79º período de sesiones

21 de junio a 9 de julio de 2021

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer

Respuestas del Líbano a la lista de cuestiones y preguntas relativa a su sexto informe periódico *

[Fecha de recepción: 17 de febrero de 2021]

* La versión original del presente documento no fue objeto de revisión editorial oficial.

Contexto general

(1)

El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer solicita que el Estado libanés indique si tiene previsto adoptar alguna estrategia para hacer frente a los efectos que tienen la continua inestabilidad política, económica y social y los problemas de seguridad en los derechos de las mujeres y las niñas, incluida su protección frente a la violencia de género. Nos gustaría reafirmar que el Estado libanés ha adoptado varias estrategias y planes nacionales en ese sentido, uno de cuyos objetivos es hacer frente a los efectos de esos problemas en los derechos de las mujeres y las niñas, incluida su protección frente a la violencia de género.

El Ministerio de Estado para Asuntos de la Mujer adoptó la Estrategia Nacional de Igualdad de Género (2017-2030) como plan de acción de acuerdo con la Estrategia Nacional para las Mujeres del Líbano (2011-2021) y sus planes de acción, uno de cuyos objetivos estratégicos es tomar medidas para atajar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas en todas las esferas.

La Comisión Nacional de Mujeres Libanesas, junto con ocho organismos oficiales competentes, ha revisado y actualizado los indicadores de la implementación de la Estrategia Nacional para Combatir la Violencia contra las Mujeres y las Niñas y su plan de acción.

Asimismo, la Comisión Nacional, en colaboración con el Fondo de Población de las Naciones Unidas, la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres (ONU-Mujeres), la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la dependencia de coordinación interinstitucional de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), colaboró en la preparación y la publicación de boletines periódicos titulados Gender Alert on COVID-19 Lebanon (Alerta de género sobre la COVID-19 en el Líbano), con vistas a destacar las repercusiones que la crisis sanitaria y sus consecuencias sociales, económicas y de seguridad tenían en la igualdad de género, particularmente en lo que respectaba a la protección de las mujeres frente a la violencia de género. En estas publicaciones se recopilan datos sobre la violencia de género y se incluyen recomendaciones, en particular estratégicas, destinadas a hacer frente a los efectos de las crisis actuales.

El Comité solicita que el Líbano indique si los programas de socorro y recuperación que el Estado puso en marcha a raíz de la explosión producida en el puerto de Beirut en agosto de 2020 incluyen medidas que garanticen que las mujeres no son objeto de discriminación, están protegidas frente a la violencia de género y tienen una representación suficiente en las estructuras de respuesta en casos de desastre. Nos gustaría reafirmar que el Estado libanés, junto con todos sus organismos especializados que están haciendo frente a la catastrófica explosión, garantiza que las mujeres no son objeto de discriminación cuando tratan de acceder a la ayuda y que tienen una representación suficiente en las estructuras de respuesta en casos de desastre.

Para tal fin, se ha creado un centro de datos de seguridad social en la Oficina del Primer Ministro, bajo la Dependencia de Gestión de Riesgos de Desastres. El Ministerio de Asuntos Sociales impartió cursos de concienciación en siete centros de servicios de desarrollo a niñas y mujeres afectadas por la explosión de Beirut con el fin de ofrecerles apoyo psicosocial y de difundir mensajes fundamentales relativos al género y a la protección frente a la violencia de género. En dichos cursos se distribuyeron unos 700 kits de información relativa a las mujeres.

El Ministerio de Asuntos Sociales, en colaboración con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), dio inicio a su plan estratégico para la protección de las mujeres y los niños en el Líbano (2019-2026). Se está trabajando en la implementación del plan de acción para 2021-2023, que cubre una serie de esferas estratégicas clave, entre ellas:

–El refuerzo del cumplimiento de las leyes relativas a la protección de los niños y las mujeres en el Líbano;

–El aumento de las capacidades institucionales del Ministerio (a saber, las de recursos humanos, procedimientos, infraestructura y logística);

–La prestación de servicios para la protección de los niños y las mujeres y el aseguramiento de la calidad de dichos servicios;

–El logro del cambio social y de comportamiento a fin de proteger a los niños y las mujeres de la violencia de género.

Con respecto a la representación suficiente de las mujeres en las estructuras de respuesta en casos de desastre, la Dependencia de Gestión de Riesgos de Desastres de la Oficina del Primer Ministro, compuesta por hombres y mujeres, ha estado trabajando en coordinación con varias provincias con el fin de ofrecer refugio a quienes se vieron obligados a abandonar sus hogares. Esta labor se está llevando a cabo de acuerdo con el plan de respuesta temprana.

La Comisión Nacional ha participado en varias reuniones de la Dependencia de Gestión de Riesgos de Desastres de la Oficina del Primer Ministro y ha procurado que se incorpore la perspectiva de género en las herramientas que se utilizan para recabar información.

El Ejército Libanés inauguró un gabinete de emergencia de avanzada para vigilar la situación humanitaria y de desarrollo de todos los grupos sociales, incluidas las mujeres, en particular aquellas que padecían las consecuencias de la explosión de Beirut. Dicho gabinete, en cooperación con organizaciones internacionales y de la sociedad civil, asumió la responsabilidad ante las operaciones humanitarias y de rescate, e instaló líneas telefónicas para ofrecer asesoramiento y recibir consultas.

Efectos de la pandemia de COVID-19 en los derechos de las mujeres y la igualdad de género

(2)

Desde que comenzó la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19), la Comisión Nacional de Mujeres Libanesas ha incrementado la coordinación con los ministerios y los organismos públicos competentes a fin de brindar servicios a las mujeres y las niñas maltratadas mediante una variedad de cauces (gubernamentales y no gubernamentales) y medios.

I.Coordinación con el Ministerio de Comunicaciones y el Ministerio del Interior

La Comisión Nacional lanzó una campaña para concienciar a las mujeres de que la cuarentena las protegía de la epidemia, y el teléfono 1745 las protegía de la violencia doméstica. Asimismo, la Comisión Nacional solicitó al Ministro de Comunicaciones que dispusiera la gratuidad de las llamadas al teléfono de emergencia.

II.Coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores y Emigrantes

El Ministerio de Relaciones Exteriores y Emigrantes aprobó la petición que hizo la Comisión Nacional de que en el formulario de inscripción de las personas libanesas que desearan volver al país se incluyera una casilla para los hijos y cónyuges extranjeros de las libanesas, lo que les permitiría figurar en la lista de solicitantes.

III.Coordinación con el Ministerio de Asuntos Sociales

La Comisión Nacional se coordinó con el Ministerio de Asuntos Sociales a fin de que el género se tuviera en cuenta en el formulario que utilizaba el Ministerio para brindar asistencia a las familias más pobres.

IV.Coordinación con el Ministerio de Justicia

La Fiscalía del Tribunal de Casación comenzó a elevar de inmediato las denuncias de las mujeres víctimas de violencia doméstica. Presentar denuncias ante la Fiscalía no es obligatorio, y las mujeres que no pueden comparecer en la oficina judicial competente pueden declarar telefónicamente.

V.Seguimiento de los casos de violencia doméstica durante la pandemia de COVID-19

Con el fin de determinar la naturaleza y la frecuencia de la violencia que padecían las mujeres y las niñas y la ubicación geográfica donde ocurrían los actos de violencia, la Comisión Nacional preparó y envió formularios a asociaciones y organizaciones de la sociedad civil que tenían teléfonos de emergencia para recibir denuncias de violencia doméstica.

Con la asistencia técnica de los organismos de las Naciones Unidas, la Comisión Nacional ha publicado varias ediciones del boletín Gender Alert on COVID-19 Lebanon , tanto en inglés como en árabe.

VI.Coordinación con asociaciones de la sociedad civil que manejan los centros de acogida para mujeres vulnerables y supervivientes de la violencia doméstica

La Comisión Nacional celebró con representantes de varias organizaciones de la sociedad civil y con el Ministerio de Asuntos Sociales una reunión ampliada para examinar los problemas que las organizaciones enfrentaban al proteger a las mujeres de la violencia doméstica —particularmente en vista de la pandemia de COVID-19, las medidas excepcionales tomadas para dar respuesta a la pandemia y el aumento de la tasa de violencia—, facilitar que las asociaciones de la sociedad civil se coordinaran con las instituciones públicas, definir las prioridades urgentes y a mediano y largo plazo, y reducir la violencia doméstica y brindar servicios a las víctimas.

Uno de los mayores problemas que enfrentan las asociaciones es su capacidad limitada para recibir a mujeres maltratadas y ofrecerles rápidamente refugio temporal y seguro. Esa situación se ve agravada por el hecho de que el Estado libanés no dispone de centros de acogida seguros, la difícil situación económica y financiera de las asociaciones, el elevado costo de los tratamientos médicos para las mujeres maltratadas, en particular aquellas que no reciben prestaciones de la caja nacional de seguridad social o no tienen documentos de identidad, y la lentitud de los procedimientos judiciales en los casos de violencia doméstica, entre otros factores.

