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Introducción

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Parte IReseña de los cambios fundamentales ocurridos durante el período abarcado por el examen (diciembre de 1995 – diciembre de 2003)

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A.Desarrollo político

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B.Desarrollo Económico.

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C.Desarrollo Social

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D.Condición de la Mujer

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Parte IIAplicación de cada artículo

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Artículo 1: Definición de discriminación

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Artículo 2: Medidas de política para eliminar la discriminación

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Artículo 3: Mecanismos y programas para promover el adelanto de la mujer

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Artículo 4: Medidas temporales especiales para acelerar la igualdad

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Artículo 5: Roles y estereotipos sexuales e importancia de la educación familiar

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Artículo 6: Trata de mujeres y explotación de la prostitución de mujeres

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Artículo 7: Vida política y pública

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I.Cargos electivos

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II.Cargos decisorios designados

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Artículo 8: Representación y participación internacionales

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Artículo 9: Legislación sobre nacionalidad

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Artículo 10: Educación

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Artículo 11: Empleo

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Artículo 12: Salud

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Artículo 13: Derechos y prestaciones sociales, económicas y culturales

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Artículo 14: Mujer rural y pobreza

48

Artículo 15: Igualdad ante la ley

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Artículo 16: Matrimonio y Familia

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Introducción

El presente informe combina los informes periódicos cuarto y quinto de Indonesia sobre la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. Abarca el período comprendido entre diciembre de 1995 y diciembre de 2003, en el que se registraron cambios importantes en todos los aspectos de la vida del país. Se han introducido reformas esenciales que han afectado a los sistemas político, social y económico de Indonesia.

En septiembre de 2000 se constituyó un Comité Nacional, integrado por representantes de diversos organismos gubernamentales y de organizaciones no gubernamentales, para preparar el primer proyecto de informe. Se celebraron varios talleres para examinar el proyecto de informe e incorporar a él los progresos que se hubieran realizado en la aplicación de la Convención hasta el final de 2003. Además, el Ministerio de Empoderamiento de la Mujer organizó en octubre de 2003 un taller para el seguimiento de Beijing + 5 y el examen del contenido del informe. Esas medidas se adoptaron para garantizar que el informe no tuviera lagunas.

El informe consta de dos partes. La primera contiene un resumen de los principales cambios económicos y sociales que se han registrado, así como de las cuestiones que se plantean y de los obstáculos que persisten. En la segunda se describe la aplicación concreta de los artículos 1 a 16 de la Convención, indicando los progresos logrados, los obstáculos encontrados y las medidas adoptadas para superarlos, incluidas las respuestas a las recomendaciones generales de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. En el informe se describen asimismo las medidas adoptadas para aplicar la Plataforma de Acción de Beijing de 1995 y los Objetivos de Desarrollo del Milenio.

Parte I

Reseña de los cambios fundamentales ocurridos durante el período abarcado por el examen

(diciembre de 1995 – diciembre de 2003)

A.Desarrollo político

A finales del decenio de 1990 la sociedad Indonesia y su sistema político registraron cambios importantes. Esos cambios han configurado un sistema político más democrático, que garantiza la participación en la vida política en pro de un sistema de gobierno más transparente y con rendición de cuentas. Las elecciones generales de 1999, en las que participaron 48 partidos políticos, constituyeron un hito para el pueblo indonesio, pues entrañaron el surgimiento de un entorno político más democrático. Desde entonces, Indonesia ha transformado su sistema de gobierno, antes altamente centralizado, introduciendo una mayor descentralización, que permite un margen de autonomía al nivel de la administración local.

Los cambios más significativos fueron las enmiendas de la Constitución de 1945, que contiene ahora garantías más concretas y firmes en materia de derechos humanos, incluidos los derechos de la mujer como parte de los derechos humanos, así como el concepto de “medidas especiales temporales” (consignado en el artículo 28 h 2)). En la Ley No. 39 de 1999 sobre derechos humanos se especificó ulteriormente que los derechos de la mujer forman parte de los derechos humanos. A finales de 1998, en respuesta a peticiones de activistas en pro de los derechos de la mujer, se estableció, por el Decreto Presidencial No. 181 de 1998, la Comisión Nacional sobre la Violencia contra la Mujer.

La Ley No. 22 de 1999 sobre el gobierno local y la Ley No. 25 de 1999 sobre el equilibrio financiero entre el gobierno central y los gobiernos locales transformaron el sistema político haciéndolo más descentralizado y permitiendo mayor autonomía a nivel de la administración local. Los principales objetivos de la descentralización han sido el de proporcionar flexibilidad a los gobiernos locales en la gestión de sus propios asuntos, como parte del proceso de democratización. Además, la descentralización también tiene por objeto alentar y facilitar la participación de todas las organizaciones de la sociedad civil, incluidas las organizaciones de mujeres, en la construcción de sistemas democráticos en el país.

La Ley No. 12 de 2003 sobre las elecciones generales posibilita la elección directa de los miembros de la legislatura, del Presidente y del Vicepresidente. Contiene disposiciones de gran importancia que promueven la representación de las mujeres en los partidos políticos y en el parlamento.

Otro cambio revolucionario ocurrido durante los primeros tiempos del período de reformas fue la garantía jurídica de la libertad de expresión. Se otorgó a los medios de comunicación plena libertad para expresar opiniones, incluidas opiniones críticas con la burocracia. Se promueve además la incorporación de mujeres a la labor de los medios de comunicación.

Paralelamente a las reformas jurídicas, el nuevo Gobierno puso en marcha asimismo políticas y programas de reforma y recuperación, entre los que se contaron programas para promover la participación de la mujer, con el fin de resolver los efectos persistentes de la crisis, que afectó a muchos aspectos. Se han revisado y sustituido muchos sistemas y enfoques tradicionales.

B.Desarrollo Económico

En agosto de 1997, Indonesia se vio azotada por una devastadora crisis económica y monetaria, que hizo que el número de pobres —más de la mitad de los cuales son mujeres— aumentara pronunciadamente, a 49,5 millones de personas en 1998, y la economía registró una contracción del 14 por ciento en el año siguiente. Esa situación causó despidos masivos, y se recurrió a la práctica habitual en todo el mundo de despedir primero a las mujeres. El número de pobres disminuyó ligeramente, a 37,4 millones, en 2003. Alrededor del 70 por ciento de los pobres vive en zonas rurales, y el resto en zonas urbanas. Más del 70 por ciento de los pobres urbanos viven en Java y Bali.

Durante la crisis, esa población urbana creció mucho más rápidamente que la rural, por lo que se vio más afectada por la situación. La crisis económica y la evolución política del período pusieron gravemente en peligro algunos logros en las esferas de la salud y la nutrición, la educación y el bienestar social. Las mujeres y los niños sufrieron más intensamente que los hombres las consecuencias de la crisis económica. Entre los niños cundieron la desnutrición y el absentismo escolar, y muchos se vieron obligados a buscar empleo para incrementar los ingresos de sus familias.

Los precios de los alimentos, que representan el 70% de los gastos totales de los hogares de bajos ingresos, aumentaron en Indonesia en un 130% entre junio de 1997 y julio de 1998. La situación se vio agravada por las malas cosechas agrícolas como consecuencia de los efectos de “El Niño” y “La Niña”, que redujeron la producción de alimentos y causaron un aumento de sus precios. La rápida subida general de precios, agudizada por el incremento de los precios de los combustibles a mediados de junio de 2001, no sólo agravó la situación de los pobres, sino que redujo los salarios reales de los que siguieron empleados. El incremento de las tarifas eléctricas y telefónicas supuso otra dificultad, que afectó ulteriormente a su calidad de vida. La situación económica mejoró claramente en 2003, año en que se registró un crecimiento económico del 4,5%, frente al 4,3% de 2002 y al 3,8% de 2001. De ahí que aumentara también el PIB, de 6.144 millones de rupias indonesias (714 millones de dólares EE.UU.) en 2001 a 6.368 millones de rupias (740 millones de dólares EE.UU.) en 2002 y a 6.625 millones de rupias (770 millones de dólares EE.UU.) en 2003.

Las actividades de emergencia para superar la crisis se coordinaron a través de redes de asistencia social y programas de respuesta a la crisis en las esferas de la salud y la nutrición y de la planificación de la familia, prestando especial atención a la salud maternoinfantil, el bienestar social y la educación en el período 1996-2002.

En el Programa Nacional de Desarrollo (Propenas 2000-2004) se impulsaban dos estrategias para erradicar la pobreza, a saber: a) satisfacción de las necesidades básicas de los pobres y protección de las familias y las comunidades que viven en la pobreza, y b) asistencia a las comunidades en situación de pobreza estructural. Además, en 2001 el Gobierno formuló la Estrategia Nacional para la Reducción de la Pobreza, basada en cuatro pilares: i) creación de empleo; ii) potenciación de la comunidad; iii) fomento de la capacidad; y iv) protección social.

De conformidad con la Instrucción Presidencial No. 9 de 2000 sobre la incorporación de consideraciones de género en todas las entidades públicas, la Estrategia se concibió y aplicó con arreglo a una perspectiva de género contemporánea. Por ejemplo, el fondo estatal para microempresas y pequeñas y medianas empresas se ha asignado específicamente a grupos cooperativos de mujeres con el fin de mejorar su acceso a recursos económicos.

La crisis económica condujo a un aumento del número de trabajadores migrantes, que llegó a ser de 350.000 anuales, de los que más del 70% eran mujeres. Más del 90% de esas mujeres trabajaban en el sector no estructurado, principalmente como empleadas domésticas, y eran vulnerables a abusos. El Gobierno adoptó medidas para aumentar la protección de las trabajadoras migrantes, especialmente de las que trabajaban en la Arabia Saudita, principal país receptor, estableciendo centros de capacitación autorizados y mejorando los mecanismos de contratación y asignación. Otra medida adoptada en esa esfera fue la firma de un memorando de entendimiento con países receptores como Kuwait y Jordania.

La trata de personas (en particular de mujeres y niños) constituye para Indonesia un problema de creciente importancia, cuyo alcance no es meramente nacional, sino regional y aun mundial. De ahí que Indonesia haya renovado su compromiso de luchar contra esas prácticas, como se proclama en el Decreto Presidencial No. 88 de 2002 sobre el Plan de Acción Nacional para la eliminación de la trata de mujeres y niños. Para garantizar la aplicación de ese plan de acción se ha establecido un grupo de tareas de amplia composición intersectorial. El Plan de Acción Nacional tiene por objeto abordar las causas últimas de las actividades delictivas de trata de personas, que son la pobreza y la falta de acceso a la enseñanza, a la capacitación, a oportunidades de empleo y a servicios sociales.

C.Desarrollo social

En el período comprendido entre 1997 y principios de 2003 se registraron en el país cambios muy pronunciados, no sólo en la esfera política, sino también en la social. Indonesia se enfrentó durante la era de las reformas con diversos problemas sociales de importancia fundamental, como la desconfianza de los miembros de las comunidades hacia las personas que habían ocupado cargos públicos en el régimen anterior. Esa desconfianza se veía alimentada por el desconocimiento del sistema judicial. Era una práctica corriente que cualquier desavenencia que surgiera en la comunidad se juzgara en privado y que se recurriera a la fuerza para resolverla. Ese comportamiento conducía en muchos casos a desórdenes o conflictos sociales.

La falta de reacción antes tales desórdenes y conflictos sociales propiciaba enfrentamientos entre comunidades y conflictos armados como los de Maluku, Sulawesi Central y Kalimantan Occidental, así como conflictos armados vinculados a movimientos separatistas, como los de Aceh y Papua. La mayoría de las víctimas causadas por esas situaciones eran mujeres y niños.

El proceso de urbanización también se convirtió en un problema importante. Al crecer las zonas urbanas a expensas de las rurales, se multiplicaron rápidamente los barrios de tugurios, lo que agudizó diversos problemas sociales. Muchas mujeres jóvenes con un bajo nivel de formación que migraron a zonas urbanas se emplearon en el sector no estructurado, con escasa protección contra todos los tipos de explotación. Las mujeres que permanecieron en sus aldeas tuvieron que atender a su propia manutención y la de los niños.

La migración a otros países, en busca de trabajo, de muchas mujeres jóvenes y de mujeres casadas originó diversos problemas sociales. Las empleadas domésticas, en particular, se encontraron expuestas a explotación sexual, y al volver a sus lugares de origen descubrieron que había empeorado su posición social. Muchas de ellas sufrieron trastornos emocionales y psicológicos que les impidieron seguir llevando una vida normal. En muchos casos, las que habían dejado atrás a sus maridos descubrieron al volver que éstos se habían vuelto a casar y habían gastado todos los ahorros que ellas habían enviado.

Otro problema social resultante de la crisis multidimensional fue el de la trata de mujeres y niños dentro y fuera del país. Los problemas de esas víctimas se abordaron desde una perspectiva a la vez jurídica y social. La represión de los traficantes fue especialmente eficaz gracias a la mejora de la formación y de la capacidad de la policía y de los fiscales indonesios y de la colaboración con otras instituciones competentes y con los países vecinos. Como resultado de esos esfuerzos, la policía pudo facilitar a la fiscalía los datos necesarios para la instrucción de las causas en 67 casos de los 125 investigados. Además, se establecieron más centros de servicios integrados (Pusat Pelayanan Terpadu) en los hospitales públicos, incluidos hospitales de la policía y unidades de servicios especiales (Ruang Pelayanan Khusus) en comisarías de policía, tanto a nivel provincial como de distrito.

El Gobierno y la Comisión Nacional sobre la Violencia contra la Mujer (establecida en 1998) y muchas otras organizaciones de la sociedad civil trabajaron conjuntamente para lograr una mayor protección jurídica específica y una aplicación más coherente de la legislación en defensa de todas las mujeres víctimas de la violencia, tanto en la esfera pública como en la privada, como en el caso de las trabajadoras migrantes y en el de las víctimas de la trata. En cooperación con el Centro para el Estudio de la Población y del Empleo, el Ministerio de Empoderamiento de la Mujer realizó un estudio nacional de política sobre las trabajadoras migrantes, centrado en programas relacionados con el proceso de preparación antes de la partida. Ese estudio reveló que, como consecuencia de la falta de mecanismos de control, en muchos casos el proceso de contratación no se lleva a cabo en forma profesional ni de conformidad con la legislación vigente, lo que suele perjudicar a las mujeres. Esos resultados han facilitado la labor del Ministerio de Mano de Obra y Migración en lo que se refiere a la mejora de la protección de las mujeres migrantes.

D.Condición de la mujer

El compromiso de alcanzar la igualdad y la justicia de género incluido en las Directrices Generales de Política Estatal de 1999 requiere específicamente el empoderamiento de la mujer para lograr esos objetivos. Esa política se tradujo subsiguientemente en el programa nacional quinquenal de desarrollo (Propenas) 2000-2004, y en los planes anuales de desarrollo para 2000, 2001, 2002, 2003 y 2004. El Organismo Nacional de Planificación del Desarrollo (Bappenas) y otros organismos pertinentes hicieron suyos dos objetivos nacionales incluidos en Propenas 2000-2004 para promover la igualdad y la justicia de género: a) mejorar la calidad de vida de las mujeres en todas las esferas de desarrollo, en particular en las del derecho, la economía (incluido el empleo), la política, la educación, la salud, la nutrición, la planificación de la familia y la asistencia social; y b) aumentar su participación en programas de la comunidad para promover la igualdad y la justicia de género y mejorar la eficacia de las instituciones comunitarias, tanto gubernamentales como no gubernamentales.

El enfoque nacional del empoderamiento de la mujer ha consistido en la promoción de la igualdad y la justicia de género en el marco de la familia, de la comunidad y del Estado. Ese enfoque se ha traducido en diversos objetivos concretos, a saber: a) mejora de la calidad de vida de las mujeres; b) sensibilización de la opinión pública sobre la necesidad de promover la igualdad y la justicia de género; c) eliminación de la violencia contra la mujer; d) protección de los derechos humanos de la mujer; y e) fortalecimiento institucional de las organizaciones de mujeres.

Con el cambio de gabinete en 2001, se asignó al Ministerio de Empoderamiento de la Mujer la responsabilidad adicional del bienestar y la protección de la infancia. En consecuencia, en las políticas y programas del Ministerio empezaron a incluirse actividades relacionadas con la protección de la infancia, además de los de potenciación del papel y mejora del bienestar de la mujer. El Plan Estratégico del Ministerio de Empoderamiento de la Mujer tiene por objetivos:

a)Mejorar la coordinación de los ministerios competentes para asegurar que sus políticas, programas y actividades respectivos promuevan la igualdad de género, la justicia y el bienestar y la protección de la infancia;

b)Incrementar y mejorar las actividades de creación de redes entre las instituciones y organizaciones que promueven el empoderamiento de la mujer y el bienestar y la protección de la infancia;

c)aumentar la eficacia del sistema existente de reunión de datos e información sobre la mujer y la infancia;

d)aumentar la eficacia del Ministerio de Empoderamiento de la Mujer en la aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y la Convención sobre los Derechos del Niño.

Para adaptarse a los cambios fundamentales mencionados, el Ministerio de Empoderamiento de la Mujer ha tenido que celebrar diversas consultas no sólo con muchos otros ministerios e instituciones competentes, sino también con organizaciones de la sociedad civil, en particular organizaciones de mujeres y mujeres dirigentes que consideran que al asignar al Ministerio de Empoderamiento de la Mujer la responsabilidad de promoción y protección de los derechos del niño podría terminar concediéndose menos atención a los esfuerzos por promover y proteger los derechos de la mujer, por no hablar de la posibilidad de confusión entre las dos tareas. Atendiendo a esas inquietudes se procedió a reestructurar el Ministerio de Empoderamiento de la Mujer estableciendo el cargo de ministro adjunto encargado concretamente del bienestar y la protección de los niños. Corresponde al Ministro Adjunto para la Infancia velar por que la Ley No. 23 de 2002 sobre la protección de la infancia se aplique teniendo debidamente presentes las consideraciones de género

Parte II

Aplicación de cada artículo

Artículo 1Definición de discriminación

A los efectos de la presente Convención, la expresión “discriminación contra la mujer” denotará toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o eje r cicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igua l dad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera.

La Constitución Indonesia de 1945 (Segunda Enmienda, 2000) define la discriminación como una violación de los derechos humanos. En su artículo 28 I 2) se estipula que “todas las personas tienen derecho a no sufrir discriminación por ningún motivo y a recibir protección contra el trato discriminatorio”. Ese artículo prohíbe una amplia gama de prácticas discriminatorias, incluida la discriminación contra la mujer, y establece el derecho a protección jurídica al respecto.

El artículo 1 3) de la Ley No. 39 de 1999 sobre derechos humanos proclama la igualdad de derechos entre hombres y mujeres en el ordenamiento jurídico y en la vida cívica. Además, en el artículo 1.3 de la misma Ley se define como sigue la discriminación:

“Por discriminación se entiende cualquier forma de limitación, acoso o exclusión, directa o indirecta, basada en diferencias de religión, tribu, raza, etnia, grupo, asociación, posición social, situación económica, sexo, idioma o convicciones políticas, que ocasione merma, desviación o supresión del reconocimiento, la aplicación o el disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, jurídica, social y cultural y otros aspectos de la vida individual y colectiva”.

En la sección 9, relativa a los derechos de la mujer, se proclama que éstos son parte de los derechos humanos (artículo 45), y en los artículos 46, 47, 48, 49, 50, 51 se detallan los diversos derechos de la mujer.

