Período

Número de embarazos resultantes de una violación

Junio-diciembre 2005

5

Enero-diciembre 2006

12

Enero-diciembre 2007

11

Enero-junio 2008

7

Las víctimas reciben asistencia médica, jurídica y psicosocial de esas organizaciones. El Ministerio de Salud Pública y Población (MSPP) no tiene en sus normas procedimientos especiales para ese tipo de víctimas.

El Ministerio de la Condición Femenina y los Derechos de la Mujer, mediante la Concertación Nacional para combatir la violencia contra la mujer, participa en la asistencia prestada a esas víctimas y en las actividades de sensibilización. Se distribuyó ampliamente, en los 10 departamentos del país, un folleto en el que se insistía en el acceso a la asistencia por un período de 72 horas posteriores al acto de violencia para un seguimiento médico eficaz.

Si bien es cierto que al comienzo de la pandemia las mujeres de las zonas rurales parecían estar menos expuestas a la infección por el VIH que las de las zonas urbanas, la precariedad de su acceso a la atención médica, el fenómeno de la migración del campo a la ciudad, de una ciudad a otra y de la ciudad al exterior las ha hecho más vulnerables.

El Ministerio de Salud Pública y Población prevé en su plan estratégico toda una serie de cuidados de asistencia primaria para las mujeres en edad reproductiva, las mujeres embarazadas y también los niños y adolescentes de ambos sexos. Corresponde al Ministerio de la Condición Femenina y los Derechos de la Mujer y las organizaciones de la sociedad civil velar por la aplicación de esas medidas.

Artículo 13

Actividades recreativas y vida cultural

En Haití, las actividades culturales y deportivas no están prohibidas a las niñas ni a las mujeres. Sin embargo, como se señala en el informe, las niñas ayudan mucho a sus madres en los quehaceres domésticos, por lo que no tienen suficiente tiempo para dedicarse a actividades culturales y deportivas.

En realidad, el problema de la no participación o la escasa participación de las niñas de las zonas rurales en actividades culturales también se debe a otros factores. El Estado, por falta de recursos técnicos y financieros, todavía no ha logrado desarrollar los aspectos de los programas de estudios relacionados con las actividades deportivas y culturales, ni dotar a las escuelas públicas de la infraestructura necesaria para realizar dichas actividades. Los cargos electos de las comunidades territoriales, por falta de medios, todavía no han podido proponer actividades recreativas o deportivas a los niños y jóvenes de sus comunidades o distritos. Y, por último, debido a la extrema pobreza de los padres de las zonas rurales, éstos no pueden ofrecer a sus hijos otras actividades recreativas que no sean las que brindan las iglesias o misiones de la zona. En las escuelas públicas, tanto las niñas como los niños deberían tener acceso a actividades deportivas y culturales. El Ministerio de la Condición Femenina y los Derechos de la Mujer se propone, como ya ha hecho con otros ministerios, entablar conversaciones con el Ministerio de la Juventud, los Deportes y las Actividades Cívicas para concertar un acuerdo formal sobre las medidas que deben adoptarse en ese sentido.

Constituyen un modelo digno de emular las jóvenes atletas haitianas que estuvieron en los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de Beijing en 2008 participaron en las pruebas de atletismo, yudo y gimnasia.

Artículo 14

Las mujeres de las zonas rurales

Todos los estudios estadísticos y las encuestas recientes subrayan la disparidad entre el campo y la ciudad que, en el caso de las mujeres, se debe a dificultades sociales y económicas sumamente graves. Sin embargo, los estudios de proximidad revelan la contribución de las mujeres a la economía del país y su potencial para el desarrollo. Por su parte, el Ministerio de la Condición Femenina y los Derechos de la Mujer lamenta que en el documento de estrategia nacional de crecimiento y lucha contra la pobreza no se tuvieran suficientemente en cuenta las necesidades y la contribución de las mujeres de las zonas rurales. Partiendo del énfasis que se ha puesto en la producción nacional en los programas gubernamentales y de reactivación de la agricultura, el Ministerio de la Condición Femenina y los Derechos de la Mujer presenta en su Plan de Acción de 2008-2009 actividades dirigidas a promover el espíritu empresarial de las mujeres de las zonas urbanas y rurales y ampliar los proyectos dirigidos a las mujeres en los sectores de la agricultura y la ganadería.

