Página

Siglas

3

Prólogo

4

Generalidades

5

Acceso a la justicia

8

Mecanismo nacional para el adelanto de la mujer

8

Medidas especiales de carácter temporal

10

Estereotipos y prácticas nocivas

11

Violencia contra la mujer

13

Trata de personas y explotación de la prostitución

17

Participación en la vida política y pública

21

Educación

24

Empleo y seguridad social

27

Salud

35

Empoderamiento económico de la mujer

37

Grupos de mujeres desfavorecidas

38

Matrimonio y relaciones familiares

43

Información adicional

45

Siglas

ABGB

Código Civil General

AHV

Seguro de Vejez y Supérstite

ALV

Seguro de Desempleo

AsylG

Ley de Asilo

BGlG

Ley de Igualdad para las Personas con Discapacidad

BPVG

Ley de Pensiones Ocupacionales

CIPRA

Comisión Internacional para la Protección de los Alpes

EEE

Espacio Económico Europeo

EheG

Ley de Matrimonio

FAK

Caja de Compensación Familiar

GLG

Ley de Igualdad de Género

HSV

Ordenanza sobre la Enseñanza Superior

IV

Seguro de Discapacidad

IVG

Ley del Seguro de Discapacidad

LGBl

Boletín Oficial de Leyes

LGT

Liechtenstein Global Trust

LGU

Sociedad de Liechtenstein para la Protección del Medio Ambiente

LV

Constitución del Principado de Liechtenstein

OHG

Ley de Protección de las Víctimas

OIT

Organización Internacional del Trabajo

ONG

Organización no gubernamental

StGB

Código Penal

StGHG

Ley del Tribunal Constitucional

StPG

Ley de los Empleados del Estado

UE

Unión Europea

Prólogo

El presente informe, que fue aprobado por el Gobierno del Principado de Liechtenstein el 30 de enero de 2018, se presenta en virtud del artículo 18 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, de 18 de diciembre de 1979. Es el quinto informe periódico presentado por Liechtenstein y abarca el período comprendido entre junio de 2009 y diciembre de 2017. El informe fue preparado por la Oficina de Relaciones Exteriores en cooperación con las oficinas de la administración pública encargadas de los asuntos en cuestión y teniendo en cuenta la información sobre las actividades de diversas organizaciones no gubernamentales y el sector privado. Se basó en la lista de cuestiones que figuran en el documento CEDAW/C/LIE/QPR/5, de 21 de julio de 2017, y se elaboró con arreglo al procedimiento simplificado de presentación de informes. En él se describen las medidas legislativas, administrativas y de otra índole relativas a la aplicación de la Convención que se llevaron a cabo durante el período sobre el que se informa.

Todas las leyes y ordenanzas a que se hace referencia en el texto pueden consultarse en www.gesetze.li.

Gobierno del Principado de Liechtenstein

Generalidades

Se precisa información y datos estadísticos, desglosados por sexo, edad, origen étnico, religión y ubicación geográfica, sobre la situación actual de las mujeres en el Estado parte para vigilar la aplicación de todos los aspectos de la Convención. Habida cuenta de las anteriores inquietudes del Comité (CEDAW/C/LIE/CO/4, párr. 2) y de las observaciones finales (párrs. 17 a) y 41 a)), sírvanse indicar las medidas aplicadas por el Estado parte con el fin de hacer uso de estos datos para la formulación de políticas y programas y para la evaluación de los progresos realizados en la aplicación de la Convención.

Desde 2010 el Instituto Liechtenstein ha preparado el informe sobre la situación de los derechos humanos en nombre del Gobierno. Este informe contiene datos estadísticos sobre unos 100 temas relacionados con los derechos humanos y en él se destacan las principales novedades y tendencias. La situación de los derechos humanos de las niñas y las mujeres se presenta especialmente en las esferas de la educación y la capacitación, la vida laboral, las diferencias salariales, las prestaciones por maternidad, la licencia de maternidad y la licencia parental, el desempleo, la prestación de vejez, el cuidado de los hijos, el divorcio y el derecho sucesorio, la orientación sexual, la mortalidad y la esperanza de vida, los derechos políticos y la participación, la violencia doméstica, los derechos civiles, y la migración y la integración. La preparación del informe de derechos humanos se basa en las estadísticas oficiales, las bases de datos internas de diversas oficinas, los informes anuales de instituciones gubernamentales y no gubernamentales y la información de los medios de comunicación y las publicaciones académicas. Las encuestas dan visibilidad a los problemas y desafíos de los derechos humanos y, por tanto, pueden servir de base para que los programas y las medidas gubernamentales mejoren la situación de los derechos humanos de las niñas y las mujeres.

Todas las medidas puestas en práctica por la Dependencia de Igualdad de Oportunidades de la Oficina de Servicios Sociales en la esfera de la igualdad tienen por objeto eliminar la discriminación y garantizar la igualdad entre las personas de distintos grupos sociales. En consecuencia, la Dependencia está firmemente decidida a promover la igualdad de oportunidades en los ámbitos de la igualdad de género, la discapacidad, la migración y la integración, la desventaja social y la orientación sexual. En todos los ámbitos, las medidas adoptadas también benefician a las niñas y las mujeres en particular.

Al elaborar proyectos y medidas, la Dependencia de Igualdad de Oportunidades presta una atención especial a la situación actual de las niñas y las mujeres de Liechtenstein. El Catálogo de Medidas de 2017‑2018 elaborado por la Dependencia se centra en aumentar la representación de las mujeres en la política y en los puestos de dirección y toma de decisiones y, como cuestión conexa, en mejorar la conciliación de la vida familiar y laboral. Este enfoque específico se basa en los resultados de las elecciones de 2017 al Parlamento de Liechtenstein, que dio lugar a una reducción de la proporción de mujeres en el Parlamento del 20% al 12%, así como en los resultados del proyecto transnacional “Asunto: las Mujeres Deciden” (para obtener más información véanse las respuestas a las preguntas 6 y 13) y en los resultados del informe de derechos humanos elaborado por el Instituto Liechtenstein.

La planificación de las medidas adoptadas por la Dependencia de Igualdad de Oportunidades también se basa en los fundamentos jurídicos pertinentes, entre ellos la Ley de Igualdad para las Personas con Discapacidad (Behindertengleichstellungsgesetz, BGlG; Boletín Oficial de Leyes (LGBl) 2006, núm. 243) y la Ley de Igualdad de Género (Gleichstellungsgesetz, GLG; LGBl. 1999, núm. 96), así como las obligaciones derivadas del derecho internacional, como, en particular, las disposiciones de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Convención). Además, el Catálogo de Medidas se basa en las aportaciones y las peticiones formuladas por el Parlamento de Liechtenstein. En 2017 el Parlamento presentó al Gobierno oficios y mociones de diversa índole y una petición relacionados con los temas de la igualdad de género y la política sobre la familia. Entre ellos cabe citar los siguientes: oficio sobre la promoción de la familia, el aumento de las prestaciones por hijos a cargo y la ampliación de los horarios escolares normalizados; oficio sobre el establecimiento de la igualdad de trato para las familias con hijos que reciben cuidados fuera del hogar; oficio sobre la futura financiación de los cuidados y la atención en la vejez; moción referente a la exención de los gastos de maternidad; y petición relativa al establecimiento de una proporción equilibrada entre hombres y mujeres para el nombramiento de comisiones y grupos de trabajo, etcétera.

Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para incorporar las disposiciones de la Convención en el derecho interno y asegurar que en el Estado parte todas las mujeres, incluidas las pertenecientes a grupos desfavorecidos, tengan a su disposición recursos efectivos. Asimismo, proporcionen información sobre las disposiciones de la Ley de Igualdad de Género en materia de no discriminación por motivo de sexo en todas las esferas abarcadas por la Convención e indiquen si prohíbe las formas interrelacionadas de discriminación, de conformidad con los artículos 1 y 2 b) de la Convención y en concordancia con el indicador 5.1.1 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Sírvanse también ofrecer ejemplos, si los hubiere, de decisiones judiciales en que se apliquen directamente las disposiciones de la Convención.

Liechtenstein utiliza el sistema de incorporación o sistema monista. Los acuerdos ratificados, como la Convención, pasan a formar parte de la legislación nacional en la fecha de su entrada en vigor, sin necesidad de legislación específica. Antes de la adhesión o ratificación de cualquier convenio o tratado internacional, se examina minuciosamente la compatibilidad de la legislación interna con las disposiciones del tratado. En caso de que haya disposiciones contradictorias, el Parlamento o bien modifica la legislación nacional al tiempo que aprueba la ratificación del tratado, o bien decide formular una reserva a este. También se ha adoptado este planteamiento en lo que respecta a la ratificación de la Convención. La única reserva que ha formulado Liechtenstein se refiere a las restricciones al ámbito de aplicación de la Convención relacionadas con la sucesión hereditaria al trono en el Principado de Liechtenstein. Aparte de este aspecto, cabe suponer que la legislación de Liechtenstein está en consonancia con las disposiciones de la Convención y las refleja.

A fin de asegurar una protección jurídica eficaz para todas las niñas y mujeres, Liechtenstein ratificó el Protocolo Facultativo de la Convención en 2001, y al hacerlo aceptó el procedimiento de denuncias individuales previsto en la Convención. Los derechos garantizados por esta pueden hacerse valer en un procedimiento de denuncias individuales ante el Tribunal Constitucional de forma análoga a los derechos garantizados en la Constitución del Principado de Liechtenstein (Landesverfassung, LV; LGBl. 1921, núm. 15). Toda persona puede interponer ante el Tribunal Constitucional una denuncia individual contra las decisiones finales o los decretos emitidos por una autoridad pública, y, por tanto, también pueden hacerlo las mujeres cuyos derechos se vean vulnerados. El Tribunal Constitucional examina si se han violado los derechos garantizados por la Constitución o los derechos garantizados por los convenios internacionales a los que el poder legislativo ha reconocido explícitamente un derecho individual de denuncia (art. 15 de la Ley del Tribunal Constitucional, Staatsgerichtshofgesetz, StGHG; LGBl. 2004, núm. 32).

La protección jurídica de las niñas y las mujeres contra la discriminación también está garantizada por la Ley de Igualdad de Género. Esta Ley regula las reclamaciones y los recursos legales de que disponen las niñas y las mujeres que sufren discriminación en el lugar de trabajo o en la oferta de bienes y servicios y el acceso a ellos. En favor de las personas afectadas, el artículo 6 de la Ley establece una simplificación de la carga de la prueba, de modo que basta con que existan indicios racionales de discriminación. De conformidad con dicho artículo, las asociaciones con sede en Liechtenstein también tienen derecho a iniciar una acción judicial en nombre propio o en nombre de la demandante, siempre que sus estatutos tengan por objeto promover la igualdad entre mujeres y hombres o representar los intereses de los empleados.

En esencia, la Ley de Igualdad de Género prohíbe la discriminación directa e indirecta por motivos de género, estado civil, situación familiar, embarazo o maternidad en las relaciones laborales que se rigen por el derecho privado o el público y en el lugar de trabajo en general. El mismo principio se aplica a la oferta de bienes y servicios al público y el acceso a ellos. La legislación de Liechtenstein también ofrece protección jurídica contra la discriminación en otras esferas de la vida: por ejemplo, la Ley de Igualdad para las Personas con Discapacidad, que prohíbe la discriminación directa e indirecta por motivos de discapacidad en el lugar de trabajo, así como en el uso de los edificios e instalaciones, los vehículos e instalaciones de transporte público y las viviendas privadas de un determinado tamaño, y en el acceso a estos lugares. La Ley es un requisito importante para luchar contra la discriminación múltiple de las mujeres con discapacidad.

Asimismo, la legislación laboral prevé expresamente la protección de la personalidad del empleado. El término “personalidad” debe entenderse en sentido amplio y abarca el género, la raza, la nacionalidad y la orientación sexual, entre otros aspectos.

Por lo que se refiere a la protección jurídica efectiva contra la discriminación y la discriminación múltiple, la entrada en vigor del nuevo artículo 283 del Código Penal (Strafgesetzbuch, StGB; LGBl. 1988, núm. 37) en abril de 2016 es de particular interés, ya que establece una prohibición general de la discriminación. Mientras que antes de la revisión del artículo solo constituía delito penal la discriminación racial, actualmente también han pasado a ser delito la incitación pública al odio o la discriminación por motivos de idioma, nacionalidad, origen étnico, religión, ideología, género, discapacidad, edad u orientación sexual, punibles con una pena de prisión de hasta dos años. El término “género” abarca no solo a las mujeres y los hombres, sino también a las personas transexuales y a las personas con características de género ambiguas. También se castiga el hecho de negarse a prestar un servicio previsto para el público en general a una persona o grupo de personas por los motivos antes mencionados. Los fiscales y los jueces han recibido capacitación acerca de estas enmiendas legislativas.

Durante el período que abarca el informe no se dictaron resoluciones judiciales que aplicaran directamente las disposiciones de la Convención.

Acceso a la justicia

Se ruega que presenten información sobre las repercusiones de la Ley de Igualdad de Género en materia de acceso de las mujeres a la justicia y, en particular, si dicha ley ha sido invocada ante un tribunal, órgano arbitral o consejo de administración en casos de discriminación. Informen también sobre las medidas adoptadas para prestar asistencia jurídica y concienciar sobre el uso de los recursos legales contra la discriminación por razón de sexo y género.

El acceso de las mujeres a la justicia está plenamente garantizado en Liechtenstein. No existen restricciones específicas de género. En cuanto a la protección jurídica de las mujeres frente a la discriminación por motivos de género, que se amplió mediante la aprobación de la Ley de Igualdad de Género, véase la descripción de las reclamaciones y los recursos legales en la respuesta a la pregunta 2.

Según el Tribunal de Justicia de Liechtenstein, desde 2009 se han interpuesto dos solicitudes o reclamaciones de arbitraje de conformidad con la Ley de Igualdad de Género; los juicios arbitrales siempre están vinculados materialmente con una reclamación.

La recién creada Asociación por los Derechos Humanos de Liechtenstein (Verein für Menschenrechte, VMR; véanse las observaciones que figuran en la pregunta 4) asesora a los particulares sobre cuestiones de derechos humanos, ayuda a las víctimas de violaciones de los derechos humanos, e informa al público acerca de la situación de los derechos humanos en Liechtenstein. En el marco de sus competencias básicas, las niñas y las mujeres pueden ponerse en contacto con la Asociación para obtener información sobre posibles recursos legales en los casos de discriminación por razón de género. Con el fin de aumentar la conciencia pública sobre este tipo concreto de discriminación, la Asociación por los Derechos Humanos puede emprender campañas de información y sensibilización.

Las niñas y las mujeres, al igual que todas las partes afectadas, tienen acceso a asistencia jurídica en los procedimientos penales y civiles, que incluye la exención de los honorarios de asesoramiento jurídico.

Mecanismo nacional para el adelanto de la mujer

Sírvanse proporcionar información sobre los mandatos y los recursos financieros, humanos y técnicos asignados a la Asociación por los Derechos Humanos ( Verein für Menschenrechte in Liechtenstein ) y sobre la institución en que recaen las responsabilidades asumidas oficialmente por la Comisión de Igualdad de Oportunidades ( Stabsstelle für Chancengleichheit ). Indiquen también si dichos órganos prestan asesoramiento jurídico y si pueden presentar denuncias ante los tribunales, ya sea en nombre propio o en nombre de una parte afectada. Asimismo, sírvanse informar al Comité sobre si la creación de la Asociación por los Derechos Humanos forma parte de una estrategia de derechos humanos más amplia de promoción de los derechos de la mujer.

En noviembre de 2016 el Parlamento de Liechtenstein aprobó la Ley sobre la Asociación por los Derechos Humanos (Gesetz über den Verein für Menschenrechte in Liechtenstein, VMRG; LGBl. 2016, núm. 504), que constituye el fundamento jurídico de la institución nacional de derechos humanos de Liechtenstein y entró en vigor el 1 de enero de 2017. El Parlamento también aprobó la contribución financiera a la institución para los próximos tres años, por valor de 350.000 francos suizos anuales. Para que la nueva institución pueda funcionar de manera independiente, se ha elegido la forma jurídica de una asociación de beneficio común con arreglo a la Ley sobre las Personas y las Sociedades. De conformidad con la Ley sobre la Asociación por los Derechos Humanos, esta ejerce funciones de ombudsman y tiene un mandato amplio para proteger y promover los derechos humanos en Liechtenstein. Sus tareas consisten, entre otras cosas, en asesorar a las autoridades y los particulares sobre cuestiones de derechos humanos, ayudar a las víctimas de violaciones de los derechos humanos, informar a la población sobre la situación de los derechos humanos en Liechtenstein, llevar a cabo investigaciones y recomendar medidas adecuadas a las autoridades y los particulares, emitir dictámenes sobre proyectos de leyes y reglamentos y ratificar los convenios internacionales, y promover el diálogo y la cooperación nacional e internacional con los órganos de derechos humanos. De conformidad con el artículo 5 de la Ley, la Asociación por los Derechos Humanos puede, con el consentimiento de la víctima de una violación de los derechos humanos, participar en los procedimientos judiciales y administrativos, ya sea en nombre o en apoyo de la víctima. La Asociación aprobó sus estatutos en diciembre de 2016 y eligió a su junta para el mandato de 2017‑2020, que se compone de siete personas competentes de Liechtenstein y otros países. La secretaría lleva a cabo sus actividades desde junio de 2017 y cuenta con 3 funcionarios en plantilla (1,5 equivalentes a tiempo completo).

