Naciones Unidas

CEDAW/C/ISR/Q/5/Add.1

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

Distr. general

21 de diciembre de 2010

Español

Original: inglés

Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer

Grupo de trabajo anterior al período de sesiones

48º período de sesiones

17 de enero a 4 de febrero de 2011

Respuestas a la lista de cuestiones y preguntas relativas al examen de los informes periódicos cuarto y quinto

Israel * **

Índice

Párrafos Página

Respuestas a las preguntas formuladas en la lista de cuestiones(CEDAW/C/ISR/Q/5)1–4093

Generalidades1–193

Marco legislativo e institucional20–646

Mecanismos nacionales65–6812

Estereotipos69–8814

Violencia contra la mujer89–11918

Trata y prostitución120–19423

Participación en la toma de decisiones y representación a nivelinternacional195–22336

Nacionalidad224–23940

Educación240–25243

Empleo253–28946

Salud290–32453

Mujeres rurales y grupos de mujeres desfavorecidos325–39059

Matrimonio y relaciones familiares391–40870

Protocolo Facultativo40973

Anexos

Anexo 174

Anexo 279

Anexo 384

Anexo 489

Respuestas a las preguntas formuladas en la lista de cuestiones (CEDAW/C/ISR/Q/5)

Generalidades

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 1 de la lista de cuestiones

1.Antes de entrar en materia, se examinan el informe anterior, las sesiones, las observaciones finales y las observaciones generales formuladas por el Comité desde la presentación del informe más reciente. Además de las cartas que se envían a todos los ministerios y órganos gubernamentales correspondientes, se cursan solicitudes a las principales organizaciones no gubernamentales (ONG) competentes, tanto directamente como mediante una comunicación general difundida en el sitio web del Ministerio de Justicia, para que presenten observaciones antes de la compilación final del informe. Esas contribuciones se analizan detenidamente. Además de esa invitación a presentar observaciones, se buscan activamente datos e información en los sitios web de esas ONG, en particular sobre las acciones legales que hayan iniciado, así como sus opiniones e informes sobre cuestiones diversas. Durante la preparación del quinto informe periódico se enviaron solicitudes directas a 26 ONG, entre ellas:

La Asociación de Centros de Emergencia para Personas Violadas en Israel;

La Organización Internacional de Mujeres Sionistas (WIZO);

Toda’a – Instituto de Investigaciones sobre los Fenómenos Mundiales de Prostitución y Trata de Mujeres;

Mi hermana (Ah’oti) – Movimiento de Apoyo a la Mujer en Israel;

Emunah – Organización Nacional de Mujeres Religiosas;

NA`AMAT – Movimiento de Mujeres Trabajadoras y Voluntarias;

Foro de Mujeres Industriales de la Asociación de Fabricantes de Israel;

Amnesty International – Israel;

Kayan – Organización Feminista para la Promoción de las Mujeres Árabes;

Isha L'Isha – Centro Feminista de Haifa;

Asociación pro Derechos Civiles de Israel;

El'nuhood – Asociación para la Promoción de la Educación de las Mujeres Beduinas en el Negev;

Asociación para la Promoción de la Salud de la Mujer en Israel.

2.Una vez finalizados y antes de ser enviados al Comité, los informes se presentan a las altas autoridades, incluidos el Director General del Ministerio de Justicia, el Fiscal General y sus adjuntos, el Fiscal del Estado y los asesores jurídicos de los ministerios gubernamentales correspondientes, entre otros.

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 2 de la lista de cuestiones

3.El Gobierno aplica la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación de la mujer en todo el Estado de Israel. De conformidad con el ordenamiento jurídico de Israel, las convenciones internacionales no se aplican directamente sino por conducto de la legislación nacional. Así pues, la Convención se aplica por conducto de una amplia gama de instrumentos jurídicos, como leyes básicas, leyes, decretos y reglamentos, estatutos municipales y fallos judiciales.

4.La aplicabilidad de la Convención en la Ribera Occidental o en la Franja de Gaza ha sido objeto de considerables debates en años recientes. En sus informes periódicos cuarto y quinto, Israel no se refirió a la aplicación de la Convención en esas zonas por distintos motivos, que varían desde consideraciones jurídicas hasta realidades de orden práctico.

5.Un elemento crítico al evaluar e interpretar las obligaciones de Israel emanadas de la Convención es la cambiante realidad y los dramáticos acontecimientos acaecidos en tierra desde la última comparecencia de Israel ante el Comité en 2005. Entre éstos cabe mencionar la iniciativa de desconexión emprendida por Israel en agosto de 2005, que suponía el retiro completo de todas las fuerzas israelíes, el desmantelamiento de su administración militar y la evacuación de más de 8.500 civiles de la Franja de Gaza, así como la instauración de una administración terrorista liderada por Hamas, empeñada en la violencia y en la destrucción de Israel. En esas circunstancias, es evidente que no puede decirse que Israel tuviese un control efectivo de la Franja de Gaza en el sentido previsto en el Reglamento de La Haya.

6.Es ante ese telón de fondo que se pide a Israel que considere la relación entre distintas esferas jurídicas, en particular, el derecho de los conflictos armados y la guerra, por una parte, y el derecho en materia de derechos humanos. Esta relación sigue siendo objeto de un serio debate en los planos académico y práctico. Por su parte, Israel reconoce que existe una relación profunda entre los derechos humanos y el derecho de los conflictos armados y que es posible que exista una convergencia entre ambos ámbitos del derecho en algunos aspectos. Sin embargo, en el contexto actual del derecho internacional y de la práctica de los Estados en todo el mundo, Israel considera que esos dos cuerpos de derecho, que están codificados en instrumentos distintos, siguen constituyendo ámbitos singulares y son aplicables en circunstancias diferentes.

7.Por otra parte, Israel nunca ha hecho declaración alguna en la que se reserve el derecho de hacer extensiva la aplicabilidad de la Convención a la Ribera Occidental o la Franja de Gaza. Por tanto, en consonancia con los principios básicos de la interpretación del derecho de los tratados y a falta de una declaración de esa índole formulada voluntariamente, la Convención, que es un tratado de vinculación territorial, no se aplica, ni se pretendió jamás aplicar, en zonas que quedan fuera del territorio nacional.

8.Si se examinan los distintos derechos enunciados en la Convención, se llegaría a la conclusión de que en efecto Israel no puede aplicar la Convención en la Franja de Gaza puesto que el Gobierno de Israel no tiene control efectivo sobre esa zona.

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 3 de la lista de cuestiones

9.Tras la aprobación de la resolución 1325 del Consejo de Seguridad en 2000 y a fin de expresar la importancia que se asigna en Israel al valor de la igualdad, incluida la igualdad entre los géneros, el 20 de julio de 2005 el Gobierno aprobó la enmienda Nº 4 a la Ley sobre la igualdad de derechos de la mujer, 5711-1951, por la que se añadió la sección 6 C 1), titulada "Igualdad de representación en comités públicos y equipos encargados de formular la política nacional". Con arreglo a la sección 6 C 1b), en todo comité público o equipo nombrado por el Gobierno, el Primer Ministro, un Ministro o Ministro Adjunto o un Director General de uno de los ministerios del Gobierno, se velará por otorgar representación equitativa a las mujeres de todos los grupos demográficos.

10.Según lo dispuesto en sección 6 C 1a), la palabra "equipo" se define como un comité público u otro órgano establecido con el fin de formular la política nacional en cualquier ámbito, incluidas las relaciones exteriores y las cuestiones de seguridad, o de prevenir, administrar o resolver un conflicto político o internacional, incluida la gestión de las negociaciones, por ejemplo para la firma de un acuerdo interino o un tratado de paz.

11.De conformidad con la sección 6 C 1c) de esa Ley, toda autoridad con facultad de hacer nombramientos debe informar al respecto a la Dirección para el Adelanto de la Condición de la Mujer (en adelante denominada la Dirección) inmediatamente después de cada nombramiento y antes de que el equipo comience su labor.

12.En la sección 6 C 1d) se estipula que si la Dirección estima que en el equipo o comité nombrado no hay representación equitativa de la mujer, comunicará explícitamente su opinión al órgano encargado del nombramiento e informará a la Comisión para el Adelanto de la Condición de la Mujer del Knesset (Parlamento).

Israel y la resolución 1325

13.Israel ha reconocido la importancia de la resolución 1325 en diversos foros nacionales e internacionales. En el plano interno, el 10 de noviembre de 2010 se celebró en el Parlamento una reunión conjunta de la Comisión de Relaciones Exteriores y Seguridad y la Comisión para el Adelanto de la Condición de la Mujer del Knesset a fin de examinar la aplicación de la resolución. Esta reunión, celebrada en conmemoración del décimo aniversario de la resolución, contó con la participación de políticos israelíes de alto nivel, incluidos el Ministro de Defensa Barak, la líder de la oposición Tsipi Livni, miembros del Knesset y muchos otros. Entre los presentes estaba asimismo el Representante Especial del Secretario General de las Naciones Unidas Robert Serry, quien felicitó al Knesset de Israel por haber sido éste uno de los primeros países que promulgó legislación con miras a garantizar una representación adecuada de la mujer en los comités y equipos públicos nombrados por el Gobierno. Al respecto, el Representante Especial dijo: "Esta disposición legislativa debe constituir un modelo para otros países y me siento muy alentado por ella".

14.En el plano internacional, en las Naciones Unidas, el 26 de octubre de 2010, cuando el Consejo de Seguridad conmemoró el décimo aniversario de la resolución, el Jefe Adjunto de la Misión de Israel destacó su importancia al describirla como "un hito en el largo camino hacia la protección de la mujer en situaciones de conflicto". En particular, el delegado de Israel hizo hincapié en que, conforme al espíritu de la resolución, Israel había modificado su Ley sobre la igualdad de derechos de la mujer a fin de prever la inclusión obligatoria de mujeres en todos los grupos de negociaciones en materia de consolidación de la paz o solución de controversias. Israel también se esfuerza por ayudar a otros países a aplicar la resolución 1325. Por conducto de su agencia de cooperación internacional, MASHAV, el Gobierno organiza programas sobre liderazgo de la mujer y fortalecimiento de la capacidad para las organizaciones no gubernamentales de mujeres. A juicio del Gobierno, las aptitudes impartidas mediante estos programas pueden propiciar cambios cualitativos concretos en las situaciones posteriores a conflictos".

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 4 de la lista de cuestiones

15.Las reservas formuladas por Israel respecto de la Convención guardan relación con la composición misma de la sociedad israelí, que está integrada por muchas religiones, cada una de las cuales goza de diversos grados de autonomía en cuanto a ciertas prácticas religiosas.

16.Cada cierto tiempo las autoridades competentes examinan esas reservas. Hasta la fecha se han celebrado intensos debates a nivel intergubernamental con respecto a un retiro parcial de la reserva al artículo 16 de la Convención.

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 5 de la lista de cuestiones

17.La Oficina Central de Estadística hace una distinción entre las estadísticas relativas a las personas y otros tipos de información estadística (por ejemplo, las relativas a empresas). Desde la creación del Estado de Israel, la Oficina Central de Estadística viene publicando estadísticas relativas a las personas con un desglose por sexo. En virtud de la enmienda por la que se añadió la sección 7A al Decreto sobre estadísticas [nueva versión], 5732-1972 (en adelante denominado el Decreto sobre estadísticas), esa práctica ha pasado a ser una norma legalmente vinculante.

18.Desde la aprobación de dicha enmienda y de la legislación prevista en la sección 7ª no se ha dado un solo caso en que a juicio del Estadístico Nacional se justificase la publicación de información estadística sin hacer referencia al género.

19.Según la Oficina, en teoría es posible publicar información estadística relativa a personas sin hacer referencia al género solo si el análisis estadístico se refiere a un expediente de datos administrativos que en sí no contiene datos relacionados con el género.

Marco legislativo e institucional

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 6 de la lista de cuestiones

Igualdad

20.Como lo demuestran los sistemas legislativo y judicial, el principio de igualdad es un principio fundamental del ordenamiento jurídico israelí. La Ley básica: dignidad y libertad humanas consagra las garantías fundamentales relativas a la libertad personal en el marco del carácter judío y democrático de Israel. El objetivo de la Ley básica es "defender la dignidad y libertad humana a fin de plasmar en una ley básica los valores del Estado de Israel como Estado judío y democrático".

21.Entre otras cosas, la Ley básica dispone lo siguiente: está prohibido atentar contra la vida, la integridad física o la dignidad de la persona; está prohibida toda violación de la propiedad individual; todas las personas tienen derecho a la protección de su vida, integridad física y dignidad; no se privará de libertad a la persona ni se restringirá su libertad mediante encarcelamiento, detención, extradición u otros medios (salvo con arreglo a la ley); no se infringirán los derechos consagrados en la Ley básica a menos que lo disponga una ley que represente debidamente los valores del Estado de Israel y haya sido promulgada con fines apropiados y conforme al criterio de proporcionalidad. Además, como se ha señalado detalladamente en el informe inicial e informes periódicos de Israel, muchas otras leyes hacen hincapié en el principio de igualdad.

22.Del mismo modo en que la legislatura israelí formula y aprueba nuevas leyes y medidas administrativas encaminadas a garantizar que los órganos gubernamentales respeten el principio de igualdad y no realicen actos o prácticas discriminatorias, la judicatura independiente del país tiene el cometido de interpretar, guiar y aplicar esas medidas.

23. Estas funciones del sistema judicial se rigen por los dictámenes del Tribunal Supremo, que desempeña un papel central en la promoción del principio de igualdad mediante el establecimiento de jurisprudencia en el contexto de controversias y cuestiones políticas y de seguridad altamente delicadas, tal como se ha descrito en detalle en los informes periódicos.

Constitución consensuada

24.El proceso de preparación de una constitución basada en el consenso es un proceso permanente a largo plazo, por lo que actualmente no existe un plazo para la finalización o aprobación de ese instrumento. Los miembros del Knesset están constantemente empeñados en llevar adelante este proceso y en febrero de 2006 el Knesset celebró este proceso en una sesión especial y votó a favor de proseguir esta importante labor.

25.El actual proyecto de constitución consensuada incluye varias opciones que se someterán a deliberación. Comprende asimismo una sección sobre igualdad y prohibición de la discriminación (capítulo II, sección 6). En la versión más avanzada del proyecto también se hace una referencia a la prohibición de la discriminación basada en el género o la orientación sexual, entre otras cosas. El texto del proyecto de constitución consensuada puede consultarse en hebreo y en inglés en el sitio web de la Comisión del Knesset sobre la Constitución, el Derecho y la Justicia.

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 7 de la lista de cuestiones

26.Conforme a la Ley sobre las consecuencias de la legislación en la igualdad de género (reformas legislativas), 5767-2007, que entró en vigor el 25 de enero de 2008, la Dirección para el Adelanto de la Condición de la Mujer (en adelante denominada la Dirección) debe presentar una opinión sobre las consecuencias de las leyes y las reglamentaciones propuestas en el género. En agosto de 2010 se habían presentado 147 opiniones al respecto a la Comisión Ministerial sobre Legislación y Cumplimiento de la Ley y a las comisiones del Knesset.

27.Cabe observar que incluso antes de la entrada en vigor de esa Ley, la Dirección preparó y publicó opiniones sobre las consecuencias de la legislación para la igualdad de género, conforme a lo dispuesto en a la sección 5 (6) de la Ley sobre la Dirección para el Adelanto de la Condición de la Mujer, 5758-1998, según la cual la Dirección debe promover la promulgación de legislación en su esfera de competencia. Entre 2006 y 2007 se formularon 230 opiniones con arreglo a la sección 5 (6) de esa Ley.

28.Esas opiniones se presentan a la Comisión Ministerial sobre Legislación y Cumplimiento de la Ley a fin de plasmar la posición del Gobierno antes de que se celebren deliberaciones conexas en la legislatura. La posición de la Dirección al respecto se examina detenidamente y tiene considerable peso a la hora de adoptar la decisión final. A continuación se consignan tres opiniones formuladas por la Dirección con respecto a propuestas de reformas legislativas y proyectos de ley (traducción oficiosa):

Propuesta de enmienda a la Ley de empresas (representación adecuada de la mujer en las empresas que cotizan en bolsa), 5770-2010

29.En virtud de las facultades y obligaciones de la Dirección para el Adelanto de la Condición de la Mujer y conforme a la Ley sobre la igualdad de derechos de la mujer, 5758-1998, a continuación se presenta una opinión sobre las consecuencias de la legislación para la igualdad de género.

30.Esta propuesta tiene por objeto promover y facilitar el derecho a la representación adecuada de la mujer en las juntas directivas de las empresas que cotizan en bolsa y la obligación de garantizar ese derecho. A fin de reducir la brecha existente entre las obligaciones generales previstas en la legislación y el reducido número de mujeres que efectivamente ocupa tales cargos, en años recientes se ha venido realizando una labor legislativa intensa y específica en Israel. Hasta la fecha, existe legislación aplicable a los cargos de la administración pública, las empresas, los consejos locales y otros órganos públicos relacionados con una variada gama de asuntos. El próximo paso necesario consiste en hacer realidad este cambio en las juntas directivas de las empresas que cotizan en bolsa.

31.La enmienda propuesta permite aprovechar mejor las potenciales contribuciones cualitativas de las mujeres, que constituyen el 51% de la población. De este modo se hará efectivo el valor de la igualdad, que es un valor fundamental de todo régimen democrático, y ello redundará en beneficio de toda la sociedad y del país.

32.Esta obligación de garantizar una representación adecuada no sólo promueve la igualdad entre los géneros sino que además permite señalar al público y al mundo entero la importancia de esta cuestión y la coloca en la agenda internacional. En consecuencia, la Dirección apoya esta enmienda legislativa.

Proyecto de ley sobre la financiación de los partidos políticos, 5770-2010

33.En virtud de las facultades y obligaciones de la Dirección para el Adelanto de la Condición de la Mujer y conforme a la Ley sobre la igualdad de derechos de la mujer, 5758-1998, a continuación se presenta una opinión sobre las consecuencias de la legislación para la igualdad de género.

34.Este proyecto de ley tiene por objeto promover la representación de la mujer en los partidos políticos que aspiran a obtener escaños en el Knesset mediante un aliciente financiero. El proyecto se basa en la constatación objetiva de la desigualdad de representación que ha imperado de forma continua durante muchos años en el Knesset israelí. Una de las razones de esa representación insuficiente es que las mujeres no están representadas equitativamente en las listas de candidatos de los partidos. Pese a que el principio de igualdad está consagrado en la Declaración de Independencia y en muchas leyes estatales, aún no se aplica debidamente.

35.En varios otros países se ha instaurado un sistema de representación obligatoria, junto con un calendario para el logro de la equidad a este respecto. De esta forma países como el Japón, Noruega y el Reino Unido han conseguido ese objetivo.

36.Cabe señalar que el incentivo financiero a los partidos en los que la mujer está equitativamente representada, si bien constituye un claro mensaje al público sobre la importancia de esta cuestión, no impone la obligación de aplicar dicha representación, de modo que los partidos gozan de absoluta independencia en este sentido.

37.Este proyecto de ley amplía las posibilidades de aprovechar al máximo el acervo potencial de contribuciones de las mujeres y fomenta las oportunidades de promover la igualdad de género, que constituye la base del régimen democrático. En consecuencia, la Dirección para el Adelanto de la Condición de la Mujer apoya esta reforma legislativa.

Proyecto de ley sobre la aplicación de los derechos de visita, 5770-2010

38.En virtud de las facultades y obligaciones de la Dirección para el Adelanto de la Condición de la Mujer y conforme a la Ley sobre la igualdad de derechos de la mujer, 5758-1998, a continuación se presenta una opinión sobre las consecuencias de la legislación para la igualdad de género.

39.Esta propuesta tiene por objeto regular los procedimientos relacionados con los derechos de visita a los hijos en caso de divorcio. Dos importantes comisiones públicas se refirieron a la cuestión de los derechos de visita en sus respectivos informes, a saber, la Comisión Shnit, que examinó los aspectos jurídicos de la responsabilidad parental en caso de divorcio, y la Comisión Rotlevi, que analizó los principios fundamentales de la relación entre los niños y la ley. Además, la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por Israel en 1991, establece que ambos progenitores son responsables de la crianza de los hijos y que este principio debe guiar al sistema de justicia al determinar y aplicar los derechos de visita.

40.Este proyecto de ley se ha redactado de conformidad con los instrumentos antes mencionados y teniendo presente el interés superior del niño y sus necesidades, habida cuenta del consabido trauma que representa el divorcio para todos los afectados y en particular para los niños. A la luz de un gran número de investigaciones, la mejor forma de aliviar el dolor causado a los niños es lograr la plena y constante participación de ambos progenitores en la vida de sus hijos.

41.Este proyecto de ley pone de relieve el deber de ambos progenitores de hacer efectiva su responsabilidad parental y facilita la imposición de sanciones por los tribunales a los progenitores que incumplan sus obligaciones a este respecto. Por tanto, fomenta el respeto y una mejor aplicación de los valores de responsabilidad parental, así como los derechos y deberes de los progenitores. Este proyecto de ley brinda protección a los indefensos y a los que se encuentran en una situación de debilidad debido a las circunstancias de un divorcio y contribuye a promover la igualdad entre los géneros. En consecuencia, la Dirección para el Adelanto de la Condición de la Mujer apoya este proyecto de ley.

Capacitación y creación de conciencia

42.El Instituto de Capacitación Jurídica de Abogados y Asesores Jurídicos del Ministerio de Justicia continúa organizando conferencias, seminarios y cursos con miras a crear conciencia en los abogados y asesores jurídicos respecto de cuestiones como la trata de personas, el tratamiento de las víctimas de delitos sexuales, la violencia doméstica, etc. Los diversos seminarios y cursos se centran, entre otras cosas, en el establecimiento de una relación humanitaria y eficiente con las víctimas de delitos sexuales y en la labor policial relativa a la trata de personas, etc. Además, cada año el Instituto ofrece una amplia gama de cursos y seminarios sobre cuestiones como el género, la sociedad y la justicia, la prohibición del acoso sexual en los lugares de trabajo (curso que comprende siete sesiones de tres horas cada una), la disciplina y la integridad en la administración pública, los derechos humanos en el derecho internacional, los derechos sociales, entre otras. En 2009 el Instituto también impartió un curso sobre el tratamiento de las mujeres víctimas de agresiones sexuales.

43.A comienzos de 2007 se celebró un seminario especial destinado a todos los abogados del Departamento de Asistencia Letrada sobre los nuevos aspectos de la Ley contra la trata de personas, 5767-2006. En noviembre de 2007 se impartió otro seminario a todos los abogados del Departamento sobre los aspectos más destacados de la Ley contra la trata de personas y las recomendaciones del Equipo Interministerial en relación con la formulación de un plan de acción para la identificación de las víctimas de la trata y la esclavitud. Cada año se ofrecen regularmente otros seminarios sobre la trata de personas, los más recientes de los cuales se impartieron en febrero de 2008, octubre de 2009 y marzo de 2010.

44.El Instituto de Estudios Judiciales Avanzados organiza seminarios para jueces en Israel y forma parte del Tribunal Supremo de Israel. El Instituto está dirigido por jueces y tiene carácter independiente. El Director del Instituto es un ex magistrado del Tribunal Supremo y presidente de la IOJT (Organización Internacional de Capacitación Judicial).

45.El Instituto de Estudios Judiciales Superiores celebra aproximadamente 50 seminarios anuales. En 2010, se impartieron seminarios sobre los delitos sexuales, incluido un seminario destinado a los jueces de los tribunales de familia, así como sobre el derecho internacional y su efecto en el derecho interno de Israel, entre otros temas. El Instituto tiene previsto organizar en diciembre de 2010 un seminario sobre la justicia y la igualdad en el que se tratarán las cuestiones de género, entre otras. Además, en años recientes el Instituto celebró seminarios sobre la trata de mujeres, el abuso perpetrado por familiares, la violencia en el hogar y otras cuestiones.

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 8 de la lista de cuestiones

El Defensor Público de Israel (Ombudsman)

46.En Israel, el Contralor del Estado cumple también las funciones de Defensor Público (Ombudsman). La Oficina del Defensor Público, que forma parte de la Contraloría del Estado, investiga las quejas o denuncias presentadas contra ministerios del Gobierno, autoridades locales, empresas e instituciones estatales y organismos gubernamentales, así como contra sus respectivos funcionarios. El Defensor Público investiga las quejas relacionadas con actuaciones —incluidas las actuaciones morosas— que sean presuntamente contrarias a la ley, se realicen sin la debida autoridad legal, demuestren mala administración o constituyan una actitud excesivamente rígida o una injusticia flagrante.

47.En las cinco subdivisiones y oficinas de recepción de la Oficina del Defensor Público repartidas por todo el país trabajan unos 60 abogados. Los funcionarios multilingües de las oficinas de recepción atienden las quejas presentadas verbalmente en varios idiomas, proporcionan la información necesaria a los peticionarios y les ayudan a resolver sus problemas con las autoridades.

48.Toda persona, ya sea hombre o mujer, ciudadano, residente, turista o cualquier otra persona que estime que ha resultado directamente perjudicada o desfavorecida por una disposición de un órgano público sujeto a auditoría, puede interponer una queja al Defensor Público. Este procedimiento es gratuito. Las quejas pueden referirse a actos que hayan perjudicado a terceros siempre y cuando éstos estén de acuerdo en que el peticionario presente la queja en su nombre. Los miembros del Parlamento israelí, el Knesset, también pueden interponer quejas sobre actos que hayan perjudicado a terceros.

49.La ley faculta al Defensor Público para investigar las quejas de la forma que estime más conveniente. Puede oír a los peticionarios si considera que ello redunda en beneficio de su labor o solicitar a personas u órganos la información o los documentos que puedan ayudarle a investigar una determinada queja.

Determinación y tramitación de las quejas justificadas

50.Para determinar si una queja es o no justificada a veces basta con responder por escrito al peticionario a fin de recabar documentos de apoyo complementarios. En otros casos, puede ser necesario que el personal de la Oficina del Defensor Público se reúna con el peticionario y los funcionarios del órgano denunciado o que realice una visita a dicho órgano.

51.Si el Defensor Público estima que la queja está justificada, lo notifica al peticionario y al órgano denunciado junto con una exposición fundamentada de su decisión. El Defensor Público puede ordenar al órgano impugnado que rectifique las deficiencias observadas a la luz de la investigación, así como los medios y el plazo para hacerlo. Ese órgano deberá comunicar al Defensor Público las medidas adoptadas para corregir los problemas señalados. En casi todos los casos el órgano acepta las recomendaciones del Defensor Público, aunque éstas no son legalmente vinculantes.

Información relativa a las quejas interpuestas durante el período 2008-2010

52.El Defensor Público recibió 10.571 quejas sobre 11.144 asuntos en 2008 y 12.639 quejas sobre 13.766 asuntos en 2009. Al 1º de octubre de 2010, el Defensor Público había recibido unas 11.000 quejas y, según las estimaciones de la Oficina del Defensor Público, a finales de 2010 el número de quejas ascendería a 15.000 aproximadamente. Cabe señalar que en años recientes la tasa de quejas justificadas representó el 30% del total de las quejas interpuestas.

Información relativa a las quejas interpuestas por mujeres

53.Cerca de la tercera parte de las quejas interpuestas cada año proviene de mujeres. No hay diferencias evidentes entre las quejas presentadas por mujeres y las presentadas por hombres en cuanto a los temas abordados. Ambas clases de quejas se refieren principalmente a cuestiones relacionadas con los servicios públicos, los servicios de salud, la educación y la sociedad, los servicios prestados por las autoridades locales y otras cuestiones, por ejemplo en relación con el fisco, etc. No obstante, ciertos temas aparecen citados más frecuentemente en las quejas interpuestas por mujeres, como la discriminación en el empleo, asuntos relativos a la responsabilidad parental, como las prestaciones por hijos a cargo, los subsidios por nacimiento, el pago de alimentos y de la enseñanza preescolar y los derechos de los progenitores sin pareja. Además, se recibe un reducido número de denuncias de violencia doméstica.

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 9 de la lista de cuestiones

Demolición de edificios debido a infracciones de la planificación y la zonificación urbanas en Jerusalén

54.Desde 1967 el porcentaje de la población judía de Jerusalén está en descenso, mientras que el porcentaje de la población árabe ha aumentado, pasando de un 26,6% a un 31,7% en 2000. Concretamente, la tasa de crecimiento de la población árabe en Jerusalén y las zonas aledañas se ha incrementado desde 1967. Este aumento ha dado lugar a un auge considerable de la construcción de urbanizaciones para esa comunidad. La Municipalidad de Jerusalén aprobó planes básicos de desarrollo urbano para la construcción de viviendas destinadas a la población árabe a fin de satisfacer sus necesidades habitacionales hasta 2020.

55.En años recientes se han adoptado varias medidas para ajustar los planes básicos correspondientes a los barrios orientales de Jerusalén a fin de atender debidamente a las necesidades de la población. En consecuencia, existe actualmente un nuevo Plan Básico, cuya aprobación está pendiente, el cual prevé la expansión de algunos de los barrios orientales de Jerusalén y amplía los derechos de construcción otorgados a la población local. En el contexto de esa expansión se hará hincapié en proporcionar servicios y áreas de esparcimiento abiertos al público.

56.Existen asimismo en la actualidad otros planes básicos en diversas etapas de preparación y aprobación presentados por organismos establecidos en nombre de la población de los barrios orientales de Jerusalén. Entre éstos se cuentan los planes presentados por la población de Dir Al-Amud, Ali-Muntar y Ara-Al-Sahra con el fin de satisfacer las necesidades de los residentes.

57.La Municipalidad de Jerusalén ha puesto en marcha unos 60 planes que prevén la ampliación de los derechos de construcción, teniendo en cuenta las necesidades de la población en materia de servicios y áreas accesibles al público, en las comunidades de Beit‑Hanina y Shuafat. Estos planes se encuentran actualmente en etapas diversas de preparación y aprobación.

58.El Comité de Planificación de Distritos estableció un procedimiento sencillo para expresar interés respecto de bienes ubicados en tierras no registradas. Con este procedimiento se facilita la preparación de planes básicos en zonas de los barrios orientales de Jerusalén donde las tierras no están registradas. Además, el Comité examinó un gran número de planes presentados por terratenientes de los barrios orientales de Jerusalén. Estos planes se examinaron a la luz de la política del Comité y muchos de ellos han sido aprobados, lo que ha dado lugar a la concesión de un mayor número de permisos de construcción. Aproximadamente el 50% de los planes que se presentan a la Comisión se relaciona con tierras en los barrios orientales de Jerusalén y para su examen y tramitación se consigna una cantidad considerable de recursos conforme a la política de planificación.

59.De lo anterior se desprende claramente que el Comité de Planificación de Distritos, junto con la Municipalidad de Jerusalén, está empeñado en atender las necesidades de planificación de los barrios orientales de Jerusalén. En el curso de esa labor siempre se tienen en cuenta las políticas de planificación que garanticen un nivel razonable de calidad de vida y preserven las áreas de acceso público y los sitios de valor cultural e histórico.

60.Con miras a facilitar la aplicación de procedimientos de planificación apropiados, se prohíbe toda construcción ilegal. La edificación ilícita perjudica a la población local dado que no se basa en políticas de planificación que garanticen una calidad de vida razonable y la satisfacción de las necesidades públicas.

61.Por otra parte, cabe mencionar que el Alcalde de Jerusalén ha nombrado a un Asesor de las Comunidades Religiosas, cuya función principal es ayudar a las comunidades en relación con todos los servicios que presta la Municipalidad (por ejemplo, permisos de construcción, sanidad y transporte).

62.Entre otras medidas adoptadas para fortalecer los vínculos con las comunidades religiosas, el Alcalde visitó varias iglesias de la ciudad y se informó de sus actividades. Se pusieron en conocimiento del Alcalde diversas esferas en que las comunidades requerían asistencia de los municipios. Entre los problemas mencionados figuraban los permisos de vivienda y el transporte. Se dieron instrucciones a los departamentos competentes para que resolvieran esas cuestiones a la brevedad posible.

63. Todas las demoliciones se realizan de conformidad con las garantías procesales y previa celebración de una audiencia justa, sujeta a revisión judicial y al derecho de apelación, y en ningún caso la decisión de demoler se basa en consideraciones de raza u origen étnico. Las personas afectadas por demoliciones tienen legalmente derecho a apelar al Tribunal Supremo.

64.Durante el período 2004-2009, la Municipalidad de Jerusalén demolió 693 edificios y construcciones adyacentes, 482 de ellos en los barrios orientales de Jerusalén. En 2009 disminuyó el número de demoliciones. En ese año las autoridades municipales de Jerusalén demolieron 122 edificaciones construidas sin permiso municipal, 65 en los barrios orientales y 57 en los barrios occidentales de Jerusalén. Los residentes de esas edificaciones ilícitas no fueron indemnizados por la demolición dado que la ley no prevé ese requisito en caso de construcción ilegal, a menos que posteriormente se demuestre que la estructura demolida no era ilegal. En la Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 2 de la lista de cuestiones figura información complementaria.

Mecanismos nacionales

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 10 de la lista de cuestiones

65.En 2009 una mujer fue nombrada Ministra Adjunta en la Oficina del Primer Ministro. Esta Ministra Adjunta es la primera a la que se ha confiado la cartera relativa al adelanto de los jóvenes, los estudiantes y las mujeres, gracias a lo cual se ha elevado a una categoría superior el cargo relativo a la condición de la mujer en Israel.

Recursos humanos

66.En la esfera de los recursos humanos, se aumentó la dotación de personal de la Dirección mediante la adición de dos puestos para las poblaciones minoritarias. Esta asignación tiene por objeto promover a las mujeres árabes, beduinas, drusas y circasianas facilitando y fomentando sus aportes a la sociedad. Este objetivo se apoya, por ejemplo, mediante la concesión de becas de educación superior y capacitación profesional.

Presupuesto

67.Recientemente se aprobó un aumento notable del presupuesto de la Dirección para el Adelanto de la Condición de la Mujer. En 2011, el presupuesto anual se duplicará a la suma de 3.337.000 nuevos shekels israelíes (NSI) (901.891 dólares de los Estados Unidos (dólares de los EE.UU.)), en comparación con 1.749.000 NSI (472.702 dólares de los EE.UU.). Además, en virtud de una nueva reglamentación, en 2011 se asignará un presupuesto suplementario de 500.000 NSI (135.135 dólares de los EE.UU.) en beneficio de las poblaciones minoritarias.

Legislación

68.Israel cuenta con legislación avanzada en la esfera de los derechos de la mujer y la Dirección tiene la obligación de vigilar la aplicación de esas leyes, promover políticas y actividades para el adelanto de la condición de la mujer (sección 4 de la Ley sobre la Dirección para el Adelanto de la Condición de la Mujer, 5758-1998) y fomentar la observancia de la igualdad entre los sexos (sección 1 de la Ley sobre la Dirección para el Adelanto de la Condición de la Mujer). Por tanto, cada enmienda y cada nueva ley en el ámbito de los derechos de la mujer significa un nuevo mandato de supervisión para la Dirección. Por ejemplo, conforme a la enmienda de 2008 al Decreto sobre las estadísticas, los órganos públicos que reúnen y publican datos desglosados deben hacerlo también con respecto a los datos desglosados por sexo. La Dirección vigila la aplicación de esta y otras leyes pertinentes. A continuación figura una lista de las actividades promovidas por la Dirección en años recientes:

Abril de 2010 – Creación de una lista de mujeres cualificadas para trabajar como directoras de empresas gubernamentales y otros órganos públicos, incluidas mujeres de la población árabe. Gracias a este directorio, la Dirección puede localizar a mujeres capacitadas para asignarlas a cargos de categoría superior. La existencia de esta lista se ha divulgado también en los medios de comunicación árabes a fin de alentar y promover a las mujeres árabes para que postulen a cargos de categoría superior y aumenten así su representación en los cargos públicos. En espacio de tres meses, la lista contenía 1.500 nombres de mujeres de diversas profesiones. Esta lista ayuda a la Dirección y a los órganos encargados de hacer nombramientos a localizar a mujeres capacitadas para que ocupen cargos de influencia.

