Naciones Unidas

CRPD/C/JAM/RQ/1

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Distr. general

4 de marzo de 2020

Español

Original: inglés

Español, inglés y ruso únicamente

Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

24º período de sesiones

17 de agosto a 11 de septiembre de 2020

Tema 5 del programa provisional

Examen de los informes presentados por las partes en la Convención en virtud del artículo 35

Respuestas de Jamaica a la lista de cuestiones relativa a su informe inicial *

[Fecha de recepción: 18 de diciembre de 2019]

A.Propósito y obligaciones generales (arts. 1 a 4)

Respuesta al párrafo 1 de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

1.La Ley de Discapacidad aprobada en 2014 concuerda en lo fundamental con el modelo de discapacidad basado en los derechos humanos que aparece consagrado en la Convención. La Ley de Discapacidad tiene por objeto promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad por parte de las personas con discapacidad de los privilegios, los intereses, las prestaciones y el trato en igualdad de condiciones con las demás personas, establecer el Consejo para las Personas con Discapacidad de Jamaica (JCPD) y ocuparse de asuntos conexos.

2.De conformidad con el artículo 3 de la Ley, sus objetivos principales son los siguientes:

a)Reforzar y promover el reconocimiento y la aceptación en Jamaica del principio de que una persona con discapacidad tiene los mismos derechos fundamentales que cualquier otra persona de Jamaica;

b)Promover la dignidad personal, la libertad de elección y la independencia de las personas con discapacidad;

c)Asegurar la participación y la inclusión plenas y efectivas de dichas personas en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás;

d)Prevenir o prohibir la discriminación contra las personas con discapacidad;

e)Promover el respeto de las diferencias y la aceptación de las personas con discapacidad como parte de la diversidad humana y de la humanidad.

3.Jamaica suscribe los ocho principios generales en los que se basa la Convención y está haciendo esfuerzos para incorporarlos en todas las esferas de la vida del país. Mediante la aplicación de la legislación pertinente, se persigue el objetivo de que esos principios se conviertan en una forma de vida en Jamaica.

4.Se respetan la dignidad inherente, la autonomía individual, incluida la libertad de tomar las propias decisiones, y la independencia de las personas. Aunque existen algunas lagunas en cuanto a la plena concordancia de la Ley con la Convención, se reconoce el hecho de que la Ley prevé una revisión pasados tres años desde su fecha de entrada en vigor. En ese sentido, Jamaica, consciente del contexto de la realización progresiva, mantiene su compromiso con el cumplimiento de las obligaciones que le impone la Convención y con sus ciudadanos con discapacidad.

5.En cuanto a los progresos en la incorporación de la Convención en la legislación nacional y la medida en que las personas con discapacidad pueden invocar sus disposiciones ante los tribunales, el Tribunal de los Derechos de las Personas con Discapacidad, que actualmente se encuentra en fase inicial de establecimiento, tiene por objeto asegurar una reparación adecuada por los actos de discriminación contra dichas personas. La estructura y la plantilla profesional completa necesaria para su establecimiento se están ultimando a la vez que se establece el JCPD como entidad con personalidad jurídica. Como órgano público, se ha encomendado al JCPD el mandato de ser la entidad gubernamental encargada de la formulación, la planificación, la supervisión y la coordinación de las políticas, de defender la prevención de las causas de discapacidad, la rehabilitación y la igualdad de oportunidades en el contexto de una sociedad basada en los derechos para las personas con discapacidad y de dirigir la ejecución de los programas y proyectos. Además, le incumbirá la responsabilidad de investigar las denuncias de discriminación y remitirlas al tribunal. Se están implantando las disposiciones pertinentes, incluido el presupuesto, para el próximo ejercicio económico a fin de garantizar la aplicación efectiva de la Ley.

6.La Ley faculta al tribunal a citar a cualquier persona para que presente pruebas o entregue cualquier papel, libro, registro o documento que esté en su posesión o bajo su control, y a tomar declaración bajo juramento o promesa a todo testigo que comparezca ante él. El proceso de reparación permite al tribunal, con respecto a cualquier reclamación que se le haya remitido, dictar una resolución en un plazo de 60 días desde la fecha en que se haya remitido la reclamación o, si no fuera factible dictar la resolución en ese término, prorrogar dicho plazo. El laudo del tribunal es definitivo y concluyente, y no se iniciará ningún procedimiento ante ningún tribunal para impugnar su validez, excepto en lo que respecta a las cuestiones de derecho. La Ley establece además que si un tribunal de justicia, a petición del Tribunal de los Derechos de las Personas con Discapacidad, considera que una persona ha contravenido alguna de las obligaciones o prohibiciones impuestas en la orden o el laudo, o ha incumplido alguna de las instrucciones del Tribunal de los Derechos de las Personas con Discapacidad, podrá ordenar a la persona infractora que pague al demandante una sanción que no exceda de 1 millón de dólares jamaicanos, cuando se trate de una persona física, y de 5 millones de dólares jamaicanos cuando no sea una persona física, o dictar un mandamiento judicial por el que se prohíba a la persona infractora llevar a cabo la conducta relacionada con la denuncia, como por ejemplo actos de discriminación.

Respuesta al párrafo 2 de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

7.El Gobierno ha creado una Junta Asesora del JCPD que asesora sobre asuntos de política y programas para garantizar la inclusión de las personas con discapacidad en la sociedad. La Junta está integrada por personas con discapacidad o sus representantes.

8.La Ley de Discapacidad establece en su sección 7 la Junta de Gestión del JCPD. Esta Junta se encargará de determinar la política y la administración general de los asuntos del JCPD. La constitución de la Junta figura en el segundo anexo del proyecto de ley. Estará constituida por no menos de 17 miembros. Por lo menos siete de ellos procederán de los siguientes grupos:

Personas con sordera.

Personas con ceguera y con deficiencias visuales.

Personas con discapacidad física.

Personas con discapacidad intelectual.

Respuesta al párrafo 3 de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

9.Se está revisando la Ley de Salud Mental haciendo hincapié en la salvaguardia de los derechos humanos de las personas con trastornos o discapacidades mentales. El Consejo de Ministros ha aprobado su modificación, en particular con respecto a la preparación de instrucciones para la redacción que se presentarán al Asesor Jurídico Principal del Parlamento. Se ha propuesto diciembre de 2020 como plazo de ultimación de las instrucciones para la redacción, tras lo cual empezará el proceso legislativo.

B.Derechos específicos (arts. 5 a 30)

Igualdad y no discriminación (art. 5)

Respuesta al párrafo 4 a) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

10.La Ley de Discapacidad de 2014 es un instrumento antidiscriminatorio completo dirigido a garantizar la protección de los derechos de las personas con discapacidad.

Respuesta al párrafo 4 b) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

11.El Fondo Nacional de la Vivienda sigue ofreciendo condiciones especiales para la adquisición de viviendas a las personas con discapacidad, a quienes se reserva el 5 % de las urbanizaciones residenciales. Entre sus programas de préstamos, ha establecido un préstamo especial para ayudar a los contribuyentes con discapacidad a adquirir viviendas. Además, el Fondo proporciona una subvención de 150.000 dólares jamaicanos (unos 1.067,31 dólares de los Estados Unidos) a los deudores hipotecarios con discapacidad, o que conviven con un familiar con discapacidad y cuidan de él, con el fin de reformar o acondicionar las viviendas para adaptarlas a sus necesidades.

12.De abril a agosto de 2019 se presentaron 56 cartas de solicitud de prestaciones dirigidas por usuarios a distintas instituciones; de ellas, 33 eran cartas y solicitudes dirigidas al Fondo Nacional de la Vivienda para acceder a soluciones de vivienda a tipos hipotecarios reducidos o para reformar viviendas con miras a aumentar su accesibilidad.