Algunas de las recomendaciones más importantes que hicieron los participantes de la reunión fueron: establecer un fondo especial para asistir a las víctimas de violencia doméstica, crear un centro especial de cuarentena para las mujeres y las niñas maltratadas y eximir a los equipos de protección de las asociaciones de las restricciones a la circulación.

El Líbano ha adoptado medidas para garantizar que las actividades de respuesta a la crisis de la COVID-19 y de recuperación posterior atajan eficazmente la violencia de género contra las mujeres y las niñas y tienen por objeto prevenirla.

–Los prestadores de servicios a las víctimas de violencia de género en los 12 espacios seguros que están disponibles en los centros de servicios de desarrollo del Ministerio de Asuntos Sociales han cambiado sus métodos de trabajo. En los períodos de confinamiento total, se brindaron telefónicamente servicios de coordinación asistencial y apoyo psicosocial a las supervivientes de violencia de género luego de que se difundieran los teléfonos de emergencia correspondientes, y se veló por el cumplimiento de los requisitos de privacidad y confidencialidad. Asimismo, se ofrecieron algunas sesiones informativas a distancia.

–Se volvieron a prestar servicios intensivos de apoyo psicosocial de manera presencial en esos espacios seguros cuando se reabrieron, inmediatamente después de que se atenuaran las medidas y restricciones relativas a la circulación de los ciudadanos.

–Diversos grupos de voluntarias proporcionaron información sobre los servicios relacionados con la violencia de género a las mujeres y las niñas de sus comunidades. Se imprimieron folletos de concienciación y una serie de publicaciones sobre consejos de seguridad.

–El 21 de diciembre de 2020, el Parlamento aprobó varias modificaciones a la Ley para la Protección de las Mujeres y Todos los Miembros de la Familia contra la Violencia Doméstica (núm. 293/2014), con el fin de proteger a las víctimas de violencia de manera más eficaz. También aprobó una ley sobre la tipificación del acoso sexual como delito y la rehabilitación de las víctimas y su reintegración a la sociedad.

–La Comisión Nacional se comunicó con la Oficina del Primer Ministro a fin de que las familias de las libanesas que cumplieran los requisitos recibieran asistencia económica pública, independientemente de la nacionalidad de sus cónyuges.

El Comité solicita información relativa a las medidas adoptadas para garantizar que las mujeres y las niñas participan en igualdad de condiciones en la vida política y pública, la adopción de decisiones, el empoderamiento económico y la prestación de servicios.

–En enero de 2020, el Primer Ministro libanés emitió un decreto que estableció un comité nacional para vigilar la pandemia de COVID-19 y responder a ella. El comité está compuesto por las partes interesadas clave, y al menos el 30 % de sus miembros, en particular los más importantes, son mujeres que han desempeñado una función primordial en la preparación para la epidemia y la respuesta a esta.

–En marzo de 2020, se inauguraron salas de operaciones de crisis a nivel provincial y se realizaron varias campañas de prevención y concienciación destinadas al público en general y a los grupos en situación crítica y de vulnerabilidad, particularmente las mujeres.

–Las mujeres lideran muchas salas de operaciones de crisis a nivel provincial y distrital, donde los centros de coordinación han cumplido un papel importante al asegurar que los mensajes de concienciación estén dirigidos y lleguen a todas las comunidades.

En lo que respecta a velar por que las mujeres y las niñas se beneficien por igual de las medidas de estímulo, el Estado libanés garantiza que las medidas y decisiones que toma para contener la pandemia de COVID-19, como las restricciones a la libertad de circulación o los requisitos de distanciamiento físico, no limitan la capacidad de las mujeres y las niñas, incluidas las pertenecientes a grupos desfavorecidos y marginados, de acceder a la justicia, los centros de acogida, la educación, el empleo y la atención de la salud, incluidos los servicios de salud sexual y reproductiva.

–Las medidas y las decisiones tomadas por el Gobierno del Líbano para contener el coronavirus y las restricciones a la libertad de circulación rigen para todos los ciudadanos libaneses por igual, independientemente del sexo.

–El Ministerio de Economía y Comercio preparó un proyecto de ley de pequeñas y medianas empresas, según el cual las empresas de propiedad de mujeres quedaban exentas de todo tipo de impuestos.

–La Comisión Parlamentaria sobre las Mujeres y los Niños ideó un plan bajo el cual se llevará a cabo una serie de audiencias públicas sobre la seguridad económica de las mujeres en tiempos de crisis. Dichas sesiones, sin precedentes en la historia del Parlamento, están orientadas a determinar si es necesario elaborar una nueva legislación, reformar la legislación vigente o tomar medidas administrativas para mejorar la situación económica de las mujeres. La Comisión Parlamentaria, en consonancia con su profundo deseo de adoptar un enfoque participativo para la toma de decisiones, que enfatizó en su plan de acción estratégico para 2019-2022, invitará a ministerios, instituciones públicas, organizaciones de la sociedad civil, expertos y partes interesadas a participar y compartir su experiencia y opiniones, suministrar información y hacer propuestas y recomendaciones, a fin de que se aborden con eficacia los efectos negativos de la pandemia, y de las demás crisis que atraviesa el Líbano, en la seguridad económica de las mujeres. La Comisión Parlamentaria elaboró un formulario de inscripción electrónico para quienes quisieran participar. Dicho formulario se podrá descargar del sitio web oficial del Parlamento hasta que finalicen las audiencias. Dada la estricta cuarentena impuesta para controlar la propagación del coronavirus, la Comisión Parlamentaria se ha visto obligada a posponer las audiencias hasta que la situación sanitaria permita celebrarlas.

–El Ministerio de Asuntos Sociales ha puesto en marcha varios programas destinados a mejorar la capacidad de los trabajadores del sector público para integrar el género a los programas y políticas. También ha organizado cursos orientados a desarrollar las aptitudes de las mujeres para dirigir pequeñas y medianas empresas a fin de que, de ese modo, puedan participar del crecimiento de sus comunidades locales. El Ministerio presta muchos servicios de formación profesional y técnica en sus centros de servicios de desarrollo y dirige proyectos para apoyar las cooperativas de elaboración de alimentos integradas por mujeres y ayudar a las emprendedoras a abrir sus propias empresas. Asimismo, a fin de brindar apoyo a las trabajadoras, el Ministerio ofrece servicios de guardería a un precio simbólico en 24 asociaciones de todas las regiones.

–De acuerdo con las decisiones del Gobierno relativas a la circulación de los ciudadanos y las medidas de protección contra el coronavirus, los métodos para llevar a cabo las actividades se han modificado y armonizado con el fin de que los grupos marginados y más vulnerables sigan beneficiándose de los servicios prestados mientras se preserva la seguridad de los beneficiarios.

–El Ministerio de Salud Pública ha instituido un comité nacional con el fin de establecer protocolos nacionales homogéneos para proporcionar asistencia médica y servicios de embarazo, parto y posparto a las mujeres que han contraído, o se cree que han contraído, el coronavirus. En aras de estandarizar las prácticas de asistencia médica tanto en el sector público como en el privado, los miembros del comité han publicado directrices nacionales en inglés, árabe y francés sobre las prácticas clínicas de atención de las embarazadas y sus hijos antes, durante y después del parto en vista de la pandemia de COVID-19. Se ha capacitado a más de 1.200 prestadores de asistencia sanitaria con esas directrices.

–En respuesta a las solicitudes de materiales educativos sobre la COVID-19 de varios profesionales influyentes del ámbito de la salud reproductiva del Líbano, el comité elaboró materiales para responder las preguntas que las embarazadas y sus familias podrían hacerse en cuanto a la protección, al seguimiento y a las prácticas sanitarias seguras durante la pandemia. Esos materiales se publicaron en las plataformas de medios sociales de varios profesionales influyentes, lo que aumentó la credibilidad de la información provista y evitó la duplicación de esfuerzos.