El artículo 5 de la Ley No. 13 de 2003 sobre el trabajo estipula que todas las personas han de tener las mismas oportunidades de conseguir empleo, sin discriminación. El artículo 6 establece que todos los trabajadores tienen derecho a recibir de su empleador un trato igual y no discriminatorio.

28.El artículo 5 de la Ley No. 20 de 2003 sobre el Sistema Nacional de Educación proclama que los niños y las niñas tienen el mismo derecho a la educación.

Artículo 2Medidas de política para eliminar la discriminación

Los Estados Partes condenan la discriminación contra la mujer en todas sus formas, convienen en seguir, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, una política encaminada a eliminar la discriminación contra la mujer y, con tal objeto, se comprometen a:

a) Consagrar, si aún no lo han hecho, en sus constituciones nacionales y en cualquier otra legislación apropiada el principio de la igualdad del hombre y de la mujer y asegurar por ley u otros medios apropiados la realización práctica de ese principio;

b) Adoptar medidas adecuadas, legislativas y de otro carácter, con las sanciones correspondientes, que prohíban toda discriminación contra la mujer;

c) Establecer la protección jurídica de los derechos de la mujer sobre una base de igualdad con los del hombre y garantizar, por conducto de los tribunales nacionales competentes y de otras instituciones públicas, la protección efectiva de la mujer contra todo acto de discriminación;

d) Abstenerse de incurrir en todo acto o práctica de discriminación contra la mujer y velar por que las autoridades e instituciones públicas actúen de conformidad con esta obligación;

e) Tomar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer practicada por cualesquiera personas, organizaciones o empresas;

f) Adoptar todas las medidas adecuadas, incluso de carácter legislativo, para modificar o derogar leyes, reglamentos, usos y prácticas que constituyan discriminación contra la mujer;

g) Derogar todas las disposiciones penales nacionales que constituyen di s criminación contra la mujer.

En relación con los artículos 2 a) y b), véanse los párrafos 25, 26, 27 y 28.

El artículo 17 de la Ley No.39 de 1999 sobre los derechos humanos garantiza a las mujeres protección efectiva, a través de los tribunales nacionales competentes y otras instituciones públicas, contra cualquier acto de discriminación.

Ese artículo estipula lo siguiente:

“Todas las personas, sin discriminación, tienen derecho a acceder a la justicia presentando solicitudes, quejas y denuncias de carácter criminal, civil y administrativo y a ser atendidas por un tribunal independiente e imparcial, de conformidad con procedimientos jurídicos que garanticen el examen del caso por un juez justo y equitativo que pueda llegar a un veredicto objetivo e imparcial”.

El artículo 9 g) de la Ley No. 26 de 2000 sobre el Tribunal de Derechos Humanos define los crímenes contra la humanidad de manera que abarcan formas de violencia tales como la violación, la esclavitud sexual, la prostitución forzada, el embarazo forzado, la esterilización forzada y otras formas de violencia sexual.

Con ocasión de la participación en la vigésimo tercer período extraordinario de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, titulado ”La mujer en el año 2000: igualdad entre los géneros, desarrollo y paz para el siglo XXI” y celebrado en junio de 2000, el Ministro de Estado de Empoderamiento de la Mujer, actuando en nombre del Gobierno de Indonesia, firmó el Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. La firma por Indonesia del Protocolo Facultativo demostró la voluntad del Gobierno de aplicar la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. Se han celebrado diversas consultas y talleres para recabar el apoyo de todas las partes interesadas, tanto de entidades gubernamentales como de organizaciones de la sociedad civil, con el fin de mejorar los mecanismos que han de permitir a las mujeres acceder a la justicia cuando son objeto de discriminación.

El Ministerio de Empoderamiento de la Mujer, en cooperación con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, otros ministerios competentes y organizaciones no gubernamentales, ha realizado diversos estudios y seminarios para sentar las bases de la armonización de las diversas leyes vigentes con los principios de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. Esos estudios sirven asimismo de base para la elaboración de nuevas leyes, por ejemplo contra la violencia doméstica, contra la trata de mujeres y niños, y para la protección de los trabajadores migrantes. En un estudio académico centrado en la Ley No. 62 de 1958 sobre la ciudadanía se ha formulado la recomendación de que las mujeres indonesias casadas con extranjeros tengan derecho a decidir la ciudadanía de sus hijos. La presente Ley de ciudadanía estipula que los hijos nacidos de un matrimonio legítimo entre una mujer indonesia y un extranjero tendrán automáticamente la ciudadanía del padre. Otros estudios académicos en curso guardan relación con la elaboración de una nueva ley sobre la protección de los testigos y de un nuevo código penal. En el borrador de la nueva ley para combatir la violencia contra la mujer se ha propuesto que se utilice la definición contenida en la Declaración de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, dimanante de la Recomendación General No.19 de 1992 del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer.

Desde 1999, el Gobierno viene aplicando una política de tolerancia cero como estrategia para eliminar la violencia contra la mujer.

En relación con la persistencia de pautas de conducta socioculturales y actitudes discriminatorias hacia la mujer, el Gobierno promueve la incorporación de una perspectiva de género como estrategia para lograr la igualdad y la justicia. La Instrucción Presidencial No. 9 de 2000 obliga a todos los representantes y organismos gubernamentales a incorporar la perspectiva de género en sus políticas, programas, proyectos, actividades y presupuestos, con el fin de eliminar la discriminación contra la mujer.

Artículo 3Mecanismos y programas para promover el adelanto de la mujer

Los Estados Partes tomarán en todas las esferas, y en particular en las esferas política, social, económica y cultural, todas las medidas apropiadas, incluso de c a rácter legislativo, para asegurar el pleno desarrollo y adelanto de la mujer, con el objeto de garantizarle el ejercicio y el goce de los derechos humanos y las libert a des fundamentales en igualdad de condiciones con el hombre.

Desde 2001 el Ministerio de Empoderamiento de la Mujer viene actuando como mecanismo nacional para promover el adelanto de la mujer. Se compone de cinco grandes divisiones sustantivas, encabezadas por sendos ministros adjuntos, dedicadas a las siguientes esferas: a) desarrollo e información; b) igualdad de género; c) calidad de vida de la mujer; d) participación de la comunidad; y e) bienestar y protección de la infancia. Además, existe un puesto de Secretario Ejecutivo encargado de asuntos administrativos, financieros y de personal.

Quince de las 30 provincias han establecido oficinas de empoderamiento de la mujer, y 40 distritos han establecido oficinas de distrito de empoderamiento de la mujer. Las provincias y distritos que no han creado tales oficinas o divisiones cuentan también con dependencias encargadas de la introducción de una perspectiva de género y/o del fomento de la participación de la mujer en el desarrollo. Las estructuras, el rango y el mandato de esas dependencias varían considerablemente según la provincia o el distrito, pero todas ellas comparten los objetivos y programas básicos tendentes a coordinar y promover la incorporación de una perspectiva de género en todas las actividades de desarrollo de sus respectivas regiones. Se están realizando esfuerzos para inducir a otras administraciones provinciales o de distrito a que establezcan oficinas o dependencias para la mujer, en particular tras la aplicación en 2001 de la Ley No. 22 de 1999 sobre el gobierno local, que otorga mayor autonomía en la estructuración de las administraciones provinciales y de distrito.

Otros mecanismos importantes para el empoderamiento de la mujer son los siguientes:

a)El KOWANI (Congreso de Mujeres Indonesias) es una federación de 78 organizaciones de mujeres establecida en 1928.

b)Por iniciativa del Ministerio de Asuntos de la Mujer, en 1993 se formularon las directrices de política estatal, que prevén el establecimiento de centros de estudios de género y estudios sobre la mujer con el fin de fundamentar científicamente las actividades de potenciación del papel de la mujer en el desarrollo. Esos centros, cuyo número aumentó de 70 en 1995 a 111 en 2003, se encuentran repartidos por 30 provincias, en universidades públicas y privadas y escuelas de magisterio.

c)El PKK (Movimiento para el Bienestar de la Familia), establecido en 1967 y reformado en 1998, funciona en toda Indonesia con el fin de promover la prosperidad de la familia centrándose en los “diez programas del PKK”, a saber:

i)asimilación y aplicación de los principios de Pancasila como filosofía básica del estilo de vida indonesio;

ii)Alimentación y vestido;

iii)Vivienda;

iv)Educación;

v)Cooperativas;

vi)Salud;

vii)Desarrollo sostenible;

viii)Planificación familiar;

ix)Ahorro;

x)Planificación de la salud.

Los logros del PKK en el empoderamiento de la mujer desde la base a partir de pequeños grupos de diez familias (Dasa Wisma) han sido reconocidos a nivel tanto nacional como internacional. El Posyandu, o Servicio Integrado de Salud, que gestiona el PKK, ofrece servicios para mujeres embarazadas, niños menores de cinco años, y lactantes (control de peso, suministro de alimentos nutritivos, etc.).

d)La Asociación de Esposas de Funcionarios (Dharma Wanita Persatuan), de conformidad con el proceso nacional de reforma y democratización, ha introducido la práctica de elegir a su Presidenta, en contra de la costumbre anterior de designar Presidenta General a la mujer del Ministro del Interior y presidenta de cada ministerio y de cada oficina de gobernador provincial a la mujer del funcionario de más alto rango correspondiente.

e)La Asociación Indonesia de Mujeres Empresarias (IWAPI) tiene por objetivo la potenciación del papel de las empresarias, en particular de las que dirigen microempresas y pequeñas y medianas empresas. La IWAPI es miembro también de la Red de Mujeres Dirigentes de Cooperación Económica de Asia y el Pacífico (WLN-APEC).

f)El Grupo de Mujeres Parlamentarias se estableció en 1999 para promover en el Parlamento una perspectiva de género y la defensa de los derechos humanos de las mujeres.

g)El Centro Indonesio de Mujeres en Política (ICWIP) se estableció en 1999 y colabora con el GPSP (Movimiento para la Educación de las Mujeres Votantes) y la Coalición de Mujeres por la Justicia y la Democracia; la Oficina de Asistencia Jurídica de la Asociación de Mujeres Indonesias por la Justicia (LBH APIK), ha establecido la Red Nacional de Mujeres en Política. Esa red cuenta con más de cuarenta miembros y realiza actividades en más de la mitad de las 30 provincias.

39.En 1998 se estableció una comisión independiente, la Comisión Nacional sobre la Violencia contra la Mujer, como primer mecanismo nacional para abordar el problema de la violencia contra la mujer como forma de violación de sus derechos humanos. El mandato de la Comisión abarca los siguientes elementos: 1) sensibilización de la opinión pública sobre todas las formas de violencia contra la mujer en Indonesia; 2) establecimiento de un entorno propicio para la eliminación de todas las formas de violencia contra la mujer y la protección de sus derechos humanos; y 3) intensificación de los esfuerzos por abordar y prevenir todas las formas de violencia contra la mujer y garantizar la protección de sus derechos humanos. La Comisión ha cumplido ese mandato mediante actividades de promoción, la revisión de las políticas vigentes o la propuesta de políticas alternativas, y el fortalecimiento de la capacidad institucional mediante el establecimiento de redes a nivel nacional, regional e internacional.

40.Se estableció un mecanismo de incorporación de la perspectiva de género en virtud de la Ley No. 9 de 2000 sobre la incorporación de la perspectiva de género en el desarrollo nacional. La Instrucción obliga a todos los representantes y organismos del Gobierno, a saber:

–Ministros,

–Jefes de instituciones estatales,

–Comandante de las Fuerzas Armadas Indonesias,

–Jefe de la Policía Estatal,

–Fiscal General,

–Gobernadores provinciales,

–Jefes de distrito y alcaldes, y

–Órganos e instituciones estatales no dependientes de ministerios

a incorporar a su labor una perspectiva de género con el fin de eliminar la discriminación de género. El Ministerio de Estado para el Empoderamiento de la Mujer ha publicado unas Directrices Técnicas para la incorporación de una perspectiva de género. En cada organismo gubernamental se ha establecido un centro de actividades sobre género para desempeñar las siguientes funciones:

–Motivar y apoyar a la institución/organismo/organización para que revise y mejore sus mandatos, políticas, programas, proyectos, actividades y presupuestos de manera que permitan atender mejor a las cuestiones de género;

–Facilitar la sensibilización en materia de género;

–Promover buenas relaciones de trabajo mejorando la coordinación y cooperación con otras instituciones/organismos/dependencias con miras a la incorporación de una perspectiva de género.

Entre los mecanismos disponibles para la aplicación de la Instrucción Presidencial sobre la incorporación de la perspectiva de género destacan los siguientes:

a)En 1998: el Organismo Nacional de Planificación del Desarrollo estableció un Grupo de Trabajo sobre planificación de políticas y programas, con funciones de incorporación de la perspectiva de género, que centra sus actividades en cinco sectores de desarrollo: empleo, educación, justicia, agricultura, y cooperativas y pequeñas y medianas empresas;

b)En 2000: el Grupo de Trabajo amplió su mandato para abarcar cuatro sectores adicionales: salud, planificación de la familia, asistencia social y medio ambiente. De conformidad con esta política, cada sector de desarrollo estableció su correspondiente grupo de trabajo para garantizar la introducción de la perspectiva de género;

c)En 2002: el Ministerio de Empoderamiento de la Mujer estableció a nivel nacional un Comité Permanente integrado por altos funcionarios de diversos ministerios y de otras instituciones estatales con el fin de formular políticas y estrategias de incorporación de la perspectiva de género;

d)Con el fin de facilitar la aplicación de las políticas y estrategias adoptadas por el Comité Permanente, se estableció un Grupo de Trabajo con las siguientes tareas:

–Sensibilizar a la opinión pública sobre cuestiones de género;

–Proporcionar insumos al Comité Permanente;

–Promover la creación de redes de todas las partes interesadas, tanto gubernamentales como de la sociedad civil, para impulsar la incorporación de la perspectiva de género.

e)Los grupos de trabajo para el empoderamiento de la mujer funcionan en su conjunto como foro de coordinación de los organismos públicos y las organizaciones de la sociedad civil, los centros de estudios de género y estudios sobre la mujer y las organizaciones profesionales a nivel provincial y municipal o de distrito.

42.El programa de potenciación del papel de la mujer, que tiene por objetivo principal el logro de la igualdad y la justicia de género y que se formuló por primera vez en la Directrices Generales de Política Estatal de 1999, forma parte integral del programa de desarrollo de la nación, en particular el programa nacional para la aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. En el actual gabinete presidencial, la formulación y coordinación de las políticas y programas para la mujer incumbe principalmente al Ministerio de Empoderamiento de la Mujer a través de los siguientes objetivos:

a)Fomento de la incorporación de la perspectiva de género y formulación de directrices al respecto, como estrategia para el empoderamiento de la mujer por parte de los organismos ministeriales y no ministeriales a todos los niveles, desde la nación a la aldea;

b)Coordinación de la aplicación de los programas de potenciación del papel de la mujer por los ministerios competentes;

c)Supervisión y evaluación de todos los programas aplicados por los ministerios y las instituciones estatales competentes.

El mandato del Ministerio de Estado no es, pues, el de aplicar los programas correspondientes, sino el de coordinar, supervisar y evaluar los progresos.

43.Con el fin de facilitar la formulación por los ministerios competentes de políticas y programas que tengan en cuenta las cuestiones de género, el Organismo Nacional de Planificación del Desarrollo ha elaborado un instrumento técnico denominado procedimiento de análisis de género, que constituye el elemento central del enfoque adoptado por el Gobierno para promover la incorporación de la perspectiva de género. Se trata de una forma sencilla y cómoda de familiarizar con las técnicas de análisis de género a los planificadores públicos y otros funcionarios encargados de programas de desarrollo. Resulta asimismo un instrumento flexible, puesto que puede utilizarse para analizar nuevas políticas posibles o revisar las existentes. En su primera versión, el procedimiento de análisis de género se concibió como un instrumento de formulación de políticas y planificación de medidas para revisar los objetivos generales de política del Plan Quinquenal de Desarrollo (1994/1995-1998/1999) con el fin de fijar objetivos de política de género para el plan quinquenal siguiente (Propenas 2000-2004). El Gobierno ha formulado asimismo directrices para la incorporación de una perspectiva de género a fin de ayudar a los ministerios, las administraciones locales y el personal técnico a introducir consideraciones de género en sus programas de trabajo. Además, se han elaborado módulos de capacitación en incorporación de una perspectiva de género para facilitar la tarea de los encargados de impartir ese tipo de formación.

44.El Propenas 2000-2004 es jurídicamente vinculante para los órganos gubernamentales competentes, las ONG y la sociedad civil, pues fue promulgado como ley por el Parlamento y el Gobierno en noviembre de 2000. Es un documento de planificación basado en un enfoque estratégico. En él se esbozan los programas que se consideran esenciales y de la mayor prioridad para el país. Cuenta con un artículo especial dedicado a la igualdad y la justicia de género, en el que se indican las esferas a las que hay que prestar particular atención.

45.En el marco del Propenas 2000-2004 se aplican 19 programas sectoriales de desarrollo que abarcan las siguientes esferas: educación, política, pautas socioculturales, cuestiones laborales, ordenamiento jurídico, agricultura, cooperativas, empresas pequeñas y microempresas, medio ambiente, planificación de la familia, asistencia social y salud. En relación con la aplicación de esos programas se han planteado, entre otras, las siguientes cuestiones de género:

a)Reforma jurídica: legislación discriminatoria en función del género; ordenamiento jurídico con sesgo de género; cultura jurídica con sesgo de género; y carencia de un marco jurídico para abordar el problema de la violencia contra la mujer;

b)Desarrollo económico: se plantean como mínimo siete cuestiones de género, a saber, las limitadas oportunidades de empleo para la mujer; el limitado acceso de las mujeres a los recursos económicos; el empleo no remunerado de las mujeres en las empresas familiares; la baja tasa de participación de las mujeres en el mercado laboral; la concentración del empleo femenino en trabajos de escasa cualificación y mal remunerados; la discriminación contra las mujeres trabajadoras en lo referente tanto a la contratación como a los ascensos; y la insuficiente protección de las mujeres trabajadoras;

c)Política: representación insuficiente de la mujer, en particular al nivel de adopción de decisiones en el parlamento, los partidos políticos, las instituciones gubernamentales, la judicatura, y las fuerzas armadas y la policía;

d)Educación: elevada tasa de analfabetismo entre las mujeres; escasa proporción de mujeres entre los estudiantes de enseñanza superior y en las disciplinas técnicas; y sesgo de género de los libros de texto escolares;

e)Salud, nutrición y planificación de la familia: escasa participación y responsabilidad de los varones en los asuntos relacionados con la salud de la familia; elevada tasa de mortalidad materna; gran incidencia de anemia entre las mujeres en edad fértil, y deficiencias crónicas de energía y de vitamina A entre mujeres y niñas; escasa participación de los hombres en los asuntos relacionados con la planificación de la familia; y falta de control por las mujeres de su salud reproductiva, en particular de los asuntos relacionados con la planificación de la familia;

f)Elaboración de políticas: sesgo de género de muchas políticas, programas y actividades de desarrollo;

g)Fortalecimiento institucional y fomento de la capacidad: escasa sensibilización de la sociedad, y en particular de los funcionarios públicos, sobre la igualdad y la justicia de género; insuficiencia de los datos y de la información disponibles sobre la igualdad de género; baja calidad de las instituciones; y debilidad de las relaciones interinstitucionales. Hasta 2003 había 38 programas del sector de desarrollo en los que se habían incorporado consideraciones de género. El presupuesto para la aplicación de tales programas constituye parte integral del presupuesto anual del ministerio correspondiente.