Respuesta al párrafo 4 c) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

13.Mediante la aplicación de la Ley de Discapacidad de 2014 se han reforzado los derechos de las mujeres y las niñas con discapacidad, que han manifestado que, aunque existen leyes en las que se asegura su protección, hay ocasiones en las que se vulneran sus derechos por el mero hecho de ser mujeres y estar en situación vulnerable, debido a su discapacidad. En el marco del sistema general, las mujeres y las niñas pueden denunciar las vulneraciones de sus derechos a la policía, por medio de la Oficina de Asuntos de Género o del Centro de Investigación de Delitos Sexuales y Maltrato Infantil.

14.Además, el Gobierno, por medio de la Oficina de Asuntos de Género, sigue promoviendo una cultura de no violencia observando el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer y otras actividades pertinentes. Los foros y talleres celebrados para empoderar a las mujeres dan cabida a las personas con discapacidad. Facilitando esos encuentros, la Oficina se asegura de que reciben los instrumentos y la información necesarios en formatos apropiados que son accesibles.

Mujeres con discapacidad (art. 6)

Respuesta al párrafo 5 a) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

15.Jamaica ha progresado en la promoción y protección de los derechos de las mujeres. En ese contexto, ha firmado y ratificado la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. Desde el decenio de 1970, Jamaica ha promulgado leyes para proteger los derechos de las mujeres. La Ley de la Licencia de Maternidad es un ejemplo de ley promulgada para proteger y empoderar a las mujeres. La Ley de Derechos de Propiedad de los Cónyuges es otro ejemplo de ello. La Ley de la Carta de los Derechos y Libertades Fundamentales (reforma constitucional) de 2011 protege a las mujeres y las niñas contra todas las formas de discriminación. Todas estas leyes se aplican, asimismo, a las mujeres y las niñas con discapacidad.

16.Además, en la sociedad jamaicana se consulta y se da inclusión a las mujeres y las niñas en distintos niveles decisorios. Hay mujeres con discapacidad en juntas y comités nacionales, entre ellos el Instituto de Planificación de Jamaica y la Junta Asesora del Consejo para las Personas con Discapacidad de Jamaica, en relación con la discapacidad y otros asuntos de ámbito nacional, como por ejemplo la protección social y la reducción de la pobreza a escala nacional.

Respuesta al párrafo 5 b) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

17.Se están emprendiendo intervenciones específicas, por ejemplo de educación y concienciación del público, ante el poder judicial y otros empleados de puntos esenciales de atención del sistema de justicia para crear conciencia sobre la discapacidad intelectual y los sistemas de apoyo necesarios dentro del sistema de justicia a fin de facilitar su participación y garantizar que se imparta justicia. Además, se dispone de investigación y documentación sobre los obstáculos que encuentran las personas con discapacidad intelectual, con miras a la reforma del sistema de justicia de Jamaica.

Niños y niñas con discapacidad (art. 7)

Respuesta al párrafo 6 a) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

18.A causa de la edad (de 0 a 6 años), la madurez y la discapacidad de los niños que se benefician del Programa de Estimulación Temprana, estos niños no pueden participar en el proceso decisorio que los afecta y en los mecanismos dirigidos a proteger sus derechos. Sin embargo, se está sensibilizando a los progenitores, los tutores y los cuidadores sobre los derechos de las personas con discapacidad mediante seminarios, talleres sobre crianza de hijos, rehabilitación comunitaria y educación pública.

Respuesta al párrafo 6 b) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

19.El Programa de Estimulación Temprana presta servicios a niños de toda la isla mediante su oficina en Kingston. Sin embargo, los servicios clínicos, fisioterapéuticos y de rehabilitación comunitaria se han ampliado a St. James y St. Thomas.

Respuesta al párrafo 6 c) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

20.Mediante el fortalecimiento del Proyecto de Inclusión Social y Económica de las Personas con Discapacidad 2017-2019, se adoptaron varias medidas para hacer frente a la desigualdad sufrida por los niños con discapacidad, entre ellas:

a)La adquisición de ayudas de adaptación para mejorar la calidad de vida de los niños con discapacidad;

b)La celebración de talleres de formación de progenitores;

c)Cursos y talleres dirigidos al personal;

d)La participación de personal especializado, como fisioterapeutas, logopedas y psicopedagogos;

e)La construcción de un edificio multifuncional para las evaluaciones e intervenciones relacionadas con los niños con discapacidad de desarrollo;

f)La ampliación del centro de intervención de Stimulation Plus.

Toma de conciencia (art. 8)

Respuesta al párrafo 7 a) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

21.El Gobierno de Jamaica sigue realizando esfuerzos para concienciar a la población sobre diversas cuestiones relacionadas con las personas con discapacidad. El JCPD ha organizado en escuelas, empresas, organismos gubernamentales y algunas comunidades una serie de seminarios de concienciación que ponen de relieve los derechos y las capacidades de las personas con discapacidad. Desde 2018 el JCPD ha hecho uso de imágenes y voces de personas con discapacidad en la campaña S oy capaz, difundida en medios sociales y tradicionales, además de crear un calendario nacional. Ello proseguirá en forma de programa anual difundido a la mayoría de los organismos nacionales, tanto públicos como privados, así como a nuestros asociados internacionales. Suelen ser personas con discapacidad quienes se encargan de presentar exposiciones en sesiones de sensibilización o controles de la accesibilidad. Las actividades de concienciación han tenido una repercusión positiva en la sociedad en la medida en que más organismos, tanto gubernamentales como del sector privado, han presentado un mayor número de solicitudes de representación o información para recibir orientación sobre la manera de dar cabida a las personas con discapacidad en la planificación y la ejecución. Por primera vez se han celebrado seminarios itinerantes que daban cabida a personas con discapacidad y daban a conocer la obligación legal de los empleadores en el mercado laboral sobre la base de la Ley de Discapacidad de 2014.

Respuesta al párrafo 7 b) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

22.En 2015 se llevó a cabo un estudio de conocimientos, actitudes, creencias y prácticas para orientar la redacción de un plan de comunicación para el JCPD. En el estudio se constató que la percepción y los conocimientos públicos de la discapacidad eran muy bajos en relación con la mayor parte de las discapacidades, y que la peor percepción correspondía a las personas con enfermedades mentales. Desde entonces, el Ministerio de Salud y Bienestar se ha centrado en la cuestión de la salud mental a través de los medios tradicionales y sociales, y, aunque el estigma persiste, prosigue el fomento de la creación de conciencia y la sensibilización para ayudar a despejar los obstáculos. Las campañas informativas han ido dirigidas a normalizar la salud mental para ayudar a los miembros de la sociedad a entender los problemas y la manera efectiva de gestionarlos.

23.Las campañas también han tratado de los derechos de las personas con discapacidad sobre la base de la Ley de Discapacidad y otras sesiones de sensibilización dirigidas a interesados y garantes de derechos clave. Sin embargo, debemos señalar que la repercusión es mayor en las zonas urbanas que en las rurales, pues allí son mayores las oportunidades de participación a escala nacional.

Accesibilidad (art. 9)

Respuesta al párrafo 8 a) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

24.La Ley de Edificación entró en vigor en enero de 2019. Tiene por objeto desalentar la edificación de asentamientos precarios, promover el desarrollo sostenible y establecer y hacer cumplir principios y normas de edificación aceptados internacionalmente para los particulares y las entidades que suministran materiales y servicios de construcción.

25.Se prestan servicios de transporte, aunque no son adecuados, a las personas con discapacidad que presentan problemas de movilidad. Las demás personas con discapacidad tienen acceso al resto de medios de transporte público.

