INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 9 DE LA CONVENCIÓN

Información proporcionada por el Gobierno de Liechtenstein sobre la aplicación de las observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial*

[21 de febrero de 2008]

Información de seguimiento del examen de los informes periódicos segundo y tercero del Principado de Liechtenstein de conformidad con el artículo 19 de la Convención sobre la Eliminación de todas la s Formas de Discriminación Racial

1.En sus observaciones finales, aprobadas el 8 de marzo de 2007, el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial manifestó que "El Estado Parte, dentro del plazo de un año, debería proporcionar información sobre la forma en que ha seguido las recomendaciones del Comité que figuran en los párrafos 17 y 18, conforme a lo dispuesto en el párrafo 1 del artículo 65 del reglamento".

Recomendación contenida en el p árrafo 17

A la luz de su Recomendación general Nº 30 (2004) sobre la discriminación contra los no ciudadanos, el Comité recomienda al Estado Parte que considere la posibilidad de reformar la Ley sobre la naturalización simplificada (2000), con miras a abreviar el período de residencia requerido en el procedimiento de naturalización y a garantizar que determinados grupos de no ciudadanos no sufran discriminación con respecto al acceso a la ciudadanía. Asimismo, el Comité insta al Estado Parte a que adopte las medidas oportunas para velar por que los resultados de las votaciones populares municipales relacionadas con las solicitudes de naturalización de no ciudadanos sean objeto de supervisión legal y para garantizar el derecho a apelar las decisiones.

2.En el marco del debate político en curso y la aplicación de políticas para promover la integración de quienes no son nacionales de Liechtenstein, basada en el respeto mutuo y la comprensión, el Gobierno de Liechtenstein ha elaborado un proyecto de ley para la revisión de la Ley de naturalización facilitada (2000). El proyecto se ha sometido a un procedimiento de consulta de amplia base entre grupos e instituciones interesados. Todas las contribuciones, incluidas las que introducen propuestas de enmienda del proyecto de ley, están siendo consideradas actualmente por el Gobierno. Sobre la base de los resultados del procedimiento de consulta, el Gobierno tiene la intención de presentar el proyecto al Parlamento en el curso de 2008.

Recomendación contenida en el p árrafo 18

El Comité alienta al Estado Parte a que continúe vigilando todas las tendencias que puedan dar lugar a comportamientos racistas y xenófobos y le recomienda que emprenda un estudio sociológico del fenómeno de las actividades de la ultraderecha, a fin de adquirir una visión más precisa del problema y de sus causas profundas. El Comité pide al Estado Parte que le informe de los eventuales resultados del estudio, así como de las medidas que adopte y los progresos que obtenga.

3.El 3 de julio de 2007 el Gobierno de Liechtenstein pidió a la Comisión de Protección contra la Violencia, como seguimiento directo de la recomendación mencionada, que emprendiera un estudio sociológico de investigación de las causas fundamentales del extremismo, en particular del extremismo de extrema derecha, en Liechtenstein. El estudio está siendo realizado por la Facultad de Ciencias Aplicadas de Basilea (Suiza). Sus resultados se esperan para 2009. El programa de investigación se refiere explícitamente a la recomendación del Comité. Sus objetivos son evaluar las formas de extremismo de derecha que se producen en Liechtenstein y su relación con el contexto europeo, y se basa metodológicamente en entrevistas con personas de convicciones o afinidades derechistas.

4.La Comisión de Protección contra la Violencia del país ha recibido el mandato de recopilar, para finales de 2009 y sobre la base de los resultados del estudio, un catálogo de medidas para prevenir el ulterior desarrollo y contrarrestar las formas del extremismo de derecha en Liechtenstein.

5.Se acompaña un resumen del programa de investigación (en alemán) para más información.

Vaduz, 20 de febrero de 2008

Anexo

Resumen del programa de investigación de las causas fundamentales de las formas de extremismo de derecha en el Principado de Liechtenstein

Die Studie setzt sich generell zum Ziel, die vom UNO-Überwachungsausschuss CERD sowie der Gewaltschutzkommission formulierten Fragestellungen sowie Ursachenzusammenhänge in einem erweiterten Rahmen zu untersuchen. Dazu soll die rechtsextremistische Szene im Fürstentum Liechtenstein im internationalen und insbesondere europäischen Vergleich bewertet und beschrieben werden. Ziel ist es herauszuarbeiten, inwiefern sich Besonderheiten bezüglich ideologischer Überzeugungen und Orientierungen, Gewaltbereitschaft und Organisation abzeichnen. Dabei sollen sowohl auf der Ebene des Individuums (Schicht, Alter, Geschlecht, Bildung, soziale Integration) als auch auf Ebene der Gruppe (z.B. Organisiertheit, Kontakte zu anderen Gruppierungen) geforscht werden. Zudem soll die gesellschaftliche Ebene nicht vernachlässigt werden, denn es sind unterschiedliche Signale (z.B. stillschweigende Akzeptanz, offene Ablehnung), die von hier ausgehen und die Grundhaltung gegenüber dem Fremden beeinflussen (vgl. Eser Davolio, Eckmann & Drilling 2004).

Aufgrund dieser mehrdimensionalen Perspektive (Mikroraum: rechtsextremistisch orientierte Jugendliche/junge Erwachsene; Mesoraum: Gemeinden im Fürstentum Liechtenstein; Makroraum: Fürstentum Liechtenstein im europäischen Kontext von Rechtsextremismus) schlagen wir zwei parallel zu erforschende - aber weitestgehend aufeinander zu beziehende - Teilstudien vor:

1) Befragung rechtsextrem orientierter Jugendlicher/junger Erwachsener

2) Fallstudien in zwei Gemeinden, in denen das Phänomen des Rechtsextremismus virulent ist.

Anhand der Fallstudien sollen einerseits die Aussagen der rechtsextrem orientierten Ju-gendlichen/jungen Erwachsenen in einen Gesamtzusammenhang gestellt werden; ande-rerseits ist es möglich, das Entstehen eines Rechtsextremismus fördernden Kontextes zu verstehen sowie die zivilgesellschaftlichen Gegenreaktionen in ihrer Prozesshaftigkeit zu beschreiben und zu bewerten. Daraus erhoffen wir uns Antworten, die über repressive Massnahmen hinaus, Perspektiven für die weitere Präventionsarbeit eröffnen.

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