Artículo 4Medidas especiales temporales para acelerar el logro de la igualdad

1. La adopción por los Estados Partes de medidas especiales de carácter temporal encaminadas a acelerar la igualdad de facto entre el hombre y la mujer no se considerará discriminación en la forma definida en la presente Convención, pero de ningún modo entrañará, como consecuencia, el mantenimiento de normas des i guales o separadas; estas medidas cesarán cuando se hayan alcanzado los objetivos de igualdad de oportunidad y trato.

2. La adopción por los Estados Partes de medidas especiales, incluso las contenidas en la presente Convención, encaminadas a proteger la maternidad no se considerará discriminatoria.

El artículo 28 H 2) de la Constitución de 1945 (Segunda Enmienda) estipula que “Toda persona tendrá derecho a que se adopten medidas de facilitación y se le dispense trato especial para que tenga acceso a las mismas oportunidades y prestaciones de conformidad con los principios de igualdad y justicia”, y la sección 9, relativa a los derechos de la mujer (capítulo 3 de la Ley de derechos humanos de 1999, que consta de siete artículos: 45,46,47,48,49,50 y 51) establece el fundamento jurídico para la adopción de medidas especiales temporales de conformidad con el párrafo 1 del artículo 4 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer en relación con los diversos derechos de la mujer.

Sobre la base de esas disposiciones jurídicas, la Ley No. 12 de 2002 sobre las elecciones generales (párrafo 1 del artículo 65) dispone que los partidos políticos deben velar por que en sus listas de candidatos para la legislatura haya por lo menos un 30% de mujeres.

En la esfera de la educación se han adoptados diversas medidas especiales temporales, como cuotas, becas y subvenciones a todos los niveles, incluidas garantías de admisión de niñas en escuelas e instituciones de enseñanza superior.

En el contexto del alivio de la pobreza a nivel de base, especialmente para la mejora de la calidad de vida de la mujer, se han hecho esfuerzos por ampliar el alcance de la formación vocacional especial para mujeres. Paralelamente se ha aplicado también un programa especial tendente a fomentar el acceso de las mujeres a créditos para poner en marcha pequeñas empresas o microempresas para atender a sus necesidades específicas a largo plazo y lograr la independencia económica.

Se han previsto medidas concretas para responder prontamente a la violencia contra la mujer y a las dificultades que afectan a su salud. No obstante, la aplicación práctica de esas medidas no ha rendido los resultados esperados, como consecuencia de los diversos obstáculos que se encuentran, como la insensibilidad a las cuestiones de género y la ineficacia de mecanismos e instituciones. Por consiguiente, se ha procurado sensibilizar sobre las cuestiones de género a los dirigentes tradicionales y religiosos de la comunidad, mediante la participación activa de organizaciones de mujeres y de centros de estudios de género y estudios sobre la mujer en programas específicos tendentes a crear un entorno más propicio a la igualdad y la justicia de género en la familia y la sociedad. El apoyo a esos objetivos ha venido aumentando a medida que la comunidad ha empezado a darse cuenta de que la igualdad y la justicia de género tienen por objeto mejorar la calidad de vida de las mujeres de todas las edades.

Medidas especiales para proteger la maternidad (párrafo 2 del artículo 4):

a)El Ministerio de Estado para el Empoderamiento de la Mujer aplica una política tendente a reducir la mortalidad materna en Indonesia por medio de una iniciativa concreta denominada el Movimiento de defensa de la maternidad. Se trata de un movimiento promovido por el Gobierno y aplicado por y para las comunidades con el fin de mejorar la calidad de vida de la mujer. Esa política se conjuga con otras iniciativas, como la de establecer subdistritos y hospitales especialmente preparados para atender a la maternidad y la campaña de sensibilización de maridos (Suami Siaga). El principal objetivo del movimiento es reducir la tasa de mortalidad materna mediante la sensibilización de los cónyuges, de los familiares y de la comunidad en general sobre la importancia de las medidas que pueden salvar vidas de mujeres durante el parto y después de éste. Para promover el principal objetivo del movimiento, el Gobierno ha facilitado el acceso a los servicios, fondos e instalaciones de salud reproductiva. También ha incrementado las asignaciones presupuestarias para este programa con apoyo de diversos organismos internacionales donantes que patrocinan esas campañas;

b)Con el fin de proteger la salud y el bienestar de los niños, se está impulsando una política de promoción de la lactancia materna, paralelamente al Movimiento de hospitales amigos de los niños, a la campaña comunitaria por el crecimiento y el desarrollo, y al suministro de un suplemento de hierro a las mujeres trabajadoras. Se está alentando a las madres a que amamanten a sus hijos como mínimo hasta los 4-6 meses de edad, aunque se recomienda que lo hagan hasta los dos años. Además de ser saludable para los niños, la lactancia materna desempeña un papel importante en la vinculación emocional entre madre e hijo y constituye una faceta importante de la planificación de la familia;

c)La creciente atención prestada a la infección por VIH/SIDA entre la población femenina ha conducido a la introducción de la perspectiva de género en las actividades educativas relacionadas con la salud. Se han mejorado las medidas preventivas en el lugar de trabajo para hacer frente a las enfermedades de transmisión sexual, mediante actividades de información y seminarios organizados por instituciones gubernamentales, así como por organizaciones privadas y ONG.

Artículo 5Roles y estereotipos sexuales e importancia de la educación familiar

Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para:

a) Modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y muj e res, con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y la prácticas consuetud i narias y de cualquier otra índole que estén basadas en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres;

b) Garantizar que la educación familiar incluya una comprensión adecuada de la maternidad como función social y el reconocimiento de la responsabilidad común de hombres y mujeres en cuanto a la educación y al desarrollo de sus hijos, en la inteligencia de que el interés de los hijos constituirá la consideración primordial en todos los casos.

Roles y estereotipos sexuales:

A pesar de todos los esfuerzos realizados, la asignación de roles y la aplicación de estereotipos a las mujeres siguen constituyendo obstáculos importantes a la aplicación de la Convención. A ese respecto, el Gobierno ha adoptado diversas medidas, entre las que destacan las siguientes:

a)Actividades de promoción entre los dirigentes de la comunidad, en particular las autoridades religiosas, los notables tradicionales, los medios de comunicación de masas y las organizaciones juveniles, con el fin de sensibilizarlos y recabar su apoyo a los objetivos de la igualdad y la justicia de género.

b)Establecimiento de centros de estudios de género y estudios sobre la mujer y fortalecimiento de los centros existentes con el fin de aportar insumos y recomendaciones para la formulación de políticas y programas a nivel local y nacional. El número de centros de ese tipo ha pasado de 70 en 1995 a 111 en 2003, repartidos por las 32 provincias.

c)Publicación anual desde 2000 de perfiles de género de ámbito provincial en sustitución del análisis de la situación de la mujer que se publicaba en el decenio de 1980.

El Gobierno ha analizado el sistema educativo desde una perspectiva de género y ha adoptado una política tendente a revisar en consecuencia los libros de texto, los planes de estudio y los métodos de enseñanza y aprendizaje. También se ha introducido una perspectiva de género en los programas de formación para progenitores en relación con el cuidado de los hijos. Esas actividades de formación tienen por objeto disipar la idea estereotípica de que la cría de los hijos incumbe exclusivamente a la mujer.

A nivel universitario hay un programa de estudios sobre la mujer, que se imparte actualmente en dos universidades, a saber, la Universidad de Indonesia en Yakarta y la Universidad de Hassanudin en Sulawesi Meridional.

El Ministerio de Empoderamiento de la Mujer sigue impartiendo capacitación para personal de los medios de comunicación con el fin de sensibilizarlos y capacitarlos para que promuevan la igualdad de género en su trabajo. El Ministerio publica asimismo directrices para periodistas sobre la introducción de una perspectiva de género y ha establecido un foro de comunicación para facilitar consultas regulares. También ha seguido otorgando anualmente premios a los periodistas que se hayan distinguido por su tratamiento de cuestiones de género. Como parte también de los esfuerzos por sensibilizar a la sociedad sobre la necesidad de promover la igualdad y la justicia de género, el Ministerio de Estado produce también materiales tales como revistas, folletos, prospectos, boletines y CD-ROM, y ha creado un sitio en la Web.

En el marco de las actividades tendentes a promover la incorporación de la perspectiva de género como importante estrategia de desarrollo, desde 2002 el Ministerio de Empoderamiento de la Mujer ha impartido capacitación a 360 funcionarios públicos y dirigentes de organizaciones de mujeres en 12 de las 32 provincias del país sobre formas de apoyar y aplicar la estrategia.

También se han llevado a cabo actividades de promoción para sensibilizar y movilizar en pro de la incorporación de la perspectiva de género a los encargados de la adopción de decisiones en el poder ejecutivo, el legislativo y el judicial.

En 2004 el Ministerio de Empoderamiento de la Mujer empezó a otorgar un premio a la provincia que más hubiera hecho por introducir de consideraciones de género en su elaboración de planes, programas y presupuestos de desarrollo. Entre los criterios en que se basa la concesión del premio se cuentan la existencia de mecanismos institucionales adecuados, la aportación de los recursos humanos necesarios y la consignación de las partidas presupuestarias correspondientes.

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos realizó en el período 2000-2003 actividades de capacitación en materia de derechos humanos (incluida capacitación relativa a la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer) en las que participaron alrededor de 21.000 policías (de los que el 3% eran mujeres), 100 jueces (de los que 3 eran mujeres), 224 funcionarios de la administración central (de los que 56 eran mujeres), 40 representantes de 10 de los 15 centros de derechos humanos de diversas universidades públicas y privadas, y 60 representantes de ONG de todas las provincias. Se recibió asistencia técnica de muchos países donantes, en particular de Australia, Suecia y Noruega. La capacitación se impartió en Indonesia y en los propios países donantes. No obstante, el aumento del número de mujeres que participan en la vida política y pública no indica necesariamente que se hayan logrado la igualdad y la justicia de género. Las mujeres que realizan actividades políticas se enfrentan a limitaciones culturales y estructurales. Las limitaciones culturales están estrechamente relacionadas con la cultura patriarcal dominante en nuestra sociedad, en la que se observa una pronunciada división de papeles entre hombres y mujeres. La opinión más extendida es la de que es preferible que de la política se ocupen hombres, y muchas mujeres sienten que sus rasgos femeninos obstaculizan sus ambiciones políticas. En resumen, las mujeres de todo el mundo se enfrentan a limitaciones socioculturales a todos los niveles. Las que desean dedicarse a la política topan con obstáculos tales como el modelo masculino imperante en la vida política y el proceso por el que se proveen los puestos en los órganos gubernamentales. El escaso interés de los partidos políticos por promover la incorporación de mujeres a sus actividades también ha limitado el acceso de mujeres a la vida política. Actúan asimismo como limitaciones la falta de contactos y de cooperación entre las organizaciones y grupos de mujeres y otras organizaciones públicas, como los sindicatos, y la inexistencia de mecanismos de captación adecuados. Otros obstáculos que dificultan la dedicación de mujeres a actividades políticas son el desempleo, la pobreza, la carencia de recursos financieros suficientes para hacer campaña, y los bajos niveles de formación. Esos factores han impedido a las mujeres desarrollar la confianza necesaria para presentarse como candidatas a cargos electivos.

Artículo 6Trata, explotación y prostitución de mujeres

Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas, incluso de cará c ter legislativo, para suprimir todas las formas de trata de mujeres y explotación de la prostitución de la mujer.

Situación de Indonesia en cuanto a la trata de mujeres y la prostitución:

Sobre la base de un número considerable de estudios, se sospecha que varias provincias de Indonesia son regiones de origen, de tránsito o de destino de la trata.

Cuadro 1Regiones de origen, de tránsito y de destino de la trata de personas en Indonesia

Sumatra Septentrional

Medan

Deli, Serdang, Medan

Lampung

Lampung Meridional

Lampung Meridional

Java Occidental

Bandung

Java Central

Cilacap, Solo

Baturaden

Java Oriental

Surabaya

Surabaya

Bali

Denpasar

Denpasar, Gianyar, Legian, Nusa Dua, Sanur, Tuban

Kalimantan Occidental

Entikong, Pontianak

Pontianak

Nusa Tenggara Occidental

Mataram

Senggigi Beach, Sumbawa

Sulawesi Septentrional

Bitung

Sulawesi Sudoriental

Riau; Batam

Prov. de Riau: Batam, Tanjung Balai Karimun

Prov. de Yakarta DKI (todas las regiones)

Prov. de Yakarta DKI (todas las regiones)

Prov. de Kalimantan Oriental: Balikpapan, Nunukan, Tarakan

Prov. de Kalimantan Oriental: Balikpapan, Samarinda

Prov. de Sulawesi Meridional: Makassar

Prov. de Papua: Biak, Fak-fak, Timika

Cuadro 2

Origen

Tránsito

Destino

Sumatra Septentrional

Medan

Asia sudoriental (Singapur, Malasia, Brunei, Filipinas), Oriente Medio (Arabia Saudita), Taiwán, Hong Kong, Japón, República de Corea, Australia, Sudamérica

Lamoung

Riau

Batam

Yakarta

Yakarta

Java Occidental

Provincia de Java Central

Solo

Provincia de Java Oriental

Surabaya

Kalimantan Occidental

Pontianak, Entikong

Prov. de Kalimantan Oriental

Nunukan

Prov. de Sulawesi Septentrional

Prov de Bali

Nusa Tenggara Occidental

Originariamente, la trata de mujeres en Indonesia estaba vinculada a la emigración de mujeres trabajadoras a Singapur, a Hong Kong, a Malasia y, sobre todo, a países de Oriente Medio.

La política aplicada por el Gobierno durante el pasado decenio promovía la migración al extranjero como forma de mitigar el problema de desempleo en el país. La mayoría de los migrantes eran personas no cualificadas y con un bajo nivel de formación, en su mayoría procedentes de familias pobres de zonas rurales. Con sus remesas hacían una aportación importante al ingreso nacional. Durante el Plan Quinquenal de Desarrollo (de 1994/1995 a 1999/2000) había 1.461.236 trabajadores migrantes indonesios, de los que el 70% estaban empleados en el servicio doméstico. Como es obvio, se encontraban muy expuestos a la explotación. Además, muchos de ellos caían en manos de organizaciones mafiosas nacionales e internacionales, por lo que nunca llegaban a obtener documentación en regla.

Las víctimas de la trata de personas suelen proceder de familias rurales pobres, con escasa consideración social, bajo nivel de educación y dominadas por una cultura patriarcal, o bien de hogares con problemas. Predominan entre ellas las niñas y mujeres jóvenes que ya han trabajado en ciudades o en países extranjeros. Aunque no es fácil estimar el número de víctimas indonesias de la trata, de las diversas fuentes de información disponibles, como los datos de la Oficina Internacional de Migraciones, se desprende que cada año son objeto de trata unas 250.000 personas en el conjunto del Asia sudoriental. El Consorcio de Trabajadores Migrantes Indonesios (KOPBUMI) ha calculado en un millón el número de trabajadores migrantes indonesios, de los que alrededor del 20% es víctima de la trata cada año. La cuestión de la trata de personas en Indonesia es actualmente como un iceberg, pues los casos conocidos no constituyen sino una pequeña parte del total.

Las mafias dedicadas a la trata en Indonesia proporcionan principalmente servicios sexuales utilizando a mujeres jóvenes. Las víctimas son trasladadas desde su lugar de origen a una gran ciudad, y después de una ciudad a otra, como estrategia de comercialización del negocio de la prostitución.

Los lugares turísticos no son el único destino de las personas objeto de trata, muchas de las cuales con trasladadas a grandes zonas industriales en zonas remotas. Las obligadas a prostituirse corren un elevado riesgo de maltrato físico y mental y de contraer enfermedades de transmisión sexual, además de comprometer, como es lógico, su futuro.

El transporte de trabajadores migrantes indocumentados tiene lugar en particular a través de las fronteras de Indonesia, Malasia y Singapur, por mar en pequeñas embarcaciones por la noche o por carretera a través de zonas boscosas. Se los obliga después a trabajar en condiciones de explotación (largas jornadas, por lo general sin remuneración) en el sector no estructurado de la economía, por lo general encerrados en una habitación, con escasa movilidad, y con el riesgo constante de sufrir malos tratos físicos o verbales y vejaciones sexuales. Las limitaciones lingüísticas y el aislamiento impuesto hacen que se resignen al trato emocional y psicológicamente degradante. Esa situación no afecta sólo a los migrantes sin documentos, sino que incluso los migrantes legales pueden pasar por experiencias similares.

La trata de mujeres en forma de compra de esposas por catálogo, por ejemplo de mujeres de Kalimantan occidental para varones taiwaneses, tiene lugar a través de Internet o por conducto de una organización delictiva especializada. Una mujer pobre sin empleo se ve atrapada en un matrimonio injusto y sometida a maltrato físico u obligada a trabajar gratuitamente en una fábrica. En el mejor de los casos se le paga el salario mínimo y más adelante se le permite volver con su familia a condición de que se avenga a ayudar a la mafia de venta de esposas por correo.

La trata de personas se relaciona también con actividades pornográficas, y son muchas las mujeres que caen víctimas de mafias que las obligan a producir VCD pornográficos y otras películas de esa índole. Normalmente se engaña a mujeres jóvenes para que accedan a participar en esas actividades con falsas promesas de que llegarán a ser modelos publicitarias, cantantes o estrellas de cine.

El Gobierno indonesio presta gran atención a las cuestiones relacionadas con la trata de mujeres con fines de explotación comercial o sexual, que suele ir acompañada de violencia. Para combatir esas prácticas se emitieron los Decretos Presidenciales No. 87 de 2002, sobre el Plan de Acción Nacional para la eliminación de la explotación sexual comercial de niños, y No. 88 de 2002, sobre el Plan de Acción Nacional contra la trata de mujeres y niños.

Las cuestiones relacionadas con la explotación comercial y otras formas de explotación sexual de las mujeres se abordan en los artículos 296, 297, 506 y 507 del antiguo Código Penal, que estipulan penas de hasta cuatro años de prisión para los infractores. En el proyecto de nuevo Código Penal se prevé elevar las sanciones de 4 a 12 años de cárcel. Con el fin de que los gobiernos provinciales puedan abordar la cuestión inmediatamente, el Gobierno central promulgó en 2002 instrucciones generales sobre cómo combatir la trata de mujeres y niños dondequiera que se produzca.

De conformidad con esas disposiciones, el Ministerio de Empoderamiento de la Mujer, en cooperación con todas las partes interesadas, tanto entidades públicas como ONG, formuló el Plan Maestro 2003 – 2007 para la eliminación de la trata de mujeres y niños.

En el Plan Maestro se indica la necesidad de:

(a)Establecer un comité nacional encargado de aplicar el Plan de Acción Nacional contra la trata de mujeres y niños;

(b)Promover la sinergia y la armonización de las leyes nacionales con los instrumentos internacionales relativos a la trata de mujeres y niños;

(c)Aplicar las leyes pertinentes;

(d)Proteger a mujeres y niños contra las organizaciones delictivas dedicadas a la trata;

(e)Establecer un centro de crisis para mujeres y un centro para enseñar a las mujeres a protegerse contra los malos tratos.

