Párrafos

Página

Introducción

1-46

3

Información relativa a los artículos 2 a 16 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

47-235

18

Artículo 2

47-63

18

Artículo 3

64-71

22

Artículo 4

72-74

24

Artículo 5

75-80

25

Artículo 6

81-92

27

Artículo 7

93-116

32

Artículo 8

117-118

40

Artículo 9

119-127

41

Artículo 10

128-147

43

Artículo 11

148-157

49

Artículo 12

158-179

52

Artículo 13

180-187

59

Artículo 14

188-202

62

Artículo 15

203-208

66

Artículo 16

209-235

68

Referencias

74

I.Introducción

1.El Iraq ratificó su adhesión a la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer mediante la Ley No. 66 el 28 de junio de 1986. Su primer informe se presentó en 1989 y sus informes periódicos segundo y tercero se presentaron en agosto de 1998 y fueron examinados en junio de 2000. Este informe abarca el período comprendido entre 1998 y finales de 2010, es decir, el período abarcado por los informes cuarto, quinto y sexto de la República del Iraq. Para preparar este informe de síntesis se formó una comisión sectorial con una amplia representación de los ministerios competentes. El comité estuvo presidido por el Ministerio de Derechos Humanos y sus miembros procedían del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio Estatal de Asuntos de la Mujer, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Educación Superior e Investigaciones Científicas, el Ministerio de Sanidad, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Planificación. Además, el comité invitó a representantes de otras instituciones, cuyas opiniones se recabaron para el informe, junto con representantes de organizaciones no gubernamentales (ONG). El comité y los representantes de las NGO recibieron capacitación avanzada para la preparación del informe del Estado y el informe alternativo sobre la Convención del comité del Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM), en coordinación y colaboración con el Consejo Nacional de Mujeres de la República Árabe de Egipto. La capacitación se impartió del 25 al 30 de junio de 2008. Asimismo, el Instituto Nacional de Derechos Humanos organizó 45 talleres de capacitación sobre la Convención para funcionarios del Gobierno y personal de los consejos provinciales y municipales de todo el Iraq, incluida la región del Kurdistán. Mientras el comité preparaba el informe, se colocó un gran número de carteles en muchos lugares públicos de Baghdad y las provincias con objeto de informar y educar acerca de la Convención. Se llegó a un acuerdo entre el Ministerio de Derechos Humanos y el UNIFEM sobre el nombramiento de una experta nacional, la Sra. Tamim Jalil al-Azawi, a fin de que colaborara con el comité y coadyuvara en la preparación del informe.

2.Una vez el comité hubo preparado el proyecto inicial del informe, se publicó en la página web del Ministerio de Derechos Humanos y se anunció en periódicos de amplia circulación dentro del Iraq y en el extranjero. El comité recibió un número apreciable de observaciones sobre el proyecto. Además, celebró una reunión con varias ONG que se ocupan de los derechos de la mujer y examinó sus opiniones y observaciones sobre el proyecto de informe. La reunión contó con la asistencia de la Ministra de Derechos Humanos, Sra. Wijdan Salim. Por otra parte, se enviaron ejemplares del proyecto a todos los ministerios y a otras instituciones, como el Consejo de Representantes, el Consejo Judicial Supremo y la Secretaría General del Consejo de Ministros. La mayoría de estas instituciones transmitieron sus observaciones a la comisión. El comité estudió todas estas observaciones y las incorporó en el segundo proyecto del informe, que se publicó también en el sitio web del Ministerio de Derechos Humanos. El segundo proyecto fue examinado por especialistas y expertos del Ministerio de Derechos Humanos, quienes formularon observaciones adicionales al respecto. La comisión tuvo en cuenta todas las observaciones hechas por el Comité de expertos y los activistas que transmitieron sus observaciones al Ministerio de Derechos Humanos por conducto del sitio web y se preparó un tercer proyecto, que fue remitido al Consejo de Ministros para su examen y aprobación.

3.El comité de seguimiento de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer examinó los informes segundo y tercero del Iraq en sus sesiones 468ª y 469ª, celebradas el 14 de junio de 2000, y publicó sus observaciones y recomendaciones al respecto. En cumplimiento de la recomendación 209 del comité (A/55/38), el Iraq ha respondido como se indica en el cuadro siguiente:

No.

Recomendación No.

Respuesta

1

179, 180, 181, 182

Se indica en relación con el artículo 2 en los párrafos 48 a 51 y 59 a 62 del informe

2

183

Se indica en relación con el artículo 2 en los párrafos 48 a 51 del informe

3

184, 185

El Ministerio Estatal de Asuntos de la Mujer está trabajando en la formulación de una estrategia nacional para el adelanto de la mujer

4

187

Se indica en relación con los artículos 2, y 9 en los párrafos 48 a 51 del informe

5

189

Se indica en los párrafos 16 a 20 de la introducción del informe, así como en relación con el artículo 2 en los párrafos 59 a 63

6

190

Se indica en los párrafos 16 a 26 del informe

7

191

Se indica en el los pasajes del informe que tratan del artículo 5

8

192, 193, 194

Se indica en los párrafos 16 a 26 y 28 a 31 de la introducción del informe

9

195, 196

Se indica en el los pasajes del informe que tratan del artículo 7

10

197, 198

Se indica en relación con el artículo 10 en los párrafos 145 a 147 del informe

11

199, 200

Se indica en relación con el artículo 11 en los párrafos 149 a 151 del informe

12

201, 202

Se indica en el los pasajes del informe que tratan del artículo 13 del informe

13

203, 204

Se indica en relación con el artículo 12 en los párrafos 163 a 175 del informe

14

205, 206

Se indica en relación con el artículo 14 en los párrafos 190, 194 y 199 a 203 del informe

15

207, 208

Se indica en lo párrafos 25 y 26 de la introducción del informe

16

210

Se indica en lo párrafos 29 a 31 y 32 c) de la introducción del informe

4.A pesar de los retos que se han planteado desde la presentación de los informes segundo y tercero por la continuación de las sanciones y el cambio de régimen, el 9 de abril de 2003, el Gobierno del Iraq ha procurado aplicar las recomendaciones del comité de seguimiento de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. En este informe se reseña lo que el Gobierno ha hecho en relación con los contextos aplicados por el comité, que incluyen:

a)Los desafíos a que el Gobierno y el pueblo del Iraq enfrentaron durante el período abarcado por el informe y se siguen enfrentando en la actualidad;

b)La condición y la situación de la mujer en las esferas a que hace referencia la Convención;

c)Las políticas adoptadas por el Gobierno para hacer frente a los desafíos, como trabajar para formular estrategias para el adelanto de la mujer, eliminar la violencia contra la mujer y luchar contra la corrupción y, por último, el plan nacional para la promoción de los derechos humanos en general, incluidos los derechos humanos de la mujer. En este plan han trabajado órganos gubernamentales de las ramas judicial, legislativa y ejecutiva, así como organizaciones internacionales, organizaciones de la sociedad civil que se ocupan de los derechos humanos y medios de comunicación. En una conferencia nacional que congregó a todos los órganos interesados se anunció que el plan se encontraba en proceso de aprobación por parte de las autoridades competentes;

d)Los esfuerzos realizados por el Estado para vigilar la aplicación de los derechos humanos en general y los derechos de la mujer con arreglo a la Convención en particular, por conducto de:

•Las tres ramas del Estado: judicial, legislativa y ejecutiva;

•La creación de instituciones públicas como el Ministerio de Derechos Humanos, el Ministerio Estatal de Asuntos de la Mujer y el Ministerio Estatal para la Sociedad civil;

•La creación de una alta comisión de derechos humanos -en vías de establecimiento- que se encargará de examinar el sistema legislativo y trabajar para eliminar la discriminación contra la mujer;

•La participación de algunas organizaciones de la sociedad civil que se ocupan de los asuntos de la mujer a fin de tener en cuenta sus opiniones sobre la forma y el contenido del informe, tras la publicación del proyecto en el sitio web del Ministerio de Derechos Humanos y, posteriormente, la convocación de una reunión presidida por el Ministro de Derechos Humanos en la cual se formularon recomendaciones conjuntas que se tomaron en consideración cuando se revisó el proyecto de informe.

5.En este informe se examina el compromiso del Iraq con la aplicación de la Convención en el período comprendido entre 1998 y finales de 2010. Por tanto, es una síntesis de los informes cuarto, quinto y sexto.

6.La República del Iraq, que está situada en la parte oriental de la patria árabe, se halla en el suroeste de Asia. Al norte, tiene una frontera de 337 kilómetros de extensión con Turquía; al este, la frontera con la República Islámica del Irán se extiende por 1.300 kilómetros. Al oeste, limita con la República Árabe Siria y el Reino Hachemita de Jordania, mientras que al suroeste limita con el Reino de Arabia Saudita. Al sur, comparte frontera con Kuwait. La frontera entre el Iraq y sus vecinos occidentales y meridionales se extiende por 1.785 kilómetros. El Iraq se encuentra entre las latitudes 29.50° y 37.22° N, y entre las longitudes 38.45° y 48.45° E y tiene una superficie de 435.052 kilómetros cuadrados. Según las estimaciones oficiales, la población del país ascendía a 29.682.081 habitantes en 2007.

7.El Iraq es conocido como una tierra de nacionalidades, religiones y sectas. Fue miembro fundador de la Liga de los Estados Árabes, con cuya carta está activamente comprometido. El Iraq forma parte del mundo islámico.

8.La región del Kurdistán está situada en el norte del Iraq e incluye las tres provincias de Al-Sulaymaniyah, Arbil y Duhuk. Tiene una superficie de 38.650 kilómetros cuadrados y una población de 3.941.529 habitantes.

Sistema de gobierno de la República del Iraq

9.El Iraq es una república democrática parlamentaria; es un Estado unitario federal plenamente soberano. Esto se señala en el artículo 1 de la Constitución iraquí de 2005.

10.El Estado iraquí se fundó en 1921 como monarquía y se convirtió en república el 14 de julio de 1958. Desde 1979 hasta 2003, el régimen tuvo forma de dictadura unipersonal. Esto no significa que 1958 y 1979 el régimen fuera democrático; antes bien, varió entre liberal y dictatorial.

11.El régimen dictatorial que estuvo en el poder entre 1979 y 2003 llevó al país a una serie de guerras ruinosas, según se indica a continuación:

•La guerra entre el Irán e Iraq (1980-88);

•La guerra que siguió a la ocupación de Kuwait (1991);

•La tercera Guerra del Golfo (2003), que generó un cambio en la forma del régimen de una dictadura unipersonal centralizada a la democracia.

12.Tras su ocupación de Kuwait en agosto de 1990, el Iraq fue sometido a un régimen de sanciones económicas. El Consejo de Seguridad impuso un bloqueo económico brutal, cuyos efectos destructivos profundos tuvieron un impacto negativo en el poder adquisitivo de los iraquíes y les impidió gozar plenamente de sus derechos económicos, con las consiguientes repercusiones en sus derechos sociales, civiles y culturales a todos los niveles. Los derechos políticos siguieron siendo violados por el régimen, que adoptó una forma más opresiva y despiadada. Las violaciones revistieron muchas formas, como detenciones generalizadas entre la oposición política y ejecuciones sumarias ordenadas por tribunales especiales. La existencia de fosas comunes en todo el país se presenta como un testimonio imperecedero de la envergadura de las violaciones. Entre las violaciones manifiestas de los derechos humanos figuraron el desplazamiento forzado de algunos grupos, el drenaje de las marismas y el empleo de armas químicas en la región del Kurdistán, lo que llevó a la entonces Comisión de Derechos Humanos a nombrar un Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en el Iraq, cuyo mandato duró desde el decenio de 1990 hasta 2005.

13.Después de la Guerra del Golfo de 1991, el Iraq fue sometido a un trato especial de resultas de la aprobación, el 5 de abril de 1991, de la resolución 688 del Consejo de Seguridad, relativa a la protección de los civiles en el Iraq septentrional y meridional tras la retirada del ejército del iraquí de las provincias de la región del Kurdistán, y la imposición de una zona de prohibición de vuelos en su espacio aéreo. Después de las elecciones generales en la región del Kurdistán, se procedió a la formación de un gobierno y un parlamento regionales que actuaron de forma semiindependiente del Gobierno central. Esto tuvo efectos positivos en los derechos humanos en la región del Kurdistán en comparación con la situación de los derechos humanos en el resto del país, donde se padecieron violaciones constantes a manos de las autoridades del Gobierno.

14.Después de la primavera de 2003 y la caída de la dictadura, se registró una serie de acontecimientos que dejaron su impronta en la situación de los derechos humanos y tuvieron efectos directos en las mujeres. Los principales acontecimientos del período pueden resumirse como sigue:

•El saqueo, pillaje y sabotaje de la mayoría de las instituciones del Gobierno;

•La aprobación de una serie de decretos por la Autoridad Provisional de la Coalición, que se encargó de administrar los asuntos del país desde abril de 2003 hasta finales de junio de 2004. El primero y más importante de ellos fue la disolución de las instituciones militares y de seguridad, que contribuyó directamente al debilitamiento de la autoridad de la ley.

15.A finales de junio de 2004, la soberanía se transfirió al pueblo iraquí y se formó un Gobierno provisional, en cumplimiento de un reglamento de la Autoridad Provisional de la Coalición de 9 de junio de 2004, para que administrara el país hasta la elección de un consejo nacional, del que surgió un segundo Gobierno provisional. La principal tarea de este fue organizar y celebrar un referendo sobre una constitución permanente para el país y, en cumplimiento de ella, elecciones generales para el Consejo de Representantes. La constitución se presentó al pueblo en un referendo a finales de 2005 y a mediados de 2006 se formó un nuevo Gobierno, democráticamente elegido.

Intimidación y violencia contra las mujeres

16.Las mujeres iraquíes estuvieron expuestas a diversos niveles de intimidación entre 2003 y 2010, de los que cabe resaltar, como los más importantes, los siguientes:

a)La falta de cumplimiento de la ley debido a la disolución de los órganos encargados de hacerla cumplir o a su actuación deficiente;

b)La presencia de mujeres en el ámbito de las operaciones armadas, que se tradujo en violencia directa en su contra o contra sus familiares y causó un miedo constante entre las mujeres;

c)Las mujeres fueron las más afectadas cuando las instituciones públicas dejaron de desempeñar sus funciones debidamente y escasearon los servicios sociales prestados por ellas. El Iraq fue clasificado como uno de los países más corruptos del mundo;

d)Los actos de violencia armada, incluido el control ejercido sobre la situación de las mujeres por determinados grupos, lo que hizo que fueran objeto de intimidaciones por parte de esos grupos, que propagaron ideas y pronunciamientos religiosos (fetua) incompatibles con las enseñanzas del Islam y su utilización para justificar la limitación del papel de las mujeres y el ejercicio de violencia en su contra. Hubo familias, incluidas las mujeres, que se vieron obligadas a elegir entre abandonar sus hogares o ser asesinadas en razón de su identidad. Estos actos continuaron hasta mediados de 2008 pero disminuyeron después de que se empezara a aplicar el plan para hacer cumplir la ley –un plan amplio aprobado por el Estado para poner freno a los actos de terrorismo, arrestar y juzgar a los autores y hacer cumplir la ley;

e)La falta de un censo de la población general hasta el presente como base de información fiable para estudios, investigaciones e informes.

Efectos de la violencia en la situación de las mujeres en el Iraq después del 9 de abril de 2003

17.La incidencia de la violencia armada tras el cambio de régimen tuvo serias repercusiones en las mujeres, que fueron blanco directo de grupos extremistas armados, los cuales dieron muerte a centenares de ellas invocando justificaciones políticas o fetuas promulgadas por fanáticos religiosos. Los actos realizados bajo estos pretextos han tenido efectos prolongados en varios grupos de mujeres, incluidas funcionarias públicas, periodistas, políticas, intérpretes, trabajadoras de los medios de comunicación y profesionales.

18.En el Informe nacional sobre la situación del desarrollo humano (2008) se llama la atención sobre el hecho de que las mujeres representaron el 5% de todos los profesores y personal académico asesinados entre 2003 y 2006 y el 7% de los periodistas asesinados en el mismo período. Se trata de una proporción muy elevada en comparación con el número total de mujeres que ejercen estas profesiones. La violencia imperante ha repercutido en el estado de ánimo de las mujeres. Un estudio realizado en 2006 en Mosul (ciudad que ha sufrido y sigue sufriendo la violencia armada) indica que el 51% de las mujeres de la muestra del estudio presentaban síntomas de depresión. Este porcentaje es superior al observado entre los hombres, que ascendía al 27%. Aproximadamente el 72% de las mujeres de la muestra del estudio presentaban síntomas de ansiedad, en comparación con el 36% de los hombres muestreados.

19.Esto hizo que las mujeres desaparecieran de las calles después de que estas se convirtieran en un entorno peligroso en el que una mujer no podía aparecer sin ser objeto de abuso físico o mental o verse obligada a llevar el velo debido al control ejercido por grupos armados y extremistas que, en varias zonas, habían sustituido a las instituciones del Estado. En consecuencia, se aisló a las mujeres y se les impidió aparecer en público. En 2004-2005, se llegó al extremo de que las estudiantes universitarias fueron amenazadas de muerte con explosivos si continuaban estudiando sin ser segregadas de los hombres. Algunas instituciones del Estado incluso asignaron ascensores especiales para hombres y mujeres. En algunas escuelas, las niñas de primaria fueron obligadas a llevar el velo. En otras palabras, la violencia de la fase de transición fue lo que repercutió más gravemente en las mujeres y la sociedad y la cuestión que más exigió la intervención directa de todas entidades estatales, la sociedad civil y las instituciones legislativas, judiciales y ejecutivas, independientemente de si la violencia era directa o indirecta. La abdicación por el Estado de su función fundamental de hacer frente a la violencia y brindar protección jurídica llevó a las mujeres a retirarse y ampararse en la tribu y la secta en vez de recurrir a la protección del Estado civil. Las mujeres rurales y urbanas, las trabajadoras y las amas de casa de todos los grupos de edad –niñas, jóvenes y mayores–, así como casadas o viudas, se convirtieron en víctimas de las prácticas sociales tradicionales carentes de protección o asistencia del aparato del Estado (cuadro 1).

20.No existen estadísticas precisas sobre el número de mujeres que perdieron la vida de resultas del terror que imperó en las calles iraquíes desde 2003 hasta la puesta en marcha del plan para hacer cumplir la ley en 2008. No obstante, es posible señalar algunos indicadores, como lo que sucedió en Basora en 2007, donde 140 mujeres perdieron la vida de resultas del extremismo de los grupos armados y de sus pronunciamientos religiosos, y donde ocho mujeres resultaron muertas a comienzos de 2008. En la provincia de Diabla, entre 150 y 200 mujeres encontraron la muerte el mismo año. En la región del Kurdistán, hubo mujeres que fueron muertas por familiares de maneras que hicieran creer que se habían suicidado, como prenderles fuego o lanzarlas desde la azotea de un edificio, o habían sufrido un accidente, como un accidente automovilístico.

21.Este asunto se caracteriza por varios fenómenos, los más importantes de los cuales son los siguientes.

Aumento del número de viudas

22.Las guerras emprendidas por el Iraq, las sanciones que se le impusieron tras la ocupación de Kuwait en 1990 y los delitos de desaparición arbitraria de opositores políticos cometidos por el régimen anterior han dejado viudas a un elevado número de mujeres. Este número aumentó después de la ocupación en 2003 debido a la violencia y el terror, que se cobraron la vida de muchas personas, sobre todo hombres, y el resultado fue el surgimiento de un amplio grupo social al que se privó del disfrute de los derechos humanos más elementales. Esto ha llevado a cinco organizaciones internacionales a ubicar al Iraq a la cabeza de la lista de países con el mayor número de viudas del mundo. No existen estadísticas precisas del número de viudas y las que hay son contradictorias. Sin embargo, parecen indicar que en 2008 había entre 1 millón y 1,5 millones de viudas. Las estadísticas del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales indican que 83.000 viudas cobran un subsidio de 90 dólares de los Estados Unidos al mes del sistema de asistencia social, lo que es a todas luces insuficiente para satisfacer sus necesidades básicas. Esta cifra no incluye a las viudas que cobran una pensión.

Desplazamiento forzado

23.Uno de los aspectos más violentos del período que despuntó en 2004 fue el desplazamiento forzado de familias a causa del extremismo sectario respaldado por la fuerza de las armas y el terror. Para salvar sus vidas, muchas familias tuvieron que abandonar sus hogares y barrios dejando atrás sus pertenencias. Este fenómeno se agravó en 2006 y 2007 pero empezó a disminuir a comienzos de 2008 con la aplicación del plan para hacer cumplir la ley. Este desplazamiento tuvo consecuencias brutales para las mujeres, sobre todo cuando fue acompañado por la muerte de un marido o hijos que eran el sostén de la familia, en cuyo caso la mujer tuvo que asumir la responsabilidad de asegurar la subsistencia de sus hijos y la suya propia, a pesar de los daños psicológicos, sin apoyo adecuado del Estado. La mayoría de las familias desplazadas vivían todo el año en tiendas de campaña. Ahora bien, una vez que se puso en marcha el plan para hacer cumplir la ley, estas familias comenzaron a regresar a sus hogares (a menos que no poseyeran una vivienda). El Estado ofreció un subsidio de 800 dólares a cada familia que retornara. Según las estadísticas de la Misión de Asistencia de las Naciones Unidas para el Iraq (UNAMI), en el primer semestre de 2008 hubo 100.000 familias que lo hicieron.

Terroristas suicidas

24.Con el aumento de la violencia y el terror, el fenómeno de las terroristas suicidas, es decir, de mujeres utilizadas por grupos terroristas para llevar a cabo operaciones suicidas haciéndose estallar en determinados lugares, alcanzó proporciones alarmantes. Estos actos causaron la muerte de muchas personas inocentes. Con frecuencia, los grupos terroristas utilizan retrasadas mentales, como ocurrió el 1 de febrero de 2008 en un mercado de ganado en Al Shurya y, el mismo día, en un mercado de la zona de Baghdad al Yadida. Estos grupos aprovechan el aislamiento de algunas mujeres para obligarlas a consumir drogas. Explotan la desesperación y la pérdida del equilibrio psíquico de la mujer causado por la pérdida de una persona cercana o su precaria situación material. También utilizan mujeres reclutadas por voluntad propia. El motivo para utilizar mujeres es que pueden circular sin llamar la atención, mientras que los terroristas pueden sospechar que están siendo seguidos por las fuerzas de seguridad. Con frecuencia, las terroristas proceden de zonas totalmente controladas por grupos terroristas, donde esos grupos pueden ejercer su influencia sobre ellas de forma directa. Según las estadísticas del Ministerio de Seguridad Nacional, las terroristas suicidas llevaron a cabo 29 operaciones entre 2007 y 2008: nueve en Baghdad, diez en Diyala, tres en Al Anbar y cuatro en Mosul, así como dos en Babil y una en Al Nayaf. Las estadísticas correspondientes a 2008 indican que una mujer fue condenada por terrorismo y otra por atentar contra la seguridad nacional, mientras que 28 han sido condenadas por secuestro, que suele ser el primer paso en la senda del terrorismo, que acaba en extorsión y asesinato. Por otra parte, hay 24 mujeres detenidas bajo la acusación de terrorismo y 31 bajo la acusación de secuestro. Las autoridades iraquíes están ansiosas por estudiar las causas de este fenómeno a fin de frenarlo y de que el Ministerio de Defensa y la presidencia del Comité de asuntos de la mujer, la infancia y la familia del Consejo de Representantes proporcionen soluciones. Se ha preparado un estudio sobre este asunto en coordinación con la Oficina del Asesor Jurídico de la Dirección General de Inteligencia y Seguridad.

Actos de violencia dirigidos contra mujeres pertenecientes a minorías

25.De resultas de la escalada de la violencia y el terror, en el Iraq las minorías en general y las mujeres y los niños pertenecientes a minorías en particular han estado en peligro desde 2003. Estos problemas son, al parecer, mayores para las mujeres pertenecientes a minorías a causa de los dictámenes religiosos promulgados por los grupos extremistas respecto de la violencia, en los que se trata a los no musulmanes como enemigos religiosos e históricos cuyo castigo o, más precisamente, aniquilación, es un deber en virtud del derecho religioso. Los cristianos empezaron a ser tomados como blanco con el pretexto de que su religión está vinculada a Occidente (el ocupante), de que algunos cristianos elaboran y venden vino y de que muchos de ellos trabajan para las fuerzas multinacionales. Los sabeos y los yazidis fueron blanco de ataques con el pretexto de que son infieles. La secta shabak tampoco quedó inmune. Los pronunciamientos religiosos de los grupos extremistas justifican las agresiones contra mujeres no musulmanas basándose en la creencia de que la violación de mujeres no musulmanas equivale a un acto de purificación. Muchas fuentes y entrevistas con cristianos confirman que el matrimonio forzoso de mujeres cristianas con dirigentes de grupos armados era una práctica generalizada en la zona de Durah de Baghdad. El guardia de una iglesia de Baghdad confirmó tres casos de violación de mujeres cristianas, dos de las cuales fueron muertas, en tanto que la tercera fue obligada a contraer matrimonio con el jefe de un grupo armado.

26.Los grupos armados procuraron controlar el comportamiento de las mujeres de varias maneras, como obligando a las mujeres musulmanas y no musulmanas a llevar el velo, o prohibiéndoles alternar con hombres e incluso conducir vehículos. Las mujeres iraquíes pertenecientes a minorías fueron víctimas de la violencia por partida doble: por una parte, fueron objeto de ella en cuanto mujeres, y por otra, se puso en peligro su identidad religiosa obligándolas a renegar de su fe y a unirse al islam. Esto creó inseguridad entre las mujeres y el temor se convirtió en el mayor desafío enfrentado por las mujeres pertenecientes a minorías. Los resultados de un estudio de 2007 de la UNAMI sobre la situación de las mujeres pertenecientes a minorías publicado a comienzos de 2009 mostró que el 76,8% de las mujeres de una muestra de todas las minorías que respondieron, vivían en un estado de temor e intimidación. Las proporciones variaban; el 91,2% de las mujeres sabeo-mandeas temían por sus vidas, seguidas por el 88,3% de las yazidis. Según los dictámenes religiosos promulgados por los grupos extremistas estos dos grupos minoritarios son infieles y está permitido apropiarse de su dinero y sus bienes a menos que se conviertan al Islam.