26.Por ley, se destina parte de los recursos del Fondo de Servicio Universal a velar por que las personas con discapacidad tengan acceso a tecnologías asequibles de la información y las comunicaciones. Dos de los objetivos de la Ley de Telecomunicaciones en relación con las personas con discapacidad son:

a)Promover los intereses de los clientes, los compradores y otros usuarios (con inclusión, en particular, de las personas con discapacidad o los ancianos) respecto de la calidad y la variedad de los servicios de telecomunicaciones y el equipo suministrado;

b)Promover el acceso universal de toda la población de Jamaica a servicios de telecomunicaciones en la medida en que su suministro sea razonablemente viable.

27.Las consultas con la comunidad de personas con discapacidad tienen actualmente carácter prioritario a fin de permitir su independencia y su participación.

Respuesta al párrafo 8 b) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

28.La comunidad bibliotecaria ha evolucionado y mantiene su pertinencia en una sociedad impulsada por la tecnología mediante los diversos servicios que ofrece para atender la demanda de los usuarios. El Servicio Bibliotecario de Jamaica se compone de 119 ubicaciones fijas divididas a su vez en 13 bibliotecas de distrito y 106 sucursales del Servicio. Existe también un servicio bibliotecario móvil que cubre unas 370 comunidades de toda la isla. El Servicio Bibliotecario de Jamaica ofrece acceso gratuito a ordenadores, Internet y otros recursos electrónicos para que la población haga uso de una amplia gama de recursos informativos, educativos y recreativos. Además, se dispone de especialistas en informática debidamente formados en las 13 redes de bibliotecas de distrito para garantizar la solución rápida de los problemas técnicos y el disfrute por los usuarios de servicios de informática fiables y eficientes. También se ofrece capacitación básica en informática a miembros del público. La biblioteca presta servicios a las personas con deficiencias visuales y está provista de programas informáticos apropiados, como las opciones de accesibilidad ofrecidas por el sistema operativo de Microsoft para ayudar a este grupo.

Respuesta al párrafo 8 c) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

29.La Oficina de Normas de Jamaica y el Organismo Regulador y de Cumplimiento Nacional ayudan al Gobierno a garantizar la seguridad y el control de la calidad en la aplicación del Código de Construcción. En la Ley de Edificación figuran disposiciones dirigidas a garantizar la seguridad y el bienestar públicos, velar por la accesibilidad y la seguridad de las personas con discapacidad y promover el desarrollo sostenible.

Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias (art. 11)

Respuesta al párrafo 9 a) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

30.El Consejo para las Personas con Discapacidad de Jamaica y la Combined Disabilities Association son órganos representativos que colaboran con la Oficina de Preparación para Desastres y Gestión de Emergencias para velar por que se tenga debidamente en cuenta a las personas con discapacidad en la respuesta a desastres naturales y emergencias humanitarias.

Respuesta al párrafo 9 b) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

31.Las personas con discapacidad están incluidas en el primer grupo de personas que reciben asistencia en caso de desastre. En el procedimiento de respuesta de la Oficina de Preparación para Desastres y Gestión de Emergencias, dichas personas son las primeras con quienes se ponen en contacto los comités de distrito para casos de desastre.

Igual reconocimiento como persona ante la ley (art. 12)

Respuesta al párrafo 10 a) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

32.Se está revisando la Ley de Salud Mental haciendo hincapié en la salvaguardia de los derechos humanos de las personas con trastornos o discapacidades mentales. El Consejo de Ministros ha aprobado su modificación, en particular con respecto a la preparación de instrucciones para la redacción que se presentarán al Asesor Jurídico Principal del Parlamento. Se ha propuesto diciembre de 2020 como plazo de ultimación de las instrucciones para la redacción, tras lo cual empezará el proceso legislativo.

Acceso a la justicia (art. 13)

Respuesta al párrafo 11 a), b), c) y d) de la lista de cuestiones(CRPD/C/JAM/Q/1)

33.Jamaica ha logrado avances significativos en la reducción de la brecha entre los sistemas existentes y el acceso a la justicia de las personas con discapacidad. La Ley de Discapacidad establece el Tribunal de los Derechos de las Personas con Discapacidad como mecanismo concebido para tramitar y resolver las cuestiones de discriminación, junto con otras infracciones de la Ley. Actualmente se están ultimando la estructura y las disposiciones administrativas del tribunal para que estén establecidas cuando la Ley entre en vigor.

34.En el sistema judicial también se están adoptando medidas para asegurar que los funcionarios cuenten con los conocimientos prácticos necesarios para tratar adecuadamente con la comunidad de personas con discapacidad. En las actividades de formación especial para los jueces y magistrados realizadas en 2012 se incluyó un módulo sobre discapacidad. Dicho módulo fue impartido por personas con discapacidad y otros especialistas en la materia, y se centró en la comprensión de las necesidades y capacidades de las personas con discapacidad en las audiencias. Las recomendaciones formuladas en esa actividad se incorporaron al informe final que se presentó al Ministerio de Justicia para que adoptara medidas a ese respecto.

35.El sistema de justicia se está modernizando con las tecnologías necesarias para garantizar la eficacia y la efectividad de su funcionamiento. En los últimos diez años se ha extendido el uso de las pruebas de ADN, lo que beneficia a las personas con algunos tipos de discapacidad, ya que a menudo se ponen en cuestión las pruebas que presentan debido a que no pueden expresarse con claridad. La prueba de ADN ayuda a corroborar las pruebas en los casos de violación, abusos sexuales y otros delitos de los que en ocasiones son víctimas niños o adultos con discapacidad.

36.Las personas con discapacidades graves, en particular las que tienen alguna discapacidad intelectual, en ocasiones son incapaces de representarse a sí mismas en la investigación, y menos aún ante los tribunales. El Gobierno puede proporcionar un abogado para que represente a esas personas en los casos penales. Esos abogados suelen recibir asistencia más especializada de las organizaciones no gubernamentales (ONG) competentes, como la Jamaican Association on Intellectual Disabilities, la Jamaica Association for the Deaf o el Caribbean Christian Centre for the Deaf. El Gobierno también proporciona apoyo económico para los servicios de los intérpretes en lengua de señas durante las audiencias judiciales de los casos penales en los que esté envuelta una persona sorda. No es fácil encontrar funcionarios gubernamentales capacitados para ello, por lo que se suelen contratar dichos servicios a la Jamaica Association for the Deaf o a intérpretes particulares. En Jamaica esta esfera de especialización es limitada, a pesar de que los servicios son necesarios en toda la isla. En ocasiones, los casos se prolongan porque es necesario dictar aplazamientos debido a que se carece de asistencia jurídica y de intérpretes de lengua de señas.

Libertad y seguridad de la persona (art. 14)

Respuesta al párrafo 12 a), b), c) y d) de la lista de cuestiones(CRPD/C/JAM/Q/1)

37.De acuerdo con la Constitución de Jamaica, se garantizan los derechos humanos fundamentales de todos los jamaicanos por nacimiento o naturalización, que incluyen la libertad y la seguridad de la persona. Por lo tanto, quedan también abarcadas las personas con discapacidad. La Política Nacional para las Personas con Discapacidad (2000), la firma y ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño (1991), así como de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en 2007, y la aprobación del proyecto de ley sobre la discapacidad, demuestran significativamente el compromiso de Jamaica de garantizar los derechos humanos de dichas personas, incluida su libertad y seguridad.