(f)Supervisar y evaluar regularmente la aplicación del Plan de Acción Nacional contra la trata de mujeres y niños;

(g)Establecer redes comunitarias para facilitar la interacción con instituciones nacionales, regionales y multilaterales con el fin de combatir la trata de seres humanos, con intervención intersectorial de los ministerios competentes.

Cabe mencionar asimismo las siguientes medidas:

1.Formulación de un proyecto de ley contra la trata de mujeres y niños.

2.Formulación de un proyecto de ley contra la pornografía

3.Continuación de los análisis de la situación de la trata de mujeres y niños

Como complemento de la política de tolerancia cero con la violencia contra la mujer, el Ministerio de Potenciación del Papel de la Mujer, en cooperación con todas las partes interesadas, tanto de instituciones gubernamentales como de organizaciones de la sociedad civil, en particular organizaciones de mujeres y centros de estudios de género y estudios sobre la mujer, formuló y puso en marcha en 2000 el Plan de Acción Nacional para la eliminación de la violencia contra la mujer.

En el marco del Plan de Acción Nacional se adoptaron las siguientes medidas:

a)Se organizaron consultas y seminarios para promover la sinergia y la armonización de las leyes nacionales con los instrumentos internacionales para la eliminación de la violencia contra la mujer, en particular la Recomendación General No.19 de 1992 del Comité para la Eliminación de la Convención contra la Mujer, relativa a la violencia contra la mujer, y la Declaración de 1993 de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre la eliminación de la violencia contra la mujer;

b)Paralelamente, la Comisión Nacional sobre la Violencia contra la Mujer y las organizaciones de mujeres, en estrecha cooperación con la comisión parlamentaria encargada de esa cuestión, promovieron la elaboración de un proyecto de ley sobre la violencia doméstica;

c)Se establecieron varios centros de crisis y líneas telefónicas de asistencia para mujeres víctimas de violencia social o de violencia doméstica;

d)Se mejoró la calidad de los servicios prestados por las unidades de servicios especiales (RPK) de las comisarías de policía impartiendo formación a los hombres y mujeres policías que las integraban;

La Comisión Nacional sobre la Violencia contra la Mujer y las organizaciones de mujeres dedicadas a esa cuestión registraron los casos de violencia contra mujeres que se habían producido en toda Indonesia.

e)En cooperación con organizaciones de mujeres, el Ministerio de Estado organizó actividades de reunión de fondos para mujeres víctimas de la violencia en las zonas de conflicto de Aceh y Maluku.

f)Se organizaron regularmente reuniones y concentraciones para promover la paz y la armonía pidiendo a todas las partes mayor contención con el fin de poner fin a la violencia sexual y al uso de las armas.

g)El Ministro de Estado para el Empoderamiento de la Mujer, otros cinco ministerios y el jefe de la policía firmaron un memorando de entendimiento para coordinar el desarrollo y la gestión de centros de crisis en los que se presten todos los tipos de asistencia que necesitan las mujeres víctimas de la violencia.

h)El Congreso de Mujeres Indonesias emitió la declaración del “Movimiento moral por una cultura de la paz”;

Los datos sobre la violencia contra la mujer, en particular sobre la violencia doméstica, no son fáciles de obtener, por la propia naturaleza del problema (la violencia doméstica se considera una cuestión privada, por lo que no se le da publicidad). Según datos de “Kalyanamitra”, una de las organizaciones de mujeres que más han trabajado sobre la cuestión, en el período 1997-1999 hubo 299 casos de violación, 46 de acoso sexual y 42 casos de violencia doméstica. Las cifras aumentaron considerablemente en 2000 y 2001, año en que se registraron 488 violaciones, 150 casos de acoso sexual y 213 casos de violencia doméstica. Respecto de la violencia doméstica, en una encuesta realizada en 1997 alrededor del 11% de los 339 hombres encuestados reconoció haber maltratado a sus mujeres, y el 19% admitió haber recurrido a intimidación psicológica. De las 362 mujeres encuestadas, el 16% declaró haber sido golpeadas, el 9% haber recibido patadas, y otras que les habían escupido o producido quemaduras con cigarrillos. Según la SUSENAS (estudio socioeconómico nacional) de 1998, los matrimonios infantiles (con contrayentes de menos de 16 años de edad) seguían siendo frecuentes, y llegaban a representar el 16% en Java occidental (una de las 33 provincias de Indonesia).

La violencia doméstica no sólo es cometida por el cónyuge, sino también por otros miembros de la familia. Fuera de la casa es frecuente que cometan actos de violencia conductores, maestros o personas desempleadas. La violencia puede ser física o adoptar otras formas.

Artículo 7Vida política y pública

Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política y pública del país y, en particular, garantizarán a las mujeres, en igualdad de condiciones con los hombres, el derecho a:

a) Votar en todas las elecciones y referéndums públicos y ser elegibles para todos los organismos cuyos miembros sean objeto de elecciones públicas;

b) Participar en la formulación de las políticas gubernamentales y en la ejecución de éstas, y ocupar cargos públicos y ejercer todas las funciones públicas en todos los planos gubernamentales;

c) Participar en organizaciones y asociaciones no gubernamentales que se ocupen de la vida pública y política del país.

En el período transcurrido desde que se elaborara el informe de 1995 se han logrado progresos considerables. Se han promulgado nuevas leyes que prevén y promueven la participación de la mujer en la vida pública. La Ley No. 22/1999 sobre el gobierno local y la Ley No. 25/1999 sobre el equilibrio financiero entre el gobierno central y los gobiernos locales alentaron la democratización y la participación de la comunidad, facilitando así la participación de las mujeres en el desarrollo de sus comunidades. La Asamblea Popular Consultiva dio en 2002 un paso histórico al recomendar una asignación presupuestaria del 5% como mínimo para el empoderamiento de la mujer en todos los departamentos gubernamentales a nivel central y provincial. Además, en el capítulo VII del Programa Nacional de Desarrollo, titulado “Aumento de la calidad de vida de las mujeres”, se otorgó prioridad al empoderamiento de la mujer, que entraña una mayor participación en el poder y en los procesos de adopción de decisiones, de conformidad con la Plataforma de Acción de Beijing de 1995. A pesar de los esfuerzos dedicados a la introducción de una perspectiva de género, como estrategia importante prevista en el Plan y Programa Nacional de Desarrollo de conformidad con la Instrucción Presidencial No 9/2000, los progresos han sido graduales, pues se necesita mucho tiempo para modificar los estereotipos y valores arraigados en relación con el papel de la mujer en la vida pública. No obstante, la presión de la opinión pública, en particular de las propias mujeres a través de la Red Nacional de Mujeres en Política, condujo a la adopción de la Ley No. 12 de 2003 sobre las elecciones generales, en la que se estipula que han de ser mujeres un 30% como mínimo de los candidatos presentados por los partidos políticos en las elecciones legislativas.

I.Cargos electivos

De conformidad con el artículo 27 de la Constitución, que estipula que todos los ciudadanos son iguales ante la ley y ante el Gobierno y tienen la obligación de actuar con respeto a la ley y al Gobierno, no pueden mantenerse disposiciones legislativas que impidan a las mujeres votar y presentarse candidatas a cargos electivos. No obstante, en la práctica sigue siendo muy limitado el número de mujeres elegidas para ocupar cargos decisorios a todos los niveles, desde los consejos de aldea (Dewan Desa/Dewan Kelurahan) hasta la Asamblea Popular Consultiva (MPR). En el Parlamento y en la Asamblea Popular Consultiva ha disminuido el número de mujeres, a pesar de que las mujeres representan el 57% del cuerpo electoral. Conviene señalar, sin embargo, que en la mayoría de los partidos políticos la proporción de mujeres en inferior al objetivo del 30%.

Año

Parlamento

Asamblea Popular Consultiva

1997

12%

11,62%

1999

10,8%

9,82%

Mientras que, durante el período 1992-1997, solo había tres partidos políticos reconocidos por el Gobierno, en 1998 eran ya 48, y en 2002 más de un centenar, pero sólo cuatro de ellos estaban presididos por una mujer. El partido que ganó las elecciones era uno de esos cuatro presididos por mujeres, el Partido Democrático Indonesio de la Lucha , o PDI-P. Por consiguiente, la mujer que lo encabezaba debería haber sido elegida Presidenta de la República por la Asamblea Popular Consultiva (MPR). Se vio relegada, sin embargo, a la vicepresidencia como consecuencia de actitudes socioculturales estereotipadas y de una interpretación errónea de la doctrina islámica. En 2001 la Asamblea Popular Consultiva decidió destituir al Presidente y designó a la Vicepresidenta para que actuara como Presidenta de la República hasta el final del mandato en 2004.

Las proporciones de mujeres en esos partidos eran de 6,3% en el Partido Unido para el Desarrollo (PPP), del 13,3% en el Partido GOLKAR y del 15,4% en el PDI-P. Aunque disminuyó el número de escaños ocupados por mujeres en el Parlamento y en la Asamblea Popular Consultiva, mejoró la calidad de la representación de las mujeres en ambas asambleas, al haber sido obtenidos los escaños por votación popular.

Con el fin de incrementar la participación de las mujeres en la vida pública y política, el Ministerio de Empoderamiento de la Mujer, en estrecha cooperación con ONG de mujeres, realizó las siguientes actividades: a) sensibilización de los partidos políticos, los legisladores, los dirigentes empresariales, los sindicatos, las asociaciones profesionales y otras organizaciones de la sociedad civil para promover la conciencia de las cuestiones de género e incorporar una perspectiva de género como estrategia de desarrollo; b) creación de capacidad para la aplicación de los principios de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer entre las organizaciones de mujeres, los medios de comunicación y otras organizaciones de la sociedad civil a nivel provincial por medio de actividades de educación cívica con una perspectiva de género; c) apoyo a la labor del Grupo de Mujeres Parlamentarias, del Grupo de Mujeres en Política y de redes de ONG para promover la participación de la mujer en la vida política.

Al convocarse las elecciones generales de 1999, muchas activistas y organizaciones de mujeres hicieron campaña para alentar a un mayor número de mujeres a ingresar en partidos políticos y presentarse candidatas, ya fuera como representantes de partidos o como representantes regionales (senadoras) a nivel provincial y de distrito. Esas campañas se llevaron a cabo por medio de interacción directa, comunicaciones electrónicas, programas de debate y medios de comunicación. Entre las principales ONG e instituciones dedicadas a promover la participación política de la mujer destacan las siguientes: Movimiento para la Potenciación de la Voz de las Mujeres (GPSP), Institución de Asistencia Jurídica-Asociación de Mujeres Indonesias por la Justicia (LBH APIK), Coalición de Mujeres por la Justicia y la Democracia (KPI), Centro Indonesio para la Participación de la Mujer en la Vida Política (ICWIP), redes de ONG para promover la participación de la mujer en la vida política, Grupo de Vigilancia de la Convención, Universidad de Indonesia (CW-UI) y Centro para la Reforma Electoral (CETRO).

II.Cargos decisorios designados

En los niveles ejecutivos de la función pública, en 1995 las mujeres que ocupaban cargos de categoría superior eran 1.211, lo que representaba el 7,20%, pero esa proporción descendió en 1997 al 6,98%. En 2003, en todos los ministerios e instituciones gubernamentales no ministeriales sólo había una mujer que ocupara un puesto del primer nivel, lo que suponía menos del 2% del total de puestos de ese nivel.

En la judicatura el número de mujeres jueces era en 1996 de 536 (16,19% del total de 3.311 jueces). De los 150 jueces del Tribunal Administrativo del Estado, eran mujeres 35, el 23,35%. Sólo había dos mujeres entre los 45 miembros del Consejo Consultivo, y siete entre los 47 jueces del Tribunal Supremo. En 2003 no había en las 32 provincias ninguna gobernadora provincial, y sólo dos vicegobernadoras (el 6,25%), y de los 440 distritos sólo cuatro (el 0,9%) estaban a cargo de mujeres.

El Gobierno se esforzó por promover la igualdad de género en la función pública mediante la capacitación de funcionarias de categorías superiores, a las que se alentó a participar en los programas de formación para la mejora de las perspectivas de carrera organizados regularmente por el Instituto Nacional de Administración.

La falta de educación y de madurez políticas ha constituido un obstáculo importante para el proceso de reforma hacia una democracia plena, y afecta especialmente a las mujeres, a las que tradicionalmente se ha impedido participar en la vida pública y en actividades políticas.

Artículo 8Representación y participación internacionales

Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para garantizar a la mujer, en igualdad de condiciones con el hombre y sin discriminación alguna, la oportunidad de representar a su Gobierno en el plano internacional y de participar en la labor de las organizaciones internacionales.

Las mujeres indonesias estuvieron representadas en la delegación enviada por Indonesia a las siguientes reuniones:

–Conferencias de las Naciones Unidas: Hábitat II, Estambul, 1996; Río +5, Nueva York, 1997; Viena +5, 1998; Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo, El Cairo +5, 1999; Cumbre del Milenio, Nueva York, 2000; Rio +10, Johannesburgo, 2002; Viena +10, Ginebra, 2003;

–NAM y OIC;

–Conferencias regionales y subregionales: APEC, ASEAN.

El número de mujeres a cargo de embajadas, consulados generales o consulados sigue siendo limitado, y no se registró un aumento en el período 2000-2003. Eran mujeres seis de los 81 embajadores y dos de los 26 cónsules generales de Indonesia. Puesto que son cada vez más las mujeres que se presentan a los exámenes de ingreso en el Ministerio de Relaciones Exteriores y los aprueban, cabe esperar que en el futuro habrá más mujeres indonesias representando al país en el plano internacional y participando en la labor de las organizaciones internacionales. En 2003, 12.350 personas solicitaron participar en los cursos de ingreso en el servicio diplomático. Aprobaron el examen final 98 de esos candidatos, de los que 47 eran mujeres.

El aumento del número de mujeres que ocupan puestos de segundo nivel en todos los ministerios e instituciones gubernamentales ha aumentado las probabilidades de que esas mujeres puedan representar al país en reuniones internacionales o regionales/subregionales. Son muchas las mujeres que ya han participado en reuniones de ese tipo como miembros de la delegación de Indonesia. Además, el aumento del número de mujeres que han obtenido doctorados y puestos de profesoras en universidades estatales y privadas conlleva mayores oportunidades de participación en reuniones científicas internacionales y regionales.

Indonesia es un país de alrededor de 240 millones de habitantes cuya presidencia ocupó una mujer durante el período 2001-2004. Algunas mujeres han ocupado puestos prominentes en organizaciones internacionales: a): miembros del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, 1985-1988, 1991-1994 y 2001-2004; b) Presidenta del Comité de los Derechos del Niño; c) Directora de la División de Salud de la Mujer de la Organización Mundial de la Salud (OMS); d) Directora Ejecutiva de la División de Asia y el Pacífico del Fondo Monetario Internacional (FMI); y e) Presidenta del Consejo Internacional de Mujeres.

Artículo 9Legislación sobre nacionalidad

1.Los Estados Partes otorgarán a las mujeres iguales derechos que a los hombres para adquirir, cambiar o conservar su nacionalidad. Garantizarán, en particular, que ni el matrimonio con un extranjero ni el cambio de nacionalidad del marido durante el matrimonio cambien automáticamente la nacionalidad de la e s posa, la conviertan en apátrida o la obliguen a adoptar la nacionalidad del cónyuge.

2. Los Estados Partes otorgarán a la mujer los mismos derechos que al hombre con respecto a la nacionalidad de sus hijos.

Para responder a la necesidad de cambios, y en particular a la de promover la igualdad entre hombres y mujeres, el nuevo proyecto de ley sobre ciudadanía de la República de Indonesia (por el que se modifica la Ley No.62 de 1958) está siendo estudiado por las instituciones competentes y las partes interesadas. El Departamento de Justicia y Derechos Humanos ultimará el texto, que será después debidamente examinado y aprobado por el Parlamento.

El Gobierno terminó de examinar las leyes nacionales existentes e indicó diversas leyes que todavía presentaban sesgos de género y eran discriminatorias contra la mujer. El problema radicaba en que unos estados aplicaban el “ius sanguinis” y otros el “ius soli”. También creaban dificultades los matrimonios mixtos entre mujeres indonesias y varones extranjeros. La Ley No.62 de 1958 sobre la nacionalidad estipula que Indonesia debe aplicar el principio de “ius sanguinis” y no reconocer la doble nacionalidad. No obstante, si una mujer extranjera se casa con un hombre indonesio, puede naturalizarse al año de su matrimonio, a condición de que renuncie a su nacionalidad originaria (artículo 7). La finalidad de esa disposición es evitar la doble nacionalidad y garantizar que se aplique un único derecho de familia. Se aplicará la misma norma a las mujeres indonesias que se casen con extranjeros (artículo 8). La disposición más criticada de la Ley ha sido el artículo 9, que estipula que el marido transmite automáticamente la ciudadanía indonesia a su mujer, a menos que ésta mantenga otra nacionalidad. El artículo 20 del nuevo proyecto de ley prevé la posibilidad de que la mujer renuncie a la nacionalidad Indonesia mediante declaración escrita. Esa disposición tiene por objeto garantizar la igualdad ante la ley. El artículo 24 estipula que las mujeres extranjeras que se casen con indonesios pueden conservar su nacionalidad originaria mediante declaración ante un funcionario o representante de la República de Indonesia en el plazo de dos años a partir de la celebración del matrimonio, salvo en el caso de que ello entrañe doble nacionalidad. A mediados de 2003 se propuso la revisión de esa ley, que se está examinando actualmente en el Parlamento. El Parlamento y el Gobierno promulgaron recientemente una ley sobre la protección del bienestar de todos los indonesios en las esferas pública y privada . Aunque no se ha ultimado la revisión de la Ley sobre ciudadanía, el tribunal de distrito de Yakarta Meridional dictó un fallo de importancia fundamental a ese respecto basándose en la Ley No.23 de 2002 sobre derechos humanos (artículo 29).

Entre las modificaciones de la Ley No. 62 de 1958 sobre la ciudadanía que complementan actualmente la Convención destacan las siguientes:

a)Artículo 1: Los hijos de un matrimonio mixto tendrán la nacionalidad Indonesia, a menos que tengan ya otra nacionalidad (artículo 1). Un tribunal de Yakarta examinó recientemente un caso en el que se basó en esa disposición para otorgar la nacionalidad indonesia de la madre;

b)Artículo 20: La mujer extranjera podrá adquirir la ciudadanía indonesia del marido, a menos que ello conlleve la doble nacionalidad o que la mujer renuncie mediante declaración escrita a la ciudadanía indonesia. Esa disposición permite claramente a la mujer ejercer su derecho de aceptar o rechazar la ciudadanía indonesia de su marido;

c)Artículo 21: Un hijo (menor de 18 años y soltero) de madre indonesia y padre extranjero puede, aunque sus padres estén divorciados, solicitar la nacionalidad indonesia de su madre;

d)Artículo 22: Un hijo (menor de 18 años y soltero) de madre indonesia y padre extranjero divorciados puede, si se encuentra bajo la custodia de la madre, solicitar la nacionalidad indonesia;

e)Artículo 24: Una mujer de nacionalidad extranjera casada con un indonesio puede adquirir la ciudadanía indonesia mediante una declaración a tal efecto ante un funcionario o representante estatal de Indonesia, a menos que la adquisición de la ciudadanía indonesia entrañe la doble nacionalidad. Esa disposición permite, pues, optar libremente por la ciudadanía de la República de Indonesia;

f)Artículo 29: Al casarse con extranjeros, las mujeres indonesias pierden la ciudadanía indonesia. Si desean conservarla, podrán solicitarlo en el plazo de dos años a partir de la celebración del matrimonio mediante declaración escrita dirigida al Ministro de Justicia y Derechos Humanos o a un funcionario o representante de la República de Indonesia;

g)Artículo 30: Si el marido pierde su ciudadanía indonesia, la pierde también la mujer si la adquirió por matrimonio, y, a menos que hubiera optado por renunciar a la ciudadanía del marido, se convierte en apátrida.

