Grupo de trabajo a nterior al período de sesiones

44° período de sesiones

20 de julio a 7 de agosto de 2009

Lista de cuestiones y preguntas relativas al examen de los informes periódicos sexto y séptimo combinados

República Democrática Popular Lao

El grupo de trabajo anterior al período de sesiones examinó los informes sexto y séptimo combinados de la República Democrática Popular Lao (CEDAW/C/LAO/7).

Generalidades

Sírvase dar más información sobre el proceso de preparación de los informes sexto y séptimo combinados de la República Democrática Popular Lao. Deben indicarse los departamentos gubernamentales e instituciones que hayan intervenido en la preparación de los informes y si se consultó a organizaciones no gubernamentales, especialmente a organizaciones de mujeres.

Los informes no presentan suficientes datos estadísticos desglosados por sexo sobre la situación de la mujer en varias esferas de interés de la Convención, como la situación de distintos grupos de mujeres. Sírvase presentar información sobre la manera en que el Gobierno prevé mejorar la reunión de datos desglosados por sexo y edad, mujeres urbanas y mujeres rurales, y mujeres pertenecientes a grupos étnicos, respecto de las esferas de interés de la Convención.

En sus observaciones finales anteriores, el Comité pidió al Gobierno de la República Democrática Popular Lao que diera amplia difusión a las conclusiones respecto de los informes inicial, segundo, tercero, cuarto y quinto combinados. Sírvase dar información sobre las medidas adoptadas para que los administradores, funcionarios y políticos, así como el público en general y las mujeres mismas, incluidas las mujeres rurales y las de distintos grupos étnicos y minoritarios, tomen conciencia de las iniciativas tendentes a garantizar la igualdad de jure y de facto entre mujeres y hombres. Los informes dicen que los funcionarios gubernamentales tienen poca conciencia y comprensión de la Convención y de la incorporación de las cuestiones de género. Sírvase indicar con más detalle las medidas adoptadas por el Estado parte para aumentar en los funcionarios gubernamentales, magistrados y abogados, por medio de la debida capacitación, la conciencia de la discriminación por motivos de género y la protección de los derechos humanos de la mujer.

Marco constitucional, legislativo e institucional y situación de la Convención

Sírvase describir las nuevas medidas adoptadas por el Estado parte desde el examen del informe anterior en 2005 a fin de establecer un marco legislativo amplio, de conformidad con la Convención, que asegure la debida protección de las mujeres contra la discriminación, incluida la existencia de recursos eficaces, y eduque a la mujer con respecto a su derecho a no sufrir discriminación.

Con referencia a las observaciones finales anteriores del Comité (párr. 18), sírvase explicar qué medidas ha adoptado el Estado parte para incorporar la Convención en el derecho interno y asegurar que pueda ser invocada en los tribunales. Los informes dicen que en el decreto del Primer Ministro No. 26/PM, de 6 de febrero de 2006, sobre la aplicación de la legislación sobre la promoción y protección de la mujer, se incluyó una definición de la expresión “discriminación contra la mujer”. Al respecto, sírvase dar información actualizada al Comité sobre los planes de incluir una definición de “discriminación contra la mujer” de conformidad con el artículo 1 de la Convención en la Constitución u otro tipo de legislación pertinente, como ya había recomendado el Comité.

En sus observaciones finales anteriores el Comité recomendó que el Estado parte fortaleciera sus mecanismos nacionales proporcionando recursos humanos y financieros suficientes y estableciendo dispositivos para potenciar la incorporación de una perspectiva de género en todos los ministerios y en todos los niveles del Gobierno. Recomendó asimismo la creación de órganos gubernamentales de supervisión en todos los niveles para seguir la aplicación del plan estratégico nacional sobre el adelanto de la mujer para los años 2005 a 2010 (véase párr. 20). En los informes se reconoce que los mecanismos de promoción de la mujer, especialmente por lo que respecta a los conocimientos del personal y las limitadas asignaciones presupuestarias, no son suficientemente sólidos. Sírvase dar información detallada sobre las medidas adoptadas para fortalecer los mecanismos e instituciones dedicados a la promoción y el progreso de la mujer, entre ellos la Comisión Nacional para el Adelanto de la Mujer, a fin de facilitar el enlace con todos los sectores, incluida la Unión de Mujeres Lao, con respecto a la incorporación de los temas de género y a la aplicación de la Convención. Sírvase dar información sobre la asignación de recursos financieros y humanos para el funcionamiento eficaz de esos mecanismos nacionales y sobre la aplicación del decreto No. 30/PM del Primer Ministro, de 23 de diciembre de 2004, en que ordena a los ministerios, instituciones gubernamentales y administraciones locales que establezcan cada uno un comité de adelanto de la mujer.