En consonancia con las recomendaciones de la OMS y de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, el Ministerio de Justicia ha ideado un plan para disminuir el hacinamiento en las cárceles y en los lugares de detención habida cuenta de la pandemia de COVID-19. En el plan se insta a:

a)Mantener un equilibrio entre los imperativos de seguridad pública, justicia, seguridad comunitaria y derechos de las víctimas y la adopción de criterios objetivos y científicos a fin de evitar la toma de decisiones discrecional;

b)Adoptar medidas tanto extraordinarias como periódicas dentro del marco del plan jurídico o judicial con el fin de mitigar el hacinamiento, incluidas algunas medidas que se están aplicando por primera vez;

c)Los siguientes factores han acelerado los procedimientos de juicio y liberación de los detenidos:

–Permitir que las solicitudes de liberación se presenten y se resuelvan por teléfono, fax y correo electrónico (en cooperación con los Colegios de Abogados de Beirut y de Trípoli);

–Autorizar a los departamentos de investigación a realizar interrogatorios electrónicos a distancia. Se han llevado a cabo más de 4.000 interrogatorios de ese tipo. Se ha implantado un sistema audiovisual electrónico que elimina la necesidad de que los detenidos se personen o sean interrogados en persona y permite que comparezcan ante el juez de instrucción con poco preaviso. Este método es conforme a la ley y sin perjuicio de los derechos fundamentales del detenido, ya que su consentimiento se obtiene previamente. El abogado del detenido puede acompañarlo, ya sea en el despacho del juez de instrucción, en el centro de detención o a distancia por videoconferencia. El detenido puede ver la transcripción del interrogatorio por videoconferencia antes de firmar el documento en el centro de detención. Si el detenido es menor de edad, estará acompañado por un trabajador social;

–Enviar las solicitudes presentadas por escrito a las autoridades judiciales competentes por conducto del Consejo Judicial Supremo a fin de que los juicios se celebren sin demoras, se respeten los períodos máximos de detención y se recurra a medios de resolución alternativos en la medida de lo posible;

–Iniciar investigaciones judiciales cuando se incumplen las normas judiciales, particularmente en lo que respecta a la duración de la detención y de los procedimientos de juicio;

d)Reos:

–El Gobierno inició la tramitación acelerada de un proyecto de ley, que aprobó el 20 de marzo de 2020, según el cual los reos que hubieran cumplido su condena estarían exentos de pagar multas y, por ende, serían liberados. El Parlamento aún está debatiendo ese proyecto;

–Los comités de reducción de penas han propuesto que se amplíe la interpretación de los textos correspondientes a fin de que abarque situaciones humanitarias y sanitarias excepcionales;

–Los reos pertenecientes a determinadas categorías (personas mayores, enfermos, quienes cumplieron su condena pero siguen en la cárcel por no haber pagado las multas correspondientes, y a quienes quedan menos de tres meses para cumplir su condena) están recibiendo apoyo para preparar solicitudes de indulto especiales que se envían al Presidente de la República; dichas solicitudes se están tramitando por la vía rápida. Asimismo, las autoridades de seguridad y administrativas competentes han adoptado un formulario para enviar solicitudes de indulto especiales.

Sin duda, este plan ayuda a que todos los detenidos, incluidas las mujeres, tengan acceso a la justicia mediante el aprovechamiento de los mecanismos que ofrece.

Reservas, Protocolo Facultativo de la Convención y enmienda al artículo 20 1) de la Convención

(3)

Los proyectos y propuestas de ley relativos a la transferencia de la nacionalidad y a la igualdad en el matrimonio y en las relaciones familiares siguen en estudio en las comisiones parlamentarias competentes. La Comisión Nacional de Mujeres Libanesas está realizando estudios que allanarán el camino para redactar una ley de derecho civil unificada sobre el estatuto personal que garantice la igualdad de género total.

La Comisión Nacional también está supervisando el progreso de un proyecto de ley de conformidad con el cual se reconocería el derecho de las libanesas a transferir su nacionalidad a sus hijos y, en cooperación con ONU-Mujeres, ha preparado un estudio a fin de concitar apoyo para la aprobación del proyecto de ley.

Marco constitucional y legislativo

(4)

El párrafo yim del preámbulo de la Constitución libanesa dispone que la República Libanesa se cimienta en el respeto por los derechos fundamentales y las libertades públicas, la justicia social y la igualdad de todos los ciudadanos, sin discriminación ni preferencia alguna, en lo que respecta a sus derechos y obligaciones. El artículo 7 de la Constitución prevé que todos los ciudadanos libaneses son iguales ante la ley, gozan de derechos civiles y políticos en igualdad de condiciones y están igualmente sujetos a las obligaciones y deberes públicos, sin distinción alguna. El artículo 12 establece que todos los ciudadanos libaneses tienen el derecho a ocupar puestos del sector público sin distinción alguna, excepto en lo que respecta al mérito y las aptitudes, de conformidad con las condiciones establecidas por la ley.

El Ministerio de Justicia, junto con la organización KAFA y la Comisión Nacional de Mujeres Libanesas, ha presentado un proyecto de ley para modificar la Ley para la Protección de las Mujeres y Todos los Miembros de la Familia contra la Violencia Doméstica (núm. 293/2014) a fin de garantizar la mayor protección posible para las mujeres. El Parlamento libanés aprobó la mayoría de esas modificaciones en su sesión del 21 de diciembre de 2020.

La aprobación de una ley relativa a la tipificación del acoso sexual como delito y la rehabilitación de las víctimas sería un paso muy importante para reducir la incidencia de la violencia sexual contra las mujeres, en particular aquellas explotadas por quienes ejercen autoridad física, moral o formal sobre ellas, incluso en el ámbito laboral.

Con respecto a la investigación de casos de agresión sexual y violación, las reglas que deben seguirse al investigar cualquier tipo de delito penal están establecidas en el Código de Procedimiento Penal y se toman en cuenta factores específicos tales como la edad de la víctima y el tipo de delito. A ese respecto, cabe señalar que la Fiscalía del Tribunal de Casación había emitido una circular en la que se ordenaba abrir en el Tribunal de Beirut una sala donde las víctimas de acoso sexual y los menores pudieran testificar ante un juez competente sin la presencia de la policía judicial, de conformidad con los estándares internacionales pertinentes.

El Comité, en sus observaciones finales sobre los informes periódicos cuarto y quinto combinados del Líbano (CEDAW/C/LBN/CO/4-5, párr. 18), pregunta si los artículos 9 y 10 de la Constitución se han modificado para garantizar la igualdad de género en el contexto de la libertad de religión y la diversidad sectaria. Dichos artículos aún tienen que modificarse.

Por otra parte, el Comité solicita información detallada sobre la aplicación del plan de acción estratégica de la Comisión Parlamentaria sobre las Mujeres y los Niños, cuyos objetivos prioritarios son realizar una revisión amplia para asegurar la compatibilidad de la legislación con las disposiciones de la Convención y modificar o derogar todas las leyes discriminatorias contra las mujeres.

La Comisión Parlamentaria ha colaborado con varias comisiones parlamentarias de otra índole, como la Comisión de Control Poslegislativo, y con la Comisión Nacional y las organizaciones de la sociedad civil que se ocupan de los derechos humanos y de las mujeres. Como resultado de sus esfuerzos, el Parlamento aprobó la Ley núm. 204, por la que se modificó la Ley para la Protección de las Mujeres y Todos los Miembros de la Familia contra la Violencia Doméstica (núm. 293/2014). También aprobó la Ley núm. 205, sobre la tipificación del acoso sexual como delito y la rehabilitación de las víctimas, que fue propuesta por la Presidenta de la Comisión Parlamentaria. Estas leyes se aprobaron en la sesión legislativa del 30 de diciembre de 2020. Su aprobación es un paso importante para elaborar una legislación relativa a la protección y el empoderamiento de las mujeres.

La Comisión Parlamentaria y varios de sus miembros, numerosos miembros del Parlamento y la Oficina del Primer Ministro también han presentado diversos proyectos de ley, entre ellos:

–Modificación del Código Penal mediante la adición de un artículo en el que se amplía la definición de violación; modificación del Código de Trabajo con el fin de garantizar que ambos sexos reciben igual remuneración por trabajo de igual valor; modificación de ciertas disposiciones de la Ley de Seguridad Social a fin de erradicar la discriminación contra las mujeres y garantizar la igualdad entre los sexos; modificación de la Ley de Comercio por Tierra a fin de otorgar a las mujeres la autoridad para abrir cuentas bancarias para sus hijos e hijas menores; y un proyecto de ley relativo a los viajes de menores de edad y a la igualdad entre los padres con respecto a la expedición de pasaportes y la autorización de viaje para los hijos menores (con el objetivo de reducir los casos de esposos que secuestran a sus hijos, los llevan a otro país y privan de ellos a sus madres);

–Modificación de la Ley núm. 572/1996 para retirar la reserva del Líbano al artículo 9 de la Convención;

–Modificación de la Ley núm. 572/1996 para retirar todas las reservas formuladas por el Líbano a la Convención;

–Proyectos de ley relativos al matrimonio infantil;

–Modificación del artículo 25 de la Ley núm. 422/2002, relativa a la protección de los menores infractores y los menores vulnerables, para ampliar la definición de menor e incluir en ella a quienes no figuran en el registro civil;

–Modificación de los artículos 503 y 504 del Código Penal con el propósito de armonizarlos con las disposiciones de los artículos 6, 7 y 7 ba), de la Ley núm. 293/2014, en los que se tipifica como delito el uso o la amenaza de uso de violencia para ejercer los derechos conyugales;

–En lo que respecta a la incorporación en la ley electoral de una disposición relativa a una cuota de mujeres, las comisiones parlamentarias siguen estudiando la mayoría de los proyectos de ley presentados. Entretanto, se sigue presionando para lograr que se apruebe dicha disposición.