Medidas adoptadas por el Gobierno para mejorar la situación de las mujeres en el Iraq después del 9 de abril de 2009

27.El Gobierno federal ha hecho esfuerzos excepcionales para frenar y eliminar la violencia terrorista a través de la acción cotidiana y extraordinaria de sus organismos judiciales, ejecutivos y legislativos. Con objeto de reducir la escala de la violencia contra las mujeres, por una parte, y fortalecer al mismo tiempo el papel de los organismos que procuran hacer cumplir la ley, por otra, y de conformidad con la recomendación general No. 19 del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, según la cual la violencia basada en el género es una forma de discriminación, y el artículo 29, párrafo 4, de la Constitución del Iraq (que estipula lo siguiente: “Quedan prohibidas todas las formas de violencia y maltrato en la familia, la escuela y la sociedad”), el Gobierno iraquí ha adoptado numerosas medidas y políticas a varios niveles para eliminar la violencia contra la mujer. as más importantes de ellas son las que a continuación se indican.

Ministerio de Derechos Humanos

28.Este Ministerio fue creado como una división del Observatorio de los derechos de la mujer, que vigila los abusos de que son objeto las mujeres en el Iraq. Entre sus tareas se cuenta la preparación de un informe anual sobre la situación de los derechos de la mujer. Además, el Ministerio está representado en muchos comités pertinentes y ha establecido contactos con los órganos competentes en un intento de conseguir que se modifiquen algunas leyes y disposiciones legislativas, así como para proponer nuevas políticas.

29.El Instituto Nacional de Derechos Humanos fue establecido para:

•Crear conciencia e impartir capacitación sobre los derechos humanos en general. El Instituto ha organizado 45 talleres especializados para dar a conocer la Convención en Baghdad y las provincias, en los que han participado 2.060 personas de varios grupos, incluidas 1.166 mujeres. Además, el Instituto ha procurado crear conciencia sobre la violencia en el hogar, la violencia contra la mujer y la trata de seres humanos mediante talleres dirigidos a varios grupos en la mayoría de las provincias.

•Crear conciencia sobre el contenido de la Convención como parte de todos los cursos de capacitación básica que ofrece. Se han organizado 193 cursos de este tipo, a los que han asistido más de 3.600 hombres y mujeres.

30.Las oficinas del Ministerio en todas las provincias han organizado numerosos cursos de capacitación con un componente de derechos humanos en los que se ha proporcionado información sobre la Convención. Los cursos estuvieron dirigidos a diversas instituciones de las capitales provinciales y de distritos y subdistritos subsidiarios.

31.Asimismo, el Ministerio ha procurado:

a)Abordar la cuestión de la reconciliación nacional y crear conciencia sobre su importancia. El Ministerio ha puesto gran empeño en garantizar la participación activa de mujeres en todos los talleres que ha organizado. Se han celebrado unos 90 seminarios de esta clase, a los que han asistido más de 2.000 hombres y mujeres;

b)Preparar un estudio sobre el proyecto de establecer un centro nacional de protección de las mujeres iraquíes contra la violencia.

Ministerio Estatal de Asuntos de la Mujer

32.Este Ministerio ha instituido una serie de medidas, como:

a)Una campaña nacional para combatir la violencia contra las mujeres que incluyó la celebración de seminarios jurídicos, inicialmente para los ministerios estatales, los cuales se ampliaron luego para incluir a las provincias. En asociación con los ministerios y las ONG competentes, se aprobó un proyecto de ley sobre la lucha contra la violencia doméstica y se puso en marcha una campaña para combatirla, con la participación de la mayoría de los ministerios estatales;

b)La formulación y ejecución de un programa de concienciación sobre el concepto de género, al que dieron seguimiento las funcionarias de enlace de los ministerios, las instituciones públicas y las ONG, y la formulación de políticas para llevar el concepto a la práctica. El programa también procura concienciar sobre la relación entre el concepto de género y el desarrollo sostenible, con la colaboración de las organizaciones competentes de las Naciones Unidas. Asimismo, el Ministerio supervisa las encuestas de mujeres para conocer la situación de las mujeres en los lugares de trabajo y los puestos de adopción de decisiones;

c)La prestación de capacitación relacionada con la Convención y la adopción de vastas campañas para erradicar el analfabetismo jurídico entre las mujeres iraquíes e informarlas de todos sus derechos en virtud de la Constitución de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos por medio de talleres de capacitación y educación dirigidos a los empleados de ambos sexos en todas las provincias.

Departamento de Bienestar de la Mujer (adscrito al Consejo de Ministros)

33.Este Departamento fue establecido el 22 de julio de 2008 y entró en funcionamiento el 15 de enero de 2009. El Departamento se ocupa de los asuntos relacionados con las viudas, las divorciadas, las solteras y las mujeres de desaparecidos y cuenta con una red de protección social que presta ayuda a las mujeres cuyo sustento diario no está a cargo de un hombre, las mujeres con discapacidades y las mujeres desempleadas. Además, se ocupa de la enseñanza y la formación encaminada a fomentar la capacidad de las mujeres y a empoderarlas. Otro aspecto de su labor es la creación de oportunidades de empleo que se ajusten a las capacidades de las mujeres académicas y profesionales y el logro de una proporción de nombramientos de mujeres en los departamentos gubernamentales, una proporción de viviendas y una proporción del microcrédito.

Comisión sectorial de los ministerios competentes

34.En cumplimiento de la orden administrativa No. 80 (2009) de la Secretaría General del Consejo de Ministros, se estableció una Comisión presidida por el Ministerio Estatal de Asuntos de la Mujer, en la que participan el Ministerio del Interior, el Ministerio de Derechos Humanos, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y el Ministerio Estatal de Asuntos de la Sociedad Civil, con la tarea de examinar el sistema legislativo para garantizar que no se discrimine contra las mujeres, la aplicación de los párrafos de la Ley del estatuto personal que garantizan los derechos de la mujer, el establecimiento de oficinas de reconciliación familiar, la creación de una sección especial para las mujeres en las comisarías y la capacitación especializada de mujeres oficiales de policía. La Comisión presentó recomendaciones centradas en la protección de las mujeres contra la violencia en el hogar y la garantía de sus derechos humanos. La más importante de estas recomendaciones guarda relación con la creación de una dirección de protección de la familia para proteger a las familias de la violencia y brindar el máximo nivel de protección a las mujeres maltratadas. La Comisión inició su labor en la provincia de Baghdad, desde donde se ampliará a las demás provincias, tras el éxito del ensayo. El primer centro se estableció en Karkh el 28 de febrero de 2010; el segundo se estableció en Rusafah el 20 de julio de 2010, pero fue objeto de un atentado terrorista el 26 de agosto del mismo año. Asimismo, la Comisión sectorial tiene a su cargo la formulación de estrategias para promover la condición jurídica y social de la mujer, en colaboración con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD).

El Ministerio de Derechos Humanos presentó una propuesta sobre la participación de los ministerios antes mencionados en la formulación de un proyecto de ley para combatir la violencia doméstica. El Ministerio también preparó un estudio sobre la discriminación de la mujer en el Código Penal No. 111 (1969) y presentó una recomendación relativa al examen de la Ley del estatuto personal No. 188 (1959).

Ministerio del Interior

35.El Departamento de Policía de Proximidad fue creado por el Ministerio del Interior en 2008 y entró en funcionamiento en 2009. Se trata de un servicio de policía civil que actúa como intermediario entre el sector de la seguridad (comisarías) y las instituciones y los dirigentes comunitarios. Su tarea es establecer contacto con la comunidad e interactuar con ella a fin de lograr el nivel máximo de participación real de la policía y la comunidad en las funciones de seguridad, en consonancia con el concepto de seguridad humana general. Sus funciones son:

•Servir de enlace entre la policía y la comunidad en consonancia con el concepto de seguridad humana general, promover los derechos humanos con objeto de reducir los índices de delincuencia y violación de la ley proporcionando mecanismos de intervención temprana y abordar los problemas sociales, en particular los relacionados con las cuestiones de violencia sectaria y doméstica;

•Brindar apoyo psicológico y social a las víctimas de delitos e incidentes terroristas graves y ayudar a tratar sus efectos, en particular entre las mujeres y los niños;

•Abordar las cuestiones que no llegan al conocimiento de una comisaría (delitos que no se denuncian). Esto incluye los delitos cometidos en el seno de la familia, como los abusos sexuales, en particular de niños, y el incesto;

•Facilitar el acceso a centros de acogida para las mujeres y los niños necesitados de protección provisional y servicios de cohesión de la comunidad en los casos de disputas domésticas, violencia en el hogar, falta de atención de la educación de los niños y respecto de las cuestiones relacionadas con la violación, los abusos sexuales y el suicidio.

Vigilancia de la trata de personas y del tráfico de material pornográfico y drogas

36.Con objeto de cumplir su cometido y alcanzar sus objetivos, el Departamento ha procurado celebrar reuniones consultivas periódicamente con miembros de la sociedad y organizaciones de la sociedad civil a fin de determinar y alcanzar una estrecha comprensión de los grandes problemas sociales y encontrarles solución. El organismo cuenta con 537 miembros adscritos a 17 comisarías de la provincia de Baghdad que llevan a cabo análisis y evaluaciones pormenorizados de la opinión pública respecto del Ministerio del Interior a través de los medios de comunicación y encuestas sobre el terreno.

37.En 2009, 50 mujeres agentes egresaron de la academia de policía y fueron asignadas a la lucha contra la violencia contra las mujeres y la tarea de asegurar que las mujeres maltratadas soliciten refugio y tengan suficiente confianza para hablar de sus problemas sin avergonzarse. El mismo año se estableció con carácter experimental un cuerpo femenino de policía de 822 miembros en la provincia de Karbala y de 630 en la provincia de Al-Najaf para brindar protección a las visitantes de los lugares sagrados.

38.Además, el Ministerio de Defensa, que se preocupa por la situación de sus funcionarias, procura fortalecer sus capacidades y habilidades proporcionándoles conocimientos especializados sobre labores militares y civiles y las normas internacionales de derechos humanos.

Lucha contra la corrupción

39.Al Iraq está interesado en luchar contra la corrupción y se adhirió a la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción en 2007. A principios de 2010 se publicó la estrategia nacional de lucha contra la corrupción hasta el año 2014, que prevé la participación de todos los óranos competentes en la aplicación de esta Convención y les hace responsables del desempeño requerido. Dado el vínculo que existen entre la corrupción y las violaciones de los derechos humanos, a comienzos del segundo trimestre de 2010 se instituyó un marco conjunto del Ministerio de Derechos Humanos y la Comisión de Integridad destinado a impulsar puntos de vista y planes de acción comunes a fin de erradicar la corrupción en todos los ámbitos atinentes a los derechos humanos. Además, el Plan Nacional de Desarrollo para el período 2010-2014 trata sobre el fomento de los principios de gestión racional, la reforma del sector público y la erradicación de la corrupción por medio de medidas rigurosas en este ámbito.

40.En cumplimento de la orden administrativa No. 96, de 28 de abril de 2008, la Secretaría General del Consejo de Ministros creó un comité integrado por representantes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, el Ministerio de Sanidad, el Ministerio de Derechos Humanos (Sección de la Mujer), el Ministerio de Educación, el Ministerio de Planificación y Cooperación para el Desarrollo y el Ministerio Estatal de Asuntos de la Sociedad Civil para que asumiera la responsabilidad de elaborar una estrategia global respecto de los beneficiarios de los servicios prestados por el Departamento de Necesidades de Bienestar Especiales (adscrito al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales), inclusive viudas, divorciadas, mujeres abandonadas y con discapacidad, así como otros grupos sociales, incluidas las personas mayores, los discapacitados, los huérfanos y los hijos indigentes de las mujeres viudas, divorciadas y abandonadas. En la actualidad, hay 19 orfanatos, 4 en Baghdad y 15 en las provincias. Estos aceptan a hijos de mujeres viudas, divorciadas, abandonadas o encarceladas, así como a otros niños, desde su nacimiento hasta los 18 años de edad, de conformidad con la reglamentación aplicable a los orfanatos. En ellos se prestan servicios completos de educación, orientación, esparcimiento, sociales y de salud, además de servicios de bienestar posteriores para los que han alcanzado la mayoría de edad.

41.El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales presta servicios de cualificación para que las mujeres viudas, divorciadas y abandonadas que deseen obtener una profesión o perfeccionarse en un campo profesional puedan acceder al mercado de trabajo.

42.La primera Estrategia Nacional para la Reducción de la Pobreza (2010-2014) del país se puso en marcha con arreglo a un acuerdo entre el Ministerio de Planificación y el Banco Central del Iraq. Esta estrategia se centra en seis temas fundamentales, a saber: aumento de los ingresos de los pobres, mejora del estado de salud de los pobres, difusión y mejora de la educación para los pobres, mejora del entorno de vida para los pobres, reducción de la desigualdad entre hombres y mujeres pobres y prestación de servicios de protección social eficaces a los pobres. Asimismo, el Ministerio de Planificación ha elaborado un informe analítico sobre la pobreza en el Iraq, en el que se examinan las características de la pobreza en las regiones, así como en las zonas urbanas y rurales, con miras a prestar pleno apoyo presupuestario a los planes y programas de todos los ministerios e instituciones del Iraq que no están vinculadas con un ministerio.

Violencia contra las mujeres en la región del Kurdistán

43.Aun cuando ha habido una situación política diferente en la región del Kurdistán desde 1991, las costumbres y tradiciones sociales han hecho que no falten manifestaciones de violencia en la región. Un informe publicado por el Ministerio de Derechos Humanos en el Kurdistán indica que 333 mujeres se inmolaron en 2008 y que 414 lo hicieron en 2009. Las autoridades de Al-Sulaymaniyah registraron las tasas más elevadas de inmolación a causa de conmociones psicológicas en noviembre de 2006. En el informe se señalan 13 casos de inmolación y 24 casos de muerte por agua en ebullición. Estos casos se registraron como suicidios o accidentes. Por otra parte, las estadísticas indican que hubo 118 casos de asesinato en 2008 y que 85 mujeres fueron muertas en 2009. Las cifras muestran que hubo 48 casos de asesinato y 238 de inmolación en el primer semestre de 2010.

44.La mayoría de las mujeres víctimas de violencia en la región viven en zonas rurales y tienen entre 13 y 18 años. En las zonas urbanas, tienen más edad –en general, 15 años o más. En la región del Kurdistán las mujeres son objeto de múltiples forma de violencia, la más común de las cuales es la golpiza, seguida de la agresión sexual, las amenazas de muerte, el rapto, el matrimonio forzado y otras.

Medidas gubernamentales

45.Al Gobierno de la región del Kurdistán le preocupa esta cuestión y ha adoptado varias medidas, incluidas las siguientes:

a)La creación, en 2007, de una dirección encargada de vigilar la violencia contra la mujer (la “Dirección General de Seguimiento de la Violencia contra la Mujer”); esta Dirección se ocupa de los casos de asesinato, inmolación, tortura y agresión sexual;

b)La concertación de un acuerdo de cooperación con el Comité Internacional de Rescate en la ejecución de un programa de acción para combatir la violencia contra la mujer y formar personal capacitado para hacer frente a la violencia sexual;

c)La formación de personal en materia de violencia doméstica y la creación de una dependencia de protección de la familia, en colaboración con la Unión Europea;

d)El Ministerio del Interior de la región del Kurdistán ha establecido una dirección general encargada de vigilar la violencia contra la mujer. La dirección cuenta con cuatro oficinas en las provincias de la región y siete en los distritos. La dirección está trabajando para:

•Formular un plan estratégico nacional hasta el año 2014 para combatir la violencia contra la mujer, en colaboración con el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) y en asociación con el Ministerio Estatal de Asuntos de la Mujer de la región y un grupo de organizaciones de la sociedad civil;

•Formular directrices para los centros de acogida de mujeres maltratadas que operan bajo los auspicios del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales en la región, en colaboración con el PNUD;

•Fortalecer las relaciones y asociaciones con las organizaciones de la sociedad civil. La dirección está interesada en publicar estadísticas sobre la violencia contra la mujer. Por otra parte, se ha establecido un comité consultivo, integrado por los ministerios y las organizaciones locales e internacionales pertinentes, para crear conciencia social, religiosa, cultural y jurídica sobre el fenómeno de la violencia contra la mujer. Cabe señalar que la región del Kurdistán ha empezado a introducir enmiendas en las disposiciones del Código Penal No. 111 (1969) y de la Ley del estatuto personal No. 188 (1959) que legitiman la discriminación y la violencia contra la mujer. Esto se aborda más adelante en el informe;

e)La elaboración, en coordinación con el Ministerio de Sanidad y el Ministerio de Habices y Asuntos Religiosos de la región, de estudios que muestran que la práctica de la circuncisión femenina existe en algunas zonas rurales remotas y que la mayoría de las niñas han sido sometidas a ella. Con todo, las estadísticas actuales muestran que la práctica es poco común, en particular desde que el gobierno regional Gobierno anunció que se trataría como delito con arreglo al artículo 412 del Código Penal del Iraq;

f)La supervisión de un proyecto británico y pakistaní sobre la eliminación de violencia contra la mujer y su ampliación a toda la región, para lo cual se ha establecido un comité de seguimiento integrado por el Ministerio Regional de Asuntos de la Mujer, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Habices y Asuntos Religiosos y el asesor de asuntos religiosos del Primer Ministro de la región del Kurdistán. A raíz de esto, se crearon tres direcciones especiales adscritas al Ministerio del Interior;

g)La creación de una Dirección de seguimiento de los asuntos de la mujer y el niño, en colaboración con los ministerios competentes; esta dirección ha abordado numerosas cuestiones;

h)La formación de un comité integrado por los ministerios competentes encargado de combatir violencia contra la mujer bajo la supervisión del Primer Ministro y el Viceprimer Ministro de la región, el cual se reúne periódicamente para dar seguimiento a las medidas adoptadas.

46.Tras convertirse en el Consejo Supremo de Asuntos de la Mujer, adscrito al Consejo de Ministros de la región del Kurdistán, el Ministerio de Asuntos de la Mujer de la región adoptó las siguientes medidas:

•La presentación de un proyecto de ley sobre la lucha contra la violencia doméstica al Gobierno y al Parlamento del Kurdistán, al que varias ONG contribuyeron con propuestas. Por otra parte, se impartió capacitación sobre el concepto de género en las instituciones del Estado y las cuestiones relacionadas con la violencia a funcionarias de enlace de todos los ministerios;

•La preparación de un programa de acción global en materia de centros de acogida seguros que pone énfasis en sus aspectos jurídicos, sociales y económicos y la formulación de una ley sobre los refugiados; la región cuenta con cinco centros de acogida: tres de ellos están adscritos al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, uno depende de la Unión de Mujeres del Kurdistán y el quinto de una NGO (Asuda).

II.Información relativa a los artículos 2 a 16 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

Artículo 2

47.En lo que respecta a la igualdad y las cuestiones críticas para la inclusión de la mujer en el desarrollo previstas en la Plataforma de Acción de Beijing (1995), que recoge el compromiso de los gobiernos de promover la igualdad a través de la legislación y estableciendo mecanismos para garantizar la aplicación del principio de igualdad de oportunidades, cabe señalar que, después de abril de 2003, el Gobierno del Iraq adoptó una serie de medidas institucionales destinadas a posibilitar la promulgación de un número considerable de leyes a fin de crear la infraestructura para el ejercicio y goce de derechos que representan un referente para medir el grado de empoderamiento de las mujeres. En la legislación nacional no se dispone discriminación alguna entre los sexos. Ahora bien, aunque se encuentran en vigor leyes que aseguran sus justos derechos a las mujeres, las opciones disponibles para que disfruten de ellos siguen siendo modestas y difieren en muchos aspectos.

El fomento de la igualdad entre el hombre y la mujer en los artículos de la Constitución

48.En la Constitución del Iraq de 2005 se afirma que el criterio del Gobierno descansa en los principios de la igualdad y la participación. En el preámbulo de la Constitución se afirma que: “Nosotros, el pueblo del Iraq … hemos resuelto con la determinación de nuestros hombres [y] mujeres ... respetar el estado de derecho [e] instaurar la justicia y la igualdad” para todos los iraquíes. Además, muchos artículos de la Constitución conceden plenos derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, según se indica a continuación:

•El artículo 14 estipula que: “Los iraquíes son iguales ante la ley sin distinción de género, raza, etnia, origen, color, religión, creencias, credo u opinión, o condición económica y social”.

•En el artículo 18, párrafo primero, se recoge el derecho de la mujer a transmitir su nacionalidad a sus hijos. El decreto No. 434 (29 de diciembre de 2009) del Consejo de Ministros aprueba un proyecto de ley por el que se anula la reserva de la República del Iraq al artículo 9 de la Convención. El decreto fue propuesto por el Ministerio de Derechos Humanos y se presentó al Parlamento para que se aprobara la retirada de la reserva con objeto de eliminar sus efectos jurídicos. Tanto el párrafo segundo del artículo 18 de la Constitución como la Ley iraquí relativa a la nacionalidad No. 26 (2006) otorgan a las mujeres los mismos derechos que a los hombres en lo que respecta a la transmisión de su nacionalidad a sus hijos, lo que es coherente con el artículo 9 de la Convención.

•El artículo 20 de la Constitución estipula que: “Los ciudadanos, hombres y mujeres, tienen derecho a participar en los asuntos públicos y a disfrutar de derechos políticos…”.

•En el artículo 22, párrafo primero, se afirma que el trabajo es un derecho de todos los iraquíes.

•Los artículos 31, 32 y 33 tratan de los derechos de los iraquíes en materia de salud y suministro de medios de protección y tratamiento en un entorno adecuado.

•En el artículo 34 de la Constitución se afirma que el Estado garantiza el derecho a una educación para todos los iraquíes.

49.El artículo 41 estipula que: “Los iraquíes son libres de obrar de acuerdo con su condición personal según su religión, creencias, doctrinas u opciones. Esto estará regulado por la ley”. Este artículo levantó una gran controversia porque supuso un avance hacia la derogación de la Ley del estatuto personal No. 188 (1959), que tendría repercusiones sociales, y llevó a muchas ONG a realizar campañas con el apoyo de algunas fuerzas políticas y miembros del Consejo de Representantes para exigir su anulación. Esta movilización nacional permitió que el artículo fuera tratado como artículo cuestionado de la Constitución y su examen en cuanto al fondo se aplazó hasta la legislatura actual. El artículo expresa el espíritu del decreto No. 137 (29 de diciembre de 2003), en el que se propone también la derogación de la Ley del estatuto personal No. 188 (1959). Por consiguiente, la alianza de un gran número de fuerzas políticas nacionales y la ONG del movimiento de mujeres iraquíes resultó ineficaz.

50.La Constitución iraquí permite la formación de regiones y les concede el derecho a formular sus propias constituciones para definir la estructura de las autoridades regionales y los mecanismos que permitan a estas autoridades ejercer sus facultades, siempre que no estén en conflicto con la Constitución federal (artículo 120 de la Constitución). Dado que con arreglo a la Constitución las autoridades regionales están facultadas para ejercer su derecho en lo que respecta a la autoridad legislativa, las regiones tienen la potestad de promulgar leyes modificatorias de la aplicación de las leyes federales en caso de conflicto entre la ley federal y la ley de la región con respecto a cualquier asunto, a menos que vulneren las facultades exclusivas de las autoridades federales (artículo 121, párrafo segundo, de la Constitución federal iraquí). Sobre esta base, la región del Kurdistán promulgó la Ley No. 15 (2008), que modifica la aplicación de la Ley del estatuto personal No. 188 (1959).

51.El Artículo 49, párrafo cuarto, de la Constitución hace referencia a una cuota de mujeres no inferior a un cuarto de los miembros del Consejo de Representantes que se ha de contemplar en la ley relativa a las elecciones para el Consejo de Representantes.

Fortalecimiento de la igualdad entre hombres y mujeres con arreglo a la legislación nacional

52.La Ley electoral No. 16 (2005) exige que las listas electorales incluyan un 25% de mujeres, cuando se adopte el sistema de lista cerrada. Como resultado de las elecciones de 2005, las mujeres lograron un 27,3% del total de 275 escaños parlamentarios.

53.La Ley electoral No. 16 (2005) fue enmendada y aprobada por el Consejo de Representantes el 5 de diciembre de 2009. En ella se adopta un sistema de cuotas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3, párrafo tercero, que estipula lo siguiente: “Los escaños se dividirán revisando el orden de los candidatos en función de los votos obtenidos por cada uno de ellos. Resultará elegido en primer lugar el candidato que obtenga el mayor número de votos. Lo mismo se aplicará a los demás candidatos siempre que la proporción de mujeres no sea inferior a un cuarto de los elegidos. En caso de empate entre dos candidatos de la misma lista, se decidirá por sorteo”. En virtud de ello, las mujeres lograron el 26% de los escaños parlamentarios.

54.En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Constitución permanente, la Ley relativa a la elección de los consejos provinciales, de distrito y subdistrito No. 36 (2008) fue aprobada en septiembre de 2008 y se aplicó en la práctica en las elecciones celebradas el 31 de enero de 2009. El artículo 13, párrafo segundo, que determina los derechos electorales de las mujeres, estipula que: “Los escaños se distribuirán entre los candidatos de la lista abierta y los candidatos se reordenarán en función del número de votos obtenidos por cada uno de ellos. Se considerará ganador el candidato que obtenga el mayor número de votos de la lista abierta, procediéndose del mismo respecto de los demás candidatos, pero con la condición de que se elija a una mujer por cada tres ganadores con independencia del número de hombres que resulten ganadores”.

La adopción y aplicación de un sistema de cuotas en la Ley relativa a la elección de los consejos provinciales, de distrito y subdistrito No. 36 (2008) produjo resultados proporcionales pero contribuyó a ampliar las posibilidades de elegir mujeres idóneas para ocupar escaños, en particular mediante la aplicación del sistema de lista abierta adoptado en la Ley. El día de los comicios, de un total de 14.400 candidatos, se postularon 3.912 candidatas. La cuota se alcanzó en 9 de las 14 provincias. Los esfuerzos que permitieron a las mujeres obtener estas oportunidades se orientaron a la aplicación de la ley y al logro de la cuota como condición para el desarrollo del proceso electoral. La ley electoral de la región del Kurdistán prevé una representación del 30% de mujeres, lo que la ubica por delante del Gobierno central a este respecto.