Sírvase describir los progresos en la realización de la igualdad de las mujeres como resultado, entre otras cosas, de la aplicación del plan estratégico nacional sobre el adelanto de la mujer para el período 2005-2010, mencionado en los informes. La evaluación debe abarcar todo impedimento para el logro de las estrategias de desarrollo y objetivos de incorporación de las cuestiones de género y creación de capacidad indicados en el plan estratégico, las medidas correctivas adoptadas y las intenciones en cuanto a planes estratégicos futuros.

Como complemento de la afirmación de los informes de que las mujeres tienen acceso limitado a la información jurídica, lo cual les hace difícil protegerse respecto de sus derechos legales, sírvase informar al Comité sobre las medidas adoptadas por el Estado parte a fin de aumentar los conocimientos jurídicos básicos de las mujeres. Sírvase aclarar los mecanismos por los cuales las mujeres pueden denunciar casos de discriminación por motivos de género e indicar si se les ofrece asistencia letrada en tales casos. Además, sírvase indicar si la República Democrática Popular Lao está estudiando la posibilidad de establecer una institución nacional de derechos humanos independiente de conformidad con los Principios de París (véase la resolución 48/134 de la Asamblea General, anexo).

Estereotipos y prácticas culturales discriminatorias

Según los informes, persisten en la sociedad actitudes estereotípicas y tradiciones perjudiciales y el cambio de estas actitudes y tradiciones requerirá muchos más esfuerzos. Los informes señalan, en relación con varios artículos, el impacto generalizado de estereotipos arraigados culturalmente en el disfrute de los derechos de las mujeres conforme a la Convención, sobre todo en las esferas de la educación y el empleo, y en su participación en la adopción de decisiones. En las observaciones finales anteriores el Comité recomendó hacer una campaña nacional concertada para eliminar los estereotipos tradicionales generalizados en cuanto a las funciones de los géneros y promover la conciencia pública de las cuestiones relacionadas con la igualdad entre hombres y mujeres en todas las esferas de la vida. Sírvase dar información detallada sobre las medidas adoptadas y las actividades realizadas para promover la toma de conciencia de las funciones de los géneros en la sociedad en conjunto, y especialmente en las zonas rurales, con el fin de cambiar los comportamientos y erradicar los estereotipos negativos y las prácticas culturales que discriminan contra la mujer. ¿Qué función desempeñan los medios de comunicación a este respecto?

Sírvase explicar las medidas concretas tomadas para usar el sistema educativo, especialmente los planes de estudios, a fin de modificar o eliminar los estereotipos de género y los valores y prácticas culturales negativos de forma continua y sistemática.

Violencia contra la mujer

De conformidad con la recomendación general No. 19 del Comité, y teniendo en cuenta sus observaciones finales anteriores (véase párr. 36), sírvase dar información sobre el alcance de todas las formas de violencia contra la mujer y las medidas legislativas y de otra índole destinadas a combatir esa violencia. Sírvase dar información también sobre la disponibilidad de servicios médicos y sociales para las víctimas y la introducción de programas de creación de capacidad y de concienciación para distintos grupos (como la policía, los abogados, los trabajadores de la salud y el poder judicial) y el público en general. Sírvase presentar, estadísticas, si las hay, sobre el número de denuncias, investigaciones, procesamientos, condenas y sanciones impuestos a los autores, e información sobre toda otra medida de protección o reparación ofrecida a las víctimas o a sus familias.