Mediante la creación de una institución independiente de derechos humanos en Liechtenstein sobre la base de los Principios de París, el Gobierno ha respondido a las demandas de la sociedad civil y de diversos órganos de las Naciones Unidas y el Consejo de Europa en lo referente al establecimiento de un órgano consultivo y de contacto independiente encargado de promover y proteger los derechos humanos. Además, la creación de la Asociación por los Derechos Humanos estuvo acompañada de reformas administrativas en los ámbitos de la integración y la igualdad de oportunidades. Las responsabilidades públicas de la antigua Dependencia de Igualdad de Oportunidades se transfirieron a la Oficina de Servicios Sociales. Así pues, desde enero de 2017 la Oficina es responsable en el ámbito de la igualdad de oportunidades por conducto de la Dependencia recién creada. Las funciones autónomas de la antigua Dependencia se delegaron a la nueva institución de derechos humanos, al igual que las responsabilidades de la Comisión sobre la Igualdad entre los Géneros. Además, la Oficina del Ombudsman para la Infancia y la Juventud, que se creó en 2009, se integró en la Asociación, que recibe fondos públicos para llevar a cabo sus funciones autónomas. El establecimiento de mandatos claros y esferas de responsabilidad bien definidas garantiza la fácil gestión de las estructuras y la eficiencia de los flujos de trabajo tanto para la Asociación como para la Dependencia de Igualdad de Oportunidades de la Oficina de Servicios Sociales. La institución se considera un logro importante para garantizar una amplia protección de los derechos humanos en Liechtenstein, y crea un valor añadido fundamental en esta esfera.

Medidas especiales de carácter temporal

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas aprobadas con el fin de fomentar y acelerar la igualdad de facto entre mujeres y hombres, en particular mediante la adopción de medidas especiales de carácter temporal en las esferas de la vida política, el empleo y la educación (párrs. 29 a) y 35 a)), de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Igualdad de Género y conforme a lo dispuesto en el artículo 4 1) de la Convención y en la recomendación general núm. 25 (2004) del Comité, sobre las medidas especiales de carácter temporal. Sírvanse explicar también si la Convención se utiliza como marco jurídico para su adopción y aplicación. Incluyan información sobre la aplicación, el seguimiento y los resultados de esas medidas, respaldándola con datos estadísticos.

La Convención, al igual que la Ley de Igualdad de Género, sirve de base para la elaboración de medidas encaminadas a promover la igualdad entre las mujeres y los hombres en diversas esferas de la vida. Como medida especial de carácter temporal, durante los últimos 14 años Liechtenstein ha impartido un curso sobre política dirigido a las mujeres. El objetivo de dicho curso es aumentar la proporción de mujeres en cargos políticos. Es preciso empoderar a las mujeres y alentarlas a que comuniquen sus problemas y sus posibilidades a los órganos políticos y al público en general. Esta medida ha resultado particularmente útil para las mujeres participantes, y por esa razón en 2018 se volverá a organizar el curso sobre política. Hasta la fecha han participado en el curso sobre política unas 140 mujeres, algunas de las cuales han pasado a ocupar posteriormente cargos públicos y políticos.

La fuerte caída del número de diputadas en las elecciones parlamentarias de 2017 desencadenó un debate social sobre el establecimiento de una cuota para las mujeres en Liechtenstein. Los presidentes de los partidos, los diputados del Parlamento, los ministros del Gobierno y los electores participan activamente en actos públicos, cartas a los directores de periódicos y otros foros de diversa índole para discutir los motivos que explican las pocas posibilidades de que las mujeres salgan elegidas y las medidas que es necesario adoptar para mejorar la situación. Por ejemplo, entre otras cosas, se creó la asociación “Hola, Cuota” (Hoi Quote), que promueve el establecimiento de cupos mínimos para mujeres.

Todos los años la Dependencia de Igualdad de Oportunidades de la Oficina de Servicios Sociales proporciona recursos financieros para promover la igualdad de oportunidades. En 2018 estos recursos ascienden aproximadamente a 110.000 francos suizos, de los cuales 30.000 se invertirán en proyectos de organizaciones no gubernamentales (ONG), 15.000 se destinarán al curso sobre política dirigido a las mujeres, 30.000 al Premio a la Igualdad de Oportunidades (organización y dotación del premio) y 5.000 al informe sobre los derechos humanos preparado por el Instituto Liechtenstein. Aproximadamente 30.000 francos suizos se invertirán en la ejecución de proyectos de la Dependencia de Igualdad de Oportunidades, como, por ejemplo, la celebración de una ronda de debates abiertos de mujeres y hombres con los diputados del Parlamento, prevista para marzo de 2018, la exposición “Modelos de comportamiento”, programada para 2018, y la organización de un acto sobre la compatibilidad de la vida familiar y laboral, planificada próximamente. Para medir los beneficios concretos del apoyo público, las ONG cuyos proyectos reciben importante apoyo financiero de la Dependencia de Igualdad de Oportunidades le envían a esta informes finales en los que evalúan las repercusiones de los proyectos. Los proyectos más amplios llevados a cabo por la Dependencia también se evalúan en lo que respecta a su capacidad para llegar al grupo destinatario, las relaciones públicas y los fondos utilizados.

Para consultar otras medidas orientadas a promover la igualdad de facto de las mujeres en la educación y el lugar de trabajo, véanse las respuestas a las preguntas 6 y 10 a 14.

Estereotipos y prácticas nocivas

Sírvanse proporcionar información sobre la aplicación y el seguimiento de las medidas adoptadas con el fin de favorecer un cambio de actitud ante el papel tradicional de la mujer en la familia y en la sociedad, así como sobre la eficacia de esas medidas. Especifiquen las iniciativas llevadas a cabo para dejar atrás la imagen estereotipada de las mujeres, en particular las mujeres migrantes, en los medios de comunicación. Sírvanse también indicar si el Estado parte ha establecido una política integral dirigida a mujeres y hombres, niñas y niños con el fin de combatir esos estereotipos tradicionales, según las recomendaciones previas formuladas por el Comité (párr. 19 a)) y aceptadas por el Estado parte durante el examen periódico universal (A/HRC/23/14).

En los últimos años se han adoptado en Liechtenstein diversas iniciativas con el fin de impedir que se desarrollen modelos de comportamiento y estereotipos relacionados con funciones específicas de género. Se llevan a cabo proyectos de sensibilización especialmente en las escuelas, así como entre los adolescentes y los adultos jóvenes. Se sensibiliza a los niños y los jóvenes en lo referente a las cuestiones de la igualdad de género y se les incentiva para que aprendan acerca de profesiones que no son típicas de género. Se les alienta a no guiarse por funciones estereotipadas a la hora de elegir una carrera.

Cabe destacar a este respecto el proyecto transnacional “Asunto: Modelos de Comportamiento”, ejecutado entre 2012 y 2014. El proyecto tiene por objeto señalar, en especial a los adolescentes y los adultos jóvenes, la importancia de los estereotipos y los modelos de conducta en su propio entorno y los alienta a enfrentarse a ellos de forma crítica. En 2018 la Dependencia de Igualdad de Oportunidades de la Oficina de Servicios Sociales está ayudando a organizar una exposición itinerante sobre el tema “Modelos de Comportamiento”. La exposición se presentará en un centro escolar e incluirá un programa de apoyo que pone en entredicho los modelos de comportamiento, los prejuicios y los estereotipos de modo humorístico e interactivo (por ejemplo, mediante conferencias, debates, visitas guiadas con el alumnado, etc.).

Asimismo, desde 2012 se celebra todos los años el denominado “Día Nacional sobre el Futuro: Cambio de Bando entre Niñas y Niños”, que permite a las niñas y los niños formarse una idea acerca de profesiones que no son típicas de género. El objetivo del Día es procurar que las niñas y los niños no basen sus decisiones profesionales en funciones estereotipadas, sino en sus aptitudes y deseos. El efecto positivo de este Día se refleja en el hecho de que cada vez más empresas participan activamente en él. La Universidad de Liechtenstein también ha apoyado durante muchos años la celebración del Día Nacional sobre el Futuro con proyectos especiales. Asimismo, en Liechtenstein se da a esta cuestión una cobertura informativa visible y positiva, lo que contribuye igualmente a crear conciencia sobre la importancia de romper las funciones estereotipadas para el conjunto de la sociedad.

Para obtener información sobre otras iniciativas y programas puestos en práctica en la escuela y sobre la formación impartida a los niños y los jóvenes para que hagan frente a las funciones estereotipadas, véase también la respuesta a la pregunta 11.

El Estado, actuando como empleador, desempeña un papel fundamental para poner fin a las funciones estereotipadas. La nueva Ley de los Empleados del Estado (Staatspersonalgesetz, StPG; LGBl. 2008, núm. 144), aprobada en 2008, establece expresamente la garantía de la igualdad de género como objetivo de la política de personal (art. 4 2) f) de la Ley). En consecuencia, el programa de formación de la administración pública de Liechtenstein tiene por objeto lograr la igualdad de facto entre las mujeres y los hombres en la sociedad. Se incluyen las reuniones sobre los temas de los estereotipos en el trabajo, la promoción de la mujer y la conciliación de la vida familiar y laboral. Se han impartido diversos cursos de formación continua dirigidos específicamente al grupo de las mujeres y centrados en temas como las perspectivas de carrera, el estatus, la competencia, la confianza y el liderazgo. Los cursos que ofrece la administración pública son gratuitos y abiertos a todos los funcionarios del Estado.

En los últimos años, un grupo de trabajo interno de la administración pública de Liechtenstein se ha encargado de llevar a cabo diversas iniciativas relacionadas directamente con los problemas de la igualdad de género, como la reunión de datos sobre la situación de los empleados de la administración pública, la publicación de anuncios de empleo neutros en cuanto al género, la elaboración de directrices sobre lenguaje inclusivo en materia de género, las plazas a tiempo parcial, los puestos de trabajo y puestos directivos compartidos, y la conciliación de la vida familiar y laboral.

En abril y mayo de 2016 se llevaron a cabo sendos análisis de los medios de comunicación relativos al proyecto transnacional “Asunto: las Mujeres Deciden”, de una semana de duración cada uno, centrados en la presentación en los medios de personas que desempeñan una función de adopción de decisiones o de dirección en las esferas de la política, la administración, la educación, la ciencia, la cultura, los asuntos sociales, la enfermería y el cuidado, la salud, el deporte, la agricultura y la silvicultura, las empresas y las organizaciones económicas. La evaluación se realizó desde un punto de vista tanto cuantitativo como cualitativo. Del total de 122 hombres y mujeres que ocupaban cargos superiores, el 46% eran mujeres y el 54%, hombres. Las mujeres predominaban en los informes sobre la cultura, la educación y los asuntos sociales, mientras que los hombres lo hacían en los informes sobre las empresas y la política. Con respecto a los estereotipos de género, en el informe se señaló que los medios de comunicación utilizaban un estilo neutro y objetivo que no asignaba atributos específicos de género para las mujeres o los hombres. Deliberadamente, no se hacía ninguna distinción basada en la nacionalidad de las personas descritas, por lo que no se centraba la atención en las mujeres de origen migrante.

El acuerdo de coalición entre los dos partidos gobernantes de Liechtenstein y el programa del Gobierno para 2017‑2021 basado en dicho acuerdo contienen diversos objetivos orientados a corregir los estereotipos de género y promover la igualdad de facto entre las mujeres y los hombres. En el preámbulo del acuerdo de coalición se establece que los asociados de la coalición trabajarán para promover la igualdad de oportunidades de las mujeres y los hombres, así como la solidaridad con las personas desfavorecidas y la cooperación entre las generaciones. En particular, la promoción de la mujer en la política y en los cargos públicos debe ser objeto de especial atención en el marco de una política activa de igualdad de género. El programa de coalición también tiene por objeto optimizar las condiciones para conciliar la vida laboral y familiar y mejorar las posibilidades de elección entre los distintos modelos de familia.

Violencia contra la mujer

Se ruega que informen al Comité acerca de la legislación vigente en materia de prevención, prohibición y enjuiciamiento de todas las formas de violencia de género contra la mujer, y de los avances logrados en la ratificación del Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra las Mujeres y la Violencia Doméstica (Convenio de Estambul). Presenten datos actualizados sobre la violencia contra la mujer, desglosados por tipo de violencia y por relación del autor con la víctima, y sobre los enjuiciamientos y las condenas por los delitos de violencia doméstica y violación conyugal, que, según consta, siguen siendo frecuentes en el país. Sírvanse también proporcionar información sobre la consideración que se otorga a dicho tipo de violencia de género contra la mujer durante la tramitación de las solicitudes de asilo. Indiquen también los logros y los retos en la aplicación del plan de acción nacional en materia de violencia contra la mujer, además de las medidas adoptadas en la elaboración de un nuevo plan de acción (CAT/C/LIE/CO/4, párr. 20).

La legislación de Liechtenstein contiene prohibiciones amplias de la violencia específica contra las mujeres y las niñas y, de ese modo, cumple el objetivo de prevención y enjuiciamiento.

La ley de protección contra la violencia que entró en vigor en 2001, que prevé la expulsión preventiva del posible autor del delito por la policía y una prohibición de entrada en el domicilio compartido, constituye la base de la lucha contra la violencia doméstica.

En 2011 se ajustó la legislación relativa a los delitos sexuales con el objetivo de ampliar la protección jurídica sustantiva de las víctimas y las medidas prácticas adoptadas por el Gobierno para combatir la violencia contra los niños y las mujeres y la violencia doméstica a nivel jurídico. En particular, se amplió el alcance de los delitos penales que deben perseguirse ex officio. Estos delitos incluyen actualmente los casos de amenazas peligrosas contra familiares cercanos, el acoso criminal, la violación o la agresión sexual en los matrimonios y las uniones de hecho, y el matrimonio forzado. El enjuiciamiento ex officio garantiza que el enjuiciamiento ya no esté vinculado a ninguna condición limitativa relacionada con las diferentes formas de violencia doméstica.

Una segunda preocupación de la reforma de 2011 era fortalecer los derechos de las víctimas en el procedimiento penal. Se debe informar a las víctimas de delitos de sus derechos y, si lo solicitan, de la evolución de la causa y la puesta en libertad del acusado. Las víctimas de violencia física, psicológica o sexual cuyo sufrimiento emocional sea especialmente grave pueden hacer valer derechos especiales a un trato respetuoso. Además, las víctimas de delitos penales podrán personarse en el proceso penal como partes privadas con sus propios derechos. Estas modificaciones entraron en vigor el 31 de enero de 2012 (LGBl. 2012, núm. 26). Los motivos generales para apoyar a las víctimas de delitos penales siguen siendo la Ley de Protección de las Víctimas (Opferhilfegesetz, OHG; LGBl. 2007, núm. 228). Sobre la base de esta Ley, en 2008 se creó la Oficina de Protección de las Víctimas, que asesora a las víctimas de delitos y sus familiares y prevé la asistencia médica, psicológica, social, material y jurídica necesaria. Cuando no puede ofrecer apoyo, la Oficina proporciona información sobre otro tipo de asistencia disponible. Se ofrece asistencia inmediata y urgente las 24 horas del día y también apoyo a más largo plazo.

Asimismo, para respaldar la prevención y el enjuiciamiento de la violencia por razón de género, el 1 de junio de 2011 se incorporó de forma explícita la prohibición de la mutilación genital femenina en el Código Penal de Liechtenstein.

Durante 26 años, el Hogar de Mujeres de Liechtenstein ha ofrecido asesoramiento y alojamiento de emergencia a las mujeres y los niños afectados por la violencia doméstica. El Gobierno apoya a esta imprescindible organización en el marco de un acuerdo sobre los resultados con la suma de 320.000 francos suizos al año, que cubre una gran parte de los gastos del Hogar de Mujeres. Además, las mujeres afectadas por la violencia reciben asesoramiento y apoyo de la ONG “infra (Centro de Información y Contacto para las Mujeres)”.

También es importante la labor llevada a cabo con los autores de actos de violencia, en cuanto enfoque preventivo contra la violencia. La Asociación de Asistencia a la Libertad Condicional de Liechtenstein asesora a las personas sospechosas, condenadas, presas y exoneradas, así como a las partes lesionadas y las víctimas. Es un asociado importante en la prevención de la violencia, en especial mediante la labor llevada a cabo con los autores para abordar sus delitos y para lograr la reinserción social y la prevención de la reincidencia. El Estado financia íntegramente los servicios prestados por la Asociación en el marco de un acuerdo suscrito con el Gobierno.

Por otra parte, la Asociación para las Cuestiones de los Hombres aconseja, apoya y sensibiliza a los hombres que usan la violencia o tienen predisposición a usarla. La División de Servicios Psicológicos y Psiquiátricos de la Oficina de Servicios Sociales también interviene en los casos de violencia doméstica y ofrece asistencia a las víctimas y los autores.

El 24 de febrero de 2016, el Gobierno de Liechtenstein estableció un grupo de trabajo encargado de examinar la necesidad de adoptar medidas encaminadas a ratificar el Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra las Mujeres y la Violencia Doméstica (Convenio de Estambul). El examen llevado a cabo por el grupo de trabajo reveló que el sistema jurídico de Liechtenstein cumple en gran medida los requisitos del Convenio de Estambul. Por consiguiente, Liechtenstein firmó el Convenio el 10 de noviembre de 2016. De conformidad con la práctica del país, los acuerdos internacionales no se ratifican hasta que el derecho interno no sea conforme con sus exigencias. Para poder ratificar el Convenio, se están subsanando lagunas marginales relacionadas con la jurisdicción, las circunstancias agravantes y las disposiciones penales sobre el matrimonio forzado mediante la aprobación de algunas partes del Código Penal de Austria. Está previsto efectuar estos ajustes en 2018.