En el marco de las reformas iniciadas en 1998 se introdujeron numerosos cambios, incluida la primera revisión y reforma de la Constitución de 1945 por la Asamblea Popular Consultiva Indonesia en 2000. Algunos de los cambios ponen de manifiesto la voluntad política de promover una forma más democrática de gobierno sin merca de la soberanía del Estado. A continuación se reseñan algunas de las revisiones importantes:

a)Artículo 27: “Todos los ciudadanos sin excepción son iguales ante la ley y el gobierno y deberán respetar la ley y el gobierno”;

b)Artículo 28 B: “Todas las personas tienen derecho a establecer una familia y a procrear en el marco del matrimonio legítimo”;

c)Artículo 28 D: “Todas las personas tienen derecho a reconocimiento, garantías y protección, así como a seguridad de debido proceso y trato igual ante la ley;

d)Artículo 28 H: “Todas las personas tienen derecho a recibir facilitación y trato especial para proporcionarles las mismas oportunidades y prestaciones y garantizar así la igualdad”

Aunque la Constitución de 1945 garantiza la igualdad entre el hombre y la mujer, en la práctica persisten situaciones de discriminación. Por ejemplo, el marido puede disponer de un número de identificación fiscal propio, mientras que la mujer ha de utilizar el del marido. La discriminación contra la mujer es imputable principalmente a los valores socioculturales patriarcales que siguen imperando en la sociedad.

Artículo 10Educación

Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer, a fin de asegurarle la igualdad de derechos con el hombre en la esfera de la educación y en particular para asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres:

a) Las mismas condiciones de orientación en materia de carreras y capacitación profesional, acceso a los estudios y obtención de diplomas en las instituciones de enseñanza de todas las categorías, tanto en zonas rurales como urbanas; esta igualdad deberá asegurarse en la enseñanza preescolar, general, técnica, profesional y técnica superior, así como en todos los tipos de capacitación profesional;

b) Acceso a los mismos programas de estudios, a los mismos exámenes, a personal docente del mismo nivel profesional y a locales y equipos escolares de la misma calidad;

c) La eliminación de todo concepto estereotipado de los papeles masculino y femenino en todos los niveles y en todas las formas de enseñanza, mediante el estímulo de la educación mixta y de otros tipos de educación que contribuyan a lograr este objetivo y, en particular, mediante la modificación de los libros y programas escolares y la adaptación de los métodos de enseñanza;

d) Las mismas oportunidades para la obtención de becas y otras subvenciones para cursar estudios;

e) Las mismas oportunidades de acceso a los programas de educación permanente, incluidos los programas de alfabetización funcional y de adultos, con miras en particular a reducir lo antes posible toda diferencia de conocimientos que exista entre hombres y mujeres;

f) La reducción de la tasa de abandono femenino de los estudios y la organización de programas para aquellas jóvenes y mujeres que hayan dejado los est u dios prematuramente;

g) Las mismas oportunidades para participar activamente en el deporte y la ed u cación física;

h) Acceso al material informativo específico que contribuya a asegurar la salud y el bienestar de la familia, incluida la información y el asesoramiento sobre plan i ficación de la familia.

La Constitución de 1945 proclama que todas las personas han de gozar de las mismas oportunidades de acceder a la educación, lo que significa que no debe haber discriminación en el acceso a la enseñanza académica y no académica por motivos de ubicación geográfica, condición socioeconómica, creencias religiosas o sexo. De conformidad con ese principio, la Ley No. 2 de 1989 sobre el sistema nacional de educación ha sido modificada por la Ley No. 20 de 2003 para confirmar la inclusión de una perspectiva de género en el sistema educativo, según lo estipulado en el párrafo 1) del artículo 4 y el párrafo 1) del artículo 5 (véase el texto de esas disposiciones).

A pesar de la existencia, desde la independencia de Indonesia, de esa garantía constitucional de la igualdad de género en el acceso a la educación, se mantienen en todos los aspectos del sistema de enseñanza algunas prácticas tradicionales basadas en estereotipos de género. Persisten asimismo desigualdades de género en todas las actividades educativas, en los procesos de enseñanza y de aprendizaje, en los libros de texto y en otros instrumentos didácticos. No obstante, Indonesia ha avanzado en la reducción de las diferencias de género en cuanto a la tasa general de analfabetismo y a la participación en la enseñanza primaria y secundaria. No se ha alcanzado la igualdad de género en la enseñanza primaria, pero en la enseñanza media la proporción de niñas matriculadas tiende a ser ligeramente superior a la de niños, y la mayoría de las niñas del grupo de edad de 7 a 15 años concluyen el programa de nueve años de educación básica. Las proporciones entre el número de alumnas y el de alumnos matriculados en la enseñanza secundaria (16-18 años) y en la enseñanza terciaria eran en 2002 de 97,1% y 92,8%, respectivamente, lo que indica una participación femenina ligeramente inferior.

La Encuesta Nacional de 2000 reveló que alrededor del 34,5% de la población Indonesia no había pasado de la enseñanza primaria y que sólo un 15% había terminado la enseñanza secundaria. No se observaban diferencias entre niñas y niños en la enseñanza primaria, pero sí en la secundaria, que sólo concluían el 12,8% de las niñas, frente al 17,5% de los niños. También había diferencias considerables entre las tasas de analfabetismo de hombres y mujeres, tanto en las zonas urbanas como en las rurales. Las estadísticas compiladas por el Ministerio de Educación Nacional correspondientes a 1999/2000 revelan que el porcentaje de abandono escolar en la enseñanza primaria era del 3%, en la enseñanza media del 4,1% y en la enseñanza secundaria el 3,4%, y que esa situación afectaba principalmente a las niñas y se traducía posteriormente en dificultades para encontrar buenos empleos.

Con el fin de alcanzar la igualdad de género en la esfera de la educación, el Gobierno ha promovido la aplicación de la “estrategia de incorporación de una perspectiva de género”, según lo dispuesto en el Decreto Presidencial No. 9 de 2000, a través de las siguientes medidas:

a)Intensificación de los esfuerzos por promover la reunión regular y sistemática de datos desglosados por sexo, así como su análisis y publicación;

b)Incorporación de una perspectiva de género en los planes de estudios universitarios y escolares, en particular en la esfera de la salud, introduciendo consideraciones de género en relación con la pandemia de VIH/SIDA y la salud reproductiva como componente importante de la salud de las mujeres;

c)Intensificación de las investigaciones sobre cuestiones de género y aumento del apoyo a los centros de estudios de género y estudios sobre la mujer en las instituciones de enseñanza superior;

d)Revisión de las guías para estudiantes y profesores y de los libros de texto sobre ciencias sociales, educación cívica, deporte y lengua que contienen todavía estereotipos de género;

e)Establecimiento de becas y de cuotas para mujeres con el fin de mejorar su acceso a los niveles superiores de la enseñanza, así como a algunas especialidades “no tradicionales”;

f)Campañas de sensibilización de la comunidad dirigidas principalmente a los progenitores, el personal docente y los dirigentes religiosos y tradicionales con el fin de eliminar actitudes basadas en estereotipos de género que han reducido las oportunidades de las niñas de disfrutar de sus derechos básicos a la educación y han limitado la elección de la mayoría de las estudiantes a materias de ciencias sociales, como pedagogía, ciencias de la conducta, administración de empresas y psicología, con exclusión, en cambio, de las matemáticas, la física y las especialidades técnicas; otro efecto negativo de esos estereotipos se manifiesta en el hecho de que la mayor tasa de abandono en la enseñanza primaria (3,0%), la enseñanza media (4,1%) y la secundaria (3,4%) corresponde a las mujeres;

g)Aplicación de la estrategia de incorporación de una perspectiva de género en todos los aspectos del funcionamiento del sistema educativo, desde las de formulación de políticas, planificación, programación y presupuestación hasta las de supervisión y evaluación de los progresos realizados;

h)Incremento progresivo de la asignación presupuestaria para educación desde 1996/1997. Ese incremento ha seguido siendo inferior al del presupuesto nacional, pero las enmiendas a la Constitución de 1945 asignaron en 2002/2003 un 20% del presupuesto nacional, y desde entonces se ha destinado un presupuesto especial para la introducción de una perspectiva de género en el sistema educativo.

Artículo 11Empleo

1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera del empleo a fin de asegurar a la mujer, en condiciones de igualdad con los hombres, los mismos derechos, en part i cular:

a) El derecho al trabajo, derecho inalienable de todo ser humano;

b) El derecho a las mismas oportunidades de empleo, inclusive a la aplicación de los mismos criterios de selección en cuestiones de empleo;

c) El derecho a elegir libremente profesión y empleo, el derecho al ascenso, a la estabilidad en el empleo y a todas las prestaciones y otras condiciones de servicio, y el derecho a la formación profesional y al readiestramiento, incluido el aprend i zaje, la formación profesional superior y el adiestramiento periódico;

d) El derecho a igual remuneración, inclusive prestaciones, y a igualdad de trato con respecto a un trabajo de igual valor, así como a igualdad de trato con respecto a la evaluación de la calidad de trabajo;

e) El derecho a la seguridad social, en particular en casos de jubilación, desempleo, enfermedad, invalidez, vejez u otra incapacidad para trabajar, así como el derecho a vacaciones pagadas;

f) El derecho a la protección de la salud y a la seguridad en las condici o nes de trabajo, incluso la salvaguardia de la función de reproducción

2. A fin de impedir la discriminación contra la mujer por razones de matrimonio o maternidad y asegurar la efectividad de su derecho a trabajar, los Estados Partes tomarán medidas adecuadas para:

a) Prohibir, bajo pena de sanciones, el despido por motivo de embarazo o licencia de maternidad y la discriminación en los despidos sobre la base del estado civil;

b) Implantar la licencia de maternidad con sueldo pagado o prestaciones sociales comparables sin pérdida del empleo previo, la antigüedad o los beneficios sociales:

c) Alentar el suministro de los servicios sociales de apoyo necesarios para permitir que los padres combinen las obligaciones para con la familia con las responsabilidad del trabajo y la participación en la vida pública, especialmente mediante el fomento de la creación y desarrollo de una red de servicios destinados al cuidado de los niños;

d) Prestar protección especial a la mujer durante el embarazo en los tipos de trabajos que se haya probado puedan resultar perjudiciales para ella.

3. La legislación protectora relacionada con las cuestiones comprendidas en este artículo será examinada periódicamente a la luz de los conocimientos cie n tíficos y tecnológicos y será revisada, derogada o ampliada según corresponda.

Según la SAKERNAS (encuesta nacional sobre la población activa), en los años 1996, 2000 y 2003 la población en edad de trabajar, definida como la de 15 años de edad en adelante, aumentó de 131,9 a 143,2 y 152,6 millones de personas, respectivamente. Las mujeres constituyen algo más de la mitad de la población activa. La tasa global de participación en la población activa permaneció bastante estable (66,9% en 1996, 67,8% en 2000, y 65.7% en 2003), aunque la masculina aumentó ligeramente en esos mismos años, pasando de 83,5% a 84,2% y a 85,3%, y la femenina fluctuó en el período 1996-2000 (pasando de 50,7% en 1996 a 56,5% en 2000), y disminuyó en 2000-2003 (situándose en un 46,3% en 2003).

El desempleo declarado, sin embargo, aumentó más rápidamente entre las mujeres (del 5% al 12%) que entre los hombres (del 4% al 7%) desde mediados del decenio de 1990 hasta 1999. En cierto sentido, ese aumento del desempleo declarado a comienzos del decenio de 1990 fue el resultado del optimismo generalizado dimanante del pronunciado y constante crecimiento económico, que hacía que más personas desearan incorporarse al mercado laboral. No sólo las personas con mayor nivel de formación, sino también las que contaban con educación secundaria aspiraban a encontrar empleo mejor remunerado en el sector estructurado.

La tasa de desempleo es más elevada en la actualidad que en el período anterior a la crisis (9,1% en 2003 frente a 4,7% en 1997). La agricultura sigue siendo la principal fuente de empleo, pues absorbió en 2001 el 44% de la mano de obra, frente al 19% de la industria y al 37% de los servicios. La proporción de mujeres con un empleo remunerado fuera del sector agrícola disminuyó de 37,6% en 1998 a 28,3% en 2002. Ese descenso es imputable probablemente a los efectos de las crisis económicas de 1997-1998, durante las cuales perdieron sus puestos de trabajo más mujeres que hombres.

Los trabajadores indonesios no son una excepción a la preferencia general por el empleo en el sector estructurado. Los datos disponibles indican una marcada preferencia por el trabajo remunerado frente al trabajo no remunerado en empresas familiares. En conjunto, la proporción de trabajadores remunerados aumentó de una cuarta parte (26,3%) en 1996 a un tercio (33,8%) en 2003. Entre los hombres la variación fue de tres a cuatro por cada diez trabajadores, y entre las mujeres, de dos a tres por cada diez. La situación de trabajo no remunerado se abandonaba rápidamente si se presentaba una oportunidad de empleo en el sector estructurado. En conjunto, entre 1994 y 2003 la proporción de trabajadores no remunerados disminuyó de tres a dos por cada diez – del 11 al 8% entre los hombres y del 40 al 20% entre las mujeres. Esos datos indican que se ha vuelto más directa la relación entre la proporción de empleo remunerado y no remunerado. No se trata, sin embargo, de una relación lineal. Los trabajadores que rechazan o abandonan empleos no remunerados no encuentran necesariamente empleos remunerados. En realidad también se manifiestan otras tendencias, que no han afectado por igual a hombres y mujeres. Por lo general las mujeres prefieren no trabajar para dedicarse a la familia, mientras que los hombres prefieren el trabajo por cuenta propia. No obstante, la proporción de hombres que alcanzaba esa situación también disminuyó, del 51,0% (1996) al 49,9% (2003), lo que indica que no siempre se cumplían los proyectos. La mayoría se convirtieron en empleados, y una pequeña proporción en empleadores (entre el 1,8 y el 4,0%). Las mujeres siguieron rezagadas. El rechazo del trabajo no remunerado se acompañó de un descenso, del 38 al 28,3%, de la proporción de trabajadoras por cuenta propia, pero se registró un ligero aumento de la proporción de empleadoras, de 0,8 a 1,0 %.

La situación general de las mujeres en materia de desarrollo humano se refleja en el índice de desarrollo relacionado con la mujer del informe sobre el desarrollo humano del PNUD de 2002. El índice de desarrollo relacionado con la mujer de Indonesia era de 59,2, mientras que su índice general de desarrollo humano era de 65,8%, discrepancia imputable principalmente a las diferencias entre hombres y mujeres en cuanto a nivel de alfabetización, años de escolarización y nivel de ingresos.

La adhesión de Indonesia a la causa de los derechos humanos en el empleo se ha plasmado en su ratificación de todos los convenios básicos de la OIT: Convenio No. 87 de 1948 de la OIT relativo a la libertad sindical y a la protección del derecho de sindicación, en virtud del Decreto Presidencial No. 83 de 1998; Convenio de la OIT No. 29 de 1930 relativo al trabajo forzoso u obligatorio, ratificado en 1950; Convenio de la OIT No. 138 de 1973 sobre la edad mínima de admisión al empleo, en virtud de la Ley No. 20 de 1999; y Convenio de la OIT No.111 de 1958 relativo a la discriminación en materia de empleo y ocupación, en virtud de la Ley No. 21 de 1999;

La enmienda de 2003 de la Constitución de 1945 estipula claramente que todos los ciudadanos tienen derecho a trabajar y a ganarse la vida (párrafo 2) del artículo (28). Ese derecho está confirmado por la Ley No. 13 de 2003, en particular por sus artículos 5 y 6, en los que se estipula, respectivamente, que todos los trabajadores han de tener las mismas oportunidades de empleo, sin discriminación, y que todos los trabajadores tienen derecho a recibir de sus empleadores el mismo trato, sin discriminación. Las infracciones de la ley están sujetas a sanciones administrativas. Por consiguiente, las mujeres casadas pueden realizar todas las actividades relacionadas con esos contratos laborales y han de recibir la misma remuneración y las mismas prestaciones que los hombres, y pueden exigir en consecuencia el pleno cumplimiento del contrato laboral en beneficio de su familia. La promulgación de esa ley es prueba de la voluntad de Indonesia de promover los derechos humanos de los trabajadores, en particular la protección y extensión de la seguridad social y el bienestar, de conformidad con todos los convenios de la OIT ratificados por Indonesia, a saber, Convenio de la OIT No.100 de 1950 relativo a la igualdad de remuneración, ratificado por la Ley No. 80 de 1957; Convenio de la OIT No.111 de 1985 sobre la discriminación en materia de empleo y ocupación, ratificado por la Ley No. 21 de 1999; Convenio de la OIT No. 87 de 1984 relativo a la libertad sindical y a la protección del derecho de sindicación, ratificado por el Decreto Presidencial No. 83 de 1998; Convenio de la OIT No. 138 de 1973 sobre la edad mínima de admisión al empleo, ratificado por la Ley No. 20 de 1999; Convenio de la OIT No. 98 sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, ratificado asimismo por la Ley No. 18 de 1956. El Gobierno trabaja en estrecha colaboración con las organizaciones de la sociedad civil para garantizar que los empleadores tengan conocimiento y comprensión cabal de las normas laborales internacionales y las apliquen debidamente.

La Ley No. 43 de 1999 sobre los funcionarios públicos (por la que se modifica la Ley básica de la función pública No. 8 de 1974) garantiza la igualdad de derechos entre hombres y mujeres en la función pública.

Por lo general se da por supuesto que las mujeres que se incorporan a la fuerza de trabajo son solteras o sólo buscan ingresos suplementarios, por lo que reciben sueldos considerablemente más bajos que los hombres por un trabajo de igual valor. Por la misma razón, las mujeres empleadas no tienen derecho a prestaciones familiares y de salud equivalentes a las de los hombres y suelen tener menos oportunidades de ascender. También topan con limitaciones en lo que se refiere a la contratación. Están infrarrepresentadas en la fuerza de trabajo, pero es frecuente que trabajen a tiempo parcial o jornadas muy largas. Entre los trabajadores por cuenta propia también son minoría, y entre los empleadores la proporción es la mitad que la de los hombres. Los sectores en los que mayor es el porcentaje de mujeres, la agricultura y el comercio, están por lo general menos reglamentados y la remuneración es menor que en otras actividades. Además, son mayoría las mujeres entre los trabajadores no remunerados de actividades económicas familiares. Constituyen el 38% de los funcionarios, pero sólo el 16% de los de categorías superiores. En los sindicatos, que deberían ser firmes defensores de los derechos de la mujer y de la igualdad en el empleo, las mujeres constituyen el 40% de los afiliados, pero sólo el 1% de los dirigentes.