Sírvase dar más información sobre la aplicación de la Ley de desarrollo y protección de la mujer de 2004, que tiene por objeto eliminar la discriminación contra las mujeres y combatir la violencia contra ellas, y la trata de mujeres y niños. Sírvase explicar si la Ley ha tenido un efecto en la reducción de esas violaciones de los derechos humanos de la mujer. Sírvase indicar al Comité si el Estado parte está considerando la posibilidad de penalizar la violencia doméstica y la violación en el matrimonio, como recomendó el Comité en sus observaciones finales anteriores. Sírvase dar información sobre el número de refugios y servicios que se ofrecen a las víctimas, desglosado por zonas urbanas y rurales.

Trata de mujeres y niñas y explotación de la prostitución de la mujer

Según los informes, el Estado parte está ejecutando activamente 20 proyectos, en cooperación con organizaciones internacionales y organismos nacionales dedicados directa o indirectamente a combatir la trata de seres humanos. Sírvase dar más información sobre esas medidas e iniciativas y explicar si han tenido un efecto en la reducción de los casos de trata. ¿Qué medidas prácticas y urgentes se han establecido para prevenir y combatir la trata de mujeres y niñas y repatriar sin peligro a las mujeres y niñas objeto de trata? ¿Se han tomado iniciativas de recuperación y reintegración para las mujeres que deseen abandonar la prostitución, por ejemplo desalentando la demanda de prostitución, como recomendó el Comité en sus observaciones finales anteriores (véase párr. 30)?

Sírvasedar más información sobre el acuerdo bilateral firmado por los gobiernos de la República Democrática Popular Lao y Tailandia en 2005 sobre la lucha contra la trata de personas y explicar si ha tenido un efecto en la reducción de los casos de trata. ¿El Estado parte ha firmado otros acuerdos bilaterales sobre la trata?

Participación en la vida política y pública y en los procesos de adopción de decisiones

Los informes dicen que las mujeres están participando más que nunca en los procesos de adopción de decisiones en todos los niveles de la sociedad, que el electorado ha elegido más mujeres que nunca para ocupar puestos en la Asamblea Nacional y que el Gobierno ha nombrado un número cada vez mayor de mujeres para que ocupen altos cargos. Sin embargo, también reconocen que el número de mujeres en cargos directivos a todos los niveles es limitado y que sigue habiendo varios factores que impiden la participación política de las mujeres. En vista de la subrepresentación de las mujeres en la judicatura, en el plano internacional y en el nacional, y de conformidad con las observaciones finales anteriores del Comité (véase párr. 32), sírvase dar información detallada sobre las medidas concretas llevadas a cabo o las medidas previstas para lograr la participación plena y equitativa de la mujer y su representación en esas esferas, teniendo en cuenta la recomendación general No. 25 del Comité, sobre el párrafo 1 del artículo 4 de la Convención, y la recomendación No. 23, sobre la mujer en la vida política y pública.

En sus observaciones finales anteriores el Comité recomendó que el Estado parte introdujera medidas, incluso las medidas legislativas y administrativas necesarias, para crear espacio para las organizaciones autónomas de mujeres y de derechos humanos (véase párr. 40). Sírvase dar información más detallada sobre los grupos de mujeres y las organizaciones no gubernamentales nacionales e internacionales dedicadas a la mujer en la República Democrática Popular Lao y sobre los obstáculos que impidan la formación de tales grupos y organizaciones y su participación en la vida pública.