Dado que no existe ningún delito de violencia doméstica en el Código Penal de Liechtenstein, los casos de este tipo de violencia se basan en parte en los delitos de amenaza peligrosa (art. 107), coacción (art. 105), violación (art. 200) y lesiones corporales (art. 83). En 2016 la Policía Nacional intervino en 19 ocasiones en casos de violencia doméstica, que afectaron a 21 mujeres y 8 hombres y, en 2 casos, también a niños, niñas y adolescentes. En un caso se dictó una orden de expulsión, mientras que en los otros casos intervinieron los servicios de mediación policial o asesoramiento policial. En cada intervención se presentaron cargos. En los procedimientos posteriores se dictaron cuatro condenas por violencia doméstica.

Intervenciones de la Policía Nacional en casos de violencia doméstica desde 2001 (número)

Tipo de intervenciones de la Policía Nacional en casos de violencia doméstica desde 2007

El Hogar de Mujeres de Liechtenstein también reúne datos sobre las solicitudes de admisión que recibe y la forma en que se tramitan. Sin embargo, estas cifras solo ofrecen un panorama general de los casos en los que hubo mujeres que acudieron al centro, por lo que no constituyen un estudio estadístico representativo. En 2016 se admitió a 15 solicitantes en el Hogar de Mujeres (2015: 18; 2014: 17; 2013: 15; 2012: 19; 2011: 16; 2010: 16; 2009: 21), que incluían a mujeres residentes en Liechtenstein y en las zonas adyacentes de los países vecinos. En la gran mayoría de los casos, el delincuente fue el marido de la mujer afectada (2016: 80%; 2015: 67%; 2014: 70%; 2013: 87%; 2012: 90%; 2011: 75%; 2010: 81%; 2009: 80%). Los segundos autores más comunes son, por lo general, las parejas de hecho (2016: 13%; 2015: 0%; 2014: 12%; 2013: 0%; 2012: 5%; 2011: 6%; 2010: 13%; 2009: 0%) o los exmaridos o exparejas de hecho (2016: 0%; 2015: 22%; 2014: 6%; 2013: 0%; 2012: 0%; 2011: 13%; 2010: 0%; 2009: 10%).

Actualmente no existen estudios estadísticos completos en Liechtenstein que permitan mostrar la magnitud concreta de la violencia en el hogar. Sin embargo, las cifras disponibles no indican que las mujeres de Liechtenstein sean víctimas de violencia doméstica con más frecuencia que las mujeres de otros países.

Las razones de género como justificación del asilo figuran expresamente en los artículos 2 1) a) y 2 2) de la Ley de Asilo (Asylgesetz, AsylG; LGBl. 2012, núm. 29) entre los fundamentos para conceder la condición de refugiado. Liechtenstein es consciente de su responsabilidad a este respecto —especialmente en su calidad de miembro del espacio Schengen/Dublín— y presta a la violencia por razón de género la atención necesaria. Cuando existen indicios concretos de persecución por motivos de género o cuando la situación en el país de origen indica que se produce dicha persecución, la persona solicitante de asilo es sometida a una entrevista realizada por personas del mismo sexo, a menos que haya razones específicas para no hacerlo. La Oficina de Pasaportes e Inmigración ha capacitado y sensibilizado a los miembros del personal que se ocupan de los casos de violencia por razón de género, que trabajan en equipos compuestos exclusivamente por mujeres cuando surge el menor indicio de este tipo de violencia. Durante la entrevista de entrada, se ofrece a las solicitantes de asilo la oportunidad de exponer las razones que las han llevado a huir. Huelga decir que Liechtenstein también respeta el principio de no devolución en los casos de violencia de género, que se establece en el artículo 3 de la Ley de Asilo. Esto implica un examen de la situación en el país de origen, que, en última instancia, se tiene en cuenta en todas las decisiones de asilo. Además, se procura evitar las amenazas específicas de género a la hora de alojar a las mujeres solicitantes de asilo y los refugiados. La Asociación de Ayuda a los Refugiados de Liechtenstein aloja a las familias con niños y a las mujeres que viajan solas por separado de los hombres que viajan solos. El centro de asilo también tiene un pabellón separado para las mujeres.

Sobre la base del Plan de Acción Nacional contra la Violencia Doméstica, entre marzo de 2009 y julio de 2010 se ejecutó el proyecto transnacional “S.I.G.N.A.L.”, que tenía por objeto informar a los médicos, los asistentes familiares y el personal de enfermería acerca de los efectos de la violencia para la salud y señalar a la atención del público la carpeta informativa titulada “Señal contra la violencia doméstica. Directrices para la práctica de la medicina (S.I.G.N.A.L.)”. Esta carpeta contenía una amplia documentación de materiales dirigidos a capacitar al personal médico para reconocer, documentar y tratar de forma profesional la violencia doméstica y la violencia sexualizada. Incluía la guía sobre el tema “Violencia contra la mujer en el matrimonio y en la pareja de hecho: ¿cómo puedo ayudar?”, para familiares, parientes, amigos, conocidos, vecinos y compañeros de trabajo, así como tarjetas de emergencia, que proporcionan información sobre la violencia en el hogar y los números de teléfono de organizaciones de apoyo, como la policía, el Hogar de Mujeres y la Oficina de Protección de las Víctimas. Otra parte del proyecto fue la exposición “Detrás de la fachada” en Liechtenstein y el estado austríaco de Vorarlberg. La exposición se ocupó de temas como las causas sociales de la violencia doméstica, la dinámica de la violencia, las diferentes formas de violencia y los testigos de actos de violencia, y proporcionó información sobre la elaboración de la legislación pertinente, el proceso de búsqueda de ayuda y las posibilidades para obtener apoyo.

La evaluación del proyecto S.I.G.N.A.L. mostró resultados positivos en lo referente a la sensibilización de los médicos, el personal de enfermería y la población en general. Posteriormente, no se elaboró un nuevo plan de acción nacional. Sin embargo, a raíz de la experiencia adquirida en relación con el proyecto, las tarjetas de emergencia se tradujeron a ocho idiomas. Se reimprimen todos los años y se distribuyen en las prácticas médicas, los hospitales, las administraciones municipales y la administración pública. Junto con las tarjetas de emergencias, también se sigue distribuyendo la guía sobre el tema “Violencia contra la mujer en el matrimonio y en la pareja de hecho: ¿cómo puedo ayudar?”.

En colaboración con diversas ONG, el Gobierno también participa en la campaña internacional “16 Días de Activismo contra la Violencia de Género”, que tiene lugar cada año entre el 25 de noviembre (Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer) y el 10 de diciembre (Día de los Derechos Humanos). El objetivo de la campaña es sensibilizar a la población sobre la cuestión de la violencia contra la mujer, dar mayor publicidad a las oficinas de asesoramiento y promover soluciones pacíficas de los conflictos.

La Dependencia de Igualdad de Oportunidades de la Oficina de Servicios Sociales ha llevado a cabo durante muchos años la campaña de sensibilización “Violencia: ¡Ni hablar!”(Gewalt kommt nicht in die Tüte) en colaboración con el Hogar de Mujeres. Como parte de la campaña, con motivo del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres y las Niñas se distribuyen en las panaderías de Liechtenstein unas 33.000 bolsas de pan etiquetadas con el lema “Violencia: ¡Ni hablar!”. Con una población residente de 37.877 habitantes, el número de bolsas de pan distribuidas contribuye a lograr que la campaña tanga un amplio alcance. Gracias a que la campaña de bolsas de pan fue inaugurada oficialmente por el Ministro de Asuntos Sociales en presencia de los medios de comunicación, se le da más importancia y atención social.

Asimismo, la Dependencia de Igualdad de Oportunidades de la Oficina de Servicios Sociales, la Oficina de Protección de las Víctimas y la Oficina de Pasaportes e Inmigración participan en las reuniones del Grupo de Trabajo de Organizaciones No Gubernamentales sobre la Violencia Doméstica, en el que están representadas las organizaciones Hogar de Mujeres e “infra (Centro de Información y Contacto para las Mujeres)”. En el año 2018, el Grupo de Trabajo de Organizaciones No Gubernamentales está planificando una campaña de sensibilización sobre los efectos negativos de la violencia doméstica, en la que participará la Dependencia de Igualdad de Oportunidades.

Trata de personas y explotación de la prostitución

Sírvanse proporcionar información sobre el resultado de los debates suscitados con ocasión de la Mesa Redonda sobre la Trata de Personas celebrada en 2006 (véase CEDAW/C/LIE/Q/4/Add.1, párr. 28). Asimismo, sírvanse informar sobre los mecanismos establecidos para la identificación de las víctimas de la trata, así como sobre los mecanismos de remisión. Informen también sobre las medidas adoptadas para procurar que las solicitudes de asilo se tramiten de manera que se tengan presentes las cuestiones de género y la edad de los solicitantes, a fin de responder a las necesidades de protección específicas de las mujeres y las niñas víctimas de la trata, y garantizar que se concedan a todas las víctimas de la trata permisos de residencia temporales, protección y apoyo (párr. 27).

La Mesa Redonda sobre la Trata de Personas, que está integrada por miembros de la policía, la Oficina de Pasaportes e Inmigración, la Oficina de Asuntos Económicos, la Fiscalía, la Oficina de Relaciones Exteriores y la Oficina de Protección de las Víctimas, vigila de cerca la evolución en la esfera de la trata de personas y, en caso necesario, adopta medidas para prevenir y combatir ese delito. En 2017 la Mesa Redonda examinó las Directrices para Luchar contra la Trata de Personas, que se publicaron por primera vez en 2007 y definen las responsabilidades y los procedimientos para los casos de trata de personas. En septiembre de 2017 el Gobierno aprobó las Directrices revisadas. La Mesa Redonda también ha elaborado un procedimiento para detectar a niños mendigos y responder a ese problema; este procedimiento se ha anunciado en las oficinas gubernamentales competentes a fin de garantizar un trato adecuado y ayudar a aclarar si estos menores son víctimas de la trata de personas. La Mesa Redonda también examina los acontecimientos internacionales, como las obligaciones derivadas de la ratificación del Convenio del Consejo de Europa sobre la Lucha contra la Trata de Seres Humanos y el compromiso de Liechtenstein de luchar contra las corrientes financieras ilícitas en relación con la trata de personas.

Liechtenstein es un Estado parte en la Convención contra la Delincuencia Organizada Transnacional (LGBl. 2008, núm. 72), su Protocolo contra el Tráfico Ilícito de Migrantes (LGBl. 2008, núm. 73) y su Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños (LGBl. 2008, núm. 74). Desde mayo de 2016 Liechtenstein también es parte en el Convenio del Consejo de Europa sobre la Lucha contra la Trata de Seres Humanos. La definición de la trata de personas en el Código Penal (art. 104a) es conforme con la del Protocolo y el Convenio del Consejo de Europa.

Hasta la fecha solo se han descubierto en Liechtenstein unos pocos casos de trata de personas. Se consideró que las bailarinas de terceros países que trabajaban en los clubes nocturnos a las que se habían concedido permisos de residencia a corto plazo hasta febrero de 2016 constituían un grupo especialmente vulnerable. El proyecto de prevención “Magdalena”, puesto en marcha en 2009, se suspendió en febrero de 2016, ya que esos permisos de residencia a corto plazo han dejado de expedirse. En el marco de este proyecto, se exigía a las bailarinas de terceros países empleadas en Liechtenstein que participaran en actividades de información en las que los representantes de las autoridades y la Oficina de Protección de las Víctimas las informaban sobre la legislación sobre el trabajo, la seguridad social, los impuestos, la inmigración y la asistencia a las víctimas, así como sobre las inspecciones y la trata de personas. También se repartía entre las bailarinas un folleto informativo con direcciones de contacto útiles. Las actividades mensuales estaban destinadas a prevenir posibles condiciones de explotación en los clubes nocturnos y a proporcionar a las posibles víctimas de la trata acceso a servicios de apoyo y asesoramiento. Se informaba a los empleadores sobre el contenido y la naturaleza obligatoria de las actividades. Entre 2009 y 2016, participaron en las actividades de información 836 personas. El proyecto arrojó resultados muy positivos. Las mujeres participantes tuvieron la oportunidad de formular preguntas y plantear sus problemas específicos.

Desde febrero de 2016 no se han organizado actividades de información, porque el empleo de las bailarinas procedentes de países del Espacio Económico Europeo (EEE) no puede depender de la asistencia a tales actos. Sin embargo, la Mesa Redonda sobre la Trata de Personas ha reunido la información principal sobre los derechos y las obligaciones, así como sobre los contactos de las autoridades públicas, en un folleto que se distribuye a las bailarinas. El folleto está disponible en cuatro idiomas. Además, desde que se suspendieron las actividades de información, la Policía Nacional y la Oficina de Pasaportes e Inmigración han aumentado el número de controles, en los cuales examinan la situación en materia de residencia, las condiciones de empleo, los sueldos y el alojamiento de las bailarinas. La Mesa Redonda sobre la Trata de Personas sigue observando los acontecimientos en esta esfera y tomará otras medidas según sea necesario.

Durante el período examinado en el informe no se registraron en Liechtenstein solicitudes de asilo de niñas o mujeres que suscitaran preocupación por ser víctimas de trata de personas. Como se ha explicado en la respuesta a la pregunta 7, se pueden aducir razones específicas de género como justificación del asilo entre los fundamentos para conceder la condición de refugiado con arreglo a la Ley de Asilo de Liechtenstein (arts. 2 1) a) y 2 2)). De las niñas y las mujeres afectadas en casos presuntos se ocupan empleadas de la Oficina de Pasaportes e Inmigración que han recibido capacitación especial. Por último, el artículo 9 de la Ordenanza sobre el Asilo (Asylverordnung, AsylV; LGBl. 2012, núm. 153) contiene disposiciones especiales de procedimiento para los menores de edad. En los casos que involucran a menores no acompañados o, si es necesario, en los casos que afectan a menores acompañados, se acude a la División de Menores y Juventud de la Oficina de Servicios Sociales. Los menores no acompañados también reciben la ayuda de un confidente y asistencia jurídica. El alojamiento y la atención se organizan según las necesidades (por ejemplo, comunidades de vida para los niños y los jóvenes). Las personas que entrevistan a los menores de edad solicitantes de asilo deben tener en cuenta las necesidades particulares debidas a su condición de menores. A tal efecto, la Oficina de Pasaportes e Inmigración puede consultar a un psicólogo de la Oficina de Servicios Sociales.

Proporcionen información actualizada sobre el alcance de la prostitución en el Estado parte, en especial datos desglosados por sexo, edad y nacionalidad. Faciliten información actualizada sobre el marco jurídico y normativo aplicable en materia de prostitución y explotación sexual en su territorio y por sus ciudadanos fuera del territorio nacional. Asimismo, sírvanse informar de las actividades llevadas a cabo con el fin de proteger y apoyar a las mujeres que ejercen la prostitución y proporcionen datos sobre el apoyo prestado por el grupo interdisciplinario de expertos en la lucha contra el abuso sexual a niños y jóvenes. Además, faciliten información sobre los planes de acción y otras medidas adoptadas para evitar la explotación de mujeres y niñas mediante la prostitución y la pornografía. Sírvanse indicar también si existen iniciativas de apoyo a las mujeres que deseen dejar la prostitución, en particular medidas que les garanticen su acceso a medios de vida alternativos.

Durante el período a que se refiere el informe, entre 2009 y 2017 la Policía Nacional llevó a cabo un total de siete procedimientos de investigación en presuntos casos de prostitución (arts. 210, 215a, 216 y 217 del Código Penal). Se han suspendido tres procedimientos y cuatro siguen pendientes. Los siguientes datos corresponden a las personas interesadas en relación con las investigaciones:

Número de personas

Género

Edad

Nacionalidad

1

Mujer

37

Tailandia

3

Hombres (transexuales)

29/30/34

Tailandia

1

Mujer

18

Suiza

1

Mujer

Desconocida

Alemania

3

Mujeres

25/28/31

Rep. Dominicana

1

Mujer

27

Ucrania

3

Mujeres

21/22/34

Rumania

1

Mujer

54

Brasil

De conformidad con los artículos 210, 215, 216 y 217 del Código Penal, el proxenetismo, la trata transfronteriza con fines de prostitución, la oferta de prostitución y la inducción a la prostitución están prohibidos por ley en Liechtenstein so pena de sanciones pecuniarias y de prisión. En virtud del artículo 106 del Código Penal, una persona que obligue a otra a ejercer la prostitución será responsable de un delito de coacción con circunstancias agravantes. A tenor del artículo 215a del Código Penal, los menores gozan de protección especial. Constituyen delito penal el hecho de reclutar a un menor de edad para que practique la prostitución o participe en actuaciones pornográficas, así como el hecho de ofrecer o disponer para tal fin a un menor o un tercero, aun cuando esa persona ya se dedique a la prostitución. También es punible explotar a un menor de edad que ejerza la prostitución o participe en actuaciones pornográficas con el fin de obtener un beneficio pecuniario en provecho propio o de un tercero. Toda persona que cometa este acto contra un menor de edad será castigada con una pena de prisión de seis meses a cinco años.

Asimismo, el Código Penal protege contra la explotación sexual mediante la prohibición de la violación (art. 200), la agresión sexual (art. 201), el acoso sexual de los menores de edad (art. 203 2)), el abuso sexual de personas indefensas o con discapacidad mental (art. 204), el abuso sexual con circunstancias agravantes de menores de edad (art. 205), el abuso sexual de menores de edad (art. 206), la corrupción de menores de edad o adolescentes (art. 207), el abuso sexual de menores de edad (art. 208), la iniciación de contactos sexuales con menores de edad (art. 209), la influencia inmoral en menores de edad (art. 209a), el abuso de una relación de autoridad (art. 212 1)) y la disposición de contactos sexuales con menores de edad a cambio de una contraprestación valiosa (art. 214).

