta labor metodológica significa la incorporación de criterios más exactos de elaboración de los manuales que respondan a las exigencias actuales:

El multiculturalismo;

La tolerancia;

La sensibilidad hacia las cuestiones de género;

La orientación a la vida cotidiana.

166.El Ministerio de Educación y Ciencia realiza una labor constante para promover la educación multicultural y el multilingüismo ateniéndose en el proceso docente y educativo a los principios que contribuyen a promover el respeto y el mantenimiento de la diversidad cultural, lograr la igualdad de derechos en la educación y la educación para todos y formar en los alumnos valores nacionales, económicos, cívicos y espirituales.

167.Conforme a la Ley de educación, las instituciones docentes de la República, independientemente de su forma de propiedad, deben asegurar el conocimiento y el desarrollo de la lengua kirguisa, como idioma estatal, y el aprendizaje de la lengua rusa, como idioma oficial, así como el estudio de una de las lenguas extranjeras de acuerdo con las normas estatales de educación para cada nivel de enseñanza.

168.Conforme al Memorando entre el Ministerio de Educación y Ciencia de Kirguistán y el Alto Comisionado de la OSCE para las Minorías Nacionales, de 1º de marzo de 2006, el Ministerio tiene ahora una sección de enseñanza multicultural y multilingüe. El objetivo principal de la labor de esta sección es la integración de las medidas para aplicar una política multicultural y multilingüe a través de la educación. Las esferas principales de actividad de la sección, junto con el desarrollo de las lenguas estatales y oficiales, son también el mantenimiento y el desarrollo de las lenguas maternas de las minorías nacionales.

169.La política educativa sobre las lenguas de las minorías corresponde a las categorías internacionales establecidas en instrumentos tales como el Convenio Marco para la protección de las minorías nacionales (1992) y la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias (1995).

170.En 2008, el Ministerio de Educación y Ciencia aprobó el Marco conceptual de la educación multicultural y multilingüe que determina las principales actividades en ese ámbito.

171.Las ideas de la educación multilingüe y multicultural tienen apoyos en todas las zonas del país a escala de las organizaciones estatales y públicas, entre las que figuran el Ministerio de Educación y Ciencia de Kirguistán, los centros docentes de enseñanza secundaria y superior, la Asamblea del Pueblo de Kirguistán, las instituciones de investigaciones científicas, las ONG y los medios de comunicación. La educación multilingüe y multicultural cuenta con la supervisión de las organizaciones internacionales que tienen oficinas en la República, tales como la OSCE, la UNESCO, la Fundación Soros‑Kirguistán y la Fundación Eurasia.

172.Actualmente en Kirguistán hay cerca de 2.000 instituciones culturales y artísticas (museos, teatros, bibliotecas y clubes). El desarrollo de la cultura en el país se ve afectado por la escasa financiación estatal, el predominio de productos extranjeros en el ámbito cultural y la difusión insuficiente de la tradición del mecenazgo y del apoyo a las iniciativas culturales. La legislación y la política en el ámbito cultural se describen con más detalle en el informe de Kirguistán sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

173.Las actividades de los medios de comunicación en Kirguistán se basan en el reconocimiento de la libertad de expresión y los principios del mercado. Al mismo tiempo, el Estado puede involucrarse activamente en ese ámbito para la formación de la identidad nacional y la prevención de la incitación a la discordia interétnica.

174.Los periódicos, las revistas y los programas de radio y de televisión en la República se emiten en dos idiomas, y solamente en la zona meridional hay medios de comunicación en uzbeko. Hoy día los medios de comunicación no ofrecen suficiente información sobre la vida de las diásporas locales. En la televisión no hay programas en los idiomas de los pueblos de Kirguistán. Tampoco se hace lo suficiente para el estudio de la lengua kirguisa.

175.En 2009 había en el país 1.331 medios de comunicación inscritos (1.197 impresos y 134 electrónicos), de los cuales funcionaban 437.