Marzo de 2010 – Según la resolución del Gobierno Nº 1563 de 28 de marzo de 2010, las empresas públicas deben nombrar a asesoras sobre el adelanto de la condición de la mujer. La Dirección se encarga de proporcionar capacitación a las mujeres nombradas a esos cargos.

Octubre de 2008 – El Comisionado de la Administración Pública creó un comité encargado de examinar la cuestión del "lugar de trabajo favorable a la familia". El presidente de ese Comité es el Director de la Dirección. El Comité presentó sus recomendaciones y conclusiones, según las cuales la adopción de criterios favorables a la familia en los lugares de trabajo fomentará la integración y promoción de la mujer en el mercado de trabajo.

Julio de 2008 – Conforme a una enmienda a la Ley de las administraciones locales (Asesora sobre la condición de la mujer), 5760-2000 (en adelante denominada la Ley de las administraciones locales (Asesora sobre la condición de la mujer)), la responsabilidad en materia de capacitación profesional de las asesoras en las administraciones locales compete a la Dirección.

Marzo de 2007 – Según lo dispuesto en la resolución del Gobierno Nº 1362 de 11 de marzo de 2007, la igualdad de representación de la mujer en las juntas directivas de los organismos gubernamentales ha de hacerse efectiva dentro de un plazo de dos años a partir de la fecha de la resolución. Como resultado de esta disposición, en octubre de 2010 el porcentaje de mujeres que ocupaban cargos directivos en organismos gubernamentales había aumentado del 33% al 42%.

Estereotipos

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 11 de la lista de cuestiones

El papel de los medios de comunicación de masas en la difusión de cuestiones relativas a los derechos humanos

69.La sensibilización del público israelí con respecto a los derechos humanos es muy elevada. El lenguaje de los derechos ha pasado a formar parte de la vida cotidiana en Israel. Los principales canales de televisión israelíes trasmiten frecuentemente entrevistas, reportajes noticiosos y otros programas televisivos relacionados con cuestiones de derechos humanos. Algunos reportajes proporcionan información al público, mientras que otros muestran historias personales en el contexto de situaciones de derechos humanos. En todos los canales sin excepción se tratan temas de derechos humanos, por ejemplo los relativos a las personas con discapacidad, los niños en situación de riesgo, la condición de la mujer, la protección de la mujer y la trata de personas, entre muchos otros. Los canales de televisión locales también exponen y tratan frecuentemente estos temas. Además, tanto los canales de televisión nacionales como los locales difunden regularmente información sobre los centros de asistencia en materia de derechos humanos.

70.Las principales emisoras de radio israelíes también se ocupan de los derechos humanos mediante la transmisión de entrevistas y programas de radio relacionados con ese tema. Esas emisoras radiales difunden regularmente anuncios sobre la lucha contra la violencia doméstica y sexual y la trata de personas, así como sobre otros aspectos de los derechos humanos. Además, las emisoras de radio proporcionan información importante sobre los centros de asistencia para las víctimas de violaciones de los derechos humanos, junto con otros datos relevantes. Las emisoras de radio locales también transmiten programas sobre estas cuestiones.

71.Los principales diarios y sitios web de noticias de Israel abordan frecuentemente las cuestiones relativas a la condición de la mujer y los derechos humanos y publican crónicas y artículos sobre esos temas. En algunas de esas publicaciones también figura información sobre los distintos centros de asistencia para las víctimas de violaciones de derechos humanos.

La mujer y los medios de comunicación de masas

72.La Dirección de Radio y Televisión de Israel despliega amplios esfuerzos para promover la igualdad entre los hombres y las mujeres y presta atención al problema de los estereotipos y las funciones y responsabilidades tradicionales de los hombres y las mujeres en la sociedad y la familia. La Dirección de Radio y Televisión transmite diversos programas televisivos y radiales sobre temas relativos a la igualdad entre los géneros, incluidas la promoción de la condición de la mujer en la sociedad, la lucha contra la violencia de género y la violencia doméstica, la trata de personas, las cuestiones relacionadas con la salud y el empleo de la mujer, entre otros temas. Estos programas tienen por objeto proporcionar información, aumentar la sensibilización pública, educar a ambos sexos, eliminar los estereotipos de género y promover la igualdad entre los géneros.

73.La Emisora Radial A transmite diversos programas de radio en los que a menudo se hace referencia a las cuestiones de género. Por ejemplo, en el programa "Jóvenes y estudiantes", que trata regularmente el tema de los derechos humanos, recientemente se transmitieron debates sobre la violencia contra la mujer y la mujer en las Fuerzas de Defensa de Israel (FDI), así como programas sobre los derechos de la mujer, la igualdad en el lugar de trabajo, la educación para la prevención del acoso sexual, etc. Otros ejemplos de ello son los programas "Buena salud" y "Médico de turno", que tratan, entre otras cosas, de cuestiones relativas a la salud de la mujer y ofrecen consejos al respecto. El programa "De A a Z" está destinado a los nuevos padres y madres y brinda información y asesoramiento. El programa "Diálogo" aborda temas relativos a la condición de la mujer en la sociedad israelí, entre otros. Cabe señalar que en estos programas también se examinan regularmente problemas como la trata de mujeres y los derechos de los trabajadores extranjeros.

74.La Emisora Radial B suele incluir en sus noticiarios y programas especiales de radio debates sobre cuestiones relacionadas con los derechos de la mujer y los derechos humanos en general. Esta emisora transmite semanalmente una programación de dos horas dedicada a asuntos relativos a la sociedad y la comunidad, como la violencia contra la mujer y el niño, el adelanto de la condición de la mujer en la sociedad, etc. El programa "Justicia y conversación" trata sobre cuestiones jurídicas y dedica un tiempo de emisión considerable a los derechos humanos, en particular a información sobre fallos judiciales en procesos relacionados con casos de violencia contra la mujer y el niño y los derechos de la mujer.

75.El Departamento de emisiones para los nuevos inmigrantes y para el extranjero de la Dirección de Radio y Televisión de Israel transmite sus programas en un gran número de idiomas, entre los que se cuentan el amhárico, el ruso, el inglés, el francés, el español, el ladino, el yiddish y otros. Esta emisora transmite una amplia variedad de programas en todos esos idiomas sobre las cuestiones de género, como por ejemplo: "Los años dorados" (en ruso), en el que mujeres de edad describen su vida en Israel, los problemas que enfrentan y las soluciones que se les ofrecen; "Desde la perspectiva de la mujer" (en ruso), en el que participan mujeres de distintas profesiones y condiciones sociales que hablan sobre su vida y su trabajo; "El imperio de la ley" (en amhárico), un programa que proporciona información sobre la prohibición de la discriminación contra las mujeres etíopes por conducto de entrevistas diversas (en amhárico) con mujeres destacadas que brindan información sobre sus respectivas esferas de especialización (como la educación superior, la violencia contra la mujer, etc.).

76. La Voz de Israel en Árabe, una emisora de radio, también ofrece programas e información sobre cuestiones relativas al género. Éstos incluyen noticias sobre el adelanto de la condición de la mujer, los derechos de la mujer y los derechos humanos en general. En el programa de música y cultura "Un artista de mi país" participan regularmente mujeres artistas, en particular del ámbito musical, y en el programa "Páginas de literatura" participan mujeres destacadas en diversas esferas de la cultura como el canto, la actuación, la escritura, etc. Sólo en 2010 este programa transmitió entrevistas a 93 mujeres. El programa "Estaciones" presenta entrevistas a mujeres árabes prominentes que hablan sobre su profesión y su vida personal. En el programa "Palabras de oro" suelen participar mujeres árabes que han conseguido una posición exitosa en la economía y las finanzas y que en el curso de las entrevistas hablan sobre su trabajo, entre otros temas, y sirven de modelo de liderazgo para las mujeres.

77.Todas las emisoras de radio antes mencionadas también tienen programas especiales sobre el Día Internacional de la Mujer y las actividades conexas.

78.El Canal 1 de televisión de la Dirección de Radio y Televisión de Israel produce y transmite regularmente programas documentales sobre diversas cuestiones relacionadas con los derechos humanos en general, incluidos los derechos de la mujer. En 2010, este canal transmitió una película extranjera sobre una periodista rusa que investigó la corrupción en el régimen ruso. En octubre de 2010 se transmitió la película "Cuatro historias del Negev", dirigida por cuatro cineastas beduinos. Esta película versa sobre cuestiones de derechos humanos y narra la historia de una niña beduina que se suicidó porque se le prohibió asistir a la escuela. A través de reportajes noticiosos y debates, los noticiarios de los canales abordan frecuentemente el tema de la promoción de la condición de la mujer y la discriminación contra la mujer: por ejemplo, un reportaje sobre la discriminación contra la mujer en el Irán (agosto de 2010), la mujer en la política (enero de 2010), la mujer en las Fuerzas de Defensa de Israel (marzo de 2010), las mujeres ultraortodoxas que trabajan (mayo de 2010), entre otros. El canal proporciona a las mujeres igualdad de oportunidades en lo que respecta a las entrevistas y los editores de los programas hacen todo lo posible por incluir a mujeres en las mesas redondas. Los editores de noticias tienen orden de cubrir los acontecimientos relacionados con la discriminación contra la mujer y la discriminación racial y de dar amplia difusión a los casos de violencia contra la mujer.

Educación en materia de derechos humanos

79.El Ministerio de Educación asigna gran importancia a la educación en materia de derechos humanos y al aumento de la sensibilización sobre los derechos humanos en general. El sitio web del Ministerio incluye una página especial titulada "Derechos de los alumnos", en la que se presentan la Convención sobre los Derechos del Niño, el Protocolo Facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados y el Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía. En el sitio web del Ministerio se reproduce el texto de la Convención sobre los Derechos del Niño en más de 55 idiomas, así como versiones para niños en 11 idiomas. Figuran además otros tratados sobre derechos humanos como la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y varios más.

80.En todo el país se llevan a cabo regularmente programas sobre derechos humanos. Israel ha formulado programas especiales como el Día de los Derechos Humanos, que se celebra anualmente. Cada año este día se dedica a un aspecto distinto de los derechos humanos, para lo cual se prepara un programa de actividades y materiales didácticos apropiados en árabe y hebreo. En 2007, por ejemplo, se hizo hincapié en el derecho a gozar del mayor grado de salud posible. En 2009, el tema seleccionado fue "De la visión a la realidad", en el que se centró la atención en la Declaración Universal de Derechos Humanos y los desafíos para la aplicación efectiva de los derechos humanos en Israel y en otros países del mundo. En 2010 se puso de relieve la libertad de expresión destacando cuestiones como el logro de la realización personal a través de la libertad de expresión, las distintas formas de expresión, la libertad de expresión como parte esencial de un régimen democrático, las limitaciones impuestas a la libertad de expresión y los problemas relacionados con su aplicación en Israel y otros países del mundo.

81.En el marco del sistema educativo, el Ministerio de Educación mantiene en funcionamiento permanente programas sobre la igualdad de género que constan de 10 a 14 sesiones de dos horas de duración. En 2008 se incorporó en estos programas un componente especial de dos sesiones sobre cuestiones como el empoderamiento de las niñas, la trata de mujeres, la dignidad humana y la igualdad de género, el género y la política y la ciudadanía activa. En 2008 participaron en estos programas más de 4.000 alumnos y 250 maestros de todo el país. Las sesiones también incluyen actividades con los progenitores de los alumnos.

82.El Departamento de Igualdad entre los Géneros en la Educación del Ministerio de Educación organiza periódicamente cursos prácticos y seminarios para los alumnos y el personal educativo. En 2009, el Departamento llevó a cabo un programa titulado "El género y la dignidad humana", que consistió en 20 horas semanales de seminarios, seminarios de un día, conferencias y capacitación y contó con un presupuesto total de 184.000 NSI (47.750 dólares de los EE.UU.). En 2010, el presupuesto total para este programa se aumentó a 203.000 NSI (55.000 dólares de los EE.UU.). El Departamento también ofreció un programa titulado "Prevención de la trata de mujeres y la prostitución", destinado a alumnos y maestros, el cual incluyó la preparación de planes de estudio, conferencias y cursos prácticos, entre otras actividades, con un presupuesto total de 206.000 NSI (55.700 dólares de los EE.UU.).

83.Desde 2005, el Ministerio de Relaciones Exteriores, en cooperación con varias ONG y la oficina del Coordinador Especial de las Naciones Unidas para el proceso de paz del Oriente Medio, ha patrocinado el programa de simulacros de conferencias de las Naciones Unidas en Israel (Israel Model United Nations (IMUN)), con la participación de un gran número de escuelas secundarias de todos los distritos de la ciudad de Jerusalén y todos los sectores de la sociedad. El proyecto tiene por objeto exponer a los participantes a las actividades de las Naciones Unidas, fomentando la sensibilización sobre los principales retos a que se hace frente en el ámbito mundial e inculcando el espíritu de tolerancia y de diálogo intercultural. Como parte del programa de simulacros de conferencias de las Naciones Unidas, ampliamente reconocido en todo el mundo, este programa contribuye en gran medida a mejorar la imagen de las Naciones Unidas en Israel. Gracias a varias nuevas iniciativas previstas en 2009-2010 para hacer extensivo este programa a institutos de enseñanza superior israelíes, el programa de simulacros de conferencias de las Naciones Unidas promete convertirse en un aspecto importante del diálogo educativo en Israel.

84.En 2006, la Dirección para la Sociedad y la Juventud del Ministerio de Educación publicó el folleto "Por el sendero de los derechos", centrado en la enseñanza de los derechos humanos a alumnos de todas las edades. El folleto contiene información relevante acerca de la Convención sobre los Derechos del Niño y de actividades y programas educativos relativos a los distintos derechos, la tolerancia, la aceptación del otro, etc. En el curso de algunos de los programas descritos en el folleto, los alumnos aprenden el significado de los derechos humanos, especialmente a la luz de la Convención sobre los Derechos del Niño, algunos de cuyos artículos se leen, explican y comentan en la clase.

85.En años recientes, la Dirección para la Sociedad y la Juventud ha formulado varios programas educativos centrados en los conceptos de democracia, tolerancia y coexistencia, así como en la enseñanza de los derechos humanos, cuyo fin, entre otros, es proporcionar conocimientos y herramientas en estas esferas y combatir así todas las formas de discriminación. Entre los principales programas se cuentan los siguientes:

Derecho internacional humanitario

86.Este programa, destinado a alumnos de los grados 7º a 12º, tiene por objeto presentar a los alumnos la relevancia del derecho internacional humanitario, los procedimientos para su formulación y los métodos para su aplicación. El programa proporciona a los alumnos una amplia perspectiva e instrumentos para comprender los acontecimientos en el plano internacional, pone de relieve la importancia de las conductas humanitarias y alienta a las personas a tener una actitud participativa y a prestar apoyo al prójimo. El programa se formuló en cooperación con el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) y está actualmente en marcha en varias escuelas.

Derecho a ser respetado y obligación de respetar a los demás

87.Este programa está diseñado para marcos educativos diversos y consta de tres partes. En la primera parte se plantean las cuestiones relacionadas con el respeto a la persona y la dignidad, haciendo hincapié en particular en el derecho de la persona a ser respetada y el deber de respetar a los demás. La segunda parte versa sobre los comportamientos sociales y grupales a fin de asegurar la observancia del derecho al respeto y preservar la dignidad de los miembros del grupo. En la tercera parte se abordan los derechos en el ámbito público y en el contexto de grupo, en particular el derecho de la persona al respeto y la dignidad, la intimidad, la buena reputación y a no ser objeto de humillación.

88.En el quinto informe periódico de Israel se mencionaron otros programas llevados a cabo en esta esfera.

Violencia contra la mujer

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 12 de la lista de cuestiones

89.La estrategia amplia de Israel para combatir y prevenir la violencia contra la mujer consiste, entre otras cosas, de los siguientes elementos principales:

Un sistema nacional de investigación de la violencia doméstica

90. Debido a sus características especiales, los delitos de violencia doméstica requieren un tratamiento especial. Por ejemplo, una respuesta eficaz para contrarrestar los delitos de esta índole puede requerir una reacción inmediata a fin de prevenir posibles abusos, así como evaluaciones de riesgos durante todo el tratamiento, la plena utilización de los procedimientos policiales, incluida la prohibición de portar armas, la colaboración entre todos los órganos que participan en el tratamiento y una clara conciencia de la dificultad de reunir pruebas.

91.Habida cuenta de estas características singulares, se creó un equipo de tareas integrado por 220 investigadores especializados en el tratamiento de la violencia doméstica y los delitos sexuales, el cual ha estado en funcionamiento desde 1998 en todas las comisarías de policía del país. Ese equipo de tareas consta de investigadores especialmente capacitados y especializados en casos de violencia doméstica. Cincuenta otros investigadores se ocupan de estos casos en las comisarías más pequeñas además de atender a sus tareas habituales. A las comisarías de policía ubicadas en los sectores de población árabes se asignaron investigadores de habla árabe. Además, en 2009 se contaba con 14 investigadores que dominaban el ruso y tres investigadores de lengua amhárica. Todas las comisarías de policía cuentan con al menos dos investigadores especialmente capacitados para tratar los casos de violencia doméstica y los delitos sexuales, y en las comisarías de policía donde no se registran muchas quejas de esa índole, los investigadores reciben capacitación para poder realizar esta función además de sus tareas habituales.

92.Este equipo de tareas especial recibe una capacitación intensiva que incluye dos cursos de una semana de duración sobre delitos sexuales y violencia doméstica. La capacitación abarca una introducción en la que se presentan las directrices policiales pertinentes, así como estudios sobre aspectos específicos de la violencia doméstica, incluida información teórica y práctica sobre los aspectos sociales, legislativos y judiciales de esos fenómenos. Por ejemplo, los participantes asisten a conferencias y debates sobre evaluación de riesgos, prevención del acceso a armas de fuego, ciertos aspectos de la legislación, tratamiento para los hombres maltratadores, características especiales de los testigos infantiles de la violencia doméstica, modelos de colaboración con distintos órganos de bienestar social, órdenes de protección y violaciones de éstas. Además, los participantes asisten a un curso práctico sobre formas de alentar a las víctimas de la violencia a denunciar los abusos a que han sido sometidas y durante el cual visitan un refugio para mujeres maltratadas y asisten a la proyección de una película o a una obra de teatro sobre esta cuestión. Todas las personas que actualmente trabajan como investigadores de la violencia doméstica participaron en estas actividades de capacitación y posteriormente recibieron aprobación para tratar casos de violencia doméstica. Desde 2004 en todos los distritos policiales se imparte anualmente a los investigadores de delitos sexuales un programa de 12 sesiones de capacitación y actualización de conocimientos.

93.Además, la Policía ha designado a seis oficiales encargados de tomar contacto con las víctimas de delitos en cada distrito . Estos oficiales son profesionales que supervisan la aplicación de la ley y las reglamentaciones en sus respectivos distritos, prestan asistencia, ponen en marcha programas de capacitación destinados a las dependencias sobre el terreno —por ejemplo, las unidades de patrulla— y formulan modelos de cooperación con dependencias no policiales como los servicios de tratamiento. En los distritos policiales israelíes también se designaron oficiales de distrito encargados de los casos de violencia doméstica. Estos nombramientos respondieron a la necesidad de contar con respuestas profesionales, eficaces e inmediatas en la esfera de la violencia doméstica y los delitos sexuales, así como a las solicitudes y necesidades expresadas por las dependencias policiales sobre el terreno.

94.La Ley de los derechos de las víctimas, 5761-2001 (en adelante denominada la Ley sobre derechos de las víctimas), que entró en vigor en 2005, exige que se proporcione información pertinente a las víctimas del delito en todas las etapas del procedimiento penal. En consecuencia, la Policía estableció un nuevo sistema computadorizado a esos efectos. Mediante ese sistema se reúne la información necesaria procedente de otros sistemas, incluidos los sistemas policiales, el Servicio de Prisiones de Israel y la Fiscalía General. Las víctimas del delito pueden tener acceso a la información llamando por teléfono a un número designado a tal fin o mediante mensajes de texto o de voz enviados por conducto del sistema computadorizado. La información también está disponible en la Internet. Este sistema entró en funcionamiento en mayo de 2005.

95.En 2007, se estableció un servicio telefónico asistido a fin de ayudar a las personas que tienen dificultad para recibir información a través de mensajes de texto o de la Internet. Además, la Policía adoptó el procedimiento Nº 03.300.219, titulado "Trato de las víctimas del delito por la Policía" y se distribuyeron a todas las comisarías anuncios y material informativo sobre el procedimiento penal y los derechos de las víctimas en todos los idiomas pertinentes. Conforme a este procedimiento, las mujeres que interpongan denuncias serán entrevistadas ya sea por una investigadora especializada en delitos sexuales, por otra investigadora o, en caso de que ninguna de éstas esté disponible, por un investigador especializado en dichos delitos. Se informará a la denunciante de su derecho a ser entrevistada por una investigadora de sexo femenino y se hará todo lo posible por atender a su preferencia. Se intentará en lo posible por que durante toda la tramitación de la denuncia la investigación esté a cargo de un solo investigador, el cual también estará en contacto con la denunciante y la mantendrá informada. El investigador se atendrá únicamente a los hechos pertinentes para la investigación, guardando el debido respeto de la intimidad y dignidad de la denunciante.

96.La Policía tiene en funcionamiento un sistema informatizado de evaluación de amenazas que ayuda a evaluar y ponderar la amenaza que plantean los sospechosos de violencia doméstica. El sistema reúne información de fuentes diversas y, al combinar esas fuentes y evaluar ciertos parámetros, permite realizar una evaluación de riesgos y elaborar un perfil de cada sospechoso. La Policía también ha organizado patrullas especializadas en evaluación de riesgos en varias comisarías. Estos equipos están integrados por un trabajador social, un criminólogo clínico y un agente de policía. Las patrullas ayudan a evaluar el riesgo que suponen los presuntos autores de actos de violencia y pueden poner en marcha procedimientos de aplicación de la ley y de tratamiento.

97.El sistema de evaluación computadorizado y la evaluación del riesgo que presenta un sospechoso en los casos de violencia doméstica se ponen en marcha en cuanto se inicia una investigación sobre violencia doméstica y posteriormente cada vez que comienza una nueva etapa de la investigación. De este modo, los investigadores policiales están en mejores condiciones de determinar qué procedimientos emplearán respecto del sospechoso y de proteger mejor a la víctima.

98.Además, en varias comisarías de policía se contrata a trabajadores sociales para que presten asistencia inmediata en el momento mismo en que se interpone una denuncia de violencia doméstica. Los trabajadores sociales hacen una primera evaluación del problema y determinan la disposición de la víctima y/o del presunto autor para recibir tratamiento en los centros de ayuda. En octubre de 2010, el proyecto, que se puso en marcha hace 10 años, es operacional en 14 comisarías de policía del país.

99.En 2009 se interpusieron 6.338 denuncias de violencia doméstica en esas 14 comisarías. El total de hombres y mujeres remitidos a los trabajadores sociales ascendió a 3.915; los trabajadores sociales conversaron con 2.018 y realizaron intervenciones terapéuticas con 1.134 de esas personas. Las mujeres en situación de grave riesgo respecto de las cuales un tribunal ha emitido una orden de protección reciben un dispositivo que pueden activar en caso de emergencia.

Cooperación con las Fuerzas de Defensa de Israel (FDI)

100.En septiembre de 2003 se estableció la Dependencia de Investigación Policial al interior de las Fuerzas de Defensa de Israel, la cual se encarga de recibir informes sobre casos de violencia doméstica en que el presunto autor podría ser portador de un arma proporcionada por las FDI, ya sea en calidad de soldado o de funcionario civil. Esta dependencia funciona las 24 horas del día y ha establecido un sistema computadorizado. La Policía y las FDI intercambian información mensualmente sobre los informes pendiente, así como la lista de portadores de armas. La Policía presenta informes anuales a las FDI sobre los portadores de armas vinculados a las FDI que tienen causas pendientes de violencia doméstica.

Línea telefónica de urgencia

101.Existe actualmente una línea telefónica de urgencia para las mujeres y los niños víctimas de malos tratos. Esta línea de atención directa está a cargo del Ministerio de Asuntos Sociales y Servicios Sociales, en asociación con la Organización Internacional de Mujeres Sionistas (WIZO). El servicio está disponible en hebreo, inglés, árabe, ruso y amhárico. En 2009, la línea telefónica nacional de urgencia recibió 3.773 llamadas, la mayoría de las cuales (cerca del 75%) guardaba relación con actos de violencia doméstica contra mujeres. En los sitios web del Ministerio de Asuntos Sociales y Servicios Sociales y de diversas ONG figura información detallada sobre otras líneas telefónicas de urgencia locales.

Centros de tratamiento y prevención de la violencia doméstica

102.El número de centros de tratamiento y prevención de la violencia doméstica está en constante aumento. En 2010 funcionaban en Israel 83 centros y dependencias para la prevención de la violencia doméstica y el tratamiento de las víctimas, en comparación con 60 en 2005. Diecisiete de esos centros estaban destinados a la población árabe, uno a la población beduina y dos a la población ultraortodoxa judía. Los centros ofrecen tratamiento a las víctimas de la violencia doméstica mediante terapias de grupo y empoderamiento personal en la comunidad. En 2010 recibieron tratamiento en estos centros 10.000 personas, de las cuales el 67% eran mujeres (6.750).

103.En los centros para la población árabe también se organizaron numerosas actividades como seminarios y cursos destinados a aumentar la sensibilización de la comunidad con respecto al abuso sexual y alentar a las víctimas a visitar los centros y solicitar ayuda. Paralelamente se ofrecieron cursos prácticos en las escuelas, conferencias para maestros, médicos, enfermeras, agentes de policía y la población en general.

Dependencias de asesoramiento familiar en los tribunales de familia

104.Estas dependencias, que funcionan en los tribunales de asuntos familiares, tienen por objeto ayudar a las familias interesadas a abordar situaciones relacionadas con procesos judiciales y prestar asistencia a los jueces para que su fallo no tenga consecuencias adversas a largo plazo para las relaciones entre ambas partes.

105.Actualmente se cuenta con seis trabajadores sociales árabes (de un total de 49 trabajadores sociales) en cinco de las 14 dependencias de asistencia en los tribunales de familia. En los demás tribunales de familia también se presta asistencia a la población árabe, sin excepción y con ayuda de traductores de ser necesario.

106.Debido a la compleja naturaleza de los casos que se presentan ante los tribunales de familia, así como a la importancia de mantener la integridad y la necesidad de evitar que las relaciones familiares resulten adversamente afectadas a largo plazo, los trabajadores sociales tratan de recurrir a la mediación como uno de los medios de asistencia. En 2010, las 14 dependencias prestaron asistencia a un total de 7.300 familias, incluidas unas 1.000 familias árabes, en 1.500 casos de violencia doméstica.

Centros de emergencia para personas violadas

107.Existen en el país 11 centros de emergencia para personas violadas, los cuales prestan apoyo psicológico, asesoramiento práctico y otros tipos de ayuda a las víctimas de violación, incluidas líneas telefónicas de urgencia y servicios educativos. Todo el personal de los centros está integrado por voluntarios que reciben un promedio de 9.000 solicitudes de asistencia cada año. Dos de estos centros de emergencia están destinados especialmente a la población árabe (aunque en todos los centros se acoge a las mujeres árabes) y otro de ellos se destina exclusivamente a la población ultraortodoxa.

Centros multidisciplinarios

108.Además, Israel ha creado un modelo singular de centro multidisciplinario que presta una gama de servicios interrelacionados a las mujeres que han sido víctimas de abuso y violencia. En estos centros se combina el tratamiento psicosocial y psicológico con los servicios médicos y jurídicos. Hasta 2007 existían tres de estos centros en Israel y en 2008 se abrieron otros tres centros con capacidad para prestar tratamiento a 600 personas simultáneamente. En octubre de 2008, 428 víctimas habían recibido tratamiento en estos centros, en comparación con 280 en 2007.

109.Con respecto a la asistencia financiera prestada a las mujeres que deciden abandonar los refugios para mujeres maltratadas, véase infra la respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 14 de la lista de cuestiones.

Violación conyugal

110.Con arreglo a la sección 345 de la Ley Penal, 5737-1977, la violación conyugal se considera violación y constituye por tanto un delito punible con una pena de prisión de hasta 16 años y de hasta 20 años en circunstancias agravantes.

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 13 de la lista de cuestiones

111.Véase supra la respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 2 de la lista de cuestiones.

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 14 de la lista de cuestiones

112.En el Ministerio de Asuntos Sociales y Servicios Sociales (en adelante denominado el Ministerio) funciona un comité encargado de prestar asistencia financiera a las mujeres maltratadas que desean abandonar los refugios para iniciar una vida independiente. En 2008 el Ministerio anunció una licitación para la supervisión de la asignación de esa asistencia financiera. La ONG Bat Melech, que mantiene una red de servicios sociales para las víctimas de la violencia doméstica fue seleccionada en la licitación y recibió el cometido de contratar a profesionales en la esfera de la violencia doméstica que se encargaran de examinar las solicitudes de asistencia financiera y seleccionar a los receptores, juntamente con el Supervisor Nacional de Bienestar Personal y Familiar del Ministerio y bajo su supervisión.

113.En 2009, la asignación total para este tipo de asistencia fue de 1.000.000 NSI (272.000 dólares de los EE.UU.). La asistencia se presta a mujeres maltratadas con hijos que deciden abandonar los refugios y necesitan dinero para cubrir sus necesidades básicas como alquiler, equipamiento básico del hogar, etc. El monto promedio de esta asistencia asciende a 10.000 NSI (2.700 dólares de los EE.UU.) por familia.

114.Las mujeres palestinas no tienen acceso a este comité; sin embargo, existe un pequeño número de casos excepcionales de mujeres palestinas que son admitidas a los refugios para mujeres maltratadas en Israel (principalmente mujeres víctimas de violencia doméstica que residen ilegalmente en Israel). Por lo general, estas mujeres permanecen en los refugios durante un período más largo dado que no pueden regresar a sus familias y reciben ayuda del Ministerio, así como asistencia financiera en caso de necesidad.

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 15 de la lista de cuestiones

115.El asesinato en aras de lo que comúnmente se denomina "el honor de la familia" se trata con la misma severidad que cualquier otro acto delictivo. Una de las principales dificultades en la prevención de tales delitos es la conspiración del silencio que circunda esos actos y la falta de información previa que pudiese dar lugar a intervenciones de la Policía y de los servicios de bienestar social.

116.Cuando la Policía recibe información previa de posibles casos de violencia doméstica o amenazas de muerte en el seno de la familia interviene inmediatamente poniendo en marcha una investigación de los presuntos autores, prestando asistencia a las mujeres amenazadas e intimidadas, recabando la participación de los servicios de bienestar social y remitiendo a las mujeres a los refugios. No obstante, para penetrar esa muralla de silencio la sociedad árabe debe condenar tales prácticas y avanzar en materia de imparcialidad y educación.

117.A fin de propiciar un cambio en la situación actual es fundamental promover una toma de conciencia entre la población árabe. Para lograr esa transformación, los líderes espirituales de la comunidad árabe deben alzar su voz contra esos actos y contra la violencia doméstica en general. Esas voces de condena existen pero no bastan. Por ejemplo, hace varias semanas fue asesinada una directora de escuela. Tras este suceso, el líder espiritual druso imploró a todas las mujeres drusas que fuesen víctimas de violencia doméstica que lo manifestaran e interpusieran una denuncia. En otro caso, el alcalde de Rahat participó en una manifestación pública contra la violencia doméstica.

118.La Policía y el ordenamiento jurídico israelí consideran que tales actos constituyen asesinato y los investigan a fondo, independientemente de los posibles motivos del asesino. La ley israelí no reconoce circunstancias atenuantes en esos casos y enjuicia, condena y castiga a los autores con todo el peso de la ley.

119.Véase supra la respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 2 de la lista de cuestiones, donde figura información complementaria a este respecto.

Trata y prostitución

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 16 de la lista de cuestiones

Trata con fines de prostitución

120.En 2009, la Policía llevó a cabo nueve investigaciones penales sobre casos de trata de personas con fines de prostitución ocurridos en años anteriores al período 2008-2009. A raíz de esas investigaciones fueron detenidas 13 personas. Además, la Policía abrió 269 procesos por administración de bienes inmuebles para fines de prostitución, 82 procesos por proxenetismo y 16 por anuncio de servicios de prostitución. Por otra parte, seis víctimas de la trata de personas con fines de prostitución fueron remitidas por la Policía en 2009 al refugio Maagan. En los dos cuadros que figuran a continuación se presentan los datos proporcionados por la Policía en relación con investigaciones penales y detenciones por trato de personas con fines de prostitución y delitos conexos.

Investigaciones penales

Delito

2008

2009

Aumento/disminución en %

Proxenetismo con fines de prostitución

64

82

+28,1

Incitación a la prostitución

6

10

+66,6

Administración de un bien para fines de prostitución

177

269

+60

Secuestro con el fin de causar daño físico o sexual o cometer delito sexual

17

20

+17,6

Anuncio de servicios de prostitución

9

16

+77,7

Trata de personas con fines de prostitución

10

9

+11

Total

283

396

+40

Detenciones

Delito

2008

2009

Aumento/disminución en %

Proxenetismo con fines de prostitución

6

14

+133, 3

Incitación a la prostitución

10

11

+10

Administración de un bien para fines de prostitución

61

83

+36

Trata de personas con fines de prostitución

9

13

+44, 4

Total

86*

121**

+40, 7

* De las cuales 12 permanecieron detenidas hasta el final del procedimiento.

** De las cuales 14 permanecieron detenidas hasta el final del procedimiento.

La Fiscalía del Estado

121.En el curso de 2009, 14 personas fueron condenadas de trata con fines de prostitución y/o delitos conexos. En ese año se formularon seis acusaciones relativas a esos delitos y había otros seis procesos pendientes ante los tribunales. Uno de los acusados de trata de personas con fines de prostitución y delitos conexos, condenado y sentenciado a 24 meses de prisión, presentó un recurso de apelación ante el Tribunal Supremo, el cual está pendiente ante ese Tribunal.

122.Además, en 2009 el Tribunal Supremo desestimó nueve recursos de apelación interpuestos por acusados que solicitaban una sentencia menos severa. Varios de ellos apelaron la propia sentencia condenatoria. Las sentencias apeladas variaban entre seis meses y 13 años de prisión, además de indemnización a las víctimas según el grado de severidad de las condenas. En un caso, el Tribunal Supremo redujo la sentencia de siete a seis años de prisión y en otro la redujo de diez a siete meses de prisión.

123.En 2009, el Tribunal Supremo también acogió un recurso de apelación presentado por el Estado en un proceso por delitos relacionados con la trata y pidió una indemnización a la víctima además de la pena de prisión impuesta por el tribunal inferior.

Tendencias generales

124.El número de casos de trata tramitados por la Fiscalía de Distrito de Tel Aviv ha disminuido considerablemente, de 100 casos activos en 2007 a menos de 20 en 2009. Esta disminución se debe a una reducción del número de víctimas de la trata con fines de prostitución gracias a las medidas de represión adoptadas. A este respecto, cabe señalar que todos estos casos de trata se refieren a años anteriores.

125.La Policía y la Fiscalía del Estado dan prioridad al enjuiciamiento de los autores de la trata con fines de prostitución. Los tribunales han adoptado principios amplios de interpretación que permiten condenar a los culpables en todos los eslabones de la cadena de la trata, desde el primer vínculo en el extranjero, pasando por el transportista y el agente hasta el comprador. Si bien las sentencias no son uniformes, suelen ser cada vez más severas, como en los casos de traficantes sentenciados a penas de ocho años y medio y cinco años de prisión respectivamente. La Fiscalía del Estado propugna activamente una interpretación amplia de esos delitos y presenta recursos de apelación cuando la interpretación dada por un tribunal inferior no se ciñe exactamente a estos principios y cuando las sentencias no reflejan la gravedad de los delitos. El Tribunal Supremo ha hecho suya la posición del Fiscal del Estado e interpreta el delito en sentido amplio, a la vez que impone sentencias severas, aunque no siempre acepta las apelaciones del Estado.

