Naciones Unidas

CEDAW/C/HUN/Q/7-8

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

Distr. general

21 de agosto de 2012

Español

Original: inglés

Comité para la Eliminación de la Discriminación

contra la Mujer

54º período de sesiones

11 de febrero a 1º de marzo de 2013

Lista de cuestiones y preguntas en relación con el examen de los informes periódicos

Hungría

El grupo de trabajo anterior al período de sesiones examinó los informes periódicos séptimo y octavo combinados de Hungría (CEDAW/C/HUN/7-8).

Generalidades

1.El informe contiene datos limitados desglosados por sexo en todas las esferas abarcadas por la Convención. Sírvanse proporcionar información sobre la situación de la recolección y el análisis de datos en el país en general e indicar el grado en que los datos se desglosan para ilustrar la situación de la mujer tomando como base factores tales como su edad, situación socioeconómica, ubicación rural o urbana, raza, etnia o religión. Sírvanse describir la manera en que el Gobierno tiene previsto mejorar la recolección de datos desglosados relativos a las esferas que abarca la Convención.

Estatuto jurídico de la Convención y marco institucional

2.En el informe se afirma que el artículo 66 de la Constitución prevé la protección contra la discriminación por motivos de género (párr. 80). Sírvanse explicar la compatibilidad entre esta definición y el artículo 1 de la Convención, como recomendó el Comité en sus recomendaciones anteriores (CEDAW/C/HUN/CO/6, párr. 13).

3.Sírvanse facilitar información sobre las causas judiciales en que la Convención se haya invocado o aplicado directamente o las actuaciones judiciales en las que se la haya citado. Indiquen de qué manera está fomentando el Estado parte el conocimiento y la conciencia de las mujeres acerca de sus derechos reconocidos por la Convención y de los procedimientos de comunicación e investigación previstos por su Protocolo Facultativo. Indiquen asimismo si los jueces, los abogados y los agentes del orden reciben formación sobre la Convención, como recomendó el Comité (CEDAW/C/HUN/CO/6, párr. 11).

4.Tengan a bien facilitar información actualizada sobre las medidas adoptadas para reforzar el mandato del Organismo para la Igualdad de Trato, asignarle los recursos humanos y financieros necesarios y facultades ejecutivas y garantizar su autonomía. ¿Cuántos casos de discriminación contra la mujer se han presentado desde 2007 al Organismo? ¿Cuáles fueron los motivos invocados y cuáles los resultados de esos casos? Sírvanse también informar sobre las actividades realizadas para que las mujeres conozcan mejor el Organismo, mencionado en el párrafo 88 del informe.

Mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer

5.Sírvanse proporcionar información más detallada sobre la Estrategia Nacional para la Promoción de la Igualdad de Género: Directrices y Objetivos para el período 2010-2021, y su aplicación. Si bien en el informe se mencionan los objetivos de la Estrategia Nacional (párrs. 1 a 3), se ruega indiquen asimismo si se ha previsto realizar actividades concretas para lograr esos objetivos y si se han establecido plazos y metas para asegurar el seguimiento de la Estrategia. Indiquen también qué organismo del Estado se encarga de su ejecución, si la sociedad civil participa en este proceso y si se lleva a cabo una supervisión y una evaluación periódicas de la Estrategia y qué entidad lo hace.

6.Sírvanse informar sobre los mecanismos de coordinación existentes entre la Red Nacional para la Igualdad de Oportunidades y el Departamento de Política de la Familia, así como entre el Consejo de Igualdad de Género y el Consejo de Política de la Familia (párrs. 96 y 97).

Medidas especiales de carácter temporal

7.Según la información que figura en el informe, la Ley de contingentes para promover la paridad de género fue derogada por el Parlamento en 2007. Sírvanse explicar las dificultades encontradas en la aprobación de la legislación e indicar qué nuevas medidas se han introducido para promover y acelerar la igualdad de hecho de las mujeres, incluso las medidas especiales de carácter temporal recomendadas por el Comité en sus anteriores observaciones finales (CEDAW/C/HUN/CO/6, párr. 25).