176.Del total de los medios de comunicación inscritos, cerca del 70% de los impresos editan revistas y periódicos en kirguís, y cerca del 25%, en ruso y en uzbeko. Más del 50% de los periódicos y revistas que aparecen regularmente se editan en la ciudad de Bishkek y se distribuyen en diversas zonas. La ciudad de Osh es un centro importante de producción impresa, en que hay inscritos cerca de cien periódicos y revistas.

177.En las regiones se publican periódicos provinciales: en la provincia de Osh, en ruso, kirguís y uzbeko; en las provincias de Chuy e Yssyk-Kul, en ruso y kirguís, y en las provincias de Naryn, Batken, Jalal-Abad y Talas, en kirguís.

178.En las Leyes de la lengua estatal y de la televisión y la radio se ha introducido una norma para las compañías de televisión sobre la emisión de al menos la mitad de los programas en la lengua estatal. El 80% de los programas de radio de la Corporación de Radiotelevisión Pública de Kirguistán es en el idioma estatal, y el 55% de los espacios de televisión se dedica a los programas en kirguís.

179.La cobertura de radio y televisión del país sigue siendo limitada. En 2009, 182 comunidades no podían recibir emisiones de radio, y 86 comunidades, la señal de televisión de la Corporación.

180.Según un estudio correspondiente a 2009, los principales usuarios de Internet son habitantes de la ciudad de Bishkek (el 77%), de los cuales el 75% son jóvenes en edades entre 10 y 30 años. El 37% de los encuestados utilizan un vínculo móvil para conectar con Internet, lo cual demuestra que existe la posibilidad de ampliar el acceso a Internet en las regiones.

181.Hasta junio de 2010 había tres canales de televisión que emitían programas en uzbeko: Mezon TV, Osh TV y DDD:

Zhavlon Mirzojadzhaev, propietario de Mezon TV, salió al extranjero después de los acontecimientos de julio, y actualmente el canal se llama TRK Bashat y lo dirige Adiba Samatova, socia de Mirzojadzhaev; el canal no está emitiendo y se dedica a diversos proyectos de subvenciones sociales.

Osh TV emite actualmente en kirguís, dirigido por S. Sourbaeva, nombrada por el alcalde de la ciudad de Osh M. Myrkazmatov. El canal evita la retórica nacionalista y es prácticamente igual al canal ElTR.

DDD inicialmente era un centro de producción dedicado a los vídeos comerciales en uzbeko. Actualmente emite desde el canal de televisión Keremet.

182.En general, el estado de los medios de comunicación en uzbeko hoy día es bastante penoso, y prácticamente ninguno funciona después de los acontecimientos de junio de 2010, sobre todo a causa de las consideraciones de seguridad de los dueños de los medios de comunicación. Se editaban varios periódicos en uzbeko:

El periódico URSS dejó de publicarse en diciembre de 2009.

El periódico Demos times dejó de publicarse un año antes de la tragedia de junio.

El periódico Diydor pertenece al Centro Cultural Étnico Uzbeko de la provincia de Jalal-Abad. El redactor jefe, Ulugbek Abdusalamov, está acusado en el contexto de los desórdenes masivos en la ciudad de Jalal-Abad en mayo de 2010.

El periódico Mezon,que pertenecía al político uzbeko Davron Sibirov, dejó de publicarse después de los acontecimientos de junio.

El periódico Resumen semanal, en ruso y uzbeko, empezó a salir con menor regularidad después de los acontecimientos de abril y dejó de publicarse después de junio de 2010.

El periódico Ajborot, cuyo redactor jefe actualmente se encuentra en Rusia, no se publica desde junio de 2010.

El periódico Ush saddosi, patrocinado por la administración estatal de la provincia de Osh, sigue publicándose.

El periódico Distlik, patrocinado por la administración del distrito de Aravan, sigue publicándose.