126.Se hace hincapié asimismo en la cuestión de las indemnizaciones a las víctimas de la trata y se insiste en que los acusados depositen el monto de la indemnización impuesta como condición previa para toda negociación de la sentencia. Estas negociaciones de la sentencia se realizan de conformidad con las disposiciones de la Ley de los derechos de las víctimas y sólo una vez que se haya examinado debidamente la situación de la víctima.

Trata con fines de explotación laboral

127.En 2009 se llevó a cabo un número importante de investigaciones con miras a asegurar el enjuiciamiento de los autores de delitos básicos de la trata, tales como la esclavitud y el trabajo forzoso. Se dio prioridad asimismo al procesamiento de otros delitos graves como el fraude, la explotación y la retención de pasaportes, teniendo en cuenta que la represión rigurosa de estos delitos crea un clima poco propicio a la trata. Se invocaron además los delitos de tipo reglamentario y se adoptaron medidas administrativas con la intención de que conjuntamente sirvieran de disuasivo a los delincuentes respecto de la comisión de delitos contra trabajadores extranjeros.

Delitos graves

128.Desde julio de 2009, el departamento Saar de la Policía ha abierto investigaciones sobre 61 casos relacionados con el trabajo forzoso, 28 casos relacionados con la retención de pasaportes y 8 con la explotación de poblaciones vulnerables.

Trabajo forzoso

129.En la Fiscalía Central del Estado y del Distrito de Jerusalén hay cuatro investigaciones sobre trabajo forzoso que se encuentran en una etapa avanzada. Varios otros casos están siendo examinados por el departamento Saar de la Policía. Otro caso fue remitido en junio de 2009 a la dependencia de enjuiciamiento de la Policía —la unidad Lahav— y se redactó un esbozo de los cargos.

130.Trabajo forzoso, explotación de poblaciones vulnerables y retención de pasaportes. – En 2009 se formularon cargos en relación con 32 casos de trabajo forzoso, explotación de poblaciones vulnerables y retención de un pasaporte (se redactaron otras 55 acusaciones que están en la etapa de audiencia).

131.Fraude y engaño. – En general, los casos de fraude y engaño guardan relación con trabajadores extranjeros a los que se prometen visados de trabajo a condición de que paguen grandes sumas de dinero a delincuentes antes y después de su llegada a Israel. En 2009 se formularon cargos en relación con 28 casos de fraude (y se redactaron otras 36 acusaciones que están en la etapa de audiencia); también se formularon cargos en relación con 42 casos de fraude contra el Estado y de fraude indirecto contra un trabajador extranjero (y se redactaron otras 28 acusaciones que están en la etapa de audiencia).

Protección a las víctimas de la trata

Todas las formas de trata

132.Con arreglo a la Ley de protección de testigos se estableció la Dirección para la Protección de los Testigos (en adelante denominada la Dirección), que se encargará de formular programas de protección de testigos que satisfagan ciertos criterios pertinentes. La Dirección ofrece protección a los testigos y sus familias antes, durante y después del juicio. Según lo dispuesto en la sección 2 de la Ley, la Dirección se encarga, entre otras cosas, de fomentar los conocimientos profesionales y doctrinales en materia de protección de testigos amenazados, establecer los criterios para la evaluación de las amenazas y formular herramientas para proteger a los testigos sobre la base de esas evaluaciones.

133.La Dirección para la Protección de los Testigos está actualmente en la etapa inicial de funcionamiento y sólo se le ha remitido un testigo hasta la fecha. En cuanto la Dirección esté en pleno funcionamiento, las víctimas de la trata con fines de prostitución que cumplan los criterios antes mencionados serán remitidas a la Dirección. Los testigos que no cumplan los requisitos necesarios para esta clase de protección adicional recibirán protección por parte de la Policía o el Servicio de Prisiones de Israel.

Ley de los derechos de las víctimas

134.Esta Ley prevé el derecho de las víctimas a gozar de protección durante los procesos penales. Ello incluye protección, según proceda, contra el presunto autor, acusado o delincuente sentenciado y sus agentes o las personas cercanas a éstos, así como protección en la sala del tribunal, en la medida de lo posible, contra todo contacto innecesario con las personas antes mencionadas (sección 6 de la Ley).

El refugio Maagan

135.El refugio Maagan para las víctimas de la trata con fines de prostitución fue creado para todas las víctimas de este tipo de trata, independientemente de que estén o no dispuestas a prestar testimonio contra sus captores. De las seis mujeres enviadas al refugio en 2009, cuatro fueron remitidas por un período de reflexión y dos ya han accedido a declarar. Dos de ellas no tuvieron que declarar, otras dos prestaron declaración y las dos restantes habían prestado declaración anteriormente.

136.Presten o no declaración, las víctimas que residen en el refugio Maagan gozan de la protección de los guardias de seguridad del refugio, los cuales se ponen en contacto directo con la comisaría de policía local en caso de necesidad.

Trata de personas con fines de explotación laboral

137.Las trabajadoras migrantes que han sido víctimas de delitos cuyas denuncias están en proceso de investigación por el departamento Saar de la unidad Lahav de la Policía se benefician de una prórroga temporal de su estadía. Son puestas en libertad y trasladadas a los refugios para las víctimas de la trata, donde se les permite trabajar durante su estadía hasta que hayan prestado testimonio contra el autor de los hechos. Además, una vez terminado el procedimiento penal, pueden solicitar al Ministerio del Interior un visado para prolongar su estadía con fines de rehabilitación.

El refugio Atlas

138.Los 50 hombres que fueron víctimas de esclavitud y trabajo forzoso fueron trasladados al refugio Atlas para hombres debido a que prestaron declaración contra su empleador. Diez de las mujeres víctimas de trata con fines de esclavitud y trabajo forzoso fueron trasladadas al refugio Maagan a fin de garantizar su protección hasta que comparecieran a prestar declaración.

Indemnización de las víctimas

139.La Fiscalía del Estado hace todo lo posible por que los demandados paguen la debida indemnización a las víctimas antes de solicitar al tribunal la negociación de sus cargos y condena. La Fiscalía del Estado ha publicado directrices a este respecto, habida cuenta de que una vez depositado el monto de la indemnización en el fondo del tribunal han surgido problemas relacionados con la transferencia de dicho monto a las víctimas, especialmente cuando éstas ya han abandonado el territorio de Israel.

140.Esos problemas se han resuelto de diversas maneras. Por ejemplo, si la víctima aún se encuentra en Israel, puede retirar el dinero del Sistema de Administración de los Tribunales; de lo contrario, si la víctima ha abandonado Israel y regresado a su país de origen, existe una disposición desde 2006 según la cual pueden firmar un poder que permite a la Subdivisión de Asistencia Jurídica del Ministerio de Justicia localizarlos en el extranjero a fin de transferirles el dinero. Las víctimas que salieron de Israel antes de 2006 reciben asistencia de la ONG Isha l’Isha (De mujer a mujer). Recientemente el Administrador General ha asumido la tarea de transferir las sumas por concepto de indemnización a las víctimas de la trata que ya no se encuentran en Israel.

Planes nacionales

141.En el anexo 1 figura información sobre el Plan nacional de lucha contra la trata de personas con fines de prostitución.

142.En el anexo 2 figura información sobre el Plan nacional de lucha contra la esclavitud y la trata de personas con fines de esclavitud y trabajo forzoso.

143.En el anexo 3 figura información relativa a la aplicación del Plan nacional de lucha contra la trata de personas con fines de prostitución.

144.En el anexo 4 figura información relativa a la aplicación del Plan nacional de lucha contra la esclavitud y la trata de personas con fines de esclavitud y trabajo forzoso.

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 17 de la lista de cuestiones

145.En años recientes se han celebrado intensos debates sobre esta cuestión a diversos niveles, a saber:

Por iniciativa privada, se formuló un proyecto de ley sobre la prohibición del uso de servicios sexuales pagados en el que se proponía la penalización de todos los usuarios de la industria del sexo. Este proyecto de ley (aún no presentado), prevé la imposición de una pena de seis meses de prisión o la obligación de participar en un programa educativo a todo usuario detenido por primera vez por este delito. La pena aumenta a cinco años de prisión en circunstancias agravantes, por ejemplo, si se utiliza a un menor, una víctima de la trata o una persona adicta a determinadas sustancias, o si el usuario es un funcionario público. Durante el período 2008-2010, la Coordinadora Nacional convocó varias reuniones en las que participaron ONG, representantes del Gobierno y académicos. El Comité decidió aplazar la decisión final respecto de autorizar la realización de un estudio completo sobre el mundo de la prostitución y de campañas intensivas de información pública sobre este tema.

Está en vías de preparación una enmienda a la sección de la Ley Penal relativa a la prohibición de la publicación de anuncios de servicios de prostitución. Esta enmienda permitirá ampliar el alcance de la prohibición y redundará en una probable disminución de la demanda.

Plan interministerial para la rehabilitación y el tratamiento de las mujeres y las niñas que se dedican a la prostitución con el fin de ayudarlas a romper el círculo vicioso de la prostitución

146.Durante 2009 continuó la aplicación de este plan, que pasó a ser una actividad dotada de un presupuesto anual permanente. La asignación anual presupuestada para el plan ascendió a 7.429.817 NSI (2 millones de dólares de los EE.UU.). La aplicación de este plan, aprobado por el Primer Ministro en 2007, comenzó en 2008 y prosiguió en 2009. El plan tiene por objeto reducir y prevenir la prostitución en la sociedad israelí y rehabilitar a las mujeres que han dejado de ejercerla prestándoles asistencia. El plan también se propone romper el ciclo de explotación y exclusión social de estas mujeres a fin de ayudarlas a recuperar la autoestima y la confianza y retomar el control de su vida. Además, el plan prevé servicios de emergencia y tratamiento continuo para las mujeres que ejercen la prostitución.

Nivel nacional

147.Existe un comité directivo nacional, integrado por miembros de los Ministerios de Asuntos Sociales y Servicios Sociales, Salud y Educación y la Oficina del Primer Ministro, que se encarga de determinar las distintas modalidades de tratamiento y de cooperación interministerial. Además, existen comités directivos locales que se encargan de la cuestión de la prostitución en Tel-Aviv, Haifa y Eilat. En relación con el plan se ha elaborado un proyecto de investigación para el cual se llamará a licitación próximamente.

Distrito de Tel-Aviv (centro)

148.En Tel-Aviv siguieron funcionando durante 2009 un apartamento de emergencia, una línea telefónica de urgencia, un dispensario de salud móvil, un centro de tratamiento diurno, un centro de tratamiento nocturno y un hostal. Además, se publicó un folleto con una reseña de las publicaciones académicas sobre los servicios disponibles para las mujeres que ejercen la prostitución.

149.En 2009 se recibieron aproximadamente 600 llamadas a la línea telefónica de urgencia, de las cuales el 86% eran llamadas de seguimiento efectuadas por mujeres que ya habían recibido tratamiento. La línea telefónica de urgencia ha sido utilizada por 120 mujeres, de las cuales 49 fueron remitidas a otros tipos de tratamiento, a saber: ocho a centros de rehabilitación de drogadictos, diez a servicios de asistencia letrada, siete al centro de tratamiento diurno, seis al apartamento de emergencia, seis a sesiones semanales con el coordinador de la línea telefónica de urgencia y 12 a otras formas de tratamiento.

150.El Ministerio de Asuntos Sociales y Servicios Sociales siguió utilizando patrullas a fin de abordar a las mujeres que ejercen la prostitución. En 2009 hubo 341 contactos con 200 mujeres distintas, de las cuales el 33% eran conocidas y habían recibido tratamiento en el apartamento de emergencia. De éstas, 97 pasaron a recibir otros tipos de tratamiento, a saber: 66 continuaron utilizando la línea telefónica de urgencia, 11 fueron remitidas a un centro de rehabilitación de drogadictos, 14 fueron acogidas en el apartamento de emergencia, cinco fueron enviadas al centro de tratamiento diurno y una fue acogida en el hostal.

151.Durante 2009, unas 200 mujeres se alojaron el apartamento de emergencia, de las cuales 46 fueron remitidas a centros de rehabilitación de drogadictos y 3 a centros de tratamiento con metadona o con Subutex. De las mujeres remitidas a centros de rehabilitación, 16 finalizaron su rehabilitación y fueron enviadas al hostal para recibir tratamiento complementario (13 mujeres), al centro de tratamiento diurno (una mujer) y a otras modalidades de tratamiento (dos mujeres). A fines de 2009, cinco mujeres que habían comenzado su rehabilitación en el apartamento de emergencia aún residían en el hostal.

152.En 2009, 61 mujeres recibieron tratamiento en el centro de tratamiento diurno, de las cuales 41 abandonaron el centro en el curso de ese año. Siete mujeres completaron el régimen diurno de seis meses de duración y comenzaron a trabajar a la vez que se incorporaron al régimen nocturno. A fines de 2009, 13 mujeres recibían tratamiento en el centro de tratamiento diurno. En 2009 habían recibido tratamiento en el hostal 49 mujeres, de las cuales 34 abandonaron el hostal en el curso de ese año. A fines de 2009, 14 mujeres seguían residiendo en el hostal.

Distrito de Haifa (norte)

153.En la ciudad de Haifa continuaron en funcionamiento en 2009 un apartamento de emergencia, un centro de tratamiento diurno y un dispensario de salud móvil. Además, se ha puesto en marcha el establecimiento de un hostal para la rehabilitación de mujeres que ejercen la prostitución.

154.El dispensario de salud móvil funciona tres días a la semana y hasta la fecha ha prestado atención médica a unas130 mujeres. En 2009, este dispensario realizó 1.260 intervenciones de asistencia médica en zonas donde hay mujeres que ejercen la prostitución.

155.En el apartamento de emergencia se alojan como promedio unas 11 mujeres cada noche. Esas estadías pueden ser breves o prolongadas. En algunos casos, las mujeres llegan al apartamento durante la tarde pero no pasan la noche allí. Todas las mujeres que han pasado por el apartamento de emergencia han logrado salirse del ciclo de la prostitución.

156.El centro de tratamiento diurno funciona cinco días a la semana. Diariamente llegan al centro 11 mujeres, a las que se suman otras nueve mujeres que llegan por lo menos una vez a la semana.

Distrito sur

157. Habida cuenta de que está prevista la aplicación del plan en Be’er-Sheva, en 2009 se contrató a una trabajadora social encargada del tratamiento de las mujeres que ejercen la prostitución.

Refuerzo de los programas en curso

158.Se reforzaron los programas destinados a la localización de niñas dedicadas a la prostitución, la rehabilitación de reclusas que ejercían la prostitución y la recuperación de mujeres que vivían en la calle y se dedicaban a la prostitución.

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 18 de la lista de cuestiones

159.Los refugios, servicios sanitarios y otras prestaciones para las víctimas de la trata, incluida la trata con fines de prostitución, se ofrecen independientemente de que estén o no dispuestas a prestar testimonio contra los traficantes. De las seis mujeres enviadas al refugio en 2009, cuatro fueron remitidas por un período de reflexión y dos ya han accedido a declarar. Dos de ellas no tuvieron que declarar, otras dos prestaron declaración y las dos restantes ya habían prestado testimonio anteriormente.

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 19 de la lista de cuestiones

160.La División de Aplicación de la Legislación Laboral del Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo despliega importantes esfuerzos para promover la sensibilización de los empleadores y empleados con respecto a las leyes laborales a fin de prevenir todo acto abusivo ilegal en el ámbito del trabajo.

161.Hasta mediados de noviembre de 2009, la División de Aplicación de las Leyes del Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo impuso unas 1.662 multas administrativas a empleadores de trabajadoras extranjeras por violación de la Ley de los trabajadores extranjeros, 5751-1991, por una suma total de aproximadamente 14.605.958 NSI (3.844.000 dólares de los EE.UU.). Hasta octubre de 2009 se habían formulado 849 acusaciones de violación de la Ley de los trabajadores extranjeros por parte de empleadores. Además, el Departamento impuso otras 196 multas a empleadores de trabajadoras extranjeras por violación de la Ley de salario mínimo, 5747-1987, por un total de aproximadamente 1.923.000 NSI (506.000 dólares de los EE.UU.).

Medidas contra agencias de contratación

162.El Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo está investigando denuncias de abusos relativos a la contratación de trabajadoras extranjeras y anulando los permisos concedidos a agencias de contratación privadas que han cometido violaciones de las leyes y los procedimientos pertinentes, en particular en lo tocante a la contratación de trabajadoras extranjeras en los servicios de enfermería.

163.En 2007, el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo inspeccionó e investigó a unas 50 agencias de contratación que contaban con permisos especiales para contratar a trabajadores extranjeros. En 42 casos se revocaron las licencias y permisos de las agencias. En cuatro casos los permisos de contratación de trabajadores extranjeros concedidos a las agencias se revocaron por un determinado período. En otros cuatro casos esos permisos se revocaron indefinidamente y uno fue concedido a título de prueba. Las revocaciones se basaron en lo siguiente: recaudación ilegal de sumas de trabajadores extranjeros, contratación de trabajadores en colaboración con una agencia no autorizada, falsos informes de trabajadores sociales, traslado ilícito de trabajadores extranjeros e introducción ilícita de un trabajador extranjero en Israel en contravención de lo estipulado en el permiso. Siete agencias apelaron la revocación de sus licencias o permisos ante el Tribunal del Trabajo; esas apelaciones fueron rechazadas.

164.En 2008 y hasta el 15 de octubre de 2009 fueron revocados completamente 47 permisos de contratación de trabajadores extranjeros en los servicios de enfermería. En ocho casos, esa revocación fue de carácter temporal y en seis casos se concedieron permisos a título de prueba. En 27 casos se denegaron licencias y permisos. Además, a raíz de investigaciones y audiencias administrativas se clausuraron agencias de contratación en casos en que los gerentes de las agencias abusivas, pese a haber recibido órdenes de clausura, continuaban haciendo contrataciones ilegales bajo los auspicios de otra agencia de contratación autorizada. Estas decisiones requirieron arduos preparativos de investigación que se llevaron a cabo en cooperación con diversas ONG, el Ministerio del Interior y la Policía. El Tribunal Nacional del Trabajo, en una serie de fallos dictados en 2008 y 2009 en los que destacó la importancia de vigilar estrechamente a las agencias de contratación de trabajadores extranjeros, rechazó un gran número de apelaciones contra esas revocaciones de permisos y órdenes de clausura.

165.En 2009 solamente se revocaron las licencias y los permisos especiales de contratación de trabajadores extranjeros de 18 agencias; se rechazaron las solicitudes de permisos especiales de contratación de trabajadores extranjeros presentadas por tres agencias; se revocaron dos permisos por un período determinado y se impusieron condiciones a la concesión de permisos a otras cuatro agencias.

166.La Policía se ocupa de todas las poblaciones y presta especial atención a las ramas y especialidades laborales en las que se suele contratar a trabajadores extranjeros, así como a ciertos delitos principales como la explotación, el fraude, la retención de pasaportes, el abuso sexual, el secuestro con fines de trata y el cobro de comisiones excesivas e ilegales. Según fuentes competentes, es imposible afirmar que una población específica de un determinado país de origen sea la población más susceptible al abuso. Sin embargo, el riesgo de abuso es mayor en la medida en que la deuda del trabajador es más cuantiosa, su educación menos avanzada y sus posibilidades de comunicación más limitadas.

167.En el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo sigue desempeñándose una Defensora Pública de las Trabajadoras Extranjeras. Su mandato consiste en salvaguardar los derechos de las trabajadoras extranjeras empleadas en Israel y tramitar las denuncias interpuestas por trabajadoras extranjeras, empleadores, ciudadanos, ONG y el público en general. La Defensora Pública está facultada para recomendar que la División de Aplicación de las Leyes ponga en marcha una investigación penal y se entablen procedimientos administrativos. Además, la Defensora Pública puede autorizar a las trabajadoras extranjeras del sector de la construcción para que cambien de empleador antes de que hayan transcurrido los tres meses reglamentarios. La Defensora Pública también ayuda a las trabajadoras extranjeras del sector de la construcción que deseen normalizar su situación en Israel e inscribirse para conseguir un nuevo empleo en el caso de que hubiesen perdido su situación legal en el país tras no haber estado inscritas legalmente como empleadas durante largo tiempo. Esas trabajadoras deben reunirse con la Defensora Pública, quien les explica su obligación de inscribirse para solicitar únicamente empleos legales autorizados, les proporciona una hoja informativa en sus respectivos idiomas con una descripción de sus derechos y un seguimiento de las denuncias que ha tramitado a fin de garantizar que se pague a las trabajadoras las sumas que se le adeuden. La Defensora Pública, en cooperación con el Departamento de Aplicación de las Leyes del Departamento de Trabajadores Extranjeros, el Ministerio del Interior y el Departamento de Pagos del Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo, examina las denuncias y vigila la aplicación de sus decisiones.

168.En 2009, la Defensora Pública recibió 138 nuevas denuncias, de las que se tramitaron 105. Además, se tramitaron dos denuncias interpuestas en 2007 y 123 presentadas en 2008. Este año la mayoría de las denuncias fue interpuesta por representantes de las trabajadoras extranjeras, como ONG y abogados, y no por las propias trabajadoras. Con todo, no se observó ningún cambio significativo en el número de denuncias.

169.La Defensora Pública también desempeña una función de coordinación central en la revisión de las denuncias a fin de determinar si existe o no violación de las leyes reglamentarias o delito de esclavitud, trabajo forzoso o trata. A continuación la Defensora Pública remite las denuncias a la autoridad competente (el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo o el Ministerio del Interior) cuando se trate de una violación de leyes reglamentarias, y a la Policía, cuando se trate de un delito de trata, esclavitud y trabajo forzoso. Por último, la Defensora Pública proporciona un foro para que las ONG informen al Gobierno de las nuevas tendencias y los problemas emergentes.

Visado temporal

170.Las trabajadoras migrantes que han sido víctimas de delitos y cuyas quejas están en proceso de investigación por el departamento Saar de la unidad Lahav de la Policía se benefician de una prórroga temporal de su estadía. Son puestas en libertad y trasladadas a los refugios para las víctimas de la trata, donde se les permite trabajar durante su estadía hasta que hayan prestado testimonio contra el autor de los hechos. Además, una vez terminado el procedimiento penal, pueden solicitar al Ministerio del Interior un visado para prolongar su estadía con fines de rehabilitación.

171.Los empleadores pueden ser procesados por violaciones de las leyes laborales en Israel, incluida la Ley de los trabajadores extranjeros, 5751-1991 (en adelante denominada la Ley de los trabajadores extranjeros), la cual fue revisada en 2000 a fin de garantizar la protección de los derechos de los trabajadores extranjeros.

172.La Ley de los trabajadores extranjeros y sus reglamentaciones conexas imponen otras obligaciones a los empleadores de trabajadores extranjeros, incluida la obligación de dar a los trabajadores un contrato de trabajo detallado en su idioma (sección 1C), la obligación de proporcionar a los empleados una vivienda digna (sección 1E) y la obligación de proporcionar a los empleados un seguro médico privado por toda la duración del período de empleo (sección 1D). Toda violación de estas disposiciones, incluidas las deducciones salariales ilegales, constituye un delito punible con elevadas multas administrativas o penales. En julio de 2009 se enmendó esta Ley (enmienda Nº 11) a fin de incluir la sección 1N1, según la cual la falta de pago de una multa perentoria impuesta a raíz de una violación de la Ley de los trabajadores extranjeros o de la segunda adición a la Ley del Tribunal del Trabajo, 5729-1969 (Ley del Tribunal del Trabajo), constituye motivo de anulación o rechazo de un permiso de contratación de trabajadores extranjeros por parte del empleador multado.

173.La enmienda Nº 14 a la Ley de Servicios de Empleo penaliza el cobro de comisiones de contratación excesivas e ilegales a trabajadores extranjeros y castiga este delito con penas de prisión de hasta seis meses y/o multas de hasta 200.000 NSI (54.054 dólares de los EE.UU.). Esta enmienda incluye asimismo una orden temporal (en vigor hasta el 1º de julio de 2011) por la que se modifica la Ley de prohibición del blanqueo de dinero, 5760-2000, en el sentido de tipificar el cobro de comisiones excesivas como delito básico.

174.Las Reglas sobre los Servicios de Empleo (Comisiones de contratación), 5766-2006, (Reglas sobre los Servicios de Empleo (Comisiones de contratación)) limitan las comisiones por concepto de contratación que pueden cobrar las agencias de contratación israelíes a 3.135 NSI (847,30 dólares de los EE.UU.), o el 88% del salario mínimo mensual, tras restarle toda suma previamente pagada por los trabajadores a una agencia de contratación extranjera. No obstante, la agencia puede recabar legítimamente el reembolso del pasaje aéreo del país de origen a Israel por los trabajadores extranjeros. Las Reglas también especifican las condiciones en que está permitido cobrar la comisión; por ejemplo, estipulan que debe existir un contrato vigente entre la agencia y el trabajador o trabajadora. Además, las Reglas definen las circunstancias en que las agencias de contratación deben reembolsar las sumas cobradas a los trabajadores extranjeros.

175. Con arreglo a las Reglas sobre los Servicios de empleo (Distribución de información), 5766-2006, las agencias de contratación deben proporcionar a los trabajadores extranjeros toda la información pertinente con respecto a sus derechos y obligaciones como trabajadores extranjeros en Israel, por ejemplo el nombre de su empleador, la fecha de vencimiento del permiso de empleo del empleador, una descripción del puesto, información sobre las comisiones de contratación permitidas, etc.

176.A partir del 1º de septiembre de 2010, las agencias privadas de contratación de trabajadores extranjeros en Israel no están autorizadas a cobrar comisiones a los trabajadores extranjeros que buscan empleo.

La Dirección de Población, Inmigración y Fronteras

177. El 13 de abril de 2008, el Gobierno aprobó la resolución Nº 3434, conforme a la cual se estableció la nueva Dirección de Población, Inmigración y Fronteras. Esta Dirección tomó a su cargo ciertas funciones que formaban parte de las atribuciones de la Administración de Inmigración y a partir de enero de 2009 todas las cuestiones relativas a los trabajadores extranjeros y palestinos pasaron a ser de la competencia de esta Dirección. La Dirección funciona como órgano independiente dentro del Ministerio del Interior, con el que comparte la autoridad en materia de población, inmigración y cuestiones fronterizas, esferas que anteriormente competían a la Administración de Inmigración y a otros ministerios.

Participación como miembro de Histadrut (la Federación General de Trabajadores de Israel)

178.El 24 de noviembre de 2009, la dirección de Histadrut decidió presentar una moción a la junta de representantes de la organización con miras a modificar la constitución de Histadrut a fin de permitir que los trabajadores extranjeros pudiesen ser miembros de pleno derecho de la federación. Anteriormente, sólo tenían derecho a ser miembros los trabajadores que fuesen ciudadanos o residentes de Israel. Gracias a esa enmienda a la constitución de la organización, los trabajadores extranjeros podrán ser miembros plenos y en pie de igualdad y gozarán de plenos derechos, incluido el derecho de asociación, el derecho a votar y ser elegido y a otros beneficios ofrecidos por la organización. Esta enmienda no sólo tendrá consecuencias para los derechos individuales de los trabajadores extranjeros sino también para la capacidad de Histadrut de representar oficialmente a los trabajadores extranjeros, así como de promover su protección y afianzar sus derechos.

Aplicación de los derechos de los trabajadores extranjeros

179.Entre enero y noviembre de 2009, la División de Aplicación de la Legislación Laboral del Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo interpeló a más de 850 empleadores con respecto a presuntas violaciones de la Ley de salario mínimo, 5747-1987 (Ley de salario mínimo) y en 2009 se abrieron investigaciones sobre 500 de esos empleadores. Además, se formularon cargos contra 44 empleadores y se impusieron 413 multas administrativas por un valor total de aproximadamente 3 millones de NSI (810.811 dólares de los EE.UU.). En años recientes ha disminuido el número de investigaciones gracias a una aplicación más estricta y eficaz, que a su vez ha redundado en un menor número de denuncias. A efectos de comparación, el número de investigaciones abiertas sobre empleadores de trabajadores extranjeros en los años precedentes fue el siguiente: en 2004, 9.834; en 2005, 4.170; en 2006, 3.743; y en 2007, 3.111.

180.En 2009, la División de Aplicación de las Leyes del Departamento de Trabajadores Extranjeros del Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo impuso unas 2.052 multas administrativas a empleadores de trabajadores extranjeros por violación de la Ley de los trabajadores extranjeros, por un valor total de aproximadamente 29.182.500 NSI (7.887.162 dólares de los EE.UU.), desglosadas de la forma siguiente: 272 multas administrativas por valor de 14.422.500 NSI (647.297 dólares de los EE.UU.); 1.063 multas administrativas actualmente pendientes por un total de 14.422.500 (3.897.973 dólares de los EE.UU.); 286 multas administrativas por valor de 6.310.000 NSI (1.705.405 dólares de los EE.UU.) relacionadas con procedimientos judiciales pendientes; 328 multas administrativas por valor de 4.605.000 (1.244.595 dólares de los EE.UU.) que están en curso de recaudación; y 94 multas administrativas por valor de 1.340.000 NSI (362.162 dólares de los EE.UU.) que fueron anuladas.

Número de audiencias administrativas y decisiones por sector, 2009

Sector

Audiencias

Decisiones adoptadas

Permisos anulados

Número de audiencias en las que se pusieron restricciones

Número de audiencias en las que no se impusieron restricciones/anulaciones

Audiencias en curso

Enfermería

100

53

27

16

10

46

Agricultura

11

4

2

-

2

7

Industria y restaurantes

12

8

5

-

3

4

Construc ción

1

1

1

-

-

-

Total

124

66

35

16

15

57

Fuente: Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo, noviembre de 2009 .

181.En 2009 se formularon 934 cargos penales contra empleadores y agencias de contratación de personal por violaciones de la legislación laboral relativa al empleo de trabajadores extranjeros (hasta octubre de 2009); el Departamento impuso unas 196 multas a empleadores de trabajadores extranjeros por violación de la Ley de salario mínimo, lo que dio lugar a la recaudación de un total de 1.923.000 NSI (506.053 dólares de los EE.UU.) y a 171 sentencias. El monto total de las multas penales impuestas por los tribunales del trabajo en todos esos casos se elevó a 7.788.280 NSI (2.104.941 dólares de los EE.UU.).

182.Además, en 2009 se revocaron los permisos de contratación de enfermeros extranjeros a 15 empleadores inhabilitados y en cuatro casos se impusieron condiciones o limitaciones pertinentes a permisos vigentes. Por ejemplo, el 6 de septiembre de 2009 se rechazó un recurso de apelación de una empresa de cooperativas agrícolas que había sido condenada al pago de la máxima multa prevista por la ley por abuso de trabajadores extranjeros. En este caso, se constató que dos de los trabajadores empleados por la empresa vivían en condiciones infrahumanas. El Tribunal del Trabajo de Be’er Sheva impuso a la empresa empleadora la multa máxima de 939.600 NSI (253.946 dólares de los EE.UU.), así como una multa adicional de 261.000 NSI (70.541 dólares de los EE.UU.) a cada uno de los directores de la empresa, que se reemplazaría por una pena de prisión de un año en caso de mora en el pago de la multa. El Tribunal Nacional del Trabajo reafirmó la decisión del Tribunal del Trabajo de Be’er Sheva y recalcó que las multas impuestas en tales casos de abuso y cosificación de trabajadores extranjeros debía ser elevada, habida cuenta del interés público y la necesidad de desalentar las violaciones de la legislación relativa a la contratación de trabajadores extranjeros (véase A. 13/07 Nir-Am Cohen Vegetables Agricultural Cooperative Society et al. c. el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo (6.9.09)).

183.El 6 de agosto de 2007, el Tribunal de Distrito de Jerusalén falló que la violación de un permiso de empleo por un empleador al contratar a un trabajador extranjero como masajista y no como trabajador agrícola constituía de por sí una prueba administrativa que justificaba la anulación del permiso de trabajo. En este caso también se había acusado al empleador de tener relaciones sexuales con una trabajadora extranjera cuyo consentimiento se debió al aprovechamiento indebido de la relación de autoridad por parte del empleador (Ad. P. 350/07 Schlomo Mutsafi et al. c. el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo (6.8.07)). La decisión de anular los permisos de contratación de trabajadores extranjeros concedidos al empleador como resultado de los cargos antes mencionados fue confirmada por el Tribunal Supremo (Ad.P.A. 7216/07 Schlomo Mutsafi et al. c. el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo (24.12.07)).

184.La legislación laboral israelí, incluidas las órdenes de prórroga y los convenios colectivos, se aplica a los trabajadores extranjeros en la misma medida que a los trabajadores israelíes. Por ejemplo, en noviembre de 2005, el Tribunal del Trabajo de Be’er-Sheva estimó que las disposiciones de un convenio colectivo por el que se concedían ciertos beneficios únicamente a los empleados de hoteles cuyas tarjetas de identidad los identificasen como residentes de Eilat constituían discriminación contra los trabajadores extranjeros de esos hoteles y exigió que esos beneficios se hicieran pagaderos también a los trabajadores extranjeros. (La.C. 604/04 Ahmad Montilo c. Isrotel Ltd. et al. (29.6.05)).

185.Además, en febrero de 2006, el Tribunal Regional del Trabajo de Tel-Aviv declaró que los trabajadores extranjeros empleados ilegalmente en Israel que fuesen deportados de Israel como resultado de su situación ilegal también gozaban de los derechos laborales previstos en la ley, incluida la indemnización por despido (La.C. 481/05 Arnel Marco et al. c. Pnina Rozenblum (21.2.06)).

186.En consecuencia, los tribunales de examen de la legalidad de las detenciones suelen remitir las reclamaciones relativas a salarios y prestaciones pendientes de pago presentadas por trabajadores extranjeros ilegales detenidos a los inspectores del trabajo, los cuales se ponen en contacto con los empleadores a fin de recabar el pago correspondiente en nombre de los trabajadores antes de su deportación. En 2008 se recaudaron 723.777 NSI (465.886 dólares de los EE.UU.) en nombre de trabajadores extranjeros detenidos. Además, se permite el reingreso temporal de los trabajadores extranjeros que han salido del país cuando se requiera su presencia para que presten testimonio contra sus antiguos empleadores.

187.La Policía se ocupa de todas las poblaciones y sectores y presta especial atención a las ramas y especialidades laborales en las que se suele contratar a trabajadores extranjeros, así como a ciertos delitos principales como la explotación, el fraude, la retención de pasaportes, el abuso sexual, el secuestro con fines de trata y el cobro de comisiones excesivas e ilegales.

Difusión de información a los trabajadores extranjeros sobre sus derechos

188.El Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo publicó en inglés, ruso, rumano, turco, tailandés y chino un folleto especial sobre los derechos de los trabajadores extranjeros en el sector de la construcción. El folleto recomienda a las trabajadoras que se pongan en contacto con la Defensora Pública de las Trabajadoras Extranjeras cuando estimen que se han violado esos derechos.

189.Las agencias de contratación privadas que hayan contratado a trabajadores extranjeros en el sector de la construcción tienen la obligación de distribuir el folleto a todos los trabajadores contratados y los directores de esas agencias deben presentar una declaración jurada al Departamento de Trabajadores Extranjeros del Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo en la que aceptan responsabilidad personal respecto de la distribución del folleto a todos los trabajadores.

190.Por otra parte, como se mencionó anteriormente, las Reglas sobre los Servicios de Empleo (Distribución de información) exigen que las agencias de contratación proporcionen a los trabajadores extranjeros toda la información relativa a sus derechos y obligaciones como trabajadores en Israel (por ejemplo, las tasas de comisión permitidas, etc.).

191.Además, en el sitio web del Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo se ha publicado en inglés, hebreo, chino, tailandés, ruso, rumano y turco un folleto sobre los derechos laborales generales de que gozan los trabajadores extranjeros en Israel. El Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo también entrega este folleto a todos los trabajadores extranjeros que llegan al Aeropuerto Ben Gurion.

192.La Embajada de Israel en Tailandia ha puesto en práctica otro método para difundir ese tipo de información. En cooperación con el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo y el Ministerio de Trabajo de Tailandia se publicó un folleto con información sobre los derechos de los trabajadores extranjeros en Israel. Este folleto, en tailandés, contiene información sobre los derechos laborales y de seguridad social de los trabajadores, así como información de otra índole, como números de teléfono útiles, datos sobre servicios de atención médica y vocabulario hebreo básico. El folleto se adjunta al pasaporte de cada trabajador o trabajadora que recibe un visado para ingresar en Israel.