Aparte de los delitos de oferta de prostitución, inducción a la prostitución y proxenetismo (arts. 210, 215 y 216), el derecho penal de Liechtenstein se aplica a los delitos enumerados independientemente del derecho penal del lugar en que se haya cometido el acto, aun cuando haya sido en el extranjero, si el autor o la víctima son ciudadanos de Liechtenstein o tienen su lugar de residencia o su residencia habitual en Liechtenstein, si el acto ha violado otros intereses de Liechtenstein o si, en el momento en que se cometió el acto, el autor era un ciudadano extranjero que se encuentra en Liechtenstein y no puede ser extraditado.

Liechtenstein ratificó el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía en 2013 y el Protocolo Facultativo relativo al correspondiente procedimiento de comunicaciones en 2017. Además, el Convenio del Consejo de Europa para la Protección de los Niños contra la Explotación y el Abuso Sexual entró en vigor en Liechtenstein el 1 de enero de 2016. Este Convenio obliga a los Estados Miembros a tipificar los delitos relacionados con la prostitución infantil y una amplia gama de delitos que pueden constituir explotación y abusos sexuales de niños. A fin de llevar a la práctica el acuerdo, se amplió la jurisdicción penal de Liechtenstein a determinados delitos cometidos en el extranjero.

El Gobierno creó el Grupo de Expertos contra el Abuso Sexual de Niños y Jóvenes con el fin de ofrecer un modelo adecuado para la tramitación profesional de (presuntos) casos de abuso sexual que afecten a niños y jóvenes en Liechtenstein. El Grupo de Expertos es un órgano asesor de múltiples profesionales dirigido a las instituciones y los particulares afectados por el abuso sexual, y sirve de punto de contacto para las personas perjudicadas. En el marco del modelo de preparación individual que el Gobierno ha encomendado al Grupo de Expertos, este se encarga de elaborar un enfoque adecuado para casos concretos con la colaboración tanto de especialistas (como terapeutas, médicos y psicólogos escolares, entre otros) como de las propias personas afectadas o sus familiares. Además, el Grupo de Expertos se encarga de llevar a cabo actividades de divulgación pública, definir conceptos concretos para la adopción de medidas, establecer normas, poner en marcha proyectos de prevención, organizar terapias e impartir formación específica.

Entre 2009 y 2017 el Grupo de Expertos se ocupó de 79 presuntos casos en total. Se habla de “presuntos casos”, dado que las personas que tengan cualquier tipo de sospechas de abuso sexual —sin importar lo imprecisas que estas sean— pueden acudir al Grupo de Expertos y recibir asesoramiento. Por lo general, recurren a este principalmente los familiares, los educadores y los especialistas, y no los niños o los jóvenes directamente afectados. Como muestran las cifras, un solo caso puede afectar a varios niños y jóvenes. El 60% de las víctimas son mujeres y el 30%, hombres. La edad de los niños y jóvenes afectados va desde niños menores de 1 año hasta la edad adulta. En dos casos presuntos, se proporcionó asesoramiento a personas mayores de edad, lo que supuso una situación excepcional debida a circunstancias especiales.

En los años 2009 a 2017, se reunieron los siguientes datos con respecto a los casos presuntos y la identidad de las víctimas:

Año

Casos presuntos

Número total de víctimas

Mujeres víctimas

Hombres víctimas

Grupo de edad de las víctimas

2009

13

13

12

1

7 a 19

2010

5

5

4

1

6 a 17

2011

12

14

5

9

0 a 14

2012

14

14

11

3

3 a 16

2013

6

6

2

4

4 a 14

2014

6

7

7

0

4 a 15

2015

6

8

4

4

2 a 14

2016

11

17

7

10

3 a 15

2017

6

7

3

4

5 ‑20

Total

79

91

55

36

60%

40%

Como se ha mencionado en la respuesta a la pregunta 8, se están adoptando medidas concretas para ayudar a las mujeres que son particularmente vulnerables al riesgo de convertirse en víctimas de la trata o la prostitución. Tras la suspensión del proyecto “Magdalena”, la Mesa Redonda sobre la Trata de Personas elaboró un folleto informativo para bailarinas y disyoqueis extranjeros, y vigila de cerca los acontecimientos en esta esfera a fin de determinar si es necesario adoptar iniciativas y elaborar medidas adecuadas de manera oportuna.

La Oficina de Servicios Sociales ofrece ayuda concreta y apoyo a todas las personas en peligro, incluidas las mujeres que desean abandonar la prostitución. Las mujeres reciben asesoramiento sobre asuntos personales, sociales y financieros, así como información sobre el seguro social, la colocación en proyectos de trabajo, las ayudas para encontrar alojamiento y el apoyo financiero.

Participación en la vida política y pública

Sírvanse facilitar datos actualizados, desglosados por sexo, sobre la situación de la mujer en la vida política y pública. Proporcionen también información sobre si han determinado los motivos de la falta de interés mostrada a la base de datos del registro de mujeres, lo que supuso su disolución, así como sobre los resultados del estudio relativo a la falta de candidaturas a las elecciones municipales de 2011. Sírvanse explicar en detalle las medidas aprobadas, entre otras, el establecimiento de cuotas, a fin de aumentar el número de mujeres presentes en órganos constituidos por elección o por nombramiento, en particular en puestos de toma de decisiones tanto en el sector público (órganos legislativos y ejecutivos, judicatura, servicio diplomático y altos cargos en el Gobierno e instituciones académicas), como en el sector privado, en los planos nacional, regional y local, en consonancia con la meta 5.5 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Asimismo, faciliten información sobre los mecanismos disponibles para el seguimiento de la repercusión de dichas medidas. Sírvanse indicar igualmente si se realizan campañas de sensibilización sobre la importancia que reviste la participación de la mujer en la toma de decisiones para la sociedad en su conjunto y para su necesario empoderamiento.

En la legislatura actual (2017‑2021) —y en las dos legislaturas anteriores (2009‑2013 y 2013‑2017)—, el número de mujeres que ocupan el cargo de ministras en el Gobierno de cinco miembros es dos (40%). Desde 2005 habían sido mujeres entre el 20% y el 24% de los diputados del Parlamento de Liechtenstein. Por desgracia, en las elecciones parlamentarias del 5 de febrero de 2017 la representación de la mujer disminuyó considerablemente. Al Parlamento, de 25 diputados, fueron elegidas 3 mujeres, lo que representa una proporción del 12%. En muchas partes de la sociedad de Liechtenstein, ese resultado causó incomprensión, lo que dio lugar a los debates que están teniendo lugar actualmente para examinar las razones y adoptar un enfoque decidido y posibles medidas. En la legislatura actual (2015‑2019), 1 de los 11 municipios está dirigido por una alcaldesa. A nivel de los concejos municipales, las mujeres representan el 17% de los miembros en la legislatura actual (2015‑2019).

En 1999 se creó la base de datos del registro de mujeres, a través de la cual las mujeres residentes en Liechtenstein, esto es, tanto las nacionales como las que carecían de la ciudadanía, se ofrecían para integrar comisiones y grupos de trabajo. La iniciativa se basaba en el supuesto de que la participación en esas instituciones supone una preparación y punto de partida adecuados para trabajar en órganos políticos como los concejos municipales o el Parlamento de Liechtenstein. En la base de datos se registraron unas 60 mujeres de una amplia variedad de entornos profesionales y sociales. Sin embargo, la base de datos cosechó poco éxito debido a que la afiliación a un partido político era importante para que a una persona le pidieran que integrase una comisión o un grupo de trabajo o desempeñase cualquier otro mandato político. A la disolución de la base de datos del registro de mujeres, en junio de 2010, contribuyó, no solo el requisito de la afiliación a un partido, sino también el interés cada vez menor mostrado por las mujeres.

El estudio de 2011 encargado por la Comisión sobre la Igualdad entre los Géneros, entonces vigente, acerca de la falta de candidaturas a las elecciones municipales de 2011 examinó las razones que habían llevado a los encuestados a no presentarse a las elecciones. El estudio aportó indicios sobre los factores que son determinantes para incitar a un mayor número de mujeres a presentarse a las elecciones en el futuro. Entre los hombres había principalmente cuatro razones por las que se abstuvieron de presentarse como candidatos a un concejo municipal: una carga profesional ya considerable, unos plazos desfavorables, una colaboración importante con una asociación o con otros proyectos y el disgusto por el predominio de la política del poder sobre la elaboración de políticas sustantivas. Las razones aducidas por las mujeres para explicar su decisión de no presentarse a las elecciones diferían notablemente de las de los hombres en algunos casos. Se mencionaron especialmente el disgusto por el predominio de la política del poder sobre la elaboración de políticas sustantivas, la aversión a la experiencia de la campaña electoral, las cargas familiares, una carga profesional ya considerable, la falta de necesidad de ser centro de atención pública o de ocupar un cargo político, el deseo de trabajar en asociaciones o proyectos concretos, y unos plazos desfavorables.

A las personas que decidieron no presentarse a las elecciones se les pidió que hicieran sugerencias sobre el modo en que los partidos podían mejorar la búsqueda de candidatos. Tanto las mujeres como los hombres estuvieron a favor de una mayor cooperación entre los partidos y de la adopción de nuevos enfoques, como la búsqueda de candidatos mediante la publicidad, el establecimiento de cupos o el cuidado de los niños durante las reuniones de los concejos municipales. El estudio concluye con la frase siguiente, que puede entenderse como un llamamiento a los partidos de Liechtenstein: “Puesto que la contratación, en especial de mujeres, para el trabajo municipal plantea a los partidos grandes dificultades, sería conveniente transmitir mensajes que promuevan la formulación de políticas constructivas y sustantivas, así como mensajes de renovación y buena voluntad”.

El aumento de la representación de las mujeres en los órganos políticos y en los puestos de dirección y toma de decisiones ocupa un lugar central en el plan de acción para 2017‑2018 de la Dependencia de Igualdad de Oportunidades de la Oficina de Servicios Sociales. Entre sus medidas cabe mencionar el 15° curso sobre política dirigido a las mujeres, impartido en febrero de 2018, cuyo contenido se presenta en la respuesta a la pregunta 5. Durante muchos años también se han celebrado, dos veces al año, rondas de debates públicos con diputadas sobre cuestiones de actualidad. Debido a que durante la legislatura actual de 2017 a 2021 solo hay tres mujeres que prestan servicio en el Parlamento, este año se modificará la ronda de debates abiertos que lleva por título “Sin las mujeres no se puede hacer un Estado”. En 2018, por primera vez, adoptará la forma de ronda de debates abiertos moderados con los presidentes de los partidos políticos en la primera parte y de ronda de debates con los diputados al Parlamento en la segunda parte. Ambas partes estarán precedidas por breves presentaciones. Al hacer partícipes a los presidentes de los partidos y los diputados varones del Parlamento, las cuestiones relacionadas con la difícil búsqueda de candidatas y las pocas posibilidades de elección de las mujeres se debatirán incluyendo una perspectiva masculina.

Además, se llevan a cabo diversos proyectos de ONG con el apoyo de la Dependencia de Igualdad de Oportunidades o en cooperación con las propias ONG con el fin de promover la representación política activa de las mujeres.

En este contexto cabe señalar el proyecto transnacional general denominado “Asunto: las Mujeres Deciden”, que tuvo lugar entre agosto de 2015 y noviembre de 2017. Se ha presentado este proyecto en las respuestas a las preguntas 6 y 13. Su objetivo era promover activamente la representación de las mujeres en puestos de dirección y toma de decisiones. El proyecto incluyó cursos de corta duración titulados “Preparación para la política”, talleres sobre los medios sociales y tutoriales para periodistas, un simposio transnacional y un Parlamento de niñas y mujeres jóvenes de edades comprendidas entre los 14 y 16 años. A finales de 2016, también se presentaron al público dos estudios que recogían los datos de encuestas sobre la proporción de mujeres en la cobertura informativa y en los puestos de dirección.

Actualmente se está evaluando el proyecto “Asunto: las Mujeres Deciden” en cuanto a sus efectos concretos. La Dependencia de Igualdad de Oportunidades evalúa los principales proyectos que lleva a cabo en lo que respecta a su capacidad para llegar al grupo destinatario, las relaciones públicas y los fondos utilizados. De este modo se puede determinar la repercusión de las medidas adoptadas y respaldadas.

En 2018, en el marco de una campaña de sensibilización dirigida a dar visibilidad a las mujeres y sus logros políticos, la Dependencia de Igualdad de Oportunidades está planificando una serie de retratos en los medios de comunicación dedicados a mujeres que han estado o están activas en la vida política, con el fin de examinar sus experiencias políticas. La serie de retratos reviste especial importancia teniendo en cuenta las elecciones a los concejos municipales que tendrán lugar en 2019, a fin de ilustrar la participación política de la mujer en la esfera pública.

Educación

Facilítese información actualizada sobre las iniciativas emprendidas con vistas a diversificar las opciones académicas y profesionales de niñas y niños, así como para alentar a mujeres y niñas a decantarse por ámbitos educativos no tradicionales, como la ciencia, la tecnología, en particular la tecnología digital, la ingeniería y la medicina, y por sus respectivas carreras (párr. 31). Sírvanse también informar sobre las medidas adoptadas para garantizar que los docentes de todos los niveles reciban formación continua sobre la manera en que su comportamiento contribuye a la fijación de estereotipos de género. Sírvanse también proporcionar información sobre los incentivos utilizados para garantizar la representación de la mujer en puestos directivos de escuelas superiores y universidades, en calidad de docentes y catedráticas, así como en el Ministerio de Educación y en las inspecciones escolares (párr. 33).

Se sensibiliza a los niños y los jóvenes de Liechtenstein a una edad temprana para que no elijan sus estudios y su carrera en función de su identidad de género ni de los estereotipos conexos, sino para que sus decisiones se guíen por sus preferencias, intereses y capacidades.

El proyecto “Asunto: Modelos de Comportamiento”, ejecutado en el período 2012‑2014, tenía por objetivo ampliar el espectro de las funciones que desempeñan las mujeres y los hombres en la vida laboral y familiar, contrarrestar las funciones estereotipadas y alentar a los jóvenes, las mujeres y los hombres a emprender caminos nuevos e inusuales. La ejecución del proyecto incluyó, entre otras cosas, un estudio transnacional de los adolescentes y los adultos jóvenes sobre su conducta en lo referente a las funciones, una campaña de divulgación pública transfronteriza con carteles, hojas publicitarias y anuncios, una exposición itinerante interactiva (“Funciones: recorrido”) y una serie de conferencias (“Funciones: charlas”) para multiplicadores. Liechtenstein financió el proyecto en colaboración con el estado austríaco de Vorarlberg y el cantón suizo de Graubünden.

En agosto de 2017 se inauguró en Liechtenstein el laboratorio de experimentación pepperMINT con el objetivo de inspirar a las niñas y los niños a fin de que se sientan motivados para elegir carreras científicas y técnicas. El laboratorio pepperMINT tiene por objeto despertar, desde el nivel de los jardines de infancia, un mayor interés en las asignaturas de ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas (CTIM o, en alemán, asignaturas MINT). La participación de las clases de los centros escolares es voluntaria y gratuita.

Desde 2012 se ha celebrado anualmente el “Día Nacional sobre el Futuro: Cambio de Bando entre Niñas y Niños”; para obtener información adicional, véase la respuesta a la pregunta 6.

Otra medida importante para determinar las tendencias estereotipadas o específicas de género en la educación de los niños y los jóvenes y para darles respuesta es la vigilancia en el ámbito de la educación (véanse las estadísticas de educación y las estadísticas de las escuelas en la publicación: Encuestas sobre el rendimiento escolar en Liechtenstein 2000‑2014). Si se examinan las estadísticas de educación actuales, se observa, por ejemplo, que hay una proporción creciente de niños varones en la Oberschule. Las diferencias entre los géneros también son considerables en el ámbito de la educación especial, donde la proporción de niños es muy superior a la de niñas. Es preciso vigilar y analizar más detenidamente esta evolución. Otro indicador importante sobre los centros de enseñanza obligatoria es el examen estándar anual. Se analizan las diferencias de rendimiento entre los sexos y se adoptan medidas adecuadas en caso necesario.

Asimismo, en lo referente a la elección de la carrera profesional, existen diversas ofertas que ayudan a las jóvenes a elegir una carrera sin basarse en los estereotipos de género. Los docentes del nivel enseñanza secundaria elemental preparan a los jóvenes para la elección de su carrera en clases impartidas a este efecto. En julio de 2010 se puso en marcha el proyecto “Reforma del Noveno Año Escolar”. El objetivo del proyecto es optimizar la transición de la enseñanza obligatoria a los siguientes niveles de enseñanza. Entre otras, se incluyen medidas como la celebración de deliberaciones sobre el examen de la situación al final del octavo año escolar, la reorientación del noveno año escolar hacia un apoyo más individualizado y el fortalecimiento de la cooperación entre la escuela, los padres y los servicios de asesoramiento profesional. La revisión de la Ley de Educación establece que las deliberaciones sobre el examen amplio de la situación entre los docentes y los estudiantes deben tener lugar en el octavo año escolar con la participación de los padres. Las oportunidades de recibir, a partir de estas deliberaciones, apoyo individual en forma de lecciones sobre la realización de proyectos y de servicios de asesoramiento a cargo de la Oficina de Formación Profesional y Asesoramiento en Posibilidades de Carrera en el noveno año constituyen un instrumento importante para determinar la trayectoria escolar y la elección de carrera. Este proceso también incluye una autoevaluación de los estudiantes y, de esa manera, contribuye a aportar una mayor conciencia a la hora de elegir la carrera. En las deliberaciones con los estudiantes y los padres, los docentes tienen la oportunidad de señalar la importancia de los estereotipos, las pautas de la toma de decisiones basadas en el género y los itinerarios educativos alternativos.