55.El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales está trabajando para promulgar una Ley de bienestar social alternativa a la Ley No. 126 (1980), que regula las actividades de la red de protección social. Las órdenes pertinentes para ello se dictaron en 2006.

56.La Ley del estatuto personal No. 188 (1959, enmendada) fue promulgada con arreglo a los decretos del disuelto Consejo del Comando Revolucionario. El logro alcanzado por la región del Kurdistán al aprobar la Ley No. 13 y la Ley No. 15 en noviembre de 2008 representa un avance en el desarrollo de las disposiciones jurídicas de la Ley del estatuto personal No. 188 (1959), que la ajusta en mayor grado a las tendencias humanitarias internacionales gracias a la derogación de varios artículos y a la modificación de otros. Con todo, la justicia y la igualdad entre la región y el centro en lo que respecta a la aplicación de la ley no han sido alcanzadas. Por otra parte, la enmienda de una ley nacional sin consenso o en ausencia de un decreto del Gobierno federal crea lagunas jurídicas.

57.La Ley laboral No. 71 (1987, enmendada) dedica toda una sección a los derechos de las mujeres trabajadoras y su protección. El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ha preparado un nuevo proyecto de ley relativo a las mujeres que trabajan en el sector privado, el cual les concederá beneficios adicionales.

58.La Ley de bienestar del menor No. 78 (1980, enmendada) trata de la forma en que se han de cautelar y gestionar los bienes de los menores. La Ley permite a la madre gestionar los bienes de sus hijos menores de edad o los de su marido ausente.

Derogación de todas las disposiciones penales nacionales que representan una discriminación contra la mujer

59.Aunque el proceso legislativo está garantizado por la Constitución y las leyes vigentes, la garantía no ha avanzado hasta el punto de permitir que las mujeres gocen de igualdad. Los derechos de la mujer siguen dependiendo de muchos factores que a veces impiden que la ley mejore su condición dentro de la sociedad. Esto obedece una aplicación imperfecta de la ley debido a factores relacionados con el carácter de la transición en curso en el Iraq desde 2003. Por consiguiente, el Estado iraquí ha adoptado estrategias ambiciosas para aplicar la ley.

60.En asociación con la sociedad civil y al amparo del artículo 14 (que estipula que: “Los iraquíes son iguales ante la ley sin distinción de género, raza, etnia, origen, color, religión, creencias, credo u opinión, o condición económica y social”), el Ministerio de Derechos Humanos y el Ministerio Estatal de Asuntos de la Mujer han tomado medidas positivas y eficaces para eliminar la discriminación contra la mujer consagrada en las leyes en vigor presentando estudios jurídicos a los órganos competentes sobre la derogación o modificación de dichas leyes. Sin embargo, esto ha chocado con la costumbre, que no puede ser derogada por ley, sino que requiere tiempo y esfuerzos considerables.

61.Los artículos que dichos ministerios han propuesto derogar o enmendar son los artículos 41, 377, 380, 398, 409 y 427 del Código Penal No. 111 (1969, enmendado) y las disposiciones del mismo que figuran en el anexo (cuadro 2). Sin embargo, hasta la fecha el Gobierno central no ha promulgado decretos ni leyes que deroguen los artículos del Código Penal en que se consagra la discriminación contra la mujer.

62.En cuanto a la igualdad ante la ley, las mujeres iraquíes incurren en responsabilidad jurídica si incumplen la ley. La mujer es sometida a interrogatorio por las autoridades de investigación y judiciales de acuerdo con la ley. El fallo se dicta y aplica con pleno respeto de todas las garantías procesales. La mujer tiene derecho a un juicio imparcial. Los grupos del Ministerio de Derechos Humanos vigilan la situación de las reclusas en general para garantizar que se apliquen las normas mínimas para el tratamiento de los reclusos. En 2009, varias organizaciones que alegaban que se iba a ejecutar a mujeres que no habían sido sometidas a un juicio imparcial suscitaron una gran conmoción. Posteriormente, los grupos de vigilancia de dicho Ministerio procuraron llegar al fondo de la cuestión. La investigación reveló que había 15 condenadas, todas las cuales habían cometido delitos punibles con la pena de muerte en virtud del Código Penal No. 111 (1969), como asesinato y secuestro, cuyas penas son las mismas para hombres y mujeres. Todas habían sido sometidas a un juicio adecuado en consonancia con la ley y se les había permitido hacer testamentos, que habían sido examinados. Se les permitió reunirse con sus familiares antes de la ejecución. La disposición de los familiares a asistir determinó si se celebraría una reunión o no. Una de las mujeres se reunió con su marido, condenado también, cuya ejecución estaba prevista para el mismo día, bajo la misma imputación. Los grupos de vigilancia observaron que la administración de la prisión objeto de la investigación se había esmerado en cumplir todas las normas obligatorias de tratamiento de los reclusos y que las reclusas habían sido muy bien atendidas por la asistente social.

63.La región del Kurdistán presenta una situación mejor y la Comisión de Asuntos de la Mujer del Parlamento del Kurdistán ha conseguido:

a)Modificar la aplicación de la Ley del estatuto personal No. 188 (1959); la Ley se promulgó en 2007 y contiene disposiciones jurídicas estrictas contra la poligamia cuyo propósito es erradicarla, y prevé otras medidas en materia de divorcio;

b)Presentar un proyecto de ley sobre la lucha contra la violencia doméstica al Gobierno y al Parlamento con vistas a la adopción de las medidas necesarias para promulgarlo;

c)En cuanto a la legislación penal, el Gobierno de la región del Kurdistán promulgó una ley que tipifica el asesinato por motivo de honor como delito común que ha de ser juzgado como tal sin circunstancias atenuantes, a diferencia de las demás provincias.

Artículo 3

64.Las medidas adoptadas para hacer efectivos los derechos humanos de las mujeres en las esferas política, social, económica y cultural antes de 2003 se llevaron a la práctica con arreglo a las leyes en vigor y por conducto de las instituciones de justicia encargadas de aplicarlas, como los tribunales adscritos al Ministerio de Justicia, en sus distintos ámbitos de competencia, así como de los departamentos ejecutivos encargados de hacer cumplir las decisiones de los tribunales y los ministerios estatales.

65.La situación de las instituciones encargadas de hacer cumplir la ley, aplicar las normas de derechos humanos y adoptar decisiones de obligado cumplimiento varió después del cambio de régimen en 2003. El Consejo Judicial Superior se convirtió en la suprema autoridad judicial independiente, que es responsable de todos los tribunales iraquíes, cualquiera que sea su competencia y categoría, junto con el Fiscal General. Por otra parte, todos los departamentos del Ministerio de Justicia se esfuerzan por aplicar las decisiones de los tribunales; el desempeño es supervisado por los tribunales competentes. Todos estos órganos e instituciones estatales actúan en consonancia con la Constitución del Iraq y la garantía del principio de igualdad ante la ley prevista en ella. Una vez allanado el camino para el ingreso de mujeres en el Instituto Judicial en 2004, se graduaron muchas juezas y las mujeres ahora ocupan el 5% de los puestos de la magistratura. Se desempeñan en los tribunales de primera instancia, los tribunales de faltas, los tribunales de menores y los tribunales administrativos; no hay juezas entre los miembros del Tribunal de Casación ni del Tribunal Supremo Federal del Iraq.

66.Tras el cambio de régimen y con la colaboración de la sociedad civil, el Gobierno del Iraq ha procurado dar efectividad a los derechos humanos en general a través de las instituciones y entidades que a continuación se indican.

Ministerio de Derechos Humanos

67.Este Ministerio se creó en 2004 en cumplimiento de la orden No. 60 de la Autoridad Provisional de la Coalición. El Ministerio elabora planes, políticas, mecanismos y medidas para asegurar la protección de los derechos humanos en general, la vigilancia de las violaciones de los derechos humanos y la difusión de la cultura de los derechos humanos en coordinación con otras instituciones. Cuenta con una sección de asuntos de la mujer, que realiza extraordinarios esfuerzos para identificar las violaciones de los derechos de las mujeres a todos los niveles. Se han preparado varios estudios y propuestas para enmendar o derogar las leyes que consagran la discriminación pero, según los encargados de tomar decisiones de los órganos competentes, algunos de estos esfuerzos han chocado con las costumbres y tradiciones, que impiden modificar algunas leyes y disposiciones legislativas.

68.Existen entidades en los ministerios competentes cuya tarea es coordinarse con el Ministerio de Derechos Humanos para promover el respeto de los derechos humanos y protegerlos dentro de cada ministerio. Entre estas entidades se cuentan la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, la Sección de Derechos Humanos del Ministerio de Enseñanza Superior y el Comité de Derechos Humanos del Ministerio de Sanidad.

Ministerio Estatal de Asuntos de la Mujer

69.Este Ministerio se creó en 2004 en virtud del reglamento No. 9 de la Autoridad Provisional de la Coalición, de 9 de junio de 2004, con el cometido de estudiar la condición de la mujer y formular estrategias para el adelanto de la mujer. El Ministerio ha realizado esfuerzos similares a los de su contraparte, el Ministerio de Derechos Humanos, y los proyectos que ha presentado con vistas a la modificación y derogación de las leyes que consagran la discriminación contra la mujer han sido rechazados por los órganos competentes sobre la base de las costumbres y tradiciones. Una ley por la que se crea un ministerio de la mujer no ha sido refrendada pese a numerosas solicitudes de que el Ministerio Estatal de Asuntos de la Mujer se convierta en cartera ministerial. La comisión parlamentaria sobre la mujer y la familia presentó un proyecto de ley de creación de un ministerio de la mujer y la Secretaría General del Consejo de Ministros propuso una moción para adoptar un proyecto de ley destinado a convertir el Ministerio Estatal de Asuntos de la Mujer en cartera ministerial a comienzos de 2010. El proyecto de ley se presentó al Consejo de Representantes para su ratificación, pero se examen se aplazó hasta la legislatura siguiente (2010). El Ministerio ha presentado:

•Un proyecto de ley que prescribe que la deuda de la mujer y sus hijos para con su marido se reclame al Estado; el proyecto ha sido debatido por el Consejo Consultivo del Estado y se están adoptando las últimas medidas para promulgarlo.

•Una propuesta de creación de un fondo en el Ministerio de Trabajo para el cumplimiento de las decisiones concernientes a los derechos maritales de la mujer por parte del marido y la liquidación directa de sus reclamaciones con cargo a este fondo mediante el depósito de una sentencia judicial ante la Dirección de ejecución.

•Una propuesta para derogar el decreto No. 690 del Consejo del Comando Revolucionario (27 de mayo de 1981) por el que se prohíbe el nombramiento de una mujer o de sus hijos fuera del Iraq si el marido se encuentra fuera del Iraq. La propuesta fue aprobada por el Consejo de Representantes.

•Un proyecto de ley relativo a la reconciliación familiar y un estudio exhaustivo al respecto.

Creación del Comité de Derechos Humanos del Consejo de Representantes

70.Este Comité es responsable de supervisar la aplicación de las normas de derechos humanos, vigilar las violaciones de los mismos, presentar recomendaciones y dar seguimiento a todos los asuntos que inciden en los derechos humanos.

Creación del Comité del Consejo de Representantes sobre la mujer, el niño y la familia

71.Este Comité supervisa la aplicación de las políticas y leyes relativas a la mujer y propone y presenta los proyectos de ley pertinentes a los órganos legislativos. El comité ha presentado una serie de proyectos, incluidos los siguientes:

a)Un proyecto de ley relativo a las mujeres cuyo sustento diario no está a cargo de un hombre;

b)Un proyecto de ley para establecer una red de protección social;

c)Un proyecto de ley para crear un comité de bienestar del niño;

d)Un proyecto de ley para crear un fondo de bienestar para los huérfanos;

e)Un proyecto para establecer una alta comisión independiente de derechos humanos.

Este comité se encuentra en proceso de establecimiento, con arreglo a la Ley No. 53 (2009), y ha sido concebido para complementar el sistema de derechos humanos vigente en el Iraq, que se compone del Ministerio de Derechos Humanos, la Comisión de Integridad y el Comité de Derechos Humanos del Consejo de Representantes.

Artículo 4

72.La promulgación de la Ley de la administración del Estado durante el período de transición, equivalente a una constitución provisional, representó una transformación de la manera de enfocar la condición de la mujer en los centros de adopción de decisiones. La ley, entre otras cosas, iba dirigida a acelerar el acceso de la mujer al parlamento, y en su artículo 30, párrafo c) estipulaba lo siguiente: “La Asamblea Nacional será elegida de conformidad con una ley electoral y una ley de partidos políticos. La ley electoral tendrá como objetivo lograr que al menos un cuarto de los miembros de la Asamblea sean mujeres y que todas las comunidades del Iraq, incluidos los turcomanos, los caldeo-asirios y otros, tengan una representación justa”. Esto obliga al legislador a velar porque al menos un 25% de los miembros del Consejo de Representantes (cámara baja) sean mujeres. Esto fue seguido, en 2005, por la Constitución permanente del Iraq, que en su artículo 49, párrafo cuarto, estipula lo siguiente: “La ley electoral tendrá como objetivo lograr un porcentaje de representación de mujeres no inferior un cuarto de los miembros del Consejo de Representantes”. Por tanto, se han sentado las bases constitucionales para una normativa que acelere la participación política de las mujeres en el Iraq, que consisten en la Ley electoral No. 16 de 10 de mayo de 2005 y la Ley electoral relativa a la elección de los consejos provinciales No. 36 (2008).

73.El Estado iraquí está revisando y debatiendo todas las leyes vigentes en el Consejo de Representantes antes de su adoptarlas a fin de eliminar cualquier incompatibilidad con los principios fundamentales de los derechos humanos, el más importante de los cuales es la garantía de no discriminación, siempre y cuando no existan contradicciones con la Constitución o la sharia (ley islámica), la cual representa una fuente legislativa fundamental en un Estado mayoritariamente musulmán como el Iraq, que no puede apartarse en ningún caso de los fundamentos de la ley islámica.

74.El Ministerio de Derechos Humanos ha intentado en muchas ocasiones enmendar el artículo 128 del Código Penal, relativo a los delitos de honor (véase el cuadro 3), pero esto exige el acuerdo de todos los órganos competentes y es una cuestión que choca con la costumbre y la tradición, que son difíciles de superar en la etapa en que se encuentra el Iraq. La región del Kurdistán ha suspendido la aplicación de este artículo, por considerar que los denominados delitos de honor deben estar sujetos a las normas y penas ordinarias y ser juzgados sin clemencia. Sin embargo, esto ha dado lugar al asesinato de mujeres en la región bajo la apariencia de que se han inmolado. El resultado ha sido el surgimiento de nuevos tipos de abusos y variantes modernas del problema de hacer frente a este fenómeno.

Artículo 5

75.Las constantes de la cultura tradicional del Iraq son expresión de un conjunto de mecanismos incorporados en el comportamiento de las mujeres, así como de valores y tradiciones heredados, según los cuales el honor ocupa la cúspide de la pirámide. En la concepción tradicional, el honor depende de las acciones y el comportamiento de la mujer.

76.Pese a la reorientación del Estado tras el cambio de régimen hacia un interés por los asuntos de la mujer, hasta el punto de que ha procurado desarrollar la relación entre hombres y mujeres en todos los ámbitos, desde las relaciones en el seno de la familia y la sociedad hasta los cargos con competencias decisorias, la espiral de violencia en la que ha entrado el Iraq, junto con el legado social de violencia contra la mujer, ha ocasionado un aumento del número de mujeres víctimas de discriminación basada en el sexo. Además, han surgido nuevas justificaciones para entorpecer los intentos serios por abordar los asuntos de la mujer. Se trata de algo evidente porque las mujeres tienen muchas probabilidades de ser marginadas por malos tratos psicológicos y físicos en tiempos de crisis y guerra.

Efectos de los estereotipos sociales en el nivel de empoderamiento de las mujeres

77.La mayoría de los estereotipos y costumbres sociales limitan y restringen el papel de las mujeres en la sociedad porque descansan en una percepción injusta del carácter de la mujer. Es ahí donde arranca la dificultad. Las mujeres políticas chocan con la oposición y la marginación de los políticos cuando los estereotipos y tradiciones sociales juegan un papel preponderante en lo que piensan, y quienes influyen en la aprobación de las leyes, la emisión de decretos y la gestión de las instituciones son los encargados de tomar decisiones y los legisladores de sexo masculino. La orientación democrática del país ha impuesto la igualdad entre los géneros y otros principios que han ayudado a las mujeres a lograr algunos derechos. Sin embargo, predominan costumbres y estereotipos sociales que tienen más fuerza que la ley y ejercen una gran influencia en la mentalidad de los jóvenes, sobre todo de los que no están bien familiarizados con las culturas de otros pueblos. Son muchos los que creen que el papel de la mas mujeres debe limitarse a la reproducción y la crianza de los hijos y no esperan que la mujer complete su desarrollo social e intelectual para adquirir la capacidad de incorporarse a la vida laboral. La encuesta nacional sobre los jóvenes y adolescentes (2009) fue realizada por el Ministerio de la Juventud y el Deporte y la Organización Central de Estadísticas para investigar en qué medida los jóvenes están influenciados por estereotipos y el papel del género en sus vidas. A tal efecto, se formularon preguntas concretas a los integrantes de una muestra de jóvenes de 10 a 30 años de edad. El siguiente cuadro muestra dichas preguntas y las respuestas dadas por los encuestados de ambos sexos:

Pregunta

Hombres

Mujeres

(porcentaje)

En general, las mujeres no son inferiores a los hombres

63,3

74,8

La mujer debe obtener la aprobación de su padre o tutor antes de aceptar un empleo

92,1

92,3

El hombre y la mujer deberían participar en la adopción de decisiones en la familia

83,3

91,4

El marido tiene derecho a golpear a su mujer si desobedece sus órdenes

50,0

26,3

Una niña debe casarse con un pariente si su padre o tutor lo desea

46,5

34,2

Una mujer no puede tomar decisiones sobre sí misma y su familia porque es incapaz

35,8

25,5

La política es coto exclusivo de los hombres

34,0

26,5

Las mujeres son capaces de asumir funciones de liderazgo en el Estado

66,0

77,1

La familia debe imponer normas más estrictas a las mujeres que a los hombres

71,9

58,1

78.Los estereotipos sociales que consagran la violencia contra las mujeres desempeñan un papel importante en la persistencia de la violencia contra ellas y las prácticas basadas en la violencia y la discriminación se consideran normales y se aceptan. Más de la mitad de las mujeres de 15 a 49 años creen que se debe permitir que el marido golpee a su mujer, en particular si sale de casa sin su permiso o descuida a los hijos. Aproximadamente el 66% de las encuestadas que estaban casadas indicaron que esto es aceptable; la aceptación disminuyó al 52% entre las solteras. Dos tercios de las mujeres rurales opinaron que el marido tiene derecho a golpear a su mujer si sale de casa sin su permiso y el 44% de ellas, en comparación con cerca de un tercio de las mujeres de las zonas urbanas, opinaron que tiene el derecho a golpearla si rechaza la intimidad conyugal. La aceptación de la violencia por las mujeres está relacionada con el nivel de instrucción: cuanto mayor sea la educación de la mujer, menor será su aceptación. No obstante, hay tres analfabetas por cada mujer que ha completado la enseñanza primaria. Los datos indican que la incidencia de la violencia a manos del marido varía considerablemente entre las regiones del Iraq. Así, en la región del Kurdistán, el número de mujeres víctimas de actos de violencia física equivalía a la mitad del registrado en las demás regiones. En las regiones rurales, el número de mujeres afectadas era superior en un 23% al registrado en las zonas urbanas.

Desafíos que enfrenta el estado para erradicar las costumbres tradicionales

79.La actual estructura social supone un riesgo muy real de que se cometan asesinatos para borrar la deshonra (“homicidio de honor”). Se trata de una medida preventiva para impedir que una mujer empañe la reputación y el honor de la familia y la tribu. Además, constituye un castigo para la mujer cuya conducta persistente levanta sospechas. La costumbre permite que un hombre más joven le dé muerte para eliminar la deshonra que le ha provocado. Las estadísticas muestran que 87 mujeres murieron en nombre del honor en 2008; el número disminuyó a 84 en 2009. El asesinato de una mujer es un asunto delicado, por tratarse de un delito grave que se comete por motivos y razones complejos que afectan a la reputación de la víctima. Se trata de un delito que suele cometerse en las zonas rurales, en los casos en que una mujer ha contraído matrimonio con alguien de su elección sin la aprobación de su familia o tribu. La probidad de la conducta de la mujer se evalúa en función de en qué medida respeta las normas sociales imperantes, las cuales están vinculadas con el legado cultural representado por la costumbre, del que forma parte la práctica de ver a las mujeres como seres inferiores subordinados a los hombres. Esta imagen de las mujeres ha crecido, pese a los cambios en la sociedad y en la condición de las mujeres. Se sigue considerando que las mujeres poseen cualidades inferiores y que por ende no son plenamente humanas. El homicidio de honor ha existido desde antes de la era cristiana. El código de Hammurabi, primer documento legislativo de la historia, castiga a la mujer adúltera con la muerte por inmersión.

80.Esta imagen estereotipada sigue afectando a la condición de la mujer en el Iraq. El Estado la sustenta en la legislación, así como en los referentes religiosos y culturales, por temor a entrar en pugna con la sociedad. En consecuencia, el estereotipo que las mujeres tienen de sí mismas no es muy distinto del los hombres sobre ellas. Se trata de una imagen que se transmite de generación en generación por falta de intentos serios de cambiar los estereotipos sociales y culturales heredados, circunstancia que justifica la incapacidad actual del Estado para modificar leyes y decretos en favor de la mujer. Además, proporciona a la sociedad un fundamento jurídico para segregar a las mujeres para su propia protección. Las actitudes negativas de las propias mujeres afianzan aún más el estereotipo imperante en una cultura tradicional que apoya esto. Por tanto, la familia ha sido con frecuencia un entorno seguro para alimentar y sostener la violencia masculina y la discriminación contra la mujer.

Artículo 6

81.El curso de acción adoptado por el régimen anterior a partir de comienzos del decenio de 1990 se tradujo en la elaboración de políticas que llevaron al colapso económico, social, moral, educacional y cultural. La guerra entre el Irán y el Iraq entre 1980 y 1988 y la invasión de Kuwait el 2 de agosto de 1990, que dio como resultado la imposición de sanciones económicas al Iraq, fueron expresiones de esta política. Todo esto debilitó el sistema de valores sociales e hizo surgir fuerzas negativas peligrosas que pusieron en peligro el presente y el futuro de la sociedad iraquí, incluido el fenómeno de la trata de mujeres. De ahí que se promulgara la Ley No. 8 (1988), relativa a la lucha contra la prostitución y el vicio, que tipifica la prostitución y el comercio ligado al vicio como delitos. En cumplimiento de esta ley se promulgó el Reglamento No. 4 (1991), relativo a la rehabilitación de las reclusas, en el que se especifica la manera de administrar los hogares especiales de rehabilitación de las mujeres acusadas de ejercer la prostitución, donde pueden continuar su educación y reciben capacitación en varias profesiones para que puedan mantenerse por sí mismas tras cumplir su sentencia. Además, el reglamento trata del tipo y la calidad de los alimentos que reciben y de las prendas de vestir que necesitan. El reglamento exige que a estas mujeres se les pague un salario por el trabajo que realizan. Por otra parte, el reglamento sobre la rehabilitación establece un mecanismo de corrección del comportamiento de las reclusas mediante la formación continuada a fin de reintegrarlas en la sociedad iraquí al final de su período de reclusión. Asimismo, estas mujeres son sometidas a reconocimientos médicos periódicos.

Cooperación del Iraq con los esfuerzos internacionales

82.El 28 de mayo de 1955, el Iraq ratificó el Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 3 de febrero de 1949. Todos los instrumentos internacionales relativos a la trata de mujeres y niños fueron adoptados en virtud del decreto de ratificación de este Convenio, que se publicó en el Boletín Oficial No. 3644, de 5 de junio de 1955. La Ley No. 54, conocida como Ley de lucha contra la prostitución, se promulgó el 11 de abril de 1958 y se publicó en el Boletín Oficial No. 71, el 11 de octubre de 1958. Sin embargo, la preocupación del Iraq por esta cuestión no se inició con la ratificación de la Convención ni la promulgación la Ley No. 54 el 11 de abril de 1958. Los prostíbulos ya se inspeccionaban y la prostitución ya se vigilaba y combatía con arreglo al Reglamento No. 33, publicado el 16 de mayo de 1943 en cumplimiento de la Ley de protección de la salud No. 6 (1929), que pretende conseguir que las mujeres que ejercen la prostitución se sometan a reconocimientos médicos y las obliga a internar a sus hijos mayores de tres años en un hogar del Estado en vez de criarlos ellas mismas.

83.El 20 de octubre de 2001, el disuelto Consejo del Comando Revolucionario aprobó el decreto No. 234, que estipula que toda persona que cometa el delito de sodomía con un hombre o una mujer, o el de incesto, o que se demuestre que ejerce de proxeneta o dirige una casa de prostitución será castigado con la pena de muerte. En 2001, decenas de mujeres fueron decapitadas por grupos de “fedayines de Saddam” leales al régimen anterior por su implicación en actividades de prostitución, proxenetismo o trata de blancas. No fueron llevadas a juicio porque el régimen consideraba que era la manera de combatir la prostitución.

Secuestro de mujeres y niñas

84.Este fenómeno surgió después del cambio de régimen en 2003 y constituye de por sí una amenaza grave para las mujeres iraquíes. Los objetivos de los secuestros son: a) pedir un rescate a la familia o al marido de las mujeres secuestradas a cambio de su liberación; b) la trata de mujeres y su conversión en una mercancía sexual barata.

85.Las estadísticas del Ministerio del Interior del Iraq indican que el número de mujeres secuestradas aumentó entre 2003 y 2006, como se muestra en el cuadro siguiente.