38.Jamaica ha progresado en el marco jurídico para la no discriminación de las personas con discapacidad, sobre todo en lo que respecta a los niños. El reconocimiento de que los niños se encuentran entre las personas vulnerables, especialmente los que tienen alguna discapacidad, ha llevado a crear algunos mecanismos institucionales para asegurar la protección de su libertad y seguridad. El Organismo para la Protección del Niño y los Servicios de Familia, nacido de la fusión del Organismo de Desarrollo Infantil y la Oficina del Registro de Niños, es una entidad rectora en el sistema jamaicano de protección de la infancia con reputación por su labor de promoción de políticas favorables a los niños y programas innovadores de fortalecimiento de la familia. De acuerdo con ello, la mejor manera de cumplir la política del Organismo para la Protección del Niño y los Servicios de Familia es que los niños permanezcan en sus hogares. Sin embargo, en los casos en que se considere que la seguridad de los niños podría correr peligro en el seno familiar, dicho Organismo está autorizado por los tribunales para retirar a los niños de manera temporal o permanente. Ese tipo de medidas se adoptan sobre la base de las investigaciones realizadas y un examen sobre la probabilidad de que mejore la situación en los hogares en cuanto a su seguridad. Con ese fin, algunos niños con discapacidad han sido alojados en centros de acogida infantil, públicos o privados, o en acogimiento familiar, con apoyo del Gobierno.

39.Cuando una persona con discapacidad (por ejemplo, una persona que tiene una enfermedad mental) exhibe conductas que se considera que pueden representar un peligro para ella misma o para los demás, se puede restringir la libertad de esa persona internándola en un centro, como el Hospital de Bellevue, donde se garantiza su seguridad. La persona recibe tratamiento médico y vuelve posteriormente a su hogar y su comunidad. Para asegurar un retorno seguro y la aceptación por parte de la comunidad, los trabajadores sociales psiquiátricos interactúan con la familia y la comunidad, a fin de prepararlos para la reincorporación del familiar.

40.La policía desempeña un papel fundamental en cuanto a garantizar la libertad y seguridad de las personas con discapacidad. El Instituto de Capacitación Judicial y algunas ONG han impartido formación en materia de discapacidad a los miembros de la Policía de Jamaica, con el fin de reducir los malentendidos y, en algunos casos, el maltrato y la privación temporal de ciertas libertades de las personas con discapacidad. En los grupos de discusión, los miembros de la comunidad sorda indicaron que la relación con los agentes de la policía había mejorado gracias a esos programas de formación y concienciación. Dichos programas se siguen ejecutando de manera continuada.

41.Las estrategias de lucha contra la delincuencia de Jamaica se perfeccionan constantemente a fin de disuadir y capturar a los autores de actos violentos. Ello se evidencia en la adquisición de equipos más modernos y sofisticados, que incluyen tecnologías de vanguardia diseñadas para que la labor policial en el país sea más eficaz y, por lo tanto, se proporcione una mayor seguridad. Ello también permitirá que más personas con discapacidad obtengan justicia en los tribunales. Se está impartiendo capacitación básica en lengua de señas a algunos funcionarios y a miembros del poder judicial para facilitar su uso en los tribunales, iniciativa que, aun siendo insuficiente, supone una evolución positiva.

Protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (art. 15)

Respuesta al párrafo 12 a) y b) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

42.El acceso a un seguimiento independiente a través de las juntas de examen de la salud mental es posible en todas las autoridades sanitarias regionales y, a escala nacional, a través de un tribunal de salud mental al que puede recurrirse en relación con los pacientes con trastornos mentales. Estas Juntas están integradas por personas independientes que aportan sugerencias inestimables para encontrar soluciones en los casos señalados a su atención. El Ministerio de Salud y Bienestar también ha establecido un mecanismo de denuncia por los usuarios que tiene capacidad para investigar, abordar y resolver agravios a escala local, regional y nacional. Además, en el país también se hace uso del Instrumento de Calidad y Derechos elaborado por la Organización Panamericana de la Salud y la Organización Mundial de la Salud, que ofrece seguimiento independiente a los pacientes con trastornos o discapacidades mentales en distintos tipos de entornos de atención sanitaria.

Respuesta al párrafo 13 a) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

43.En la Ley de Salud Mental figura una disposición en materia de ingreso involuntario. Existen procedimientos operativos estándar en materia de ingreso forzado, para el cual debe cumplirse uno de los criterios siguientes:

El paciente es una amenaza para sí mismo.

El paciente es una amenaza para otras personas.

El paciente es una amenaza para los bienes.

44.Después del ingreso, un psiquiatra o funcionario médico debe examinar al paciente en un plazo de 72 horas para asegurarse de que el ingreso está justificado. También debe presentarse y documentarse justificación de la permanencia del paciente en el hospital. Los familiares normalmente tienen conocimiento de la situación, y se les mantiene al tanto de las decisiones adoptadas.

Respuesta al párrafo 14 de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

45.El Comité de Ética del Ministerio de Salud y Bienestar debe examinar todas las investigaciones practicadas con humanos para velar por que no se experimenta con pacientes, incluidas personas con discapacidad, ni se ensayan en ellos tratamientos. Varias instituciones de vigilancia como la Oficina del Defensor del Pueblo, el Defensor del Niño y organizaciones de derechos humanos salvaguardan los derechos de los más vulnerables.

Protección contra la explotación, la violencia y el abuso (art. 16)

Respuesta al párrafo 15 a), b) y c) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

46.El Ministerio de Justicia ha impartido diversos cursos a agentes superiores de policía para que entiendan las cuestiones relacionadas con los derechos humanos y se ocupen de ellas. Se ha hecho especial hincapié en las mujeres, la discapacidad y los niños.

47.En 2013-2018, mediante la segunda fase del Proyecto de Empoderamiento y Transformación de las Comunidades de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) se procuró elevar la seguridad de las comunidades mediante el fortalecimiento de las organizaciones comunitarias y de la sociedad civil, promover la integridad y la rendición de cuentas en la sociedad, prestar apoyo a programas dirigidos a jóvenes en situación de riesgo y mejorar las prácticas de policía de proximidad. El proyecto iba dirigido a aprovechar las iniciativas en curso de USAID y el Gobierno de Jamaica y crear nuevas oportunidades de promover asociaciones comunitarias que prevengan la violencia, favorezcan el estado de derecho, controlen la corrupción y fomenten la participación ciudadana y juvenil.

Respuesta al párrafo 16 de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

48.Actualmente no se dispone de estadísticas desglosadas por discapacidad.

Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad (art. 19)

Respuesta al párrafo 17 a) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

49.El proyecto de política nacional de vivienda prevé la oferta de vivienda social a grupos vulnerables, entre ellos a las personas con discapacidad. Su fin es facilitar alojamiento a hogares necesitados y proporcionar prestaciones sociales y comunitarias. La vivienda social consta de viviendas de alquiler público, viviendas comunitarias subvencionadas, viviendas con apoyo y alojamiento de emergencia.

Respuesta al párrafo 17 b) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

50.Las medidas de desinstitucionalización de las personas con capacidad física e intelectual han llevado a la adopción de una política consistente en que, en la medida de lo posible, estas personas vivan en su comunidad. En el Hospital de Bellevue el número de internos ha bajado de más de 3.000 a 800. Varias ONG han ayudado al establecimiento de servicios de vivienda y de otro tipo para estas personas. Al término de la evaluación, se las asigna a una de las tres categorías siguientes: a) vida independiente; b) vida con supervisión; y c) vida asistida. Sin embargo, en toda la isla no existe un mecanismo estructurado para su alojamiento. Las organizaciones confesionales ofrecen a algunos pacientes espacios de vida asistida.

Respuesta al párrafo 17 c) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

51.Actualmente residen en el Hospital de Bellevue 500 pacientes en situación crónica y 300 en situación aguda y subaguda. Se han establecido planes para determinar modalidades de vida alternativas y más satisfactorias para los pacientes crónicos que sean consonantes con la política de desinstitucionalización. Equipos de salud mental desplazados en las comunidades prestan apoyo comunitario para dispensar tratamiento a los enfermos mentales y, en ocasiones, suministrarles alimentos y otros artículos necesarios.