A continuación se señalan algunas de las actividades que la Comisión Parlamentaria ha llevado a cabo:

–Se organizó un taller sobre la elaboración del presupuesto con perspectiva de género en colaboración con el Fondo Monetario Internacional;

–Se organizaron talleres sobre la planificación estratégica del control poslegislativo en las comisiones parlamentarias en colaboración con la Westminster Foundation for Democracy;

–Se llevaron a cabo reuniones y debates con la Comisión Nacional y organizaciones de mujeres sobre las cuotas de mujeres, la promoción de la participación efectiva de las mujeres en la política, el Código de Trabajo, la Ley de Seguridad Social y la discriminación contra las mujeres en la legislación y la práctica;

–En varias regiones se mantuvieron debates que versaron sobre los obstáculos y las dificultades que enfrentaban las emprendedoras propietarias de pequeñas y medianas empresas. Se celebraron talleres y conferencias sobre la necesidad de hacer más hincapié en la tecnología y la ciencia en los planes de estudios, así como eventos sobre la tecnología digital y la infraestructura necesaria.

Acceso a la justicia

(5)

El Colegio de Abogados de Beirut ofrece representación legal a título gratuito a los litigantes de escasos recursos y les asigna abogados que los representen, aleguen en su nombre y los defiendan. Los abogados ofrecen asesoramiento jurídico gratuito en centros especializados en el marco de un proyecto para promover el acceso a la justicia de los grupos más desfavorecidos en zonas remotas, el cual se está ejecutando en cooperación con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). El Colegio de Abogados ha creado una dependencia para casos de crisis formada por abogados voluntarios que prestan apoyo jurídico a título gratuito a los afectados por la explosión ocurrida en el puerto de Beirut el 4 de agosto de 2020 que no disponen de medios económicos para contratar representación legal. Los voluntarios trabajan desde centros diseminados por los distintos barrios de Beirut y su periferia. El Colegio de Abogados ha puesto en marcha una plataforma electrónica con este fin. Además, organizó cursos de capacitación y talleres para los trabajadores de primera línea que se ocupaban de las mujeres víctimas de violencia y hacían frente a la trata de personas y otros delitos, con el propósito de familiarizarlos con la Convención y las leyes pertinentes y con la forma en que estas debían aplicarse, así como con las normas que se debían seguir al tratar con las víctimas.

El Ministerio de Justicia participa en una iniciativa conjunta de asistencia jurídica que concertó con el PNUD y el ACNUR el 4 de septiembre de 2019. Esta iniciativa se está llevando a cabo con el apoyo del Gobierno canadiense y en colaboración con los Colegios de Abogados de Beirut y del Norte. El proyecto proporciona diversas herramientas y servicios de asistencia letrada y promueve la justicia para los menores bajo los auspicios del Ministerio de Justicia. También está en consonancia con el Plan de Acción para el Líbano (2017-2020) del PNUD, que se adoptó oficialmente cuando el Gobierno del Líbano lo aprobó en 2017. En ese sentido, se están ejecutando proyectos piloto a efectos de ofrecer asistencia jurídica. Para ello, se abrirán oficinas que funcionarán de acuerdo con un código de conducta y procedimientos operativos uniformes, a fin de prestar apoyo jurídico a los grupos marginados y más desfavorecidos, entre ellos, por supuesto, las mujeres y las niñas libanesas, extranjeras y apátridas.

Otras medidas tendientes a facilitar un acceso efectivo a la justicia, en particular para las mujeres, se recogen en la circular núm. 68/sad/2020, emitida en abril de 2020 por la Fiscalía del Tribunal de Casación. En dicha circular, se ordena a la policía judicial que presente atestado de inmediato en todos los casos de violencia doméstica, incluso cuando no se trate de delitos flagrantes.

Mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer

(6)

La Comisión Nacional de Mujeres Libanesas, dependiente de la Oficina del Primer Ministro, es una institución oficial creada en 1998 en virtud de la Ley núm. 720. Sus miembros son designados por decreto para un período de tres años y tienen a su cargo la mejora de la condición social de la mujer. La Asamblea General de la Comisión Nacional está compuesta por un mínimo de 18 miembros y un máximo de 24. Las parlamentarias y las ministras son consideradas miembros consultivos de la Comisión Nacional mientras dure su mandato. La mesa ejecutiva de la Comisión Nacional está integrada por ocho miembros, elegidos por la Asamblea General de entre sus componentes. Los miembros de la Comisión Nacional forman parte de comisiones especializadas permanentes o especiales que se encargan de supervisar la marcha de los proyectos o programas que se estén ejecutando. Dirige el funcionamiento de la Comisión Nacional un equipo de 12 personas compuesto por expertas en género, en preparación y gestión de proyectos y en formulación de políticas públicas con perspectiva de género y respaldado por un equipo técnico administrativo. Dichas expertas trabajan con los miembros de la Comisión Nacional a fin de que esta pueda cumplir con su mandato legal, que comprende el asesoramiento a la Oficina del Primer Ministro y a otros órganos e instituciones de la administración pública, el enlace y la coordinación con diferentes organismos, instituciones, entidades privadas y civiles y órganos y organizaciones árabes e internacionales, así como el desempeño de funciones operacionales, como la formulación de estrategias y planes, la ejecución de programas y actividades, la preparación de estudios, la realización de investigaciones y la organización de conferencias y talleres.

De conformidad con la Ley núm. 720, las operaciones de la Comisión Nacional se financian con los fondos que cada año se asignan a tal efecto en el presupuesto de la Oficina del Primer Ministro, y con la asistencia y los aportes de organizaciones no gubernamentales locales y extranjeras, así como de organizaciones internacionales. Para 2020, el monto asignado en el presupuesto del Estado libanés fue de 658.000.000 de libras libanesas.

A la fecha, el monto presupuestado no ha sido transferido a la Comisión Nacional. Sin embargo, esta ha recibido los fondos asignados en el presupuesto general de 2018 y parte del asignado para los dos primeros trimestres de 2019. La Comisión Nacional está a la espera del pago de los aportes estatales pendientes para 2019 y 2020.

Asimismo, diversos proyectos técnicos preparados en cooperación con organismos internacionales y financiados por organizaciones internacionales y organismos de las Naciones Unidas ayudan a la Comisión Nacional en su labor como autoridad nacional institucional responsable de los asuntos de la mujer, la igualdad de género y la incorporación de la perspectiva de género a las políticas y al funcionamiento de los organismos públicos.

Este año la Comisión Nacional está preparando la redacción de una nueva estrategia nacional para 2022-2030, en cooperación con el UNFPA, los asociados del sector público y las organizaciones asociadas de la sociedad civil, y con la asistencia técnica de los organismos pertinentes de las Naciones Unidas.

Se puede acceder a información detallada sobre el cumplimiento de cada uno de los 12 objetivos estratégicos de la Estrategia Nacional para las Mujeres del Líbano (2011-2021) en el informe sobre el segundo plan de acción nacional para su aplicación. En el enlace que aparece en la nota a pie de página se puede ver una presentación gráfica de los datos pertinentes más significativos hasta 2019.

En relación con la labor que los coordinadores de cuestiones de género realizan en los ministerios y otras instituciones oficiales a fin de incorporar con eficacia la perspectiva de género a las políticas y programas, en septiembre de 2020 la Comisión Nacional celebró con dichos coordinadores una reunión ampliada sobre la incorporación del género a las políticas y los programas públicos en vista de la situación imperante. En el transcurso de la reunión, los participantes se familiarizaron con el plan de acción nacional relativo a la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad y su aplicación, revisaron las responsabilidades de los coordinadores de cuestiones de género, los desafíos planteados por la situación actual y una serie de iniciativas alentadoras, y examinaron la forma de coordinar la labor tendiente a activar la red de coordinadores y las medidas que debían adoptarse a fin de institucionalizar su función en los organismos oficiales y los ministerios.

Al mismo tiempo, la Comisión Nacional convocó varias reuniones de las comisiones coordinadoras nacionales encargadas de la lucha contra la violencia de género, de la promoción de la participación de las mujeres en los asuntos políticos y públicos, de la función de la mujer en la prevención de conflictos y la consolidación de la paz, y de la participación de las mujeres en la seguridad, la defensa y la economía. La Comisión Nacional ha creado grupos de trabajo sobre las medidas adoptadas para ejecutar el plan de acción nacional relativo a la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad, y los coordinadores de cuestiones de género designados por los distintos organismos han participado en estos grupos de trabajo.

A continuación se exponen algunas de las cuestiones y temas abordados por los grupos de trabajo más importantes:

–La lucha contra la trata de personas mediante la ley y en la práctica;

–La inspección y evaluación de los centros de acogida para mujeres víctimas de la violencia de género;

–La adopción de definiciones uniformes de los distintos tipos de violencia;

–La evaluación de los obstáculos enfrentados por las mujeres en la vida pública y política y el aumento de la participación de las mujeres en las elecciones parlamentarias y municipales;

–La realización de un estudio nacional para determinar las oportunidades, necesidades y carencias respecto del empoderamiento económico de las mujeres.