Por otra parte, existen diversas ofertas de apoyo para las mujeres jóvenes con el fin de ayudarlas a elegir una carrera específica. La plataforma en línea “Next Step” presenta todas las ofertas de empleo disponibles en Liechtenstein en un único sitio web. Además, los organizadores de “Next Step” organizan jornadas profesionales y educativas anuales para los estudiantes de nivel secundario, durante las cuales las empresas de aprendices, los programas de transición, los centros de orientación profesional y las escuelas de formación profesional superior hacen sus presentaciones. “Berufscheck.li”, un proyecto conjunto de la Cámara Económica y la Cámara de Comercio e Industria de Liechtenstein, también tiene el propósito de presentar a los jóvenes la amplia gama de posibles oportunidades de formación profesional. Se organiza una semana de formación profesional, durante la cual los estudiantes del octavo año escolar adquieren mayores conocimientos sobre diversas carreras. En el transcurso de esa semana se ofrece a los jóvenes y los padres información y actividades sobre la elección de la carrera profesional y la búsqueda de programas de aprendizaje.

Liechtenstein no tiene su propia escuela de formación de docentes. La formación del personal docente de Liechtenstein tiene lugar principalmente en Suiza. Todas las escuelas superiores de este tipo de formación en Suiza se basan en el Plan de Estudios 21, que abarca temas como la diversidad social en los papeles asignados a cada género y las relaciones, así como distintos modelos de familia, ya en el primer ciclo (jardín de infancia). Un principio importante del plan de estudios es tomar nota de las diferencias sin juzgarlas. En los materiales didácticos previstos en el Plan de Estudios 21 también se tratan los temas del género y la diversidad. Las diferencias discriminatorias en la enseñanza de las escuelas públicas se suprimieron hace mucho tiempo. Por ejemplo, ya no existen clases separadas para la costura y la artesanía.

El actual programa de estudios de Liechtenstein consagra la promoción de una actitud tolerante y una mentalidad abierta hacia el mundo, que se considera un objetivo importante. No se tolera ningún tipo de discriminación. Las cuestiones de género se integran en el grupo temático “Personas y Medio Ambiente” (subgrupo “Religión y Cultura” o “Preparación para la Vida”) y se debaten en las aulas desde el nivel del jardín de infancia en adelante. En su formación, a los docentes se les sensibiliza de manera particular sobre el uso de un lenguaje no sexista.

En la selección de los materiales didácticos también se procura de manera especial realizar una presentación con perspectiva de género. Uno de los criterios de evaluación para el logro de “buenos materiales didácticos” es la comunicación equilibrada del contenido con respecto al género. Además, hay materiales didácticos que se ocupan directamente de las cuestiones de género (por ejemplo, “¡eres igual de bueno!”(mach es gleich!), una cartera de aprendizaje sobre cuestiones de género para los alumnos de 12 años o más).

Liechtenstein participa en la Universidad Internacional del Lago Constanza IBH, cuyo Grupo de Trabajo sobre Género y Diversidad está elaborando recomendaciones para un desarrollo universitario que tenga en cuenta las cuestiones de género y la diversidad. El Grupo de Trabajo proporciona un grupo de expertos encargados de transferir conocimientos, fomentar el intercambio de éxitos y proyectos y poner en práctica las recomendaciones relacionadas con un desarrollo universitario de esas características. También organiza actividades especializadas en este ámbito.

Entre los criterios de acreditación para las instituciones de enseñanza superior de Liechtenstein contemplados en la Ordenanza sobre la Enseñanza Superior (Verordnung über das Hochschulwesen, HSV; LGBl. 2011, núm. 337), se comprueba si la institución ha creado una comisión sobre la igualdad de género o permite acceder a una comisión de ese tipo y si se cumple dicha igualdad dentro de la institución.

La Universidad de Liechtenstein también tiene su propia Comisión de Género y Diversidad y participa en varios proyectos en el marco de programas de educación e investigación de la Unión Europea (UE) que prestan especial atención a la igualdad de género en ámbitos educativos y profesionales como la informática, la tecnología y el emprendimiento digital. Recientemente, la Universidad también encargó la realización de un estudio sobre la juventud, una parte del cual examina la comprensión de las funciones de los jóvenes desde el punto de vista del género.

Empleo y seguridad social

Se indica que el salario medio que perciben las mujeres es aproximadamente un 17% inferior al salario masculino. Según algunas informaciones, la brecha salarial es aún mayor en el sector privado. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para reducir la brecha salarial y para velar por el cumplimiento del principio de igual salario por trabajo igual en el sector privado.

El Gobierno de Liechtenstein apoya diversos proyectos y medidas tendentes a eliminar las desigualdades salariales injustificadas entre las mujeres y los hombres. Los estudios salariales llevados a cabo por encargo de la antigua Dependencia de Igualdad de Oportunidades sobre la igualdad de salarios en la administración pública en 2007 y 2012 llegaron a la conclusión de que no hay discriminación salarial en dicha administración. En concreto, esto significa que se paga el mismo sueldo por el mismo perfil del empleo. Sin embargo, hay menos mujeres que hombres empleadas en cargos profesionales superiores en la administración pública, y el 54% de las mujeres trabajan a tiempo parcial, frente a solo el 10% de los hombres. Por consiguiente, una de las tareas principales es lograr que las mujeres ocupen cargos profesionales superiores.

En 2014 el proyecto “Respeto Salarial” de la Asociación de Empleados de Liechtenstein (Liechtensteiner ArbeitnehmerInnenverband, LANV) fue galardonado en el contexto del Premio a la Igualdad de Oportunidades, que el Gobierno concede desde hace más de 15 años. El premio está dotado con 15.000 francos suizos y se otorga a proyectos que contribuyen a lograr una mayor igualdad de oportunidades en los ámbitos de la igualdad de género, la discapacidad, la desventaja social, la edad, la migración, la integración y la orientación sexual. El Gobierno de Liechtenstein también respalda la celebración del Día de la Igualdad Salarial, celebrado cada año desde 2009, que tiene por objeto sensibilizar sobre la discriminación salarial contra la mujer. En cooperación con Suiza, se organizó la “Camioneta de los Salarios”, exposición itinerante que llegó a Vaduz en 2015. En esta ocasión, se celebraron numerosos actos, con breves sesiones de asesoramiento para mujeres jóvenes, un seminario sobre las negociaciones salariales y una ronda de debates con diputadas del Parlamento. En las sesiones de asesoramiento, la Oficina de Formación Profesional y Asesoramiento en Posibilidades de Carrera también prepara a las mujeres para las negociaciones salariales. Se simulan este tipo de negociaciones de manera individualizada.

Estas actividades están teniendo efectos: la diferencia entre el salario medio mensual de las mujeres y los hombres ha disminuido de manera constante en los últimos diez años. Según la publicación más reciente de las estadísticas salariales, en 2014 la diferencia salarial entre mujeres y hombres era del 16,5%, frente al 20% en 2006. En el grupo de empleados más jóvenes (de 20 a 24 años), la diferencia salarial entre mujeres y hombres —que ya era pequeña— disminuyó aún más en 2014: del 3,4% en 2012 al 1,4% en 2014.

Faciliten información sobre las iniciativas puestas en marcha con vistas a aumentar las oportunidades de empleo de la mujer en esferas dominadas tradicionalmente por hombres y sobre las medidas adoptadas para luchar de manera eficaz contra la segregación vertical en el mercado laboral, sin olvidar información sobre los logros cosechados tras la aplicación de medidas prioritarias para aumentar el número de mujeres en puestos directivos.

Las medidas adoptadas por el Gobierno de Liechtenstein para aumentar la proporción de mujeres en profesiones tradicionalmente ocupadas por hombres comienzan desde el nivel escolar, y abarcan proyectos destinados a eliminar los estereotipos en la elección de carrera. Cabe destacar en particular el “Día Nacional sobre el Futuro: Cambio de Bando entre Niñas y Niños”, la exposición “Modelos de Comportamiento” prevista para 2018, el proyecto “Perfil+” de la ONG “infra (Centro de Información y Contacto para las Mujeres)”, el proyecto “Asunto: Modelos de Comportamiento” y la inauguración del laboratorio de experimentación pepperMINT. Para obtener una descripción más detallada de las iniciativas mencionadas, véanse las respuestas a las preguntas 6, 11 y 14. El curso sobre política dirigido a las mujeres, que ya se ha impartido durante varios años, también tiene por objeto mejorar las oportunidades profesionales de las mujeres en las carreras dominadas por los hombres (véase la respuesta a la pregunta 5). Además, la Dependencia de Igualdad de Oportunidades tiene previsto conceder el Premio a la Igualdad de Oportunidades de manera alterna (cada dos años) para reconocer a las empresas favorables a la familia. Está previsto otorgar el primer galardón de este Premio en 2019.

El proyecto transnacional “Asunto: las Mujeres Deciden”, ejecutado entre 2015 y 2017, fortaleció a las niñas y las jóvenes y las alentó a participar en los órganos decisorios y optar a cargos políticos o a un puesto de dirección o toma de decisiones. El proyecto sensibiliza sobre la situación de las mujeres en los cargos decisorios y trata en los medios de comunicación los problemas relacionados con las mujeres y la igualdad de género. Con ese fin, se llevaron a cabo encuestas de datos transnacionales sobre la representación de la mujer en la política, el liderazgo y las funciones de toma de decisiones, y sobre la presencia de mujeres en los puestos directivos de los medios de comunicación. La asociación Amazone recibió el encargo de organizar un Parlamento de niñas para Liechtenstein, Graubünden y Vorarlberg. Se impartieron cursos prácticos en los que se preparó a niñas de edades comprendidas entre 14 y 16 años para que comparecieran en dicho Parlamento, al que también asistieron políticos de Liechtenstein, Austria y Suiza encargados de los asuntos sociales.

Otras medidas importantes son los servicios de asesoramiento prestados por la Oficina de Formación Profesional y Asesoramiento en Posibilidades de Carrera. El asesoramiento sobre carreras y ciclos de estudio se presta en función de los intereses y las aptitudes, nunca del género. Este principio se basa en la premisa de que las profesiones no tienen género y que, en consecuencia, la orientación relacionada con la educación debe ser neutra en cuanto al género. A partir de 2018 y en colaboración con la ONG “infra (Centro de Información y Contacto para las Mujeres)”, se examinarán diferentes “modelos de vida” en cursos prácticos en la escuela secundaria superior (Gymnasium) de Liechtenstein con el fin de preparar a los estudiantes para la elección de sus estudios superiores. Estos cursos prácticos sensibilizarán a las mujeres y los hombres jóvenes sobre el hecho de que existen diferentes formas de conciliar la vida laboral y familiar y que las mujeres también pueden ser el principal sostén económico de la familia o emprender una carrera.

Para obtener más información sobre las medidas encaminadas a promover la conciliación de la vida laboral y familiar, véanse las respuestas a la pregunta 14.

Se ruega que presenten información sobre las medidas aprobadas para facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar, como aumentar el número y la capacidad de las estructuras de jornada completa, garantizar modalidades de trabajo flexibles y a tiempo parcial entre los hombres o fomentar que los padres hagan uso de estas opciones (párr. 37). Sírvanse también proporcionar información sobre las beneficiarias del programa “Reintegración” y sobre las esferas profesionales en que han sido reintegradas tras su prolongada ausencia por trabajo familiar.

En los últimos años el Gobierno ha adoptado diversas medidas encaminadas a mejorar la conciliación de la vida laboral y familiar. En particular, estas medidas consisten, entre otras cosas, en promover la ampliación de los programas de actividades extraescolares fuera del hogar, las guarderías infantiles y otros servicios de cuidado de niños, y el establecimiento de escuelas públicas de jornada completa. Para facilitar que los padres permanezcan en sus puestos de trabajo, la administración pública creó un servicio de guardería en 2002 como primer empleador en Liechtenstein, y ofrece empleo a tiempo parcial.

En general, el número de plazas en las guarderías se ha triplicado con creces desde 2000, y actualmente la oferta satisface la demanda de los niños en edad preescolar. También se ha ampliado considerablemente la oferta de almuerzos y programas de actividades extraescolares para el alumnado de las escuelas gracias al aumento de la demanda. Además, se está estudiando la posibilidad de establecer horarios escolares normalizados más largos y horas voluntarias de llegada y salida en las escuelas, incluidos los almuerzos. Liechtenstein también cuenta con varias escuelas de jornada completa públicas y una privada. El Gobierno subvenciona programas de actividades extraescolares y servicios de guardería fuera del hogar, que se optimizan constantemente con la ayuda de los proveedores, los municipios y el sector privado. En la primavera de 2015 el Gobierno tomó nota de un informe sobre la situación de los servicios de guardería fuera del hogar y decidió crear una nueva base para la financiación de las plazas de guardería adicionales necesarias. En la actualidad Liechtenstein tiene una amplia red de servicios de guardería. Actualmente ningún niño tiene que esperar para obtener plaza en una guardería. Casi todos los municipios disponen, como mínimo, de una institución para el cuidado de los niños de preescolar, jardín de infancia y primaria.

El Gobierno nombrado recientemente también defiende la conciliación de la vida laboral y familiar. El Programa del Gobierno (2017‑2021) ejecuta el programa del acuerdo de coalición de los partidos gobernantes adoptando medidas adecuadas. Estas medidas incluyen la realización de una encuesta sobre las necesidades de las familias jóvenes, la formulación de una estrategia y de objetivos y la consiguiente adopción de medidas para la promoción de la familia. La encuesta se envió en octubre de 2017 a las 3.000 familias que viven en Liechtenstein con niños menores de 12 años; se pidió que ambos padres respondieran por separado. Actualmente se están llevando a cabo las evaluaciones de la encuesta. La participación fue elevada (un 30% de las familias inscritas), y el 10% estuvo de acuerdo en participar en ulteriores conversaciones. En enero de 2018 se entrevistará a grupos de discusión (solo hombres, solo mujeres, solo progenitores sin pareja o miembros de distintos modelos de familia) específicamente sobre la conciliación de la vida laboral y familiar. La encuesta fue iniciada por el Grupo de Trabajo sobre Política Familiar, establecido por el Gobierno a finales de 2016. Como medida adicional, se sensibiliza al sector privado y se le ayuda a avanzar en lo referente a ofrecer modelos de horarios de trabajo flexibles, a fin de crear estructuras para mejorar la conciliación de la vida familiar y laboral. Además, el Grupo de Trabajo está examinando la posibilidad de establecer modalidades flexibles de la prestación por hijos a cargo, previstas en el acuerdo de coalición, con miras a ayudar a los padres a prestar la mayor parte de los cuidados en la primera etapa de la vida del niño. Actualmente se están elaborando las estrategias y el consiguiente plan de acción. Las ONG y los representantes de la comunidad empresarial también participan en el Grupo de Trabajo.

El Grupo de Trabajo sobre la Financiación de los Servicios de Guardería, que fue nombrado por el nuevo Gobierno, también está decidido a prestar apoyo público a las guarderías existentes en función de las necesidades y de conformidad con el principio de igualdad de trato. El apoyo depende de los ingresos de los padres y termina cuando se alcanza una determinada tasa máxima. Asimismo, esta ayuda debería permitir a los padres con bajos ingresos buscar un empleo. También se está estudiando un sistema de administración y pago digital a través de teléfonos inteligentes y tabletas con el fin de simplificar la labor administrativa y la interacción entre los usuarios. Además, se está considerando la posibilidad de ampliar los horarios de enseñanza normalizados en las escuelas. Todas estas iniciativas tienen por objeto ayudar a las familias a decidir libremente si son la madre, el padre o ambos progenitores quienes deben trabajar. En particular, también deberían contribuir a aumentar la participación de los hombres en el cuidado de la familia.

Asimismo, la Dependencia de Igualdad de Oportunidades de la Oficina de Servicios Sociales apoya con una contribución financiera el proyecto “Perfil+”, de la ONG “infra (Centro de Información y Contacto para las Mujeres)”. Este proyecto pone a los jóvenes que están pasando de la escuela al trabajo en contacto con el tema de la conciliación de la vida familiar y laboral, para que puedan desarrollar sus perspectivas de carrera y tomar decisiones en su vida privada. La Dependencia de Igualdad de Oportunidades de la Oficina de Servicios Sociales también está planificando para el otoño de 2018 una actividad sobre la conciliación de la vida familiar y laboral, que estará dedicada al tema del “entorno de trabajo favorable al padre”. La actividad se centra en la situación del padre y tiene por objeto promover la voluntad y la determinación de los hombres para satisfacer sus necesidades en la vida laboral (por ejemplo, un trabajo a tiempo parcial cercano al trabajo a tiempo completo, una división del trabajo en la familia y el empleo basada en la pareja, otros modelos de jornada laboral, dedicación de más tiempo a la familia, etc.).

En los últimos años, el sector privado de Liechtenstein ha puesto en marcha una amplia gama de medidas para mejorar las condiciones de las madres y los padres. Para los bancos miembros de la Asociación de Banqueros de Liechtenstein —que son importantes empleadores en el país—, la conciliación de la vida familiar y laboral es una cuestión fundamental desde el punto de vista estratégico y forma parte de la Hoja de Ruta 2020, que han suscrito todos los bancos. Así pues, el tema reviste una importancia decisiva para los bancos miembros de la Asociación de Banqueros, que lo llevan a la práctica en su actividad cotidiana. Ejemplos de ello son las posibilidades de flexibilidad de la jornada laboral haciendo hincapié en el trabajo a tiempo parcial en función de las necesidades individuales, la variedad de modelos de jornada laboral, el trabajo a domicilio, el tiempo compensatorio o la reducción (temporal) del volumen de trabajo sobre la base de acuerdos individuales, la reincorporación garantizada en el mismo puesto (a tiempo parcial y a tiempo completo) tras la maternidad, los empleos con volumen de trabajo flexible (por ejemplo, semana de entre cuatro y cinco días), y la adquisición de más días de licencia.