El periódico Vecherny Osh, patrocinado por la alcaldía de la ciudad de Osh, se publica en kirguís, uzbeko y ruso.

El periódico Biz My Biz, publicado por la asociación pública Youth of Osh con el apoyo financiero de la oficina del PNUD en Kirguistán, se publica desde el 12 de agosto de 2011 en kirguís, uzbeko y ruso, con una tirada de 40.000 ejemplares.

Como se desprende del análisis de la situación actual de los medios de comunicación en lengua uzbeka, la mayoría de ellos eran de propiedad privada, varios dejaron de publicarse antes de los acontecimientos de junio, una parte, con motivo de la marcha al extranjero de los patrocinadores o jefes de redacción, y otra, por razones económicas. Actualmente la mayoría de las publicaciones son propiedad del Estado.

III.Conclusiones

183.Los trágicos acontecimientos de 2010 ocurridos en el sur del país provocaron encendidos debates sobre las formas de desarrollar un Kirguistán multiétnico, y distintas fuerzas políticas representadas en el Parlamento proponen vías diferentes para solucionar los problemas. No obstante, hay una clara tendencia que marca el Estado y se caracteriza por el empeño por lograr la paz y la concordia interétnica e impedir en el futuro los conflictos interétnicos y la discriminación por motivos de raza, origen étnico y otros motivos.

184.Los dirigentes máximos del país, en la persona de la Presidenta, el Torag (Presidencia) del Zhogorku Kenesh y el Primer Ministro de la República Kirguisa, han declarado en repetidas ocasiones, de forma precisa y clara, su compromiso con la política de paz y concordia interétnicas en el país y la eliminación de la discriminación por motivos étnicos, raciales y de otro tipo, que se manifiesta en las reformas que se están llevando a cabo en los organismos de orden público, el ejército y el sistema judicial, y los cambios decisivos en el aparato burocrático del Estado para democratizar la administración y erradicar cualquier manifestación de discriminación por motivos étnicos, raciales o de otro tipo en los niveles superior, medio y local de la administración.

Anexo

Список использованной литературы

1.Ежегодник по правам человека в Кыргызской Республике за 2009 г. Б.2010 г.

2.Погибшие во время июньских событий: ответственность государственных структур по защите прав жертв. Анализ и рекомендации // Кылым Шамы [электронный ресурс]. – режим доступа: http://ksh.kg/?p=171.

3.Таблица умерших во время июньских событий по датам, половым и возрастным признакам // Кылым Шамы [электронный ресурс]. – режим доступа: http://ksh.kg/?p=168. –.

4.Список погибших в результате июньских событий 2010 года на юге республики // Кылым Шамы [электронный ресурс]. – режим доступа: http://ksh.kg/?p=165. –

5.ЦЗПЧ "Кылым шамы" 9 июня 2011 года провел презентацию итогов документирования данных по захваченным/выданным огнестрельному оружию, военной технике и боеприпасам во время массовых беспорядков, произошедших на юге Кыргызской Республики в 2010 году // Кылым Шамы [электронный ресурс]. – режим доступа: http://ksh.kg/?p=113.

6.Отчет по мониторингу судебных процессов по фактам трагических событий на юге Кыргызстана в 2010 году // Кылым Шамы, ОФ "Независимая правозащитная группа" [электронный ресурс]. – режим доступа: http://ksh.kg/?p=103.

7.Мониторинг межэтнической ситуации в Чуйской области // Egalitee (Эгалитэ) [электронный ресурс]. – режим доступа: http://www.egalite.kg .

8.Ассамблея народа Кыргызстана: основные документы [электронный ресурс]. – режим доступа: http://www.assembly.kg/# .

9.Медиаторы Оша подвели итоги // Общественный фонд "ИРЭТ" [электронный ресурс]. – режим доступа: http://aimaknewsrus.kloop.kg/tag/mediatorstvo/.