Movilidad personal (art. 20)

Respuesta al párrafo 18 de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

52.El Gobierno sigue favoreciendo la movilidad de las personas con discapacidad ofreciendo subsidios para adquirir ayudas a las personas de este tipo que se han inscrito en el JCPD. A agosto de 2019 había en la base de datos del JCPD 34.697 personas que podían acceder a este apoyo. De ellas, 17.111 presentaban problemas de movilidad.

Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información(art. 21)

Respuesta al párrafo 19 a) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

53.El JCPD ha estado al frente de la labor de hacer accesible su sitio web, tras lo cual ha alentado a otros organismos del sector público y privado a que hagan lo propio. Posteriormente, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social perfeccionó su sitio web para garantizar la accesibilidad, y el Sistema de Información del Mercado de Trabajo ha creado una aplicación que ha puesto a disposición de la comunidad de personas con discapacidad para ensayar su accesibilidad.

Respuesta al párrafo 19 b) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

54.Todavía no está ultimada la política en materia de educación especial en la que se encuadrará la lengua de señas y se le dará carácter oficial, pues la labor sigue su curso.

Respeto del hogar y de la familia (art. 23)

Respuesta al párrafo 20 de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

55.La Junta Nacional de Planificación de la Familia emprendió en el período 2016‑2019 diversas actividades estratégicas, entre ellas:

a)La celebración de sesiones de sensibilización (educación sanitaria) dirigidas a estudiantes de escuelas que imparten educación a niños con discapacidad:

i)La educación sanitaria (sesiones de sensibilización) abarcaba temas de salud sexual y reproductiva como datos básicos sobre el VIH y las enfermedades de transmisión sexual, “Lo que se puede tocar y lo que no” en el contexto de la pubertad, planificación familiar (métodos y eficacia) y el comportamiento sexual de riesgo;

ii)Estas sesiones se impartieron en la Randolph Lopez School of Hope, la Escuela Especial Carberry Court y la Jamaica Association for the Deaf, así como en la Escuela de Educación Especial Woodlawn, en Mandeville (Manchester), y la Escuela de Educación Especial Edgehill, en St. Ann’s Bay (St. Ann);

b)La prestación de servicios de planificación familiar y análisis y asesoramiento en materia de VIH a alumnos y trabajadores de escuelas que prestan apoyo educativo a la población con discapacidad;

c)Mayor apoyo prestado por progenitores o cuidadores a sus hijos adolescentes en relación con el acceso a servicios de planificación familiar y análisis y asesoramiento en materia de VIH y a productos de prevención como preservativos;

d)Sesiones de sensibilización impartidas a cuidadores en relación con cuestiones relacionadas con la crianza de adolescentes (Cómo hablar de asuntos relacionados con el sexo). Se trataron cuestiones relativas al uso de preservativos y la planificación familiar y se disiparon mitos sobre las personas con discapacidad, la planificación familiar y el VIH:

i)Se habló con cuidadores sobre preservativos y otras opciones anticonceptivas y se les distribuyeron preservativos;

ii)Se remitió a personas a servicios de asesoramiento sobre planificación familiar y a servicios de análisis y asesoramiento en materia de VIH, así como a servicios de asesoramiento en materia de salud mental;

e)La prestación de apoyo a los interesados, como el Servicio Nacional de la Juventud, en relación con su Programa de Integración en el Lugar de Trabajo. El Programa va dirigido a incorporar a miembros de la población con discapacidad en lugares de trabajo tradicionales;

f)La celebración de reuniones estratégicas con la Junta Nacional de Planificación de la Familia y con el Director Ejecutivo del Consejo para las Personas con Discapacidad de Jamaica para examinar posibles esferas de colaboración:

i)Otras estrategias que se emprenderán en el período 2020-2021;

g)Establecer un grupo de trabajo técnico de interesados para atender integralmente las necesidades de la comunidad de personas con discapacidad;

h)Fortalecer el apoyo prestado a los cuidadores de adolescentes con discapacidad para adoptar decisiones fundamentadas sobre asuntos relacionados con la prevención y el tratamiento del VIH y de infecciones de transmisión sexual y con la planificación familiar;

i)Intensificar el apoyo en asociación o en red a los interesados que prestan servicios a los miembros de la comunidad de personas con discapacidad;

j)Examinar en el siguiente ejercicio económico los temas planteados en la reunión estratégica entre la Junta Nacional de Planificación de la Familia y el JCPD determinando y asignando fondos para las esferas de acción;

k)Reforzar y mantener la inclusión de miembros de la comunidad de personas con discapacidad en lo relacionado con la planificación estratégica de intervenciones para hacer frente a las vulnerabilidades que repercuten en la comunidad en relación con la prevención del VIH y de infecciones de transmisión sexual y con los embarazos no planificados y no deseados;

l)Fomentar la capacidad del personal técnico y administrativo de los organismos que prestan servicios a los miembros de la población de personas con discapacidad en el ámbito de la sostenibilidad para llegar mejor a las personas con discapacidad y fomentar su participación en cuestiones relacionadas con la prevención del VIH y de infecciones de transmisión sexual y con los embarazos no planificados y no deseados;

m)Fomentar la capacidad de los profesionales sanitarios de ámbito público y privado para llegar mejor a la comunidad de personas con discapacidad y fomentar su participación en relación con los servicios de prevención del VIH y de planificación familiar.

Educación (art. 24)

Respuesta al párrafo 21 a) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

Itinerarios de competencia en el ciclo primario: se organizan intervenciones para los alumnos sobre la base de su rendimiento de conformidad con las evaluaciones nacionales de los cursos 1º y 3º. Se instruye a los alumnos sobre la base de su nivel de funcionalidad.

Itinerarios de competencia en la enseñanza secundaria: en el ciclo secundario los alumnos se incorporan en el sistema con arreglo a uno de los tres itinerarios sobre la base de su rendimiento en los exámenes finales de 6º curso. Los alumnos que siguen el itinerario 3 reciben apoyo de instructores para el itinerario de apoyo que están formados en educación especial. Los instructores supervisan y ayudan a los alumnos y participan en la planificación y la enseñanza conjuntas junto con los maestros de enseñanza general.

Se está formando a los docentes en ejercicio en enseñanza de alumnos con excepcionalidades para su incorporación.

Se ha preparado un programa de capacitación en dirección de escuelas integradoras dirigido a los directores de centros de enseñanza. Se implantará en enero de 2020 por medio de la Escuela Nacional de Liderazgo Educativo.

Personal de acompañamiento o cuidadores se dedican a prestar apoyo a los alumnos con discapacidad con fines de incorporación.

Se ha contratado a coordinadores regionales en materia de necesidades especiales para prestar apoyo a las escuelas de cada región educativa.

Se ha contratado a equipos de apoyo a los alumnos y a psicólogos clínicos, psicólogos educativos y especialistas en diagnósticos educativos para que lleven a cabo evaluaciones e intervenciones.

Todos los docentes que van a incorporarse al servicio toman parte en por lo menos un curso de educación especial durante su formación.

Asignación presupuestaria con fines de educación especial: 1.200 millones de dólares para 2019/20.

Respuesta al párrafo 21 b) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

Hay equipos de apoyo a los alumnos en cada región.

Se han abierto dos nuevos centros de evaluación y se va a construir un tercer centro en el siguiente ejercicio económico.

Respuesta al párrafo 21 c) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

56.Se dispone de ajustes para los alumnos que toman parte en todas las evaluaciones nacionales y para los que se presentan al examen del Certificado de Enseñanza Secundaria del Caribe.