Además, se ha ejecutado un proyecto que se puso en marcha en 2015 en el marco de la mencionada Hoja de Ruta 2020, relativo al establecimiento de un servicio de guardería para los empleados de los bancos de Liechtenstein bajo los auspicios de la Asociación de Banqueros de Liechtenstein. En septiembre de 2017 se inauguró en Vaduz la guardería infantil “Villa Wirbelwind”, que está abierta a todos los empleados de los bancos miembros (incluidos los miembros pasivos). La guardería recibe de los empleadores no solo apoyo material, sino también una contribución financiera de más del 50% por cada plaza. Además, algunos de los bancos también cooperan con una asociación externa para el cuidado de los niños, la colocación de niñeras y el cuidado de los familiares.

En el LGT Bank se ha puesto en marcha recientemente un proyecto por iniciativa del Director General del Grupo, Su Alteza Serenísima el Príncipe Max von und zu Liechtenstein, sobre el tema de la diversidad, en el que se están examinando cuestiones como el trabajo de las mujeres y la conciliación de la vida familiar y laboral en general.

La Cámara de Comercio e Industria de Liechtenstein también ha incluido el tema de la conciliación de la vida laboral y familiar en su Visión 2025, y está colaborando con las empresas para seguir logrando mejoras en este ámbito. Las iniciativas varían de una empresa a otra e incluyen un horario de trabajo flexible en lugar de un horario de trabajo normalizado, un mayor número de trabajos a tiempo parcial, el trabajo a domicilio, un horario de trabajo anual, ayuda para buscar servicios de cuidado de los niños fuera del hogar, guarderías dentro de la empresa, la adquisición de más días de descanso y la posibilidad de disfrutar una licencia parental complementaria no remunerada.

El programa gubernamental “Reintegración” para la reincorporación en la fuerza de trabajo está destinado a personas de todas las edades con o sin derecho a las prestaciones del seguro de desempleo que están tratando de volver a ingresar en el mercado laboral. La mayoría de los participantes son desempleados en busca de empleo después de una prolongada ausencia del mercado laboral. Además de un curso de capacitación de seis semanas de duración (que incluye formación sobre técnicas de búsqueda de empleo, comunicación y gestión de conflictos, capacitación y reflexión en función de las competencias, establecimiento de redes, etc.), el curso proporciona una experiencia práctica de ocho semanas en una empresa.

Más del 90% de los participantes en el programa son mujeres. En el período de 2014 a 2017, se llevaron a cabo dos programas “Reintegración” cada año. La tasa de reintegración al cabo de tres meses se situó entre el 49% y el 62%, con una participación de entre 22 y 27 personas.

Aprovechando la experiencia del programa “Reintegración”, el Servicio del Mercado de Trabajo ofrece otros programas de activación, como “Diálogo 45+”, “Yo en el Mercado de Trabajo”, “Orientación hacia la Empresa” y “Proyecto Semana”, que cuentan con instructores y orientadores externos, y a los que pueden acogerse las mujeres cuando se reincorporan a la fuerza de trabajo. Dado que la mayoría de los instructores también se dedican a la colocación laboral, a menudo pueden crearse sinergias para encontrar un empleo. Como medida complementaria, el Servicio del Mercado de Trabajo ofrece orientación personal con un asesor externo de forma gratuita.

En comparación con otros países, la tasa de desempleo en Liechtenstein se sitúa en un nivel muy bajo. En 2016 el promedio anual se situó en el 2,3%. La tasa media anual de desempleo de las mujeres y los hombres era la misma. Gracias a la excelente situación económica en Liechtenstein, las condiciones de reincorporación al trabajo son relativamente buenas.

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas en materia de prevención y seguimiento del acoso sexual contra la mujer en el lugar de trabajo y datos sobre el número de denuncias y acciones incoadas ante tribunales de justicia y órganos arbitrales competentes en la materia.

En 2006 y 2011, a raíz de la incorporación y la transposición de las directivas de la UE, se revisó la Ley de Igualdad de Género (GLG). La Ley prohíbe la discriminación mediante el acoso sexual en el lugar de trabajo (art. 4). En el marco de la revisión de 2006, se amplió y se adaptó la carga de la prueba para los empleadores en casos de discriminación por razón de género, a fin de incluir el acoso sexual (LGBl. 2006, núm. 152). También se establecieron reclamaciones jurídicas especiales en el caso de discriminación en el lugar de trabajo (art. 7b de la Ley).

Con una mayor variedad de proyectos, el Gobierno ha puesto en práctica medidas para prevenir y combatir el acoso sexual y la intimidación en el lugar de trabajo. Desde 2006 se han llevado a cabo campañas informativas para los empleados. Se informa a los empleados de sus derechos de manera continua a través de Internet, y se mantiene informados a los empleadores acerca de sus obligaciones. Además, se han enviado a 400 empresas folletos informativos y hojas publicitarias sobre la igualdad de género, la igualdad salarial y el acoso sexual en el lugar de trabajo.

En lo que atañe a los contratos públicos, un grupo de trabajo sobre la promoción de la igualdad de género en la administración pública de Liechtenstein ha elaborado normas sobre el acoso sexual y la intimidación en el lugar de trabajo. En estos casos, los empleados pueden acudir directamente a puntos de contacto internos y externos de la administración pública. Los puntos de contacto han recibido capacitación en materia de acoso sexual e intimidación en el lugar de trabajo. Por motivos de confidencialidad, no se registran con fines estadísticos ni las disposiciones de los contactos ni el asesoramiento externo proporcionado. Los gastos de orientación son sufragados por la administración pública.

El sector privado también lucha activamente contra el acoso sexual en el lugar de trabajo. A partir de una encuesta, la Asociación de Banqueros de Liechtenstein informa de que la mayoría de los bancos del país tienen un catálogo de medidas contra dicho acoso. Estas medidas consisten, entre otras cosas, en la adopción de un código de conducta para los empleados que prohíbe la discriminación y el acoso en el entorno laboral, la inserción de artículos vinculantes en el estatuto del personal y la elaboración de directrices internas y folletos informativos especiales. Además, existen órganos de contacto y asesoramiento internos (departamentos de recursos humanos con competencias de asesoramiento) y externos, a los que puede acudirse de forma anónima. Algunos bancos de Liechtenstein también han firmado el Pacto Mundial de las Naciones Unidas, que, en virtud del Principio 6, obliga a las empresas a eliminar todas las formas de discriminación.

Diversas empresas pertenecientes a la Cámara de Comercio e Industria de Liechtenstein también han elaborado directrices y códigos de conducta internos contra el acoso sexual en el lugar de trabajo, y ofrecen sesiones de capacitación a los empleados, los directivos y los oficiales de recursos humanos. En algunos casos, los oficiales de recursos humanos internos que cuentan con formación adecuada se complementan con puntos de contacto externos encargados de atender las preguntas y los problemas.

Según el Tribunal de Justicia de Liechtenstein, durante el período que abarca el informe no hubo causas civiles ni procedimientos ante los tribunales ordinarios relacionados con el acoso sexual de las mujeres en el lugar de trabajo.

Expliquen el rechazo del Estado parte a las recomendaciones formuladas durante el examen periódico universal (A/HRC/23/14) para pasar a ser Estado miembro de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y ratificar el Convenio sobre las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos, 2011 (núm. 189) de dicha organización. Sírvanse también proporcionar un calendario para la ratificación del Convenio sobre Igualdad de Remuneración, 1951 (núm. 100); el Convenio sobre la Discriminación (Empleo y Ocupación), 1958 (núm. 111); y el Convenio sobre los Trabajadores con Responsabilidades Familiares, 1981 (núm. 156) (párr. 35 c)) de la OIT.

La razón por la que Liechtenstein no tiene previsto ratificar el Convenio sobre las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos (núm. 189), el Convenio sobre Igualdad de Remuneración (núm. 100), el Convenio sobre la Discriminación (Empleo y Ocupación) (núm. 111) ni el Convenio sobre la Igualdad de Oportunidades y de Trato entre Trabajadores y Trabajadoras: Trabajadores con Responsabilidades Familiares (núm. 156) no guarda relación con el contenido de los convenios.

Para ratificar los convenios de la OIT es preciso ser miembro de esta organización. El Gobierno de Liechtenstein no está considerando actualmente la posibilidad de adherirse a la OIT. Por ser un país pequeño con recursos humanos limitados, Liechtenstein no puede ser miembro de todas las organizaciones internacionales. Como miembro de pleno derecho del Espacio Económico Europeo (EEE), Liechtenstein ha incorporado en su ordenamiento interno la legislación pertinente de la UE, en particular las estrictas normas sobre derecho laboral de la Unión. Junto con los convenios internacionales de derechos humanos en los que Liechtenstein es parte, existe una densa red de obligaciones internacionales que Liechtenstein ha contraído en la esfera de los derechos económicos, sociales y culturales.

Faciliten información sobre las medidas adoptadas para garantizar la integración de las mujeres que trabajan a tiempo parcial en el sistema de asistencia social del Estado parte, especialmente en lo referente a las prestaciones para personas de edad y al seguro médico, e informen sobre el impulso dado al desarrollo de sus perspectivas de carrera (párr. 35 b)). Informen también acerca de las actuaciones encaminadas a mitigar el deterioro documentado de la situación financiera de las madres solteras.

La seguridad social en Liechtenstein está a cargo de una serie de instituciones, entre ellas el Seguro de Desempleo (ALV), el Seguro de Invalidez (IV), el Seguro de Vejez y Supérstite (AHV), la Caja de Compensación Familiar (FAK) y el seguro médico obligatorio. Estas prestaciones están disponibles para las mujeres y los hombres en igualdad de condiciones.

La división del Seguro de Vejez y Supérstite, en particular, contribuye a mejorar el seguro de pensiones para el progenitor que ha invertido más tiempo en el cuidado de los niños o de las personas que necesitan atención. En vista de que estas tareas las realizan con más frecuencia las mujeres, la división del Seguro de Vejez y Supérstite redunda en su beneficio. Durante los años de matrimonio, las contribuciones efectivamente pagadas por cada cónyuge, así como las rentas obtenidas por cada uno de los cónyuges (contribuciones de personas no trabajadoras), los créditos para la educación de los hijos (ingresos teóricos para la educación de los hijos) y los créditos para la prestación de cuidados (ingresos teóricos para el cuidado de personas que necesitan atención), se dividen en partes iguales, de modo que, al calcular la pensión de dos cónyuges asegurados en Liechtenstein, se derivan los mismos derechos de pensión.

Los pensionistas tienen derecho a recibir créditos para la educación de los hijos por cada año que se ocuparon de los niños menores de 16 años. No se trata de prestaciones en efectivo, sino créditos que se tienen en cuenta como ingresos en el cálculo de las pensiones. En el caso de las personas casadas, la mitad del crédito se divide entre los cónyuges durante los años de matrimonio. En el caso de que los progenitores no estén casados o estén divorciados, los créditos para la educación de los hijos se asignan al progenitor que tiene la custodia exclusiva. En el caso de que la custodia sea compartida, los créditos para la educación de los hijos se dividen por la mitad. Desde la revisión en 2015 de la legislación sobre la custodia, la custodia compartida de los hijos ha sido la norma incluso después del divorcio o en el caso de los padres no casados, a fin de que, tras el divorcio o la separación, los créditos para la educación de los hijos sigan divididos con independencia de cuál pueda ser la custodia efectiva. Esta medida colocó en situación de desventaja a un gran número de mujeres, ya que, por lo general, ellas siguen siendo las cuidadoras principales y trabajando a tiempo parcial, lo que significa que no pueden crear el mismo nivel de activos de jubilación. La revisión de la Ley del Seguro de Vejez y Supérstite, que entró en vigor el 1 de enero de 2017, eliminó este defecto, estableciendo la posibilidad de que los padres solteros y divorciados concierten un acuerdo por el que los créditos para la educación de los hijos se asignen íntegramente al progenitor encargado de prestar los cuidados a título principal. Esta enmienda fue propuesta y apoyada esencialmente por la ONG “infra (Centro de Información y Contacto para las Mujeres)”, miembro de la red de mujeres, y es un ejemplo positivo de participación de las organizaciones de la sociedad civil en el proceso legislativo.

En mayo de 2016, el Parlamento aprobó una revisión de la Ley de Pensiones Ocupacionales (Gesetz über die Betriebliche Personalvorsorge, BPVG) y la Ley del Seguro de Discapacidad (Invalidenversicherungsgesetzes, IVG), que entró en vigor el 1 de enero de 2017 y, en el caso de algunos artículos, el 1 de enero de 2018. La revisión se centró en garantizar las prestaciones en el marco del segundo componente (pensiones ocupacionales) y aumentar el nivel de las prestaciones. Se ha adoptado un conjunto de medidas con objeto de incrementar la cuantía total de los activos de jubilación y, al mismo tiempo, mejorar la prestación de pensiones ocupacionales para los empleados de bajos ingresos y los empleados a tiempo parcial. Las medidas incluyen la reducción del umbral mínimo de ingresos para el seguro obligatorio, así como un proceso de ahorro que comienza más temprano, es decir, a los 19 años (la edad anterior era 23 años). Además, se ha eliminado el monto de la exención, es decir, la parte del sueldo que no puede estar asegurada de conformidad con la Ley de Pensiones Ocupacionales. Esta medida aumenta el salario asegurado y, de este modo, mejora las pensiones ocupacionales, especialmente para los empleados a tiempo parcial. El 73,4% de los empleados a tiempo parcial en Liechtenstein son mujeres. Como los sueldos de muchos de los empleados a tiempo parcial estaban anteriormente por debajo del umbral mínimo de ingresos, no tenían que pagar contribuciones a los fondos de pensiones. Ahora que se ha reducido el umbral mínimo, los trabajadores a tiempo parcial están sujetos a una cobertura obligatoria, lo que, en particular, mejora la cobertura de las mujeres que trabajan a tiempo parcial.

No se ha observado en Liechtenstein ningún deterioro de la situación de las madres solteras. Los progenitores sin pareja reciben una prestación para progenitores sin cónyuge proporcionada por la Caja de Compensación Familiar. Si el progenitor que se encarga de pagar la pensión alimenticia no cumple su obligación, el Estado abona un anticipo sobre dicha pensión. Los progenitores sin pareja pueden dirigirse a la Oficina de Servicios Sociales para cubrir los costos del cuidado de los niños fuera del hogar. Otras prestaciones proporcionadas por la Oficina de Servicios Sociales son las reducciones de las primas de conformidad con la Ley del Seguro Médico y los subsidios de alquiler.

Salud

Se ruega que presenten información actualizada sobre el examen de la legislación en materia de “embarazos no deseados”, sobre las medidas adoptadas para despenalizar el aborto (párr. 39 a)) y sobre los supuestos despenalizados del aborto. Asimismo, proporcionen información actualizada sobre la doctrina jurídica vigente con respecto a las formas de aborto legales e ilegales y al acto de promover y fomentar el aborto sin un examen exhaustivo de la necesidad médica. Sírvanse proporcionar información sobre la situación de la salud sexual, reproductiva y mental de la mujer (párr. 39 b)). Tengan a bien indicar la estrategia utilizada para abordar la cuestión de la salud mental de mujeres y niñas, por ejemplo, para facilitar el acceso a los servicios correspondientes.

En el marco de una revisión del Código Penal, que fue aprobada por el Parlamento en marzo de 2015 y entró en vigor el 1 de julio de 2015, se realizaron ajustes en las normas relativas a la interrupción del embarazo. El cambio más importante es la despenalización de las mujeres con la enmienda del artículo 96 3) del Código Penal. Ya no se puede enjuiciar a una mujer embarazada que se ha sometido a una interrupción del embarazo si fue un médico quien la llevó a cabo. Sin embargo, la revisión de la ley no modifica el hecho de que la práctica de un aborto en Liechtenstein sigue siendo sancionable para todas las personas que intervienen en el acto —que no sean la propia mujer embarazada—, salvo en los casos que se mencionan a continuación.

La interrupción del embarazo no es punible cuando es necesaria para evitar un peligro grave para la vida o daños graves para la salud de la mujer embarazada que no se pueden evitar de otra manera, o cuando la mujer embarazada era menor de edad en el momento de la concepción, o en el caso de que la mujer embarazada fuera víctima de violación (art. 200), agresión sexual (art. 201) o abuso sexual de una persona indefensa o con discapacidad mental (art. 204) y el embarazo sea consecuencia de dicho acto. Los motivos para la exclusión de la pena están sujetos a la condición de que el embarazo se interrumpa a cargo de un médico.

Según el Tribunal de Justicia de Liechtenstein, desde 2009 no ha habido procedimientos ante el Tribunal Penal por interrupción legal o ilegal del embarazo o por promover o alentar la interrupción del embarazo sin que hubiera necesidad médica. Por consiguiente, no existe jurisprudencia actual sobre los delitos mencionados anteriormente.

El médico tratante es el responsable, en los casos permitidos por la ley, de garantizar el acceso seguro a los procedimientos de aborto y la atención de seguimiento. El médico asesora a la mujer acerca de los dispensarios u otras instituciones sanitarias existentes. La prevención de los embarazos no deseados y del aborto es una de las máximas prioridades en Liechtenstein. Las medidas de planificación familiar forman parte del sistema público de atención médica y se garantizan a todas las personas, y hay anticonceptivos disponibles.