La Comisión Nacional desea crear una red de coordinadores de cuestiones de género en los municipios.

A continuación se exponen los principales objetivos del plan de acción ejecutivo de la Comisión Nacional para 2018-2020:

–Modificar las leyes y adaptar la legislación y las políticas a fin de promover la igualdad de género, de conformidad con la Carta Internacional de Derechos Humanos y las convenciones y marcos internacionales destinados a eliminar todas las formas de discriminación contra las mujeres y las niñas;

–Promover la participación de las mujeres en la vida política, en los procesos de adopción de decisiones y en los consejos electivos a todos los niveles;

–Mejorar la capacidad nacional para incorporar la perspectiva de género a las políticas, los presupuestos, los programas y los proyectos;

–Revitalizar y fortalecer la función de la Comisión Nacional como autoridad nacional.

Medidas especiales de carácter temporal

(7)

La Ley núm. 61/2017 modificó las Leyes de Municipios al introducir una disposición relativa al derecho de las mujeres casadas que se empadronasen en otro municipio en razón de un matrimonio a presentarse a las elecciones del municipio en cuyo censo electoral estuvieran inscritas antes de contraer matrimonio. Ya no es posible destituir a una mujer que sea miembro de un consejo municipal por haberse casado.

En los últimos años ha aumentado la proporción de mujeres que ocupan cargos públicos o puestos en el poder judicial y el cuerpo diplomático, así como su número en el Ejército, las Fuerzas de Seguridad Interior y las Fuerzas de Seguridad General. Además, seis mujeres ostentaron carteras ministeriales en el anterior Gobierno.

La Comisión Nacional de Mujeres Libanesas ha estudiado y propuesto varios proyectos de ley relativos a la inclusión de una cuota de mujeres en la Ley de Elecciones Parlamentarias y Municipales.

Se preparó una auditoría participativa sobre la igualdad de género en forma conjunta con dos partidos políticos libaneses. Un equipo de la Comisión Nacional ha finalizado la auditoría de uno de los partidos y ha constatado la necesidad de que este aumente el número de mujeres que designa para cargos políticos y puestos en sindicatos, comisiones y delegaciones.

Estereotipos y prácticas nocivas

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En 2020 la Comisión Nacional, en el marco de su alianza con el programa Women Empowered for Leadership (Mujeres empoderadas para liderar) de la organización Hivos, elaboró, junto con el Instituto de Estudios y Capacitación en Medios de Comunicación de la Universidad Libanesa Estadounidense, un estudio sobre el género en los medios de comunicación, centrado en la representación de las mujeres y los hombres en la publicidad libanesa, en el que se analizaron una serie de anuncios y se comparó la representación de las mujeres y los hombres en ellos. El estudio reveló y documentó los problemas relativos a la forma estereotipada y tradicional en que se representa a las mujeres y los hombres. Esperamos utilizar los resultados de este detallado estudio en la preparación de programas y planes de promoción de la igualdad de género en la publicidad libanesa. Asimismo, los resultados se utilizarán en la elaboración de cursos, dirigidos a alumnas y alumnos, acerca del cambio de los estereotipos sobre la mujer en la cultura y los medios de comunicación, tal como se indica en la Estrategia Nacional para las Mujeres del Líbano y sus planes de acción detallados.

La designación de mujeres como Ministras de Defensa, Justicia, Trabajo e Información en el actual Gobierno interino, así como la designación de una mujer como Ministra del Interior en el Gobierno anterior, han contribuido a generar un cambio en la opinión pública respecto de las mujeres, ya que el hecho de que dirijan ministerios importantes se ha convertido en algo común.

El Ministerio de Cultura ha creado bibliotecas en las cárceles de mujeres, y una de ellas ya se ha inaugurado. Además, ha prestado apoyo material y moral a los trabajadores creativos y artísticos, en particular a las mujeres. También efectuó una evaluación de referencia destinada a determinar el grado de participación de las mujeres en la vida cultural y a detectar los obstáculos que les impedían participar activamente en ella o les negaban la posibilidad de hacerlo. El Ministerio alienta a los trabajadores creativos de todos los ámbitos de la cultura a hacer de las mujeres el centro de su labor, a fin de mitigar el efecto de la educación familiar patriarcal y de poner de relieve los progresos que las mujeres han realizado en la vida pública y en todas las demás esferas.

Violencia de género contra la mujer

(9)

El Parlamento modificó la Ley para la Protección de las Mujeres y Todos los Miembros de la Familia contra la Violencia Doméstica (núm. 293/2014), y la Ley modificada se publicó el 7 de enero de 2021 en el primer número del Boletín Oficial.

La modificación introduce distintos cambios bienvenidos en varios niveles:

a)El concepto de violencia doméstica dentro de la familia se amplía para incluir los actos cometidos en el curso de la vida conyugal;

b)Se tipifican la violencia psicológica y la económica, y se establece una pena para los autores;

c)En lo que respecta al litigio, los casos de violencia doméstica están ahora al cargo de un fiscal especializado, un juez de instrucción, un juez penal único, un tribunal de apelación y un tribunal penal;

d)En virtud de la ley, los jueces al cargo de los casos urgentes pueden ordenar, de forma directa, la ejecución de las órdenes de protección que emitan a los agentes de la policía judicial;

e)La ley dispone que los hijos de una víctima que tengan hasta 13 años deben ser retirados del hogar si la víctima es retirada del mismo, independientemente de la edad de custodia, que puede variar de una comunidad religiosa a otra. Los menores ahora tienen derecho a presentar una solicitud de protección directamente ante el tribunal competente, sin necesidad de obtener el permiso de su tutor;

f)Con el fin de asegurar la plena eficacia de las órdenes de protección, la pena por su incumplimiento se eleva a un año de prisión y una multa con una cuantía máxima del doble del salario mínimo, o una de esas dos medidas. Si el infractor utiliza la violencia, la pena es de hasta un año de prisión y una multa cuya cuantía no superará el cuádruple del salario mínimo. La pena se duplica en caso de reincidencia.

Además de las medidas establecidas en la Ley publicada en el Boletín Oficial, todas las denuncias de violencia doméstica presentadas ante la Dirección General de las Fuerzas de Seguridad Interior se recogen en una base de datos consolidada. Los datos recogidos incluyen la edad y la nacionalidad de la víctima, así como el tipo de relación entre el autor y la víctima. Todos los actores pertinentes se valen de un programa informático para registrar las denuncias. Dicho programa está conectado al servidor principal de la Dirección General, el cual alberga la base de datos consolidada.

Al tratar los delitos de agresión sexual o violación se siguen los principios específicos siguientes: los casos pueden abordarse de forma reactiva o proactiva; estos delitos se investigan de conformidad con los procedimientos específicos para los delitos flagrantes y no flagrantes, establecidos el Código de Procedimiento Penal y sus modificaciones; se pone gran empeño en velar por la dignidad y la salud de las víctimas, y por que se les preste apoyo psicosocial; el Estado procura el cumplimiento diligente de las directrices adicionales relativas a los niños víctimas y supervivientes de agresiones sexuales; se deriva al ACNUR a las víctimas extranjeras de agresiones sexuales y se les brinda apoyo; se hace gran hincapié en la búsqueda de atención médica y psicológica a fin de proteger la salud física y mental de los supervivientes y salvaguardar su vida; y se informa a las víctimas de los procedimientos que han de seguirse, independientemente de su sexo o nacionalidad.

Las personas que atienden a las víctimas de agresión sexual o violación deben respetarlas y guardar estricto secreto profesional, así como contactar con centros médicos especializados donde las víctimas, si así lo desean, puedan recibir apoyo psicológico y psicosocial gratuito. Las agresiones y violaciones cometidas por miembros de las fuerzas de seguridad se investigan a petición de los tribunales militares o civiles, dependiendo de las circunstancias de cada caso.

(10)

El Comité ha solicitado información sobre las medidas adoptadas para recopilar datos, desglosados por edad, nacionalidad y relación entre la víctima y el autor, sobre el número de casos denunciados de violencia contra la mujer y el número de enjuiciamientos, condenas y penas impuestas a los autores.

–No es posible ofrecer estadísticas precisas sobre estos casos, en constante aumento debido a los efectos negativos de la pandemia de COVID-19, ya que las secretarías judiciales no disponen de sistemas automatizados.

–Los datos sobre el número de casos de violencia contra las mujeres son recogidos por las asociaciones de la sociedad civil, y la Dirección General de las Fuerzas de Seguridad Interior mantiene un registro del número de casos denunciados.

El Comité quisiera saber si se han adoptado medidas para velar por que todas las denuncias de agresión sexual y violación sean debidamente investigadas, enjuiciadas y sancionadas, por que las víctimas tengan acceso a una reparación adecuada, incluida una indemnización, y por que todas las denuncias de agresión y violación por miembros de las fuerzas de seguridad sean investigadas por una autoridad judicial independiente.