Los obstáculos externos al adelanto de la mujer en el mercado laboral son relativamente conocidos, pero las limitaciones internas también desempeñan un papel. No todas las mujeres desean incorporarse a la población activa. Además, es frecuente que las mujeres rechacen los ascensos cuando se les ofrecen, probablemente porque no cuentan con ayuda para el cuidado de los hijos y las tareas domésticas —que se consideran su responsabilidad, aunque trabajen fuera del hogar— o porque sus maridos las disuaden. No obstante, son necesarias ulteriores investigaciones para determinar por qué las mujeres optan por no trabajar o por no continuar sus carreras a niveles más elevados.

Muchas mujeres han buscado trabajo en el extranjero en la esperanza de obtener salarios más elevados, si no una mejora de su condición social, habida cuenta de su bajo nivel de formación y de la falta de oportunidades en el mercado de trabajo. Aunque se carece de datos detallados, se calcula que trabajan en el extranjero alrededor de 2,5 millones de trabajadores migrantes indonesios (Asian Migrant Year Book, 2000). Más del 70% de los 387.000 indonesios que dejan el país cada año para trabajar en el extranjero son mujeres, que en su mayoría se emplean en el servicio doméstico. A pesar de que cada año se registran centenares de casos de trato abusivo, por ejemplo de impago de sueldos o de extorsión en los países de destino o en Indonesia antes de su partida, es muy poco lo que se ha hecho para proteger a los trabajadores migrantes o para proporcionarles una preparación adecuada antes de su partida.

Con el fin de mejorar los conocimientos y la capacidad de los trabajadores y su autonomía económica, se han realizado diversas actividades de formación profesional y para la generación de ingresos, destinadas a los trabajadores y empleados de pequeñas empresas.

Con el fin de difundir información y promover un mayor conocimiento de los derechos de los trabajadores, el Gobierno, en cooperación con ONG/organizaciones de la sociedad civil, ha publicado manuales sobre los derechos de los trabajadores y establecido mecanismos para garantizar el respeto de esos derechos y la justicia social. Se ha establecido un sistema de vigilancia específico para garantizar el cumplimiento del principio de igualdad en el empleo, en particular en lo referente al salario mínimo, la jornada máxima y las condiciones de trabajo adecuadas .

La crisis financiera que sufrió Asia en 1997 afectó considerablemente a los sectores pobres de la población, y en particular a las mujeres, por lo que el Gobierno formuló varios programas de apoyo para ayudar a las mujeres a generar ingresos con las siguientes actividades:

a)Creación de empresas en pequeña escala, en particular de pequeñas tiendas;

b)Establecimiento de cooperativas de ahorro y crédito;

c)Establecimiento de grupos conjuntos de aprendizaje para pequeñas empresas sobre gestión crediticia, comercialización, puesta en marcha de las empresas y otras cuestiones pertinentes;

d)Creación de mecanismos de crédito para hombres y mujeres pobres.

El Gobierno puso en marcha asimismo un programa de Red de Seguridad Social con una perspectiva de género, centrado en los siguientes tres ejes prioritarios: i) transferencia temporal de ingresos mediante la distribución de arroz entre los pobres; ii) creación de empleo mediante obras públicas con utilización intensiva de mano de obra, actividades de formación profesional y servicios de colocación para desempleados, y iii) mantenimiento del acceso a servicios sociales de importancia fundamental, en particular la educación y la salud.

113.Durante la crisis las empresas privadas despidieron a miles de trabajadores, en particular los peor remunerados, con menos cualificación y menor nivel de educación. La mayoría de las mujeres trabajadores estaban incluidas en esas categorías. Esa situación hizo que un número creciente de mujeres buscara trabajo en el extranjero y acabara empleándose en el servicio doméstico. Dado el carácter poco estructurado de ese trabajo, los derechos de los empleados no están debidamente regulados por la legislación nacional del país de origen ni del país receptor, lo que conduce a menudo a situaciones de explotación sexual, física y psicológica, y se encuentran dificultades para acceder a la justicia. Consciente de los problemas, el Gobierno ha adoptado diversas medidas, a saber:

a)Desarrollo y mejora de una base de datos y un sistema de gestión a través de Internet;

b)Introducción de un programa de seguros;

c)Mejora de los servicios proporcionados a los trabajadores que regresan a sus lugares de origen;

d)Establecimiento de una junta de coordinación de la gestión a nivel nacional y provincial (en 15 provincias);

e)Mejora de los arreglos contractuales vigentes (contenido y procedimientos) para garantizar la participación activa e informada de los propios trabajadores y de sus empleadores, así como de representantes de los gobiernos de Indonesia y de los países receptores;

f)Servicios de información y capacitación de los solicitantes de empleo en relación con la disponibilidad de empleos, los requisitos exigidos y los derechos laborales;

g)Establecimiento de memorandos de entendimiento con los países de empleo con el fin de garantizar la protección de los derechos de los trabajadores (ya se han firmado instrumentos de esa índole con Kuwait y Jordania que prevén asistencia jurídica permanente en los países receptores).

114.Los derechos de las mujeres trabajadoras están protegidos por la Ley No. 1 de 1951 sobre el empleo y los reglamentos del Gobierno No. 4 de 1951 sobre los períodos de descanso y No. 8 de 1981 sobre la protección salarial. El Gobierno estableció asimismo en 1977 el Fondo JAMSOSTEK (fondo de seguridad social para trabajadores). Promulgó asimismo normas concretas para proteger los derechos reproductivos de las mujeres por el Reglamento Ministerial No. 3 de 1989, que prohíbe a los empleadores despedir a trabajadoras como consecuencia de su matrimonio, embarazo o nacimiento de un hijo. El artículo 2 de ese reglamento estipula que si, por las características del trabajo, una mujer embarazada no puede realizar sus tareas, el empleador ha de asignarle otras sin merma de sus derechos dentro de la empresa. Si el empleador no dispone la modificación de las tareas, ha de otorgar un período más largo de licencia por maternidad.

115.El Reglamento del Gobierno No. 8 de 1981 sobre la protección salarial estipula que los empleadores no pueden discriminar entre hombres y mujeres para determinar la remuneración por un trabajo de igual valor. La circular del Ministro de Trabajo No. 04 de 1988 prohíbe la discriminación entre hombres y mujeres en los convenios colectivos, incluidas las diferencias en cuanto a la edad de jubilación y las prestaciones de atención de salud para los trabajadores y sus familias (a menos que el marido esté trabajando en la misma empresa y ya disfrute de cobertura sanitaria). El Gobierno ratificó el Convenio No. 100 de la OIT por la Ley No. 80 de 1957 sobre la igualdad de remuneración para un trabajo de igual valor.

116.El Reglamento del Gobierno No.1 de 1951 otorga a las trabajadoras un mes y medio de licencia antes y después del parto. Reconoce asimismo el derecho de las madres que trabajan a amamantar a sus hijos hasta los seis meses de edad, aunque durante el período abarcado por el presente informe esa disposición todavía no se había aplicado plenamente a nivel nacional. El Reglamento ministerial No. 3 de 1989 estipula que, al término de la licencia de maternidad, las madres trabajadoras han de poder reintegrarse al mismo puesto de trabajo, con el mismo rango y los mismos derechos. El Decreto ministerial No. 04 de 1989 dispone que no puede obligarse a las mujeres a trabajar de noche (de las 22.00 a las 05.00 horas), a menos que lo hagan voluntariamente y con pleno consentimiento de su familia y cumplan los requisitos concretos del trabajo nocturno. La Ley No. 13 de 2003 sobre el trabajo reafirma esas disposiciones. Se prevé elaborar un reglamento ministerial que garantice la plena aplicación de estas disposiciones.

117.El fomento de la igualdad de género en el empleo es fundamental para el éxito de cualquier estrategia de reducción de la pobreza, pero requiere a su vez mejores condiciones de trabajo, empleos de calidad, servicios públicos adecuados y otros servicios de apoyo que promuevan la igualdad de oportunidades para todos. La globalización ofrece mayores oportunidades de promover la igualdad y la justicia de género, pero también crea condiciones que pueden perpetuar la desigualdad de género en la esfera laboral.

118.Se reconoce plenamente la importancia de garantizar la igualdad de acceso a la educación y la capacitación como instrumento estratégico para el logro de la igualdad y la justicia de género en el empleo.

119.El Gobierno está preparando actualmente unas Directrices sobre igualdad de oportunidades de empleo con el fin de eliminar las desigualdades que subsisten en la esfera laboral, incluidas las desigualdades de género.

Artículo 12Salud

1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para elim i nar la discriminación contra la mujer en la esfera de la atención médica a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, el acceso a servicios de atención médica, inclusive los que se refieren a la planificación de la familia.

2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo 1 supra, los Estados Partes garantizarán a la mujer servicios apropiados en relación con el embarazo, el parto y el período posterior al parto, proporcionando servicios gratuitos cuando fuere nec e sario, y le asegurarán una nutrición adecuada durante el embarazo y la lacta n cia.

120.La política del Gobierno en materia de salud se plasma en su objetivo de Salud para todos en el año 2010. El marco de política recoge los compromisos de alto nivel del Gobierno en cinco esferas importantes, a saber: 1) acceso universal; 2) servicios de salud basados en la comunidad; 3) planificación de la familia; 4) gestión descentralizada; y 5) responsabilidad financiera local. El Gobierno proclama que la salud constituye un derecho básico de todos los ciudadanos, ya sean hombres o mujeres, jóvenes o viejos, y garantiza el acceso a los servicios de salud independientemente del nivel de ingresos y el origen étnico o geográfico. En el Sistema Nacional de Salud de Indonesia se formula el compromiso de proporcionar servicios de salud “integrados, equitativamente distribuidos, aceptables y accesibles“. No hay distinción entre hombres y mujeres en el acceso a los proveedores de servicios de salud. La política nacional reconoce también el papel necesario y legítimo del sector privado en la prestación de servicios de salud.

121.Indonesia ha apoyado firmemente la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo que se celebró en 1994 en El Cairo y en la que se colocó a las personas en el centro de todos los esfuerzos de desarrollo para mejorar el bienestar de la humanidad. La mejora de la salud reproductiva es un requisito previo para un desarrollo socioeconómico pujante y sostenible. La inversión en la salud y la educación de las personas se considera fundamental para el crecimiento económico y el desarrollo sostenidos. La Conferencia de El Cairo dio también nuevo impulso a los programas de maternidad sin riesgo al incluirlos en un mandato más amplio de protección de la salud reproductiva. Aunque idealmente el enfoque de la salud reproductiva debería abarcar todo el ciclo vital, se está centrando la atención en cinco esferas principales: 1) maternidad sin riesgo, incluidos el cuidado de los recién nacidos y la prevención y el tratamiento de las complicaciones resultantes de abortos; 2) planificación de la familia; 3) enfermedades de transmisión sexual/infecciones del aparato reproductor, incluido el tratamiento de la infertilidad; 4) salud reproductiva de los adolescentes; y 5) prevención y tratamiento de los problemas de salud reproductiva de las personas de edad. En su conjunto, las cuatro primeras esferas se conocen como medidas esenciales de atención de salud reproductiva, y el conjunto de las cinco medidas completas de atención de salud reproductiva.

122.El Gobierno de Indonesia, a través del Ministerio de Salud, realizó diversas actividades tendentes a eliminar posibles discriminaciones en la prestación de servicios de atención de salud, en particular de salud reproductiva. El mayor nivel de compromiso político para la prestación de atención de salud reproductiva se ha manifestado a partir de junio de 1988 con la Iniciativa por la maternidad sin riesgo, componente principal del programa de salud reproductiva. Se han adoptado otras varias medidas, como las tendentes a dotar a todas las aldeas de comadronas más cualificadas y de paritorios (o cabañas de maternidad) y a promover la conciencia y el apoyo del público a través de la campaña de defensa de la maternidad y de sensibilización de los maridos. Además de esas medidas, el Gobierno ha alentado el establecimiento de hospitales y subdistritos especialmente preparados para atender a la maternidad, que proporcionan asistencia obstétrica de emergencia adecuada y realizan controles periódicos del embarazo para la detección temprana de complicaciones obstétricas, la remisión a los centros adecuados y la preparación para emergencias.

123.En el marco de la campaña de maternidad sin riesgo, la reducción de la morbilidad y la mortalidad maternas se ha convertido en un objetivo prioritario del desarrollo del sistema de atención de salud, según se prevé en la iniciativa de planificación estratégica de la salud maternal para 2010, que abarca tres objetivos: 1) todos los partos han de ser asistidos por un profesional cualificado; 2) todas las complicaciones obstétricas y neonatales han de ser atendidas adecuadamente; y 3) todas las mujeres en edad de procrear han de tener acceso a los medios necesarios para prevenir embarazos no deseados y evitar las complicaciones dimanantes de los abortos realizados en condiciones inadecuadas. Esos objetivos han de alcanzarse mediante cuatro estrategias: a) mejora del acceso a atención de salud de calidad, eficiente en función de los costos y basada en las necesidades comprobadas; b) establecimiento de asociaciones eficaces entre programas e instituciones, maximización de la movilización de recursos y mejora de la coordinación para la planificación y realización de las actividades; c) potenciación del papel de la mujer y de la familia mediante la mejora de sus conocimientos para alentar prácticas adecuadas y la utilización de los servicios de salud materna y neonatal; y d) fomento de la participación de la comunidad para garantizar la prestación y la utilización de los servicios de salud materna y neonatal.

124.La tasa de mortalidad materna es actualmente en Indonesia de 307 por 100.000 nacidos vivos (SDKI 2003), la peor de los países de la ASEAN. La situación a ese respecto ha mejorado muy lentamente. De 1992 a 1997, la tasa disminuyó de 390 a 334 por 100.000 nacidos vivos, mientras que el objetivo fijado por el Gobierno es reducirla para 2010 a 125 por 100.000 nacidos vivos. Se trata de una cuestión compleja, que abarca el bienestar físico, la salud reproductiva y la situación nutricional de las madres durante el embarazo. También guarda estrecha relación con valores socioculturales estereotipados tradicionales y una interpretación errónea de preceptos religiosos, que contribuyen a impedir la mejora del nivel educativo y la condición social de la mujer. El 66% de las mujeres embarazadas recibe durante el parto asistencia de una comadrona cualificada, pero el 79% de las mujeres rurales da a luz en su casa. La encuesta de 1995 indica que el 30% de las mujeres embarazadas sufre de deficiencia crónica de energía. En 2001, ese porcentaje aumentó al 34%. No obstante, entre 1995 y 2001 se registró un pronunciado descenso del número de mujeres embarazadas con anemia, del 51% al 40%. La tasa de mortalidad infantil era en 1999 de 46 por 1000 nacidos vivos (41 por 1000 nacidos vivos para los niños y 52 por 1000 para las niñas, tasa que disminuyó al 51 por 1000 en 2001). También esa tasa es la peor de los países de la ASEAN. En 1999, la tasa de mortalidad de las niñas era de 14,8 por 1000, y la de los niños de 16,8 por 1000 (Estadísticas e indicadores de género, 2000).

125.Con el fin de proteger los derechos de la mujer en relación con el embarazo y el parto, el Gobierno ha alentado el establecimiento de servicios de guardería en los lugares de trabajo. Hasta la fecha más de 700.000 empresas se han comprometido a establecer tales servicios. Otras iniciativas se basan en la utilización de los medios de comunicación de masas para informar a la población sobre cuestiones relacionadas con la salud reproductiva y los derechos de las mujeres a acceder a servicios de salud reproductiva. También se ha promovido la toma de conciencia sobre la violencia de género.

126.La voluntad política de promover la salud reproductiva se manifiesta en la Ley No. 7 de 1984 sobre la ratificación de la Convención sobre la eliminación de todas la formas de discriminación contra la mujer, la Ley No. 23 de 1992 sobre la salud, y la Ley No. 10 de 1992 sobre crecimiento demográfico y bienestar de la familia. Se ha propuesto la revisión de la Ley sobre la salud con el fin de incorporar el nuevo paradigma de salud reproductiva y la Ley sobre crecimiento demográfico. Todas esas leyes tienen por objeto el logro en Indonesia de los objetivos de salud reproductiva.

127.También contribuye a mejorar la salud reproductiva la aplicación de medidas eficaces para atender a las mujeres víctimas de violencia, en particular de violencia doméstica, que en muchos casos afecta gravemente a la salud reproductiva. Entre los servicios que se prestan se cuentan el tratamiento mental y psicológico, el acceso a un sistema hospitalario de referencia y la incorporación de una perspectiva de género en los programas de atención de salud. En 2003 se pusieron en marcha y ejecutaron seis programas prioritarios con una perspectiva de género, relativos a la tuberculosis, el paludismo, la nutrición, la salud ambiental, y el VIH/SIDA. Se prevé añadir nuevos programas en el futuro.

128.También se plantean problemas de salud reproductiva en relación con las personas de edad, el aborto, el cáncer de cuello del útero y de mama, la infertilidad, y la violencia y la discriminación de género. A medida que aumenta el número de personas de edad, se plantean con mayor intensidad cuestiones relacionadas con la salud reproductiva de las personas de edad, en particular con la menopausia, la osteoporosis, el cáncer de próstata, las enfermedades cardiovasculares y otras enfermedades degenerativas que afectan a los órganos reproductivos.

129.En relación con la salud reproductiva y las infecciones genitales en la adolescencia, el Gobierno ha adoptado varias medidas para atender a las necesidades especiales de ese grupo de edad a través de puntos de información en los que se proporciona asesoramiento y mediante la movilización y la participación de las propias familias. El Gobierno ha establecido asimismo un Comité Nacional sobre la Salud reproductiva que atiende a las necesidades de los adolescentes y que tiene por objetivo fortalecer la coordinación y proporcionar un foro para la planificación y la aplicación de las medidas. Además, el Gobierno ha elaborado, en el marco de un programa de información, educación y comunicación, un conjunto de materiales educativos para adolescentes que se difunde a través de los medios de comunicación en colaboración con las asociaciones de planificación de la familia. También se ha difundido información a través de escuelas, universidades, programas extraescolares y foros de educación entre iguales y de educación parental. Se han establecido servicios sobre salud reproductiva para adolescentes. Se producen películas y programas de televisión dirigidos específicamente a los adolescentes. Existen asimismo programas de capacitación para comadronas y personal de planificación familiar que tienen por objeto mejorar la salud reproductiva de los adolescentes proporcionando asesoramiento y servicios adecuados.

130.También se ha prestado atención a los problemas de salud reproductiva de los adolescentes, que tienen repercusiones físicas y mentales para las personas afectadas. También pueden tener efectos socioeconómicos a largo plazo que no afectan sólo a las víctimas, sino también a sus familias y en última instancia al conjunto de la sociedad y al Estado. Los principales problemas de los adolescentes son los siguientes:

–Embarazos no deseados, que desembocan en abortos en condiciones inseguras, con las consiguientes complicaciones;

–Embarazos prematuros y partos en condiciones inseguras que pueden elevar las tasas de mortalidad infantil y materna;

–Relaciones sexuales premaritales en condiciones inseguras, que pueden propiciar la difusión de enfermedades de transmisión sexual y VIH/SIDA; y

–Abusos sexuales, como violación, acoso sexual y prostitución forzada.