Ya en la escuela, los niños y los jóvenes reciben apoyo para desarrollar una sexualidad autónoma y responsable de una manera apropiada para cada edad. El plan de estudios nacional fija los objetivos de aprendizaje a este respecto. Mediante el examen de temas como la libre determinación y el desarrollo físicos, la amistad, el amor y la anticoncepción, el objetivo es que los niños y los jóvenes aprendan a expresar sus sentimientos y sus necesidades con seguridad en sí mismos, así como a comprender los límites y a establecerlos. Un apoyo importante para las escuelas, los docentes, los niños y los jóvenes es la red de trabajadores sociales escolares, psicólogos escolares y el Centro de Medios de Comunicación en la Escuela. Un proyecto actual de trabajo social en las escuelas es la campaña de prevención en los medios de comunicación denominada “angek(l)ickt”. Con el fin de proteger mejor a los niños contra la violencia sexual, a los alumnos de tercer año de las escuelas primarias de Liechtenstein se les ofrece con carácter permanente el proyecto de prevención interactivo “Mi Cuerpo me Pertenece” (Mein Körper gehört mir!).

La Fundación Sophie von Liechtenstein trabaja activamente en las esferas de la educación sexual y la orientación sobre el embarazo. Fue creada en 2006 por el Principado de Liechtenstein y se financia con fondos procedentes del Principado y con donaciones. “Love.li” es la oficina de educación sexual de la Fundación, y ofrece asesoramiento y ayuda a los niños y los jóvenes —y, por tanto, también a las niñas y las mujeres jóvenes de Liechtenstein y la región— sobre cuestiones relativas a su sexualidad. También organiza cursos prácticos periódicos sobre sexualidad para estudiantes. La Fundación dirige la oficina de orientación “schwanger.li”, que asesora y apoya a las mujeres embarazadas de Liechtenstein y de la región, en caso necesario, también a más largo plazo. Los centros de asesoramiento de schwanger.li ofrecen asesoramiento especialmente en casos de tensión, preocupación y estrés de la gestante, su pareja y la familia; embarazo no deseado; exámenes prenatales; abortos espontáneos y mortinatos; depresión posparto; e interrupción del embarazo. Además de estos servicios de orientación, los centros de asesoramiento de schwanger.li, junto con matronas experimentadas, proporcionan información sobre los derechos de las mujeres embarazadas reconocidos en la legislación laboral, las cuestiones financieras relacionadas con el embarazo y el parto, la promoción de la familia, la reincorporación profesional y el cuidado de los niños, así como los servicios de apoyo prestados por las matronas. Las consultas no prejuzgan los resultados y tratan de facilitar la toma de determinadas decisiones autónomas. También existe la posibilidad de prestar asesoramiento anónimo en línea.

La “fa6” (Oficina de Asuntos Sexuales y Prevención del VIH) ofrece educación y orientación sexual, y presta servicios de asesoramiento e información sobre las enfermedades de transmisión sexual y la planificación familiar. Desde el 1 de enero de 2008, está vigente un acuerdo sobre la prestación de servicios en la esfera de las enfermedades de transmisión sexual suscrito entre la Oficina de Asuntos Sexuales y Prevención del VIH y la Oficina de Salud Pública. El principal objetivo de la Oficina es reducir la transmisión de todas las enfermedades de este tipo, en particular el VIH y el SIDA. La Oficina se ocupa de la prevención y de la labor con proyectos sobre las enfermedades de transmisión sexual, y apoya y asesora a las personas afectadas por estas enfermedades. También puede conceder pagos de apoyo a las personas afectadas directa o indirectamente por enfermedades de transmisión sexual, en particular el VIH. Los servicios ofrecidos por la Oficina están dirigidos al público en general y a las personas afectadas por dichas enfermedades y sus familiares, así como a las prostitutas y los clientes que residen o permanecen en Liechtenstein o en el vecino valle del Rin.

El acceso a servicios psicológicos y psiquiátricos está a disposición de todos los residentes de Liechtenstein sin restricciones de ningún tipo. El seguro médico sufraga el costo de estos servicios (seguro básico). La División de Servicios Psicológicos y Psiquiátricos de la Oficina de Servicios Sociales proporciona servicios integrales en esta esfera. Actúa como centro y primer punto de contacto para las personas con problemas de diverso tipo, principalmente con complejos problemas psicosociales. Organiza y coordina la asistencia tras la estancia de pacientes hospitalizados en centros psiquiátricos extranjeros y tras las remisiones y los informes internos elaborados por diversas instituciones y asociaciones sociales (por ejemplo, Asociación para la Asistencia Vital, Asociación de Asistencia a la Libertad Condicional), las autoridades públicas (entre otras, la policía, la Fiscalía, el Hogar de Mujeres y el Tribunal de Justicia) o los profesionales médicos y terapeutas establecidos en Liechtenstein. Las personas afectadas también pueden ponerse en contacto con la División para solicitar apoyo o una remisión.

Se presta asistencia individual a las personas que sufren diversos problemas o crisis graves. Junto con los proveedores de servicios sociales de psiquiatría en el país, se persigue el objetivo de la reinserción en la sociedad y la realización de una vida independiente (en la medida de lo posible, en función de las circunstancias particulares).

No hay restricciones por motivos de género o edad para acceder a esos servicios, y por esa razón están plenamente disponibles para las niñas y las mujeres.

Para aumentar la conciencia pública sobre la forma de tratar las enfermedades mentales de manera informada, la Oficina de Salud Pública apoya financieramente el festival cultural “Noches de Locura”. Las Noches de Locura se han venido celebrando anualmente desde 2005 en el marco de un festival público en torno al Día Mundial de la Salud Mental, el 10 de octubre. Ofrecen nuevas conclusiones científicas, mensajes memorables y producciones cinematográficas y teatrales, y tienen por objeto la prevención, la detección temprana, la aceptación y el tratamiento de los sufrimientos psicológicos y la difusión de conocimientos sobre las enfermedades mentales, los proveedores de asistencia y las posibilidades de autoayuda en Liechtenstein.

Empoderamiento económico de la mujer

Se ruega que proporcionen información sobre las medidas adoptadas a favor del empoderamiento económico de la mujer y sobre las iniciativas emprendidas para lograr una mayor participación de la mujer en la elaboración y aplicación de estrategias de desarrollo sostenible y cambio climático, como el Convenio de los Alpes, de conformidad con la meta 5.a de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

En cuanto a las medidas orientadas a promover el empoderamiento económico de la mujer, véanse, en particular, los proyectos, las ofertas y las iniciativas presentadas en las respuestas a las preguntas 5 y 12 a 14.

Las mujeres están ampliamente representadas en la Comisión Internacional para la Protección de los Alpes (CIPRA Internacional) y la Sociedad de Liechtenstein para la Protección del Medio Ambiente (Liechtensteinische Gesellschaft für Umweltschutz, LGU). Desde 2009 la Oficina Ejecutiva de CIPRA Internacional estuvo administrada por una mujer durante tres años, y actualmente la Junta Ejecutiva también está presidida por una mujer. La Oficina Ejecutiva de la Sociedad de Liechtenstein para la Protección del Medio Ambiente está integrada exclusivamente por mujeres. De esta manera, las mujeres de Liechtenstein pueden influir directamente en el desarrollo de la política ambiental.

Ambas instituciones son beneficiarias de contribuciones financieras del Estado. CIPRA Internacional recibe una contribución anual de 500.000 francos suizos. La Sociedad de Liechtenstein para la Protección del Medio Ambiente, que también administra la Oficina Ejecutiva de CIPRA Liechtenstein, recibe una contribución anual de 160.000 francos suizos. Asimismo, se apoya con fondos públicos, caso por caso, a distintos proyectos de las dos organizaciones. Cabe destacar, en particular, los proyectos Espacio Alpino, en los que CIPRA Internacional colabora activamente. En cada uno de estos proyectos se tiene en cuenta el aspecto de la promoción de la mujer. Especial interés revisten las actividades sobre el tema de las mujeres en la agricultura de montaña, que se examinó en 2017 en el marco del Convenio de los Alpes.

Grupos de mujeres desfavorecidas

Sírvanse proporcionar información y datos actualizados sobre la situación de los derechos humanos de las mujeres refugiadas y migrantes, las mujeres de edad, incluidas las viudas y las divorciadas, las mujeres rurales, las mujeres musulmanas, las reclusas, las mujeres con discapacidad y las mujeres lesbianas, bisexuales, transgénero e intersexuales, así como describir las medidas adoptadas para que gocen de un acceso efectivo a la educación, la salud, la vivienda, el empleo y la participación en las esferas pública y política, incluido el uso de medidas especiales de carácter temporal (párr. 41). Informen también sobre las medidas que se hayan tomado para hacer frente a los actos de racismo y xenofobia en el Estado parte. Asimismo, tengan a bien indicar el calendario para la ratificación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares.

En principio, todos los habitantes del país que cuentan con un permiso de residencia válido tienen acceso en igualdad de condiciones a las prestaciones públicas. Esto incluye todas las categorías enumeradas de mujeres desfavorecidas, incluidas las migrantes y las refugiadas. La legislación de Liechtenstein garantiza el principio de igualdad y no discriminación en los planos constitucional y legislativo y, por tanto, se formula para eliminar las desventajas, las desigualdades y la discriminación de las mujeres en las esferas de la educación, la atención médica, la vivienda, la vida laboral y la vida pública y política anteriormente mencionadas.

La igualdad de todos los ciudadanos de Liechtenstein ante la ley está consagrada en el artículo 31 1) de la Constitución del país. En 1992 se amplió el ámbito de aplicación de este artículo constitucional para incluir la igualdad de derechos entre mujeres y hombres (art. 31 2)). Los derechos de los extranjeros vienen determinados en primer lugar por los tratados internacionales o, en su defecto, por el principio de reciprocidad (art. 31 3)). En una sentencia reciente (2014/146), el Tribunal Constitucional sostuvo que el principio de igualdad se aplica a los extranjeros de conformidad con la jurisprudencia establecida.

A fin de garantizar una protección integral contra la discriminación en la vida cotidiana de las categorías de mujeres desfavorecidas mencionadas, el artículo 283 6) del Código Penal sanciona el hecho de negarse a prestar un servicio destinado al público en general a una persona o un grupo de personas por razón de su raza, idioma, nacionalidad, origen étnico, religión o ideología, género, discapacidad, edad u orientación sexual. En este contexto, el término “género” también abarca a las personas transexuales y las personas con características de género ambiguas. Además de este delito penal, varias leyes especiales contienen disposiciones específicas para proteger contra la discriminación en diversos ámbitos de la vida. Véanse las observaciones sobre la legislación laboral y la protección jurídica en virtud de la Ley de Igualdad de Género y la Ley de Igualdad para las Personas con Discapacidad en la pregunta 2. Este marco jurídico proporciona una protección integral contra la discriminación en Liechtenstein, que ampara por entero a las categorías de mujeres desfavorecidas mencionadas anteriormente.

Liechtenstein es un Estado parte en la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, de 21 de diciembre de 1965 (LGBl. 2000, núm. 80). En el período previo a la adhesión, se endurecieron las disposiciones del Código Penal relativas a la discriminación racial. Desde 2003 se han dictado cuatro condenas en Liechtenstein por discriminación racial de conformidad con el artículo 283 del Código Penal.

Liechtenstein ha aplicado con éxito muchas medidas encaminadas a promover la tolerancia y el entendimiento mutuo. Existe una Comisión de Protección contra la Violencia, que se ocupa de combatir la violencia en la esfera pública (incluido el extremismo por motivos ideológicos y religiosos). Entre 2010 y 2015 la Comisión ejecutó con éxito un plan de medidas orientadas a combatir el extremismo de derechas. Junto a otras medidas de concienciación, en 2010 se creó el Grupo de Expertos contra el Extremismo de Derechas de la Comisión de Protección contra la Violencia con el mandato de orientar a los trabajadores sociales que afrontan el tema del extremismo de derechas, ofrecer capacitación adicional y desarrollar los conocimientos en materia de asesoramiento. En 2016 se amplió el mandato del Grupo de Expertos para abarcar también el extremismo por motivos ideológicos y religiosos, y se ajustó el nombre en consecuencia (que pasó a ser “Grupo de Expertos contra el Extremismo de Derechas”).

Desde 2011 se ha elaborado un informe de seguimiento sobre el extremismo de derechas en Liechtenstein y se ha hecho público cada año. En 2015 el informe se amplió a todas las formas de extremismo por motivos políticos o religiosos o por cualquier otra forma de ideología. En él se documentan todos los incidentes y las medidas relacionadas con el extremismo en Liechtenstein. Como se desprende de los informes anuales de seguimiento, desde 2012 no se han registrado en Liechtenstein actos de violencia extremistas de derechas ni casos de extremismo por motivos políticos, ideológicos o religiosos.

La promoción del entendimiento mutuo y la lucha contra la xenofobia son una parte indisociable del plan de estudios. A nivel de la enseñanza en las escuelas, se asigna un valor especial a la concienciación y la educación política históricas. La enseñanza sobre el nacionalsocialismo es un tema obligatorio prioritario en el plan de estudios de la enseñanza secundaria. Además de la instrucción religiosa, las escuelas secundarias ofrecen también la asignatura de “Religión y cultura”, que tiene por objeto promover la comprensión de las distintas religiones y culturas. En la escuela primaria se ofrece a los alumnos musulmanes instrucción religiosa musulmana. Esta instrucción cuenta con apoyo financiero del Estado.

La igualdad jurídica de las personas con discapacidad en Liechtenstein se logró mediante la Ley de Igualdad para las Personas con Discapacidad (Behindertengleichstellungsgesetz, BGlG), que entró en vigor el 1 de enero de 2007. Esta Ley tiene por objeto evitar la discriminación y la marginación en la vida cotidiana y la vida profesional y facilitar la integración en la mayor medida posible. Asimismo, la Ley creó la Oficina para la Igualdad de las Personas con Discapacidad, ubicada en la Asociación de Personas con Discapacidad de Liechtenstein. Desde la entrada en vigor de la Ley, uno de los principales objetivos consiste en adoptar medidas en pro de la igualdad de facto de las personas con discapacidad, fomentar su integración en la vida profesional, concienciar a la población sobre los problemas de las personas con discapacidad y promover el establecimiento de redes entre los diversos grupos gubernamentales y no gubernamentales que trabajan en este ámbito. El Gobierno ha seguido adoptando iniciativas a este respecto en los últimos años. Aparte de la Ley de Igualdad para las Personas con Discapacidad, la Ley del Seguro de Discapacidad (desde 1960) sigue siendo válida como fundamento jurídico. La revisión llevada a cabo en 2006 (LGBl. 2006, núm. 244) consagró el objetivo de promover a las personas con discapacidad para que puedan mantenerse total o parcialmente por sus propios medios y puedan vivir con la mayor independencia posible. Se han mejorado la detección temprana y la integración en la fuerza de trabajo. El Seguro de Discapacidad de Liechtenstein (integrado en las instituciones del Seguro de Vejez y Supérstite, el Seguro de Invalidez y la Caja de Compensación Familiar) ofrece numerosas soluciones para integrar a las personas con discapacidad en la fuerza de trabajo.

Liechtenstein todavía no ha firmado ni ratificado la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Sin embargo, considera que la Convención es un instrumento sumamente importante y apoya su propósito y su contenido. En lo que respecta a los derechos y el adelanto de las personas con discapacidad, Liechtenstein está muy bien situado. Una evaluación llevada a cabo por un grupo de trabajo interno de la administración pública mostró que la situación jurídica de Liechtenstein se encuentra, en gran medida, en consonancia con la Convención. Una razón de peso que explica la reticencia mostrada por el país en los últimos años para firmar y ratificar nuevos acuerdos que imponen importantes obligaciones de presentación de informes y vigilancia, como, por ejemplo, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, son las medidas de austeridad orientadas a consolidar el presupuesto nacional. Las obligaciones internacionales en materia de presentación de informes y de vigilancia entrañan una carga administrativa considerable para un Estado pequeño con recursos humanos limitados. Teniendo en cuenta que Liechtenstein es parte en diversos tratados internacionales y europeos sobre la protección de los derechos humanos, los procedimientos de presentación de informes vigentes requieren importantes recursos humanos y financieros. Otra de las razones que justifican la decisión contraria a la firma y ratificación hasta la fecha es la reforma institucional de las estructuras nacionales de igualdad de oportunidades que se ha planificado y ejecutado en los últimos años. En el contexto de esta reforma, descrita más arriba, a finales de 2016 se creó una institución nacional independiente de derechos humanos de conformidad con los Principios de París, a saber, la Asociación de Derechos Humanos de Liechtenstein. No se consideró útil adoptar una decisión relativa a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad antes de que se llevara a cabo esta reforma, y se tomaron las decisiones necesarias en lo referente a las nuevas estructuras. Ahora que el proceso de reforma ha concluido de forma satisfactoria, recientemente se ha reanudado el debate sobre la posible firma y ratificación de la Convención. En lo que respecta a la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, el Gobierno no tiene previsto firmarla ni ratificarla.

Proporcionen información sobre las actuaciones concretas dirigidas a fomentar la integración de las mujeres migrantes, actualmente poco representadas, en la educación secundaria y terciaria. Sírvanse también explicar el rechazo del Estado parte a la recomendación formulada en el contexto del proceso del examen periódico universal (A/HRC/23/14) de que reduzca las trabas existentes en el proceso de solicitud de reunificación familiar. Se ruega que faciliten información sobre las medidas adoptadas para velar por el cumplimiento de las obligaciones internacionales del Estado parte a favor de las mujeres y las niñas refugiadas y solicitantes de asilo, entre otras, la protección de sus derechos fundamentales y la prestación de servicios básicos, así como sobre la formación y las directrices proporcionadas a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y los guardias fronterizos sobre la necesidad de conceder, durante todas las etapas del procedimiento de asilo, un trato que tenga en cuenta las cuestiones de género.