–En virtud de la Ley de Acoso Sexual, tanto el acoso físico como el psicológico son punibles y no se requiere el consentimiento previo para juzgar al acusado. La pena impuesta se determina en función de quién sea el autor y se agrava en caso de relación de dependencia o comisión del acto en un organismo oficial o militar y en otros lugares especificados por la Ley.

–Los supervivientes de violencia pueden entablar demandas contra sus agresores de acuerdo con la Ley para la Protección de las Mujeres y Todos los Miembros de la Familia contra la Violencia Doméstica, ley específica aplicable a estos casos. Cabe señalar que los tribunales no han dudado en emitir órdenes de protección para las mujeres desde la aprobación de dicha Ley.

Trata y explotación de la prostitución

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El Ministerio de Justicia ha redactado un proyecto de ley modificativa de la Ley núm. 164/2011, relativo a la tipificación de la trata de personas. En virtud de la modificación propuesta, este delito pasaría a ser punible de conformidad con una ley especial y separada, según la cual se crearía una autoridad nacional de lucha contra la trata de personas. El proyecto de ley se presentará al Gabinete tras la formación del nuevo Gobierno. El proyecto aborda los vacíos de la ley actual, los más importantes de los cuales son las disposiciones relativas a la asistencia y la protección respecto de la trata de personas, la forma de ocuparse de los niños testigos y su protección, el establecimiento de penas justas y eficaces para los tratantes, y el trato sensible hacia los niños.

La Dirección General de las Fuerzas de Seguridad Interior ha creado una estrategia integral para combatir la trata de personas y las agresiones sexuales, en particular los delitos cometidos contra las mujeres y los niños, y para brindar apoyo a las víctimas. La estrategia consta de los siguientes componentes: prevención; enjuiciamiento, investigación y pena; prestación de asistencia y protección a las víctimas; y vigilancia y seguimiento continuo.

La Dirección General de Seguridad General ha inaugurado un servicio telefónico de emergencia para denuncias. Además, trabaja con organizaciones de la sociedad civil para prestar servicios, como los centros de acogida, y protección a las víctimas de la trata de personas. Tras una inmediata y rápida intervención, la víctima es alojada en un centro de acogida por orden del tribunal competente. Se ofrece a la presunta víctima la oportunidad de regresar a su país y se autoriza a un abogado a proseguir con la tramitación del caso ante el tribunal competente. En algunos casos, las autoridades se coordinan con la parte que recibirá a la víctima en su país, en particular cuando se trata de un artista. Con anterioridad a la investigación, se informa a la presunta víctima de todos sus derechos y obligaciones.

El régimen que regula la entrada de artistas en el país no ha sido modificado. La entrada de estas personas en el Líbano sigue rigiéndose por la Ley de Extranjería de 1962. La Dirección General de Seguridad General ha adoptado varias medidas y ha emitido numerosas circulares destinadas a proteger a esta categoría de trabajadores para que no sean explotados en la prostitución ni se conviertan en víctimas de la trata. A tal efecto, la Dirección General de Seguridad General ha instituido un sistema por el que los artistas que llegan al país son entrevistados por especialistas de dicha Dirección General, los cuales los informan de sus derechos y obligaciones, los familiarizan con las conductas indicativas de que están siendo explotados y les facilitan un número de teléfono de emergencia operativo las 24 horas. Se ha puesto en marcha un sistema especial de denuncias y las patrullas visitan ahora los lugares de trabajo de los artistas para detectar los casos de explotación. Estas medidas forman parte de un sistema de alerta temprana diseñado para evitar que esas personas se conviertan en víctimas de la trata.

Participación en la vida política y pública

(12)

La promoción de la participación de las mujeres en la vida política y el aumento del número de mujeres en puestos de decisión exigen una revisión de los artículos pertinentes de la Constitución y de las leyes electorales, así como de la forma en que los partidos políticos elaboran sus listas. La Comisión Nacional de Mujeres Libanesas ha trabajado con los partidos políticos en la elaboración de documentos normativos destinados a mejorar el acceso de las mujeres a los puestos de decisión. También los está ayudando a realizar auditorías participativas de género con la metodología adoptada por la Organización Internacional del Trabajo.

Además, se están debatiendo en el Parlamento diversos proyectos de ley sobre las elecciones parlamentarias propuestos por varios diputados. Conforme a algunas de las leyes propuestas, de los 128 escaños elegidos por los residentes en el Líbano, 20 se reservarían para mujeres, lo cual les permitiría participar en la vida política y en la adopción de decisiones. Otras leyes propuestas contienen disposiciones que exigen que se reserve al menos el 30 % de los puestos de las listas de los partidos a cada sexo, y que en las listas de candidatos se alternen los nombres de los hombres y las mujeres. Algunas de las leyes propuestas piden la adopción de una cuota respecto a los candidatos de las listas de los partidos.

Las autoridades competentes, incluidas la Comisión Nacional, las comisiones parlamentarias y los organismos oficiales, con la ayuda de las organizaciones de mujeres, están estudiando medidas especiales de carácter temporal que se ajusten al artículo 4 de la Convención. Una de las medidas en estudio es la aprobación por parte del Parlamento de una ley electoral que introduciría un sistema de cuotas destinado a lograr, como mínimo, una representación del 30 % de mujeres y respaldaría las campañas de candidatas a cargos electivos.

Educación

(13)

En consonancia con el exhaustivo estudio de género sobre los libros de texto que elaboró el Centro para la Investigación y el Desarrollo Educativo entre 2012 y 2013, se continúan aplicando las siguientes recomendaciones:

–Se está utilizando un enfoque que tiene en cuenta las cuestiones de género para planificar las políticas educativas, y sus conceptos se están incorporando a los planes de estudio, los libros de texto y los programas de capacitación docente;

–No se publica ningún libro de texto hasta que el Centro lo haya revisado;

–Se exige una revisión con perspectiva de género para aprobar cualquier recurso educativo o libro de texto utilizado en las escuelas privadas que se presente al Centro a efectos de ser evaluado y certificado;

–Los autores de los libros de texto utilizados a nivel nacional deben estar familiarizados con los instrumentos internacionales relativos a los derechos humanos y a la eliminación de la discriminación por razón de género. También deben estar familiarizados con la evolución de la situación de la mujer en el Líbano y en todo el mundo;

–La igualdad entre los sexos en cuanto a número y responsabilidades debe respetarse estrictamente, en lo que respecta tanto a los autores que estén elaborando los libros de texto para todos los niveles educativos y todas las asignaturas, como a los personajes que figuren en los textos y las ilustraciones. Se debe destacar la variedad de roles esenciales que los hombres y las mujeres desempeñan en el marco de los valores libaneses, en particular en la política, las actividades productivas, la vida social, la reproducción, las actividades creativas y el liderazgo. No deben limitarse a roles estereotipados o tradicionales;

–Se deben utilizar libros de texto sobre diversos temas escritos por mujeres libanesas y extranjeras;

–Los responsables de los planes de estudio y los libros de texto de todas las asignaturas para los alumnos de primero y segundo año de primaria deben recibir capacitación básica en género y distinción entre género y sexo biológico, y en lectura, análisis textual y escritura de libros de texto con perspectiva de género y libres de estereotipos de género;

–Además, se han adoptado las medidas siguientes: se han publicado libros de capacitación en la adopción de la perspectiva de género en la educación, se han organizado cursos de capacitación en género para los responsables de los planes de estudio y los autores de los libros de texto, y el Centro para la Investigación y el Desarrollo Educativo ha incluido en los mecanismos de evaluación de recursos que emplea para aprobar los libros de texto utilizados por las escuelas privadas libanesas un tema sobre la representación de género equitativa que se evalúa respecto de cada asignatura.

Empleo

(14)

El Código Laboral del Líbano, en general, no distingue entre hombres y mujeres, ni en cuanto al tipo de trabajo que pueden desempeñar, ni en cuanto a la antigüedad en el puesto, ni en cuanto al salario. Los organismos oficiales y las organizaciones de la sociedad civil, con el apoyo de las organizaciones internacionales, están preparando campañas de sensibilización sobre los derechos consagrados en el Código Laboral.

El Parlamento aprobó la Ley núm. 205 sobre la tipificación como delito del acoso sexual y la recuperación de las víctimas, que se publicó en el Boletín Oficial. Esta Ley contiene disposiciones que regulan la investigación, el enjuiciamiento y la pena.

Los organismos oficiales, la Comisión Nacional de Mujeres Libanesas y las organizaciones de la sociedad civil, con el apoyo de organizaciones internacionales, están preparando campañas de sensibilización y talleres de capacitación en la nueva Ley y la forma de aplicarla. Además, están estableciendo políticas claras para las empresas e instituciones sobre la prevención del acoso sexual y la pena correspondiente, y están redactando decretos legislativos para aplicar la Ley núm. 205 en el lugar de trabajo.

El Ministerio de Trabajo ha creado un número de teléfono de emergencia (1740) para recibir todas las denuncias.