Educación

Los informes dicen que, en general, aunque la educación de las mujeres ha mejorado, la tasa de alfabetización de las mujeres sigue siendo más baja que la de los hombres. Sólo el 63% de las mujeres saben leer y escribir, frente al 83% de los hombres. Se indica además que la matriculación de las niñas también es inferior a la de los niños por varias causas, como la pobreza de las familias, el número excesivo de hijos y la falta de ingresos. En las observaciones finales anteriores, el Comité instó al Estado parte a que adoptase inmediatamente todas las medidas adecuadas, incluidas medidas especiales temporales, para reducir la tasa de analfabetismo de las mujeres y darles enseñanza formal e informal, especialmente en las zonas rurales y en particular a las mujeres de minorías étnicas (véase párr. 24). Sírvase dar información más detallada sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para reducir la tasa de analfabetismo de las mujeres, incluidas las mujeres rurales y las pertenecientes a minorías étnicas, y para mejorar la matriculación y reducir la deserción escolar de las niñas. Tales medidas pueden incluir programas concretos, iniciativas, incluidas las becas para niñas, y otras medidas especiales temporales. Sírvase explicar si el Estado parte ha pedido o tiene la intención de pedir asistencia internacional a este respecto.

Sírvase dar información actualizada sobre las asignaciones presupuestarias para la educación de mujeres y niñas, incluidos los porcentajes anuales del presupuesto nacional total asignados, desde el examen de los informes periódicos inicial a quinto combinados hecho en 2005.

Salud

Según los informes, el acceso a los servicios de atención sanitaria sigue planteando dificultades, especialmente en las zonas rurales; los indicadores de salud de la República Democrática Popular Lao sitúan al país en el nivel más bajo de la región; las tasas de mortalidad materna e infantil son elevadas y existen enormes disparidades entre las zonas rurales y las urbanas respecto del acceso a la atención sanitaria. Desde el examen de los informes en 2005, ¿qué medidas concretas ha adoptado el Estado parte para asegurar el acceso a servicios de salud para las mujeres en todo el país, incluidas las zonas rurales y aisladas?

Sírvase dar información actualizada sobre las asignaciones presupuestarias para la salud de las mujeres y las niñas, incluidos los porcentajes anuales del presupuesto nacional total asignados, desde el examen de los informes periódicos inicial a quinto combinados hecho en 2005.

Los informes indican (véase el cuadro 16) que un número muy alto de mujeres (36.066 de 114.165 mujeres) dieron a luz en sus hogares en 2004 y 2005, sin asistencia de una partera. De conformidad con las observaciones finales anteriores del Comité (véase párr. 26), sírvase dar información detallada sobre las medidas concretas adoptadas a fin de reducir las altas tasas de mortalidad materna e infantil. Al respecto, sírvase presentar más datos sobre la tasa de mortalidad materna, desglosada por edad de las mujeres y pertenencia al sector urbano o rural, desde el examen de los informes periódicos inicial a quinto combinados hecho en 2005. Sírvase dar más datos también sobre la tasa de mortalidad infantil, desglosada por sexo, edad y causa de la muerte del niño.

En sus observaciones finales anteriores el Comité recomendó que el Estado parte adoptase todas las medidas necesarias para aumentar la conciencia de los hombres y las mujeres, especialmente en las zonas rurales, cerca de las zonas de obras y en las rutas comerciales establecidas y nuevas, del riesgo de infección por el VIH/SIDA (véase párr. 28). Según los informes, el número de mujeres infectadas por el VIH/SIDA aumenta a una tasa media del 8% anual. Sírvase dar más información sobre la ejecución de los planes y programas de lucha contra el VIH/SIDA mencionados en los informes. Esta información debe incluir detalles de los progresos, dificultades y lagunas de la ejecución, los mecanismos de seguimiento y evaluación establecidos y los resultados conseguidos. Sírvase indicar si los programas y políticas actuales integran una perspectiva de género, si se han establecido medidas especiales de prevención dirigidas a las mujeres y qué otras medidas concretas está tomando el Estado parte para hacer frente a la feminización del VIH/SIDA.