Estereotipos

8.El informe reconoce el papel de los medios de comunicación en la perpetuación de estereotipos de género discriminatorios y menciona la aceptación general del lenguaje y la actitud sexistas en los medios (párr. 121). En el informe también se afirma que la eliminación de los estereotipos es una de las tareas más importantes para lograr la igualdad entre hombres y mujeres (párr. 126). A este respecto, sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas o previstas para combatir los estereotipos de género. Informen además sobre las medidas adoptadas para eliminar los estereotipos de la mujer en los medios e indiquen si se han puesto en marcha programas de formación profesional para los profesionales de los medios a fin de garantizar la eliminación de la discriminación contra la mujer en los medios. Tengan a bien indicar el número de casos concluidos por el Organismo Nacional de Comunicaciones relacionados con imágenes discriminatorias de la mujer (párr. 115).

Violencia contra la mujer

9.Según la información recibida, los policías llamados a actuar en los casos de violencia doméstica pueden emitir órdenes de alejamiento de emergencia válidas durante tres días en vez de presentar cargos inmediatamente. Sírvanse facilitar datos sobre el número de órdenes de alejamiento emitidas desde que se aprobó la enmienda al Código Penal mediante la Ley XCI de 2005 (párr. 136) y el número correspondiente de enjuiciamientos en esos casos. Se ruega indiquen también si el Estado parte está tomando alguna medida para revisar su política de enjuiciamiento que, según la información, es poco severa, en los casos de violencia doméstica. Tengan a bien suministrar datos estadísticos sobre el número de investigaciones, incluso de oficio, enjuiciamientos y condenas en los casos de violencia doméstica desde 2007. Informen sobre los planes del Estado parte para aumentar el número y la capacidad de los albergues para las mujeres víctimas de la violencia a fin de brindar vivienda y asistencia a esas mujeres.

10.En sus anteriores observaciones finales, el Comité instó al Estado parte a definir el delito de violación como una relación sexual no consensual en vez de requerir el uso de la fuerza o amenazas (CEDAW/C/HUN/CO/6, párr. 21). En el informe se indica que la legislación en materia de violación no se ha cambiado (párr. 176). Sírvanse indicar qué salvaguardias existen para garantizar que todas las mujeres estén adecuadamente protegidas contra la violación. Expliquen más detalladamente la definición de la expresión "delincuente habitual", que, según el informe (párr. 151), es uno de los elementos de los delitos violentos como la violación o las lesiones corporales. Indiquen la edad del consentimiento y las excepciones legales por las cuales las relaciones sexuales con niños, y especialmente niñas, de 12 a 14 años se consideran seducción y no violación (párr. 184). Tengan a bien proporcionar datos sobre el número de casos denunciados de mujeres víctimas de violación, y de enjuiciamientos y penas impuestas a los autores desde 2007.

Trata y explotación sexual

11.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para armonizar la definición de la trata de conformidad con el Protocolo de Palermo, como recomendó el Comité en sus anteriores observaciones finales (CEDAW/C/HUN/CO/6, párr. 23). Suministren datos desglosados sobre el número de casos de trata de personas, incluso mujeres en general y mujeres y niñas romaníes en particular, además del número de enjuiciamientos, condenas y penas impuestas a los autores. Informen además sobre los mecanismos de coordinación entre la policía, el poder judicial, los organismos de protección de la infancia y las organizaciones de la sociedad civil en los ámbitos de la detección, prevención y rehabilitación relacionadas con las mujeres y las niñas que son víctimas de explotación sexual en el turismo y la trata.

Participación en la vida política y pública

12.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para superar las dificultades en los esfuerzos para aumentar la participación política de la mujer mencionadas en el párrafo 214 del informe. Informen sobre las medidas especiales de carácter temporal, como los contingentes legales, para garantizar la igual representación de las mujeres en los cargos directivos y decisorios del sector público y para promover la participación de la mujer en el proceso de toma de decisiones económicas.