Salud

(15)

El Ministerio de Salud Pública, en colaboración con el UNICEF y la Universidad Americana de Beirut, llevó a cabo un estudio para examinar los factores que impedían a las adolescentes libanesas, sirias y palestinas de entre 10 y 18 años acceder a los servicios de atención primaria de salud en el Líbano, entre ellos el tratamiento clínico de la violación y los servicios de salud mental y reproductiva, y los factores que les facilitaban el acceso a dichos servicios, centrándose en las adolescentes con alto riesgo de sufrir violencia de género. Los resultados se utilizarán para mejorar y elaborar programas y servicios dirigidos a las adolescentes en relación con la salud, la nutrición y la prevención de la violencia de género. Además, proporcionarán al Ministerio de Salud Pública pruebas útiles para la elaboración de estrategias sanitarias que respondan a las necesidades de las adolescentes.

Las leyes del Líbano prohíben el aborto. Según los artículos 539 a 546 del Código Penal, la interrupción del embarazo por la mujer embarazada o por otra persona, con o sin el consentimiento de la embarazada, es un delito punible, como también lo es provocar un aborto y vender, promover o facilitar el uso de medios para abortar. La pena se agrava si el autor es médico, cirujano, farmacéutico o empleado de estos.

Por otra parte, el artículo 545 del Código Penal dispone que la mujer que cometa el delito de aborto para preservar su honor puede alegar dicha circunstancia como atenuante y optar a una pena reducida. Puede alegar la misma circunstancia atenuante quien cometa el delito de aborto para preservar el honor de alguna de sus familiares hasta el segundo grado. Estar embarazada puede ser motivo de vergüenza para la mujer, en particular si quedó embarazada como resultado de una relación sexual ilícita, de una violación o de una inseminación artificial practicada sin su consentimiento. En esos casos, la mujer puede recurrir al aborto para preservar su honor. No existen estadísticas oficiales sobre el aborto. Sin embargo, según el informe de la Comisión Nacional de Mortalidad Materna, no hay registros de ninguna madre que haya fallecido a causa de un aborto en 2019 y 2020.

El Centro para la Investigación y el Desarrollo Educativo ha preparado una serie de actividades sobre la salud escolar y las etapas de crecimiento de las adolescentes que abordan la salud reproductiva de manera general. Con el fin de continuar educando a las alumnas sobre la salud reproductiva, el Centro tiene la intención de incluir este tema en el plan de estudios cuando ponga en marcha su actualización.

Mujeres refugiadas, solicitantes de asilo y apátridas

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La Dirección General de Seguridad General no devuelve a los refugiados por la fuerza, de conformidad con la política del Estado libanés de no deportar a los refugiados ni a ninguna persona que necesite protección, y mantiene la distinción entre solicitantes de asilo y refugiados, por un lado, y migrantes en situación irregular, por otro.

No se ha producido ningún cambio en la postura del Gobierno del Líbano, como se indica en los párrafos 42 y 43 del sexto informe periódico del país, con respecto a: a) la elaboración de un marco jurídico para las personas solicitantes de asilo y refugiadas que abarque explícitamente alegaciones relacionadas con el género como motivo para solicitar el asilo, y b) la revisión de la Ley de 1962 que regula la entrada y permanencia en el Líbano y la salida de él, de manera que distinga entre la protección y otras necesidades de las mujeres solicitantes de asilo y refugiadas, y las de las mujeres migrantes.

Las mujeres y la paz y la seguridad

(17)

La Comisión Nacional de Mujeres Libanesas trabaja en estrecha coordinación con los ministerios, los organismos oficiales, las organizaciones de la sociedad civil y los organismos pertinentes de las Naciones Unidas para supervisar la ejecución del plan nacional para la aplicación de la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad, relativa a las mujeres y la paz y la seguridad. A tal fin, se formó una comisión de facilitación nacional. Su primera reunión se celebró el 1 de julio de 2020 en el Gran Serrallo y contó con la asistencia de representantes de los ministerios y organismos responsables de la ejecución de dicho plan. Además, asistieron observadores de las organizaciones internacionales que hacen el seguimiento de la aplicación de la resolución 1325 (2000). Esta primera reunión se dedicó a definir las prioridades y a adoptar el programa de trabajo hasta 2021 inclusive. Se puede acceder a la estructura de gobernanza del plan de acción nacional para la aplicación de la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad en el enlace que figura en la nota a pie de página. El plan de trabajo conexo para 2020-2021, adoptado por los ministerios, las instituciones y los organismos públicos, está disponible en el enlace que figura en la nota a pie de página.

Consúltese la sección del presente documento titulada “Mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer” para obtener información sobre las comisiones de coordinación nacionales especializadas, creadas para combatir la violencia de género y promover la participación activa de las mujeres en la seguridad, la defensa, la vida económica, la adopción de decisiones, la prevención de conflictos y la consolidación de la paz. Estas comisiones han establecido grupos de trabajo que incluyen, además de los organismos pertinentes, a los actores de la sociedad civil y a los organismos de las Naciones Unidas que los apoyan.

Cabe señalar que se ha designado una coordinadora nacional para supervisar la ejecución del plan de trabajo nacional. La coordinadora cuenta con el apoyo de expertos y directores de programas de la Comisión Nacional. Los organismos pertinentes de las Naciones Unidas han proporcionado la asistencia técnica necesaria para establecer mecanismos de supervisión del plan de trabajo y para llevar a cabo un examen técnico de las actividades realizadas.

A la luz de la grave crisis financiera del Líbano, se necesita con urgencia el apoyo financiero, logístico y técnico de los organismos de las Naciones Unidas y de las organizaciones internacionales a fin de sostener la estructura administrativa e institucional creada por la Comisión Nacional para el seguimiento de la aplicación del plan de trabajo.

Trabajadoras domésticas migrantes

(18)

El 8 de septiembre de 2020, el Ministerio de Trabajo emitió un decreto relativo al contrato de trabajo estándar para las trabajadoras domésticas. Sin embargo, dicho contrato no suprime el sistema de kafala (patrocinio).

El contrato de trabajo contiene 15 cláusulas que detallan los derechos y obligaciones de las partes, a saber, el empleador y el trabajador. El contrato también contiene muchas otras cláusulas que tratan una serie de cuestiones, como las tareas que ambas partes deben desempeñar, la remuneración, el entorno laboral, la seguridad, la salud en el trabajo, la asistencia médica y el derecho del trabajador a la libertad de circulación, a comunicarse con otras personas y a tomar licencia. Otras partes del contrato regulan su renovación y rescisión, así como la solución de controversias. El 21 de septiembre de 2020, los abogados del Sindicato de Propietarios de Agencias de Contratación de Trabajadoras Domésticas entablaron una demanda contra el Estado y el Ministerio de Trabajo del Líbano (caso núm. 24340/2020) ante el Consejo de Estado, que decidió suspender la aplicación de la decisión de la Ministra por vicio de fondo.

Sin embargo, se ha producido una evolución positiva en relación con el sistema de kafala. En febrero de 2021, la Dirección General de Seguridad General emitió una decisión que prohibía a los empleadores presentar demandas penales por fuga contra las trabajadoras que abandonaran el domicilio de los patrocinadores, ya que dichas demandas carecían de fundamento jurídico. El empleador debe ahora informar que la trabajadora doméstica ha abandonado el domicilio del empleador mediante una notificación administrativa presentada en un puesto de la Dirección General. Al adoptar esta medida administrativa rutinaria, el empleador declina toda responsabilidad civil derivada de la relación laboral. Por otra parte, se ha prohibido a la Dirección General de Seguridad General el uso en los registros oficiales de cualquier término que no se ajuste a la ley o a los derechos humanos, como huir o escapar, en referencia al hecho de que una trabajadora haya abandonado el domicilio designado en el marco del sistema de kafala. Dichos términos han sido sustituidos por la expresión abandonar el lugar de trabajo.

En cuanto a las medidas adoptadas para ampliar el ámbito de aplicación de la Ley del Trabajo a los trabajadores y las trabajadoras de nacionalidad extranjera, el Ministerio de Trabajo ha creado una línea telefónica (1741) para recibir denuncias de las trabajadoras domésticas, en particular las que son víctimas de explotación y violencia. El Ministerio también ha estado estudiando la posibilidad de modificar la Ley del Trabajo a fin de consagrar los derechos de las trabajadoras domésticas y ampliar su ámbito de aplicación de forma que incluya el trabajo doméstico y agrícola.

Mujeres del medio rural

(19)

El Ministerio de Agricultura ha estado incorporando la perspectiva de género a sus políticas, programas y proyectos agrícolas. También incluye información sobre el género en las estadísticas agrícolas. La justicia y la igualdad de género son uno de los principios rectores de la Estrategia Agrícola Nacional del Líbano para 2020-2025, uno de cuyos objetivos es conseguir la igualdad entre las mujeres y los hombres en la producción agrícola y alimentaria sostenible y en el desarrollo rural. La Estrategia está dirigida a todos los grupos, sin discriminación. El Ministerio de Agricultura, en colaboración con organizaciones internacionales, está ejecutando varios programas y proyectos agrícolas dirigidos principalmente a las mujeres del medio rural, como el proyecto GEMAISA 2, y está apoyando a las cooperativas y asociaciones de mujeres en el sector agroalimentario del Líbano, como el programa Pioneras del Medio Rural.