Empleo, mujer rural, acceso a la propiedad y pobreza

En sus observaciones finales anteriores el Comité recomendó que el Estado parte estudiara el impacto de sus reformas económicas en la mujer, con miras a lograr más igualdad entre el hombre y la mujer en el mercado laboral, incluido el fortalecimiento de los mecanismos formales e informales para resolver conflictos laborales, mediante la representación adecuada de la mujer (véase párr. 34). Sírvase dar información detallada sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para aplicar esas recomendaciones. Sírvase dar detalles de los sectores en que predominan las mujeres e indicar también cómo se hace frente a la segregación en el trabajo, a las desigualdades de remuneración, al acoso sexual en el lugar de trabajo y a las cuestiones relacionadas con la salud y seguridad ocupacional de las mujeres en el sector público y en el privado.

Según los informes, los aldeanos, especialmente los pobres, no tienen posibilidades de autodesarrollo ni acceso a servicio socioeconómicos, como la financiación para la autoayuda, educación y atención médica. A este respecto sírvase dar datos y tendencias que indiquen los niveles de educación de las mujeres rurales, las cuestiones relacionadas con la salud y el acceso a servicios médicos, la naturaleza de la participación de la mujer en los sectores de trabajo formal e informal y el acceso a préstamos y créditos financieros. ¿Qué medidas ha tomado el Estado parte para mejorar el acceso de la mujer a oportunidades económicas como capital de producción, información sobre los mercados y tecnologías de producción?

Según los informes, la pobreza se encuentra fundamentalmente en las zonas rurales y aisladas, y la sufren en particular las mujeres. En sus observaciones finales anteriores el Comité instó al Estado parte a que acelerase su plan para erradicar la pobreza entre las mujeres, especialmente las mujeres rurales y de minorías étnicas, buscando asistencia internacional más activamente y, al mismo tiempo, aplicando perspectivas de género en todos los programas de desarrollo e integrando plenamente a la mujer en los procesos de adopción de decisiones sobre esos programas y en su ejecución (véase párr. 22). Sírvase dar información más detallada sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para aplicar esas recomendaciones. ¿Qué ha hecho el Estado parte para que las mujeres de minorías étnicas que dependen de la producción de la adormidera tengan otros medios sostenibles de subsistencia?

Grupos de mujeres vulnerables

Puesto que, según los informes, la República Democrática Popular Lao es una de las naciones con mayor diversidad étnica del mundo y tiene 49 grupos étnicos oficiales, sírvase dar más información sobre la situación de los derechos humanos de las mujeres de grupos étnicos y de minorías, en cuanto a educación, empleo, cuestiones relacionadas con la salud y acceso a servicios médicos, acceso a derechos sobre tierras y protección contra la violencia. Se ruega dar información similar sobre las mujeres pertenecientes a otros grupos vulnerables, como las mujeres de edad y las discapacitadas.

Teniendo en cuenta la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad, sírvase indicar si las mujeres veteranas de guerra se han beneficiado de las mismas condiciones que los hombres veteranos de guerra en cuanto al reconocimiento y a la rehabilitación incluida la atención médica.

Matrimonio y relaciones familiares

Según los informes, el artículo 17 de la Ley de desarrollo y protección de la mujer establece que los hombres y las mujeres tienen derecho a contraer matrimonio a los 18 años de edad y que, en casos especiales y necesarios, podrá aceptarse un límite inferior, siempre que no sea inferior a los 15 años de edad. En sus observaciones finales anteriores el Comité recomendó al Estado parte que prohibiera el matrimonio de menores de edad en todas las circunstancias (véase párr. 38). Sírvase indicar las medidas tomadas para elevar la edad mínima de matrimonio para niños y niñas a los 18 años de edad a fin de que se ajuste al artículo 16 de la Convención y a la recomendación general No. 21 del Comité, y si se ha establecido un calendario para poner en vigor el cambio. Además, sírvase informar al Comité de la extensión de la práctica de mia noi (esposa menor de edad) en el Estado parte, pese a que la poligamia está oficialmente prohibida.

Protocolo Facultativo y párrafo 1 del artículo 20 de la Convención

Sírvase indicar los progresos hechos en la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención o en la adhesión a él, y en la aceptación de la modificación del párrafo 1 del artículo 20 de la Convención, recomendada por el Comité en sus observaciones finales anteriores (véase párr. 41).