Comisión Especial del Knesset sobre los Trabajadores Extranjeros

193.La Comisión Especial del Knesset sobre los Trabajadores Extranjeros celebra sesiones periódicas sobre cuestiones y denuncias relativas a la situación de los trabajadores extranjeros en Israel. La Comisión ha tratado a fondo muchas cuestiones relativas a los trabajadores extranjeros en Israel durante el período 2008-2010 y ha solicitado actualizaciones a raíz de la labor realizada por la nueva Dirección de Población, Inmigración y Fronteras en esta esfera. Entre las muchas cuestiones que ha tratado la Comisión figuran las siguientes: aplicación de los derechos de los trabajadores extranjeros, denuncias sobre la observancia de esos derechos en el sector agrícola, examen de las reformas promulgadas en el sector de la enfermería, seguridad e higiene en las fábricas, deportación de trabajadores extranjeros ilegales, necesidades de recursos humanos en el sector de la construcción, una propuesta relativa a la salida voluntaria de trabajadores extranjeros procedentes de Estados africanos que han terminado su estadía en Israel, capacitación en el empleo en el sector de la construcción, relaciones entre empleadores y empleados en el sector de la enfermería, etc.

Acuerdos bilaterales con países de origen

194.Durante el período 2009-2010, el Gobierno continuó adoptando medidas para ultimar los acuerdos bilaterales con los países de origen de los trabajadores extranjeros, bajo la supervisión de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), con respecto a la contratación de trabajadores extranjeros en Israel. Se hacen todos los esfuerzos posibles por celebrar acuerdos bilaterales con otros países en relación con la contratación de trabajadores extranjeros en Israel.

Participación en la toma de decisiones y representación a nivel internacional

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 20 de la lista de cuestiones

Las mujeres en el Gobierno

195.Actualmente 22 de los 120 miembros del Knesset son mujeres (el 18,3%). Dos de esas parlamentarias ocupan cargos de Ministro de Gobierno, a saber, la Sra. Sofa Landver como Ministra de Integración de Inmigrantes y la Sra. Limor Livnat como Ministra de Cultura y Deportes; y tres parlamentarias ocupan cargos de Ministro Adjunto: la Sra. Gila Gamliel como Ministra Adjunta para el Adelanto de los Jóvenes, los Estudiantes y las Mujeres; la Sra. Orit Noked como Ministra Adjunta de Industria, Comercio y Trabajo; y la Sra. Lea Ness como Ministra Adjunta de Asuntos de las Personas de Edad. Además, dos parlamentarias se desempeñan como presidentas de comisiones permanentes del Knesset, a saber, la Sra. Tzipi Hotobeli como Presidenta de la Comisión para el Adelanto de la Condición de la Mujer y la Sra. Shelly Yecimovich como Presidenta de la Comisión de Ética; además, la Sra. Orit Zuaretz ocupa el cargo de Jefa del Subcomité sobre la Trata de Mujeres.

196.En octubre de 2010, de 255 posibles cargos, sólo cinco mujeres habían sido nombradas y se desempeñaban como alcaldesas o jefas de los consejos o administraciones locales. Las autoridades locales emplean a un total de 3.250 personas en cargos públicos electos, de las cuales sólo 376 (el 11,5%) son mujeres.

La mujer en la administración pública

197.En enero de 2009 la administración pública constaba de 53.069 funcionarios, de los cuales el 65% eran mujeres. La tasa de funcionarias con títulos académicos de primer y segundo ciclos es superior a la de sus colegas masculinos. Sin embargo, la tasa de funcionarios varones con un título de doctorado es superior a la de funcionarias con ese grado académico.

198.Además, las mujeres ocupaban el 46% de los cuatro cargos más altos de la escala jerárquica y el 41% de los tres cargos más altos. Las mujeres también representaban el 60% de los funcionarios con cargos entre la quinta y la séptima categorías superiores y el 72% de los cargos de octava categoría e inferiores.

La mujer en el Servicio Exterior

Rama política

199.En 2010, en la rama política del Ministerio de Relaciones Exteriores, de un total de 38 embajadores había cuatro mujeres con ese cargo (el 11%). Además, 21 mujeres se desempeñaban como enviadas (el 20%), 23 como enviadas-consultoras (el 19%) y 28 como consultoras (el 39%). También en 2010, 17 mujeres ocupaban el cargo de primer secretario (el 50%), 6 el cargo de segundo secretario (el 27%) y 23 eran pasantes en la rama política (el 40%).

Rama no administrativa

200.En 2010, de un total de 11 embajadores en esta rama, una sola mujer ocupaba ese cargo (el 10%). Además, 14 mujeres se desempeñaban como enviadas (el 44%), 27 como enviadas-consultoras (el 45%) y 49 como consultoras (el 64%). En 2010 asimismo, 92 mujeres ocupaban el cargo de primer secretario (el 60%), 23 el cargo de segundo secretario (el 77%) y 8 eran pasantes en la rama política (el 31%). De los 88 jefes de misión 11 eran mujeres (el 12%).

La mujer en las administraciones locales

201.En octubre de 2010 no había ninguna mujer árabe en los consejos o administraciones locales. Ello podría explicarse a la luz de diversos factores socioculturales, como la influencia de la religión y la tradición local en ciertas comunidades minoritarias, que puede constituir una limitación para las mujeres a la hora de considerar la posibilidad de presentarse como candidatas o de ser elegidas a esos cargos.

202.La Ley de las administraciones locales (Asesora sobre la Condición de la Mujer) obliga a todos los consejos locales a promover activamente la condición de la mujer. A tal fin, cada consejo debe nombrar a una Asesora sobre la Condición de la Mujer que rinde cuentas directamente al alcalde y/o al presidente del consejo local encargado de las cuestiones conexas. Como subordinada directa del presidente del consejo local, la Asesora está encargada de asegurar la comunicación permanente entre el presidente del consejo y el consejo local de mujeres (cuando exista) y de poner en marcha políticas para el adelanto de la mujer en el marco de la administración local. Como garantía adicional, la Ley también faculta al Ministro del Interior para ordenar a los consejos locales que acaten las disposiciones de la Ley y, si no lo hiciesen, para designar personalmente a una Asesora sobre la Condición de la Mujer en nombre de dichos consejos. En julio de 2010, 225 de las 255 administraciones locales habían nombrado a una Asesora.

Legislación

203.En 2010 se presentaron las siguientes enmiendas legislativas:

Ley de financiación de los partidos políticos (Enmienda sobre la promoción de la igualdad de representación de mujeres y hombres), 5770-2010

204.Esta enmienda prevé el aumento de la financiación de todo partido político que cuente con un 35% de mujeres entre sus miembros del Knesset en 5 millones de NSI (1.351.351 dólares de los EE.UU.) divididos proporcionalmente entre el número total de partidos con representación de mujeres en el Knesset que cumplan las condiciones para recibir esta suma adicional. El propósito de esta propuesta es proporcionar un incentivo a los partidos que fomenten la representación de la mujer con miras a lograr una representación equitativa de ambos sexos en el Knesset.

Ley de las administraciones locales (Elecciones) (Enmienda sobre la representación adecuada de la mujer en las elecciones a las administraciones locales), 5770-2010.

205.Conforme a esta enmienda, no será admisible ninguna lista de candidatos a las elecciones locales en la que no haya una candidata mujer por cada tres candidatos. La integración de la mujer en la política es un factor sumamente importante para la promoción de la igualdad de género y constituye asimismo una forma de participación de la comunidad en su conjunto en la política, especialmente en la política local, que tiene consecuencias para la vida de todos los ciudadanos y para las mujeres en particular.

206.Estas dos propuestas de enmienda se encuentran en una etapa muy incipiente y aún no han sido aprobadas.

Actividades

207.En octubre de 2010, la Dirección para el Adelanto de la Condición de la Mujer, en cooperación con importantes ONG, incluidas Wepower-Advancement of Women Leadership in Israel (en adelante denominada Wepower), celebró una conferencia en la ciudad de Netanya con miras a promover el liderazgo de la mujer. La conferencia se centró en el tema de la promoción del liderazgo de la mujer en la política local y contó con la asistencia de 250 mujeres de todo el país. En marzo de 2010, la Dirección organizó una conferencia para mujeres en Herzliya sobre el tema "Mujeres influyentes en el derecho y la seguridad".

208.En diciembre de 2009, la Dirección auspició una conferencia titulada "La mujer como líder de la igualdad en las administraciones locales". La conferencia, organizada en cooperación con Wepower, se celebró en la residencia del Presidente en Jerusalén y contó con la asistencia de la Ministra Adjunta para el Adelanto de los Jóvenes, los Estudiantes y las Mujeres, el Presidente del Knesset y otros parlamentarios y personalidades importantes. El objetivo de esta conferencia era aumentar la toma de conciencia sobre la cuestión de la participación de la mujer en la vida política de Israel. También en diciembre de 2009, la Dirección organizó una conferencia destinada a mujeres beduinas prominentes en la que participaron 50 mujeres políticamente activas con el fin de promover las actividades de las mujeres beduinas en todas las esferas, incluida la política.

209.La Dirección tiene previsto anunciar una licitación para la contratación de un organismo que se encargue de elaborar, administrar y poner en marcha un programa de capacitación de la mujer en las administraciones locales de todo Israel centrado en los temas de liderazgo de la mujer y potenciación económica de la mujer. El objetivo es lograr la integración de la mujer en puestos influyentes en la sociedad israelí y alentarla a participar en la vida política.

210.Las resoluciones del Gobierno Nº 412 y Nº 413 tienen por objeto promover el adelanto de las poblaciones drusa, circasiana y beduina. Atendiendo a ese objetivo, la Dirección organiza cursos sobre liderazgo y empoderamiento de la mujer para las mujeres beduinas y drusas en las correspondientes administraciones locales.

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 21 de la lista de cuestiones

211.Con miras a potenciar aun más las oportunidades de la mujer, la Dirección para el Adelanto de la Condición de la Mujer ha puesto en marcha actividades encaminadas a aumentar los conocimientos y el compromiso de las mujeres integrantes de los consejos locales respecto de la condición de la mujer en sus respectivas localidades. Estos planes tienen beneficios a largo plazo además de las ventajas inmediatas. Las actividades previstas tenían por objeto contribuir a crear un cuadro de mujeres que estuviesen en condiciones de presentar su candidatura a las elecciones locales de noviembre de 2008 y brindar a esas mujeres los conocimientos y las aptitudes, el empoderamiento personal e institucional y la oportunidad de establecer una amplia red de contactos, elementos indispensables para llevar a cabo campañas eficaces.

212.La Dirección también patrocina constantemente cursos y talleres destinados a las personas que prestan asesoramiento a los alcaldes y los presidentes de los consejos locales. En estos cursos auspiciados por la Dirección se hace hincapié en las aptitudes personales, se inculcan los valores relacionados con la igualdad de género y se ofrecen a los participantes otros conocimientos académicos y prácticos. Por ejemplo, como parte de este curso los participantes deben analizar los presupuestos municipales desde la perspectiva de género y a esos efectos reciben orientación y apoyo por parte de expertos. En cooperación con la Asesora sobre la Condición de la Mujer en la Administración Pública, la Dirección ha promovido activamente los intereses de las personas encargadas de supervisar la condición de la mujer en los ministerios gubernamentales. Este apoyo ha incluido la organización de cursos prácticos y conferencias y la preparación y distribución de material informativo, entre muchas otras cosas.

213.En lo que respecta a las empresas públicas, el 28 de marzo de 2010 el Gobierno decidió confiar a la Dirección de Empresas Públicas la responsabilidad de nombrar a supervisores del adelanto de la condición de la mujer en las empresas públicas, las empresas subsidiarias y las empresas mixtas conforme a la ley (resolución del Gobierno Nº 1563). Conforme a esta resolución, las empresas tienen la obligación de prestar capacitación a esas personas en relación con su cargo según lo dispuesto en las directrices formuladas por la Dirección de Empresas Públicas en consulta con la Dirección para el Adelanto de la Condición de la Mujer. La Dirección de Empresas Públicas debe notificar a la Dirección para el Adelanto de la Condición de la Mujer respecto del nombramiento de dichos supervisores.

Medidas temporales especiales

214.El porcentaje de directoras en las juntas directivas de empresas públicas aumentó de un 33,5% en 2007 a un 42% en octubre de 2010. El 11 de marzo de 2007, el Gobierno decidió ordenar a los ministros que nombraran a mujeres en las juntas directivas de las empresas públicas hasta que se alcanzara una representación de la mujer del 50% en un plazo de dos años desde la fecha de aprobación de la resolución del gobierno (resolución del Gobierno Nº 1362). Gracias a ello la representación de la mujer en las juntas directivas de las empresas públicas ha aumentado y alcanzó un 42% en octubre de 2010 (en comparación con el 33,5% en febrero de 2007).

La judicatura

215. La judicatura es uno de los sectores profesionales en que las mujeres han logrado eliminar la desigualdad de representación, como demuestran las cifras que figuran a continuación. El número de juezas sigue en aumento paralelamente al aumento del número de jueces en general. A fines de noviembre de 2010 había 314 juezas de un total de 613 jueces (el 51,2% de la judicatura de Israel, en comparación con un 49,8% en 2008). De un total de 13, el número de magistradas del Tribunal Supremo sigue siendo cinco (el 38,5%), incluida la Presidenta del Tribunal Supremo, Dorit Beinisch. Además, hay 67 juezas en los tribunales de distrito (de un total de aproximadamente 90 jueces), 150 juezas en los tribunales de magistrados, 29 juezas en los tribunales de familia, 11 juezas en los tribunales de jóvenes, 13 juezas en los tribunales del tránsito y 36 juezas en los tribunales del trabajo a nivel de distrito.

La mujer árabe en las administraciones locales

216.Véase supra la respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 20 de la lista de cuestiones.

Promoción de la representación de la mujer árabe en los cargos electos y en los nombramientos a órganos en todas las esferas de la vida pública

217.Las resoluciones del Gobierno Nº 412 y Nº 413 tienen por objeto promover el adelanto de las poblaciones drusa, circasiana y beduina. Atendiendo a ese objetivo, la Dirección organiza cursos sobre liderazgo y empoderamiento de la mujer para las mujeres beduinas y drusas en las correspondientes administraciones locales.

218.En 2010 (hasta el mes de septiembre), se pusieron en marcha más de 30 cursos sobre diversas materias en los municipios del norte. En 2009 se impartieron 55 cursos a mujeres de las poblaciones minoritarias de las localidades de Abtin, Bueina Nugidat, Bir-Almaxsur, Bait-Djan, Bosmat-Tivon, Julees, Dmaida, Zarzir, Husina, Sagour y muchas otras.

219.Además, de conformidad con las resoluciones Nº 312 y Nº 413, la Dirección para el Adelanto de la Condición de la Mujer concede becas a mujeres estudiantes de la población beduina del norte, así como de las comunidades drusa y circasiana. En 2008-2009 se ofrecieron 200 becas y recientemente la Dirección difundió una invitación a las mujeres beduinas, drusas y circasianas a presentar solicitudes de becas para el año entrante (2010‑2011).

220.Los anuncios y las campañas de la Dirección se difunden en varios idiomas, incluido el árabe, a fin de que lleguen a las mujeres árabes y redunden en una mayor sensibilización de estas mujeres y de la población árabe en general. La Dirección organiza seminarios y conferencias para el empoderamiento de la mujer en cooperación con diversas ONG y la sociedad civil. Véase supra la respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 20 de la lista de cuestiones.

221.La Dirección supervisa y sigue de cerca los nombramientos a equipos, comités, consejos y otros órganos públicos, los cuales están obligados por ley a aplicar la igualdad de género, y envía notificaciones a todos los órganos encargados de esos nombramientos a fin de recordarles su obligación legal de informar a la Dirección de todo nuevo órgano que se establezca.

222.Durante la primera mitad de 2010, la Dirección envió 215 recordatorios y solicitudes en ese sentido a los órganos encargados de hacer nombramientos. Cuando la representación de la mujer es insuficiente, la Dirección envía otras notificaciones y presenta informes al Knesset sobre sus actividades.

Datos relativos a la representación de la mujer en la administración pública

223. En 2007, el número de árabes y drusos admitidos como funcionarios de la administración pública ascendió a 392 (un 8,7% del total de nuevos funcionarios ese año), de los cuales 156 eran mujeres (el 5,5%). En 2008, el número de árabes y drusos contratados en la administración pública se elevó a 578 (un 11,6%), de los cuales 282 eran mujeres (el 9,26%). En 2009 las cifras correspondientes fueron de 457 nuevos funcionarios árabes y drusos (el 9,3%), de los cuales 182 eran mujeres (el 6,4%). En 2009, el 39,8% del total de funcionarios árabes, drusos y circasianos recientemente contratados eran mujeres, en comparación con un 34,2% en 2003, un 35,3% en 2007 y un 36,8% en 2008.

Nacionalidad

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 22 de la lista de cuestiones

Ley de nacionalidad y entrada en Israel (Orden temporal), 5763-2003 (en adelante denominada la Ley de nacionalidad y entrada en Israel (Orden temporal))

224.Desde el inicio del conflicto armado entre Israel y los palestinos hacia fines de 2000, que entre otras cosas dio lugar a la comisión de docenas de atentados suicidas con bombas al interior de Israel, se ha observado una participación cada vez mayor de palestinos originarios de la Ribera Occidental y la Franja de Gaza en la asistencia prestada a organizaciones terroristas. Esas personas son portadoras de documentos de identidad israelíes con arreglo a los procedimientos de reunificación familiar con nacionales o residentes israelíes, lo que les permite circular libremente entre la Ribera Occidental y la Franja de Gaza y dentro de Israel.

225.A fin de prevenir el riesgo potencial que representan los antiguos residentes de esas zonas durante el actual conflicto armado, en mayo de 2002 el Gobierno decidió suspender temporalmente su condición de residentes legales en virtud del proceso de reunificación familiar. Esa decisión fue adoptada a raíz de la terrible oleada de ataques terroristas perpetrados en marzo de 2002, en los que murieron 135 israelíes y otras 721 personas resultaron heridas.

226.Además, entre septiembre de 2000 y finales de 2006, 38 de los 172 ataques terroristas sufridos por Israel fueron cometidos por esa clase de personas. El número de heridos como consecuencia de esos 38 ataques terroristas representa el 86% del total de heridos en atentados terroristas. Por ejemplo, en 2007 fue detenida —sólo 12 minutos antes de inmolarse en un restaurante en Israel— a una mujer de 20 años de madre árabe israelí de Kfar Qasem y de padre palestino, la cual portaba una bomba que había escondido la noche anterior en la casa de un familiar en Kfar Qasem. Las situaciones como ésta son resultado de las enormes dificultades que se enfrentan para obtener información sobre residentes de la Ribera Occidental.

227.Israel, como cualquier otro Estado, tiene derecho a controlar la entrada a su territorio, especialmente en períodos de conflicto armado, cuando las personas que solicitan la entrada podrían participar en actos de violencia contra sus ciudadanos. Cabe destacar que si bien el valor de la vida familiar es sagrado, no es necesario hacerlo efectivo en Israel cuando puede realizarse plenamente en la Ribera Occidental.

228.El 31 de julio de 2003, el Knesset promulgó la Ley de nacionalidad y entrada en Israel (Orden temporal), 5763-2003, la cual limita la posibilidad de conceder a los residentes de la Ribera Occidental y la Franja de Gaza la nacionalidad israelí con arreglo a la Ley de nacionalidad, 5712-1952, incluso por motivos de reunificación familiar; y restringe asimismo la posibilidad de conceder a esos residentes permisos de entrada en Israel con arreglo a la Ley de la entrada en Israel, 5712-1952. Esta Ley fue enmendada en 2005 y 2007 a fin de ampliar el socorro humanitario previsto inicialmente. Esas enmiendas también hicieron extensiva la aplicación de la Ley a nacionales de Estados enemigos (a saber, el Irán, Siria, el Líbano y el Iraq). Posteriormente una versión modificada de la Ley prorrogó su vigencia hasta el 31 de julio de 2008, seguida de otras dos prórrogas hasta el 31 de julio de 2010. El 31 de julio de 2010 la Ley se prorrogó nuevamente y está vigente hasta el 31 de julio de 2011. Esta Ley permite la entrada en Israel a efectos de tratamiento médico, empleo y otros motivos de carácter temporal por un período total de hasta seis meses.

229.Por otra parte, el Ministro del Interior puede aprobar una solicitud de reunificación familiar para personas casadas con israelíes y residentes en la Ribera Occidental, hombres mayores de 35 años y mujeres mayores de 25 años.

230.La Ley también faculta al Ministro del Interior a conceder permisos de residencia a niños menores de 14 años uno de cuyos progenitores sea residente legal en Israel. Con respecto a los menores de edad que tengan más de 14 años, la Ley dispone que el Ministro del Interior tiene la facultad de conceder permisos temporales en determinadas circunstancias.

231.Además, la Ley autoriza al Ministro del Interior, por razones humanitarias especiales y conforme a la recomendación de una comisión de profesionales nombrada a tal fin, a conceder permisos de residencia temporales a residentes de la Ribera Occidental o a nacionales del Irán, el Iraq, Siria o el Líbano que tengan algún familiar con residencia legal en Israel, y a aprobar las solicitudes de permisos de permanencia cursadas por residentes de la Ribera Occidental que tengan algún familiar que sea residente legal en Israel.

232.Cuando el Ministro del Interior adopte tales decisiones deberá fundamentarlas y presentarlas por escrito dentro de un plazo de seis meses a partir de la fecha en que la comisión de profesionales haya recibido todos los documentos necesarios. Según lo dispuesto en la Ley, el hecho de que el familiar (por ejemplo, cónyuge, progenitor o hijo) de la persona que solicita el permiso, residente legal en Israel, sea su cónyuge o de que la pareja tenga hijos en común no se considerará por sí solo una razón humanitaria especial. Cuando la persona que solicita el permiso es un residente sirio y su cónyuge es un miembro de la comunidad drusa residente en las Alturas de Golán, que están bajo jurisdicción israelí, el Ministro del Interior puede considerar la posibilidad de invocar una razón humanitaria especial.

233.Conforme a la Ley, tales solicitudes pueden ser denegadas si el Ministro del Interior o determinados funcionarios de los servicios de seguridad estiman que el solicitante, o un familiar de primer grado, representa una amenaza para la seguridad. Cuando se compruebe que una persona o un familiar ha actuado en beneficio del Estado de Israel, la Ley faculta al Ministro del Interior y a determinados funcionarios de los servicios de seguridad a conceder permisos a un residente de la zona. Las disposiciones de la Ley no afectan a las personas cuya situación legal hubiese sido aprobada antes de la entrada en vigor de la Ley. Sin embargo, la situación de esas personas permanecerá invariable.

234.El Tribunal Supremo analizó y reafirmó la constitucionalidad de esta Ley en H.C.J. 7052/03, 7102/03 Adalah – Centro jurídico para los derechos de la minoría árabe en Israel et al. c. el Ministro del Interior (14.5.06). El Tribunal Superior de Justicia, constituido por un grupo ampliado de 11 jueces, rechazó las demandas que impugnaban la legalidad de la Ley en una decisión adoptada por seis de los jueces contra cinco opiniones disidentes.

235.El 17 de diciembre de 2007, el Ministro del Interior anunció la creación de la comisión de profesionales conforme a lo dispuesto en la Ley y nombró a sus miembros.

236.Otras demandas contra la constitucionalidad de la Ley están pendientes ante el Tribunal Superior de Justicia (H.C.J. 466/07, 544/07, 830/07, 5030/07 MK Zehava Galon et al. c. el Ministro del Interior et al .). El 31 de julio de 2008, el Estado presentó su alegato en relación con estas demandas y el 13 de abril de 2010 el Estado envió una notificación suplementaria al Tribunal.

237.En su notificación suplementaria, el Estado aclaró que desde agosto de 2005 el Ministerio del Interior había autorizado la concesión de permisos de residencia en Israel a 4.118 palestinos (más de 1.000 personas al año) sobre la base de solicitudes de reunificación familiar y en virtud de las excepciones previstas en la Ley. El Estado señaló que además de esas cifras, la comisión humanitaria integrada por profesionales había recibido más de 600 solicitudes, de las cuales 282 se habían tramitado y 33 se habían remitido al Ministro del Interior con recomendaciones positivas que fueron atendidas por el Ministro, con la consiguiente concesión de los permisos de residencia en Israel a los solicitantes.

238.El Estado observó también que desde septiembre de 2005 se habían denegado 632 solicitudes de residencia en Israel sobre la base de la reunificación familiar. El examen de las solicitudes denegadas revela que el rechazo se fundó en las siguientes razones: el solicitante era un terrorista (cuatro casos); el solicitante era agente de una organización terrorista (149 casos); el solicitante estaba vinculado a agentes de organizaciones terroristas (63 casos); el solicitante prestaba ayuda a una organización terrorista (22 casos); o el solicitante tenía contacto con familiares que eran agentes de organizaciones terroristas (394 casos).

239.En su respuesta al Tribunal, el Estado señaló asimismo que según datos oficiales, en 2006 las fuerzas de seguridad israelíes habían frustrado 42 ataques terroristas que estaban en la etapa final de preparación o ejecución; en 2007 el número de ataques frustrados había ascendido a 43; en 2008 a 63; en 2009 a 40; y en 2010-2011 hasta la fecha a 11, ocho de los cuales se habían originado en la Franja de Gaza.

Educación

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 23 de la lista de cuestiones

Medidas para reducir las tasas de abandono escolar de las niñas árabes israelíes

240.En 2009-2010, la tasa de abandono escolar de las niñas en los grados 9º a 11º del sistema educativo hebreo osciló aproximadamente entre el 2,3% y el 3,4%, y en el 12º grado fue apenas del 0,8%. En el sistema educativo árabe, si bien es cierto que la tasa de abandono escolar de las niñas árabes superó la de las niñas judías, los niños árabes registraron una tasa de abandono escolar superior a la de las niñas árabes. En el cuadro que figura a continuación se presentan datos relativos a las tasas de abandono, desglosados por grado, sexo y grupo de población.

Alumnos de los grados 7º a 12º. Tasas de abandono escolar por grupo de población y sexo, 2006-2010

Educación hebrea

Educación árabe

2006-2007

2007-2008

2009-2010

2006-2007

2007-2008

2009-2010

Total general

520 189

519 615

519 002

154 967

160 729

171 578

Grado 7º

Total

86 331

86 924

88 432

30 298

30 729

32 924

Tasa de abandono del sistema educativo (%)

0, 5

0, 8

1, 2

1, 3

1, 1

1, 8

Niños (%)

0, 8

1, 3

1, 8

1, 4

1 , 2

2, 0

Niñas (%)

0, 3

0, 4

0, 6

1 , 3

1, 0

1, 6

Grado 8º

Total

87 745

85 591

87 191

30 518

30 487

33 758

Tasa de abandono del sistema educativo (%)

2 , 2

2 , 7

5 , 5

3 , 9

4 , 1

4 , 6

Niños (%)

2 , 8

3 , 8

6 , 4

4 , 9

5 , 1

5 , 9

Niñas (%)

1 , 5

1 , 6

4 , 6

2 , 8

3 , 0

3 , 3

Grado 9º

Total

87 573

89 257

86 898

27 767

29 508

30 083

Tasa de abandono del sistema educativo (%)

3 , 0

3 , 2

5 , 3

11 , 7

12 , 3

15 , 7

Niños (%)

4 , 4

4 , 8

7 , 1

15 , 8

17 , 0

19 , 7

Niñas (%)

1 , 4

1 , 7

3 , 4

7 , 3

7 , 4

11 , 5

Grado 10º

Total

87 359

87 425

86 710

24 381

25 273

26 828

Tasa de abandono del sistema educativo (%)

3 , 4

3 , 7

3 , 8

6 , 6

6 , 6

7 , 0

Niños (%)

4 , 7

5 , 3

5 , 2

9 , 7

10 , 3

10 , 0

Niñas (%)

1 , 9

1 , 9

2 , 3

3 , 5

3 , 0

3 , 9

Grado 11º

Total

88 160

86 636

88 235

22 729

22 866

25 250

Tasa de abandono del sistema educativo (%)

5 , 3

6 , 3

6 , 9

5 , 3

6 , 3

6 , 4

Niños (%)

7 , 9

9 , 5

10 , 5

7 , 5

9 , 3

8 , 9

Niñas (%)

2 , 7

2 , 9

3 , 1

3 , 3

3 , 5

4 , 1

Grado 12º

Total

83 021

83 782

81 536

19 274

21 866

22 735

Tasa de abandono del sistema educativo (%)

1 , 7

1 , 7

2 , 1

1 , 9

1 , 7

1 , 3

Niños (%)

2 , 5

2 , 6

3 , 4

2 , 4

2 , 2

1 , 6

Niñas (%)

0 , 8

0 , 7

0 , 8

1 , 4

1 , 3

1 , 0

Fuente: Oficina Central de Estadística, Compendio de Estadísticas de Israel, 2010 .

241.En el año académico 2009-2010, la tasa de abandono escolar de los alumnos de la enseñanza secundaria (grados 7º a 12º) fue del 4,5% (30.196 de un total de 665.714 alumnos). En ese período, 21.524 alumnos en total abandonaron el sistema educativo hebreo (o un 4,1%, del cual el 5,8% eran niños y el 2,5% niñas) y el número correspondiente de alumnos que abandonaron en el sistema educativo árabe ascendió a 8.672 (o un 5,9%, del cual el 7,8% eran niños y el 4,0% niñas).

242.En 2007 se enmendó la Ley de educación obligatoria, 5709-1949 (en adelante denominada la Ley de educación obligatoria) a fin de ampliar su alcance y hacer extensiva la educación obligatoria a los jóvenes de 15 a 17 años de edad (inclusive) y a los grados 11º y 12º. Antes de esa enmienda, la enseñanza en los grados 11º y 12º era gratuita pero no obligatoria. Con el fin de proteger a los jóvenes contra posibles influencias negativas durante esa etapa vulnerable de la vida y de prepararlos y proporcionarles herramientas más adecuadas para que logren una integración satisfactoria como adultos productivos en la sociedad futura, el Gobierno decidió hacer obligatoria la asistencia a los grados 11º y 12º. Otro efecto deseado de la Ley es la disminución de las tasas de abandono escolar y de retiro de alumnos del sistema educativo al exigir que se hallen soluciones dentro del propio sistema para todos los alumnos de este grupo de edad. Esta enmienda entrará en vigor de forma gradual y debería alcanzar su plena aplicación en 2011.

243.En el Ministerio de Educación funciona una dependencia interna de funcionarios encargados de vigilar la asistencia, los cuales visitan periódicamente las escuelas con el fin de prevenir la deserción escolar. El Ministerio de Educación cuenta asimismo con un departamento especial encargado de mantener la asistencia escolar y evitar que los alumnos abandonen su educación. Este departamento se rige conforme a lo dispuesto en la sección 4 de la Ley de educación obligatoria y en consonancia con la política del Ministerio de Educación. Actualmente existen 498 oficiales encargados de la asistencia, de los cuales 369 trabajan en localidades judías (incluidos 37 en las comunidades ultraortodoxas), 96 en localidades árabes, 17 en localidades beduinas y 16 en localidades drusas.

Medidas para aumentar el número de mujeres árabes israelíes en las instituciones de educación superior

244.Durante los tres últimos decenios y hasta hace poco, la tasa de mujeres matriculadas en programas de pregrado en instituciones de enseñanza superior ha aumentado de forma constante. Esa tasa alcanzó su nivel más alto en 1990, con un 58%, y se estabilizó en un 55% en años recientes. En el año académico 2009-2010, la tasa de mujeres matriculadas en estudios de pregrado en institutos de ingeniería y disciplinas tecnológicas se situó en un 49%, relativamente a la par de la tasa correspondiente a los hombres, y la tasa de mujeres matriculadas en institutos de formación de maestros en el año académico 2009‑2010 superó todas las demás, con un 79%.

245.También se observa un aumento notable de la tasa de mujeres matriculadas en estudios de posgrado (de segundo y tercer ciclo).En el año académico 2009-2010, la tasa de mujeres matriculadas con miras a obtener un segundo título académico ascendió a un 57,7%. En ese año académico la tasa de mujeres matriculadas en programas de doctorado se elevó a un 52,8% y la tasa de mujeres que obtuvieron el título de doctor ascendió aproximadamente a un 51%.

246.La tasa de estudiantes árabes matriculados en programas de pregrado es aún relativamente baja respecto del total de estudiantes en ese nivel, si bien está aumentando lentamente. En el período 2009-2010, esa tasa ascendió al 11% del total de estudiantes matriculados para obtener su primer grado académico. Ese aumento se debe a la apertura de instituciones de educación superior en zonas periféricas, lo que dio lugar a un mayor acceso de la población árabe a la enseñanza superior. Cabe señalar el aumento considerable de la tasa de mujeres árabes matriculadas en universidades, que en 2009-2010 representó el 62% del total de estudiantes árabes (en comparación con el 40% a principios del decenio de 1990 y con el 54% correspondiente a la población judía). Esta notable evolución también está relacionada con la apertura de instituciones de enseñanza superior en zonas periféricas, lo que ha permitido a las mujeres árabes proseguir sus estudios en lugares próximos a su zona de residencia y permanecer así cercanas a su familia y sus círculos sociales.

247.En años recientes se ha observado asimismo un aumento del número de estudiantes árabes que persigue un segundo grado académico (incremento atribuible a su mayor participación en los estudios de pregrado en años recientes). En 2009-2010, los estudiantes árabes matriculados en programas de posgrado de segundo ciclo representaron el 6,6% del total de estudiantes de ese nivel (en comparación con el 3,65% durante el decenio de 1990).

248.El continuado aumento de la tasa de estudiantes árabes en la educación superior se debe asimismo a las clases preparatorias académicas, en las que la proporción de estudiantes árabes se ha incrementado constantemente en años recientes. Los estudiantes árabes representaron el 6,2% del total de estudiantes en las clases preparatorias académicas en 2010 y esa tasa fue aún más elevada —un 11,4%— en las clases preparatorias académicas impartidas por las universidades.

Estereotipos de género en los libros de texto

249.Como se mencionó en el cuarto informe de Israel, el Departamento de Planificación y Elaboración de Planes de Estudio del Ministerio de Educación se ha ocupado activamente de establecer criterios en relación con los libros de texto, concretamente en lo que respecta a los estereotipos de género. Un comité especial creado en 2001 por el Ministro de Educación integró esos criterios en los planes de estudio.

250.El Comité examinó los estereotipos de género que aparecían en los libros de texto utilizados en el sistema educativo israelí y logró eliminarlos completamente de los planes de estudio. El Comité ajustó los criterios anteriores desde los puntos de vista cualitativo y cuantitativo y abordó los temas que se indican a continuación con respecto a la representación igual de ambos géneros: ampliación del material pedagógico con ilustraciones para incluir las aportaciones de la mujer en todas las esferas de la vida; indicación de los estereotipos preexistentes; abstención del empleo de estereotipos de género de todo tipo (directos o implícitos); asignación de tareas sobre una base neutra con respecto al género; selección de trabajos, ensayos y documentos igualmente representativos de ambos géneros; asignación de los niños a cursos y clases independientemente de su género; omisión de la representación e ilustración estereotipadas del género en los libros de texto.

251.Tras tomar conocimiento de los resultados del examen, el Ministro de Educación decidió no incorporar en el sistema de educación ningún nuevo libro en el que figuraran estereotipos de género e ir reemplazando gradualmente los libros de esa índole que estuviesen en uso.

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 24 de la lista de cuestiones

252.Véase supra la respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 2 de la lista de cuestiones.