Provincia

Adultas

Menores

Total

2003

2004

2005

2006

2003

2004

2005

2006

Nineveh

2

9

22

7

1

3

5

49

Salah al-Din

1

4

5

14

1

1

2

4

32

Kirkuk

4

2

23

2

3

16

50

Baghdad

5

29

64

93

2

16

8

23

240

Diyala

4

1

10

2

1

4

1

23

Babil

1

7

10

10

3

7

8

46

Wasit

9

10

8

5

3

7

42

Karbala

2

1

3

4

1

1

-

7

19

Al-Najaf

3

6

7

18

10

1

6

9

60

Al-Muthanna

7

2

4

13

Al-Diwaniyah

4

7

4

8

2

2

27

Dhi Qar

1

4

6

3

14

Maysan

1

4

2

6

13

Basora

17

20

24

26

7

10

104

Al-Anbar

Total

35

109

162

229

19

33

49

96

732

86.El Ministerio del Interior no dispone de cifras precisas del número de mujeres secuestradas en 2007 y 2008.

87.En 2009 muchas mujeres fueron secuestradas, lo que puso de relieve un aumento de la trata de blancas, que contribuyó a agravar las condiciones de seguridad en el país. Las cifras muestran que 22 mujeres fueron detenidas y condenadas por participar en operaciones de secuestro. A continuación se presentan las estadísticas recibidas del Ministerio del Interior del Iraq sobre el número de mujeres secuestradas en todas las provincias.

Secuestros de mujeres entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2009

Provincia

Número de mujeres secuestradas

Total de casos de secuestro (hombres y mujeres)

Porcentaje

Adultas

Menores

Total

Baghdad

63

34

97

413

23,4

Salah al-Din

5

3

8

50

16,0

Kirkuk

11

10

21

104

20,2

Nineveh

15

5

20

90

22,2

Diyala

10

10

20

89

22,5

Babil

2

1

3

29

10,3

Al-Anbar

2

5

7

22

31,8

Wasit

11

9

20

49

40,8

Karbala

18

6

24

58

41,4

Al-Najaf

14

12

26

77

33,8

Al-Muthanna

1

1

2

12

16,7

Al-Diwaniyah

3

6

9

35

25,6

Dhi Qar

18

8

26

103

25,2

Maysan

2

4

6

13

46,1

Basora

22

16

38

139

27,3

Total

197

128

325

1 289

88.El éxodo de familias iraquíes hacia los países vecinos en busca de seguridad y estabilidad con la pérdida consiguiente de la capacidad de satisfacer sus necesidades básicas produjo desesperación, pobreza y privaciones, que agravaron este fenómeno. La combinación de estos factores dio como resultado la explotación de mujeres y niños a manos de traficantes de mujeres, que les obligaron a prostituirse dentro del Iraq y en el extranjero. Las estadísticas oficiales sobre las prisiones iraquíes muestran que 25 mujeres han sido detenidas y condenadas en virtud de los artículos 3 y 4 de la mencionada Ley de lucha contra la prostitución. Estos artículos prevén el castigo de toda mujer que ejerza la profesión de prostituta y de todo hombre o mujer que dirija o se dedique a un negocio relacionado con el vicio.

Influencia de la sociedad en el comportamiento delictivo de las mujeres

89.La mayoría de las mujeres caen en la delincuencia únicamente cuando están sometidas a una gran presión psicológica y social. Esta fue la impresión que se extrajo del seguimiento realizado en la prisión de mujeres de Rusafah. Las mujeres se ven involucradas en actividades delictivas bajo la presión y la intimidación de un marido delincuente o cometen crímenes contra sus maridos, padres o hermanos porque han sido torturadas física o psicológicamente por ellos. Para determinar si el comportamiento delictivo de las mujeres mejoró o empeoró en 2009 y en qué medida, es preciso examinar las cifras del Ministerio del Interior y de los órganos judiciales. Los datos muestran un aumento del número de mujeres detenidas y condenadas por delitos de terrorismo en la provincia de Baghdad entre 2006 y 2010 a 74, que pone de manifiesto la participación de mujeres en actos terroristas. Esto no quiere decir que no ha habido mujeres involucradas en los mismos delitos en las demás provincias del país pero las estadísticas disponibles no están desglosadas por cargo (cuadro 4).

90.Asimismo, las estadísticas indican que no se ha conseguido hacer gran cosa para evitar los asesinatos por honor. Dada la realidad de la costumbre y la tradición, las cifras son incompletas y por ende solo reflejen la información facilitada a los organismos oficiales. Esto ha incentivado los llamados a enmendar el artículo 409 del Código Penal por considerarse incompatible con las disposiciones de la sharia y los principios internacionales relativos a los derechos humanos de las mujeres, como los derechos a la vida y a la igualdad con los hombres ante la ley, previstos en el artículo 14 de la actual Constitución del Iraq, que estipula que todos los iraquíes son iguales ante la ley. La región del Kurdistán ha tomado la iniciativa de promulgar un decreto que establece la presunción de que toda persona acusada de asesinar a una mujer por honor ha cometido el delito de homicidio y dispone que sea juzgada por homicidio premeditado, sin que se tomen en consideración las circunstancias atenuantes especificadas el Código Penal del Iraq No. 111 (1969). Quienes cometan estos delitos no podrán alegar circunstancias atenuantes. Asimismo, ha introducido una adición al artículo 408 del Código Penal, relativa a la incitación o prestación de asistencia a una persona para que se suicide, que estipula que las disposiciones del artículo mencionado se considerarán aplicables a quien ocasione un suicidio.

91.La comparación entre 2008 y 2009 indica que estos delitos no disminuyeron apreciablemente. Esto obedece a que las costumbres y tradiciones muy arraigadas son constantes e invariables y no se han visto afectadas por la apertura del país. Al contrario, la apertura ha causado confusión, con su cortejo de padecimientos y episodios de apego a la costumbre y ejecución deficiente de la ley, dada la naturaleza excepcional de la fase actual señalada anteriormente. Algunas provincias informaron de que esta delincuencia había disminuido y otras de que había aumentado. Esto depende de la información disponible sobre los delitos de homicidio de honor, toda vez que una gran parte de lo que sucede se encubre y no llega a reflejarse en las cifras oficiales. El asesinato premeditado de mujeres es un asunto delicado, por tratarse de un delito grave que obedece a motivos y razones complejos que afecta a la reputación de las víctimas y es causa de vergüenza y deshonra para sus familias. Según los datos disponibles, la comisión de estos delitos ha alcanzado niveles intolerables para las mujeres iraquíes. A efectos comparativos, cabe destacar el aumento registrado en 2009, que se muestra en el cuadro siguiente.

Estadísticas del Ministerio del Interior sobre delitos contra mujeres (2003-2009)

No.

Año

Suicidio

Violación

Homicidio de honor

Secuestro

Prostitución

Homicidio

Lesiones y golpizas

Voluntario

Involuntario

1

2003

3

12

12

64

18

181

45

287

2

2004

5

38

18

130

24

286

66

657

3

2005

12

71

29

193

40

358

47

999

4

2006

13

106

23

310

36

615

52

1 085

5

2007

18

107

23

301

33

731

93

1 264

6

2008

26

157

60

293

29

438

75

1 089

7

2009

66

224

68

292

100

334

69

2 699

Total

143

715

233

1 583

280

2 943

447

8 080

Ley de prevención de la trata de personas

92.El Iraq se adhirió a la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus Protocolos el 8 de octubre de 2007. Uno de los Protocolos, a saber, el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños (2000), hace referencia a este fenómeno. El Iraq ha cumplidos sus compromisos con arreglo a este Protocolo, lo que incluye las garantías dadas por la Secretaría General del Consejo de Ministros de que se elaborará un proyecto de ley de prohibición de la trata de personas y prestación de asistencia a las víctimas de ella. El proyecto contendrá los siguientes elementos: una definición del delito de trata de personas; la creación de un comité superior de lucha contra la trata de personas en el Iraq integrado por representantes de todos los órganos competentes, y subcomités (un comité superior y un subcomité en cada provincia); el establecimiento de penas severas para quienes cometan este delito; y la provisión de medios para asistir a las víctimas de la trata. El Ministerio de Derechos Humanos presentó una serie de ideas coherentes con las normas internacionales de derechos humanos en relación con este proyecto y en consonancia con ellas se creó un comité integrado por representantes del Departamento Jurídico de la Secretaría General del Consejo de Ministros, el Ministerio de Derechos Humanos, el Ministerio de Relaciones Exteriores y otros ministerios competentes. El proyecto se presentó al Consejo Consultivo del Estado y fue debatido por el Consejo de Ministros; posteriormente, se presentó una versión enmendada al Consejo de Representantes para su promulgación.

Artículo 7

93.Antes de 2003, no había ninguna ley que definiera la participación de la mujer en la política. Con todo, no se discriminaba contra la mujer en la Constitución de 1970, cuyo artículo 19 estipulaba lo siguiente: “a) Los ciudadanos son iguales ante la ley, sin distinción alguna por motivos de sexo, grupo étnico, idioma, posición social o religión; b) La igualdad de oportunidades se garantiza a todos los ciudadanos con arreglo a la ley”.

94.Las leyes electorales del Iraq permitían a las mujeres ejercer su derecho a participar en la política. La candidatura de una mujer dependía de su propia capacidad y no del empoderamiento jurídico. La inscripción, sin embargo, era una cuestión política y ninguna mujer iraquí podía presentarse como candidata a menos que perteneciera al partido en el poder. Esto representaba en sí mismo un requisito para la participación de las mujeres en la política. Sobre esta base, las mujeres consiguieron ocupar solo 27 de los 250 escaños en el entonces Consejo Nacional.

Logros del Estado en la esfera de los derechos humanos de las mujeres

95.Tras el cambio de régimen en 2003, las mujeres fueron empoderadas para ejercer la función legislativa mediante la promoción acelerada de su participación activa en la política. Esto se logró promulgando la Ley de la administración del Estado durante el período de transición (2004), en cuyo artículo 30 c) se exigía que el cuerpo legislativo garantizara que las mujeres obtuvieran al menos un 25% de los escaños en el Consejo de Representantes. Sobre esta base, la Asamblea Nacional elegida en la conferencia de mil personas que tuvo lugar en 2004 contó con 87 mujeres entre sus 275 miembros. Una de las principales tareas de la Asamblea fue la redacción de una constitución permanente, para lo cual se creó una comisión de 55 miembros, de los cuales 8 eran mujeres.

96.El artículo 49, párrafo cuarto, de la Constitución permanente del Iraq (2005) estipula que: “La ley electoral tendrá como objetivo lograr un porcentaje de representación de la mujer no inferior a un cuarto de los miembros del Consejo de Representantes”. Esta disposición constitucional permitió que las mujeres ocuparan el 25% de los escaños en el Consejo de Representantes y los consejos provinciales, así como puestos en los tres poderes del Estado.

Consejo de Representantes

97.El Consejo de Representantes fue creado a raíz de un novedoso experimento inédito de democracia y por ello no estuvo a la altura de la magnitud de la crisis enfrentada por el pueblo iraquí en ese momento. Las mujeres lograron una representación del 26,5% en el Consejo, equivalente a 73 de los 275 miembros, como resultado de la aplicación del sistema de cuotas adoptado en aplicación del artículo 30 c) de la Ley de la administración del Estado durante el período de transición (2004), que se recogió en el artículo 49, párrafo cuarto, de la Constitución de 2005. Sin embargo, las mujeres no desempeñaron un papel eficaz en el Consejo, ni dejaron huella en ningún aspecto de la vida de las mujeres iraquíes. Esto obedeció a una serie de razones, incluida la falta de experiencia y sutileza políticas de las mujeres en ese momento. Su representación por varios bloques políticos llenó un vacío desde el puto de vista de la cuota en el Parlamento gracias a la adopción del sistema de lista cerrada, que no brindó la posibilidad de elegir en función de la capacidad, pero estos bloques no permitieron a las mujeres ocupar puestos influyentes en el Parlamento ni desempeñar un papel eficaz. Esta conclusión no es aplicable a todas las parlamentarias pero sí a la mayoría. Por otra parte, la crítica situación de seguridad imperante en el período 2005-2008, que proyectó su sombra sobre toda la sociedad y especialmente sobre las mujeres iraquíes, limitó la actuación de las parlamentarias. Tras la aplicación del plan para hacer cumplir la ley en 2008, la situación de seguridad comenzó a alcanzar una estabilidad relativa y esto ayudó a las mujeres a entrar en la arena política.

98.En el Consejo de Representantes constituido tras las elecciones de 2005, las parlamentarias solo asumieron la presidencia de dos de los 25 comités parlamentarios permanentes, a saber, el Comité de asuntos de la mujer, la infancia y la familia y el Comité de organizaciones de la sociedad civil. El cupo de mujeres no se respetó en los principales comités parlamentarios, lo que puso de relieve la falta de confianza por parte del Consejo de Representantes en la capacidad y la competencia de las parlamentarias, razón por la cual fueron marginadas. La presencia femenina en los comités más influyentes y en los que se ocupan de las cuestiones más delicadas es escasa o nula. Esto refleja la orientación política que sirve de base a esta distribución, como lo indica el hecho de que las mujeres estén relegadas a los ámbitos de la educación, la salud y los asuntos de la mujer, la infancia y la familia y excluidas de los comités que proponen proyectos de ley en las esferas política y de seguridad y participan, junto con el ejecutivo, en la formulación y supervisión de las estrategias nacionales de desarrollo. Esto se ilustra en el siguiente cuadro.

Composición de los comités parlamentarios en la legislatura de 2005 por sexos

No.

Comité

Total

Mujeres

Hombres

1.

Seguridad y defensa

16

0

16

2.

Hacienda

11

3

8

3.

Asuntos jurídicos

11

1

10

4.

Petróleo, gas y recursos naturales

9

0

9

5.

Relaciones exteriores

15

2

13

6.

Economía, inversiones y reconstrucción

12

2

10

7.

Salud y medio ambiente

9

4

5

8.

Educación

15

8

7

9.

Asuntos de la mujer, la infancia y la familia

7

7

0

10.

Integridad

15

6

9

11.

Trabajo y servicios

12

6

6

12.

Regiones y provincias

10

3

7

13.

Derechos humanos

14

7

7

14.

Cultura, medios de comunicación y antigüedades

7

1

6

15.

Habices y asuntos religiosos

10

2

8

16.

Personas desplazadas, migrantes y expatriados

8

5

3

17.

Agricultura, recursos hídricos y marismas

11

0

11

18.

Rendición de cuentas y justicia

8

0

8

19.

Mártires, víctimas y presos políticos

8

3

5

20.

Juventud y deportes

7

1

6

21.

Organizaciones de la sociedad civil

7

2

5

22.

Asuntos relativos a los miembros y desarrollo parlamentario

8

2

6

23.

Tribus

5

0

5

24.

Reclamaciones

8

3

5

25.

Revisión constitucional (especial)

30

2

28

26.

Reconciliación nacional (especial)

12

2

10

99.En 2008, las parlamentarias formaron un bloque parlamentario de 37 miembros para promover el papel de la mujer en la toma de decisiones políticas pero el bloque no tuvo éxito y las mujeres siguen excluidas de la adopción de las principales decisiones estratégicas y de políticas. Este bloque se ha conformado con dar seguimiento a las iniciativas de las parlamentarias y tratar de encontrar soluciones proponiendo leyes, como se indica en relación con el artículo 3.

100.La proporción de mujeres en el Parlamento aumentó del 10,8% en 1990 al 27,3% en 2005, mientras que en las elecciones de marzo de 2010 las mujeres obtuvieron 80 de los 325 escaños del Consejo de Representantes y representaron el 25% de los miembros del Parlamento. Veinte de las miembros que forman parte del cupo actual son exparlamentarias, mientras que las 60 restantes ocupan un escaño por primera vez. Esto indica que la élite política acepta la participación de mujeres políticamente independientes con títulos académicos y capacidad de liderazgo. En la actual legislatura, cuatro comités parlamentarios están presididos por mujeres, a saber, salud y medio ambiente; servicios y reconstrucción; asuntos de la mujer, la infancia y la familia; y asuntos relativos a los miembros y desarrollo parlamentario. El siguiente cuadro muestra el nivel de participación de las mujeres en los comités parlamentarios en la legislatura de 2010.

Composición de los comités parlamentarios en la legislatura de 2010 por sexos

No.

Comité

Total

Mujeres

Hombres

1.

Relaciones exteriores

18

7

11

2.

Seguridad y defensa

17

0

17

3.

Asuntos jurídicos

17

1

16

4.

Petróleo y energía

16

4

12

5.

Integridad

17

1

16

6.

Hacienda

14

2

12

7.

Economía e inversiones

14

3

11

8.

Educación

17

8

9

9.

Salud y medio ambiente

15

4

11

10.

Servicios y reconstrucción

16

8

8

11.

Regiones y provincias

11

3

8

12.

Derechos humanos

12

4

8

13.

Cultura y medios de comunicación

7

2

5

14.

Habices y asuntos religiosos

8

1

7

15.

Personas desplazadas, migrantes y expatriados

8

2

6

16.

Agricultura y recursos hídricos

15

2

13

17.

Reconciliación nacional y rendición de cuentas

11

1

10

18.

Mártires, víctimas y presos políticos

8

3

5

19.

Asuntos de la mujer, la infancia y la familia

6

6

0

20.

Juventud y deportes

10

1

9

21.

Organizaciones de la sociedad civil

7

3

4

22.

Asuntos relativos a los miembros y desarrollo parlamentario

6

1

5

23.

Tribus

7

0

7

24.

Enseñanza superior

13

4

9

25.

Turismo y antigüedades

8

1

7

26.

Trabajo y asuntos sociales

9

2

7

Consejos provinciales

101.En las elecciones para los consejos provinciales de 2005, que se celebraron con arreglo a la Ley electoral No. 16 (2005), las mujeres alcanzaron una representación del 25%. Para separar las elecciones para el Consejo de Representantes de las elecciones para los consejos provinciales, de distrito y subdistrito, se promulgó la Ley electoral para los consejos provinciales, de distrito y subdistrito No. 36 (2008), cuyo artículo 13 trata de la representación de las mujeres. Aunque estipula que se elegirá a una mujer por cada tres ganadores con independencia del número de hombres que resulten ganadores, la Ley no establece ningún mecanismo para asegurar que sea así. Por otra parte, la Alta Comisión Electoral Independiente no ha formulado un mecanismo en el marco de su programa para garantizar que se elija al menos una mujer por cada tres hombres. Tras varias objeciones por parte de mujeres en el parlamento y de organizaciones de la sociedad civil, la Alta Comisión publicó una decisión como anexo de la Ley electoral que garantizaba que al menos un 25% de los escaños de los consejos provinciales, de distrito y subdistrito serían ocupados por mujeres. Sin embargo, esta decisión fue anulada por el Consejo de la Presidencia del Iraq al considerar que equivalía a una enmienda de la Ley electoral, lo cual requería un proyecto de ley en que se indicaran los artículos que se enmendarían y las razones para enmendarlos. Por lo tanto, la alta Comisión formuló un mecanismo para garantizar que el 25% de los miembros de los consejos provinciales fueran mujeres, aunque este porcentaje no se alcanzó en todas las provincias debido a una omisión en el mecanismo de la Alta Comisión. No obstante, se alcanzó de manera global en las elecciones de 2009 para los consejos provinciales, en las que hubo un alto nivel de participación femenina, sobre todo en las zonas rurales y marginadas, como resultado de fetuas. Esto pone de relieve la fuerte influencia del legado cultural sobre el comportamiento en el Iraq y el potencial de las fetuas para lograr que las funciones de la mujer se tornen socialmente aceptables.

102.Los intentos constantes de la Alta Comisión de formular instrucciones y un reglamento para garantizar una representación equitativa de las mujeres en todo el país mediante el sistema de cuotas no han encontrado respuesta debido a las limitaciones de tiempo. Con todo, los resultados conseguidos después de las elecciones no han sido totalmente negativos, pese a lo señalado anteriormente. La cuota se alcanzó o superó en 9 de las 14 provincias, con un total de 110 mujeres miembros de consejos provinciales sobre un total de 440. Por tanto, se ha alcanzado la proporción del 25% de todos los miembros establecido por ley, como se indica en el cuadro siguiente (no hubo elecciones en la provincia de Al-Tamim).

No.

Provincia

Escaños

Candidatas

Escaños ocupados por mujeres

Representación de las mujeres (porcentaje)

1.

Baghdad

57

690

16

28

2.

Nineveh

37

108

11

30

3.

Wasit

28

325

9

32

4.

Karbala

27

331

8

30

5.

Diyala

29

176

8

28

6.

Babil

30

386

8

27

7.

Maysan

27

197

7

26

8.

Dhi Qar

31

290

8

26

9.

Al-Najaf

28

281

7

25

10.

Al-Anbar

29

142

7

24

11.

Basora

35

349

7

20

12.

Al-Qadisiyah

28

235

6

21

13.

Al-Muthanna

26

240

4

15

14.

Salah al-Din

28

162

4

14

Puestos de autoridad y liderazgo público

103.En 2002, había una mujer en la dirección del partido Baaz y otra era Viceministra de Educación. Además, muchas mujeres estaban afiliadas al Partido Baaz, que dirigía entonces el país, en particular mujeres empleadas en la enseñanza, los medios de comunicación, los cuerpos militares y de seguridad, el aparato de inteligencia, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Defensa, etc.

104.La situación varió tras el cambio de régimen y la instauración de un sistema democrático basado en la igualdad ante la ley y cinco mujeres fueron nombradas para cargos ministeriales en el Ministerio de Derechos Humanos, el Ministerio de Vivienda, el Ministerio de Medio Ambiente, el Ministerio Estatal de Asuntos Provinciales y el Ministerio Estatal de Asuntos de la Mujer en el Gobierno constituido en 2006. Si bien los 36 ministerios estatales son ministerios sin cartera, el 12% de los correspondientes cargos ministeriales, sobre un total de 36, están ocupados por mujeres. El Gobierno constituido en 2010 estuvo formado por 46 ministerios pero solo dos mujeres ocuparon el puesto de ministra. En el Gobierno de la región del Kurdistán, una mujer está a cargo del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, además del Ministerio de la Mujer. Aunque ninguna mujer fue nombrada ministra con cartera, lo ocurrido fue en cualquier caso un reflejo de las medidas positivas adoptadas por el Estado para dar cabida a las mujeres en la formulación de la política pública del Estado. Un total de 343 mujeres ocupan cargos decisorios en el sector gubernamental, como directoras generales, subdirectoras generales y asesoras y dos tercios de ellas lo hacen en calidad de expertas. El número de mujeres que desempeñan el cargo de viceministra no supera el 2%.

Mujeres que ocupan cargos judiciales

105.Antes de 2003, a las mujeres no les estaba permitido matricularse en el Instituto Superior de la Judicatura. Tras el cambio de régimen, se desbrozó el camino para la admisión de mujeres calificadas en este Instituto, que está dirigido actualmente por una mujer. Entre los egresados se cuentan muchas mujeres que se desempeñan como juezas civiles, aunque únicamente de tribunales de faltas y de menores. Estos últimos se rigen por las mismas leyes que los tribunales penales pero las condenas impuestas a los menores son menos severas. No hay juezas en los tribunales de la sharia o penales. Esto obedece a la costumbre social heredada, que sigue siendo contraria a la idea de que las mujeres ocupen cargos importantes, por ejemplo en la judicatura. El Estado sigue en proceso de transición hacia la democracia y aun queda trabajo por hacer en este ámbito. Las instrucciones y los decretos ejecutivos emitidos por el Estado solo han conseguido aumentar la proporción de mujeres en la judicatura al 5%. Esto equivale a un número reducido en comparación con el número de hombres que ocupan cargos en ella, pese a hay un número considerable de mujeres juristas brillantes en el Iraq. Tanto para hombres como para mujeres, estar casado es una de las condiciones para asumir el cargo de juez. Esta condición se ha eliminado en la región del Kurdistán.

106.A pesar del importante papel que las mujeres desempeñan en el proceso de desarrollo, su participación en la toma de decisiones a nivel directivo es mínima debido al sectarismo, el partidismo político y la discriminación basada en el sexo. De resultas de esto, las mujeres siguen sin estar representadas en las tres presidencias (la Presidencia del Consejo, la Presidencia del Consejo de Ministros y la Presidencia del Consejo de Representantes), el Consejo Judicial Supremo y los tribunales superiores (el Tribunal Supremo Federal y el Tribunal de Casación).

Representación política de las mujeres en la región del Kurdistán

107.El artículo 23, párrafo 2, de la Constitución de la región del Kurdistán recoge el mismo principio que la Constitución del Iraq de 2005, esto es, que al menos el 25% de los escaños será asignado a mujeres. En 2008, 29 de los 111 miembros del parlamento de la región eran mujeres. La Ley sobre elecciones parlamentarias del Kurdistán fue enmendada para incrementar la participación de las mujeres del 25% al 30%, lo que supone un avance respecto de las leyes equivalentes de las demás regiones. Hay participación femenina en el Consejo de Ministros de la región del Kurdistán, donde una mujer ocupa el cargo de Ministra de Trabajo y Asuntos Sociales.

Participación en organizaciones no gubernamentales y asociaciones que se ocupan de la vida pública y política

108.Antes del cambio de régimen en 2003, los iraquíes tenían prohibido afiliarse a ningún partido político que no fuera el Baaz y muchas mujeres iraquíes de distintas tendencias políticas e intelectuales fueron encarceladas y desaparecieron. A finales de 2002, el régimen anterior vació las cárceles y los centros de detención y liberó a todos los presos y detenidos, incluidos los políticos.

109.Una búsqueda en los archivos del régimen anterior no ha arrojado cifras exactas del número de presas políticas, con la excepción de 1.100 presas y detenidas que consiguieron inscribirse en el registro de la Fundación de Presos Políticos (después del cambio de régimen en 2003), una organización de justicia de transición creada por el Estado en virtud de la Ley No. 4 (2006) y adscrita a la Secretaría General del Consejo de Ministros para indemnizar a las víctimas de la anterior dictadura. La fundación entró en funcionamiento a mediados de 2007 y cuenta con 20 oficinas en todas las provincias centrales y meridionales, así como en la región del Kurdistán. En virtud de esta Ley, a las presas políticas se les confieren las mismas prestaciones que a los presos políticos, esto es, un estipendio mensual de 500.000 dinares iraquíes, tratamiento en el Iraq y el extranjero, una subvención única de viaje y trato preferencial para cursar estudios universitarios y de posgrado, así como prioridad en lo que respecta a la peregrinación.