Se prevé la creación en el Ministerio de Agricultura de una comisión para la igualdad de género en la agricultura y la alimentación. Esta comisión estará compuesta por responsables de la adopción de decisiones, el Ministro, directores generales y coordinadores de cuestiones de género de las direcciones e instituciones del Ministerio de Agricultura. Sus tareas incluirán la creación de un mecanismo de incorporación de la perspectiva de género, la sensibilización sobre el concepto de igualdad y el seguimiento de los indicadores establecidos para este objetivo.

Numerosos funcionarios del Ministerio y de las instituciones y organismos regionales participaron en sesiones de sensibilización sobre la igualdad de género y los medios para prevenir todas las formas de discriminación.

Además, se llevará a cabo un proyecto en cooperación con la Organización para la Alimentación y la Agricultura (FAO) para elaborar un presupuesto nacional que tenga en cuenta las cuestiones de género y cumplir el Objetivo de Desarrollo Sostenible 2 (Poner fin al hambre). El resultado más importante de este proyecto será establecer y consolidar el presupuesto total asignado a las actividades en pro de la igualdad de género en relación con dicho Objetivo.

La designación de coordinadores de cuestiones de género en el Instituto Libanés de Investigación Agrícola, el Plan Verde y la Dirección General de Cooperativas, así como los talleres organizados y la capacitación ofrecida, han contribuido a afianzar los conceptos de justicia e igualdad en el trabajo de esas instituciones, en consonancia con la política adoptada por el Ministerio de incorporar las cuestiones de género a sus políticas, programas, proyectos e instituciones.

La Dirección General de Agricultura distribuye donaciones agrícolas en especie a los agricultores y está elaborando un programa de apoyo para que puedan acceder a recursos agrícolas (fertilizantes, medicinas, semillas, plántulas, etc.). Se estima que al menos entre el 10 % y el 15 % de los beneficiarios serán mujeres. Se está llevando a cabo en cooperación con la FAO otro proyecto para prestar ayuda de emergencia a los agricultores y lograr que los más vulnerables tengan acceso a los recursos agrícolas; de los agricultores a quienes se dirige el proyecto, la proporción de mujeres es de aproximadamente el 30 %.

En cuanto a la comercialización de productos a nivel local y la apertura de mercados internacionales, el Ministerio de Agricultura está abriendo mercados en el extranjero mediante la organización de ferias dedicadas al vino, el aceite de oliva y las especialidades gastronómicas del Líbano, sectores de producción en los que trabaja la mayoría de las mujeres del medio rural.

A fin de reforzar la función de las mujeres del medio rural y promover la igualdad de género, la FAO está llevando a cabo el proyecto Pioneras del Medio Rural en cooperación con el Ministerio de Agricultura, la Dirección General de Cooperativas y la Dirección General de Agricultura, y con la financiación del Gobierno canadiense.

Más de 250 cooperativas, asociaciones y grupos de mujeres, así como mujeres desplazadas, se han beneficiado de una mayor sensibilización de la comunidad hacia los derechos y el rol de la mujer como resultado de las campañas organizadas para sensibilizar sobre la igualdad de género y prevenir la violencia de género. Además, una evaluación de género del sector alimentario y agrícola ha ayudado a orientar a las mujeres hacia las oportunidades de empleo. Las cooperativas y asociaciones de mujeres se han beneficiado de la capacitación en gestión de cooperativas, administración de empresas y otros proyectos relevantes, al inscribir a sus miembros en escuelas de administración de empresas agrícolas.

El Ministerio de Agricultura y el Ministerio de Asuntos Sociales, en el marco del proyecto de igualdad de género en el desarrollo rural, organizaron varios talleres en Shuf, Baalbek, Hermel y Akar para sensibilizar sobre los derechos de la mujer y los servicios médicos que el Ministerio de Asuntos Sociales presta a las mujeres y los niños. Además, las organizaciones de derechos de la mujer brindaron información sobre la forma en que las víctimas de la violencia doméstica pueden acceder a la protección.

El ámbito de aplicación del Código Laboral no abarca a las trabajadoras del sector agrícola. Las agricultoras y agricultores se acogen a los beneficios de la protección social. Uno de los programas más importantes de la Estrategia Agrícola Nacional del Líbano para 2020-2025 es el dirigido a la creación de un sistema de protección social para los agricultores más vulnerables, los trabajadores y productores agrícolas y los pescadores. Además, el Ministerio ha implantado el registro agrícola, que permitirá llevar a cabo un estudio actuarial sobre los agricultores y que estos reciban prestaciones sociales. Por añadidura, los agricultores podrán beneficiarse de las prestaciones disponibles a través del programa de red de seguridad social, que funciona con la ayuda del Programa Mundial de Alimentos y está dirigido a los pequeños agricultores más necesitados de asistencia.

Matrimonio y relaciones familiares

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I.Actividad parlamentaria

–El plan de acción estratégica elaborado por la Comisión Parlamentaria sobre las Mujeres y los Niños contiene varias medidas relativas al matrimonio civil voluntario, la discriminación contra la mujer en las leyes sobre el estatuto personal y el matrimonio infantil. Sin embargo, los avances en la aplicación de estas medidas han sido lentos. Esto puede atribuirse, por un lado, a la delicadeza de estos temas y a las actitudes de los líderes religiosos y sectarios, y, por otro, a las sucesivas crisis vividas por el Líbano y a la situación imperante en el país, lo cual sigue obstaculizando las reuniones con las partes pertinentes.

–Se celebraron varias sesiones en el Parlamento a fin de debatir un proyecto de ley que estableciera una edad mínima para contraer matrimonio y otro sobre los derechos civiles y sociales de los hijos de madres libanesas.

II.Estudios que allanarán el camino para la elaboración de proyectos de ley. La Comisión Nacional de Mujeres Libanesas está efectuando un seguimiento de diversos estudios jurídicos y medidas que tienen por objeto eliminar la discriminación contra la mujer en el Líbano, entre otros:

–La Comisión Nacional tiene previsto realizar estudios que allanarán el camino para la elaboración de un código civil unificado sobre el estatuto personal que garantice la plena igualdad entre mujeres y hombres. Uno de esos estudios comparará las leyes sobre el estatuto personal de Francia, Chipre y Túnez. Además, se realizará un estudio comparativo de los proyectos relativos a esta materia que han sido presentados por varios actores;

–La Comisión Nacional está haciendo el seguimiento de un proyecto de ley que redactó para que las mujeres libanesas tuvieran derecho a transferir su nacionalidad a sus hijos. Para ello, la Comisión Nacional prosigue con su trabajo con los parlamentarios y los asociados de la sociedad civil y está preparando un estudio en cooperación con los organismos de las Naciones Unidas a fin de obtener apoyo para la aprobación del proyecto de ley.

En cuanto a las medidas administrativas, el Ministro de Educación, a propuesta de la Comisión Nacional, emitió la decisión núm. 401/mim/2020 el 7 de septiembre de 2020. En dicha decisión, el Ministro solicita a los funcionarios de todas las escuelas e institutos públicos y privados de enseñanza primaria y secundaria que presten la debida atención a la inscripción de los alumnos hijos de mujeres libanesas casadas con extranjeros, los traten como estudiantes libaneses y posibiliten su escolarización.

Cambio climático y reducción del riesgo de desastres

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En consonancia con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, los requisitos de adaptación al cambio climático y el Marco de Sendái, se ha incorporado la perspectiva de género a la estrategia de reducción del riesgo de desastres, cuya finalización está prevista para 2021. Ello resulta evidente en la visión general que informa la estrategia de reducción del riesgo de desastres, así como en las políticas, los programas y los proyectos conexos que se han elaborado y aplicado. La estrategia contiene varias secciones sobre la igualdad de género y la participación en la adopción de decisiones y llama a que los datos recopilados se desglosen por sexo.

Cabe señalar que las mujeres están representadas a varios niveles en la Comisión Técnica Nacional de Desarme, Desmovilización y Reintegración.

El Ministerio de Medio Ambiente y la Comisión Nacional de Mujeres Libanesas han establecido procedimientos operativos estándar para ayudar a los ministerios a incorporar las cuestiones de género a sus políticas y estrategias. Dichos procedimientos brindan una orientación clara sobre la forma de incorporar las cuestiones de género a la planificación y la presentación de informes sobre el clima, incluida la recopilación de datos e información pertinentes. En consecuencia, las consideraciones de género se han incorporado al proyecto de estrategia sobre desechos sólidos del Ministerio de Medio Ambiente en términos generales y a las actividades de creación de capacidad conexas.