Respuesta al párrafo 21 c) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

57.El Programa de Estimulación Temprana es un programa de intervención temprana dirigido a los niños pequeños (menores de 6 años) que presentan distintos tipos de discapacidad del desarrollo. El Programa se imparte en tres centros ubicados en Kingston y St. Andrew (KSA), Portland y St. James.

58.El Programa ha crecido en gran medida a lo largo del último decenio, al igual que ha aumentado considerablemente el número de clientes. Gira en torno a tres aspectos principales:

a)En el ámbito del centro: se prestan servicios de evaluación y examen de servicios terapéuticos (terapia física y sesiones de logopedia), orientación y asesoramiento de progenitores y talleres de capacitación de progenitores. Los servicios basados en el centro se prestan principalmente en la sede social, ubicada en 95 Hanover Street, Kingston;

b)En el ámbito comunitario: se prestan servicios de visita a los hogares, las guarderías y las escuelas para capacitar a progenitores y cuidadores en técnicas de intervención temprana. Los servicios comunitarios se han ampliado a algunas partes de St. Catherine. Con la apertura del centro de Portland en septiembre de 2007, también se han empezado a prestar servicios comunitarios a niños de Portland y St. Mary;

c)En 2006 se abrió el Centro de Desarrollo Infantil Stimulation Plus. El motivo fue la urgente necesidad de un centro de educación especial en la primera infancia que prestara servicios educativos a los niños con necesidades especiales en un entorno estructurado. El Centro ofrece un programa de intervención durante el día completo que va dirigido a los niños con discapacidad de 3 a 6 años de edad. La apertura del Centro proporcionó a los progenitores y los cuidadores la oportunidad de dedicarse a actividades de emprendimiento o tomar parte en ellas mientras sus hijos recibían cuidados y clases en un entorno seguro y estimulante. Se ha ampliado el programa a Montego Bay (St. James) en colaboración con el Hogar de Niños con Discapacidad de West Haven. Actualmente se procede a la adquisición de un autobús para ampliar el programa a zonas que todavía no están abarcadas.

59.Según los datos, en el ejercicio económico 2018/19 se celebraron 72 “sesiones clínicas nuevas”. Con ello se cumplió en un 90 % la meta fijada para el ejercicio. Además, se celebraron 12 sesiones clínicas nuevas menos (14,3 % menos) en comparación con el anterior ejercicio. En el marco de estas sesiones se examinó y evaluó a 539 usuarios nuevos. Según un examen más detenido de los datos, se examinó a 61 usuarios nuevos menos, lo cual representa un 10,2 % menos.

60.En el ejercicio económico 2018/19 tuvieron lugar 1.320 sesiones de fisioterapia. Según los datos, se trata de 366 sesiones más (38,3 %) frente al ejercicio 2017/18. Algunos progenitores encuentran dificultades para ocuparse de sus hijos con discapacidad. En ese sentido, en el ejercicio económico 2018/19 se celebraron 54 seminarios y talleres sobre crianza de los hijos para dotar a los progenitores de las habilidades necesarias para hacer frente a la situación. En el ejercicio económico 2018/19 se remitió a 132 niños a dependencias de educación primaria y especial. De los 132 niños remitidos, 95 fueron incorporados. En ese sentido, se aprecia un descenso leve, del 5 %, frente al anterior período de informes. Durante ese mismo período se remitió a 1.626 niños a servicios de asistencia especializada. Analizando más a fondo los datos, se observa un leve aumento, de 133 (9 %), frente al ejercicio económico 2017/18. La fisioterapia registró el mayor número de remisiones a servicios de asistencia especializada: 1.320, equivalentes a un 81 % del total. A continuación figuraban las remisiones a instituciones de enseñanza, cuyo número fue de 202 (12,4 %). Analizando más a fondo los datos, se observa que el número de niños ascendió a 1.028 (63,2 %).

Salud (art. 25)

Respuesta al párrafo 22 a) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

61.El Ministerio de Salud y Bienestar ha mejorado el entorno físico de los establecimientos sanitarios instalando rampas y pasamanos y reformando baños para que los ancianos y las personas con discapacidad puedan acceder a ellos fácilmente.

62.En algunos centros de salud se ha introducido el braille, y cada año se imparten sesiones de sensibilización sobre la lengua de señas gracias a la colaboración entre las dependencias del Ministerio de Salud y Bienestar encargadas de las políticas y de normas y reglamentaciones.

Respuesta al párrafo 22 b) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

63.Todos los mayores de edad pueden acceder gratuitamente a todos los servicios ofrecidos en establecimientos públicos del país.

Respuesta al párrafo 22 c) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

64.La Dependencia de Salud Mental, en colaboración con las autoridades sanitarias regionales, imparten capacitación a los trabajadores sanitarios mediante la guía de aplicación del Plan de Acción Mundial en materia de salud mental. Esta guía se centra en la reducción del estigma y la discriminación mediante la incorporación de la salud mental en la atención primaria, principalmente a través de capacitación dispensada a los médicos que dispensan atención primaria. También se está sensibilizando al público en general sobre los efectos perjudiciales del estigma y la discriminación por medio de campañas en curso en los medios de comunicación.

Habilitación y rehabilitación (art. 26)

Respuesta al párrafo 23 de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

65.Con el fin de hacer efectivo el derecho de las personas con discapacidad a adquirir y mantener la máxima independencia, y su plena inclusión, mediante un programa de rehabilitación integral, el Gobierno de Jamaica se ha comprometido a ampliar y mejorar los servicios de habilitación actualmente disponibles. Estos objetivos se están logrando mediante la labor del JCPD, el Programa de Estimulación Temprana y la financiación gubernamental de ONG que prestan apoyo a las personas con discapacidad. Se respetan los derechos de las personas con discapacidad, ya que no están obligadas a participar en esos programas. Actualmente, se proporcionan asistentes personales a los estudiantes que tienen discapacidades graves para asegurar que aprovechen al máximo su experiencia educativa.

66.El uso de la tecnología es importante para el proceso de habilitación y rehabilitación. El Centro de Rehabilitación Sir John Golding proporciona dispositivos de ayuda para la movilidad que están subvencionados. El JCPD también proporciona asistencia económica para la adquisición de esas ayudas mediante sus subsidios para la compra de ayudas de adaptación. Algunas ONG proporcionan dispositivos de ayuda para las personas ciegas o con deficiencias visuales, y para las personas sordas o con audición reducida. A pesar de la disponibilidad de esos dispositivos, la mayoría de las personas con discapacidad tienen dificultades para adquirirlos debido a su coste, y muchas de ellas dependen de donaciones o del apoyo gubernamental para adquirirlos. Por medio del Programa de Estimulación Temprana se prestan servicios de habilitación a los niños desde el nacimiento hasta los 6 años de forma gratuita, ya que es uno de los servicios financiados por el Gobierno.

67.El Gobierno asigna al año 16 millones de dólares jamaicanos (113.846,26 dólares de los Estados Unidos) a subsidios con fines de empoderamiento económico y para adquirir ayudas, de los cuales 10 millones de dólares jamaicanos (71.153,91 dólares de los Estados Unidos) se destinan al empoderamiento económico y 6 millones de dólares jamaicanos (42.692,35 dólares de los Estados Unidos) se destinan a subsidios para adquirir ayudas. En el ejercicio económico hasta la fecha (de abril a noviembre de 2019/20) se presentaron al JCPD 83 solicitudes de dispositivos de ayuda; de ellas, se examinaron 62 y se aprobaron 42 por una cuantía de 7.683.786,00 dólares jamaicanos (es decir, 54.673,14 dólares de los Estados Unidos). De las 23 solicitudes de dispositivos de ayuda presentadas, 10 correspondieron a hombres y 13 a mujeres, y la mayor parte de las solicitudes de subsidios para adquirir ayudas que se examinaron procedían de la zona metropolitana de Kingston y St. Andrew, mientras que 39, de las cuales 16 correspondían a hombres y 23 a mujeres, procedían de zonas rurales. Se aprobaron 29 de esas 39 solicitudes procedentes de zonas rurales, 14 presentadas por hombres, por un valor de 2.761.365,00 dólares, y 15 presentadas por mujeres, por un valor de 2.582.921,04 dólares, todo lo cual suma 5.344.286,04 dólares jamaicanos (38.026,69 dólares de los Estados Unidos).