Empleo

Repuesta a las cuestiones planteadas en el párrafo 25 de la lista de cuestiones

El Consejo Público para la Integración y la Promoción de la Mujer en el Mercado de Trabajo

253.Con miras a aplicar la Ley de promoción del adelanto y la integración de la mujer en la fuerza de trabajo y la adaptación de los lugares de trabajo a las necesidades de las mujeres, 5768-2008 (en adelante denominada la Ley de promoción del adelanto y la integración de la mujer en la fuerza de trabajo y la adaptación de los lugares de trabajo a las necesidades de las mujeres), se creó un consejo público integrado por 11 miembros profesionales especializados en cuestiones de género y asuntos laborales. El Consejo está presidido por la Magistrada del Tribunal Supremo (jubilada) Dalia Dorner y sus miembros son la Comisionada de Igualdad de Oportunidades de Empleo; la Jefa de la Dirección para el Adelanto de la Condición de la Mujer; representantes del Ministerio de Finanzas y del Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo; un representante de la ONG Na’amat – Movimiento de Mujeres Trabajadoras y Voluntarias; un representante de la ONG Red de Mujeres de Israel; un representante de Histadrut – Federación General de Trabajadores; un representante de la Oficina de Coordinación de Organizaciones Económicas; y dos representantes de instituciones académicas.

254.El Consejo celebró su primera reunión el 24 de abril de 2010 y desde entonces se reúne dos veces al mes. Sus funciones consisten en asesorar al Ministro de Industria, Comercio y Trabajo sobre las normas relativas a la asignación de subsidios y premios honoríficos a empleadores y sobre proyectos de investigación y desarrollo destinados a la promoción, la integración y el adelanto de la mujer en el trabajo, incluida la adaptación de los lugares de trabajo a las necesidades de las mujeres, entre otras.

Las resoluciones del Consejo

1)Subsidios y premios.

2)Aplicación de un marco de acción afirmativa en relación con el género, igualdad de oportunidades de empleo y una perspectiva de género en el lugar de trabajo al considerar las solicitudes de subsidios y premios.

3)Definición de criterios amplios para el examen de las solicitudes de empleadores durante el primer año, lo que incluye los aspectos relativos a los procedimientos normales de organización y programas especiales para el adelanto y la promoción de la mujer. El Consejo volverá a examinar estos criterios más adelante, tras analizar los resultados obtenidos durante el primer año.

4)Elaboración de futuros programas para el adelanto y la promoción de la mujer en el lugar de trabajo.

5)Criterios para la obtención de un Premio al Empleador Equitativo. – Conforme a la resolución del Consejo, los criterios básicos para obtener un Premio al Empleador Equitativo deberán estar en consonancia con la directriz del Director General, que establece como condición para la concesión del premio que las organizaciones tengan un expediente intachable en esferas de responsabilidad social. El Consejo añadió otro criterio complementario para la presentación de candidaturas por los empleadores, a saber, que al menos el 90% de sus empleados sean nacionales israelíes empleados en Israel.

6)Definición de criterios para la anulación de subsidios o premios.

Clasificación de los candidatos

1)Sector empresarial. – De conformidad con la Ley de promoción del adelanto y la integración de la mujer en la fuerza de trabajo y la adaptación de los lugares de trabajo a las necesidades de las mujeres, los subsidios se concederán a empleadores privados únicamente y no a instituciones estatales como las administraciones locales o empresas gubernamentales. No obstante, en virtud de una opinión jurídica presentada por el Departamento de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo, se decidió utilizar una definición estrecha de la expresión "institución estatal" para que las administraciones locales, las empresas establecidas por ley y otras instituciones de esa índole pudieran solicitar premios.

2)Trabajadores por contrata. – Las empresas que ofrecen empleo por contrata pueden solicitar un subsidio con sujeción a ciertas condiciones.

3)El Consejo decidió lanzar campañas y comunicaciones dirigidas directamente a los empleadores a fin de fomentar una mayor sensibilización entre ellos y alentarlos a solicitar subsidios.

255.El Consejo también deliberó y adoptó decisiones sobre las categorías de los subsidios y premios que se concederían. Esas categorías son las siguientes:

1)Institución destacada por su labor de promoción de la condición de la mujer y la igualdad de oportunidades de empleo (con entre 5 y 29 empleados): subsidios.

2)Institución destacada por su labor de promoción de la condición de la mujer y la igualdad de oportunidades de empleo (con entre 30 y 99 empleados): subsidios.

3)Institución destacada por su labor de promoción de la condición de la mujer y la igualdad de oportunidades de empleo (con entre 100 y 499 empleados): subsidios.

4)Institución destacada por su labor de promoción de la condición de la mujer y la igualdad de oportunidades de empleo (con 500 o más empleados): premio honorífico.

5)Director General destacado por su labor de promoción de la condición de la mujer y la igualdad de oportunidades de empleo: premio honorífico.

6)Director de Recursos Humanos destacado por su labor de promoción de la condición de la mujer y la igualdad de oportunidades de empleo: premio honorífico.

7)Premio otorgado en nombre del Ministro de Industria, Comercio y Trabajo por la promoción del adelanto de la condición de la mujer entre las poblaciones minoritarias. Este premio consiste en un subsidio conforme a las recomendaciones del Consejo.

256.En su sesión celebrada el 25 de octubre de 2010, el Consejo formuló una recomendación sobre los criterios para el examen y la evaluación de las solicitudes de subsidios y demás premios. Los criterios propuestos son los siguientes: aplicación de una política oficial de igualdad de género en la organización con respecto a sueldos, aspectos pertinentes de la contratación, el empleo y el ascenso, capacitación, orientación y promoción de las perspectivas de carrera, equilibrio entre la vida laboral y la vida familiar y actividades especiales. Estos criterios se basan en principios normativos como los que se aplican en otros países desarrollados pero compatibles con las leyes israelíes.

257.Para que la Ley pueda aplicarse efectivamente se requieren recursos considerables. Por tanto, está ya en una etapa avanzada de preparación una licitación pública para la prestación de servicios y la puesta en marcha de este programa, la cual se publicará en enero de 2011.

258.Asistencia teórica y empírica. – A fin de contar con una base teórica y científica para las deliberaciones del Consejo Público, la Dirección de Economía e Investigación del Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo compiló los siguientes documentos:

1)Modelos teóricos para el adelanto de la mujer en el mercado de trabajo;

2)Un documento sobre el examen comparativo de la legislación extranjera para la promoción y el adelanto del empleo de la mujer (incluida la legislación de los Estados Unidos y la Unión Europea);

3)Información relativa a programas y subsidios similares para el adelanto de la mujer en el mundo.

Calendario para la continuada aplicación de la Ley

1)Deliberaciones del Consejo sobre un conjunto de criterios para seleccionar a los empleadores premiados a fin de incorporar esos criterios en el reglamento (celebradas el 25 de octubre de 2010);

2)Deliberaciones del Consejo sobre la determinación del coeficiente de ponderación de cada criterio a fin de incorporar esos coeficientes en el reglamento (15 de noviembre de 2010);

3)Deliberaciones del Consejo sobre la metodología y las herramientas de evaluación que han de utilizarse en el examen de las solicitudes de los empleadores (diciembre de 2010);

4)Anuncio de una licitación pública para seleccionar a un proveedor que se encargue de clasificar y examinar las solicitudes presentadas por los empleadores (enero de 2011);

5)Presentación del proyecto de reglamento sobre la base de las recomendaciones del Consejo al Departamento de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo;

6)Decisión sobre el proveedor de servicios privados (abril-mayo de 2011);

7)Presentación del sitio web del Programa para la Integración y la Promoción de la Mujer en el Mercado de Trabajo (mayo de 2011);

8)Publicación de llamamientos a los empleadores para que presenten solicitudes de subsidios (mayo y junio de 2011);

9)Examen de las solicitudes presentadas por los empleadores (agosto-diciembre de 2011);

10)Selección de los ganadores por el Consejo Público (enero de 2012);

11)Aprobación de los ganadores por el Ministro (enero de 2012) y celebración de una ceremonia pública en honor del Empleador Equitativo en 2011 (enero-febrero de 2011).

Presupuesto

259.En 2010, el presupuesto del Programa ascendió a 1,8 millones de NSI (486.000 dólares de los EE.UU.).

Información complementaria

260.La Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (en adelante denominada la Comisión) es un órgano oficial establecido por el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo en 2008 tras la aprobación de la enmienda Nº 18A a la Ley sobre la igualdad de oportunidades en el empleo, 5748-1988 (en adelante denominada la Ley sobre la igualdad de oportunidades en el empleo). La Comisión vela por la puesta en práctica de la igualdad de oportunidades de empleo en la sociedad civil y por la observancia de las normas pertinentes para su aplicación efectiva en el mercado de trabajo. La Comisión también promueve la toma de conciencia sobre los derechos de los trabajadores, el ejercicio de esos derechos y la prevención de situaciones en que los trabajadores se vean obligados a renunciar a sus derechos por adelantado. Para realizar esa labor, la Comisión goza de facultades expositivas y jurídicas.

261.Con miras a aumentar la sensibilización y promover la igualdad de oportunidades de empleo, la Comisión prepara, publica y distribuye estudios de investigación y material informativo y organiza conferencias sobre diversos aspectos de la igualdad de oportunidades de empleo.

262.Desde el punto de vista jurídico, la Comisión tramita las denuncias de discriminación interpuestas por empleadores y trabajadores, expide órdenes de presentación de testimonios contra empleadores y proporciona representación letrada. La Comisión se encarga de supervisar todas las leyes relacionadas con la igualdad de oportunidades en la esfera del empleo, incluidas la Ley sobre los trabajadores de ambos sexos (Igual remuneración), 5756-1996 (en adelante denominada la Ley sobre los trabajadores de ambos sexos (Igual remuneración)) y la Ley sobre la prevención del acoso sexual, 5758-1998 (en adelante denominada la Ley sobre la prevención del acoso sexual). Además, presta asistencia preliminar con respecto a las denuncias presentadas por empleados y/o empleadores, tramita procedimientos judiciales, redacta opiniones jurídicas y organiza conferencias, entre otras actividades.

263.En octubre de 2010 la Comisión había tramitado 1.000 solicitudes, incluida la apertura de procedimientos judiciales cuando lo estimó necesario (hasta la fecha, la Comisión ha iniciado 14 procesos civiles contra empleadores).

264.En su labor, la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo otorga prioridad a la población árabe y ha abordado casos de doble discriminación, con lo que ha fomentado una mayor sensibilización pública y contribuido a la aplicación de la ley en situaciones concretas.

265.La Comisión publica periódicamente un folleto en árabe destinado a los empleadores, empleados y buscadores de empleo de la comunidad árabe. El folleto contiene información sobre la discriminación en diversas etapas del proceso de empleo, así como datos relativos a la Comisión, en particular información de contacto, instrucciones sobre la presentación de denuncias, etc.

266.El 21 de enero de 2009, la Comisión inauguró su sitio web en árabe, en el que figura información para empleadores, empleados y buscadores de empleo sobre cuestiones como la discriminación en el trabajo, la discriminación en la solicitud de empleo, la discriminación en el despido, fallos y decisiones judiciales sobre aspectos de la discriminación, entre otras cosas.

Ley sobre los trabajadores de ambos sexos (Igual remuneración)

267.La Ley sobre los trabajadores de ambos sexos (Igual remuneración) se promulgó con el fin de reducir la desigualdad salarial entre hombres y mujeres. Pese a la existencia de legislación avanzada y a los adelantos logrados en esta esfera, persisten algunas desigualdades de remuneración entre hombres y mujeres, como las que se señalan a continuación.

1)Según datos de la Oficina Central de Estadística publicados el 8 de marzo de 2010, en 2008 el sueldo mensual medio de los trabajadores varones era de 9.627 NSI (2.601,89 dólares de los EE.UU.) mientras que el de las mujeres era de 6.077 NSI (1.642,43 dólares de los EE.UU.), o un 37% inferior al de los hombres.

268.Otros datos publicados por la Oficina Central de Estadística el 31 de agosto de 2010 mostraban lo siguiente:

1)En 2008, el ingreso mensual de los hombres empleados en la administración pública ascendía a 14.787 NSI (3.996,40 dólares de los EE.UU.) y el de las mujeres a 11.244 NSI (3.038,90 dólares de los EE.UU.), lo que significa que las mujeres ganaban un 24% menos que los hombres en puestos análogos de la administración pública.

2)En 2010, del total de empleados en el mercado de trabajo, 1.534 millones eran hombres y 1.350 millones eran mujeres.

3)En el segundo trimestre de 2010 el porcentaje de la población mayor de 15 años que participaba en la fuerza de trabajo era de un 56,9% (el 62,2% eran hombres y el 51,8% eran mujeres).

4)La tasa de desempleo entre los jóvenes mayores de 15 años es del 6,5% para los hombres y del 5,9% para las mujeres.

5)Las personas de 25 a 64 años de edad que participan en la fuerza de trabajo representan una tasa, desglosada por sexo, del 81,6% de hombres y el 68,8% de mujeres.

6)La tasa de desempleo entre las personas de 25 a 64 años es del 5,8% para los hombres y el 5,4% para las mujeres.

7)Durante el segundo trimestre de 2010 la tasa de mujeres con empleo parcial (involuntario) ascendió a un 6,8%.

269.Recientemente la Comisión interpuso una demanda contra la Municipalidad de Jerusalén por motivos de desigualdad salarial (lo que constituyó un precedente judicial). En este caso particular, dos empleados de dicha Municipalidad presentaron una denuncia ante la Comisión en agosto de 2008 en la que alegaban que existía discriminación con respecto a la remuneración que percibían los hombres y las mujeres. La Comisión, en virtud de las facultades que le confieren la sección 18 k) de la Ley sobre la igualdad de oportunidades en el empleo y la sección 2 de la Ley sobre los trabajadores de ambos sexos (Igual remuneración), solicitó información a la Municipalidad de Jerusalén. Dado que la Municipalidad no atendió a la solicitud de la Comisión, ésta dictó una orden en la que exigía que se le facilitara la información solicitada. Como resultado de la orden, el consejo proporcionó la información y se determinó que la denuncia tenía fundamento. Se comprobaron desigualdades entre los sueldos de hombres y mujeres en la Municipalidad de Jerusalén. Se abrió un proceso ante el Tribunal del Trabajo de Jerusalén que está pendiente hasta la fecha.

Ley de prevención del acoso sexual

270.Con arreglo a la Ley de prevención del acoso sexual, la Comisión está facultada para iniciar acciones civiles contra empleadores bajo la jurisdicción de los tribunales del trabajo. Estos tribunales pueden ordenar que se pague una indemnización al empleado sin que éste tenga que probar daños. Al tratar los casos de acoso sexual en el lugar de trabajo, la Comisión procura ayudar a los empleados y los empleadores por igual. Cabe señalar que como la Comisión inició su labor sólo en 2008 aún no se dispone de estadísticas. Según datos reunidos por la Asociación de Centros de Emergencia para Personas Violadas en Israel, en 2010 (hasta el 7 de octubre de 2010), la Asociación había recibido 7.793 nuevas denuncias de acoso sexual, de las cuales 450 se referían al acoso sexual en el lugar de trabajo (un 5,7%).

271.En 2008 se interpusieron 80 denuncias en la administración pública. Entre los delitos citados se incluían el acoso sexual y otros delitos sexuales contra mujeres. De los 80 casos, 15 se remitieron a la Policía y 65 se resolvieron en el marco de audiencias disciplinarias de la Comisión de Administración Pública. Como resultado de ello se abrieron 49 procedimientos disciplinarios contra funcionarios públicos y se iniciaron 11 procesos judiciales.

Denuncias de carácter general interpuestas ante la Comisión

272.En 2009, de las 498 denuncias tramitadas por la Comisión, 286 habían sido interpuestas por mujeres; 32 de éstas se referían a las condiciones de empleo y una al acoso sexual.

273.En 2010 (hasta septiembre de 2010), la Comisión atendió 465 quejas. De éstas, 286 habían sido presentadas por mujeres; 42 de ellas guardaban relación con las condiciones de empleo y cuatro con acoso sexual.

274.Desde comienzos de 2009, la Comisión inició 14 acciones legales (incluidas acciones por desigualdad de remuneración) relacionadas con la discriminación basada en el género. En el curso de ese año, la Comisión emitió siete opiniones que representaban su posición sobre cuestiones relativas a la discriminación contra la mujer.

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 26 de la lista de cuestiones

275.En 2008, la Dirección para el Adelanto de la Condición de la Mujer comenzó a realizar actividades enfocadas a destinatarios concretos a fin de lograr una mejor aplicación de la Ley de prevención del acoso sexual en los lugares de trabajo.

276.La Dirección envía constantemente notificaciones y anuncios a todos los empleadores en el mercado de trabajo a fin de informarles de sus obligaciones con arreglo a la Ley de prevención del acoso sexual en los lugares de trabajo, incluidas la obligación de difundir entre sus empleados el código sobre prevención del acoso sexual, la obligación de llevar a cabo actividades para exponer el problema y el deber de nombrar supervisores para la prevención del acoso sexual. Hasta septiembre de 2010 se habían enviado 4.000 notificaciones.

277.La Dirección reúne los datos relativos a las personas nombradas supervisores para la prevención del acoso sexual a fin de mantenerlas informadas de sus responsabilidades, proporcionarles material educativo pertinente e invitarlas a conferencias sobre el tema; de este modo la Dirección las ayuda a cumplir su cometido. En agosto de 2010 había 2.500 supervisores para la prevención del acoso sexual.

278.Desde hace algunos años, la Dirección prepara y divulga un código sobre la prevención del acoso sexual que incluye información sobre la legislación y las reglamentaciones pertinentes. El código debe ponerse a disposición de los trabajadores en lugares centrales del establecimiento laboral. El código se publica en formato de cartel grande y de breve folleto de información y se ha traducido al inglés, árabe, ruso y amhárico. Además, el código puede consultarse en el sitio web de la Dirección y desde mayo de 2010 su texto figura impreso en las hojas de sueldo de todos los funcionarios públicos.

279.La Dirección ha preparado un conjunto de materiales informativos sobre la prevención del acoso sexual. Este conjunto incluye un disco compacto con un vídeo de 50 minutos en el que se muestran distintas clases de acoso sexual en el lugar de trabajo y diversas formas de hacerles frente. Este vídeo está en hebreo e incluye versiones en inglés, árabe, ruso y amhárico. El conjunto contiene asimismo un manual de uso y se ofrece gratuitamente a todos los supervisores para la prevención del acoso sexual.

280.En junio de 2010, la Dirección para el Adelanto de la Condición de la Mujer organizó una conferencia destinada a aumentar la sensibilización sobre el acoso sexual en el sector privado. Están previstas otras conferencias de esta índole más adelante.

281.En marzo de 2010 se estableció un foro sobre normas y reglamentaciones para la prevención del acoso sexual. El foro, organizado por la Dirección para el Adelanto de la Condición de la Mujer, cuenta con la participación de miembros de los ministerios del Gobierno, ONG y profesionales privados. En este foro se examinan posibles enmiendas a la actual Ley de prevención del acoso sexual.

Desigualdades de remuneración

282.El Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo ha emprendido un estudio amplio de las desigualdades de remuneración en Israel. En un informe preliminar titulado "Las desigualdades de género en el mercado de trabajo, 2009 – Israel en comparación con los países desarrollados", publicado en 2010 con datos de 2008, se señala que, según el índice de desarrollo humano (IDH) del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) (y en comparación con los países miembros de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) y otros siete países de la Unión Europea, en total 40 Estados), Israel está en séptimo lugar a ese respecto. Según esos datos, la mujeres en Israel ganan un 33% menos que los hombres.

283.Véase supra la respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 25 de la lista de cuestiones, donde figura información complementaria sobre el tema.

Las mujeres y los hombres en la administración pública en 2008

284.En 2008, la proporción de mujeres empleadas en la administración pública era del 64,1% en comparación con un 35,9% de hombres.

Situación en el ámbito administrativo

285.Entre 1997 y 2008, las desigualdades de remuneración registraron una notable disminución del 15,6%. En 2008, las mujeres ganaban sólo un 6,2% menos que los hombres.

Situación en el ámbito académico

286.Personal directivo: entre 1997 y 2008, las desigualdades de remuneración aumentaron en un 6,7% y en 2008 las mujeres ganaban un 22,8% menos que los hombres.

Situación de las personas de edad en el ámbito contractual

287.En este grupo las desigualdades salariales han disminuido en un 3,5%.

288.Véase supra la respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 25 de la lista de cuestiones, donde figura información complementaria sobre el tema.

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 27 de la lista de cuestiones

289.No se recibieron datos agregados a este respecto.

Salud

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 28 de la lista de cuestiones

290.Véase supra la respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 2 de la lista de cuestiones.

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 29 de la lista de cuestiones

291.Véase supra la respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 2 de la lista de cuestiones.

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 30 de la lista de cuestiones

292.Las condiciones de encarcelamiento de los reclusos detenidos por motivos de seguridad y las restricciones conexas, así como las reglas de visita y otras normas, se rigen con arreglo a la orden regular Nº 03.02.00, titulada "Reglas aplicables a los presos por motivos de seguridad" del Servicio de Prisiones de Israel.

293.Todos los presos o detenidos que están a cargo del Servicio de Prisiones de Israel pueden recurrir a los siguientes mecanismos de presentación de quejas contra el personal y los guardias penitenciarios, incluidas denuncias de uso indebido de la fuerza:

Presentación de una queja al director de la prisión;

Presentación de una solicitud oficial, en calidad de preso, al tribunal de distrito competente;

Presentación de una denuncia a la Dependencia de Investigación de Guardianes, por conducto del Servicio de Prisiones de Israel o directamente;

Presentación de una denuncia al Defensor Público (Ombudsman) para Reclamaciones de los Reclusos.

294.En la sección 71 del Decreto sobre las prisiones [Nueva versión], 5732-1971 (en adelante denominado el Decreto sobre las prisiones) figuran las reglas aplicables a los visitantes oficiales en las prisiones. Estas personas, que incluyen abogados del Ministerio de Justicia y otros ministerios del Gobierno, son nombradas anualmente por el Ministro de Seguridad Pública, ya sea para una prisión en particular o a nivel nacional.

295.La sección 72 del Decreto sobre las prisiones otorga la calidad de Visitante Oficial a los jueces del Tribunal Supremo y al Fiscal General, así como a los jueces de los tribunales de distrito y tribunales de magistrados en las prisiones sobre las que tienen competencia.

296.Los visitantes oficiales están facultados para entrar en las prisiones en cualquier momento (a menos que temporalmente se den circunstancias especiales), inspeccionar la situación imperante, la atención prestada a los reclusos, la gestión de la prisión y otros aspectos conexos. Durante esas visitas, los presos pueden acercarse a los visitantes y presentarles sus reclamaciones, incluidas las quejas relacionadas con el uso de la fuerza. Los reclusos también pueden presentar denuncias al director de la prisión y pedir una entrevista con un Visitante Oficial. En virtud de una directriz del Fiscal General (Nº 4.1201. (1.5.75), actualizada – 1.9.2002), se amplió el alcance de estas disposiciones a fin de incluir la inspección de las instalaciones y celdas de detención en las comisarías de policía.

Otras medidas de supervisión en el marco de las visitas del personal del CICR

Atención médica

297.En cada instalación penitenciaria del Servicio de Prisiones de Israel hay una clínica a cargo de un médico y un enfermero. Diariamente se realizan exámenes médicos, los cuales también pueden realizarse a solicitud de los reclusos. Cuando se requieren servicios de especialistas u hospitalización, esas necesidades se coordinan con el hospital pertinente y el Ministerio de Salud. Además, el Servicio de Prisiones de Israel cuenta con una instalación penitenciaria especialmente destinada a los presos con problemas físicos y mentales y a los presos con enfermedades crónicas. Estos presos reciben atención médica, incluido el acceso a especialistas en caso de necesidad. Se realizan asimismo exámenes ginecológicos cuando son necesarios o cuando los solicitan las reclusas.

Separación de los presos por motivos de seguridad y los presos por delitos comunes

298.En años recientes, el Servicio de Prisiones de Israel se ha esforzado especialmente por abordar la cuestión de las reclusas. Un aspecto de esos esfuerzos guarda relación con la separación de los presos por motivos de seguridad y los presos comunes.

Uso de drogas

299.En todas las prisiones existe una separación estricta entre los presos con algún tipo de drogadicción y los que no tienen antecedentes de consumo de estupefacientes.

Alimentación

300.La alimentación de los presos por motivos de seguridad es satisfactoria y comparable con la destinada al personal penitenciario. En las prisiones de Megido y Ktziot se abrieron dos panaderías que producen pan de pita a fin de ofrecer una alternativa al pan negro comúnmente disponible en Israel.

Acceso a la educación

301.Los presos palestinos encarcelados en Israel gozan del mismo acceso a la educación que los reclusos israelíes. Actualmente varios cientos de presos palestinos están adquiriendo educación superior por conducto de Open University (una institución de educación a distancia); otros están finalizando sus certificados de matriculación. En el verano de 2009, unos 3.300 presos se presentaron a los exámenes oficiales de la Autoridad Palestina en establecimientos penitenciarios del Servicio de Prisiones de Israel.

Visitas familiares

302.Conforme a la normativa establecida por la comisión del Servicio de Prisiones de Israel, los presos pueden recibir visitas familiares de 30 minutos de duración una vez cada dos semanas. El número de visitantes adultos se limita a tres, pero no hay restricción respecto del número de niños visitantes.

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 31 de la lista de cuestiones

Mortalidad infantil

303.Según datos actualizados del Ministerio de Salud, la tasa de mortalidad infantil de los niños beduinos ascendió a 8,5 por 1000 en 2008, lo que representó una disminución del 51,1% respecto de la tasa registrada en 2002 (17,5 por 1000). No obstante, en 2009 aumentó a 12,5 por 1000. Este aumento se debe en gran medida a las altas tasas de anomalías congénitas y enfermedades hereditarias resultantes de los frecuentes matrimonios consanguíneos y de la baja proporción de diagnósticos prenatales por razones religiosas y culturales. Otro factor que incide en la tasa de mortalidad es la prohibición del aborto entre los musulmanes por motivos religiosos, incluso en casos recomendables desde el punto de vista médico, así como la alta proporción de partos de mujeres de edad. La tasa de mortalidad infantil de los niños beduinos cuyas familias viven en aldeas no autorizadas fu, de hecho, inferior a la de los niños residentes en pueblos reconocidos. El Gobierno continúa su política de abrir cínicas maternoinfantiles en las aldeas no autorizadas y ha iniciado la construcción de nuevas clínicas que prestarán servicios a la población.

304.Además, el Gobierno ha asignado financiación a varios proyectos especiales encaminados a mejorar la salud de las comunidades beduinas de las aldeas no autorizadas ampliando los servicios sanitarios disponibles en esas localidades. Uno de esos programas consiste en intervenciones a largo plazo a fin de reducir la mortalidad infantil entre los beduinos. Este programa está basado en la comunidad y cuenta con una amplia gama de participantes, incluidos representantes de los dirigentes de la comunidad beduina y del sistema educativo, así como proveedores de servicios sanitarios de carácter curativo y preventivo y representantes del Departamento de Salud de la Comunidad y del Departamento de Epidemiología de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad Ben Gurion en el Negev.

305.El Gobierno financia asimismo un servicio gratuito de exámenes genéticos y asesoramiento conexo para los miembros de las tribus beduinas cuando la frecuencia de las enfermedades congénitas graves sea superior a 1 por 1.000 y se disponga del examen genético pertinente.

306.El Ministerio sigue poniendo en marcha de forma intensiva proyectos de educación e información destinados a reducir la tasa de mortalidad infantil de la población musulmana árabe israelí. El objetivo fundamental de estos proyectos es desalentar los matrimonios entre parientes cercanos, fomentar una mayor utilización de procedimientos de diagnóstico por las mujeres embarazadas y alentar a las madres a recurrir con más frecuencia a los servicios de salud maternoinfantil disponibles en todo el país.

307.Existe un programa de formación a largo plazo a fin de capacitar a los miembros de la población beduina para trabajar en las guarderías infantiles y salas de maternidad con miras a lograr una mayor reducción de la tasa de mortalidad infantil de la población beduina.

308.El Ministerio de Salud financia actualmente, en cooperación con la Universidad Ben Gurion, un proyecto destinado a seguir reduciendo la mortalidad infantil entre la población beduina. En 2009, el Ministerio puso en marcha otro proyecto cuyo fin es mejorar la nutrición de la población beduina.

Mejora del crecimiento de los bebés y niños pequeños beduinos

309.En los últimos dos decenios también se han logrado mejoras considerables en el crecimiento de los bebés y niños pequeños beduinos gracias a una nutrición más adecuada. Además, se ha constatado una mayor observancia de las recomendaciones sobre el aumento de ácido fólico en la dieta de las mujeres beduinas en edad de procrear, así como una menor frecuencia de los defectos debidos al tubo neural abierto en los fetos y bebés beduinos. Lamentablemente aún se registran altas tasas de deformaciones congénitas y enfermedades hereditarias entre los niños beduinos debido a múltiples factores, como la tradición del matrimonio consanguíneo (prevalente en un 60% aproximadamente) y a las barreras culturales, religiosas y sociales para detectar las enfermedades hereditarias antes del matrimonio y el parto.

Cobertura de inmunización

310.En los diez últimos años se han logrado importantes avances en materia de inmunización. Por ejemplo, una mejor cobertura de inmunización de los niños pequeños beduinos en el Negev redundó en una disminución notable de las enfermedades infecciosas susceptibles de prevención mediante la vacunación. Las cifras correspondientes a 2006 indican que a los tres años de edad el 90% de los niños beduinos ha recibido todas las vacunas necesarias, lo que representa un adelanto considerable respecto de la tasa del 27% registrada en 1981. Cabe señalar que las tasas de inmunización de la población árabe son superiores a las de la población judía, tanto a nivel nacional como en el distrito sur. Las cifras correspondientes a 2010 muestran que la tasa de cobertura en la inmunización contra el hemophilus de la influenza B, la parálisis infantil, la difteria, el tétano y la tos ferina es de un 88% entre los niños beduinos y de un 90% entre los niños judíos. En lo que respecta al sarampión, las paperas y la rubeola, la cobertura de inmunización de los niños beduinos es del 93%, en comparación con el 91% de los niños judíos.

311.Dos equipos de inmunización móviles administrados por el Ministerio de Salud también proporcionan vacunación a domicilio a los niños pequeños de familias beduinas residentes en las afueras de los pueblos permanentes. Un sistema de seguimiento computadorizado permite a los servicios del Ministerio identificar a los niños que tienen vacunaciones pendientes a fin de enviar a uno de los equipos de inmunización móviles a las respectivas localidades.

Capacitación de personal de enfermería

312.El 4 de noviembre de 2009, el Ministro Adjunto de Salud declaró que debido a una escasez de personal de enfermería el Ministerio se vería obligado a cerrar varias clínicas de atención de la salud que prestaban servicios sanitarios a diversos sectores de la población. En consecuencia, se procedió a cerrar una clínica en Omer, dos en Dimona y tres en Be’er Sheva y se remitió a los pacientes a clínicas más grandes situadas en sus respectivas zonas. El Ministro Adjunto de Salud afirmó asimismo que para eliminar la escasez de personal de enfermería calificado en la población árabe, y en particular entre la comunidad beduina, el Ministerio de Salud tenía previsto organizar un curso de capacitación de enfermeros en la Universidad Ben Gurion en el Negev, el cual estaría plenamente financiado por el Estado a fin de formar a personal de enfermería procedente de la población beduina. El Ministro Adjunto añadió que se trataba de un programa a largo plazo que tendría como resultado un aumento del personal de enfermería beduino calificado para prestar servicios a la población beduina.

313.La Universidad Ben Gurion inauguró un nuevo curso de estudios destinado a enfermeros calificados de ambos sexos de la población beduina para la obtención de un título de pregrado. En 2010 37 estudiantes se habían matriculado en este nuevo programa. Por otra parte, en enero de 2010 se contrató a cinco enfermeras para las clínicas de salud maternoinfantil, a las que se prestará capacitación conexa durante un período de seis meses. Existe asimismo un programa de capacitación de dos años de duración para el personal de enfermería destinado a prestar servicios de orientación parental a la población beduina. En 2010 se graduaron de este programa 16 enfermeros y actualmente se está formando a un nuevo grupo de enfermeros. Cabe señalar, sin embargo, que aún existe una importante escasez de personal de enfermería calificado en la población beduina.

Servicios médicos especializados

314.Actualmente se prestan servicios médicos especializados a la comunidad beduina en el Negev en las especialidades de pediatría, medicina interna general, neurología, medicina familiar, dermatología, ginecología y obstetricia, entre otras. Además, los residentes gozan de igual acceso a todas las clínicas especializadas del Hospital Soroka, sin discriminación alguna entre pacientes beduinos y judíos.

315.Por otra parte, la primera médica beduina de Israel, Rania al-Oqbi, ha obtenido su título profesional. Esta mujer participó en el programa especial "Cultivo de la Medicina en el Desierto", destinado a incorporar a un mayor número de beduinos en el sector de la salud. En 2009, seis mujeres beduinas estaban matriculadas en la carrera de medicina; 35 mujeres beduinas se habían graduado en diversas profesiones relacionadas con la salud; y otras 45 mujeres estudiaban ciencias de la salud.

Clínicas de salud maternoinfantil

316.Existen 46 clínicas para la atención de la salud maternoinfantil en el distrito sur, de las cuales 27 (más del 50%) prestan servicios a la población beduina, a saber:

Trece clínicas en pueblos beduinos (las cuales también prestan servicios a la población beduina residente en aldeas no autorizadas cercanas);

Ocho clínicas que atienden a la población de las aldeas no autorizadas;

Cinco clínicas ubicadas en localidades judías, que también prestan servicios a la población beduina de barrios cercanos (la clínica Abu-rabiah en Be’er Sheva, que atiende principalmente a los beduinos de las aldeas no autorizadas, y las clínicas Dimona A, Arab A, Yeruham y Mitzpe Ramon);

Un dispensario móvil destinado a la población beduina de las aldeas no autorizadas en la zona de Marit, cerca de la ciudad de Arad.

317.Véase supra la respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 2 de la lista de cuestiones, donde figura información complementaria.

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 32 de la lista de cuestiones

318.A fines de 2009 se había registrado un total de 1.785 casos del virus de inmunodeficiencia humana (VIH) y de 342 casos del síndrome de inmunodeficiencia adquirida (sida) entre las mujeres en Israel. El cuadro que figura a continuación contiene información sobre las distintas categorías de exposición a esas enfermedades, desglosadas por sexo.

Categoría de exposición

Mujeres

Hombres

Casos de sida

VIH diagnosticado

Casos de sida

VIH diagnosticado

Relaciones sexuales entre hombres

275

968

Drogadictos que se inyectan

34

134

155

528

Personas con hemofilia y otros receptores de sangre o de componentes sanguíneos

7

6

54

42

Contactos heterosexuales :

Parejas de las tres categorías anteriores

22

57

2

4

Personas originarias de países con epidemia generalizada de VIH y sus cónyuges

219

1 129

320

909

Relaciones sexuales con portadores del VIH de origen no determinado

15

57

9

39

Fuente no determinada

23

192

67

195

Transmisión de madre a hijo

16

91

17

71

Categoría desconocida

6

119

41

211

Total

342

1 785

940

2 967

Fuente: Oficina Central de Estadística, Compendio Estadístico de Israel, 2010.

319.En 2009 se comunicaron siete nuevos casos de sida y 113 nuevos casos de VIH entre las mujeres ( lo que representa una disminución del 30% y del 14% respectivamente en comparación con 2008). A título comparativo, en 2009 se detectaron 18 nuevos casos de sida y 243 nuevos casos de VIH en hombres.

320.Entre las mujeres árabes (incluidas las musulmanas, cristianas, circasianas y drusas) sólo se comunicaron cinco nuevos casos de VIH en el período 2007-2009, lo que representa una tasa de 0,7 por 100.000 mujeres árabes, considerablemente inferior a la tasa correspondiente a las mujeres judías, de 9,4 por 100.000.

Campañas de atención de la salud y sensibilización

321.Todas las personas pueden acceder a la prueba del VIH de forma anónima y gratuita. Los ciudadanos israelíes con VIH positivo tienen derecho a tratamiento prácticamente gratuito en cualquiera de los nueve centros regionales de atención a pacientes de sida.