131.La encuesta básica realizada por el Instituto de Demografía entre la población de 15 a 19 años de edad en cuatro provincias de Indonesia (Java oriental, Java central, Java occidental y Lampung) en 1999 arrojó los siguientes resultados:

•El 57,1% de las mujeres de esas edades sufre de anemia;

•El 23% de la población femenina adolescente sufre de deficiencia crónica de energía;

•El 61% de esas mujeres sufre embarazos no deseados, el 12% de las cuales aborta, en el 70% de los casos practicando el aborto ellas mismas

•El 10% aborta con la ayuda de parteras tradicionales, pero sólo el 7% recurre para ello a asistencia médica profesional

132.En lo que se refiere al embarazo, al parto y a la atención postnatal, se aplica una estrategia de maternidad sin riesgo tendente a reducir las tasas de morbilidad maternal y neonatal, y se adoptan medidas para prevenir la realización de abortos en condiciones no seguras. De conformidad con las normas sobre los abortos ilegales, el Gobierno aplica programas de planificación de la familia centrados en las “necesidades no cubiertas” y los “cuatro demasiados” (demasiado joven, demasiado mayor, demasiado frecuente, demasiados) y están introduciendo gradualmente la utilización de métodos anticonceptivos de emergencia para prevenir embarazos no deseados.

133.Desde su aprobación en la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo celebrada en 1994 en El Cairo, el aborto ha constituido una cuestión controvertida. Todas las personas tienen derecho a la salud reproductiva y al acceso a servicios de aborto seguros. La legislación Indonesia prohíbe la práctica de abortos fuera de los centros médicos reconocidos. Impulsadas por diversas circunstancias, como fallos de los métodos de planificación de la familia, violación, extrema precariedad económica o embarazo fuera del matrimonio, algunas mujeres recurren a métodos abortivos no seguros que pueden agravar su situación (aborto con complicaciones). Se cree que un 15% de la tasa de mortalidad maternal es imputable a abortos con complicaciones. El cáncer de mama y el de cuello del útero afectan principalmente a madres jóvenes en edad fecunda. La detección temprana del cáncer de mama es muy sencilla, mientras que para detectar el cáncer de cuello del útero hay que utilizar un ácido, puesto que el frotis resulta muy caro .

134.Se registra también un consumo elevado de narcóticos y sustancias sicotrópicas entre los adolescentes. Un alto porcentaje del consumo de drogas se da entre personas de edades comprendidas entre los 15 y los 19 años (encuesta sobre la salud reproductiva de los adolescentes, realizada en 2002-2003). Por consiguiente, los problemas de salud reproductiva en la adolescencia son actualmente más complejos, como demuestran los 30 nuevos casos de SIDA registrados de abril a junio de 2003. El 56,66% de esos casos tuvieron su origen en la utilización de jeringuillas compartidas, y una proporción elevada (53,33%) correspondió a personas de edad comprendida entre los 20 y los 29 años, lo que es indicio de una actividad sexual considerable en ese grupo de edad.

135.El Gobierno y las ONG están trabajando de consuno para atender a las cuestiones de salud reproductiva de los adolescentes. Por ejemplo, está en marcha un programa para la educación de la juventud en salud reproductiva y salud sexual, que se está impulsando a través de clubes de jóvenes e internados islámicos, así como a través de los Rematri (Remaja Putri), o programas para muchachas adolescentes. Ese programa se destina a adolescentes de 12 a 19 años que desean aprender más acerca de la salud sexual y reproductiva y otras cuestiones conexas. Un organismo donante internacional ha prestado apoyo al Gobierno para la elaboración y aplicación de servicios esenciales de salud reproductiva centrados en la incorporación de consideraciones relacionadas con la salud reproductiva, como la participación de los varones en el mantenimiento de la salud reproductiva, la calidad de la atención, las necesidades de los adolescentes y la vulnerabilidad de determinados grupos al VIH. Aunque respondan a enfoques muy diferentes, todos los tipos de intervenciones abordan los mismos problemas, a saber, el peligro de las relaciones sexuales premaritales; los peligros de las relaciones sexuales tempranas y de los embarazos tempranos; el acceso a asesoramiento sobre el matrimonio precoz; los roles de género en la familia y en la sociedad; y la necesidad de una mayor participación de los hombres en las responsabilidades familiares. También se prestó apoyo para la organización de campañas sobre el riesgo de contraer enfermedades de transmisión sexual y el HIV/SIDA, a través de los medios de comunicación y mediante seminarios dirigidos a adolescentes. Con el fin de garantizar una atención adecuada para las personas afectadas, se ha creado un entorno social y jurídico propicio para abordar las cuestiones relacionadas con las enfermedades de transmisión sexual y el VIH/SIDA.

136.El Programa de Planificación de la Familia ha reducido la tasa de fecundidad de 5,6 niños por pareja antes de 1990 a 2,6 en 2003. Una amplia red de servicios de planificación de la familia prestados a través de la Junta Nacional de Coordinación de la Planificación de la familia se enmarca en la red de puntos de prestación de servicios integrados de salud (Posyandu, que funciona en la totalidad de las 6,600 aldeas). La finalidad de la política del gobierno en esa esfera es reducir la tasa de fecundidad al nivel de mantenimiento para 2010-2015. Se reconoce la pobreza, la enfermedad y la ignorancia, unidas a la necesidad de mantener a familias numerosas, son los principales factores que afectan a la calidad de vida de la población. De ahí que el Gobierno haya decidido mejorar la calidad de vida por medio de la planificación de la familia, la creación y ampliación de oportunidades de empleo para permitir a los padres y las madres trabajadores incrementar sus ingresos, la mejora de los servicios de salud, la reducción de la mortalidad infantil y materna, el aumento de la matrícula escolar y la asistencia a la escuela por medio de la educación básica obligatoria (de los nueve a los doce años de edad).

137.El éxito del programa de planificación familiar de Indonesia ha sido internacionalmente reconocido, pues ha contribuido en medida sustancial a reducir el crecimiento de la población al reducir la tasa global de fecundidad. Esa tasa, que fue de 5,6 durante el período 1967-1970, se redujo casi a la mitad en 1995-1997 y en la actualidad es de 2,6 (SDKI 2002). No obstante, se ha constatado que la participación de los varones en la planificación familiar sigue siendo escasa. La tasa de utilización de métodos anticonceptivos, que era del 48% en 1987, aumentó al 57% en 1997 y al 60,3% en 2003. Sin embargo, sólo alrededor del 0,4% de los varones se sometieron a vasectomía. Por consiguiente, se han planeado y ejecutado programas especiales para incrementar la participación masculina y lograr así la igualdad de género en la planificación de la familia.

138.La encuesta de 2002 reveló que el número de mujeres casadas que utilizaban métodos anticonceptivos (necesidad no cubierta) seguía siendo bajo, de alrededor del 8,6%, porcentaje similar al de 1997 (9%). Esa situación se debe principalmente a la falta de acceso de hombres y mujeres a la información pertinente y a la falta de participación de los hombres en la planificación de la familia, así como a la carencia de asesoramiento en planificación de la familia después del parto tanto para hombre como para mujeres.

139.Los datos correspondientes a 1997 indican que sigue siendo muy elevada en Indonesia la tasa de incidencia de las infecciones del sistema reproductor femenino. Se llevó a cabo un estudio al respecto sobre la zona septentrional de la capital, Yakarta. De las 312 mujeres incluidas en el estudio (usuarias de servicios de planificación de la familia), el 24,7% sufría alguna infección del aparato reproductor; el 10,3% tenía parásitos y el 5,4% padecía alguna enfermedad de transmisión sexual (gonorrea). Los resultados del estudio alertaron a las autoridades sobre la amenaza de enfermedades de transmisión sexual que afectaban a las amas de casa y la consiguiente necesidad de incluir información sobre esas enfermedades y servicios para prevenirlas y tratarlas en los programas de planificación de la familia y salud materna. Sin embargo, ese esfuerzo topa con numerosos obstáculos, en particular la escasez de servicios de salud y restricciones socioculturales que dificultan el tratamiento completo de las personas afectadas por enfermedades sexuales/genitales que afectan a las funciones reproductivas.

140.El primer caso de VIH en Indonesia se registró en 1989, y a partir de 1995 empezó a aumentar la incidencia de la enfermedad. La proporción de donantes de sangre afectados por el VIH pasó del 3 por 100.000 donantes en 1994 a 4 por 100.000 donantes en 1998 y a 16 por 100.000 donantes en 1999 (el número de casos se multiplicó por ocho en 10 años). En 2000 se registró un cambio importante de las pautas de la infección con VIH, que originariamente se concentraba en el mundo de la prostitución. Por poner un ejemplo referente a la región occidental de Indonesia, en el distrito de Tanjung Balai Karimun, en la provincia de Riau, sólo se registró un 1% de casos de VIH/SIDA en 1995/1996, pero la incidencia del VIH/SIDA aumentó a más del 8% en 2000. En la provincia oriental de Irian Jaya, la incidencia era de alrededor del 26,5%, y en Yakarta y Java occidental, de alrededor del 5,5%. En el mismo año se registraron casos de VIH en casi todas las provincias de Indonesia. En 1999 se manifestó un nuevo fenómeno: empezaron a registrarse casos de infección con VIH entre drogadictos que compartían jeringuillas. En la capital, Yakarta, la incidencia del VIH/SIDA era del 40% en 2000 y aumentó al 48% en 2001. Hay que señalar que de 1996 a 2002 el número de casos aumentó en casi un 17,5%. En 1996 sólo un 2,5% de los casos de SIDA correspondían a consumidores de drogas. Esa cifra aumentó pronunciadamente, a casi un 20%, en 2002. El grupo de edad con mayor número de casos de VIH/SIDA es el de 20-29 años. Los datos disponibles indican que en general hay más hombres que mujeres infectados con el VIH. Las tendencias parecen indicar que en los próximos cinco años aumentará el número de casos de VIH como consecuencia del aumento del número de encuentros sexuales sin protección y del uso compartido de jeringuillas entre drogadictos. El número de casos de VIH/SIDA era hasta el 30 de diciembre de 2003 de 4091: 2720 infectados por el HIV y 1371 con SIDA, de los que 479 habían fallecido.

141.El Gobierno de Indonesia está firmemente resuelto a prevenir y combatir la incidencia y la propagación del VIH/SIDA desde que se declaró el primer caso. Con el fin de sensibilizar a la opinión pública sobre los efectos mortales del VIH/SIDA, el Gobierno realizó, en colaboración con ONG, diversas campañas en los medios de comunicación, talleres, seminarios, diálogos interactivos y otras actividades. En virtud del Decreto Presidencial de 1994, el Gobierno estableció un Comité Nacional contra el VIH/SIDA, integrado por representantes de varios ministerios y entidades gubernamentales. También se crearon comités similares a nivel provincial y de distrito, presididos por los dirigentes de los gobiernos locales respectivos. El Comité y diversos sectores interesados establecieron también grupos de trabajo sobre el SIDA con arreglo a sus respectivas tareas y funciones. Diversas entidades religiosas y ONG/organizaciones de la sociedad civil participaron activamente en las actividades de prevención mediante asesoramiento, información, educación y comunicación, capacitación, medicación y tratamiento. Se proporcionaron asistencia técnica y fondos mediante la colaboración y cooperación internacional, regional y bilateral con la OMS, el UNAIDS, el UNICEF, el FNUAP, el PNUD, el Banco Mundial, el Banco Asiático de Desarrollo y otras organizaciones. El Ministro de Coordinación del Bienestar de la Población introdujo en 1994 una Estrategia Nacional contra el VIH/SIDA, cuyos objetivos principales eran la movilización y participación de la sociedad en el esfuerzo nacional por combatir y prevenir el VIH/SIDA y en el suministro de tratamiento y servicios médicos atendiendo a las cuestiones de género. Se produjeron y utilizaron materiales especiales de “información, educación y comunicación” para intensificar la campaña por todo el país. En 2003 se revisó la estrategia para responder al aumento de la incidencia del virus y de la enfermedad conexa, así como a la necesidad de aplicar el tratamiento medico más reciente y eficaz.

142.Otros problemas que ha de abordar el Gobierno de Indonesia son los relacionados con el tráfico y la utilización ilícita de estupefacientes y drogas por la juventud tanto en las zonas urbanas como en las rurales. El Gobierno ha examinado detenidamente el problema y ha adoptado las siguientes medidas al respecto:

a)Ratificación de la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas;

b)Ley No. 22 de 1997 sobre estupefacientes;

c)Establecimiento de un Organismo Nacional de Estupefacientes;

d)Establecimiento de una Dirección de Drogas y Estupefacientes dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y

e)Establecimiento de una prisión especial para delitos relacionados con el tráfico y el uso indebido de estupefacientes y drogas.

143.Las funciones del Ministerio de Empoderamiento de la Mujer son coordinar y cooperar con organizaciones de mujeres, organizaciones de la comunidad y otras partes interesadas para prevenir el uso ilícito de narcóticos; difundir información por medio de estrategias de información, educación y comunicación; promover la promulgación y aplicación de leyes sobre narcóticos; y promover el papel de los medios de comunicación.

144.La expansión de la infraestructura de salud, incluido el número de médicos, dentistas, enfermeros, paramédicos y comadronas, ha sido fundamental para promover la salud de las mujeres, los niños y sus familias. No obstante, la crisis económica que se manifestó abruptamente en 1997-1998 redujo drásticamente esos servicios y mecanismos y afectó negativamente a los pobres, en particular a las mujeres y a los niños. Para hacer frente a ese problema, el Gobierno introdujo un Programa de Red de Seguridad Social que abarcaba programas de atención de salud. El Programa de Red de Seguridad Social proporciona a los pobres servicios gratuitos de atención de salud en centros de salud y hospitales públicos y suministra alimentos suplementarios para los niños menores de cinco años y las mujeres embarazadas y lactantes de las aldeas pobres. Se establecieron incentivos especiales para el personal de salud de las zonas empobrecidas y el Gobierno reintrodujo el sistema de vigilancia alimentaria y de nutrición con fines de alerta temprana de las necesidades nutricionales, especialmente en las zonas en las que había disminuido pronunciadamente la producción de alimentos.

Artículo 13Derechos y prestaciones sociales, económicos y culturales

Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en otras esferas de la vida económica y social a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, los mismos derechos, en particular:

a) El derecho a prestaciones familiares;

b) El derecho a obtener préstamos bancarios, hipotecas y otras formas de crédito financiero;

c) El derecho a participar en actividades de esparcimiento, deportes y en todos los aspectos de la vida cultural.

145.Las mujeres y los hombres que trabajan como funcionarios públicos tienen derecho a prestaciones familiares con arreglo a su rango y categoría dentro de la burocracia, salvo en el caso de los funcionarios cuyos cónyuges trabajan en el mismo departamento u oficina. Corresponde a los propios cónyuges decidir quién ha de ser el titular de las prestaciones familiares. En esos casos la mayoría de las familias escogen al cónyuge con el sueldo más elevado, que no es necesariamente el marido, pues el monto de las prestaciones familiares constituye un porcentaje del sueldo total. Otra prestación a que tienen derecho los funcionarios es el seguro médico/de salud, que se aplica sin discriminación de género e incluye los gastos de hasta dos partos. No obstante, en el sector privado el Gobierno no ha conseguido imponer la aplicación de esas disposiciones en todas las empresas, aunque el plan de seguridad social para los trabajadores (Jamsostek) viene funcionando desde 1977 e Indonesia ha ratificado todos los convenios básicos de la OIT. Por consiguiente, el Gobierno, en particular el Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Empoderamiento de la Mujer, ha trabajado en estrecha colaboración con organizaciones de la sociedad civil, especialmente sindicatos, asociaciones patronales y organizaciones de defensa de los derechos de las mujeres trabajadoras, con el fin de acelerar la plena aplicación de las normas laborales internacionales. Todos los empleados de empresas privadas y sus familiares tienen derecho también a disfrutar de un plan de seguridad social. Los empleadores han de proporcionar prestaciones de asistencia social para todos los trabajadores y sus familias.

146.Las mujeres tienen derecho a solicitar créditos bancarios de cualquier tipo, incluidos los hipotecarios, abrir cuentas bancarias y concertar acuerdos con asociados comerciales sin necesidad de contar con el consentimiento de sus maridos u otros miembros de la familia. No hay restricciones legales a la participación de las mujeres en la vida social, incluidos espectáculos, deportes y actividades recreativas. Las mujeres no necesitan el consentimiento de nadie para obtener pasaporte u otros documentos de viaje.

147.El Gobierno, a través de un grupo de trabajo interdepartamental para la igualdad en el empleo, está trabajando actualmente, en colaboración con organizaciones de la sociedad civil, para armonizar las leyes y reglamentos con el fin de mejorar las posibilidades de acceso de las mujeres a asistencia social y a créditos bancarios.

Artículo 14La mujer rural y la pobreza

1. Los Estados Partes tendrán en cuenta los problemas especiales a que hace frente la mujer rural y el importante papel que desempeña en la supervivencia económica de su familia, incluido su trabajo en los sectores no monetarios de la economía, y tomarán todas las medidas apropiadas para asegurar la aplicación de las disposiciones de la presente Convención a la mujer de las zonas rurales.

2. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en las zonas rurales a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, su participación en el desarrollo rural y en sus beneficios, y en particular le asegurarán el derecho a:

a) Participar en la elaboración y ejecución de los planes de desarrollo a todos los niveles;

b) Tener acceso a servicios adecuados de atención médica, inclusive información, asesoramiento y servicios en materia de planificación de la familia;

c) Beneficiarse directamente de los programas de seguridad social;

d) Obtener todos los tipos de educación y de formación, académica y no académica, incluidos los relacionados con la alfabetización funcional, así como, entre otros, los beneficios de todos los servicios comunitarios y de divulgación a fin de aumentar su capacidad técnica;

e) Organizar grupos de autoayuda y cooperativas a fin de obtener igualdad de acceso a las oportunidad económicas mediante el empleo por cuenta propia o por cuenta ajena;

f) Participar en todas las actividades comunitarias;

g) Obtener acceso a los créditos y préstamos agrícolas, a los servicios de comercialización y a las tecnologías apropiadas, y recibir un trato igual en los planes de reforma agraria y de reasentamiento;

h) Gozar de condiciones de vida adecuadas, particularmente en las esferas de la vivienda, los servicios sanitarios, la electricidad y el abastecimiento de agua, el transporte y las comunicaciones.

148.La situación de Indonesia durante el período examinado correspondió estrechamente al concepto de crisis multidimensional. Los esfuerzos de reducción de la pobreza realizados durante más de tres decenios dieron los resultados siguientes:

Años

1996

1999

2002

2003

11,3%

23,4%

18,2%

17,4%

Aunque la crisis afectó gravemente a todos los sectores de la población, sus efectos más dramáticos se registraron entre las mujeres y los niños. En muchos casos la crisis privó a las mujeres de su papel de principales fuentes de ingresos para sus familias. En su empeño por mitigar la pobreza, el Gobierno de Indonesia era plenamente consciente de que las mujeres constituían el grupo social más vulnerable. Todas las actividades realizadas en esa esfera se enmarcaron en la necesidad de obtener apoyo mediante la movilización de recursos económicos entre empresas privadas, incluidos bancos privados. Las medidas tendentes a potenciar el papel de la mujer, especialmente en la esfera económica, se consideraban parte integral de los esfuerzos generales por mejorar la calidad de vida de las mujeres.