Educación

13.El informe indica que entre los alumnos que dejan el sistema público de educación y se desplazan al ámbito privado hay un excesivo predominio de niñas romaníes (párr. 289). Sírvanse facilitar datos estadísticos sobre las tasas de abandono correspondientes a las niñas romaníes e indicar las medidas adoptadas para ayudarlas a continuar su educación. ¿Se han aprobado programas para apoyar financieramente a las estudiantes secundarias romaníes? ¿Qué medidas se han adoptado para impedir la exposición de las niñas romaníes al acoso y el maltrato en la escuela? Tengan a bien indicar en qué medida el nuevo currículo básico nacional (2012) incorpora los principios de la igualdad de género y la no discriminación.

Empleo

14.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para resolver la insuficiente representación de las mujeres entre los empresarios. Informen además sobre las medidas tomadas para cerrar la brecha salarial y la segregación ocupacional por motivos de género en el Estado parte (párr. 238), en particular sobre la aprobación de disposiciones legales, para garantizar la igualdad de remuneración por un trabajo de igual valor, como se recomendó en las anteriores observaciones finales (CEDAW/C/HUN/CO/6, párr. 27). Sírvanse también proporcionar datos estadísticos, que indiquen las tendencias en el tiempo, sobre la situación de las mujeres en los ámbitos del empleo y el trabajo en las zonas urbanas y rurales, en los sectores público, privado, formal e informal, y sobre los efectos de las medidas adoptadas en lo que respecta a lograr la igualdad de oportunidades de las mujeres, como pidió el Comité en sus anteriores observaciones finales (CEDAW/C/HUN/CO/6, párr. 27). Sírvanse informar asimismo sobre las consecuencias que ha tenido para las mujeres la Ley de pensiones de la seguridad social de 2011, particularmente respecto a las pensiones.

Atención de la salud

15.En sus anteriores observaciones finales (CEDAW/C/HUN/CO/6, párr. 8), el Comité instó al Estado parte a fiscalizar los establecimientos públicos y privados de salud que realizan operaciones de esterilización. Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para fiscalizar todos los hospitales y garantizar que se ajusten a los nuevos procedimientos de consentimiento informado (párr. 75). ¿Qué medidas concretas ha adoptado el Gobierno para garantizar que las esterilizaciones no se realicen por motivos de emergencia médica? Sírvanse también indicar al Comité si la nueva Ley sobre el consentimiento informado para los procedimientos de esterilización se ajusta a las normas internacionales de derechos humanos y a las normas médicas internacionales, como se recomendó en las anteriores observaciones finales (CEDAW/C/HUN/CO/6, párr. 8).

16.Según la información recibida, la nueva Constitución estipula la protección de la vida desde el momento de la concepción. En vista de esta disposición constitucional, sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para proteger efectivamente los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. Informen asimismo sobre las medidas tomadas para que la píldora anticonceptiva de emergencia, registrada por el Instituto Farmacéutico Nacional en mayo de 2012, esté disponible en el comercio, y garantizar la posibilidad de que las mujeres la obtengan.

Mujeres del medio rural

17.Según el informe (párr. 295), la situación de las mujeres de las zonas rurales se está deteriorando. Si bien el informe atribuye este deterioro a las deficiencias de la infraestructura y se refiere a los esfuerzos para mejorar el transporte público, sírvanse facilitar información adicional sobre las dificultades particulares que enfrentan las mujeres de las zonas rurales para ejercer plenamente y en pie de igualdad los derechos que tienen en virtud de la Convención, y especialmente sobre la forma en que tratan de resolverse.

Grupos de mujeres desfavorecidas

18.Sírvanse proporcionar más información sobre la aplicación del Plan Estratégico del Programa del Decenio de Integración de los Romaníes (párr. 293) y sobre las medidas concretas adoptadas para resolver la discriminación generalizada contra las niñas y las mujeres romaníes en el sistema de atención de la salud. ¿Qué medidas se están adoptando para resolver la alta incidencia del embarazo de las adolescentes en la comunidad romaní (párr. 291)?

19.Según la información recibida, la legislación nacional no exige un alojamiento razonable para las personas con discapacidad y, en general, las disposiciones legales no hacen referencia a las mujeres con discapacidad. ¿Qué tipo de medidas legislativas y de políticas ha adoptado el Estado parte para reconocer y hacer efectivos los derechos de las mujeres y las niñas con discapacidad, brindar iguales oportunidades y eliminar la discriminación en esta esfera?