El plaçage es la forma de unión consensual más común en Haití. Para las mujeres de las zonas rurales, como para todas las haitianas que viven bajo ese régimen de unión consensual, la aprobación por el Parlamento del proyecto de ley presentado por el Ministerio de la Condición Femenina y los Derechos de la Mujer eliminaría los efectos negativos de una unión que la ley no reconoce.

Artículo 16

Relaciones familiares

29-30. La Ley de igualdad entre los géneros, que está incluida en el Plan de Acción de 2008-2009 del Ministerio de la Condición Femenina y los Derechos de la Mujer contemplará todas las formas de discriminación que aún hay en el Código Civil en materia de relaciones familiares. Esa ley concuerda con las reformas de la legislación en virtud del decreto de 8 de octubre de 1982, que modifica el Código Civil en lo que respecta a la situación de la mujer casada, y el decreto de 6 de julio de 2005, que modifica el Código Penal en lo relativo a la despenalización del adulterio.

Protocolo facultativo y enmienda del párrafo 1 del artículo 20 de la Convención

En cuanto al Protocolo Facultativo, lo dicho en el informe del país sigue siendo válido actualmente. El Gobierno de Haití está convencido de que las medidas de divulgación y difusión nacional del informe, junto con las observaciones finales del Comité después de la presentación oficial y el debate constructivo en torno al informe, despertarán el interés del Estado y la sociedad civil en la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.

El Ministerio de la Condición Femenina y los Derechos de la Mujer se propone recomendar al Gobierno que adopte las disposiciones necesarias para la adhesión formal a la enmienda del artículo 20 de la Convención y para la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.

Siglas utilizadas

BPMBrigadas de protección de menores

DPAGDirección en lo relativo a la incorporación de la perspectiva de género

DSNCRPDocumento de estrategia nacional de crecimiento y lucha contra la pobreza

FOSREFFundación para la salud reproductiva y la educación familiar

IHEInstituto Haitiano de la Infancia

IHSIInstituto Haitiano de Estadísticas e Informática

MARNDRMinisterio de Agricultura, Recursos Naturales y Desarrollo Rural

MASTMinisterio de Asuntos Sociales y de Trabajo

MCFDFMinisterio de la Condición Femenina y los Derechos de la Mujer

MINUSTAHMisión de Estabilización de las Naciones Unidas en Haití

MJSPMinisterio de Justicia y Seguridad Pública

MJSSCMinisterio de la Juventud, los Deportes y las Actividades Cívicas

MSPPMinisterio de Salud Pública y Población

UNIFEMFondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer

URAMELUnidad de Investigación y Actividades Forenses

Anexo

Cuadro 1Número de víctimas recibidas en las instituciones por año (mujeres y niñas)

Año

GHESKIO

SOFA

Kay Fanm

MSF/F

2002

58

85

2003

70

62

200

2004

261

113

198

2005

211

440

380

109

2006

534

726

954

237

2007

389

360

585

157

Fuentes: Informes de GHESKIO, SOFA, Kay Fanm y MSF/F.

Gráfico 1Número de víctimas recibidas por institución y por año, entre 2003 y 2007

Número de víctimas recibidas por institución y por año

1 2001 0008006004002000

Número de víctimasGHESKIO

SOFA

Kay Fanm

MSF

Primer semestre20072006200520042003

Año

Fuentes: Informes de GHESKIO, SOFA, Kay Fanm y MSF/F.

Gráfico 2Distribución de los casos por grupos de edad y por institución

24%76%48%52%11%89%52%86%64%36%67%33%0%10%20%30%40%50%60%70%80%90%2006 20072006 2007 2006 2007<18 años>18 añosMSFSOFAKay Fanm

Fuentes: Informes de MSF/F, SOFA y Kay Fanm.

Cuadro 2Número de casos de violación recibidos por año y por institución

Año

GHESKIO

Kay Fanm

SOFA

MSF/F

2002

58

2003

70

30

13

2004

261

55

46

2005

211

84

157

109

2006

534

133

155

237

2007

389

81

101

157

Fuentes: Informes de GHESKIO, SOFA, Kay Fanm y MSF/F.

Cuadro 3Número de víctimas de violación individual o colectiva, entre 2003 y 2007

Datos de SOFA y Kay Fanm

Año

Kay Fanm

SOFA

Total

Violación individual

Violación colectiva

Violación individual

Violación colectiva

2003

18

12

11

2

43

2004

26

29

39

7

101

2005

42

42

144

13

241

2006

94

39

132

23

288

2007

57

24

79

22

182

Fuentes: Informes de SOFA y Kay Fanm.

Nota: Los datos proceden del documento URAMEL, noviembre de 2007.