110.La situación cambió después del 9 de abril de 2003 y las mujeres pudieron afiliarse a partidos políticos, declarar su afiliación y participar en actividades políticas abiertamente. No obstante, el deterioro de la situación de seguridad y el aumento de la violencia hicieron difícil que las mujeres se desplazaran de un lugar a otro. Además, el asesinato y la intimidación de mujeres del Consejo de Gobierno y diputadas del Consejo de Representantes, abogadas, médicas, profesoras universitarias y figuras destacadas de los medios de comunicación llevó a muchas a retirarse y a guardar silencio sobre sus actividades. No había mujeres en las estructuras directivas de los partidos políticos.

111.Antes del cambio de régimen en 2003, no existía ninguna ley discriminatoria que prohibiese a las mujeres afiliarse a organizaciones no gubernamentales y asociaciones, en particular organizaciones profesionales como el Colegio de Abogados, la Unión de Médicos, la Unión de Ingenieros y la Unión de Profesores. La Federación General de Mujeres Iraquíes era la ONG que se ocupaba de las mujeres, pero servía de tapadera al partido en el poder y estaba al servicio de su política, toda vez que las actividades de las mujeres estaban prohibidas a cualquier otra organización en el país. En el período de transición política muchas mujeres se afiliaron a un amplio espectro de ONG y aumentó el número de estas organizaciones, lo que llevó al Gobierno a crear el Ministerio Estatal de Asuntos de la Sociedad Civil para llevar un registro de ellas y regularlas. Estas organizaciones tuvieron importantes repercusiones en la sociedad iraquí. El del artículo 39, párrafo primero, de la Constitución estipula que: “Se garantizará el derecho a fundar asociaciones y partidos políticos y a afiliarse a ellos”. Así pues, se permite trabajar en este campo tanto a hombres como mujeres.

112.Las mujeres tienen una amplia presencia en las asociaciones profesionales y las leyes que las regulan no contienen disposiciones discriminatorias en materia de admisión o afiliación de mujeres o que les impidan presentarse como candidatas a la presidencia de estas asociaciones.

113.Desde su fundación, 4.488 mujeres se han afiliado a la Asociación de Farmacéuticos, lo que equivale a cerca del 44% de los miembros. El número de mujeres que son elegidas para formar parte del órgano administrativo de asociaciones oscila entre una y dos por año. Desde la fundación del Colegio de Abogados en 1933, ha habido 13.882 abogadas, pero incluso hoy solo dos mujeres son miembros del Consejo Administrativo. De un total de 8.910 dentistas, 4.968 son mujeres, pero solo tres fueron nombradas para formar parte del consejo de la asociación entre 1998 y 2008; en la actualidad, una dentista ocupa un asiento en el consejo de ocho miembros.

114.El movimiento femenino del Iraq ha desempeñado un papel destacado en la reclamación de derechos para las mujeres iraquíes. El establecimiento del cupo de mujeres en la Ley de la administración del Estado durante el período de transición (2004) y, posteriormente, en la Constitución permanente de 2005, fue el resultado de protestas y campañas de recogida de firmas que llevaron a los dirigentes políticos a responder confirmando este derecho. El movimiento femenino desempeñó un papel importante en la revocación del decreto No. 137, de 29 de diciembre de 2003, del Consejo de Gobierno Provisional que, básicamente, dejó sin efecto la Ley del estatuto personal No. 188 (1959, enmendada) en interés de las confesiones y sectas, y la inclusión posterior en el artículo 41 de la Constitución de la estipulación de que: “Los iraquíes son libres de obrar de acuerdo con su condición personal según su religión, creencias, doctrinas u opciones, lo cual estará regulado por la ley.”. Este artículo recoge el contenido fundamental de dicho decreto en forma de disposición constitucional con mayor fuerza obligatoria. Muchas organizaciones organizaron campañas a favor de la derogación del decreto y, gracias a la movilización y la presión, consiguieron que el artículo 41 de la Constitución se considerara cuestionado y que su examen se aplazara hasta la legislatura de 2010.

115.Las organizaciones de mujeres han jugado un papel en la concienciación y educación de las mujeres sobre la Constitución y su participación en las elecciones. Muchas organizaciones de mujeres han tomado la iniciativa de abrir clínicas donde se presta asistencia jurídica y humanitaria a grupos marginados como las viudas, las divorciadas y las mujeres maltratadas, y se difunde la cultura de oposición a la violencia y la discriminación contra las mujeres. Las ONG de mujeres tienen experiencia en la ejecución de proyectos para reforzar y mejorar las capacidades de las mujeres, así como de proyectos de desarrollo y generación de ingresos. Estas organizaciones trabajan en colaboración y coordinación con las organizaciones internacionales que realizan actividades en el Iraq y los ministerios competentes, como el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Derechos Humanos, el Ministerio de Sanidad y el Ministerio Estatal de Asuntos de la Mujer.

Habilitación jurídica de la labor de las ONG (ley de organizaciones no gubernamentales)

116.En vista del aumento del número de ONG en el Iraq a cerca de 4.000 y temerosa de que algunas de ellas pudieran promover programas privados de carácter sectario o político o tratar de conseguir beneficios y ganancias ilícitos o constituir organizaciones ficticias que sirvieran de tapadera para la prostitución, el comercio ligado al vicio o la bajeza o para grupos terroristas, y a fin de velar por la legalidad en materia de registro de estas organizaciones y afiliación a ellas, que es un derecho garantizado por la Constitución, la Secretaría General del Consejo de Ministros, por conducto del Ministerio Estatal de Asuntos de la Sociedad Civil, implantó el registro de las ONG iraquíes y las filiales de ONG extranjeras impartiendo instrucciones para la aplicación de la Ley de organizaciones no gubernamentales No. 12 (2010). Esto fue el resultado de un esfuerzo conjunto del Ministerio, el comité sobre la sociedad civil del Consejo de Representantes y un grupo de ONG.

Artículo 8

117.Desde 2003, el Gobierno del Iraq ha promovido la participación de mujeres en las reuniones internacionales y ha tratado de lograr un equilibrio de género en las delegaciones de los ministerios y organismos no adscritos a un ministerio a actos y reuniones internacionales, como conferencias y cursos de capacitación y desarrollo. La composición de la delegación del Iraq para el examen del informe periódico sobre los derechos humanos en 2009 es un buen indicio de ello. La delegación del Gobierno estuvo encabezada por la Ministra de Derechos Humanos y formaron parte de ella otras tres mujeres, una de la región del Kurdistán, una de Baghdad, así como una jueza. La delegación incluyó pues a cuatro mujeres, una de las cuales la encabezó. Asimismo, se vela porque haya un equilibrio de género en las misiones permanentes del Iraq en el extranjero, que están integradas tanto por mujeres como por hombres. Hay mujeres iraquíes que ocupan cargos en todas las oficinas de las Naciones Unidas cuyos programas conciernen al Iraq, como el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM), el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS), el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y la Misión de Asistencia de las Naciones Unidas para el Iraq (UNAMI). No se dispone de estadísticas precisas sobre el número de mujeres iraquíes que trabajan para estas organizaciones pero se les permite aceptar empleos sin restricciones del Estado que les impidan dedicarse a actividades internacionales.

118.En 2003, una mujer se incorporó al servicio diplomático por primera vez en el Iraq con rango de embajadora a raíz del nombramiento de una mujer por primera vez como embajadora ante los Estados Unidos. Su mandato terminó en 2004. Posteriormente, en 2009, tres mujeres fueron nombradas embajadoras. Por otra parte, un gran número de mujeres pertenecientes al cuerpo diplomático trabajan a muchos niveles en embajadas, oficinas de representación y consulados del Iraq en el extranjero, en calidad de consejeras, secretarias primera y segunda y cónsules.

Artículo 9

119.La reserva del Iraq al artículo 9 de la Convención era coherente con la Ley relativa a la nacionalidad No. 43 (1961), que estuvo en vigor hasta la promulgación de la Ley de la administración del Estado durante el período de transición (2004), que estipulaba que era iraquí todo aquel que nacía de padre o madre iraquí y obligó al legislador a promulgar una ley para regular la materia. Posteriormente, la Constitución permanente (2005) se centró en este principio, al estipular que todo iraquí tiene derecho a la nacionalidad y al tratar por igual al hombre y a la mujer con respecto a la transmisión de la nacionalidad a sus hijos. En efecto, el artículo 18 estipula lo siguiente:

“Primero: La ciudadanía es un derecho de todo iraquí y constituye la base de su nacionalidad.

Segundo: Toda persona nacida de padre o madre iraquí será considerada iraquí. Esto estará regulado por la ley.

Tercero: a) Un ciudadano iraquí de nacimiento no podrá ser privado de su nacionalidad por motivo alguno. Toda persona que sea privada de su ciudadanía tendrá derecho a pedir que se le restituya. Esto estará regulado por la ley. […]

Cuarto: Un iraquí podrá poseer múltiples nacionalidades. Todo aquel que asuma un cargo superior, de seguridad o directivo deberá renunciar a toda otra ciudadanía que hubiera adquirido. Esto estará regulado por la ley”.

120.Así, la Constitución exigió que el legislador promulgara una ley que regulara las condiciones para la adquisición de la nacionalidad iraquí y su conservación en caso de multinacionalidad. La Ley relativa a la nacionalidad No. 26 (2006) se promulgó y entró en vigor sobre esta base. La Ley contiene los fundamentos jurídicos para apoyar este artículo de la Convención, al estipular lo siguiente:

•Por regla general, toda persona que posea la nacionalidad iraquí será considerada iraquí, en consonancia con el artículo 1, párrafo b): “Iraquí: persona que goza de la nacionalidad iraquí”.

121.La ley relativa a la nacionalidad trata por igual al hombre y a la mujer en lo que respecta s u condición de iraquí. Según el artículo 3, párrafo a): “Se considerará que una persona es iraquí si: a) nace de padre o madre iraquí”.

122.La ley enuncia las condiciones para la adquisición de la nacionalidad iraquí, incluidas las que figuran en el artículo 6:

“I.El Ministro podrá aprobar la naturalización de no iraquíes con sujeción a las condiciones siguientes:

1)Que el interesado sea mayor de edad;

2)Que el interesado haya entrado legítimamente en el Iraq y resida en el país en el momento de solicitar la naturalización, con la excepción de los nacidos y residentes en el Iraq que hayan obtenido una libreta de estado civil pero no un certificado de nacionalidad;

3)Que el interesado haya residido 10 años consecutivos de forma legítima en el Iraq antes de solicitar la naturalización;

4)Que el interesado tenga buena conducta, goce de buena reputación y no haya sido condenado por un delito grave o una falta deshonrosa;

5)Que el interesado cuente con medios de vida visibles; y

6)Que el interesado esté libre de enfermedades contagiosas”.

123.Al marido no iraquí de una iraquí se le otorga el derecho a adquirir la nacionalidad iraquí a condición de que haya residido en el Iraq no menos de cinco años y siga casado con la iraquí, en virtud del artículo 7 de la Ley: “El Ministro podrá aprobar la naturalización de un no iraquí casado con una iraquí con sujeción a las condiciones enunciadas en el artículo 6, siempre que el período de residencia a que se hace referencia en el párrafo I, apartado c), de dicho artículo no sea inferior a cinco años y a condición de que siga casado”.

124.A la mujer extranjera casada con iraquí se le otorga el mismo derecho. En efecto, la Ley trata por igual al marido extranjero de una iraquí y a la mujer extranjera de un iraquí que solicitan la naturalización, en virtud de las disposiciones del artículo 11:

“La mujer no iraquí casada con iraquí tendrá derecho a adquirir la nacionalidad iraquí con sujeción a las siguientes condiciones:

1.Que haya presentado una solicitud al Ministro;

2.Que haya residido más de cinco años en el Iraq; y

3.Que el vínculo marital haya perdurado hasta la fecha de la solicitud. Quedará exenta de esta condición toda mujer divorciada o viuda que tenga un hijo de su marido divorciado o difunto”.

125.Asimismo, la ley va dirigida a evitar que la mujer iraquí pierda su nacionalidad iraquí en el caso de que adquiera la nacionalidad de su marido no iraquí, a menos que manifieste su deseo de hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida al Ministro del Interior del Iraq, en consonancia con el artículo 12 de la ley: “Si una mujer iraquí contrae matrimonio con un no iraquí y adquiere la nacionalidad de su marido, no perderá su nacionalidad iraquí, a menos que declare por escrito que renuncia a ella”.

126.La ley otorga a la mujer iraquí que ha renunciado a su nacionalidad el derecho a recuperarla, si a su marido no iraquí se le otorga la nacionalidad iraquí o si contrae matrimonio con un hombre que posee la nacionalidad iraquí después haber renunciado a la nacionalidad iraquí. Además, posee el mismo derecho si su marido se divorcia de ella, fallece o anula su contrato de matrimonio, en cuyo caso se le restituirá la nacionalidad a contar de la fecha en que presente una solicitud a tal efecto, a condición de que resida en el Iraq en el momento de presentar la solicitud, en virtud de las disposiciones del artículo 13 de la ley, que estipula lo siguiente:

“Si una mujer iraquí renuncia a su nacionalidad iraquí de conformidad con el párrafo III del artículo 10, tendrá derecho a recuperarla con sujeción a las siguientes condiciones:

I.Si a su marido no iraquí se le concede la nacionalidad iraquí o contrae matrimonio con un hombre que posee la nacionalidad iraquí, se le restituirá la nacionalidad iraquí con efecto a contar de la fecha en que presente una solicitud a tal efecto.

II.Si su marido fallece, se divorcia de ella o anula su contrato de matrimonio, recuperará su nacionalidad iraquí con efecto a contar de la fecha en que presente una solicitud a tal efecto”.

127.Así, a pesar de su reserva al artículo 9 de la Convención, el Iraq adoptó un enfoque constitucional y legal ponderado equivalente a la aplicación inequívoca de la sustancia de este artículo de la Convención. En virtud del decreto No. 434 del Consejo de Ministros, publicado el 20 de diciembre de 2009, se aprobó un proyecto de ley por el que se anuló la reserva al artículo 9 de la Convención. El decreto fue propuesto por el Ministerio de Derechos Humanos y sometido al Parlamento para su aprobación. La finalidad del proyecto era eliminar el efecto jurídico de dicha reserva, en consonancia con el artículo 18, párrafo segundo, de la Constitución, así como de la Ley relativa a la nacionalidad No. 26 (2006), que confieren a las mujeres los mismos derechos que a los hombres en lo que respecta a la transmisión de la nacionalidad a los hijos. Esto es coherente con el artículo 9 de la Convención. Posteriormente, el instrumento por el que se retiró la reserva al artículo en cuestión se depositó en poder del Secretario General de las Naciones Unidas.

Artículo 10

128.La educación es uno de los principales ámbitos en los que surgen disparidades entre hombres y mujeres. Está claro que la tasa de matriculación de mujeres en la enseñanza en comparación con la de los hombres baja entre los niveles primario y secundario. En 2006, la tasa neta de matriculación de niñas en la enseñanza primaria ascendió al 80,4% y la proporción de niñas matriculadas en relación con los niños fue del 88,8%, mientras que la tasa neta de matriculación de niñas en la enseñanza secundaria disminuyó al 34,3% y que la proporción de niñas en relación con los niños fue del 75%.

129.No hay ninguna disposición legislativa iraquí que discrimine entre los sexos en la enseñanza, desde el jardín de infancia hasta los estudios universitarios superiores. En efecto, la enseñanza es obligatoria para los niños de ambos sexos entre los seis y los diez años en virtud de la Ley sobre enseñanza obligatoria No. 118 (1976). Según la ley las niñas son libres de abandonar la escuela a los diez años de edad, si sus padres o tutores así lo deciden. Por otra parte, la enseñanza superior (postsecundaria) está abierta a ambos sexos y los estudiantes son admitidos en función de sus notas (esto es, según su capacidad). Esta política de admisiones abarca los estudios de posgrado y las becas académicas. La enseñanza a todos los niveles es un derecho garantizado por la Constitución, en cuyo artículo 34 se estipula lo siguiente:

“Primero: La enseñanza es un factor fundamental para el progreso de la sociedad y un derecho garantizado por el Estado. La enseñanza primaria es obligatoria y el Estado garantiza que luchará contra el analfabetismo.

Segundo: La enseñanza gratuita a todos los niveles es un derecho de todos los iraquíes.

Tercero: El Estado fomentará la investigación científica con fines pacíficos que sirva a la humanidad y apoyará la excelencia, la creatividad, la inventiva y todas las manifestaciones de genialidad.

Cuarto: Se garantizará la enseñanza pública y privada, que estará regulada por la ley”.

130.Las siguientes cifras muestran las tasas de matriculación de estudiantes por etapas formativas:

•Jardines de infancia, para niños de 4 a 5 años: en 1998, se matricularon 35.865 niños y 24.720 niñas; en 2007, lo hicieron 41.986 niños y 39.550 niñas;

•Primaria, para niños de 6 a 12 años: según las cifras, en 1998, las niñas representaron el 44,5% del alumnado y los niños el 55,5%, lo que correspondió a 1.392.892 niñas en comparación con 1.677.965 niños; en 2007, las niñas representaron el 44% y los niños el 56%, lo que correspondió a 1.825.317 niñas en comparación con 2.325.623 niños;

•Secundaria, para estudiantes de 12 a 18 años: en 1998, hubo 631.842 estudiantes de sexo masculino y 406.461 estudiantes de sexo femenino; para 2007, los números aumentaron a 882.969 estudiantes de sexo masculino y 608.964 de sexo femenino.

131.En la mayoría de provincias, únicamente las etapas primaria y terciaria son mixtas. En la región del Kurdistán, se promueve la enseñanza mixta a todos los niveles, en coordinación con organizaciones internacionales y locales.

132.Las universidades e institutos sor para los estudiantes de 18 años de edad o más. En 1998, había 27.062 estudiantes de sexo femenino y 53.278 de sexo masculino. Para 2007, las números habían aumentado a 40.960 de sexo femenino y 58.735 de sexo masculino en las escuelas de magisterio y los institutos de bellas artes. En 1998, había 877 profesoras y 569 profesores; para 2007, había 2.558 profesoras y 1.603 profesores.

133.Cabe señalar la atención sobre el aumento del número de estudiantes de sexo femenino matriculadas en la enseñanza entre los períodos 1995/1996 y 2006/2007. En la enseñanza primaria aumentó un 3,1% y en la secundaria aumentó un 3,7%. No obstante, el número de estudiantes de sexo femenino matriculadas en la enseñanza en el período registró un crecimiento negativo, a razón de 0,3% por año. En 2006, la ratio mujeres/hombres en la enseñanza primaria fue del 88% y en la enseñanza secundaria se situó en el 75%. En 2006/2007 la tasa de matriculación de mujeres en la enseñanza universitaria y de posgrado experimentó un aumento notable, del 8,9%, en relación con la de hombres, en comparación con el período 1995/1996, en que alcanzó un 5,7%. Hay estudios que documentan la ausencia de toda forma de discriminación en materia de becas y titulaciones.

134.Los estudiantes de todas las provincias siguen programas centralizados de estudio fijados por el Ministerio de Educación, el Ministerio de Enseñanza Superior e Investigación Científica y el Organismo de Institutos Técnicos. No hay ningún tipo de discriminación a este respecto. Después de 2003, el Gobierno central tomó la iniciativa de incluir los derechos humanos y la democracia en el programa de estudios para estudiantes universitarios. Con todo, solo se imparten cursos de educación familiar en las escuelas de niñas. El Ministerio de Educación del Gobierno central se está esforzando por introducir reformas en la materia en apoyo de la enseñanza mixta. El Ministerio de Derechos Humanos del Gobierno central se está esforzando por incluir la lucha contra la violencia y la discriminación contra la mujer en los programas de estudios escolares y los derechos humanos se estudian como parte del programa en todas las facultades de humanidades y ciencias, así como en los institutos. Además, los conceptos relativos al intercambio de roles en la familia forman parte del programa de estudios de género en la región del Kurdistán y se imparten conocimientos sobre el arreglo de controversias por medios pacíficos a niños y niñas mediante actividades extraescolares.

135.El Gobierno apoya plenamente la enseñanza primaria gratuita y obligatoria. La Constitución de la República del Iraq de 1970 estipulaba lo siguiente:

“a)El Estado se compromete a luchar contra el analfabetismo y garantiza el derecho a la enseñanza gratuita en sus etapas primaria, secundaria y universitaria a todos los ciudadanos.

b)El Estado se esforzará por dar carácter obligatorio a la enseñanza primaria ... en las ciudades y las zonas rurales y promover la escuela nocturna, que permite a las masas combinar el aprendizaje y el trabajo”.

La Ley sobre enseñanza obligatoria de 1972 y la Ley de alfabetización y educación de adultos se promulgaron sobre esta base para garantizar la enseñanza primaria. Se ofrecen cursos nocturnos para incrementar las posibilidades de que los estudiantes que trabajan puedan continuar sus estudios al mismo tiempo en la enseñanza secundaria y profesional e incluso en algunos colegios universitarios. La asistencia a estos cursos es libre. Un aumento del número de escuelas primarias en un 30% aproximadamente se refleja en un aumento de la proporción de niñas como porcentaje del total de estudiantes del 35% al 44%. Mientras, la proporción de docentes de sexo masculinos en las escuelas primarias de niños y niñas de todo el país ha aumentado al 26% y al 27% respectivamente.

136.Hay estudios que indican que 60.740 niños y 56.137 niñas abandonaron la escuela en 2006 (véase el cuadro 7). Con objeto de conseguir que se reincorporen, se han introducido nuevas formas de enseñanza, denominadas enseñanza no formal, en el sistema educativo, las cuales se han difundido en las siguientes fases:

1)Establecimientos escolares, que cubren la fase primaria (para niños de 5 a 10 años). El período de estudio dura cuatro años, al cabo de los cuales se otorga un certificado equivalente al certificado de enseñanza primaria. Sin embargo, según las estadísticas del Ministerio de Educación, hay un número limitado de estas escuelas y solo 6.689 alumnos cursaron estudios en ellas en el período 2005/2006. Esta cifra es baja en comparación con el número total de estudiantes de primaria. Hay 69 de escuelas de este tipo y en muchas provincias no hay ninguna.

2)Educación acelerada: En 2005, el Ministerio de Educación aplicó un plan de educación acelerada en colaboración con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF). Esta forma de enseñanza va dirigida a los desertores escolares del grupo de edad de 12 a 18 años de todas las provincias, incluida la región del Kurdistán. Su finalidad es impartir el programa de estudios de enseñanza primaria en tres años, al cabo de los cuales se otorga a los graduados un certificado equivalente al certificado de educación primaria. En el período 2006/2007 había 144 escuelas de enseñanza acelerada, 123 en zonas urbanas y 21 en zonas rurales; 52 de ellas eran para niñas y 76 para niños. Las niñas representaban el 36,5% del alumnado, lo que correspondía a 3.513 alumnas sobre un total de 9.633.

Participación de ONG en la educación

137.Muchas organizaciones de la sociedad civil se interesan por la educación, aunque su presencia en este campo es reciente. La Asociación iraquí Al-Amal puso en marcha el Proyecto “Desafío” para mejorar el nivel de salud y cultura social e impartir formación profesional. En 2006/2007, se impartieron 26 cursos, en los que matricularon 773 mujeres y 20 hombres. La fase de alfabetización básica del proyecto, que dura nueve meses, ha concluido en cuatro provincias y han podido terminar el ciclo inicial de enseñanza primaria participantes de entre 10 y 50 años de edad. En la provincia de Salah al-Din, el proyecto hizo posible que 67 mujeres jóvenes se presentaran a los exámenes generales de nivel intermedio y secundario, nueve de las cuales los aprobaron y la mayoría ellas ingresaron a la universidad o a un instituto. La Asociación Cultura para Todos, en colaboración con la Dirección de Educación del distrito Rusafah de Baghdad, utilizó una escuela de la ciudad de Sadr para impartir enseñanza a 70 estudiantes que habían abandonado la escuela.

Fomento de la alfabetización

138.Sigue habiendo una gran disparidad entre las tasas de alfabetización de mujeres y hombres en el Iraq, a pesar de un descenso generalizado del número de mujeres analfabetas. Aun cuando el Iraq consiguió reducir el analfabetismo en un 41% entre 1997 y 2005, particularmente entre las mujeres, la desigualdad entre ambos sexos sigue siendo importante. Cabe señalar que en 1997, las tasas de analfabetismo eran del 60% entre las mujeres y del 65% entre los hombres, mientras que para 2005 habían disminuido al 19,5% entre las mujeres y al 10,4% entre los hombres. Las tasas de analfabetismo entre hombres y mujeres eran más bajas en las zonas urbanas que en las rurales, donde, en 1997, duplicaban las de las ciudades y los pueblos. En 2005, estas tasas disminuyeron un 13,2% tanto en las zonas urbanas como en las rurales, alcanzando el 11,2% en aquellas y un 35% en estas últimas. Sin embargo, ni siquiera esta disminución ha contribuido a acabar con las diferencias de género que existen en el campo y la ciudad. El índice de analfabetismo en las zonas rurales, que asciende al 21%, hace que la disparidad entre las tasas de analfabetismo de hombres y mujeres sea siete veces mayor que en las zonas urbanas.

Desafíos de la educación permanente, en particular de niñas

Costumbre y tradición

139.La costumbre y la tradición pueden privar a las mujeres de una educación por una cuestión de principio, aunque por lo demás está permitida. Esto tiende a circunscribirse a la enseñanza primaria pero en unos pocos casos se extiende a la secundaria. También se imponen limitaciones a la matriculación de mujeres en la universidad, que puede estar restringida a los colegios universitarios e institutos para mujeres. Los datos muestran que la proporción de mujeres sin educación de 15 años de edad o más se eleva al 51% en el campo y al 29% en los pueblos y ciudades. Cerca del 44% de las mujeres de las zonas urbanas se matriculan en la educación, pero la proporción no supera el 13% en las zonas rurales.