322.El Ministerio de Salud ha puesto en marcha varios proyectos para aumentar la sensibilización respecto del VIH, especialmente entre las poblaciones más tradicionales como los nuevos inmigrantes de países subsaharianos, aunque también entre la población en general. El Ministerio formuló un programa adaptado a esas poblaciones en el que se incorporan elementos de educación sanitaria sobre el VIH y el apoyo y seguimiento individuales a cargo de educadores especializados en salud procedentes de esas mismas poblaciones. Otros programas se destinan específicamente a los jóvenes y a los soldados a fin de impartirles conocimientos sobre el VIH y el sida, ya sea mediante servicios de asesoramiento directo o por conducto de emisiones de radio y televisión. En el sitio web del Ministerio figura asimismo información pertinente.

Una línea telefónica abierta

323.El Ministerio ha puesto en funcionamiento además una línea telefónica abierta sobre el sida y las enfermedades de transmisión sexual.

Educación sobre el género y la vida familiar

324.El Departamento de Sexualidad, Género y Vida en Familia del Ministerio de Educación se encarga de elaborar materiales y programas educativos sobre la sexualidad, el género, las uniones no violentas, la autoimagen, las relaciones de pareja, la identidad y tendencia sexuales, la sexualidad y los medios de comunicación de masas (pornografía), la prevención del embarazo, la prevención del sida y aceptación de la diferencia, entre otras cosas. El Departamento imparte formación a orientadores, psicólogos y al personal general del Ministerio. Además, ofrece varios programas educativos sobre comportamiento sexual responsable y prevención del sida, un programa educativo sobre el sexo y la vida en familia para alumnos con necesidades especiales y educación sexual para las escuelas intermedias, incluidos seminarios para maestros y profesionales sobre la identificación de los casos de abuso sexual de niños, las situaciones de riesgo para éstos y la prevención del acoso sexual.

Mujeres rurales y grupos de mujeres desfavorecidos

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 33 de la lista de cuestiones

Generalidades

325.En el desierto del Negev viven más de 180.000 beduinos, la mayoría de los cuales (aproximadamente 120.000, o el 66%) habita en centros urbanos y suburbanos legalmente planificados y construidos. Los 60.000 beduinos restantes (el 34%) viven en cientos de núcleos habitacionales no autorizados y dispersos a lo largo de una zona de más de 500.000 dunum, lo que obstruye la expansión urbana en la zona general del Negev y no contribuye al bien común de la población beduina. Como se indica a continuación y se describió en detalle en el informe periódico de Israel, esto sucede pese a que los pueblos existentes pueden satisfacer la mayor parte de las necesidades de la población beduina y a que en todos esos pueblos hay terrenos disponibles para nuevos ocupantes.

326.Los beduinos gozan de los mismos derechos y oportunidades que los ciudadanos israelíes, incluido el privilegio de recibir educación formal en todos los niveles, así como servicios de atención de la salud y demás prestaciones de conformidad con las leyes de Israel.

Dirección para el Adelanto de la Condición de la Mujer. Actividades en el marco del Plan de trabajo para mejorar la situación de la mujer beduina

327.La Iniciativa Económica para las Mujeres en Kssaife es un programa de tres años de duración organizado en cooperación con Joint-Israel para la fabricación y comercialización de productos auténticos hechos por mujeres en el marco de una empresa central de la que son propietarias. Las mujeres pasan así a ser empresarias y están exentas del impuesto sobre el valor añadido (IVA). En 2007, 20 mujeres participaron en este programa. Al cabo de los tres años de duración del proyecto, 100 mujeres beduinas habrán participado en el programa.

328.Otro proyecto consiste en la creación de un órgano de comercialización mixto para empresas de mujeres en la aldea beduina de Hussniya en Galilea. Actualmente participan en este proyecto 20 mujeres.

329.La Dirección para el Adelanto de la Condición de la Mujer también imparte a las mujeres beduinas conocimientos en materia de gestión y estrategias empresariales y otras cuestiones. Estos cursos les aportan la formación necesaria para hacer una investigación de mercado, utilizar las fuentes de información, establecer un presupuesto de trabajo y preparar un plan comercial, entre otras cosas.

330.La Dirección también proporciona a las mujeres beduinas la oportunidad de terminar su educación formal mediante la asistencia a cursos especiales para desarrollar aptitudes en disciplinas pertinentes, como idiomas, informática, utilización de la Internet, entre otras. Además, ofrece información y cursos sobre empoderamiento y liderazgo en la comunidad, en particular con respecto a las aptitudes para la vida, la crianza de los hijos, la sensibilización sobre la salud y los conocimientos necesarios para llevar a cabo proyectos en la comunidad.

331.Véase supra la respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 21 de la lista de cuestiones, donde figura información complementaria sobre las actividades de la Dirección para el Adelanto de la Condición de la Mujer en relación con subsidios a la educación, becas, cursos de empoderamiento y otros asuntos.

Evaluación del plan de trabajo

332.La Dirección para el Adelanto de la Condición de la Mujer hace todo lo posible por promover la condición de las mujeres beduinas, en particular impartiéndoles los conocimientos y la formación que tanto necesitan mediante cursos y actividades de ampliación de conocimientos, asistencia en la búsqueda de empleo y otros tipos de asistencia.

333.Sin embargo, cabe recordar que la sociedad beduina es sumamente tradicional y que cada paso hacia el adelanto y el empoderamiento de la mujer requiere tiempo y esfuerzos especiales.

334.Es preciso recordar que estas actividades no constituyen medidas aisladas y vienen a sumarse a las mejoras aportadas en otras esferas como los medios de transporte y las infraestructuras viales públicas, gracias a los cuales las niñas beduinas de esta sociedad tradicional pueden asistir a escuelas cerca de sus hogares. Los resultados de esas medidas podrán comprobarse en un futuro próximo a la luz de los cambios que ya empiezan a observarse en la sociedad beduina. Sin embargo, esta evolución se produce aún a un ritmo relativamente lento.

Otros datos relativos a la población beduina

Vivienda

335.En el Negev existen siete localidades beduinas, a saber, Laqiya, Hura, Kseife, Arara, Tel-Sheva, Segev Shalom y Tarabin, además de la ciudad de Rahat. Todas las localidades existentes cuentan con planes aprobados e infraestructura, incluidas escuelas, clínicas, agua corriente, electricidad, etc.

336.Pese a que estos ocho centros habitacionales existentes (las siete localidades y la ciudad de Rahat) pueden efectivamente satisfacer las necesidades de la población beduina, a reserva de su eventual expansión, el Gobierno decidió establecer otras 11 nuevas urbanizaciones para esa comunidad a fin de ampliar las posibilidades de vivienda de la población beduina en función de sus necesidades especiales, incluido su deseo de asentarse según el modelo tribal. Las nuevas urbanizaciones contarán con la mejor infraestructura y servicios que el Estado ofrece a sus ciudadanos. La planificación y construcción de esas nuevas urbanizaciones estarán a cargo de las autoridades competentes en consulta con representantes beduinos, quienes aportarán su visión del carácter que ha de revestir cada localidad.

337.Tarabin fue la primera urbanización en la que se asentó la población beduina. Por su situación, esta urbanización pertenece al consejo del distrito de Bney-Shimon y está destinada a los miembros de la tribu Tarabin El-Sana. Con la distribución de la mayoría de los terrenos y la ocupación de las viviendas por cientos de residentes se ha puesto fin a la primera etapa de desarrollo urbano. Se asignó a cada familia un lote para la edificación de la vivienda y tierras para la producción agrícola. La nueva urbanización se planificó juntamente con sus habitantes y se dotó de características modernas, con establecimientos educativos, infraestructura subterránea y servicios de atención de la salud. La urbanización ocupa un territorio de 1.132 dunum y para 2020 estará en condiciones de albergar a unas 3.500 personas.

338.Las siguientes ocho urbanizaciones están en vías de planificación y desarrollo: Abu Krinat, ubicada en un territorio de 7.230 dunum, cuenta con 1.300 lotes y un centro industrial en una primera etapa y se prevé que para 2020 su población ascienda a aproximadamente 15.000 habitantes; Bir Hadaj, una localidad agrícola ubicada en una zona de 6.550 dunum que podrá albergar a asciende a unos 12.500 habitantes en 2020; Kaser A‑Sir, de una extensión de 5.000 dunum, cuya población estimada en 2020 será de unos 8.000 habitantes. Las otras urbanizaciones previstas son Makchul-Marit, ubicada en una zona de 6.300 dunum y concebida para albergar a unas 12.000 personas en 2020, para la cual se aprobó un plan detallado de dos barrios en septiembre de 2005 y está en vías de preparación otro plan detallado para un tercer barrio; Um Betin, que abarca 6.700 dunum y albergará en 2020 a unas 8.000 personas, para la cual se aprobó un plan maestro en marzo de 2005; Moleda, ubicada en una zona de 11.000 dunum, para la cual se aprobó un plan maestro en marzo de 2005; y Darijat. Los nombres de estas urbanizaciones fueron asignados por la población beduina. Existe otro plan para la urbanización de El-Seid que se encuentra actualmente en una etapa avanzada de planificación. Además, está en curso de tramitación la aprobación oficial para el establecimiento de otras tres urbanizaciones, Ovda, Abu-Talul y El-Foraa.

339.Por otra parte, el Gobierno ha emprendido la ampliación de miles de unidades de vivienda en las localidades existentes. Por ejemplo, Rahat triplicará su tamaño (de 8.797 dunum a aproximadamente 22.767 dunum) gracias a un proyecto de próxima ejecución cuyo costo estimado asciende a unos 500.000.000 NSI (128,205.128 dólares de los EE.UU.). El plan incluye la construcción de 7.500 nuevas unidades de vivienda (destinadas a albergar a 90.000 personas para 2020), instalaciones públicas y comerciales, centros de empleo para la mujer y áreas públicas. Este plan, que se llevará a cabo conforme a los estándares más altos, constituye una solución rápida para afrontar la situación imperante en la ciudad de Rahat. En mayo de 2010 ya se habían vendido miles de lotes a familias beduinas y el plan se estaba ejecutando satisfactoriamente.

340.En las localidades permanentes existen más de 2.800 solares disponibles para su ocupación por beduinos de la diáspora, además de otros 6.900 lotes o más que pueden urbanizarse a pedido de los interesados.

341.Como se señaló en el informe periódico de Israel, el Gobierno fomenta el reasentamiento en las localidades permanentes proporcionando ventajas especiales a todos los residentes de la diáspora beduina que deseen instalarse en ellas. Se adoptó esta política a la luz de las dificultades que enfrentaba el Estado para prestar servicios infraestructurales y sociales a un gran número de pequeños centros habitacionales dispersos, en su mayoría compuestos por varias docenas de casas o chozas.

342.Conforme a las disposiciones relativas a la indemnización que se ofrece a los beduinos que acepten reasentarse en estas urbanizaciones, el Gobierno les proporciona gratuitamente el nuevo terreno y los beduinos reciben indemnización por toda estructura habitacional destruida que abandonen (incluso en las tierras que ocupan ilegalmente). Se ofrece indemnización en dinero y en tierra. Además, se brindan subsidios a las familias que decidan reasentarse en una urbanización nueva o existente independientemente de su situación económica. Desde 2002, las tasas de indemnización han aumentado notablemente (800 m2 y 7.700 NSI (1.923 dólares de los EE.UU. por familia, además de otros 1.500 NSI (384,60 dólares de los EE.UU.) por hijo). Las familias que destruyan su edificación ilegal y se muden a las urbanizaciones permanentes pueden recibir hasta 400.000 NSI (102.564 dólares de los EE.UU.) por familia. Se calcula que el monto promedio percibido asciende a 200.000 NSI (51.282 dólares de los EE.UU.), suma muy superior a la pérdida correspondiente. Por otra parte, la población beduina puede obtener decenas de miles de dunum para uso agrícola y de pastoreo a tasas sumamente bajas.

343.A fin de mantener el carácter especial de la vida comunitaria beduina e impedir el aprovechamiento indebido de las prestaciones antes mencionadas, el Estado ha rechazado ofertas procedentes de personas de comunidades no beduinas que desean comprar tierras en las zonas designadas exclusivamente para el establecimiento de localidades beduinas. Además, los representantes de la población beduina participan en todos los procesos de planificación; asimismo, en el subcomité del comité local de planificación y construcción están representadas todas las localidades beduinas; y el alcalde de Rahat y el presidente del consejo de Segev-Shalom son miembros del comité de planificación y construcción a nivel de distrito.

344.Por otra parte, en 2007, las autoridades pusieron en marcha los procedimientos de planificación para el plan del distrito metropolitano de Be’er Sheva (Nº 23/14/4). El plan tiene por objeto regular la situación de planificación de la zona general del Negev teniendo en cuenta las necesidades de la población, así como las restricciones pertinentes y los efectos ambientales, entre otras cosas. Hasta la fecha se han planteado varias objeciones a este plan, respecto de las cuales está pendiente una decisión de los tribunales.

345.Como se indicó en el informe periódico de Israel, se invirtió una suma adicional de 1.100 millones de NSI (282.051.282 dólares de los EE.UU.) durante un período de seis años (2004-2010) para la creación de infraestructura, el establecimiento de instalaciones públicas y la reorganización del régimen de propiedad en el sur de Israel.

Comité Asesor sobre la política relativa a las localidades beduinas

346.El Comité Asesor sobre la política relativa a las urbanizaciones beduinas se estableció en su forma actual el 24 de octubre de 2007 en virtud de la resolución del Gobierno Nº 2491. La tarea del Comité Asesor consistía en presentar recomendaciones sobre un plan amplio, viable y de gran alcance para el establecimiento de una normativa encaminada a regular la vivienda de la población beduina en el Negev que incluyese normas relativas a la indemnización, mecanismos para la distribución de la tierra, medidas para la aplicación de la ley por la población civil, un calendario para la ejecución del plan y propuestas de enmiendas legislativas, de ser necesarias.

347.El Comité Asesor, presidido por un antiguo juez del Tribunal Supremo, el Sr. E. Goldberg, consta de siete miembros, incluidos dos representantes beduinos. El Comité Asesor comenzó a sesionar en enero de 2008; sus audiencias fueron públicas y se celebraron en Be’er Sheva. El Comité Asesor finalizó sus deliberaciones públicas en mayo de 2008 y presentó sus recomendaciones finales al Gobierno el 11 de diciembre de 2008. El informe final del Comité se centró en tres esferas principales: la tierra, la vivienda y la aplicación de la ley. El Comité decidió enfocar la atención en estas esferas tras llegar a la conclusión de que la vivienda de la población beduina en el Negev sólo podía organizarse mediante una política integrada que abarcara estas cuestiones. El Comité recomendó la adopción de una fórmula tendiente a equilibrar las necesidades de los beduinos y del Estado, fuese de ágil aplicación y tuviese una base legislativa para que la política resultante fuese definida, coherente y equitativa. El Comité afirmó que esa política permitiría dar una solución justa y viable a los conflictos de tierras, lo que contribuiría a renovar la confianza de los beduinos en el Estado y sus intenciones.

348.El 18 de enero de 2009, el Gobierno aprobó la resolución Nº 4411 tras examinar a fondo el informe del Comité. El Gobierno aceptó las recomendaciones del Comité como base para la normalización de la vivienda de la población beduina en el Negev y nombró a un grupo de profesionales que incluía a representantes de los ministerios del Gobierno, la Administración de Tierras de Israel y el Fiscal General. Este grupo se encargará de presentar un anteproyecto detallado y viable para la puesta en práctica de la resolución del Gobierno.

349.Actualmente el equipo encargado de la aplicación está llevando a cabo las etapas finales del plan gubernamental detallado para la normalización de la vivienda de la población beduina en el Negev. El plan se basa en la recomendación del Comité Asesor y en la intensa labor realizada por su personal durante el último año, la cual incluyó consultas con representantes de diversos sectores de la comunidad beduina, así como el diálogo con las organizaciones de la sociedad civil, las cuales formularon observaciones sobre el informe del Comité.

350.Cabe señalar que en el marco de su labor actual, el equipo ha tratado de crear un mecanismo amplio para resolver los litigios sobre tierras y el desarrollo de infraestructura física y social. A tal fin, se están formulando las disposiciones necesarias (tanto legales como operacionales) para el establecimiento de nuevas localidades, la ampliación de las existentes y la solución de litigios.

Consejo Regional de Abu-Basma

351.Como se mencionó en el informe periódico de Israel, se creó un consejo regional para cinco de las nuevas urbanizaciones denominado Abu Basma, el cual se inauguró oficialmente el 3 de febrero de 2004. El Consejo Regional de Abu Basma se ocupa de diez aldeas árabes, seis de las cuales son aldeas beduinas.

352.Con arreglo a la resolución del Gobierno Nº Arab/40 3956 de 18 de julio de 2005, se confió al Consejo Regional de Abu Basma la tarea de atender a las necesidades de la población beduina en materia de educación, infraestructura, empleo, transporte, agricultura, etc. y se le asignó un presupuesto total de 387,7 millones de NSI (99.410.256 dólares de los EE.UU.) para el desarrollo de infraestructura y la construcción de instalaciones públicas en las localidades de Abu-Basma y Al Sid entre 2005 y 2008. Conforme a la resolución del Gobierno Nº 4088 de 14 de septiembre de 2008 se prorrogó el plazo establecido en la resolución Nº 3956 hasta el término de 2009 a fin de utilizar todo el presupuesto asignado.

353.En virtud de la resolución del Gobierno Nº 724 de 9 de agosto de 2009, se aprobó un plan de cinco años de duración para mejorar el acceso a los servicios públicos y centros educativos abarcados por el Consejo Regional de Abu-Basma, así como los centros de servicios públicos dispersos en las aldeas beduinas del sur. El presupuesto total de estos planes asciende a 68,5 millones de NSI (17.564.103 dólares de los EE.UU.) para el período 2009-2013, lo que representa una asignación anual de 13,7 millones de NSI (3.512.820 dólares de los EE.UU.).

Programa permanente para el adelanto de la condición de la mujer beduina

354.Durante 2010, la Dirección para el Adelanto de la Condición de la Mujer ha venido preparando un nuevo programa de carácter permanente para el adelanto de la mujer beduina correspondiente al período 2011-2015 (como seguimiento del programa anterior ejecutado durante el período 2007-2008). El programa incluye cursos prácticos en las escuelas y los centros comunitarios sobre cuestiones relativas a la familia, la intimidad, la comunicación entre los cónyuges y la dignidad, la autoridad parental y los primeros auxilios. Este programa se ha presentado a la Oficina del Primer Ministro y su ejecución dependerá del presupuesto asignado.

Medidas para garantizar los derechos de las mujeres beduinas

355.Todas las demoliciones de viviendas en las localidades y urbanizaciones beduinas se realizan de conformidad con la ley y, en la gran mayoría de los casos, tras largas deliberaciones en los tribunales. Cabe señalar que a menudo las edificaciones demolidas son estructuras de hojalata y madera (instaladas en otros lugares) que constituyen intentos de invadir tierras de propiedad estatal con fines de apropiación ilícita de bienes públicos. Además, en algunos casos los invasores tienen su vivienda asegurada en otros lugares, por ejemplo en las urbanizaciones permanentes.

356.El Estado de Israel ha asignado un amplio presupuesto destinado a la comunidad beduina. Ese presupuesto tiene por objeto proporcionar posibilidades de vivienda, servicios e infraestructura a esa comunidad. Se han invertido muchos millones en duplicar el tamaño de la ciudad de Rahat mediante la construcción de miles de nuevas unidades de vivienda que se ofrecen en venta a la comunidad en condiciones de favor. Además, el Estado tiene previsto construir nuevas urbanizaciones con viviendas de una planta apropiadas al estilo de vida y ocupaciones de la comunidad beduina.

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 34 de la lista de cuestiones

Agua

La política de abastecimiento de agua a las aldeas beduinas no autorizadas

357.Los beduinos que viven en las urbanizaciones beduinas existentes tienen acceso a los mismos servicios que se prestan a todos los ciudadanos israelíes, algunos de los cuales están especialmente adaptados a sus necesidades. Lamentablemente, muchos beduinos eligen vivir fuera de las urbanizaciones permanentes, en condiciones que el Ministerio de Salud considera insatisfactorias. En consecuencia, se asignaron fondos adicionales para ampliar los servicios sanitarios disponibles y el Gobierno hace todo lo posible por prestar servicios de salud adecuados a los beduinos que viven en las aldeas no autorizadas.

358.El 11 de octubre de 2007, el Gobierno puso en marcha otro plan multianual para promover y apoyar la construcción y ampliación de la infraestructura de alcantarillado en las localidades beduinas de la zona del Negev (resolución del Gobierno Nº 2428). De acuerdo con esta resolución, una de las condiciones para la aplicación del plan era que las localidades establecieran empresas de agua y alcantarillado, conforme a las disposiciones de la Ley sobre las empresas de agua y alcantarillado, 5761-2001 (en adelante denominada la Ley sobre las empresas de agua y alcanatarillado). Sin embargo, esas empresas aún no se han establecido.

359.Cerca de 60.000 beduinos viven en aldeas no autorizadas en el Negev. Estas aldeas no autorizadas plantean dificultades para el suministro de los servicios necesarios a los residentes, especialmente del agua. Si bien el Gobierno no pone en entredicho su deber de prestar servicios como el abastecimiento de agua a los habitantes, es prácticamente imposible proporcionar esos servicios a sitios dispersos que se establecen al margen de los programas nacionales de construcción y planificación.

360.No obstante, mientras se terminan las 11 nuevas urbanizaciones permanentes para la población beduina y la ordenación de los sistemas de abastecimiento de agua, el Comité Ministerial para asuntos de las poblaciones árabe, drusa y circasiana ha decidido establecer centros de abastecimiento de agua. Conforme a esta decisión, se han impartido instrucciones sobre la planificación de sistemas de suministro de agua a varios centros en el Negev, denominados centros de abastecimiento de agua, cuyo establecimiento se debe a que el Gobierno ha reconocido las necesidades y realidades actuales de la población beduina y redoblado los esfuerzos por mejorar sus condiciones de vida. Al planificar los centros se tiene en cuenta la cantidad de agua necesaria según el tamaño de la población previsto en 2020; por su parte, el establecimiento de los centros supone un costo importante. Estos sistemas permitirán ampliar el abastecimiento de agua a una proporción considerablemente mayor de la población beduina en comparación con la proporción que actualmente recibe suministros de agua por conducto de conexiones particulares.

361.En junio de 2010 existían centros de abastecimiento agua en las siguientes localidades beduinas: Um Betin, El-Seid, Abu-Krinat, Bir Hadaj, Darijat y Kaser A-Sir. Además, se ha aprobado el establecimiento de otros centros de abastecimiento de agua en Moleda, Abu-Talul, Foraa y Lakia.

362.Otro método habitual para suministrar agua consiste en instalar conexiones directas a la red de abastecimiento principal, las cuales suelen concederse para un grupo de diez familias como mínimo. Debido a la naturaleza problemática de tales conexiones, que requieren la canalización del agua a las aldeas no autorizadas, este método se emplea ahora con menos frecuencia que antes. La Comisión del Agua, encargada de aprobar las conexiones a la red de abastecimiento principal, evalúa las solicitudes de conexión y celebra negociaciones cuando surgen controversias entre los residentes de la diáspora por la posesión de esas conexiones. Según Mekorot, la Empresa Nacional de Abastecimiento de Agua de Israel, existen muchas conexiones pirata efectuadas sin la autorización de la Comisión del Agua.

363.El 13 de septiembre de 2006, el Tribunal de Distrito de Haifa (actuando en calidad de Tribunal del Agua) rechazó un recurso de apelación presentado por Adalah en nombre de 767 beduinos israelíes de la diáspora del Negev, quienes exigían acceso a fuentes de agua (D.C.H. Apelación 609/05, Abdallah Abu Msaed, et. al. c. el Comisionado de l Agua ).

364.En esa decisión, el Presidente del Tribunal de Distrito de Haifa hizo hincapié en que si bien el caso se refería a conexiones a la red principal de abastecimiento de agua, indirectamente abordaba la compleja cuestión de la organización de la "vivienda beduina". El Tribunal añadió que, sin hacer caso omiso del hecho de que todos los ciudadanos tenían el derecho humano fundamental al agua y la sanidad, las cuales debían ser proporcionadas por el Estado a fin de garantizar el derecho a la dignidad, en su opinión el suministro de conexiones a la red principal de agua no era la forma de resolver el problema de las aldeas no autorizadas. A la luz de la decisión del Tribunal, el derecho al agua no es absoluto; puede hacerse condicional sobre la base del "evidente" interés público de "no alentar el establecimiento de nuevos asentamientos ilegales".

365.El 18 de noviembre de 2006, Adalah presentó un recurso de apelación al Tribunal Supremo impugnando la decisión del Tribunal de Distrito de Haifa. Esa apelación sigue pendiente. (C.A. 9535/06, Abdullah Abu Musa’ed, et al. c. el Comisionado del Agua y la Administración de Tierras de Israel ).

La situación actual

366.En febrero de 2009, la empresa Mekerot comenzó a colocar nuevas tuberías de dos pulgadas de diámetro a fin de mejorar y ampliar el abastecimiento de agua a la población beduina y prevenir eventuales problemas técnicos (las tuberías previamente aprobadas por la Comisión del Agua para las conexiones directas eran de una pulgada de diámetro, lo que resulta insuficiente para abastecer de agua a un gran número de personas y causa problemas técnicos como baja presión del agua, congelación de las tuberías, entre otros.).

367.Los propietarios de conexiones directas a la red principal de abastecimiento de agua con tuberías de una pulgada de diámetro pueden solicitar a la empresa Mekorot que les instale las tuberías de mayor diámetro. Cabe observar que incluso cuando esto no se solicita, la empresa Mekorot puede, por iniciativa propia, determinar por cuáles tuberías circula un gran caudal de agua y ampliar su diámetro. Toda la red de tuberías de la empresa Mekorot está bajo tierra, por lo que las reclamaciones relativas a tuberías exteriores se refieren probablemente a conductos colocados por la población local sin autorización oficial.

Electricidad

368.La Ley de suministro de electricidad (Orden temporal), 5756-1996, se promulgó con el fin de resolver el problema de suministrar electricidad a los ciudadanos árabes y drusos residentes en casas edificadas sin permiso de construcción y, por tanto, no conectadas a la red de electricidad central. Esta Ley fue enmendada en 2001 para prorrogar el suministro temporal por un período de siete años. En 2004, con arreglo a una nueva enmienda, se amplió ese período hasta el 31 de mayo de 2007. Desde la promulgación de esta Ley hasta el 31 de mayo de 2007, la Administración de Electricidad aprobó la conexión de 8.941 edificios a la red eléctrica.

369.La Empresa de Electricidad de Israel ha conectado a la red eléctrica nacional las escuelas de el-Mustakabal y el-Aasam b’, situadas en la aldea no autorizada de Abu-Talul. La Empresa ha iniciado asimismo los trabajos de conexión para la escuela de el-Amal en la aldea Hirbat el-Watan y otras escuelas en distintas aldeas no autorizadas del Negev. Estas medidas se adoptaron a raíz de una petición formulada al Tribunal Superior de Justicia por Adalah en julio de 2009. Tras la notificación del Estado al Tribunal, en febrero de 2010, de que se habían terminado las obras necesarias para la conexión de las escuelas a la red nacional y se procedería en breve a establecer la conexión, el Tribunal declaró que ya se habían adoptado las medidas remediales solicitadas en el recurso, por lo que rechazaba la apelación (H.C.J 5475/09 Aiub Abu-Sabila et al. c. el Ministerio de Educación et al. (10.3.10)).

Administración de las redes de alcantarillado - Población beduina

370.Con arreglo a la resolución del Gobierno Nº 3596 (Arab/40) de 18 de julio, se asignó un presupuesto total de 387,7 millones de NSI (104.783.784 dólares de los EE.UU.) para la creación de infraestructura y la construcción de instalaciones públicas en las localidades de Abu-Basma y Al Sid entre 2005 y 2008. Ese presupuesto incluía 44 millones de NSI (11.891.892 dólares de los EE.UU.) (de los cuales el 50% era un préstamo del Estado) para la construcción de sistemas de agua y alcantarillado. La aplicación de esta resolución se retrasó debido al lento ritmo de asentamiento en esas localidades y a las dificultades experimentadas por sus habitantes para devolver el préstamo.

371.El 11 de octubre de 2007, el Gobierno formuló otro plan multianual para promover y apoyar la construcción y el desarrollo de redes de alcantarillado en las localidades beduinas de la zona del Negev (resolución del Gobierno Nº 2428). Según lo dispuesto en esa resolución, una condición para la ejecución del plan era que las localidades establecieran empresas de agua y alcantarillado de conformidad con la Ley sobre las empresas de agua y alcantarillado. Sin embargo, esas empresas aún no se han establecido.

372.En marzo de 2010, el Tribunal de Distrito de Be’er Sheva aprobó un acuerdo entre la administración local de Kssaife y Adam, Teva V’din, la Unión Israelí para la Defensa del Medio Ambiente, sobre ciertos arreglos relacionados con el sistema de alcantarillado de Kssaife. La conclusión de las obras del sistema de alcantarillado se retrasó debido a la objeción de uno de los residentes de Kssaife a que se colocaran alcantarillas cerca de su parcela. Conforme al acuerdo, el jefe de la localidad de Kssaife y la administración local tomarían todas las medidas necesarias para terminar la construcción de la alcantarilla en junio de 2010. Se llegó a este acuerdo sobre la base del hecho de que la zona en cuestión no era propiedad del residente que había planteado la objeción.

Salud

Mortalidad infantil

373.Véase supra la respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 31 de la lista de cuestiones.

Infraestructura sanitaria

Clínicas de atención de la salud

374.Según cifras de mayo de 2010, el número total de clínicas de atención de la salud y médicos independientes para la población beduina ascendía a 51, desglosados como sigue: 27 clínicas y 11 médicos independientes en las localidades permanentes; nueve clínicas en las localidades en etapa de planificación y desarrollo; y cuatro clínicas en las aldeas no autorizadas.

375.Las clínicas ubicadas en las localidades beduinas están equipadas según las normas de todos los Fondos de Salud del país. Todas las clínicas en las aldeas beduinas no autorizadas dispersas por todo el Negev están computadorizadas, tienen aire acondicionado y están equipadas de conformidad con las normas de los Fondos de Salud (sociedades de seguro médico) del país.

376.Es importante señalar que en las distintas clínicas de los Fondos de Salud, ubicadas en las afueras de las localidades beduinas, como en Be’er Sheva, Arad, Dimona, Omer Mitzpe-Ramon y otras, también se prestan servicios de atención médica.

Servicios especiales

377.El Departamento de Servicios Médicos Generales cuenta con un servicio médico especial para la población beduina que incluye un servicio de ambulancias para beduinos a cargo de un empleado beduino. De este modo, los profesionales calificados pueden evaluar las condiciones de vida de los pacientes antes de darlos de alta del hospital.

Cobertura de inmunización

378.Véase supra la respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 31 de la lista de cuestiones.

Prevención de las barreras lingüísticas en la prestación de servicios sanitarios

379.La Universidad Ben Gurion inauguró un nuevo curso de estudios destinado a enfermeros calificados de ambos sexos de la población beduina para la obtención de un título de pregrado. En 2010, 37 estudiantes se habían matriculado en este nuevo programa. Por otra parte, en enero de 2010 se contrató a cinco enfermeras para las clínicas de salud maternoinfantil a las que se prestará capacitación conexa durante un período de seis meses. Existe asimismo un programa de capacitación de dos años de duración para el personal de enfermería encargado de prestar servicios de orientación parental a la población beduina. En 2010 se graduaron de este programa 16 enfermeros y actualmente se está formando un nuevo grupo de enfermeros. Cabe señalar, sin embargo, que aún existe una importante escasez de personal de enfermería calificado en la población beduina.

380.Por otra parte, la primera médica beduina de Israel, Rania al-Oqbi, ha obtenido su título profesional. Esta mujer participó en el programa especial "Cultivo de la Medicina en el Desierto", encaminado a incorporar a un mayor número de beduinos en el sector de la salud. En 2009, seis beduinas estaban matriculadas en la carrera de medicina; 35 beduinas se habían graduado en diversas profesiones relacionadas con la salud; y otras 45 mujeres estudiaban ciencias de la salud.

Clínicas de salud maternoinfantil

381.Véase supra la respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 31 de la lista de cuestiones.

Desarrollo de infraestructura vial y servicios de transporte público en las localidades beduinas

Desarrollo de infraestructura vial

382.El Ministerio de Transporte y Seguridad Vial ha llevado a cabo los siguientes proyectos de infraestructura en las localidades beduinas de la zona sur:

Pavimentación de una carretera de acceso al centro de servicios Al-Said, la cual conduce a dos escuelas y una mezquita, entre otros servicios.

Pavimentación de una carretera de acceso al centro de servicios de Um-Batin, que incluye una escuela primaria, una escuela secundaria, un centro de jóvenes y una clínica de atención de la salud.

Pavimentación de una carretera de acceso a través de las localidades de Marit y Darijat hasta la aldea de Kuhla. Esta carretera dará acceso al centro de servicios de estas localidades, que se encuentra en la etapa final de planificación e incluirá diversos servicios públicos como jardines infantiles, una clínica de atención de la salud, una escuela, etc.

Pavimentación de una carretera de acceso al centro de servicios de Abu Krinat, que incluye una escuela primaria, jardines infantiles y un centro de jóvenes.

Pavimentación de una carretera de acceso al centro de servicios de Huashala, que incluye una escuela primaria y una escuela secundaria, un jardín infantil, un centro de jóvenes y una clínica de atención de la salud.

Pavimentación de una carretera de acceso al centro de servicios de Moleda y a dos escuelas de esa localidad. El centro de servicios de Moleda incluye, entre otras cosas, servicios médicos y una escuela primaria.

Pavimentación de una carretera de acceso al centro de servicios Dir Hadje, que incluye escuelas, jardines infantiles y una clínica de atención de la salud.

Servicios de transporte público en las localidades beduinas

383.La población beduina de la zona norte dispone de servicios de transporte público a tarifas reducidas, los cuales funcionan regularmente los sábados (Sabbath). El Ministerio de Transporte y Seguridad Vial ha comenzado los preparativos para examinar los servicios de transporte público de las aldeas y localidades beduinas de la zona norte en 2011-2012 como parte de un amplio plan de desarrollo destinado a la población árabe.

384.En la zona norte disponen de transporte público las localidades beduinas de Abtin, Shibli y Zarzir. Otras localidades cuentan con líneas de servicio que funcionan de modo similar a las de las localidades del sur.

385.Las localidades beduinas del sur están ubicadas en cuatro zonas principales, a saber: cerca de Dimona (carretera 25), Arad (carreteras 60 y 31), Rahat (carretera 40) y cerca de la salida al Negev por la carretera 40 sur. Por esta razón, el Ministerio ha adoptado las siguientes medidas para aumentar la frecuencia de los servicios de transporte público en esas zonas:

En la carretera 25 funciona un autobús que hace todas las paradas entre Dimona y Be’er Sheva. Las paradas están determinadas en función de las localidades beduinas situadas en esa ruta y los autobuses hacen 17 recorridos completos diariamente. Además, existe una línea rápida que presta servicios a las localidades beduinas próximas a Dimona con una frecuencia de 83 recorridos diarios.

A partir del 13 de septiembre de 2010, el Ministerio de Transporte y Seguridad Vial decidió aumentar el trasporte público en la carretera 25 y reforzó ese servicio con dos líneas de autobuses que hacen un total de 35 recorridos diarios y proporcionan servicios de transporte público a la población beduina de Arara y Segev Shalom y zonas aledañas.

El Ministerio ha mantenido en circulación líneas de autobuses públicos en las carreteras 60 y 31, cerca de Arad, con una frecuencia diaria de 89 recorridos completos y desde el 13 de septiembre ha reforzado el servicio de transporte público en esta carretera con cinco nuevas líneas de autobús para las localidades de Kssaife, Jura, Lakia, Tel-Sheva y otras localidades beduinas cercanas a Be’er Sheva con un total de 61 recorridos completos diariamente.

A partir del año académico 2009-2010 empezó a funcionar una línea de autobús especial entre la ciudad de Arad y Ahva College. Esta línea presta servicios a las aldeas no autorizadas y las localidades permanentes con dos recorridos diarios.