68.La Ley de Salud Mental también abarca la rehabilitación de la salud de las personas con discapacidad, ya que establece la obligación de las fuerzas del orden de detener y enviar a una institución de salud mental a toda persona considerada mentalmente enferma, a fin de que reciba el tratamiento y la atención necesarios. La Ley de Salud Mental de 1999 encomienda al Gobierno la responsabilidad de prestar servicios de salud mental en todas las regiones sanitarias, que deben incluir servicios de rehabilitación para las personas dadas de alta de los centros psiquiátricos, atención domiciliaria supervisada y apoyo para las personas con trastornos mentales, y servicios de promoción de la salud mental.

Trabajo y empleo (art. 27)

Respuesta al párrafo 24 a) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

69.El Gobierno de Jamaica reconoce el derecho de las personas con discapacidad de acceder legítimamente al mercado de trabajo. Se han aplicado políticas de reconocimiento de ese derecho y de concienciación de los empleadores, a fin de orientar y mejorar las relaciones en el lugar de trabajo. La Política Nacional para las Personas con Discapacidad establece que se debe reservar un mínimo del 5 % de los puestos de trabajo en el sector público para las personas con discapacidad, siempre que posean las cualificaciones requeridas. Sin embargo, muchas personas con discapacidad no pueden ocupar puestos en el sector público debido, en parte, a que carecen de esas cualificaciones. Por otra parte, la Ley de Discapacidad aborda el derecho a la educación de las personas con discapacidad a todos los niveles, y su correspondiente Código de Prácticas en materia de Educación y Capacitación ofrecerá directrices prácticas para que esas personas se integren plenamente en los cursos de educación y capacitación, lo que les facilitará el proceso de obtención de un empleo.

70.En el Estudio del Mercado Laboral realizado en 2016 se entrevistó a 660 empresas que empleaban en total a 69.364 trabajadores. El 10 % de esas empresas empleaban a personas con discapacidad, que representaban una media del 1 % de los trabajadores. El 33 % de las personas con discapacidad empleadas ocupaba puestos no cualificados en el sector de la producción y los servicios, mientras que el 30 % ocupaba puestos cualificados. Además, el 15 % de las empresas también informaba de que los empleados con discapacidad operaban en el ámbito profesional o técnico, mientras que el 19 % ocupaba puestos directivos. Según el estudio, entre los distintos sectores el Gobierno sigue siendo quien más personas con discapacidad emplea. A continuación figuraban empresas dedicadas a servicios comunitarios, sociales y de cuidado personal (15 %), seguidas por el sector de los hoteles y los restaurantes (14 %). Del total de personas con discapacidad empleadas, el 72 % estaba contratado a jornada completa, el 15 % a jornada parcial y jornada completa y el 13 % únicamente a jornada parcial.

71.Según el estudio, el 55 % de las empresas con puestos vacantes estaba dispuesto a plantear la posibilidad de emplear a personas con discapacidad. En consecuencia, estas personas tenían las mayores oportunidades de obtener empleo en la medida en que más de la mitad de las empresas señalaron este grupo como el que emplearían. Las oportunidades de empleo de las personas con discapacidad física correspondían principalmente a puestos de trabajo cualificado en el sector de la producción y los servicios (66 %), seguido por el ámbito profesional o técnico (61 %). En un 41 % de los casos se planteaba la posibilidad de contratación de personas sordas o con audición reducida para desempeñar labores no cualificadas en el sector de la producción y los servicios, mientras que la proporción era del 21 % en el caso de las personas con discapacidad visual que aspiraban a puestos directivos. Las oportunidades de las personas con discapacidad mental eran muy escasas: un 9 % en el caso de los trabajadores no cualificados del sector de la producción y los servicios y un 5 % en el caso de los trabajadores cualificados en ese mismo sector.

Respuesta al párrafo 24 a), b), c) y d) de la lista de cuestiones(CRPD/C/JAM/Q/1)

72.Las medidas que se están adoptando actualmente para garantizar un aumento del empleo que incluya el readiestramiento y el reempleo, junto con el suministro de ajustes razonables, consisten en la aplicación de la Ley de Discapacidad y el diálogo constante con empleadores, especialmente en el sector privado.

Conforme a la Ley de Discapacidad:

Ningún empleador discriminará a una persona con discapacidad que reúna los distintos requisitos exigidos por el empleo en cuestión:

a) Por lo que se refiere al acceso del empleado al empleo de que se trate;

b) En relación con las oportunidades de promoción, traslado, capacitación o percepción de cualquier otra prestación que el empleado tenga a su disposición; o

c) Despidiéndolo o sometiéndolo a cualquier otro perjuicio a causa de su discapacidad sin que exista causa razonable para ello .

Además,

Cuando un empleado haya adquirido una discapacidad a causa de su empleo o por otro motivo y pierda la capacidad de ejecutar las tareas exigidas por su contrato de empleo, en la medida en que ello no comporte una carga desproporcionada o indebida, el empleador trasladará al empleado a un puesto que:

a) S ea acorde con las habilidades y capacidades actuales del empleado .

b) N o comporte para el empleado la pérdida de remuneración y de prestaciones.

73.En la Ley se dispone la creación de un Tribunal de los Derechos de las Personas con Discapacidad encargado de examinar las denuncias que le presente una persona agraviada cuando se pueda establecer que tuvieron lugar actos discriminatorios que perjudicaron a la persona con discapacidad.

Nivel de vida adecuado y protección social (art. 28)

Respuesta al párrafo 25 de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

74.Jamaica se ha comprometido a garantizar que la calidad de vida de los ciudadanos tenga un nivel aceptable y dedica recursos financieros, técnicos y humanos a fin de alcanzar el nivel de desarrollo deseado para 2030. El Plan Nacional de Desarrollo se elaboró para orientar este proceso, que requiere la aplicación de una serie de políticas y programas. La protección social de los jamaicanos es un componente fundamental.

75.El Gobierno tiene programas destinados a mejorar las condiciones de vida de las personas con discapacidad, teniendo en cuenta su mayor vulnerabilidad. Ello incluye la posibilidad de que dichas personas obtengan asistencia por medio del Programa de Adelanto Mediante la Salud y la Educación, programa de transferencias condicionales en efectivo que incluye, entre otras cosas, prestaciones en efectivo para los jamaicanos más pobres. Las personas con discapacidad son una de las cinco categorías de beneficiarios de este Programa.

76.El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, mediante el Plan Nacional de Seguros, concede una prestación por invalidez a los cotizantes (mujeres menores de 63 años y hombres menores de 65 años) que estaban empleados pero que han quedado incapacitados para trabajar debido a una enfermedad física o mental. Como parte de las disposiciones de la Red de Seguridad Social, se han asignado subsidios humanitarios y de emergencia para ayudar a las víctimas de incendios, huracanes y robos, y también para proporcionar tratamiento médico. Asimismo, se conceden subvenciones de educación e intervención social para ayudar a las familias de los barrios pobres que no pueden comprar libros y uniformes o abonar las tasas complementarias, a fin de que puedan instruirse. Las personas con discapacidad pueden solicitar las prestaciones de todos estos programas sociales, tras determinarse que las necesitan. También se conceden subvenciones para la rehabilitación.