Pobreza y falta de interés

140.El desinterés y la pobreza son las principales razones de la falta de escolarización de las niñas. Un 24% no se matricula por un desinterés familiar y un 13% no lo hace a causa de la pobreza. Las encuestas muestran que el 31% de las niñas no se han matriculado en la educación, en comparación con el 13% de los niños.

Violencia

141.La escalada de la violencia ha llevado a las familias a impedir que las hijas prosigan sus estudios. Las dificultades para llegar a la escuela exigen que las niñas sean acompañadas por un familiar o cuenten con un medio de transporte, lo que representa un gasto adicional para la familia. La reducida presencia de mujeres en comparación con hombres en los hogares e instituciones especiales adscritos al Departamento encargado del cuidado de las personas con necesidades especiales podría deberse al temor entre muchas familias de que sus hijas con discapacidad puedan sufrir daños o ser secuestradas. Esta circunstancia, unida a algunos conceptos tradicionales, hace que las familias impidan que sus hijas continúen sus estudios para evitar la violencia callejera. Las cifras del Informe nacional sobre la situación del desarrollo humano (2008) indican que el número de niñas que dejan los estudios después de la fase primaria aumentó de 39.266 en 2001/2002 a 76.795 en 2003/2004, mientras que el número de universitarias de todo el país que abandonaron sus estudios ascendió a 12.723 (9.958 estudiantes en régimen diurno y 2.795 en régimen nocturno). Entre las estudiantes de secundaria, 25.846 abandonaron sus estudios.

Exclusión escolar

142.La exclusión se describe como la falta de inscripción de niños del grupo de edad de 6 a 12 años en la escuela primaria o la no terminación de la enseñanza primaria. La tasa de exclusión es del 16% en las zonas urbanas y se eleva al 41% en las zonas rurales. Esto obedece a factores como la capacidad económica y los servicios e instalaciones proporcionados por el sistema educativo en las zonas urbanas, así como las aspiraciones de la familia y su conciencia sobre la importancia de la educación. Estas cifras ponen de manifiesto una disparidad patente entre la ciudad y el campo que podría obedecer a las actitudes respecto de la educación de las niñas. El 64% de las madres de las zonas rurales del Iraq coinciden firmemente en que educar a los hijos es más importante que educar a las hijas, en comparación con el 42% de las madres de las zonas urbanas. Por otra parte, el 34% de las madres de las zonas rurales no desean que sus hijas obtengan un certificado superior al de educación primaria.

Tiempo que se tarda en llegar a la escuela

143.El tiempo que los estudiantes tardan en llegar a la escuela, debido a la larga distancia recorrida, es un factor. Es posible que las familias pobres no puedan costearse los gastos de transporte o no quieren enviar a sus hijas a la escuela. Esto parece indicar que la escolarización de más hombres que mujeres puede obedecer a razones sociales y culturales que discriminan a las mujeres.

Deportes

144.Las niñas pueden practicar todo tipo de actividades deportivas, según sus inclinaciones y su habilidad. Se celebran torneos y competiciones entre escuelas para alentar la competencia. Los clubes deportivos admiten mujeres y cuentan con personal femenino especial para entrenarlas. El Comité Olímpico del Iraq, que regula todas las actividades deportivas que se realizan en el país, cuenta con una mujer entre sus miembros. Dado el interés del Iraq por promover el deporte, la educación física forma parte de los planes de estudio de la enseñanza preescolar, primaria y secundaria, aunque se enseña más ampliamente y con un grado de especialización mayor en la Escuela de Educación Física. Se ha abierto una Escuela de Educación Física de Mujeres a fin de que las que desean acabar sus estudios universitarios en este campo puedan hacerlo. La Escuela es administrada por mujeres y el profesorado está compuesto por mujeres especialistas. Por otra parte, hay mujeres con necesidades especiales que participan en competiciones deportivas y muchas mujeres iraquíes han ganado medallas en campeonatos nacionales e internacionales.

Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014

145.Este plan persigue fomentar la educación. El plan, que se basa en estadísticas y una serie de estudios encaminados a determinar las causas del deterioro de la educación, ha fijado diversos objetivos estratégicos para la labor de los entidades concernidas, a saber:

•Aumento del número de niños matriculados en la enseñanza preescolar a 133.049, es decir, un aumento anual medio de 22.175, y un aumento del número de profesores en 4.417 para el año meta, es decir, un aumento anual medio de 750;

•En el nivel primario, se espera que el número de estudiantes llegue a 989.099 y que harán falta 56.908 profesores y 2.615 escuelas adicionales;

•Aumento del número de estudiantes matriculados en la enseñanza secundaria a 1.847.112 para el año meta. Para ese año harán falta 17.191 profesores adicionales, lo que supone una tasa de aumento de 2.865 por año, y 913 escuelas secundarias adicionales, lo que supone una tasa anual media de aumento de 162;

•Aumento del número de estudiantes matriculados en las escuelas de formación profesional a 72.188 para el año meta. Se necesitarán 870 profesores e instructores y 73 escuelas adicionales para ese año;

•Aumento del número de estudiantes matriculados en los institutos de formación de profesores a 78,072 para el año, lo que supone un aumento anual de 13.162. Se necesitarán 471 profesores adicionales para el año meta, lo que supone un aumento anual de 78, así como 54 institutos adicionales, lo que supone un aumento anual medio de 9;

•Aumento del número de estudiantes matriculados en las universidades a 308.745 para el año meta, en los institutos técnicos a 42.958 y en las escuelas técnicas a 61.646, lo que supone un aumento anual medio de 51.457 estudiantes en las universidades, 7.160 en los institutos técnicos y 10.274 en las escuelas técnicas. Se necesitarán 2.030 profesores en las universidades, lo que supone un aumento anual medio de 338, y 2.058 profesores adicionales en la enseñanza técnica, lo que supone un aumento anual medio de 343;

•En cuanto a la erradicación del analfabetismo, se necesitarán 90.000 alfabetizadores y 60.000 centros especiales para el año meta;

•Para las escuelas juveniles se necesitarán 207 profesores adicionales para el año meta, lo que supone un aumento anual medio de 34, y 25 escuelas adicionales, lo que supone un aumento anual medio de 4.

La educación en la región del Kurdistán

146.Según el Informe nacional sobre la situación del desarrollo humano (2008), en la provincia de Al-Sulaymaniyah se ha alcanzado la igualdad entre los géneros en la enseñanza al aumentar la ratio hasta el 100% en las escuelas secundarias gracias a la aplicación de la ley de enseñanza primaria obligatoria para niños y niñas, lo que llevó a las niñas a comprometerse con la educación, sobre todo en las áreas rurales, donde las prácticas tribales siguen dominando y las mujeres representan un gran porcentaje de la fuerza de trabajo no remunerada.

147.Entre los logros del Ministerio Regional de Asuntos de la Mujer se cuentan los siguientes:

•La realización de una encuesta de campo para estudiar los motivos por los cuales las mujeres abandonan la educación a fin de intentar eliminar el fenómeno;

•La formulación de una política educativa que busca consolidar los principios de igualdad y justicia social poniendo énfasis en la participación de las mujeres como asociadas en la formación y elaboración de las políticas educativa y pública en todos los niveles de la enseñanza;

•La aplicación de la ley de enseñanza primaria obligatoria;

•El fortalecimiento de la presencia de escuelas mixtas, en coordinación con organizaciones internacionales y locales y con su apoyo.

Artículo 11

148.La Ley laboral No. 71 (1987), que no ha sido derogada y sigue en vigor, garantiza los derechos de los trabajadores. Entre sus disposiciones principales, la Ley garantiza el derecho al trabajo y el derecho del trabajador a percibir un salario adecuado para satisfacer sus necesidades esenciales, de acuerdo con el tipo y la cantidad de trabajo que realice. La Ley garantiza el principio de igualdad con respecto al trabajo igual realizado por hombres y mujeres en las mismas condiciones. Toda una sección se dedica a la protección de los derechos de las trabajadoras. En virtud de ella se obliga al empleador a informar a la empleada de sus derechos y deberes fijando una copia de las disposiciones relativas a la protección de las trabajadoras en un tablero de anuncios en el lugar de trabajo. Se especifican los trabajos en los que se prohíbe emplear a mujeres, como el trabajo arduo que perjudica la salud y, en el caso de las embarazadas, la realización de horas extraordinarias y el trabajo nocturno a fin de proteger su salud y la de su hijo no nacido. Las mujeres trabajadoras tienen derecho a un período de descanso de al menos 11 horas consecutivas al día, incluidas siete horas entre las 21.00 y las 06.00 horas para asegurar que tengan un descanso adecuado. La embarazada tiene derecho a un total de 72 días de licencia de maternidad antes y después del parto con sueldo completo. La madre trabajadora puede disfrutar de una licencia especial de maternidad de seis meses con sueldo completo, que se considera período de servicio a los efectos de la pensión. En algunas circunstancias y sobre la base de un informe expedido por el comité médico, este período puede ampliarse a nueve meses. La mujer tiene derecho a una licencia de maternidad sin goce de sueldo de una duración no superior a un año para el cuidado de su hijo menor de un año. La mujer trabajadora no puede utilizar su licencia especial de maternidad para fines distintos de aquellos para los cuales ha sido concedida. A las madres lactantes se les permite realizar una pausa para la lactancia de hasta una hora durante la jornada de trabajo. La madre de uno o varios hijos menores de seis años puede ausentarse del trabajo sin goce de sueldo por un período de hasta tres días si uno de sus hijos cae enfermo y necesita de su cuidado. Cada empleador debe proporcionar a sus empleadas instalaciones de descanso acordes con las exigencias de su trabajo. La empleada viuda tiene derecho a un período legal de duelo de 120 días con sueldo completo. En la región del Kurdistán, la mujer tiene derecho a una licencia posterior al parto de un año con la totalidad del sueldo y otras asignaciones.

149.Los solicitantes de empleo están sujetos a las mismas pruebas y criterios; se da preferencia a los mejor evaluados en cuanto al cumplimiento de los requisitos exigidos, incluidos certificados, experiencia y capacitación previa. El papel de los mecanismos institucionales y la intervención del Gobierno siguen siendo fundamentales y esenciales para promover la igualdad. El Iraq ha sido parte en el Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (No. 111) desde el 15 de junio de 1959. Hasta 2003, el Estado era el principal empleador de mujeres en el Iraq y alrededor del 46% de las mujeres trabajadoras estaban empleadas en el sector público.

150.De conformidad con las instrucciones y reglamentaciones emitidas en cumplimiento de la Ley de la administración pública No. 24 (1960, enmendada) y de la Ley laboral No. 71 (1987), se aplican los mismos criterios a ambos sexos para determinar los sueldos y salarios. El Iraq se adhirió al Convenio sobre igualdad de remuneración, 1951 (No. 100) el 28 de agosto de 1963. Las asignaciones por matrimonio pueden abonarse a cualquiera de los cónyuges, con su autorización, pero suelen pagarse al marido. Con arreglo al artículo 43 de la Ley de la administración pública No. 24 (1960, enmendada), esta asignación deja de abonarse en caso de disolución del matrimonio. En la práctica, sin embargo, todo indica que existe cierto grado de discriminación en el sector privado, donde es posible que solo se admitan solicitudes de empleo presentadas por hombres para evitar tener que conceder licencias al personal femenino, como licencias de maternidad, tal como se estipula en la Ley laboral.

151.La política del Gobierno no contiene ningún elemento que impida a la mujer elegir su profesión o tipo de empleo. La evaluación anual de los funcionarios se lleva a cabo en consonancia con indicadores centrales que excluyen el género y descansa en criterios de capacidad, años de servicio y eficiencia. A la mujer no se le exige aceptar un empleo contra su voluntad. El Iraq está comprometido con las citadas leyes y las convenciones internacionales a las que se ha adherido, como el Convenio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) relativo a la abolición del trabajo forzoso, 1957 (No. 105), al que el Iraq se adhirió el 15 de junio de 1959, y el Convenio de la OIT relativo al trabajo forzoso u obligatorio, 1930 (No. 29), al que se adhirió el 27 de octubre de 1962.

152.Después de 2003, el Gobierno adoptó políticas para desarrollar e incrementar la capacidad de sus empleados de ambos sexos. El Gobierno tiene sumo interés en establecer la igualdad de género y, con la cooperación y el apoyo directos de organizaciones internacionales y extranjeras, elevar el nivel de rendimiento de de los empleados de las instituciones del Estado. Los resultados de una encuesta sobre el empleo y el desempleo mostraron un incremento de la tasa de actividad económica del 44,1% en 2003 al 49,5% en 2005, pero un descenso al 46,8% en 2008. Estas cifras son un reflejo del mercado laboral en las zonas urbanas y rurales y de las diferencias entre ambos sexos. La participación de las mujeres sigue siendo baja en comparación con la de los hombres, a pesar del aumento de su participación en la actividad económica del 14,2% en 2003 al 18% en 2008.

153.El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales continúa capacitando a trabajadores de ambos sexos y aumentando sus competencias a fin de mejorar su nivel de rendimiento, su competencia profesional y su productividad. Ha introducido cursos de formación para aumentar la capacidad de las mujeres trabajadoras impartiéndoles formación en corte y confección, peluquería y uso de computadores, desarrollando sus aptitudes académicas y profesionales y enseñándoles árabe e inglés.

154.El Ministerio tiene interés en supervisar la situación de la mujer en los lugares de trabajo y con este fin ha nombrado inspectoras con capacitación en los aspectos sociales y psicológicos de la vida de las mujeres a fin de que realicen visitas al terreno para determinar hasta qué punto la situación de las mujeres trabajadores es conforme a las leyes nacionales, como la Ley del Trabajo, y las convenciones internacionales pertinentes que el Iraq ha ratificado.

155.La Ley de Pensiones y Seguridad Social de los Trabajadores No. 39 (1978), que sigue en vigor, se ocupa de los casos de discapacidad, vejez e incapacidad para el trabajo determinados por los cuerpos médicos pertinentes de acuerdo con los correspondientes procedimientos y exámenes médicos, los cuales sirven de base para calcular el grado en que se manifiestan esos estados de salud, y sienta así las bases de la cobertura social de los trabajadores de ambos sexos. El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales es responsable de la gestión directa de las residencias para personas de edad, las cuales acogen a mujeres de 55 años o más y a hombres de 60 años o más que no tienen familiares que cuiden de ellas. Hay seis de estas residencias, que se encuentran en Baghdad, Nineveh, Karbala, Al-Najaf, Al-Diwaniyah y Basora, y en ellas se prestan diversos servicios, incluidos servicios de alimentación y vestimenta, salud, sociales y de esparcimiento, y se proporciona un estipendio mensual de 25 dólares. El artículo 30 de la Constitución de 2005, que obliga a los organismos competentes a promulgar una ley que garantice la seguridad social y de salud, dice así:

“Primero: El Estado garantizará a la persona y la familia –en particular las mujeres y los niños– la seguridad social y sanitaria, medios básicos para llevar una vida libre y decente e ingresos y una vivienda adecuados.

Segundo: El Estado garantizará la seguridad social y sanitaria a los iraquíes en caso de vejez, enfermedad, incapacidad laboral, falta de vivienda, orfandad o desempleo. Trabajará para protegerles de la ignorancia, el temor y la pobreza, y les proporcionará una vivienda y programas especiales de atención médica y rehabilitación. Esto estará regulado por la ley”.

156.La Ley de bienestar social No. 126 (1980) afirma que se concederán prestaciones de bienestar social a las viudas, las divorciadas, los discapacitados, las personas de edad y los desempleados, en consonancia con las instrucciones y reglamentaciones. Para desarrollar los principios de esta ley de manera acorde con las exigencias de la fase actual, incluso asegurando la satisfacción de las necesidades de los grupos vulnerables (huérfanos, niños de la calle, discapacitados, personas de edad, viudas, divorciadas, mujeres jefas de hogar, personas sin hogar, personas desplazadas por la fuerza, etc.), el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ha elaborado un proyecto de ley para la creación de una red de protección social, que los órganos competentes tienen actualmente ante sí para su estudio y aprobación.

157.El Estado hace todo lo posible por prestar servicios de apoyo social de forma que los padres puedan combinar el trabajo con la familia y la crianza de los hijos. Así, los ministerios estatales han establecido guarderías infantiles en sus inmuebles y en varios departamentos ministeriales e instituciones para los hijos y las hijas del personal. Lamentablemente, algunas de ellas han sido destruidas, resultando muertos los niños que había en su interior, por atentados terroristas, como los perpetrados contra el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Justicia, que ocasionaron la muerte de muchos niños. Existen muchas guarderías administradas por ONG y mujeres con necesidades especiales.

Artículo 12

158.La salud individual y de la familia ha sido una preocupación de los Gobiernos iraquíes que incide en la aplicación del derecho a la salud como derecho humano. Este derecho se legalizó mediante la Ley de salud pública No. 89 (1981), que sigue en vigor. Sus disposiciones ofrecen garantías de protección del bienestar maternoinfantil y de la salud de la familia. La ley otorga estos derechos a todas las personas sin discriminación y están consagrados en el artículo 31 Constitución iraquí, que estipula lo siguiente:

“Primero: Todo ciudadano tiene el derecho a la atención de la salud. El estado mantendrá la salud pública y facilitará medios de prevención y tratamiento construyendo diferentes tipos de hospitales y establecimientos de salud.

Segundo: Las personas naturales y jurídicas tienen el derecho a construir hospitales, clínicas o centros de salud privados bajo la supervisión del Estado. Esto estará regulado por la ley”.

El gasto gubernamental en el sector de la salud representó el 6% del gasto público total en 2009. El sector se ha visto afectado por las guerras, las sanciones y la ocupación que ha padecido el Iraq, así como por la destrucción de infraestructuras, los robos, el saqueo y el pillaje tras la caída del régimen en 2003 y el terrorismo y la corrupción administrativa subsiguientes.

159.El Ministerio de Sanidad es el órgano gubernamental encargado de la prestación de servicios relacionados con la salud y cuenta con hospitales distribuidos por todos los distritos, subdistritos y provincias, así como con clínicas y centros de salud especializados. El Ministerio presta servicios a través de médicos especialistas apoyados por personal de enfermería capacitado en diversas áreas de especialización. El Ministerio les imparte formación y aumenta su número cuando es necesario. En 1998, el personal médico y sanitario se componía de 41.973 hombres y 26.181 mujeres, que aumentaron a 99.689 hombres y 47.161 mujeres para 2008 (véase el cuadro 9).

160.En 2008, había 210 hospitales públicos (o estatales) que prestaban servicios médicos generales y especializados, incluidos servicios antes, durante y después del parto. Estos hospitales están concentrados en las zonas urbanas.

161.Con objeto de proporcionar una mayor cobertura médica y sanitaria a la ciudadanía, el Ministerio de Sanidad ha autorizado la construcción de hospitales privados, en particular maternidades a las que las mujeres pueden acudir para dar a luz por medios naturales o cesárea, por estar sujetos a un riguroso control y por su limpieza. Ahora bien, su capacidad es limitada y el precio de la atención médica es elevado, por lo que no son una opción para todas las familias. Los hospitales gubernamentales ofrecen un servicio de sistema privado a precios subvencionados.

162.Aun cuando sigue habiendo una escasez grave de personal médico en los hospitales y centros de salud, en particular de doctoras, que se necesitan en las maternidades y hospitales pediátricos, se ha conseguido una notable mejoría desde 2008. En la provincia de Basora, por ejemplo, había 1.762 médicos en 2008, de los cuales 612 eran mujeres. Para 2009, el número había aumentado a 2.517. Esta escasez de personal, que incide directamente en el disfrute por los ciudadanos de su derecho a recibir atención sanitaria, se atribuye a dos factores:

1)El éxodo de científicos, incluida la emigración de médicos especialistas y expertos que corren peligro de ser asesinados por grupos terroristas, cuyos conocimientos son utilizados por centros internacionales;

2)El hecho de que algunos prefieran trabajar en el sector privado, ya que el potencial de ingresos es mayor.

En la región del Kurdistán, el de Ministerio de Sanidad contaba con 21.443 empleados y 13.828 empleadas en 2009.

163.El Ministerio de Sanidad presta servicios completos de salud maternoinfantil y todos los servicios relacionados con la salud familiar. El Ministerio se encarga de llevar a cabo el examen médico primario de los solicitantes de certificados de matrimonio y de expedir el certificado de salud. Presta servicios de atención prenatal y durante el parto y es responsable de la vacunación de los niños. Todas sus funciones se desempeñan en centros médicos especializados.

164.La inestabilidad experimentada por el Iraq desde 1998 hasta después del cambio de régimen en 2003 y, posteriormente, los disturbios y la violencia, así como la quema de hospitales y edificios públicos, significaron la pérdida de la mayoría de los datos estadísticos pertinentes. Con todo, los que están disponibles indican que:

a)La tasa de mortalidad de menores de 5 años de ambos sexos era de 35 por cada 1.000 nacidos vivos en 2007 y aumentó a 36 por cada 1.000 nacidos vivos en 2008; la tasa de mortalidad infantil era de 32 por cada 1.000 nacidos vivos el mismo año;

b)La tasa de mortalidad materna en 2006 y 2007 era de 84 por cada 1.000 nacidos vivos; en la provincia del Kurdistán en 2007 era de 47 por cada 1.000 nacidos vivos;

c)En 2008, 9,79% de los partos discurrieron bajo la supervisión de personal calificado del Ministerio de Sanidad;

d)Los usuarios de preservativos representan el 1,1% del 8,49% de personas que utilizan anticonceptivos;

e)Las estadísticas Centro de Control de Enfermedades Transmisibles sobre la propagación del VIH/SIDA muestra que la tasa de infección era de 0,01 por cada millón de mujeres en 2004. Hubo un caso de infección de una embarazada ese año. No se registraron casos de infección en 2003, ni entre 2005 y 2009.

165.La inmunización de los niños contra el tétanos, el sarampión y la fiebre tifoidea se inicia en los primeros meses después del nacimiento y continúa a partir de entonces. Las estadísticas disponibles indican que, de los niños de un año de edad, se vacunó al 73% contra el sarampión en 2001, al 79% en 2002, al 66,8% en 2003, al 81,7% en 2004, al 75% en 2005, al 69,9% en 2006, al 63,8% en 2007 y al 80,24% en 2008.

166.Los solicitantes de certificados de matrimonio son sometidos a pruebas clínicas y de laboratorio para verificar que no padecen enfermedades contagiosas y determinar su compatibilidad. La Ley del estatuto personal ampara este proceso, por considerarlo un trámite fundamental que precede a la firma del contrato de matrimonio ante el tribunal.

167.Algunos nacimientos tienen lugar en hospitales privados que cuentan con personal médico calificado. En 2008, el 9,79% de los nacimientos tuvieron lugar bajo la supervisión de dicho personal. El Ministerio está deseoso de aumentar los conocimientos del personal haciéndoles participar en cursos de capacitación, conferencias y seminarios en diversos países extranjeros. En colaboración con la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otros organismos, 2.078 miembros del personal fueron enviados a Inglaterra, la India y otros países. Además, se celebraron cursos de capacitación para desarrollar las aptitudes de los trabajadores dentro del Iraq, en los que participaron 1.213 personas de diversas especialidades.

Logros en materia de salud de la familia

168.El Ministerio de Sanidad ha adoptado un sistema de salud basado en la atención primaria –el primer nivel de servicios ofrecidos a la ciudadanía– como punto de partida para prestar servicios de salud acordes con las normas de calidad, garantizando al mismo tiempo que dichos servicios se integren con los de los niveles de servicios segundo (hospitales públicos) y tercero (centros especializados) mediante la aplicación de un sistema de remisiones basado en condiciones y directrices precisas. Además, se ha ampliado el sistema de medicina de familia que se aplica en los centros de salud a fin de prestar servicios de calidad. Se han logrado los siguientes resultados:

a)Desarrollo del modus operandi de los centros de atención primaria de la salud y aplicación del sistema de remisión en las organizaciones de salud para garantizar la calidad del servicio a todos los niveles;

b)En 2008, había seis centros médicos que habían adoptado el sistema de salud de familia; para 2009, había 8 y otros 17 estaban en proceso de adoptarlo. El sistema consiste en abrir un expediente sobre cada miembro de la familia y realizar un seguimiento continuo de su situación. La aplicación se circunscribe a una zona geográfica limitada que no se puede exceder. Se trata de un sistema de salud que permite vigilar la salud maternoinfantil. Si el experimento tiene éxito, se hará extensivo a todas las provincias;

c)Establecimiento de paritorios y departamentos de urgencias en muchos centros de atención primaria de la salud de zonas remotas. Había 123 de estos centros en varias provincias en 2009, en comparación con 23 en 2008;

d)Desarrollo de los servicios de transfusión sanguínea mediante la modernización del sistema de funcionamiento y la capacitación y el perfeccionamiento del personal;

e)Prohibición de fumar en los edificios y lugares públicos, creación de zonas acotadas para fumadores e imposición de multas a los infractores;

f)Establecimiento de 41 centros de control de enfermedades no transmisibles (como la hipertensión y la diabetes), donde se utilizan sistemas de vigilancia y detección temprana;

g)Adopción por los centros de atención primaria de la salud de un sistema de detección temprana y diagnóstico de la malnutrición;

h)Realización de campañas para controlar la poliomielitis, el sarampión y el tétanos a fin de reducir las tasas de infección y detectar a quienes hacen abandono del programa ampliado de inmunización;

i)Preparación de planes de emergencia para el control de las epidemias y las enfermedades transmisibles garantizando la disponibilidad de medicamentos, suministros médicos y equipo de apoyo e impartiendo formación al personal médico y sanitario en materia de vigilancia de las epidemias y lucha contra la transmisión de enfermedades. De resultas de esto, el número de casos de cólera confirmados por exámenes de laboratorio disminuyó de 4.691 en 2007 a 926 en 2008, en tanto que en 2008 hubo un caso de paludismo de origen local y tres de paludismo importado, en comparación con tres en 2007;

j)Las mujeres reciben tratamiento gratuito en los tres niveles, al igual que los hombres. Por otra parte, el Ministerio de Sanidad presta servicios prenatales y durante el parto, practica exámenes postnatales periódicos y realiza campañas de inoculación y sensibilización, con arreglo a la Ley de salud pública No. 89 (1989). En 2009, había 2.168 centros de salud, lo que supuso un aumento de 179 respecto de 2008. Hay centros especializados en salud reproductiva que prestan servicios de planificación familiar y todo tipo de servicios de contracepción. En 2009, 742 mujeres se beneficiaron de estos servicios, que se prestaron en cinco centros de salud. El control de la natalidad sigue estando vinculado a la concienciación de las mujeres sobre la salud y a la influencia de las costumbres sociales. Sin embargo, grandes sectores de la población femenina, particularmente en el campo y de los estratos más pobres de la sociedad, carecen de la necesaria cultura de concienciación sobre la salud;

k)Ejecución del proyecto relativo a 10 hospitales para lograr el objetivo de 105 camas por cada 1.000 habitantes;

l)Capacitación del personal de enfermería femenino gracias a la apertura de escuelas de enfermería para mujeres únicamente y al cierre de las escuelas para hombres a fin de reducir la escasez de personal de enfermería femenino;

m)Utilización de tecnología moderna en la detección temprana de enfermedades, introducción de un nuevo sistema de tratamiento y registro de cáncer y prestación de servicios de salud de elevada calidad a través de consultorios y hospitales especializados en la región del Kurdistán, así como utilización de tecnología moderna como utilización de tecnología moderna para la detección temprana del cáncer en general y del cáncer de mama entre las mujeres en particular. Las estadísticas oficiales muestran que hubo 1.321 casos de cáncer de mama entre ellas en 1998, que el número aumentó a 2.081 en 2001 y a 2.292 en 2002, y que se registraron 2.033 casos en 2004, lo que supuso un ligero descenso. En 2009, varias organizaciones internacionales ofrecieron su cooperación y apoyo, en coordinación con el Ministerio de Planificación, para la realización de una encuesta amplia entre las mujeres para permitirles encarar los problemas de salud utilizando métodos científicos cuidadosamente estudiados.