Además, desde mayo de 2009, el Ministerio tiene en funcionamiento un servicio entre Rahat y la ciudad de Sderot con 93 recorridos completos, entre Rahat y Sapir College con tres recorridos completos y entre Rahat y Hura con dos recorridos completos. Todas estas líneas prestan servicios de transporte público a la población beduina de las aldeas no autorizadas y de las localidades permanentes situadas a lo largo de esas carreteras.

Se han puesto en funcionamiento otras cuatro líneas de autobús que hacen todas las paradas entre la salida al Negev y Be’er Sheva y Mitzpe Ramon, con una frecuencia total de 129 recorridos diarios.

En las localidades de Kssaife y Hura también funcionan líneas con horario continuo y en Lakia sólo los sábados.

386.Estos importantes proyectos de infraestructura y líneas de transporte público ofrecen soluciones de transporte para toda la población beduina del Negev, lo que a su vez facilita considerablemente el acceso a la salud, la educación, el empleo y otros servicios vitales, especialmente para los niños y las mujeres de esta sociedad tradicional. De este modo, las mujeres y niñas que necesitan desplazarse pueden utilizar estas carreteras y líneas de autobús sin tener que caminar a estaciones de autobús lejanas y pueden acceder a las escuelas, clínicas de salud y otros servicios públicos sin alejarse demasiado de sus hogares y familias.

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 35 de la lista de cuestiones

387.Véase supra la respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 2 de la lista de cuestiones.

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 36 de la lista de cuestiones

Personas de edad

388.Según el Ministerio de Asuntos de las Personas de Edad, uno de los principales obstáculos para el disfrute de los derechos consagrados en la ley es la falta de conocimientos sobre ciertos derechos. En consecuencia, el Ministerio está preparando un proyecto de ley encaminado a proporcionar información a las personas de edad sobre sus derechos. Conforme a esta propuesta, las autoridades públicas tendrán la obligación de facilitar al Ministerio de Asuntos de las Personas de Edad información sobre los derechos y las prestaciones de las personas de edad que se aproximan a la edad de jubilación y a su vez el Ministerio deberá difundir esa información. El proyecto de ley se encuentra aún en la etapa de redacción.

Mujeres con discapacidad

389.Según el informe de la Comisión sobre la Igualdad de Derechos de las Personas con Discapacidad correspondiente a 2009, en 2007 las mujeres constituían la mayoría de la población de personas con discapacidad en Israel. De 1,2 millones de personas con discapacidad, 650.000 eran mujeres. Esta situación se debe a la mayor esperanza de vida de las mujeres respecto del total de la población. Esa mayoría es aun más evidente en los grupos de edad más avanzada, cuya tasa de discapacidad es también más elevada.

390.Hasta la fecha no se dispone de datos agregados actualizados sobre los obstáculos que impiden a las mujeres de edad y las mujeres con discapacidad disfrutar de los derechos que les otorga la Convención.

Matrimonio y relaciones familiares

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 37 de la lista de cuestiones

Edad mínima para contraer matrimonio

391.Conforme a lo dispuesto en la Ley sobre la edad para contraer matrimonio, 5710‑1950 (en adelante denominada la Ley sobre la edad para contraer matrimonio), los menores entre las edades de 16 y 17 años que deseen contraer matrimonio requieren la aprobación del Tribunal de Familia. Toda persona que contraiga matrimonio con un menor, celebre el matrimonio de un menor o case a su propio hijo o hija, o a un hijo o hija bajo su tutela, con otra persona en contravención de la Ley sobre la edad para contraer matrimonio podrá ser castigada con hasta dos años de prisión (o una multa de 67.300 NSI (18.189 dólares de los EE.UU.).

392.En el procedimiento policial 03.300.200, titulado "Métodos de tratamiento de los delitos relacionados con el matrimonio precoz y las relaciones sexuales con menores", la Policía de Israel ha fijado la política y el método de tratar la cuestión de los matrimonios precoces ilegales. La Policía ha celebrado deliberaciones con representantes de los ministerios de Justicia e Interior y con los servicios sociales del Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo a fin de establecer los criterios y las prioridades con respecto al tratamiento de esos delitos por la Policía.

393.Conforme a dichas deliberaciones, se tratarán con carácter prioritario las siguientes denuncias:

a)Denuncias relativas al matrimonio de una niña menor de 14 años si en la fecha en que se presenta la denuncia tiene menos de 16 años;

b)Denuncias relativas al matrimonio de una niña menor de edad con un hombre que le lleve 10 años o más;

c)Casos en que el matrimonio se haya celebrado en una fecha próxima a la fecha de su inscripción.

394.Según los datos facilitados por el Ministerio de Seguridad Pública, hasta la fecha no se han presentado denuncias relativas a las cuestiones antes mencionadas.

395.Hasta la fecha sólo se han presentado unos pocos casos de matrimonios precoces en 2009 y 2010. Uno de los principales motivos del reducido número de casos suele ser la ausencia de la parte demandante y el hecho de que el delito no se señala a la atención de las autoridades sino cuando la mujer va al Ministerio del Interior a inscribir a los hijos de la pareja. A esas alturas, sin embargo, la mayoría de esas mujeres ya no son menores de edad.

El delito de poligamia

396.La sección 176 de la Ley Penal prohíbe la poligamia en Israel. Conforme a lo dispuesto en esa sección, la poligamia se castiga con una pena de cinco años de prisión. Según la sección 179, las personas judías no serán culpables de poligamia si el segundo matrimonio se celebra tras haber recibido un permiso de matrimonio conforme a un fallo definitivo de un Tribunal Rabínico y una vez que dicho fallo haya sido aprobado por el Tribunal Rabínico Superior. Con arreglo a la sección 180 de la Ley, la poligamia entre personas de otras religiones se "permite" sólo en dos situaciones, a saber: cuando el cónyuge del primer matrimonio esté incapacitado, por razones de enfermedad mental, para dar su consentimiento al divorcio o a la anulación del matrimonio, o para participar en esos procedimientos; y cuando el cónyuge del primer matrimonio esté desaparecido en circunstancias que justifiquen temer por su vida y no se haya tenido rastro de su paradero en al menos siete años. La Ley Penal dispone asimismo que no puede obligarse a una mujer a anular el matrimonio sin el consentimiento del tribunal competente.

397.En 2007 se abrieron 51 investigaciones sobre casos de poligamia. De éstos, 18 (el 35%) se remitió a la Fiscalía del Estado. Durante ese año se llevaron a los tribunales cuatro casos y en todos ellos los acusados fueron sentenciados. Desde enero de 2010 se han presentado 15 casos de poligamia para ser investigados, ocho de los cuales se remitieron a la Fiscalía del Estado.

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 38 de la lista de cuestiones

398.En el Estado de Israel, la autoridad facultada para celebrar el matrimonio de un hombre judío con una mujer judía con arreglo a la ley israelí reside únicamente en los Tribunales Rabínicos y el matrimonio se celebra de conformidad con la ley de la religión judía.

399.Conforme a la ley de la religión judía es imposible forzar a un hombre a divorciarse de su cónyuge contra su voluntad, del mismo modo que no se puede obligar a una mujer a acatar una orden de divorcio ("Get") sin su consentimiento. Cabe señalar que la sección 181 de la Ley Penal, titulada "Disolución del matrimonio contra la voluntad de la cónyuge" prohíbe dicha disolución si no existe un fallo definitivo del tribunal civil o del tribunal religioso competente que haga vinculante la disolución. La sanción en tales casos es de cinco años de prisión.

400.Si bien la disolución del matrimonio se efectúa por decisión de un tribunal religioso, constituye un acto privado voluntario en el que el marido otorga una orden de divorcio a la mujer y ésta la recibe del marido. Cabe observar que el tribunal religioso no puede obligar a ninguno de los cónyuges a divorciarse contra su voluntad. Sin embargo, el tribunal religioso dispone de instrumentos legales que le permiten, en ciertos casos, obligar a un marido a conceder el divorcio a su cónyuge u obligar a la mujer a aceptar el divorcio.

401.En un precedente reciente, el Tribunal de Familia de Jerusalén otorgó al marido (el demandante) la suma de 53.333 NSI (14.400 dólares de los EE.UU.) como indemnización por daños no pecuniarios durante el período en que estuvo unido en matrimonio contra su voluntad, dado que su mujer se negó a acatar la orden de divorcio y siguió viviendo en un apartamento de la propiedad exclusiva del marido (F.M.C 21162/07 Anónimo c. Anónimo, Tribunal de Familia de Jerusalén (21.1.10)). Este caso pone más patentemente en evidencia la igualdad entre el hombre y la mujer en el procedimiento de divorcio y demuestra que éste no puede efectuarse contra la voluntad de la cónyuge.

Distribución de los bienes

402.La distribución de los bienes se rige por el derecho general israelí (H.C.J 1000/92 Hava Bavli c. el Tribunal Rabínico Superior de Jerusalén (1994)). La ley aplicable es la Ley de división de los bienes entre los cónyuges, 5733-1973 (en adelante denominada la Ley de división de los bienes entre los cónyuges), conforme a la cual, por regla general, cada parte recibirá la mitad del valor de los bienes de la pareja en el momento del divorcio. En el caso de parejas que contrajeron matrimonio antes de la promulgación de esta Ley, la doctrina aplicable es la "prelación de la comunidad", que dispone la comunidad de bienes de la sociedad conyugal y su distribución equitativa entre las partes.

403.El Knesset enmendó recientemente la Ley de división de la propiedad entre los cónyuges (enmienda Nº 4 de 2008) con el fin de permitir la división de los bienes antes del divorcio o de la disolución del matrimonio. Según la "Halacha" judía, ambos cónyuges deben dar su consentimiento para el divorcio. La enmienda tiene por objeto impedir que un cónyuge pueda exigir al otro que renuncie a sus derechos de propiedad como condición para otorgar su consentimiento al divorcio.

404.La sección 2 d) de la Ley se enmendó a fin de ampliar el ámbito de aplicación de la Ley e incluir, además del divorcio, la anulación del matrimonio, la declaración de nulidad del matrimonio y la separación cuando la legislación religiosa no permita el divorcio.

405.La sección 5 a), relativa al derecho de cada cónyuge a recibir la mitad del total de los bienes de la pareja, se enmendó para que el tribunal pudiese otorgar este derecho no sólo después del divorcio o del fallecimiento de uno de los cónyuges, como ocurría anteriormente, sino también inmediatamente después de la anulación del matrimonio. La totalidad de los bienes incluye los derechos de pensión futuros, las prestaciones de jubilación, los ahorros, los fondos de previsión, etc.

406.La enmienda añadió la sección 5A a), según la cual el tribunal puede permitir, en determinadas circunstancias, el ejercicio del derecho a la división de los bienes conyugales, es decir, el derecho de cada uno de los cónyuges a la mitad del total de los bienes de la pareja, antes del divorcio o de la anulación del matrimonio en cada una de las formas antes mencionadas.

407.Conforme a lo dispuesto en la sección 5A b), el tribunal puede acortar los plazos establecidos en la sección 5A a) si lo estima apropiado. Además, en ciertas circunstancias, en particular en casos de violencia, el tribunal puede ordenar la división de los bienes incluso si la situación no reúne las condiciones previstas en la sección 5A a).

408.Según lo dispuesto en la sección 5A c), el tribunal puede poner como condición para la ejecución de una solicitud de división de bienes la presentación, por parte del solicitante, de una carta formal de consentimiento para aceptar u otorgar el "Get".

Protocolo Facultativo

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 39 de la lista de cuestiones

409.El Estado de Israel no tiene la intención de ratificar el Protocolo Facultativo por el momento.

Anexos

Anexo 1

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 16 de la lista de cuestiones

Estado de Israel

Ministerio de Justicia

Agosto de 2007

Plan nacional de lucha contra la trata de personas con fines de prostitución

Comité de Directores Generales para la lucha contra la trata de personas

En su reunión celebrada el 11 de julio de 2007, el Comité de Directores Generales para la lucha contra la trata de personas, presidido por el Director General del Ministerio de Justicia, Sr. Moshe Shilo, decidió establecer un plan nacional de lucha contra la trata de personas con fines de prostitución. Este Plan se basa en las recomendaciones de un subcomité nombrado por el Comité de Directores Generales. A la luz de los progresos notables realizados en Israel con respecto a la lucha contra este fenómeno, el Plan se centra en las medidas necesarias para resolver cierto número de problemas concretos restantes.

Este Plan no se limita a la trata entre Estados; abarca asimismo la trata dentro de las fronteras de Israel, si existe y en la medida en que ocurra.

El Comité de Directores Generales se creó en virtud de dos resoluciones del Gobierno, de 28 de diciembre de 2003 y de 21 de mayo de 2006, en las que se decidió establecer este Comité y asignarle la función de adoptar medidas para coordinar la lucha contra la trata de personas en tres niveles: enjuiciamiento, protección de las víctimas y prevención. Según lo dispuesto en la resolución del Gobierno de mayo de 2006, el Comité está integrado por los Directores Generales de los ministerios pertinentes o sus representantes de categoría superior.

En el Comité están representados los siguientes órganos gubernamentales: el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Seguridad Pública, el Ministerio de Asuntos Sociales, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Salud, la Policía de Israel y la Oficina del Primer Ministro. El Director General del Ministerio de Justicia actúa de Presidente del Comité.

El subcomité, que presentó sus recomendaciones al Comité, estuvo compuesto de representantes del Ministerio de Justicia, la Fiscalía del Estado, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Seguridad Pública, el Ministerio de Asuntos Sociales, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Relaciones Exteriores, la Policía de Israel y la Dirección para el Adelanto de la Mujer de la Oficina del Primer Ministro. Participó asimismo el Director del Refugio Maagan para mujeres víctimas de la trata. En la mayoría de las reuniones participaron activamente también representantes de las organizaciones no gubernamentales que se dedican a esta cuestión. El subcomité celebró 11 reuniones entre diciembre de 2006 y junio de 2007.

La formulación de una estrategia amplia de lucha contra la prostitución en general rebasa el alcance de este Plan. No obstante, dado que de cierta forma, las medidas de lucha contra la prostitución pueden contribuir a combatir la trata, el Plan incluye recomendaciones de carácter preventivo que se refieren a la prostitución en general.

A continuación figura un resumen de las recomendaciones incluidas en el Plan nacional aprobado por el Comité de Directores Generales en las esferas de prevención, enjuiciamiento y protección. Cabe destacar que para la aplicación del Plan se requerirán recomendaciones de carácter operacional que deberán formular los grupos de trabajo pertinentes.

Prevención

1.Deben promoverse nuevas investigaciones fácticas y académicas sobre el ámbito de la prostitución en general y la trata en particular, además de tener en cuenta las investigaciones existentes.

2.Deben realizarse campañas de información entre la población israelí en general, así como en determinados sectores de ésta. Además, deben adoptarse medidas para renovar, ampliar y actualizar las campañas de información en los países de origen de las víctimas de la trata con fines de prostitución.

3.Deben proseguirse, ampliarse y actualizarse los programas de capacitación en todos los organismos gubernamentales pertinentes. Además, deben organizarse amplias sesiones de capacitación para el personal de varias oficinas en las que se aborde el tema de la obligación de informar a la Policía de toda sospecha de comisión de delitos relacionados con la trata.

4.Debe reforzarse la vigilancia en la frontera con Egipto.

5.Debe considerarse la adopción de medidas encaminadas a restringir la demanda de servicios de prostitución, entre otras cosas mediante investigaciones comparativas que permitan adoptar una decisión de política sobre la formulación de legislación en esta esfera.

6.Debe continuar la política de aplicación coercitiva de la sección 205 c) de la Ley Penal, que prohíbe el anuncio de servicios de prostitución, y evaluarse la posibilidad de hacer enmiendas a esa Ley.

7.Debe proseguirse la cooperación con los países de origen y de tránsito en todos los niveles: prevención, enjuiciamiento y protección de las víctimas.

8.En los esfuerzos de aplicación, debe seguirse haciendo hincapié en restringir la utilización de locales para fines de prostitución, incluida la continuada intervención de la Policía con arreglo a la Ley sobre la restricción de la utilización de locales a fin de prevenir la comisión de delitos, 5765-2005, cuando proceda, en particular con respecto a la aplicación coercitiva de la prohibición de poseer o alquilar locales para fines de prostitución, intensificando al mismo tiempo la cooperación con las oficinas gubernamentales y las autoridades locales en esta esfera.

9.Debe darse carácter permanente al subcomité que presentó las recomendaciones, el cual debe reunirse periódicamente a fin de abordar los problemas pendientes, formular recomendaciones y supervisar la aplicación del Plan.

Enjuiciamiento

1.Los organismos encargados de hacer cumplir la ley deben promover la sensibilización sobre todo cambio en las pautas de las actividades delictivas relacionadas con la trata con fines de prostitución y los delitos conexos y actuar en consecuencia.

2.Deben establecerse procedimientos apropiados entre los órganos gubernamentales a fin de facilitar el enjuiciamiento de los traficantes cuando las víctimas hayan regresado a sus países de origen.

3.Debe proseguirse la cooperación con los servicios policiales de los países de origen, en particular con respecto a la asistencia en la localización de las víctimas cuya presencia sea necesaria para fines de investigación o testimonio, el intercambio de información y la celebración de conferencias y acuerdos bilaterales, cuando proceda. Además, deben continuarse los esfuerzos por promover los contactos con los países de tránsito en estas esferas.

4.Debe recurrirse con más frecuencia a los mecanismos financieros y económicos para limitar las ganancias que alimentan la trata, incluso mediante la cooperación entre los investigadores policiales, las fiscalías y las autoridades fiscales, así como promoviendo la aplicación de la Ley sobre prohibición del blanqueo de dinero durante las etapas de investigación y enjuiciamiento de los casos y sensibilizando a la Policía sobre la necesidad de aplicar las disposiciones que permitan incautar los activos derivados de esos delitos.

5.En los casos de trata con fines de prostitución, debe seguirse considerando la posibilidad de aplicar la Ley de lucha contra las organizaciones delictivas durante las etapas tempranas de la investigación.

6.Deben adoptarse medidas para agilizar la conclusión de los procesos penales relativos a la trata con fines de prostitución, en particular mediante legislación que faculte a un solo juez a dictar un fallo en esos casos en cooperación con la Dirección de Tribunales, y mediante una mayor sensibilización de los fiscales y los jueces respecto de la necesidad de agilizar esos procesos.

7.Deben proseguirse los esfuerzos por crear un clima propicio para que las víctimas de la trata denuncien otros delitos cometidos en su contra, en particular informando a las víctimas de sus derechos, velando por que los fiscales estén familiarizados con las Directrices del Fiscal del Estado y alentando a los investigadores a aprobar el traslado de las víctimas al refugio para mujeres víctimas de la trata, en coordinación con la Subdivisión Central de la Policía, dado que ello suele alentar a las víctimas a denunciar esos delitos.

8.Deben realizarse esfuerzos para impedir la trata de mujeres israelíes en el extranjero y los delitos conexos, en particular mediante la reunión de información de inteligencia, una mejor cooperación entre Israel y los países de destino y una mayor toma de conciencia del público al respecto a fin de prevenir a las víctimas potenciales.

Protección

1.Debe promoverse un sistema de servicios de traducción más amplio, prestando la debida atención a los sectores en que esos servicios sean deficientes. Además, debe considerarse la posibilidad de prestar capacitación a los traductores asignados a los procesos judiciales a fin de promover la exactitud de la traducción, sobre todo en casos en que se presente documentación particularmente difícil.

2.Debe estudiarse la posibilidad de ampliar el mandato del refugio a fin de incluir el seguimiento del tratamiento de las mujeres que han abandonado el refugio para reanudar su vida independiente.

3.Debe considerarse la posibilidad de establecer casas de transición modelo para las mujeres que han residido en el refugio. A este respecto, deben examinarse los recursos disponibles, en particular los kibbutzim, y formularse los criterios de participación conexos.

4.Debe designarse a un trabajador social del Estado para que preste apoyo a las víctimas de la trata en los centros de detención, contribuya a identificarlas y les preste asistencia para que puedan regresar con seguridad a sus países de origen.

5.Debe elaborarse un conjunto de herramientas para facilitar la identificación de las víctimas de la trata, el cual debe ponerse a disposición de todas las instancias que entren en contacto con dichas víctimas.

6.Debe establecerse un procedimiento para el regreso seguro de las víctimas de la trata a sus países de origen, independientemente de que se hayan o no alojado en el refugio.

7.Debe considerarse la posibilidad de aplicar a las víctimas de la trata con fines de prostitución o delitos conexos el Plan para la protección de los testigos en casos pertinentes, en la medida en que el Plan haya entrado en funcionamiento y con sujeción a las prioridades de la Dirección para la Protección de los Testigos de la Policía de Israel.

8.Debe promoverse el pago de indemnización a las víctimas de la trata con fines de prostitución, en particular fomentando una mayor sensibilización de los fiscales y jueces sobre la importancia de otorgar una indemnización adecuada, promoviendo los procedimientos encaminados a garantizar la indemnización de las víctimas que han abandonado el país y recordando a los fiscales las Directrices del Fiscal del Estado, especialmente su obligación de que en los casos de trata se exija a los traficantes que depositen el monto de la indemnización a las víctimas como condición para la negociación de su sentencia.

9.Deben realizarse esfuerzos por garantizar que las víctimas con situación legal en el país reciban tratamiento médico independientemente de que se hayan o no alojado en el refugio.

10.El Comité Permanente debe hacer una evaluación del refugio a fin de determinar qué arreglos se requerirían si el refugio tuviera que acoger a víctimas de la trata israelíes, de ser necesario. Esta evaluación es indispensable, partiendo del supuesto de que este grupo de la población puede ser diferente del que actualmente se alberga en el refugio. La evaluación debe incluir un examen de los otros refugios existentes para este grupo de la población.

11.Deben realizarse esfuerzos para aumentar la sensibilización de los fiscales respecto de la posibilidad legal de solicitar que el testimonio de las víctimas de la trata con fines de prostitución sea oído en ausencia del acusado.

12.Debe examinarse la legislación destinada a proteger a las víctimas de la trata con fines de prostitución en el marco de los canales ordinarios del Ministerio de Justicia. Esto puede incluir la autorización a los tribunales para solicitar un informe de los servicios sociales sobre el estado de las víctimas (en el marco de procesos penales contra traficantes), otorgar competencia a los tribunales para fallar sobre las penas de prisión de los traficantes que no hayan indemnizado a las víctimas y prohibir la divulgación de información detallada sobre las víctimas, cuando ello no esté estipulado plenamente por la legislación existente o en la medida en que no esté estipulado.

13.Deben realizarse esfuerzos para que los fiscales estén más familiarizados con la Ley de los derechos de las víctimas de la trata con fines de prostitución.

El Comité de Directores Generales decidió promover cinco objetivos considerados de máxima prioridad en esta etapa y otros cuatro objetivos a los que ha de asignarse el siguiente grado de prioridad.

Los cinco objetivos de máxima prioridad son los siguientes:

1.En materia de prevención, reforzar la vigilancia de la frontera con Egipto (recomendación 4 del capítulo sobre prevención).

2.En materia de enjuiciamiento, promover la sensibilización de los organismos competentes sobre todo posible cambio en las pautas de las actividades delictivas y actuar en consecuencia (recomendación 1 del capítulo sobre enjuiciamiento).

3.En materia de protección, elaborarse un conjunto de herramientas para facilitar la identificación de las víctimas de la trata (recomendación 5 del capítulo sobre protección).

4.En materia de protección, promover la repatriación segura de las víctimas de la trata a sus países de origen (recomendación 6 del capítulo sobre protección).

5.En materia de protección, realizar esfuerzos por garantizar que todas las víctimas con situación legal en el país reciban tratamiento médico (recomendación 9 del capítulo sobre protección).

A continuación figuran los cuatro objetivos con el siguiente grado de prioridad:

1.En materia de prevención, realizar campañas de información en Israel y en el extranjero (recomendación 2 del capítulo sobre prevención).

2.En materia de prevención, promover los programas de capacitación (recomendación 3 del capítulo sobre prevención).

3.En materia de enjuiciamiento, promover una mayor utilización de los mecanismos financieros y económicos (recomendación 4 del capítulo sobre enjuiciamiento).

4.En materia de protección, promover un sistema de servicios de traducción más amplio (recomendación 1 del capítulo sobre protección).

El Comité de Directores Generales nombró a equipos interministeriales con el cometido de formular recomendaciones operacionales respecto de cada uno de los objetivos de máxima prioridad.

Además, el Comité de Directores Generales decidió difundir un resumen del Plan nacional entre el público en general y las organizaciones no gubernamentales activas en la lucha contra la trata. El Comité también decidió dar carácter permanente al subcomité que redactó las recomendaciones para que abordara los problemas pendientes, formulara recomendaciones y supervisara la aplicación del Plan.

Anexo 2

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 16 de la lista de cuestiones

Estado de Israel

Ministerio de Justicia

8 de febrero de 2007

Plan nacional de lucha contra la esclavitud y la trata de personas con fines de esclavitud y trabajo forzoso

Comité de Directores Generales para la lucha contra la trata de personas

En su reunión celebrada el 10 de enero de 2007, el Comité de Directores Generales para la lucha contra la trata de personas decidió establecer un plan nacional de lucha contra la esclavitud y la trata de personas con fines de esclavitud y trabajo forzoso. Esta decisión se basó en las recomendaciones formuladas por un subcomité designado por el Comité. Este Plan nacional es un primer paso necesario para la aplicación de una estrategia encaminada a eliminar ese flagelo.

El Comité de Directores Generales se creó en virtud de dos resoluciones del Gobierno, de 28 de diciembre de 2003 y de 21 de mayo de 2006, en las que se decidió establecer este Comité y asignarle la función de adoptar medidas para coordinar la lucha contra la trata de personas en tres niveles: enjuiciamiento, protección de las víctimas y prevención. Según lo dispuesto en la resolución del Gobierno de mayo de 2006, el Comité está integrado por los Directores Generales de los ministerios pertinentes o sus representantes de categoría superior.

En el Comité están representados los siguientes órganos gubernamentales: el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Seguridad Pública, el Ministerio de Asuntos Sociales, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Salud, la Policía de Israel y la Oficina del Primer Ministro. El Director General del Ministerio de Justicia actúa de Presidente del Comité.

El subcomité, que presentó sus recomendaciones al Comité, estuvo compuesto de representantes de los órganos gubernamentales representados en el Comité. Actuó como Presidente del subcomité la Coordinadora Nacional de la Lucha contra la Trata de Personas en el Ministerio de Justicia. Se invitó a representantes de organizaciones no gubernamentales a fin de que aportaran su experiencia en la materia.

El Plan no pretende regular el ámbito general relativo a los trabajadores extranjeros, dado que otros órganos se encargan de esa labor; su función consiste en formular recomendaciones sobre la lucha contra los fenómenos más graves en esta esfera, la esclavitud y la trata con fines de esclavitud y trabajo forzoso. No obstante, es posible que a raíz de estas recomendaciones sea necesario modificar las disposiciones existentes con respecto a los trabajadores extranjeros, en la medida en que éstas podrían crear un clima propicio para el fomento de esos graves fenómenos.

A continuación figura un resumen de las decisiones adoptadas en los planos de la prevención, el enjuiciamiento y la protección. Cabe destacar que estas decisiones constituyen un Plan nacional y no procedimientos operacionales, los cuales deberán formularse una vez que el Plan esté en marcha.

Prevención

1.Debe crearse una base de datos sobre la esclavitud y la trata con fines de esclavitud y trabajo forzoso, incluso mediante el intercambio de información entre organismos gubernamentales, el fortalecimiento de los canales de comunicación con las organizaciones no gubernamentales y el fomento de la investigación.

2.Deben adoptarse medidas para informar al público israelí de estos fenómenos, así como de su deber de denunciar a la Policía, conforme a las disposiciones de la Ley Penal, toda sospecha de trata con fines de esclavitud y trabajo forzoso.

3.Debe alentarse al público en general y a determinados sectores de la población a proporcionar a la Policía toda información pertinente de que dispongan sobre la esclavitud y la trata con fines de esclavitud y trabajo forzoso, en particular a los sectores que puedan entrar en contacto con las víctimas de esos delitos, incluidas las empresas privadas.

4.Deben realizarse campañas de información en los países de origen de los trabajadores extranjeros a fin de proporcionarles información básica sobre las condiciones y los derechos laborales en Israel.

5.Deben adoptarse medidas a fin de informar a los trabajadores extranjeros respecto de sus derechos básicos durante las etapas tempranas de su llegada a Israel.

6.Debe examinarse la cuestión de la toma de contacto con los países de origen de los trabajadores extranjeros a fin de lograr un acuerdo sobre la supervisión del proceso de contratación y proporcionarles información sobre sus derechos antes de su llegada a Israel.

7.Debe prestarse capacitación sobre la trata de personas y la esclavitud a los representantes de las oficinas gubernamentales que se ocupan de los trabajadores extranjeros.

8.Debe reforzarse la vigilancia en la frontera con Egipto.

9.Deben ponerse en práctica las disposiciones enunciadas en las decisiones del Gobierno Nº 446, Nº 447 y Nº 448 con respecto al nuevo régimen de empleo de trabajadores extranjeros por conducto de oficinas privadas, a raíz de lo cual se impondrán diversas obligaciones y garantías monetarias a fin de velar por una supervisión adecuada de las condiciones laborales.

10.La Coordinadora Nacional debe presentar informes periódicos al Gobierno sobre el alcance de este fenómeno, sus características y las medidas adoptadas por el Gobierno para combatirlo.

11.Debe considerarse la posibilidad de adoptar la política de prohibir la entrada a trabajadores extranjeros de países que no tengan embajada o consulado en Israel, a menos que existan circunstancias excepcionales.

12.Es importante adoptar una política de rotación de los trabajadores extranjeros, especialmente en el sector de la enfermería.

13.Es importante efectuar inspecciones a fin de identificar los casos de solicitudes ficticias en nombre de trabajadores extranjeros.

14.Debe ultimarse cuanto antes el procedimiento de ratificación de los tratados internacionales destinados a erradicar la trata de personas.

15.Debe darse carácter permanente al subcomité que presentó las recomendaciones, el cual se reúne periódicamente a fin de abordar los problemas pendientes y formular recomendaciones.

Enjuiciamiento

1.Debe establecerse una política clara con respecto a la investigación y el procesamiento de delitos contra trabajadores extranjeros a fin de distinguir entre los casos que merecen investigación y procesamiento penales conforme a la Ley Penal y los casos de infracciones reglamentarias que no requieren investigación y procesamiento de carácter penal.

2.Debe velarse por que los organismos encargados de hacer cumplir la ley coordinen entre sí una clara división de funciones con respecto a la investigación y el procesamiento de infracciones reglamentarias, por una parte, y de delitos penales como la trata y la esclavitud, por otra.

3.Debe establecerse un procedimiento para la transferencia de información sobre las investigaciones en curso entre los distintos organismos encargados de hacer cumplir la ley.

4.Deben designarse coordinadores en la Policía, la Fiscalía del Estado y el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo encargados de formular una perspectiva amplia del problema, servir de fuente de información y actuar como centro de coordinación para la remisión de los casos a los organismos de aplicación de la ley competentes.

5.El Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo debe hacer cumplir de forma más enérgica su política de protección de los trabajadores extranjeros.

6.Debe elaborarse una guía para identificar a las víctimas de la trata y la esclavitud (o, en otros términos, un mecanismo nacional de remisión) para su utilización en las intersecciones pertinentes.

7.Debe promoverse la política de alentar a los trabajadores extranjeros a denunciar a los que han cometido delitos en su contra.

8.Debe hacerse más estricta la prohibición con respecto al pago de comisiones a intermediarios por parte de los trabajadores extranjeros en exceso de la suma establecida por la ley.

9.Debe intensificarse la supervisión de las agencias de personal y oficinas privadas que atienden a trabajadores extranjeros, así como la aplicación de las decisiones gubernamentales vigentes.

10.Debe reforzarse la supervisión de los empleadores de trabajadores extranjeros.

11.Debe aumentarse la cooperación entre los órganos encargados de hacer cumplir la ley de Israel y sus contrapartes en el extranjero a fin de combatir estos fenómenos.

12.Cuando proceda, debe hacerse mayor uso de los recursos financieros con miras a combatir la trata.

13.Debe intensificarse la cooperación entre los órganos encargados de hacer cumplir la ley en los ámbitos penal, reglamentario y financiero.

14.Debe establecerse un servicio de traducción amplio, capaz de actuar en todas las etapas en que los trabajadores extranjeros entren en contacto con organismos gubernamentales.

15.Deben establecerse medios y arbitrios para remitir la información relativa a condenas penales por delitos de trata y esclavitud a los organismos encargados de la concesión de permisos y licencias de empleo o relacionados de alguna manera con trabajadores extranjeros.

16.Deben realizarse esfuerzos, en la medida de lo posible, por agilizar la conclusión de los procesos relacionados con la trata y la esclavitud en los tribunales y en el Departamento de Investigaciones de la Policía.

Protección

1.Deben establecerse marcos de apoyo y toda una gama de servicios para las víctimas de la esclavitud y la trata con fines de esclavitud y trabajo forzoso, entre otras cosas ofreciéndoles opciones de vivienda, de ser necesario, y seguro médico.

2.En los establecimientos penitenciarios debe contratarse a un trabajador social de la administración pública para que preste apoyo a las víctimas de la trata y la esclavitud y ayude a identificarlas.

3.Debe establecerse un procedimiento para la prestación de asistencia letrada a las víctimas de la esclavitud y la trata con fines de esclavitud y trabajo forzoso.

4.A título experimental, debe considerarse la posibilidad de contratar a trabajadores sociales de la administración pública para entrevistar al personal de enfermería y a los trabajadores agrícolas a fin de investigar sus condiciones de empleo.

5.Debe examinarse la política de no enjuiciar a las víctimas de la trata y la esclavitud por delitos inherentes a los delitos cometidos en su contra.

6.Debe establecerse un procedimiento a fin de posibilitar la concesión de visados a las víctimas de la esclavitud y la trata con fines de esclavitud y trabajo forzoso con miras a su rehabilitación, de conformidad con la política del Ministro del Interior anunciada en el Knesset.

7.Debe continuarse e intensificarse el intercambio de información entre el Ministerio del Interior y la Dirección de Inmigración a fin de prevenir la detención innecesaria de trabajadores extranjeros.

8.Debe aplicarse la decisión del Gobierno de ampliar la función de la Defensora Pública encargada de las denuncias interpuestas por trabajadoras extranjeras en el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo a fin de que esté facultada para tratar las denuncias no relacionadas con el sector de la construcción.

9.Debe considerarse la posibilidad de establecer una línea telefónica directa para las trabajadoras extranjeras con miras a facilitar la identificación de las víctimas de la esclavitud y la trata con fines de esclavitud y trabajo forzoso.

10.Debe considerarse la posibilidad de aplicar el Plan para la protección de los testigos (a partir del 4 de enero de 2005) a las víctimas de la trata y de la esclavitud o delitos conexos, una vez que este Plan entre en vigor.

11.Deben adoptarse medidas para que los tribunales y las fiscalías del Estado y de distrito estén más sensibilizados con respecto a la legislación que exige que los tribunales, en general, se pronuncien sobre la indemnización de las víctimas de la trata y la esclavitud en el marco de los procesos penales.

12.Deben promoverse las leyes, reglamentaciones y directrices encaminadas a ofrecer protección a las víctimas de la trata y la esclavitud y facilitar el acceso de éstas a los tribunales.

13.Debe fomentarse el regreso seguro de las víctimas de la trata y la esclavitud a sus países de origen.

El Comité de Directores Generales decidió promover las siguientes cinco decisiones consideradas de máxima prioridad en esta etapa y designó a equipos encargados de formular las medidas operacionales necesarias para su aplicación:

1.En materia de prevención: realizar campañas de información en los países de origen de los trabajadores extranjeros a fin de proporcionarles información básica sobre las condiciones y los derechos laborales en Israel (decisión 4 del capítulo sobre prevención).

2. En materia de enjuiciamiento: velar por que los organismos encargados de hacer cumplir la ley coordinen entre sí una clara división de funciones con respecto a la investigación y el procesamiento de infracciones reglamentarias, por una parte, y de delitos penales como la trata y la esclavitud, por otra (decisión 2 del capítulo sobre enjuiciamiento).