77.La Ley del Impuesto sobre la Renta prevé beneficios adicionales, esto es, la exención de dicho impuesto en los ingresos derivados de pensiones por discapacidad y gratificaciones de guerra, así como en los ingresos de las personas que tienen una incapacidad permanente debido a su estado físico.

78.Se concede a las personas con discapacidad una subvención de 17 millones de dólares para facilitar su gestión de pequeñas iniciativas empresariales en aras de su desarrollo económico, así como la adquisición de dispositivos de ayuda para fomentar su independencia. El JCPD ofrece a personas con discapacidad subvenciones para el empoderamiento económico de hasta 150.000 dólares para ayudarlas a desarrollar empresas pequeñas. En el ejercicio 2018/19 se aprobaron subvenciones para el empoderamiento económico de 17 personas, 8 de ellas hombres y 9 mujeres, por un valor de 1.584.908,99 dólares. Se aprobaron las solicitudes de subsidios para adquirir dispositivos de ayuda presentadas por otras 18 personas, 10 de ellas hombres y 8 mujeres, por un valor de 2.555.692,32 dólares. Los clientes pueden optar a un máximo de 250.000,00 dólares por persona para la compra de dispositivos de ayuda.

79.Otras formas de apoyo a las personas con discapacidad son el acceso a subvenciones, crédito y microfinanciación (con inclusión de capacitación e información en materia de conocimientos financieros básicos) y el apoyo al desarrollo del capital humano y al emprendimiento.

Participación en la vida política y pública (art. 29)

Respuesta al párrafo 26 de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

80.El derecho de voto es también un elemento fundamental del sistema político de Jamaica. La práctica de la Oficina Electoral de Jamaica es cada vez más inclusiva en lo que respecta al ejercicio del derecho constitucional de las personas con discapacidad a participar en el proceso de elección de los miembros del Parlamento y, en última instancia, del Gobierno del país. En el manual que utiliza el personal de los colegios electorales se incluyen algunas de las cuestiones relacionadas con el ejercicio del voto por parte de las personas con discapacidad, salvo las relativas a dicho ejercicio por parte de las personas sordas. Sobre la base de los debates en curso entre la Oficina Electoral de Jamaica y el JCPD, así como con otros organismos que representan a las personas con discapacidad, se abordará esta cuestión en la revisión del manual, para hacerlo más inclusivo. En la medida de lo posible, se procura velar por que los edificios en los que se vota sean accesibles a las personas con problemas de movilidad.

Participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte (art. 30)

Respuesta al párrafo 27 de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

81.La Oficina de Propiedad Intelectual de Jamaica presentó al Consejo de Ministros en 2016 un proyecto de propuesta de adhesión al Tratado de Marrakech. En 2017 la Fiscalía General determinó que debían incorporarse modificaciones legislativas en la Ley de Derechos de Autor para aplicar en Jamaica lo dispuesto en el Tratado de Marrakech.

82.La Oficina de Propiedad Intelectual preparó en 2018 para el Consejo de Ministros un proyecto de propuesta de publicación de instrucciones para la redacción a fin de modificar la Ley de Derechos de Autor a efectos de que cumpla las obligaciones derivadas del Tratado de Marrakech para Facilitar el Acceso a las Obras Publicadas a las Personas Ciegas, con Discapacidad Visual o con Otras Dificultades para Acceder al Texto Impreso.

83.La Fiscalía General revisa actualmente el proyecto revisado de propuesta al Consejo de Ministros.

84.Cuando la Ley de Derechos de Autor se haya modificado y el Parlamento haya aprobado la modificación, Jamaica procederá a adherirse al Tratado.

C.Obligaciones específicas (arts. 31 a 33)

Recopilación de datos y estadísticas (art. 31)

Respuesta al párrafo 28 a) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

85.En el marco de sus actividades de sensibilización, el Consejo para las Personas con Discapacidad de Jamaica sigue haciendo uso de diversos medios, entre ellos asociaciones, para velar por la inscripción de las personas con discapacidad a fin de que puedan percibir prestaciones. Mediante una asociación con el UNICEF y con la Fundación Digicel, se destinaron 154.000 dólares a velar por que se inscribieran ante el JCPD más de 800 niños con discapacidad. La asociación prestó apoyo para pagar las evaluaciones psicológicas y las pruebas médicas para el diagnóstico de la discapacidad de 332 niños con discapacidad (desde recién nacidos hasta 18 años de edad) por una suma de 180.800,00 dólares. Además, se elaboró y se llevó a cabo una campaña en los medios de comunicación nacionales sobre los derechos de las personas con discapacidad. Para llevar a cabo esta campaña se emplearon fondos por valor de 2.711.314,00 dólares. Se contrató a un especialista en comercialización en medios sociales para fomentar la presencia del JCPD en estos medios y en las nuevas plataformas de medios, intensificar su presencia en las plataformas existentes, ocuparse del sitio web del JCPD y crear y distribuir material escrito o gráfico atractivo. Un importante resultado de ello es la elaboración de la página de aterrizaje de la campaña. Las familias y las personas con discapacidad pueden acceder a formularios de inscripción y a información en el sitio web del JCPD, www.jcpdja.com.

Respuesta al párrafo 28 b) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

86.En 2011 el Instituto de Estadística de Jamaica se guio por las recomendaciones del minicuestionario sobre discapacidad del Grupo de Washington, que volverá a utilizarse en el censo de 2021, pese a que algunos interesados han planteado dudas sobre la idoneidad del instrumento para dar cabida a todos los grupos de personas con discapacidad.

87.Sin embargo, el Estudio de las condiciones de vida también contiene información sobre las discapacidades; el tamaño de la muestra se considera demasiado pequeño para que el análisis sea preciso.

Respuesta al párrafo 28 c) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

88.La información estadística sigue planteando dificultades, y hace falta apoyo para realizar una encuesta o censo específicos sobre las personas con discapacidad. Entretanto, lo normal es hacer uso del 10 % genérico de la población.

Cooperación internacional (art. 32)

Respuesta al párrafo 29 de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

89.A raíz de la mayor sensibilización pública y de la labor encaminada a cumplir los objetivos del plan de desarrollo para Jamaica de VISION 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible, ha pasado a ser más habitual que se consulte a las personas con discapacidad y las organizaciones que las representan en el marco de la fase de preparación de los acuerdos de cooperación internacional.

Aplicación y seguimiento nacionales (art. 33)

Respuesta al párrafo 30 a) y b) de la lista de cuestiones (CRPD/C/JAM/Q/1)

90.Una vez ratificada la Convención, el JCPD, en su condición de organismo gubernamental encargado de ejecutar los proyectos y las políticas, asumió la responsabilidad de hacer efectivos los artículos de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. El JCPD se ha encargado de la supervisión interna a fin de reunir la información para la presentación de informes nacionales e internacionales.

91.La estructura institucional para asegurar la aplicación de la Convención se ha visto reforzada mediante la Junta Consultiva Nacional para las Personas con Discapacidad, que se sustituirá por la Junta de Gestión prevista en la ley, y se le ha encomendado la responsabilidad de supervisar la aplicación de la Convención. El Gobierno aún no ha designado un órgano independiente para que supervise oficialmente los progresos del Gobierno de Jamaica con respecto a la aplicación de la Convención.

92.El Gobierno de Jamaica también está trabajando para establecer una institución nacional de derechos humanos, que se ocuparía de la promoción y protección de diversos derechos humanos, de conformidad con los Principios de París. La institución propuesta ha recibido en principio la aprobación del Consejo de Ministros, y se prevé que este examine en breve los cambios legislativos necesarios para que el establecimiento de dicha institución sea efectivo. Se prevé, asimismo, que la institución nacional de derechos humanos adopte un enfoque amplio y que su composición exprese una representación plural.