169.Las estadísticas recientes indican que el cáncer de mama representa el 32% de todos los cánceres que afectan a las mujeres en el Iraq, con una incidencia de 20 casos por cada 100.000 mujeres.

170.En 1998 se registraron 227 casos de leucemia entre las mujeres, los cuales aumentaron a 304 en 2000. El aumento prosiguió, registrándose 341 casos en 2003 y 596 en 2005. Los estudios muestran una mayor probabilidad de que mujeres contraigan cáncer. Se registraron 164 casos de cáncer de ovario en 1998, 167 en 1999 y 275 en 2001, y el número disminuyó a 249 en 2002 y a 241 en 2004.

171.Pese a que el cáncer suele afectar a mujeres mayores de 50 años, últimamente ha empezado a afectar a mujeres jóvenes y de mediana edad, como consecuencia de la mala alimentación y de las condiciones ambientales. Los estudios sugieren que es posible salvar al 95% de las mujeres que padecen la enfermedad mediante la detección temprana. El 18 de febrero de 2008, el comité superior encargado de crear conciencia sobre la detección temprana del cáncer estableció un marco de cooperación entre el Ministerio de Sanidad, el Ministerio Estatal de Asuntos de la Mujer y el Ministerio Estatal de Asuntos de la Sociedad Civil que, con el apoyo de la OMS y el UNIFEM, inició una amplia campaña en 2008 y 2009, organizando decenas de seminarios y conferencias. Esta campaña logró aumentar la afluencia de mujeres a los centros médicos especializados. Las estadísticas muestran que en la provincia de Basora 2.420 mujeres en 2008 acudieron a ellos y que 4.297 lo hicieron en 2009 (la meta fijada era de 5.000).

172.En el mismo sentido, el Ministerio Estatal de Asuntos de la Mujer, en colaboración con el Ministerio de Sanidad, lanzó varias campañas dirigidas a todos los ministerios estatales a saber:

1)Concienciación sobre los factores que socavan la salud reproductiva, la anticoncepción, el parto seguro, los servicios de atención prenatal, las enfermedades posmenopáusicas y las enfermedades de transmisión sexual;

2)Lucha contra el cáncer de mama e información sobre la importancia de la autopalpación y la detección temprana, así como sobre el contenido de informes y estudios de campo. Se formuló un plan estratégico sobre un proyecto de sensibilización acerca del cáncer de mama, respaldado por estadísticas, que incluyó un debate sobre el componente científico preparado por el Comité sobre el Cáncer, para crear conciencia de la importancia de la detección temprana. Se consultó al Ministerio de Educación con vistas a la inclusión del tema en los programas de estudio de la enseñanza secundaria;

3)Sensibilización y educación en materia de derechos humanos y lucha contra la violencia hacia las mujeres. Se creó un comité directivo superior presidido por el subsecretario administrativo del Ministerio e integrado por los ministerios competentes a fin de elaborar los planes necesarios.

173.El Ministerio Estatal de Asuntos de la Mujer formuló un plan estratégico para 2008 y 2009 basado en estadísticas con objeto de combatir el cáncer de mama y una campaña recibió el respaldo de la Secretaría General del Consejo de Ministros. La página web de la campaña es: www.scbc.gov.iq.

174.El Ministerio de Sanidad ha formulado un plan quinquenal (2009-2013) encaminado a:

•Reducir las tasas de morbilidad y mortalidad;

•Controlar las enfermedades transmisibles;

•Reducir las tasas de incidencia de las enfermedades relacionadas con la malnutrición entre los niños menores de cinco años;

•Garantizar la disponibilidad de alimentos saludables y seguros;

•Desarrollar y aumentar el número de centros médicos especializados;

•Crear dependencias de respuesta ante casos de desastre;

•Proporcionar medicamentos y suministros médicos;

•Adoptar una política nacional de medicamentos;

•Adoptar un sistema eficaz de supervisión basado en los principios de la imparcialidad y la competencia profesional;

•Crear instituciones sanitarias donde se presten modernos servicios de tipo hotelero en Baghdad y las provincias y dotarlos de infraestructura;

•Aumentar las asignaciones del presupuesto nacional en un 10%;

•Erradicar la corrupción administrativa en el sector de la salud aplicando la estrategia nacional de lucha contra la corrupción;

•Crear un comité superior encargado de supervisar los indicadores relacionados con los objetivos de desarrollo, presidido por el subsecretario administrativo del Ministerio e integrado por los ministerios competentes. Los objetivos del comité incluyen mejorar la salud maternoinfantil y garantizar que las mujeres logren la igualdad de derechos con los hombres para eliminar las disparidades entre los géneros en materia de salud.

Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014

175.El plan incluye la salud entre las cuestiones que requieren una atención prioritaria y fija los siguientes objetivos de salud:

•Reducir la proporción entre pacientes y médicos aumentando el número de camas en proporción al tamaño de la población, promover la distribución equitativa de establecimientos de salud entre las zonas rurales y urbanas, aumentar el número de instituciones que desempeñan funciones médicas especializadas y proporcionarles el equipo y los suministros necesarios;

•Ampliar y desarrollar los establecimientos de salud en un 50%;

•Establecer establecimientos de salud avanzadas en todas las provincias para incrementar el número de camas de los departamentos de salud en un 41%;

•Ampliar los servicios de atención primaria de la salud aumentando el número de centros de salud para cubrir las necesidades de los departamentos de salud en Baghdad y otras provincias en un 20%;

•Aumentar el número de centros de salud especializados para satisfacer las necesidades de las provincias en materia de servicios especializados (centros quirúrgicos especializados – diagnóstico preventivo) en un 50%.

Logros del Ministerio de Sanidad de la región del Kurdistán

176.El Ministerio de Sanidad de la región del Kurdistán se ocupa de la prestación de servicios médicos y de salud en general y de las necesidades especiales de la salud de las mujeres en particular. El Ministerio garantiza la disponibilidad del personal médico, los hospitales, los servicios y los suministros necesarios para proteger las vidas de los ciudadanos y proporcionarles una atención médica adecuada. Las cifras sobre la salud de las mujeres revelan que:

•El 88,1% de los partos son asistidos por personal especializado y que el 67,8% tienen lugar en un hospital;

•El Ministerio de Sanidad suministra el 81,3% de los anticonceptivos y proporciona atención médica constante al 80,2% de las embarazadas;

•Se ofrecen pruebas relacionadas con los síntomas y el tratamiento del VIH/SIDA y el 0,5% de las mujeres se han sometido a ellas. Se facilita información sobre los centros especiales para el VIH/SIDA y el 3.4% de las mujeres saben donde se encuentran.

177.El Ministerio de Sanidad de la región del Kurdistán ha adoptado medidas encaminadas a aumentar la conciencia sobre la salud y la atención médica preventiva entre la población en general y entre las mujeres en particular. Las más importantes de ellas son las siguientes:

•Cursos educativos y de orientación para madres sobre cómo tratar a los niños y las niñas de todas las edades, así como cursos sobre la salud de los adolescentes para niños y niñas de 12 a 17 años;

•Talleres sobre el papel de liderazgo de las mujeres en la sociedad, celebrados en coordinación con la Women Empowerment Organization;

•Conferencias celebradas en coordinación con el UNICEF sobre la detección temprana del cáncer de mama y el autoexamen de mama como protección contra la enfermedad;

•Cursos de capacitación sobre la detección de la diabetes durante el embarazo, con la participación de doctoras cualificadas;

•Habida cuenta de la gravedad de la práctica de la circuncisión femenina, el Ministerio, en coordinación con el UNICEF y otros ministerios competentes, organizó una conferencia que congregó a las partes interesadas para examinar la cuestión;

•Talleres sobre la eliminación de la violencia contra la mujer en la región, en coordinación con el Ministerio del Interior, el Ministerio Estatal de Asuntos de la Mujer y el UNICEF;

•Adopción de un plan de acción de lucha contra el VIH/SIDA, la mortalidad maternoinfantil, el embarazo en la adolescencia, las consecuencias para la salud de la madre y el feto de los embarazos muy seguidos, y promoción de la planificación familiar.

Principales retos sanitarios con que se enfrenta la región del Kurdistán

178.La región se enfrenta a retos que impiden proporcionar una asistencia sanitaria óptima, incluidos los siguientes:

•La escasez de recursos materiales;

•Una tasa muy elevada de analfabetismo (del 22% aproximadamente) entre las mujeres;

•La pobreza;

•La falta de personal médico y sanitario para dar plena cobertura en las zonas remotas;

•La mala coordinación administrativa.

179.El plan del Ministerio de Sanidad para el futuro tiene por objeto:

1)Reducir las tasas de mortalidad infantil de menores de un año;

2)Reducir las tasas de mortalidad infantil de menores de cinco años;

3)Reducir las tasas de mortalidad materna;

4)Mejorar atención primaria de la salud maternoinfantil;

5)Promover el programa de planificación familiar;

6)Eliminar la violencia contra la mujer.

Artículo 13

180.Pese a que el principio de igualdad está consagrado en el artículo 14 de la Constitución (que estipula que: “Los iraquíes son iguales ante la ley sin distinción de género, raza, etnia, origen, color, religión, creencias, credo u opinión, o condición económica y social”), existen varios ámbitos en que no hay una verdadera igualdad. El artículo 23, párrafo tercero a), de la Constitución estipula que “[t]odos los iraquíes tienen derecho a la propiedad” sin discriminación por motivos de sexo. Sin embargo, este principio choca con costumbres profundamente arraigadas que limitan el goce de este derecho por parte de las mujeres, sobre todo en las zonas rurales. Ni la Constitución ni las leyes en vigor que tratan de la propiedad en el seno de la familia han conseguido que se adopte el principio de la propiedad compartida, porque la ley exige que se respete el principio de independencia financiera de ambos sexos.

181.El acceso garantizado de las mujeres a los recursos es uno de los pilares del desarrollo humano. Para tener acceso a ellos y aprovecharlos y controlarlos, es fundamental poder tomar decisiones al respecto. Entre dichos recursos se cuentan la tierra, los ingresos, el crédito y otros. En el Iraq, las mujeres no disfrutan de oportunidades adecuadas e iguales de acceso a los recursos y servicios básicos, y suelen poseer menos activos financieros que los hombres. En consecuencia, los hogares encabezados por mujeres están en peores condiciones que aquellos en que el jefe de familia es un hombre. Aunque no se dispone de datos precisos sobre en qué medida las mujeres disfrutan de derechos de propiedad independientes sobre la tierra o viviendas o de gestión de bienes o negocios, la ley garantiza la igualdad en estos ámbitos. El Ministerio de Hacienda concede préstamos a los funcionarios públicos para la compra de bienes inmuebles y estos préstamos se desembolsan con arreglo a criterios preestablecidos que el solicitante del préstamo debe cumplir. El género no figura entre los criterios requeridos. Por tanto, las funcionarias pueden beneficiarse de estos préstamos en pie de igualdad con los hombres.

182.El fenómeno de los hogares encabezados por mujeres se ha agravado en los 20 últimos años a causa de las sanciones económicas, las guerras y los conflictos armados constantes que se han cobrado las vidas de padres e hijos. Las mujeres son las que más han sufrido las consecuencias de estos acontecimientos. La ocupación y la consiguiente generalización de los conflictos armados y la violencia después de 2003, así como a la escalada de la violencia originaron un aumento del número de viudas. Las cifras que muestran el alcance de la situación son contradictorias. No obstante, los resultados de una encuesta realizada por la Organización Central de Estadísticas en 2004 indican que el 11% de las familias están encabezadas por una mujer y que el 73% de ellas están encabezadas por viudas. La encuesta también deja ver una diferencia entre los ingresos de los hogares encabezados por mujeres y aquellos en que el jefe de familia es un hombre y que el 40% de los primeros no consiguen reunir 100.000 dinares (aproximadamente 90 dólares) y por ende se ven forzados a cubrir el déficit con ahorros o la asistencia que reciben durante la semana, en comparación con el 26% de los hogares encabezados por hombres. Además, la situación imperante y las obligaciones familiares, así como la falta de activos de garantía adecuados, dificultan el acceso de las mujeres a la microfinanciación en momentos en que, por una parte, este sistema está contribuyendo eficazmente al aumento de la capacidad económica y, por otra, ofrece una solución a las mujeres que no pueden acceder a recursos, como las mujeres sin educación o capacitación, entre las que se cuentan muchas mujeres rurales. Los sistemas de microfinanciación se pusieron en marcha en 2007, pero están aún en sus etapas iniciales y no han traído una prosperidad mayor a las mujeres.

183.La Encuesta sobre las condiciones de vida en el Iraq (2004) indica que el 79% de las mujeres trabajan en la agricultura, la enseñanza, la administración del sector público, la administración social y sanitaria y el sector de los servicios. En el sector de la enseñanza, la participación de las mujeres supera a la de los hombres, toda vez que 292.000 mujeres trabajan en este campo, en comparación con 197.000 hombres. Las mujeres constituyen un tercio de la fuerza de trabajo en las zonas rurales.

184.El desempleo femenino es mayor que el masculino. En 2006, la tasa de desempleo entre las mujeres ascendía al 22,7%, en comparación con el 14,1% en 2005. Al mismo tiempo, el desempleo masculino disminuyó del 19,2% al 16,2% en 2005. Dado que el Iraq está orientado hacia una economía de mercado, solo se han tomado medidas limitadas para conjurar la amenaza del desempleo. Esto constituye en sí mismo otro impedimento para que las mujeres disfruten de las oportunidades de empleo proporcionadas por el estado, toda vez que se enfrentan a un entorno económico cambiante dominado por la competencia para acceder a los puestos de trabajo. En tales circunstancias, el sector privado es una alternativa, si bien nada garantiza que proporcionará empleos a mujeres. Esto se explica por varias razones, como el derecho de la mujer a la licencia de maternidad y a amamantar a sus hijos, o la posibilidad de que no pueda cumplir con las numerosas exigencias del empleador (que llevan la impronta de la discriminación y la violencia).

185.Esto también acentúa la intensidad de la competencia por el acceso a los puestos de trabajo. Dado que los hombres disfrutan de mayores ventajas sociales, es necesario que se formulen políticas educativas y de capacitación para incrementar el rendimiento de las mujeres. Tales políticas deberían incluir el aumento del número de escuelas de formación profesional y centros de capacitación diurnos y nocturnos.

186.Las condiciones imperantes después de 2003 fueron una de las causas de la baja tasa de empleo femenino en el sector privado. Las mujeres representan entre el 32% y el 38% de los empleados del sector privado y trabajan en el ámbito de las salud, en instituciones financieras, la agricultura y otras actividades. Sin embargo, en el sector privado corren el riesgo de ser despedidas y privadas de las prestaciones garantizadas por la Ley de pensiones y seguro sociales de los trabajadores y la Ley laboral, toda vez que los empleadores tratan de eludir sus responsabilidades en virtud de ambas leyes. Cuando la economía se encuentra en recesión, los puestos de trabajo y el empleo de las mujeres se ven afectados. Los estereotipos y las imágenes estereotipadas del hombre y la mujer contribuyen en grado importante a confinar a la fuerza de trabajo femenina en determinados campos (como la confección de vestidos y la producción de alimentos), y más aún en el caso de las mujeres sin educación o con un nivel educativo bajo. Las mujeres iraquíes se han enfrentado a esto desde que se empezaron a imponer sanciones económicas en 1990. Los ingresos familiares han sido insuficientes para cubrir las necesidades básicas, lo que ha llevado a mujeres, incluidas mujeres empleadas en el sector público, a abandonar sus puestos de trabajo y a trabajar en casa a fin de aportar recursos adicionales para atender las necesidades de la familia, pese a que dicho trabajo no proporciona estabilidad económica, social o psicológica a la mujer ni a su familia.

Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014

187.Con objeto de estimular la economía e incrementar el nivel de empleo, especialmente entre los jóvenes y las mujeres, el plan quinquenal prevé medidas encaminadas a:

•Fomentar el papel del sector privado en el empleo y reducir la alta tasa de desempleo del país, que asciende al 15% (incluidos el desempleo estacional y el subempleo), así como los problemas sociales relacionados con el desempleo de larga duración y el descuido o la desatención de los aspectos económicos, sociales y medioambientales de la vida de la población. Se prevé crear entre 3 y 4,5 millones de puestos de trabajo mediante una mayor concienciación y aceptación de los principios en materia de desarrollo sostenible y calidad de vida y de las demandas en ese sentido en todos los sectores económicos, así como la inclusión de esos principios en la ordenación territorial como parte del plan.

•Proporcionar empleo e ingresos sostenibles, garantizar la prestación de servicios básicos a los pobres y la cualificación y capacitación en nuevos campos de empleo, sobre todo para los grupos vulnerables, como los huérfanos, las viudas y las personas con necesidades especiales. Se prevé que el plan reduzca el nivel de pobreza en un 30%.

Artículo 14

188.Las mujeres de las zonas rurales combinan las tareas domésticas en cuanto madres y esposas con el trabajo fuera del hogar en la agricultura. Las mujeres son trabajadoras productivas y representan un tercio de la fuerza de trabajo rural. Al igual que otros sectores de la sociedad iraquí, la situación de las mujeres ha empeorado como resultado de la guerra, las sanciones y las crisis, así como de la violencia política y sectaria derivada de ellas, que no se limitaron a las ciudades, sino que se propagaron al campo. Esto ha tenido un impacto directo en el nivel de los servicios, pese a los esfuerzos realizados por el sector de la salud para continuar ofreciendo servicios sanitarios de forma ordenada.

189.Aunque hay escuelas en las zonas rurales, su número no ha aumentado desde antes de 1988. Las niñas, al igual que los niños, tienen derecho a la educación y las escuelas admiten niños de ambos sexos, a los que se imparte el mismo programa de estudios centralizado. Sin embargo, la asistencia de las niñas a la escuela difiere por motivos relacionados con la costumbre, los deseos de la familia y el matrimonio precoz. Este hecho se destacó durante el debate sobre la educación (artículo 10 de la Convención).

190.La situación de las mujeres como prestatarias de servicios, incluso de suministro de electricidad y agua potable, es la misma que la del conjunto de la población rural, que sufre una grave escasez de estos servicios.

191.Las mujeres rurales pueden beneficiarse de todas las leyes sin discriminación, incluida la Ley de reforma agraria No. 117 (1970), que les otorga el derecho a aprovechar y cultivar tierras y obtener el crédito necesario en consonancia con las normas del Banco Agrícola y el Banco Inmobiliario. La Ley de sociedades agrícolas No. 43 (1979) otorga a las mujeres los mismos derecho de participación en sociedades agrícolas que a los hombres.

192.Con el cambio de la situación política después de 2003, se permitió a las organizaciones de la sociedad civil proseguir con sus actividades. Los grupos de ONG trataron de extender sus actividades culturales, sociales, sanitarias y económicas hacia el campo y las mujeres rurales ejercieron su derecho a participar en la política electoral en sus respectivas zonas en pie de igualdad con los hombres. Las leyes electorales exigen que los votantes voten en persona y ha habido una amplia participación de mujeres en las elecciones en el campo.

Las mujeres rurales y el mercado de trabajo

193.La participación de las mujeres rurales en el mercado de trabajo ha fluctuado pero se estabilizó en 2008 en un 24,5%. Por tanto, en el campo hay una mujer trabajadora por cada tres trabajadores. Pese al aumento considerable del número de mujeres en el mercado de trabajo, la disparidad entre los sexos es todavía considerable. Los datos muestran que en 2005 alcanzó al menos el 50% en las zonas urbanas y el 46.6% en las zonas rurales. Cabe señalar que la disparidad era del 60,6% en las zonas urbanas y del 57,6% en las zonas rurales en 2003 y disminuyó al 58,6% y al 53,5%, respectivamente, en 2008. Esto muestra que la disparidad entre los sexos en lo que respecta a la participación en el mercado de trabajo es mayor en las zonas urbanas que en el campo.

Retos que afronta el campo

Agotamiento de las aguas superficiales

194.El Iraq se enfrenta actualmente a un reto enorme y catastrófico, a saber, el agotamiento de las aguas superficiales. A modo de ejemplo, el río Éufrates es la principal fuente de agua en la provincia de Babil. En 2009, el caudal era de 150 metros cúbicos por segundo, mientras que hacían falta 220 metros cúbicos por segundo, lo que representa un déficit de 70 metros cúbicos por segundo. Esto obedece a:

1)La reducción del caudal de los ríos Tigris y Éufrates procedente de sus cabeceras en Turquía;

2)Una precipitación escasa;

3)La falta de soluciones practicables.

195.Debido a la edad de los sistemas de regadío y agrícolas y a las interrupciones del suministro eléctrico, la agricultura ha experimentado un declive general, lo que ha ocasionado:

•Un descenso general de la agricultura;

•Una reducción de los ingresos de las familias rurales;

•La migración de algunas familias rurales a las ciudades en busca de trabajo.

196.Las mujeres representan una parte sustancial de la fuerza de trabajo y la combinación de los factores citados ha tenido un efecto negativo en ellas, sobre todo en Al-Ahwar, región conocida por sus humedales, de los que miles de familias del campo del sur del Iraq dependen para su subsistencia. Esto ha hecho disminuir el nivel de vida en las zonas rurales por debajo del umbral de la pobreza debido al desempleo derivado de la falta de puestos de trabajo.

Problemas de servicios

197.En las zonas rurales del Iraq se prestan pocos servicios. Los problemas más importantes que esto ocasiona son los siguientes:

•Escasez de centros de salud especializados y falta de personal de salud calificado; esto contribuye a que se recurra a parteras y practicantes de la circuncisión tradicionales, que no pueden sustituir a un doctor o una doctora;

•La distancia que hay entre las escuelas y los lugares de residencia de los estudiantes causa aversión a la educación, sobre todo entre los estudiantes de enseñanza primaria, que no tienen fuerzas para recorrer grandes distancias. En algunas zonas, solo hay escuelas en los subdistritos, lo que obliga a los estudiantes a trasladarse al lugar donde se encuentra la escuela y reduce las posibilidades de que terminen la enseñanza media, en particular entre las niñas. En las zonas rurales de Kirkuk, el índice de analfabetismo se cifra en el 20% y la asistencia asciende al 18% en las escuelas primarias, al 6% en las escuelas de enseñanza media y al 15% en las escuelas preparatorias.

Logros del Estado en la mejora de la situación de las mujeres rurales

198.Con objeto de desarrollar los conocimientos teóricos y prácticos de las mujeres rurales y alentarlas a adoptar métodos científicos de producción agrícola y mejorar la calidad de la producción por medio de métodos y programas de divulgación y desarrollo, el Ministerio de Agricultura, en cumplimiento de las directrices aprobadas por el Consejo de Ministros en su sexta sesión, celebrada el 22 de marzo de 2005, encargó a uno de sus organismos (la Junta General de Divulgación y Cooperación Agrícolas del Estado) que creara una sección de desarrollo de la mujer rural en los organismos de divulgación agrícola de las direcciones provinciales de agricultura, que se llamaría sección para el desarrollo de las mujeres y las niñas rurales. La sección tiene competencia en materia de:

•Proyectos agrícolas en el plano de la aldea;

•Proyectos de economía doméstica;

•Desarrollo de las mujeres rurales jóvenes;

•Orientación sobre el entorno social;

•Supervisión y seguimiento.

199.La sección desempeña diversas funciones, las más importantes de las cuales son las siguientes:

•Establecer programas de producción agropecuaria para mujeres a nivel de granjas familiares;

•Mejorar los conocimientos teóricos y prácticos de las mujeres rurales para que inviertan los excedentes agrícolas en industrias alimentarias y equipos agrícolas modernos;

•Velar por el aprovechamiento de las materias primas disponibles en las explotaciones agrícolas, con énfasis en las industrias unipersonales, y ejecutar programas de productividad para elevar los ingresos de las familias rurales;

•Instruir a las mujeres rurales sobre las esferas que inciden en el desarrollo social y humano;

•Sensibilizar a las familias rurales sobre el medio ambiente y la salud, fomentar el interés por la educación de los niños e impartir formación a las mujeres rurales sobre cómo encarar y eliminar la contaminación ambiental sobre el terreno;

•Organizar foros especiales de divulgación sobre agricultura, salud y medio ambiente y utilizar medios de difusión como la televisión, la radio y la prensa (véase el cuadro 6);

•Organizar e impartir cursos de capacitación especializados para mejorar el rendimiento de las mujeres rurales, en coordinación con la sección de desarrollo de la fuerza de trabajo del mismo organismo. Entre ellos, los más importantes son los relativos a las enfermedades que se transmiten los humanos y los animales, como la gripe porcina, la brucelosis y la gripe aviar.