3. En materia de enjuiciamiento: elaborar una guía para identificar a las víctimas de la trata y la esclavitud (o, en otros términos, un mecanismo nacional de remisión) para su utilización en las intersecciones pertinentes (decisión 6 del capítulo sobre enjuiciamiento).

4. En materia de protección: establecer marcos de apoyo y toda una gama de servicios para las víctimas de la esclavitud y la trata con fines de esclavitud y trabajo forzoso, entre otras cosas ofreciéndoles opciones de vivienda, de ser necesario, y seguro médico (decisión 1 del capítulo sobre protección).

5.En materia de protección: promover el regreso seguro de las víctimas de la trata y la esclavitud a sus países de origen.

Además, el Comité de Directores Generales dio carácter permanente al subcomité que presentó las recomendaciones, el cual se reunirá periódicamente a fin de abordar los problemas y formular recomendaciones.

Anexo 3

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 16 de la lista de cuestiones

Estado de Israel

Ministerio de Justicia

Situación de la aplicación del Plan nacional de lucha contra la trata de personas con fines de prostitución (al 23 de febrero de 2010)

Prevención

1.Deben promoverse nuevas investigaciones fácticas y académicas sobre el ámbito de la prostitución en general y la trata en particular, además de tener en cuenta las investigaciones existentes. – En 2009, el Ministerio de Asuntos Sociales y Servicios Sociales llamó a licitación para la realización de un estudio sobre el fenómeno de la prostitución. Además, la Coordinadora Nacional solicitó al Centro de Investigación del Ministerio de Seguridad Pública que pusiera en marcha investigaciones sobre este tema, petición que se está examinando. El subcomité ha realizado trabajos preliminares sobre la evolución de las tendencias más recientes en el ámbito de la prostitución y la trata con fines de prostitución sobre la base de fuentes diversas, incluidas la Policía, los ministerios de Seguridad Pública, Interior, Asuntos Sociales y Servicios Sociales y Salud, la Coordinadora Nacional, el representante de la Fiscalía del Estado, la Dirección para la Rehabilitación de Presos y diversas ONG como Machon Todaa, Isha L’Isha – Centro Feminista de Haifa, y la línea telefónica de directa para los trabajadores migrantes. En el contexto de este subcomité, la Policía ha preparado un informe en el que se exponen las cuestiones centrales.

2. Deben realizarse campañas de información entre la población israelí en general, así como en determinados sectores de ésta. Además, deben adoptarse medidas para renovar, ampliar y actualizar las campañas de información en los países de origen de las víctimas de la trata con fines de prostitución. – En el presente informe se describen las campañas de información pública llevadas a cabo por diversos órganos, incluidos el Ministerio de Educación y la Dirección para el Adelanto de la Condición de la Mujer, la Coordinadora Nacional y la Fiscalía del Estado. No obstante, dada la casi total erradicación de la trata con fines de prostitución, no parece oportuno actualmente iniciar tales campañas en los países de origen.

3.Deben proseguirse, ampliarse y actualizarse los programas de capacitación en todos los organismos gubernamentales pertinentes. Además, deben organizarse amplias sesiones de capacitación para el personal de diversos ministerios en los que se aborde el tema de la obligación de informar a la Policía de toda sospecha de comisión de delitos relacionados con la trata. – En el presente informe se describen en detalle esos programas de capacitación.

4.Debe reforzarse la vigilancia en la frontera con Egipto. – Se están desplegando esfuerzos en este sentido. Si bien se registra un número creciente de infiltrados, en 2009 no ha habido ningún caso de trata de mujeres con fines de prostitución.

5.Debe considerarse la adopción de medidas encaminadas a restringir la demanda de servicios de prostitución, entre otras cosas mediante investigaciones comparativas que permitan adoptar una decisión de política sobre la formulación de legislación en esta esfera. – En 2009 se redactó un anteproyecto de ley destinado a ampliar el alcance de la actual prohibición de anunciar servicios de prostitución y se invitó a la Policía a participar en una reunión fin de examinar conjuntamente el anteproyecto. Se ha presentado una propuesta legislativa por iniciativa privada con miras a prohibir la contratación de servicios de prostitución. En 2008, un subcomité decidió aplazar la decisión final sobre este proyecto hasta que se dispusiera del estudio amplio sobre el fenómeno de la prostitución y se realizaran las campañas de información pública. Una vez finalizado el año, tras escuchar las declaraciones pendientes de diversos académicos y trabajadores sobre el terreno, el subcomité tiene previsto reunirse el 22 de marzo a fin de adoptar una decisión.

6.Debe continuar la política de aplicación coercitiva de la sección 205 C de la Ley Penal, que prohíbe el anuncio de servicios de prostitución, y considerarse la posibilidad de hacer enmiendas a esa Ley. – Se ha preparado un proyecto de ley y está pendiente una reunión con la Policía a fin de recabar sus observaciones al respecto.

7.Debe proseguirse la cooperación con los países de origen y de tránsito en todos los niveles: prevención, enjuiciamiento y protección de las víctimas. – En el presente informe se proporciona información detallada sobre esa cooperación.

8.En los esfuerzos de aplicación, debe seguirse haciendo hincapié en restringir la utilización de locales para fines de prostitución, incluida la continuada intervención de la Policía debe con arreglo a la Ley sobre la restricción de la utilización de locales para prevenir la comisión de delitos, 5765-2005, cuando proceda, en particular con respecto a la aplicación coercitiva de la prohibición de poseer o alquilar locales para fines de prostitución, intensificando al mismo tiempo la cooperación con las oficinas gubernamentales y las autoridades locales en esta esfera. – En el presente informe se abordan la actuación de la Policía en el marco de dicha Ley y la aplicación de ésta por los servicios policiales en casos de delitos relacionados con la prostitución.

9.Debe darse carácter permanente al subcomité que presentó las recomendaciones, el cual debe reunirse periódicamente a fin de abordar los problemas pendientes, formular recomendaciones y supervisar la aplicación del Plan. – El Comité de Directores Generales dio carácter permanente al subcomité. Habida cuenta de que el subcomité está examinando la evolución de las tendencias de la prostitución y la trata con fines de prostitución, juntamente con representantes de los ministerios pertinentes, este subcomité permanente no celebró reuniones en el presente año.

Enjuiciamiento

1.Los organismos encargados de hacer cumplir la ley deben promover la sensibilización sobre todo cambio en las pautas de las actividades delictivas relacionadas con la trata con fines de prostitución y delitos conexos y actuar en consecuencia. – Se nombró a un subcomité presidido por el Director General Adjunto del Ministerio de Seguridad Pública para que examinara esta cuestión, el cual ha avanzado considerablemente en sus deliberaciones. El subcomité ha escuchado declaraciones de la Policía, los ministerios de Seguridad Pública, Interior, Asuntos Sociales y Servicios Sociales y Salud, la Coordinadora Nacional, el representante del Fiscal del Estado, la Dirección para la Rehabilitación de Presos y diversas ONG como Machon Todaa, Isha L’Isha – Centro Feminista de Haifa, y la línea telefónica directa para los trabajadores migrantes. Además, ha escuchado testimonios de mujeres que en el pasado estuvieron vinculadas al mundo de la prostitución.

2.Deben establecerse procedimientos apropiados entre los ministerios del Gobierno a fin de facilitar el enjuiciamiento de los traficantes cuando las víctimas hayan regresado a sus países de origen. – No se registraron casos en 2009.

3.Debe proseguirse la cooperación con los servicios policiales de los países de origen, en particular con respecto a la asistencia en la localización de las víctimas cuya presencia sea necesaria para fines de investigación o testimonio, el intercambio de información y la celebración de conferencias y acuerdos bilaterales, cuando proceda. Además, deben continuarse los esfuerzos por promover los contactos con los países de tránsito en estas esferas. – En el presente informe se describen en detalle los esfuerzos desplegados en estos sentidos.

4.Debe recurrirse con más frecuencia a los mecanismos financieros y económicos para limitar las ganancias que alimentan la trata, incluso mediante la cooperación entre los investigadores policiales, las fiscalías y las autoridades fiscales, así como promoviendo la aplicación de la Ley sobre prohibición del blanqueo de dinero durante las etapas de investigación y enjuiciamiento de los casos, y sensibilizando a la Policía sobre la necesidad de aplicar las disposiciones que permitan incautar los activos derivados de esos delitos. – Se promulgó legislación encaminada a tipificar la trata como delito determinante en el contexto de la Ley sobre prohibición del blanqueo de dinero.

5.En los casos de trata con fines de prostitución, debe seguirse considerando la posibilidad de aplicar la Ley de lucha contra las organizaciones delictivas durante las etapas tempranas de la investigación. – En 2009 no se justificó la aplicación de esta Ley, aunque se registró un caso conexo.

6.Deben adoptarse medidas para agilizar la conclusión de los procesos penales relativos a la trata con fines de prostitución, en particular mediante legislación que faculte a un solo juez a dictar un fallo en esos casos en cooperación con la Dirección de Tribunales, y mediante una mayor sensibilización de los fiscales y los jueces respecto de la necesidad de agilizar esos procesos. – Se ha promulgado legislación encaminada a otorgar competencia a un solo juez para conocer los casos de trata y el Gobierno ha presentado un proyecto de ley a fin de hacer extensiva esa disposición a los delitos de prostitución en circunstancias agravantes.

7.Deben proseguirse los esfuerzos por crear un clima propicio para que las víctimas de la trata denuncien otros delitos cometidos en su contra, en particular informando a las víctimas de sus derechos y velando por que los fiscales estén familiarizados con las Directrices del Fiscal del Estado y alentando a los investigadores a aprobar el traslado de las víctimas al refugio para mujeres víctimas de la trata, en coordinación con la Subdivisión Central de la Policía, dado que ello suele alentar a las víctimas a denunciar esos delitos. – Como puede apreciarse en el presente informe, se están haciendo esfuerzos en este sentido.

8.Deben realizarse esfuerzos para impedir la trata de mujeres israelíes en el extranjero y los delitos conexos, en particular mediante la reunión de información de inteligencia, una mejor cooperación entre Israel y los países de destino y una mayor toma de conciencia del público al respecto a fin de prevenir a las víctimas potenciales. – En 2009 no hubo ningún caso que justificara estos esfuerzos, si bien en 2008 se registraron algunos casos aislados pertinentes.

Protección

1.Debe promoverse un sistema de servicios de traducción más amplio, prestando la debida atención a los sectores en que esos servicios sean deficientes. Además, debe considerarse la posibilidad de prestar capacitación a los traductores asignados a los procesos judiciales a fin de promover la exactitud de la traducción, sobre todo en casos en que se presenta documentación particularmente difícil. – Un subcomité designado por el Comité de Directores Generales se ha reunido a fin de abordar estos problemas.

2.Debe estudiarse la posibilidad de ampliar el mandato del refugio a fin de incluir el seguimiento del tratamiento de las mujeres que han abandonado el refugio para reanudar su vida independiente. – Aunque su mandato no se ha ampliado oficialmente, el refugio de hecho presta asistencia a las mujeres que ya no residen en él.

3.Debe considerarse la posibilidad de establecer casas de transición modelo para las mujeres que han residido en el refugio. A este respecto, deben examinarse los recursos disponibles, en particular los kibbutzim, y formularse los criterios de participación conexos. – Dado el cese de la trata con fines de prostitución en 2009 y el limitado número de mujeres residentes en el refugio, es necesario reevaluar este objetivo.

4.Debe designarse a un trabajador social del Estado para que preste apoyo a las víctimas de la trata en los centros de detención, contribuya a identificarlas y les preste asistencia para que puedan regresar con seguridad a sus países de origen. – En 2009 se establecieron vínculos entre la Coordinadora Nacional y trabajadores sociales del centro penitenciario Ktziot. La Dependencia visitó ese centro dos veces ese año, se mantuvo en contacto con los trabajadores sociales en relación con casos concretos y facilitó la celebración de una reunión entre los trabajadores sociales y los Centros de Asistencia a las Víctimas de Delitos Sexuales a fin de promover la capacitación y prestar asesoramiento y asistencia en vista del gran número de mujeres que llegan a Israel tras haber sido víctimas de violación o abuso sexual durante el trayecto.

5.Debe elaborarse un conjunto de herramientas para facilitar la identificación de las víctimas de la trata, el cual debe ponerse a disposición de todas las instancias que entren en contacto con dichas víctimas. – Se designó a un subcomité presidido por un representante de una Fiscalía de Distrito para que abordara esta cuestión. De momento, este subcomité se ha fusionado con el subcomité encargado de estudiar las nuevas tendencias en el mundo de la prostitución y la trata con fines de prostitución y ha participado en esas deliberaciones como un primer paso necesario para la identificación de las víctimas.

6.Debe establecerse un procedimiento para el regreso seguro de las víctimas de la trata a sus países de origen, independientemente de que se hayan o no alojado en el refugio. – Como se ha señalado en el presente informe, el refugio presta ayuda efectiva a las mujeres, incluso a las que no han pasado por él. Además, se cuenta con el apoyo de las ONG a este respecto y se ha establecido un subcomité presidido por un representante del Ministerio de Asuntos Sociales y Servicios Sociales para que formule recomendaciones. Este subcomité ha celebrado varias reuniones, incluida una a la que asistió un representante de la OIM.

7.Debe considerarse la posibilidad de aplicar a las víctimas de la trata con fines de prostitución o delitos conexos el Plan para la protección de los testigos en casos pertinentes, en la medida en que el Plan haya entrado en funcionamiento y con sujeción a las prioridades de la Dirección para la Protección de los Testigos de la Policía. – La Ley fue aprobada en noviembre de 2008 y ya está en curso de aplicación. La Coordinadora Nacional se reunió con el representante de la Policía encargado de las cuestiones relativas a esta Ley y nada obsta para que se inste a la Dirección a que considere víctimas de la trata a toda persona que satisfaga los criterios estipulados en dicha Ley.

8.Debe promoverse el pago de indemnización a las víctimas de la trata con fines de prostitución, en particular fomentando una mayor sensibilización de los fiscales y jueces sobre la importancia de otorgar una indemnización adecuada, promoviendo los procedimientos encaminados a garantizar la indemnización de las víctimas que han abandonado el país y recordando a los fiscales las Directrices del Fiscal del Estado, especialmente su obligación de que en los casos de trata se exija a los traficantes que depositen el monto de la indemnización a las víctimas como condición para la negociación de su sentencia. – En el presente informe se han descrito detalladamente los esfuerzos realizados a este respecto, que han incluido la participación del Administrador General en los planes para custodiar y transferir la indemnización pagada a las víctimas que han regresado a sus países de origen. Además, las Directrices elaboradas por el Fiscal del Estado se refieren a la cuestión de la indemnización y los tribunales la otorgan con creciente frecuencia. Los fiscales exigen que los acusados depositen el monto de la indemnización como condición para la negociación de su sentencia.

9.Deben realizarse esfuerzos por garantizar que de las víctimas con situación legal en el país reciban tratamiento médico, independientemente de que se hayan o no alojado en el refugio. – Un subcomité nombrado por el Comité de Directores Generales ha redactado recomendaciones y las ha enviado a los miembros para que hagan observaciones al respecto. Una vez que el subcomité incorpore esas observaciones en el texto de las recomendaciones, éstas se presentarán al Comité de Directores Generales.

10.El Comité Permanente debe hacer una evaluación del refugio a fin de determinar qué arreglos se requerirían si el refugio tuviera que acoger a víctimas de la trata israelíes, de ser necesario. Esta evaluación es indispensable, partiendo del supuesto de que este grupo de población puede ser diferente del que actualmente se alberga en el refugio. La evaluación debe incluir un examen de los otros refugios existentes para este grupo de población. – Como se ha señalado en el presente informe, en 2009 se ofrecieron dos opciones de acogida a las víctimas israelíes: una víctima fue acogida en el refugio Maagan; por otra parte, existe una red de refugios para las víctimas de la prostitución israelíes;

11.Deben realizarse esfuerzos para aumentar la sensibilización de los fiscales respecto de la posibilidad legal de solicitar que el testimonio de las víctimas de la trata con fines de prostitución sea oído en ausencia del acusado. – Las Directrices del Fiscal del Estado se refieren a esta cuestión.

12.Debe examinarse la legislación destinada a proteger a las víctimas de la trata con fines de prostitución en el marco de los canales ordinarios del Ministerio de Justicia. Esto puede incluir la autorización a los tribunales para solicitar un informe de los servicios sociales sobre el estado de las víctimas (en el marco de procesos penales contra traficantes), otorgar competencia a los tribunales para fallar sobre las penas de prisión de los traficantes que no hayan indemnizado a las víctimas y prohibir la divulgación de información detallada sobre las víctimas, cuando ello no esté estipulado plenamente por la legislación existente o en la medida en que no esté estipulado. – En 2009 se promulgó legislación en relación con los informes de los servicios sociales.

13.Deben realizarse esfuerzos para que los fiscales estén más familiarizados con la Ley de los derechos de las víctimas de la trata con fines de prostitución. – Este tema ya se está tratando en sesiones de capacitación y seguirá siendo objeto de atención.

Anexo 4

Respuesta a las preguntas formuladas en el párrafo 16 de la lista de cuestiones

Estado de Israel

Ministerio de Justicia

Situación de la aplicación del Plan nacional de lucha contra la esclavitud y la trata de personas con fines de esclavitud y trabajo forzoso (al 23 de febrero de 2010)

A continuación se describen los principales elementos del Plan nacional y de su aplicación.

Prevención

1.Debe crearse una base de datos sobre la esclavitud y la trata con fines de esclavitud y trabajo forzoso, incluso mediante el intercambio de información entre organismos gubernamentales, el fortalecimiento de los canales de comunicación con las organizaciones no gubernamentales y el fomento de la investigación. – La Dirección de Población, Inmigración y Fronteras está reuniendo información y la Coordinadora Nacional se esfuerza por establecer canales de comunicación entre las ONG y los organismos gubernamentales y hacer un resumen de los casos surgidos durante el año. Sin embargo, aún no se dispone de una base de datos completa.

2.Deben adoptarse medidas para informar al público israelí de estos fenómenos, así como de su deber de denunciar a la Policía, conforme a las disposiciones de la Ley Penal, toda sospecha de trata con fines de esclavitud y trabajo forzoso. – En 2009 se emprendieron muchas iniciativas encaminadas a educar al público y en la mayoría de ellas se abordaron estas cuestiones.

3.Debe alentarse al público en general y a determinados sectores de la población a proporcionar a la Policía información pertinente sobre la esclavitud y la trata con fines de esclavitud y trabajo forzoso, en particular a los sectores que puedan entrar en contacto con las víctimas de esos delitos, incluidas las empresas privadas. – Se han puesto en marcha campañas de información pública, aunque todavía no en empresas privadas.

4.Deben realizarse campañas de información en los países de origen de los trabajadores extranjeros a fin de proporcionarles información básica sobre las condiciones y los derechos laborales en Israel. – Véase la información proporcionada en el presente informe sobre los folletos distribuidos por el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo y las recomendaciones presentadas por el subcomité sobre las campañas de información pública, cuyo objetivo general es informar a los trabajadores extranjeros respecto de sus derechos. Además, durante el período que se examina, la Coordinadora Nacional organizó una reunión con las embajadas de Tailandia y de Vietnam a fin de examinar el tema de la protección de los trabajadores que migran al extranjero.

5.Deben adoptarse medidas a fin de informar a los trabajadores extranjeros respecto de sus derechos básicos durante las etapas tempranas de su llegada a Israel. – Recientemente, el folleto sobre los derechos de los trabajadores extranjeros se ha colocado en un lugar prominente de la sala en que dichos trabajadores son entrevistados a su llegada a Israel por funcionarios del Ministerio del Interior.

6.Debe examinarse la cuestión de la toma de contacto con los países de origen de los trabajadores extranjeros a fin de lograr un acuerdo sobre la supervisión del proceso de contratación y proporcionarles información sobre sus derechos antes de su llegada a Israel. – Este proceso se ha puesto en marcha conforme al acuerdo celebrado entre Tailandia y la OIM en el sentido de supervisar la contratación de los trabajadores extranjeros procedentes de Tailandia. Además, se han organizado videoconferencias con oficiales de Sri Lanka.

7.Debe prestarse capacitación sobre la trata de personas y la esclavitud a los representantes de los ministerios del Gobierno que se ocupan de los trabajadores extranjeros. – Esto ya se está haciendo de forma intensiva como lo demuestra la información facilitada en el presente informe. Cabe señalar en particular la importancia de la serie de cursos prácticos sobre identificación de las víctimas organizados conjuntamente por el Comité Mixto de Distribución, CIMI, y el Ministerio de Justicia.

8.Debe reforzarse la vigilancia de la frontera con Egipto. – Como se ha señalado en el presente informe, el número de víctimas de la trata que ingresa a través de la frontera con Egipto ha disminuido notablemente.

9.Deben ponerse en práctica las disposiciones enunciadas en las decisiones del Gobierno Nº 446, Nº 447 y Nº 448 con respecto al nuevo régimen de empleo de trabajadores extranjeros por conducto de oficinas privadas, a raíz de lo cual se impondrán diversas obligaciones y garantías monetarias a fin de garantizar una supervisión adecuada de las condiciones laborales. – Tras la puesta en marcha de los planes nacionales y la aplicación de las recomendaciones anteriores, el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo formuló procedimientos sobre nuevos métodos de contratación para los sectores de la enfermería y el trabajo agrícola. En el sector de la enfermería, el procedimiento centrado en la apertura de oficinas privadas que se encargan del traslado, la intermediación y la atención de los trabajadores extranjeros que requieren servicios de enfermería entró en vigor en septiembre de 2008 y ya es operacional. Se concedieron licencias y permisos para abrir oficinas privadas únicamente a las empresas que cumpliesen todas las disposiciones especiales estipuladas a este respecto en la Ley sobre servicios de contratación. El Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo publicó en su sitio web, en hebreo e inglés, información pormenorizada sobre las 140 oficinas a las que se concedieron licencias.

10.La Coordinadora Nacional debe presentar informes periódicos al Gobierno sobre el alcance de este fenómeno, sus características y las medidas adoptadas por el Gobierno para combatirlo. – Como se ha señalado en el presente informe, la Coordinadora Nacional prepara un resumen de la situación de la trata en Israel que se distribuye entre los principales funcionarios encargados de esta cuestión y se publica en el sitio web de la Oficina de la Coordinadora Nacional.

11.Debe considerarse la posibilidad de adoptar la política de prohibir la entrada a trabajadores extranjeros de países que no tengan embajada o consulado en Israel, a menos que existan circunstancias excepcionales. – El Jefe de la nueva Dirección de Población, Inmigración y Fronteras ha publicado directrices conforme a las cuales se prohíbe la entrada de los trabajadores extranjeros que deseen trabajar en el sector de la enfermería pero no tengan conocimientos de inglés. Esta directriz es particularmente importante en el sector de la enfermería puesto que debe existir una buena comunicación entre el encargado de prestar los cuidados y el paciente.

12.Es importante adoptar una política de rotación de los trabajadores extranjeros, especialmente en el sector de la enfermería. – Esto se realizó utilizando los métodos de contratación descritos anteriormente.

13.Es importante efectuar inspecciones a fin de identificar los casos de solicitudes ficticias de trabajadores extranjeros. – El Ministerio del Interior ha efectuado un número limitado de inspecciones en el curso de 2009.

14.Debe ultimarse cuanto antes el procedimiento de ratificación de los tratados internacionales destinados a erradicar la trata de personas. – Este objetivo se ha cumplido mediante la ratificación de todas las principales convenciones relativas a la trata.

15.Debe darse carácter permanente al subcomité que presentó las recomendaciones, el cual se reúne periódicamente a fin de abordar los problemas pendientes y formular recomendaciones. – Este objetivo se ha cumplido. El Comité de Directores Generales ha otorgado carácter permanente a este subcomité, el cual ha sido convocado en varias ocasiones. En 2009 el subcomité no celebró reuniones con la participación de todos sus miembros, sino únicamente de representantes de la mayoría de los ministerios a fin de examinar alguna cuestión concreta.

Enjuiciamiento

1.Debe establecerse una política clara con respecto a la investigación y el procesamiento de delitos contra trabajadores extranjeros a fin de distinguir entre los casos que merecen investigación y procesamiento penales conforme a la Ley Penal y los casos de infracciones reglamentarias que no requieren investigación y procesamiento de carácter penal. – La creación de una dependencia especial de la Policía encargada de los delitos contra trabajadores extranjeros —el departamento Saar de la unidad Lahav—ha contribuido a aclarar la distinción entre la trata y los delitos menos graves. Además, en todas las actividades de capacitación se incluyen ejemplos de cada tipo de delito a fin de poner de relieve las diferencias.

2.Debe velarse por que los organismos encargados de hacer cumplir la ley coordinen entre sí una clara división de funciones con respecto a la investigación y el procesamiento de infracciones reglamentarias, por una parte, y de delitos penales como la trata y la esclavitud, por otra. – A la luz de los cambios estructurales ocurridos en 2009, queda bastante por hacer a este respecto. A raíz de esos cambios, gran parte de las funciones de supervisión del Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo han pasado al Ministerio del Interior. Además, el departamento Saar ya no dispone de dependencias sobre el terreno encargadas de reunir información como ocurría anteriormente. Un subcomité designado para estudiar este tema celebró varias reuniones y redactó directrices que aún no se han publicado debido a cambios de jurisdicción resultantes de la creación de la nueva Dirección.

3.Debe establecerse un procedimiento para la transferencia de información sobre las investigaciones en curso entre los distintos organismos encargados de hacer cumplir la ley. – La Coordinadora Nacional organizó una serie de reuniones destinadas a facilitar la transferencia de información entre la Policía y el Ministerio del Interior y como resultado de ellas se ha formulado un procedimiento de intercambio de información entre estos órganos, aunque en ciertas ocasiones siguen surgiendo problemas que exigen atención.

4.Deben designarse coordinadores en la Policía, la Fiscalía del Estado y el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo encargados de formular una perspectiva amplia del problema, servir de fuente de información y actuar como centro de coordinación para la remisión de los casos a los organismos de aplicación de la ley competentes. – En cada uno de los órganos antes mencionados existe una persona de contacto para las cuestiones relativas a la trata que se ocupa de difundir información, asesorar al personal y servir de enlace con los demás órganos.

5.El Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo debe hacer cumplir de forma más enérgica su política de protección de los trabajadores extranjeros. – Se ha intensificado la aplicación, pero a raíz de la creación de la Dirección de Población, Inmigración y Fronteras, la mayoría de las autoridades encargadas de aplicar esa política han pasado a integrar la Dirección. Como se ha mencionado en el presente informe, se han celebrado sesiones de capacitación para los supervisores de esta Dirección y el Jefe de la Dirección ha expresado su apoyo a la aplicación más estricta y a las actividades de capacitación.

6.Debe elaborarse una guía para identificar a las víctimas de la trata y la esclavitud (o, en otros términos, un mecanismo nacional de remisión) para su utilización en las intersecciones pertinentes. – Un subcomité designado por el Comité de Directores Generales se ha encargado de preparar esa guía, la cual fue aprobada por el Comité el 5 de mayo de 2008. Además, en los cursos de capacitación organizados por el Comité Mixto de Distribución, CIMI, y el Ministerio de Justicia se ofrecen conferencias y material sobre el tema y se está preparando un folleto que también se hará circular.

7.Debe promoverse la política de alentar a los trabajadores extranjeros a denunciar a los que han cometido delitos en su contra. – En 2009 hubo mucha actividad a este respecto.

8.Debe hacerse más estricta la prohibición con respecto al pago de comisiones a intermediarios por parte de los trabajadores extranjeros en exceso de la suma establecida por la ley. – En esta esfera queda bastante por hacer.

9.Debe intensificarse la supervisión de las agencias de personal y oficinas privadas que atienden a trabajadores extranjeros, así como la aplicación de las decisiones gubernamentales vigentes. – Como se ha descrito en detalle en el presente informe, la División de Población, Inmigración y Fronteras ha realizado esta labor.

10.Debe reforzarse la supervisión de los empleadores de trabajadores extranjeros. – La Policía viene encargándose de esta tarea y realizó una serie de redadas en 2009.

11.Debe aumentarse la cooperación entre los órganos encargados de hacer cumplir la ley de Israel y sus contrapartes en el extranjero a fin de combatir estos fenómenos. – Se ha dado el primer paso gracias al acuerdo celebrado con la OIM sobre la contratación de trabajadores tailandeses en Israel. Además, se han realizado videoconferencias con oficiales de Sri Lanka sobre este tema.

12.Cuando proceda, debe hacerse mayor uso de los recursos financieros. – Se ha comenzado a aplicar esta recomendación, pero queda bastante por hacer. De especial importancia a este respecto es la labor que realiza el departamento del Ministerio del Interior facultado para anular o denegar los permisos y licencias.

13.Debe intensificarse la cooperación entre los órganos encargados de hacer cumplir la ley en los ámbitos penal, reglamentario y financiero. – Esto requiere mayores esfuerzos, especialmente en vista de los cambios estructurales ocurridos en 2009.

14.Debe establecerse un servicio de traducción amplio, capaz de actuar en todas las etapas en que los trabajadores extranjeros entren en contacto con organismos gubernamentales. – Un subcomité designado por el Comité de Directores Generales se ha reunido recientemente para tratar este tema y está en la etapa final de sus deliberaciones.

15.Deben establecerse medios y arbitrios para remitir la información relativa a condenas penales por delitos de trata y esclavitud a los organismos encargados de la concesión de permisos y licencias de empleo o relacionados de alguna manera con trabajadores extranjeros. – Como se ha precisado anteriormente, en los últimos años el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo ha aplicado de forma intensiva la política de denegar los permisos y licencias a todo empleador o agencia que abuse de los trabajadores extranjeros.

16.Deben realizarse esfuerzos, en la medida de lo posible, por agilizar la conclusión de los procesos relacionados con la trata y la esclavitud en los tribunales y en el Departamento de Investigaciones de la Policía. – Como lo demuestra el presente informe, las investigaciones del Departamento sobre estos temas tienen prioridad y se realizan de forma rápida.

Protección

1.Deben establecerse marcos de apoyo y toda una gama de servicios para las víctimas de la esclavitud y la trata con fines de esclavitud y trabajo forzoso, entre otras cosas ofreciéndoles opciones de vivienda, de ser necesario, y seguro médico. – Como se ha mencionado en el presente informe, en julio de 2009 se estableció un refugio para hombres víctimas de la trata y se ha ampliado el mandato del refugio Maagan a fin de acoger a las mujeres víctimas de la trata con fines de explotación laboral. La misma organización sin fines de lucro que administra el refugio Maagan ha sido seleccionada para administrar el refugio Atlas para hombres. Ambos refugios han acogido a víctimas en 2009 y prestan asistencia médica y psiquiátrica, así como otros servicios diversos.

2.En los establecimientos penitenciarios debe contratarse a un trabajador social de la administración pública para que preste apoyo a las víctimas de la trata y la esclavitud y ayude a identificarlas. – En 2009 se establecieron enlaces entre la Coordinadora Nacional y los trabajadores sociales del centro de detención Ktziot. La Dependencia ha visitado ese centro dos veces este año, se mantuvo en contacto con los trabajadores sociales en relación con casos concretos y facilitó la celebración de una reunión entre los trabajadores sociales y los Centros de Asistencia a las Víctimas de Delitos Sexuales a fin de promover la capacitación y prestar asesoramiento y asistencia en vista del gran número de mujeres que llegan a Israel tras haber sido víctimas de violación o abuso sexual durante el trayecto.

3.Debe establecerse un procedimiento para la prestación de asistencia letrada a las víctimas de la esclavitud y la trata con fines de esclavitud y trabajo forzoso. – Como se ha indicado, esta directriz se formuló y difundió.

4.A título experimental, debe considerarse la posibilidad de contratar a trabajadores sociales de la administración pública para entrevistar al personal de enfermería y a los trabajadores agrícolas a fin de investigar sus condiciones de empleo. – Si bien esto no se ha puesto en práctica, con arreglo al nuevo sistema establecido para el sector de la enfermería, los trabajadores sociales se encargan de examinar las condiciones laborales de los trabajadores extranjeros en general y no sólo de aquellos bajo su cuidado.

5.Debe examinarse la política de no enjuiciar a las víctimas de la trata y la esclavitud por delitos inherentes a los delitos cometidos en su contra. – El Fiscal Adjunto del Estado (Cuestiones penales) abordó la cuestión en 2009 pero aún no se ha formulado una decisión al respecto. No obstante, en la práctica, no se suele procesar a las víctimas por esa clase de delitos.

6.Debe establecerse un procedimiento a fin de posibilitar la concesión de visados a las víctimas de la esclavitud y la trata con fines de esclavitud y trabajo forzoso con miras a su rehabilitación, de conformidad con la política del Ministro del Interior anunciada en el Knesset. – Este procedimiento se publicó en julio de 2008 y está en vigor.

7.Debe continuarse e intensificarse el intercambio de información entre el Ministerio del Interior y la Dirección de Inmigración a fin de prevenir la detención innecesaria de trabajadores extranjeros. – Dado que ya no existe la Dirección de Inmigración de la Policía, la detención de los trabajadores ilegales está a cargo de la Dependencia Oz del Ministerio del Interior.

8.Debe aplicarse la decisión del Gobierno de ampliar la función de la Defensora Pública encargada de las denuncias interpuestas por trabajadoras extranjeras en el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo a fin de que esté facultada para tratar las denuncias no relacionadas con el sector de la construcción. – Se ha ampliado el mandato a fin de incluir el sector agrícola y el Knesset celebra actualmente deliberaciones sobre la posibilidad de ampliar aun más esas funciones.

9.Debe considerarse la posibilidad de establecer una línea telefónica directa para las trabajadoras extranjeras con miras a facilitar la identificación de las víctimas de la esclavitud y la trata con fines de esclavitud y trabajo forzoso. – El 10 de noviembre de 2008 se celebró una reunión en la oficina de la Coordinadora Nacional con la participación de miembros de la Fiscalía del Estado y del Ministerio de Seguridad Pública y la Dependencia realizó una investigación comparativa sobre este tema que se remitió al Ministerio de Seguridad Pública. Además, la Directriz sobre asistencia letrada prevé el establecimiento de una línea telefónica especial para las víctimas de la trata.

10.Debe considerarse la posibilidad de aplicar el Plan para la protección de los testigos (a partir del 4 de enero de 2005) a las víctimas de la trata y de la esclavitud o delitos conexos, una vez que este Plan entre en vigor. – Como se ha señalado en el presente informe, el 16 de noviembre de 2008 se aprobó la Ley de protección de los testigos, la cual ya ha entrado en vigor y comenzado a aplicarse. Sin embargo, hasta la fecha no ha surgido ningún caso de trata pertinente.

11.Deben adoptarse medidas para que los tribunales y las fiscalías del Estado y de distrito estén más sensibilizados con respecto a la legislación que exige que los tribunales, en general, se pronuncien sobre la indemnización de las víctimas de la trata y la esclavitud en el marco de los procesos penales. – Este es uno de los temas tratados en las sesiones de capacitación destinadas a las fiscalías estatal y de distrito.

12.Deben promoverse las leyes, reglamentaciones y directrices encaminadas a ofrecer protección a las víctimas de la trata y la esclavitud y facilitar el acceso de éstas a los tribunales. – En 2009, el Ministro de Justicia designó al comité encargado de recomendar la asignación de recursos monetarios en el marco de un fondo especial denominado Fondo de incautaciones, cuyo reglamento fue firmado por el Ministro en 2008. Según ese reglamento, las solicitudes de rehabilitación e indemnización de las víctimas deben tener prioridad sobre cualquier otra clase de solicitud. Asimismo, en 2009 se aprobó la enmienda Nº 9 a la Ley de asistencia letrada, conforme a la cual todas las víctimas de la trata y la esclavitud deben recibir asistencia letrada con carácter permanente.

13.Debe fomentarse el regreso seguro de las víctimas de la trata y la esclavitud a sus países de origen. – Un subcomité ha iniciado deliberaciones sobre este tema con la participación activa del Centro sobre Migración Internacional e Integración. El subcomité escuchó a un representante de la OIM.