Las medidas orientadas a promover a las niñas y las mujeres de origen migrante se subsumen en las medidas generales destinadas a los niños de origen migrante (enseñanza de idiomas) y las medidas relativas a los estereotipos, como se indica en la respuesta a la pregunta 11.

En el marco del plan de estudios nacional, se ofrece a los niños de origen migrante el alemán como segundo idioma. Esta enseñanza incluye cursos intensivos para los niños de edades comprendidas entre los 8 y los 18 años que han llegado recientemente a Liechtenstein o que han solicitado asilo. El curso intensivo consta de 34 horas a la semana con un máximo de 12 estudiantes y normalmente dura un año. La finalidad del curso intensivo es aprender el idioma alemán y, de ese modo, eliminar las barreras lingüísticas para la rápida integración de los niños de idioma extranjero en la vida escolar cotidiana.

Como complemento de este curso intensivo, los niños de idioma extranjero pueden asistir a clases de idiomas con docentes que han recibido formación intercultural desde el nivel del jardín de infancia en adelante. Cada clase de idiomas se limita a unos pocos niños, y se puede asistir a ellas de dos a cuatro horas a la semana durante un máximo de siete años.

Los docentes evalúan periódicamente los progresos de los niños y valoran el desarrollo lingüístico de cada uno. En el quinto año escolar, se evalúan los conocimientos de idiomas de cada niño mediante una encuesta de competencia lingüística. El objetivo es que los niños lleguen al 80% del nivel de competencia B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. Si un niño no alcanza el nivel de competencia deseado, el curso de idiomas continua en función de las necesidades del niño. Los resultados de los cursos de idiomas, así como los logros académicos generales de los niños de origen migrante, se comunican anualmente al Ministerio de Educación con el fin de que tenga la oportunidad de responder a los acontecimientos problemáticos adoptando medidas concretas.

Además de las medidas contempladas en el plan de estudios nacional, se prevé una gran cantidad de medidas educativas y socioeducativas especiales para apoyar a los niños de origen migrante.

Desde el curso 2012‑2013 también se han ofrecido medidas a nivel municipal para el aprendizaje del idioma en la primera infancia, antes de entrar en el jardín de infancia. El objetivo es dar a conocer a los niños y los padres, en especial, un aprendizaje lúdico de las lenguas extranjeras.

No hay datos que indiquen la existencia de problemas específicos de las niñas de origen migrante en lo que respecta a sus resultados académicos. Si se examinan las estadísticas de educación actuales, se observa, por ejemplo, que hay una proporción creciente de niños varones en la Oberschule (véase la nota de pie de página 7). También en el nivel de educación especial la proporción de niños varones es considerablemente mayor que la de niñas.

Existen varias condiciones para la reunificación familiar en Liechtenstein. Dado que Liechtenstein es miembro del Espacio Económico Europeo (EEE), estas condiciones son menos restrictivas para los ciudadanos del EEE, la Asociación Europea de Libre Comercio y Suiza que para los nacionales de terceros países. En opinión de Liechtenstein, las condiciones relativas a la reunificación familiar de nacionales de terceros países son proporcionadas, adecuadas y conformes con las obligaciones internacionales. Por consiguiente, el país no ve la necesidad de adoptar medidas en este momento.

Como se explica en las respuestas a las preguntas 7 y 8, la Ley de Asilo prevé razones específicas de género como justificación del asilo para conceder la condición de refugiado. Las niñas y las mujeres cuyas solicitudes contienen indicios de persecución por motivos de género o en cuyo país de origen la situación indica que se produce dicha persecución son entrevistadas y atendidas por personas de su mismo sexo.

Por lo que se refiere a la protección especial de los solicitantes de asilo que son menores de edad, véase, en particular, la respuesta a la pregunta 8. El personal de la Oficina de Pasaportes e Inmigración que entrevista a los menores solicitantes de asilo tiene en cuenta las necesidades particulares debidas a su condición de menores. A tal efecto, la Oficina también puede consultar a un psicólogo de la Oficina de Servicios Sociales.

En lo que respecta al alojamiento separado de las familias con hijos y de las mujeres que viajan solas durante el procedimiento de asilo, véase la respuesta a la pregunta 7. La División de Menores y Juventud de la Oficina de Servicios Sociales acoge y atiende en residencias adecuadas a los menores no acompañados solicitantes de asilo.

El Comité, recordando su recomendación general núm. 27 (2010) sobre las mujeres de edad y la protección de sus derechos humanos, invita al Estado parte a que facilite información sobre las medidas adoptadas, a tenor de los resultados del estudio “La vida de la mujer después de los 50”, como, por ejemplo, el respaldo dado a su reintegración en la fuerza de trabajo tras la pérdida de empleo, y sobre las medidas de lucha contra la pobreza relativa de las mujeres de edad, consecuencia de un salario tradicionalmente inferior, de un alto porcentaje de trabajo a tiempo parcial y de la interrupción de sus carreras profesionales.

En general, Liechtenstein tiene un alto nivel de vida y un tejido social bien desarrollado. No hay pobreza absoluta en el país. Si las personas no son capaces de sufragar el costo de la vida, pueden reclamar prestaciones de subsistencia, como, por ejemplo, reducciones de las primas de su seguro médico obligatorio, subsidios de alquiler y prestaciones complementarias a sus pensiones del Seguro de Vejez y Supérstite y del Seguro de Discapacidad, así como asistencia financiera directa con carácter subsidiario. Con independencia de sus ingresos, los residentes también tienen derecho a una prestación por hijo a cargo. Gracias en parte a estas prestaciones sociales, Liechtenstein tiene una baja proporción de hogares de bajos ingresos en comparación con otros países. La tasa fue del 11% en 2008. Sin las prestaciones sociales proporcionadas por el Estado, la tasa habría sido del 19,2%.

Véanse las respuestas a la pregunta 17 para consultar las enmiendas legislativas más recientes orientadas a compensar las desventajas relacionadas con el trabajo en relación con las pensiones.

Con respecto a la situación específica de las mujeres desempleadas mayores de 50 años, cabe destacar que en Liechtenstein el número de mujeres de este grupo de edad que están desempleadas es significativamente inferior al de las personas de otros grupos de edad y de género. Actualmente, la tasa de desempleo de la población mayor de 50 años ronda el 1,9% y, por tanto, es muy baja. Hay 142 personas de 50 años o más inscritas en el Servicio del Mercado de Trabajo, de las cuales 67 son mujeres. En el caso del desempleo a la edad de 50 años o más, la reinserción en el mercado de trabajo suele llevar más tiempo que en el caso de los jóvenes. Las principales razones que explican este hecho son la falta de educación, formación continua y flexibilidad o las altas expectativas salariales. La experiencia muestra que las mujeres mayores de 50 años no son más difíciles de integrar en el mercado laboral que los hombres de la misma edad.

El Servicio del Mercado de Trabajo ofrece diversos servicios a las mujeres de 50 años o más que buscan empleo, con el fin de asegurar su reintegración rápida y sostenible en la fuerza de trabajo y de mantener y promover su empleabilidad. Debido al número insuficiente de participantes, en los dos últimos años no pudieron llevarse a cabo todos los programas previstos. En caso de que se produzca un aumento del desempleo, el Servicio del Mercado de Trabajo puede aumentar la frecuencia de los programas de activación en cualquier momento.

Matrimonio y relaciones familiares

Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para garantizar que el concepto de bienes matrimoniales conjuntos incluya también los bienes intangibles, como las pensiones y las prestaciones de seguros y otros beneficios profesionales, y sobre las acciones llevadas a cabo a fin de analizar las consecuencias económicas del divorcio para ambos cónyuges, prestando especial atención al mayor capital humano y potencial de obtención de ingresos del esposo a causa de haber trabajado a jornada completa y sin interrupciones en su trayectoria profesional (párr. 43), en consonancia con la recomendación general núm. 29 (2013) del Comité relativa al artículo 16 de la Convención (Consecuencias económicas del matrimonio, las relaciones familiares y su disolución). Sírvanse también facilitar información con respecto a la reforma de la normativa sobre sucesiones. Asimismo, tengan a bien indicar la situación y el contenido de la reforma de la normativa relacionada con la custodia de los hijos en el caso de progenitores separados y divorciados e informar de los procedimientos para que la violencia de género sea un elemento a tener en cuenta en este tipo de decisiones sobre la custodia. Informen también sobre las medidas tomadas para evitar el uso sistemático de la mediación conciliadora en los procedimientos de divorcio y cuáles son los supuestos para dicha mediación.

En lo que respecta a los derechos relacionados con las pensiones ocupacionales en caso de divorcio, cada cónyuge tiene derecho a la mitad de las prestaciones del régimen de pensiones del otro cónyuge adquiridas durante el matrimonio.

Hasta la fecha no se ha llevado a cabo en Liechtenstein ningún análisis real de las consecuencias económicas del divorcio para ambos cónyuges. El divorcio tiene consecuencias económicas para los dos. Las partes en los procedimientos de divorcio deben concertar un acuerdo sobre la pensión alimenticia y la obligación de prestar alimentos, la asignación del hogar conyugal, la distribución de los efectos personales, la división de los bienes acumulados durante el matrimonio y la división de las prestaciones derivadas de las pensiones ocupacionales. En caso contrario, es el tribunal el que determina estas consecuencias secundarias del divorcio. Las ventajas de los hombres relacionadas con la carrera y derivadas de haber trabajado a tiempo completo o sin interrupciones en su trayectoria profesional se tienen en cuenta, en particular, sobre la base de las disposiciones jurídicas relativas a la pensión alimenticia (art. 68 de la Ley de Matrimonio; Ehegesetz, EheG, LGBl. 1974, núm. 20).

Las personas divorciadas suelen aceptar restricciones financieras debidas a la separación de la familia o el mantenimiento de dos hogares. El Estado proporciona diversas formas de ayuda, como, por ejemplo, asistencia jurídica si una persona no puede sufragar los costos de un divorcio; el cobro de la pensión alimenticia y de la obligación de prestar alimentos o, en caso de que dicho cobro no tenga éxito, adelantos sobre la pensión alimenticia y la obligación de prestar alimentos; el aumento de la prestación por hijos para los progenitores sin pareja; reducciones de las primas del seguro de salud; subsidios para costear el cuidado de los niños fuera del hogar para los progenitores sin pareja que trabajan; contribuciones para el alquiler; y asistencia social financiera si los ingresos son insuficientes para sufragar el costo de la vida. Además, el Servicio del Mercado de Trabajo de Liechtenstein ofrece asesoramiento y apoyo y promueve el reciclaje profesional y la formación continua a fin de facilitar la reincorporación en la fuerza de trabajo después de una interrupción de la carrera.

El derecho sucesorio fue objeto de una reforma fundamental en 2012 con el fin de mejorar la situación jurídica del cónyuge supérstite o la pareja inscrita. Una de las principales mejoras consistió en aumentar la parte legal de la herencia que corresponde al cónyuge supérstite o la pareja inscrita. Hasta la reforma, la parte legal de la herencia correspondía a un tercio de los bienes transferidos al cónyuge supérstite o la pareja inscrita. Esto representaba una desventaja de facto para los cónyuges que no trabajaban, situación que en Liechtenstein tenía una repercusión más negativa para las mujeres que para los hombres. La parte legal de la herencia ha pasado a ser la mitad de los bienes. Este cambio también aumenta el porcentaje obligatorio, que se calcula sobre la base de la parte legal de la herencia. Asimismo, la ley que rige el porcentaje obligatorio incluye una cláusula contra los abusos, lo que garantiza que el cónyuge supérstite no sufra ninguna desventaja.

El 1 de enero de 2015 entró en vigor en Liechtenstein la nueva Ley de Padres e Hijos, que, en particular, establece nuevas normas relativas a la custodia mediante la modificación de varias leyes. Las nuevas normas suponen que, en general, la relación del niño con ambos padres es especialmente valiosa para el desarrollo del niño y que los padres deben ejercer la custodia en condiciones de igualdad y acuerdo mutuo. Por consiguiente, la custodia compartida de los hijos es la norma tras la separación o el divorcio, con sujeción al bienestar del niño en el momento de la separación o el divorcio o también después (arts. 175 y 176a del Código Civil General; Allgemeines Bürgerliches Gesetzbuch, ABGB). Esta nueva norma se ajusta a la evolución jurídica y las transformaciones sociales a nivel internacional, que conllevan un cambio de opinión respecto de la responsabilidad de la madre y el padre por el hijo o los hijos que tienen en común.

En el marco de la custodia compartida de los hijos, se insta a los padres a que lleguen a un acuerdo mutuo. A tal efecto, el tribunal también puede emplear el instrumento de la mediación. En todos los casos en que los padres modifican las disposiciones relativas a su custodia por acuerdo mutuo, los niños de 14 años o más tienen derecho a oponerse. Si los padres no logran alcanzar un acuerdo, el tribunal decidirá con arreglo al bienestar del niño. La nueva Ley de Padres e Hijos otorga prioridad al bienestar del niño y establece una lista exhaustiva de criterios para garantizarlo, teniendo en cuenta las consideraciones psicológicas y pedagógicas del niño (véase el art. 137b del Código Civil General). Al evaluar el bienestar del niño, se presta especial atención al grado en que se garantiza la protección de la integridad física y mental del niño y a los medios empleados para evitar el peligro de que los niños sufran violencia. El recurso a la violencia (general o de género) por parte de cualquiera de los progenitores (contra el hijo o el otro cónyuge) se tiene en cuenta en la evaluación general de las decisiones sobre la custodia, en los indicadores relativos a poner en peligro el bienestar del niño, ser testigo de violencia y comprometerse a mantener una buena conducta. Como norma general, si se recurre a ese tipo de violencia, no se concede la custodia compartida de los hijos. Si los padres están de acuerdo en que, mediante la derogación de una disposición vigente, debería concederse la custodia a ambas partes conjuntamente o solo a una de ellos, la aprobación del acuerdo por parte del tribunal está sujeta, entre otras cosas, a que se garantice el bienestar del niño (art. 173 del Código Civil General).

En Liechtenstein los divorcios deben tramitarse mediante procedimientos de divorcio, no mediante procedimientos de mediación.

Información adicional

Sírvanse aportar cualquier información suplementaria que estimen pertinente sobre las medidas de carácter legislativo, normativo, administrativo o de otra índole que se hayan adoptado desde el examen del anterior informe periódico con vistas a aplicar las disposiciones de la Convención y las observaciones finales del Comité. Cabe incluir leyes, novedades, planes, programas y ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos y cualquier otra información que el Estado parte considere relevante. Téngase en cuenta que, además de las cuestiones planteadas en el presente documento, el Estado parte deberá responder, durante el diálogo, a las preguntas adicionales que formule el Comité en el marco de la Convención.

Como ya se ha mencionado en el presente informe, en los últimos años Liechtenstein ha firmado y ratificado varios acuerdos internacionales y europeos sobre la protección de los derechos humanos. Liechtenstein ratificó el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía en 2013 y el Protocolo Facultativo relativo al correspondiente procedimiento de comunicaciones en 2017. También ratificó el Protocolo núm. 15 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales en 2013 y el Convenio del Consejo de Europa sobre la Lucha contra la Trata de Seres Humanos en 2016. Además, el Convenio del Consejo de Europa para la Protección de los Niños contra la Explotación y el Abuso Sexual entró en vigor en Liechtenstein el 1 de enero de 2016. En 2016 se firmó el Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra las Mujeres y la Violencia Doméstica (Convenio de Estambul).

Con respecto a las enmiendas pertinentes de la legislación nacional durante el período sobre el que se informa, cabe señalar en especial la revisión de la legislación en materia de apellidos. En septiembre de 2014 el Parlamento aprobó una reforma de dicha legislación, que entró en vigor el 1 de enero de 2015. Los cónyuges tienen derecho a seguir utilizando sus apellidos anteriores tras contraer matrimonio, sin doble apellido. No obstante, se mantiene la posibilidad de que los contrayentes elijan uno de sus apellidos como apellido oficial, así como la posibilidad de formar un doble apellido. Se hizo otra modificación de la ley que rige el apellido del niño cuyos padres no están casados. Antes de la reforma, el niño recibía el apellido de soltera de la madre. Si la madre había adquirido el apellido de su cónyuge de un matrimonio anterior y lo había mantenido a pesar de la separación o el divorcio, ello daba lugar a que la madre, el niño y el padre tuvieran cada uno su propio apellido. Con la revisión, el niño pasa a recibir el apellido actual de la madre. Los hijos de padres casados, por regla general, reciben el apellido familiar oficial de los padres. Si los padres no tienen un apellido familiar oficial, el niño recibe el apellido que los padres hayan decidido para él.

En 2016 el Parlamento aprobó una reforma de la legislación que rige los nombres de las parejas inscritas. Con el cambio legislativo, dicha legislación se colocó en pie de igualdad con la que regula los nombres de las parejas casadas. Las parejas inscritas tienen la posibilidad de conservar su propio apellido —como antes de la reforma— o de declarar ante el Registro de Estado Civil, en el momento de inscribir la pareja, los apellidos que desean usar como apellido oficial. En este último caso, el miembro de la pareja cuyo apellido no se utilice como apellido oficial podrá, mediante declaración ante el Registro de Estado Civil, añadir su apellido antes o después del oficial, creando así un apellido doble. La reforma entró en vigor el 1 de enero de 2017.