200.Se organizaron e impartieron cursos de capacitación sobre:

•Enseñanza de corte y confección; potenciación del papel de las mujeres rurales en la vida pública, en colaboración con PRT International;

•Suministro de información sobre el peligro de las epidemias y los medios de protección contra enfermedades como el cólera y la hidatidosis; suministro de información sobre primeros auxilios y tratamiento;

•Asesoramiento sobre la importancia de los préstamos agrícolas;

•Enseñanza de computación;

•Redacción y distribución de cartas y folletos sobre estos asuntos.

Las mujeres rurales en la región del Kurdistán

201.Desde 2006, el Ministerio de Derechos Humanos de la provincia del Kurdistán ha organizado una serie de conferencias en toda la región sobre los asuntos relativos a la mujer y ha creado una serie de comités sobre el terreno para estudiar las cuestiones relacionadas con las mujeres rurales a fin de conocer sus necesidades de primera mano. Asimismo, el Ministerio ha preparado estudios sobre diversas esferas como, en particular, las cuestiones relacionadas con la violencia contra la mujer y los derechos políticos y civiles de las mujeres. Se han organizado numerosos seminarios sobre la garantía de los derechos humanos en varios ámbitos.

Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014

202.Habida cuenta de que en el Iraq el desarrollo rural tropieza con numerosos impedimentos debido al bajo rendimiento del sector agrícola en cuanto a productividad y creación de empleo, así como a deficiencias en materia de vivienda e infraestructura, en el Plan Nacional de Desarrollo se han adoptado diversos objetivos para mejorar la situación en las zonas rurales, incluidas las siguientes:

•Mitigación programada de las disparidades entre las zonas urbanas y rurales mediante la provisión de infraestructura y servicios sociales y la creación de puestos de trabajo para contener la migración del campo a las ciudades, que ejerce presión sobre los servicios y la infraestructura existentes, particularmente en las ciudades;

•La conversión de aguas residuales en agua para riego y agricultura utilizando métodos de filtración y tratamiento modernos. Esto dará impulso a las zonas rurales y tendrá efectos positivos en la situación de las mujeres rurales;

•Aumento del volumen de agua almacenada a 33 mil millones de metros cúbicos mediante la construcción de grandes represas durante el período del plan (2010-2014), incluida la represa de Bakhmah, que se seguirá construyendo durante tres años después de concluido el plan. Esta represa tendrá una capacidad de 14,4 mil millones de metros cúbicos y generará 1.500 megavatios de electricidad;

•Aumento de la función desempeñada por la producción agrícola nacional en la consecución de la seguridad alimentaria proporcionando aperos agrícolas esenciales, aprovechando al máximo los recursos humanos, naturales y financieros y creando incentivos para la inversión privada nacional y extranjera en el sector;

•Adquisición por el Iraq de sus derechos de agua a los países situados aguas arriba, junto con la racionalización del consumo de agua para fines domésticos;

•Incremento de la contribución de la agricultura al PIB, considerando al sector agrícola como esencial para diversificar la base económica del país y abordando la cuestión de la pobreza concentrada en las zonas rurales.

Artículo 15

203.Según el artículo 19 de la Constitución de 1970 los hombres y las mujeres son iguales ante la ley. Esto significa que la adquisición de la capacidad jurídica es igual para el hombre y la mujer. La Constitución estipula que:

“a)Los ciudadanos son iguales ante la ley, sin distinción alguna por motivos de sexo, grupo étnico, idioma, posición social o religión.

b)La ley garantiza la igualdad de oportunidades para todos los ciudadanos”

204.Este artículo se examinó en el anterior informe del Iraq al Comité de la CEDAW. Las leyes que guardan relación con este párrafo son las siguientes:

a)El Código Civil No. 40 (1951) no discrimina entre hombres y mujeres. El artículo 46.1 dice lo siguiente: “Toda persona mayor de edad, en posesión de sus facultades mentales y que no se encuentre bajo tutela gozará de plena capacidad para ejercer sus derechos civiles”;

b)Las disposiciones de la Ley de comercio No. 30 (1984) sobre el desempeño de actividades comerciales se aplican a ambos sexos, a condición de que se goce de capacidad jurídica. Esto permite a la mujer realizar actividades comerciales sin tener que pedir autorización a su marido o su padre;

c)La Ley de sociedades No. 21 (1997) no discrimina entre hombres y mujeres como fundadores de empresas individuales o accionistas de sociedades por acciones, ni respecto de actividad empresarial alguna. Permite que la mujer, al igual que al hombre, sea directora de empresa, signataria autorizada, miembro o presidente de la junta. La Ley enmendada (2004) permite que un hombre o una mujer de nacionalidad diferente de la iraquí ocupe estos cargos;

d)El Código de Procedimiento Civil y el Código de Procedimiento Penal otorgan el derecho a tomar las medidas estipuladas en estas leyes y a defender causas ante los tribunales y órganos judiciales civiles y penales de cualquier nivel, instancia o jurisdicción.

205.Todas estas leyes siguen en vigor en virtud del artículo 130 de la Constitución iraquí de 2005, que estipula lo siguiente: “Las leyes existentes seguirán en vigor, a menos que sean anuladas o emendadas de conformidad con las disposiciones de esta Constitución”.

206.La base para conceder la capacidad jurídica tiene carácter constitucional y legal y es la misma para hombres y mujeres. Además, las leyes iraquíes prescriben que todo acuerdo contrario al orden público, es decir, a los principios generales del derecho, es nulo y que se puede ejercitar una acción de nulidad ante el tribunal civil competente contra todo compromiso o incumplimiento de todo compromiso contraído en virtud de cualquier contrato si es contrario al orden público. La legislación no contiene disposición alguna que conceda validez a los contratos o acuerdos limitativos de la capacidad jurídica de la mujer o de sus posibilidades de actuar con arreglo a las leyes en vigor.

207.La libertad de circulación se garantiza por igual a todos los hombres y mujeres en el artículo 44 de la Constitución de 2005. No obstante, las normas aprobadas por el régimen antes de 2003, reforzadas en 2004 y aplicadas por el Ministerio del Interior, estipulan que solo se expedirá un pasaporte nuevo a las mujeres de 12 a 40 años en presencia de su tutor y con su consentimiento escrito para viajar. Por otra parte, en el párrafo 9 de esas normas se estipula que a la mujer casada solo se expedirá un pasaporte nuevo con la autorización de su marido y su consentimiento escrito para viajar. En el párrafo 11 de las mismas normas se estipula que solo se expedirá un pasaporte nuevo a las mujeres divorciadas en presencia de su tutor o representante legal; en caso de ausencia del tutor o representante legal, deberá solicitarse autorización al director de la oficina de pasaportes. Estas instrucciones, que no permiten que una mujer viaje sola, siguen en vigor. Se hace una excepción en el caso de las mujeres trabajadoras que viajan al extranjero en comisión de servicio. Sin embargo, el Ministerio de Derechos Humanos ha tomado medidas para que este requisito se anule, en consonancia con el artículo 14 de la Constitución de 2005 que, como ya se ha señalado, garantiza a los iraquíes el derecho de igualdad ante la ley, y el artículo 44, que garantiza la libertad de circulación y el derecho a viajar, al estipular lo siguiente: “Cada iraquí tiene libertad de movimiento y para viajar y residir dentro y fuera del Iraq”. El Ministerio ha presentado recomendaciones sobre el levantamiento de estas restricciones de viaje aplicadas a la mujer, las cuales están siendo estudiadas por las autoridades competentes.

208.No existe ninguna ley que obligue a la mujer que ha adquirido capacidad jurídica a vivir donde no desee. Ahora bien, con arreglo a las costumbres establecidas, la mujer, incluso la que ha alcanzado la edad necesaria para gozar de capacidad jurídica, debe permanecer en el hogar familiar hasta que contrae matrimonio. La Ley No. 77 (1983), relativa al derecho de residencia de la mujer divorciada, permite a la mujer divorciada permanecer en el domicilio conyugal por espacio de tres años después del divorcio para hacer los preparativos para vivir separada del marido en otro sitio después de ese período. Si la vivienda es propiedad del marido, puede vivir en ella con sus hijos sin pagar alquiler. Si es alquilada, debe pagar alquiler.

Artículo 16

209.Basándose en su adhesión a los principios de la sharia, el Iraq ha formulado una reserva a este artículo, que hace referencia a las obligaciones familiares que determina la Ley del estatuto personal No. 188 (1959). La fuente de esta y otras leyes es la sharia, como principal fuente legislativa. No obstante, el contenido de la Ley del estatuto personal No. 188 (1959, enmendada) es muy parecido al de este artículo de la Convención. Dicha Ley regula las cuestiones de estatuto personal de todos los iraquíes, a excepción de los no musulmanes, que están exentos en virtud de una ley especial, con arreglo al artículo 2, dado que las leyes de sus sectas regulan las condiciones de sus contratos matrimoniales y la disolución del vínculo matrimonial.

210.Los tribunales competentes para conocer de las causas relacionadas con cuestiones familiares son:

•En el caso de los musulmanes, los tribunales de asuntos relativos al estatuto personal;

•En el caso de los no musulmanes, los tribunales de primera instancia, conocidos como tribunales de asuntos personales, que asignan a un juez para conocer de las causas.

211.La ley define el contrato de matrimonio como “un contrato entre un hombre y una mujer, que se entrega a él legítimamente, cuyo propósito es contraer un compromiso de vida en común y procrear hijos” (artículo 3.1). Esto exige que se cumplan dos condiciones:

La propuesta: expresada verbalmente o según establezca la costumbre por una de las partes en el contrato;

La aceptación: esto es, el consentimiento pleno de la otra parte en el contrato.

212.En lo que respecta al contrato de matrimonio, la plena capacidad queda establecida si se cumplen los términos y condiciones jurídicos, es decir, gozar de plenas facultades mentales y haber cumplido la mayoría de edad (18 años). La ley no exige el consentimiento del tutor legal de una mujer adulta de 18 años o más para concluir el contrato de matrimonio. Para que el matrimonio se anuncie el contrato debe celebrarse en presencia de testigos.

213.La ley exige que ambas partes contratantes (el marido y la mujer) cumplan el requisito de la capacidad jurídica. El procedimiento del contrato de matrimonio se inicia haciendo que ambas partes escuchen y entiendan que su propósito es el contrato de matrimonio.

214.La ley exonera del requisito de mayoría de edad a quien haya cumplido 15 años de edad y el juez puede autorizarle a contraer matrimonio si se demuestra su madurez jurídica y su capacidad física, previa aprobación de su tutor legal. En este contexto, por “tutor” se entiende el padre o la madre (tutora) si el padre no está presente. Si el tutor no responde dentro del plazo fijado por el juez o formula objeciones no dignas de consideración durante este plazo, el juez procederá a autorizar el matrimonio. Estas disposiciones son asimismo aplicables al párrafo 2 del artículo en cuestión, relativo a la prohibición de los esponsales y el matrimonio de niños y personas mentalmente enfermas. Por tanto el juez puede exonerar a una persona mentalmente enferma del requisito de gozar de plenas facultades mentales, si se confirma en un informe médico que su matrimonio no es perjudicial para la sociedad y redunda en interés de dicha persona, siempre que la otra parte acepte expresamente el matrimonio (artículo 7.2).

215.En el Informe nacional sobre la situación del desarrollo humano (2008) se indica que el promedio de edad cuando se contrae matrimonio ha venido aumentando en los últimos tres decenios, de 25,5 años en 1977 a 28,3 en 2004 en el caso de los hombres y de 21 años en 1977 a 25,3 en 2004 en el de las mujeres.

216.Por muchas razones, las más importantes de las cuales son la costumbre y la tradición, que en muchas familias se ven reforzadas por la ignorancia, la pobreza y la falta de concienciación jurídica y sobre la salud, el matrimonio infantil sigue existiendo. Esto ocurre a pesar de los esfuerzos en virtud de la legislación para erradicarlo, las campañas de educación en salud realizadas por instituciones gubernamentales, como el Ministerio de Sanidad y el Ministerio Estatal de Asuntos de la Mujer, las iniciativas de ONG para educar sobre la importancia de contraer matrimonio de manera legal y previo examen médico y el lanzamiento de campañas en pro de la inscripción de los matrimonios celebrados al margen de los tribunales y de la ley. Pese a todo esto y más, los estudios realizados por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en parte sobre la base de estadísticas del UNICEF, indican que entre 2000 y 2008, el 16% de todos los matrimonios fueron matrimonios infantiles. El número de menores condenados por contraer matrimonio ilegalmente en el distrito de Karkh de Baghdad ascendió a 3 en 2006, a 9 en 2007, a 11 en 2008 y a 19 2009. La mayoría de ellos procedían de familias campesinas entre las cuales el rango de la familia es un reflejo de su tamaño; además, el hecho de contar con un gran número de miembros aumenta la fuerza de trabajo de la familia. El estudio determinó que, como consta en los archivos judiciales, en el distrito de Rusafah de Baghdad hubo 344 casos de matrimonio infantil entre principios de enero y finales de marzo de 2010. En ellos consta asimismo que hubo 149 casos de divorcio de mujeres menores de 18 años.

217.Con objeto de reducir los casos de matrimonio forzoso y de aquellos en que se impide que un hombre o una mujer contraigan matrimonio, estos actos han sido tipificados como delitos en virtud de la Ley del estatuto personal y el matrimonio forzoso se considera nulo y sin efecto si no ha sido consumado. La ley establece las siguientes penas para los autores de estos delitos:

1)Prisión por un período no superior a tres años o multa o ambas cosas a la vez, si el responsable de impedir o forzar el matrimonio es un pariente de primer grado;

2)Prisión por un período no superior a diez años y no inferior a tres, si el autor del delito no es un pariente de primer grado;

3)La Ley exige que el tribunal de asuntos relativos al estatuto personal o el tribunal de asuntos personales notifique a las autoridades de investigación para que puedan emprender acciones legales contra los autores. Además, la víctima de matrimonio forzoso o que se ha visto impedida de contraer matrimonio tiene derecho a presentar una denuncia ante los tribunales.

218.La mujer casada sigue gozando de plena capacidad jurídica para celebrar contratos y realizar cualquier acto jurídico en relación con sus bienes mueble e inmuebles. Sus finanzas están separadas de las de su marido. Al concluir el contrato adquiere ciertos derechos, que recaen en forma de deberes en el marido, como los derechos de mantenimiento, a una dote, al equipamiento del hogar y otros. Los artículos 19 a 33 de la Ley tratan de estos derechos.

219.Existen tres maneras de poner fin al vínculo marital.

Divorcio

220.El artículo 34 de la Ley define el divorcio como “romper el vínculo del matrimonio. Esto lo realiza el marido, la mujer, cualquier representante autorizado o el juez. El divorcio deberá llevarse a cabo en consonancia con la sharia”. La Ley estipula que el hombre que se divorcia ha de gozar de plena capacidad jurídica:

“Ninguna de las siguientes personas podrán divorciarse:

1)Los alcohólicos, los dementes, los que sufren enajenación mental, los que son objeto de forzamiento y toda persona que no esté en su sano juicio por causa de ira, desastre repentino, edad o enfermedad.

2)Toda persona que padezca una enfermedad mortal o se encuentre en un estado que pueda causarle la muerte”.

Todos estos casos son objeto de evaluación por el tribunal competente a la luz de las pruebas y la información que se le presenten. Por otra parte, los tribunales no conceden el divorcio si es “incompleto, condicional o reviste la forma de juramento”. Todo esto tiene por objeto comprobar que el divorcio es serio y no fruto del capricho (artículos 35 y 36).

El marido puede repudiar a su mujer hasta tres veces, en cuyo caso el divorcio se vuelve irrevocable. Hay dos tipos de divorcio:

El divorcio revocable, que permite al marido regresar con su mujer durante el período de espera de tres meses (iddah) sin un nuevo contrato. La reanudación del matrimonio se registra ante el tribunal de la misma manera que el divorcio.

El divorcio irrevocable, del cual hay dos tipos:

•El divorcio irrevocable menor, que permite al marido contraer matrimonio con la mujer de la que se ha divorciado mediante un nuevo contrato, al final de su período de espera;

•El divorcio irrevocable mayor, que prohíbe al marido contraer matrimonio con la mujer que ha repudiado en tres ocasiones distintas y cuyo período de espera posterior al tercer repudio ha terminado (artículos 37 y 38).

221.La ley obliga a toda persona que desee divorciarse a interponer la correspondiente acción ante el tribunal competente. Si no puede hacerlo o no se acredita un divorcio extrajudicial en forma de repudio pronunciado por el marido o la mujer, caso de estar autorizada o facultada para ello, se ha de interponer una acción ante el tribunal durante el período de espera para que el divorcio sea legalizado (artículos 39.1 y 2).

222.Para reducir los casos de divorcio, la ley obliga al marido que se divorcia a indemnizar a la mujer por los perjuicios causados por el divorcio. Además, le obliga indemnizar a la mujer si se divorcia de ella arbitrariamente, a condición de que la mujer así lo solicite expresamente al tribunal y de que la indemnización sea acorde con el grado de arbitrariedad del marido y su situación financiera; el monto de la indemnización no podrá ser superior a su pensión alimenticia correspondiente a un período de dos años (artículo 39.3).

Separación judicial

223.La separación judicial entraña la disolución del vínculo matrimonial en virtud de una sentencia del tribunal competente tras la presentación de una demanda por uno de los cónyuges. El tribunal instruye una investigación tras la presentación de pruebas en apoyo de la demanda. Ambos cónyuges tienen derecho a solicitar la separación judicial en los siguientes casos:

•Si cualquiera de los cónyuges ha sido perjudicado por el otro de tal manera que la continuación de la vida conyugal resulte imposible. Se considera que la adicción al alcohol o a las drogas, los juegos de azar en el domicilio conyugal y la práctica de la sodomía en cualquier forma por parte del marido constituyen perjuicios de este tipo;

•Si el contrato de matrimonio se celebra antes de que uno de los cónyuges cumpla 18 años, sin la autorización de un juez;

•Si se contrae matrimonio de forma extrajudicial bajo coacción y se consuma (artículos 40.1, 2, 3 y 4).

•Si una demanda de separación presentada por dichos motivos se desestima, puede ser presentada por segunda vez (artículo 42).

224.La mujer tiene el derecho exclusivo a presentar una demanda de separación en los siguientes casos:

•Si el marido contrae matrimonio con una segunda mujer sin autorización del tribunal (artículo 40.5);

•Si el marido es sentenciado a pena de cárcel de tres o más años, aunque pueda seguir sosteniéndola económicamente;

•Si el marido abandona a su mujer durante dos o más años sin motivo legítimo;

•Si el marido no ha solicitado a su mujer la ceremonia nupcial en el plazo de dos años a contar de la fecha del contrato y el matrimonio no se ha consumado;

•Si la mujer constata que el marido es impotente o incapaz de cumplir sus obligaciones conyugales;

•Si el marido se niega a liquidar el gasto acumulado por el monto que el tribunal determine;

•Si el marido es infértil;

•Si el marido se niega a gastar dinero en su mujer sin una excusa legítima;

•Si el marido ha estado desaparecido oficialmente durante cuatro años (artículo 43).

225.En todos estos casos, el tribunal se esfuerza por esclarecer las causas de los perjuicios y la discordia, tras recabar la asistencia de expertos y trabajadores sociales, para resolver las discrepancias y convencer a ambas partes que reanuden la vida conyugal. Si de determina que la continuación de la vida conyugal es inviable, el tribunal dictará sentencia de separación.

Separación voluntaria (jul’)

226.El jul’ es la disolución del vínculo matrimonial mediante la fórmula pertinente o su equivalente y su aceptación y admisión delante de un juez, siendo necesario que el marido goce de capacidad jurídica y que se divorcie de su mujer por esta vía a cambio de una indemnización cuyo monto podrá ser superior o inferior al de la dote (artículo 46). Tratándose de este tipo de divorcio, tanto el marido como la mujer convienen en disolver el vínculo matrimonial; no tiene carácter unilateral.

227.La ley regula los asuntos relativos a los hijos en caso de disolución del vínculo matrimonial teniendo en cuenta el interés superior de ellos. Así, la ley dispone que la madre amamante y cuide a su hijo de corta edad, a menos que padezca una enfermedad que le impida hacerlo, ya sea para proteger su propia salud o la de su hijo. La ley prescribe que se efectúe un pago en concepto de amamantamiento del lactante por parte de la madre u otra persona (artículos 55 y 56).

228.Mientras el matrimonio sea válido e incluso después de la separación, la madre tiene derecho a amamantar y cuidar al niño, a menos que ello redunde en perjuicio de este, siempre que la madre cumpla las condiciones exigidas, como estar en su sano juicio, haber alcanzado la mayoría de edad y ser digna de confianza. En caso de segundas nupcias, la mujer divorciada no pierde el derecho a criar a sus hijos. El tribunal decide si la madre o el padre tiene mejores razones para criar al niño, teniendo en cuenta el interés superior de este (artículo 57).

229.En todo el Iraq existen centros de bienestar materno donde se realizan reconocimientos médicos periódicos y se dispensa atención médica apropiada. De este modo, las mujeres tienen acceso directo a información que les ayuda a ejercer su derecho a espaciar sus embarazos y a ser examinadas, con el asesoramiento de médicos calificados.

230.Mientras viva, el padre es el tutor legal. En caso de fallecimiento del padre, la madre se convierte en totora de sus hijos menores y gestiona sus asuntos de conformidad con las disposiciones de la Ley de protección de menores No. 78 (1978). En caso de fallecimiento del padre o de que esta pierda su capacidad jurídica, la mujer es responsable de él y de sus hijos al mismo tiempo.

231.El Iraq no cuenta con un sistema adopción propiamente dicho, porque la sharia no reconoce la adopción. Sin embargo, Ley de protección de menores No. 76 (1983, enmendada), establece un sistema de acogida que permite a ambos cónyuges solicitar autorización al tribunal de menores para acoger a un niño huérfano o de padres desconocidos. No obstante, si uno de los cónyuges cambia de parecer durante el período de prueba, el tribunal anulará la resolución en que se autorizaba la acogida, toda vez que la ley trata a ambos cónyuges por igual.

232.Ninguna ley ni costumbre del Iraq obliga a la mujer a cambiar su nombre después de contraer matrimonio. La mujer conserva su apellido, del mismo modo en que conserva su personalidad jurídica independiente, aunque su condición de casada se hace constar en su documento de identidad. El matrimonio no es obstáculo para que elija una profesión. La ley no le impone restricción alguna a este respecto. Dado que conserva su personalidad jurídica independiente, la ley le permite poseer bienes, actuar de forma independiente y realizar actos civiles y comerciales lícitos de todo tipo.

233.El compromiso matrimonial de niños no produce ningún efecto jurídico, porque la ley ha fijado la edad a la que se adquiere la capacidad jurídica para contraer matrimonio. Los órganos sanitarios comprueban que ambos novios gozan de buena salud, mientras que las oficinas del Registro Civil confirman su estado civil y sus edades antes del matrimonio. Una vez concluidos los procedimientos matrimoniales ante el tribunal se expide un documento oficial que el Registro Civil, esto es, el organismo encargado del registro de las familias y sus miembros, así como de cualquier cambio en ese sentido, como nacimientos, defunciones y divorcios, acepta como válidos.

El estatuto personal en la región del Kurdistán

234.Se han introducido varios cambios en la aplicación de la Ley del estatuto personal en la Región del Kurdistán. La promulgación de la Ley No. 15 (2008) fue el fruto de 17 años de lucha por parte de las mujeres kurdas tras el alzamiento de marzo de 1991, con la ayuda de algunos sectores y jueces de dentro y fuera del Kurdistán. A pesar de sus lagunas, la Ley enmendada atiende a las preocupaciones de los ciudadanos kurdos e iraquíes y se considera un salto cualitativo.

235.La Ley estatuto personal enmendada contiene una serie de disposiciones, empezando por una definición del contrato de matrimonio entendido como un contrato basado en el amor, la compasión y el respeto mutuo, y fija en 16 años la edad mínima para contraer matrimonio. La Ley estipula que las niñas deben contraer matrimonio en presencia de su tutor, esto es, su padre o un tío que ocupe su lugar. Ahora bien, la nueva enmienda permite a la madre actuar como tutora en lo que respecta a dar a una hija en matrimonio. Impone restricciones a la poligamia, que supedita a la condición de que el marido obtenga el consentimiento de su mujer antes de obtener la autorización del tribunal para contraer matrimonio con una segunda mujer. Permite a la primera mujer solicitar la separación si su marido contrae matrimonio con una segunda mujer. Si el marido se divorcia de forma arbitraria, le obliga al pago de una pensión alimenticia durante un período de tres a cinco años. Contiene una nueva definición de incumplimiento de los deberes conyugales como el dominio avasallador de uno de los cónyuges sobre el otro y especifica una serie de casos. Asimismo, la enmienda incluye un compromiso del Gobierno de la región de velar por el cuidado de las mujeres divorciadas que no tienen un ingreso mensual asignándoles una suma mensual con cargo al fondo de bienestar social hasta que encuentren trabajo o vuelvan a contraer matrimonio. La enmienda no exige el consentimiento del marido para que se conceda el jul’, si al juez le resulta claro que la mujer es incapaz de vivir con él. La enmienda trata de otras cuestiones relativas al estatuto personal a cuyo respecto el legislador ha procurado garantizar la equidad y la justicia para las mujeres.

Referencias

1.Informe nacional sobre la situación del desarrollo humano (2008)

2.Informes de ministerios

3.Estadísticas de la Organización Central de Estadísticas

4.Informe periódico combinado sobre los derechos humanos

5.Organización Central de Estadísticas: las mujeres y los hombres en el Iraq – problemas y estadísticas (2009)

6.Encuesta de empleo y desempleo (2007)

7.UNAMI: Status of minority women in Iraq (2009)

8.Informe del Gobierno de la región del Kurdistán

9.Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014