149.De conformidad con la Declaración y Programa de Acción aprobado en 1995 en la Cumbre Social de Copenhague, se hicieron esfuerzos por reducir la incidencia de la pobreza que afectaba a las mujeres, principalmente en las zonas rurales. Por medio de la Instrucción Presidencial de 1998, el Gobierno impulsó el “Movimiento Integrado para la Erradicación de la Pobreza”, o programa Gerdu Taskin (Gerakan Terpadu Pengentasan Kemiskinan). En aplicación del nuevo enfoque, en 1999 el Ministro de Coordinación para el Bienestar de la Población y el Alivio de la Pobreza elaboró un plan para reducir la pobreza que, en vez de basarse en el crecimiento económico, se centraba en las personas y su prosperidad. En el marco de ese nuevo planteamiento, el Gobierno, en colaboración con organizaciones de la sociedad civil, organizaciones profesionales y universidades, así como con las propias familias pobres, puso en marcha un movimiento de erradicación de la pobreza.

Las principales estrategias definidas por el Gobierno consistían en: i) un programa centrado no sólo en las actividades económicas y su mejora, sino también en la potenciación de las personas y las familias; ii) el reconocimiento de la diversidad sociocultural de la nación, con nuevos programas de desarrollo articulados en torno al proceso de descentralización; y iii), un programa de desarrollo que promovía el establecimiento entre las partes interesadas de una red independiente.

150.Las medidas adoptadas en el pasado para resolver los problemas se centraban principalmente en la economía, y en particular en el crecimiento macroeconómico, impulsado mediante políticas centralizadas, mientras que las comunidades se solían considerar como meros objetos del desarrollo, y generalmente se pasaban por alto los aspectos multidimensionales, en particular los aspectos socioculturales de la pobreza. Por consiguiente, el Gobierno reformado en 2002 estableció un grupo de coordinación encargado de formular una nueva política contra la pobreza y de constituir posteriormente un Comité para la Erradicación de la Pobreza al que incumbiría aplicar la nueva política.

La nueva política de 2003 era integrada y multidisciplinaria y contenía nuevos enfoques y estrategias para reducir la pobreza por las siguientes vías: a) aumento de las oportunidades dimanantes de la recuperación macroeconómica, la buena gobernanza y el aumento de los servicios públicos; b) potenciación de la comunidad mediante la mejora del acceso a los recursos económicos y una mayor participación en los procesos de adopción de decisiones; c) creación de capacidad y mejora de las condiciones de vida mediante el suministro a los pobres de servicios adecuados de educación y salud, alimentos y vivienda; d) desarrollo de un sistema de seguridad social en el que se otorgue prioridad a los pobres, los discapacitados, las víctimas de conflictos sociales y los trabajadores que han perdido su empleo.

151.En el período 2000-2003 se registraron diversas iniciativas tendentes a mejorar la calidad de vida de la mujer en la economía. Con el fin de potenciar el papel de las pequeñas empresarias tanto en las zonas urbanas como en las rurales, el Ministerio de Empoderamiento de la Mujer, el Consejo Nacional de Cooperativas, la Asociación de Mujeres Empresarias Indonesias, UNILEVER (empresa privada), el Banco de Indonesia y la Fundación MANDIRI firmaron un memorando de entendimiento para prestar asistencia a las pequeñas empresarias y facilitarles el acceso a créditos. Ese memorando de entendimiento también preveía actividades de capacitación técnica con el fin de mejorar los conocimientos de las mujeres empresarias en esferas tales como las de la comercialización y la promoción de sus productos y servicios.

Otras medidas tenían por objeto:

a)Activar mecanismos crediticios y financieros como Takesra y Kukesra, introducidos antes de la Conferencia de Beijing. Aunque vinculados a actividades de planificación de la familia, esos mecanismos ayudaban a las mujeres pobres marginadas a aumentar sus ingresos;

b)Aplicar la política gubernamental de reducción de la pobreza por medio de estrategias de potenciación de la comunidad. Con ese fin se ejecutaron programas tendentes a aplicar la Instrucción Presidencial de 1993 para el desarrollo de las aldeas menos adelantadas y el plan de créditos asociativos para el desarrollo;

c)Mejorar el entorno comercial para las pequeñas y medianas empresas. Con ese fin se promulgó en 1995 la Ley No. 9, que defiende los principios de igualdad y justicia de género en las actividades empresariales, libre competencia y diversificación de los productos;

d)Ofrecer otros programas de apoyo para la potenciación económica, como la concesión de créditos por el Departamento de Agricultura y el Grupo de Aprendizaje Conjunto del Departamento de Asuntos Sociales, actividades de generación de ingresos del Movimiento para el Bienestar de la Familia y un programa integrado para la salud y la prosperidad de la familia, coordinado por el Ministerio de Potenciación del Papel de la Mujer en colaboración con bancos y ONG;

e)Aplicar el programa de Red de Seguridad Social prestando especial atención a garantizar la participación igualitaria de mujeres;

f)Velar por la igualdad de acceso de las mujeres al actual fondo de seguridad social, Jamsostek, creado originariamente sólo para trabajadores despedidos, en el supuesto erróneo y basado en un estereotipo de género de que todos los trabajadores despedidos son hombres;

g)Promover una mayor participación de mujeres en la KUD (unidad cooperativa de aldea) y de mujeres agricultoras en la KUT (cooperativa agraria).

152.Algunas organizaciones de la sociedad civil, como Pusat Pengembangan Sumber Daya Wanita (Centro de Desarrollo de Recursos de las Mujeres), Bina Swadaya, Bina Kesuma, Solidaritas perempuan y otras organizaciones de mujeres, realizaron diversas actividades de potenciación del papel de la mujer centradas en la pequeña empresa . Entre los programas ofrecidos cabe destacar los siguientes:

a)Capacitación en actividades generadoras de ingresos, como formación ocupacional para mujeres que trabajan en industrias domésticas, y mejora de su acceso a créditos para capital circulante;

b)Seminarios, talleres y programas de capacitación que ofrecían información y procedimientos para facilitar el acceso a recursos financieros y otros recursos económicos;

c)Establecimiento de cooperativas para mujeres de zonas urbanas pobres y zonas rurales con el fin de promover las actividades económicas y sociales de esas mujeres.

153.Antes de la crisis de 1997, el Gobierno había puesto en marcha diversos programas y políticas tendentes a la erradicación de la pobreza:

a)Concesión de préstamos a bajo interés y suministro de fertilizantes subvencionados con el fin de sostener el poder adquisitivo de los agricultores, que constituyen la mayoría de la población;

b)Aumento del UMR (salario mínimo regional), con el que se consiguió mejorar el poder adquisitivo de los trabajadores y fortalecer el mercado interno;

c)Concesión de créditos a las pequeñas empresas;

d)Expansión de las cooperativas;

e)Políticas fiscales especiales;

f)Promulgación de la Instrucción Presidencial para el desarrollo de las aldeas menos adelantadas, centrada en los servicios sociales, educativos y de salud y el fomento de las oportunidades comerciales mediante, entre otros instrumentos, la concesión de créditos para ayudar a la población pobre de esas aldeas.

154.El principal objetivo de la Instrucción Presidencial era mejorar el nivel de vida de las aldeas menos adelantadas, por ejemplo aumentando la capacidad de las familias para realizar actividades generadoras de ingresos, y suministrando suplementos alimentarios a los niños en la escuela para mejorar su estado de nutrición y por ende su salud y su rendimiento escolar. Además de atender prioritariamente a las mujeres rurales, el Gobierno también prestaba atención a las mujeres de las zonas boscosas, que cubren alrededor de un tercio de la superficie total de las islas en Indonesia. Con el fin de generar ingresos a partir del entorno forestal, el Gobierno impartió capacitación para mujeres en silvicultura con el fin de que pudieran realizar actividades económicamente productivas, como el cuidado de panales para obtener miel, la cría de gusanos de seda y el cultivo de plantas con aplicaciones medicinales.

Artículo 15Igualdad ante la ley

1. Los Estados Partes reconocerán a la mujer la igualdad con el hombre ante la ley.

2. Los Estados Partes reconocerán a la mujer, en materias civiles, una capacidad jurídica idéntica a la del hombre y las mismas oportunidades para el ejercicio de esa capacidad. En particular, le reconocerán a la mujer iguales derechos para firmar contratos y administrar bienes y le dispensarán un trato igual en todas las etapas del procedimiento en las cortes de justicia y los tribunales.

3. Los Estados Partes convienen en que todo contrato o cualquier otro instrumento privado con efecto jurídico que tienda a limitar la capacidad jurídica de la mujer se considerará nulo.

4. Los Estados Partes reconocerán al hombre y a la mujer los mismos d e rechos con respecto a la legislación relativa al derecho de las personas a circular libremente y a la libertad para elegir su residencia y domicilio.

155.El artículo 27 de la Constitución de 1945 estipula que todos los ciudadanos tienen los mismos derechos y obligaciones ante la ley y ante el Gobierno, y están obligados por igual a respetar plenamente la ley y al Gobierno. El mismo principio de igualdad ante la ley se recoge en el párrafo 2 del artículo 3 de la Ley de derechos humanos No. 39 de 1999, así como en numerosas leyes y políticas gubernamentales. En los últimos años diversos segmentos de la sociedad han formulado crecientes demandas en materia de democratización, aplicación de la ley y reforma jurídica.

156.El Código Civil estipula que todas las personas adultas, hombres y mujeres, tienen la misma capacidad jurídica. Por consiguiente, todas están facultadas para celebrar contratos o acuerdos sin necesidad de obtener el consentimiento de otras partes. En lo que se refiere a la administración de las propiedades, ambos cónyuges tienen el mismo derecho de celebrar contratos. También tienen los mismos derechos en cuanto a la elección de residencia y domicilio.

Como es natural, la mujer consultará ante todo a su marido, y el marido a la mujer, antes de tomar una decisión definitiva sobre tales cuestiones. En efecto, puesto que el matrimonio se basa en el respeto mutuo y el honor, las decisiones de ese tipo también deben tomarse de común acuerdo. Todo desacuerdo o controversia debe resolverse amigablemente. No obstante, si los cónyuges no pueden resolver el problema entre ellos, pueden invitar a una tercera parte, normalmente a los progenitores, a actuar como mediadores. Sólo en el caso de que aun así no pueda llegarse a un acuerdo se llevará el asunto a los tribunales.

157.Las mujeres tienen el mismo derecho que los hombres de realizar cualquier tipo de transacciones, como compra, venta, alquiler y otras actividades relacionadas con propiedades y bienes raíces. Puesto que las leyes y los reglamentos comerciales no establecen discriminación alguna al respecto, las mujeres pueden establecer empresas, actuar como socios comerciales y ocupar puestos de gestión a todos los niveles en todo tipo de empresas.

158.Las mujeres tienen el mismo derecho que el hombre a participar en cada etapa del procedimiento judicial. Pueden actuar como fiscales, abogados y jueces y tomar parte en las deliberaciones de todos los tribunales, a saber, tribunales de primera instancia, tribunales de apelación y tribunal supremo (de casación). También tienen los mismos derechos que los hombres en lo que se refiere a la posibilidad de presentar denuncias por su cuenta y de prestar testimonio.

159.En cuanto al acceso a los servicios jurídicos, mujeres y hombres tienen los mismos derechos y oportunidades de obtener asistencia letrada, designar abogados y denunciar faltas y delitos a la policía y otras instancias. En Indonesia se proporciona asistencia letrada gratuita a los acusados sin medios económicos, en particular si corren el riesgo de que se les imponga una pena de más de 15 años de prisión (de conformidad con el Código de Procedimiento Penal, No. 8 de 1981).

Artículo 16Matrimonio y familia

1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas adecuadas para eliminar la discriminación contra la mujer en todos los asuntos relacionados con el matrimonio y las relaciones familiares y, en particular, asegurarán, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres:

a) El mismo derecho para contraer matrimonio;

b) El mismo derecho para elegir libremente cónyuge y contraer matrimonio sólo por su libre alb e drío y su pleno consentimiento;

c) Los mismos derechos y responsabilidades durante el matrimonio y con ocasión de su disfunción;

d) Los mismos derechos y responsabilidades como progenitores, cualquiera que sea su estado civil, en materias relacionadas con sus hijos; en todos los casos, los intereses de los hijos serán la consider a ción primordial;

e) Los mismos derechos a decidir libre y responsablemente el número de sus hijos y el intervalo entre los nacimientos y a tener acceso a la información, la educación y los medios que les permitan ejercer e s tos derechos;

f) Los mismos derechos y responsabilidades respecto de la tutela, curatela, custodia y adopción de los hijos, o instituciones análogas cuando quiera que estos conceptos existan en la legislación nacional; en todos los casos, los intereses de los hijos serán la consid e ración primordial;

g) Los mismos derechos personales como marido y mujer, entre ellos el derecho a elegir apellido, prof e sión y ocupación;

h) Los mismos derechos a cada uno de los cónyuges en materia de propi e dad, compras, gestión, administración, goce y disposición de los bienes, tanto a t í tulo gratuito como oneroso.

160.La Ley de Matrimonio No. 1 de 1974 proclama la igualdad entre hombre y mujeres, que se traduce en el reconocimiento de que:

a)Hombres y mujeres tienen el mismo derecho a contraer matrimonio;

b)La edad mínima para contraer matrimonio se aplica por igual a hombres y mujeres;

c)Si uno de los contrayentes es menor de 19 años, ambos contrayentes han de otorgar su consentimiento al matrimonio y obtener el consentimiento de sus progenitores;

d)Una vez celebrado el matrimonio, el marido y la mujer tienen capacidad jurídica para llevar a cabo todo tipo de transacciones;

e)Las propiedades adquiridas durante el matrimonio son bienes gananciales de propiedad conjunta;

f)La disolución del matrimonio ha de ser decidida por los tribunales y por las razones estipuladas por la ley. Se proponen sanciones legales para las personas que obliguen a un menor de 18 años a contraer matrimonio.

161.Desde que se aprobó la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, organizaciones de mujeres, junto con el Ministerio de Empoderamiento de la Mujer, el Ministerio de Religión y el Ministerio de Justicia, han llevado a cabo una revisión crítica de la Ley de Matrimonio No.1 de 1974, algunos de cuyos artículos entrañan discriminación contra la mujer, en particular en lo que se refiere a las responsabilidades familiares y la división sexual del trabajo. Esa ley confirma los estereotipos sobre la función de la mujer en la esfera privada, en la que por lo general se presupone que el hombre es el cabeza de familia y se asigna automáticamente a la mujer el cuidado del hogar y de los hijos. Se ha llegado a la conclusión de que es necesario modificar el párrafo 3 del artículo 31, que identifica al marido como cabeza de familia y a la mujer como cabeza del hogar. Se recomienda que las mujeres puedan ser cabezas de familia en igualdad con los hombres, con el fin de no reafirmar la asignación de roles estereotipados a hombres y mujeres dentro de la familia. En lo que respecta al párrafo 2 del artículo 4, que permite al marido practicar la poligamia si la esposa está incapacitada para cumplir sus responsabilidades matrimoniales, sufre alguna discapacidad física o contrae una enfermedad incurable, o no puede tener hijos, se recomienda encarecidamente que se modifique completamente esa disposición por su carácter extremadamente discriminatorio.

162.La mujer casada está jurídicamente facultada para optar entre mantener su apellido de soltera o adoptar el apellido del marido. No existe ninguna disposición jurídica al respecto. De hecho, ninguna disposición jurídica obliga a los ciudadanos a tener un apellido. Los niños reciben un nombre, que se registra en su certificado de nacimiento. Algunas personas añaden a ese nombre el del padre, como apellido. Algunos grupos étnicos tienen un nombre de clan, como Batak en Sumatra septentrional, Manado en Sulawesi septentrional y Ambon en Maluku, y ese patronímico tiene consideración de apellido.

163.Hombres y mujeres tienen el mismo derecho de contraer matrimonio. La edad legal mínima para contraer matrimonio es de 16 años para las mujeres y de 19 para los hombres, aunque el Gobierno alienta a los jóvenes a retrasar el casamiento hasta los 20 años y los 25 años, respectivamente, con el fin de que puedan continuar su educación y llegar al matrimonio con mayor preparación y madurez para afrontar las responsabilidades que conlleva. No obstante, el matrimonio precoz sigue siendo una práctica habitual, especialmente en las aldeas rurales y los barrios de tugurios de las zonas urbanas. También se ha propuesto que la edad legal mínima para contraer matrimonio sea la recomendada en la Ley No. 23 de 2002 sobre la protección de la infancia, es decir, de 18 años, con el fin de desalentar la práctica de los matrimonios tempranos y permitir a los niños concluir el ciclo de nueve años de enseñanza obligatoria.

164.La Campaña de Planificación de la Familia que se realiza bajo el lema “Es suficiente con dos hijos” promueve la idea de que en la familia no debe haber preferencias en cuanto al sexo de los hijos, pues niños y niñas son igualmente valiosos. La Campaña de Planificación de la Familia también promueve en medida creciente la participación de los varones en la vida familiar y la educación en salud reproductiva, en particular para los jóvenes de ambos sexos.

165.Respecto de la relación entre preceptos religiosos y legislación civil, se reconoce a los tribunales religiosos potestad para aplicar las disposiciones y normas de la Ley del matrimonio. Se permite el divorcio cuando una de las partes:

a)Ha cometido adulterio o se ha convertido en alcohólica, adicta a las drogas o al juego o ha contraído algún otro vicio de difícil curación;

b)Ha abandonado al cónyuge durante dos años consecutivos sin el consentimiento del cónyuge y sin razones válidas o por razones ajenas al control del cónyuge;

c)Ha sido sancionado con una pena de cinco años de prisión o más después de contraer matrimonio;

d)Ha sufrido una discapacidad física o ha contraído una enfermedad que le impida cumplir sus deberes conyugales ;

e)Origine constantes discusiones, desacuerdos y disputas con su cónyuge que hagan imposible el acuerdo y la armonía en el seno de la familia.

Ambos cónyuges pueden solicitar el divorcio. La cohabitación no tiene reconocimiento jurídico. Las personas casadas pueden volver a contraer matrimonio.

166.En caso de disolución de matrimonio mediante divorcio, las propiedades conjuntas han de distribuirse de conformidad con la legislación pertinente. La disolución del matrimonio por divorcio entraña las siguientes consecuencias:

a)Tanto la madre como el padre siguen siendo responsables de criar y educar a sus hijos, teniendo presente el interés superior de éstos. En caso de controversia respecto de la custodia del hijo o de los hijos, la decisión corresponde a un tribunal de justicia.

b)Corresponde al padre sufragar todos los gastos relacionados con la crianza y la educación de los hijos. En el caso de que el padre no pueda asumir esas responsabilidades, un tribunal de justicia puede decidir que las comparta la madre comparta.

c)Un tribunal de justicia puede imponer al ex marido la obligación de pagar alimentos o alguna otra forma de indemnización a su ex mujer.

167.La política adoptada por Indonesia en materia de adopción de niños se basa en el principio del interés superior del niño, según se estipula en la Ley No. 23 de 2002 sobre protección de la infancia. Ese principio entraña que hombres y mujeres gozan de los mismos derechos en lo que se refiere a la adopción.

168.El compromiso y el matrimonio de niños no puede tener efectos jurídicos, y deben adoptarse las medidas necesarias, incluyendo la promulgación de disposiciones jurídicas al respecto, para especificar una edad mínima para contraer matrimonio y para establecer la obligatoriedad de inscribir los matrimonios en un registro oficial.